sosiedad irregular111

2
7/23/2019 Sosiedad irregular111 http://slidepdf.com/reader/full/sosiedad-irregular111 1/2  Sosiedad irregular Es irregular la sociedad que no se ha constituido e inscrito conforme a esta ley o la situación de hecho que resulta que dos o más personas actúan de manera manifiesta en sociedad sin haberla constituido e inscrito. En cualquier caso, una sociedad adquiere la condición de irregular: Transcurridos sesenta días desde que los socios fundadores han firmado el pacto social sin haber solicitado el otorgamiento de la escritura pública de constitución; Transcurridos treinta días desde que la asamblea designó al o los firmantes para otorgar la escritura pública sin que stos hayan solicitado su otorgamiento; Transcurridos más de treinta días desde que se otorgó la escritura pública de constitución, sin que se haya solicitado su inscripción en el !egistro; Transcurridos treinta días desde que quedó firme la denegatoria a la inscripción formulada por el !egistro; "uando se ha transformado sin obser#ar las disposiciones de esta ley; o, "uando continúa en acti#idad no obstante haber incurrido en causal de disolución  pre#ista en la ley, el pacto social o el estatuto. $i la irregularidad e%iste desde la constitución, los socios tienen igual responsabilidad. &os socios están obligados a efectuar los aportes y las prestaciones a que se hubieran comprometido en el pacto social o en acto posterior &a administración de la sociedad irregular corresponde a sus administradores y representantes designados en el pacto social o en el estatuto o en los acuerdos entre los socios.  Conclusión Registro !egistro de 'ersonas (urídicas, en sus &ibros de $ociedades )ercantiles y de $ociedades "i#iles, según corresponda a la respecti#a sociedad Depósito de documentos Publicaciones: Disolución por vencimiento del plazo: Revocación de acuerdo de disolución: Contratos Asociativos

Upload: marcos-felix

Post on 18-Feb-2018

217 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Sosiedad irregular111

7/23/2019 Sosiedad irregular111

http://slidepdf.com/reader/full/sosiedad-irregular111 1/2

  Sosiedad irregular

Es irregular la sociedad que no se ha constituido e inscrito conforme a esta ley o la situación de

hecho que resulta que dos o más personas actúan de manera manifiesta en sociedad sin haberla

constituido e inscrito. En cualquier caso, una sociedad adquiere la condición de irregular:

• Transcurridos sesenta días desde que los socios fundadores han firmado el pacto social

sin haber solicitado el otorgamiento de la escritura pública de constitución;

• Transcurridos treinta días desde que la asamblea designó al o los firmantes para otorgar 

la escritura pública sin que stos hayan solicitado su otorgamiento;

• Transcurridos más de treinta días desde que se otorgó la escritura pública de

constitución, sin que se haya solicitado su inscripción en el !egistro;

• Transcurridos treinta días desde que quedó firme la denegatoria a la inscripción

formulada por el !egistro;

• "uando se ha transformado sin obser#ar las disposiciones de esta ley; o,

• "uando continúa en acti#idad no obstante haber incurrido en causal de disolución

 pre#ista en la ley, el pacto social o el estatuto.

$i la irregularidad e%iste desde la constitución, los socios tienen igual responsabilidad.

&os socios están obligados a efectuar los aportes y las prestaciones a que se hubieran

comprometido en el pacto social o en acto posterior 

&a administración de la sociedad irregular corresponde a sus administradores y representantes

designados en el pacto social o en el estatuto o en los acuerdos entre los socios.

 Conclusión

Registro

!egistro de 'ersonas (urídicas, en sus &ibros de $ociedades )ercantiles y de $ociedades

"i#iles, según corresponda a la respecti#a sociedad

Depósito de documentos

Publicaciones:

Disolución por vencimiento del plazo:

Revocación de acuerdo de disolución:

Contratos Asociativos

Page 2: Sosiedad irregular111

7/23/2019 Sosiedad irregular111

http://slidepdf.com/reader/full/sosiedad-irregular111 2/2

Contratos Asociativos Se considera Contrato Asociativo aquel que CREA Y REGULA

RELACIONES DE PARTICIPACIÓN E INTEGRACIÓN EN NEGOCIOS O EMPRESAS

DETERMINADAS, en interés común de los intervinientes. El contrato asociativo:

No genera una persona jurídica,.

Debe constar por escrito.

No está sujeto a inscripción en el Registro.

Contratos Asociativos

¿Por qué asociarse?

♣ Razones internas a las empresas.

♣ Razones competitivas.♣ Razones estratégicas.

ϖ ¿Cuáles son los tipos de Contratos Asociativos?

♣ Contrato de Asociación en Participación.

♣ Contrato de Consorcio.

LEY DE MYPES LEY N° 28015

MICRO EMPRESA: Hasta diez (10) trabajadores Ventas anuales hasta 150 UITsϖ PEQUEÑA EMPRESA: Hasta cien (100) trabajadores Ventas anuales hasta 1700 UITs UIT

2014: S/. 3,800 A esta ley NO se pueden acoger las actividades de médicos y

odontólogos;

MICRO EMPRESA:ϖ Descanso vacacional de 15 días calendarios.ϖ Pueden acceder al

Seguro Social (EsSalud) o al Seguro Integral de Salud (SIS Microempresas).ϖ Pensión

Social.

PEQUEÑA EMPRESA:ϖ Descanso vacacional de 15 días calendarios.ϖ Tiene acceso a

EsSalud (Seguro Social).ϖ ONP o AFP y SCTR.ϖ 2 gratificaciones anuales

(Julio/Diciembre) equivalentes a media remuneración en cada mes.ϖ CTS equivalente al

50% de lo exigido en el régimen general laboral. Compensación por Tiempo de Servicios

(CTS)