sistema financiero final finanzas

44
SISTEMA FINANCIERO Es el conjunto de personas o instituciones y leyes involucradas en la creación, captación, canalización y utilización del medio circulante, así como de la normatividad y supervisión de las operaciones de crédito en todas sus formas. En un sentido general, el sistema financiero (sistema de finanzas) de un país está formado por el conjunto de instituciones, medios y mercados, cuyo fin primordial es canalizar el ahorro que generan los prestamistas o unidades de gasto con superávit, hacia los prestatarios o unidades de gasto con déficit. Esta labor de intermediación es llevada a cabo por las instituciones que componen el sistema financiero, y se considera básica para realizar la transformación de los activos financieros, denominados primarios, emitidos por las unidades inversoras (con el fin de obtener fondos para aumentar sus activos reales), en activos financieros indirectos, más acordes con las preferencias de los ahorradores. El sistema financiero comprende, tanto los instrumentos o activos financieros, como las instituciones o intermediarios y los mercados financieros. Función del sistema financiero SISTEMA FINANCIERO - 1

Upload: edwin-lopez-lucero

Post on 25-Jun-2015

1.996 views

Category:

Documents


6 download

TRANSCRIPT

Page 1: Sistema Financiero Final Finanzas

SISTEMA FINANCIERO

Es el conjunto de personas o instituciones y leyes involucradas en la

creación, captación, canalización y utilización del medio circulante, así como de

la normatividad y supervisión de las operaciones de crédito en todas sus

formas.

En un sentido general, el sistema financiero (sistema de finanzas) de un país

está formado por el conjunto de instituciones, medios y mercados, cuyo fin

primordial es canalizar el ahorro que generan los prestamistas o unidades de

gasto con superávit, hacia los prestatarios o unidades de gasto con déficit. Esta

labor de intermediación es llevada a cabo por las instituciones que componen

el sistema financiero, y se considera básica para realizar la transformación de

los activos financieros, denominados primarios, emitidos por las unidades

inversoras (con el fin de obtener fondos para aumentar sus activos reales), en

activos financieros indirectos, más acordes con las preferencias de los

ahorradores.

El sistema financiero comprende, tanto los instrumentos o activos financieros,

como las instituciones o intermediarios y los mercados financieros.

Función del sistema financiero

El sistema financiero cumple la misión fundamental en una economía de

mercado, de captar el excedente de los ahorradores (unidades de gasto con

superávit) y canalizarlo hacia los prestatarios públicos o privados (unidades de

gasto con déficit). Esta misión resulta fundamental por dos razones: la primera

es la no coincidencia, en general, de ahorradores e inversores, esta es, las

unidades que tienen déficit son distintas de las que tienen superávit; la segunda

es que los deseos de los ahorradores tampoco coinciden, en general, con los

de los inversores respecto al grado de liquidez, seguridad y rentabilidad de los

activos emitidos por estos últimos, por lo que los intermediarios han de llevar a

SISTEMA FINANCIERO - 1

Page 2: Sistema Financiero Final Finanzas

cabo una labor de transformación de activos, para hacerlos más aptos a los

deseos de los ahorradores.

Activos financieros

Los activos financieros son aquellos títulos o anotaciones contables emitidos

por las unidades económicas de gasto, que constituyen un medio de mantener

riqueza para quienes los poseen y un pasivo para quienes lo generan. Los

activos financieros, a diferencia de los activos reales, no contribuyen a

incrementar la riqueza general de un país, ya que no se contabilizan en el

Producto interior bruto de un país, pero sí contribuyen y facilitan la movilización

de los recursos reales de la economía, contribuyendo al crecimiento real de la

riqueza. Las características de los activos financieros son tres:

Liquidez

Riesgo

Rentabilidad

Mercados financieros

Los mercados financieros son el mecanismo o lugar a través del cual se

produce un intercambio de activos financieros y se determinan sus precios. El

sistema no exige, en principio, la existencia de un espacio físico concreto en el

que se realizan los intercambios, El contacto entre los agentes que operan en

estos mercados puede establecerse de diversas forma telemática,

telefónicamente, mediante mecanismos de subasta o por internet. Tampoco es

relevante si el precio se determina como consecuencia de una oferta o

demanda conocida y puntual para cada tipo de activos.

Organismos reguladores del sistema financiero

Estos organismos o instituciones supervisan el cumplimiento de las leyes

redactadas por los parlamentos, así como de las normas emitidas por los

SISTEMA FINANCIERO - 2

Page 3: Sistema Financiero Final Finanzas

propios reguladores del sistema financiero. Estas normas tienen por finalidad

asegurar el buen funcionamiento de los mercados financieros, y al conjunto de

ellas se le llama regulación financiera. Para el cumplimiento de sus objetivos

pueden imponer sanciones (por ejemplo, una comisión reguladora de mercados

de valores puede suspender la cotización de un valor bursátil si se realizan

actos no permitidos en el intercambio de ese valor).

Intermediarios Financieros

Estos ponen en contacto a las familias que tienen recursos, con aquellas

empresas que necesitan dichos recursos. Hay que equilibrar la voluntad de

invertir con la necesidad que tienen las empresas. Los agentes especialistas

buscan a esas unidades de gasto con superávit el lugar que se adecue a su

voluntad de inversión. Todo ello es costoso, por tanto, recibirá una serie de

comisiones. Los recursos que salen de la unidad de gasto con Superávit llegan

en la misma cantidad a la unidad de Gasto con Déficit. Los agentes

especialistas tan sólo cobran una serie de comisiones, pero sin tocar los

recursos, ni los títulos financieros.

El resto de intermediarios financieros (bancos, cajas de ahorro, entidades de

leasing, entidades de crédito oficial...) reciben el dinero de las unidades de

gasto con Superávit, mientras que dichos intermediarios ofrecen a las

empresas recursos a más largo plazo y de una cuantía superior a la recibida

por una sola unidad de gasto con superávit, de modo que realiza una

transformación de los recursos recibidos por las familias.

CLASIFICACION DEL SISTEMA FINANCIERO

Por su regulación el Sistema Financiero Guatemalteco se divide en:

Regulado

No Regulado (Extrabancario)

SISTEMA FINANCIERO - 3

Page 4: Sistema Financiero Final Finanzas

Sistema Financiero No Regulado

Son instituciones constituidas legalmente como Sociedades Mercantiles,

generalmente sociedades anónimas. No están reconocidas, ni son autorizadas

por la Junta Monetaria como instituciones financieras y como consecuencia, no

son fiscalizadas por la Superintendencia de Bancos, su autorización responde

a una base de de tipo general legislada básicamente en el Código de

Comercio.

En nuestro medio pueden encontrarse dos clases de instituciones no

reguladas:

Las financiadoras que se han constituido como sociedades mercantiles

que actúan bajo la figura de sociedades anónimas, que se dedican a las

operaciones de crédito, inversión y descuento de documentos

comerciales, y

Las financiadoras que regularmente trabajan como representantes de

empresas del exterior, o bien se trata de empresas individuales que

prestan dinero más que todo a base de garantías prendarías o

hipotecarias.

Fiscalmente estas entidades están reguladas por la Superintendencia de

Administración Tributaria, SAT y pueden clasificarse como Financieras

Comerciales o Financiadoras, Empresas Emisoras de Tarjetas de Crédito,

Empresas Off Shore, Cooperativas de Ahorro, Organizaciones no

Gubernamentales, Empresas Exportadoras y Prestamistas Particulares.

SISTEMA FINANCIERO - 4

Page 5: Sistema Financiero Final Finanzas

Financieras Comerciales o Financiadoras: Personas jurídicas

constituidas normalmente como sociedades anónimas que se dedican a

captación de recursos y colocación de fondos.

Emisoras de Tarjetas de Crédito: Instituciones jurídicas constituidas

normalmente como Sociedades Anónimas que se dedican a la captación

de recursos para ser destinados al financiamiento de compra de bienes

y servicios a través de Tarjetas de Crédito, normalmente son empresas

afiliadas a los Bancos del Sistema.

Off Shore: Instituciones constituidas en el extranjero, principalmente en

países que se consideran paraísos tributarios, es decir, que no se pagan

ningún impuesto por intermediación financiera. Son entidades que son

utilizadas por varios bancos para captar recursos en moneda extranjera

y así proporcionar otro tipo de servicios a sus clientes.

Cooperativas de Ahorro y Crédito: Entidades que obtienen recursos

de sus asociados por medio de ahorros periódicos para poder realizar

diferentes operaciones comerciales con el objeto de obtener un

rendimiento colectivo en beneficio de sus afiliados.

Organizaciones no Gubernamentales: Conocidas con nombre de

“ONG's”. Son entidades dedicadas a la captación de recursos

internaciones, cuyo origen principalmente son donativos, que serán

destinados básicamente para un fin social. Los fondos son fiscalizados

por los mismos entes internacionales que otorgan los aportes. Esas

organizaciones se encuentran ubicadas especialmente en el área rural y

surgen por la ineficiencia del Estado en canalizar las donaciones para el

fin propuesto.

Empresas Exportadoras: Son entidades que se dedican a canalizar la

producción de mercancías nacionales para su exportación, adquieren la

mercadería de los propios productores para ser vendida en el extranjero.

En algunos casos los mismos productores son los que exportan sus

productos.

SISTEMA FINANCIERO - 5

Page 6: Sistema Financiero Final Finanzas

Prestamistas Particulares: Son personas individuales que de sus

propios fondos ofrecen crédito sin mayores trámites particulares y/o

empresas, con el objetivo de tener una mayor rentabilidad.

Sistema Financiero Regulado

Está integrado por instituciones legalmente constituidas, autorizadas por la

Junta Monetaria y fiscalizadas por la Superintendencia de Bancos. Se integra

por el Banco Central (Banco de Guatemala), los bancos del sistema, las

sociedades financieras, las casas de cambio y los auxiliares de crédito

(almacenes generales de depósito, seguros y fianzas).

Estructura del sistema financiero guatemalteco

Junta Monetaria

SISTEMA FINANCIERO - 6

Page 7: Sistema Financiero Final Finanzas

Tiene a su cargo la determinación de la política monetaria, cambiaria y

crediticia del país, así como, la dirección suprema del Banco de Guatemala. La

Junta Monetaria se integra con las siguientes representaciones:

Presidente y Vicepresidente nombrados por el Presidente de la

República.

Los Ministros de Finanzas Públicas, Economía y de Agricultura.

Un representante del Congreso de la República.

Un representante de los Bancos Privados.

Un representante de las Asociaciones y Cámaras Comerciales,

Industriales, Agrícolas y Ganaderas (CACIF).

Un representante de la Universidad de San Carlos de Guatemala

(USAC).

Las atribuciones de la Junta Monetaria son:

Cumplir y hacer cumplir la política general y los deberes asignados al

Banco de Guatemala.

Acordar, interpretar y reformar los reglamentos del Banco de Guatemala.

Acordar el presupuesto del Banco de Guatemala.

Nombrar y remover al gerente del Banco de Guatemala.

Fijar y modificar los encajes de los Bancos.

Fijar y modificar las tasas de interés del Banco de Guatemala.

Fijar las tasas máximas de interés en operaciones pasivas y activas de

los Bancos y regular el crédito bancario de acuerdo a la ley.

Banco de Guatemala

SISTEMA FINANCIERO - 7

Page 8: Sistema Financiero Final Finanzas

Es el agente financiero del Estado que tiene por objeto principal promover la

creación y el mantenimiento de las condiciones monetarias, cambiarias y

crediticias más favorables al desarrollo ordenado de la economía del país. El

Banco Central es el Banco de Guatemala y funciona con carácter autónomo.

Es la única entidad bancaria que puede emitir billetes y monedas en el territorio

nacional, funciona bajo la dirección general de la Junta Monetaria.

Las Funciones del Banco de Guatemala se clasifican en dos formas que son:

Funciones de Orden Interno

Funciones de Orden Internacional

Funciones de Orden Interno:

Adaptar los medios de pago y la política de crédito a las legítimas

necesidades del país y el desarrollo de las actividades productivas y

prevenir las tendencias inflacionistas, especulativas, deflacionistas,

perjudiciales a los intereses colectivos.

Procurar la necesaria coordinación entre las diversas actividades

económicas y financieras del Estado que afecten el mercado monetario

y crediticio y, especialmente, procurar esa coordinación entre la política

fiscal y la política monetaria.

Funciones de Orden Internacional:

Mantener el valor externo y convertibilidad de la moneda nacional de

acuerdo con el régimen establecido en la Ley Monetaria.

Administrar las Reservas Monetarias Internacionales del país y el

régimen de las transferencias internacionales con el fin de preservar al

país de presiones monetarias indebidas.

Superintendencia de Bancos

SISTEMA FINANCIERO - 8

Page 9: Sistema Financiero Final Finanzas

Es una entidad de carácter técnico especializada que se rige por las

disposiciones contenidas en las leyes bancarias, financieras y otras aplicables,

que le encomienden la vigilancia e inspección de instituciones o empresas del

sector financiero del país. Su principal objetivo lo constituye el obtener y

mantener la confianza del público en el sistema financiero y en las entidades

sujetas a su control, vigilando porque estás mantengan solidez económica y

liquidez apropiada para atender sus obligaciones, que cumplan con sus

deberes legales, y que presten sus servicios adecuadamente a través de una

sana y eficiente administración.

La Superintendencia de Bancos se ubica como órgano de vigilancia y

fiscalización del sector financiero del país, organizado bajo el sistema de banca

central el cual goza de autonomía con respecto al Gobierno Central

Bancos del Sistema

Instituciones Bancarias. Únicamente las entidades debidamente

autorizadas podrán legalmente efectuar, dentro del territorio de la República,

negocios que consistan en el préstamo de fondos obtenidos del público

mediante el recibo de depósitos o la venta de bonos, títulos u obligaciones de

cualquier otra naturaleza, y serán consideradas para los efectos legales como

instituciones bancarias.

Los Bancos nacionales, privados o mixtos, deberán constituirse en forma de

sociedades por acciones de responsabilidad limitada, con arreglo a la

legislación general de la República. Los Bancos nacionales del Estado se

constituirán en la forma que establezcan las leyes que regulen su organización.

Financieras

Las sociedades financieras son instituciones bancarias que actúan como

intermediarios financieras especializados en operaciones de banco de

inversión, promueven la creación de empresas productivas mediante la

SISTEMA FINANCIERO - 9

Page 10: Sistema Financiero Final Finanzas

captación y canalización de recursos internos y externos de mediano y largo

plazo; los invierten en estas empresas (industriales, agrarias ó ganaderas), ya

sea en forma directa adquiriendo acciones o participaciones, o en forma

indirecta, otorgándole créditos para su organización, ampliación, modificación,

transformación o fusión, siempre que promuevan el desarrollo y diversificación

de la producción.

Aseguradoras

El seguro es un contrato mediante el cual el asegurador se obliga a resarcir

un daño o a pagar una suma de dinero al realizarse la eventualidad prevista y

el asegurado o tomador del seguro, se obliga a pagar la prima correspondiente.

Clases más importantes de seguros:

Seguros de Personas. Cubre riesgos de posibilidad de muerte,

accidente, enfermedad, incapacidad o pérdida de miembros que puedan

interrumpir la generación de ingresos de un individuo.

Seguros de Bienes o Cosas (Daños a la Propiedad). Cubren los riesgos

(patrimonio) de una persona natural o jurídica. Cubre riesgos como

incendio, terremoto, riesgos marítimos, roo y hurto, rotura de cristales y

otros.

Entidades Aseguradoras de Hipotecas:

Empresas dedicadas al aseguramiento de hipotecas mediante la emisión de

un seguro de hipoteca y/o fianza de pago.

Inicialmente esta actividad era exclusiva para el Instituto de Fomento de

Hipotecas Aseguradas FHA, pero con la emisión del Decreto ley 12o-96 del

Congreso de la República (ley de Vivienda y Asentamientos Humanos),

específicamente el artículo 33, se descentraliza tal función que la podrán

realizar las aseguradoras y afianzadoras autorizadas.

SISTEMA FINANCIERO - 10

Page 11: Sistema Financiero Final Finanzas

Afianzadoras

Fianza. Obligación por escrito que compromete a una o más partes como

fiadores de otra u otras.

Clases de Fianzas que pueden emitirse:

De Fidelidad (A)

Judiciales (B)

Administrativas de Gobierno (C)

Administrativas de Particulares (PA)

Almacenes Generales de Depósito

Son empresas que tienen el carácter de instituciones auxiliares de crédito,

cuyo titular debe ser una sociedad anónima guatemalteca, cuyo objeto es el

depósito, la conservación y custodia, el manejo y la distribución, la compra y

venta por cuenta ajena de mercancías o productos de origen nacional o

extranjero y la emisión de los Títulos-Valor ó Títulos de Crédito.

REGISTRO DE MERCADO Y DE VALORES

Tiene como objeto el registro de los actos que realicen y contratos que

celebren, las personas que intervienen en los mercados bursátil y extrabursátil.

En Guatemala se estableció el Registro del Mercado de Valores y Mercancías

para cumplir con dicho fin, en Julio de 1997 y forma parte del Ministerio de

Economía.

Función

SISTEMA FINANCIERO - 11

Page 12: Sistema Financiero Final Finanzas

Su función se centra en el control del registro y juridicidad de los actos y

contratos realizados y celebrados por personas que actúan en los mercados.

Así mismo, el Registro, de conformidad con la Ley de Valores y Mercancías,

debe emitir los reglamentos sobre su organización administrativa y su

funcionamiento, así como las normas a las cuales se deberán regir las

personas que actúen dentro del mercado extrabursátil de valores.

Actos son objeto de registro

a. Las Bolsas de Comercio

b. Los Agentes de Bolsa

c. Los Agentes de Valores

d. Las Ofertas Públicas de Valores

e. Los contratos de fondo de inversión, así como sus respectivos

certificados y

f. Las Instituciones Calificadoras de Riesgo.

a. BOLSAS DE COMERCIO. Las bolsas de comercio son instituciones de

derecho mercantil que tienen por objeto la prestación de servicios para

facilitar las operaciones bursátiles.

b. AGENTES. Los agentes son personas jurídicas que se dedican a la

intermediación con valores, mercancías o contratos conforme a las

disposiciones de esta ley, aquellos que actúan en bolsa se denominan

“agentes de bolsa” o “casa de bolsa” y quienes lo hagan fuera de bolsa, con

valores inscritos para oferta pública, “agentes de valores”.

Normativa Básica

Ley de Mercado de Valores y Mercancías. Esta es una norma

constitucional que establece como obligación del Estado, promover el

desarrollo económico de la Nación, así como proteger la formación del capital,

el ahorro y la inversión y crear las condiciones que sean adecuadas para SISTEMA FINANCIERO - 12

Page 13: Sistema Financiero Final Finanzas

promover la inversión de capitales nacionales y extranjeros. (Contenida en el

Decreto 34-96 del Congreso de la República, entró en vigor el 23 de diciembre

de 1996).

Además esta establece normas que promueven el desarrollo transparente,

eficiente, y dinámico del Mercado de Valores, estableciendo el marco jurídico

en el que se encuadran las negociaciones bursátiles ó extrabursátiles.

Marco Jurídico:

Creación y promulgación de la ley: La creación de dicho marco obedece al

principio constitucional que establece como obligación fundamental del Estado,

promover el desarrollo económico de la Nación.

Objeto de la ley: Regular las normas que promueven el desarrollo transparente,

eficiente y dinámico del mercado de valores; en particular, establece el marco

jurídico de:

Del mercado de valores bursátil y extrabursátil;

De la oferta pública en bolsas de comercio de valores, de mercancías,

de contratos sobre éstas y contratos, singulares o uniformes;

De las personas que en tales mercados actúan; y

De la calificación de valores y de las empresas dedicadas a esta

actividad.

Referencias de la Ley: En primera instancia, la Ley hace referencia a:

Valores: Todos aquellos documentos, títulos o certificados, acciones,

títulos de crédito típicos o atípicos, que incorporen o representen, según

sea el caso, derechos de propiedad, de crédito o de participación. Los

valores podrán crearse o emitirse y negociarse mediante anotaciones en

cuenta;

SISTEMA FINANCIERO - 13

Page 14: Sistema Financiero Final Finanzas

Mercancías: Bienes que no estén excluidos del comercio por su

naturaleza o por disposición de la ley;

Contratos: Todo negocio jurídico de características uniformes por

cuya virtud se crean, modifican, extinguen o transmiten obligaciones

dentro del mercado bursátil;

Calificación de Riesgo: Es una opinión emitida por una entidad

calificadora de riesgo, en cuanto a la situación financiera de un emisor,

todo ello con arreglo a las prescripciones técnicas reconocidas a nivel

internacional.

Existen dos clases de mercados:

Mercado Bursátil: Es aquél que se desarrolla dentro de una Bolsa de

Comercio, cumpliéndose con la reglamentación que para ese efecto

haya sido emitida por dicha bolsa, de conformidad con la facultad de

autorregulación de que gozan y,

Mercado Extrabursátil: Es aquél que se realiza fuera de las Bolsas de

Comercio y que por esa razón, no estaba sujeto, hasta antes de entrar

en vigencia la ley, o reglamentación alguna.

Por medio de la Ley del Mercado de Valores y Mercancías se crea: EL

REGISTRO DEL MERCADO DE VALORES Y MERCANCIAS. En ese

sentido, al Registro le corresponde no solamente una labor registral sino

que además, dentro del ámbito de su competencia, debe cumplir y hacer

que se cumplan las disposiciones establecidas en ella, así como emitir

disposiciones reglamentarias de carácter general con relación a la oferta

pública extrabursátil de valores.

SISTEMA FINANCIERO - 14

Page 15: Sistema Financiero Final Finanzas

Funciones del Registro

Registral: Esta es su función más importante y que se realizará luego de un

examen minucioso y exhaustivo de la documentación que se presente al

momento de solicitarse determinada inscripción, verificando que se cumplan

con todos los requisitos exigidos por la Ley. Es importante advertir que la

inscripción de una oferta pública bursátil o extrabursátil en el Registro, no

implica una garantía por parte de éste con relación a la solvencia o liquidez

del emisor o de los derechos incorporados en los valores.

Normativa o de reglamentación: Esto en virtud que de conformidad con la

Ley, el Registro debe emitir los reglamentos sobre su organización

administrativa y de funcionamiento, así como las normas a las cuales se

deberán regir las personas que actúen dentro del mercado extrabursátil de

valores, siendo importante señalar que antes de entrar en vigencia la Ley,

no existía reglamentación alguna para negociar en ese mercado.

Vigilancia o Fiscalización: Verifica mediante el control de la juridicidad de

actos y contratos realizados o celebrados por las Bolsas de Comercio, los

Agentes e instituciones auxiliares del mercado de valores. Para el efecto el

Registro puede emitir:

1. Apercibimientos;

2. Sanciones-Multas;

3. Suspensión de inscripciones;

4. Solicitud de medidas cautelares;

5. Solicitud de cancelación de inscripción.

Oferta Pública: Es la invitación que el Emisor hace abiertamente al

público, por sí, por intermedio de tercero mediante una Bolsa de

SISTEMA FINANCIERO - 15

Page 16: Sistema Financiero Final Finanzas

Comercio o cualquier medio de comunicación masiva o difusión social,

para negociación de valores, mercancías o contratos.

El concepto de oferta pública tal y como se entiende en la mayor parte

de los sistemas desarrollados, supone la captación de fondos por parte

del emisor, mediante el empleo de medios de comunicación que

garanticen una difusión general de la emisión.

La oferta pública de conformidad con el artículo 26 de la Ley refiere: "Las

ofertas públicas de valores no quedan sujetas a autorización

administrativa previa, salvo su inscripción en el Registro. La inscripción

de las mismas no implica asunción de responsabilidad de ninguna

especie por parte del Registro en relación a los derechos que los valores

incorporan ni sobre la liquidez o solvencia del emisor, sino simplemente

significa la calificación de que la información contenida en la oferta

satisface los requisitos que exige esta ley.

Creación y promulgación del reglamento:

Está contenido en Acuerdo Gubernativo número 557-97 el cual entró en vigencia el día uno de agosto de mil novecientos noventa y siete.

Contenido del Reglamento:

1. Funcionamiento del Registro. 2. De los Contratos de Fondo de Inversión. 3. Organización administrativa del Registro. 4. Arancel. 5. Determinación de fianza (Agente de Valores). 6. Requisitos de oferta pública extrabursátil. 7. Actualización de información de emisores extrabursátiles.

Misión del registro

SISTEMA FINANCIERO - 16

Page 17: Sistema Financiero Final Finanzas

Velar por la transparencia, seguridad y certeza que debe imperar en el

mercado de valores de Guatemala; y brindar la protección debida al público

inversionista. Su objetivo es el control de la juridicidad y registro de los actos y

contrato celebrados.

Visión

Implementación y aprobación del Proyecto de Ley del Mercado de Valores,

Mercancías e Inversión Colectiva, por medio del cual se pretende constituir una

autoridad supervisora que se denominará SUPERINTENDENCIA DE

VALORES, lo cual ayudará al correcto desarrollo del mercado y recuperación

de la credibilidad y confianza en el sistema financiero del país.

JUNTA MONETARIA

La Junta Monetaria es la autoridad máxima del Banco de Guatemala. Sus

funciones son determinadas por la Ley Orgánica del Banco de Guatemala, así

como, tendrá a su cargo la determinación de la política monetaria, cambiaria y

crediticia del país y velara por la liquidez y solvencia del sistema bancario

nacional, asegurando la estabilidad y el fortalecimiento del ahorro nacional.

FINALIDAD DE LA JUNTA MONETARIA

La Finalidad de la Junta Monetaria es garantizar la estabilidad monetaria,

cambiaria y crediticia del país. La Junta Monetaria no podrá autorizar que

SISTEMA FINANCIERO - 17

Page 18: Sistema Financiero Final Finanzas

el Banco de Guatemala otorgue financiamiento directo o indirecto; garantía o

aval al Estado, a sus entidades descentralizadas o autónomas ni a las

entidades privadas no bancarias.

Con ese mismo fin, el Banco de Guatemala no podrá adquirir los valores que

emitan o negocien en el mercado primario dichas entidades. Se exceptúa de

estas prohibiciones el financiamiento que pueda concederse en casos de

catástrofes o desastres públicos, siempre y cuando el mismo sea aprobado por

las dos terceras partes del número total de diputados que integran

el Congreso a solicitud del Presidente de la República de Guatemala.

CONFORMACION DE LA JUNTA MONETARIA

Según el artículo 132 de la Constitución Política de la República y artículo 13

de la Ley Orgánica del Banco de Guatemala, establecen que la Junta

Monetaria se integra con los siguientes miembros:

El presidente, quien también lo será del Banco de Guatemala, nombrado

por el Presidente de la República y por un periodo establecido por la ley.

Los Ministros de Finanzas Públicas, Economía y Agricultura Ganadería y

Alimentación.

Un miembro electo por el Congreso de la República de Guatemala.

Un miembro electo por la Asociaciones Empresariales de Comercio,

Industria y Agricultura.

Un miembro electo por los Presidentes de los Consejos de

Administración o Juntas Directivas de los Bancos Privados Nacionales; y

Un miembro electo por el Consejo Superior de la Universidad de San

Carlos de Guatemala.

Estos tres últimos miembros durarán en sus funciones un año. Todos los

miembros de la Junta Monetaria, tendrán suplentes, salvo el Presidente, a

quien lo sustituye el Vicepresidente y los ministros de Estado, que serán

sustituidos por su respectivo viceministro. El Vicepresidente de la Junta

SISTEMA FINANCIERO - 18

Page 19: Sistema Financiero Final Finanzas

Monetaria y del Banco de Guatemala, quien también será nombrado por el

Presidente de la República, podrá concurrir a las sesiones de la Junta

Monetaria, juntamente con el Presidente, con voz, pero sin voto, excepto

cuando sustituya al Presidente en sus funciones, en cuyo caso, sí tendrá voto.

El Presidente, el Vicepresidente y los designados por el Consejo Superior

Universitario y por el Congreso de la República, deberán ser personas de

reconocida honorabilidad y de notoria preparación y competencia en materia

económica y financiera. Los actos y decisiones de la Junta Monetaria, están

sujetos a los recursos administrativos y al de lo contencioso-administrativo y de

casación.

FUNCIONES

Velar por la solvencia del sistema bancario nacional.

Reglamentar los aspectos relativos al encaje bancario y al depósito

Legal, de conformidad con la ley.

Reglamentar la cámara de compensación bancaria o cualquier otro

instrumento o mecanismo que persiga los mismos fines que aquella

Autorizar, a propuesta de Gerente General, la política de de inversiones

de las reservas monetarias internaciones.

Establecer la releva necesarias para fortalecer el patrimonio del banco.

Aprobar el presupuesto de ingresos y egresos del Banco de Guatemala.

Aprobar o modificar la estructura administrativa del Banco de

Guatemala.

Nombrar y renombrar al Gerente General y demás autoridad y además

adentrarías.

Aprobar anualmente, los estados financieros del Banco.

Aprobar anualmente, para su publicación, la memoria del Banco de

Guatemala.

Emitir los reglamentos que de su que de conformidad con esta y otras

leyes.

SISTEMA FINANCIERO - 19

Page 20: Sistema Financiero Final Finanzas

Aprobar las disposiciones, normas o instrumentos legales que someta a

su consideración la Superintendencia de Banco o en su caso el Banco

de Guatemala.

Ejercer las demás atribuciones y facultades que le corresponda de

acuerdo con esta ley. La Ley Monetaria. Y otras disposiciones legales

aplicables.

MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS

Es el encargado de generar y administrar los recursos financieros y

patrimoniales del Estado, de manera eficaz, equitativa y transparente, para

alcanzar el bien común

Funciones de la Dirección Financiera

Funciones Generales:

De conformidad con lo establecido en el Reglamento Orgánico Interno del

Ministerio de Finanzas Públicas, son funciones generales de la Dirección

Financiera las siguientes:

Desarrollar las actividades de la formulación consolidada del

anteproyecto de presupuesto de gastos, plan anual, modificaciones

presupuestarias, programación y reprogramación de la ejecución

presupuestaria y financiera del Ministerio;

Coordinar la recepción, revisión y autorización de los Comprobantes

Únicos de Registro de las unidades ejecutoras, así como gestionar

ante la Tesorería Nacional los pagos por el sistema acreditamiento

en cuenta;

Administrar las asignaciones financieras programadas por el Comité

de Programación de la Ejecución Presupuestaria, para cubrir los

gastos de las unidades y dependencias administrativas del Ministerio;

Llevar el registro y control financiero, en forma analítica y

consolidada, de la ejecución del presupuesto del Ministerio;

SISTEMA FINANCIERO - 20

Page 21: Sistema Financiero Final Finanzas

Orientar a las unidades ejecutoras de la Institución, en el proceso de

ejecución presupuestaría de gastos e ingresos en el SICOIN,

incluyendo el uso de formularios que constituyan documentación de

respaldo para los registros que correspondan al Ministerio;

Analizar la documentación de respaldo para el registro de las

diferentes etapas del gasto y el ingreso en el SICOIN que

correspondan al Ministerio, acorde a los niveles de desconcentración

presupuestaria vigente en la institución;

FUNCIONES ESPECÍFICAS DE SUS UNIDADES ADMINISTRATIVAS:

Para dar cumplimiento a las funciones generales que a la Dirección

Financiera le atribuye el Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de

Finanzas Públicas, las unidades administrativas que la integran deben cumplir

con las siguientes funciones específicas:

DIRECCIÓN: El Director Financiero es el funcionario superior de la Dirección y

responsable de la conducción de la misma. Sus funciones son las siguientes:

Planificar, organizar, dirigir, administrar y evaluar las actividades de la

Dirección Financiera relacionadas con el proceso de ejecución

presupuestaria de la Dirección y de las asignaciones de Obligaciones del

Estado a Cargo del Tesoro.

Planificar e implementar las acciones que en materia de administración

financiera, se desarrollan en las unidades ejecutoras del Ministerio;

Dirigir y coordinar las políticas y estrategias de administración financiera

del Ministerio, a través de la aplicación de las normas dictadas por los

órganos rectores del Sistema Integrado de Administración Financiera;

Velar por la capacitación del personal que labora en la Dirección y del

resto de trabajadores responsables de la administración financiera, en

cada una de las unidades ejecutoras del Ministerio;

Coordinar y asesorar en materia de ejecución presupuestaria de

ingresos y gastos, a las unidades ejecutoras del Ministerio;

SISTEMA FINANCIERO - 21

Page 22: Sistema Financiero Final Finanzas

Aprobar el Plan Anual de Trabajo, el Informe de Actividades y la

Memoria Anual de Labores de la Dirección;

Dar seguimiento y control a la ejecución del plan de trabajo a que se

refiere el punto anterior, conjuntamente con la Subdirección;

Coordinar la elaboración del anteproyecto de presupuesto de gastos del

Ministerio, conforme disposiciones legales y normativas técnicas

vigentes, para su presentación ante la Dirección Técnica del

Presupuesto;

Refrendar los proyectos de Resolución relacionados con el pago de

prestaciones laborales, devoluciones de impuestos y modificaciones

presupuestarias de las unidades ejecutoras del Ministerio y de las

asignaciones de Obligaciones del Estado a Cargo del Tesoro y,

someterlas a consideración del Despacho Viceministerial de

Administración Interna y Desarrollo de Sistemas;

Coordinar las actividades relacionadas a la recepción, registro, control y

notificación de los expedientes que en el ámbito de su competencia,

conoce la Dirección;

UNIDAD DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS INTERNOS: Son funciones de

la Unidad de Servicios Administrativos Internos las siguientes:

Planificar y registrar las actividades de ejecución presupuestaria que le

compete a la Dirección;

Coordinar la elaboración del anteproyecto de presupuesto y el plan

operativo anual del Despacho Ministerial, la Dirección y las Unidades de

Apoyo;

Proponer a la Dirección las programaciones, reprogramaciones

financieras y modificaciones presupuestarias que se establezcan

necesarias en el proceso de ejecución presupuestaria;

Presentar al Director los informes gerenciales de ejecución

presupuestaria de la Dirección;

SISTEMA FINANCIERO - 22

Page 23: Sistema Financiero Final Finanzas

Coordinar, organizar y controlar el manejo del Fondo Rotativo Interno

asignado a la Dirección;

Coordinar, supervisar y autorizar la elaboración de los listados de

gastos, de acuerdo al Manual de Ejecución Presupuestaria, y gestionar

las reposiciones del Fondo Rotativo Interno;

DEPARTAMENTO DE OBLIGACIONES DEL ESTADO A CARGO DEL

TESORO: Son funciones del Departamento de Obligaciones del Estado a

Cargo del Tesoro, las siguientes

Planificar y registrar las actividades de ejecución presupuestaria de las

asignaciones programadas en la entidad Obligaciones del Estado a

Cargo del Tesoro;

Coordinar la elaboración y presentación del anteproyecto de

presupuesto de las asignaciones de la entidad Obligaciones del Estado

a Cargo del Tesoro;

Coordinar y velar por el oportuno traslado de recursos en concepto de

aportes institucionales, constitucionales y otros compromisos, a favor de

las entidades cuya asignación presupuestaria se encuentra programada

en Obligaciones del Estado a Cargo del Tesoro;

Organizar y coordinar el registro de todas las operaciones

presupuestarias y financieras de las asignaciones previstas en

Obligaciones del Estado a Cargo del Tesoro;

Proponer al Director y/o Subdirector, las modificaciones presupuestarias,

programaciones y reprogramaciones financieras, que se estime

necesario realizar durante el proceso de ejecución presupuestaria de las

asignaciones previstas en Obligaciones del Estado a Cargo del Tesoro;

Presentar al Director los informes gerenciales relacionados a la

ejecución presupuestaria de Obligaciones del Estado a Cargo del

Tesoro;

Desarrollar otras funciones que le sean aginadas por la Dirección.

SISTEMA FINANCIERO - 23

Page 24: Sistema Financiero Final Finanzas

UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA: Son funciones de la Unidad de

administración Financiera, las siguientes:

Planificar y registrar las actividades de ejecución presupuestaria de las

asignaciones programadas en la entidad Obligaciones del Estado a

Cargo del Tesoro;

Coordinar la elaboración y presentación del anteproyecto de

presupuesto de las asignaciones de la entidad Obligaciones del Estado

a Cargo del Tesoro;

Coordinar y velar por el oportuno traslado de recursos en concepto de

aportes institucionales, constitucionales y otros compromisos, a favor de

las entidades cuya asignación presupuestaria se encuentra programada

en Obligaciones del Estado a Cargo del Tesoro;

Organizar y coordinar el registro de todas las operaciones

presupuestarias y financieras de las asignaciones previstas en

Obligaciones del Estado a Cargo del Tesoro;

Proponer al Director y/o Subdirector, las modificaciones presupuestarias,

programaciones y reprogramaciones financieras, que se estime

necesario realizar durante el proceso de ejecución presupuestaria de las

asignaciones previstas en Obligaciones del Estado a Cargo del Tesoro;

DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE INGRESOS PRESUPUESTARIOS

Son funciones del Departamento de Registro de Ingresos Presupuestarios,

las siguientes:

Planificar y desarrollar las actividades relacionadas a la aprobación de

los ingresos tributarios que recauda y registra la Superintendencia de

Administración Tributaria -SAT-;

Dirigir el proceso de registro y aprobación en el Sistema de Contabilidad

Integrada SICOIN, de los ingresos varios que de acuerdo a los niveles

de desconcentración que establezca el Despacho Ministerial, le

competen a la Dirección;

SISTEMA FINANCIERO - 24

Page 25: Sistema Financiero Final Finanzas

Coordinar con las entidades que correspondan, las gestiones necesarias

para el registro y/o aprobación oportuna de los ingresos tributarios y de

los ingresos varios que competen a la Dirección;

Velar por el cumplimiento de las políticas y normas técnicas dictadas por

los entes rectores del Sistema Integrado de Administración Financiera,

en materia de ingresos presupuestarios;

Velar por la elaboración de informes gerenciales relacionados con los

ingresos presupuestarios que son competencia de la Dirección, para la

toma de decisiones;

ORGANIGRAMA DEL MINISTERIO DE FINANZAS PÚBLICAS

ÓRGANOS FISCALIZADORES

SISTEMA FINANCIERO - 25

Page 26: Sistema Financiero Final Finanzas

Las entidades que conforman el sistema financiero formal del país son

fiscalizadas por las siguientes entidades:

Superintendencia de Bancos (SIB): es la máxima entidad fiscalizadora,

siendo un ente organizado conforme a la ley orgánica del Banco de Guatemala

eminentemente técnico, que actúa bajo la dirección general de la Junta

Monetaria y ejerce vigilancia e inspección del Banco de Guatemala, Bancos,

Instituciones de crédito, empresas financieras, entidades afianzadoras, de

seguros y las demás que la ley disponga.

La Superintendencia de Bancos goza de la independencia funcional necesaria

para el cumplimiento de sus fines y para velar porque las entidades sujetas a

su vigilancia e inspección, cumplan con sus obligaciones legales y observen las

disposiciones normativas aplicables en cuando a liquidez, solvencia y solidez

patrimonial.

Superintendencia de Administración Tributaria: con el surgimiento de la

Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), algunas de las

actividades que anteriormente eran realizadas por la Superintendencia de

Bancos las realiza ésta, principalmente en el ámbito tributario.

La SAT nace con el propósito principal de modernizar la administración

tributaria y dar cumplimiento a los compromisos fiscales contenidos en los

Acuerdos de Paz. Fue aprobado por el congreso de la República mediante el

Decreto No. 1-98 el cual entró en vigencia a partir del 21 de febrero de 1998.

Es una institución estatal descentralizada, con competencia y jurisdicción en

todo el territorio de Guatemala, para ejercer con exclusividad las funciones de

administración tributaria contenidas en la legislación, goza de autonomía

funcional, financiera, económica, técnica y administrativamente, cuenta con

personalidad jurídica, patrimonio y recursos propios

SISTEMA FINANCIERO - 26

Page 27: Sistema Financiero Final Finanzas

ORGANISMOS INTERNACIONALES

Un organismo internacional u organización intergubernamental (OIG) son

aquellos cuyos miembros son Estados soberanos u otras organizaciones

intergubernamentales. También puede usarse el término organización

internacional, sin embargo esta última denominación podría interpretarse como

abarcando genéricamente cualquier organización (incluidas aquellas privadas)

con membrecía, objetivos, o presencia internacional, mientras que lo que se

designa como organismo internacional siempre es de naturaleza pública. Para

evitar posibles confusiones, algunas veces se usan los términos organismo

internacional gubernamental u organismo internacional público.

A mediados del siglo XX se produjo un fuerte movimiento de creación de

organismos e instituciones que coordinasen la  economía internacional para

evitar así que se reprodujeran las tensiones que, a lo largo de la primera mitad

del siglo, habían conducido a dos terribles guerras mundiales.

Cincuenta años después, podemos evaluar muy positivamente aquel proceso

de institucionalización de la economía internacional. No sólo se ha reducido de

forma notable la intensidad y amplitud de los conflictos armados, sino que se

ha conseguido construir un sistema de colaboración internacional sin

precedentes en la historia de la humanidad.

En estos momentos, la humanidad es cada vez más consciente del grado de

interrelación global que ha alcanzado de la economía. La globalización tiene

defensores y detractores porque se ha puesto en evidencia que tiene ventajas

e inconvenientes: La globalización impulsa el crecimiento y el desarrollo

económico pero a la vez provoca tensiones y desequilibrios cada vez más

graves. Cada día se hace más evidente la necesidad de organismos

internacionales fuertes, con capacidad para imponer un nuevo orden

económico global y que se comprometan a redistribuir globalmente los

beneficios del desarrollo humano.

SISTEMA FINANCIERO - 27

Page 28: Sistema Financiero Final Finanzas

Naturaleza jurídica

Una organización intergubernamental está sujeta al derecho público

internacional, con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar, formada

por acuerdo de distintos Estados para tratar aspectos que les son comunes....

Dentro de su seno y a través de procedimientos de complejidad variable, busca

elaborar una voluntad jurídica distinta a la de sus Estados miembros, destinada

a realizar las competencias que les han sido atribuidas. Esta voluntad puede

manifestarse a través de actos unilaterales o por medio de la concertación de

tratados con otros sujetos de derecho internacional.

Establecimiento

Hablando naturalmente, una organización internacional se debe establecer

mediante un tratado que provee de ella con reconocimiento legal. Las

organizaciones internacionales así establecidas están sujetas al derecho

internacional, capaces de entrar en acuerdos entre sí mismos o con los

estados. Así las organizaciones internacionales en un sentido legal son

distinguidas de las agrupaciones meras de estados, tales como el G-8 y los G-

77, ni unos ni otros de los cuales han sido fundados por un tratado, aunque

también en contextos no-legales éstos se refieren a veces como

organizaciones internacionales. Las organizaciones internacionales deben

también ser distinguidas como tratados; Mientras que todas las organizaciones

internacionales son fundadas por un tratado (e.g., cuyo ejemplo 'El Libre

Tratado de Comercio' "TLCAN" de Norteamérica cuyos países se encuentran

Canadá, Estados Unidos y México).

Clasificación

Los organismos internacionales pueden ser de muy diversos tipos. Una

clasificación sobre los mismos establece las diferencias:

SISTEMA FINANCIERO - 28

Page 29: Sistema Financiero Final Finanzas

En función de su duración:

o Permanentes, que son creados sin fijar un plazo para la

finalización de su mandato. (ONU)

o No permanentes, que son aquellos a los que se establece un

cometido específico para una duración determinada en el tiempo,

transcurrido el cual dejan de existir.

Por sus competencias:

o Plenos, que son aquellos que tienen plena capacidad de acción

sobre las materias delegadas por los Estados que los crearon y

que pueden adoptar resoluciones a cuyo cumplimiento están

obligadas las partes. (Unión Europea)

o Semiplenos que son aquellos que, aún teniendo plena capacidad,

requieren para adoptar resoluciones vinculantes, la decisión

preceptiva previa a cada acto de los miembros que lo componen.

(OPEP)

o De consulta, cuyas resoluciones no son vinculantes y que

pertenecen al ámbito del estudio reflexión. (OCDE)

Por razón de la materia, según sean las cuestiones que traten:

económicas, culturales, y otras. (CAACI)

Por su composición:

o Puros, los integrados sólo por Estados soberanos. (Tribunal Penal

Internacional)

o Mixtos, en los que, además de los Estados, con voz y, en algunos

casos voto, se integran otras instituciones públicas (municipios,

SISTEMA FINANCIERO - 29

Page 30: Sistema Financiero Final Finanzas

provincias, Comunidades Autónomas, Estados Federados, etc).

(Unesco)

o Integrados, en los que participan Estados y otros organismos

internacionales. (FMI)

o Autónomos, sólo compuestos por organismos internacionales

previamente existentes.

EJEMPLO DE ORGANOS INTERNACIONALES

CEPAL - Comisión Económica para América Latina y el Caribe

Organismo de las Naciones Unidas. Textos básicos, investigación,

estudios estadísticos, proyectos, sistema, biblioteca, reuniones,

programa de trabajo, publicaciones, base regional de datos de

coyuntura, balance de las economías por países incluso Argentina y

otros trabajos.

Comunidad Andina: Información institucional, integración,

publicaciones y boletines, acuerdos, tratados, negociaciones con el

Mercosur, estadísticas, legislación y jurisprudencia comunitaria, bases

de datos del centro de documentación.

Conferencia Interamericana de Seguridad Social: Autoridades,

comisiones americanas de seguridad social, subregiones, centro de

estudios, publicaciones, estatuto y reglamentos.

Corte Interamericana de Derechos Humanos: Documentos básicos,

carta de la OEA, declaración americana de los Derechos y Deberes del

Hombre, convención americana sobre derechos humanos, estatuto y

reglamento, opiniones consultivas, casos contenciosos, resoluciones,

comunicaciones de prensa.

Corte Internacional de Justicia: Información institucional, documentos

SISTEMA FINANCIERO - 30

Page 31: Sistema Financiero Final Finanzas

básicos, caos en trámite, decisiones de la Corte, publicaciones,

búsquedas.

Fondo Monetario Internacional: Información institucional, convenio

constitutivo, estatutos y reglamento, datos básicos, informes anuales,

discursos, publicaciones

Modelo Naciones Unidas: Organización de jóvenes de Argentina,

simulación de las actividades diplomáticas de Naciones Unidas para

estudiantes secundarios y universitarios, información,

UNESCO

Organización educacional, científica y cultural de Naciones Unidas.

Programas, estadísticas, eventos, instrumentos legales, publicaciones,

documentos.

Unicef

En español. Información institucional, labor en el mundo, publicaciones,

estadísticas, los derechos del niño

SISTEMA FINANCIERO - 31