sesión 7: la etapa inicial del proceso -...
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Contextualización
En la actualidad, cuando la policía se encuentra
ante la denuncia de la comisión de un delito, y
al realizar la detención del imputado, se cometen
muchas violaciones a las garantías
constitucionales lo que conlleva a que en el
trascurso de la primera audiencia llamada
control de detención, puede quedar en libertad y
seguir el proceso con alguna medida cautelar.
Introducción
Todo proceso Penal, debe de iniciar por
denuncia o querella, arrancando el proceso
de la investigación formalizada, o con la
detención flagrante del imputado, los
tratadistas nos hacen referencia a la
audiencia de control de detención sin
embargo, en esta audiencia no solo se
ventila el control de la detención, sino que
también se realiza la formulación de la
imputación una vez que el imputado, es
puesto a disposición del tribunal.
Periodo del proceso que comprende
Dentro del procedimiento ordinario existen varias etapas a la primera le
daremos el nombre de investigación, y consta de dos fases:
La investigación inicial, ésta comienza con la presentación de la
denuncia, querella u otro requisito equivalente y concluye cuando el
imputado es puesto a disposición del juez de control para que se le
formule a imputación.
Actuaciones que se realizan en la fase de
control previo
Cuando el ministerio público o la
policía tengan conocimiento de un
hecho delictivo, se encuentra obligado
a proceder sin mayores requisitos a
realizar la investigación.
El ministerio público podrá aplicar los
criterios de oportunidad para los
casos previstos o decretar el no iniciar
la investigación cuando no encuentren
elementos constitutivos de delito.
A esta audiencia deberán
comparecer el ministerio público el
imputado y su defensor. La víctima
u ofendido o su asesor jurídico
asistirán si así lo desean pero no es
requisito que se encuentren
presentes en la audiencia.
Audiencia de esta fase: audiencia inicial
En el desarrollo de la audiencia se le deberán de
informar al imputado los derechos constitucionales
y legales, se debatirá acerca del control de
legalidad de la detención en caso que esta
corresponda se tendrá que formular la imputación
dándole la oportunidad de declarar al imputado, así
como también por parte del órgano jurisdiccional
se tendrá que resolver sobre la solicitud de
vinculación a proceso, de las medidas cautelares y
establecer el plazo para el cierre de la
investigación.
Del contenido de la audiencia inicial
Del control de detención
De acuerdo a lo preceptuado por el
artículo 308 del Código Nacional de
Procedimientos Penales el control de
la detención se deberá de realizar.
Artículo 308. Control de legalidad de
la detención.
La Formulación de la
imputación
Entendemos por formulación de la imputación a la comunicación que el
MP e realiza al imputado, ante la presencia del juez de control,
explicándole que existe una investigación en su contra, de uno o más
hechos que la ley señala como delito mencionándole la calificación jurídica
preliminar, fecha, lugar y modo de su comisión la forma e intervención que
haya tenido en el mismo, nombre de quien lo acusa, excepto que hayan
sido reservados.
Vinculación a procesos y auto de vinculación
a procesos
La audiencia inicial se reanudará desahogando los
medios probatorios ofrecidos o presentados por el
imputado respetando las reglas para el desahogo
de pruebas en el juicio oral.
Existe la posibilidad de que no se reúnan los
requisitos para que se ordene la vinculación al
proceso en tal caso, e juez tendrá que dictar un auto
de no vinculación y está obligado a ordenar la
libertad inmediata del imputado, revocando las
providencias precautorias y medidas cautelares en
caso de haber sido decretadas.
Medidas Cautelares
EL agente del ministerio público podrá solicitar que
se aplique al imputado alguna medida cautelar,
cuando exista el temor fundado de que se pueda
sustraer a la acción de la justicia o con la finalidad
de garantizar el proceso
Dichas medidas serán impuestas a través de una
resolución judicial por un tiempo indispensable para
asegurar la presencia del imputado en el
procedimiento garantizar la seguridad de la víctima
u ofendido o del testigo o de obstaculizar el
procedimiento, dichas medidas cautelares pueden
consistir de acuerdo a lo estipulado en el artículo
155.
Salidas Alternas al Proceso
Penal
Durante la investigación se podrá acceder a la
aplicación de salidas alternas hasta antes de que se
dicte el auto de apertura juicio oral.
Esta salida tiene la finalidad de consensar acuerdos
reparatorios que desactiven el conflicto, lo cual,
puede redundar en ahorro de tiempo y gasto tanto a
las partes como al estado, y estas pueden consistir
en un procedimiento simplificado ya sea, por
suspensión condicional del proceso o procedimiento
abreviado, así como también la conciliación,
mediación y la justicia restaurativa.
Periódo de investigación
formalizada
Precedido de denuncia o querella según sea el caso,
el agente del ministerio público, recibirá los datos o
evidencias que hubiera recabado la policía pudiendo
proceder de la siguiente forma:
Iniciar la investigación para esclarecer el hecho
delictivo e identificar a los autores y coparticipes
del mismo auxiliándose de la policía y de
servicios periciales.
la facultad que recae en el ministerio público de
no iniciar la investigación o en su caso detenerla.
Conclusión
En esta etapa es muy importante que se respeten los derechos
constitucionales debido a que de no, respetarlos al momento de la
detención o que se cumplan las formalidades procesalmente exigidas no
se podrá, detener al imputado y será necesario dejarlo en libertad para
que siga el proceso en libertad o con el cumplimiento de una medida
cautelar.
Es importante señalar la trascendencia de la recolección de las evidencias
así, como la cadena de custodia, que serán pieza clave para el desarrollo
del juicio.
Para aprender más
Para reforzar lo planteado en el presente capítulo te invito a
consultar las siguientes lecturas:
Juicios Orales.com. (2014). La Etapa de la Investigación.
Consultado en:
http://www.juiciosorales.org.mx/m4rks_cms/4cms/doc/content/files/
ETAPA%20DE%20INVESTIGACION.pdf
Referencias
Juicios Orales.com. (2014). La Etapa de la Investigación. Consultado en:
http://www.juiciosorales.org.mx/m4rks_cms/4cms/doc/content/files/ETAPA%20DE%20INVESTIGACI
ON.pdf
Ley Orgánica del Poder Judicial
Código Nacional de Procedimientos Penales
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Consejo de la Judicatura Federal. Nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio desde la perspectiva
Constitucional. (2011)