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REPÚBLICA DE HONDURAS Servicio Autónomo Nacional de Acueductos y Alcantarillados AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL EL SERVICIO AUTONOMO NACIONAL DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS (SANAA), por este medio invita a las empresas interesadas en participar en la LICITACION PUBLICA NACIONAL SANAA DP-002-2010, EJUCUCION DE OBRAS PARA LA INSTALACION DE TUBERIA TERCIARIA PVC Y CONEXIONES DOMICILIARIAS EN LA COLONIA SAN FRANCISCO DEL PROYECTO URGENTE PARA EL ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE DE TEGUCIGALPA. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos de Contraparte Nacional del Gobierno de Honduras destinados al Proyecto Urgente para el Abastecimiento de Agua Potable de Tegucigalpa. Los documentos de la presente licitación podrán ser adquiridos en la Unidad de Licitaciones, mediante solicitud escrita a la Gerencia General del SANAA, en el periodo comprendido del 5 al 19 de noviembre del 2010, previo el pago de la cantidad de OCHOCIENTOS LEMPIRAS EXACTOS (L. 800.00) NO REEMBOLSABLES, en la tesorería del SANAA. Las propuestas deberán ser presentadas en dos (2) sobres sellados: el primero conteniendo documentos que evidencien la capacidad financiera, legal y técnica y el segundo la oferta económica, en original y dos (2) copias, acompañado de una Garantía de Mantenimiento de Oferta, equivalente por lo menos al dos por ciento (2%) del valor de la misma. Las propuestas deberán ser presentadas a más tardar a las 9:30 a.m. del día martes 14 de diciembre del 2010, en las oficinas de la Unidad de Licitaciones ubicadas, 1ra. Avenida, 13 Calle, Comayagüela, M.D.C., Honduras C.A., se procederá a la apertura de las mismas a las 10:00 a.m., en presencia de funcionarios del SANAA y los Licitantes que deseen asistir, en la Sala de Conferencias del SANAA, situada en la misma dirección. Comayagüela, M.D.C, 4 de noviembre del 2010 DANILO ALVARADO GERENTE GENERAL

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REPÚBLICA DE HONDURAS

Servicio Autónomo Nacional de

Acueductos y Alcantarillados

AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

EL SERVICIO AUTONOMO NACIONAL DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS

(SANAA), por este medio invita a las empresas interesadas en participar en la LICITACION PUBLICA

NACIONAL SANAA DP-002-2010, EJUCUCION DE OBRAS PARA LA INSTALACION DE

TUBERIA TERCIARIA PVC Y CONEXIONES DOMICILIARIAS EN LA COLONIA SAN

FRANCISCO DEL PROYECTO URGENTE PARA EL ABASTECIMIENTO DE AGUA

POTABLE DE TEGUCIGALPA.

El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos de Contraparte Nacional del

Gobierno de Honduras destinados al Proyecto Urgente para el Abastecimiento de Agua Potable de

Tegucigalpa. Los documentos de la presente licitación podrán ser adquiridos en la Unidad de Licitaciones,

mediante solicitud escrita a la Gerencia General del SANAA, en el periodo comprendido del 5 al 19 de

noviembre del 2010, previo el pago de la cantidad de OCHOCIENTOS LEMPIRAS EXACTOS (L.

800.00) NO REEMBOLSABLES, en la tesorería del SANAA.

Las propuestas deberán ser presentadas en dos (2) sobres sellados: el primero conteniendo documentos que

evidencien la capacidad financiera, legal y técnica y el segundo la oferta económica, en original y dos (2)

copias, acompañado de una Garantía de Mantenimiento de Oferta, equivalente por lo menos al dos por

ciento (2%) del valor de la misma.

Las propuestas deberán ser presentadas a más tardar a las 9:30 a.m. del día martes 14 de diciembre del

2010, en las oficinas de la Unidad de Licitaciones ubicadas, 1ra. Avenida, 13 Calle, Comayagüela,

M.D.C., Honduras C.A., se procederá a la apertura de las mismas a las 10:00 a.m., en presencia de

funcionarios del SANAA y los Licitantes que deseen asistir, en la Sala de Conferencias del SANAA,

situada en la misma dirección.

Comayagüela, M.D.C, 4 de noviembre del 2010

DANILO ALVARADO

GERENTE GENERAL

ORGANIZACIÓN DE LOS DOCUMENTOS

Los Documentos Base para esta Licitación se han estructurado de la siguiente manera:

VOLUMEN I:

Contiene: El Aviso de Licitación, las Instrucciones a los Licitantes, las condiciones

Generales y Especiales de Contratación y los Anexos contentivos de informaciones

generales.

VOLUMEN II:

Contiene las Especificaciones de Construcción

VOLUMEN III:

Contiene este volumen los documentos que el oferente deberá llenar, a saber: La Forma

de oferta; la Forma de Declaración de Obra (Forma de Presupuesto para la Licitación) y

las Instrucciones para la Integración de Precios Unitarios con los respectivos modelos

de tarjetas de análisis.

VOLUMEN IV:

Contiene los Planos de Construcción.

VOLUMEN V:

Addenda. Se integrará con las respuestas del SANAA a las consultas que planteen los

oferentes durante el proceso de licitación; así también estará formada por las

modificaciones que acuerde u ordene el SANAA a los Documentos de Licitación por

las Actas de reunión, etc.

A. INSTRUCCIONES A LICITANTES

A.I. GENERALIDADES

A.I.I DESCRIPCIÓN GENERAL DE LAS OBRAS

El objetivo de la presente licitación corresponde a la instalación de tuberías

terciarias de PVC de 2” de diámetro e instalación de conexiones domiciliarias,

así como la realización de la interconexión de la tubería secundaria con la

terciaria de la Red de distribución de la Colonia San Francisco del “Proyecto

Urgente para el Abastecimiento de Agua Potable de Tegucigalpa”.

A.1.2 FUENTE DE LOS RECURSOS

Las obras objeto de esta Licitación serán financiadas totalmente con fondos de

contrapartida nacional y los materiales a instalar (tubería y accesorios) serán

suministrados por el SANAA mediante fondos de la Contrapartida Local del

Gobierno de Honduras para la Cooperación de asistencia técnica no

reembolsable del Gobierno de Japón.

A.I.3 CAPACIDAD DE LOS OFERENTES

La capacidad financiera, legal y técnica de los Oferentes será evidenciada a través de:

- Estados contables del último año fiscal, certificados por Contador Autorizado

- Documentos Personales del Representante Legal, como ser:

a) Fotocopia debidamente Autenticada de la Tarjeta de Identidad

b) Declaración Jurada debidamente Autenticada por un Notario Público, de no

encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en los artículos 15 y 16 de

la Ley de Contratación del Estado.

c) Fotocopia debidamente Autenticada del Poder de Representación autorizando a

representar y suscribir la Oferta en nombre de la Empresa Oferente Este poder

deberá estar inscrito en el Registro de la Propiedad Inmueble y Mercantil. En el

caso de firmas extranjeras, la referida documentación deberá de acompañarse por

la legalización consular hondureña.

- Documentos de la Empresa Oferente, como ser:

a) Fotocopia del Carné de Proveedor del SANAA vigente a la fecha de recepción y

apertura de ofertas.

b) Fotocopia debidamente Autenticada del Testimonio de Escritura de Constitución

de Sociedad inscrita en el registro de la Propiedad Inmueble y Mercantil;

c) Garantía de mantenimiento de oferta en cualquiera de los siguiente títulos

valores: Garantía Bancaria o Cheque Certificado, extendida por un Banco o

Compañía Aseguradora de reconocida experiencia y capacidad en el territorio de

Honduras, equivalente por lo menos al 2% del monto total de la Oferta, con

validez de 120 días calendario contados a partir de la fecha de apertura de plicas.

d) Declaración Jurada garantizando la calidad del Producto a proveer conforme al

cumplimiento de las Especificaciones Técnicas establecidas por el SANAA,

acompañado de un Documento que demuestre que el oferente está debidamente

autorizado por el fabricante de los bienes indicados en la oferta, para

suministrarlos en Honduras.

e) Carta Propuesta indicando claramente el plazo de entrega, firmada por la persona

Responsable de la Oferta.

f) Presentación de la Oferta con la totalidad de los documentos siguientes firmados

y sellados en cada una de sus hojas: Bases de la Licitación, Circulares

aclaratorias, Enmiendas, y Oferta Técnico-Económica.

g) Declaración jurada de no encontrarse en ninguna de las inhabilitaciones

establecidas en el artículo 15 y 16 de La ley de la Contratación del Estado..

h) Permiso de Operación vigente de la Alcaldía de su localidad.

i) Certificación de inscripción en el registro de la Oficina Normativa de

Contratación y Adquisiciones del Estado ONCAE.

j) Constancia de Solvencia Extendida por el Colegio de Ingenieros Civiles de

Honduras

k) Recibo de pago cancelado del último mes del servicio público, SANAA, del

Representante Legal y del Inmueble donde se ubica la Empresa.

Toda fotocopia de los documentos solicitados anteriormente deberá ser presentada

debidamente autenticada.

A.I.4 COSTO DEL OFERENTE

Los costos de preparación y presentación de la oferta serán a cargo del oferente y

el SANAA no se responsabilizará de los mismos en ningún caso, sin importar el

resultado de este proceso licitatorio.

A.I.5 VISITA A LOS SITIOS DE LAS OBRAS

Es obligatorio que el oferente visite y examine los sitios de los trabajos y sus

alrededores a fin de obtener toda la información necesaria para la preparación de

su propuesta. Para este efecto el SANAA ha programado una visita obligatoria

de campo para el día martes 23 de noviembre del 2010 a las 9:00 a.m., Punto de

reunión: Oficinas de la División de Planeación, Plantel Los Filtros del SANAA,

Colonia Divanna, Comayagüela M.D.C

A.I.6 AUTENTICIDAD DE FIRMAS

Todas las firmas que aparezcan en los documentos de oferta, deberán ser

debidamente autenticadas de conformidad con las Leyes de Honduras. Esto

requiere del testimonio de un Instrumento Público, en el que se haga constar que

el firmante de la oferta está debidamente autorizado para realizar acto de tal

naturaleza, otorgado por la persona que tenga capacidad y representación legal

suficiente de parte de la compañía que somete la oferta; o de un documento

privado otorgado por la persona que tiene capacidad suficiente de representación

de la compañía, con su firma debidamente autenticada por un Notario Público.

El documento de Autenticación de Firmas, deberá ser incorporado en el Anexo

del Volumen III.1.

A.II. DOCUMENTOS DE LICITACIÓN

A.II.1 CONTENIDO DE LOS DOCUMENTOS DE LICITACIÓN

El conjunto de los documentos Bases para esta Licitación, que deberán ser

presentados rubricados por el oferente en cada una de sus hojas y en el mismo

orden en que se entregan, se anotan a continuación con el número de ejemplares

requeridos:

VOLUMEN SECCIÓN Nº. EJEMPLARES

REQUERIDOS

I. INSTRUCCIONES PARA LICITACIÓN 1

Aviso de Licitación

A - Instrucciones a los Licitantes

B - Condiciones de Contratación

B. 1 Generales

B. 2 Especiales

A N E X O S

I.2 Modelo de Contrato de Construcción.

I.3 Modelo de Garantía de Cumplimiento de Contrato.

I.4 Modelo de Garantía de Calidad de Obra.

I.5 Descripción General de las Obras.

II. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE

CONSTRUCCIÓN 1

A. Generales

B. Específicas

III. OFERTA 2

A. Garantía de Mantenimiento de Oferta

B. Declaración Jurada

C. Oferta

D. Catálogos de Conceptos de Obra

(Forma de Presupuesto para Licitación)

E. Instrucciones para Integración de Tarjetas de Análisis de Precios Unitarios

A N E X O S

1.1 Auténtica de Firmas

1.2 Capacidad comprometida y Estados Financieros

1.3 Registros en Colegios Profesionales

1.4 Programas de Trabajo

1.5 Análisis de Factor(es) de Costos Indirectos

1.6 Copia de las Cotizaciones de los Materiales Indicados

IV. CONJUNTO DE PLANOS 1

V. ADDENDA 1

Conjunto de aclaraciones, modificaciones, actas de reunión, etc.

A.II.2 EXAMEN DE LOS DOCUMENTOS

El licitante examinará cuidadosamente las instrucciones, condiciones, formas,

términos, especificaciones y planos contenidos en los cuatro volúmenes de estas

Bases de Licitación. En caso de que el licitante favorecido no considerara en su

totalidad las condiciones que afectan el trabajo contratado, no quedará relevado

de la obligación incurrida al hacer su propuesta.

La presentación de una oferta implica el sometimiento del proponente a todas las

disposiciones legales y vigentes en la República de Honduras y a las normas

contenidas en las bases y especificaciones de la licitación sin necesidad de

declaración expresa.

La firma del oferente escrita en todos y cada uno de los documentos que

componen estas Bases de Licitación, representará el conocimiento y la

aceptación irrestricta a los mismos.

Se exige al licitante, que tal como se indica en el Punto A.I.5 examine

cuidadosamente el lugar en que se construirá la obra y se familiarice con la

naturaleza, extensión, calidad y cantidad de la obra o servicios que haya que

ejecutar, materiales que tenga que suministrar, así como con las circunstancias

que tendrá que enfrentar.

A.II.3 ACLARACIONES A LOS DOCUMENTOS

A.II.3.1 Aclaración y Addenda

En cualquier momento previo a la recepción de ofertas el SANAA podrá

modificar estos Documentos Bases mediante la emisión de la addenda

respectiva. Si alguno de los licitantes desea alguna aclaración o explicación

acerca del significado de cualquiera de las partes de los documentos bases de la

Licitación, deberá dirigirse por escrito al SANAA por lo menos con diez (10)

días calendario de anticipación a la fecha de apertura de las ofertas. Pasado este

plazo, el SANAA no dará respuesta a ninguna consulta que sea presentada por

cualquier licitante. El SANAA responderá las consultas planteadas mediante

addenda a los documentos de licitación, enviando copias a todos los interesados

quienes estarán obligados a presentar sus ofertas anexando dicha addenda

firmada por el oferente y conforme a ésta; la addenda pasará a formar parte de

los Documentos del Contrato.

El SANAA se reserva el derecho de modificar el plazo señalado en la

convocatoria para la recepción de ofertas; en tal caso, el SANAA lo comunicará

por escrito a los licitantes constituyendo dichas comunicaciones como parte de la

addenda.

A.II.3.2 Invalidez de Acuerdos Verbales

Los acuerdos verbales no tienen ninguna validez. Los términos y previsiones

descritos en estos Documentos están sobre cualquier acuerdo verbal y sólo

podrán modificarse mediante la addenda respectiva.

A.II.4 OFERTAS ADMISIBLES

Sólo serán admisibles aquellas ofertas que contemplen la totalidad de los

suministros requeridos para las obras del proyecto en que participe el Oferente.

El SANAA efectuará la evaluación de las ofertas para adjudicar el contrato a la

oferta evaluada que cumple legal, técnica y económicamente como la de

MENOR COSTO, para lo cual considerará los criterios de evaluación previstos

en este Documento.

A.II.5 DOCUMENTOS QUE COMPRENDEN LA OFERTA DEL LICITANTE

Los documentos que deberá preparar el oferente son los comprendidos en el

Volumen III de estos Documentos de Bases (Ver punto A.II.1). Se requiere que

se presenten en original y dos copias, debidamente foliados, agrupados y

marcados (original, primera copia y segunda copia). Además deberán estar

firmados en las partes indicadas en las formas respectivas y rubricados en el

resto de las hojas.

Los volúmenes I, II, IV y V deberán presentarse, también con la oferta,

debidamente foliados y rubricados en cada una de sus hojas a los efectos de lo

expresado en el Punto A.II.2. De estos documentos se requiere un solo ejemplar.

A.II.6 PRECIOS UNITARIOS OFERTADOS

A.II.6.1 Procedencia

En las correspondientes fichas de análisis de precios unitarios, el oferente

deberá anotar con número y letra el importe de cada concepto de trabajo

realizado, durante el proceso de revisión y para efectos de contratación

prevalecerá los precios unitarios consignados con letra en cada ficha.

Para los conceptos de trabajo que no se requiere la presentación de las

correspondientes fichas de análisis de precios unitarios, a efectos de ajustes

aritméticos prevalecerá el importe del precio unitario anotado en la oferta.

En cualesquiera de los casos mencionados en los párrafos anteriores, los ajustes

aritméticos por divergencia entre precios unitarios e importe de algún(os)

concepto(s) de trabajo serán aceptados por el oferente.

En el caso de conceptos de trabajo cuyo precio unitario fuera omitido en el

documento de integración del monto de la oferta (Catálogos de Conceptos), el

SANAA se reserva el derecho de aplicar el consignado con letras en la tarjeta de

análisis de precios unitarios correspondiente. En caso de no contar con la

referida ficha por no haberse requerido, el SANAA se reserva el derecho de

considerarle un precio unitario igual a cero.

La no entrega de la totalidad requerida de las fichas de precios unitarios

debidamente integradas y acompañadas de su listado total de insumos de

material, mano de obra, equipo, análisis de básicos y análisis de costos

honorarios será motivo de rechazo de la oferta.

A.II.7 MONEDA DE PAGO

Los gastos que implique el cumplimiento del Contrato serán efectuados en

Lempiras. En tal caso, la oferta será expresada en dicha moneda.

A.II.8 PLAZO DE ENTREGA DE LAS OBRAS

El licitante deberá indicar en la Forma de Oferta (Documento “C”, Vol. III) los

plazos de entrega de las obras, y dichos plazos serán considerados en la

evaluación de la propuesta.

LOTE UNICO DE OBRAS 120 días

El plazo de entrega de la obra contará a partir de la fecha señalada en la orden de

inicio.

A.II.9 VALIDEZ DE LA OFERTA

La oferta tendrá validez por noventa (90) días, después de la apertura de plicas.

La oferta cuyo período de validez sea más corto que el requerido, podrá ser

rechazada por el SANAA por no ajustarse a los documentos de licitación.

En circunstancias excepcionales, el SANAA podrá solicitar que los licitantes

extiendan el período de validez de sus ofertas. Esta solicitud y las respuestas

serán hechas por escrito. La garantía de Mantenimiento de Oferta también será

prorrogada como corresponda. El licitante podrá negarse a la solicitud sin que

por ello pierda la Garantía de Mantenimiento de Oferta.

A.III. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

A.III.1 FORMA DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS

La información solicitada será escrita a máquina, computadora o manuscrita con

letras de molde.

Las ofertas conteniendo los documentos en la forma solicitada y en el número de

copias indicadas en el Punto A.II.1, deberán presentarse de la siguiente manera:

BOLSA 1

Deberá contener los volúmenes I y II, se rotulará indicando claramente su

contenido.

BOLSA 2

Deberá contener tres sobres en los que se alojarán el original del Volumen III,

así como las copias respectivas. Cada uno de estos tres sobres deberá rotularse

identificando claramente su contenido.

El Volumen IV (Planos), deberá entregarse debidamente protegido.

Las Bolsas así como los rollos descritos deberán presentarse lacrados, sellados y

firmados por el oferente y rotulados de la siguiente forma:

Parte Central: Dr. Danilo Alvarado Rodríguez

Gerente General SANAA

1ª Ave, 13ª- Calle, Comayagüela,

M.D.C. Honduras, C.A.

Esquina Inferior

Izquierda: Licitación Pública

SANAA-DP-002-2010

Esquina Inferior

Derecha: Fecha de Apertura

Hora de Apertura

A.III.2 LUGAR, FECHA Y HORA LIMITE PARA LA RECEPCIÓN

APERTURA DE OFERTAS

Las ofertas deberán ser presentadas en las Oficinas de la Unidad de Licitaciones

del SANAA, en la fecha y hora indicadas en el Aviso de Licitación.

Lo anterior sin perjuicio de lo indicado en el segundo párrafo del Punto A.II.3.1.

A.III.3 OFERTAS TARDÍAS

Cualquier oferta recibida después de la hora de la fecha indicada en el Aviso de

Licitación, será rechazada y devuelta sin abrir al oferente.

A.III.4 RETIRO Y MODIFICACIÓN DE OFERTAS

Toda oferta que hubiese sido entregada al SANAA, podrá ser retirada por el

licitante, siempre que su solicitud sea entregada por escrito y presentada antes de

la hora establecida para la apertura de las ofertas. La solicitud deberá estar

suscrita por la misma persona que firmó la oferta. Vencido el plazo no se

permitirá bajo ningún motivo, el retiro de ninguna de ellas.

A.III.5 ACEPTACIÓN Y RECHAZO DE OFERTAS

A.III.5.1 Aceptación

Adicionalmente a lo especificado en el Punto A.I.3, solamente podrán presentar

ofertas las personas o empresas que retiraron documentos de licitación. El

SANAA se reserva el derecho de rechazar una o todas las ofertas y no se obliga

a aceptar la oferta más baja o cualquier otra. Asimismo, se reserva el derecho de

declarar desierta o fracasada esta Licitación total o parcialmente en cualquier

momento previo a la adjudicación, sin que por ello se incurra en ninguna

responsabilidad con los oferentes.

A.III.5.2 Rechazo

Sin restar generalidad al párrafo anterior, serán causas de rechazo de ofertas las

irregularidades siguientes:

a) Que presenten borrones, adiciones innecesarias, entrelineados o cualquier

señal de alteración, excepto cuando aparezcan salvados y firmados por la

persona legalmente autorizada.

b) Que no vengan acompañadas de sus respectivas garantía de sostenimiento

oferta o que ésta presente anormalidades.

c) Que condicionen su oferta en forma inaceptable al SANAA.

d) Que no vengan acompañadas de la totalidad de documentos en la forma

solicitada en los Puntos A.III.1, A.II.6 y A.III.1.

A.III.6 ACTO DE APERTURA DE LAS OFERTAS

El SANAA llevará a cabo el acto público de apertura de los Sobres de acuerdo a

lo establecido en los DDL.

Durante el acto de apertura, no se permitirá el retiro de ninguna oferta.

Todos los sobres serán abiertos, uno a la vez, y se leerá lo siguiente: (a) el

nombre del Oferente; (b) el precio de la oferta, y cualquier descuento; y (c) la

existencia o no de la Garantía de Mantenimiento de Oferta requerida. En caso

excepcional, el SANAA dará a conocer cualquier otro detalle que considere

pertinente. Sólo se evaluarán los descuentos que hubiesen sido leídos en voz alta

en el acto de apertura. En el acto de apertura no será rechazada ninguna oferta,

excepto las tardías de conformidad con lo dispuesto en la Sub Cláusula 24.1 de

las IAO.

El SANAA preparará el acta de la apertura de ofertas que deberá incluir, como

mínimo: (a) el nombre del Oferente, (b) el precio de la oferta y los descuentos, si

los hubiere; y (c) la existencia o falta de la Garantía de Mantenimiento de Oferta,

cuando ésta hubiese sido requerida; (d) Cualquier observación de los

participantes. Se solicitará a los representantes de los Oferentes que estén

presentes, que firmen el acta. La omisión de la firma por parte de un Oferente no

invalidará el contenido y efecto del acta. Se distribuirá una copia del acta a todos

los Oferentes.

A.IV. EVALUACIÓN DE OFERTAS

A.IV.1 CONFIDENCIALIDAD DEL PROCESO

Después de la apertura pública de plicas, la información relacionada con el

examen, aclaración, evaluación, comparación de ofertas y recomendaciones

relacionadas oficialmente con el proceso será mantenido en absoluta

confidencialidad. La adjudicación será oficialmente comunicada por el SANAA.

Cualquier acción de un oferente por influenciar a alguna de las personas

responsables del proceso de examen, aclaración, evaluación, comparación de

ofertas y decisiones relacionadas con la adjudicación podrá resultar en la

descalificación de la oferta presentada por él.

A.IV.2 ACLARACIÓN DE OFERTAS

Para facilitar el proceso de revisión, evaluación, comparación y poscalificación

de ofertas, el SANAA podrá, a su discreción, solicitar de los Oferentes

aclaraciones acerca de sus ofertas. No serán consideradas las aclaraciones

presentadas por los Oferentes que no sean en respuesta a aclaraciones emanadas

por el SANAA. Las solicitudes de aclaraciones del SANAA y las respuestas de

los Oferentes, deberán ser hechas por escrito y los oferentes se obligan a entregar

al SANAA la información adicional dentro de los cinco (5) días hábiles

siguientes a la fecha en que hubieren recibido la solicitud de aclaración. No se

solicitará, ofrecerá, ni permitirá ninguna modificación a los precios ni a la

sustancia de la oferta, excepto para confirmar la corrección de errores

aritméticos descubiertos por el SANAA en la evaluación de las ofertas.

A.IV.3 EVALUACION DE OFERTAS

Las ofertas serán analizadas posterior a la apertura de las plicas, por una o varias

comisiones de evaluación nombradas por la Gerencia del SANAA. El

procedimiento será el siguiente:

A) Cumplimiento de Presentación de Documentos

Se comprobará la presentación y vigencia de los documentos legales, fiscales,

administrativos y técnicos requeridos en las Bases. Se verificará que la

documentación técnica requerida en las Bases de Licitación, se ajuste a las

características estipuladas.

B) Evaluación Económica de las Ofertas Habilitadas

Las propuestas que hubieran cumplido satisfactoriamente lo estipulado en el

literal que antecede, serán sometidas a las siguientes revisiones y ajustes:

a) Revisión Aritmética (R.A)

Los costos iníciales de las ofertas serán revisados aritméticamente tomando

en consideración lo dispuesto en el Numeral A.II.7.

b) Ajuste por tiempo de Terminación de Obras (FT).

Para efectos de evaluación únicamente. Se considerará los desvíos de tiempo

con respecto al plazo señalado. Para tal fin se ajustará el monto de la(s)

oferta(s) agregando un 0.05% del importe de la misma por cada día adicional

al período de terminación respectivo, o restando un 0.05% del importe de la

misma por cada día en caso de que se acorte el período de tiempo para la

terminación. Se aclara que solo se aceptarán disminuciones a los plazos

sugeridos de hasta diez (10) días hábiles. Cualquier plazo menor ofertado

solo recibirá el ajuste correspondiente hasta un tres por ciento (3%). (FT -

0.97).

El factor de ajuste por tiempo de terminación de las obras se calculará

mediante la siguiente expresión:

FT = + 0.0005 (To - Ts)

Donde:

FT = es el Factor de ajuste por tiempo de terminación.

To = es el Tiempo ofertado en días calendario

Ts = es el Tiempo sugerido en días calendario

c) Ajuste por Anticipo Solicitado (FA)

Para efectos de evaluación únicamente, el monto de la oferta ajustado, será

afectado por un factor que estará en función del porcentaje de anticipo

solicitado; dicho factor estará dado por la siguiente expresión:

FA = 1 + 0.0008A;

Donde:

FA es el factor de ajuste por anticipo, y A es el porcentaje de anticipo

solicitado,

(Ejemplo A = 10%, FA = 1.008)

Conforme a lo indicado en el Punto B.I.14.1 el valor de A no deberá ser

mayor que 15.

d) Finalmente el monto evaluado de las ofertas estará dado por la expresión.

e) A = (OO + RA) FT x FA

Donde:

OA = Oferta Ajustada

OO = Oferta Original

f) RA, FT y FA han quedado descritos en los literales anteriores.

En casos calificados, cuando exista indicio racional de que en la

cuantificación de un precio bajo han existido reducciones desproporcionadas,

el SANAA podrá investigar específicamente al oferente a fin de garantizar la

ejecución normal del proyecto. Si dicho extremo se comprobare, la oferta

será desestimada.

A.IV.4 NOTIFICACIÓN DE ADJUDICACIÓN

Antes de la expiración del período de validez de la oferta, el SANAA notificará a

través de la Gerencia General, el resultado de la licitación.

Una vez que el licitante seleccionado haya otorgado la Garantía de cumplimiento

de Contrato de conformidad con el Punto A.IV.6.3., el SANAA devolverá las

respectivas garantías de oferta de conformidad con el Punto A.IV.6.2.

A.IV.5 ADJUDICACIÓN Y FIRMA DE CONTRATO

El SANAA adjudicará el Contrato al Oferente cuya oferta haya sido evaluada

como la de precio más bajo, o la más económica o ventajosa y que cumple con

los Documentos de Licitación habiendo, además, determinado que dicho

Oferente está calificado para ejecutar el Contrato de manera satisfactoria.

Criterios de Adjudicación

El SANAA adjudicará el Contrato al Oferente cuya oferta haya sido evaluada

como la de precio más bajo, o la más económica o ventajosa y que cumple con

los Documentos de Licitación habiendo, además, determinado que dicho

Oferente está calificado para ejecutar el Contrato de manera satisfactoria.

Notificación de la Adjudicación

Antes del vencimiento del plazo de validez de las Oferta, el SANAA notificará al

adjudicatario, por escrito, que su Oferta ha resultado seleccionada como la mejor

calificada, siempre que la misma se ajuste a los Documentos de Licitación, para

lo que tendrá un termino de veinte (20) días hábiles a partir de esta notificación

para que proceda a firmar el Contrato. Además se notificara a los demás

Oferentes los resultados del proceso.

En la misma notificación invitará al Oferente seleccionado a presentar la

documentación requerida en el Artículo 30 del Reglamento de la Ley de

Contratación del Estado previa firma del Contrato. Este último periodo durará

como máximo quince (15) días hábiles. De no completarse dicha documentación,

el SANAA podrá notificar al proponente la anulación de la adjudicación y

ejecutará la Garantía de Sostenimiento de Oferta, pudiendo notificar al segundo

proponente mejor calificado, para iniciar el proceso de firma, en los plazos

mencionados.

Firma del Contrato

Si el Oferente seleccionado: a) no acepta la adjudicación; b) no presenta la

documentación requerida en el numeral anterior; c) ha presentado información

falsa ; d) no presenta la Garantía de Cumplimiento de Contrato o; e) no firma el

Contrato dentro del período y lugar indicado en la Notificación de la

Adjudicación por causas que le sean imputables, quedará sin valor dicha

adjudicación y el SANAA hará efectiva la Garantía de Sostenimiento de Oferta y

llamará al segundo Oferente mejor calificado y así sucesivamente, hasta obtener

un resultado satisfactorio, sin perjuicio de que la presente Licitación pudiera ser

declarada desierta o fracasada si existiera mérito para ello.

El contrato será firmado en la Dirección Legal de la Institución, ubicada en la

Oficina Principal del SANAA, Paseo el Obelisco, 1era. Avenida, 13 Calle,

Comayagüela, M.D.C., en ningún momento el contrato podrá salir de la

Institución, la negativa de firmar con las especificaciones antes descritas se

tomara como causal suficiente para dejar sin valor dicha adjudicación y el

SANAA hará efectiva la Garantía de Sostenimiento de Oferta.

A.IV.6 INSTRUCCIONES COMPLEMENTARIAS

A.IV.6.1 Garantía de Mantenimiento de Oferta

Para asegurar la seriedad y validez de la oferta y garantizar la aceptación de la

adjudicación y suscripción del contrato respectivo, el licitante presentará con la

oferta una Garantía de Mantenimiento de Oferta por un valor equivalente por lo

menos al dos por ciento (2%) del importe total de la misma y que la vigencia no

sea menor a 120 días calendario contados a partir de la fecha de apertura.

Esta Garantía podrá consistir en:

Garantía extendida por Instituciones Bancarias

Fianza expedida por Compañías de Seguros

Cheque Certificado.

Cualquier oferta que se presentare sin acompañar Garantía de Mantenimiento de

Oferta será rechazada. Esta Garantía se extenderá sustancialmente de acuerdo

con el modelo adjunto (ver Sección A, Volumen III).

A.IV.6.2 Devolución de la Garantía de Mantenimiento de Oferta

Posteriormente a la fecha de la firma del contrato, el SANAA devolverá las

Garantías de Mantenimiento de Oferta a los licitantes no favorecidos con la

adjudicación.

Al oferente seleccionado se le devolverá la Garantía de Mantenimiento de Oferta

hasta que haya entregado la Garantía de Cumplimiento de Contrato.

A.IV.6.3 Garantía de Cumplimiento de Contrato

Previa a la firma del Contrato, el adjudicatario deberá presentar la Garantía de

Cumplimiento de Contrato, por valor del quince por ciento (15%) del monto

adjudicado.

Esta Garantía se mantendrá vigente hasta tres (3) meses después del plazo

previsto de la finalización del contrato. Y será cancelada cuando haya sido

recibida la Garantía de Calidad de Obra equivalente al cinco (5%). El Contratista

queda obligado a ampliar el plazo de vigencia compensando los retrasos que

tuviere durante la ejecución de los trabajos, deberá realizarse la ampliación por

lo menos con quince días de anticipación de lo contrario se procederá al trámite

de ejecución respectiva y se le aplicará una multa de acuerdo a la siguiente tabla:

Tabla de Multas

(Lempiras)

RANGO DE CONTRATACIÓN MULTA DIARIA

0.01 500,000.00 850.00

500,000.01 2,500,000.00 1,275.00

2,500,000.01 5,000,000.00 1,700.00

5,000,000.01 10,000,000.00 3,400.00

10,000,000.01 20,000,000.00 5,100.00

20,000,000.01 30,000,000.00 6,800.00

30,000,000.01 40,000,000.00 8,500.00

40,000,000.01 en adelante 13,600.00

Si por causas imputables al contratista no se rindiera esta Garantía, el SANAA

declarará rescindido el Contrato y se hará efectiva la Garantía de Mantenimiento

de Oferta, en cuyo caso podrá optar por adjudicar dicho Contrato a la oferta

mejor evaluado de los restantes.

A.IV.6.4 Garantía de Anticipo

El Contratista se compromete, previo a recibir el anticipo que se estipula en el

Numeral B.I.14.1 de las Condiciones Generales de Contratación, a rendir una

Garantía equivalente al 15% del monto total del contrato.

A.IV.6.5 Garantía de Mantenimiento y Calidad de Obra

El Contratista adjudicatario será considerado responsable, durante un período de

un (1) año a partir de la fecha de aceptación final de la obra, de la reposición que

le sea requerida a causa de defectos en la mano de obra o materiales

suministrados por él, y/o por vicios ocultos en las obras efectuadas que no fueron

detectados al emitir el certificado de Aceptación Final.

Como Garantía de que el Contratista efectuará dichas reparaciones, presentará al

SANAA previo a la expedición del Certificado de Aceptación Final, una garantía

extendida por un banco , Fianza expedida por Compañía de Seguros y/o Cheque

Certificado para el SANAA por una suma igual al cinco por ciento (5%) del

monto final del contrato.

B. CONDICIONES DE CONTRATACIÓN

B.I. CONDICIONES GENERALES

B.I.1 DEFINICIONES E INTERPRETACIONES

En cualquiera de las partes de estos Documentos de Licitación en que se usan los

términos que se describen a continuación, su intención y significado deberá ser

interpretado de la manera siguiente:

BASES DE LICITACIÓN

El conjunto de documentos contentivos de especificaciones, detalles y demás

condiciones necesarias para la presentación de ofertas.

GOBIERNO

Significa el Gobierno de la República de Honduras representado por su

Secretaría de Finanzas.

SANAA

Sigla que significa: SERVICIO AUTÓNOMO NACIONAL DE

ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS, Organismo del Estado, de

servicio público, con personería, capacidad jurídica y patrimonio propio, de

duración indefinida, creado por Decreto Legislativo Nº. 91, emitido por el

Congreso Nacional el 26 de Abril de 1961.

JUNTA DIRECTIVA

Es la autoridad máxima del SANAA, encargada de su administración y

dirección.

GERENTE GENERAL

Es el representante legal del SANAA y el único facultado para la firma del

Contrato y para emitir órdenes de cambio y addenda.

DIVISIÓN DE PLANEACIÓN

Es la oficina para Tegucigalpa dependiente del SANAA que tiene a su cargo la

ejecución del proyecto.

COORDINADOR DE PROYECTO

Es el Ingeniero nombrado por el Gerente General para que dirija la ejecución del

Proyecto.

ASISTENTE DE COORDINACION DE PROYECTO

Es el Ingeniero nombrado por la Gerencia de Planeación para coordinar las

relaciones con el contratista.

INGENIERO SUPERVISOR

El Ingeniero autorizado por el SANAA, para realizar la supervisión de la

ejecución del trabajo contratado conforme a los planos y especificaciones y que

representa al SANAA en el sitio de la obra, teniendo la responsabilidad directa

de la supervisión técnica del Proyecto conforme al contrato.

LICITANTE U OFERENTE

Toda persona natural o jurídica que presente una oferta para la obra que se

proyecta construir de acuerdo a los documentos de licitación.

INSPECTOR

La persona calificada, autorizada por el SANAA para que asista al Supervisor en

sus funciones y vele por el fiel cumplimiento de las Especificaciones Técnicas

en el sitio de la obra.

REPRESENTANTE

La persona natural o jurídica, que debidamente autorizada, sirve de representante

del licitante ante el SANAA.

PROYECTO

Significa el “Proyecto Urgente para el Abastecimiento de Agua Potable de

Tegucigalpa”, lo constituye la totalidad de las obras a construirse de acuerdo a

las Bases de esta licitación y al Contrato.

CONTRATISTA

Significa aquella firma cuya propuesta haya sido aceptada por el SANAA, para

ejecutar el Proyecto de acuerdo a las especificaciones y condiciones respectivas.

CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN

Conjunto de normas establecidas por el SANAA para regular sus relaciones con

los Contratistas.

CONDICIONES ESPECIALES

Conjunto de normas específicas establecidas por el SANAA complementarias a

las Condiciones Generales.

PLANOS COMPLEMENTARIOS

Representaciones gráficas adicionales a los planos de diseño que se elaboran

para la ejecución de la obra, los que deben ser aprobados por la Gerencia de la

División de Planeación y la Coordinación del Proyecto.

PLANOS DE OBRA “COMO CONSTRUIDA”

Los planos de la obra tal como se construyó, elaborados a la misma escala de los

planos de diseño que registran toda la información o modificación que se haya

introducido, con relación al diseño original del SANAA, y que hayan incurrido

en el transcurso de la ejecución de obra.

CONTRATO

El Convenio escrito celebrado entre el SANAA y el LICITANTE

ADJUDICATARIO que realizará las obras y en el que se determina las

condiciones bajo las cuales se ejecutarán éstas.

PROPOSICIÓN Y OFERTA

Promesa para construir la obra y prestar los servicios inherentes, presentada por

el licitante de acuerdo con el modelo oficial, debidamente garantizada y firmada.

LEMPIRAS

Significa la moneda de curso legal en la República de Honduras.

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE CONSTRUCCIÓN

Conjunto de normas que fijan la calidad requerida de la obra a ser ejecutada y de

los bienes a ser suministrados.

OBRA

Significa los trabajos que han de ejecutarse de acuerdo con el Contrato.

PRECIOS UNITARIOS

Significa el importe de la remuneración o pago total que deba cubrirse al

contratista por unidad de obra realizada de cada uno de los conceptos de trabajo

que ejecute. Dichos precios serán los contenidos en la oferta y estarán sujetos a

las adiciones o deducciones que se efectúen en cumplimiento de lo establecido

en el Contrato.

FIADOR

La Compañía debida y legalmente autorizada para operar en Honduras, aceptable

al SANAA, que se obliga mediante una garantía extendida por un banco, Fianza

expedida por compañía de seguros y/o Cheque Certificado por ella otorgadas,

solidariamente con el Contratista al cumplimiento del contrato y al pago de

cualquier reclamo o indemnización con relación a dicho documento.

ADDENDA

Información por escrito suministrada por el SANAA con fecha posterior a la

entrega de documento de licitación y anterior a la fecha fijada para la recepción

y apertura de las ofertas, a fin de suplementar o corregir los documentos de

Bases de Licitación.

ORDEN DE CAMBIO

Documento a través del cual el SANAA indica al contratista las modificaciones

que estime pertinentes introducir al proyecto original, documentos que pasarán a

formar parte del Contrato. Si el aumento total de la obra es mayor que un diez

(10%) por ciento, el SANAA emitirá la respectiva ampliación al Contrato.

LIBRO DE BITACORA

Libro en que anotan las relaciones rutinarias entre el Contratista y el Ingeniero

Supervisor, el cual estará certificada en la primera y última página y sellado en

todas sus páginas por le Gerencia de Planeación.

B.I.2 AUTORIDADES DEL PROYECTO

B.I.2.1 Deberes y Facultades de la Coordinación de Proyecto

a) Resolución de conflictos que se pudiesen presentar entre el Contratista y el

SANAA durante la ejecución de la obra.

b) Tramitar con la Gerencia de Planeación y la Gerencia General del SANAA

órdenes de cambio y addenda.

c) Gestionar con la Gerencia de Planeación y la Gerencia General del SANAA el

trámite autorizado de emisión de los certificados de aceptación final.

B.I.2.2 Deberes y Facultades de la Asistencia de Coordinación de Proyecto

a) Velar por el estricto cumplimiento del Contrato.

b) Deberá informar a la Coordinación los por menores pertinentes que ocurran

durante la ejecución de la obra contratada y en caso de que se susciten reclamos

por parte del Contratista, deberá comunicárselo dentro de un plazo no mayor de

cinco (5) días. Asimismo, deberá ser portador de las respuestas que la

Coordinación de Proyecto con respecto a las interpretaciones de planos y

especificaciones técnicas.

c) Mantener comunicación escrita de asuntos de trabajo con el Contratista y que

queden, en el Libro de Bitácora.

d) En el caso de una situación persistente de obra mal ejecutada, empleo de

materiales fuera de especificaciones y renuncia del contratista a modificar tal

anomalía, podrá de común acuerdo con el Supervisor suspender la construcción

total o parcialmente hasta tanto no se arreglen los motivos que propiciaron tal

suspensión.

e) Comunicar de inmediato y por escrito a la Coordinación en el caso de que se vea

obligado a suspender la obra.

f) Verificar las estimaciones de obra basadas estrictamente en la medición de

cantidades verificadas en el campo por el ingeniero supervisor.

g) Verificar que las modificaciones y representaciones en los planos finales de

construcción correspondan a la obra realmente ejecutada.

h) Verificar que se realicen las pruebas de campo requeridas en las Especificaciones

Técnicas.

i) Verificación de metrados, cubicaciones y avances de la obra para el pago de

estimaciones de obra.

j) No obstante la realización de ensayos anteriores y pagos parciales que se hayan

efectuado, ordenar la demolición de la obra que no cumpla las condiciones

contractuales.

k) Revisión de planos y especificaciones, inclusive la revisión y aprobación de

planos complementarios.

l) Inspección y propuesta de la aceptación final de la obra y según se dé el Caso, de

sus partes.

m) Solicitar cualquier información complementaria relacionada con la ejecución de

la obra y proponer enmiendas a la misma.

n) Con relación al personal que el Contratista asigna a las obras que le sean

adjudicadas en virtud de esta licitación, expresar sus objeciones con respecto a

cualquier persona, y de ser el caso, exigir que el Contratista la aleje

inmediatamente de las obras, si a su juicio considera que tal persona lleva mala

conducta o es incompetente o negligente en el debido cumplimiento de sus

obligaciones, o si por otras razones considera que no es deseable tenerla

empleada; tal persona no podrá volver a ser empleada en la obra sin el permiso

escrito de la Coordinación, quedando claro que en el primer caso, deberá ser

sustituida a la mayor brevedad posible por una persona competente aprobada por

la Coordinación.

B.I.2.3 Deberes y Facultades del Ingeniero Supervisor

En general, decidir sobre cada una y todas las preguntas que puedan surgir acerca de la

calidad y aceptabilidad de los materiales suministrados y trabajos efectuados así como

del progreso de la obra; interpretación de las especificaciones. La decisión del

Supervisor concerniente a especificaciones será final y definitiva para el contratista,

excepto en casos que abarquen consideraciones sobre plazos y aspectos financieros.

a) Dar seguimiento a la ejecución y participación en el proceso de entrega y recepción

de las obras, tanto provisional como definitiva y en la realización de las

liquidaciones correspondientes.

b) Deberá informar a la Jefatura los pormenores pertinentes que ocurran durante la

ejecución de la obra contratada y en caso de que se susciten reclamos por parte del

Contratista, deberá comunicárselo dentro de un plazo no mayor de quince (15) días.

Asimismo, deberá ser portador de las respuestas que la Asistente de Coordinación

de Proyecto dé con respecto a las interpretaciones de planos y Especificaciones

Técnicas.

c) Mantener comunicación escrita con el contratista sobre asuntos de trabajo, en el

Libro de Bitácora.

d) En el caso de una situación persistente de obra mal ejecutada, empleo de materiales

fuera de especificaciones y renuncia del Contratista a modificar tal anomalía, podrá

en común acuerdo con el Coordinador suspender la construcción total o

parcialmente hasta en tanto no se arreglen los motivos que propiciaron tal

suspensión.

e) Comunicar de inmediato y por escrito a la Coordinación en el caso que se vea

obligado a suspender la obra.

f) Hacer estimaciones de obra basadas estrictamente en la medición de cantidades

verificadas en el campo.

g) Verificar que las modificaciones y representaciones en los planos finales de

construcción correspondan a la obra ejecutada.

h) Verificar que se realicen las pruebas de campo requeridas en las Especificaciones

Técnicas.

i) Verificación de metrados, cubicaciones y avances de la obra para el pago de

estimaciones de grado.

j) No obstante la realización de ensayos anteriores y pagos parciales que se hayan

efectuado, ordenar la demolición de la obra que no cumpla las condiciones

contractuales.

k) Ordenar la demolición o descubrimiento de aquellas porciones de la obra que por

alguna razón justificada no fueron aprobadas en su debida oportunidad.

l) Aprobación de la calidad de la obra.

m) Aprobación del trabajo y certificación del desarrollo de la obra en relación con los

pagos facturados.

n) Aprobar el procedimiento de trabajo y el resultado de las pruebas efectuadas.

o) Suministrar al contratista aquellos planos e instrucciones adicionales que resulten

necesarios para la debida y adecuada ejecución de la obra.

B.I.2.4 Deberes y Facultades del Inspector de Obra

a) El Inspector del SANAA en el sitio de la obra trabajará bajo la dirección del

Ingeniero Supervisor autorizado por el SANAA.

b) Deberá permanecer en el sitio de la obra a tiempo completo según sean las

necesidades del trabajo a inspeccionar.

c) Mantendrá informado al Supervisor de los pormenores pertinentes que ocurran en el

proyecto relacionado con la ejecución de la obra.

d) Participará en la realización de pruebas y ensayos de campo que sean necesarios para

el cumplimiento de las especificaciones.

e) Tendrá la facultad de recomendar al supervisor la suspensión.

f) Inspeccionar que los afinados, repellos, pulidos, acabados, dimensiones, proporciones

de las mezclas, colocación de tuberías, aterrados, compactados, alineamientos

verticales y horizontales, levantamientos, etc., se hagan con estricto apego a lo

estipulado en las Especificaciones de Construcción.

B.I.2.5 Superintendencia

El Contratista mantendrá durante la ejecución de la obra un Superintendente que los

representará, y toda instrucción dada a él en ausencia del Contratista, será confirmada

inmediatamente por escrito al Contratista.

Cuando el Contratista necesite alguna aprobación o instrucción adicional, le será

confirmada por escrito previa solicitud, también por escrito. Cuando el Contratista en el

curso del trabajo encuentre alguna discrepancia entre los planos y las condiciones

físicas de la localidad o cualquier error u omisión en los planos o en los puntos de

referencia proporcionados, deberá de inmediato informar al Supervisor. Cualquier

trabajo realizado después de encontradas las diferencias y sin autorización previa del

SANAA por escrito, correrá bajo la entera responsabilidad del Contratista.

B.I.3 CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN

B.I.3.1 Cesión

Ni el Proveedor, ni el Comprador podrán ceder total o parcialmente las obligaciones que hubiesen

adquirido en virtud del Contrato, a menos que exista consentimiento previo y por escrito de las

partes.

B.I.3.2 Subcontratación

Ninguna cesión, traspaso o subarrendamiento de alguna o de todas las disposiciones de la licitación

o del contrato o de cualquier deudo pendiente, derecho, título o poder del licitante para que se

ejecute dicho contrato, será permitido sin el previo consentimiento por escrito del SANAA y del

Fiador del Contratista, y tal cesión, traspaso o subarrendamiento que no haya sido aprobado por el

Fiador y El SANAA se considerará nulo.

B.I.4 TIPO DE ALCANCE Y CAMBIOS DEL CONTRATO

B.I.4.1 Tipo de Contrato

El contrato será basado en precios unitarios y tiempo determinado. Los precios

unitarios incluidos en la propuesta del contratista deberán considerar además de

lo indicado en las Especificaciones Generales y Técnicas Específicas, los cargos

correspondientes a los costos indirectos y a la utilidad del Contratista. (Ver

Instrucciones para Integración de Precios Unitarios, Vol.III, Sección E).

Se llama la atención al hecho de que las cantidades de obra a ejecutar por el

Contratista son aproximadas y servirán solamente como base para adjudicar el

contrato.

El SANAA no asume ninguna responsabilidad para garantizar cantidades en la

construcción de la obra, ni podrá el contratista argüir un mal entendido o engaño

debido a este presupuesto de cantidades, clase de trabajo, ubicación y otras

condiciones relacionadas con éste. El SANAA se reserva el derecho de aumentar

o disminuir cualquiera de ellas según considere necesario y tales aumentos o

disminuciones de las cantidades en cualquiera de los conceptos de trabajo no

será considerada por sí sola, como causa suficiente para conceder aumento de

precios unitarios.

El monto básico definitivo (MBD) del contrato se determinará en función de los

volúmenes de obra realmente ejecutados a los precios unitarios ofertados más el

valor de los trabajos extraordinarios ordenados.

B.I.4.2 Alcance del Contrato

El alcance del Contrato, comprende la construcción y terminación de la obra, la

provisión de toda la mano de obra, materiales, equipo de construcción, obras

provisionales y todo aquello que se necesite, ya sea temporal o permanente, para

dicha construcción en la medida en que la necesidad de proporcionar lo

antedicho esté especificado o pueda razonablemente inferirse del contrato. Se

entiende que las tuberías, accesorios y válvulas que no sean suministradas por el

SANAA, los suministrará el Contratista previa aprobación de la Coordinación.

B.I.4.3 Modificaciones, Adiciones y Ordenes de Cambio

El SANAA tendrá derecho de aumentar o disminuir las cantidades de obra a ser

ejecutadas bajo este Contrato. Cualquier aumento en la cuantía de las

prestaciones previstas originalmente en el Contrato, siempre que en conjunto no

excedan del diez (10%) por ciento del monto básico inicial contratado, se harán

en el caso de incrementos, mediante órdenes de cambio emitidas por el Gerente

General del SANAA. Si la modificación de volúmenes de obra excediera del

porcentaje indicado, se suscribirá una ampliación del contrato que se someterá a

las mismas formalidades del contrato original.

B.I.4.4 Trabajos Extraordinarios

Cuando a juicio del SANAA sea necesario llevar a cabo trabajos que no estén

comprendidos en la oferta, se procederá de la siguiente forma:

A. TRABAJOS EXTRAORDINARIOS A BASE DE PRECIOS UNITARIOS

a) Si existen conceptos y precios unitarios estipulados en el Contrato que sean

aplicables a los trabajos de que se trate, el SANAA podrá ordenar al

Contratista su ejecución, y éste se obliga a realizarlos conforme a dichos

precios.

b) Si para estos trabajos no existieren conceptos y precios unitarios en el

Contrato, y el SANAA considera factible determinar los nuevos precios con

base en elementos contenidos en el análisis de los precios ya establecidos en

el Contrato, procederá a determinar los nuevos con la intervención del

Contratista, y éste estará obligado a ejecutar los trabajos conforme a tales

precios.

c) Si no fuere posible determinar los nuevos precios unitarios en la forma

establecida en el párrafo anterior, el Contratista, a requerimiento del SANAA

y dentro del plazo que se señalare, someterá a su consideración los nuevos

precios unitarios, acompañados de sus respectivos análisis, en el entendido

que para la fijación de estos precios deberá aplicar el mismo criterio que se

hubiere seguido para la determinación de los precios unitarios originales del

contrato.

Si las partes llegaren a un acuerdo respecto a los precios unitarios a que se

refiere el párrafo anterior, el Contratista se obliga a ejecutar los trabajos

extraordinarios conforme a dichos precios unitarios, los que junto con las

especificaciones correspondientes quedarán incorporados al Contrato para

todos sus efectos.

B.I.5 DOCUMENTOS DEL CONTRATO

B.I.5.1 Precedencia de los Documentos del Contrato

Los documentos que forman parte del Contrato, enunciados en la Cláusula

Segunda del Modelo de Contrato (Anexo I.1), serán tomados como

complementarios y mutuamente explicativos, y tendrán el orden de procedencia

ahí indicado. En todo caso las ambigüedades o discrepancias deberán ser

explicadas y ajustadas por la Coordinación, quien seguidamente deberá

comunicar al Contratista las instrucciones relativas a la forma en que deberá

llevarse a cabo el trabajo. Si, a criterio de la Coordinación el cumplimiento de

dichas instrucciones implica que el Contratista se vea obligado a sufragar gastos

que en razón de tales ambigüedades o discrepancias no había calculado y tenía

razón de no calcular, la Coordinación deberá certificar y proponer a la Gerencia

la modificación al importe del contrato para cubrir las sumas adicionales

resultantes.

B.I.5.2 Planos de Diseño

Al Contratista se le proporcionará un juego de copias de los planos del paquete

de obras que se le hubiere adjudicado. Los originales de dichos planos

permanecerán en poder de la Coordinación; el Contratista podrá solicitar al

SANAA, previo pago correspondiente, las copias adicionales que le fueran

necesarias.

Con la debida anticipación el Contratista deberá solicitar al Coordinador, los

planos y especificaciones complementarias que se requieran para la ejecución de

la obra o para el cumplimiento del Contrato.

Una copia de los planos suministrados al Contratista en virtud de lo antedicho

deberá guardarla en el sitio de la obra, debiendo estar la misma a todas las obras

razonables a disposición de la Coordinación del Proyecto, Asistente de

Coordinación, del Supervisor, de los Inspectores y de toda persona autorizada

por el primero, por escrito, para que puedan examinarla y usarla.

B.I.5.3 Libro de Bitácora

El Libro de Bitácora es un libro legal que tiene por objeto llevar en él un registro

fiel de los avances de la obra, del cumplimiento de especificaciones técnicas, del

planteamiento de alternativas, observaciones y recomendaciones que se

requieran ante la presencia de situaciones imprevistas en el sitio de la obra.

Tendrán acceso a este documento, cualquier otro ejecutivo por parte del SANAA

debidamente autorizado para ello, y por parte del Contratista, el Superintendente

o Ingenieros autorizados que tengan relación directa y conocimiento pleno de la

ejecución de la obra.

Cualquier observación relacionada con la ejecución de la obra por parte del

Contratista o el Ingeniero Supervisor deberá ser plantada y discutida entre ellos,

hasta que se llegue a un común acuerdo previa a su anotación en el Libro de

Bitácora.

El Libro de Bitácora será el que ha aprobado el Colegio de Ingenieros Civiles de

Honduras (CICH) y será comprado por el Contratista, mismo que será

certificado en la primera y última página e impreso en todas el sello de la

Institución: firmada su apertura por la Coordinación, así como por el Contratista,

y en el caso de que por razones debidamente justificadas se suspendiera la

ejecución de la obra, será retirado por la Coordinación hasta el día en que se

reanuden las labores.

Al finalizar la obra este libro quedará en poder del SANAA junto con los demás

documentos requeridos al momento de efectuar la recepción final del Proyecto,

planos de la obra y construcción.

B.I.5.4 Planos de Obra como Construida (Tal como se construyó)

Será responsabilidad del Contratista conforme al avance de los trabajos, el

registrar en un juego de planos las modificaciones que autorizadas por el

SANAA hubieran originado cambios con respecto al diseño original. Dichos

registros deberán ser verificados por el Supervisor o Coordinador, y una vez

aprobados por éste, serán tomados como base para el dibujo de los planos finales

de obra terminada. El no realizar la actividad de registro conforme las obras

avancen, facultará a la Supervisión para ordenar al Contratista, sin cargo alguno

para el SANAA; la repetición de levantamientos topográficos, sondeos en línea y

redes, pruebas de laboratorio, extracción de muestras de concreto, acero, etc., y

todas aquellas que resultaren necesarias para identificar los eventuales cambios

al diseño original.

Como requisito previo a la aprobación de la estimación del finiquito y a la

emisión del Certificado de Aceptación Final de la obra, el Contratista está

obligado a entregar al SANAA tres juegos de planos originales en duro,

mostrando en Autocad todos los detalles en planta y perfil, el cuaderno de nudos

con sus respectivos amarres y toda la información sobre las modificaciones que

se hayan introducido durante la ejecución de la obra. Deberán quedar ubicados

en ellos los bancos de nivel establecidos por el Contratista y referidos al nivel

medio del mar. Deberá entregar el archivo electrónico de los planos respectivos.

B.I.5.5 Registros

El Contratista se obliga también a mantener en el lugar de la obra a disposición

del SANAA en todo tiempo para servicio de ambas partes contratantes: las

libretas de topografía originales, libretas de esquemas, registros contables,

registros de avance de obra y todos los que de acuerdo con el tipo y magnitud de

la obra, se requieran. Dichos registros serán protegidos por el Contratista contra

extravío, daño y extracción de folios y al terminarse la obra, las libretas de

topografía y esquemas serán traspasados a propiedad del SANAA para su propio

archivo y uso.

B.I.6 OBLIGACIONES GENERALES

B.I.6.1 Enmiendas al Contrato

Ninguna variación interna o modificación de los términos del Contrato será

realizada excepto enmiendas escritas firmadas por las partes.

B.I.6.2 Reclamación por Daños y Perjuicios

El Contratista deberá indemnizar, eximir y defender al SANAA de todos los

juicios, demandas, reclamos, pérdidas, daños y costos de cualquier índole que se

presenten con motivo de cualesquiera lesiones, incluyendo muerto o daños

recibidos o sufridos por alguna persona, o propiedad, a causa de las operaciones

del mencionado Contratista, o debido a, o como consecuencia de algún descuido

de las medidas de seguridad en el trabajo; o medidas en el empleo de materiales

inaceptables en la construcción de la obra; a causa de algún acto u omisión,

negligencia y mala administración por parte de dicho contratista; o por

reclamaciones provenientes de cualquier Ley, Estatutos o Decreto.

Una suma equivalente del dinero pendiente a favor del citado Contratista, bajo

en virtud de su Contrato, como el SANAA pudiese considerar necesario para tal

objeto, podrá ser retirada para uso del SANAA. En el caso de que no se le

adeudase nada, podrá ser retenida su fianza hasta que tal demanda o demandas,

juicio o juicios, reclamación o reclamaciones por lesiones o daños susodichos

hubiesen sido ultimados y a ese efecto el SANAA hubiere presentado prueba

fehaciente, excepto que los fondos pagaderos al Contratista no serán retenidos

cuando el Contratista presente pruebas satisfactorias de que se encuentra

adecuadamente protegido con un seguro contra responsabilidad pública y daño a

propiedad ajena.

B.I.6.3 Protección del Patrimonio Cultural de la Nación

Todos los fósiles, monedas, artículos antiguos y en general todos los objetos de

interés geológico o arqueológico que se descubran en el sitio de la obra, deberán

reportarse inmediatamente al SANAA y al Instituto de Antropología e Historia;

dichos objetos pasará a formar parte del Patrimonio Cultural de Honduras.

El Contratista deberá tomar todas las precauciones razonables para impedir que

los trabajadores u otras personas dañen o sustraigan alguno de tales objetos.

B.I.6.4 Permisos y Licencias

El SANAA será responsable de tramitar los diferentes permisos y licencias ante

la AMDC.

B.I.6.5 Prestaciones Sociales

El Contratista será responsable por el pago de las cotizaciones patronales al

Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), al Instituto Nacional de

Formación Profesional (INFOP) y de cualquier otra obligación social.

El Contratista será asimismo responsable y deberá pagar todas las prestaciones

sociales y contractuales del Código del Trabajo, a favor de los trabajadores que

ocupe en el Proyecto.

B.I.6.6 Rótulo

Durante el tiempo que dure la construcción, el Contratista deberá mantener en la

obra en sitios visibles al público, dos rótulos (1.20 m x 2.00 m) que contengan la

descripción del Proyecto, la participación del Gobierno y del SANAA. La

construcción y colocación de rótulos será por cuenta del contratista, según

diseño, ubicación indicados por el SANAA.

B.I.6.7 Señalización

El Contratista deberá extremar las medidas de seguridad en las zonas de trabajo

mediante el empleo intensivo de señales de tránsito vehicular. Al efecto en el

Anexo I.5 de este Volumen se incluye la geometría, el dimensionamiento, diseño

y los tipos de señales que procederá a instalar el contratista conforme a las

indicaciones del Ingeniero Supervisor. Cualquier accidente o percance ocurrido

por falta de señalización será responsabilidad del contratista.

B.I.7 PROGRAMACIÓN, SEGUIMIENTO, INFORMACIÓN Y EVALUACIÓN

B.I.7.1 Programación

Cada proponente deberá presentar en el Anexo III.5 (Volumen III), un programa

detallado de todas las actividades de obra, estableciendo su duración,

formulando el calendario de ejecución e indicando el costo estimado de cada

actividad, mediante el método de Ruta Crítica.

Junto al Programa de Ejecución de la obra, el proponente deberá presentar el

calendario de desembolsos desagregado por monedas de pago, para programar

las reservas presupuestarias.

a) Representación gráfica mediante diagrama de barras horizontales de los

períodos de ejecución de cada partida e indicación numérica de:

1) Cantidad mensual a efectuar en cada partida.

2) Porcentaje mensual con respecto al total de cada partida.

3) Avance mensual del total de la obra con la discriminación.

b) Representación gráfica de la cantidad de jornales con las distintas categorías

y gremios a emplearse mensualmente en la obra.

c) Nómina del personal, cantidades y tipos de materiales y equipos a utilizar en

la obra y su correspondiente programación mensual, expresado gráficamente.

d) Memoria descriptiva que exponga los métodos de trabajo, justifique los

programas presentados, indique el número de frentes de trabajo por rubro, así

como también su ubicación inicial.

El programa presentado no tendrá carácter definitivo y a indicación del

SANAA podrá ser ajustado antes de la firma del Contrato, cuidando que se

mantenga la línea esencial de la estructura económica de la propuesta. Si el

programa de trabajo presentado originalmente no respondiera en forma

racional y de manera acorde con un normal desarrollo esperado de la obra, el

SANAA podrá a su exclusivo juicio rechazar la oferta.

Una vez emitida la orden de inicio, el Contratista deberá ajustar el programa

de trabajo debidamente aprobado a la fecha indicada en dicha orden y a los

meses calendario del año, debiendo el mismo presentarlo al SANAA para

que se considere incorporado al Contrato dentro de los diez (10) días hábiles

siguientes a la emisión de la referida orden.

El programa de trabajo aprobado se mantendrá vigente mientras no se

produzcan atrasos por causas que los generen directamente, tales como:

a) Fenómenos naturales, motines, actos de guerra, huelgas, etc.

b) Incrementos en los volúmenes de obra originalmente pactados.

c) Por escasez de materiales en los centro de abastecimiento.

d) Por causa imputable directamente al SANAA.

B.I.7.2 Seguimiento de la Ejecución

El Contratista deberá establecer un sistema de seguimiento constante del

desarrollo de la obra contratada que permita determinar oportunamente las

desviaciones que puedan presentarse durante la ejecución del Proyecto, tanto en

la duración, como en el costo estimado, y poder así tomar las acciones

correctivas convenientes y oportunamente.

B.I.7.3 Informe de Avance

El Contratista deberá preparar y presentar al Coordinador de Agua Potable con

copia a la Gerencia de Planeación, dentro de los primeros cinco (5) días de cada

mes, un Informe Mensual de Avance, con los logros alcanzados durante el

período reportado, incluyendo para cada actividad entre otras, la siguiente

información:

- Fecha de inicio

- Avance físico

- Duración Remanente

- Fecha de terminación

- Costo a la fecha

- Costo Remanente

- Comentarios generales sobre el desarrollo de la obra, destacando las acciones

relevantes del período y los inconvenientes presentados.

- Indicar las expectativas de solución de los problemas y las medidas que se

tomarán para tal efecto.

- Fotografías de la obra durante el periodo que comprende el informe.

B.I.7.4 Evaluación del Proyecto

El Contratista deberá participar en las sesiones de evaluación de la obra, que la

Coordinación del Proyecto realice periódicamente y acatar todas las

recomendaciones que de ellas resulten a fin de alcanzar el éxito del proyecto en

cuanto a duración y a costo estimado.

B.I.8 MATERIALES Y EJECUCIÓN

B.I.8.1 Materiales y Hechura

Todos los materiales locales a suministrar deberán ser de buena calidad y

deberán de contar con la aprobación del Supervisor.

B.I.8.2 Patentes

El Contratista indemnizará, defenderá y salvará de daños al SANAA, de

cualquier litigio, gasto, reclamo, pena, daño o alegato de infracción de cualquier

diseño, invento y material patentado, o marca de fábrica o registro de propiedad

literaria, en relación con la obra a realizarse bajo el Contrato, que pudiera surgir

durante la ejecución de la obra o después de su terminación.

B.I.8.3 Trabajo Defectuoso

Todo trabajo que haya sido rechazado deberá ser remediado satisfactoriamente o

removido y reemplazado por el Contratista de modo aceptable, y ninguna

compensación adicional será concedida por dicha corrección, remoción o

reemplazo.

B.I.8.4 Recepción o Aceptación Parcial

El SANAA podrá en cualquier tiempo, durante la ejecución de la obra y después

de notificar por escrito al Contratista, ocupar toda o cualquier porción terminada

de la misma que se encuentre lista para servicio aunque el trabajo entero de la

obra no haya sido concluido completamente.

En tal caso, el SANAA proporcionará un Certificado de Aceptación Parcial de

dicha porción pero sin que esto signifique la aceptación final de la obra o de

cualquier parte del proceso de construcción que no haya cumplido en su

totalidad con los términos del contrato.

B.I.8.5 Aceptación Final de la obra

Cuando se terminen todos los trabajos comprendidos bajo el Contrato, el

Contratista solicitará por escrito a la Coordinación del Proyecto o a la

Supervisión, el Certificado de Aceptación Final de la Obra. El Ingeniero

Supervisor dentro de los cinco (5) días siguientes a la presentación de la

solicitud hará una inspección final y le notificará al Contratista cualquier defecto

o falla que pudiera encontrar. En ese caso el Contratista deberá suministrar

cualquier material adicional, mano de obra o equipos necesarios para completar

el trabajo bajo el contrato y deberá terminarlo completamente. Cuando en

opinión del Ingeniero Supervisor el trabajo haya sido terminado

satisfactoriamente, lo notificará de inmediato al a Coordinación del Proyecto y

esta a su vez a la Gerencia, quien de estimarlo procedente, en un plazo de quince

(15) días de notificado emitirá el Certificado de Aceptación Final previa

presentación de la Garantía de Calidad de Obra requerida bajo el contrato.

Para que el Ingeniero Supervisor dé curso a su recomendación para la

Aceptación Final de la Obra será condición indispensable que la Estimación de

Finiquito referida en el numeral B.I.14.3, haya sido aprobada por el SANAA.

La emisión del Certificado de Aceptación Final y la presentación de la Garantía

de Calidad de Obra dará derecho al Contratista a solicitar al SANAA la

devolución de la Garantía de Cumplimiento de contrato.

B.I.9 PLAZO DE ENTREGA Y DEMORA

B.I.9.1 Extensión de Tiempo

El Contratista expresamente conviene y acuerda que su compromiso para

entregar completada al SANAA toda la obra motivo del contrato a suscribir

dentro de los términos especificados en el calendario de obra, lo habrá adquirido

tomando en consideración y adelantándose a cualquier dilación e incidente que

pueda causar obstáculos en la entrega, ya sea que surjan por dilaciones en el

suministro de materiales, equipos, accesorios, disponibilidad de fuerza de

trabajo, tiempo inclemente u otros.

En casos de fuerza mayor como fenómenos de la naturaleza (terremotos,

inundaciones, tornados, ciclones u otros fenómenos catastróficos), acciones

gubernamentales, incendios, epidemias, abandono del trabajo por los empleados

a consecuencia de una huelga general, se procederá a prorrogar la fecha de

terminación del Proyecto, tramitando dicha prórroga previa certificación por

escrito de la supervisión o por el Ingeniero Supervisor por cuanto a que es justo

y correcto lo que el contratista solicita. La solicitud de prórroga deberá

presentarla dentro de los cinco (5) días laborables siguientes a la fecha en la que

se alega ocurrió la causa del atraso, a su vez el SANAA se pronunciará al efecto

en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles contados a partir de la fecha de

recepción de la solicitud del Contratista. De proceder la solicitud las partes harán

conjuntamente las modificaciones al programa previa ampliación de la vigencia

de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, en un plazo similar a la prórroga

otorgada. La prórroga cuando sea concedida implicará una nueva fecha de

terminación de acuerdo con los términos del contrato.

B.I.9.2 Retenciones y Multas por Incumplimiento del Plazo Programado

El Contratista deberá ejecutar la obra en el plazo convenido y se le exigirá que

cumpla los plazos que se hubieren previsto para las diferentes obras del

Proyecto.

El SANAA tendrá en todo tiempo la facultad de verificar si las obras objeto del

contrato se están ejecutando por el Contratista de acuerdo con el programa de

obra aprobado o vigente en la fecha de revisión. Si como consecuencia de la

comparación de los importes de obra ejecutada con los que debieron realizarse a

la fecha de la revisión resulta que estos son menores, el SANAA retendrá la

cantidad que resulte de multiplicar el dos por ciento (2%) de la diferencia de

dichos importes por el número de meses transcurridos desde la fecha programada

para la iniciación de la obra hasta la de la revisión. Por lo tanto, mensualmente se

hará la retención o la devolución que corresponda.

Si a pesar de haberse registrado atrasos en el desarrollo de la obra, el contratista

lograse concluirla en el tiempo programado, el SANAA procederá a la

devolución íntegra de las retenciones que por atrasos hubiese hecho el

contratista.

Si la obra no se ejecutare en el plazo programado, el SANAA aplicará al

Contratista por cada día de retraso, una multa cuya cuantía será de acuerdo a lo

establecido en las Disposiciones Generales del Presupuesto vigentes. Este monto

se tomará en primera instancia de las retenciones por atraso descritas.

Si la demora se produjere por causas no imputables al contratista, el SANAA

previa solicitud de prórroga del contratista según lo dispuesto en el Numeral

B.I.9.1 autorizará la prórroga del plazo de un tiempo igual al del atraso. El

Contratista se considerará en mora sin necesidad de previa notificación por parte

del SANAA.

Las retenciones y multas antes estipuladas, se harán efectivas en Lempiras.

En caso necesario, para su aplicación, el SANAA podrá hacer efectivas las

retenciones en garantía, y si no fueran suficientes, se harán efectivas las

correspondientes garantía.

B.I.10 GARANTIAS REQUERIDAS

Al efecto se estará a lo dispuesto en los numerales A.IV.6.1, A.IV.6.3, A.IV.6.4,

A.IV.6.5, de las Instrucciones a los Licitantes.

B.I.11 GARANTÍA ESPECIAL (Fondo de Retenciones)

Se exigirá como Garantía Especial la retención del cinco por ciento (5%) de las

estimaciones de obra ejecutada, con el propósito de asegurar las obligaciones

derivadas del contrato, incluyendo las que el contratista contraiga con terceros.

El importe de estas retenciones se devolverá al Contratista al producirse la

recepción definitiva de la obra, siempre que no hubieren reclamos pendientes

que a juicio del SANAA pudieren tener fundamento.

Si existiesen reclamos de terceros, el Contratista podrá presentar una garantía

que cubra el monto de los reclamos, a efecto de garantizar el cumplimiento de

las obligaciones referidas, en cuyo caso se devolverá el fondo retenido.

B.I.12 OTRAS OBLIGACIONES

B.I.12.1 Protección y Mantenimiento de la Obra

El Contratista será responsable por la protección y mantenimiento de su trabajo

hasta que se emita el Certificado de Aceptación Final y deberá reparar y corregir

daños causados a la obra por fuego, tormenta, hundimiento, accidentes,

inundaciones o negligencias de él o de sus empleados y otras causas de modo

que cuando la obra completa sea entregada al SANAA, lo sea en excelentes

condiciones.

B.I.12.2 El SANAA no renunciará a sus Derechos

Ningún acto u omisión del Gerente, de la Coordinación del Proyecto o del

Ingeniero Supervisor, será considerado como razón para que el contratista no

cumpla con las obligaciones contractuales ni será motivo para que el SANAA

renuncie a ninguno de sus derechos para el total cumplimiento del contratista de

todos los términos convenidos y condiciones del contrato o cualesquiera de sus

partes.

B.I.13 FORMA DE PAGO

B.I.13.1 Anticipo

El SANAA dará un anticipo hasta por el valor del veinte por ciento (15%) del

monto total del contrato una vez firmado éste y previa presentación de la

Garantía del 100% del Anticipo.

B.I.13.2 Pagos Parciales (Estimaciones Mensuales)

Durante cada mes, ó sea, a intervalos de no menos de treinta (30) días el

Contratista presentará un estimado del valor del trabajo parcial completado de

acuerdo con los precios unitarios de la oferta.

El Contratista suministrará todo el personal, equipo y materiales requeridos para

efectuar las mediciones que se necesiten con el fin de determinar las cantidades

de trabajo ejecutado o calculado en el sitio. Todas las notas de campo, cálculos y

otros datos tomados por el Contratista con el propósito de realizar la medición de

cantidades serán entregadas al Supervisor pasando a ser propiedad del SANAA,

quien los usará para aprobar cantidades de trabajo efectuado, autorizado y

supervisado en el sitio de la obra.

Dentro de los sesenta (60) días calendario subsiguiente a la fecha en que la

Gerencia de Planeación aprobó la estimación, le será liquidada de acuerdo con

los precios unitarios deduciendo lo siguiente:

1) El mismo porcentaje que sobre el monto inicial (MBI) fue concedido en

calidad de anticipo, sobre el valor de cada estimación para amortizar dicho

anticipo.

2) Los montos a retener por los atrasos en que se hubiere incurrido según lo

dispuesto en el punto B.I.9.2.

B.I.14.3 Pago Final (Estimación de Finiquito)

El monto del pago final será determinado a través de la Estimación de Finiquito,

en cuya integración habrá de considerarse todas las deducciones y/o adiciones

que procedieran conforme al os documentos del Contrato (ajustes por volúmenes

de obra, balance de materiales, multas, retenciones, fondo de garantía, ajustes

por precios unitarios, etc.).

La elaboración de dicha liquidación estará condicionada al cumplimiento de las

cláusulas contractuales a satisfacción del SANAA. El pago correspondiente será

efectuado dentro de los sesenta (60) días después de la aprobación de dicha

estimación de finiquito.

B.I.14.4 Balance de Materiales

Al concluir los trabajos motivo del Contrato se procederá a realizar el “Balance

de Materiales”, esto es, se comparará las cantidades de materiales suministrados

por el SANAA al Contratista con la físicamente instaladas por éste amparadas

por las respectivas estimaciones mensuales de obra, debiendo devolver al

SANAA a sus almacenes del Proyecto las diferencias no utilizadas debidamente

ordenadas y clasificadas. Dichos materiales deberán encontrarse en buenas

condiciones a juicio de la supervisión, reservándose el SANAA la facultad de

realizar las pruebas de estimarse necesarias para asegurarse del buen estado del

material sobrante. En todo caso el costo de dichas pruebas será a cargo del

Contratista.

Si del balance antes referido resultara diferencias a cargo del Contratista, el

SANAA determinará su valor, mismo que será deducido del importe de trabajos

ejecutados pendiente de liquidar al Contratista; si no fuera suficiente tal importe,

se harán efectivas las retenciones de garantía y en su caso, el SANAA podrá

hacer efectivas las fianzas correspondientes.

B.I.14.5 Motivos de Retención de Pagos

Además de las retenciones establecidas en el Punto B.I.14.2, el SANAA podrá

retener, o debido a evidencia descubierta posteriormente, anular todo o parte de

cualquier certificado de pago hasta el grado que sea necesario para protegerse de

pérdidas debido a:

1) Trabajos defectuosos sin remediar.

2) Demandas presentadas o evidencias razonables que indiquen la probable

presentación de reclamos.

3) La falta del Contratista en hacer pagos debidamente a subcontratista por

materiales o mano de obra.

4) Una duda razonable de que el contrato puede ser terminado por el saldo a

pagar.

5) Daños a otros contratistas

B.I.15 RESCISIÓN DEL CONTRATO

Las causas de rescisión del Contrato podrán ser fuerza mayor, conveniencia del

SANAA, incumplimiento del contratista o mutuo acuerdo.

B.I.15.1 Por fuerza mayor o conveniencia del SANAA

Deberá entenderse como Fuerza Mayor” significa un evento o situación más allá

del control del Proveedor, que es imprevisible, inevitable y que no proviene de

falta del Proveedor o negligencia. Estos eventos podrán incluir, pero no están

restringidas a, actos del Comprador en soberana capacidad, guerras o

revoluciones, incendios, inundaciones, epidemias, restricciones por cuarentena y

embargos que afecten la carga, este podrá dar por terminado el Contrato. Ante

cualquiera de estos eventos, el SANAA notificará por escrito al contratista la

rescisión precisándole la fecha a partir de la cual, el contratista deberá suspender

en forma definitiva los trabajos.

Los pagos que recibirá el contratista serán exclusivamente.

a) Conceptos de obra terminados a satisfacción del SANAA, se pagarán a los

precios estipulados en el contrato.

b) Conceptos de obra parcialmente terminados y aprobados por el SANAA, se

pagarán prorrateando los precios estipulados en el contrato.

c) Los materiales almacenados que hayan sido adquiridos para uso de los

trabajos se pagarán a costo y pasarán a ser propiedad del SANAA.

d) Para compensar los gastos y costos inherentes a la ejecución de los trabajos

motivo del contrato, que el contratista no hubiere logrado amortizar por

haberse suspendido la obra, recibirá un pago extraordinario cuyo monto

quedará determinado por la siguiente expresión:

P.E. = O.05 x MF x N

Donde:

P.E. = Valor del pago extraordinario

MF = Monto faltante de ejecutar de acuerdo a los montos básicos

contratados, y

N = R2 = - 0.01 y donde “R”

R = 1 – (ME/MC); siendo ME: monto ejecutado

y MC: Monto contratado.

e) Queda establecido que el pago correspondiente a los casos contemplados en

los incisos a) y b) antes anotados, se realizará en Lempiras consignados en la

propuesta. El pago de los materiales según lo expresado en el inciso c)

precedente, previa verificación de cuantía y costo facturado que realizará la

Coordinación del Proyecto, se hará efectivo en la misma moneda en que tal

concepto fue propuesto en la oferta. La liquidación de los gastos y costos

referidos en el inciso d) anterior, se hará en Lempiras, una vez valorada para

cada caso la ecuación que define este pago extraordinario.

B.I.15.2 Por incumplimiento del Contratista

Siempre que medie certificación de la Coordinación del Proyecto en SANAA

podrá dar por terminado unilateralmente el contrato sin indemnización de

perjuicios a los cuales renuncia expresamente el Contratista en los siguientes

casos:

a) El grave o reiterado incumplimiento de las Cláusulas convenidas.

b) La disolución de la Sociedad Mercantil.

c) La declaración de quiebra o de suspensión de pagos del contratista, o su

comprobada incapacidad financiera.

d) Si el contratista no iniciara las obras en el plazo establecido.

e) Si el contratista cede su contrato fuera de las regulaciones indicadas en las

Bases de Licitación.

f) Si se nombrara un interventor debido al a insolvencia del Contratista.

g) Si el contratista rehusara o fallara de suministrar suficiente mano de obra

especializada o materiales requeridos.

h) Si el contratista no cumple con su programa de construcción.

i) Si el contratista deja de hacer pagos al os subcontratistas por materiales o

mano de obra.

j) Si el contratista no entrega las garantías en el plazo estipulado.

k) Si el contratista no entrega los trabajos conforme a lo estipulado en el

contrato o no acata las órdenes escritas del SANAA.

l) Si se niega a reparar o reponer alguna parte de los trabajos que hubieren sido

rechazados por defectuosos.

m) Si el contratista suspende durante más de veintiún (21) días calendario, los

trabajos por conflictos laborales, o por falta de materiales, personal,

maquinaria o equipo de construcción.

n) En general por cualesquier otra causa imputable al Contratista, similar a las

enunciadas.

Cuando la resolución del contrato obedezca a alguna de las causas antes

mencionadas, se procederá conforme lo que señala la Ley de Contratación del

Estado en Artículo Nº. 127, reservándose el SANAA la ejecución de cualquier

otro procedimiento judicial para garantizar el pago de los daños y perjuicios que

le hubiere causado el incumplimiento del contrato. El hecho mismo de notificar

al Contratista la resolución del contrato, releva al SANAA de dar curso a

cualquier solicitud de pago por trabajos previamente ejecutados, en tanto no se

finiquite el contrato.

Queda establecido como pena convencional, adicional a las multas a que el

contratista se hubiese hecho acreedor a la fecha de la rescisión del contrato, una

cantidad que será calculada mediante la siguiente expresión:

MR = (0.15 + 0.15 C) M.F

Donde

M.R. = Es la multa por rescisión

MF = Es el monto faltante de ejecutar con respecto al monto contratado,

y

C = Es el cociente de “MC” (Monto Ejecutado)

entre “MC” (Monto Contratado)

El cargo relativo a la multa por rescisión, se aplicará en Lempiras, una vez

valorada para cada caso la ejecución antes descrita.

En caso de que el contratista incurriere en alguna o algunas de las causales antes

anotadas, el SANAA podrá optar por el siguiente procedimiento para asegurar el

cumplimiento del contrato, previa notificación escrita al Contratista.

a) Suspenderá cualquier pago a que el Contratista tuviera derecho por trabajos

ejecutados.

b) Con o sin la presencia del contratista, el SANAA realizará una estimación de

los trabajos efectuados hasta esa fecha por el contratista dejando constancia

escrita del estado físico que guardan los mismos.

c) Con o sin la presencia del contratista, el SANAA levantará un inventario

físico de los materiales, herramientas y equipos que el contratista tuviera en

los predios del SANAA, dejando constancia ampliamente detallada del

estado físico en que se encuentren, de dichas constancias dará fe un Notario

Público en funciones.

d) El SANAA tomará posesión de dichos materiales, herramientas y equipos y

procederá a la terminación de los trabajos motivo del contrato por los medios

que considere convenientes.

e) A la terminación de los trabajos, el SANAA procederá a la liquidación del

contrato bajo las siguientes bases: Se cuantificará la totalidad de los trabajos

realizados por el SANAA y a cargo del contratista, los cuales serán valorados

conforme a los precios unitarios pactados, valorándose así también los

materiales que el SANAA aceptare a satisfacción. De este importe integrado

se deducirá las multas por incumplimiento del programa, el importe derivado

del balance de materiales, el saldo del anticipo por amortizar, el importe de

los gastos y costos desembolsados por el SANAA por concepto de

adquisición de materiales, operación de los equipos, salarios al personal del

contratista que el SANAA hubiere considerado necesario emplear, los gastos

y costos en que por concepto de supervisión y administración el SANAA

hubiere incurrido. Si el monto de los trabajos ejecutados bajo esta modalidad

no fuere suficiente para cubrir las deducciones antes expresadas, el SANAA

podrá hacer efectivos parcial o totalmente las fianzas de Garantía de

Cumplimiento de Contrato y/o de Devolución de Anticipo. Desde ya queda

entendido y el contratista acepta que si el SANAA opta por hacerse cargo de

la terminación de las obras empleando personal del Contratista, el SANAA

no contraerá ninguna responsabilidad ni compromiso laboral para con éste,

pues los salarios y prestaciones sociales se entenderá que los paga por cuenta

y orden del contratista. En este mismo caso, el SANAA no contraerá

responsabilidad de pago ni de ninguna otra especie ante cualquier acreedor

del Contratista.

B.I.15.3 Por mutuo acuerdo

Ante circunstancias extraordinarias y a conveniencia de ambas partes, el contrato

podrá ser rescindido de mutuo acuerdo. El pago por el trabajo efectivamente

realizado deberá ser como sigue:

a) Conceptos de obra totalmente terminados, se pagarán a los precios y en la

moneda estipulada en el contrato.

b) Conceptos de obra parcialmente terminados, se pagarán prorrateando los

precios estipulados en el contrato.

c) Los cargos o créditos adicionales deberán ser convenidos por las partes.

B.I.16 SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS

Las discordias, disputas, reclamos o diferencias que puedan surgir durante el

ejercicio del contrato si no se pudiesen resolver satisfactoriamente entre el

SANAA y el contratista, las partes se someterán a las leyes Hondureñas, la

resolución emanada de esas autoridades será inapelable para cualquiera de las

partes.

B.II. CONDICIONES ESPECIALES

B.II.1 PARTICIPANTES

Podrán participar en esta licitación todas las firmas y/o consorcios interesados

para la construcción de obras del SANAA.

B.II.2 TIEMPO DE INICIO

El licitante iniciará los trabajos inmediatamente después de recibir la Orden de

Inicio misma que será cursada dentro de los cinco (5) días posteriores a la firma

del contrato.

B.II.3 DOCUMENTOS A PRESENTAR ANTES DEL INICIO DE LAS OBRAS

Ante de que se autorice el inicio de las obras, el contratista deberá presentar los

siguientes documentos:

a) Garantía de Cumplimiento de Contrato.

b) Programa detallado de la ejecución de la obra, conforme a los ajustes que

hubiera señalado el SANAA durante la discusión. El programa deberá contar

con los elementos señalados en el numeral respectivo y, en su caso, ser

aprobados por el SANAA.

c) Nómina definitiva del personal técnico asignado para la dirección y ejecución

de la obra, incluyendo su estructura organizativa. La nómina y el

organigrama deberán ser sometidos a la aprobación del SANAA.

d) Fichas de Análisis de Precios Unitarios.

e) Los demás que se indican en estos documentos de licitación.

B.II.4 PLANOS DEL CONTRATO

Los planos del contrato incluyen los planos de diseño y los complementarios que

pueden ser agregados por el Coordinador.

B.II.5 SITIO PARA EL PLANTEL DEL CONTRATISTA Y ACCESORIOS

El SANAA no proveerá instalaciones para el personal de oficina y campo ni para

el almacenamiento de los materiales que habrá de suministrar al Contratista, por

ello, éste por su cuenta y riesgo deberá implementar sus propias oficinas,

almacenes y accesos cuando así se requieran e instalaciones sanitarias. Los

costos resultantes de dichas instalaciones serán a cargo del Contratista.

B.II.6 EJECUCIÓN DE LAS OBRAS

Las obras se ejecutarán con apego estricto a los documentos del contrato, a los

planos e instrucciones por escrito que fueren impartidas al Contratista por la

Coordinación del Proyecto, Asistente del Coordinador y el Ingeniero Supervisor.

Durante la ejecución de la obra y hasta que expire el periodo de garantía de la

misma, el Contratista será responsable de las fallas que le fueren imputables.

Será también responsable por los daños y perjuicios que eventualmente causen

terceros.

B.II.7 PLAZO DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS

El Contratista deberá ejecutar la obra en el plazo establecido. También deberá

cumplir los plazos parciales que se hubieren provisto para las diferentes etapas

del Proyecto. Si el Contratista, por causa que le fueren imputables, incurriere en

atrasos, el SANAA tomará las medidas correctivas que fueren necesarias,

incluyendo la resolución del contrato, con ejecución del a garantía de

cumplimiento, cuando procediere. El SANAA aplicará al Contratista por cada

día de atraso, una multa cuya cuantía será de acuerdo a lo estipulado en el

Numeral B.I.9.2 de las Condiciones Generales, sin perjuicio de la resolución del

mismo.

B.II.8 PRIORIDADES DEL TRABAJO

El SANAA se reserva el derecho de establecer en forma razonable, tanto para él

mismo, como para el Contratista, la secuencia o prioridad del trabajo de

construcción de las diferentes obras contempladas en el contrato, y el Contratista

deberá dar prioridad a los requerimientos específicos del SANAA.

B.II.9 LIMITACIONES DEL TRABAJO

El SANAA proveerá derechos de vía o servidumbre para el especificado bajo el

contrato dentro de los límites del mismo, los cuales están anotados o indicados

en los planos. El Contratista no entrará ni ocupará con persona, herramientas o

materiales de ninguna propiedad privada fuera del derecho de vía, sin el

consentimiento del propietario. Se entiende que el derecho de vía aquí referido,

significa solamente el permiso de usar o pasar a través de propiedades públicas o

privadas en las cuales el Contratista va a llevar a efecto el trabajo.

Otros contratistas y/o empleados del SANAA u otros servidores públicos podrán

tener la necesidad de entrar al sitio de trabajo, para lo cual el Contratista deberá

extender la cooperación razonable, necesaria al personal mencionado para que

pueda llevar a cabo el trabajo encomendado.

B.II.10 TRABAJOS EN PROPIEDAD PRIVADA

Además de los requerimientos contemplados en estas Condiciones Especiales, el

Contratista deberá notificar a cada propietario, su intención de efectuar trabajos

en su propiedad, por lo menos con cuarenta y ocho (48) horas de anticipación.

Las condiciones sub-superficiales y superficiales de tales propiedades deberán

ser restituidas al estado en que se encontraban antes de comenzar los trabajos.

B.II.11 DIAS Y HORAS LABORABLES

A menos que sea expresamente autorizado, no se podrá efectuar ningún trabajo

de construcción entre las 6:00 p.m. y las 7:00 a.m., de días laborables, ni en

sábados por la tarde, ni en domingos y días festivos. Cualesquier gasto y/o costo

incluyendo el de supervisión que resulten como consecuencia de las operaciones

del contratista fuera de horas y/o días especificados, a menos que haya sido

especialmente autorizado, correrá por cuenta del Contratista. Si se hace

absolutamente necesario realizar trabajos fuera de los límites de tiempo

estipulado anteriormente, se deberá informar a la Coordinación del Proyecto o la

Supervisión con suficiente anticipación antes del comienzo de la ejecución de

tales trabajos. El Contratista deberá obtener todos los permisos necesarios para

trabajar fuera de los límites de tiempo especificado.

B.II.12 TRABAJOS EN MAL TIEMPO

No se deberá realizar ningún trabajo bajo condiciones de tiempo lluvioso o

inclemente, a menos que el mismo pueda efectuarse satisfactoriamente, y en una

forma tal, que pueda garantizarse que todo el trabajo de construcción a ejecutarse

bajo tales condiciones de tiempo, será de óptima calidad.

B.II.13 CONDICIONES DEL SITIO

Se ha incluido en los documentos de contrato, información de las condiciones de

los sitios de trabajo como una ayuda para el Contratista.

El Contratista deberá entender que el SANAA no garantiza completamente las

condiciones de los sitios de trabajo.

B.II.14 PROTECCIÓN Y REEMPLAZO DE INSTALACIONES

SUBTERRANEAS EXISTENTES

El Contratista deberá entender que el SANAA no es responsable por la exactitud

o suficiencia de la información suministrada con relación a instalaciones

existentes, y que no podrá haber ningún reclamo por retraso o compensación

adicional a cuenta de inexactitud, insuficiencia o ausencia de información,

relativa a obstrucción revelada o no revelada en los planos, ni podrá reclamar la

exoneración de ninguna de sus obligaciones o responsabilidades adquirida bajo

el contrato con motivo de la extensión, localización o tipo de cualquier tubería,

conducto, cable y otra estructura subterránea, que esté incorrectamente

localizada o haya sido omitida en los planos.

El contratista deberá notificar los trabajos a realizar en las empresas de servicio

público que tengan instalaciones y/o estructuras subterráneas dentro del área del

proyecto, y deberá presentar al Coordinador de Agua Potable los certificados de

autorización correspondientes antes de comenzar los trabajos. Deberá mantener

en servicio las líneas principales y las conexiones domiciliarias de todos los

servicios públicos encontrados, cualesquiera que fuera el tipo de servicio, o

adoptará las medidas necesarias para mantenerlo en operación. Las conexiones

domiciliarias podrán ser cortadas únicamente con la supervisión de personal de

la empresa del servicio público correspondiente, debiendo instalarse

inmediatamente una conexión provisional. El Contratista deberá instalar un

sustituto permanente de óptima calidad paralelo a la parte cortada de la conexión

domiciliaria original, el cual deberá ser inspeccionado por la empresa de servicio

público correspondiente, antes de colocar el relleno.

El Contratista deberá proteger todas las tuberías y estructuras subterráneas que

encuentre en el transcurso de la obra. Debido a que algunas tuberías y estructuras

subterráneas no estarán ubicadas en los planos, deberá proceder con cautela en la

ejecución de su trabajo. Hasta donde sea posible, procurará más bien

mantenerlas en su sitio. El Contratista deberá reparar todos los daños causados

cualesquiera que fuere su tipo, función o interferencia con el alineamiento de las

tuberías, a estructuras o conexiones de servicio existentes.

B.II.15 INTERRUPCIONES DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE

Ninguna válvula del sistema existente de agua potable podrá ser operada por el

Contratista bajo ningún concepto. El SANAA operará todas las Válvulas,

hidrantes, etc. y hará todas las obras inducidas en su sistema por cuenta del

Contratista. Cuando se realicen trabajos de interconexiones con la red existente

se deberá coordinar con el departamento de Operaciones para verificar los

horarios de servicios a la zona.

B.II.16 CONEXIONES DOMICILIARIAS

El Contratista notificará a los propietarios con cuarenta y ocho (48) horas de

anticipación los trabajos de traslado de conexiones domiciliarias.

Una vez hecha la conexión domiciliaria o el traslado, el Contratista deberá

proporcionar al SANAA toda la información relativa a la instalación efectuada,

en particular los diámetros de las conexiones que se instalaron y el nombre del

propietario.

B.II.17 FOTOGRAFIAS DE LA CONSTRUCCION

El Contratista deberá suministrar acompañando al informe mensual, un juego de

fotografías suficientes que ilustren el progreso de la obra.

Las copias electrónicas serán propiedad del Contratista, pero estarán a

disposición del SANAA para copias adicionales, si se requieren.

B.II.18 MATERIALES SUMINISTRADOS POR EL CONTRATISTA

El Contratista deberá suministrar los materiales de construcción, equipos,

transporte, mano de obra y servicios indicados en las Especificaciones Técnicas

Generales (Volumen II) en relación con este Contrato. Se exceptúan de este

concepto, las tuberías de PVC, las válvulas y accesorios claramente que pudieren

necesitarse.

B.II.19 ALMACÉN DE MATERIALES

El Contratista deberá contar con su(s) propio(s) almacén(es), desde los cuales

habrá de redestinar los materiales hasta el sitio de su utilización final.

B.II.20 POSESIÓN DESPUÉS DE LA PRUEBA

Después de que cada uno de los componentes de la obra a construir estipulados

en el Contrato hayan sido aprobados, el SANAA podrá utilizarlos de acuerdo a

sus necesidades sin que esa posesión implique la aceptación final de los mismos.

El Contratista será responsable del mantenimiento de la obra ya sea usada por el

SANAA o no hasta que la inspección final sea llevada a cabo y la obra sea

aceptada mediante el Certificado de Aceptación Final debidamente firmado.

B.II.21 PRUEBAS DE LABORATORIO

Todas las pruebas de laboratorio necesarias para el cumplimiento de

requerimientos específicos o para determinar la calidad de materiales o del

trabajo ejecutado, se harán en el laboratorio que la Coordinación indique y serán

por cuenta del Contratista.

B.II.22 USO DE MANO DE OBRA

Queda establecido que el Contratista deberá hacer uso de mano de obra en forma

intensiva. En el supuesto de no poder cumplir con lo anterior por circunstancias

justificadas, deberá comunicarlo oportunamente al SANAA para que, en su caso,

sea autorizado a proceder en contrario.

ANEXOS DEL VOLUMEN I

I.1 MODELO DE CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN

I.2 MODELO DE GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO

I.3 MODELO DE GARANTÍA DE CALIDAD DE OBRA

I.4 DESCRIPCIÓN GENERAL DE LAS OBRAS

I.5 MODELOS DE SEÑALIZACIÓN

I.6 EJEMPLO PARA INTEGRACIÓN DE PRECIOS UNITARIOS

ANEXO I.1

MODELO DE CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN

CONTRATO Nº.

(Objeto del Contrato)

Nosotros, ___________________________, mayor de edad, casado, Dr. En

Economía Agrícola, hondureño y de este domicilio, con Tarjeta de Identidad No.

________________, actuando en su condición de Gerente General y Representante

Legal del SERVICIO AUTONOMO NACIONAL DE ACUEDUCTOS Y

ALCANTARILLADOS (SANAA), condición que acredita mediante nombramiento

otorgado por la Honorable Junta Directiva del SANAA, en sesión celebrada el día ___

de _____________ del 20__, según consta en Acta No. _____, Punto No.__ y

debidamente autorizado para la suscripción de este contrato según consta en el

Punto No. ___, del Acta No. _______, de la sesión celebrada el día _____ de

___________ del presente año, en adelante referido como EL SANAA por una parte,

y por la otra el señor ______________________, mayor de edad, casado,

__________________, Hondureño, y de este domicilio, con Tarjeta de Identidad

Numero __________________, quién actúa en su condición de representante de la

empresa__________________, según Instrumento Público número ___________,

autorizado ante los oficios del Notario __________________, en la ciudad de

Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los ___________ días del mes de

_____________ de ________, y quien para efectos del presente contrato será

referido como EL CONTRATISTA, hemos convenido en celebrar, y al efecto

celebramos en este acto, el presente Contrato de Suministro de materiales, equipo y

construcción de_________________ el que se realizara con fondos de Contraparte

del Gobierno Central dentro del Convenio de Asistencia Técnica no reembolsable con

el Gobierno de Japón, siendo entendido entre ambas partes que se regulará por las

disposiciones legales siguientes CLAUSULA PRIMERA: OBLIGACIONES DEL

CONTRATISTA: El Contratista se compromete a construir

______________________________ de acuerdo a las cantidades adjudicadas y de

conformidad a las especificaciones establecidas en los documentos de licitación

______________________________ de fecha _____________________________.

CLAUSULA SEGUNDA: DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL

CONTRATO. A) El presente contrato; B) La notificación de Adjudicación; C) La

oferta presentada por el adjudicatario con todos sus anexos; D) Las Especificaciones

Técnicas de Construcción: E) El Catálogo de Conceptos y Cantidades de Obra con los

precios ofertados; F) Los planos de obras; G) El Anexo de Información Suplementaria;

H) Las Condiciones Especiales de Contratación; I) Las Condiciones Generales de

Contratación; Documentos que serán tomados como complementarios y mutuamente

explicativos, pero en caso de ambigüedad o discrepancia tendrán precedencia en el

orden antes anotado. CLAUSULA TERCERA: PLAZO DE ENTREGA, MULTA

POR DAÑOS Y PREJUICIOS: EL CONTRATISTA se compromete a construir la

obra objeto de este Contrato, dentro del plazo de _______________ días contados a

partir de la fecha indicada en el Orden de Inicio. En caso de que el CONTRATISTA no

termine el Proyecto dentro del plazo estipulado, pagará al SANAA en concepto de

daños y perjuicios ocasionados por su demora, la cantidad de ____________________

(L. ) por cada día de retraso. CLAUSUAL CUARTA: FORMA DE

PAGO: El SANAA efectuará pagos al CONTRATISTA de acuerdo a los precios

unitarios y al procedimiento previamente establecido en los documentos de Licitación.

Así mismo, queda convenido que este es un contrato por precios unitarios y que el valor

total del mismo asciende hasta la cantidad de ___________________________ (L.

). CLAUSULA QUINTA: GARANTÍAS: EL CONTRATISTA entregará de

conformidad con las Condiciones Generales, las siguientes Garantías: A) Garantía de

Cumplimiento de Contrato; y B) Garantía de Calidad de Obra. CLAUSULA SEXTA:

SOLUCIÓN DE CONFLICTOS: Si por alguna circunstancia las partes contratantes

tuvieran alguna desavenencia con motivo o en ocasión de la interpretación de este

Contrato, ambas partes se someten a la jurisdicción y competencia del Juzgado de

Letras de lo Contencioso administrativo de Francisco Morazán. CLAUSULA

SEPTIMA: CUMPLIMIENTO DE LAS LEYES: Para todo lo no previsto en el

presente Contrato, se aplicarán las disposiciones legales existentes en la República de

Honduras, que lean aplicables. CLAUSULA OCTAVA: MONTO DEL

CONTRATO Y FINANCIAMIENTO: El monto total de este Contrato asciende a la

cantidad de __________________________________, monto que será financiado

con fondos de contraparte nacional del Proyecto Urgente para el abastecimiento de

agua Potable de Tegucigalpa. CLAUSULA NOVENA: CAUSAS DE

RESOLUCIÓN DEL CONTRATO: Cualquiera de las partes contratantes podrá

invocar la Resolución de este Contrato por cualesquiera de las causas siguientes: 1)

El grave o reiterado incumplimiento de las cláusulas convenidas; 2) La falta de

constitución de las demás garantías a cargo del proveedor dentro de los plazos

establecidos; 3) La suspensión definitiva o la suspensión temporal de los suministros

por un plazo superior a tres (3) semanas, en caso de fuerza mayor o caso fortuito, o

un plazo de un (1) mes sin que medien estas, acordada en ambos casos por la

Administración; 4) La disolución o quiebra de la Sociedad Mercantil; 5) La suspensión

de pagos al CONTRATISTA; 6) Los motivos de interés público o las circunstancias

imprevistas calificadas como caso fortuito o fuerza mayor sobrevinientes a la

celebración del contrato, que imposibiliten o agraven desproporcionadamente su

ejecución; 7) La falta de corrección de defectos cuando estos sean técnicamente

inejecutables; 8) El mutuo acuerdo de las partes; 9) El no cumplimiento de

cualquiera de las obligaciones establecidas en el documento base de la Licitación

Pública Nacional SANAA-DP-002-2010; 10) Por falta de cumplimiento de cualquiera

de las obligaciones establecidas en el presente contrato.

CLAUSULA DECIMA: MODIFICACIONES, ADICIONES Y DISMINUCIONES: EL

SANAA tendrá el derecho de aumentar o disminuir las cantidades objeto de esta

licitación. Si se aumentan las cantidades, el SANAA concederá al contratista una

extensión razonable en el plazo de entrega y hará un ajuste al monto del Contrato

tomando como base el precio unitario de cada actividad. EL SANAA no aceptará ningún

reclamo por pérdidas de ganancias anticipadas reales o supuestas, ni por disminución

de suministros dentro del límite estipulado.

DECIMA PRIMERA: TIPO DE CONTRATO: EL SANAA y EL PROVEEDOR

acuerdan que este Contrato es en base a precios unitarios y tiempo determinado para

su ejecución, por lo que no está sujeto a escalamiento de precios DECIMA

SEGUNDA: NOTIFICACIONES: Todas las notificaciones contempladas por este

contrato serán válidas solamente cuando fuesen remitidas por escrito y con su

respectivo acuse de recibo o enviadas por correo certificado a las siguientes

direcciones: EL SANAA: Gerente General del SANAA, 1ra. Ave. 13 Calle,

Comayagüela, M.D.C., Honduras C. A.; Gerente de División de Planeación y

Coordinador de Agua Potable: Col. Divanna, Plantel Los Filtros, Comayagüela,

M.D.C.; El Contratista _____________. Este contrato es de naturaleza enteramente

civil porque carece de los elementos de subordinación que tipifican los contratos

laborales. Ambas partes manifiestan su conformidad con todas las disposiciones

incluidas en las Cláusulas anteriores y de común acuerdo se obligan al fiel

cumplimiento de las mismas. Dado en la ciudad de Comayagüela, Municipio del

Distrito Central a los __________ días del mes de ______________ de 20_____.

___________________________ _____ ________________________________

DANILO ALVARADO RODRIGUEZ

GERENTE GENERAL SANAA CONTRATISTA

NOTA: Esta forma se incluye con carácter informativo, no deberá ser llenada.

ANEXO I.2

MODELO DE GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO

Nosotros _________________________________________ que en adelante se llamará

el Fiador a requerimiento de ________________________________

_____________________________ -, por el presente documento otorgamos

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO a favor del SERVICIO

AUTÓNOMO NACIONAL DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS

(SANAA), por la cantidad de ___________________

____________________ (L. ) para garantizar el quince por ciento

(15%) del monto total del Contrato. Esta Garantía tendrá validez y será obligatoria

hasta los noventa (90) días calendario posteriores al vencimiento del plazo de ejecución

de la obra. EL FIADOR se compromete, previa solicitud por escrito del Contratista, a

ampliar la vigencia de esta Garantía en caso de que se acuerde contractualmente la

ampliación del plazo. EL FIADOR garantiza al SANAA que si el Contratista no ejecuta

y cumple bien y fielmente, todos los acuerdos, términos y condiciones del contrato para

la ejecución de la obra ______________

___________________________________________________________________ EL

FIADOR asumirá plena responsabilidad de las obligaciones derivadas de este Contrato

hasta por el total del monto garantizado y en caso de incumplimiento podrá el mismo

llevar a cabo la terminación de la obra de acuerdo a los términos del Contrato. Esta

Garantía se hará efectiva a simple requerimiento del SANAA acompañado del

Certificado de Incumplimiento emitido por esa misma Institución.

Lugar y fecha:

_____________________________

Firma del Representante

ANEXO I.3

MODELO DE GARANTÍA DE CALIDAD DE OBRA

Nosotros __________________________________ que en adelante se llamará el

Fiador a requerimiento de __________________________________

___________________________ -, por el presente documento otorgamos

GARANTÍA CALIDAD DE OBRA a favor del SERVICIO AUTÓNOMO

NACIONAL DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS (SANAA), por la

cantidad de _______________

____________________ (L. ) para garantizar el cinco por ciento (5%) del

monto final del Contrato, que cubrirá todas las reparaciones requeridas a causa de

defectos o fallas en cualesquiera de las partes de la

obra___________________________________________________________________

___________________________________________________________________ EL

FIADOR se compromete, dentro de los _____ días calendario subsiguientes a la

declaración de incumplimiento expedida por parte del SANAA, a asumir plenamente la

responsabilidad derivada del Contrato o a indemnizar al SANAA pagándole el monto

total afianzado. La presente Garantía tiene vigencia por el plazo de un (1) año contado

desde la fecha de recepción final de la obra por parte del SANAA.

Esta Garantía se hará efectiva a simple requerimiento del SANAA acompañado del

Certificado de Incumplimiento emitido por esa misma Institución.

Lugar y fecha:

________________________________________

Firma del o los Representantes Legales del Fiador

ANEXO I.4

DESCRIPCIÓN GENERAL DE LAS OBRAS

El objeto de la presente licitación comprende la construcción de las obras así como

suministro de servicios de instalación de tuberías y accesorios cuyos datos más

sobresalientes son:

Instalación de 6.5 Km. de tuberías terciarias e instalación de 481 conexiones

domiciliarias en la Colonia San Francisco.

Todas las tuberías y accesorios serán entregados por el SANAA al Contratista, en

cuanto al suministro de materiales locales como: Arena, grava, cemento, madera,

adoquín, asfalto, etc., necesarios para la construcción, deberán ser suministrados por el

Contratista.

ANEXOS I.5

MODELOS DE SEÑALIZACIÓN

ANEXO I.6

EJEMPLO PARA INTEGRACIÓN DE PRECIOS UNITARIOS