septiembre registro distrital...2016 de acuerdo con las cifras del cierre presupuestal y financiero...

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1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5909 • pP. 1-1 • 2016 • SEPTIEMBRE 7 REGISTRO DISTRITAL DECRETO DE 2016 AÑO 50 Número 5909 2016 SEPTIEMBRE 7 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. Decreto Número 367 (Septiembre 5 de 2016) Por medio del cual se crean unos empleos en la planta de personal de la Secretaría Distrital de la Mujer.” EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C. En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 9 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, y, CONSIDERANDO: Que el artículo 125 de la Constitución Política dispone que: “(…) Los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera. Se exceptúan los de elección popular, los de libre nombramiento y remoción, los de trabajadores oficiales y los demás que determine la Ley. Los funcionarios, cuyo sistema de nombramiento no haya sido determinado por la Constitución o la Ley, serán nombrados por concurso público. El ingreso a los cargos de carrera y el ascenso en los mismos, se harán previo cumplimiento de los requisi- tos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes (...)”. Que la Ley 909 de 2004 “Por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrati- va, gerencia pública y se dictan otras disposiciones”, como norma reguladora del empleo público, la carrera administrativa y la gerencia pública, es aplicable a los empleos de carrera de las entidades distritales. Que mediante el Decreto Distrital 429 de 2013, se adoptó la planta de personal de la Secretaría Distrital de la Mujer. Que la citada Secretaría Distrital de la Mujer presentó la justificación técnica ante el Departamento Adminis- trativo del Servicio Civil, para soportar la creación de unos empleos en la planta de personal. Que en uso de las facultades conferidas por el artículo 6° del Acuerdo Distrital No. 199 de 2005, el Departa- mento Administrativo del Servicio Civil Distrital, me- diante oficio con radicado No. 2016EE1597 del 3 de agosto de 2016, emitió concepto técnico favorable a la solicitud de creación de tres (3) empleos en la planta de personal de la Secretaría Distrital de la Mujer. Que mediante oficio con radicado No. 2016EE126896 del 22 de agosto de 2016, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, expidió certificación de viabilidad presupuestal para la creación de tres (3) empleos en la planta de personal de la Secretaría Distrital de la Mujer. En mérito de lo expuesto, DECRETA: ARTÍCULO 1º.- Crear los siguientes empleos en la planta de personal de la Secretaría Distrital de la Mujer. No DE EMPLEOS DENOMINACIÓN DEL EMPLEO CÓDIGO GRADO 3 CONDUCTOR 480 15 3 TOTAL DE EMPLEOS

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Page 1: SEPTIEMBRE REGISTRO DISTRITAL...2016 de acuerdo con las cifras del cierre presupuestal y financiero 2015. Que el CONFIS en sesión No. 12 del 30 de agosto de 2016, aprobó las anteriores

1REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5909 • pP. 1-1 • 2016 • SEPTIEMBRE • 7

REGISTRO DISTRITAL

DECRETO DE 2016

AÑO 50Número 5909

2016 • SEPTIEMBRE • 7

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

Decreto Número 367(Septiembre 5 de 2016)

“Por medio del cual se crean unos empleos en la planta de personal de la Secretaría Distrital de la

Mujer.”

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 9 del artículo 38

del Decreto Ley 1421 de 1993, y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 125 de la Constitución Política dispone que: “(…) Los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera. Se exceptúan los de elección popular, los de libre nombramiento y remoción, los de trabajadores oficiales y los demás que determine la Ley.

Los funcionarios, cuyo sistema de nombramiento no haya sido determinado por la Constitución o la Ley, serán nombrados por concurso público.

El ingreso a los cargos de carrera y el ascenso en los mismos, se harán previo cumplimiento de los requisi-tos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes (...)”.

Que la Ley 909 de 2004 “Por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrati-

va, gerencia pública y se dictan otras disposiciones”, como norma reguladora del empleo público, la carrera administrativa y la gerencia pública, es aplicable a los empleos de carrera de las entidades distritales.

Que mediante el Decreto Distrital 429 de 2013, se adoptó la planta de personal de la Secretaría Distrital de la Mujer.

Que la citada Secretaría Distrital de la Mujer presentó la justificación técnica ante el Departamento Adminis-trativo del Servicio Civil, para soportar la creación de unos empleos en la planta de personal.

Que en uso de las facultades conferidas por el artículo 6° del Acuerdo Distrital No. 199 de 2005, el Departa-mento Administrativo del Servicio Civil Distrital, me-diante oficio con radicado No. 2016EE1597 del 3 de agosto de 2016, emitió concepto técnico favorable a la solicitud de creación de tres (3) empleos en la planta de personal de la Secretaría Distrital de la Mujer.

Que mediante oficio con radicado No. 2016EE126896 del 22 de agosto de 2016, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, expidió certificación de viabilidad presupuestal para la creación de tres (3) empleos en la planta de personal de la Secretaría Distrital de la Mujer.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÍCuLO 1º.- Crear los siguientes empleos en la planta de personal de la Secretaría Distrital de la Mujer.

No DE EMPLEOS DENOMINACIÓN DEL EMPLEO CÓDIGO GRADO

3 CONDUCTOR 480 15

3 TOTAL DE EMPLEOS

Page 2: SEPTIEMBRE REGISTRO DISTRITAL...2016 de acuerdo con las cifras del cierre presupuestal y financiero 2015. Que el CONFIS en sesión No. 12 del 30 de agosto de 2016, aprobó las anteriores

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5909 • pP. 1-2 • 2016 • SEPTIEMBRE • 72

ARTÍCuLO 2º.- Planta de personal de la Secretaría Distrital de la Mujer. La planta de personal de la Se-

cretaría Distrital de la Mujer queda conformada de la siguiente manera:

No. DE EMPLEOS DENOMINACIÓN CÓDIGO GRADODESPACHO

1 SECRETARIO DE DESPACHO 020 0093 ASESOR 105 064 TOTAL PLANTA DESPACHO SECRETARIO- DISTRITAL DE LA MuJER

PLANTA GLOBALNo. DE EMPLEOS DENOMINACIÓN CÓDIGO GRADO

NIVEL DIRECTIVO3 SUBSECRETARIO DE DESPACHO 045 088 DIRECTOR TÈCNICO 009 061 JEFE DE OFICINA 006 0612 TOTAL NIVEL DIRECTIVO

No. DE EMPLEOS DENOMINACIÓN CÓDIGO GRADONIVEL ASESOR

2 JEFE DE OFICINA ASESORA 115 062 TOTAL NIVEL ASESOR

NIVEL PROFESIONAL3 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 3017 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 276 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 241 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 224 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 209 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 173 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 153 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 129 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 0155 TOTAL NIVEL PROFESIONAL

NIVEL TÉCNICO6 TÉCNICO ADMINISTRATIVO 367 176 TOTAL NIVEL TÉCNICO

NIVEL ASISTENCIAL1 AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 2712 AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 191 AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 181 AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 044 CONDUCTOR 480 1519 TOTAL NIVEL ASISTENCIAL94 TOTAL CARGOS PLANTA GLOBAL98 TOTAL CARGOS SECRETARÍA DISTRITAL DE LA MuJER

ARTÍCuLO 3º.- Distribución de los cargos. El/la nominador/a distribuirá los cargos de la planta global a que se refiere el artículo 2° del presente Decreto, mediante acto administrativo, y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna, las nece-sidades del servicio y los planes y programas de la Secretaría Distrital de la Mujer.

ARTÍCuLO 4º.- Provisión de los empleos. Los em-pleos serán provistos de conformidad con las normas legales vigentes.

ARTÍCuLO 5º.- Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital y modifica en lo pertinente el Decreto Distrital 429 de 2013.

PuBLÍQuESE, COMuNÍQuESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los cinco (5) días del mes de septiembre de dos mil dieciséis (2016).

ENRIQuE PEÑALOSA LONDOÑOAlcalde Mayor

CRISTINA VÉLEZ VALENCIASecretaria Distrital de la Mujer

NIDIA ROCÍO VARGASDirectora Departamento Administrativo

del Servicio Civil Distrital

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3REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5909 • pP. 1-3 • 2016 • SEPTIEMBRE • 7

CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS

Resolución Número 08(Agoasto 31 de 2016)

“Por la cual se aprueba el ajuste al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones

de la vigencia fiscal 2016, de la empresa AGuAS DE BOGOTÁ S. A. – ESP de acuerdo con el cierre presupuestal y financiero 2015”.

EL CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS

en ejercicio de sus facultades legales y

CONSIDERANDO:

Que conforme a lo estipulado en el artículo 10° literal (e) del Decreto Distrital 714 de 1996, corresponde al CONFIS aprobar y modificar mediante resolución el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y de las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas.

Que conforme a lo establecido en el artículo 28° del Decreto Distrital 195 de 2007, “Las modificaciones presupuestales que afecten el valor total de los gastos de funcionamiento, gastos de operación, servicio de la deuda y gastos de inversión serán aprobadas por el CONFIS Distrital previo concepto favorable de la Junta o Consejo Directivo”.

Que de acuerdo con el numeral 5 del reglamento inter-no adoptado en la sesión del 27 de enero de 2016, le corresponde al CONFIS mediante resolución suscrita por la Secretaría Técnica y el Secretario Distrital de Hacienda notificar las decisiones aprobatorias aplica-bles a las Empresas Distritales.

Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fis-cal –CONFIS, mediante Resolución No.017 del 19 de octubre de 2015, aprobó el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión de la empresa AGUAS DE BOGOTÁ S. A. – ESP, para la vigencia fis-cal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciem-bre del año 2016, por un monto de $164.027.399.000.

Que es necesario ajustar el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la vigencia fiscal 2016 de la empresa AGUAS DE BOGOTÁ S. A. – ESP, de acuerdo con las cifras resultantes del cierre presupuestal y financiero de la vigencia fiscal 2015.

Que la empresa AGUAS DE BOGOTÁ S. A. – ESP, presupuestó para la vigencia 2016 en la Disponibilidad Inicial $4.300.123.000. A 31 de diciembre de 2015 la Empresa registró una Disponibilidad Neta de Tesorería por $7.241.542.308 por lo cual es necesario efectuar un ajuste de la disponibilidad inicial por $2.941.419.308.

Que la Junta Directiva de la Empresa AGUAS DE BOGOTÁ S. A. – ESP en sesión No. 134 del 14 de julio de 2016 emitió concepto favorable a las anteriores modificaciones para ajustar el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la vigencia 2016 de acuerdo con las cifras del cierre presupuestal y financiero 2015.

Que el CONFIS en sesión No. 12 del 30 de agosto de 2016, aprobó las anteriores modificaciones presupues-tales con las cuales se ajusta el presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la vigencia 2016 de la empresa AGUAS DE BOGOTÁ S. A. – ESP.

Que la aprobación del mencionado ajuste al Presu-puesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2016 de la empresa AGUAS DE BOGOTÁ S. A. – ESP, se efectuó de acuerdo con las recomendaciones de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto.

RESuELVE:

ARTÍCuLO PRIMERO. Aprobar un ajuste en el Presu-puesto de Rentas e Ingresos de la empresa AGUAS DE BOGOTÁ S. A. – ESP para la vigencia fiscal 2016, por la suma de $2.941.419.308 conforme al siguiente detalle:

RuBRO $

1. DISPONIBILIDAD INICIAL 2.941.419.308

TOTAL DISPONIBILIDAD INICIAL 7.241.542.308

Producto de las anteriores modificaciones la cuenta de resultado Disponibilidad Final se incrementa en $2.941.419.308, presentando un valor total ajustado de $5.001.424.308.

ARTÍCuLO SEGuNDO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PuBLÍQuESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D. C., a los treinta y un (31) días del mes de agosto de dos mil dieciséis (2016).

BEATRIZ ELENA ARBELÁEZ MARTÍNEZSecretaria Distrital de Hacienda

ANDRÉS ORTIZ GÓMEZ Secretario Técnico

RESOLuCIONES DE 2016

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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5909 • pP. 1-4 • 2016 • SEPTIEMBRE • 74

Resolución Número 09(Agosto 31 de 2016)

“Por la cual se autoriza el cambio de destinación de unos recursos capitalizados de la empresa

Canal Capital”

EL CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS

En ejercicio de sus facultades legales, y en especial las conferidas en el Decreto Distrital 714

de 1996, el Decreto Distrital 195 de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que conforme a lo estipulado en el artículo 10 literal e) del Decreto Distrital 714 de 1996, corresponde al CONFIS aprobar y modificar mediante resolución el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y de las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas.

Que de acuerdo con el numeral 5 del reglamento inter-no adoptado en la sesión del 27 de enero de 2016, le corresponde al CONFIS, mediante resolución suscrita por la Secretaría Técnica y la Secretaria Distrital de Hacienda, notificar las decisiones aprobatorias aplica-bles a las Empresas Distritales.

Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS, mediante Resolución No. 017 del 29 de octubre de 2015, aprobó el Presupuesto de Ingresos, Gastos e Inversiones de la empresa Canal Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año 2016, por un monto de $38.059.603.000.

Que Canal Capital tenía proyectada la compra y ade-cuación de la sede de la entidad por un valor inicial de $13.650 millones, presupuestados de la siguiente forma: en el año de 2014 se asignaron y capitalizaron $5.500 millones, para la vigencia 2015 se asignaron $4.000 millones, los cuales de acuerdo con la Reso-lución CONFIS No. 04 del 8 de abril de 2016 fueron reintegrados a la Tesorería Distrital con sus respectivos intereses por la suma de $136 millones, y para el año de 2016 se asignaron $4.150 millones, sin embargo el CONFIS en la misma Resolución 04 de 2016 determinó la reducción del presupuesto en dicho valor. Por lo anterior, en la tesorería de la Entidad se cuenta con la suma de $5.500 millones disponibles.

Que las proyecciones de recaudo de ingresos frente a la proyección de gastos presentan necesidades de caja por $5.500 millones. Que la Junta Directiva del Canal Capital, en su sesión ordinaria del 11 de mayo

de 2016, autorizó a la administración del Canal Capital realizar el cambio de destinación previo al concepto del Confis.

Que Canal Capital elevó solicitud al CONFIS para el cambio de la destinación de los recursos capitalizados por la suma de $5.500 millones.

Que el CONFIS en su reunión No. 12 del 30 de agosto de 2016, autorizó e el cambio de destinación de los recursos capitalizados de la empresa Canal Capital por un valor de $5.500.000.000.

RESuELVE:

ARTÍCuLO PRIMERO. Aprobar la solicitud de cam-bio de destinación de los recursos capitalizados de la empresa Canal Capital hasta por un valor de $5.500.000.000 para atender necesidades de caja de la EICD Canal Capital.

ARTÍCuLO SEGuNDO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Dada en Bogotá D.C., a los treinta y un (31) días del mes de agosto de dos mil dieciséis (2016).

BEATRIZ ELENA ARBELÁEZ MARTÍNEZSecretaria Distrital de Hacienda

ANDRÉS ORTIZ GÓMEZ Secretario Técnico

uNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL

Circular Número 06(Agosto 22 de 2016)

PARA: Ciudadanía en general.

DE: Directora Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.

ASUNTO: Regulación interna trámite de quejas y re-clamos.

La función administrativa está al servicio de los intereses generales y debe desarrollarse con fun-damento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, tal como está establecido en nuestra Constitución Política.

CIRCuLAR DE 2016

Page 5: SEPTIEMBRE REGISTRO DISTRITAL...2016 de acuerdo con las cifras del cierre presupuestal y financiero 2015. Que el CONFIS en sesión No. 12 del 30 de agosto de 2016, aprobó las anteriores

5REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5909 • pP. 1-5 • 2016 • SEPTIEMBRE • 7

Mediante la Ley 1755 de 2015 se regula el Derecho Fundamental de Petición, y ordena a las autoridades reglamentar la tramitación interna de las peticiones y la manera de atender las quejas que les corresponda resolver, para garantizar el buen funcionamiento de los servicios a su cargo.

La Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, expidió la Resolución No. 334 del 2 de julio de 2007, mediante la cual se adoptaron los procedimientos que regulan las actividades en los procesos de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital incluidos en el Sistema de Gestión de la Calidad bajo la Norma Técnica de Gestión Pública NTCGP 1000:2004, como documentos de obligatorio cumplimiento en las depen-dencias para las respectivas actividades, los cuales harán parte integral del Manual de Procedimientos del Sistema de Control Interno.

Dentro de estos procedimientos se cuentan los relacio-nados con la atención de peticiones, quejas, reclamos y solicitudes, los cuales se encuentran publicados en el Sistema de Gestión Integral de la Unidad, así:

1. Procedimiento tramitar actuaciones administrati-vas. Código 12-121-PR-126. Busca tramitar las actuaciones administrativas adelantadas por la UAECD, diferentes al derecho de petición, que

se adelanten tanto a solicitud de parte como de oficio.

2. Procedimiento derecho de petición. Código 12-121-PR-139. Busca dar respuesta a las peticiones recibidas en la Unidad y radicadas por particula-res, entidades y demás peticionarios.

3. Procedimiento de la voz del ciudadano. Código 07-073-PR-155. Busca recibir, atender, tramitar, responder y hacer seguimiento a las quejas, re-clamos, sugerencias, denuncias y felicitaciones presentadas por los Usuarios, así como para realizar su respectivo análisis y toma de acciones de mejora en los casos que corresponda.

Mediante la presente circular se le informa a la ciuda-danía en general y, a los usuarios del servicio Catastral de Bogotá, en particular, que dichos procedimientos están a su disposición en la Oficina de Planeación y Aseguramiento de Procesos de la UAECD, donde podrá solicitar una copia.

La presente circular deroga la Circular 014 de 2013.

Cordial saludo,

CLAuDIA PuENTES RIAÑODirectora