separación del servicio profesional de carrera en la … · 2017. 3. 24. · servicio profesional...

18
Separación del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal: una descripción general Francisco Javier Zárate Ponce* Introducción El Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal garan- tiza que los servidores públicos integrados a él, no puedan ser removidos de su cargo por razones políticas o por causas y procedimientos no previstos en la Ley de Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, su Reglamento y demás disposiciones aplicables. Las causas y procedimientos por los que sí pueden ser removidos, son materia de uno de los siete Subsistemas que integran al Sistema de Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, denominado Subsistema de Separación. El Subsistema de Separación se integra por los procedimientos previstos para que el nombramiento de un Servidor Público de Carrera deje de surtir efectos sin responsabilidad para la dependencia; así como el de las licencias, previsto para que un servidor público titular deje de desempeñar las funciones de su puesto de manera temporal. * El autor se desempeña como Director de Área en la Dirección General Adjunta de Servicios Legales del Sistema, adscrita a la Unidad de Servicio Profesional y Recursos Humanos en la Administración Pública Federal en la Subsecretaría de la Función Pública. 73

Upload: others

Post on 05-Oct-2020

3 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Separación del Servicio Profesional de Carrera en la … · 2017. 3. 24. · Servicio Profesional de Carrera Ello representa una causal de extinción de los efectos del nombramiento

Separación del Servicio Profesionalde Carrera en la Administración Pública

Federal: una descripción general

Francisco Javier Zárate Ponce*

Introducción

El Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal garan-tiza que los servidores públicos integrados a él, no puedan ser removidos de sucargo por razones políticas o por causas y procedimientos no previstos en laLey de Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, suReglamento y demás disposiciones aplicables. Las causas y procedimientospor los que sí pueden ser removidos, son materia de uno de los sieteSubsistemas que integran al Sistema de Servicio Profesional de Carrera en laAdministración Pública Federal, denominado Subsistema de Separación.

El Subsistema de Separación se integra por los procedimientos previstospara que el nombramiento de un Servidor Público de Carrera deje de surtirefectos sin responsabilidad para la dependencia; así como el de las licencias,previsto para que un servidor público titular deje de desempeñar las funcionesde su puesto de manera temporal.

* El autor se desempeña como Director de Área en la Dirección General Adjuntade Servicios Legales del Sistema, adscrita a la Unidad de Servicio Profesional yRecursos Humanos en la Administración Pública Federal en la Subsecretaríade la Función Pública.

73

Page 2: Separación del Servicio Profesional de Carrera en la … · 2017. 3. 24. · Servicio Profesional de Carrera Ello representa una causal de extinción de los efectos del nombramiento

Servicio Profesional de Carrera

Así, los dos conceptos bajo los que se hace la descripción, son la Separaciónpropiamente dicha y la Licencia. Dicha descripción está estrictamente sustenta-da en las disposiciones aplicables de la Ley del Servicio Profesional de Carreraen la Administración Pública Federal y su Reglamento.

En la descripción general se establece el concepto de Separación y su contex-to, comparando la situación que prevalecía para los servidores públicos antesdel establecimiento del Servicio Profesional de Carrera, así como su relacióncon respecto a las actuales tendencias de la Administración Pública.

Luego se comentan las diferentes Causales de Separación, correlacionándolascon otras disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera y su Regla-mento, y se agrupan por procedimiento a seguir.

Posteriormente se hace una descripción de cada uno de los Procedimien-tos de Separación, y se muestran sus momentos procesales mediantediagramas de flujo.

Al final se hace también una descripción de la Licencia, que incluye su con-cepto, modalidades por temporalidad, requisitos y procedimiento.

Descripción general

Separación

Dice el Diccionario de la Real Academia Española que Separación es unsustantivo femenino cuyo significado es la acción y efecto de separar o se-pararse. Para el Servicio Profesional de Carrera en la Administración Públi-ca Federal, se entiende por Separación del Servidor Público de Carrera, ala terminación de su nombramiento o cuando dicho nombramiento deja desurtir sus efectos.

En muchos sistemas de Servicio Civil, el derecho al cargo (tenure) prote-ge al servidor público del despido arbitrario, como garantía de un comporta-miento profesional e independiente; pero también se prevé la posibilidad desu separación por aspectos de carácter disciplinario.' En México es novedo-so que además se integren supuestos de Separación al Servicio Profesionalde Carrera por motivos relativos a las capacidades profesionales, el aprove-chamiento de la capacitación obligatoria y el desempeño, como veremosmás adelante.

Lo anterior es congruente con una tendencia mundial en Administración Pú-blica, que busca orientar el trabajo de los funcionarios públicos a resultadostangibles,' la eficiencia en su desempeño y la rendición de cuentas.' La cada

74

Page 3: Separación del Servicio Profesional de Carrera en la … · 2017. 3. 24. · Servicio Profesional de Carrera Ello representa una causal de extinción de los efectos del nombramiento

Francisco Javier Zárate Ponce

vez más informada y participativa sociedad de los estados democráticos, exigemejores resultados de sus gobiernos, pues tiene más conciencia que de ellodepende en gran medida su bienestar.

Así, uno de los puntales del Servicio Profesional de Carrera en la Admi-nistración Pública Federal de México, representa la garantía de que susintegrantes' deberán demostrar su buen desempeño para permanecer; a di-ferencia de que con anterioridad solo tenían que cumplir lisa y llanamentecon sus obligaciones.5

Además de que innova —al menos en Latinoamérica— el tratamientoenglobado que se le da a los diferentes supuestos de Separación de los Ser-vidores Públicos de Carrera, dado que en otros países se maneja de maneraaislada y específica con denominaciones como la de destitución, remoción,cesación y otros.'

Causales de Separación

El nombramiento de los servidores profesionales de carrera deja de surtir efectossin responsabilidad para las dependencias, cuando se actualizan las causalesprevistas en el artículo 60 y 52 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera (LSPC)en la Administración Pública Federal (APF), mismas que se enuncian a continua-ción de manera agrupada por el tipo de procedimiento a seguir.

Las causales que motivan el procedimiento que sigue directamente laDirección General de Recursos Humanos o equivalente,' son:

Renuncia del Servidor Público (Fracción I del artículo 60 de la LSPC enla APF);

Defunción del Servidor Público (Fracción II del artículo 60 de la LSPC enla APF);

Sentencia ejecutoriada que imponga al Servidor Público una penaprivativa de libertad (Fracción III del artículo 60 de la LSPC en la APF);

Sanciones establecidas en la Ley Federal de ResponsabilidadesAdministrativas de los Servidores Públicos que impliquen Separacióndel Servicio o Reincidencia del Servidor Público (Fracción V del artículo60 de la LSPC en la APF).

La renuncia es la manifestación libre y expresa de voluntad, en este caso porparte del Servidor Público de Carrera, para dar por terminada su relación delservicio público con el consentimiento de quien esté facultado para aceptarla.

75

Page 4: Separación del Servicio Profesional de Carrera en la … · 2017. 3. 24. · Servicio Profesional de Carrera Ello representa una causal de extinción de los efectos del nombramiento

Servicio Profesional de Carrera

Ello representa una causal de extinción de los efectos del nombramiento sinresponsabilidad para el Poder Ejecutivo Federal y es la única Causal deSeparación que sin ser excepción, permite el reingreso al Sistema del ServicioProfesional de Carrera.'

Respecto a la defunción, llama la atención que el legislador haya incluido a éstacomo Causal de Separación,' dado que del nombramiento"' se derivan una serie dederechos y obligaciones personales que como tales solo pueden ser detentados porpersonas físicas," por lo que no se requeriría de la Separación para que deje desurtir efectos en estos casos. 12 No obstante lo anterior, esta previsión tendrá la utili-dad de asegurar la baja correspondiente en el Registro Único del Servicio Profesio-nal de Carrera

La sentencia que imponga una pena privativa de libertad al Servidor Pú-blico, debe ser ejecutoriada para que sea Causal de Separación, es decirque ya no debe caber recurso alguno en contra de ella; lo anterior es con-gruente con la presunción de inocencia hasta en tanto no exista sentenciafirme en que se declare lo contrario.

La sanción establecida en la Ley Federal de Responsabilidades Administra-tivas de los Servidores Públicos que implica Separación es la destitución delpuesto,'' misma que se impone en el caso de infracciones graves como lo sonlas que implican incumplimiento de las obligaciones previstas en las fraccionesVIII, X a XIV, XVI, XIX, XXII y XXIII del artículo octavo de dicha Ley y que son:

VIII.- Abstenerse de ejercer las funciones de un empleo, cargo o comisióntención, tramitación o resolución de asuntos en los que tenga interés perso-nal, familiar o de negocios, incluyendo aquéllos de los que pueda resultaralgún beneficio para él, su cónyuge o parientes consanguíneos o por afinidadhasta el cuarto grado, o parientes civiles, o para terceros con los que tengarelaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o socieda-des de las que el servidor público o las personas antes referidas formen ohayan formado parte.

XII.- Abstenerse, durante el ejercicio de sus funciones, de solicitar, aceptar orecibir, por sí o por interpósita persona, dinero, bienes muebles o inmueblesmediante enajenación en precio notoriamente inferior al que tenga en elmercado Qrdinario, donaciones. servicios, empleos, cargos o comisiones parasí, o para las personas a que se refiere la fracción Xl, que procedan decualquier persona física o moral cuyas actividades profesionales, comercia-les o industriales se encuentren directamente vinculadas, reguladas o su-pervisadas por el servidor público de que se trate en el desempeño de suempleo, cargo o comisión y que implique intereses en conflicto.115

76

Page 5: Separación del Servicio Profesional de Carrera en la … · 2017. 3. 24. · Servicio Profesional de Carrera Ello representa una causal de extinción de los efectos del nombramiento

Francisco Javier Zárate Ponce

Desempeñar su empleo, cargo o comisión sin obtener o pretenderobtener beneficios adicionales a las contraprestaciones comprobables que elEstado le otorga por el desempeño de su función, sean para él o para laspersonas a las que se refiere la fracción XI;

Abstenerse de intervenir o participar indebidamente en la selección,nombramiento, designación, contratación, promoción, suspensión, remo-ción, cese, rescisión del contrato o sanción de cualquier servidor público,cuando tenga interés personal, familiar o de negocios en el caso, o puedaderivar alguna ventaja o beneficio para él o para las personas a las que serefiere la fracción XI;

XVI.- Atender con diligencia las instrucciones, requerimientos o resolucionesque reciba de la Secretaría, del contralor interno o de los titulares de lasáreas de auditoria, de quejas y de responsabilidades, conforme a la compe-tencia de éstos;

XIX.- Proporcionar en forma oportuna y veraz, toda la información y datossolicitados por la institución a la que legalmente le competa la vigilancia ydefensa de los derechos humanos;

Abstenerse de aprovechar la posición que su empleo, cargo o comisiónle confiere para inducir a que otro servidor público efectúe, retrase u omitarealizar algún acto de su competencia, que le reporte cualquier beneficio,provecho o ventaja para sí o para alguna de las personas a que se refiere lafracción XI;

Abstenerse de adquirir para sí o para las personas a que se refiere lafracción XI, bienes inmuebles que pudieren incrementar su valor o, en gene-ral, que mejoren sus condiciones, como resultado de la realización de obraso inversiones públicas o privadas, que haya autorizado o tenido conocimientocon motivo de su empleo, cargo o comisión.1'

Las causales que motivan el procedimiento en el que el titular de ladependencia u órgano desconcentrado determina la Separación'', previacomunicación e integración del expediente respectivo por la Dirección Generalde Recursos Humanos, son:

Reprobar en dos ocasiones la capacitación obligatoria o su segundaevaluación de desempeño (Fracción VI del artículo 60 de la LSPC en laAPF);

Obtener una evaluación del desempeño deficiente (Fracción VII delartículo 60 de la LSPC en la APF);

77

Page 6: Separación del Servicio Profesional de Carrera en la … · 2017. 3. 24. · Servicio Profesional de Carrera Ello representa una causal de extinción de los efectos del nombramiento

Servicio Profesional de Carrera

• Reprobar la segunda evaluación para la certificación de sus capacidadesprofesionales, en los términos de los artículos 52 de la Ley del ServicioProfesional de Carrera en la APF.'8

Correlacionando las causales con las definiciones que las propiasdisposiciones en la materia establecen, encontramos que capacitación es elproceso mediante el cual el Servidor Público de Carrera es inducido,preparado y actualizado para desempeñar un cargo en la AdministraciónPública; 19 y que capacitación obligatoria es la relativa al nivel de dominio deconocimientos y capacidades requeridos para la certificación de ese servidorpúblico de carrera en el puesto que ocupa.2°

Cuando se reprueba la evaluación de la capacitación obligatoria, el ServidorPúblico de Carrera tiene derecho a ser evaluado en una segunda oportunidad,en un plazo de entre 60 días naturales y 120 días a partir de la notificacióncorrespondiente.2'

Así también, evaluación del desempeño se define como el método con el quese miden los elementos cualitativos y cuantitativos del cumplimiento de las funcio-nes y metas de los servidores públicos, en función de sus habilidades, capacida-des y adecuación al puesto." 23

En la evaluación del desempeño en mención, se debe considerar al menos:

El cumplimiento de las metas individuales;

El cumplimiento de las metas de desempeño colectivo por cada unidad admi-nistrativa;

El cumplimiento de estándares de actuación profesional; y

Las actividades extraordinarias y las aportaciones destacadas que hubiererealizado el servidor público, así como los demás elementos que fije ladependencia de acuerdo al método seleccionado por el Comité deProfesionalización."

Las dependencias deben realizar la evaluación de desempeño, respectode todo el ejercicio fiscal anterior, en los meses de enero y febrero de cadaaño; y en los meses de julio y agosto en relación al primer semestre del ejerciciofiscal de que se trate.25

Se considera un resultado deficiente de la evaluación de desempeño, a:26

1. La obtención de una calificación de desempeño no aprobatoria en las evalua-ciones semestral y anual en un mismo ejercicio fiscal; y

78

Page 7: Separación del Servicio Profesional de Carrera en la … · 2017. 3. 24. · Servicio Profesional de Carrera Ello representa una causal de extinción de los efectos del nombramiento

Francisco Javier Zárate Ponce

2. La obtención en las evaluaciones anuales de tres calificaciones de desempe-ño mínimas aprobatorias o no aprobatorias, o cualquier combinación de és-tas, en un periodo de cinco ejercicios fiscales.

Los servidores públicos de primer nivel de ingreso serán separados, cuandoal término del primer año en el puesto no hayan obtenido un desempeñosatisfactorio."

Por lo menos cada cinco años, se debe evaluar a los servidores públicos decarrera para efectos de la certificación de sus capacidades profesionales y asíacreditar que mantienen actualizado el perfil y aptitudes requeridos para el des-empeño del cargo."

Las capacidades en que debe certificarse como mínimo un Servidor Públicode Carrera," son:

Las capacidades gerenciales o directivas establecidas en loslineamientos y guías para la descripción, evaluación y certificación decapacidades de los servidores públicos de carrera;

La capacidad técnica transversal relativa a nociones generales de laAdministración Pública Federal, y

III. Las capacidades técnicas que determinen los Comités deProfesionalización respectivos para el adecuado desempeño del puestode que se trate, de acuerdo con la descripción del mismo.3o3'

Cuando un servidor público titular no obtenga la certificación de lascapacidades que conforme a lo anterior sean requeridas para el puesto quedesempeña, será evaluado nuevamente dentro de los doce meses siguientes ala primera evaluación que hubiere presentado.

La causal que motiva el procedimiento de valoración por la Secretaríade la Función Pública sobre la determinación de procedencia del Comité deProfesionalización, y su posterior autorización del Tribunal Federalde Conciliación y Arbitraje," es:

• El incumplimiento reiterado e injustificado por parte del Servidor Público,de alguna de las obligaciones que la Ley de Servicio Profesional deCarrera en la Administración Pública Federal le asigna (Fracción IV delartículo 60 de la LSPC en la APF)

79

Page 8: Separación del Servicio Profesional de Carrera en la … · 2017. 3. 24. · Servicio Profesional de Carrera Ello representa una causal de extinción de los efectos del nombramiento

Servicio Profesional de Carrera

Las obligaciones que se prevén para el Servidor Público de Carrera, y cuyoincumplimiento reiterado e injustificado constituye causal de Separación, son:"

Ejercer sus funciones con estricto apego a los principios de legalidad, objeti-vidad, imparcialidad, eficiencia y demás que rigen el Sistema;

Desempeñar sus labores con cuidado y esmero apropiados, observando lasinstrucciones que reciban de sus superiores jerárquicos;

Participar en las evaluaciones establecidas para su permanencia y desarro-llo en el Sistema;

Aportar los elementos objetivos necesarios para la evaluación de los resulta-dos del desempeño;

Participar en los programas de capacitación obligatoria que comprende laactualización, especialización y educación formal, sin menoscabo de otrascondiciones de desempeño que deba cubrir, en los términos que establezcasu nombramiento;

Guardar reserva de la información, documentación y en general, de los asun-tos que conozca, en términos de la ley de la materia;

Asistir puntualmente a sus labores y respetar los horarios de actividades;

Proporcionar la información y documentación necesarias al funcionario quese designe para suplirlo en sus ausencias temporales o definitivas;

Abstenerse de incurrir en actos u omisiones que pongan en riesgo la seguri-dad del personal, bienes y documentación u objetos de la dependencia o delas personas que allí se encuentren;

Excusarse de conocer asuntos que puedan implicar conflicto de intereses conlas funciones que desempeña dentro del Servicio, y

XI. Las demás que señalen las leyes y disposiciones aplicables.

Procedimientos de Separación

Descripción del procedimiento que motivan las causales de renuncia; defun-ción; sentencia que imponga prisión; y sanciones establecidas por la LeyFederal de Responsabilidades Administrativas que impliquen Separación oReincidencia."

80

Page 9: Separación del Servicio Profesional de Carrera en la … · 2017. 3. 24. · Servicio Profesional de Carrera Ello representa una causal de extinción de los efectos del nombramiento

Francisco Javier Zárate Ponce

Cuando las dependencias tengan conocimiento a través de su DirecciónGeneral de Recursos Humanos de la actualización de alguna de las causalesconsistentes en renuncia; defunción; sentencia ejecutoriada que imponga pri-sión; o sanciones de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativasque impliquen Separación o Reincidencia, recabarán los documentos que laacrediten y dejarán sin efectos el nombramiento respectivo, informándolo alRegistro Único del Servicio Profesional de Carrera.

Cuando se actualice la causal originada por sanciones de la Ley Federal deResponsabilidades Administrativas, se requiere que la resolución administrati-va correspondiente determine como sanción la destitución o inhabilitación delServidor Público de Carrera.

Diagrama del y demás causales previstas en las fracciones II, III y V del M. 60 de la LSPCProceso de Separación por Renuncia

Elaborado por: Javier Rojo GómezCarlos de la Rosa Palacios

Ley Art. 60 F. I, II,III y V/ Reg. Art. 76

Reg. M. 76

---->

Reg. M. 76

-->

Reg. M. 76

---> E

i—_.i

(DGRH) Conoce de algunade las causas por las queel nombramiento deja de

surtir efectos sinresponsabilidad para la

dependencia

(DGRH) Recabalos documentosque lo acredite

fehacientemente

(DGRH) Procedea dejar sin efectoel nombramiento

(DGRH) Informade tal situación

al RUSP

Descripción del procedimiento aplicable cuando se actualiza la causa consis-tente en reprobar por segunda ocasión la Capacitación Obligatoria; la Evaluaciónde Desempeño, u obtener una Evaluación Deficiente del Desempeño."

81

Page 10: Separación del Servicio Profesional de Carrera en la … · 2017. 3. 24. · Servicio Profesional de Carrera Ello representa una causal de extinción de los efectos del nombramiento

Servicio Profesional de Carrera

Cuando se actualice la causal consistente en reprobar por segunda oca-sión la capacitación obligatoria; la evaluación de desempeño; haber obte-nido una evaluación deficiente del desempeño; así como no aprobar la se-gunda evaluación para la certificación de capacidades en los términos delos artículos 52 de la Ley del Servicio Profesional y 58 de su Reglamento, laDirección General de Recursos Humanos de la dependencia u órganodesconcentrado de que se trate, integrará un expediente con la informacióny documentación que acredite la actualización de dichos supuestos y lo co-municará al titular de la dependencia para que éste determine la Separa-ción del Servidor Público de Carrera.

Diagrama del Proceso de Separación (Por no aprobación de Capacitación, Evaluación, etc.)

UN

Reprueba por segunda ocasiónla capacitación, evaluación deldesempeño, de certificación otiene evaluaciones dedesempeño deficiente

Ley Art 60 E. VI/Reg. Art. 52 y 58

Reg. Art. 78 Reg. Art. 78

----11>doroorro,6„66Integra expediente con lai , o r o. or i 6. y

que 10 --p•acredite

, Comunica al Titular de laDependencia dicha situación

i

1

1-

Reg. Art. 78

HDetermin• la Separacióndel sistema SP '--OP 1

)s_l_t__

Descripción del procedimiento aplicable cuando se actualiza la causal deIncumplimiento Reiterado e Injustificado de las Obligaciones establecidas en laLey de Servicio Profesional por parte del Servidor Público de Carrera."

Cuando se actualice la causal de incumplimiento reiterado e injustificadode las obligaciones establecidas en la Ley de Servicio Profesional, la depen-dencia deberá integrar el expediente respectivo con la información y do-cumentación que acredite dicho incumplimiento y solicitará la valoraciónde su determinación preliminar a la Secretaría de la Función Pública, através de la Unidad de Servicio Profesional y Recursos Humanos en laAdministración Pública Federal.

82

Page 11: Separación del Servicio Profesional de Carrera en la … · 2017. 3. 24. · Servicio Profesional de Carrera Ello representa una causal de extinción de los efectos del nombramiento

Francisco Javier Zárate Ponce

Si del análisis que realice la Unidad de Servicio Profesional de Carrerasobre la información y documentación del expediente, se desprende que no seacredita que el servidor público incurrió en incumplimiento reiterado e injusti-ficado de las obligaciones previstas en la LSPC en la APF, se devolverá a ladependencia dicho expediente para que se recaben los elementos de pruebaque se requieran para continuar con el procedimiento, o en su caso, para que searchive por falta de elementos.

En el supuesto de que del análisis que realice la Unidad se advierte la exis-tencia de elementos que hagan presumir que se actualizó la causal en mención,se notificará al Servidor Público de Carrera, haciéndole saber los hechos que lamotivan, para que en un plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente alde la notificación, haga valer su garantía de audiencia expresando lo que a suinterés convenga, y en su caso ofrezca pruebas."

Transcurrido el plazo, se desahogarán las pruebas que se hayan admitido, yse concederá un término de tres días hábiles al Servidor Público para que for-mule sus alegatos.

La valoración de la Unidad sobre la determinación preliminar de la depen-dencia, se emitirá en un plazo de diez días hábiles.

Cuando la dependencia cuente con la valoración de la Unidad, remitirá elexpediente a su Comité de Profesionalización para que determine la proceden-cia de la Separación del Servidor Público de Carrera del Sistema, la comuniqueal titular de la dependencia y tramite la autorización correspondiente ante elTribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.

Diagrama del Proceso de Incumplimiento Reiterado e Injustificado de Obligaciones del SPCElaborado por: Javier Rojo Gómez

Carlos de la Rosa Palacios

Incumple reiteradae injustificadamente

sus obligaciones

Ley Art. 11 y60 F. IV /

Reo. Art. 77

na)

Si

Rep.Art. 77 Reg.

Art. 77

Arel,.xpadasnle por

falta deeleme.nto.

Ra9,Art. 77

NoRep.

Art. 77¿Se puede recabar

In t egra e pedientecon información

que acredite dichoSolicita a la Unidad su

valoración de la_.inclum plimientos

reiterado einjustificado

determ inación prelim loarque realizó

lamentases prueb a

Devuelveel expediente

respectivo

a Dee R.g.

Art 77

Rey. NoArt.77

Realiza análisis de lainformación y

v documentación quecontiene el expediente

PC acredirnincu plim lento de SI —D,

bligaciones,

83

Page 12: Separación del Servicio Profesional de Carrera en la … · 2017. 3. 24. · Servicio Profesional de Carrera Ello representa una causal de extinción de los efectos del nombramiento

Servicio Profesional de Carrera

Diagrama del Proceso de Incumplimiento Reiterado e Injustificado de Obligaciones del SPCElaborado por Javier Rojo Gómez

Carlos de la Rosa Palacios

Reg.Art. 77

Expresa lo que a suderecho e interés leconvenga y en su

Reg.Art. 77

-ii. caso ofrece pruebasrelacionadas con los

hechos (10 díashábiles)

—No

Formulación de-e sus alegatos (3

dias hábiles)

Reg.Art. 77

ii>_. Elabora lanotificación

del SPC -

7 2¿Se

presentaron ipruebas?

Desahogode pruebas -

Emite-. ValoraciónHi>

Diagrama del Proceso de Incumplimiento Reiterado e Injustificado de Obligaciones del SPCElaborado por: Javier Rojo Gómez

Carlos de la Rosa Palacios

2

1&

._

Reg.Art. 77

Remite elexpediente al

Com. Prof.

á'

Reg. Art. 77Comunica de la

:8 _ separación del SPCii Reg. Art 77 al Titular de la

Dependencia

.1 Determina la /-n

1 _... procedencia de la _ ----..0 separación del I-SPC del Sistema Ley Art. 75 F. IX ‘._-/1 Tramita

autorizacióncorrespondiente

ante TFCA

84

Page 13: Separación del Servicio Profesional de Carrera en la … · 2017. 3. 24. · Servicio Profesional de Carrera Ello representa una causal de extinción de los efectos del nombramiento

Francisco Javier Zárate Ponce

Licencia

La Licencia es el acto mediante el cual, un Servidor Público de Carrera puededejar de desempeñar sus funciones temporalmente, conservando todos o algu-nos derechos."

Modalidades por Temporalidad39

La Licencia sin goce de sueldo puede ser hasta por seis meses y sólopuede prorrogarse en una sola ocasión por un periodo similar, aexcepción de que la persona sea temporalmente promovida a otrascomisiones o se le autorice para que se capacite fuera de su lugar detrabajo por un periodo mayor.

La Licencia con goce de sueldo puede ser hasta por un mes y sólo seautoriza por capacitación del servidor público relacionada al ejerciciode sus funciones o por motivos justificados a juicio de la dependencia.

Requisitos y Procedimiento"

Para obtener una Licencia, los Servidores Públicos deben tener una permanen-cia en el Servicio Profesional de Carrera de al menos dos años y hacer susolicitud,'" señalando los motivos y el tiempo de duración."

Una vez que la Dirección General de Recursos Humanos valida la solicitud,la presentará al Comité de Profesionalización, el cual emitirá su dictamen porescrito de manera fundada y motivada.

Diapr• • del P cecee* d• L "Bello

re rl:e ee VII es7P:i. cinc

re

Llir ig• su •olicludcl• loc•neie a

Sup norlo.ouco

LeyAr, , ----.

nee au eolocood e°CIRIO elriglido el

Com. Prele11

Art BO

pgfififi

LAr ..6.005000...

o eocia eolo

la

411~

Zf

eeoPo lo eelielledY le preeonle elc.., ,„.,

, .,,,,,t

B •

flog Art. SO

iYi

1

L•y Art 01 /

Reo A ri. 79

No n11141$111>----.'

.t• . eict•m•n

7. rn'unn' :. vmotivada

--.C>

le lie mei.L•y Ari 6,Ft•B Ari el)

85

Page 14: Separación del Servicio Profesional de Carrera en la … · 2017. 3. 24. · Servicio Profesional de Carrera Ello representa una causal de extinción de los efectos del nombramiento

Servicio Profesional de Carrera

Diagrama del Proceso de LicenciaElaborado por: Javier Rojo Gómez

Carlos de la Rosa Palacios

D

Ley Art 62 / RegArt. 19 y 80 Reg. Art. BO

----..1Tramita nombramiento

provisional

Comunica alRUSP el

movimientorespectivo

Conclusión

Contrario a la crítica desinformada respecto a que la Ley del Servicio Profesionalde Carrera abre la puerta para que los trabajadores activos en la AdministraciónPública Federal se enquisten en ella, la misma exige a los Servidores Públicosde Carrera para su permanencia, requisitos adicionales como el aprobar eva-luaciones de desempeño y capacitación obligatoria, entre otras. Ello es cohe-rente, como se ha mencionado, con una tendencia mundial que busca orientar eltrabajo de los funcionarios públicos a resultados tangibles, a la eficiencia en sudesempeño y a la rendición de cuentas; para dar respuesta a la cada vez másinformada y participativa sociedad de los estados democráticos, que exige me-jores resultados de sus gobiernos.

El Subsistema de Separación es la parte con la que se cierra esa gran tenazaque significa el Sistema del Servicio Profesional de Carrera, y con la que se podrágarantizar un desarrollo de la función pública basado en la legalidad, eficiencia,objetividad, calidad, imparcialidad, equidad y competencia por mérito.

Los procedimientos que en materia de Separación se esbozaron en la Leydel Servicio Profesional de Carrera, se han precisado en gran medida con laemisión del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la APF,despejando así muchas incógnitas que se cernían sobre este tema; sin embargoaún quedan aspectos que deberán definirse. Es pues el siguiente reto, comple-tar el rompecabezas que representa la operación gradual" del Sistema del Ser-vicio Profesional de Carrera.

86

Page 15: Separación del Servicio Profesional de Carrera en la … · 2017. 3. 24. · Servicio Profesional de Carrera Ello representa una causal de extinción de los efectos del nombramiento

Francisco Javier Zárate Ponce

Notas bibliográficas

1, MAP, 1997; Ziller, 1993. Citado por Echebarría, Koldo en el estudio "Red de Gestión y Transparenciade la Política Pública". Servicio Civil: Temas para un diálogo. Banco Interamericano de Desarrollo.Washington, D.C. 2003.

Dicha tendencia es parte de lo que se ha denominado "Gerencialismo" "Management en laAdministración Pública" y "Nueva Gestión Pública" —NGP- [Clarke y Newmann (1997:29), Barzelay(1998:173 y ss.)(2001:11), así como Dunleavy y Hood (1994:9), citados por Echebarría, Koldo

en el estudio: "Red de Gestión y Transparencia de la Política Pública". Servicio Civil: Temaspara un diálogo. Banco Interamericano de Desarrollo. Washington, D.C. 2003. p. 17].

Uno de los primeros ejemplos de ello, es el caso de Nueva Zelanda.

4. Enlace, Jefe de Departamento, Subdirector de Área, Director de Área, Director General, y niveles

adjuntos, homólogos y equivalentes. (Art. 5 de la LSPC en la APF).

5 Entendiéndose por éstas, básicamente las que prevé la Ley Federal de ResponsabilidadesAdministrativas de los Servidores Públicos y las correspondientes a sus atribuciones.

Base de Datos Políticos de las Américas. (1998) Carrera administrativa en la función pública.

Análisis comparativo de constituciones de los regímenes presidenciales. [Internet]. GeorgetownUniversity y Organización de Estados Americanos.

Artículo 76 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública

Federal.

Artículo 38 del Reglamento de la LSPC en la APF.

Entendiéndose por separación cuando un nombramiento deja de surtir efectos.

Nombramiento es la designación de un cargo u oficio. Diccionario de la Lengua Española. Real

Academia Española. Editorial Espasa Calpe S.A. Vigésima Primera Edición Madrid, España 1992(Tomo II h/z) p. 1445.

Entendiéndose por persona física, cualquier individuo de la especie humana. El artículo 22 del

Código Civil Federal, establece que la capacidad jurídica de las personas físicas se adquiere por

el nacimiento y se pierde por la muerte.

Además de que el nombramiento es personalísimo e intransferible.

Artículo 13 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

Habrá intereses en conflicto cuando los intereses personales, familiares o de negocios del servidor

público puedan afectar el desempeño imparcial de su empleo, cargo o comisión.

Esta prevención es aplicable hasta un año después de que se haya retirado del empleo, cargo ocomisión.

Esta restricción será aplicable hasta un año después de que el servidor público se haya retirado delempleo, cargo o comisión.

Artículo 78 del Reglamento de la LSPC en la APF.

Así como 58 del Reglamento de la LSPC en la APF.

Artículo 44 de la LSPC en la APF.

20. Fracción I del artículo 49 del Reglamento de la LSPC en la APF.

87

Page 16: Separación del Servicio Profesional de Carrera en la … · 2017. 3. 24. · Servicio Profesional de Carrera Ello representa una causal de extinción de los efectos del nombramiento

Servicio Profesional de Carrera

Artículo 53 LSPC en la APF.

Artículo 54 de la LSPC en la APF.

Los Comités de Profesionalización de cada dependencia determinan la metodología para evaluar el

desempeño de los servidores públicos de carrera, para ello deben basarse en los lineamientoscorrespondientes que emita la Secretaría de la Función Pública.

Artículo 65 del Reglamento de la LSPC en la APF.

Artículo 66 del Reglamento de la LSPC en la APF.

Artículo 69 del Reglamento de la LSPC en la APF.

Artículo 70 del Reglamento de la LSPC en la APF.

Artículo 52 de la LSPC en la APF.

Artículo 58 del Reglamento de la LSPC en la APF.

Estas capacidades no podrán ser menos de dos ni más de cuatro.

El Servidor Público titular deberá certificar, para su permanencia en el Sistema y en su cargo,

cuando menos tres de las capacidades gerenciales y dos de las capacidades técnicas consideradas

por el Comité de Profesionalización para el adecuado desempeño de su puesto, así como lacapacidad técnica transversal relativa a nociones generales de la Administración Pública Federal,en los términos de los lineamientos y guías para la descripción, evaluación y certificación de

capacidades de los Servidores Públicos de Carrera. Tratándose de Servidores Públicos titulares

que ocupen puestos de enlace, será suficiente certificar dos capacidades gerenciales y las

técnicas antes referidas, para efectos de su permanencia.

Artículo 77 del Reglamento de la LSPC en la APF.

Artículo 11 de la LSPC en la APF.

Artículo 76 del Reglamento de la LSPC en la APF.

Artículo 78 y 58 del Reglamento de la LSPC en la APF; así como el 52 de la LSPC en la APF.

Artículo 77 del Reglamento de la Ley del SPC en la APF.

A excepción de la prueba confesional a cargo de autoridades mediante absolución de posiciones yla petición de informes, salvo que éstos se limiten a hechos que consten en documentos queobren en poder de las autoridades.

Primer párrafo del artículo 61 de la LSPC en la APF.

Tercer y cuarto párrafo del artículo 61 de la LSPC en la APF.

Segundo párrafo del artículo 61 de la LSPC en la APF.

El Servidor Público debe dirigir por escrito la solicitud, con el visto bueno del superior jerárquico, al

Comité de Profesionalización de la dependencia a la que está adscrito, y entregarla a la DirecciónGeneral de Recursos Humanos.

Acompañando en su caso, los documentos que justifiquen la petición.

43. Artículo Cuarto Transitorio de la LSPC en la APF.

88

Page 17: Separación del Servicio Profesional de Carrera en la … · 2017. 3. 24. · Servicio Profesional de Carrera Ello representa una causal de extinción de los efectos del nombramiento

Francisco Javier Zárate Ponce

Bibliografía

Administración y Política, José Chanes Nieto, Edita: Universidad de Guanajuato,Facultad de Derecho, 1997 Guanajuato, Gto.

Análisis comparativo de constituciones de los regímenes presidenciales. Carre-ra administrativa en la función pública. Base de Datos Políticos de las Améri-cas. Georgetown University y Organización de Estados Americanos. (1998).

Sitio de internet: http://www.georgetown.edu/pdba/Comp/Funcion/carrera.html .24 de junio 2004.

Análisis de Políticas Públicas y Eficacia de la Administración, Joan Subirats,Edita: Ministerio de Administraciones Públicas, Instituto Nacional de Adminis-tración Pública y Ministerio de la Presidencia, Segunda reimpresión de laPrimera Edición, 1994 Madrid, España.

Diccionario Jurídico Mexicano, Instituto de Investigaciones Jurídicas, EditorialPorrúa S.A. y Universidad Nacional Autónoma de México,Octava Edición,México 1995, ( Tomo I A-CH, Tomo II D-H, Tomo 1111-0, Tomo IV P-Z).

Diccionario de la Lengua Española, Real Academia Española, Editorial EspasaCalpe S.A., Vigésima Primera Edición, Madrid, España 1992, (Tomo I a/g,Tomo II h/z).

Del Administrador al Gerente Público, Enrique Cabrera Mendoza, Edita:INAP Instituto Nacional de Administración Pública, Segunda Edición,1997 México, D.F.

Derecho Procesal, Humberto Briseño Sierra, Biblioteca de Derecho Procesal,Oxford University Press México S.A. de C.V., Segunda Edición, México 1999(Volumen 1 y 2).

El Proceso de Elaboración de Políticas Públicas, Charles E. Lindblom, Edita:Ministerio de Administraciones Públicas, Instituto Nacional de AdministraciónPública y Ministerio de la Presidencia, Primera Edición, 1991 Madrid, España.

Flexibilidad en la Gestión de Personal en la Administración Pública, Traduc-ción: Elisa Romero Sebastián, Edita: OCDE Organización de Cooperación yDesarrollo Económico, Primera Convención Firmada en París el 14 de di-ciembre de 1960; entrada en vigor en septiembre de 1961, Primera edición,1995 Madrid, España.

89

Page 18: Separación del Servicio Profesional de Carrera en la … · 2017. 3. 24. · Servicio Profesional de Carrera Ello representa una causal de extinción de los efectos del nombramiento

Servicio Profesional de Carrera

La Crisis de la Inteligencia, Ensayo sobre la Incapacidad de las Élites para Re-formarse, Michel Crozier con Bruno Tilliette, Edita: Ministerio de Administra-ciones Públicas, Instituto Nacional de Administración Pública y Ministerio dela Presidencia, Primera Edición, 1996 Madrid, España.

La Modernización de la Administración como Instrumento al Servicio de la De-mocracia, Manuel Villoria Mendieta, Edita: Ministerio de AdministracionesPúblicas, Instituto Nacional de Administración Pública y Ministerio de la Pre-sidencia, Primera Edición, 1996 Madrid, España.

Red de Gestión y Transparencia de la Política Pública; Servicio Civil: Temaspara un diálogo, Koldo Echebarría, Banco Interamericano de Desarrollo.Washington, D.C. 2003.

Revista de Administración Pública, 150 Sept/Dic 1999, CEPC Centro de Estu-dios Políticos y Constitucionales, Madrid, España.

Teoría y Práctica de la Administración Pública en México; Lecturas Básicas,María del Carmen Pardo, Coordinadora, Edita: INAP Instituto Nacional de Ad-ministración Pública, Primera Edición, 1992 México, D.F.

90