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SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS

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Jornada de Reflexión sobre Seguridad y Derechos Humanos

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SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS

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SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS

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Edición, diseño y diagramación: Martín Gerlo y Laura Méndez, Área de Prensa y

Comunicación de la Subsecretaría de Derechos Humanos de Entre Ríos.

Foto de tapa: Grafitty anónimo en la esquina de Salta y Colón, Paraná, Entre Ríos.

Las ponencias que se publican en este cuadernillo tuvieron lugar el 28

de mayo en la Facultad de Humanidades de UADER, en el marco del

Programa de Prevención y Erradicación de la Violencia Institucional.

Las opiniones vertidas en esta publicación son de exclusiva

responsabilidad de sus autores.

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ÍNDICE

Prólogo ............................................................................................................................................................................................................. 7

El rol del Poder Ejecutivo en la erradicación de la violencia institucional. Rubén Virué .................................................................................. 12

Rol del Ministerio Público Fiscal Provincial en los juicios por violencia institucional en

el nuevo Código Procesal Penal. Caso Gorosito. Jorge García ..................................................................................................................... 18

El Ministerio Público Fiscal de la Nación en la Provincia, su articulación con PROCUVIN.

Participación en investigaciones y juicios orales de casos de violencia institucional.

José Candioti .................................................................................................................................................................................................. 25

Creación de la PROCUVIN. Objetivos y funcionamiento. Criterios de la actuación de

la Procuraduría. Abel Córdoba ....................................................................................................................................................................... 29

Acceso a la justicia de los sectores en situación de vulnerabilidad. El rol de la defensa

pública en los casos de detenciones ilegales y arbitrarias. Maximiliano Benitez ........................................................................................... 37

Campaña contra la Violencia Institucional en Santa Fe y el rol de la defensa pública.

Gabriel Ganón ................................................................................................................................................................................................ 43

Situación de las personas privadas de la libertad. La creación de los mecanismos de

prevención de la tortura en las provincias. Criterios adoptados. Eva Asprella ............................................................................................... 49

Campaña contra la Violencia Institucional y Campaña contra la Tortura. Objetivos,

despliegue y análisis un años después de su lanzamiento. Importancia de la

visibilización de las temáticas. Juan Vila ........................................................................................................................................................ 55

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PRÓLOGO

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En el marco del Programa de Prevención y Erradicación de la Violencia Institucional de la Subsecretaría de Derechos Humanos y la Secretaría de Justicia de Entre Ríos, en articulación con el Pro-curador General y el Defensor General de la Provincia, surgió la propuesta de llevar a cabo la primera «Jornada de reflexión sobre Seguridad y Derechos Humanos Entre Todos».

Ponemos en común en formato digital lo que se discutió en aque-lla actividad que realizamos el 28 de mayo del año 2013 en la Fa-cultad de Humanidades, Artes y Ciencias Sociales de la Universi-dad Autónoma de Entre Ríos, y a la cual la Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, declaró de interés, como tam-bién lo hizo el Consejo Directivo del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), presidido por el periodista Horacio Verbitsky, el Ministerio Público Fiscal, el Ministerio Público de la Defensa de Entre Ríos, el Municipio de Paraná y la propia Facultad.

En el encuentro disertaron Abel Córdoba (titular de la Procura-duría de Violencia Institucional), Jorge García (Procurador Gene-ral de Entre Ríos), Maximiliano Benítez (Defensor General de la

Provincia), Gabriel Ganón (Defensor General de Santa Fe), José Candiotti (Fiscal Federal de Paraná), Eva Asprella (por el Área de Justicia y Seguridad del CELS), Rubén Virué (secretario de Justi-cia) y Juan Vila, miembro de la Campaña Nacional contra la Vio-lencia Institucional.

La jornada cumplió con el objetivo establecido previamente: ge-nerar un ámbito colectivo de reflexión en torno a las tensiones que existen entre los conceptos de seguridad y derechos humanos. Sin duda alguna, vincular en una misma oración los dos conceptos es una provocación. Y esa fue justamente la intención. Provocar la discusión en torno a un punto de sutura que, más allá de que se nos presenten como cuestiones aisladas e incluso antagónicas, no lo son. Esta primera jornada fue una puntada que dimos en conjunto para hilvanar pasado y futuro de un debate presente, pa-sando por el tamiz de la experiencia y las instituciones más estre-chamente vinculadas y poniendo en común la voz de sus actores.

Logramos los objetivos haciendo eje en la violencia institucional y lo abordamos desde distintas perspectivas. Las organizaciones de

Un debate pendiente

Julián FroidevauxSubsecretario de Derechos Humanos de la

Provincia de Entre Ríos

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la sociedad civil, el Poder Ejecutivo, el Ministerio Público Fiscal y de la Defensa nutrieron un debate arduo y profundo que hoy queremos compartir con todos ustedes.

El desafío es poder generar políticas públicas enraizadas en las necesidades populares para transformarlas en derechos. Es lo que se viene haciendo en nuestro país desde el año 2003, incluso en todo el territorio de la Patria Grande se avanza en ese sentido. El mejoramiento de las condiciones materiales y simbólicas de las grandes mayorías como sujetos de derechos es sin duda el mejor indicador de cuánto se ha avanzado y, también, de cuánto falta.

Desde esa perspectiva las políticas públicas se convierten en el lente que posibilita ver, en contraste, cuáles son las limitaciones y adversidades que hay que superar para que dichas políticas cum-plan con su misión. La profunda voluntad institucional del Presi-dente Néstor Kirchner de hacerse cargo del histórico y genuino reclamo de juicio y castigo a los genocidas conllevó una serie de medidas que eran imprescindibles para tal objetivo. Cada uno de los avances que se conquistaron en lo que se ha dado de deno-minar «la década ganada» ha tenido que atravesar algún tipo de conflicto. La política es conflicto. La política es la herramienta con la que se modifican las relaciones de poder que consolidan un par-ticular status quo y cristalizan un determinado sentido común de la sociedad. Modificarlos implica un férrea voluntad, una claridad

política de hacia dónde se quiere ir (y de dónde venimos), como así también de la fuerza necesaria para hacerlo. Pero no es todo, una de las cuestiones más importantes es comprender que es el Estado la herramienta fundamental para ello.

El Estado es el escenario de la disputa y la herramienta diputada. Las mayorías populares y las minorías del privilegio y la abundan-cia han disputado permanentemente por contar con el Estado. Haciendo un recorte temporal podemos señalar que los últimos 200 años han sido signados por el derrotero de esta lucha que se da a veces de forma encubierta y a veces de forma desembozada.

Así como el momento en que se llevó a cabo el panel estaba signa-do por el debate en torno a la democratización del Poder Judicial, la coyuntura en la cual presentamos esta publicación digital está marcada a fuego por la necesidad de la reforma policial. Los he-chos de diciembre de 2013, que pusieron al país en vilo, tuvieron como protagonistas a las policiales provinciales. En este momento hay 17 uniformados de Concordia detenidos y acusados del delito de sedición por fiscales entrerrianos. En las distintas ponencias que aquí se publican se encuentran algunas huellas indelebles de un debate pendiente que se presenta como inminente.

Al momento de diseñar e implementar el Programa de Prevención y Erradicación de la Violencia Institucional tuvimos en cuenta tres

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ejes centrales: a) las fuerzas de seguridad, su formación y su prác-tica, sus limitaciones y potencialidades, como así también las nor-mativas que las rigen y los hábitos que no se escriben más allá de un comportamiento; b) el Poder Judicial, el Ministerio Público Fiscal y el de la Defensa, en los ámbitos federal y provincial. Este punto se dio en una coyuntura política en que, por primera vez, interpelaba al Poder Judicial y en el cual emergía en sus en-trañas lo que se conoció como Justicia Legítima; c) el imaginario social y colectivo en el cual el discurso de mano dura encuentra su legitimidad y se traduce conquistando su legalidad en la concepción desde donde se imparte justicia.

Sinceramente, nos provoca un profundo entusiasmo haber contado con la palabra y la opinión de expertos en la materia, como así también el debate que se generó en dicha jornada. Sin embargo nuestro objetivo mayor es que la discusión, el diálogo y la reflexión en torno a la seguridad y los derechos humanos se ins-tale en el seno del pueblo y, desde una perspectiva profundamente democrática y solidaria, vaya creando las herramientas necesarias para reconfigurar las políticas públicas.

Este 13 de febrero de 2014 se cumplen 12 años del secuestro y desaparición de Elías Gorosito. Ocurrió en las calles de Paraná y a manos de agentes de la Policía de Entre Ríos. Elías sigue desapa-recido. Tres policías fueron condenados por el secuestro agravado.

Sus restos óseos tienen que aparecer. Su familia tiene que tener un lugar adonde llevarle una flor. Y la sociedad en su conjunto debe tomar conciencia sobre las heridas que lastiman sus vínculos para reconstruirlos desde la más genuina solidaridad y la construcción del bien común.

Paraná, 13 de febrero de 2014.

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El rol del Poder Ejecutivo en la erradicación de la violencia institucional

Rubén Virué

Mural conmemorativo por los 19 años de la desaparición de Hector Gómez y Martín Basualdo. Realizado en una pared del Club Sportivo Urquiza, en el barrio La Floresta, Paraná.

Secretario de Justicia de Entre Ríos

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Muchísimas gracias por la presencia de cada uno de ustedes. Es para mí un honor especial compartir esta jornada con todos, y en particu-lar con los colegas panelistas que en este caso son todos integran-tes del Ministerio Público Fiscal (MPF).

En mi caso particular, que cumplo funciones dentro del Poder Ejecutivo de la Provincia, es precisamente el MPF, cuando se produce el quebrantamiento de la ley a través de una expresión de violencia institucional, quien va a promover la acción penal para investigar estos hechos por parte de funcionarios que pro-bablemente dependan de uno o del Ministerio del que uno forma parte. En un principio podríamos pensar que la participación en el debate del Poder Ejecutivo y del MPF podría ser parte de una cuestión contradictoria, pero trataremos de exponer de manera tal que al final tengamos claro que precisamente tanto el Ejecutivo como el MPF son parte de una misma problemática, y deben tener por finalidad última y definitiva la prevención y, si se da un caso de violación de la ley en perjuicio de un ciudadano, perseguir a ese responsable de la violación.

El concepto de violencia institucional aparece, o por lo menos empieza a tomar fuerza, en el proceso democrático, particularmen-te en los últimos años. Ni se nos hubiera ocurrido hablar de violen-cia institucional durante la dictadura militar, ya que jamás hubiéramos pensado que ante un exceso de las fuerzas de seguridad concretaríamos denuncias para que se haga la investigación y en todo caso se castigue al culpable. Empezamos a trabajarlo y visualizarlo en democracia y, siguiendo una definición del doctor Martín Abregú, entendemos por violencia institucional a los «… actos realizados por las agencias legitimadas para el uso de la fuerza cuando la realización de las faculta-des de sus agentes se exceden en su ejercicio». El exceso del ejercicio de la fuerza puede darse de diferentes formas. Las más comunes que podemos visualizar –no sólo hablo de la provincia– son por un lado la detención ilegal, cuya modalidad más repetida es la aplica-ción de legislación vetusta en materia contravencional y que como común denominador tiene como destinatarios a los sectores más vul-nerables de la sociedad; otra forma de violencia institucional es en las situaciones de encierro, donde se producen vejaciones de diferente naturaleza en el desarrollo de la pena o a través de medios repre-sivos que evocan a la dictadura militar.

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Pero a partir del regreso de la democracia en el ‘83, desterrado ese período paradigmático donde la violencia institucional llegó a un grado superlativo transformándose en terrorismo de Estado, tenemos una primera etapa –que podríamos ubicar en los prime-ros años del gobierno de Alfonsín– a través de la actuación de los organismos de derechos humanos que permitieron visualizar esta problemática. Uno de los casos fue a través de la concientización, que significó de alguna manera el juzgamiento de los responsables del proceso militar, que ante cada caso emblemático que podía aparecer de excesos en las fuerzas de seguridad se le daba aten-ción social y algún tipo de atención por parte de los medios. Con posterioridad, es un punto fundamental el 8 de mayo de 1987 con la famosa Masacre de Ingeniero Budge, donde las fuerzas de la Policía de Buenos Aires ultimaron a tres muchachos. Como algo revelador de lo que ocurrió en aquel momento y por qué tuvo tamaña trascendencia, podemos afirmar que se creó la conciencia social de que estas víctimas eran ajenas a cualquier tipo de activi-dad contraria a la ley. Y esa conciencia, que después vamos a ver cómo se va manifestando en democracia para por ahí justificar excesos, determinó que en todo el territorio nacional la matanza de Ingeniero Budge se transforme en un hecho emblemático, y que se evoque precisamente con la ley sancionada el año pasado, cuando se instituye el 8 de mayo como Día Nacional de la lucha contra la Violencia Institucional.

Precisamente y en forma contemporánea, uno de los elementos que también contribuyó de alguna manera a empezar a perder la visualización del problema de la violencia institucional fue la san-ción de leyes sancionadas por el Congreso de la Nación como las de Obediencia Debida, Punto Final y los indultos dispuestos durante la Presidencia de Menem, que significaron un paso a la impunidad. Por entonces se vio algún grado de despreocupa-ción del legislativo con lo que tiene que ver con el castigo, la persecución y la atención de hechos de las fuerzas de seguri-dad. Sin embargo, con posterioridad, hay otro hecho emblemático que volvió a poner sobre el tapete la violencia institucional, que fue el caso en Avellaneda, donde fallecieron Kosteki y Santillán. Así, a partir de ese proceso y visualización se generó, desde de la asunción del Presidente Kirchner, una política que por un lado implicó una ausencia de represión a la manifestación social y que tuvo como contrapartida la respuesta de determinados sectores de la sociedad que exigían fuerzas de seguridad actuando en la disolución de este tipo de manifestaciones. Pero de alguna manera se concientizó sobre el papel de las fuerzas de seguridad y fuimos avanzando en un proceso donde, también es cierto, la comunidad –como en el caso de las manifestaciones luego del secuestro de Axel Blumberg– pidió la famosa política de mano dura, creyendo que la mano dura es la que va a erradicar la inseguridad y permitir vivir más tranquilos a todos los ciudadanos.

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Después de esta etapa hemos llegado a una que podemos transitar ahora, que es precisamente la sanción de leyes protectorias. En este marco, tenemos la ley 26.811 que es el Día Nacional de la lucha contra la Violencia Institucional y la 26.827 que es el Sistema de Prevención de la Tortura, y que ha merecido especial atención por parte del Ministerio Público de la Defensa. Hace pocos días, cuando estuvo la Defensora General de la Nación junto al Defensor de nuestra provincia, repartieron una oblea a los asistentes que decía: «Volver a la tortura es retroceder 200 años». Estamos transitando el año 2013 y en 1813 la Asamblea erradicó la tortura de nuestro país.

Entonces, a partir de este derrotero en el tiempo, que es un aná-lisis exclusivamente personal y que puede ser discutido, podemos concluir que hoy para la democracia este tema tiene algunos as-pectos pendientes y creo que es bueno reseñarlos. Por un lado, en lo que se refiere a la manifestación de la violencia institucional a través de nuestras fuerzas de seguridad, tenemos resabios de prácticas anteriores, de procesos que vienen manteniéndose en el tiempo y que requieren una profundización de los programas en los institutos donde se educan nuestras fuerzas de seguridad. Otro tema que también tenemos pendiente es la vigencia de le-yes concebidas en otras etapas. Yo recuerdo, como anécdota, que cuando estaba en la facultad tenía en Derecho Penal como profe-sores a dos jueces de instrucción, que nos referían que la ley con-travencional era utilizada muchas veces por la Policía para detener a

quienes no tenían forma de comprobarle un delito del cual la Policía, dogmáticamente, consideraba que eran culpables. Entonces acudían a la legislación contravencional para, sin revisión jurisdiccional, es decir sin intervención de la Justicia, poder detener a las perso-nas. De idéntica forma, pero más cercana en el tiempo, a fines del año pasado, comentando con un legislador provincial de Salta sobre la necesidad de adecuar nuestra legislación a los parámetros interna-cionales, me decía que en Salta –y lo decía como algo razonable y positivo– el día que cobraban los jubilados, la Policía detenía a todos los que tenían identificados como carteristas o punguistas, evitando así que hubiera problemas para la tercera edad en los días de cobro. Es una cosa bastante extraña, pero de alguna manera traduce lo que la sociedad y muchas fuerzas de seguridad interpretan de cómo debe ejercerse la acción punitiva del Estado.

Hemos tenido muchos casos donde la propia sociedad ha admitido las prácticas vejatorias y violatorias de los derechos humanos. Este es un tema que requiere una fundamental atención, porque en esa contradicción entre la seguridad y los derechos humanos o la averi-guación de la verdad en un proceso judicial, el imaginario social tolera cualquier tipo de actividad punitiva para lograr establecer los respon-sables de un hecho. Esta es una cuestión a la que tenemos que tener especial atención, ya que de ninguna manera puede justificar el Es-tado la enorme claudicación ética de permitir que se obtenga la ver-dad en un proceso judicial a través de procedimientos que atentan

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contra la dignidad del hombre. Esto es una cuestión que la debemos asimilar, tener muy presente y que es absolutamente irrenunciable.

En lo que respecta al rol del Ejecutivo para tratar de mejorar estos aspectos, uno de los temas principales es la cuestión de los progra-mas de educación en las fuerzas de seguridad. Es un punto crucial, un tema donde se ha hecho mucho pero tenemos que profundizar en esa senda. Y esto tiene que ir acompañado también por un claro mensaje del poder político provincial y nacional de que no se va a tolerar ningún tipo de vejación o violación de los de-rechos humanos en el marco de la investigación de hechos que afectan la seguridad ciudadana. La idea es que quede claro que todos los excesos serán castigados y que no se tolerará ninguna vejación. Esto también debería ir acompañado, y es una tarea que podemos proponérnosla desde el Poder Ejecutivo, con que a través de los medios de comunicación lleguemos a toda la comunidad para que tenga absolutamente en claro que esta es una decisión definitiva, que no tiene vuelta atrás, y que todo ciudadano –tanto el que resulte víctima del hecho como quien tiene conocimiento de situaciones de esta naturaleza– debe ha-cer las denuncias para que se investigue y de esa forma poner en marcha toda la actividad del Poder Judicial, para que esto también signifique un mecanismo que contribuya a erradicar actos de esta naturaleza.

Yo quería tener una última referencia, que tiene que ver con trasladar aquella frase con la cual terminaba el libro de Hemin-gway Por quién doblan las campanas a una cuestión similar. Entonces se me ocurrió que en esta campaña de concientización ciudadana, tengamos presente que ninguna persona es una isla: la vejación, la tortura, la detención ilegal de cualquiera de mis semejantes me afecta porque estoy unido a toda la humanidad. Por eso nunca preguntes quién es la víctima de la violencia institucional: sos vos, somos cada uno de nosotros.

Muchas gracias.

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El rol del Ministerio Público Fiscal en los juicios por violencia institucional del Nuevo Código Procesal

Penal. Caso Gorosito

Jorge García

(Diego Arias para Diario UNO Entre Ríos). Fotografía tomada durante la sentencia del juicio por el caso de Elías Gorosito, en la que se consideró culpables de su secuestro a tres policías de la Policía de Entre Ríos.

Procurador General de la provincia de Entre Ríos

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Quiero aprovechar la polisemia y la vaguedad del lenguaje en este concepto de violencia institucional para ampliar un poco la mira, porque el término violencia institucional si no se lo aco-ta, tal como hizo recién Rubén (Virué), se puede referir a todo el control social: a la modernidad y al Estado. Lo que llamamos modernidad es que el Estado asume este control social, y es el problema de la legitimidad del Estado y el control penal lo que nos trae hoy aquí. Yo quiero conectar este tema de violencia insti-tucional como parte de lo que nosotros definimos como derecho penal: un derecho que no responde a incondicionales teológicos o de tradición, sino que se basa sobre un control profano de esta sociedad de roles, segmentaria, con base en los consensos cons-titucionalizados, es decir, aquellos consensos comunicativos que van recogiendo los momentos más importantes de la historia en la ética de la humanidad y se han cristalizado en estas cartas de derechos humanos.

Cuando hablo de legitimidad hablo de un conjunto bastante importante de normas y saberes. El derecho penal tiene varias paradojas y solapamientos. Lo interesante del derecho penal es

que cuando hablamos de esto hablamos al mismo tiempo de las normas –sustanciales y de procedimientos– y de las normas individuales –la decisión judicial–, todo ello transido por crite-rios de política criminal que define la sociedad como criterios de autolegitimación.

El derecho penal –para quienes son de Humanidades no es novedoso–, es un saber que se cuestiona permanentemente en su legitimidad, lo que en el ámbito jurídico general no es así: el diseño de enseñanza es para crear técnicos, no saberes jurídicos científicos en el sentido crítico. El derecho penal, sin embargo, es junto con el derecho constitucional uno de los pocos saberes que se cuestionan a sí mismos no solamente en el contexto de aplica-ción, sino también en el contexto de legitimación, desde el punto de vista externo. Esto significa la posibilidad de que en la ética crítica pongamos en el tapete estas normas.

Lo importante de este punto normativo es con qué debe vérselas el derecho penal de hoy, y acá es donde quiero situar este proble-ma: el espíritu del tiempo de hoy (Zeitgeist) es un mundo sombrío,

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una «distopía». Si nosotros vemos a los principales intelectuales del mundo, están hablando de aquello que Hegel en su Filosofía del Derecho situaba en el equilibrio al que llegaba el espíritu en la eticidad, donde el Estado, la familia y la economía burguesa es-taban en paridad. Hoy, el subsistema economía «ha picado en punta», se ha desbocado absolutamente y ha dejado atrás a los Estados y, por supuesto, la familia se ha disuelto de su fun-ción tradicional. Este subsistema «economía» es suicida, porque abandona aquello que era la amalgama del sistema burgués, que era el trabajo, y ello tiene directa conexión con las cuestiones de inseguridad.

Hoy el valor trabajo no existe en el mundo financiero. Miren qué paradoja: una estafa a nivel planetario como lo es la «burbuja financiera» es solucionada en términos de dilapidación, al apli-car lo que critican los economistas tradicionales, ortodoxos, conservadores, que hablan de la maquinita de fabricar papel y moneda. Se fabricó moneda a un nivel gigantesco, sin que nin-guno de estos economistas dijera una palabra. Pero todo ello para salvar al sistema financiero, no para motorizar la econo-mía real. Por eso las reuniones de los gobernantes en Europa parecen una cena de gerentes de las grandes financieras inter-nacionales. No son precisamente estadistas, y el mensaje es este: salvemos al Euro.

Giorgio Agamben en uno de sus últimos textos, Altísima Pobreza, reivindica el modo franciscano de vida y dice que lo paradójico del capitalismo financiero, en esta secularización del mundo –desde Max Weber en adelante– es que ha fabricado una religión mons-truosa, y los bancos son los templos. Por eso este criterio, que es religioso, de salvar al Euro. Y este salvar al Euro significa, en una economía sin trabajo, la mitad de la población excluida. Y esta es la receta que se vende. Y tiene tanta paradoja suicida, que los fondos piratas que reclaman han generado la propia pre-ocupación de las finanzas a través del Fondo Monetario, que frente a un fallo contra la Argentina, que consagra semejante tropelía, dice: «Señores, no hagan esto porque no podemos hacer la reconstrucción de la deuda». Cuidado con el fallo porque no podemos reconstruir las finanzas. Por eso la tendencia suici-da que señalo. Este es el mundo financiero global que lleva a la desaparición del mundo burgués.

Esta retórica tiene un correlato penal, es la vuelta de rosca punitiva ante situaciones de no inclusión, es un mundo donde el giro punitivo habla del aseguramiento de las clases peligrosas. Entonces volvemos a penas infamantes, que son medidas de se-guridad sin tiempo, prisiones de inmovilización, y esto se da en la culminación con un Guantánamo o las guerras preventivas donde todos son sospechosos.

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Esta visión no es una visión uniforme. El derecho penal de todos los Estados no va para ese lado. Basta ver los países escandinavos. Y también basta ver los proyectos de reforma que existen en la Argentina, esta reunión y cualquier reunión del saber penal nues-tro, para verificar que nosotros nos resistimos a ambas tendencias. En el ámbito de la política nos hemos resistido; yo no soy del gobierno, pertenezco a la izquierda, pero hay que reconocer que hay algo importante de estos 10 años que es contrariar este discurso monolítico financiero, pues conserva vidas, y en el ámbito penal hay toda una discusión que me gusta señalar: los datos de la sociología criminal no tradicional enmarcan una crí-tica muy fuerte al funcionamiento del sistema de derecho penal como un sistema de violencia, de consolidación del statu quo a través de los sistemas de selectividad, que no son neutrales.

Ahora bien, esto tiene dos consecuencias: los sectores progresistas se han negado tradicionalmente a discutir en el marco de la de-mocracia el problema de seguridad como si no fuese un problema nuestro, y le hemos regalado el discurso de la seguridad a la de-recha. Y esto es un tema pendiente. El problema de la seguridad ciudadana, de los derechos de los ciudadanos, de la paz social, es un problema de la república, no de la derecha. Ya sabemos qué va a decir la derecha sobre la inseguridad. Pero nos debemos una autocrítica profunda los sectores progresistas al pensar que «eficiencia» en materia de seguridad es propio de las dictaduras.

Este fenómeno bifronte nos marca que hay un costado legítimo; lo que ocurre con el punto de vista externo es que desde el de-recho penal tenemos una legitimidad que está permanentemente puesta en jaque, condicionada, pero aún en el marco de esa le-gitimidad condicionada existe legitimidad democrática porque el derecho penal como herramienta de control social no tiene menos legitimidad que la democracia que lo sustenta. Por eso no puede haber derecho penal legítimo en una dictadura. En un Estado de-mocrático, la preocupación por el quebranto de las normas es una preocupación legítima. Y esto se enmarca en varios ítems. No solamente en la llamada macrocriminalidad, con la Corte Penal Internacional; esta Corte y las violaciones masivas a los derechos humanos demostraron la legitimidad del derecho penal en el senti-do de que hay males de los cuales los estados democráticos tienen que hacerse cargo con herramientas punitivas. Y también allí va a haber selectividad, pero eso no le quita legitimidad. Lo que hay que hacer precisamente es ir aumentando la contraselectividad para que no queden siempre los mismos. Los delitos no tradicio-nales, como la trata de personas, el lavado de dinero o la corrup-ción político-económica, son ítems que hacen a la susbsistencia del Estado de derecho. Y a esto hay que decirlo con todas las letras: la política del financiamiento ilegal de los partidos políticos –desvío de subsidios, etc.–, termina en la tragedia de Once. No es solamente un problema económico: es un problema de vidas.

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Esto pasa también en el derecho penal nuclear, donde de pronto descubrimos que un 50 por ciento de las personas habían sido olvidadas –vgr. el género femenino–. Como en el coro griego, son los niños, las mujeres, los inválidos los que reclaman justicia, es decir, protección y seguridad. Y no le reclaman al Estado dic-tatorial: le reclaman al Estado democrático. Y tiene que procurar dársela. Y hay legitimidad en el derecho penal para contestar racionalmente a ello.

Aquí entra el tema que como subsistema nos toca a nosotros, que es el marco procedimental, de la política criminal y del subsistema encargado por el Estado de la seguridad ciudadana de todos los días. Ya no aquella inseguridad existencial que se-ñalaba sobre la falta de trabajo. Suscribo lo que señalaba Rubén (Virué) para que veamos que las reformas pueden ser meramente de etiqueta o pueden tener subsistencia y consistencia. La refor-ma procesal de Entre Ríos que se está llevando a cabo cambia un sistema de compartimentos estancos por un sistema dinámico donde el rol del Ministerio Público Fiscal y el Ministerio Público de la Defensa controlan inmediatamente el conflicto desde su origen. Y precisamente en el tema de la seguridad y las agencias encargadas de la seguridad ciudadana que son todas las policías, lo que debe existir es el control democrático. Y el control demo-crático se hace desde la fiscalía, inmediatamente después del hecho, y desde los gobiernos, en cuanto al hecho anterior.

No hay desbordes policiales si los sistemas de gobierno no se lo permiten.

Este control inmediato evita que ocurran hechos como el lamentable caso Gorosito, al que se ha hecho mención aquí: el juzgamiento de tres funcionarios policiales, el segundo juicio después de diez años, donde se llegó a definición de la responsabilidad de es-tos funcionarios por la desaparición de un muchacho. Existió en el tiempo transcurrido un cambio cultural –y acá traigo esta de-finición junto a Norbert Elias– con un cambio de sensibilidad, nos avergüenza que puedan pasar cosas como las que pasaron en el primer juicio, donde la persona que era una de las víctimas era trasladada al debate en el mismo vehículo que los acusados , gra-cias a que el Servicio Penitenciario estaba intervenido, pues ambas partes –acusados y principal testigo– estaban privados de la liber-tad. Esto cambia con la intervención del programa de protección a testigos, donde el testigo-víctima era alguien que había quebran-tado las normas, se dio cuenta de que el derecho penal, entendido en el sentido constitucional, lo sigue considerando persona. Y eso es lo que entendió: por más que era un outsider tenía los mismos derechos y calidad de persona, y podía venir a contar que iba a comprar drogas con el desaparecido y esto no le quita la condición de persona. Con ese cambio cultural logramos definir el conflicto y responsabilizar a los acusados de este gravísimo ilícito penal.

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Lo que es importante del cambio de rol es que por vez primera se diseñan estrategias de política criminal, en el rol independiente del Ministerio Público Fiscal como del Poder Judicial, que ya no queda como un simple controlador de la legalidad, sino como un actor institucional dinámico que representa a las víctimas, a quienes hay que escuchar, no solo en términos formales sino precisamente en términos existenciales. Como el rol del fiscal es de parte, se pueden optimizar las posibilidades del accionar de la ciudadanía, integrando redes, equipos de trabajo e interactuar con todas las agencias que trabajan por la paz social en sentido amplio.

La Policía no es algo ajeno al Estado democrático: pertenece al Estado democrático. Lo que hay que hacer es dirigirla, del mismo modo como se viene haciendo desde hace muchos años en la Argentina –y debo reconocerlo más allá de mi disidencia en muchas cosas–, que por primera vez la agenda política no la marcan los grandes me-dios. A la agenda política la recuperó el Estado democrático a través de sus actores políticos. Mal o bien, de manera burda muchas veces, pero lo cierto es que los medios ya no marcan la agenda en el sen-tido político. Sabemos que los estados son muy débiles y las corpo-raciones muy fuertes. Como dice Ulrich Beck respecto a los estados de Europa: es como fabricar un auto que luego se da cuenta que no tiene dirección ni frenos. ¿Qué hay que hacer? A este proyecto de la modernidad en los estados europeos hay que sacarlo de

circulación, hay que mandarlo al taller. Y hay que repensarlo.

Sabemos que la selectividad existe y reproduce las desigualdades del sistema. Lo que hay que hacer es establecer líneas de políti-ca criminal que hagan contraselección, y que trabajen sobre los hechos más graves.

Yo vengo de la década del 70; recuerdo cómo entraba a la facultad del período de facto y todos los días nos palpaban de armas. Por supuesto, no la misma Policía que tenemos hoy, que pretende investigar con toda la innovación tecnológico-científica. Pero también tengo que hacer mi autocrítica: nosotros fuimos absolutamente despreciativos de las formas constitucionales, del consenso, fuimos autoritarios también en nuestro pensa-miento. Y los que venimos de esta época también lo tenemos que reconocer.

Quiero cerrar estas reflexiones con una idea de Foucault sobre la filosofía crítica: que ésta tiene que ilustrar un pensamiento en el ámbito penal que ponga en cuestión lo que estamos dispuestos a aceptar en nuestro mundo, rechazar o cambiar. Una filosofía crí-tica que investigue las condiciones, las infinitas posibilidades para transformar el sujeto, para transformarnos a nosotros mismos.

Esta es la idea que quiero compartir con ustedes, y les agradezco mucho.

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El Ministerio Público Fiscal de la Nación en la Provincia, su articulación con PROCUVIN.

Participación en investigaciones y juicios oralesde casos de violencia institucional

José Candioti

Elías Gorosito. Secuestrado el 13 de febrero de 2002 en la ciudad de Paraná por los policías Lisandro Rodriguez, Diego Salvador y Jesús Salvador López. Continúa desaparecido.

Fiscal ante el Tribunal Oral Federal de Paraná

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En primer lugar, retomando la idea de Rubén (Virué), quiero dejar en claro que la Argentina ha sufrido una violencia institucionaliza-da, porque en un período de su historia, del ‘76 al ‘83, sufrió una violencia del Estado organizada para vulnerar sistemáticamente los derechos de los ciudadanos. Hay que dejarlo en claro: está pro-bado por la historia y la Justicia. En todas las provincias del país se secuestraron personas, se las desapareció, hubo allanamientos ilegales. En Entre Ríos tenemos dos sentencias dictadas por el Tribunal Oral Federal que dan cuenta de esto con grado de certe-za: tres jueces en forma unánime lo declararon en la última cau-sa, denominada Harguindeguy, y quedó acreditado que existieron secuestros de jóvenes en la vía pública, que se los llevó a lugares de detención, que hubo tormentos. Esto pasó en Concordia, Con-cepción del Uruguay y en Gualeguaychú. En la primera sentencia de la causa Hospital Militar quedó acreditado también que existió un alumbramiento clandestino de una persona que estaba secues-trada en Rosario y fue llevada a Paraná por un grupo de tareas; que allí tuvo dos niños, uno de los cuales por suerte recuperó su iden-tidad, Sabrina Gullino, que hoy busca a su hermano. Esto pasó en la Argentina. Me parece importante hacer esta diferenciación: ahora en

democracia las cosas son totalmente distintas, hay casos de violen-cia institucional, pero no en forma generalizada sino creo que muy minoritaria, porque actualmente la democracia ha posibilitado que las fuerzas de seguridad estén subordinadas al poder político, cumpliendo el rol que tienen y respetando el derecho ciudadano.

Dejando asentado esto, tuvimos también en Paraná a principio de este año, en febrero, una causa por violencia institucional, de apremios ilegales, contra un subcomandante de la Gendarmería Nacional. Se había hecho un procedimiento de control y había una denuncia que una banda de piratas del asfalto se movili-zaba en un Ford Falcon; Gendarmería intercepta a esta gente y los confunde con piratas del asfalto; ellos en realidad eran pes-cadores, tenían armas pero luego se acreditó que venían de pesca. Se produce esto y uno de los cuatro conductores denun-cia que fue apremiado. Se acreditan las lesiones y la causa llega a juicio oral, donde estuve como fiscal del juicio. Luego del debate no se produjo una sentencia condenatoria, pero quiero hacer esta salvedad: el Tribunal absuelve por el beneficio de la duda y deja corroborado la existencia de los golpes, pero dice que hay una

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duda razonable respecto a quién fue el autor de los golpes siendo que la comisión de gendarmes estaba compuesta por múltiples integrantes.

Lo importante de señalizar en este caso son dos cuestiones: la primera es que ante la denuncia de una persona, los operadores judiciales respondieron y se abocaron a la investigación como es su deber. Existió una imputación donde el representante del Ministerio Público dio por acreditada la sospecha razonable para el inicio de la investigación; existió un juez que dictó autos de pro-cesamiento, al considerar que la probabilidad en cuanto a la comi-sión del delito estaba acreditada; existió otra fiscal que formuló el requerimiento de elevación a juicio. No se quiso tapar, proteger al miembro de las fuerzas de seguridad. Y de la misma manera la vícti-ma expresó esto en el juicio, que en un primer momento le dijeron que no denuncie, ya que si los operadores judiciales trabajan con estas fuerzas, «¿quién va a querer investigar este hecho?». Desde la Secretaría de Derechos Humanos del Juzgado Federal lo llamaron diciéndole que denuncie el hecho, porque le iban a dar la protección necesaria. La víctima dijo: «Yo celebro que esto sea así». Y la Gendarmería tampoco intentó encubrirlo: se hizo un sumario administrativo tras el hecho, y no sólo eso, sino que durante el debate los propios compañeros y subordinados de ese entonces declararon en forma incriminante, no señalando a esta persona como el autor concreto, pero sí haciendo referencia a que habían

sentido gritos de la víctima para que no le peguen, lo cual para la fiscalía fue importante.

También me parece importante señalar que para la verificación del cumplimiento de las garantías de los ciudadanos, en el Tribunal Oral de Paraná lo que se hace son audiencias orales con la jueza de ejecu-ción, y con todos los presos condenados federales se hacen au-diencias orales en las cuales ellos pueden expresar sus condiciones de detención, sus críticas al cumplimiento de la ejecución de la pena, que le da a la persona privada de la libertad una serie de derechos, como salidas sociolaborales, salidas transitorias, visitas familiares, libertad asistida, y distintos institutos lo que buscan es la resocia-lización de la persona asistida. Y se realiza con la presencia de la jueza, el defensor y el fiscal. Digo esto porque creo que es un deber. No es ajeno al Poder Judicial el control de las condiciones de deten-ción de un ciudadano.

Traigo a colación esto por un dictamen de abril de 2013 de la Procuradora General, porque justamente un Tribunal dijo que la cuestión carcelaria era ajena al Poder Judicial: una persona pri-vada de su libertad se quejaba de que en los traslados que se le realizaban se le ponían en las piernas grilletes, muchas veces se había caído y eso iba contra su derecho a la salud. Se presentó un habeas corpus correctivo, y la doctora Gils Carbó en un dictamen extenso dice que no puede ser que los jueces de la República se

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desentiendan de esto, siendo que ellos tienen que velar por el res-peto a las garantías. Los jueces son garantes. No es solamente una competencia del Servicio Penitenciario.

Nosotros como Ministerio Público hemos tenido participación en casos de funcionarios judiciales que han sido sometidos a proce-so, ya sea por apremios o sospechas de que estaban involucrados en otros casos. La ciudadanía no tiene que equivocarse con este discurso de que si se enjuicia a un miembro de una fuerza de se-guridad por considerar, por ejemplo, que está encubriendo un de-lito contra el narcotráfico, se está siendo funcional al narcotráfico porque se criminaliza a quien lucha contra este flagelo. La lucha contra el narcotráfico nunca se hace con procedimientos armados, aplicando apremios a la persona detenida. Se hace con el respeto a todas las garantías. Y esto es importante resaltarlo. El Ministerio Público, como lo dice la Constitución en su artículo 120, también es garante de la legalidad: es su obligación ante denuncias de violencia institucional acometerse e investigarlas.

Por último, se me ha pedido que diga cómo es la relación del Ministerio Público Fiscal en Entre Ríos con las unidades espe-ciales de la Procuración. Yo creo que es una relación fluida, tanto con la Unidad de Derechos Humanos como con la Unidad de Trata de Personas. Yo soy un defensor de la creación de las uni-dades especiales, que es una política de la Procuración de largo

tiempo, ya adoptada por el Doctor Righi cuando era procurador. El doctor Becerra, el anterior procurador, ya las había creado en el área de derechos humanos, no con el impulso que le dio Righi, pero ya funcionaba. En materia de derechos humanos han dado muy buenos resultados en todo el país, asesorando fiscales; para mí esas experiencias, donde se crearon unidades en el interior del país –y Paraná la tiene- sirve para regionalizar los problemas, para entender en materia de delitos de lesa humani-dad, por ejemplo, de cómo era la represión en nuestra provincia. Y creo que esto se podría replicar en trata de personas; yo así lo he sostenido.

Espero que a esta relación fluida que tenemos los fiscales entrerrianos con las unidades, la tengamos de aquí en adelante con la Unidad de Violencia Institucional a cargo del doctor Abel Córdoba.

Muchas gracias.

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Creación de la PROCUVIN.Objetivos y fucionamiento.

Criterios de actuación de la Procuraduría

Abel Córdoba

Fragmento de la obra «Pesadilla de los Injustos» de Antonio Berni.

Titular de la Procuraduría de Violencia Institucional (PROCUVIN), dependiente del Ministerio Público Fiscal de la Nación

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Los conceptos que vengo escuchando me parecen por demás alentadores, en una materia donde yo soy bastante escéptico de que los enfoques que podamos llegar a tener desde algún lugar particular nos puedan dar resultado. Si solamente las fiscalías nos abocamos -aunque sea con todas nuestras energías- a trabajar para tratar de comprender la violencia institucional, si no hay un abor-daje al mismo tiempo desde la Defensoría, el Poder Judicial, pero por sobre todo desde las políticas, estaríamos destinados al fracaso desde la misma enunciación.

La impunidad de estos hechos es sumamente grave, y amerita sentarnos a hablar de esto e ir hacia la implementación de diferen-tes soluciones y abordajes.

Quiero destacar que la primera palabra que vi en el programa es seguridad, y me parece por demás relevante que estén seguridad y derechos humanos planteados al mismo tiempo, porque sin que eso implique desconocer cuál puede ser la vivencia de los ciu-dadanos –sobre todo de los centros urbanos, donde hay bastan-te demanda de protección- lo central es no contraponer lo que

puede llegar a ser un reclamo legítimo, que tiene que tener una canalización política y también judicial, con las vigencias de las garantías procesales, personales y ciudadanas. Esto está en el núcleo de los planteos.

Generalmente acá no hablamos de víctimas de un solo hecho: son biografías que padecen la violencia desde los primeros años de vida. Una violencia muchas veces interfamiliar, un desplazamien-to, una situación de vulnerabilidad social, una marginalidad eco-nómica; a partir de los 8 ó 9 años son vidas que están instituciona-lizadas, directamente al alcance del poder de fuego y violento de las instituciones que tienen despliegue territorial, en principio, e institucionalizan privando de la libertad, luego. Estamos hablan-do de qué pasa en la sociedad cuando se le aplica a esas biografías, cuando esas personas luego son muchas y ese fenómeno es cons-tante, y no tiene por parte de otros actores públicos sino ratificación y estigmatización de que son el mal.

Franz Fanon ya planteaba desde otro punto de vista una reflexión sobre este tema, y sobre todo sobre el sentido circular de la violencia.

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La violencia que se aplica sobre estas biografías obviamente que no queda ahí: esto luego genera una condición de violencia que se platea en términos sociales o que se expresa en el espacio público. También la legitimidad de la violencia que pueden llegar a plantear algunos discursos que contraponen la seguridad y los derechos, está negada por la simple reflexión que uno puede tener delante de un preso en cualquier cárcel del país, cuando le pregunta: «Estás hace tres años, ¿qué pasó con vos, vas a salir mejor?». Aun con personas que han asumido sus hechos y la necesidad de legitimar un castigo, la respuesta unánime es «acá me tratan como un animal o peor, y yo de acá salgo peor». Las referencias suelen ser a los errores: «Yo hice algo, pero eso no implica que tengan que tener-me así, me hagan determinadas cosas o me torturen». Y también está la sensación de que eso no se lo hace solamente el penitencia-rio que lo agarra a patadas a la madrugada: se lo hace la sociedad en algún término, lo habilita un juez, y al fiscal lo ve por última vez cuando lo acusa. Este esquema es el que se intenta romper, alterar.

La tensión no es entre garantías y seguridad, sino entre el poder de la ley, judicializado, contra el poder de los hechos, violento y puniti-vo. Esta es la tensión que se da en verdad, y que la seguridad queda ajena a esta disputa. Esta violencia no sólo es expresión de una biografía violenta de un policía o penitenciario, sino que es una expresión social, no sólo de clase alta, sino también muchas veces de sectores populares, que conforman un núcleo de pensamiento

muy influenciado por un discurso de mano dura. Eso viene a saciar un deseo primitivo de agresión hacia quien es considerado una persona maldita; ahí es donde quienes contamos con recursos, con el poder de influir en lo político y judicial, tenemos el rol de direccionar el poder punitivo limitándolo a los estrictos márgenes de lo que está previsto en la ley.

La privaciones filtradas por la selectividad inicial que se decide en las veredas de los barrios marginales en los centros urbanos, que le impone durante largos años, es inútil, no tiene ningún tipo de sentido. En algún punto uno tiene que preguntarse: «¿Para qué se tienen 25 años encerrada a una persona en una jaula?» Ya que eso se va a hacer, que está habilitado en términos sociales, hay que preguntarse qué se va a hacer con esa persona durante todos esos años.

Lo mismo ocurre con la formación de las fuerzas penitenciarias. Si las cárceles de diferentes jurisdicciones son prácticamente infer-nales, hay que también empezar a reflexionar que ése es el ámbito de trabajo de las fuerzas penitenciarias, que en muchísimos casos cuentan con diferentes composiciones y si uno habla con quienes componen la base de estas fuerzas, sienten que son parte de una institución que los discrimina, castiga, que están sometidos a un verticalismo. Y la constante: yo identifico actividades donde las personas son tratadas como infantes, como chicos, toda su vida.

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Las instituciones policiales son una de estas cuando no están estructuradas de modo democrático, cuando son verticales. Hay una reglamentación absoluta y constante.

En lo más judicial, tenemos un problema grave: por un lado tenemos la legislación del Código Penal que establece claramente cuáles son las conductas que se van a apelar en funcionarios pú-blicos que cometan torturas, priven ilegalmente a alguien de la li-bertad. Esta legislación alcanza, no hace falta reformar más allá de detalles, ni los jueces ni los fiscales estamos limitados para avanzar con los autores de hechos de violencia institucional. Por otro lado, desde el punto de vista del procedimiento no hay objeciones en términos constitucionales para sancionar a quien se probó que haya hecho alguna de esas conductas. La lesividad, la entidad del daño contra una persona, es algo comprobable, sobre todo a par-tir de los desarrollos que ha habido en los crímenes de lesa hu-manidad. Hemos comprendido lo que lesiona un acto de tortura, cómo no sólo queda en el dolor físico del momento sino que son quiebres en la vida de estas personas, que han pasado cárcel ilegal, y cómo eso repercute en los hijos y altera todo un funcionamiento familiar, incluso hasta el segundo grado de descendencia. Pero al mismo tiempo no tenemos avances significativos en los procesos: no hay condena, y no sólo eso sino que la mayor cantidad de con-denas por casos de tortura están aplicados a la inversa, se le apli-can a personas particulares que en ocasión de un robo enchufan el

velador, sacan un cable y electrocutan a una persona. Esas son la mayoría de las condenas en las que se aplica esta legislación y no en los casos para los cuales inicialmente estaba prevista, porque el fundamento de aumentar las penas desde 1984 y es precisamente tutelar de algún modo a las personas más expuestas a la tortura, que son las personas privadas de su libertad o detenidas.

Lo propio ocurre con lo que uno puede reflexionar acerca de la legalidad de las cárceles. Uno se pregunta cómo es posible que detrás de un muro o reja ya no rija ni la constitución ni la legali-dad. Las personas que están encerradas en el sistema carcelario en definitiva no son ciudadanos.

A partir de ese análisis, y en consonancia con la política de la Procuración es que se decidió formar la Procuraduría que está a mi cargo sobre violencia institucional, con el objetivo de mejorar el rendimiento de la actividad fiscal en estas causas. Como es un problema que excede lo estrictamente judicial es que estamos arti-culando en términos de políticas públicas con diferentes ámbitos, provincias y Nación, e incluso lo que va a dar resultado es el traza-do de redes con actores que estén trabajando en territorio a partir de un objetivo genérico: asegurar la legalidad de la ejecución de la pena y que rija el principio de igualdad ante la ley. Todos basamos cada dictamen, sentencia y pronunciamiento en la vigencia del orden jurídico, pero en algún punto nos hace ruido que cuando

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pedimos pena en nombre de un orden jurídico vigente que rige para todas las personas, nosotros al mismo tiempo decimos que no, que la persona privada de su libertad está también privada de la dimensión cultural, porque está privada de los desarrollos de la medicina, nada menos. En el sistema carcelario bonaerense hay chicos de 19 años que han muerto de infección en una muela. Esto es privar a una persona de la dimensión cultural, porque los desarrollos que hacemos, todo lo que se invierte en una univer-sidad para que se desarrolle la medicina, se lo priva a ahí a esa persona. Y lo propio ocurre con el derecho. Hay que reflexionar cuál es el rol de las casas de altos estudios respecto de poner una orientación grande en cada carrera al servicio de los problemas más urgentes de la sociedad, y éste es uno de esos. No siempre se encuentra el abogado que lleve adelante casos de violencia institu-cional o el médico que esté dispuesto a dar asistencia. Eso hace al abordaje integral de este tema.

Más allá de que podría enunciar las dificultades de por qué no podemos avanzar generalmente en imputaciones por tor-turas contra funcionarios públicos, hay ahí un nexo entre lo que son las policías en su rol de auxiliares de la Justicia, que en realidad son quienes dirigen las investigaciones. También puede pasar por la consideración prejuiciosa de muchos acto-res judiciales hacia las víctimas, de quienes desconocen cómo viven, cómo es la dinámica de la vida en una villa. Comprender

más allá de la vida en un juzgado, que es bastante pacífica y distante.

Quiero hacer hincapié en que el problema que tenemos desde el sistema judicial es que no le reconocemos a la víctima la palabra. En los juicios de lesa humanidad la gran diferencia, el principal avance jurídico fue reconocerle entidad ontológica a la palabra de la víctima. Si hoy un sobreviviente se sienta frente a un tribunal oral y dice «a mí me torturaron de tal día a tal otro», hay un contenido que luego es traducido en la sentencia como verdad judicial. Es el avance más grande de los últimos años y es lo que está pendiente en violencia institucional. Hay que aprovechar el desarrollo en esta materia que es equivalente, porque si uno ha-bla con una persona que fue sometida a un simulacro de fusila-miento hace dos semanas, el relato con la víctima de la dictadura es equivalente. Lo que no es igual es la respuesta judicial, y ahí hay un trabajo muy grande que hacer. Obviamente las víctimas son muy distintas a las de la dictadura en términos generales, que eran personas politizadas y tenían una cosmovisión que les permitía reinterpretar lo que estaba pasando; en el caso de las víctimas de violencia institucional están mucho más desprovistas de recursos para interpretar incluso su condición de víctima. Si nos niegan la posibilidad de hablar hay un nuevo acto de violencia que se comete contra la persona; la tarea pasa por no usar el contenido simbólico del lenguaje para ampliar los abismos que ya tenemos,

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porque quienes pasamos por las universidades provenimos de clase media-baja hacia arriba, no han llegado –y recién en los últimos años con la creación de nuevas universidades en el conur-bano van a empezar a matricularse– personas que hayan padecido más de cerca esas situaciones. Ya tenemos un abismo de diferen-tes biografías que en muchos casos es aprovechado para ahondar diferencias y la clausura de la palabra de la víctima hace al sello corporativo como característica del Poder Judicial.

Hay dos casos que quiero poner como ejemplo. Para el Poder Judicial sería revolucionario escuchar a la víctima: ir a la celda, sentarse y charlar 20 minutos con cada uno. Eso provocaría un cambio que por otro lado sino va a llevar décadas. En el Penal de Córdoba, unos días después que se hiciera inspección por parte de la Procuraduría donde retiraran cadenas usadas para torturar, en un pabellón relativamente tranquilo, apareció ahorcado un chico de 19 ó 20 años. Y a esto me refiero con que a la tortura no la vamos a entender sólo como un dispositivo que hay para ha-cer padecer, sino si la rescatamos como experiencia humana. En este caso, él estaba detenido hace tiempo en el centro de Córdoba, y la presión del Servicio Penitenciario era llevarlo a Cruz del Eje, a 200 kilómetros. En ese traslado dejaba de ver a su hija, de tener contacto familiar, y esto era por tiempo inde-finido. Este padecimiento que uno puede comprender, privado de la libertad es muchísimo más grave, y la presión sobre una

persona muchísimo mayor. Esta fue la situación que lo llevó a ahorcarse.

Esa situación, comprendida en términos existenciales y humanos, es una situación que claramente puede ser clasificada como tortura, pero si uno no entra en el relato de la víctima simplemente dice «se mató».

Y el otro ejemplo que pone muy en claro esto es el caso que ocurrió en Reconquista, cuando la Brigada Antinarcóticos torturó a dos per-sonas antes de detenerlas. Al momento del procesamiento, el juez federal dispuso que no eran torturas lo que habían padecido, sino apremios, una calificación menor, no es un hecho de una crueldad extrema. Ellos relataban todo como si fuera una tercera persona, no lo valoraban.

Yo dos semanas después fui al Penal de Chaco, donde estaban detenidos; todavía tenían la mandíbula quebrada, la cabeza defor-mada y se podían mover apenas. Pero más allá de eso, al rato de estar charlando con una de estas víctimas le pregunté cuál era el dolor que tenía, su padecimiento, qué le había quedado. Y ahí surge algo que no fue tenido en cuenta, y es que no dormía: desde que le pusieron la bolsa en la cabeza, su pesadilla apenas empieza a conciliar el sueño es que ve a toda su familia en-sangrentada, y su familia está amenazada, con lo cual hay una relación entre el hecho violento de tortura y el padecimiento,

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que si uno no indaga y se posiciona cerca de la víctima… ahí está la posibilidad de cambiar este enfoque.

Más allá de esto, que es una propuesta y convencimiento, es sumamente importante que una política dispuesta a trabajar con estas situaciones se asegure institucionalizar determinadas herra-mientas en términos jurídicos, para que salgan de los vaivenes de la política. Es sumamente importante el Mecanismo de Pro-tección contra la Tortura y así con cada uno de los programas y ámbitos que se creen. El discurso es «la política quiere destruir la institución judicial», como si la institución judicial no fuera la cris-talización de políticas anteriores, y sobre todo dictatoriales o del menemismo. Es el sedimento de decisiones político-judiciales que hoy están plasmadas en un sesgo corporativo. Estoy convencido que la política tiene la capacidad de instituir realidad, programas e ideas. Desde el Ministerio Público Fiscal lo hemos hecho con las procuradurías. La confluencia política y judicial tiene que ir en este sentido.

Muchas gracias.

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Acceso a la justicia de los sectores en situación de vulnerabilidad.

El rol de la defensa pública en los casos de detenciones ilegales y arbitrarias

Maximiliano BenítezDefensor General de la provincia de Entre Ríos

Fragmento de la obra «Masacre en Corea», de Pablo Picasso

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Cuando se nos propuso a los ministerios públicos la adhesión a esta jornada, inmediatamente estuvimos de acuerdo. Porque creemos que es una cuestión muy importante y estas cosas hacen a la construc-ción de la ciudadanía que todos buscamos, con el convencimiento de que las cosas que se hablaron en el panel anterior en gran parte van a terminar de ocurrir en la medida que cada uno de los ciudadanos tengamos claros cuáles son nuestros derechos.

No puedo antes de comenzar sino hacer alguna referencia a los temas que se discutieron en el panel anterior, muy diversos y tratados con mucha altura. No puedo más que coincidir al decir que se ha avanza-do muchísimo. Era impensado hace unos años atrás la posibilidad de juzgar en nuestro país a los delincuentes de lesa humanidad y que esos delitos obtuvieran por parte de la Justicia la condena que se merecían.

Tampoco puedo no referirme a lo mucho que se ha avanzado en Entre Ríos. Y a esto se los dice alguien que fue víctima de la violen-cia institucional, porque el 14 de agosto de 2002 funcionarios po-liciales me pusieron una bomba en el auto; sé de lo que hablo. Esa policía ha cambiado muchísimo y tenemos que destacarlo.

Pero esto no quiere decir que nos tenemos que conformar, para nada: hay que seguir avanzando y trabajando. Sin embargo, debemos reconocer que esa Policía se ha profesionalizado.

Lo mismo ocurre con el sistema penitenciario. Recuerdo que en aquella época, como refirió Coque (Jorge García), el sistema peni-tenciario estaba intervenido, y era realmente un desastre. Quienes vi-sitábamos periódicamente la cárcel veíamos cómo los internos iban perdiendo peso. Eso ha cambiado en forma enorme, aunque no de-bemos conformarnos. Tenemos que ir cambiando las cárceles que te-nemos, que en muchos casos son muy antiguas. Ustedes se imaginan que la cárcel de Gualeguaychú es de 1870 y pico; uno tiene miedo de estornudar y que se caiga un pedazo. Hay muchos sectores inhabilita-dos, porque no hay seguridad para ingresar. La humedad es impresio-nante. Y la cárcel de Concordia es de 1895 ó 1898, y está preparada para 70 u 80 internos y hay 160 ó 170. Y hay dos cárceles nuevas en la provincia, una en Federal y otra no inaugurada en Gualeguaychú.

Con esto quiero señalar que se ha avanzado mucho, pero aún hay mucho por hacer.

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El tema del que se me propuso hablar es sobre el acceso a la Justicia. Este es un tema que está en la agenda de los organismos internacionales desde hace muchos años, es decir, cuando se habla de acceso a la Justicia en principio se ha querido señalar el acceso de todos por igual, y no solamente aquellos con posibilidad económica de hacerlo.

He tomado algunos pactos internacionales en forma arbitraria para señalar que esto es algo que viene desde hace mucho tiem-po, pero lo que sí es nuevo es que el acceso a la Justicia se ha eri-gido en los últimos años como un verdadero derecho humano. Y en esto tiene mucho que ver la defensa pública oficial, integral y gratuita, como la tenemos en la Provincia de Entre Ríos. No en todo el país reviste esta calidad, y mucho menos en países de la región. Tenemos estados en nuestra región que no tienen defen-sas públicas porque están dentro del Poder Ejecutivo, o tenemos provincias de nuestro país sin ese artículo 120 de la Constitución de una defensa pública, integral y gratuita. La mayoría de las pro-vincias (Buenos Aires, Santa Fe, Córdoba, Mendoza, etc.) aún no tienen defensas públicas, autónomas, independientes, integrales y gratuitas. Y en otros países, como Chile, la defensa se limita a lo penal. No pública, sino mixta: ¿cómo cumple el Estado con la obligación de brindarle un abogado a quien lo necesita? Contra-tando a determinados estudios jurídicos por –por ejemplo– cien causas. El mismo Estado sortea qué causa le corresponde o qué

preso será defendido por tal estudio jurídico. En todos los lugares donde se ha ensayado este sistema no ha dado resultados, en primer lugar porque no tiene un magistrado especializado en defensa, en segundo porque con posterioridad no hay cómo re-criminarle, porque lo único que une al Estado con ese estudio es un contrato de servicios. Y lo que ocurre es que en muchos casos se contratan grandes estudios jurídicos cercanos al poder que en determinadas causas, en lugar de ir su cabeza, llevan gente sin experiencia a la que le pagan una partecita.

Quería significar esto porque es muy importante que en Entre Ríos tengamos este tipo de defensa. Una defensa que además de ser pública es integral, es decir, no se limita únicamente a la cues-tión penal sino que hay gente que concurre a hacer amparos de salud, a presentar habeas corpus, y generalmente, como refería, es difícil encontrar un abogado particular que presente determinados habeas corpus, y en la defensa siempre lo encuentran para ejercer un derecho cuando está vulnerado.

Aun antes de la Constitución del ’94, que incorpora este pacto a nuestra Constitución Nacional, se habla en el artículo 14 que toda persona tiene derecho a ser oída públicamente, a la necesidad de que todos los tribunales puedan escuchar a las partes con la debida garantía.

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El otro pacto que no podía dejar de mencionar es el de San José de Costa Rica, de 1969. Como ven, el acceso a la Justicia no es algo nuevo. El artículo 25 dice que toda persona tiene derecho a un recurso sencillo y rápido o a cualquier otro recurso efectivo ante los jueces de tribunales competentes que amparen contra actos que violen servicios fundamentales reconocidos por la Constitu-ción, la Ley o la presente Convención, aun cuando tal relación sea cometida por personas que actúen en ejercicio de sus funciones oficiales. Es decir, se puede presentar un habeas corpus contra un acto de la Policía, el servicio penitenciario, algún otro orga-nismo del Poder Ejecutivo o también del Judicial. Dice algo muy parecido el convenio europeo de Derechos Humanos, y dentro de un plazo razonable; esto es una de las cuestiones por la que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha condenado a la Argentina.

Existen otras dos resoluciones de suma importancia para el acceso a la Justicia, que son la resolución del Consejo en Mendoza el año pasado. No es que se le da porque sí la autonomía a la defensa pública, sino para que tengan acceso a la Justicia las personas en condiciones de vulnerabilidad. La otra es la 2714 de la Asamblea General de la OEA, donde se afirma que el acceso a la Justicia es un derecho humano fundamental, que permite restablecer el ejercicio de esos derechos reconocidos como vulnerados.

No hay duda que el acceso a la Justicia es un derecho humano fundamental, ya está en resoluciones internacionales. Aquel Estado que no cumpla con esto estará incumpliendo resoluciones.

El acceso a la Justicia está íntimamente ligado con la necesidad de resolver los conflictos de los ciudadanos, garantizando el cumpli-miento igualitario. Y ha tomado mayor envergadura a partir de las Reglas de Brasilia, que fueron aprobadas en marzo de 2008. Esta es una acordada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y también del Superior Tribunal de Justicia de nuestra provincia de septiembre de 2009.

Acá se menciona qué se considera condición de vulnerabilidad, es decir, aquellas personas que por razón de su edad, género, es-tado físico o mental o cualquier otra circunstancia tienen dificul-tades para ejercer con plenitud sus derechos. Y enumera cuáles son concretamente esas personas, y se puede ampliar. Esto es la edad, la discapacidad, la pertenencia a comunidades indígenas o minorías, la victimización, migración, pobreza, género y privación de libertad.

Cabe preguntarnos ante esta legislación qué hemos hecho en concreto en Entre Ríos, de 2009 a la actualidad, para tratar de garantizar los derechos de personas en situación de vulnerabilidad. Se elaboró conjuntamente con otros órganos de gobierno el protocolo

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interinstitucional de actuación en casos de abuso sexual infantil. Y acá cabe mencionar que antes de la existencia de este protocolo los chicos abusados iban primero a la Policía, venían de contarle a un funcionario policial qué le había ocurrido, de ahí lo manda-ban a tribunales, donde lo revisaban médicos forenses, con todo lo estigmatizante que puede ser para un niño o niña ese tipo de revisaciones. Iban a un Juzgado de Instrucción, donde le contaban lo ocurrido a un empleado y si tenía suerte lo volvían a llamar cuando era el debate público, si encontraban al abusador, y se lo llevaba a juicio y tenían que relatar ante un tribunal oral, ante tres jueces, el fiscal, el defensor y a veces ante el imputado. A partir del protocolo esto se ha modificado totalmente. Se busca proteger el interés del niño y no revictimizarlo.

Nuestro interés, y en esto coincidimos con el Ministerio Público Fiscal, es encontrar la prueba que permita dictar quién fue el autor del hecho, porque la peor revictimización para un niño es que nunca se pueda descubrir al autor o, sabiendo quién es, no se pue-da probar en un juicio la autoridad del mismo y por lo tanto se lo deba absolver.

Y se ha establecido –lo cual es de fundamental importancia– que quien hace la denuncia es el Ministerio Pupilar, porque general-mente estas denuncias venían por las escuelas o los centros de salud. Y ocurría que después de hacer la denuncia –y generalmente

estos delitos son intrafamiliares–, con posterioridad la causa se titulaba con el nombre de la maestra «denuncia abuso sexual», en-tonces el imputado se enteraba quién había hecho la denuncia y la esperaba a la salida de la escuela para ejercer algún tipo de ame-naza. Para evitar eso, el Ministerio Pupilar hace la denuncia y hay un teléfono abierto al defensor en turno cualquier día a cualquier hora.

Luego la cámara gesell, que para no reproducir lo que ocurría –que los niños tengan que declarar constantemente–, hace que los chicos declaren en primer lugar con profesionales preparados. Esa testimonial es videograbada y se escucha las veces que se ten-ga que escuchar. De manera tal que los jueces no tienen que volver a llamarlos constantemente para que vuelvan a relatar lo mismo. Para eso deben reunirse las partes, convenir qué se le va a pregun-tar, y después este equipo técnico hace un informe. Si eso no le parece suficiente al juez, puede pedir otra pericia y tratamos que la tome el mismo psicólogo que intervino en la testimonial, para no contarle nuevamente a una persona desconocida.

Es increíble lo que ha aumentado la cantidad de condenas por delitos de abuso sexual desde que tenemos este dispositivo. Por-que no solamente brinda la posibilidad de que el niño no sea revic-timizado, sino que brinda una herramienta de incalculable valor a los jueces al momento de decidir. Antes la pregunta era si el chico

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fabula. Una vez que se da el testimonio en cámara Gesell, les puedo asegurar que no le pueden quedar dudas a nadie.

Solamente me queda decir que además de esto hemos hecho en la Defensoría algo muy importante como acceso a la Justicia, que es el Registro de Adopciones. Esto apunta a que todas las perso-nas que quieran ser adoptantes puedan inscribirse de una manera segura, totalmente transparente, y apuntamos a que se termine el tráfico de niños en la provincia. Ustedes saben que nuestra provin-cia fue condenada por la Corte Interamericana por una adopción que no fue tráfico, pero sí irregular. Creo que una de las violencias más grandes que puede sufrir una mujer es que le arranquen un niño. Tenemos niñas muy pobres, pequeñas de 16 años a las cua-les vienen matrimonios con mucho dinero y les llevan los chicos justamente por su condición de vulnerabilidad.

Muchas gracias.

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Campaña contra la Violencia Institucional en Santa Fe y el rol de la defensa pública

Gabriel Ganón

«Cicatrices 12». Lápiz sobre papel de la artista plástica argentina, Gladys Abitante.

Defensor General de la provincia de Santa Fe

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Hoy en nuestro país estamos viviendo un momento histórico que tiene que ver con la posibilidad de que se lance en todo el país una campaña de prevención contra la violencia institucional. Y esto tiene claramente que ver con la construcción de la memoria colec-tiva de lo que pasó en la última dictadura, y una apropiación de la militancia y el movimiento de derechos humanos de esas ideas y esa búsqueda, de lograr justicia. Me parece que la puesta en escena de esa militancia durante treinta años, buscando justicia, es algo que también está en discusión: qué tipo de justicia, de derecho, de jueces. También tiene que ver con la construcción de una manera diferente de tomar las decisiones judiciales.

Me parece que el discurso y el lenguaje son instrumentos básicos nuestros como personas. Y según la manera que hablamos, discu-rrimos, escribimos, vamos construyendo una determinada manera de ver la realidad. Cuando se eufemiza la palabra tortura, cuando se dice que el delincuente torturó, que el marido torturó a su mu-jer, esta utilización es grave porque la palabra tortura tiene una historia determinada y utilizarla para describir en los medios las conductas de los particulares nos está introduciendo en un terreno

de la ambigüedad y la equiparación. Es como si volviésemos a la vieja teoría de los dos demonios: los terroristas torturan y el Esta-do por eso tortura. Ese discurso está muy presente no sólo en nuestro país sino en el discurso que van construyendo las po-tencias mundiales para justificar la violación de los límites lega-les, utilizando la violencia para obtener un determinado fin justo.

Esta utilización de la violencia por fuera de los límites que el derecho estableció con la revolución burguesa es la posibilidad de ir siempre un poco más allá. Y en esto es muy paradigmática y cuando hemos estado llevando adelante con los compañeros del Movimiento Evita esta campaña les decía que traten de mirar un documental que es muy gráfico sobre esto que está sucediendo con la utilización de un discurso en la búsqueda de fines justos, y la búsqueda de cualquier medio para alcanzarlo. Se llama Taxi al lado oscuro, dura 25 minutos y muestra claramente cómo se permite rutinariamente la utilización de procedimientos por fuera de la legalidad para obtener un determinado fin, detener a una persona sin darle ningún marco legal.

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El derecho fue, con la revolución burguesa, el envoltorio conceptual de la violencia. Pero los límites precisos nunca es-tuvieron claramente prefijados. En un artículo muy cortito que escribe Walter Benjamin hace 70 años, Para una crítica de la violencia, describe cómo estos dos modelos, el del derecho natural que per-mite utilizar cualquier mecanismo violento para obtener un fin justo entra en tensión permanente con el modelo del derecho po-sitivo que dice cuáles son los mecanismos que pueden utilizarse para obtener el fin de la legalidad. Acá se utilizaron una serie de categorías: se habló de legitimidad, la Justicia y el derecho. Una cuestión que deberíamos tratar de preguntarnos es si es posible elaborar, en relación a todas y cada una de las categorías, un dis-curso justo sobre qué es la justicia. Si es posible, ¿no estaríamos amenazando al modelo de derecho?

Hay una contradicción tan esencial entre el modelo de la legalidad y el de la legitimidad que nunca se afina lo suficiente. La legitimi-dad es lo que se obtiene a través del consenso, y la legalidad es lo que dice la ley. Y esta tensión nunca se termina de resolver. Como no se termina nunca de resolver la relación entre el derecho y la justicia. Cuando nosotros discutimos que estamos yendo hacia un modelo de justicia legítima lo que estamos diciendo en definitiva es qué tipo de modelo de derecho y qué tipo de decisiones judi-ciales son las que queremos. Y el tipo de decisiones judiciales que queremos no se construye con la tarea que lleven adelante algunos

funcionarios judiciales o con algunas políticas de Estado, sino con una sociedad que sea partícipe de esas políticas, que la comprenda, y que reconozca que la violencia institucional no es una violencia que se puede llevar adelante en un Estado democrático.

Lo que lograron en su militancia las Abuelas y Madres de Plaza de Mayo fue que se les reconociera el derecho a hablar, el derecho a la palabra. Porque en el esquema de esta violencia legítima o legal siempre hay víctimas que pueden ser legítimas o ilegítimas. Y la legitimidad en una víctima la reconoce la sociedad. En esto uno puede revisar no solamente la historia colectiva de la sociedad, sino que puede ir a la historia de la Shoa, el genocidio nazi, y había víctimas que no eran víctimas porque no eran personas, no podían hablar, y no eran reconocidas socialmente como víctimas. Esto era lo que les pasaba a los judíos y lo que les pasaba a los militantes cuando eran detenidos durante la dictadura militar. Y es hoy lo que pasa en algunos discursos que se van construyendo con mucha habitualidad en los medios y algunos políticos. El ejemplo que se me ocurre es la frase que se construyó en el Mundial de Fútbol cuando se producían violaciones a los derechos humanos en la Argentina, «los argentinos somos derechos y humanos», y su paralelo hoy en el discurso sobre la seguridad es «¿dónde están los derechos humanos de las víctimas?». Cuando uno denuncia la violencia institucional parecería que es posible contra estas personas, que dejan de serlo,

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son deshumanizadas, aplicar cualquier tipo de procedimiento. Porque no son víctimas reconocidas legítimamente por la sociedad.

Me parece que acá está uno de los problemas, por la persistencia –no sólo en nuestro país– de los procedimientos ilegales o ilegíti-mos de la policía, por este comportamiento que tienen los jueces. No hay jueces que interpretan a la violencia institucional de la manera en que la relataba Abel: un hecho que es claramente de tortura lo califican como apremio ilegal. No es que este juez tiene alguna característica en particular y es una manzana podrida o el policía que tortura es un perverso subnormal. Es porque existe una condición social que permite que la tortura y la violencia institucional continúen.

Para apartarme un poco de lo abstracto me gustaría contar un episodio que ocurrió hace muy poquito en Rosario; haciendo un análisis histórico de otros hechos de violencia institucional que habían ocurrido, este episodio prácticamente coincidía con el Ro-sariazo. Uno podía observar los discursos que iban apareciendo desde lo político, institucional y judicial tenían una corresponden-cia que elaboró después de la muerte de los dos jóvenes en el Rosariazo tras una represión policial. Aquel discurso básicamente decía que la culpa de la muerte de esas dos personas era de ellas mismas. De la violencia de la izquierda militante. No había policías que habían disparado las balas en ese discurso. La responsabilidad

por morir era de ellos mismos. Después uno repasaba lo que ocurrió en Rosario en 2001: el discurso que se elaboró desde lo político, institucional y judicial cuando murieron siete personas tenía una conexión y elaboración en las palabras y el lenguaje idéntico al discurso que se había elaborado veinte años antes.

En esos días se producía un violento desalojo a sangre y fuego por parte de la Policía santafesina en uno de los lugares periféricos, en un asentamiento en el norte de la ciudad. Tres personas fueron heridas con balas de plomo. Se dijo inmediatamente después que es-tas personas hablaron y contaron cómo fueron los hechos –que se pueden ver en la televisión– que la policía no había disparado ba-las de plomo. Los hechos demostraban lo contrario. Después de eso aparecieron los testimonios de personas que pasaban por el lugar, y fueron descartados 24 horas después por el juez. El juez dio una conferencia de prensa y salió a decir con total y absoluta contundencia que «los que argumentan que la policía usó balas de plomo, mienten; no hay constancia en el expediente de que la policía haya usado esas armas, no podemos determinar quién disparó». Fíjense la coincidencia: tengo en mis manos una peri-cia. ¿Quién la realizó? La Policía. Indica que el plomo que tienen las personas no fue disparado por un arma policial. Ninguno de los periodistas le preguntó al juez cómo hizo para poder periciar alrededor de 70 armas y determinar que ninguna de esas era la que había disparado. El juez incluso llegó a decir que por las

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características de uno de los plomos había sido disparado por una tumbera. Esto es lo que quedó instalado.

La veracidad de las palabras de determinados actores, por su carácter institucional, le otorga un valor distinto a lo que decían las víctimas, que decían con claridad que la Policía entró a sangre y fuego. Las imágenes de la televisión mostraban que la Policía en-tró a sangre y fuego. Pero nadie cuestionaba lo que había pasado. Porque no había pasado como en 1969 en pleno centro sino en la periferia, donde se legitima este tipo de acción violenta, por-que les están ocupando el terreno a los ciudadanos decentes. Son ocupadores inmorales de la propiedad privada. Los convertimos inmediatamente en víctimas ilegítimas, y como víctimas ilegítimas lo que ocurrió desaparece de la realidad.

En esta tensión de lo que es legal y lo que es legítimo siempre tiene que existir una correspondencia entre lo que decimos, habla-mos y el valor que le damos a cada una de las personas que está hablando. Si no le damos valor a la víctima que habla lo estamos despersonalizando, quitando humanidad. A esto lo dice Michel Foucault cuando habla del valor de verdad y el valor de quien está hablando. El discurso que estaba siempre afuera era el de los locos. ¿Y ustedes recuerdan cómo denominaban los militares a las Madres y Abuelas de Plaza de Mayo? ¡Las locas! Los locos no hablan; los niños, no hablan; los delincuentes, no hablan. Cuando hay

violencia institucional lo que termina ocurriendo muchas veces es que estas personas no pueden hablar, no son escuchadas, porque no se los reconoce como interlocutores válidos. Su poder de pa-labra no tiene impacto en el sistema judicial. Y no tiene impacto porque socialmente se termina legitimando que esto ocurra.

Determinar cuál es la fuerza justa o la fuerza violenta legítima que se puede utilizar es consecuencia de lo que socialmente podamos determinar. Porque a veces uno va repasando y se pregunta: ¿por qué la justicia y la muerte muchas veces han caminado juntas? Porque muchas veces se ha matado en nombre de la justicia, y se sigue matando en nombre de la justicia. Las ejecuciones sumarias que ocurren en Santa Fe con mucha frecuencia, y también en el conurbano bonaerense, son muertes en el nombre de la justicia. Hay 200 años de la abolición de la tortura pero el discurso que la legitimó procesalmente cuando era parte del ritual judicial no desapareció. La correspondencia entre el verdugo y el policía en la inmediatez tiene mucha relación. Es quien ejerce la violencia del Estado. El enemigo derrotado del Estado. Por eso ellos se quejan que cuando detienen a una persona, viven su excar-celación como una derrota, porque la captura que lograron los jueces se la hacen perder. Y esta figura del enemigo de-rrotado está muchas veces en el discurso político de la lucha contra el narcotráfico. El que lo utiliza mucho es el gober-nador Scioli. Todo este vocabulario que se va introduciendo

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y naturalizando deshumaniza a quienes terminan sufriendo la violencia institucional.

Para terminar, voy a leer un pedacito de lo que decía Benjamin sobre la Policía: «En una combinación mucho más innatural que en la pena de muerte, en una mescolanza casi espectral, estas dos especies de violencia se hallan presentes en otra institución del estado moderno: en la policía. La policía es un poder con fines jurídicos (con poder para disponer), pero también con la posibilidad de establecer para sí mis-ma, dentro de vastos límites, tales fines (poder para ordenar)» Estos límites al poder de policía sólo los puede poner la sociedad. Continúa Benjamin: «Por ello la policía interviene “por razones de seguridad” en casos innumerables en los que no subsiste una clara si-tuación jurídica cuando no acompaña al ciudadano, como una vejación brutal, sin relación alguna con fines jurídicos, a lo largo de una vida regulada por ordenanzas, o directamente no lo vigila. A diferencia del derecho, que reconoce en la “decisión” local o temporalmente determi-nada una categoría metafísica, con lo cual exige la crítica y se presta a ella, el análisis de la policía no encuentra nada sustancial. Su poder es informe así como su presencia es espectral, inaferrable y difusa por do-quier, en la vida de los estados civilizados. Y si bien la policía se parece en todos lados en los detalles, no se puede sin embargo dejar de reconocer que su espíritu es menos destructivo allí donde encarna (en la monarquía absoluta) el poder del soberano, en el cual se reúne la plenitud del poder legislativo y ejecutivo, que en las democracias, donde su presencia, no

enaltecida por una relación de esa índole, testimonia la máxima degeneración posible de la violencia».

Muchas gracias.

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Situación de las personas privadas de la libertad. Creación de los mecanismos de prevención

de la tortura en las provincias.Criterios adoptados

Eva Asprella

Fragmento de dibujo de Franco Venturi, artista plástico italiano, radicado en Argentina. Desapareció en manos de las fuerzas represivas en 1976.

Representante del Área Justicia y Seguridad del CELS

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Les agradezco por darse el tiempo para debatir estas cosas, que para nosotros son fundamentales. El CELS fue fundado por per-sonas que habían perdido a sus hijos en la dictadura buscando mejores formas de actuar, no sólo participando en las rondas de Plaza de Mayo sino juntando elementos, haciendo denuncias. Esta raíz del CELS, en democracia, se convierte en tratar de tener una actuación distinta pero en algún punto similar, desde pensar que la denuncia de los hechos de violencia institucional –entre otras líneas de trabajo– así como métodos o formas para prevenir esos hechos. La no impunidad de estos hechos también juega a favor de la prevención. Pero también pensamos otros métodos necesarios para eso.

Tenemos intervención, conocemos las situaciones de violencia institucional que se dan en los lugares de privación de la libertad, y a eso me voy a enfocar. Voy a decir otras cosas afuera, pero la idea básicamente es esta.

Nosotros conocemos los lugares de privación de la libertad, y no me estoy refiriendo sólo a cárceles. Por eso desde un grupo de

organizaciones y defensores se fue trabajando en la necesidad de que nuestro país incorpore el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura. Algo que suena bien, pero cuando empezamos a investigar un poco es un bicho medio raro. Básicamente la idea es generar una cierta institucionalidad que busque desde distintos lugares trabajar este tema específico. Esto viene desde la Con-vención contra la Tortura, y posteriormente se empieza a ver que sólo con la Convención los países no están pudiendo trabajar este tema específicamente. Desde Naciones Unidas se empieza a tra-bajar sobre un protocolo facultativo de la Convención y define otra mirada, que es obligar a los estados que ratificaron este proto-colo a crear un organismo interno, que trabaje con los organismos internacionales pero con una inserción territorial distinta. Es necesario no solamente desde Naciones Unidas diciendo qué es tortura, por qué no se puede torturar, etc., sino también lo que el Estado tiene que hacer, que es tener una institución que esté monitoreando, visitando los lugares y trabajando estos temas, más que nada los derechos de las personas privadas de su libertad.

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En ese sentido, para nosotros siempre fue fundamental debatir esto, el control, los mecanismos, y para eso el Mecanismo rescata cosas que quiero señalar: uno es el planteo del protocolo facultativo de que se abran los lugares de detención. Nosotros no somos un or-ganismo de monitoreo ni podríamos serlo, porque eso requiere otra institucionalidad, pero sí visitamos con algunos organismos las cár-celes y tenemos contacto con muchos detenidos, más que nada de Provincia de Buenos Aires. Y es muy raro ver la forma en que ellos siguen las distintas intervenciones que consideran necesarias. Los llamados tienden mucho a pedir comparendos con sus jueces, esto es, la audiencia con su juez; la cercanía con la familia para que vaya a visitarlo; la visita del defensor; que vayamos nosotros a verlo. Cuando uno se pone a hablar en realidad tiene mucho más para pedir, a veces hasta saltan situaciones gravísimas, que si el llamado hubiera terminado ahí nos quedábamos sólo con el pedido de comparendo del juez por una cuestión médica, y en realidad por atrás había sufrido una situación de violencia, de golpes, que había terminado en una peritonitis.

Por detrás de todo esto está la necesidad de una persona detenida de que se lo escuche, se los vea, que alguien de afuera pueda traspasar esos muros y poder dar cuenta de lo que están viviendo. La pala-bra del detenido no tiene valor en muchos sectores de la Justicia, y ellos lo saben, y saben que es más difícil traspasar esos muros y es más fácil la visita. El Mecanismo Nacional –y por lo tanto los provinciales tienen que hacer lo mismo– parte de la premisa de

que hay que abrir los lugares de detención; y el concepto de lugar de detención es amplio, no sólo cárceles: institutos de menores, hogares de niños –incluso los privados–, psiquiátricos, etc. Lo im-portante también de esto es que es un mecanismo de control que se crea desde el Estado pero también tiene que traccionar y funcionar con organismos gubernamentales ya creados y organismos de la so-ciedad civil que vienen trabajando estos temas. Hay muchas provin-cias donde el trabajo de inserción en las cárceles lo están haciendo organizaciones sociales, territoriales, con mucha militancia, mucho compromiso. Y eso lo que exige, y ahí está nuestra mirada como orga-nismo de derechos humanos, es que el Mecanismo pueda capitalizar este trabajo, que se pueda nutrir de este trabajo, y que pueda trabajar en conjunto con esas organizaciones.

Ya se sancionó la ley, ahora viene su implementación y el rol de las provincias en crear sus propios mecanismos. Ahora, cuando se sanciona la ley, desde el CELS sostuvimos que no queremos ni una caja vacía, un organismo que no funcione, sino que además no quere-mos un organismo que sólo sirva para visitar, que es algo que no de-bería hacer nadie, ni solamente para monitorear. El Mecanismo tiene que servir para, a través de sus monitoreos y visitas, tener información y hablar con el Estado para establecer desde su lugar de órgano de control las políticas que se deben hacer para prevenir situaciones de violencia. Esta no es la única discusión sobre formas de prevención de la tortura o violencia institucional, pero es una de las más importantes.

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No es sólo visita, no es sólo monitoreo, es también un lugar donde el propio Estado se para y le pide información a organismos no guber-namentales, le pide al Poder Judicial. Y si hay algo acá que queda claro es el rol fundamental del Poder Judicial en esto. Y ya la Corte, en el fallo Verbitsky en 2005, dijo: «Los jueces tienen un rol fundamental, que es controlar el trabajo del gobierno en materia de privación de la libertad». Ese es el lugar del juez, que se cumplan las garantías de las personas privadas de la libertad. El Mecanismo también tiene que ser un diálogo con los órganos de la Justicia y tratar desde su espacio de velar por el acceso a la Justicia y el amparo judi-cial, como formas de prevención de la violencia. Y hablar con el gobierno para establecer criterios, políticas y avanzar para modi-ficar las situaciones que va encontrando. Consideramos que el pro-blema de los lugares de detención tiene distintas bases, se van implementando políticas penitenciarias y criminales que son absolutamente erróneas, vemos como algo sumamente grave el nivel de arbitrariedad con el que se manejan los servicios penitenciarios y los lugares de detención, y la discrecionalidad que les van dando a esos agentes para trabajar. Claramente ahí es donde tiene que incidir el Mecanismo, en modificar esas prácticas. Esto nos lleva a pensar de qué modo podemos capi-talizar internamente y llevar adelante el sistema internacional que plantea el protocolo facultativo para cumplir sus objetivos. Esto es básicamente que tienen que articular los sistemas de control, el gobierno nacional o provincial junto con las perso-

nas que están administrando los lugares de privación de la libertad, abarcando incluso lugares privados.

Esto es gravísimo y constantemente aparece en muchas provincias, sobre todo la Provincia de Buenos Aires, que tiene el 50 por ciento de los detenidos de todo el país. Muchos organismos internacionales hi-cieron llamados de atención a nuestro país por esta situación. Por eso consideramos que con visitas y monitoreos no alcanza. La alianza en casos de lesa humanidad entre organismos de derechos humanos, la sociedad civil, quienes venían trabajando este tema y actores institucio-nales, con un gobierno más abierto a escuchar, funcionó para avanzar en destrabar el nivel de impunidad que había en ese momento. Esto mismo es lo que debería sancionar en este tema el Mecanismo.

Para el CELS se tienen que articular y fortalecer los entes estatales y no estatales en el monitoreo, de traspasar los muros. Y ahí hay un punto con los ámbitos nacionales y locales: tiene que estar totalmente combinado. Si ustedes leen la ley del Mecanismo van a ver que una de las cuestiones que motivó, el espíritu de esa ley, es que no haya barreras entre los ámbitos nacionales, locales ni federales. Cuantas más personas ingresan a un lugar de detención, mejor. Y el forta-lecimiento de la sociedad civil en esto. Quizá no en Entre Ríos, pero en otros lugares son organizaciones de derechos humanos las que están llevando esta batalla, muy solas, lugares de mucha militancia pero enfrentadas con el poder político. Y eso requiere que nosotros

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podamos fortalecerlas y darles herramientas para seguir trabajando así. Hay provincias como Neuquén, donde organizaciones por ha-cer denuncias han recibido amenazas; por presentarse como que-rellantes han sido amenazados. Y son personas que lo hacen desde la militancia absoluta. Eso está dentro de la ley del Mecanismo: tener un ámbito de protección.

Para nosotros lo más rico de todo esto es el debate, que nos preguntemos y debatamos internamente cómo queremos llevar adelante este tipo de instituciones. Qué modelo de instituciones de prevención de la tortura o violencia institucional estamos pensando. Y esto básicamente para seguir fortaleciendo el andamiaje demo-crático. Además del Mecanismo esto se logra con reformas, con pro-fundización de reformas en los sistemas penitenciarios y policiales, lle-vándolos a modelos más democráticos y con mayor participación de civiles, que es lo que estamos pidiendo. Y también con mayor control jurisdiccional, que estamos exigiendo en distintos ámbitos y vemos que no prospera.

Este es nuestro objetivo. Muchas gracias.

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Campaña contra la Violencia Institucional y Campaña contra la Tortura.

Objetivos,despliegue y análisis un año después de su lanzamiento

Juan Vila

Fragmento de obra sin título de Oswaldo Guayasamín

Integrante de la Campaña Nacional contra la Violencia Institucional

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Comenzamos a trabajar la Campaña la el año pasado (2012), después de varios hechos donde nosotros como militantes nos veíamos afectados durante años, por casos de gatillo fácil o abuso por parte de las fuerzas de seguridad. En el último año hubo al-gunos casos con trascendencia mediática, como el de Franco y el Pelado, dos pibes de Villa Carcoba en San Martín, que murieron a manos de la Policía Bonaerense; el caso de Lucas en Baradero; el del Rubio, un pibe de Córdoba que está desaparecido. Todos esos casos decíamos que eran balas que nos picaban cerca, porque de alguna manera tenían que ver con compañeros nuestros. Eran hermanos de nuestros compañeros, eran pibes que cursaban en los bachilleratos populares que nosotros tenemos, iban a los comedores o eran amigos nuestros.

La gota que rebalsó el vaso fue el caso de Lautaro Bugatto, un pibe que es jugador de fútbol de Banfield, de un barrio de Lomas de Zamora, que es hermano de Gonzalo, un compañero nuestro militante. Cuando nos dimos cuenta, dijimos: «Nos vemos más en los velatorios que en reuniones políticas». Ante ello nosotros nos planteamos que no podíamos llegar más tarde a estos casos, que

teníamos que hacer algo para que esto cambie, porque parte de nuestra militancia política –entendiendo la política como una he-rramienta para transformarle la vida a los compañeros– era tratar de darle una solución. Cuando ocurre lo de Lautaro Bugatto, un gru-po de compañeros decidieron avanzar con esto de la Campaña contra la Violencia Institucional, reduciendo los casos de violencia insti-tucional, específicamente aquellos que tienen que ver con abusos por parte de las fuerzas de seguridad. Existe violencia institucional en los hospitales, escuelas, etc. Como nosotros no tenemos capa-cidad de abarcar todos estos temas decidimos enfocarnos sobre todo los casos que afectan a los compañeros de los barrios.

En este sentido, nosotros entendemos como violencia institucional por parte de las fuerzas de seguridad no sólo lo que tiene que ver con gatillo fácil, que son los que trascienden mediáticamente, sino también los casos de tortura que se dan todavía en comisa-rías y cárceles de nuestro país, los apremios ilegales, los casos de hostigamiento, las golpizas que se les dan a los pibes cuando los detienen en algunos barrios. Ante eso decidimos actuar y armar lo de la Campaña con un objetivo: el control político y social de las

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fuerzas de seguridad. Nosotros vimos y entendemos que gracias a Dios en el proyecto político que hoy gobierna el país una de las banderas que se levanta es la de los derechos humanos. Y nosotros entendemos –y no defendemos desde la campaña a aquellos que delinquen, que tendrán sus abogados y demás– que esas personas también tienen derechos. No por haber delinquido le da el derecho a nadie de maltratarlo, golpearlo, torturarlo, etc.

Ante estos casos, nosotros planteamos que es central la cuestión del control político y social de las fuerzas de seguridad, y lo en-tendemos con tres ejes fundamentales: en primera instancia una asesoría gratuita de abogados. Comúnmente la gente involucrada no puede contar con un abogado. Hemos hecho una red de abo-gados, contando con el apoyo de compañeros del CELS, forman-do más de 100 compañeros en el conurbano bonaerense que han atendido varias causas, y han intercedido distintos organismos, porque contamos con el apoyo del Ministerio de Seguridad, del Ministerio de Educación, organismos no gubernamentales, defen-sorías, familiares de víctima, etc. La segunda instancia la tomamos como lo que son los promotores o ejes de esta Campaña, que son los nexos entre esta asesoría de abogados y la gente que tiene casos de violencia institucional. Y la tercera pata, que entendemos como la más importante, son los voluntarios territoriales. Cuando hablamos con compañeros del Ministerio entendimos que había un déficit, por no tener el desarrollo necesario que tienen que

tener los ministerios en los distritos, específicamente en ningún barrio hay lugares propios donde la gente se pueda dirigir, con lo cual entendimos que podíamos hacer un aporte importante desde la militancia popular y social que llevamos adelante. Para eso contamos con el apoyo de otras fuerzas políticas: Kolina, Miles, Descamisados, Nuevo Encuentro, etc. Coincidíamos en que era necesario llevarlo adelante.

Durante el último año los promotores han estado formando a los compañeros, en lo que tiene que ver con asesoramiento a quienes han sufrido algún caso de violencia institucional. Han aprendido a hacer habeas corpus, para hacer inmediata la in-tervención nuestra en cada caso. Llevamos adelante varios ta-lleres con cuestiones artísticas o de cine, en un convenio que se firmó con el INCAA, que tiene que ver con películas o material audiovisual sobre este tema.

Lo que entendemos, y es bastante importante a tratar, es que para implementar el modelo económico neoliberal en la Argentina hubo que derramar muchísima sangre. El enemigo, la antipatria, estuvo dispuesto a hacerlo. En ese momento (la dictadura), la ma-triz represiva tenía como sujeto hacia el cual dirigir su violencia a la figura del subversivo. Cuarenta años después cambió, y dejó de ser de esa manera, y lo que hoy ocupa ese lugar –logrado por mucha influencia de los medios– es el «pibe chorro». Nosotros

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decimos que el «pibe chorro» es el pibe común de cualquier barrio. Es «pibe chorro» porque usa visera, camiseta de fútbol, tiene zapatillas buenas, es joven, de barriadas populares, proviene de sectores humildes. Uno nace pobre pero no nace delincuente. Ahora, la matriz represiva y la formación de los agentes de seguri-dad de este país sigue siendo la misma que formaba la Escuela de las Américas. Y esto puede tener comprobación empírica si sali-mos ahora a la calle y paramos un pibe que tenga gorrita y camise-ta de fútbol al lado de uno que tenga traje, que pase un patrullero y ver a quién detiene primero. Es muy natural y lamentablemente está naturalizado en nuestra sociedad. Con la Campaña lo que ve-nimos a proponer es romper con esa estigmatización, con esos moldes, y para esto hemos convocado a un vasto sector de lo que tiene que ver con la política –y sectores que no tienen que ver con la política– a colaborar desde la posición en que puedan.

Por otro lado, hay una cuestión que nosotros entendíamos, que tiene que ver con la disyuntiva histórica entre seguridad democrá-tica o demagogia punitiva. Y es un tema que este gobierno lleva adelante, que tiene que ver con la cuestión de la inclusión. Para nosotros en materia de seguridad es necesaria la inclusión, por-que si a uno le dan la posibilidad de estudiar y trabajar, no sale a robar. No es una cuestión que crea yo particularmente, sino que es una cuestión comprobada. Por el otro lado, si se piensa que la seguridad va atada a la mano dura, a la represión, no se termina

con la inseguridad en este país, sino con la posibilidad de que un montón de pibes puedan disfrutar de su vida normalmente. Esto en el último tiempo tiene varios ejemplos: Policía Metropolitana en Capital Federal, el caso Borda que se vio en todo el país; el Parque Centenario; el Teatro San Martín; ejemplos como esos se ven también en Córdoba. La solución a la cuestión de la seguridad es más inclusión, trabajo, educación.

Otro objetivo que tenemos como Campaña es poner este conflicto dentro del Estado. Nosotros endentemos que es la política la que tiene capacidad de resolver estas cuestiones, y que el Estado se tiene que hacer cargo. Y gracias a Dios hoy tiene una conducción política que va de la mano con los intereses populares. Por lo tanto, entendemos que la solución tiene que surgir de ahí; no hay manera de resolver la cuestión por afuera. Para eso es necesario hacer pública la campaña: hay provincias donde la hemos lanzado y otras donde no.

Por otro lado, me gustaría plantear que después de varios meses trabajando en la Campaña nos dimos cuenta que hay una cuestión que todavía no pudimos romper, y es la idea de que la propiedad privada vale más que la vida de algunos pibes. Para nosotros no puede valer más un celular que la vida de un pibe. Si roba un ce-lular, se lo tiene que detener, condenar y que quede en la cárcel cuanto la Justicia diga. Ahora, ese pibe no puede morir por haber ido a robar un celular. De eso tenemos un montón de ejemplos.

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Hace poco hicimos un encuentro nacional en la Plaza de los Dos Congresos, que tuvo bastante participación del Estado nacional –vino el Vicepresidente, el Secretario de Derechos Humanos– y lo hemos hecho con una gran cantidad de organizaciones gu-bernamentales y no gubernamentales, de derechos humanos, etc., y declaramos al 8 de mayo como Día Nacional de la Lucha contra la Violencia Institucional. Esto tiene que ver con la masacre de Budge, cuando se empieza a hablar del gatillo fácil.

Venimos trabajando bastante, empezamos a atar varias voluntades sueltas tratando de canalizarlas en la Campaña, algo que venimos a proponer: la participación de cada uno como pueda, aportando lo que pueda. En la Subsecretaría de Derechos Humanos encon-tramos un lugar desde donde poder trabajar en Entre Ríos; en varios lugares se nos hace más difícil, como Córdoba o Capital Federal. Pero tenemos muchísimas posibilidades porque están las condiciones dadas; entendemos que es en este momento donde se pueden resolver estas cuestiones. No vamos a resolver todos los casos que hay, pero sí podemos aportar a que se empiecen a resolver. Y en esto tiene que ver nuestro grano de arena cuan-do se habla de profundización de este modelo: cuando se habla de un modelo de inclusión aportamos nuestro granito de arena. Entendemos que si incluimos a estos pibes estigmatizados que el grueso de la sociedad plantea que deben que seguir excluidos, va a cambiar la balanza en términos de seguridad.

Los que quieran participar pueden llamar al (011) 1537434950, y si no tenemos una página donde nos mantenemos en contacto: www. contralaviolencia.com.ar. Para esto pretendemos que los in-teresados colaboren en desarrollar la Campaña, entendiendo dos cuestiones fundamentales: que la propiedad privada no puede va-ler más que la vida de los pibes y que la seguridad se resuelve con más inclusión, trabajo y educación.

Muchas gracias.

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El Programa de Prevención y Erradicación de la Violencia Institucional se apoya en el compromiso asumido por la Provincia en la reforma constitucional del año 2008 cuando enuncia como deber irrenunciable la seguridad ciudadana mediante políti-cas de prevención del delito y de asistencia a la víctima (artículo 32, Constitución Provincial).

Es necesario cambiar el punto de vista para pensar la seguridad ciudadana y rechazar la lógica con la cual ha sido comprendida hasta el momento por amplios sectores. Un análisis del problema de la violencia delictiva e institucional desde la óptica de los derechos demanda el reconocimiento de que éstas no sólo afectan el derecho de los ciudadanos a la no interferencia, sino que también involucran cuestiones básicas de la convivencia social y de la confianza de los ciudadanos en las instituciones. Es preciso que los objetivos y las propuestas sean consistentes con esta descripción y no la restrinjan a una mera declaración de principios.

Mientras la inseguridad afecta a la sociedad en su conjunto, la sufren en forma parti-cularmente grave los sectores en situación de vulnerabilidad. Por ello, hay que buscar políticas de seguridad inclusivas que protejan a los diversos actores y no sólo los derechos de un determinado sector social, y mucho menos que promuevan la segu-ridad de un determinado grupo social a costa de los derechos de los demás ciuda-danos. Para diseñar políticas que operen contra el delito y que no produzcan mayor exclusión, es necesario contemplar acciones que extiendan la ciudadanía, como una poderosa herramienta integradora.