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9Seguimiento y vigilancia ambiental

Carlos Iglesias, Santiago Soliveres, Valentín Alfaya, Jesús Álvarez, Ignacio Mola, Javier Martínez de Castilla y Xavier Artigas

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ÍNDICE

CAPÍTULO 9 Seguimiento y vigilancia ambiental

Carlos Iglesias, Santiago Soliveres, Valentín Alfaya, Jesús Álvarez, Ignacio Mola, Javier Martínez de Castilla y Xavier Artigas

I. INTRODUCCIÓN Y ANTECEDENTES

1. Introducción y marco general

La vigilancia ambiental en proyectos de infraestruc-turas de transporte se enmarca, generalmente, en un escenario definido por la evaluación de impacto ambiental (EIA) de los mismos. Salvo en aquellos casos en los que la construcción de una infraestruc-tura nueva no queda sometida a este procedimiento, bien porque no corresponda con los previstos en los anexos de la norma correspondiente o, más ex-cepcionalmente aún, quede exenta por una ley del Estado o por un acuerdo del consejo de gobierno de una comunidad autónoma en las situaciones en las que la competencia corresponda a estas últimas.

En el actual marco legislativo, los programas de vigi-lancia ambiental (PVA) son documentos de carácter obligatorio dentro del procedimiento de EIA, y han de servir para establecer el sistema que garantice el cum-plimiento de las indicaciones y medidas, protectoras, correctoras y compensatorias, si proceden, conteni-das en el estudio de impacto ambiental (EsIA), tanto en lo referente a su ejecución como a su eficacia.

El órgano ambiental evalúa el EsIA del proyecto (en el caso de las infraestructuras de transporte, suele coincidir con su fase de estudio informativo), tras haberse sometido a información pública, y formula la declaración de impacto ambiental (DIA). En caso de que la DIA sea positiva, fija las condiciones de carácter ambiental que deben incorporarse en la or-den de aprobación del proyecto, trámite con el cual

concluye el procedimiento de EIA. Estas condiciones suelen establecer medidas adicionales a las previs-tas en el EsIA.

Tanto la DIA como el conjunto de documentación generada durante el procedimiento de EIA se con-vierten en piezas básicas para la redacción del pro-yecto constructivo, ya que debe contemplar lo que establecen e incluir un PVA que sirva para controlar la ejecución de las obras y, al menos, los primeros años de funcionamiento.

El seguimiento y vigilancia ambiental, sin diferenciar entre ambos conceptos, se trata en el Real Decreto Legislativo 1/2008 (BOE nº 23, de 26 de enero de 2008), modificado por la Ley 6/2010 (BOE nº 73, de 25 de marzo de 2010), como se reproduce en el Cua-dro 1. En el Capítulo III, dedicado al control del cum-plimiento de la DIA, se conciben como la herramienta que permite verificar la aplicación de las medidas pre-ventivas, correctoras y, cuando proceda, compensato-rias, durante la ejecución y fase de explotación de un proyecto sometido al procedimiento de EIA.

Cuadro 1. Seguimiento y Vigilancia en el RDL 1/2008.

Artículo. 18. Seguimiento y vigilancia del cumpli-miento de la DIA.

1. Corresponde al órgano sustantivo o a los órganos que, en su caso, designen las comunidades autónomas respecto de los proyectos que no sean de competencia estatal, el seguimiento y vigilancia del cumplimiento de la declaración de impacto ambiental. Sin perjuicio de ello, el órgano ambiental podrá recabar información de aquel al respecto, así como efectuar las comprobaciones necesarias para verificar el cumplimiento del condicionado.

2. El órgano sustantivo comunicará al órgano ambiental el comienzo y el final de las obras, así como el comienzo de la fase de explotación.

En la actualidad, la legislación básica en materia de EIA sufre la paradoja de que el Reglamento que la desarrolla, el RD 1131/1988 (BOE nº 239, de 5 de octubre de 1988), es anterior al RDL 1/2008 y a la Ley 6/2010, de modificación del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de pro-yectos, aprobado por el citado RDL 1/2008.

La lectura del RD 1131/1988 permite observar que tampoco en este caso se diferencia entre las ta-reas de seguimiento y vigilancia, aunque los ob-jetivos de esta última tratan de forma específica de:

1. Velar para que, en relación con el medio am-biente, la actividad se realice según el proyec-to y según las condiciones en que se hubiere autorizado.

2. Determinar la eficacia de las medidas de pro-tección ambiental contenidas en la declara-ción de impacto.

3. Verificar la exactitud y corrección de la evalua-ción de impacto ambiental realizada.

Debido a la organización administrativa del Estado, algunas comunidades autónomas han establecido en sus respectivas normas que el desarrollo de la vigilancia ambiental será responsabilidad de la consejería competente en materia de medio am-biente, como en los casos de Andalucía y Madrid. Circunstancia que ha obligado a matizar la redac-ción del artículo 18, punto 1, del RDL 1/2008 res-pecto a lo que se contemplaba en el artículo 25, punto 1, del RD 1131/1988 (Cuadro 2), aún vigente salvo en los aspectos que contradiga al primero y su posterior modificación. No obstante, en la ma-yoría de comunidades autónomas, como Canarias, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Ga-licia, etc., se ha trasladado el esquema básico de funcionamiento del Estado, siendo la verificación del cumplimiento de la DIA competencia del órgano sustantivo, sin perjuicio de la facultad del órgano ambiental para recabar la información que requiera para verificar dicho cumplimiento, aunque también el desarrollo legislativo ha dado lugar a la creación de diferentes procedimientos de autorización am-biental de proyectos y actividades en algunas auto-nomías que, en función de sus características o las del emplazamiento del proyecto, pueden ocasionar que dicha responsabilidad recaiga sobre el órgano sustantivo o sobre el órgano ambiental, como, por ejemplo, sucede en Aragón, en función del tipo de tramitación que corresponda.

Un caso más singular de funcionamiento es el de las Islas Baleares, donde su legislación establece que, en función del importe del presupuesto del proyec-to o la concurrencia de circunstancias que lo justi-fiquen, dicha responsabilidad puede recaer directa-mente sobre una auditoría externa contratada por el propio promotor.

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Cuadro 2. Vigilancia y responsabilidad (RD 1131/1988).

Artículo 25. Órganos que deben hacerla.1. Corresponde a los órganos competentes por razón de la materia, facultados para el otorga-miento de la autorización del proyecto, el segui-miento y vigilancia del cumplimiento de lo esta-blecido en la declaración de impacto ambiental. Sin perjuicio de ello, el órgano administrativo de medio ambiente podrá recabar información de aquellos al respecto, así como efectuar las comprobaciones necesarias para verificar dicho cumplimiento.2. El seguimiento y vigilancia por los órganos que tengan competencia sustantiva deben ha-cer posible y eficaz los que ejerzan los órganos administrativos de medio ambiente, que podrán alegar en todo momento el necesario auxilio administrativo, tanto para recabar información, como para efectuar las comprobaciones que consideren necesarias.

Artículo 26. Objetivos de la vigilancia.La vigilancia del cumplimiento de lo estableci-do en la declaración de impacto tendrá como objetivos: a. Velar para que, en relación con el medio am-

biente, la actividad se realice según el proyec-to y según las condiciones en que se hubiere autorizado.

b. Determinar la eficacia de las medidas de pro-tección ambiental contenidas en la declara-ción de impacto.

c. Verificar la exactitud y corrección de la evalua-ción de impacto ambiental realizada.

Debido al uso frecuente de acrónimos en la materia tratada en este capítulo, antes de finalizar el aparta-do de introducción, se considera conveniente incluir el siguiente cuadro resumen.

Cuadro 3. Resumen de siglas y acrónimos.

CMCC Comisión Mixta de Concertación y Control

DAO Dirección ambiental de obra

DIA Declaración de impacto ambiental

EIA Evaluación de impacto ambiental

EsIA Estudio de impacto ambiental

I+D+i Investigación + Desarrollo + innovación

PAC Programa de aseguramiento de la calidad

PEM Presupuesto de ejecución material

PPI Programa de puntos de inspección

PS Programa de seguimiento

PVA Programa de vigilancia ambiental

2. Objeto y alcance del capítulo

El presente capítulo pretende no solo establecer las pautas ‘técnicas’ de seguimiento de las distintas varia-bles y elementos ambientales, sino también proponer un marco más ambicioso para la articulación de los programas de vigilancia ambiental en proyectos de infraestructuras, a partir de las deficiencias habitual-mente detectadas. Una articulación que, entre otros objetivos, permita aclarar las responsabilidades de los distintos agentes y facilitar que los responsables de cada fase doten los recursos necesarios para una aplicación eficiente de los programas de vigilancia, en obra, y seguimiento, a largo plazo.

Por un lado, se entiende que un factor clave para poder implementar un PVA en obra sería que este se iniciase con una revisión exhaustiva del proyecto y la constatación en campo de la idoneidad de las medidas previstas, siempre guiado por el objetivo de buscar los errores, defectos y omisiones que el proyecto pudiera tener. En este sentido, es necesario contemplar protocolos para la definición de nuevas medidas correctoras, ya que así se consigue mante-ner la idea de que el PVA no es un documento ce-rrado durante la ejecución de las obras, de la misma manera que el propio proyecto puede sufrir profun-das modificaciones de aspectos tan relevantes como el trazado, enlaces, situación de estructuras, etc. De este modo, en el caso de detectarse alguna caren-cia en los estadíos iniciales, la dirección facultativa dispondría de un margen superior de tiempo para reconducir situaciones adversas y adoptar las medi-das que se consideraran oportunas por la asistencia técnica (Gil Esteban 2006).

Por todo ello, el objetivo fundamental que tiene este capítulo es proponer un escenario, compatible con la legislación vigente, que permita potenciar el papel del seguimiento y la vigilancia ambiental de los proyectos y actividades sometidas a EIA, par-ticularmente los de infraestructuras de transporte, así como resaltar su complementariedad con los procesos de aseguramiento de la calidad que rea-lizan algunos actores que participan en distintas

fases de su ciclo de vida, con el fin último de fo-mentar la retroalimentación del sistema por medio de un protocolo de funcionamiento basado en la creación de comisiones multidisciplinares, que per-mita exponer y consolidar el conocimiento emana-do de la experiencia acumulada por los años de implantación de la EIA en España, dado que en la actualidad, en todos los ámbitos afectados, se considera deficiente. Para lograrlo es necesario di-ferenciar el papel y el significado del seguimiento y la vigilancia contemplados en el actual Reglamento de EIA (RD 1131/988) y desarrollar los contenidos y actores intervinientes en cada fase, de acuerdo con la distinción básica que se presenta en el Cuadro 5.

3. Los PVA en el marco legal. Vinculación con la DIA y el proyecto

Los PVA habitualmente se incorporan al proyecto de construcción, en el caso de las infraestructuras de transporte, como un capítulo del anejo de Integración Ambiental (a veces denominado ‘Ordenación ecológi-ca, estética y paisajística’ o similar) en el que se parti-cularizan las medidas diseñadas atendiendo al condi-cionado de la DIA.

Esta disposición en el Proyecto hace que, en oca-siones, tanto el análisis del cumplimiento de la DIA como el diseño del PVA se perciban como un tema exclusivamente ambiental, reduciéndose la participación en su diseño, y en el de las medidas correctoras, de otros técnicos involucrados en la redacción de los proyectos, como podrían ser quie-nes elaboran los anejos de geología, geotecnia, hidrología y drenaje, etc. Por otro lado, la misma circunstancia hace que aspectos relevantes de es-tos apartados se diluyan entre los varios centena-res de páginas que pueden ocupar los anejos de integración ambiental, dado el amplio espectro de variables que se tratan en ellos.

La aplicación de estos programas se realiza de ma-nera más o menos exhaustiva durante la construc-ción de la obra, con notables diferencias de unos casos a otros, pero, en general, no trasciende al pla-zo de garantía de la misma (normalmente los dos años posteriores a la finalización de los trabajos). Por otro lado, la dispersión de la información en-tre administraciones, entre el órgano sustantivo y el ambiental, así como los dispares procedimientos de adjudicación de estos trabajos, no permiten el acce-so a los resultados, consolidándose una situación de desconocimiento bastante generalizada sobre la consistencia de los PVA y su aplicación real.

Figura 1. Ejemplos contrapuestos sobre la protección de pies arbóreos en distintas obras. En la imagen superior se ilustra la ausencia de protecciones (Foto: Xavier Artigas) y en la inferior cada ejemplar arbóreo se encuentra protegido por un cerramiento rígido, a su vez recubierto por telas que incrementan su visibilidad.

En este sentido, llama poderosamente la atención los resultados de una investigación de Arce et al. (2006), basada en un cuestionario remitido a em-presas constructoras y consultoras de Ingeniería, en el que un 64% de las primeras manifiesta que sí se realiza algún tipo de control de las medidas preven-tivas y correctoras, mientras que entre las empresas consultoras tan solo responde afirmativamente un

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36% . Esto quiere decir que un aspecto fundamental del proyecto, desde el punto de vista de su apro-bación ambiental, se ha ignorado sistemáticamente en fase de obras (según reconoce un tercio de las empresas constructoras y sospechan dos tercios de las empresas redactoras de proyectos).

Es decir, en general, durante mucho tiempo se ha venido consintiendo una situación irregular respec-to a la disciplina ambiental, es decir, la vigilancia y el seguimiento, su cumplimiento y la imposición de sanciones cuando proceda. No obstante, con el tiem-po también se van conociendo iniciativas realmente interesantes para la aplicación de estos PVA, que más adelante se comentarán.

Cuadro 4. Principales problemas para la implementación de los PVA.

- Los recursos que se requieren para ejecutar con solvencia el PVA, en general, no se pre-supuestan con el detalle que correspondería a cualquier medida que se define en la fase de redacción de proyecto. En ocasiones, el contra-tista principal de la obra acaba asumiendo una parte de estos costes.

- No existe un seguimiento a más largo plazo de las medidas aplicadas y los aspectos ambien-tales, que podría ser fundamental para recabar información valiosa sobre la verdadera efecti-vidad de las medidas de revegetación, protec-ción de la fauna, etc.

- En la práctica se diluyen las responsabilidades entre los agentes implicados (promotor, órgano sustantivo, órgano ambiental, asistencia técni-ca, dirección facultativa, contratista, operador o concesionario…), en relación con la aplicación de los programas de vigilancia y seguimiento.

- El dispar tratamiento de los PVA en fase de pro-yecto (unas veces incluidos en el presupuesto de ejecución material, otras en el de inversión, en ocasiones ausentes, etc.) no contribuye a clarificar las responsabilidades, menos aún cuando el esquema de participación se vuelve algo más complejo de lo habitual.

Figura 2. En la imagen superior, típico cartel que anuncia unas obras y pide disculpas a los usuarios por las molestias ocasio-nadas, durante las mismas que permanece por tiempo indefinido durante la fase de explotación. En la imagen inferior, unas panta-llas acústicas, típica medida correctora de impacto ambiental cuya eficacia no podrá ser verificada hasta la puesta en servicio de la infraestructura (Foto: Carlos Iglesias).

Las principales etapas del ciclo de vida de una infra-estructura lineal se resumen en la Figura 3.

Estudio básicoEstudio de trazado

Elaboración delproyecto de

construcción

Ejecución(construcción)+ garantía

Elaboración delproyecto básico

EIA

Incorporaciónrequisitos DIA

ElaboraciónPVA

Operación,conservación y mantenimiento

Demolición o deconstrucción

Vigilanciaambiental

Seguimiento alargo plazo

PreliminarPVA

Figura 3. Esquema habitual de la EIA en España, en relación con los proyectos de las infraestructuras de transporte.

Como es sabido, la DIA, cuando es positiva, cons-tituye la autorización de la obra a los efectos am-bientales, e incluye buena parte de los requisitos que en esta materia serán aplicables. Entre otros, las condiciones del trazado, las principales medidas preventivas y compensatorias, los criterios para el diseño de las medidas correctoras y, en particular, los objetivos y exigencias de la vigilancia ambiental.

Dichos aspectos, sin embargo, no siempre son fáci-les de trasladar a los PVA, debido, entre otras cosas, a que la fase en que se evacua la DIA es aún muy temprana en el diseño del proyecto. En ese momen-to, es difícil tener una idea clara de cuáles van a ser las variables ambientales o las medidas correctoras que requerirán un mayor esfuerzo de monitorización en las fases de construcción y operación.

Para orientar la consecución de los objetivos ex-puestos en este capítulo hacia todas las fases del ci-clo de vida de una infraestructura de transporte y, en general, de cualquier otro tipo de proyecto sometido a EIA, se parte inicialmente de la idea de incluir un anejo específico en el proyecto, por ejemplo, deno-minado ‘Cumplimiento de la DIA y vigilancia y segui-miento ambiental’, puesto que el cumplimiento del condicionado de la DIA empieza en fase de proyecto, afecta a todos sus anejos y se prolonga en obra y durante la fase de explotación.

Este anejo debería ser coordinado por el autor del proyecto y exclusivamente dedicado a justificar cómo

se cumple la DIA en los distintos documentos de un proyecto, dado que la definición de muchas de estas medidas es ajena al anejo de integración ambiental, y contribuiría a implicar al conjunto de los técnicos que participan en la redacción de un proyecto bajo la responsabilidad de quienes poseen la capacidad de firmarlo. Se favorecería así la coordinación de un escenario de trabajo efectivamente pluridisciplinar, en el que las posibles incoherencias del proyecto se pondrían de manifiesto y cada redactor de un ane-jo percibiría la influencia de su trabajo sobre otros apartados. Finalmente, cuando se iniciara la fase de obras, se facilitaría el conocimiento de los detalles concretos que afectan a los aspectos de la vigilancia y del seguimiento ambiental respecto a la situación actual, que obliga a indagar entre las decenas de anejos de un proyecto y los centenares de páginas de algunos de ellos.

Otro de los objetivos fundamentales de este capítulo del libro reside en la necesidad de homogeneizar y poner de relieve el valor de las tareas de seguimien-to y vigilancia ambiental, en obra y durante la fase de explotación de las infraestructuras de transpor-te, poniendo de manifiesto el significado de ambos conceptos y la existencia, en ocasiones, de activida-des duplicadas que se desarrollan de manera para-lela por diferentes actores, sin que exista un flujo de información coherente que sirva al sistema para aclarar el estado de conocimiento en las materias en cuestión, ni mucho menos conocer los resultados correspondientes a experiencias anteriores.

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Cuadro 5. Distinción básica entre vigilancia ambiental y seguimiento ambiental y objetivos fundamentales.

1. Vigilancia ambiental, fundamentalmente de carácter técnico antes y durante la ejecución de las obras; estaría centrada en:

• Detectar y corregir posibles deficiencias del proyecto de construcción.

• Verificar la adecuación de las medidas proyectadas a la realidad final de la obra.

• Supervisar la correcta ejecución de las medidas ambientales (pantallas acústicas, revegetación, pasos de fauna, etc.).

• Controlar los aspectos ambientales relevantes de la obra (p.e., seguimiento de la calidad de las aguas superficiales, afecciones a los hábitats silvestres, emisiones atmosféricas, etc.) Y detección de impactos no previstos anteriormente.

• Determinar la posible supresión, modificación o introducción de nuevas medidas preventivas y correctoras, conforme al protocolo que contemple el propio pva en ausencia de normas específicas al respecto.

2. Seguimiento ambiental, a medio y largo plazo (orientativamente de 3 a 10 años) desde el momento de recepción de la obra y posteriormente; también adquiriría un sentido científico y se centraría en:

• Verificar la evolución de las medidas implantadas (p.e., Revegetación, uso de pasos de fauna, etc.) Para evaluar su eficacia a medio y largo plazo.

• Recabar información sobre los impactos de la infraestructura en el medio ambiente (p.e., Efecto barrera) y la posible aparición de otros no previstos.

• Informar y servir de input para futuros proyectos, en el marco de una continua mejora del procedimiento de eia y de la prevención y corrección de impactos ambientales en particular.

PromotorRedacción del EsIA (y PVA)Explotación de la infraestructura

Órgano ambiental DIA

Órgano sustantivo Vigilancia y seguimiento

Figura 4. Esquema habitual del papel de los órganos ambiental y sustantivo en el modelo de EIA en España (diferente en algunas comuni-dades autónomas). En el caso de las infraestructuras de transporte, suele coincidir que el promotor es a la vez órgano sustantivo.

II. CONTEXTO GENERAL DE LOS PVA: EXPECTATIVAS Y DEFICIENCIAS

1. Los PVA en el contexto del ciclo de vida de la infraestructura. Agentes implicados

El RDL 1/2008 establece que corresponde al órgano sustantivo (en el caso de infraestructuras de trans-porte puede ser el Estado, las autonomías o incluso algunas diputaciones) el seguimiento y vigilancia del cumplimiento de la DIA, o a los órganos que, en su caso, designen las comunidades autónomas respec-to de los proyectos que sean de su competencia. Al situarse en un estatus cuanto menos confuso según las casuísticas posibilitadas por el tipo de proyecto y las administraciones competentes, en la práctica la vigilancia queda desligada en cierto modo de la evaluación, puesto que el PVA se redacta en fase de proyecto (dada la escasa definición posible en el EsIA), lo cual no significa que sea una medida más a ejecutar por el contratista de las obras, puesto que este no debería vigilarse a sí mismo. De estas

consideraciones deriva también la conveniencia de segregar del anejo de integración ambiental el PVA y el programa de seguimiento, que más adelante se trata, junto con la justificación de cómo el proyecto cumple las condiciones de la DIA, ya que las me-didas preventivas y correctoras definidas en dicho anejo sí corresponde ejecutarlas al contratista. En la práctica, esta circunstancia se resuelve, la mayoría de las veces, mediante una asistencia técnica a la dirección de obra, frecuentemente asumida por la misma asistencia que verifica la ejecución del pro-yecto, lo cual no impide que la empresa constructora realice simultáneamente, en el marco de su propio programa de aseguramiento de la calidad (PAC), al-gunas actividades que, en ocasiones, se solapan con la propia vigilancia ambiental.

La legislación básica también establece claramen-te que el órgano ambiental podrá recabar infor-mación del órgano sustantivo, así como efectuar las comprobaciones necesarias para verificar el cumplimiento de la DIA, tanto en fase de obras como de explotación. A raíz de estos supuestos, algunas comunidades autónomas han otorgado mayores competencias al órgano ambiental, asig-nándoles las funciones de vigilancia ambiental, como en el ya citado caso de la Comunidad de Madrid (Ley 2/2002, BOCM nº 154, de 1 de julio de 2002).

Otro aspecto que indudablemente podría contri-buir a la mejora del funcionamiento de los actua-les modelos sería la clasificación, en función de sus capacidades, de las entidades y profesionales implicados en tareas de vigilancia y control am-biental de obras, y de seguimiento de la eficacia de las medidas correctoras.

En este sentido, destaca el caso de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, donde existe un Registro de Entidades y Profesionales Autoriza-dos para el seguimiento y control de actividades sometidas a EIA, regulado por la Orden de 26-01-2005 de la Consejería de Medio Ambiente (DOCM nº 24, de 3 de febrero de 2005). De esta manera, se atribuye a estas entidades la responsabilidad sobre el contenido de los informes realizados, que deben presentarse tras cada actuación en la

delegación provincial correspondiente de la Con-sejería de Medio Ambiente. Las entidades y profe-sionales interesados se pueden acreditar hasta en ocho ámbitos funcionales (Cuadro 6), en función de sus recursos técnicos.

Se trata de una estructura organizativa bastante acertada para establecer las bases de una vigilan-cia y un seguimiento ambiental que deben evo-lucionar hacia la integración efectiva de especia-listas en cada variable a controlar. Sin embargo, resulta ser un planteamiento inviable mientras los PVA no se presupuesten de manera detallada. Es lógico pensar que cualquier medida o actividad que represente un coste imprevisto no será asu-mida por ningún agente, por lo que los recursos humanos y materiales necesarios para cualquier tarea de seguimiento ambiental debería valorarse a la vez que se define el PVA, e incluirse en el presupuesto de inversión (antes denominado para conocimiento de la administración). En ningún caso debe incluirse en el presupuesto de ejecu-ción material (PEM), puesto que no corresponde al contratista de la obra su ejecución y, posible-mente, su duración exceda a la de la obra y a la del período de garantía de la misma. La existencia de un cuadro de precios para cada actividad de vigilancia y seguimiento, así como su descomposi-ción, permitiría conocer al promotor el presupues-to que debe disponer para realizar la vigilancia y el seguimiento ambiental.

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Cuadro 6. Grupo de actividad/es para el que se solici-ta acreditación en el Registro de Entidades y Profesionales autorizados para el segui-miento y control de actividades sometidas a EIA en Castilla-La Mancha.

1- Flora y vegetación

2- Fauna

3- Paisaje

4- Agua

5- Gea y suelo

6- Atmósfera

7- Patrimonio histórico artístico y arqueológico y paleontológico

8- Ser humano, relaciones asociales y condiciones de sosiego público

Por supuesto, teniendo en cuenta el modelo que más adelante se presenta, la valoración económica del PVA no debería incluirse en el presupuesto de ejecución material del proyecto, puesto que en nin-gún caso debería realizarlo el contratista construc-tor. Esta obviedad, debido al escaso desarrollo de algunos aspectos confusos de la legislación y, so-bre todo, las particularidades propias de cada tipo de proyecto, lleva a poner de relieve la importancia de la disposición adicional segunda del RDL 1/2008. Dicha disposición adicional habilita al Gobierno, en el ámbito de sus competencias, para el desarrollo reglamentario de la Ley, en particular para aprobar normas básicas mediante real decreto sobre aque-llos aspectos de carácter técnico o de naturaleza coyuntural y cambiante necesarios para asegurar el mínimo común denominador establecido en la Ley. Sin lugar a dudas, la vigilancia ambiental es un aspecto muy concreto de la evaluación ambien-tal que necesita un desarrollo particularizado para cada tipo de proyecto o actividad desde hace mu-cho tiempo.

2. Las comisiones mixtas como mecanismo de refuerzo y control

En el caso de Cataluña, en el texto de las propias DIA se establece, como una condición más al proyec-to, la necesidad de formalizar una Comisión Mixta de Concertación y Control (CMCC) entre el órgano ambiental y el órgano sustantivo, con la finalidad de controlar el contenido, periodicidad, aplicación, época de realización de las medidas correctoras y de protección que señala la DIA.

PROMOTOR ÓRGANO SUSTANTIVO

ÓRGANO AMBIENTAL

DIRECCIÓN DE OBRA

CONTRATISTA

DIRECCIÓN AMBIENTAL DE OBRA

Figura 5. La composición de la Comisión Mixta de Concertación y Control (CMCC) está formada como mínimo por el promotor, el órgano sustantivo y el órgano ambiental. Además suelen incorpo-rarse las figuras del director de obra, jefe de obra de la empresa adjudicataria y la dirección ambiental de obra (DAO).

Esta CMCC permite al órgano ambiental realizar un seguimiento a pie de obra del desarrollo de la mis-ma, de forma que contribuye a la correcta ejecución de las medidas contempladas, así como en su defi-nición cuando resulta preciso hacerlo durante la fase de obras.

De la misma forma, cualquier modificación sustan-cial del proyecto que haya de someterse a valoración se dirime inicialmente en el seno de la CMCC. El promotor aporta los datos necesarios y justificati-vos del cambio solicitado, junto con una valoración ambiental y definición del grado de adecuación con la DIA realizada por la dirección ambiental de obra (DAO). La CMCC se pronuncia sobre la modificación y propone al órgano ambiental la tramitación a seguir, e informa sobre el cambio solicitado.

CMCC PROMOTOR (Consulta)

DECISIÓN

DAO (Informe)

Figura 6. Esquema de funcionamiento de la CMCC ante la consulta del promotor sobre una modificación sustancial del proyecto.

Las funciones así están repartidas claramente de acuerdo con la legislación, el órgano ambiental realiza la evaluación ambiental y establece las medidas, el promotor del proyecto es el respon-sable de incorporar las medidas que establece la DIA, y el órgano sustantivo es el responsable tan-to de hacerlas cumplir como de su seguimiento y

vigilancia. La CMCC únicamente supervisa su cum-plimiento y facilita la relación entre los distintos actores.

En todo caso, en este esquema la DAO es respon-sable de la aplicación del PVA, desde las fases ini-ciales y previas a la ejecución del proyecto hasta la finalización, siendo sus funciones principales las habituales de la vigilancia ambiental. El único cam-bio reside en la existencia de un marco formal de funcionamiento que compensa la debilidad habi-tual de la DAO en escenarios en los que quedaría relegada a un segundo plano entre los actores im-plicados.

Cuadro 7. Funciones habituales de la DAO.

• Verificar que se cumplen los condicionantes impuestos por la DIA y se ejecutan las medi-das proyectadas.

• Supervisar la ejecución de las medidas preventi-vas, correctoras y compensatorias previstas, así como el cumplimiento de aquellas medidas nue-vas aprobadas por la CMCC.

• Planificar y verificar los sistemas de control propuestos en el PVA, y realizar los controles.

• Identificar y valorar impactos ambientales residuales o no previstos en el EIA, y propo-ner nuevas medidas para minimizar o corre-gir los impactos de forma adecuada.

• Valorar la eficacia de las medidas ejecuta-das respecto a los objetivos ambientales y el grado de corrección en la valoración del impacto.

• Asesorar al contratista durante la ejecución de la obra para la correcta aplicación de las medidas establecidas, así como sobre la tra-mitación de los permisos necesarios.

• Redactar los informes de seguimiento para el órgano sustantivo y órgano ambiental.

• Redactar y asumir la dirección obra del pro-yecto de medidas correctoras.

• Mantener la coordinación con la dirección de obra.

Indicar por último que, en el marco de una CMCC con encuentros regulares durante la ejecución de las obras, es más fácil motivar al contratista para la realización, en tiempo y forma, de los diferen-tes trámites de carácter ambiental que puedan precisarse.

Cuadro 8. Trámites, entre otros, a los que queda obli-gado el contratista para la correcta ejecu-ción del PVA.

• Proporcionar la información sobre la forma de ejecución y materiales utilizados durante la ejecución de unidades de obra con posibles implicaciones ambientales.

• Facilitar las muestras, o el acceso a ellos, que se determinen en el PVA.

• Documentar la gestión de residuos.

• Aportar los certificados de calidad de los diferentes materiales utilizados en sus actuaciones (p.e., la restauración vegetal).

• Obtener cuantos permisos de carácter ambiental, vertederos, vertidos de aguas, préstamos, etc., precise.

3. Situación actual de la vigilancia ambiental en relación con el control de calidad

En la actualidad, la vigilancia ambiental queda en-marcada durante la ejecución de las obras en el con-trol de calidad de las mismas, existiendo el riesgo de que se convierta en un formalismo a modo de repa-so de una lista de comprobaciones y la supervisión de autorizaciones, dejando de lado la comprobación de la efectividad de las medidas.

Un aspecto importante que hay que considerar es la posibilidad de que la DAO esté desligada de la direc-ción de obra, lo cual no impide que sus funciones es-tén claras y coordinadas con ella. Este esquema, que, a priori, puede generar cierta inquietud, tendría mejor adaptación a los recursos realmente disponibles para dichas labores, permitiendo una mayor especializa-ción de las funciones ambientales y un mayor grado de control para la correcta ejecución del PVA.

Un ejemplo eficaz de esta adaptación se encuen-tra reproducido en el modo en que el Administra-dor de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) desa-rrolla la gestión ambiental de las obras de alta velocidad en España. Para ello, mediante un pro-cedimiento interno de gestión y coordinación de actividades ambientales, atribuye a la Dirección de Medio Ambiente la responsabilidad del control y vigilancia ambiental de las obras. Esta Direc-ción es dependiente de la Dirección de Calidad y Medio Ambiente, dentro de la DG de Organiza-ción, Seguridad y Recursos Humanos de ADIF. Es

Dirección de obra

Comisión Mixta de Concertación y

Control (CMCC)

Promotor

Contratista

Dirección ambientalde obra

Órgano ambiental

Órgano sustantivo

DecisiónPromotor (Consulta)

DAO(Informe)

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decir, la vigilancia y el seguimiento ambiental, y, por tanto, la responsabilidad de certificar el cum-plimiento de la DIA en obra, recae en un área di-ferente de la que dirige la ejecución de las obras, con el objetivo de garantizar la independencia en el proceso (Matas 2008).

Dirección de Calidad y Medio Ambiente

DIRECCIÓN AMBIENTAL DE OBRA

DG Grandes Proyectos de Alta Velocidad

DG Desarrollo de la Infraestructura

DG Explotación de la Infraestructura

PROYECTOS Y EsIADIRECCIÓN

FACULTATIVAEXPLOTACIÓN

Presidencia

D. Comunicación y Relaciones Externas

Secretaría General y del Consejo

DG Seguridad, Organización y RR. HH.

DG Planificación Estratégica

DG Económico Financiera y de Control

Direcciones de Línea de Alta Velocidad

Figura 7. Esquema simplificado de la asignación de las responsabilidades de dirección facultativa y DAO en diferentes direcciones generales de ADIF.

En este caso, la DAO suele recaer sobre una asistencia técnica que supervisa la ejecución de tres o cuatro tra-mos consecutivos, en coordinación con la dirección fa-cultativa, a pie de obra. A su vez, las diferentes DAO de una línea completa están coordinadas por técnicos es-pecialistas de la Dirección de Medio Ambiente de ADIF.

El anterior esquema de funcionamiento interno cons-tituye un enfoque ambicioso y novedoso en cuanto al compromiso por parte del promotor, y órgano sus-tantivo en este caso, se refiere, puesto que impide que una dirección general se certifique a sí misma el cumplimiento de la DIA. Por otro lado, las mejoras introducidas a partir de los resultados que con el tiempo se van obteniendo empiezan a ser recono-cidas en el sector y a emplearse como referencias incluso para otros proyectos.

Sin embargo, volviendo sobre los austeros escena-rios más habituales de la vigilancia ambiental en España, la ausencia de un programa de seguimiento durante la fase de explotación de las infraestructuras no permite obtener datos concluyentes del grado de eficiencia de las medidas preventivas, correctoras y compensatorias aplicadas durante la construcción. Esta deficiencia histórica provoca una carencia de

información para la elaboración de los EsIA, con-solidando la redacción de medidas estándar cuya eficiencia es teórica, pero no universal.

El desarrollo de programas de seguimiento (PS) permitiría evaluar la eficacia de las medidas pro-yectadas, así como la posibilidad de modificarlas en caso de necesidad, o disponer la ejecución de medidas adicionales en caso de preverse o de-tectarse nuevos impactos durante los trabajos de mantenimiento de la infraestructura. Otro aspecto que se percibe de manera generalizada entre los distintos agentes implicados es que determinados trabajos de mantenimiento pueden impedir el co-rrecto funcionamiento de alguna medida correctora, y viceversa. Sin embargo, la ausencia de evidencias documentadas resulta alarmante después de tantos años de desarrollo de nuestra red de infraestructu-ras de transporte.

Figura 8. Dispositivos de escape para fauna mal ejecutados como consecuencia de una vigilancia ambiental deficiente o a la que no se le reconoce autoridad. El primer dispositivo estaría constituido por un muro, inexistente, y una rampa de tierra inacabada (Foto: TEG-UAM). El segundo por un portillo abatible que, al estar su base enterrada, no se puede abrir (Foto: Carlos Iglesias).

Debe tenerse en cuenta que la fase de explotación puede ser administrativamente tan compleja, o más, que la fase de construcción, y que la aparición de nuevos actores mediante diferentes fórmulas de con-cesión puede generar una casuística sin fin. En todo

caso, conviene que los efectos de carácter ambiental se monitoricen por medio de un programa que cubra esta fase desde el momento en que se recibió la obra, cuya realidad diferirá por completo de la que se daba durante la construcción.

III. PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTAL Y PROGRAMA DE SEGUIMIENTO

1. Esquema director propuesto

Como ya se ha recogido con anterioridad, la legisla-ción vigente no diferencia entre las funciones de la vi-gilancia y el seguimiento, refiriéndose indistintamente a ellas como si se tratara de la misma actividad. Sin embargo son referidas con la conjunción copulativa ‘’y’’, que coordina aditivamente elementos análogos. Es decir, consciente o inconscientemente, en la legis-lación básica vigente queda establecida una relación de semejanza entre dos conceptos análogos que tie-nen entre sí alguna coincidencia significativa.

Cuadro 9. Definiciones del Diccionario de la Lengua Española (RAE, 2001).

Vigilancia (Del lat. vigilant a): cuidado y atención exacta en las cosas que están a cargo de cada uno.

Seguimiento: acción y efecto de seguir.

Seguir (Del lat. *sequ re, de sequi, con la t. de ire): proseguir o continuar en lo empezado.

De acuerdo con las definiciones del diccionario de la lengua española (RAE, 2001), la vigilancia con-siste en el cuidado y atención exacta en las cosas que están a cargo de cada uno, mientras que el seguimiento es la acción y efecto de seguir, encon-trándose, entre las diversas acepciones de seguir, las que lo definen como la acción de proseguir o continuar lo empezado, así como observar el curso de algo (Cuadro 9). Por tanto, teniendo en cuenta estas matizaciones, la duración limitada de la obra de construcción de una infraestructura de transporte frente a su posterior vida útil, y la necesidad de vigi-lar y seguir distintos aspectos ambientales en ambas fases con la participación de diferentes agentes, se propone un esquema director que permita diferen-ciar las actividades a realizar en cada una de ellas.

Mientras que los objetivos de la vigilancia quedan claramente establecidos en el RD 1131/1988, la legis-lación básica vigente no los incluye entre los con-ceptos que define en su anexo 1. Paralelamente, el capítulo III del RDL 1/2008, referido al control del cumplimiento de las DIA, establece su marco básico de desarrollo alternando referencias al seguimiento y vigilancia, sin establecer diferencias, pese a que no

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tienen el mismo significado vigilancia y seguimiento. Ante esta situación, y teniendo en cuenta los posi-bles agentes implicados en las distintas fases de proyecto, obra y explotación de una infraestructura

de transporte, se advierte la posibilidad de confec-cionar un esquema director de mayor detalle, viable y realista, que permita la propuesta e implementa-ción de un PVA y un PS, vigentes en distintas fases.

Estudio Informativo / EIA

Proyecto de construcción Ejecución

APROBACIÓN

APROBACIÓN

Plan de autocontrol ambiental en obra

Autocontrol ambiental

Detección no conformidades (NC)

Ejecución de medidas y resolución NC

PLAN de seguimiento Seguimiento

ambiental

Informes de seguimiento

Análisis y compilación

Informes de vigilancia

Vigilancia ambiental

Análisis y, en su caso, APROBACIÓN

PROYECTO (medidas

ambientales)

PROGRAMA de vigilancia

(PVA) y seguimiento

DIA

Retroalimentación para la mejora de futuros proyectos

Operación

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Figura 9. Diagrama de flujo que recoge las distintas fases de la vigilancia ambiental, por ejemplo, aplicada a las plantaciones en una infra-estructura de transporte, los principales documentos que en cada caso se generan, así como los agentes implicados en su implementación.

La ejecución de un proyecto se puede esquematizar en cuatro etapas, según su secuencia cronológica:

• Fase 1 – Fase inicial: comienza con el replan-teo de la obra, se inicia la implementación del PVA mediante la evaluación del contenido de la DIA, se revisa el proyecto y se definen las acciones de control ambiental a determinar durante la ejecución de las obras. Se configu-ra el PVA ajustado a la obra en cuestión de acuerdo con lo establecido en la DIA.

• Fase 2 – Fase de obras: construcción de la infraestructura y límite de vigencia del PVA, como se concibe actualmente, con el informe final de recepción de la obra.

• Fase 3 – Periodo de garantía: primera parte de la fase de explotación de la infraestructu-ra, hasta que finaliza el período habitual de garantía. A partir de este momento ya no rige el proyecto de construcción, y las tareas de seguimiento deben orientarse a evaluar la efi-cacia y evolución de las medidas correctoras que acompañarán a la infraestructura durante su vida útil. Por ello se propone como mo-mento de inicio del PS, a modo de extensión del PVA durante la fase de funcionamiento. En este caso, teniendo en cuenta un escenario realista de actores y presupuesto, se debe-ría considerar la capacidad del operador para desempeñar las tareas que, por otro lado, ac-tualmente ya realiza en muchos casos.

• Fase 4 -Fase de explotación: período varia-ble de aplicación del PS, en función de las variables objeto del mismo. Durante esta etapa se supone una incesante obtención de resultados fruto de los años de segui-miento sobre el grado de eficacia de las medidas proyectadas. Todo ello constituye información básica para futuros proyectos

en función de los objetivos inicialmente fi-jados, que debería centralizarse mediante sistemas de información de fácil acceso en el órgano ambiental, como único agente conocedor de los procedimientos de EIA desarrollados en relación con cualquier ti-pología de proyectos en el ámbito de sus competencias.

Fase 1 (replanteo)

Inicio del PVA

Fase 2 (obras)

PVA (hasta recepción de la obra)

Fase 3 (garantía)

Inicio del PS

Fase 4 (explotación)

Continuación del PS

Recepción de la obra

Figura 10. Etapas de un proyecto en relación con el PVA y el PS.

La duración del PS (fases 3 y 4) debería ser lo su-ficientemente extensa como para garantizar unas conclusiones válidas que permitan retroalimentar el sistema y la evolución en el diseño de las medidas proyectadas en función de los resultados obtenidos y los objetivos inicialmente establecidos. Depen-diendo de las variables a seguir, se podría recomen-dar una duración del PS de entre 3 y 10 años.

2. Responsabilidades y participación de los distintos agentes

Según el diagrama anterior, el proyecto de cons-trucción debería recoger no solo el PVA que re-girá durante la ejecución de las obras, sino tam-bién los criterios básicos para el seguimiento ambiental a medio y largo plazo, durante la fase de explotación, lo que constituiría el denomina-do PS.

El PVA sería de aplicación directa durante la construcción (hasta la finalización del plazo de

garantía de la obra) y correspondería, según el caso, a la dirección facultativa (actuando direc-tamente o a través de una asistencia técnica) o, por ejemplo, al órgano ambiental en el caso de la Comunidad de Madrid. En todo caso, quedaría integrado en el marco de una CMCC si se ex-tendiese el modelo de funcionamiento de comi-siones mixtas aplicado en Cataluña. El contra-tista principal podría utilizar el programa para redactar su propio plan de autocontrol, integrado en el sistema de aseguramiento de calidad de la obra. Evidentemente, el plan de autocontrol del contratista, complementario del PVA, debería gozar del visto bueno por parte de la dirección facultativa. Se supone que a lo largo de la ejecu-ción de los trabajos, ambos, dirección y contra-tista, identificarán no conformidades que serán resueltas por el contratista (incluyendo también aquellas vinculadas a las medidas medioambien-tales ejecutadas, marras, etc.). Durante la fase de construcción, las pautas y los resultados de la vigilancia ambiental deberían recogerse en in-formes de vigilancia redactados por la dirección

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facultativa, según la legislación básica. De alguna forma, estos informes deberían acabar en manos del órgano ambiental, para lo que el modelo de las mencionadas comisiones mixtas se revela, nuevamente, como un esquema eficaz.

Por último, durante la explotación de la infraes-tructura, el operador, en el caso de carreteras, o el administrador de la infraestructura, en el caso de los ferrocarriles, estaría en disposición de asumir el seguimiento ambiental a medio y largo plazo, pues-to que en algunas ocasiones ya realiza actividades equivalentes como consecuencia de la implantación de sus sistemas de control de la calidad. Ello per-mitiría optimizar los recursos disponibles en labores de seguimiento que actualmente no se realizan, in-volucrar a los administradores y operadores respon-sables de las infraestructuras en la elaboración de documentos e informes de interés para la redacción de nuevos proyectos, poner en valor los documentos que actualmente se generan en dichos procedimien-tos, que en el actual esquema no son accesibles y, sobre todo, permitir el encuentro e intercambio de información con actores que, de otra manera, no coincidirían.

Como se ha ilustrado en otros apartados de este capítulo, el seguimiento a largo plazo tendría por objeto, fundamentalmente, generar información útil sobre la evolución del entorno afectado por la infraestructura, así como evaluar la eficacia de las medidas correctoras implantadas (incluyendo la revegetación). Si se quiere, este programa de seguimiento tendría un objeto menos técnico y más científico (al menos en lo que se refiere a la utilidad de las variables objeto de la monitoriza-ción). Al igual que se apuntaba con los informes de vigilancia, los informes de seguimiento a me-dio y largo plazo deberían acabar en el órgano ambiental. Toda esta información, adecuadamente procesada, tendrá una indudable utilidad práctica para la redacción de proyectos en el futuro, así como para la definición de las medidas impuestas por las DIA.

El modelo propuesto sería compatible con las dis-tintas normas en materia de evaluación ambiental, tanto la legislación básica como con la de aque-llas comunidades autónomas que de acuerdo con sus competencias han desarrollado esta, quedado facultado el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo de lo establecido

en la legislación vigente, en particular en el actual Reglamento.

Por último, en el diseño de este esquema, sobre la base de las experiencias conocidas, particularmente el modelo de la CMCC, y con el objeto de lograr un flujo de información lo más eficaz posible en el sistema, sería conveniente incorporar la figura de los redactores de los proyectos y de los EsIA a las citadas comisiones. De este modo se situarían todos los actores implicados en las distintas fases del pro-yecto, tal como se representa en la Figura 11.

Propuesta de Comisión Mixta de Concertación y

Control

(CMCC)

+ +

Dirección de obra

Órgano sustantivo

Órgano ambiental

Dirección ambiental de obra

Promotor

Contratista

Operador/administrador

Redactores delProyecto y esia

Figura 11. La incorporación de los autores del proyecto y del EsIA y, posteriormente, de las entidades operadoras o administradoras de infraestructuras a las CMCC agilizaría la retroalimentación del sistema, independientemente de que la responsabilidad en materia de vigilancia y seguimiento fuera competencia del órgano ambi-ental o del órgano sustantivo, y es compatible con la realidad del Estado y de las distintas comunidades autónomas.

3. El seguimiento ambiental en el contexto del aseguramiento de la calidad

De todos es sabido que la implantación de sistemas y planes que garanticen y controlen la calidad es práctica habitual en el ámbito de la construcción y explotación de las infraestructuras de transporte; sin embargo, con frecuencia se omite esta circunstancia por los actores que habitualmente intervienen en los procedimientos de EIA, ignorándose las posibilida-des que en materia de seguimiento ambiental ofrece al sistema.

En la documentación de calidad se incluyen, o debe-rían incluirse, las especificaciones de seguimiento y vigilancia ambiental como uno más de los requisitos a cumplir (requisito legal de obligado cumplimiento cuando es consecuencia de la existencia de una DIA,

o voluntario si es derivado de la normativa interna de la compañía).

Por tanto, como parte de la documentación de calidad, en los informes de aseguramiento y con-trol de calidad se deberían relacionar todas las medidas ambientales y sus no conformidades (si las hubiera), así como su resolución. En resumen, como se ha tratado en otros apartados de este libro, las condiciones ambientales deben ser teni-das en cuenta durante la elaboración del proyecto, en la ejecución de las obras y durante la explota-ción de la infraestructura.

Los requisitos ambientales durante la fase de ela-boración del proyecto deben ser considerados ele-mentos de entrada al diseño (en sus diferentes fases, desde el proyecto básico hasta el diseño detallado en los proyectos de construcción) y, por tanto, identificados desde el principio. Los con-troles de revisión del diseño para garantizar la calidad del mismo deberán asegurar que los re-quisitos ambientales han sido tenidos en cuenta y, durante las fases de ejecución y explotación, se deberá obtener información que verifique la efica-cia de dichas medidas si no han podido ser vali-dadas anteriormente. En cualquier caso, se reco-mienda la validación de dichas medidas a lo largo de la vida de la infraestructura para determinar la idoneidad de las mismas, y que estos conocimien-tos puedan ser tenidos en cuenta en la redacción de futuros proyectos.

Durante la ejecución de la obra, con el fin de opti-mizar recursos y hacer más eficiente los procesos asociados a la ejecución, la empresa constructora deberá integrar los requisitos ambientales como un elemento más en la gestión de la obra. Así, si dispo-ne de un plan de aseguramiento de la calidad (PAC) para garantizar que la obra se ejecuta conforme al proyecto, se deberán incluir como parte del PAC los procedimientos específicos de medio ambiente y con ellos los de control, seguimiento y vigilancia, de forma integrada o no con los de calidad. Con esto quedarían desarrollados, particularizados e in-tegrados en el PAC los requisitos de seguimiento y vigilancia para la fase de construcción.

Es práctica habitual identificar las unidades de obra con aspectos ambientales asociados para que se ejecuten conforme a lo establecido en los pro-cedimientos de control operacional y se controlen, normalmente siguiendo un programa de puntos de

inspección (PPI). Los controles a ejecutar durante la vigilancia y seguimiento ambiental en construcción deberán generar sus propios PPI.

Como complemento a los autocontroles del contra-tista responsable de la ejecución de la obra hasta fi-nalizado el período de garantía, el órgano sustantivo (según la legislación básica), a través de la dirección facultativa, asistencia técnica o cualquier otra figura independiente respecto de quien ha ejecutado las medidas ambientales establecidas en la DIA, hará el seguimiento y la vigilancia de dichas medidas con el fin de garantizar su eficacia. Como ya se ha comen-tado anteriormente, esta responsabilidad en algunas autonomías recae, por ley, en el órgano ambiental. Igualmente, el órgano ambiental se puede apoyar en una asistencia técnica independiente de quien ejecute las medidas ambientales.

Una vez que la infraestructura entra en funciona-miento, el responsable de la operación sería quien, como parte de la gestión de la infraestructura, de-sarrollara un PS en explotación que daría respuesta, por un lado, al cumplimiento de las obligaciones ambientales recogidas en la DIA para esta fase y, por otro lado, definiría aquellos parámetros ambientales que deberá monitorizar. Dicha monitorización servirá para verificar, a medio y largo plazo, el comporta-miento ambiental de las medidas de restauración acometidas durante la construcción, así como su respuesta ante las labores de mantenimiento que se estén llevando a cabo. Estos trabajos de segui-miento ambiental de la empresa que opera y man-tiene la infraestructura deberán estar documentados y registrados como un elemento más de su sistema de gestión, optimizando recursos e integrando estos con otros controles de calidad de la infraestructura que pueden estar soportados en el sistema de ca-lidad de la empresa responsable de estos trabajos.

Finalmente, la participación de esta entidad en la CMCC, creada antes de que se iniciara la obra de la infraestructura en cuestión (Figura 11), permitiría completar el flujo de información y la vocación de servicio público que se presupone a cualquier co-misión de estas características. De este modo se pondrían en común los resultados de la vigilancia y seguimiento ambiental en cada fase, así como la po-sible necesidad de plantear nuevas medidas correc-toras, disponiendo para la discusión las soluciones más apropiadas en función del criterio de todos los especialistas implicados en las distintas fases del ciclo de vida del proyecto.

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Figura 12. El estudio de la eficacia de algunas medidas correctoras durante la fase de explotación, como los diferentes diseños de dispositivos de escape para la fauna incluidos en estas dos imágenes, serían tareas propias del PS (Foto: Carlos Iglesias).

IV. ALCANCE Y CONTENIDO GENERAL DE LOS PVA Y DE LOS PS

La realización del seguimiento se basa en la for-mulación de parámetros que proporcionan la for-ma de estimar, de manera cuantificada y simple en la medida de lo posible, la realización de las me-didas previstas y sus resultados; pueden existir, por tanto, dos tipos de parámetros indicadores, si bien no siempre los dos tienen sentido para todas las medidas, por lo que se propone la redacción de PVA y PS, cuya diferencia fundamental reside en:

• PVA: se establecerán indicadores de reali-zación, que miden la aplicación y ejecución efectiva de las medidas correctoras.

• PS: se establecerán indicadores de eficacia, que miden los resultados obtenidos con la aplicación de la medida correctora correspon-diente.

1. Contenido del PVA en el proyecto de construcción

El PVA se trata de un documento de carácter abierto que, durante el transcurso de la obra, debe permitir la detección de nuevas afecciones o impactos no previstos anteriormente, para los que debe prever alguna respuesta en forma de adopción de nuevas medidas preventivas o correctoras. Además, el PVA ha de concretar todas las operaciones de control y vigilancia del proyecto, tanto espacial como tempo-ralmente, y se tendrá que adaptar continuamente

a los requerimientos del proyecto para alcanzar la máxima eficacia.

Cuadro 10. Exigencia legal (art. 11 del RD 1131/1988).

… El programa de vigilancia ambiental establecerá un sistema que garantice el cumplimiento de las indicaciones y medidas, protectoras y correctoras, contenidas en el estudio de impacto ambiental.

El principal objetivo del PVA, en el esquema director propuesto, se ajusta a las metodologías habitual-mente desarrolladas para garantizar que el proyec-to sometido a control se desarrolle cumpliendo con los condicionantes ambientales emanados de la DIA y, por lo general, los sistemas establecidos en el proyecto permiten detectar cualquier desviación en obra o incluso impactos no previstos con anteriori-dad. Sin embargo, el modo en que se implementa el PVA y cierta desautorización práctica de los técni-cos implicados en vigilancia ambiental, como conse-cuencia de su posición en el esquema de los actores que habitualmente intervienen en obra, constituyen la principal debilidad del actual modelo. Por este motivo, sería deseable la existencia de una comisión mixta en la que se verifique cada hito y queden de manifiesto las responsabilidades e informes de cada parte implicada.

Figura 13. La limpieza final y durante la obra en el entorno de las obras de drenaje es un punto de particular atención del PVA (izquierda). Acopios de tierra vegetal dispuestos en el perímetro de la ocupación de la obra (derecha) (Foto: Carlos Iglesias).

Cuadro 11. Objetivos habitualmente incluidos en el PVA de un proyecto de construcción.

• Controlar la correcta ejecución de las medidas de integración ambiental proyectadas y su adecuación a los criterios establecidos en la DIA.

• Detectar impactos no previstos en el EsIA y plantear las oportunas medidas protectoras, correctoras, etc.

• Verificar los estándares de calidad de los materiales (tierra, plantas, agua, etc.) y medios propuestos en el proyecto de construcción.

• Comprobar la efectividad de las medidas ejecutadas y, en caso de ineficacia, determinar las posibles causas y propuesta de soluciones.

• Valorar y proporcionar información acerca de la calidad y oportunidad de las medidas protectoras y/o correctoras y/o compensatorias ejecutadas.

• Informar al órgano competente (y a la CMCC cuando proceda) sobre los aspectos objeto de vigilancia y ofrecerle un método sistemático, lo más sencillo y económico posible, para realizar la vigilancia de una forma eficaz.

• Establecer el tipo de informes, su frecuencia y el procedimiento de remisión al órgano competente y, cuando proceda, a la CMCC.

• Establecer un protocolo de funcionamiento, válido con el papel previsto para cada actor, que permita adoptar nuevas medidas no contempladas en el proyecto o modificar sustancialmente las proyectadas.

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En el PVA deben quedar organizados los diferentes ámbitos de control, lo que podría realizarse agru-pando la información por variables ambientales (agua, aire, vegetación, fauna, etc.) y las medidas dedicadas a cada una de ellas, o según su incidencia sobre diferentes acciones de la obra (excavaciones, instalaciones, rutas, etc.).

Para cada acción de control que se defina, se habrá de definir, como mínimo:

• Metodología y sistemas de control (visual, muestreos, etc.), así como el personal y los materiales a utilizar en cada caso.

• Frecuencia y momento de aplicación: se de-finirá el momento de inicio, así como el pe-riodo en el que se realizará el control y su periodicidad.

• Alcance: se debe indicar en qué circunstancias se tiene que realizar el control y definirse la unidad de referencia.

• Indicadores ambientales y niveles de refe-rencia: en los casos en que se definan, se deben establecer los parámetros de referen-cia y los valores umbrales, con indicación expresa de la normativa vigente cuando proceda.

Para implementar lo anterior, lo más habitual es que la DAO se dote de una asistencia técnica. En

cualquier caso, con recursos propios o mediante asistencia técnica, en obra se necesita estimar de algún modo la realización de las medidas previstas en proyecto y, en ocasiones, los re-sultados de las que en ese momento se puedan valorar. Para ello suelen establecerse dos tipos de parámetros indicadores, si bien no siempre los dos tienen sentido para todas las medidas a vigilar.

• Indicadores de realización en obra: permiten me-dir o estimar la aplicación y/o ejecución de una medida protectora y/o correctora y/o compensato-ria.

• Indicadores de eficacia: permiten medir o esti-mar cualitativamente la funcionalidad de las me-didas protectoras y/o correctoras y/o compensa-torias.

De los valores de estos indicadores, el sistema de vigilancia debe permitir la adopción de nuevas me-didas correctoras o la repetición de las aplicadas. Por este motivo, los indicadores van acompañados de umbrales de alerta que advierten de la existen-cia de una no conformidad o de ineficacias reales o potenciales.

Si el modelo en el que se desarrolla la vigilancia ambiental no permite lo anterior, la vigilancia será ineficaz en sí misma, independientemente del con-tenido del propio PVA, la calidad del proyecto y el procedimiento de EIA precedentes.

Cuadro 12. Cronología habitual de los informes que se deben realizar en la obra de una infraestructura de transporte.

• Antes del inicio de las obras

Sirve para verificar la adecuación del proyecto de construcción a la DIA, extractar el PVA del proyecto y adecuarlo a la realidad del momento, y suele tener la pretensión de incorporar el PAC del contratista para crear un documento de referencia con todos ellos.

• Paralelo al acta de comprobación del replanteo

Sirve para constatar la delimitación definitiva de todas las áreas afectadas por la obra y sus elementos auxiliares, verificar la situación de los principales valores de los indicadores sobre jalonamiento de las obras para su revisión por exceso o defecto de los valores umbral, etc. Momento en el que también suele tenerse la pretensión de que el contratista presente un ‘manual de buenas prácticas ambientales en obra’.

• Informes periódicos durante la fase de obras

En función del promotor suele establecerse una frecuencia variable para la remisión de una serie de informes periódicos ordinarios, cuya principal finalidad es documentar y recopilar las incidencias acontecidas durante ese tiempo.

• Informes especiales

Con independencia de los anteriores se suele contemplar la emisión de informes especiales cuando se presenten situaciones o circunstancias que justifiquen su comunicación urgente a los distintos responsables de la obra. Lo normal es que en el propio PVA se indiquen los asuntos que puedan requerir una atención particular.

• Antes del acta de recepción de la obra

Lo ideal sería que el informe anterior al acta de recepción de la obra se compusiera de una serie de informes específicos sobre cada variable ambiental y las medidas preventivas y/o correctoras y/o compensatorias establecidas en cada caso, incluyendo su valoración hasta la fecha.

2. Contenido del PS a medio y largo plazo

El programa de seguimiento (PS) se define como aquel que permite extender el control de la eficacia de las medidas ambientales con posterioridad a la recepción de la obra, durante un plazo inicialmente estimado de 3 a 10 años, para estudiar la evolución de su eficacia y funcionalidad, así como el segui-miento y detección de nuevos impactos no previstos en fases previas. Como se ha señalado con anterio-ridad, el seguimiento a medio y largo plazo busca recopilar datos y generar información útil sobre la evolución de las medidas correctoras, así como su incidencia sobre el entorno de la infraestructura.

El programa de seguimiento tendría un componen-te más científico que técnico (al menos en lo que se refiere al estudio de las variables monitorizadas) y, en el escenario propuesto, permitiría estrechar el contacto con el mundo académico, así como impul-sar las divisiones de I+D+i (Investigación + Desarro-llo + innovación) del sector privado. En coherencia con los apartados anteriores de este capítulo, el PS

debería incluirse en un anejo específico del proyec-to, junto con la justificación del cumplimiento de la DIA y el PVA, y su presupuesto debería quedar detallado en el presupuesto de inversión.

Recepción de la obra

Año 0 1 2 3 4 5 6

P. GARANTÍA

Figura 15. El PS se empezaría a aplicar en el mismo momento de recepción de la obra y su duración puede exceder ampliamente el período de garantía de la misma. Además, el seguimiento de cada medida correctora o variable ambiental que se debe monitorizar puede tener diferente duración.

La primera parte de la fase de funcionamiento se so-lapa con el período de garantía de la obra, por lo que la detección rápida de cualquier desviación de las me-didas correctoras sobre lo previsto inicialmente aún podría ser teóricamente rectificada. No obstante, en este momento ya no rige el proyecto de construcción, por lo que se propone la necesidad de implementar

Figura 14. La imagen de la izquierda muestra el hueco existente en la base del cerramiento de una infraestructura, lo que incrementa el riesgo de atropello de fauna en la fase de explotación (Foto: Carlos Iglesias). La imagen de la derecha ilustra una solución al anterior inconveniente (Foto: Xavier Artigas).

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un PS, como extensión del PVA durante la fase de funcionamiento, con nuevos responsables y márgenes de actuación. Por ello, teniendo en cuenta la realidad de las Administraciones y de las empresas implicadas en el ámbito de las infraestructuras de transporte, se propone el esquema desarrollado en este capítulo, aprovechando la capacidad del operador para desem-peñar tareas de seguimiento que, en muchos casos, ya realizan como parte de su propio PAC.

Sin embargo, teniendo en cuenta la composición de la CMCC, que también se propone en este

capítulo (Figura 11), en lo que concierne a las me-didas relacionadas con el procedimiento de EIA, dichas tareas de seguimiento estarían sometidas al control público de las administraciones respon-sables y al control técnico de las empresas cons-tructoras y de ingeniería participantes en las fases anteriores. De esta manera, toda la información quedaría inmediatamente recopilada por el órgano competente en materia de vigilancia y seguimien-to y, por otro lado, los resultados obtenidos ten-drían una aplicabilidad directa sobre las medidas que había que considerar en futuros proyectos.

Cuadro 13. Debido a las características de la fase de explotación, cronología posible de informes de seguimiento en infraestructuras de transporte.

• Posterior a la recepción de la obra

Establece el estado de recepción de la obra en lo concerniente a las medidas preventivas y/o correctoras y/o compensatorias ejecutadas.

• Informes periódicos durante el período de garantía

En función de la variable a seguir, o de la medida analizada, se establecerá la frecuencia de remisión de informes periódicos ordinarios cuyos resultados puedan dar lugar a reclamaciones a los contratistas con motivo de la garantía de obra.

• Informes semestrales y/o anuales

En función de la variable a seguir, o de la medida analizada, se establecerá la frecuencia de remisión de informes periódicos ordinarios, cuyo período de emisión más habitual sería semestral o anual.

• Informes especiales

Con independencia de los anteriores, se contempla la emisión de informes especiales cuando se presenten situaciones o circunstancias que justifiquen su comunicación urgente a los distintos responsables de la obra.

• Informe final de seguimiento ambiental

En función de la duración del seguimiento de cada variable ambiental, o de la medida analizada, se elaborará un informe final de seguimiento en el que se incluyan las principales conclusiones, aprendizajes y/o recomendaciones que se podrían extraer de cara a su consideración en futuros proyectos y procedimientos de EIA.

V. CONTENIDO TÉCNICO DE LOS PVA Y PS

1. Hacia la actualización de los PVA y PS

Como se ha podido comprobar en los capítulos pre-cedentes, la información volcada en este libro es muy reciente a la par que novedosa. Gran parte de esta información la componen resultados y con-clusiones de artículos científicos publicados recien-temente en prestigiosas revistas internacionales; además, se ha adelantado información todavía no publicada que formará parte de artículos científi-cos, bien porque están en proceso de publicación (artículos en prensa), bien porque se trata de re-sultados todavía no publicados (inéditos). Este es-fuerzo de revisión y actualización se debe en gran medida a que la mayoría de los/as autores/as del libro son miembros de los equipos de investigación que están dirigiendo y/o participando en distintos proyectos de investigación en este ámbito. Por lo tanto, se puede afirmar que la línea de investiga-ción en nuestro país progresa a buen ritmo y a un gran nivel, reconocido internacionalmente.

Para que estos resultados de investigación se inte-gren en los procesos productivos de los distintos actores que participan del ciclo de vida de las in-fraestructuras de transporte lineales, es necesario abordar el desarrollo e innovación de nuevos pro-ductos y procesos a partir de estos resultados, tal y como marca el proceso habitual de la I+D+i. En este sentido, y dado que es un proceso necesariamente posterior a la investigación, todavía estamos en un estadio temprano como para proponer los suficien-tes indicadores, valores umbral de los mismos, así como medidas complementarias que permitan ga-rantizar y optimizar los resultados de las medidas correctoras propuestas. El contenido técnico de los PVA y PS que se avanzan a continuación se plan-tean como ejemplos de toda una batería de innova-ciones que deben producirse a corto y medio plazo en este ámbito.

2. Contenido técnico del PVA: indicadores de realización en obra

A continuación se incluye un ejemplo de la incor-poración progresiva de nuevos conocimientos para la definición de los parámetros más importantes que podrían ser controlados por un PVA durante la ejecución de las obras de una infraestructura de transporte.

Ejemplo: calidad del suelo para la restauración de la cubierta vegetal

La mayoría de los factores relacionados con los as-pectos cualitativos del suelo para la restauración de la cubierta vegetal poseen en común que el momento idóneo para su control coincide con la construcción del talud. Puesto que una vez fina-lizada la obra es difícil corregir cualquier aspecto del suelo que perjudique la restauración del talud, a excepción de la fertilización (véase capítulo 7), no se incluyen indicadores de eficacia para el PS, recogiéndose como principales indicadores de rea-lización los siguientes:

Identificación de la medida correctora: evaluación previa de los factores edáficos que limitan el desarrollo de la vegetación

• Factor: agua disponible para las plantas

Objetivo: analizar la relación entre los aportes y las pérdidas de agua, el balance final deter-minará la cantidad de agua disponible para la vegetación.

Indicador: balance entre aportes (precipitacio-nes y surgencias), pérdidas (escorrentía en el talud) y capacidad de retención por parte del talud (pendiente, compactación y textura del suelo, microtopografía, contenido en materia orgánica).

Frecuencia de la medida: una sola vez durante la construcción del talud.

Valor umbral: aunque este valor umbral de-penderá del nivel de compactación y la tex-tura del suelo, en suelos más compactados y arcillosos las pendientes tendrán que ser menores que en suelos arenosos y menos compactados (véase Capítulo 2).

Momento/s de análisis del valor umbral: al fi-nalizar la construcción del talud.

• Factor: reciclado de nutrientes

Objetivo: crear sistemas autosuficientes a lar-go plazo, evitar los tratamientos periódicos de fertilización.

Figura 16. El seguimiento de los pasos de fauna específicos (autovía A-52 a la izquierda y autovía M-501 a la derecha) en fase de explotación combinaría, al menos, el estudio de su eficacia sobre la permeabilidad faunística de la infraestructura y la evolución de la cubierta vegetal en su superficie (Foto: TEG-UAM).

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Indicador: existencia de tierra vegetal, rela-ción carbono/nitrógeno (C:N), actividad bioló-gica del suelo.

Frecuencia de la medida: una sola vez durante la construcción del talud.

Valor umbral: no existe valor umbral para la tierra vegetal, se debe potenciar su conser-vación en la mayor parte de la superficie del talud.

Momento/s de análisis del valor umbral: al fi-nalizar la construcción del talud.

• Factor: pH

Objetivo: evitar pH y valores de salinidad demasiado alejados de los que se pueden encontrar en el entorno no afectado por mo-vimiento de tierras, o en espacios con vegeta-ción natural próximos.

Indicador: análisis del pH y la salinidad del suelo.

Frecuencia de la medida: una sola vez durante la construcción del talud.

Valor umbral: normalmente, el pH se debería encontrar entre 4,5 y 8,5; aunque esto va a depender del tipo de suelo del entorno no afectado y de la existencia de flora singular que sea de interés introducir en el talud, como especialistas edáficas o de suelos salinos.

Momento/s de análisis del valor umbral: al fi-nalizar la construcción del talud.

3. Contenido técnico del PS: indicadores de seguimiento en fase de explotación

A continuación se incluye un ejemplo aplicable al seguimiento del recubrimiento vegetal después de ejecutada la obra, durante las labores de conserva-ción y mantenimiento de la infraestructura, y de la estabilidad de la superficie de un talud mediante el funcionamiento ecosistémico del mismo en su fase de explotación.

a. Identificación de la medida correctora: recubrimiento vegetal

• Objetivo: asegurar suficiente cobertura vege-tal para evitar procesos erosivos. Integración

paisajística. Mejora del funcionamiento eco-sistémico del talud.

• Indicador: cobertura vegetal.

• Frecuencia de la medida: 2 veces al año, du-rante los primeros 5 años. En abril/mayo (se-gún la zona), momento de máximo desarrollo vegetal, y en julio, momento de mínima co-bertura anual.

• Valor umbral: 55% de cobertura mediante método de punto-contacto (Andrés y Jorba, 2000. El método se explica más adelante).

• Momento/s de análisis del valor umbral: abril/mayo. Aunque depende del tipo de talud y la bioclimatología, normalmente si esta cober-tura baja de un mínimo del 50% durante el verano, habría que tomar medidas.

• Medida complementarias: porcentaje de espe-cies perennes, riqueza de especies y domi-nancia (índice de Berger-Parker).

• Observaciones: el método del punto-contacto es un método que permite muestrear cobertura y diversidad de especies de una forma rápida y fácil. Se establecerán entre 3 y 5 transectos por cada zona de seguimiento (tres zonas de seguimiento por cada tipo de talud, desmonte o terraplén, y cada tipo de suelo y clima). Es-tos transectos se realizan con la ayuda de una cinta métrica, la cual se colocará a partir de 5 m desde la cabecera del talud, y hasta 5 m del final del mismo (zona tampón. Figura 17). Una vez colocadas las cintas, se trata de anotar, cada 10 cm de esta cinta, qué tipo de vege-tación contacta con la cinta (suelo desnudo, vegetación muerta o la especie vegetal en concreto). Para ello nos podemos ayudar de una barra rígida, la cual colocaremos de forma vertical a la cinta métrica; aquello que toque con la barra, será lo que anotemos. Una vez finalizados los transectos, se trata de calcular mediante sencillas reglas de tres el porcen-taje de cobertura vegetal (viva y muerta) y el porcentaje de cobertura ocupado por cada especie. Con estos datos también podremos calcular índices de diversidad (recomendamos el índice de Hulbert, 1971: probabilidad de un encuentro interespecífico (del inglés PIE, pro-bability of interspecific encounter), porcentaje de especies perennes (mediante las mismas reglas de tres, una vez identificadas cuáles de

estas especies son perennes y calculando el porcentaje basándose en a aquellos contac-tos con especies vegetales, eliminando suelo

Figura 17. Descripción del método punto-contacto.

• Observaciones:

La probabilidad de un encuentro inter-especí-fico (PIE, Hulbert 1971) es igual a

donde N es el número total de contactos de espe-cies vegetales vivas encontrados, S es el número de especies encontradas y p

i es la proporción del

total de individuos representados por cada espe-cie en concreto. Si este índice es muy bajo (<0,2), se deberán tomar medidas para aumentar la di-versidad (p.e., plantación de leñosas, herbicidas selectivos o fertilización con C, dependiendo del caso. Véanse Capítulos 6 y 7 de este libro).

El índice de Berger-Parker es un método de fácil cálculo, complementario al PIE descrito anteriormente, que nos permitirá conocer la existencia de especies extremadamente domi-nantes que puedan comprometer el desarrollo del proceso sucesional del talud, y el éxito de otras medidas correctoras (García-Palacios et al., 2010). Aprovechando los datos del mé-todo punto-contacto, anteriormente descrito, podemos calcularlo sin ningún esfuerzo extra.

El índice de Berger-Parker es igual a Nmax/N, siendo Nmax el número de contactos de la especie más abundante, y N el número total de contactos (aquí solo contaremos aque-llos contactos de especies vivas, eliminan-do aquellos de suelo desnudo o vegetación muerta) localizados en el transecto. Si este índice es mayor de 0,5, deberíamos aplicar

1. Establecer transecto

2. Anotar qué encontramos cada 10 cm

3. Ayudarnos de una barra rígida para ver qué se cruza con el transecto

Línea de transecto (en rojo)

Superficie de talud

5 m (zona tampón)

5 m (zona tampón)

desnudo) y el índice de dominancia (recomen-damos el índice de Berger-Parker, explicado más adelante).

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ÍNDICE

medidas correctoras (uso de herbicidas es-pecíficos, fertilización con C (véase Capítulo 7).

b, Identificación de la medida correctora: funcionamiento ecosistémico/estabilidad del talud

• Objetivo: identificar el grado de éxito del pro-ceso de restauración.

• Indicador: método LFA (landscape functional analysis).

• Frecuencia de la medida: dos veces por año.

• Valor umbral: el método genera tres índices de funcionamiento. No existen valores umbral concretos, el gestor deberá tratar de que es-tos índices sean lo más altos posibles, y, so-bre todo, de que aumenten cada año. Esta es una medida integrativa muy buena del éxito del proceso de restauración.

• Momento/s de análisis del valor umbral: abril/mayo.

• Medida/s complementarias: dependiendo de dónde identifiquemos el fallo, aplicaremos di-ferentes medidas correctoras (véase bibliogra-fía recomendada y Capítulo 7).

• Observaciones: la descripción detallada de esta metodología se encuentra en http://www.csiro.au/services/EcosystemFunctionAnalysis.html o en http://www.revistaecosistemas.net/revista_frame.asp?pagina=%2Farticulo.asp%3FId%3D88%26Id_Categoria%3D1%26tipo%3Dportada (para una breve descripción en español). No obstante, se ofrece en este libro un pequeño resumen intro-ductorio.

Esta metodología se basa en la existencia de fuentes y sumideros de recursos. Las fuen-tes en este caso son los espacios libres de vegetación (suelo desnudo), los cuales gene-ran escorrentía cuando llueve, permitiendo el transporte de agua y nutrientes (y la pérdida de suelo asociada) hasta zonas donde se re-tiene este flujo de sedimentos (los sumide-ros). Estos sumideros están formados bien por la vegetación existente, o por estructuras inertes (restos de ramas, rocas, relieves del terreno) que retienen parte del flujo de agua y nutrientes procedentes de las áreas de suelo desnudo cercanas (Figura 18).

Figura 18. Ilustración de zonas fuente y aportación de sedimentos (flechas azules) y zonas sumidero y retención de sedimentos (en rojo).

Esta metodología se basa en dos partes principa-les: la realización de transectos, donde se identi-fican las clases de parches (o sumideros) que te-nemos, y la caracterización de cada uno de estos parches (incluyendo las zonas fuente).

TRANSECTOS:

En estos transectos cuantificamos, median-te un método muy similar al punto-contacto (descrito anteriormente), dónde se encuen-tran estos parches, la distancia entre ellos, y su tamaño. Para ello, el inventor de este método (David Tongway) nos facilita en su página web una hoja de cálculo de Excel que nos calculará automáticamente estas varia-bles una vez introducidos los datos del tran-secto (Figura 19).

CARACTERIZACIÓN:

En esta parte nos encargaremos de cuanti-ficar las características principales de estos parches mediante 11 variables de rápida me-dición. Esta variables nos permiten calcular los tres índices de funcionamiento que nos da este método (se calculan con la misma hoja de cálculo Excel descrita anteriormente), dándonos un valor de funcionamiento para el talud muestreado. Realizando este método en tres taludes de cada tipo (desmonte o terra-plén) por cada zona compartiendo el mismo tipo de suelo y clima, obtendremos una me-dida muy buena del éxito de las diferentes medidas de restauración realizadas y su éxito en cada tipo concreto de talud al que nos en-frentamos en la infraestructura vial completa. La Tabla 1 resume las medidas que tendremos que hacer y para qué índices se utilizan.

Figura 19. Representación de transecto donde se identifican distintos tipos de parches sumidero, así como su anchura. Véase la metodología detallada en http://www.csiro.au/services/EcosystemFunctionAnalysis.html.

(a) Grasses with ring formation

DOWNSLOPE

Patch length

NB: Soil inside ring doesnot comprise inter-patch

Patch length

Obstruction width

Obstruction width(must be in contact with the soil)

(b) Clumps of grasses,Either growing closely together or connected with litter bridges.Also includes situation whereTape crosses a litter bridge

Patch length

Patch length

Obstruction width

(c)Log

TAPE

Patch length

Obstruction width

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ÍNDICE

Tabla 1.Resumen de las variables que hay que medir en cada tipo de parche, la lectura biológica que obtenemos de ellas y para cuál de los tres índices que nos da la metodología LFA se utiliza.

VARIABLE SIGNIFICADO ÍNDICE EN EL QUE SE UTILIZA

Cobertura totalVulnerabilidad a la erosión y pérdida de suelo por el impacto de gotas de lluvia

Estabilidad

Cobertura basal de especies herbáceas y arbustivas

Evalúa la contribución de la biomasa de raíces a los procesos de reciclaje de nutrientes

Infiltración

Reciclaje de nutrientes

Cobertura de hojarasca, origen y grado de descomposición

Indica la cantidad y calidad de la materia orgánica

Infiltración

Reciclaje de nutrientes

Cobertura de costra

biológica (formada por

cianobacterias, musgos y

líquenes)

Indicador de la estabilidad de la superficie del suelo, de su resistencia a la erosión y de la disponibilidad de nutrientes

Reciclaje de nutrientes

Grado de fragmentación de

la costra

Mide la cantidad de costra superficial disponible para la erosión hídrica o eólica

Estabilidad

Tipo y grado de erosiónEstima la naturaleza y gravedad de los procesos erosivos actuales

Estabilidad

Materiales depositadosEvalúa la cantidad de depósitos aluviales

Estabilidad

Microtopografía

Indicador de la rugosidad de la superficie del suelo basada en su capacidad para retener agua, sedimentos y semillas

Infiltración

Reciclaje de nutrientes

Resistencia a la

perturbaciónEstima la probabilidad de perder suelo por una perturbación mecánica

Estabilidad

Test de humectaciónEvalúa la estabilidad/dispersión de los agregados del suelo cuando está húmedo

Estabilidad

Infiltración

TexturaIndicador de la capacidad de infiltración y almacenamiento de agua

Estabilidad

Modificado de Tongway et al. 2004. Véase metodología detallada en http://www.csiro.au/services/Ecosys-temFunctionAnalysis.html.

VI. PREGUNTAS CLAVE

¿Es lo mismo seguimiento y vigilancia ambiental?

Aunque la legislación actual no los diferencia, conceptualmente no es lo mismo seguimiento que vigilancia ambiental. La existencia de diferentes actores en las fases de construcción y explotación de infraestructuras de transporte hace recomen-dable desarrollar ambas actividades en la legis-lación básica, no solo desde la perspectiva de la disciplina y responsabilidad ambiental, sino por su potencial implícito para actualizar y consoli-dar el conocimiento técnico y científico de cada momento.

¿Puede el contratista vigilarse a sí mismo?

Con independencia del órgano competente en materia de seguimiento y vigilancia ambiental, el contratista no debe asumir la vigilancia ambiental de su propia obra en ningún caso.

¿Debe incluirse el presupuesto del PVA en el presupuesto de ejecución material (PEM) del proyecto?

En ningún caso el PVA debe formar parte del PEM del proyecto, puesto que no es una actividad que deba realizar el contratista, sino el órgano respon-sable con personal propio o mediante asistenta técnica. El lugar adecuado para valorar su coste económico es el presupuesto de inversión, antes denominado presupuesto para conocimiento de la Administración.

¿Puede un operador/administrador implementar el PS de su propia infraestructura?

Teniendo en cuenta la limitación de recursos de la Administración, como demuestra la experien-cia de estos 25 años de evaluación ambiental, es recomendable aprovechar el PAC del operador/administrador por su complementariedad y dupli-cación en ocasiones, con las tareas propias del seguimiento ambiental en fase de explotación. Debido a la componente científica de esta fase y la necesidad de reportar a una CMCC, ya fuera con recursos propios o ajenos, previsiblemente res-paldaría el desarrollo de la I+D+i en las empresas y/o potenciaría la colaboración con instituciones académicas y de investigación.

¿Debe incluirse el presupuesto del PS en el PEM del proyecto?

En ningún caso, el PS debe formar parte del PEM del proyecto, puesto que no es una actividad que deba realizar el contratista de la obra, sino el ór-gano responsable con personal propio o mediante asistenta técnica. Quizás en el futuro pueda ser desarrollado por el operador/administrador de la infraestructura, reportando a la CMCC de acuerdo con la propuesta elaborada en este libro. El lugar adecuado para la valoración de su coste económi-co es el presupuesto de inversión.

¿Por qué el seguimiento arqueológico en ocasiones se incluye en el PEM del proyecto?

No deben confundirse los procedimientos admi-nistrativos en relación con el patrimonio cultural, que, en ocasiones, por la operativa de las obras obliga a que el propio contratista gestione las au-torizaciones con las consejerías correspondientes, y se ve obligado a realizar una serie de trabajos previos (prospecciones arqueológicas, sondeos, etc.), con personal propio o contratado, con la cualificación exigida por las administraciones competentes. Estas otras actividades relaciona-das con la obtención de algunos permisos admi-nistrativos por parte del promotor y/o contratista suponen un coste con elevada probabilidad de ser asumido por este último y, por inercia, con frecuencia suele incluirse el seguimiento arqueo-lógico de las obras como una más de estas activi-dades en el PEM. Sin embargo, no es lógico que la vigilancia en obra, arqueológica o de cualquier otra naturaleza, sea dirigida por el contratista ni que se incluya como una unidad del PEM. Aunque es una materia específica no tratada en este libro, a semejanza de cualquier otro factor ambiental, el seguimiento arqueológico podría formar parte del PVA y valorarse en el presupuesto de inversión.

¿Puede intervenir en el PS el mismo equipo que en el PVA?

Tanto el PS como el PVA deben llevarlo a cabo especialistas en cada variable ambiental o medi-da correctora, y la participación en una de las fases no tiene por qué inhabilitar a un equipo para poder participar en la otra si su cualificación es adecuada.