safmun colegio san antonio de la...
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SAFMUN
2016 “Lamento el clima de
hostilidad creciente, de odio y sufrimiento para
esos dos pueblos (Israel y Palestina), lo que está
generando numerosas víctimas y creando una
situación de emergencia humanitaria”.
S.S. Papa Francisco.
MANUAL DEL
DELEGADO
COLEGIO SAN ANTONIO
DE LA FLORIDA
29 | 30 | 31
ENERO 2016
CONSEJO DE
DERECHOS HUMANOS
DE LAS NACIONES
UNIDAS
CARTA DEL SECRETARIADO GENERAL DEL
SAN ANTONIO DE LA FLORIDA MODEL UNITED NATIONS
Estimados delegados, observadores y faculties:
Reciban primeramente un cordial saludo de ¡Paz y Bien!
Sean todos bienvenidos a la Tercera Edición del San Antonio de la Florida Model United
Nations, SAFMUN 2016. Es un gran honor contar con ustedes, delegados, observadores, faculties y
demás participantes quienes formarán parte de este gran evento, por eso procuraremos mantenernos
a la altura en calidad y esfuerzo para que esta, sea una gran experiencia que les permita formarse
moral y académicamente, para crear una realidad distinta, una realidad más humana.
Es impactante saber que cada vez más jóvenes se interesan por este tipo de actividades, y
aún más que se sensibilicen y preocupen por los acontecimientos que a diario suceden en el mundo.
En SAFMUN creemos que lo más importante que se debe desarrollar en los jóvenes es una
conciencia crítica, capaz de comprender los sucesos, analizarlos, cuestionarlos y generar propuestas
de solución. Este aspecto es muy importante, porque nos hace dejar de ser pasivos y actuar para
cambiar y transformar la realidad que amenaza con avasallarnos. Son, precisamente, la pasividad, la
indecisión y la indiferencia, las que dan como resultado todos los problemas que aquejan nuestra
sociedad. Debemos ser capaces de criticar nuestra realidad y accionar para cambiarla por una más
libre, prospera y humana. Esto es lo que apoya y persigue un Modelo de Naciones Unidas: Jóvenes
con conciencia crítica, con capacidad de decisión y acción.
En esta edición presentamos distintos comités, en los que se abordarán grandes
problemáticas políticas, económicas, morales y religiosas; temáticas tanto históricas como actuales e
inclusive futurísticas, temas y sucesos que consideramos de profunda importancia para nuestra
existencia y esencia como seres humanos, creados con gran esfuerzo y dedicación para la formación
y disfrute de todos los delegados.
Esperamos que, durante estos tres días, el debate sobre los tópicos a tratar en cada comité
nos sirva para aprender cosas nuevas, cultivarnos, alentar e inspirar a más jóvenes a tener presente
que todo es posible, que concretar nuestro sueños e ideales solo depende de cada decisión que
tomemos; y que no estamos determinados ni condicionados por nadie, que somos enteramente libres
y que esta libertad es nuestra responsabilidad. Si logramos asumir que esa Libertad Responsable nos
permitirá crear un mejor presente y prepararnos para construir día a día el futuro que aspiramos,
SAFMUN habrá cumplido sus objetivos.
Sin más que añadir esperamos que SAFMUN 2016 sea una gran experiencia y les deseamos,
desde ya, el mayor de los éxitos a todos sus participantes.
Atentamente:
Ernesto Jesús Borges Quintana. Andrea Virginia Villegas Pérez.
Secretario General Secretaria General Adjunta
“Un Hombre es lo que hace con lo que hicieron de él”. -Jean Paul Sartre-
CARTA DE LA MESA
Estimados delegados:
En nombre de la Mesa Directiva del Consejo de Derechos Humanos de la tercera
Edición del San Antonio de la Florida Model United Nations, SAFMUN 2016, reciban un
cordial saludo de ¡Paz y Bien!
Es para nosotros un verdadero placer poder contar con su participación en este
comité, donde se tratarán temas de especial importancia para la sociedad actual; así mismo,
esperamos que mediante el diálogo y la negociación se logre constatar un acuerdo propicio
para la resolución final de las problemáticas planteadas.
Desde los inicios de la humanidad, se ha podido observar una exclusión y división de
la sociedad por características personales tales como: raza, descendencia, religión, color,
ingresos, idioma, nacionalidad y formación académica, lo que ha ocasionado un desequilibrio
en la colectividad y el quebrantamiento de los principales derechos humanos contemplados
en la Declaración Universal de Derechos Humanos, en sus artículos 1, 2, 4, 5 y 7
respectivamente.
Lo más inquietante de la situación es que la mayoría de las naciones que practican
estas discriminaciones han firmado y ratificado esta Declaración, demostrando que es
preciso buscar nuevas estrategias para la erradicación total de esta gran problemática. En el
mismo orden de ideas, alrededor del mundo se maltratan diariamente a millones de personas
por sus creencias religiosas, llegando incluso hasta los extremos de buscar erradicar
poblaciones enteras por diferencias de pensamientos religiosos, siendo esto un conflicto no
solo territorial sino también humanitario que es necesario abordar lo antes posible para que
no continúe extendiéndose ni cobrando vidas inocentes.
En tal sentido, hacemos nuestras las palabras de Su Santidad el Papa Francisco,
cuando afirma que “Los derechos humanos se violan no solo por el terrorismo, la
represión, los asesinatos, sino también por la existencia de condiciones de extrema
pobreza y de condiciones económicas injustas que originan las grandes
desigualdades”.
Como Mesa Directiva esperamos que se produzca el intercambio de ideas y
soluciones viables para la resolución de los tópicos propuestos; y que además, fluyan y se
consideren las ideas de la manera más diplomática posible.
Dicho esto, les deseamos el mayor de los éxitos durante las sesiones de trabajo y
esperamos que su experiencia en SAFMUN 2016 sea, para todos ustedes, enriquecedora
en lo académico y en lo personal.
Atentamente:
Hanna Gabriela Tovar Rísquez Sophie Salomé Waszkiewicz Villarroel
Presidente. Vicepresidente.
[email protected] [email protected]
“El hecho de que exista una minoría privilegiada no compensa ni excusa, la situación de discriminación en la que
vive el resto de sus compañeros” -Simone de Beauvoir-
FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ:
El Consejo de Derechos Humanos será desarrollado por medio de una Agenda Fija,
constituida por los tópicos que serán expuestos en el presente Manual del Delegado, sin
excluir las situaciones imprevistas que deban ser consideradas por los representantes de las
Delegaciones reunidas, en correspondencia con el ámbito de acción del Consejo. Se
seguirán las reglas de debate clásicas, establecidas en la Guía de Preparación del
Delegado, por lo que sugerimos su estudio para dar fluidez a las sesiones, con base en
planteamientos pertinentes y adecuados a la naturaleza del Comité.
Verificada la asistencia; y realizada la apertura del tópico que indicare el resultado de
los mecanismos de votación, Los delegados expondrán ante el foro, en el orden y duración
que establezca la Mesa, la posición oficial de su Delegación sobre el mismo. Una vez
cubierto este punto se realizará la apertura de la Lista de Oradores y el debate continuará
según los procedimientos de costumbre. En la Primera Sesión los delegados entregarán a la
Mesa el Documento de Posición Oficial correspondiente. La Mesa podrá aplicar sanciones
ante el incumplimiento de esta obligación.
Cualquier duda que se presente durante el desarrollo de las sesiones será resuelta en
concordancia con el Reglamento del Modelo, si la cuestión no está contemplada en el
mismo, la Mesa, en conjunto con el Secretariado General, determinarán la solución más
adecuada.
DELEGACIONES PRESENTES EN EL COMITÉ
CONSEJO DE DERECHOS HUMANOS DE LA ORGANIZACIÓN DE NACIONES UNIDAS
América Latina y el Caribe Asia-Pacífico Europa Oriental África Europa Occidental y Otros Estados
Argentina Bangladesh Letonia Argelia Francia
Bolivia China Rusia Botswana Alemania
Brasil Israel Congo Irlanda
Cuba Japón Ghana Reino Unido
El Salvador India Nigeria Estados Unidos
México Qatar Marruecos
Paraguay Arabia Saudita Sudáfrica
Venezuela Emiratos Árabes Unidos
TOTAL: 8 TOTAL: 8 TOTAL: 2 TOTAL: 7 TOTAL: 5
TOTAL DE MIEMBROS DEL CONSEJO DE DERECHOS HUMANOS DE LA ONU: 30/47
TÓPICO A:
VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS
HUMANOS DE LA POBLACIÓN
AFROAMERICANA Y
LATINOAMERICANA POR LA
FUERZA PÚBLICA EN LOS
ESTADOS UNIDOS
Los derechos humanos se han
convertido en una cuestión fundamental dentro
de la vida contemporánea. Constituyen el
punto básico para calificar la calidad de la
relación entre el ciudadano y el Estado; y, a
la vez, han adquirido gran importancia dentro
de las relaciones internacionales. Los
Derechos Humanos son prerrogativas que de
acuerdo al derecho internacional, tiene la
persona frente al Estado para impedir que
éste interfiera en el ejercicio de ciertos
derechos fundamentales, o para obtener del
Estado la satisfacción de ciertas necesidades
básicas y que son inherentes a todo ser
humano por el mero hecho de ser humano.
Los derechos humanos deben ser
cumplidos sin ningún tipo de discriminación,
contando con que en la Declaración
Universal de los Derechos Humanos se
establece, en su artículo N°1: “Todos los
seres humanos nacen libres e iguales en
dignidad y derechos…” siendo así estos
derechos inalienables, imprescriptibles,
efectivos, interdependientes,
transcendentes a las normas de cualquier
Estado, complementarios e inviolables. Sin
embargo, en algunos países aún estos
derechos se ven violentados en razón del
abuso de poder, segregación racial, política y/o
social, como se verá en el tópico a tratar.
En el año 2003 fue publicada por el
Alto Comisionado de las Naciones Unidas
para los Derechos humanos la “Normativa y
Práctica de los Derechos Humanos para la
Policía”. En este se establecen: la aplicación
de los principios de los derechos humanos,
la conducta ética y lícita, la NO
discriminación en la aplicación de la Ley; el
período de detención preventiva, el uso de
la fuerza y armas de fuego, entre otros
aspectos que deberían ser tomados en cuenta
por todos los Estados.
El racismo en Estados Unidos se ha
manifestado principalmente entre los blancos
anglosajones y estadounidenses de nacimiento
contra los afroamericanos y
latinoamericanos e hispanos en general, por
lo cual es imprescindible buscar soluciones
factibles para reforzar y reformular los
acuerdos ya estipulados para la resolución
definitiva de esta problemática.
Basándonos en estadísticas, del total
de detenidos en 2012 en EE UU, un 28,1%
eran de color -más del doble de su proporción
demográfica (13,1%)-, según las cifras del FBI.
Por ende, un hombre de raza negra
tiene seis veces más posibilidades de ser
encarcelado que uno blanco, y 2,5 veces
más que uno latino, según los últimos datos
oficiales recopilados por The Sentencing
Project, una organización civil con sede en
Washington. Son tasas incluso peores que en
los años de segregación racial. Todo ello tiene
una traslación directa en la composición de las
cárceles: en 2012 un 36,5% de los reclusos
eran negros -casi tres veces más que su
peso en el conjunto de la población del país
ese año-, un 33,1% eran blancos -casi la
mitad de su proporción del 63% en el
censo- y un 22% eran latinos -el 16,9% de la
población-. Dicho de otro modo, un 3,1% de
los negros están presos; un 1,3% de los
latinos; y un 0,5% de los blancos.
Vistas en perspectiva las divergencias
son aún más escalofriantes. Por cada 100.000
hombres de cualquier raza, en 2012, 463
eran reos blancos; 2.841, negros; y 1.158,
latinos. Entre las mujeres la distribución era
de 49, 115 y 64 respectivamente. Por pura
aritmética, estas profundas diferencias hacen
que los ciudadanos de color tengan muchas
más posibilidades que los blancos de ser
condenados a cadena perpetua o a pena de
muerte. Así, mientras uno de cada 111
hombres blancos pasa toda su vida en la
cárcel, entre los negros es tan solo uno de
cada 18.
En el corredor de la muerte, la
proporción de reclusos negros (del 41,7%)
también triplica su peso en la población
estadounidense; mientras la de los blancos
(43,1%) y latinos (12,6%) se sitúa por
debajo, según el Centro de Información de
la Pena de Muerte. Una realidad que fue
duramente criticada por la ONU. "La
discriminación es mala en cualquier
circunstancia, pero es inaceptable cuando
lleva a la muerte", clamó Walter Kalin, uno
de los integrantes del comité, quien pidió a las
autoridades revisar todas las condenas
capitales pendientes, teniendo en cuenta que
se ha detectado que en los últimos años ha
habido 144 sentencias erróneas.
Como Consejo de Derechos
Humanos, debemos velar por el trato igual de
todo ser humano sin discriminación de
raza, culto o ideología de cualquier índole
en concordancia con los artículos: N°2 de la
Declaración Universal de los Derechos
Humanos que establece: “Toda persona
tiene todos los derechos y libertades
proclamados en esta Declaración, sin
distinción alguna de raza, color, sexo,
idioma, religión, opinión política o de
cualquier otra índole, origen nacional o
social, posición económica, nacimiento o
cualquier otra condición. Además, no se
hará distinción alguna fundada en la
condición política, jurídica o internacional
del país o territorio de cuya jurisdicción
dependa una persona, tanto si se trata de
un país independiente, como de un
territorio bajo administración fiduciaria, no
autónomo o sometido a cualquier otra
limitación de soberanía.”, su artículo N°7:
“Todos son iguales ante la ley y tienen, sin
distinción, derecho a igual protección de la
ley. Todos tienen derecho a igual
protección contra toda discriminación que
infrinja esta Declaración y contra toda
provocación a tal discriminación.” Y su
artículo N°10: “Toda persona tiene derecho,
en condiciones de plena igualdad, a ser
oída públicamente y con justicia por un
tribunal independiente e imparcial, para la
determinación de sus derechos y
obligaciones o para el examen de cualquier
acusación contra ella en materia penal.”
SEGREGACIÓN RACIAL AFROAMERICANA
Una idea muy sonada en la historia
hasta mediados del siglo XX, fue la
segregación o separación racial, que es la
separación de espacios, servicios y leyes para
las personas de acuerdo a su descendencia;
esta idea fue implementada en Estados
Unidos bajo el principio de "Separated but
Equal" o en español "Separados pero
Iguales" ya que los estados no podían
eliminar los derechos de los negros, que son
garantizados en la constitución, se usó en su
reemplazo la "segregación" que fue legal por
muchos años, mientras las oportunidades que
eran otorgadas fueran iguales para ambas
razas. Sin embargo, esta idea no tuvo éxito
debido a que las circunstancias no eran las
mismas, los afroamericanos no recibían los
mismos niveles y facilidades en cuanto a
educación, salud, vivienda, empleo y
economía que los blancos anglosajones y
estadounidenses.
Esta ley mantuvo su legalidad hasta la
decisión de la Corte Suprema de los Estados
Unidos en "Brown vs. Board of Education"
en el que los jueces decidieron que educación
pública segregada no era igual y por lo tanto la
segregación en escuelas públicas era ilegal.
También, como resultado de la lucha por el
Movimiento por los derechos civiles en
Estados Unidos y del apoyo del Presidente
John F. Kennedy y de Lyndon Johnson, se
firma la Ley de Derechos Civiles en 1964 en
la que se prohíbe la aplicación desigual de los
requisitos de registro de votantes y la
segregación racial en las escuelas, en el lugar
de trabajo e instalaciones que sirvan al público
en general ("lugares públicos") y en 1965 la
Ley de derecho de voto.
ANTECEDENTES DE LA DISCRIMINACIÓN
AFROAMERICANA
Después de su liberación durante la
Guerra Civil por Abraham Lincoln, los
estados del sur, resentidos por su derrota,
sancionaron una variedad de leyes para
discriminar a los ciudadanos negros. Este
fenómeno se produjo durante el período de la
"reconstrucción". Con la elección de
Rutherford B. Hayes como el 19° presidente
la discriminación se extendió a los estados
del norte que inicialmente la tuvieron de forma
más suave, a tal punto que a comienzos del
siglo XX se podía ver la severidad de la
discriminación y racismo en lugares como
Nueva York, Boston, Detroit, Chicago y Los
Ángeles. Según este estudio entre 1877 y
1950 se linchó a 4.000 negros en Estados
Unidos. Según la fuente muchas veces estos
eran un espectáculo público y popular, con a
veces miles de testigos. El 25% de las
acusaciones era abuso contra blancas; ni se
exigía reconocimiento de la víctima al agresor
Todo ello provocó la emigración o la
segregación étnica de 6.000.000 de negros al
Norte y al Oeste del país.
GRANDES PRECURSORES DE LOS
DERECHOS AFRODESCENDIENTES
Martin Luther King Jr.
Martin Luther King, Jr. Nació en
Atlanta un 15 de enero de 1929 y fue
asesinado en Memphis un 4 de abril de 1968
por James Earl Ray. Fue un pastor
estadounidense de la iglesia bautista que
desarrolló una labor crucial en Estados
Unidos al frente del Movimiento por los
derechos civiles para los afroamericanos y
que, además, participó como activista en
numerosas protestas contra la Guerra del
Vietnam y la pobreza en general.
Por esa actividad encaminada a
terminar con el apartheid estadounidense y
la discriminación racial a través de medios
no violentos, fue condecorado con el Premio
Nobel de la Paz en 1964. Cuatro años
después, en una época en que su labor se
había orientado especialmente hacia la
oposición a la guerra y la lucha contra la
pobreza, fue asesinado en Memphis, cuando
se preparaba para liderar una manifestación.
Luther King, activista de los derechos
civiles desde muy joven, organizó y llevó a
cabo diversas actividades pacíficas
reclamando el derecho al voto, la no
discriminación y otros derechos civiles
básicos para la gente de raza negra de los
Estados Unidos. Entre sus acciones más
recordadas están el boicot de autobuses en
Montgomery, en 1955; su apoyo a la fundación
de la Southern Christian Leadership
Conference, en 1957 (de la que sería su
primer presidente); y el liderazgo de la Marcha
sobre Washington por el Trabajo y la
Libertad, en 1963, al final de la cual
pronunciaría su famoso discurso "I have a
dream" (‘yo tengo un sueño’), gracias al cual
se extendería por todo el país la conciencia
pública sobre el movimiento de los derechos
civiles y se consolidaría como uno de los más
grandes oradores de la historia
estadounidense.
La mayor parte de los derechos
largamente reclamados por el movimiento
serían promulgados legalmente con la
aprobación de la Ley de los derechos civiles
y la Ley del derecho al voto. King es
recordado como uno de los mayores líderes
y héroes de la historia de Estados Unidos, y
en la moderna historia de la no violencia.
Se le concedió a título póstumo la Medalla
Presidencial de la Libertad por Jimmy
Carter en 1977 y la Medalla de oro del
congreso de los Estados Unidos en 2004.
Desde 1986, el Martin Luther King Day es día
festivo en los Estados Unidos.
Rosa Parks
Rosa Louise Parks nace en
Tuskegee, Alabama en el año 1913.
Defensora de los derechos civiles
estadounidense. Hija de un carpintero y de una
maestra, Rosa Louise McCauley (éste es su
nombre de soltera) cursó estudios en la
Montgomery Industrial School for Girls y en
el Alabama State Teachers College.
Finalizados sus estudios, se casó con
Raymond Parks. El matrimonio vivía en una
época en que la segregación predominaba
todavía en la mayor parte de los estados del
sur. Decidida a combatir el segregacionismo,
Rosa Parks se convirtió en 1949 en asesora
de una asociación para promover el bienestar
de los negros, la National Association for
the Advancement of Colored People
(NAACP).
En 1955 tuvo lugar el incidente que la
haría mundialmente famosa; pocas veces un
acto tan nimio ha tenido tan importantes
consecuencias, en este caso, en el terreno de
la lucha por la igualdad de derechos en
Norteamérica. Rosa Parks, una humilde
modista negra, se sentó en los asientos del
medio de un autobús en Montgomery, estos
asientos los podían usar los negros si ningún
blanco lo requería. Cuando se llenó esa parte,
el conductor le ordenó, junto a otros tres
negros, que cedieran sus lugares a un joven
blanco que acababan de subir. "Éste ni
siquiera había pedido el asiento", dijo
después Parks en una entrevista a la BBC.
Los otros se levantaron, pero ella permaneció
inmóvil. El autobusero trató de disuadirla.
Debía ceder su asiento, es lo que marcaba la
ley. "Voy a hacer que te arresten", le dijo el
conductor. "Puede hacerlo", respondió ella.
Cuando la policía le preguntó que por qué no
se levantaba, contestó con otra pregunta:
"¿Por qué todos ustedes están
empujándonos por todos lados?". El hecho
puso de manifiesto una vez más las
condiciones de segregación a que estaban
sometidas las gentes de color, que tenían
prohibido el acceso a piscinas, escuelas,
restaurantes y un gran número de servicios
públicos exclusivos para los blancos.
El incidente del autobús tuvo como
primer efecto la creación de la Montgomery
Improvement Association, cuya finalidad era
la defensa de los derechos civiles de la minoría
negra. Martin Luther King fue su presidente.
La asociación organizó un boicot a los
autobuses de Montgomery que tuvo un
seguimiento masivo y fue un rotundo éxito:
duró 382 días y contribuyó a que la causa
de los afroamericanos de Montgomery
fuese conocida en todo mundo. Como
consecuencia de ello, el gobierno
norteamericano se vio obligado a abolir la
segregación en los transportes públicos.
En 1957, Rosa y su marido se
establecieron en Detroit, Michigan, donde
prosiguió su actividad en la defensa de los
derechos civiles. En 1965, Rosa Parks
empezó a trabajar para el congresista John
Conyers. Después del fallecimiento de su
marido en 1977, fundó el Rosa and Raymond
Parks Institute for Self-Development,
dedicado al desarrollo personal. Actualmente
este centro patrocina el programa anual
Pathways to Freedom (Camino a la
Libertad), que organiza recorridos en autobús
para adolescentes con el objeto de darles a
conocer la reciente historia de la lucha por los
derechos civiles en los Estados Unidos.
En 1989, Rosa Parks participó en la
inauguración del monumento conmemorativo
Civil Rights Memorial, en Montgomery,
Alabama. En 1999 recibió de manos del
presidente Bill Clinton la Medalla de Oro del
Congreso. Todavía hoy la figura de Rosa
Parks es considerada como una de las más
importantes en la lucha por los derechos
civiles. El 24 de octubre del año 2005 fallece a
los 92 años.
OCUPACIÓN DE EDIFICIOS Y VIAJES POR
LA LIBERTAD
El Movimiento por los Derechos
Civiles recibió una inyección de energía
cuando los estudiantes de Greensboro,
Carolina del Norte, Nashville, Tennessee y
Atlanta, Georgia empezaron a "ocupar" los
mostradores de tiendas locales a la hora de la
comida en protesta por la segregación de los
establecimientos. Se recomendaba a los
manifestantes vestirse formalmente, sentarse
callados y ocupar asientos alternados por
simpatizantes blancos que quisieran unirse.
Muchas de estas ocupaciones acabaron en
brutales desalojos por parte de autoridades
escolares.
Esta técnica no era nueva --el
Congress of Racial Equality (Congreso por
la Igualdad Racial) la había utilizado para
protestar contra la segregación en el medio
oeste durante los 1940s--, pero en 1960 logró
atraer la atención nacional. El éxito de las
ocupaciones en Greensboro provocó una
epidemia de campañas estudiantiles en todo el
sur del país. Probablemente la mejor
organizada y disciplinada de éstas y la que
trajo frutos más inmediatos, fue la de
Nashville, Tennessee. A finales de los 1960s
las ocupaciones se habían propagado a cada
estado sureño y fronterizo, e incluso habían
llegado a Nevada, Illinois y Ohio. Los
manifestantes no se centraron solamente en
los mostradores de comida, sino también
en parques, playas, librerías, cines, museos
y otros espacios públicos. Cuando se les
arrestaba, los manifestantes estudiantiles
hacían votos de "jail-no-bail", es decir,
rehusaban pagar las fianzas y pasaban en la
cárcel el tiempo de condena para evitar que la
campaña gastara todos sus fondos en fianzas,
y también para llamar la atención del público.
Los activistas que dirigieron estas
ocupaciones, entre ellos Ella Baker, formaron
el Student Nonviolent Coordinating
Committee (SNCC-Comité Coordinador
Estudiantil No-violento) en 1960 para
profundizar estas tácticas de confrontación
no-violentas. Su primera campaña, en 1961,
fue la de los llamados Viajeros de la libertad
(Freedom Riders), que consistían en trayectos
en autobús de los activistas hasta el sur
profundo para terminar con la segregación de
estas compañías en las terminales de
autobuses, como requería la ley federal.
Esta serie de viajes resultó una misión
extremadamente peligrosa. En Anniston,
Alabama, un autobús fue atacado con
bombas incendiarias, obligando a sus
pasajeros a huir para salvar sus vidas. En
Birmingham, un informante del FBI reveló
que el comisionado de seguridad pública
Eugene "Bull" Connor había incitado al Ku
Klux Klan para que atacara un grupo de
pasajeros por la libertad "hasta que
pareciera que un bulldog los había
pescado". Los pasajeros fueron golpeados
brutalmente. En el pueblo lúgubremente
callado de Montgomery, una muchedumbre
atacó otro autobús lleno de pasajeros por la
libertad, provocando que John Lewis
perdiera el conocimiento con una caja de
madera y golpeando al fotógrafo de la
revista Life, Don Urbrock con su propia
cámara. Una docena de hombres rodearon
a Jim Zwerg, un estudiante blanco de la
Universidad Fisk, y lo golpearon con una
maleta hasta saltarle los dientes.
Cuando eran llevados a la cárcel,
también eran maltratados. Los amontonaban
en celdas sucias y pequeñas y eran golpeados
esporádicamente. En Jackson, Mississippi,
algunos prisioneros tuvieron que hacer
trabajos forzados bajo un calor de 100°
Farenheit. Otros fueron transferidos a la
penitenciaría de Parchman, donde se salaba
intencionalmente su comida y les quitaron los
camastros de sus celdas. Algunas veces se les
amarraban las muñecas a las paredes y sus
celdas eran cerradas excesivamente en días
calurosos, dificultando su respiración.
BOICOT DE AUTOBUSES DE
MONTGOMERY
El boicot de autobuses de
Montgomery (en inglés: Montgomery Bus
Boycott) fue una protesta política y social que
comenzó de 1955 en Montgomery, Alabama,
con la intención de oponerse a la política de
segregación racial en el sistema de
transporte público. La lucha se prolongó
desde el 1 de diciembre de 1955, cuando
Rosa Parks fue arrestada por negarse a ceder
su asiento a una persona blanca, hasta el 20
de diciembre de 1956, cuando la sentencia
de Browder v. Gayle entró en vigencia y
condujo a la Corte Suprema de Justicia a
declarar inconstitucionales las leyes que
exigían la segregación en los autobuses en
Montgomery. Muchas personalidades
importantes del movimiento de los derechos
civiles participaron del boicot, entre ellos el
Reverendo Martin Luther King, Jr y Ralph
Abernathy.
Autobús en el que viajaba Rosa Parks
MARCHA SOBRE WASHINGTON
En 1941 A. Philip Randolph, Bayard
Rustin y otros activistas habían planeado una
marcha sobre Washington por la eliminación
de la discriminación de empleo en la industria,
pero la marcha fue suspendida cuando el
presidente Franklin Delano Roosevelt
promulgó la Orden Ejecutiva 8802
prohibiendo la discriminación racial en la
industria de defensa y creando una agencia
para supervisar el cumplimiento de la orden.
Randolph y Rustin fueron los principales
organizadores de la Segunda Marcha sobre
Washington por el Empleo y la Libertad, que
propusieron inicialmente para 1962.
El gobierno de Kennedy presionó
mucho a los organizadores para que esperaran
las nuevas leyes y no realizaran la marcha,
pero sin éxito, pues fue llevada a cabo el 28 de
agosto de 1963. Fue un esfuerzo gigante de
colaboración entre todas las organizaciones
por los derechos civiles, del ala más
progresista del movimiento sindical de los
trabajadores, y de varias organizaciones más.
La marcha tenía seis metas oficiales:
"leyes significativas de derechos civiles; un
programa de empleo federal masivo; por
pleno empleo justo; vivienda decente,
ejercicio del derecho al voto; y educación
integrada adecuada." De éstos, el foco
verdadero de la marcha estaba en la
aprobación de la Ley de Derechos Civiles,
que la administración de Kennedy había
propuesto después de las movilizaciones en
Birmingham.
La marcha fue un gran éxito, aunque no
estuvo ajena a la controversia. Más de
200.000 manifestantes se reunieron frente
al Monumento a Lincoln, donde Martin
Luther King pronunció su famoso discurso
"yo tengo un sueño". Mientras que muchos
oradores aplaudieron la administración de
Kennedy por los esfuerzos (en gran parte
ineficaces) que había hecho hacia la obtención
de la nueva legislación de derechos civiles
que protegía el derecho a votar y proscribía
la segregación, Juan Lewis de SNCC criticó
al gobierno porque había hecho poco para
proteger a los negros del sur y a los
defensores de los derechos civiles allí
sometidos a feroces ataques.
Después de la marcha, King y otros
líderes de los derechos civiles se reunieron
con el presidente Kennedy en la Casa
Blanca. Mientras que Kennedy parecía confiar
sinceramente en la aprobación de la ley, no
estaba claro que tenía los votos para hacerlo.
Pero tras su asesinato el 22 de noviembre
de 1963, el nuevo presidente Lyndon B.
Johnson logró utilizar su influencia en el
Congreso para sacar adelante gran parte de
la agenda legislativa de Kennedy.
CASOS CÉLEBRES DE DISCRIMINACIÓN
AFROAMERICANA
Uno de los casos que causó revuelo y
comenzó con lo que posteriormente sería
llamado el “Movimiento por los Derechos
Civiles” fue el asesinato de Emmett Till, un
adolescente de Chicago que se encontraba de
visita en la localidad de Money, Mississippi,
durante el verano de 1955; éste
supuestamente le silbó a una mujer blanca en
una tienda, luego de lo cual fue secuestrado
por 2 blancos, quienes le propinaron una
paliza, dispararon y lanzaron al río
Tallahatchie el 28 de agosto. Los dos
asesinos fueron arrestados el día después de
la desaparición de Till. Fueron declarados
inocentes un mes más tarde tras una
deliberación de 67 minutos por parte del
jurado. Unas 50,000 personas pudieron haber
visto el cuerpo de Emmet Till durante el
funeral en su casa de Chicago y muchos miles
más fueron expuestos a la evidencia, cuando
una fotografía del cadáver fue publicada en la
revista Jet.
Aspecto del cadáver de Emmett Till y comparativa
El 1 de diciembre de 1955, Rosa Parks
(la "madre del Movimiento por los Derechos
Civiles") rehusó levantarse de su asiento en
un autobús público para dejárselo a un
pasajero blanco.
Rosa fue arrestada, enjuiciada y
sentenciada por conducta desordenada y por
violar una ley local. Cuando el incidente se
conoció entre la comunidad negra, cincuenta
líderes afroamericanos se reunieron y
organizaron el Boicot de Autobuses de
Montgomery para protestar por la
segregación de negros y blancos en los
autobuses públicos. El boicot duró 381
días, hasta que se abolió la ley local de
segregación entre afroamericanos y
blancos.
Rosa Parks
Más enfocados en la actualidad, resalta
el caso de Michael Brown, un afroamericano
de 18 años. El acontecimiento tuvo lugar en
Ferguson, Misuri; este fue asesinado el 9 de
agosto de 2014 por Darren Wilson, un agente
de policía blanco, de 6 disparos.
Darren Wilson
Las declaraciones de Wilson indican
que Brown golpeó en la cara en dos
oportunidades al agente policial, lo que
provocó que este respondiera de una manera
violenta ante el enfrentamiento. Cabe destacar
que el gran jurado dictaminó que Darren
Wilson no será imputado y el 29 de
noviembre de 2014, después de una
licencia retribuida desde el tiroteo, Darren
Wilson renunció al departamento de policía
de Ferguson. Es importante resaltar que los
afroamericanos suponen el 67% de la
población de Ferguson, pero solo el 5,7%
de la fuerza policial. Los líderes políticos,
judiciales y educativos también son blancos.
En localidades de similar tamaño, el promedio
de policías blancos es del 87,5%, según datos
oficiales. En Ferguson, muchos creen que la
relación con la policía mejoraría si hubiese
más agentes negros y que conocieran la
comunidad. Buena parte de los agentes,
como el que mató a Brown, viven en otros
municipios.
Michael Brown
Igualmente, un ciudadano
afroamericano en New York llamado Eric
Garner el pasado 17 de julio de 2014 murió
tras ser estrangulado por Daniel Pantaleo, un
oficial de policía durante alrededor de 15 a 19
segundos durante los cuales Garner repetía:
“no puedo respirar” y posteriormente el
desmayo de la víctima. Estos no realizaron
RCP a la víctima durante la escena; por lo cual
una hora más tarde, luego de que una
ambulancia lo llevara al hospital, fue declarado
muerto.
Eric Garner
Protestas en New York por el caso Garner
DISCRIMINACIÓN CONTRA LOS LATINOS
Para tener una comprensión global
sobre el problema de la discriminación contra
los latinos y los abuso que sufren a manos de
las Fuerzas Policiales en Estados Unidos,
deben considerarse otros factores que pueden
contribuir para lograr esa comprensión, que va
de la mano muchas veces con la situación de
los ciudadanos afroamericanos.
La población hispana de los Estados
Unidos, incluyendo los nacidos aquí
y los nacidos afuera, aumentó casi
un 50 por ciento entre los años 2000
y el 2011, aumentando el total de la
población hispana a casi 52 millones
en el 2011.
Aproximadamente el 30 por ciento
de los hispanos en los Estados
Unidos no tiene seguro médico.
En el 2011, menos del 30 por ciento
de los estudiantes hispanos se
graduaron de la escuela secundaria
y menos del 4 por ciento obtuvieron
títulos universitarios avanzados.
Más del 20 por ciento de las mujeres
hispanas menores de 18 años viven
por debajo del nivel de pobreza.
En un estudio de la Universidad de
Rutgers, el 22 por ciento de los
trabajadores hispanos/latinos
reportaron haber sufrido de
discriminación en el trabajo,
comparado con 6 por ciento de
trabajadores blancos.
Trabajar en condiciones de
discriminación puede llevar a la
depresión, reduce la confianza en sí
mismo, provoca resentimiento y
retiro del trabajo.
Las mujeres hispanas ganan
aproximadamente 54 centavos por
cada dólar que gana un hombre
blanco no hispano, esto es una
pérdida de casi 24 mil dólares al año.
En el 2011, hispanos nacidos fuera
de los Estado Unidos tuvieron la
tasa de deserción escolar más alta
(14.2 por ciento) entre los
estudiantes de 16 a 19 años de edad.
Más de 6 millones de niños latinos
vivían en pobreza en el año 2010,
dos tercios de ellos eran hijos de
inmigrantes.
De acuerdo a una encuesta del
centro Pew, los latinos son el
segundo grupo étnico más
discriminado después de los
afroamericanos.
El censo de población de los
Estados Unidos demostró que los
hispanos son el grupo que recibe
más discriminación en lo que se
refiere a vivienda. En más del 20 por
ciento de los hogares hispanos en
los Estados Unidos viven 5 personas
o más.
Se plantea que la discriminación
latinoamericana deviene de un motivo
puramente racial y lingüístico; igualmente la
población americana posee la falsa creencia
de que los inmigrantes son negativos para
el desarrollo de la nación, bien sea por
educación, por narcotráfico o simplemente
por xenofobia y recelo de cultura.
Los latinos y negros son los grupos
étnicos más arrestados por delitos menores
en Nueva York, reportó El Diario de Nueva
York. Ante la decisión del caso de Eric
Garner, dicho medio consultó al profesor de
estudios latinos de John Jay College, John
Gutiérrez para que analizara la situación de
estos grupos en Estados Unidos. “Los
hispanos y afroamericanos sufren de un
alto nivel de discriminación. Este es un
problema que afecta a ambas comunidades
y por eso hemos visto esta reacción en la
ciudad”, manifestó el profesor.
Casos de brutalidad policial contra
latinos como el de Anthony Báez, quien
murió en 1994 a manos de la Policía siguen
latentes en la memoria de la comunidad latina.
Báez murió en circunstancias parecidas a las
de Garner, ya que falleció por asfixia.
Este año también trascendió el caso
de Sandra Amézquita, una mujer
embarazada que fue lanzada al suelo y
arrestada al tratar de impedir el arresto de su
hijo de 17 años. Un video de los hechos
causó controversia en las redes sociales,
ya que se puede ver como los oficiales la
golpean en el vientre.
Finalmente, el Comité contra la
Tortura de las Naciones Unidas (CAT, por
sus siglas en inglés) exhortó a las
autoridades de Estados unidos a investigar
los casos de abuso policial contra personas
pertenecientes a minorías. Según ese
organismo, desde 2006 ha reprochado la
conducta del Departamento de la Policía de
Chicago contra negros y latinos, reseñó el
portal Hispantv.
POLICÍAS DE EEUU MATAN A 100 VECES EL
ÍNDICE DE OTROS PAÍSES
Los políticos de los Estados Unidos
a menudo promueven la idea reaccionaria y
peligrosa del “excepcionalismo
estadounidense”, por el cual quieren decir
que Estados Unidos es superior a todos
los demás países. En mayo de 2014, el
presidente Obama dijo a los cadetes del
ejército en West Point, “Creo en el
excepcionalismo americano con cada
fibra de mi ser”.
Un área en el que los Estados
Unidos es sin duda excepcional, es el nivel
de la violencia estatal dirigida contra los
afroamericanos, latinos, nativos
americanos y trabajadores y gente pobre
de todas las nacionalidades. Los
asesinatos policiales en Estados Unidos
superan en número a los de otros países
capitalistas desarrollados en hasta un 100
a 1.
¿Cuántas personas mueren cada
año por la policía en los Estados Unidos?
El número exacto no se conoce. No hay
ninguna agencia federal que sigue la pista. El
FBI recopila estadísticas anuales para
“homicidios justificados” por la policía, y
todos los homicidios policiales
reportados se inscriben como
“justificado” por el FBI.
Pero, la participación en reportar
los homicidios cometidos por la policía y
los departamentos de alguacil al FBI es
voluntaria. De las aproximadamente 18.000
agencias policiales, sólo alrededor de 800
proporcionan estadísticas. El asesinato de
Eric Garner en Staten Island de la Ciudad
de Nueva York no se contará en las
estadísticas del FBI para el año 2014,
porque la notoria policía de Nueva York ha
decidido no participar en la presentación
de informes.
Según las estadísticas del FBI, hubo
461 homicidios “justificados” por la policía
en 2013. Sin embargo, el sitio web
KilledbyPolice.net (Matado Por Policía)
informó que la policía no-militar mató a 748
personas sólo en los últimos ocho meses
de 2013, y 1.100 en 2014. Las cifras de
KilledByPolice fueron compiladas utilizando
las fuentes principales de medios de
comunicación. El total real es sin duda
mayor, ya que no se denuncian todos los
asesinatos de la policía, y es prácticamente
imposible comprobar todas las decenas de
miles de medios de comunicación en el país.
Por el contrario, en Inglaterra,
también un país con una larga historia de
racismo, la policía disparó armas tres
veces en total en el 2013, con cero
muertes reportadas. La policía no porta
armas en patrulla en Inglaterra. Desde 2010
hasta 2014, hubo cinco disparos fatales
por la policía en Inglaterra, que tiene una
población de aproximadamente 52
millones de habitantes. Por el contrario,
Albuquerque, Nuevo México, con una
población de 1 por ciento de Inglaterra,
¡tuvo 26 asesinatos por disparos de la
policía en ese mismo período de tiempo!
En 2011, el FBI reportó 404
homicidios “justificados” por la policía
estadounidense. Sobre la base de los datos
recogidos por KilledByPolice para 2013 y
2014, el número real de homicidios
policiales para 2011 es probablemente
más de 1.000. Había dos homicidios
policiales reportados en Inglaterra, lo que
significa que la tasa de muerte por la
policía de Estados Unidos fue de
aproximadamente 100 veces mayor que la
de los policías ingleses en 2011.
El mismo año, la policía alemana,
que porta armas de fuego, mató a seis
personas. Alemania tiene una población
cerca de una cuarta parte de los Estados
Unidos. Así que en términos per cápita, la
policía de Estados Unidos tiene 40 veces
más probabilidad de matar que la policía
alemana.
Canadá, otro estado multinacional
con alrededor del 12 por ciento de la
población de los EE.UU., también informó de
seis disparos fatales por la policía en
2011, lo que significa que los policías en
Estados Unidos son 20 veces más
propensos a matar que sus contrapartes
canadienses.
Junto con la policía
extraordinariamente violenta, EE.UU. tiene
un sistema penitenciario “excepcional” y
verdaderamente monstruoso. Hay más
gente encarcelada en los Estados Unidos
que en cualquier otro país, más de 2,4
millones de personas. El siguiente es
China, con 1,5 millones en la cárcel, pero
China tiene una población cuatro veces
mayor que la de Estados Unidos. La tasa
de prisioneros en los Estados Unidos es de
737 por cada 100.000 habitantes: la de
China es de 128 por 100.000.
Estados Unidos tiene un 5 por
ciento de la población mundial, pero el 24
por ciento de todos los presos en el
mundo. No sólo tiene el mayor número de
seres humanos encarcelados, también tiene
la más alta tasa de encarcelamiento de
cualquier país del planeta. Los
afroamericanos representan alrededor del
12 por ciento de la población de Estados
Unidos, pero casi el 40 por ciento de las
personas en prisión. Los afroamericanos
tienen más de seis veces más
probabilidades de ser encarcelados que
los blancos.
En este contexto general, el Comité de
la Organización de las Naciones Unidas
(ONU) contra la Tortura pidió a Estados
Unidos investigar el abuso de fuerza
policial y la muerte de jóvenes negros,
especialmente en Chicago.
La institución, asimismo, demandó que
EE.UU. asegure que las armas de
electrochoque sean utilizadas solo en
situaciones de riesgo de vida del agente de
seguridad. El documento de la ONU se
publica tras un momento de tensión por el fallo
que exculpa a Darren Wilson, el policía que
mató en Ferguson, Misuri, a Michael Brown,
un joven afroamericano que iba desarmado. La
mesa condenó el “dolor insoportable y el
prolongado sufrimiento de los prisioneros
durante simulacros de ejecución”, así como
las violaciones frecuentes de personas
encarceladas, mujeres embarazadas
encadenadas y el extendido uso del
aislamiento.
La ONU expresó su preocupación por
los numerosos reportes de brutalidad por
parte de policías y abusos contra minorías
raciales, inmigrantes y homosexuales. La
observación más alarmante es la de
“frecuentes tiroteos policiales o
persecuciones fatales de individuos negros
desarmados (…) Hay reportes de violencia
actual en Chicago, en particular contra
jóvenes afroamericanos y latinos”.
Al respecto, la delegación
estadounidense informó que se han abierto
20 investigaciones desde 2009 por abusos
policiales sistemáticos y que más de 330
oficiales de policía fueron procesados por
brutalidad.
“Tenemos ciertas preocupaciones sobre si
estas investigaciones se completaron y si
se implementa en realidad un castigo para
los oficiales de la ley cuando se exceden”,
señaló Jens Modvig, miembro del panel.
CUESTIONES A CONSIDERAR:
Una vez observados los elementos más
importantes con respecto al tópico, se deben
tomar soluciones partiendo de las siguientes
cuestiones:
¿Es necesaria la revisión de las
Fuerzas Policiales, en cuanto a los
procedimientos de arresto actuales
para la erradicación de esta
problemática?
¿Las inclinaciones discriminatorias
deben ser tomadas en cuenta para la
elección de las Fuerzas Policiales?
¿Se deben tomar medidas más
severas contra los que incurren en
prácticas policiales violatorias de los
Derechos Humanos y que
particularmente discriminan a
afroamericanos e hispanos?
¿Qué programas se proponen para
concientizar a la población
estadounidense acerca de esta
problemática?
¿Hay un verdadero compromiso del
Gobierno Federal para atender estas
situaciones y procurar soluciones
que las erradiquen?
¿Está dispuesto el gobierno de
Estados Unidos a poner en práctica
las soluciones que la Comisión
establezca?
TÓPICO B:
VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS
DEL PUEBLO PALESTINO POR PARTE DEL
ESTADO DE ISRAEL
Existen violaciones de derechos en
todas partes del mundo. Por ejemplo, en el
Informe Mundial de 2009 de Amnistía
Internacional y de otras fuentes muestra que
a los individuos:
* Se les tortura o se abusa de ellos en 81
países por lo menos.
* Enfrentan juicios injustos en por lo menos
54 países.
* Se les restringen sus libertades de
expresión en por lo menos 77 países.
No sólo eso, sino que a mujeres y niños
en particular se les margina de numerosas
maneras, la prensa no es libre en muchos
países y se calla a los disidentes, con
demasiada frecuencia en forma permanente.
Aunque se han logrado algunas ganancias en
las últimas seis décadas, las violaciones de los
derechos humanos siguen azotando a nuestro
mundo actual.
Tomando en cuenta los artículos 1, 2,
3, 4, 5 y 18 de la Declaración Universal de
los Derechos Humanos que establecen que
todo ser humano es libre, igual y tiene
libertad de culto, pensamiento, religión y la
práctica, el culto y la observancia de esta.
Como Consejo de Derechos
Humanos es fundamental la resolución de
este conflicto que cada día afecta a más
personas que cada vez, ven más atentados
sus derechos humanos fundamentales.
CONVENIOS DE GINEBRA
Se conoce con el nombre de
Convenios de Ginebra o Convenciones de
Ginebra al conjunto de los cuatro convenios
internacionales que regulan el Derecho
Internacional Humanitario —también
conocido por ello como derecho de Ginebra—
cuyo propósito es proteger a las víctimas de
los conflictos armados. El primero fue firmado
en la localidad suiza de Ginebra en 1864, un
año después de la fundación del Comité
Internacional de la Cruz Roja, con el fin de
lograr un pequeño ámbito de acuerdo
universal sobre ciertos derechos de las
personas en tiempo de guerra,
específicamente, los derechos del cuadro
médico a ser considerado neutral a fin de
poder tratar a los heridos.
El Derecho Humanitario Internacional
y el Derecho de los Derechos Humanos son
dos ordenamientos jurídicos diferentes pero
complementarios. La finalidad de ambos es
proteger a las personas contra los actos
arbitrarios y los abusos. Los derechos
humanos son inherentes al ser humano y
protegen a las personas en todas las
circunstancias, en tiempo de guerra y de
paz.
El Derecho Internacional Humanitario
sólo se aplica en situaciones de conflicto
armado. Por lo tanto, en tiempo de conflicto
armado, el derecho internacional de los
derechos humanos y el derecho
internacional humanitario se aplican de
manera complementaria.
La política israelí atenta contra tres de
las cuatro Convenciones de Ginebra,
tratados internacionales promovidos por el
Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR)
y que se han constituido como los principales
instrumentos de protección del Derecho
Humanitario y de las leyes de los conflictos
armados.
Estamos ante un estado reincidente en
la violación de los Derechos Humanos
(DDHH) y el Derecho Internacional (DI).
Entre las Convenciones, tratados y
otros documentos o jurisprudencia
internacional incumplidos:
* I, II, III y IV Convenciones de Ginebra (1929
y 1949),
* Convenciones de la Haya (1899 y 1907),
* Convención de Municiones de Racimo
(2008),
* Convención contra la Tortura (1985),
* Convención de Derechos del Niño (1990),
* Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Políticos (1966),
* Declaración Universal de Derechos
Humanos (1948)
* Resoluciones 242 y 338 del Consejo de
Seguridad de las Naciones Unidas (1967).
Jurisprudencia: Caso Nüremberg (Tribunal
Militar Internacional, 1946),
* Caso Muro en los Territorios Palestinos
Ocupados (Tribunal Internacional de
Justicia, 2003)
* Incumplimiento de Resoluciones de
NNUU.
Además, reúne entre sus acciones
ataques contra instalaciones civiles,
arrestos masivos y arbitrarios de civiles,
detenciones sin juicio, ejecuciones
extrajudiciales, torturas sistemáticas,
restricciones a la libertad de movimiento,
etc.
Entre las modalidades de crímenes
destacan:
1. Obstáculo a la prestación de atención
médica: Cruz Roja denuncia restricción al
movimiento de ambulancias palestinas o
del CICR, con el resultado de muerte de
civiles heridos lo que viola la IV
Convención de Ginebra. En caso de
combatientes, violaría la II Convención de
Ginebra.
2. Ataques a los derechos de la infancia:
Ataques contra escuelas, detenciones
arbitrarias de niños/as, muertes de menores
durante ataques militares israelíes y
torturas contra niñas y niños detenidos. La
IV Convención de Ginebra (artículos 21 y
50) establece una protección especial de
los DDHH de la infancia.
3. Construcción de un Muro ilegal, según
establece la sentencia Muro en los ToP del
Tribunal Internacional de Justicia (2003). El
Tribunal cita las disposiciones de la IV
Convención de Ginebra (artículo 53) que
prohíben alterar o destruir propiedad.
4. Tortura: Israel también ha cometido
violaciones contra la III Convención de
Ginebra, que obliga a proveer un trato
humanitario para los y las prisioneras de
guerra. Los informes incluyen torturas
sistemáticas contra dichos prisioneros/as.
5. Armas prohibidas. Uso de bombas de
fragmentación, racimo o fósforo, prohibidas
por la Convención de Municiones de
Racimo (2008), y minas antipersonal,
proscritas por la Convención de Ottawa
(2008) y reguladas por las Convenciones de
la Haya.
6. Castigo colectivo. El bloqueo de Gaza
viola el DHI pues sólo puede ser autorizada
por el Consejo de Seguridad de NNUU. El
castigo colectivo contra una población
entera y la violación de sus derechos socio-
económicos básicos no constituyen una
política de defensa aceptable y violan art.
33 de la IV Convención y el Pacto
Internacional de DESC (1966).
PARTES EN CONFLICTO
PALESTINA: Estado con reconocimiento
limitado ubicado en Medio Oriente, más
concretamente en el Levante mediterráneo, y
que limita con Israel, Jordania, Egipto y la
ribera sudoriental del mar Mediterráneo.
Fue proclamado en el exilio en Argel el 15 de
noviembre de 1988, cuando el Consejo
Nacional de la Organización para la
Liberación de Palestina (OLP) adoptó la
declaración de independencia de Palestina
de forma unilateral. En ese tiempo, la OLP no
ejercía control sobre territorio alguno, y era un
gobierno en el exilio. Aún hoy parte del
territorio reclamado se mantiene bajo
ocupación israelí. Reivindica los territorios
palestinos definidos antes de la guerra de 1967
y ha designado a Jerusalén como su capital.
En 1994, conforme a los Acuerdos de
Oslo entre La OLP y el Gobierno de Israel,
fue establecida la Autoridad Nacional
Palestina como una entidad administrativa
transitoria. El 31 de octubre de 2011, fue
admitida como miembro número 195 de la
UNESCO, como estado miembro de pleno
derecho.
ISRAEL: País soberano de Oriente Próximo
que se encuentra en la ribera sudoriental del
mar Mediterráneo. Limita al norte con el
Líbano, al este con Siria, Jordania,
Palestina (Cisjordania), al oeste con el mar
Mediterráneo y Palestina (Franja de Gaza),
al suroeste con Egipto y al sur con el golfo
de Aqaba, en el mar Rojo.
EL CONFLICTO ÁRABE-ISRAELÍ
Se refiere a la tensión política y los
conflictos armados entre el Estado de Israel y
sus vecinos árabes, en particular los
palestinos.
Su definición, historia y posibles
soluciones son materia de permanente debate
y los problemas que incluye varían con el
tiempo. Al día de hoy, las principales
cuestiones son la soberanía de la Franja de
Gaza y Cisjordania, el estatus de la parte
oriental de Jerusalén, de los Altos del
Golán y de las Granjas de Shebaa, el
destino de los asentamientos israelíes y de
los refugiados palestinos, el
reconocimiento de Israel y Palestina y de su
derecho a existir y vivir en paz al abrigo de
amenazas y actos de fuerza. También existe
un complejo acuerdo con Palestina, que
supone el establecimiento de una especie de
protectorado israelí sobre zona palestina y
un alto el fuego parcial.
EL ORIGEN Y EL DESARROLLO DEL
CONFLICTO
Los inicios del conflicto se remontan al
período colonial y al surgimiento de los
movimientos nacionalistas en Europa y en
Oriente Medio. Desde finales del siglo XIX, en
las provincias árabes del Imperio Otomano
se fueron desarrollando movimientos
nacionalistas que reivindicaban la
autodeterminación de la población autóctona
haciendo valer su identidad árabe. Asimismo
en Europa, al calor de la ola de nacionalismos,
se articuló un movimiento singular, el sionismo,
que propugnaba la creación de una entidad
estatal para los judíos dispersos por el mundo.
Asimismo en Europa, al calor de la ola
de nacionalismos, se articuló un movimiento
singular, el sionismo, que propugnaba la
creación de una entidad estatal para los
judíos dispersos por el mundo.
A pesar de ser un movimiento
eminentemente laico, el sionismo vio en
Palestina, tierra donde se fundó el judaísmo,
el lugar ideal para realizar su proyecto
nacional. Desde principios de siglo, este
movimiento propició la instalación de judíos
europeos en ese territorio todavía bajo
administración otomana. Esta inmigración
tomó envergadura bajo el Mandato Británico
entre 1920 y 1948 (el sistema de mandatos
fue establecido por la Sociedad de Naciones
en las colonias de las potencias derrotadas en
la Primera Guerra Mundial; debía prepararlas
para la independencia).
Mientras que otras provincias otomanas
fueron alcanzando paulatinamente su
independencia, la disputada Palestina siguió
bajo control colonial. Los dos proyectos
nacionales, el árabe palestino y el sionista,
chocaron cuando la comunidad judía
inmigrada, aunque minoritaria, tomó
envergadura y amplió sus propiedades
siguiendo planes de control territorial.
Su proyecto estatal se hizo claro
cuando el yichuv, la comunidad judía en
Palestina, fue creando instituciones
autónomas a modo de un proto-estado judío
y desarrollando prácticas excluyentes y
discriminatorias respecto a los árabes.
Poco a poco fue creciendo una espiral de
violencia entre árabes y judíos sionistas
(entre 1936 y 1939 tuvieron lugar importantes
revueltas árabes) lo que llevó a barajar la
partición del territorio.
Tras la Segunda Guerra Mundial y
ante la inminente retirada británica, las
Naciones Unidas (resolución 181,
noviembre 1947) propusieron formalmente
la partición del territorio y la creación de
dos Estados, uno árabe palestino y otro
judío. Este plan fue rechazado por los
árabes pues legalizaba, a sus ojos, los planes
y las colonias establecidas por los
sionistas. En mayo de 1948, la comunidad
judía declaró unilateralmente la creación
del Estado de Israel, acto que desencadenó
la intervención militar de los Estados
árabes vecinos en apoyo a los palestinos. A
raíz de esta primera guerra árabe-israelí, el
Estado judío no sólo resistió la intervención
árabe, sino que provocó la salida de gran parte
de la población palestina que quedaba en su
territorio y amplió su superficie más allá de
lo previsto en el plan de partición.
Israel aprovechó además la
desarticulación de la sociedad palestina
provocada por el éxodo y la guerra. Los
territorios palestinos de Cisjordania y Gaza
quedarían bajo control de Jordania y Egipto
respectivamente; se frustraba la creación de
un Estado árabe en Palestina, y la ciudad de
Jerusalén quedaba dividida.
El nuevo Estado judío se alineó pronto
con las potencias europeas frente al
nacionalismo árabe (guerra del Canal de
Suez en 1956); ganándose su apoyo político y
económico. Además, a raíz del genocidio
nazi, afirmó su razón de ser al declarar Israel
como único refugio seguro para todos los
judíos. Durante las primeras décadas Israel
se consolidó como Estado y promovió la
instalación masiva de judíos. En cambio, a
raíz de la guerra, los palestinos vieron
frustrado su derecho a disponer de un Estado
propio. Dispersos entre varios países y
divididos internamente su actuación casi se
limitó a algunos hostigamientos poco eficaces
contra Israel.
En 1964, se crearía la Organización
para la Liberación de Palestina, OLP. Por
imperativos de seguridad (la necesidad de
contar con más profundidad defensiva ante
los hostigamientos de sus vecinos árabes)
y de recursos naturales (el control del agua),
en junio de 1967 Israel ocupó el Golan sirio,
la península del Sinai egipcio y los
territorios palestinos de Cisjordania y Gaza.
Con la ocupación de estos últimos Israel se
apoderaba de la totalidad del territorio de la
Palestina del Mandato; sin embargo no los
anexionaría ante la imposibilidad de expulsar a
su población árabe y para evitar incrementar
el número de árabes con ciudadanía israelí.
Emblema de la OLP
Desde 1967, Cisjordania y la Franja
de Gaza han estado bajo ocupación militar
israelí. Este régimen ha supuesto el estado
de excepción permanente (autoridades y
legislación militar), la persecución de los
nacionalistas palestinos, la apropiación de
sus recursos naturales (tierra y agua), la
gradual expropiación de tierras para la
instalación de colonos (en 1997 hay más de
150.000 colonos en los territorios ocupados y
otros 170.000 en Jerusalén Este) y bases
militares, la progresiva judaización de la
parte oriental de Jerusalén (donde se
pretende que la población árabe deje de ser
mayoritaria), y, en fin, la total subordinación
de la economía palestina a la israelí.
Mientras tanto la oposición palestina se
organizó en el exterior.
Durante los años 70 y 80', la OLP
recompuso el tejido nacional palestino y
organizó un Estado en el exilio que logró el
reconocimiento y el apoyo internacional. La
OLP combinó el encuadramiento de la
población palestina refugiada, la acción
diplomática y la lucha armada para liberar el
territorio. Progresivamente la OLP fue
aceptando la fórmula de la partición territorial
pero exigiendo la materialización de los
derechos nacionales del pueblo palestino:
libre determinación, derecho a disponer de
un Estado y retorno de los refugiados. Ante
la intransigencia israelí y el continuo apoyo
de sus valedores externos, ni la vía diplomática
seguida por la OLP ni la lucha armada dieron
resultados.
A finales de 1987 la iniciativa fue
retomada por los palestinos del interior que
desencadenaron el levantamiento popular en
Cisjordania y Gaza. La Intifada supuso un
vasto movimiento de rechazo a la ocupación y
de desobediencia civil que causó una
profunda conmoción en Israel, desenmascaró
la realidad de la ocupación y desencadenó un
vasto apoyo internacional a los palestinos.
Al calor de la revuelta, en junio de 1988,
Jordania cortó sus vínculos administrativos
con Cisjordania, y en noviembre el Consejo
Nacional Palestino (parlamento en el exilio)
declaró el Estado de Palestina. La situación
se hizo cada vez más insostenible para Israel,
que seguía resistiéndose a cambiar de política.
Firma del Acuerdo de Paz de Oslo
EL CONFLICTO EN LA ACTUALIDAD
Tras el colapso de las conversaciones
de paz auspiciadas por Estados Unidos y el
anuncio a comienzos de junio de un gobierno
de unidad entre las facciones palestinas de
Fatah y Hamas, considerado inaceptable
por Israel, comenzó una escalada de
violencia.
Emblema de Hamas
En medio de esta situación, tres
jóvenes israelíes fueron secuestrados en
Cisjordania y días después aparecieron
asesinados. Israel culpó a Hamas y arrestó a
cientos de miembros del grupo. Posteriormente
Israel reconoció que no podía asegurar que el
autor haya sido Hamas o una célula
independiente. Tras los arrestos, Hamas lanzó
cohetes sobre territorio israelí e Israel lanzó
ataques aéreos sobre Gaza.
El 2 de julio –un día después del
entierro de los israelíes– un palestino de 16
años fue secuestrado en Jerusalén Oriental y
asesinado. Tres israelíes fueron acusados y
desde Gaza se incrementó el lanzamiento
de cohetes hacia Israel.
Durante el funeral de Mohamed Abu Jedir -en la foto
precedente- un primo del fallecido, Tarek Abu Jedir, de 15
años, sufrió una paliza a manos de policías israelíes que
quedó grabada y circuló por YouTube. El joven fue detenido
sin cargos hasta que la Policía lo liberó a cambio de una
pena de 9 días de arresto domiciliario.
Hamas se atribuyó la responsabilidad
por el lanzamiento de cohetes por primera vez
en casi dos años, tras una serie de ataques
aéreos israelíes en los que murieron varios
miembros de su brazo armado. Al día siguiente
las Fuerzas de Defensa de Israel lanzaron la
Operación Margen Protector contra los
militantes de Hamas en la Franja de Gaza.
Ataques aéreos israelíes
Terroristas de Hamas preparando el lanzamiento de cohetes
contra Israel.
ISRAEL Y LOS DERECHOS HUMANOS: EL
USO DE LA LEY PARA JUSTIFICAR ACTOS
ILEGALES
El aspecto más inquietante en relación
con los derechos humanos en Israel no es ni
el alcance ni la gravedad de las violaciones
de estos derechos en sí mismos. Decenas
de gobiernos y de fuerzas policiales de todo el
mundo tienen historiales de violaciones de
derechos humanos más brutales que el de
Israel. Lo más alarmante -y lo que confiere a
los abusos que se cometen en Israel su
carácter único- son los incesantes esfuerzos
que hace el Estado para legitimar
abiertamente unos actos ilegales, para
justificar lo que no se puede justificar. "Hay
dos formas de luchar -sostiene Nicolás
Maquiavelo en El Príncipe-, con la ley o con
la fuerza". Con demasiada frecuencia durante
su breve existencia. Israel ha empleado la
primera para justificar la segunda.
TORTURAS, TOMA DE REHENES Y
ASESINATOS
La justificación que esgrime Israel para
emplear la tortura es el ejemplo más conocido
de sus esfuerzos por legalizar actos
censurables. Amnistía Internacional declaró
en cierta ocasión que la tortura es la forma
de violencia que los Estados siempre
negarán y nunca justificarán. Israel ha
demostrado a Amnistía que estaba en un
error, pues es el único país del mundo que
ha legalizado la tortura, tanto en el plano
retórico como en el judicial. Los palestinos
interrogados por el Servicio General de
Seguridad (GSS) son sometidos
habitualmente a los siguientes métodos de
interrogatorio:
privación de sueño durante días e
incluso semanas;
permanecer atados en posturas
dolorosas durante, periodos
prolongados de tiempo;
privación sensorial mediante el uso
de capuchas y la emisión de música
a elevado volumen;
exposición a frío o calor extremos;
degradación y amenazas, y
sacudidas violentas
El GSS justifica estos métodos
violentos de interrogatorio citando el informe
de la Comisión Landau. La Comisión fue
creada en 1987, bajo la dirección del ex
presidente del Tribunal Supremo israelí,
Moshe Landau, para analizar las prácticas de
interrogatorio del GSS, que concluyó que este
organismo “podía emplear la presión
psicológica no violenta durante
interrogatorios intensos y continuos", así
como un "grado moderado de presión
física".
Moshe Landau
En Israel, la tortura está
institucionalizada, en tanto está regulada
por unas normas detalladas y unos
procedimientos escritos. Un amplio
contingente de funcionarios públicos participa
en su práctica. Además de los agentes del
GSS, que la infligen directamente, existe un
comité ministerial encabezado por el primer
ministro que supervisa los procedimientos,
hay médicos que determinan si un detenido
es médicamente apto para soportar la
tortura; los fiscales defienden la práctica en
los tribunales y el Tribunal Superior de
Justicia, sin haber resuelto si es legal en
principio, la ha legalizado de hecho al
aprobar su uso en casos concretos.
La toma de rehenes es otro ejemplo
de cómo Israel cubre con un manto de
legalidad la infracción de normas
fundamentales del derecho internacional.
Las autoridades israelíes mantienen en la
actualidad a unos veinte ciudadanos
libaneses en reclusión dentro del territorio de
Israel. La mayoría de estos "presos" no han
sido acusados formalmente ni juzgados;
otros siguen en prisión después de haber
cumplido sus condenas; algunos llevan
hasta once años privados de libertad. En
noviembre de 1997, el Tribunal Superior de
Justicia de Israel confirmó la reclusión
administrativa de diez de estos ciudadanos
libaneses en calidad de "piezas para la
negociación", para tratar de obtener a cambio
el regreso de los soldados israelíes
desaparecidos. En otras palabras, el tribunal
declaró que era legal mantener a personas
en prisión en calidad de rehenes.
La toma de rehenes conculca el
derecho internacional y puede ser
justificada. Resulta una amarga ironía que el
Gobierno israelí, -que normalmente está en la
vanguardia de la lucha internacional contra
el terrorismo-, haya adoptado una práctica
que constituye uno de los sellos característicos
de los grupos terroristas de todo el mundo.
Otro conocido ejemplo del intento de
Israel de legalizar actos ilegales es la
práctica de las ejecuciones extrajudiciales.
Tanto en los Territorios Ocupados como en
el resto del mundo, los agentes de los
servicios de seguridad israelíes han sido
presuntamente responsables de los
homicidios de supuestos terroristas como
Abu Yihad, Fathi Shikaki y Yahya Ayyash.
Fathi Shikaki y Yahya Ayyash.
Abu Yihad junto a Yasser Arafat
Israel reconoció su responsabilidad en
el intento de asesinato del líder de Hamas,
Jaled Mesh'al, perpetrado en septiembre de
1997 en Ammán.
Jaled Mesh'al
Aunque el Gobierno creó
inmediatamente una Comisión de
Investigación, el mandato de ésta se
circunscribía a averiguar por qué fracasó el
intento de asesinato, y no por qué se
cometió el intento en sí. Tras la chapuza,
varios altos cargos israelíes admitieron y
defendieron públicamente la política israelí de
asesinar a terroristas, afirmando que en su
justa guerra a ultranza contra el terrorismo,
Israel no iba a abstenerse de matar a
presuntos "líderes guerrilleros […]
dondequiera que estén".
Un coche aparcado cerca de la concurrida calle de Omar Al-
Mukhtar fue el blanco de un ataque aéreo israelí. Un
miliciano de Las Brigadas de los Mártires de Al Aqsa, el
brazo armado de Al Fatah, Subhi Al-Batsh, murió junto a un
miliciano de las Brigadas de Ayman Juda, un subgrupo
dentro de las Brigadas de Al Aqsa.
EL DESPOSEIMIENTO ORGANIZADO EN
LOS TERRITORIOS OCUPADOS
Esta práctica de conferir
sistemáticamente a las abiertas violaciones
de derechos humanos de Israel un halo de
legitimidad no se limita a medios represivos
como los homicidios, las detenciones
arbitrarias y la tortura, sino que también
caracteriza los esfuerzos colonialistas
israelíes. En más de treinta años de
ocupación, Israel ha creado todo un sistema
legal y administrativo que viene permitiendo
la implantación de medidas que perpetúan el
control israelí en los Territorios Ocupados.
El establecimiento de asentamientos
israelíes constituye, de entre todas estas
medidas, la dominante. Crear asentamientos
civiles permanentes en los Territorios
Ocupados constituye una violación del
derecho internacional humanitario, que
prohibe a las potencias ocupantes el
traslado de población desde su territorio al
territorio que ocupa. No obstante, y
recurriendo a diversos medios burocráticos -
que van desde la expropiación de tierras
propiedad de particulares hasta la
proclamación de las tierras palestinas
como "tierras del Estado"-. Israel ha
arrebatado de hecho alrededor del 20% de
la franja de Gaza y más de una tercera parte
de Cisjordania a sus propietarios
palestinos, en provecho de los colonos
judíos.
Las actuaciones legales también
legitiman la política conexa de Israel de
demoliciones de viviendas en Cisjordania.
El argumento de Israel es sencillo: los
palestinos edifican a menudo sin el
correspondiente permiso, -una práctica
considerada intolerable por cualquier autoridad
de urbanismo- por tanto, la demolición de
estas casas es legítima. Pero esta
argumentación hace caso omiso del hecho
de que las normas que regulan la
concesión de los permisos de urbanización,
zonificación y edificación en Cisjordania
están condicionadas desde hace años por
consideraciones de carácter geopolítico de
mucho peso.
Demolición de casas en los territorios ocupados
Hoy, miles de palestinos no pueden
obtener un permiso para edificar en sus
tierras. Para limitar la edificación palestina,
la planificación urbana en las ciudades y
pueblos palestinos está prácticamente
congelada. Planes de urbanización de más
de cincuenta años de antigüedad
determinan la aprobación o, en la mayor
parte de los casos, la denegación, de las
solicitudes de permisos para construir. El
registro de la propiedad de las tierras lleva
treinta años congelado, por lo que los
propietarios de tierras no pueden probar su
titularidad. Por otra parte, son los israelíes, y
no los palestinos, quienes dirigen a las
autoridades que regulan la edificación. Los
palestinos que quieren construir con un
permiso en sus propias tierras en la Zona C
deben atravesar un proceso largo, complejo
y costoso que, por lo general, termina en la
denegación.
Ante esta situación, y a falta de
cualquier otra opción, muchos palestinos
edifican casas sin el respectivo permiso
para poder vivir ellos y sus familias y, como
resultado, quedan a merced de la política
de demolición masiva. Desde 1988, Israel ha
demolido más de 2.200 viviendas
palestinas. En cambio, ha concedido
permisos ex post factum a miles de edificios
construidos sin autorización en los
asentamientos judíos.
Asentamientos judíos en Kiryat Netafim
Otros asentamientos judíos en los territorios ocupados, que
alejan más la posibilidad de la solución de “dos estados”
JERUSALÉN: CIUDAD DE LA LUZ, CIUDAD
DE LA TRAGEDIA
Las políticas israelíes aplicadas en
Jerusalén Oriental en los últimos treinta años
muestran de forma manifiesta el modo
omnipresente e insidioso con que el Estado
emplea su burocracia como instrumento
para la dominación y la exclusión políticas.
Desde la anexión de Jerusalén Oriental en
1967, el desarrollo urbano de la ciudad se
basa fundamentalmente en la política, y no en
el bienestar público. La norma es la
discriminación sistemática y no la cualidad,
habida cuenta de que las autoridades
obligan sistemáticamente a los palestinos a
marcharse de la ciudad en lugar de actuar
para mejorar su bienestar. Tanto bajo los
Gobiernos del Likud como bajo los laboristas,
las medidas adoptadas por Israel en la ciudad
han tenido un objetivo central: establecer una
realidad demográfica y geográfica que impida
cualquier cuestionamiento en el futuro de la
soberanía israelí en Jerusalén Oriental.
Para alcanzar este objetivo, la política
urbanística de Israel fomenta la inmigración
judía a Jerusalén y la emigración palestina
de la ciudad. En la zona oriental se han
construido masivamente barrios judíos
sobre tierras palestinas. De hecho, desde
1967 Israel ha expropiado más de una
tercera parte de los terrenos de Jerusalén
Oriental. Aunque los palestinos eran
propietarios de la mayor parte de estos
terrenos, se han construido sobre ellos
alrededor de 40.800 viviendas para judíos.
Al mismo tiempo, no se ha construido ni una
sola vivienda para los palestinos, que
constituyen casi un tercio de la población
de la ciudad. Los urbanistas y arquitectos de
la ciudad calculan que el déficit de viviendas
entre los palestinos es superior a las 20.000.
Existe otra estrategia, menos llamativa,
pero no menos eficaz. Por medio de millares
de medidas urbanísticas, tomadas a
espaldas de la ciudadanía, las autoridades
israelíes han estrangulado el desarrollo de
los barrios palestinos y limitado el
crecimiento natural de la población
palestina, reforzando así el control israelí
en Jerusalén. Por ejemplo, las autoridades
urbanísticas israelíes aprueban por sistema
sólo un pequeño número de permisos de
edificación en los barrios palestinos,
ignorando abiertamente las necesidades
actuales y futuras de la población palestina.
Esta política de discriminación ha
afectado profundamente las condiciones de
vivienda dentro de los barrios palestinos. A
finales de 1996, la densidad media de la
vivienda entre los judíos de Jerusalén era de
1,1 personas por habitación, mientras que
entre los palestinos era de 2,1 personas. Este
desfase de casi el 100% duplica el que
existía en 1967. Casi un tercio de los
palestinos de Jerusalén padecen
condiciones de hacinamiento extremo, en
las que comparten habitación tres personas o
más. Menos del 3% de los judíos vive en
esta situación.
Desde diciembre de 1993, los
esfuerzos de Israel por asegurar su
soberanía en Jerusalén Oriental han
adoptado un carácter nuevo, más severo. Tras
una cortina de trámites burocráticos de
formularios, sentencias judiciales y
normas, Israel está perpetrando una
expulsión silenciosa de palestinos de
Jerusalén Oriental. Cierto es que no hay
soldados que obligan a la gente a subir a los
camiones. Aun así, Israel ha obligado a miles
de palestinos a marcharse de sus casas,
negándoles la posibilidad de ejercer su
derecho fundamental a vivir en la ciudad
donde nacieron.
El Ministerio del Interior supervisa y
lleva a cabo esta expulsión silenciosa, basada
en gran medida en la revocación de la
condición de residente de los palestinos de
Jerusalén Oriental. La mayoría de los
palestinos que viven en Jerusalén tienen la
condición de residentes permanentes, que
les confiere el derecho a vivir en la ciudad.
Antes de 1996, los palestinos perdían su
condición de residentes permanentes si
vivían en un país extranjero durante más de
siete años o se convertían en ciudadanos
de otro país. Los palestinos que se
trasladaban desde Jerusalén a otras partes de
los Territorios Ocupados no corrían el riesgo
de perder esta condición de residentes. Ahora
esta política ha cambiado. Cuando los
palestinos no pueden probar que su "centro
de vida" se circunscribe exclusivamente a
Jerusalén, el Ministerio del Interior revoca
su condición de residentes permanentes.
La pérdida de la condición de
residente no sólo impide a los palestinos
vivir en la ciudad donde nacieron, sino que
también les niega las prestaciones sociales
a las que tienen derecho. El Instituto
Nacional de la Seguridad Social (NII) actúa
para alcanzar el mismo objetivo que el
Ministerio del Interior: obligar a los
residentes de Jerusalén Oriental a salir de
la ciudad. El Nll está predispuesto a
sospechar que todo residente de Jerusalén
Oriental que solicita una prestación no reside
en realidad en la ciudad y, por tanto, no tiene
derecho a recibir prestaciones ni a gozar
del seguro de enfermedad. Debido a la
política vigente del NII, la organización
Médicos por los Derechos Humanos estima
que cerca de diez mil niños palestinos de
Jerusalén Oriental carecen de seguro de
enfermedad. En suma, el NII ha pasado de
ser una entidad que promueve el bienestar
social a ser una entidad que sirve a un
objetivo político ilegítimo.
En su autobiografía, Nelson Mandela
recuerda cómo, cuando ejercía de abogado y
activista, pasó "de tener un punto de vista
optimista de la ley como espada de justicia,
a una percepción de la ley como una
herramienta que utilizaba la clase
gobernante para controlar a la sociedad de
una forma que le fuera favorable".
Lamentablemente, Israel se basa en la ley
para pisotear derechos fundamentales:
desde la sanción de la tortura hasta la toma
de rehenes, desde la creación de
asentamientos hasta la demolición de
casas, desde la expulsión de centenares de
palestinos hasta la discriminación
deliberada de la población palestina en
todo lo relativo a la expropiación de tierras,
el urbanismo y la construcción.
Tomadas en conjunto, podemos
concluir que estas políticas revelan que el
abuso de la ley para justificar violaciones
de derechos humanos es una característica
arraigada en la ocupación israelí. Así,
mediante violaciones flagrantes del Derecho
Internacional, Israel mina unos principios
minuciosamente establecidos en los últimos
cincuenta años.
LOS PALESTINOS Y SUS DERECHOS
HUMANOS
Desde sus inicios, la ONU se ha
ocupado en forma activa de la cuestión de
Palestina, tratándola inicialmente como un
conflicto entre Estados y un problema de
refugiados palestinos. Sin embargo, desde la
guerra de 1967, se han tomado en cuenta los
aspectos políticos de este asunto. Desde el
inicio de dichas hostilidades, se reactivaron las
actividades de los palestinos para ejercer sus
derechos nacionales. El Consejo de
Seguridad de las Naciones Unidas, por
medio de su resolución 242 (1967),
recomendó a los gobiernos interesados que
respetaran escrupulosamente los principios
humanitarios del "Cuarto Convenio de
Ginebra" de 1949, del cual también forma
parte Israel.
Este Convenio prohíbe el traslado
forzado de los habitantes de un territorio
ocupado y la ubicación en dicho territorio de la
población civil de la potencia ocupante.
Asimismo, especifica el trato de las personas
protegidas de un territorio ocupado, así como
de los detenidos, además de prohibir la
imposición de castigos colectivos. En 1968, la
Asamblea General estableció un Comité
Especial para investigar las prácticas
israelíes que afecten a los derechos
humanos del pueblo palestino. Sin embargo,
el Gobierno israelí no permitió desde el
principio la entrada del Comité Especial en
los territorios ocupados.
Sin embargo, el Comité Especial ha
visitado los Estados vecinos y recopilado
información a través de la prensa israelí y de
los territorios ocupados. También se han
realizado entrevistas con personas
directamente relacionadas con los palestinos.
Tras toda esta labor de investigación, el
Comité ha podido presentar informes desde
1970 complementados con dos informes
periódicos adicionales desde 1989. En estos
informes se hacía notar que Israel continuaba
con su política de anexión y, a pesar del
proceso de paz de 1993, el respeto a los
derechos humanos en los territorios
ocupados había disminuido, ya que el uso
de la violencia por parte del ejército israelí
se había incrementado e incluso se llegaron
a aislar completamente los territorios
ocupados.
Debido a esto, en 1993 la Comisión de
Derechos Humanos decidió nombrar un
relator especial encargado de examinar las
violaciones de los derechos humanos en
los territorios árabes ocupados, incluida
Palestina. Este relator exhortó a palestinos e
israelíes a evitar la violencia ya que podía
ser un serio obstáculo para la paz. Sin
embargo, la violencia se reinició desde febrero
de 1994 y sigue aún hoy presente en esa tierra
por tres veces sagrada.
ASENTAMIENTOS ISRAELÍES EN
TERRITORIOS PALESTINOS OCUPADOS
Desde 1971 existían indicios de una
política de Israel que establecía
asentamientos israelíes en territorios
palestinos y territorios árabes ocupados.
Sin embargo es hasta 1977 cuando se
aceleran los asentamientos israelíes en la
Ribera occidental (sin incluir Jerusalén
oriental) y la Franja de Gaza.
El Consejo de Seguridad ha abordado
el tema desde 1979, reafirmando la
aplicabilidad del "Cuarto Convenio de
Ginebra" que prohíbe los asentamientos en
territorios ocupados y declaró que las
políticas y prácticas de Israel no tenían
validez legal. Sin embargo, Israel no cumplió
con este Convenio y en 1980 después del
asesinato frustrado de los alcaldes de tres
pueblos palestinos el Consejo de Seguridad
exhortó a todos los Estados a no prestar a
Israel asistencia alguna que pudiera usarse
específicamente en relación con los
asentamientos. Además, expresó su
preocupación por el hecho de que se
permitiera a colonos judíos portar armas
con las que pudieran perpetrar crímenes
contra la población civil árabe.
En 1983 el Secretario General preparó
un informe relativo a las consecuencias
directas de los asentamientos israelíes,
llegando a la conclusión de que las políticas
de ocupación de Israel y especialmente el
establecimiento de asentamientos tenían
consecuencias negativas en la vida social y
económica de los palestinos en los
territorios ocupados.
Javiér Pérez de Cuéllar, Secretario General de la ONU 1982-
1991
En 1992, a raíz de la toma de posesión
del gobierno laborista en Israel renacieron
esperanzas de que se modificara radicalmente
la política de asentamientos, al anunciarse
que no se establecerían nuevos
asentamientos ni se ampliarían los
existentes, excepto la "zona metropolitana
de Jerusalén", el valle del Jordán y las
Alturas del Golán. Sin embargo el nuevo
gobierno mantenía su compromiso de
construir o terminar 11,000 nuevas
viviendas para más de 500,000 israelíes. De
acuerdo a la Declaración de Principios del
13 de septiembre de 1993, la cuestión de los
asentamientos quedaba aplazada hasta que
se celebren las negociaciones sobre el
estatuto permanente de los territorios.
Parque Nacional en Jerusalén, la creación de parques
nacionales en la zona en conflicto está considerada como
una forma “sutil” de crear asentamientos en territorios en
disputa.
NOTICIAS RELEVANTES:
Un colono israelí armado con un cuchillo
ataca a un rabino defensor de los DD.HH.
Un colono judío con el rostro cubierto
por un pasamontañas ha atacado a un rabino
cerca de un asentamiento en Cisjordania. El
agredido es el jefe de una organización judía
de derechos humanos. El agresor judío
amenazó con un cuchillo y golpeó al rabino
Arik Ascherman, que dirige la organización
Rabinos por los Derechos Humanos, cerca
del asentamiento judío de Itamar. La policía
criminal de Israel ha abierto una investigación
sobre el incidente, informa 'Haaretz'. El rabino
Ascherman aseguró que el incidente ocurrió
cuando regresaba de la cosecha de aceitunas
con un palestino. Ambos vieron a un colono
judío que intentaba robar los frutos de la
huerta, mientras que otro prendía fuego a
unos árboles. Al parecer, Ascherman se
acercó al colono, quién le atacó enseguida. El
video comienza en este punto.
La Policía describió el incidente como
"una fricción entre activistas de izquierdas
y de derechas durante la temporada de la
cosecha de aceitunas".
Soldados israelíes propinan brutal golpiza a
palestino inocente.
Un vídeo divulgado el jueves muestra
cómo varios soldados israelíes propinan
una brutal golpiza a un palestino inocente
al que indebidamente acusaron de lanzar
piedras.
En el vídeo publicado por el Centro de
Información israelí para los Derechos
Humanos en los Territorios Ocupados
(B'Tselem), se puede apreciar cómo un grupo
de uniformados israelíes ataca y arresta a
un joven palestino bajo la falsa acusación de
haberles lanzado piedras. La grabación, que
dura unos cinco minutos, muestra cómo varios
soldados israelíes intentan golpear al joven
palestino de 25 años y hasta lo golpean con
sus rifles de asalto. El incidente se produjo el
día 6 de octubre en Ramalá, situada en la
ocupada Cisjordania. En un principio la
policía israelí se negó a considerar el vídeo
como prueba y decidió no considerar,
siquiera, la denuncia del joven palestino
víctima del asalto. En estos momentos, una
corte militar israelí está estudiando el caso.
Las fuerzas israelíes han detenido en
octubre a casi 900 palestinos.
Según la ONG Addameer, 130 son menores de edad.
Las Fuerzas de Seguridad israelíes
han detenido a 876 palestinos a lo largo del
mes de octubre de 2015, caracterizado por la
violencia callejera en Jerusalén Este y
Cisjordania que ha dejado más de medio
centenar de fallecidos, la mayoría
palestinos, según informa la ONG Addameer,
especializada en derechos de los presos.
En total, y según las cifras de la ONG,
son ya unos 6.200 los palestinos
encarcelados por Israel, la mayoría por
motivos políticos. De los detenidos en
octubre, 500 proceden de Cisjordania, 213
en Jerusalén Este y otros 152 en Israel, de
acuerdo con el informe del grupo, recogido por
la agencia de noticias palestina Maan. Hay
que destacar que 130 de estos detenidos
son menores de edad, de acuerdo con las
estimaciones de la ONG, que destaca el alto
ritmo de arrestos. En un solo día, sin ir más
lejos, fueron arrestados 84 palestinos en
Cisjordania y Jerusalén Este. La mayoría de
los palestinos fueron detenidos durante
enfrentamientos con las fuerzas israelíes o
bien durante operaciones del Ejército hebreo,
según Addameer, que aprovecha para
denunciar abusos físicos y verbales contra
algunos de los detenidos.
Israel ha detenido a unos 70 niños
palestinos en un mes.
La detención arbitraria de menores
palestinos se ha ido intensificando. El Centro
de Estudios para los Prisioneros Palestinos
reveló que las Fuerzas de Seguridad del
régimen de Israel han detenido en lo que va
de mes al menos a 70 niños palestinos. Las
detenciones arbitrarias de menores
palestinos han experimentado un aumento
considerable respecto a antes del inicio de
la Tercera Intifada.
Algunas detenciones de adolescentes y niños por las
Fuerzas de Seguridad de Israel
La violencia y las arbitrariedades por
parte del régimen israelí han aumentado en
los últimos días, al punto de que van más de
53 palestinos muertos desde el pasado 1 de
octubre de 2015.
Los ataques de Israel en territorios
ocupados, la provincia de Al-Quds,
Jerusalén y la Franja de Gaza han sido los
principales factores de este escenario de
represión.
Consejo de Derechos Humanos debate
sobre la situación en los Territorios
Palestinos Ocupados
El relator especial de la ONU para los
Territorios Palestinos Ocupados, Makarim
Wibisono, afirmó que la ferocidad de la
destrucción y la alta cifra de víctimas
civiles provocadas por la incursión militar
israelí del año pasado en Gaza pone en
duda el respeto de las autoridades israelíes
por la ley internacional humanitaria. Al
participar en un debate en el Consejo de
Derechos Humanos sobre el informe
periódico más reciente sobre esos territorios
del Alto Comisionado de la ONU para las
garantías fundamentales, Wibisono también
se refirió a la cantidad de menores palestinos
afectados por el conflicto y subrayó que es
una vergüenza referirse a la muerte de
niños, mujeres y hombres como daño
colateral. “La situación actual en Gaza y
Cisjordania es inaceptable. El conflicto de
Gaza del año pasado reflejó que no hay una
solución militar. Hoy la paz parece estar
más distante que en años anteriores”, dijo.
El experto añadió que el logro de la
paz entre los palestinos e israelíes precisa
de la vinculación constructiva de la
comunidad internacional. Wibisono afirmó
que Israel y Palestina deben reanudar las
negociaciones para alcanzar soluciones
justas y duraderas para el conflicto.
El informe debatido en Ginebra
expresa serias preocupaciones sobre la
situación de derechos humanos en los
Territorios Palestinos Ocupados y subraya
que las violaciones de las garantías básicas
alimentan y dan forma al conflicto. Entre las
principales transgresiones cita el bloqueo
de Gaza, el establecimiento y expansión de
los asentamientos en el contexto de la
ocupación militar israelí y la impunidad con
que los colonos israelíes practican la
violencia.
Además alude a las acciones de los
grupos armados en Gaza y el lanzamiento
indiscriminado de cohetes sobre
vecindarios civiles densamente poblados
en Israel, que también constituyen
violaciones del Derecho Internacional
Humanitario.
Arriba, infografía relacionada con los cohetes que Hamás
emplea para atacar objetivos israelíes. Abajo, disparo de
misil desde una de las plataformas del Sistema de
Protección Cúpula de Hierro (Iron Dome), creado por Israel
para contrarrestar los ataques con cohetes.
Dimite por falta de acceso relator de la ONU
para territorios palestinos
El lunes 4 de enero de 2016, el relator
especial de la ONU en los territorios
palestinos ocupados dimitió en protesta por la
falta de acceso a las zonas que
supuestamente debía supervisar, anunció
Naciones Unidas. "El relator especial de la
ONU para los territorios palestinos
ocupados, Makarim Wibisono, presentó hoy
su dimisión al presidente del Consejo de
Derechos Humanos, que será efectiva a
partir del 31 de marzo de 2016", señaló el
organismo en un comunicado. Añadió que
Wibisono había expresado su "profundo
pesar por el hecho de que, durante su
mandato, Israel no le permitió acceder a los
territorios palestinos ocupados".
Makarim Wibisono
CUESTIONES A CONSIDERAR:
Lo antes expuesto, debe servir
como base para formular y desarrollar
propuestas de solución, mismas que deberán
estar orientadas en función de las siguientes
cuestiones:
¿Qué puede hacer el Consejo de
Derechos Humanos (teniendo en
cuenta sus funciones y atribuciones)
para disminuir la violación de DDHH
en esta zona tan conflictiva?
¿Se puede solventar esta
problemática en su totalidad aunque
los problemas internos aún no se
solucionen?
¿Qué ONG’s pueden intervenir en
materia de educación, salud,
seguridad y Derechos Humanos en
general?
¿Cómo se garantizará el
cumplimiento y desarrollo de las
soluciones a exponer (Teniendo en
cuenta los conflictos bélicos que se
producen en estas zonas)?
¿Cómo podemos (como Consejo de
Derechos Humanos) prevenir que se
siga reiterando en estas violaciones
de Derechos Fundamentales?
¿De qué forma puede este Consejo
de Derechos Humanos generar un
verdadero compromiso de Israel
para que se abstenga de continuar
las políticas violatorias de los
Derechos Humanos de los
palestinos?
¿Dentro del ámbito de su
competencia y con el auxilio de
otros órganos de Naciones Unidas,
debe considerar este Consejo la
pertinencia de promover
mecanismos de sanción efectivos
para que el Estado de Israel cese en
su política violatoria del Derecho
Internacional Humanitario?
¿Cuáles son las acciones que
realizan los palestinos y que también
son consideradas violatorias de los
Derechos Humanos?
¿Hasta qué punto son responsables
de la situación los palestinos y qué
acciones deben desarrollarse para
lograr el acuerdo y el consenso
necesarios para solucionar
permanentemente el problema
evaluado, más allá de la cuestión
político-territorial?
Estandartes de las 12 Tribus de Israel.
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