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LA ORGANIZACIÓN EN LA ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA

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LA ORGANIZACIÓN EN LA

ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA

rabajar en una

organización es

compartir un destino

común, por lo menos

temporalmente. Aportar nuestro

tiempo, capacidades y esfuerzo

requiere la aplicación de una

serie de principios

administrativos no sólo en las

tareas que se desempeñan,

sino más importante aún,

coordinarla con reglas de

conducta para con nosotros

mismos y para con los demás.

Por tal razón, la

administración se convierte en

un proceso de diseñar y

mantener un entorno de trabajo

en equipo para que se cumplan

eficientemente objetivos

específicos, crear, desarrollar y

mantener ese espíritu que hace

posible la contribución de

voluntades en torno a una meta

común.

De tal manera, en cualquier

organización los tipos de

liderazgo que sus directivos

ponen en práctica, de forma

consciente o no, guardan

relación no sólo con el

desempeño de sus seguidores;

sino también con la

comunicación de sus

actividades. La carrera docente

constituye el sistema integral de

ingreso, promoción,

permanencia y egreso de quien

la ejerce en instituciones

educativas oficiales y privadas.

En los niveles desde inicial

hasta media, responde a

criterios de evaluación integral

de mérito académico y

desempeño ético, social y

educativo, de conformidad con

lo establecido en la

Constitución de la República.

Tendrán acceso a la carrera

docente quienes sean

profesionales de la docencia,

siendo considerados como

tales los que posean el título

correspondiente otorgado por

instituciones de educación

universitaria para formar

docentes

De allí que, es

imprescindible dos condiciones

para evaluar al docente: una

que se realice dentro de su

contexto social y cultural, y otra

que el único propósito es

contribuir a mejorar su

desarrollo como profesional y

como miembro de un colectivo.

A partir de estas dos

condiciones se realiza la crítica

a los métodos tradicionales de

evaluación del docente.

María E. Albarrán GERENTE EDITORIAL

T

UNIVERSIDAD FERMIN TORO COORDINACIÓN DE POSTGRADO EXTENSIÓN MÉRIDA-VENEZUELA MAESTRIA EN GERENCIA Y LIDERAZGO EN EDUCACIÓN

PRESIDENTE/EDITOR

Rodrigo Reyes

GERENTE EDITORIAL

María E. Albarrán

DIRECCIÓN DE ARTE

Aleixandre Villarroel

LA ORGANIZACIÓN EN

ADMINISTRACIÓN

EDUCATIVA

LA ORGANIZACIÓN Y

ADMINISTRACIÓN

EDUCATIVA EN

VENEZUELA

LA ORGANIZACIÓN EN LAS

INSTITUCIONES

ESCOLARES Y

UNIVERSITARIAS

LA ORGANIZACIÓN

VIRTUAL

ESTRUCTURA DEL

SISTEMA EDUCATIVO

VENEZOLANO

ASPECTOS LEGALES

ÍNDICE

LA ORGANIZACIÓN EN LA

ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA

EDITORIAL

3

ORGANIZACIÓN

a organización en la administración

educativa es el ámbito donde se realiza

la acción formativa para posibilitar a la

persona crecer, mejorar, perfeccionarse,

desarrollarse

integralmente y

trascender. Es

donde se satisface

la necesidad de

educabilidad a

través de la

enseñanza. Es donde se forman personas

íntegras, que contribuyan a transformar la

sociedad. Es el medio a través del cual se

posibilita el fin último de la educación: la

persona formada.

Dentro de la administración gerencial

educativa es necesaria la organización para

poder llevar a la práctica y ejecutar los planes,

una vez que estos han sido preparados, es

necesario crear una organización. Es función

de la gerencia determinar el tipo de

organización requerido para llevar adelante la

realización de los

planes que se

hayan elaborado.

La clase de

organización que se

haya establecido,

determina, en

buena medida, el

que los planes sean integralmente apropiados.

A su vez los objetivos de una empresa y los

planes respectivos que permiten su

realización, ejercen una influencia directa

sobre las características y la estructura de la

organización.

La función de la organización no es

controlar desde el tope; es darle a un grupo de

personas los medios para llevar a cabo una

tarea. El gerente educativo hace más que

definir las tareas de cada uno y diseñar un

organigrama con líneas de autoridad y

responsabilidad. Tiene que pensar en toda la

estructura de la compañía, y la organización es

solamente una parte de la estructura. Es por

ello, que el desafío que enfrenta el gerente en

la organización

educativa es

ajustar

constantemente el

esquema

organizacional para

asegurar un mejor

desempeño de la

empresa.

El gerente educativo motivado promueve,

en su personal actividades que conlleven a

mejorar del hecho escolar ocasionando

primeramente, un mayor nivel de rendimiento

académico, proyección de futuro y de

satisfacción en los estudiantes y segundo, un

alto nivel de ejecución positiva de la labor

gerencial.

L

LA ORGANIZACIÓN EN LA

ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA

ADMINISTRACIÓN GERENCIAL

EDUCATIVA

EN LA ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA

LA FUNCIÓN DE LA ORGANIZACIÓN

4

a carrera docente constituye el sistema

integral de ingreso, promoción,

permanencia y egreso de quien la ejerce

en instituciones educativas oficiales y

privadas. En los niveles desde inicial

hasta media, responde a criterios de

evaluación integral de mérito académico y

desempeño ético, social y educativo, de

conformidad con lo establecido en la

Constitución de la República. Tendrán acceso

a la carrera docente quienes sean

profesionales de la docencia, siendo

considerados como tales los que posean el

título correspondiente otorgado por

instituciones de educación universitaria para

formar docentes.

Se realiza en las instituciones, centros,

planteles y servicios educativos dependientes

del Ejecutivo Nacional, Estadal y Municipal, de

los entes descentralizados y las instituciones

educativas privadas, en los distintos niveles y

modalidades para garantizar los fines de la

educación consagrados en la Ley.

De tal manera, corresponde a los docentes

en función de la evaluación: planificar el

proceso de evaluación para efectos de

aplicación, análisis y valoración de los

resultados de las estrategias de evaluación,

utilizar los resultados de la evaluación

formativa para reorientar las estrategias

metodológicas y cualesquiera otros aspectos

del proceso de aprendizaje que conduzcan a la

superación de las deficiencias detectadas en el

rendimiento estudiantil, asentar en los registros

correspondientes, las calificaciones,

apreciaciones cualitativas y juicios descriptivos

de la actuación general del estudiante,

informar a los estudiantes, padres o

representantes acerca de las normas y

procedimientos del régimen de evaluación y la

planificación que al efecto haya elaborado.

En tal sentido, la educación a nivel mundial

necesita álgidos cambios con el propósito de

L

ORGANIZACIÓN Y ADMINISTRACIÓN

EDUCATIVA EN VENEZUELA

ORGANIZACIÓN Y

ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA EN

VENEZUELA

“El Estado formula y administra la

política de supervisión educativa

como un proceso único, integral,

holístico, social, humanista,

sistemático y metodológico, con la

finalidad de orientar y acompañar el

proceso educativo, en el marco de

la integración escuela-familia-

comunidad, acorde con los

diferentes niveles y modalidades

del Sistema Educativo”

“La supervisión y dirección de las

instituciones educativas serán parte integral

de una gestión democrática y participativa,

signada por el acompañamiento pedagógico”

5

“Álgidos cambios

con el propósito

de mejorar la

eficiencia de la

organización

educativa”

mejorar la eficiencia de la organización

educativa, por tal razón, es necesario

centrarse en el entorno escolar exigiendo

cuentas y

responsabilidades a

todos los miembros del

quehacer educativo, en

virtud de lo cual se debe

hacer énfasis en el

liderazgo escolar.

Es decir, que tipo de educación sirve ahora

y en el futuro, de tal manera, que se investiga

lo que se tuene ahora, y en consecuencia se

pueden establecer los cambios para optimizar

los resultados del futuro, en sí, que es lo que

necesita la sociedad ahora y cuáles serían las

proyecciones para el futuro. Luego se diserta

sobre la eficacia para organizar el sistema

educativo. Así mismo, se requiere de una

buena enseñanza, donde todos los

encargados del quehacer educativo tengan la

disposición de incentivar el progreso en la

educación como también exhortar el desarrollo

de un liderazgo escolar de calidad.

Bajo la Ley Orgánica de Educación del

2009; la evaluación educativa como parte del

proceso educativo, es democrática,

participativa, continua, integral, cooperativa,

sistemática, cuali-cuantitativa, diagnóstica,

flexible, formativa y acumulativa. Debe apreciar

y registrar de manera permanente, mediante

procedimientos científicos, técnicos y

humanísticos, el rendimiento estudiantil, el

proceso de apropiación y construcción de los

aprendizajes, tomando en cuenta los factores

socio históricos, las diferencias individuales y

valorará el desempeño del educador y la

educadora y en general, todos los elementos

que constituyen dicho proceso. El órgano con

competencia en materia de educación básica,

establecerá las normas y

procedimientos que regirán

el proceso de evaluación

en los diferentes niveles y

modalidades del

subsistema de educación

básica. Los niveles de

educación universitaria se

regirán por ley especial.

La actividad de evaluación no será

remunerada especialmente. El personal

docente está obligado a efectuarla en las

formas indicadas en esta ley, las leyes

especiales y los reglamentos. La evaluación

constituye un proceso permanente dirigido a:

identificar y analizar tanto las potencialidades

para el aprendizaje, los valores, los intereses y

las actitudes del alumno para estimular su

desarrollo, como aquellos aspectos que

requieran ser corregidos o reorientados.

Apreciar y registrar en forma cualitativa y

cuantitativa, en el progreso en el aprendizaje

del alumno, en función de los objetivos

programáticos para efectos de orientación y

promoción, conforme a lo dispuesto en el

presente régimen y en las resoluciones

correspondientes a cada nivel y modalidad del

sistema educativo.

Del mismo modo, es imprescindible la

planificación de la evaluación, además de allí

es que se da a conocer el que, como, con que,

cuando y para que evaluar tanto las

competencias

como los

indicadores de

los

educandos. La

planificación y

programación de las actividades de evaluación

que cumplirá el docente en cada lapso deberá

ser conocida por el personal directivo del

plantel, el departamento de evaluación, los

padres representantes y los alumnos.

ORGANIZACIÓN Y ADMINISTRACIÓN

EDUCATIVA EN VENEZUELA

Normativa Legal Vigente:

Ley Orgánica de Educación (2009)

“Registrar el

Rendimiento

Estudiantil”

6

ORGANIZACIÓN

as buenas prácticas en educación

constituyen un conjunto de pautas

que deben seguirse para la

organización y administración de

los centros que se dedican al diagnóstico,

diseño, desarrollo, aplicación y evaluación

de sistemas educativos formales y no

formales, presenciales y a distancia, bajo

modalidades puras o integradas que

ayudan a la promoción de las cualidades

humanas individuales o asociadas. Las

pautas se elaboran sobre la base de

diferentes componentes que permiten

calificar la oferta educativa, como puede

ser:

a. La formación del personal que integra

los equipos de trabajo y su preparación

específica para la tarea que se le ha

asignado.

b. Las instalaciones y el equipamiento que

se utiliza en el sistema, su frecuencia de

uso y su destino apropiado.

c. El orden y sistematización de la

documentación que formaliza, registra,

administra y controla al sistema.

d. Los estilos de liderazgo y las formas de

participación de la comunidad educativa.

e. Los procedimientos que se utilizan para

llevar a cabo las diferentes acciones

técnico-pedagógicas.

f. La producción y distribución de

materiales de enseñanza, formatos,

posibilidades, objetivos, alcances y

limitaciones.

g. Las formas particulares de utilización de

los medios y los propios modos de

comunicación frente a otras instituciones,

frente a los alumnos, frente a la comunidad

cercana, frente al país y la región.

h. Los intentos de cooperación

interinstitucional, nacionales e

internacionales.

Existen varias denominaciones para

referirse al lugar o contexto donde se

educa, donde se lleva a cabo la acción

educativa o la formación de las personas,

donde se realiza el proceso de enseñanza

y aprendizaje: escuela, universidad,

institución educativa, institución de

educación superior, organización escolar,

centro educativo, colegio. Algunas de ellas

sirven para señalar o especificar el nivel

L

LA ORGANIZACIÓN EN LAS INSTITUCIONES

ESCOLARES Y UNIVERSITARIAS

EN LAS INSTITUCIONES ESCOLARES

Y UNIVERSITARIAS

OFERTA EDUCATIVA

7

educativo al que corresponde la educación

que se imparte: preescolar, básica primaria

y secundaria, media y superior.

.

Existen organizaciones que orientan su

acción a la educación no formal, a

"actividades o programas organizados

fuera del sistema escolar, pero dirigidos

hacia el logro de objetivos educacionales

definidos"; y organizaciones que orientan

la educación a nivel macro, pero estas

últimas no cumplen con la característica

señalada antes, el contexto específico

donde se desarrolla la educación: la

institución educativa, el marco organizativo

de la escuela, de la universidad, donde se

realiza la actuación educativa (formación y

enseñanza) a través de un sistema formal.

La escuela y la universidad son

organizaciones educativas formales.

Lo primero que se debe señalar con

relación a la naturaleza de la organización

educativa es que es una organización

humana, y en ese sentido tiene lo propio,

lo común a todas las organizaciones: la

finalidad humana y social, el

perfeccionamiento personal y social, entre

otros. En segundo lugar, tiene una función

específica -educar-, un para qué, que

hallamos en la

dimensión

teleológica de la

educación. La

organización

educativa tiene

como finalidad la

formación de las

personas,

cooperar a su

proceso de

humanización, facilitar su propio

perfeccionamiento, ayudar a alcanzar la

excelencia, la plenitud.

LA ORGANIZACIÓN EN LAS INSTITUCIONES

ESCOLARES Y UNIVERSITARIAS

Estas denominaciones se refieren a

organizaciones de educación formal. Es decir, "al

sistema educativo altamente organizado y

estructurado jerárquica y cronológicamente, que

abarca desde el jardín de infancia hasta los más

elevados niveles de la universidad. En la mayoría

de países, la asistencia escolar es obligatoria

hasta una edad específica y los logros de los

estudiantes, generalmente medidos por años de

asistencia a clase y test, son simbolizados por una

jerarquía de certificados, diplomas y títulos".

a organización (institución formativa)

debe poner las posibilidades de las

nuevas tecnologías de la información

y de la comunicación al servicio del

estudiante, es decir, al proceso de

aprendizaje. La tecnología será un medio,

un valor añadido, pero no una finalidad en

sí misma. Los entornos virtuales de

aprendizaje deben ser el principal espacio

de comunicación entre la comunidad virtual

que forma la organización o institución de

formación. Estos espacios deben permitir

la relación de los estudiantes entre ellos,

de los estudiantes con los profesores y de

los profesores entre sí, así como de

cualquier miembro de la comunidad con la

organización y viceversa.

Los entornos virtuales de aprendizaje

es el lugar en el que se encuentran las

materias de estudio, así como los

materiales de aprendizaje. Los

estudiantes, los profesores, etc. forman

todo parte de la comunidad. Cada materia

de formación debe disponer de una serie

de posibilidades de trabajo: debates, foros,

mensajes electrónicos, actividades,

enlaces, etc. Los materiales de

aprendizaje, como ya hemos observado,

deberán permitir la interacción y la

construcción colectiva del conocimiento.

La organización para la educación en la

virtualidad necesita de una estructura

particular. Al igual que cualquier otra

organización educativa, las organizaciones

educativas virtuales deben gestionar tanto

los procesos que afectan a los estudiantes

(gestión académica) como los que afectan

a la docencia (gestión docente). Pero la

forma de hacerlo será diferente. Además,

las organizaciones no presenciales, según

cual sea su modelo pedagógico, deberán

gestionar también la producción o edición

de materiales educativos.

La gestión de las organizaciones

educativas virtuales deberá actuar en

función de los siguientes parámetros:

No presencialidad. La organización virtual

actuará en el ámbito de la asincronía, es

decir de la no coincidencia en el espacio ni

L

LA ORGANIZACIÓN VIRTUAL

ORGANIZACIÓN

VIRTUAL

9

GESTIÓN DE LAS

ORGANIZACIONES EDUCATIVAS

VIRTUALES

en el tiempo. Esto condiciona, sin duda, su

modelo organizativo.

Transversalidad. Es importante que exista

un nivel de transversalidad en la gestión de

cualquier organización virtual. La

virtualidad facilita los procesos

transversales y los optimiza. Lo que es

válido para una materia o curso, para un

grupo de personas, puede ser válido

también

para otros

muchos.

Tener en

cuenta

este

principio y

trabajarlo

de forma coherente con el modelo

educativo ayuda a homogeneizar o a

armonizar todos los procesos de gestión,

tanto académica como docente. Esta

transversalidad, además, favorece el

trabajo multidisciplinar entre las diferentes

áreas o ámbitos de actuación.

Globalidad. Los procesos de gestión

deben actuar de forma sistémica en el

marco de la organización. Los procesos

deben ser coherentes entre sí y de esta

forma garantizar la cohesión organizativa

de toda la

universidad u

organización.

No se

gestiona

únicamente

desde una

perspectiva

(estudiante, profesor, organización, etc.) si

no que la organización virtual permite y

favorece los procesos de gestión global,

desde todas las perspectivas. Un mismo

proceso organizativo puede o debe ser

afrontado desde diversas perspectivas

según quienes sean sus usuarios, pero el

resultado será siempre un proceso global.

Está claro que no existe una única

forma de organizar una institución

educativa, ni convencional ni virtual, pero

sí que parece evidente que el modelo

organizativo que se adopte para la gestión

y la administración tiene claras

consecuencias en el funcionamiento de la

organización y por tanto, en el facilitar o no

el logro de sus objetivos. De ahí la

importancia de organizar a partir del

modelo educativo, es decir, de situar la

gestión al servicio de la aplicación del

sistema educativo.

“La organización virtual

educativa ha surgido como una

alternativa prometedora para

responder eficazmente al

carácter dinámico del entorno

actual”

LA ORGANIZACIÓN VIRTUAL

10

egún la Ley Orgánica de Educación

Venezolana, en el Título II De los

Principios y Estructura del Sistema,

capítulo I art. 14 el Sistema Educativo

Venezolano (SEV) “es un conjunto orgánico

integrador de políticas y servicios que

garanticen la unidad del proceso educativo

tanto escolar como extraescolar y su

continuidad a lo largo de la vida de la persona

mediante un proceso de educación

permanente”.

El Sistema Educativo formal de un país,

atiende fundamentalmente los derechos y

necesidades educativas de los ciudadanos.

Como servicio público debe ser realizado en

conformidad con la naturaleza misma de la

exigencia educativa del niño y del joven y con

naturaleza de una sociedad democrática y

pluralista. Su estructura debe estar orientada

por las etapas del desarrollo humano, pero

debe ser concebido de un modo flexible con

distintas opciones para la atención de

necesidades diversas de la población.

Dentro de las características más

relevantes del SEV podemos encontrar las

siguientes:

• No es descentralizado

• Los principios fundamentales del (SEV) están

contemplados en la Constitución Nacional y en

la Ley Orgánica de Educación.

• La educación en Venezuela es gratuita y

obligatoria entre los 7 y los 14 años de edad.

• El Estado garantiza la gratuidad de la

enseñanza pública secundaria y universitaria.

• El Sistema Educativo Venezolano (según el

Artículo 16 de la L.O.E.) está comprendido por

niveles y modalidades.

• El Sistema Educativo Venezolano comprende

cuatro niveles: educación preescolar,

educación básica, educación media

diversificada y profesional, y educación

superior.

• El SEV comprende las siguientes

modalidades: Educación Especial, Educación

para las Artes, Educación Militar, Educación

para la Formación de Ministros de Culto,

Educación para Adultos y Educación Extra-

escolar.

EDUCACIÓN PREESCOLAR O INICIAL

• Constituye el primer nivel obligatorio del SEV

• Primer nivel del SEV, cuya

finalidad es facilitar y mediar la

formación integral del

niño o niña,

apoyando su

desarrollo y

crecimiento.

• Comprende las

S

ESTRUCTURA DEL SISTEMA

EDUCATIVO VENEZOLANO

ESTRUCTURA DEL SISTEMA

EDUCATIVO VENEZOLANO

Características del SEV

Niveles que comprenden

El SEV

12

siguientes fases: maternal (0 a 3 años) y la

preescolar obligatoria (3 a 6 años).

• Debe brindar atención integral de calidad a la

población infantil con la participación de la

familia y la comunidad.

EDUCACIÓN BÁSICA

• Debe promover la formación integral, base

para el aprendizaje y el desarrollo humano de

cada persona.

Posee políticas de

orientación pre-

vocacional y de

formación en, por y

para el trabajo.

• Es el segundo

nivel de la

educación

obligatoria y comprende nueve años de estudio

al cabo de los cuales se otorga la certificación

correspondiente.

EDUCACIÓN MEDIA DIVERSIFICADA Y

PROFESIONAL

• Articulada curricular y administrativamente

con la educación superior.

• Tiene por finalidad profundizar los

conocimientos científicos, humanísticos y

tecnológicos de los estudiantes, así como

continuar con su formación ética y ciudadana y

particularmente, prepararlos para su

incorporación digna y eficaz al mercado de

trabajo y proseguir estudios a nivel superior.

• Tiene una duración de 3 años. Acredita con

el Título de bachiller. Quienes hayan aprobado

los requisitos establecidos obtendrán el título

de Técnico Profesional.

EDUCACIÓN SUPERIOR

• En primer lugar es perfectamente funcional,

pues satisface las demandas de la sociedad.

• No constituye un nivel obligatorio del SEV

• Se desarrolla en: Institutos Técnicos

Superiores y Universidades Publicas y

Privadas

• Corresponde a la formación en distintas

áreas

1. EDUCACIÓN ESPECIAL

• Atiende aquellas personas cuyas

características físicas, intelectuales o

emocionales les impida adaptarse y

progresar en los diferentes niveles del

sistema educativo.

• Es una variante escolar del sistema

educativo venezolano que se inscribe en

los mismos principios y fines de la

Educación, en general manteniendo una

relación de interdependencia con el resto

del Sistema.

• La población con necesidades educativas

especiales se atiende de acuerdo a los

siguientes grupos: Desde la gestación a 6

años, 6 a 15 años y más.

2. LA EDUCACIÓN DE ADULTOS

• Es la parte del sistema educativo a quien

le compete lo relativo a los servicios

13

Modalidades que comprenden

El SEV

ESTRUCTURA DEL SISTEMA

EDUCATIVO VENEZOLANO

educativos que el Estado venezolano

proporciona a las personas mayores de 15

años

• Abarca una educación básica, media

diversificada y profesional con salidas a la

educación superior y capacitación en un

oficio, garantizando competencias básicas

para la incorporación al campo laboral,

combinando estrategias flexibles que

proporcionan al adulto desarrollo personal,

social, cultural, comunitario y económico en

pro del bienestar común y de la sociedad.

3. EDUCACIÓN MILITAR

• Fortalece al venezolano sobre la

importancia de los problemas inherentes a

la Soberanía, Defensa e Integridad de la

República. Misión.

• El programa de Instrucción Pre- Militar es

planificado y ejecutado por los Ministerios

de la Defensa y de Educación, Cultura y

Deportes

• Proporciona al estudiante de educación

media diversificada y profesional los

conocimientos de ciencias sociales y

Militares inherentes a la soberanía e

integridad territorial de la república que

contribuyen a su formación integral.

4. EDUCACIÓN PARA LAS ARTES

• Ha de proteger el patrimonio artístico

venezolano

• Debe promover, rescatar y difundir las

manifestaciones folklóricas y las de

tradición popular

• Desarrollar en los educandos habilidades,

y capacidades para la interpretación, y

valoración estética y visual de las distintas

manifestaciones del arte.

Educación para la Formación de Ministros

de Culto (Eclesiástica)

• Se rige por las disposiciones de la Ley

Orgánica de Educación, en cuanto le sean

aplicables y por las normas que dicten las

autoridades religiosas competentes.

• Llevada a cabo por los entes religiosos

sin estar desligada de las leyes del Estado.

6. EDUCACIÓN EXTRA-ESCOLAR

• Atiende los requerimientos de la

educación permanente.

• Cuenta con programas diseñados

especialmente proveen a la población de

conocimientos y prácticas que eleven su

nivel cultural, artístico y moral y

perfeccionen la capacidad para el trabajo.

ESTRUCTURA DEL SISTEMA

EDUCATIVO VENEZOLANO

14

NORMATIVA LEGAL VIGENTE,

LEY ORGANICA DE EDUCACION

(2009)

Artículo 1

La presente Ley tiene por objeto desarrollar

los principios y valores rectores, derechos,

garantías y deberes en educación, que asume

el Estado como función indeclinable y de

máximo interés, de acuerdo con los principios

constitucionales y orientada por valores éticos

humanistas para la transformación social, así

como las bases organizativas y de

funcionamiento del Sistema Educativo de la

República Bolivariana de Venezuela.

Evaluación Educativa

Artículo 44

La evaluación como parte del proceso

educativo, es democrática, participativa,

continua, integral, cooperativa, sistemática,

cuali-cuantitativa, diagnóstica, flexible,

formativa y acumulativa. Debe apreciar y

registrar de manera permanente, mediante

procedimientos científicos, técnicos y

humanísticos, el rendimiento estudiantil, el

proceso de apropiación y construcción de los

aprendizajes, tomando en cuenta los factores

socio-históricos, las diferencias individuales y

valorará el desempeño del educador y la

educadora y en general, todos los elementos

que constituyen dicho proceso. El órgano con

competencia en materia de educación básica,

establecerá las normas y procedimientos que

regirán el proceso de evaluación en los

diferentes niveles y modalidades del

subsistema de educación básica. Los niveles

de educación universitaria se regirán por ley

especial.

Se entiende a través de las relaciones con

el contexto sociocultural, escolar, familiar. Se

sustenta en la transversalidad que sirve de

integración con respecto a las diferentes áreas

curriculares en la acción pedagógica. Y de esta

forma se aspira tener un carácter integral,

holístico y sistemático de la acción educativa.

Nos obliga a participar en todos los procesos

de reflexión y construcción de esta nueva

realidad educativa nacional.

La línea política educativa del currículo

básico nacional provee una organización de

ASPECTOS

LEGALES

ASPECTOS

LEGALES

FUNDAMENTACIÓN LEGAL DE LA EVALUACIÓN

EN EL SISTEMA EDUCATIVO VENEZOLANO

15

CURRICULO NACIONAL

escolaridad en etapas a fin de favorecer la

continuidad de la construcción y de la

apropiación de los saberes dirigidos a los

alumnos/as. Se diseño dentro de una

concepción curricular integral que define el

perfil del egresado al culminar el nivel

educativo y los objetivos a lograr en cada una

de las tres etapas educación básica y en cada

año en particular. Para la primera y segunda

etapa(los seis primeros años o grados), se

elaboraron los programas respectivos que

definen las áreas de conocimiento, las

competencias con sus indicadores y los

distintos contenidos conceptuales,

procedimentales y actitudinales.

Los ejes transversales por su parte

relacionan los contenidos entre sí y con la

realidad social, de forma tal que aparezcan

estructurados, de manera natural, para facilitar

la construcción

de aprendizajes

significativos

para el

estudiante. Cada

eje transversal

se presenta con

sus dimensiones y alcances que facilitan su

concreción en la práctica pedagógica y en la

realidad. De esta manera ayudan a integrar

conocimientos que en la vida real se hallan en

un todo, con una estructura multidisciplinar,

que permite además vincular el contexto

escolar, familiar y socio-cultural, a la actividad

de aula.

Ley Orgánica de Educación (2009), en la

administración y régimen educativo:

Artículo 43

El Estado formula y

administra la política de

supervisión educativa como un

proceso único, integral,

holístico, social, humanista,

sistemático y metodológico, con

la finalidad de orientar y

acompañar el proceso

educativo, en el marco de la

integración escuela-familia-

comunidad, acorde con los

diferentes niveles y modalidades

del Sistema Educativo. Se

realizará en las instituciones,

centros, planteles y servicios

educativos dependientes del Ejecutivo

Nacional, Estadal y Municipal, de los entes

descentralizados y las instituciones educativas

privadas, en los distintos niveles y

modalidades para garantizar los fines de la

educación consagrados en esta Ley. La

supervisión y dirección de las instituciones

educativas serán parte integral de una gestión

democrática y participativa, signada por el

acompañamiento pedagógico.

ASPECTOS

LEGALES

FUNCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA

EVALUACIÓN

ASPECTOS

LEGALES

Artículo 21

"Corresponde al Consejo de Sección en

función de la evaluación, en la tercera

etapa de educación básica y en media

diversificada y profesional, el análisis del

rendimiento general de la sección y de la

actuación individual de cada alumno, en

atención a los factores que la determinan y

la condicionan…"

Artículo 22

"Corresponde al personal directivo y de

Supervisión en función de la evaluación:

Garantizar el cumplimiento de las

normas y procedimientos que rigen

el proceso de evaluación.

Orientar, coordinar y asesorar al

personal docente en la

planificación, organización,

ejecución, control y registro del

proceso de evaluación que se

cumple en el plantel.

Promover acciones

conducentes al mejoramiento del

proceso de aprendizaje, sobre la

base de los resultados obtenidos en

la evaluación del rendimiento

estudiantil.

Supervisar la organización y

funcionamiento de los demás

órganos de evaluación del plantel e

impartir las instrucciones

pertinentes.

Cumplir y hacer cumplir las

demás disposiciones relativas a la

evaluación que establezcan las

leyes, reglamentos e instrucciones

internas de servicio."

LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN

(2009), CARRERA DOCENTE.

Artículo 40

La carrera docente constituye el

sistema integral de

ingreso, promoción,

permanencia y egreso de

quien la ejerce en

instituciones educativas

oficiales y privadas. En los

niveles desde inicial hasta

media, responde a criterios

de evaluación integral de

mérito académico y

desempeño ético, social y

educativo, de conformidad con lo

establecido en la Constitución de la

República.

Tendrán acceso a la carrera docente

quienes sean profesionales de la docencia,

siendo considerados como tales los que

posean el título correspondiente otorgado

por instituciones de educación universitaria

para formar docentes. Una ley especial

ASPECTOS

LEGALES

REGLAMENTO DE EJERCICIO DE LA

PROFESIÓN DOCENTE

RESOLUCIÓN Nº 213

EVALUACION DEL DOCENTE

17

regulará la carrera docente y la

particularidad de los pueblos indígenas.

Capítulo III, De la Evaluación del

Personal Docente

Sección Primera, De las Juntas

Calificadoras

Artículo 45

La evaluación y clasificación

del personal docente será organizada por

el Ministerio de Educación, Cultura y

Deportes, los Estados, los Municipios y

demás entidades del sector oficial.

Artículo 46

La evaluación y clasificación del

personal docente del Ministerio de

Educación, Cultura y Deportes se llevará a

cabo a través de la Junta Calificadora

Nacional, las Juntas Calificadoras Zonales

y los Comités de Sustanciación. En los

Estados, Municipios y demás entes

públicos la evaluación y clasificación se

organizará de acuerdo

Artículo 47

La Junta Calificadora Nacional estará

integrada por quince miembros, de la

siguiente manera: Siete miembros en

representación del Ministerio de

Educación, Cultura y Deportes. Siete

miembros en representación de las

organizaciones de los profesionales de la

docencia. Un miembro designado de

mutuo acuerdo por los representantes del

Ministerio de Educación, Cultura y

Deportes y de las organizaciones de los

profesionales de la docencia, quien

presidirá la Junta.

Artículo 48

La Junta Calificadora Nacional del

personal docente, tendrá las siguientes

funciones:

Elaborar su reglamento interno

dentro de los noventa días

siguientes a su instalación y

someterlo a la aprobación del

Ministerio de Educación, Cultura y

Deportes. Establecer las normas,

criterios y procedimientos para la

organización y funcionamiento del

servicio de evaluación del personal

docente. Actuar como segunda

instancia administrativa para los

casos de apelación y revisión de las

clasificaciones otorgadas por las

juntas calificadoras zonales.

Decidir todo lo concerniente a los

instructivos y formatos requeridos

para el cumplimiento de las

funciones de evaluación y

clasificación del personal docente.

ASPECTOS

LEGALES

18

Establecer criterios y

procedimientos que garanticen la

efectiva organización y ejecución de

los concursos de méritos o de

méritos y oposición para la provisión

de cargos de la carrera docente.

Atender, resolver y dictaminar

acerca de las consultas que le sean

formuladas en materia de

evaluación de personal docente y

clasificación de los profesionales de

la docencia.

Participar oportunamente a la

Oficina de Personal del Ministerio

de Educación, a los interesados,

los resultados de las evaluaciones y

clasificaciones correspondientes.

Establecer las normas para la

designación de los jurados y

evaluación de los trabajos de

ascenso de los profesionales de la

docencia. Proponer a la Dirección

General del Ministerio de

Educación, la integración de los

jurados para los concursos, cuando

corresponda.

Rendir informe anual de su

actuación ante la Dirección General

del Ministerio de Educación, Cultura

y Deportes.

La evaluación que se hace del

docente dependerá de la concepción que

se tenga del mismo. El modelo derivado de

un enfoque empírico-positivo exigirá su

calidad como técnico pedagogo capaz de

demostrar metodologías eficaces. En este

modelo del profesor como orientador y

guía, no interesa el

número de elementos

o sucesos, sino el

significado que

adquieren para las

personas afectadas.

Pero más allá de este

enfoque alternativo al

tradicional, esta otro: el socio-crítico. En

este se destaca la generación de actitudes

críticas de normas, valores y pautas que

vienen impuestas desde arriba (De la

Torre, 2000).

Dos condiciones indispensables

para evaluar al docente son: una que se

realice dentro de su

contexto social y

cultural, y otra que el

único propósito es

contribuir a mejorar su

desarrollo como

profesional y como

miembro de un

colectivo. A partir de

estas dos condiciones

se debe realizar la

crítica a los métodos tradicionales de

evaluación del docente.

El compromiso que establece un

docente con la institución donde labora

(sea esta oficial o privada), pareciera

legitimar el derecho de ser evaluado por

las autoridades, sin necesidad de rendir

cuenta a la sociedad. De hecho la

evaluación pasa a ser un control

administrativo, dejando de lado la

naturaleza de la función que cumple.

ASPECTOS

LEGALES

CRITICA A LA EVALUACIÓN

TRADICIONAL DEL DOCENTE

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