resumen normatividad (1)

21
 PERSONAS CON LIMITACIONES Las autoridades municipales y distritales exigirán a todos los proyectos de vivienda la obligatoriedad de disponer el uno por ciento (1%) de las viviendas construidas y en los proyectos de menos de cien (100) viviendas de una de ellas para la población minusválida. Las viviendas para minusválidos no tendrán barreras arquitectónicas en su interior y estarán adaptadas para dicha población, de acuerdo con las reglamentaciones que para el efecto expida el Gobierno Nacional. (parágrafo 3°, artículo 1°, Ley 1114 de 2006) OBLIGATORIEDAD DE CUMPLIMIENTO Las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, así como las autoridades gubernamentales del nivel nacional, departamental, distrital y municipal que no cumplan con lo establecido en las leyes estudiadas, sobre la accesibilidad al medio físico, eliminación de las barreras arquitectónicas, acceso a los espacios de uso público, a las vías públicas, a los edificios abiertos al público y a las edificaciones para vivienda, serán sancionados de la siguiente manera: SANCIONES: Para las personas naturales o jurídicas privadas se aplicará una sanción que irá entre cincuenta (50) y hasta doscientos (200) salarios mínimos legales diarios vigentes. Para las autoridades gubernamentales que incumplan los preceptos establecidos por esta Ley y las demás normas de discapacidad serán sancionadas conforme lo prevé la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y demás normas aplicables como faltas graves y causales de mala conducta. El Ministerio de Medio Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial y el Ministerio de Transporte vigilarán el cumplimiento de lo establecido en la presente Ley. DEFINICIONES BASICAS ACCESIBILIDAD: Cuando el Proyecto se refiere a conjuntos de edificios e instalaciones que constituyan un complejo arquitectónico, éste se proyectará y construirá en condiciones que permitan, en todo

Upload: edgar-mesa

Post on 20-Jul-2015

77 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

5/17/2018 Resumen normatividad (1) - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-normatividad-1 1/21

 

PERSONAS CON LIMITACIONES

Las autoridades municipales y distritales exigirán a todos los proyectos de vivienda laobligatoriedad de disponer el uno por ciento (1%) de las viviendas construidas y en losproyectos de menos de cien (100) viviendas de una de ellas para la población minusválida.Las viviendas para minusválidos no tendrán barreras arquitectónicas en su interior yestarán adaptadas para dicha población, de acuerdo con las reglamentaciones que para elefecto expida el Gobierno Nacional. (parágrafo 3°, artículo 1°, Ley 1114 de 2006)

OBLIGATORIEDAD DE CUMPLIMIENTO

Las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, así como las autoridades

gubernamentales del nivel nacional, departamental, distrital y municipal que no cumplan con lo

establecido en las leyes estudiadas, sobre la accesibilidad al medio físico, eliminación de lasbarreras arquitectónicas, acceso a los espacios de uso público, a las vías públicas, a los

edificios abiertos al público y a las edificaciones para vivienda, serán sancionados de lasiguiente manera:

SANCIONES:

Para las personas naturales o jurídicas privadas se aplicará una sanción que irá entrecincuenta (50) y hasta doscientos (200) salarios mínimos legales diarios vigentes.

Para las autoridades gubernamentales que incumplan los preceptos establecidos por esta Ley ylas demás normas de discapacidad serán sancionadas conforme lo prevé la Ley de

Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y demás normas aplicables comofaltas graves y causales de mala conducta.

El Ministerio de Medio Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial y el Ministerio deTransporte vigilarán el cumplimiento de lo establecido en la presente Ley.

DEFINICIONES BASICAS

ACCESIBILIDAD:

Cuando el Proyecto se refiere a conjuntos de edificios e instalaciones que constituyan un

complejo arquitectónico, éste se proyectará y construirá en condiciones que permitan, en todo

5/17/2018 Resumen normatividad (1) - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-normatividad-1 2/21

 

caso, la accesibilidad de las personas con limitación a los diferentes inmuebles e instalaciones

complementarias

PUERTAS:

Las puertas principales de acceso de toda construcción, se deberá abrir hacia el exterior, o en

ambos sentidos, deberán así mismo, contar con manijas automáticas al empujar, y si son de

cristal siempre llevarán franjas anaranjadas o blanco fluorescente a la altura indicada

En toda construcción del territorio nacional, sean éstas públicas o privadas, las puertas se

abrirán hacia el exterior en un ángulo no inferior a 180 grados y deberán contar con escape de

emergencia, debidamente instalados de acuerdo con las normas técnicas internacionales sobre

la materia

RAMPAS:

En las edificaciones de varios niveles que no cuenten con ascensor, existirán rampas con las

especificaciones técnicas y de seguridad adecuadas, de acuerdo con la reglamentación que para

el efecto expida el Gobierno Nacional o se encuentren vigentes.

SIMBOLOS DE ACCESIBILIDAD

El símbolo gráfico de accesibilidad de que trata la norma técnica Icontec NTC-4139 serán de

obligatoria instalación en los espacios públicos y edificios de uso públicos, donde se cumplan las

condiciones de accesibilidad

5/17/2018 Resumen normatividad (1) - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-normatividad-1 3/21

 

ACCESIBILIDAD A EDIFICACIONES PARA VIVIENDA

Las rutas peatonales deben cumplir las condiciones de accesibilidad establecidas a

continuación, de tal manera que se asegure la conexión entre espacios y servicios comunales del

conjunto o agrupación con la vía pública.

A. Vías de circulación peatonal

1. Los andenes deben ser continuos y a nivel, sin generar obstáculos con los predios colindantes y deben ser tratados con materiales duros y antideslizantes en seco y en mojado.

2. Para permitir la continuidad entre los andenes y/o senderos peatonales se dispondrán los

elementos necesarios que superen los cambios de nivel en los cruces de calzadas, ciclorrutas yotros. En estos casos se utilizarán vados, rampas, senderos escalonados, puentes y túneles.

3. En los cruces peatonales los vados deben conectar directamente con la cebra o zonademarcada para el tránsito de peatones.

4. Sobre la superficie correspondiente a la franja de circulación peatonal se debe diseñar yconstruir una guía de diferente textura al material de la superficie de la vía de circulaciónpeatonal que oriente el desplazamiento de las personas invidentes o de baja visión.

5. Para garantizar la continuidad de la circulación peatonal sobre la cebra, en los separadores

viales se salvarán los desniveles existentes con vados o nivelando el separador con la calzada.

6. Cuando se integre el andén con la calzada, se debe prever el diseño y la construcción de unafranja de textura diferente y la instalación de elementos de protección para los peatones,para delimitar la circulación peatonal de la vehicular.

7. Las rampas de acceso a los sótanos de las edificaciones deberán iniciarse a partir delparamento de construcción y en ningún caso sobre la franja de circulación peatonal del andén.

8. Se deberán eliminar todos los elementos y estructuras que obstaculicen la continuidad de lafranja de circulación peatonal.

9. Los espacios públicos peatonales no se podrán cerrar ni obstaculizar con ningún tipo deelemento que impida el libre tránsito peatonal.

5/17/2018 Resumen normatividad (1) - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-normatividad-1 4/21

 

B. Mobiliario urbano

1. El mobiliario se debe localizar única y exclusivamente en la franja de amoblamiento,garantizando que la franja de circulación peatonal permanezca libre y continua.

2. Los elementos del mobiliario urbano instalados a lo largo de las vías peatonales, deben ser

fácilmente detectables por todas las personas, en especial por las personas invidentes o de

baja visión, para ello se instalará una franja sobre la superficie del piso, de diferente texturaal material de la superficie del andén.

C. Cruces a desnivel: Puentes y túneles peatonales

1. Los recorridos del tráfico de la franja de circulación peatonal deben conducir hacia lasescaleras y rampas de estos elementos.

2. Los puentes peatonales deberán contar con un sistema de acceso de rampas. Si en el espacio

en el que está prevista la construcción de un puente peatonal no se puede desarrollar lassoluciones de acceso peatonal mediante rampas, se deberá instalar un sistema alterno

eficiente que cumpla la misma función y que garantice el acceso autónomo de las personas conmovilidad reducida.

3. Los puentes peatonales deberán contar con un bordillo contenedor a lo largo de toda suextensión para prevenir que las ruedas de los coches, sillas de ruedas, entre otras, se salgan

de los límites de este. Además, deben contar con elementos de protección como barandas ypasamanos que garanticen la circulación segura de los usuarios.

4. El pavimento y las superficies de los cruces a desnivel deben ser antideslizantes en seco y

en mojado.

5. Al inicio de los cruces a desnivel se debe diseñar y construir un cambio de textura en el piso

que permita la detección de los mismos por parte de los invidentes o de las personas de bajavisión.

D. Parques, plazas y plazoletas

1. Los espejos de agua, estanques, depresiones y otros componentes del ambiente y del paisaje

que impliquen un cambio entre el sendero peatonal y el entorno, deberán contar con elementosde protección que garanticen la seguridad de las personas.

5/17/2018 Resumen normatividad (1) - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-normatividad-1 5/21

 

2. Los elementos de protección y de delimitación en parques, zonas verdes, jardines y espacios

de circulación en general, no deben tener aristas vivas, ni elementos sobresalientes oproyectados peligrosamente sobre la franja de circulación peatonal.

En ningún caso las normas municipales o distritales podrán permitir la ocupación, uso temporal

o reducción de la franja de circulación peatonal para localizar elementos de mobiliario urbano,

tales como quioscos, casetas, carpas o construcciones móviles, temporales o con anclajes, loscuales solo podrán ubicarse dentro de la franja de amoblamiento.

Además de lo dispuesto anteriormente, serán de obligatoria aplicación, en lo pertinente, lassiguientes Normas Técnicas Colombianas para el diseño y construcción de los elementos delespacio público:

a) NTC 4279: "Accesibilidad de las personas al medio físico. Espacios urbanos y rurales. Víasde circulación peatonales planas"; (Ver mas adelante)

b) NTC 4774: "Accesibilidad de las personas al medio físico. Espacios urbanos y rurales.Cruces peatonales a nivel y elevados o puentes peatonales". (Norma no encontrada)

Para el diseño y construcción de vivienda nueva, se dará aplicación en lo pertinente a lassiguientes normas técnicas:

a) NTC 4140: "Accesibilidad de las personas al medio físico. Edificios, pasillos, corredores.Características Generales"; (Ver mas adelante)

b) NTC 4143: "Accesibilidad de las personas al medio físico. Edificios, rampas fijas"; (Ver masadelante)

c) NTC 4145: "Accesibilidad de las personas al medio físico. Edificios. Escaleras"; (Ver masadelante)

d) NTC 4201: "Accesibilidad de las personas al medio físico. Edificios. Equipamientos.

Bordillos, pasamanos y agarraderas"; (Ver mas adelante)

e) NTC 4349: "Accesibilidad de las personas al medio físico. Edificios. Ascensores". (Ver masadelante)

5/17/2018 Resumen normatividad (1) - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-normatividad-1 6/21

 

 

ACCESIBILIDAD A LOS ESTACIONAMIENTOS

Reserva de estacionamientos accesibles en zonas de parqueo . En todos los sitios abiertos alpúblico como edificios de uso público, centros comerciales, nuevas urbanizaciones y unidades

residenciales y en general en todo sitio donde existan parqueaderos habilitados paravisitantes, se dispondrá de sitios de parqueo para personas con movilidad reducida,debidamente señalizados y con las dimensiones internacionales.

En estos espacios se garantizará como mínimo un porcentaje equivalente al dos por ciento (2%)del total de parqueaderos habilitados. En ningún caso, podrá haber menos de un (1) espaciohabilitado, debidamente señalizado con el símbolo gráfico de accesibilidad.

Las autoridades municipales y distritales competentes, determinarán en las normas

urbanísticas del Plan de Ordenamiento Territorial, la reserva para estacionamientosaccesibles, contiguos a todo centro de interés público, sea este de tipo administrativo,

comercial, cultural, recreativo, deportivo, o de servicios; dicha reserva no podrá ser menor de2 estacionamientos por cada 100.

Características de los estacionamientos para personas con movilidad reducida . El diseño,

construcción o adecuación de zonas de parqueo para las personas con movilidad reducida enespacio público o edificaciones deberá cumplir con las siguientes características:

1. Se ubicarán frente al acceso de las edificaciones o lo más cercano a ellas y contiguos asenderos o rutas peatonales.

2. Las diferencias de nivel existentes entre los puestos de estacionamiento accesibles y lossenderos o rutas peatonales, serán resueltas mediante la construcción de vados o rampas, a finde facilitar la circulación autónoma de las personas con movilidad reducida.

BAHIAS DE ESTACIONAMIENTO

Se autoriza el parqueo de vehículos en las bahías de estacionamiento a las personas con

movilidad reducida, ya sean conductores o acompañantes.

Las autoridades municipales y distritales competentes habilitarán y reglamentarán en

5/17/2018 Resumen normatividad (1) - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-normatividad-1 7/21

 

beneficio de las personas con movilidad reducida el uso de las bahías de estacionamiento. Por el

uso de las bahías se podrán cobrar las tarifas legalmente establecidas.

Con el fin de garantizar la movilidad de las personas con movilidad reducida, las autoridades

municipales y distritales autorizarán la construcción de las bahías de estacionamiento y

dispondrán en los sitios donde ellas existan, así como en los hospitales, clínicas, institucionesprestadoras de salud, instituciones financieras, centros comerciales, supermercados, empresas

prestadoras de servicios públicos domiciliarios, parques, unidades residenciales, nuevasurbanizaciones, edificaciones destinadas a espectáculos públicos, unidades deportivas, auto-

cinemas, centros educativos, edificios públicos y privados, de sitios de parqueo debidamente

señalizados y demarcados para personas con algún tipo de discapacidad y/o movilidad reducida,o cuya capacidad de orientación se encuentre disminuida por razón de la edad o enfermedad,

con las dimensiones internacionales en un porcentaje mínimo equivalente al dos por ciento (2%)del total de parqueaderos habilitados. En ningún caso podrá haber menos de un (1) espacio

habilitado, debidamente señalizado con el símbolo internacional de accesibilidad.

“Se considera que una persona se encuentra disminuida en su capacidad de orientación por

razón de la edad, cuando tenga o exceda los sesenta y c inco (65) años.” 

REFERENCIAS NORMATIVAS

-  Ley 361 de 1997-  Decreto 1538 de 2005-  Ley 1287 de 2009-  Las NTC enunciadas en el texto

5/17/2018 Resumen normatividad (1) - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-normatividad-1 8/21

 

NORMAS TECNICAS COLOMBIANAS APLICABLES SEGÚN LAS LEYES DE REFERENCIA

(LAS NORMAS NO SE ENCUENTRAS TRASNCRITAS EN SU TOTALIDAD, LAS FIGURAS NO FUERON

INCLUIDAS, PERO SE PUEDEN CONSULTAR EN INTERNET)

NTC 4279 VIAS DE CIRCULACION PEATONALES HORIZONTALES

DEFINICIONESVías de circulación peatonales: Son todas las aceras, los senderos, los andenes, los itinerariospeatonales y cualquier otro tipo de superficie de uso público, destinado al tránsito de

peatones.Accidente: Irregularidad del terreno con elevación o depresión brusca, quiebras, fragosidad,

entre otros.

Vados: Modificación de las aceras y sus cordones para facilitar el tránsito de cualquier tipo derodado.

A los efectos de esta Norma una pendiente menor o igual al 2 % se considera comohorizontal.

REQUISITOS

DIMENSIONESLas vías de circulación peatonales horizontales deberán tener un ancho mínimo libre de obstáculos de 1,20 m.

Cuando se prevé la circulación simultánea de dos sillas de ruedas en distinto sentido, el ancho mínimo deberá

ser de 1,60 m. (Se muestra figura en el texto original de la NTC)

CARACTERÍSTICAS GENERALES

Áreas de descanso: Con una separación máxima de 100 m se dispondrá de un ensanche de 0,80 m con respecto

al ancho de la vía de circulación por 1,60 m de longitud en la dirección de la misma, que funcionen como áreas

de descanso.

Deberán estar libres de obstáculos en todo su ancho mínimo y desde su piso terminado hasta un plano paralelo aél ubicado a 2,20 m de altura. Dentro de ese espacio no se podrá disponer elementos que lo invadan (ejemplo:

luminarias, carteles, equipamientos, vegetales, etc.).

Señalización de obstáculos: Deberá anunciarse la presencia de objetos que se encuentren ubicados en las

siguientes condiciones simultáneamente:

5/17/2018 Resumen normatividad (1) - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-normatividad-1 9/21

 

a)  Por debajo de 2,20 m de altura

b)  Por arriba de 0,10 m de altura yc)  Separado mas de 0,15 m de un plano lateral

El indicio de la presencia de objetos que se encuentren en las condiciones establecidas, se hará de manera que

pueda ser detectado por personas que requieran el uso de bastón largo utilizando asimismo colores

contrastantes.

El indicio tendrá como mínimo un elemento detectable que cubra toda la zona de influencia del objeto desde el

nivel del piso terminado (Se muestra figura en el texto original de la NTC)

Pendiente longitudinal: Deberá cumplir con una pendiente longitudinal máxima de un 2%.

Para los casos en que se supere dicha pendiente se deberá tener en cuenta lo indicado en la NTC 4143

Pendiente transversal: El diseño de las vías de circulación peatonales planas, deberá cumplir con una pendiente

transversal máxima del 2%.

La diferencia de nivel en la vía de circulación peatonal y la calzada no deberá superar 0,18 m de altura y no ser

inferior a 0,03 m.

Cuando se superen los 0,18 m de altura, se deberá disponer bordillos de acuerdo a la NTC 4201

Las vías de circulación peatonales horizontales deberán diferenciarse claramente de las vías de circulaciónvehiculares y en caso de superposición vehicular-peatonal , por medio de señalización adecuada.

Los pavimentos de las vías de circulación peatonales deberán ser firmes, antideslizantes y sin accidentes.

Se debe evitar la presencia de piezas sueltas, tanto en la constitución del pavimento así como también por la falta

de mantenimiento y la retención de líquidos

En caso de presentarse en el piso rejillas, tapas de registro, entre otras, deberán estar rasantes con el nivel del

pavimento, con aberturas de dimensión máxima 0,015 m y cumplir con las características indicadas

anteriormente.

Donde exista desnivel entre la vía de circulación peatonal y la senda para el cruce de la calzada, el mismo se

salvara mediante vados de acuerdo a la NTC 4143

Para advertir a los discapacitados visuales cualquier obstáculo, desnivel o peligros en la vía pública, así como en

todos los frentes de cruces peatonales, semáforos, accesos a rampas, escaleras y paradas de autobuses, se

5/17/2018 Resumen normatividad (1) - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-normatividad-1 10/21

 

deberá señalizar su presencia por medio de un cambio de textura en el pavimento de un ancho mayor de 0,60 m,

colores contrastantes y buena iluminación.

Se recomienda colocar pavimentos de prevención y orientación, tiras táctiles y de color en el pavimento, paralelas

a la dirección de circulación peatonal, con el fin de indicar recorridos de circulación a los discapacitados visuales.

NTC 4140 PASILLOS, CORREDORES 

REQUISITOSDIMENSIONESLos pasillos y corredores en el interior de viviendas, tendrán un ancho mínimo de 0,90 m.

Cuando exista la posibilidad de un giro a 90°el pasillo deberá tener un ancho mínimo de 1 m; si el ángulo de giro

supera los 90° el ancho mínimo del pasillo será de 1,20 m. (Se muestra figura en el texto original de la NTC)

.Los pasillos y corredores de uso público, tendrán un ancho mínimo de 1,20 m. (Se muestra figura en el textooriginal de la NTC)

En los pasillos y corredores donde se prevea, la circulación frecuente en forma simultánea dedos sillas de ruedas,

su ancho mínimo será de 1,50 m.

Los pasillos y corredores estarán libres de obstáculos en todo su ancho mínimo y desde su piso hasta un plano

paralelo a él ubicado a 2,05 m de altura. Dentro de ese espacio no se podrá ubicar elementos que lo invadan

(ejemplo: luminarias, carteles, equipamiento, partes propias del edificio o de instalaciones).

CARACTERÍSTICAS GENERALES-  El diseño y disposición de los pasillos y galerías así como la instalación de señalización de acuerdo a la

NTC 4144, facilitará el acceso a todas las áreas que sirven, así como la rápida evacuacióno salida de ellas en casos de emergencia.

-  Los pavimentos de corredores y pasillos serán firmes, antideslizante y sin accidentes.

No se admite tratamiento de la superficie que modifique esta condición (ejemploencerado).

-  Los cerramientos móviles, de cualquier tipo, cuyo borde inferior esté por debajo de los2,05 m de altura, no podrán mantenerse en una posición que sobresalga más de 0,15 m

del plano de la pared.-  En los pasillos y corredores de uso público, deberá anunciarse la presencia de objetos

que se encuentren ubicados en las siguientes condiciones simultáneamente:

5/17/2018 Resumen normatividad (1) - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-normatividad-1 11/21

 

a) por debajo de 2,05 m de altura;

b) por arriba de 0,10 m de altura yc) separado más de 0,15 m de un elemento vertical que llegue al piso.

El indicio de la presencia de objetos que se encuentren en las condiciones establecidas,

se hará de manera que pueda ser detectado por personas que requieran el uso debastón largo utilizando asimismo colores contrastantes.

El indicio tendrá como mínimo un elemento detectable que cubra toda la zona de

influencia del objeto desde el nivel de piso terminado.

(Se muestran figuras en el texto original de la NTC)

NTC 4201 BORDILLOS, PASAMANOS, AGARRADERAS

DEFINICIONESPara los propósitos de esta norma se aplican las definiciones siguientes:

Agarradera:elemento de características y dimensiones ergonómicamente adecuadas para asirse de él.

Bordillo: elemento elevado sobre el nivel del plano de circulación, con frente vertical o muy inclinado que puede

contener a un empuje lateral.

Pasamanos: elemento continuo de apoyo y sujeción que acompaña la dirección de una circulación.

REQUISITOS

BORDILLOSTodas las circulaciones que presenten desniveles con respecto a las zonas adyacentes superiores a 100 mm y que

no supongan un tránsito transversal a las mismas, deberán estar provistas de bordillos de material resistente, demás de 50 mm de altura.

Los bordillos deberán tener continuidad en toda la extensión del desnivel.

PASAMANOSLa sección transversal del pasamanos deberá ser tal que permita el buen deslizamiento de la mano, y el apoyo lasujeción fácil y segura, recomendándose a tales efectos el empleo de secciones circulares o ergonómicas.

Las dimensiones de la sección transversal estarán definidas por el diámetro de la circunferencia circunscripta a

ella y deberán estar comprendidas entre 35 mm y 50 mm. (Se muestra figura en el texto original de la NTC)

5/17/2018 Resumen normatividad (1) - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-normatividad-1 12/21

 

La separación libre entre el pasamanos y la pared u otra obstrucción deberá ser mayor o igual a los 50 mm. (Se

muestra figura en el texto original de la NTC)

Los pasamanos deberán ser construidos con materiales rígidos e inalterables y deberán estar fijados

firmemente por la parte inferior.

Los pasamanos deberán ser colocados uno a 900 mm y otro a 700 mm de altura medidas verticalmente en su

proyección sobre el nivel de piso terminado desde el eje de la sección. Para el caso de las escaleras, la altura seráreferida al plano definido por la unión de las aristas exteriores de los escalones con tolerancia de ± 50 mm. (Se

muestra figura en el texto original de la NTC)

Los pasamanos a colocarse en rampas y escaleras deberán ser continuos en todo el recorrido (inclusive en los

descansos) y con prolongaciones horizontales iguales o mayores de 300 mm al comienzo y al final de aquellas.

Los extremos deberán ser curvados de manera de evitar el punzonado o eventuales enganches. (Se muestrafigura en el texto original de la NTC)

AGARRADERAS

Las agarraderas deberán estar construidas con materiales rígidos e inalterables Se recomienda que lasagarraderas tengan secciones circulares o ergonómicas.

Su superficie exterior tendrá al tacto textura suave y antideslizante y en caso de estar expuestas a

temperaturas extremas, deberán estar convenientemente revestidas.

Las dimensiones de la sección transversal estarán definidas por el diámetro de la circunferencia circunscripta a

ella y deberán estar comprendidas entre 35 mm y 50 mm.

La separación libre entre la agarradera y la pared u otro elemento deberá ser mayor o igual a los50 mm.

Las agarraderas deberán ser construidas con materiales rígidos y deberán estar fijadas firmemente.

Las agarraderas deberán ser capaces de soportar, como mínimo, una fuerza de 1,5 kN concentrada en la posición

más desfavorable sin doblarse ni desprenderse.

Los extremos, deberán ser diseñados curvados, de manera de evitar el punzonado o eventuales enganches.

(Se muestran figuras en el texto original de la NTC)

5/17/2018 Resumen normatividad (1) - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-normatividad-1 13/21

 

NTC 4349 ASCENSORES

REQUISITOS GENERALES

DIMENSIONES

Las dimensiones mínimas libres del interior de la cabina del ascensor deben ser :

ancho = 120 cmlargo = 120 cm

Altura de cabina = 210 cm

PUERTA DE ACCESO

Los ascensores deben tener una puerta de 80 cm de ancho mínimo y altura 200 cm.

Se recomienda, especialmente, que sean de accionamiento automático.

CARACTERÍSTICAS

ComandosEl tablero de control interior del ascensor debe estar ubicado a 120 cm de altura, referida al centro del tablero

 y medida desde el nivel del piso terminado.

Los botones pulsadores de emergencia y parada deben estar agrupados en la parte inferior del tablero decontrol, a una altura mínima de 100 cm, medida desde el nivel del piso terminado.

La disposición de los botones pulsadores en el tablero de control se debe realizar de acuerdo con la norma UNIT 973.

El tablero de botones (botonera) de llamado exterior debe estar ubicado a una altura máxima de120 cm,

referida a su centro, medida desde el nivel de piso terminado.

Todos los botones pulsadores de los comandos interiores y exteriores deben contar con señalización en alto

relieve y en la parte exterior de la botonera su equivalente en sistema Braille.

Junto a la puerta de acceso, se deben disponer flechas que indiquen la dirección hacia donde va el ascensor.

Deben ser de colores contrastantes, con una dimensión mínima de 4 cm, ubicadas a una altura de 180 cm,referida al lateral a la puerta, y medidas desde el nivel de piso terminado.

Debe acompañarse de una señalización sonora que indique el piso o identificación en alto relieve y en braille en el

paral izquierdo en el sentido de la salida.

5/17/2018 Resumen normatividad (1) - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-normatividad-1 14/21

 

El espacio inmediato al tablero de botones exteriores (botonera) de llamada debe estar libre de obstáculos.

El espacio de acceso enfrentado al exterior del ascensor debe tener una dimensión mínima de 120 cm, pero serecomienda que sea de 140 cm.

Los ascensores no deben tener puertas batientes, y en todos los casos deben llevar puerta de cabina.

Los ascensores deben estar debidamente señalizados con la indicación de un pavimento de distinta textura,enfrentando el acceso del ascensor en un área mínima de 120 cm x 120 cm.

En todos los pisos, a un lado del marco de la puerta deben estar marcados los números del piso, resaltados enrelieve, y su equivalente en sistema Braille, a una altura de 120 cm del nivel del piso terminado.

El marco exterior del ascensor debe ser de color contrastante con el de la pared.

El piso en el interior de la cabina debe ser firme, antideslizante y sin desniveles.

Se debe colocar como mínimo un pasamanos a un lado de la cabina ó 2 pasamanos situados a 70 cm y 90 cm de

altura, de acuerdo con la NTC 4201 y debe tener una separación de la pared de 5 cm, como mínimo.

Los ascensores deben tener un dispositivo de seguridad que detecte la presencia de cualquier persona u objeto

ubicados en el espacio de la pared comprendido entre la cabina y el acceso.

Este dispositivo debe impedir el funcionamiento del mecanismo del ascensor así como también el cierre de lapuerta, evitando el contacto de la misma con la persona u objeto detectado.

El desnivel permitido entre el piso de la cabina y el piso exterior no debe superar 1 cm.

La separación entre el plano exterior de la cabina y el umbral no debe superar los 3 cm.

REQUISITOS ESPECÍFICOS

ASCENSORES AUTOMÁTICOS

El ascensor debe tener un tiempo mínimo de apertura, desde el aviso de que el ascensor está contestando el

llamado (señalización luminosa y sonora), hasta que las puertas del ascensor empiezan a cerrarse determinadosegún la siguiente fórmula:

5/17/2018 Resumen normatividad (1) - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-normatividad-1 15/21

 

D(mm)

T (S) = _________________ 

(445 mm / s )

La distancia "D" debe establecerse desde un punto situado en el eje del corredor directamente enfrentado altablero de botones (botonera) de llamada ( y a un máximo de ésta de 150 cm),hasta el eje de la puerta del

ascensor sobre la puerta de entrada más lejana.

En ningún caso el tiempo mínimo de apertura debe ser menor que 3 s.

Se debe garantizar la reapertura de la puerta cuando se detecten obstáculos en toda la extensión de su altura.

NTC 4145 ESCALERAS

REQUISITOS GENERALES

DIMENSIONES:Ancho: Las escaleras en el interior de las viviendas deberán tener un ancho mínimo de 90 cm.

Las escaleras de uso público deberán tener un ancho mínimo de 120 cm. Si l separación de los

pasamanos a la pared supera 50 mm, el ancho de la escalera debe incrementare en igualmagnitud.

Contrahuella: Las contrahuellas deben tener una altura menor o igual a 18 cm

Huella: Las dimensiones de las huellas deben ser las que resulten de aplicar la fórmula 2a + b = 

60/64 cm ; en donde a = contrahuella en centímetros y b  = huella en centímetros.

Tramos rectos: La escalera podrá tener tramos rectos sin descanso de hasta 18 escalones

máximo.

Descansos: Los descansos deben tener el ancho y la profundidad mínima coincidiendo con el

ancho de la escalera.

Características:

Las huellas deben tener el borde o arista redondeados, con un radio de curvatura máximo de 1

cm y de forma que no sobresalga del plano de la contrahuella.

Las contrahuellas no deberán ser caladas.

5/17/2018 Resumen normatividad (1) - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-normatividad-1 16/21

 

 

El ángulo que forma la contrahuella con la huella, debe ser de 90°.

Los pisos deben ser antideslizantes, sin relieves en su superficie, con las puntas diferenciadas

visualmente.

Los escalones aislados, deberán presentar textura, color e iluminación que los diferencie del

pavimento general.

Las escaleras deben ser debidamente señalizadas, de acuerdo con la NTC 4144

PASAMANOS: 

Las escaleras deben tener pasamanos a ambos lados, que cumplan con la NTC 4201, continuos

en todo su recorrido y con prolongaciones horizontales mayores de 30 cm al comienzo y al finalde aquellas.

Los pasamanos deben tener una señal sensible al tacto que indique la proximidad de loslímites de la escalera.

Se coloca un pasamanos a 90 cm de altura y otro a 70 cm de altura. Las alturas se miden

verticalmente desde la arista exterior de la escalera, con tolerancias de ± 5 cm.

Se recomienda que en escaleras de ancho superior al doble del mínimo, se coloquen pasamanosintermedios espaciados como mínimo de 90 cm a 120 cm, según corresponda.

Requisitos particulares:

Escaleras conformadas con sucesiones de escalones simples y descansos: Deberán cumplircon las siguientes condiciones:

Tener una huella mayor o igual a 120 cm, con contrahuella menor de 18 cm

El ancho mínimo debe ser de 120 cm 

5/17/2018 Resumen normatividad (1) - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-normatividad-1 17/21

 

NTC 4143 RAMPAS FIJAS 

DEFINICIONES: Para los propósitos de esta norma se aplican las siguientes definiciones:

Accesibilidad: En forma genérica, es la condición que cumple un ambiente, objeto,instrumento, sistema o medio, para que sea utilizable por todas las personas en forma segura,

equitativa, y de la manera más autónoma y confortable posible.

Nivel de accesibilidad adecuado: Es aquel que cumple con todas las condiciones y parámetros

dimensionales de accesibilidad aplicables para alcanzar la utilización por todas las personas deforma segura, equitativa y de manera autónoma y confortable posible.

Nivel de accesibilidad básico: Es aquel que cumple con las condiciones y parámetros dimensionales de

accesibilidad mínimos aplicables para alcanzar la utilización por todas las personas de formasegura y con la mayor autonomía posible.

Vado: Modificación de la acera mediante planos inclinados que permita salvar la diferencia de

nivel entre calzada y acera, facilitando la continuidad en el desplazamiento y el cruce de las

vías públicas a todas las personas, en especial a los usuarios de sillas de ruedas, a quienestransportan cochecitos de bebé, carros para traslado de mercaderías entre otros.

Rampa escalonada:

Es una rampa conformada por una secuencia de rampas conectadas entresi mediante escalonesde contrahuella con borde redondeado, permitiendo salvar un desnivel con una pendiente y una

longitud de desarrollo tal que permita el apoyo al usuario en condiciones especiales.

REQUISITOSDIMENSIONES

Pendiente longitudinal. Rampas ubicadas en edificios y espacios urbanos

Una rampa con pendiente menor o igual al 2 % se asimila a una circulación plana y por lo tanto no se limita su

longitud, (véase la NTC 4279).

5/17/2018 Resumen normatividad (1) - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-normatividad-1 18/21

 

Nivel adecuado

Se establecen las siguientes pendientes longitudinales máximas para los tramos rectos derampa entre descansos, en función de la extensión de los mismos medidos en su proyección

horizontal

- 6 m < / ≤ 10 m; la pendiente máxima debe ser del 6 % - 3 m < / ≤ 6 m; la pendiente máxima debe ser del 8 %

- 1,5 m < / ≤ 3 m; la pendiente máxima debe ser del 10 %- / ≤ 1,5 m; la pendiente máxima debe ser del 12 %.

Nivel básico

Se establecen las siguientes pendientes longitudinales máximas para los tramos rectos derampa entre descansos, en función de la extensión de los mismos medidos en su proyección

horizontal.- 10 m < / ≤ 15 m; la pendiente máxima debe ser del 8 %

- 3 m < /≤ 10 m; la pendiente máxima debe ser del 10 % 

- / ≤ 3 m; la pendiente máxima debe ser del 12 % 

Rampa escalonada

Cuando se presenten condiciones topográficas que exijan superar niveles mayores a 20°(Véase el

Anexo A)

Pendiente transversal. Rampas ubicadas en edificios y espacios urbanos

La pendiente transversal máxima aplicable a los niveles de accesibilidad adecuado y básico,debe ser del 2 % para tramos y descansos.

Ancho. Rampas ubicadas en edificios y espacios urbanos

El ancho mínimo libre de las rampas ubicadas en espacios urbanos aplicable al nivel de accesibilidad adecuadodebe ser 1,20 m y aplicable al nivel básico debe ser 0,90 m para tramos de hasta 4 m en proyección

horizontal. El ancho mínimo libre de las rampas ubicadas en los edificios aplicable al nivel de

accesibilidad adecuado debe ser 0,90 m para tramos de hasta 4 m en proyección horizontal yaplicable al nivel básico debe ser 0,90 m

Descansos

Los descansos se colocarán entre tramos de rampa, cuando exista la posibilidad de un giro y

frente a cualquier tipo de acceso. El largo del descanso para las rampas ubicadas en los

5/17/2018 Resumen normatividad (1) - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-normatividad-1 19/21

 

edificios y espacios urbanos, aplicable al nivel de accesibilidad adecuado debe tener una dimensión mínima

de 1,50 m y para el nivel de accesibilidad básico de 1,20 m. Cuando exista la posibilidad de un giro a 90°, eldescanso debe tener un ancho mínimo libre de1,20 m aplicable para el nivel de accesibilidad adecuado y un anchomínimo de 1 m aplicable para el nivel de accesibilidad básico; si el ángulo de giro supera los 90°, la

dimensión mínima del descanso debe ser de 1,20 m. Cuando una puerta abra hacia el descanso, la dimensión

mínima de éste debe incrementarse de acuerdo al barrido de la puerta, evitando que el mismo se produzcainvadiendo el ancho mínimo de la rampa.

Superficie de aproximación a rampasAl comienzo y al final de las rampas ubicadas en edificios y espacios públicos, se debe disponer

de una superficie de aproximación que permita inscribir un círculo de 1,50 m de diámetro mínimoaplicable al nivel de accesibilidad adecuado y de 1,20 m de diámetro mínimo aplicable al nivel de accesibilidad

básico. Esta superficie no debe ser invadida por elementos fijos, móviles o desplazables o por el barridode puertas

CARACTERISTICAS GENERALES

  Cuando las rampas salven desniveles superiores a 0,10 m deben llevar bordillos según la NTC 4201.

  Cuando se diseñen rampas con anchos superiores al doble del mínimo se debe colocar

pasamanos intermedios espaciados como mínimo 0,90 m y a 1,20 m, según corresponda.

  Cuando las rampas salven desniveles superiores a 1,10 m deben llevar bordillos según la

NTC 4201.

  El pavimento de las rampas debe ser firme, antideslizante y sin accidentes.

  Las rampas deben estar libres de obstáculos en todo su ancho mínimo y desde su pisoterminado hasta un plano paralelo a él ubicado a 2,05 m de altura. Dentro de ese espacio no se debe

disponer de elementos que la invadan

  EJEMPLO Luminarias, carteles, equipamientos.

  Se deben proteger los espacios bajo las rampas que tengan altura inferior a 2,05 m, de

tal modo que se eviten accidentes.

  Las rampas deben disponer de un nivel de iluminación mínimo de 100 lx continua y uniforme durante

todo el recorrido y de 150 lx al comienzo y al final de las mismas. La iluminación ya sea

natural o artificial no debe producir deslumbramientos o contraluces.

  En las rampas ubicadas en espacios urbanos se debe prestar atención a la resolución de

los desagües de aguas pluviales de los espacios anexos, evitando que la rampa funcione

como un medio colector natural de los mismos.  En el caso de presentarse en el piso rejillas, tapas de registro, entre otros, estas

deben cumplir con lo establecido en la NTC 4279.

  Señalización: Al comienzo y al final de las rampas se debe disponer de un pavimento

táctil de alerta de acuerdo a lo establecido en la NTC 4144 y NTC 5610.

5/17/2018 Resumen normatividad (1) - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-normatividad-1 20/21

 

VADOS PEATONALES

Características generales

  Cuando el desnivel entre acera y calzada sea inferior a 0,25 m, la modificación de la

acera para salvar esta diferencia se debe hacer mediante un plano inclinado con unapendiente longitudinal máxima de 12 %. El diseño depende del ancho de la acera y del

desnivel a salvar entre acera y calzada.El encuentro de los planos de calzada y acera debe realizarse con continuidad de nivel,

en ningún caso deben presentar resaltos. Los desagües de aguas pluviales deben

resolverse adecuadamente a fin de evitar el estancamiento del agua en esta zona.

  El pavimento del vado debe ser resistente y antideslizante tanto en seco como en

mojado.  El ancho mínimo libre de los vados debe ser de 0,90 m. Cuando la senda peatonal esté

graficada en la calzada (cebra) se recomienda que el ancho del vado coincida con elancho de esta.

  Los vados localizados en lados opuestos a las vías de circulación, deben estar alineados

entre sí.

  En los vados perpendiculares a la vereda se debe dejar un ancho libre mínimo de 1,20

m, para permitir la circulación peatonal entre el vado y el límite de edificación.

  Cuando el vado se resuelva con planos laterales de acordamiento, la pendiente de estos

planos laterales no podrá superar el 12 %.

  Los vados deben señalizarse con pavimento táctil de alerta de acuerdo a lo establecido

en la NTC 4144.  Cuando el vado se conforma por un único plano inclinado, se debe impedir la circulación

transversal a través del mismo mediante pasamanos y bordillos, papeleras, jardineras o

cualquier otro elemento del mobiliario urbano dispuestos a cada lado del vado.Estos elementos deberán tener una terminación superficial de luminancia contrastante,

ser resistente a las condiciones a las que se verán sometidos y de fácil mantenimiento.

  Cuando las dimensiones de la acera no permite la resolución de vados perpendiculares a

ésta, los planos inclinados se deben disponer paralelos al límite de edificación. Una

opción es rebajar la superficie de la acera en toda la esquina al mismo nivel de lacalzada, o realizar un rebaje de la acera en el sentido de la vía.

En ambos casos el ancho mínimo libre de estos vados debe ser de 1,00 m y los

descansos deben tener una longitud mínima de 1,20 m por el ancho del vado.En el primer caso el perímetro de la esquina debe protegerse con reja, bolardos o

cualquier otro elemento que impida el pasaje vehicular en ese sector.

5/17/2018 Resumen normatividad (1) - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-normatividad-1 21/21

 

RAMPAS CON CAMBIO DE DIRECCION

Ancho: Cuando se proyectan rampas con cambio de dirección estas deberán tener un anchomínimo de 1,20 m.

Pendiente longitudinal: La pendiente longitudinal máxima admitida para estas rampas es del8% con un radio mínimo de 3m medidos con respecto al borde interno de la rampa.

Pendiente transversal: La pendiente transversal máxima se establece en 2% tomada esta

hacia el borde interno de la rampa

Descansos: El largo mínimo de los descansos, debe medirse en el borde interno de la rampa.

RAMPA ESCALONADA

Para la realización de este tipo de rampa se debe cumplir con las siguientes condiciones:

  Estudios de aforo, topografía y necesidades

  Condiciones de topografía de montaña que tenga que salvar pendientes mayores a 20°

  Donde los espacios en ciudades o en espacios rurales tenga determinantes de tubería olíneas de energía principales

  Este tipo de rampa utiliza como máximo una contrahuella de 10 cm y una huella con una

inclinación máximo de 10%

  Siempre que sea instalada este tipo de rampa debe ir acompañada de un pasamanos auna altura de entre 90 cm y 100 cm y un segundo pasamanos a una altura de entre 60

cm y 70 cm, en ambos costados.

  Los requisitos de los pasamanos deben ser de acuerdo a la NTC 4140

  La huella mínima de la rampa escalonada es 1,50 m

  El tipo de borde utilizado en la rampa escalonada, es el que se muestra en la figura 5 y6 el radio de la misma es de 10 cm

  El encuentro de los planos de la calzada y la acera debe realizarse con continuidad de

nivel, en ningún caso deben presentar resaltos

  El ancho mínimo de la rampa debe ser de 1,20 m de acuerdo a lo estipulado en la NTC

4140

  Este tipo de rampa debe tener descansos horizontales cada 15 m máximo  Se debe redondear la arista de la contrahuella con un radio de mínimo 10 cm

(Se muestran varias figuras en el texto original de la NTC)