unidad 1. normatividad mexicana de seguridad industrial

34
Ciencias de la Salud, Biológicas y Ambientales | Energías renovables 1 Mantenimiento y seguridad industrial Unidad 1. Normatividad mexicana de seguridad industrial Ingeniería en Energías renovables 5° Cuatrimestre Programa de la asignatura: Mantenimiento y seguridad industrial Unidad 1. Normatividad mexicana de seguridad industrial Clave: TSU: 240920520 / ING: 230920520 Universidad Abierta y a Distancia de México

Upload: svismael

Post on 24-Nov-2015

39 views

Category:

Documents


5 download

TRANSCRIPT

  • Ciencias de la Salud, Biolgicas y Ambientales | Energas renovables 1

    Mantenimiento y seguridad industrial

    Unidad 1. Normatividad mexicana

    de seguridad industrial

    Ingeniera en Energas renovables

    5 Cuatrimestre

    Programa de la asignatura:

    Mantenimiento y seguridad industrial

    Unidad 1. Normatividad mexicana de seguridad

    industrial

    Clave:

    TSU: 240920520 / ING: 230920520

    Universidad Abierta y a Distancia de Mxico

  • Ciencias de la Salud, Biolgicas y Ambientales | Energas renovables 2

    Mantenimiento y seguridad industrial

    Unidad 1. Normatividad mexicana

    de seguridad industrial

    ndice

    Unidad 1. Normatividad mexicana de seguridad industrial

    Presentacin de la unidad

    Propsitos de la unidad

    Competencia especfica

    Actividad 1. Presentacin del grupo

    1.1. Conceptos y definiciones

    1.1.1. Evolucin de la cultura de seguridad

    1.1.2. Seguridad en el trabajo

    1.1.3. Incidencia, accidente y accidente de trabajo

    1.1.4. Enfermedad y enfermedad de trabajo

    Actividad 2. Glosario

    1.2. Fundamentos legales de la seguridad industrial

    1.2.1. Jerarqua jurdica

    1.2.2. Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mxicanos

    1.2.3. Ley Federal del trabajo

    1.2.4. Reglamento general de seguridad e higiene en el trabajo

    1.2.5. Normas oficiales mexicanas

    Actividad 3. Tabla de leyes de seguridad

    1.3. Materiales y sustancias peligrosas

    1.3.1. Manejo, transporte y almacenamiento

    Actividad 4. Normas de seguridad

    1.3.2. Equipo de proteccin personal y grupal

    Actividad 5. Tabla de equipos de seguridad

    Autoevaluacin

    Evidencia de aprendizaje. Caso seguridad en la empresa parte 1

    Autorreflexiones

    Cierre de la unidad

    Fuentes de consulta

  • Ciencias de la Salud, Biolgicas y Ambientales | Energas renovables 3

    Mantenimiento y seguridad industrial

    Unidad 1. Normatividad mexicana

    de seguridad industrial

    Unidad 1. Normatividad Mexicana de Seguridad Industrial

    Presentacin de la unidad

    A partir de los aos 50s la industria nacional como internacional ha sufrido un crecimiento

    importante impulsado por el desarrollo de los Sistemas de Gestin. Esto ha obligado a

    prestar cada vez ms atencin al tema de la seguridad en las empresas, desarrollando

    una serie de leyes y reglamentos que han ido regulando las condiciones de seguridad

    industrial en el mundo y en nuestro pas.

    En Mxico contamos con un sistema jurdico importante en torno a este tema y en esta

    unidad se pretende brindar una forma sencilla para conocer la legislacin mexicana

    existente, su jerarqua y enfoque, as como los conceptos y definiciones necesarios para

    su comprensin. Una vez que la conozcas y la comprendas, sers capaz de identificar las

    condiciones de seguridad y situaciones de riesgo en un rea de trabajo especfica y las

    condiciones generales para prevenir accidentes.

    Propsitos de la unidad

    Al finalizar el estudio de la unidad 1:

    Identificars los trminos utilizados en seguridad industrial.

    Identificars la normatividad mexicana aplicable en seguridad industrial, as como

    su jerarqua y enfoque.

    Identificars los equipos de proteccin y su aplicacin.

    Competencia especfica

    Identificar las condiciones de seguridad en un rea de trabajo para la deteccin de riesgos

    y prevencin de accidentes a partir de la Normatividad Mexicana de Seguridad Industrial.

    Actividad 1. Presentacin del grupo

    Bienvenido a la primera actividad de la unidad 1, que tiene la finalidad de presentar al grupo para que conozcan sus ocupaciones y comiencen a interactuar, ya que a lo largo de la asignatura debern realizar un proyecto por equipos.

    Para participar en el foro se considerando los siguientes aspectos, que se han divido en

    dos ejes:

  • Ciencias de la Salud, Biolgicas y Ambientales | Energas renovables 4

    Mantenimiento y seguridad industrial

    Unidad 1. Normatividad mexicana

    de seguridad industrial

    Mantenimiento y seguridad industrial en Energas renovables

    1. Presntate y menciona tu lugar de residencia.

    2. Describe lo que sabes del mantenimiento y seguridad industrial (de manera

    general) y menciona (de manera explcita) lo relativo a la forma en que usas este

    conocimiento fuera de tu aula.

    3. Responde qu es el mantenimiento y seguridad industrial? y de dnde y cmo

    surgi?

    Mi compromiso con la asignatura

    1. Responde a la pregunta cmo aprendo?

    2. Menciona tus expectativas: qu espero de mi facilitador? qu estoy dispuesto a hacer para aprender? Especfica.

    3. Describe lo que esperas que sea la seguridad industrial en tu futuro, como Ingeniero en Energas renovables.

    4. Lee con atencin las aportaciones de cada uno de tus compaeros y aprovecha esta oportunidad para conocerlos y establecer espacios de aprendizaje colaborativo en un futuro. Si lo deseas, escrbeles un comentario.

    5. No olvides revisar la Rbrica general de foros.

    1.1. Conceptos y definiciones

    Hasta antes de la Revolucin Mexicana en 1910 en nuestro pas existan solamente dos

    leyes en materia de seguridad industrial. Una de 1904 creada por Jos Vicente Villada,

    que aplicaba para el Estado de Mxico y otra de 1906 de Bernardo Reyes con aplicacin

    en el estado de Nuevo Len. En ellas ya se hablaba de reconocer el accidente de trabajo

    y la responsabilidad del patrn en la indemnizacin por el mismo.

    En el ao de 1917 es cuando las garantas sociales son incluidas en la Constitucin

    Poltica de los Estados Unidos Mexicanos en su artculo 123 y de ella se deriva la Ley

    Federal del Trabajo en 1931, sin embargo dado las circunstancias que viva el pas dicha

    ley fue revisada, reformada y puesta en vigor el 1 de Mayo de 1970.

  • Ciencias de la Salud, Biolgicas y Ambientales | Energas renovables 5

    Mantenimiento y seguridad industrial

    Unidad 1. Normatividad mexicana

    de seguridad industrial

    En este mismo artculo (123 constitucional) en la fraccin XXIX se habla de la necesidad

    de establecer un sistema de seguro social, lo cual genera en 1943 la ley que crea el

    Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

    En Mxico se han creado leyes y reglamentos que a travs de la historia han regulado las

    condiciones de seguridad industrial en nuestro pas, tales como:

    Ao Ley

    1857 Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos: ya se hablaba de proteger a los trabajadores.

    1904 Ley de Villada: con aplicacin en el Estado de Mxico, proteccin al trabajador.

    1906 Ley de Reyes: con aplicacin en el Estado de Nuevo Len, contena las normas que regulaban la jornada laboral en cuanto al tiempo, forma y lugar para desarrollar del trabajo.

    1917 Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos: contiene una seccin completa para garantizar las condiciones de trabajo ptimas, las indemnizaciones y sanciones en los casos necesarios.

    1931 Ley Federal del Trabajo. 1943 Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social. 1946 Nuevo Reglamento de Higiene del Trabajo. 1970 Reformas a la Ley Federal del Trabajo. 1973 Reformas de Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social. 1978 Reglamento General de Seguridad e Higiene en el Trabajo. 1986 Reformas de Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social. 1991 Instructivos del Reglamento General de Seguridad e higiene en el Trabajo. 1993 Normas Oficiales Mexicanas aplicables a la Seguridad e Higiene industrial. 1997 Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo. 1997 Reformas de Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social.

    1.1.1. Evolucin de la cultura de seguridad

    En la siguiente tabla puedes observar cmo ha cambiado el enfoque de seguridad a

    travs de los aos. En un inicio se pensaba que la seguridad era responsabilidad del

    gerente por lo tanto la seguridad del empleado dependa de este. Al evolucionar el

    concepto, se pensaba que la seguridad era responsabilidad de cada individuo. Hasta

    llegar al da de hoy en que afirmamos que la seguridad es responsabilidad de todos, es un

    trabajo compartido de supervisin mutua y trabajo colaborativo.

  • Ciencias de la Salud, Biolgicas y Ambientales | Energas renovables 6

    Mantenimiento y seguridad industrial

    Unidad 1. Normatividad mexicana

    de seguridad industrial

    1.1.2. Seguridad en el trabajo

    La seguridad industrial significa ms que una simple situacin de seguridad fsica, una

    situacin de bienestar personal o un ambiente de trabajo idneo. Hasta hace poco se

    pensaba ms en las mquinas, en los tiempos y la maximizacin de beneficios que en el

    individuo, elemento por dems importante en el proceso productivo. Con Taylor1 se

    trataba al hombre como una mquina y se explotaba al mximo sus energas, sin

    considerarlo como un ser humano pensante, ya que meda su rendimiento, cronometraba

    sus tiempos y premiaba a quien ms renda. Esto aumento de manera indirecta los

    riesgos y con ello la predisposicin a los accidentes, originando con esto la falta de

    seguridad en el trabajo.

    1 Taylor: (1856 - 1915) ingeniero mecnico y economista estadounidense, promotor de la organizacin cientfica del trabajo y es considerado el padre de la Administracin Cientfica.

  • Ciencias de la Salud, Biolgicas y Ambientales | Energas renovables 7

    Mantenimiento y seguridad industrial

    Unidad 1. Normatividad mexicana

    de seguridad industrial

    Jardillier2 en su obra LOrganization Humaine du Travail dice: Hasta hoy el hombre deba

    adaptarse a un trabajo concebido, estructurado y organizado segn criterios estrictamente

    tcnicos y econmicos. Esto basado en el hecho de que el trabajo ha evolucionado

    permitiendo abandonar el sistema tayloriano, lo cual representa aspectos favorables para

    el trabajador, como disminucin de causas de accidentes, fatiga y ausentismos.

    La corriente actual de la organizacin en grupos de trabajo permite al trabajador mayor

    participacin en la gestin de la empresa lo cual ha reflejado una reduccin importante en

    los accidentes de trabajo.

    Para dar una idea general de la importancia de la seguridad industrial revisa las siguientes

    estadsticas:

    Los accidentes de trabajo representan la quinta parte del total de accidentes.

    Afectan a unos 2,100,000 personas al ao.

    Datos recientes indican que 100,000 personas al ao (a nivel mundial) mueren en

    accidentes industriales, 1,500,000 quedan heridos de gravedad; y existen unas

    600,000 sustancias txicas que producen enfermedades profesionales.

    1.1.2. Riesgo y peligro

    Existen muchas formas de definir riesgo y peligro, tal como se define en el diccionario el

    riesgo que proviene del italiano risico o rischio que, a su vez, tiene origen en el rabe

    clsico rizq (lo que depara la providencia). Este trmino expresa la proximidad o

    posibilidad de que ocurra un dao. En tanto que, la palabra peligro proviene del latn

    periclum, que significa el hecho inminente de que pase algo malo. Podramos entonces

    asegurar de acuerdo a estas definiciones que riesgo y peligro son sinnimos. Sin

    embargo, para la legislacin mexicana en materia de seguridad industrial estas dos

    palabras tienen significados diferentes, por lo que siempre que nos refiramos a ellas

    dentro de este mbito significaran:

    Riesgo:

    Los procesos, actividades, operaciones, equipos o productos que, ante la ausencia

    de medidas preventivas especficas, pueden originar dao a la salud y afectar la

    seguridad de los trabajadores que las desarrollan o utilizan; (Reglamento De

    Seguridad, Higiene Y Medio Ambiente En El Trabajo Del Sector Pblico Federal.

    Captulo 1. Artculo 2).

    Los accidentes y enfermedades a que estn expuestos los trabajadores en

    ejercicio o con motivo del trabajo. (Ley Federal del Trabajo. Titulo noveno. Artculo

    473).

    2 Pierre Jardillier (1922-2006) autor de numerosas obras de Psicologa Industrial era un psiclogo, consultor y profesor de

    la Escuela de Psiclogos Profesionales del Instituto Catlico de Pars.

  • Ciencias de la Salud, Biolgicas y Ambientales | Energas renovables 8

    Mantenimiento y seguridad industrial

    Unidad 1. Normatividad mexicana

    de seguridad industrial

    Peligro:

    Conjunto de actividades derivadas del trabajo, que generan condiciones inseguras

    y sobreexposicin a los agentes fsicos, qumicos o biolgicos, capaces de

    provocar dao a la salud de los trabajadores o al centro de trabajo; (Reglamento

    De Seguridad, Higiene Y Medio Ambiente En El Trabajo Del Sector Pblico

    Federal. Captulo 1. Artculo 2).

    1.1.3. Incidente, accidente y accidente de trabajo

    Es necesario que se maneje una misma terminologa a lo largo de la asignatura y con esa

    finalidad te presentamos tres de los trminos que esteremos utilizando constantemente:

    Incidente

    Segn la Ley Federal del Trabajo incidente es un acontecimiento no deseado, que

    bajo circunstancias ligeramente diferentes, podra haber resultado en lesiones a

    las personas, dao a la propiedad o prdida para el proceso.

    Y segn la Norma Oficial Mexicana es un evento que puede dar como resultado un

    accidente o tiene el potencial para ocasionarlo.

    Accidente

    Segn la Ley Federal del Trabajo accidente es un suceso no deseado, que da

    como resultado lesiones a las personas, dao a la propiedad o prdida para el

    proceso. Es consecuencia del contacto con una sustancia, objeto o exposicin en

    su medio, por arriba de la capacidad lmite del cuerpo de la persona o estructura.

    Segn la Norma Oficial Mexicana accidente es un evento no deseado que da lugar

    a prdidas de la vida o lesiones, daos a la propiedad o al medio ambiente de

    trabajo.

    Accidente de trabajo

    La Ley Federal de Trabajo considera accidente de trabajo toda lesin orgnica o

    perturbacin funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida

    repentinamente en ejercicio, o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el

    lugar y el tiempo en que se presente. Quedan incluidos en la definicin los

    accidentes que se produzcan al trasladarse directamente de su domicilio al lugar

    de trabajo y de ste a aqul. (artculo 474, Ley Federal del trabajo).

    1.1.4. Enfermedad y enfermedad de trabajo

    Continuamos con los trminos necesarios para la construccin de materia en seguridad

    industrial, tales como:

  • Ciencias de la Salud, Biolgicas y Ambientales | Energas renovables 9

    Mantenimiento y seguridad industrial

    Unidad 1. Normatividad mexicana

    de seguridad industrial

    Enfermedad

    En el lenguaje cotidiano, la enfermedad es entendida como aquello que causa una

    alteracin o una desarmonizacin en el sujeto, ya sea a nivel molecular, corporal,

    mental, emocional o espiritual.

    Enfermedad de trabajo

    Enfermedad de trabajo es todo estado patolgico derivado de la accin continuada

    de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el

    trabajador se vea obligado a prestar sus servicios. (artculo 475, Ley Federal del

    trabajo).

    Actividad 2. Glosario

    La presente actividad tiene la finalidad de ejemplificar cada uno de los trminos

    estudiados a lo largo del tema, para ello debers realizar lo siguiente:

    1. Investiga las diferentes conceptualizaciones de:

    Riesgo

    Peligro

    Incidente

    Accidente

    Accidente de trabajo

    Enfermedad

    Enfermedad de trabajo

    2. Elabora una presentacin donde incluyas la explicacin de cada uno de los trminos indicados en el punto anterior.

    3. Menciona, mnimo, dos ejemplos en cada uno de los trminos indicados.

    4. Finalmente, construye un breve caso donde incluyas algn o algunos de los trminos.

    5. Comparte tu presentacin a travs de la herramienta de Base de datos, y comenta, por lo menos, dos de las presentaciones de tus compaeros(as).

    1.2. Fundamentos legales de la seguridad industrial

    Para muchas personas hablar de leyes resulta muy complicado, como si fuera un idioma

    imposible de entender. Puede ser que te parezca aburrido e innecesario, pero es muy

    importante que entiendas, por lo menos los conceptos bsicos de la legislacin mexicana

    en torno a la seguridad industrial, porque en ella est basada toda relacin laboral, en ella

  • Ciencias de la Salud, Biolgicas y Ambientales | Energas renovables 10

    Mantenimiento y seguridad industrial

    Unidad 1. Normatividad mexicana

    de seguridad industrial

    se establece los compromisos y derechos que adquieres cuando eres contratado por una

    empresa.

    1.2.1. Jerarqua jurdica

    Piramide juridica de Kelsen

    Analisemos ahora la Piramide de Kelsen donde se categorizan las normas desde un

    estado superior a otro inferior y se representa la supremaca de una sobre otra.

    1.2.2. Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos

    La Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos es el marco legal con el que

    nos regimos actualmente en nuestro pas. Es de aplicacin federal y estatal, y las

    organizaciones, los ciudadanos y las personas que viven en Mxico deben cumplirla. La

    Constitucin de 1917 fue la primera constitucin en la historia en incluir los derechos

    sociales, adems de las garantas individuales buscando el equilibrio socioeconmico en

    el pas a travs de polticas en materia educativa, laboral y de respeto a los grupos

    marginados, marcando con ello un precedente en 17 Constituciones posteriores incluida

    la Constitucin de la Repblica de Weimar3

    3 La Constitucin de Weimar promulgada en 1919 junto a la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos

    promulgada dos aos antes, dieron origen al constitucionalismo social, que estableci el Estado de bienestar y reconoci los derechos de los trabajadores.

  • Ciencias de la Salud, Biolgicas y Ambientales | Energas renovables 11

    Mantenimiento y seguridad industrial

    Unidad 1. Normatividad mexicana

    de seguridad industrial

    Fue promulgada el 5 de febrero de 1917 y entro en vigor el 1 de mayo del mismo ao. Su

    contenido ha sido reformado casi 200 veces y es muy diferente a la versin original de

    1917.

    La Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos cuenta con 136 artculos y 19

    artculos transitorios, divididos en 9 ttulos:

    1.- Titulo Primero est dividido en cuatro captulos que contienen 38 artculos (del 1 al

    38).

    1.a. Captulo I . Los Derechos Humanos y sus Garantas,

    1.b. Captulo II. De los mexicanos

    1.c. Captulo III. De los Extranjeros

    1.d. Captulo IV. De los Ciudadanos Mexicanos.

    Para efectos de esta asignatura los artculos ms relevantes del ttulo primero son:

    ART. 4. Entre otras cosas, establece el derecho a la salud de los mexicanos.

    ... Toda persona tiene derecho a la proteccin de la salud. La ley definir las bases y

    modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecer la concurrencia de la

    federacin y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo

    que dispone la fraccin XVI del artculo 73 de esta Constitucin.

    ... Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y

    bienestar.

    ART. 5. Establece el derecho que tienen todas las personas al trabajo digno.

    ... A ninguna persona podr impedirse que se dedique a la profesin, industria, comercio

    o trabajo que le acomode, siendo lcitos....

    ... Nadie podr ser obligado a prestar trabajos personales sin la justa retribucin y sin su

    pleno consentimiento, salvo el trabajo impuesto como pena por la autoridad judicial, el

    cual se ajustar a lo dispuesto en las fracciones I y II del artculo 123....

    2.- Titulo Segundo est dividido en dos captulos que contienen 10 artculos (del 39 al

    48).

    2.a. Captulo I. De la Soberana Nacional y la Forma de Gobierno,

    2.b. Captulo II. De las Partes Integrantes de la Federacin y del Territorio

    Nacional.

    3.- Ttulo Tercero est dividido en cuatro captulos que contienen 58 artculos (del 49 al

    107).

    3.a. Captulo I. De la Divisin de Poderes,

    3.b. Captulo II. Del Poder Legislativo,

    3.c. Captulo III. Del Poder Ejecutivo,

    3.d. Captulo IV. Del Poder Judicial.

  • Ciencias de la Salud, Biolgicas y Ambientales | Energas renovables 12

    Mantenimiento y seguridad industrial

    Unidad 1. Normatividad mexicana

    de seguridad industrial

    4.- Titulo Cuarto contiene 7 artculos (del 108 al 114) De las Responsabilidades de los

    Servidores Pblicos y Patrimonial del Estado.

    5.- Titulo Quinto contiene 8 artculos (del 115 al 122) De los Estados de la Federacin y

    del Distrito Federal.

    6.- Ttulo Sexto contiene 1 artculo (el 123), Del Trabajo y de la Previsin Social.

    ART. 123. Establece todos los principios de la legislacin en materia de Trabajo,

    incluyendo a la Seguridad e Higiene. (Ttulo sexto del trabajo y de la previsin social)

    ...Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente til; al efecto, se promovern

    la creacin de empleos y la organizacin social para el trabajo, conforme a la ley. El

    congreso de la unin, sin contravenir a las bases siguientes, deber expedir leyes sobre el

    trabajo, las cuales regirn entre los obreros, jornaleros, empleados domsticos, artesanos

    y de una manera general, todo contrato de trabajo:

    I. La duracin de la jornada mxima ser de ocho horas;

    II. La jornada mxima de trabajo nocturno ser de 7 horas. Quedan prohibidas: las

    labores insalubres o peligrosas, el trabajo nocturno industrial y todo otro trabajo

    despus de las diez de la noche, de los menores de diecisis aos;

    III. Queda prohibida la utilizacin del trabajo de los menores de catorce aos. Los

    mayores de esta edad y menores de diecisis tendrn como jornada mxima la de

    seis horas;

    IV. Por cada seis das de trabajo deber disfrutar el operario de un da de descanso,

    cuando menos;

    V. las mujeres durante el embarazo no realizaran trabajos que exijan un esfuerzo

    considerable y signifiquen un peligro para su salud en relacin con la gestacin;

    gozaran forzosamente de un descanso de seis semanas anteriores a la fecha

    fijada aproximadamente para el parto y seis semanas posteriores al mismo,

    debiendo percibir su salario ntegro y conservar su empleo y los derechos que

    hubieren adquirido por la relacin de trabajo. En el periodo de lactancia tendrn

    dos descansos extraordinarios por da, de media hora cada uno, para alimentar a

    sus hijos...

    ... XII.- Queda prohibido en todo centro de trabajo el establecimiento de expendios de

    bebidas embriagantes y de casas de juegos de azar...

    ... XIII.- las empresas, cualquiera que sea su actividad, estarn obligadas a proporcionar a

    sus trabajadores, capacitacin o adiestramiento para el trabajo. La ley reglamentaria

    determinara los sistemas, mtodos y procedimientos conforme a los cuales los patrones

    debern cumplir con dicha obligacin...

    ... XIV.- los empresarios sern responsables de los accidentes del trabajo y de las

    enfermedades profesionales de los trabajadores, sufridas con motivo o en ejercicio de la

  • Ciencias de la Salud, Biolgicas y Ambientales | Energas renovables 13

    Mantenimiento y seguridad industrial

    Unidad 1. Normatividad mexicana

    de seguridad industrial

    profesin o trabajo que ejecuten; por lo tanto, los patronos debern pagar la

    indemnizacin correspondiente, segn que haya trado como consecuencia la muerte o

    simplemente incapacidad temporal o permanente para trabajar, de acuerdo con lo que las

    leyes determinen. Esta responsabilidad subsistir aun en el caso de que el patrono

    contrate el trabajo por un intermediario...

    XV.- el patrn estar obligado a observar, de acuerdo con la naturaleza de su

    negociacin, los preceptos legales sobre higiene y seguridad en las instalaciones de su

    establecimiento, y a adoptar las medidas adecuadas para prevenir accidentes en el uso

    de las maquinas, instrumentos y materiales de trabajo, as como a organizar de tal

    manera este, que resulte la mayor garanta para la salud y la vida de los trabajadores, y

    del producto de la concepcin, cuando se trate de mujeres embarazadas. Las leyes

    contendrn, al efecto, las sanciones procedentes en cada caso...

    ... XXIX.- es de utilidad pblica la ley del seguro social, y ella comprender seguros de

    invalidez, de vejez, de vida, de cesacin involuntaria del trabajo, de enfermedades y

    accidentes, de servicios de guardera y cualquier otro encaminado a la proteccin y

    bienestar de los trabajadores, campesinos, no asalariados y otros sectores sociales y sus

    familiares;

    ... XXXI.- la aplicacin de las leyes del trabajo corresponde a las autoridades de los

    estados, en sus respectivas jurisdicciones...

    7.-Ttulo Sptimo contiene 11 artculos (del 124 al 134) De las Prevenciones Generales.

    8.- Ttulo Octavo contiene 1 artculo (el 135), De las Reformas de la Constitucin.

    9.- Titulo Noveno contiene 1 artculo (el 136), De las la Inviolabilidad de la Constitucin.

    1.2.3. Ley Federal del Trabajo

    La ley federal del trabajo es la que regula las relaciones entre los trabajadores y los

    patrones conocidas como relaciones obrero patronales. En ella se especifica cules son

    los derechos y obligaciones del trabajador y del patrn.

    El trabajo est consagrado en la Ley como un derecho y un deber social; en este se exige

    respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta y debe efectuarse en condiciones

    que aseguren la vida, la salud y un nivel econmico decoroso para el trabajador y su

    familia.

    Segn la Ley Federal del trabajo se entiende por:

  • Ciencias de la Salud, Biolgicas y Ambientales | Energas renovables 14

    Mantenimiento y seguridad industrial

    Unidad 1. Normatividad mexicana

    de seguridad industrial

    Trabajo toda actividad humana, intelectual o material, independientemente del

    grado de preparacin tcnica requerido por cada profesin u oficio.

    Trabajador es la persona fsica que presta a otra (fsica o moral) un trabajo

    personal subordinado.

    Patrn es la persona fsica o moral que utiliza los servicios de uno o varios

    trabajadores.

    La Ley Federal de Trabajo cuenta con 1010 artculos y 13 artculos transitorios, divididos

    en 16 ttulos:

    1.-Ttulo Primero. Principios Generales contiene los artculos de 1 al 19.

    2.- Ttulo Segundo. Relaciones industriales de trabajo. Est dividido en cinco captulos y

    contiene los artculos del 20 al 55. Habla de la duracin de las relaciones de trabajo, la

    suspensin de los efectos de las relaciones de trabajo, las recisiones y terminaciones de

    las relaciones de trabajo

    3.-Ttulo Tercero. Condiciones de trabajo. Est dividido en ocho captulos que contienen

    los artculos del 56 al 131. Habla de las jornadas de trabajo, vacaciones, das de

    descanso, salarios y reparto de utilidades.

    4.-Ttulo Cuarto. Derecho y obligaciones de los trabajadores y patrones. Est dividido en

    cinco captulos que contienen los artculos del 132 al 163. Habla de las obligaciones de

    los patrones y los trabajadores.

    5.-Ttulo Quinto. Trabajo de las mujeres. Contiene los artculos del 164 a 173.

    Ttulo Quinto Bis. Trabajo de los menores. Contiene los artculos del 174 al 180.

    6.-Ttulo Sexto. Trabajos especiales. Est dividido en diecisiete captulos que contienen

    los artculos del 181 al 353U). Habla de los trabajos realizados en condiciones especiales,

    como aquellos realizados en buques o ferrocarriles.

    7.-Ttulo Sptimo. Relaciones colectivas de trabajo. Est dividido en ocho captulos que

    contienen los artculos del 354 al 439. Habla del contrato de trabajo y el reglamento de

    trabajo

    8.-Ttulo Octavo. Huelgas. Est dividido en dos captulos que contienen los artculos del

    440 al 471. Habla de los procedimientos y objetivos de las huelgas.

    9.-Ttulo Noveno Riesgos de trabajo. Es un solo captulo que contiene los artculos del

    472 al 515.

  • Ciencias de la Salud, Biolgicas y Ambientales | Energas renovables 15

    Mantenimiento y seguridad industrial

    Unidad 1. Normatividad mexicana

    de seguridad industrial

    10.-Ttulo Dcimo. Prescripcin. Es un solo captulo que contiene los artculos del 516 al

    522. Habla del perodo de prescripcin de las relaciones laborales.

    11.-Ttulo Dcimo Primero. Autoridades de trabajo y servicios sociales. Est dividido en

    13 captulos que contienen los artculos del 523 al 624. Habla de las comisiones y juntas

    de conciliacin y arbitraje

    12.-Ttulo Dcimo Segundo. Personal jurdico de la junta de conciliacin y arbitraje. Es

    un solo captulo que contiene los artculos del 625 al 647.

    13.-Ttulo Dcimo Tercero. Representaciones de los trabajadores y los patrones. Est

    dividido en 3 captulos que contienen los artculos del 648 al 684. Habla de las

    representaciones de los trabajadores y los patrones ante las distintas comisiones

    14.-Ttulo Dcimo Cuarto. Derecho procesal de trabajo. Est dividido en 20 captulos

    que contienen del artculo 685 al 938. Habla de los procedimientos legales de las

    empresas.

    15.-Ttulo Dcimo Quinto. Procedimientos de ejecucin. Est dividido en 3 captulos que

    contienen los artculos de 939 al 991.

    16.-Ttulo Dcimo Sexto. Responsabilidades y sanciones. Es un solo captulo que

    contiene los artculos de 992 al 1010. Habla de las sanciones a las que se harn

    acreedores tanto los patrones como los trabajadores por la violacin de alguno de los

    puntos de esta Ley.

    1.2.4. Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de

    Trabajo

    El Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo vigente en

    Mxico fue publicado en el Diario Oficial de la Federacin el 21 de enero de 1997

    Aclaracin DOF 28-01-1997. Est compuesto por seis ttulos que contienen los 168

    artculos que lo conforman ms seis artculos transitorios.

    1.-Ttulo Primero. Disposiciones generales y obligaciones de los trabajadores y los

    patrones. Est dividido en tres captulos que contienen los artculos del 1 al 18. Habla de

    definiciones y obligaciones de trabajador y patrn.

    2.- Ttulo Segundo. Condiciones de seguridad. Est dividido en seis captulos y contiene

    los artculos del 19 al 75. Habla de las condiciones de seguridad en edificios, prevencin y

    manejo de incendios, operacin de calderas, instalaciones elctricas, y en su captulo

    sexto habla del manejo de sustancias peligrosas, tema que veremos un poco ms

    adelante.

  • Ciencias de la Salud, Biolgicas y Ambientales | Energas renovables 16

    Mantenimiento y seguridad industrial

    Unidad 1. Normatividad mexicana

    de seguridad industrial

    3.-Ttulo Tercero. Condiciones de higiene. Est dividido en doce captulos que contienen

    los artculos del 76 al 110. Habla de los trabajos que son ejecutados bajo condiciones de

    ruido, vibraciones, radiaciones, agentes contaminantes, iluminacin, ventilacin, en su

    captulo 9 habla del equipo de proteccin personal que es nuestro siguiente tema.

    4.-Ttulo Cuarto. Organizacin de la seguridad e higiene en el trabajo. Est dividido en

    siete captulos que contienen los artculos del 11 al 152. Habla de las comisiones de

    seguridad e higiene, capacitacin, medidas preventivas y programas de seguridad e

    higiene en el trabajo que veremos en la unidad tres de nuestro programa.

    5.-Ttulo Quinto. De la proteccin de menores y de las mujeres en perodo de gestacin y

    de lactancia. Est dividido en dos captulos que contienen los artculos del 153 al 160.

    Habla de las mujeres gestantes o en periodo de lactancia y del trabajo de los menores.

    6.-Ttulo Sexto. De la vigilancia, inspeccin y sanciones administrativas. Est formado

    por un solo captulo que contiene los artculos del 161 al 168. Habla de cmo la

    Secretara a travs de la Inspeccin Federal del Trabajo, tiene a su cargo la vigilancia del

    cumplimiento de las disposiciones constitucionales, de la Ley, de sus reglamentos, de las

    Normas y dems disposiciones aplicables en materia de seguridad e higiene, para lo cual

    cuenta con el auxilio de las autoridades del trabajo de las entidades federativas y del

    Distrito Federal.

    Consulta este Reglamento en la siguiente direccin, encontrars la informacin en un

    archivo pdf: www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/regla/n152.pdf

    1.2.5. Normas Oficiales Mexicanas

    Como ya veas en la Pirmide de Kelsen la NOM o Norma Oficial Mexicana ocupa el

    ltimo puesto es la jerarqua de la Legislacin Mexicana en Materia de Seguridad

    Industrial. Las NOM son bsicamente regulaciones cuyo principal objetivo es prevenir los

    riesgos a la salud, a la vida y en general al patrimonio de la empresa por lo que son de

    aplicacin obligatoria. A travs de ellas el Estado establece parmetros evaluables para

    evitar riesgos. Es el gobierno el responsable de identificar los riesgos, evaluarlos y emitir

    las NOM. Pero en este proceso de elaboracin de las mismas, muchas personas toman

    parte, se considera la opinin de expertos en el tema, provenientes de todos los sectores

    involucrados como son, investigadores, acadmicos y cmaras industriales.

    A continuacin encontrars una lista de las NOM relacionadas con la seguridad e higiene

    en el trabajo. Para consultar cada una de ellas entre a la siguiente direccin electrnica

    www.economia-noms.gob.mx/

    Clave Fecha Descripcin

  • Ciencias de la Salud, Biolgicas y Ambientales | Energas renovables 17

    Mantenimiento y seguridad industrial

    Unidad 1. Normatividad mexicana

    de seguridad industrial

    NOM-001-STPS-2008 24/11/2008 Edificios, locales, instalaciones y reas en los centros

    de trabajo-condiciones de seguridad.

    NOM-002-STPS-2000 08/09/2000 Condiciones de seguridad, prevencin, proteccin y

    combate de incendios en los centros de trabajo.

    NOM-002-STPS-2010 09/12/2010 Condiciones de seguridad-prevencin y proteccin

    contra incendios en los centros de trabajo.

    NOM-004-STPS-1999 31/05/1999 Sistemas de proteccin y dispositivos de seguridad en

    la maquinaria y equipo que se utilice en los centros de

    trabajo.

    NOM-005-STPS-1998 02/02/1999 Relativa a las condiciones de seguridad e higiene en

    los centros de trabajo para el manejo, transporte y

    almacenamiento de sustancias qumicas peligrosas.

    NOM-006-STPS-2000 09/03/2001 Manejo y almacenamiento de materiales-Condiciones

    y procedimientos de seguridad.

    NOM-007-STPS-2000 09/03/2001 Actividades agrcolas-Instalaciones, maquinaria,

    equipo y herramientas-Condiciones de seguridad.

    NOM-008-STPS-2001 10/07/2001 Actividades de aprovechamiento forestal maderable y

    de aserraderos-Condiciones de seguridad e higiene.

    NOM-009-ENER-1995 08/11/1995 Eficiencia energtica en aislamientos trmicos.

    NOM-009-STPS-2011 06/05/2011 Condiciones de seguridad para realizar trabajos en

    altura.

    NOM-010-STPS-1999 13/03/2000 Condiciones de seguridad e higiene en los centros de

    trabajo donde se manejen, transporten, procesen o

    almacenen sustancias qumicas capaces de generar

    contaminacin en el medio ambiente laboral.

    NOM-011-STPS-2001 17/04/2002 Condiciones de seguridad e higiene en los centros de

    trabajo donde se genere ruido.

    NOM-012-STPS-1999 20/12/1999 Condiciones de seguridad e higiene en los centros de

    trabajo donde se produzcan, usen, manejen,

    almacenen o transporten fuentes de radiaciones

    ionizantes.

    NOM-013-STPS-1993 06/12/1993 Relativa a las condiciones de seguridad e higiene en

    los centros de trabajo donde se generen radiaciones

    electromagnticas no ionizantes.

    NOM-014-STPS-2000 10/04/2000 Exposicin laboral a presiones ambientales

    anormales-condiciones de seguridad e higiene.

    NOM-015-STPS-2001 14/06/2002 Condiciones trmicas elevadas o abatidas-

    Condiciones de seguridad e higiene.

    NOM-016-STPS-2001 12/07/2001 Operacin y mantenimiento de ferrocarriles-

    Condiciones de seguridad e higiene.

    NOM-017-STPS-2008 09/12/2008 Equipo de proteccin personal-seleccin, uso y

    manejo en los centros de trabajo.

    NOM-019-STPS-2011 13/04/2011 Constitucin, integracin, organizacin y

    funcionamiento de las comisiones de seguridad e

    higiene.

    NOM-021-STPS-1994 24/05/1994 Relativa a los requerimientos y caractersticas de los

    informes de los riesgos de trabajo que ocurran, para

  • Ciencias de la Salud, Biolgicas y Ambientales | Energas renovables 18

    Mantenimiento y seguridad industrial

    Unidad 1. Normatividad mexicana

    de seguridad industrial

    integrar las estadsticas.

    NOM-022-STPS-2008 07/11/2008 Electricidad esttica en los centros de trabajo-

    condiciones de seguridad.

    NOM-023-STPS-2003 02/10/2003 Trabajos en minas-Condiciones de seguridad y salud

    en el trabajo.

    NOM-024-STPS-2001 11/01/2002 Vibraciones-Condiciones de seguridad e higiene en

    los centros de trabajo.

    NOM-025-STPS-2008 30/12/2008 Condiciones de iluminacin en los centros de trabajo.

    NOM-026-STPS-2008 25/11/2008 Colores y seales de seguridad e higiene, e

    identificacin de riesgos por fluidos conducidos en

    tuberas.

    NOM-027-STPS-2008 07/11/2008 Actividades de soldadura y corte-condiciones de

    seguridad e higiene.

    NOM-028-STPS-2004 14/01/2005 Organizacin del trabajo-Seguridad en los procesos

    de sustancias qumicas.

    NOM-029-STPS-2005 31/05/2005 Mantenimiento de las instalaciones elctricas en los

    centros de trabajo-Condiciones de seguridad.

    NOM-029-STPS-2011 29/12/2011 Mantenimiento de las instalaciones elctricas en los

    centros de trabajo-condiciones de seguridad.

    NOM-030-STPS-2009 22/12/2009 Servicios preventivos de seguridad y salud en el

    trabajo-funciones y actividades.

    NOM-031-STPS-2011 04/05/2011 Construccin-condiciones de seguridad y salud en el

    trabajo.

    NOM-032-STPS-2008 23/12/2008 Seguridad para minas subterrneas de carbn.

    NOM-100-STPS-1994 08/01/1996 Seguridad-Extintores contra incendio a base de polvo

    qumico seco con presin contenida-Especificaciones.

    NOM-101-STPS-1994 08/01/1996 Seguridad-Extintores a base de espuma qumica.

    NOM-102-STPS-1994 10/01/1996 Seguridad-Extintores contra incendio a base de

    bixido de carbono. Parte 1. Recipientes.

    NOM-103-STPS-1994 10/01/1996 Seguridad-Extintores contra incendio a base de agua

    con presin contenida.

    NOM-104-STPS-2001 17/04/2002 Agentes extinguidores-Polvo qumico seco tipo ABC a

    base de fosfato mono amnico.

    NOM-106-STPS-1994 11/01/1996 Seguridad-Agentes extinguidores-Polvo qumico seco

    tipo BC, a base de bicarbonato de sodio.

    PROY-NOM-117-STPS-1994 22/04/1996 Guantes de proteccin contra sustancias qumicas

    (uso domstico, general e industrial).

    PROY-NOM-118-STPS-1995 26/04/1996 Guantes de hule para uso elctrico.

    PROY-NOM-119-STPS-1995 14/06/1996 Requerimientos de seguridad para operacin y

    mantenimiento de las mquinas-herramienta

    denominadas tornos.

  • Ciencias de la Salud, Biolgicas y Ambientales | Energas renovables 19

    Mantenimiento y seguridad industrial

    Unidad 1. Normatividad mexicana

    de seguridad industrial

    Actividad 3. Tabla de leyes de seguridad

    Ahora es momento de procesar las leyes que nos rigen y comprender lo que indican entorno a la seguridad industrial, por lo tanto debes:

    1. Elabora una tabla con las leyes que abordan la seguridad industrial, que incluya los siguientes elementos:

    Ley Enfoque Artculos Fracciones que consideren la seguridad industrial

    Ejemplo de aplicacin o incumplimiento

    2. Enva tu tabla al Facilitador(a) con el nombre de MSI_U1_A3_XXYZ, por medio de la herramienta de Tareas.

    1.3. Materiales y sustancias peligrosas

    Hablando en materia de seguridad industrial siempre es importante tener claros los

    conceptos a los que nos referimos y su significado legal, por eso primero revisaremos los

    conceptos que nos propone el Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio

    Ambiente de Trabajo, en torno a los materiales y sustancias peligrosas.

    ARTICULO 2o. Para los efectos de este ordenamiento, se entender por:

    I. Actividades peligrosas: Es el conjunto de tareas derivadas de los procesos de trabajo,

    que generan condiciones inseguras y sobreexposicin a los agentes fsicos, qumicos o

    biolgicos, capaces de provocar dao a la salud de los trabajadores o al centro de trabajo;

    II. Centro de trabajo: Todo aquel lugar, cualquiera que sea su denominacin, en el que

    se realicen actividades de produccin, de comercializacin o de prestacin de servicios, o

    en el que laboren personas que estn sujetas a una relacin de trabajo;

    III. Contaminantes del ambiente de trabajo: Son los agentes fsicos, qumicos y

    biolgicos capaces de modificar las condiciones del medio ambiente del centro de trabajo,

    que por sus propiedades, concentracin, nivel y tiempo de exposicin o accin pueden

    alterar la salud de los trabajadores;

  • Ciencias de la Salud, Biolgicas y Ambientales | Energas renovables 20

    Mantenimiento y seguridad industrial

    Unidad 1. Normatividad mexicana

    de seguridad industrial

    IV. Equipo para el transporte de materiales: Son los vehculos utilizados para el

    transporte de materiales de cualquier tipo, en forma continua o intermitente entre dos o

    ms estaciones de trabajo destinados al proceso de produccin, en los centros de trabajo;

    V. Ergonoma: Es la adecuacin del lugar de trabajo, equipo, maquinaria y herramientas

    al trabajador, de acuerdo a sus caractersticas fsicas y psquicas, a fin de prevenir

    accidentes y enfermedades de trabajo y optimizar la actividad de ste con el menor

    esfuerzo, as como evitar la fatiga y el error humano;

    VI. Espacio confinado: Es un lugar lo suficientemente amplio, con ventilacin natural

    deficiente, configurado de tal manera que una persona puede en su interior desempear

    una tarea asignada, que tiene medios limitados o restringidos para su acceso o salida,

    que no est diseado para ser ocupado por una persona en forma continua y en el cual se

    realizan trabajos especficos ocasionalmente;

    VIII. Lugar de trabajo: Es el sitio donde el trabajador desarrolla sus actividades laborales

    especficas para las cuales fue contratado, en el cual interacta con los procesos

    productivos y el medio ambiente laboral;

    IX. Material: Es todo elemento, compuesto o mezcla, ya sea materia prima, subproducto,

    producto y desecho o residuo que se utiliza en las operaciones y los procesos o que

    resulte de stos en los centros de trabajo;

    X. Materiales y sustancias qumicas peligrosas: Son aquellos que por sus propiedades

    fsicas y qumicas al ser manejados, transportados, almacenados o procesados,

    presentan la posibilidad de inflamabilidad, explosividad, toxicidad, reactividad,

    radiactividad, corrosividad o accin biolgica daina, y pueden afectar la salud de las

    personas expuestas o causar daos materiales a instalaciones y equipos;

    XI. Medio ambiente de trabajo: Es el conjunto de elementos naturales o inducidos por el

    hombre, que interactan en el centro de trabajo;

    XII. Microorganismo patgeno: Organismo viviente microscpico, productor o causante

    de enfermedades;

    XIX. Sistemas para el transporte y almacenamiento de materiales: Es el conjunto de

    elementos mecanizados fijos o mviles, utilizados para el transporte y almacenamiento de

    materiales de cualquier tipo y sustancias qumicas peligrosas, en forma continua o

    intermitente entre dos o ms estaciones de trabajo, destinado al proceso de produccin

    en los centros de trabajo.

    1.3.1. Manejo, trasporte y almacenamiento

  • Ciencias de la Salud, Biolgicas y Ambientales | Energas renovables 21

    Mantenimiento y seguridad industrial

    Unidad 1. Normatividad mexicana

    de seguridad industrial

    En el ttulo 2 captulo sexto del Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio

    Ambiente de Trabajo habla de todas las condiciones para el manejo, transporte y

    almacenamiento de sustancias peligrosas.

    Dentro del marco regulatorio encontramos establecido que en el manejo, transporte y

    almacenamiento de materiales en general, materiales o sustancias qumicas peligrosas,

    deber realizarse en condiciones tcnicas de seguridad para prevenir y evitar daos a la

    vida y salud de los trabajadores, as como al centro de trabajo. Las instalaciones y reas

    de trabajo en las que se manejen, transporten y almacenen materiales y sustancias

    qumicas peligrosas, debern contar con las caractersticas necesarias para operar en

    condiciones de seguridad e higiene.

    Es importante tener en cuenta que los requerimientos de seguridad e higiene para el

    manejo, transporte, proceso y almacenamiento de materiales en general, materiales o

    sustancias qumicas peligrosas en los centros de trabajo, debern estar incluidos en el

    programa de seguridad e higiene de la empresa, en las siguiente unidades de la materia

    aprenderemos como elaborar uno.

    Ante el manejo de un material o sustancia siempre tienes que tener presente las

    siguientes preguntas y considerar tus respuestas a las mismas.

    a.- es peligroso para la salud?

    b.- es inflamable?

    c.- se puede identificar que sustancia o material es?

    d.- conoces cmo reacciona?

    Es importante que esta informacin no solo sea conocida por ti, si no por todos aquellos

    que se vern de una u otra forma relacionados con el mismo, de ah la importancia de

    rotular o identificar estos materiales ya que los contenedores con sustancias o materiales

    peligrosos son reconocibles fcilmente a distancia, la naturaleza del riesgo es reconocible

    fcilmente y te orienta en la manipulacin, almacenaje y transporte.

    Existen varios sistemas de identificacin de productos qumicos:

    NFPA (National Fire Protection Association)

    ONU (N de Identificacin para transporte)

    CEE (Unin Europea)

  • Ciencias de la Salud, Biolgicas y Ambientales | Energas renovables 22

    Mantenimiento y seguridad industrial

    Unidad 1. Normatividad mexicana

    de seguridad industrial

    Tabla de clasificacin de sustancias peligrosas.

    Clase 1: explosivos

    1.1 Sustancias con riesgo de explosin de toda la masa

    1.2 Sustancias con riesgo de proyeccin

    1.3 Sustancias con riesgo de incendio

    1.4 Sustancias que no presentan riesgos notables

    1.5 Sustancias muy poco sensibles

    1.6 Sustancias extremadamente insensibles

    Clase 2: gases comprimidos, licuados o disueltos bajo presin

    2.1 Gases Inflamables

    2.2 Gases No Inflamables No Venenosos y No corrosivos

    2.3 Gases Venenosos

    2.4 Gases Corrosivos

    Clase 3: lquidos inflamables

    3.1 Con punto de inflamacin < 18c

    3.2 Con punto de inflamacin entre 18 c y 23c

    3.3 Con punto de inflamacin entre 24c y 61c

  • Ciencias de la Salud, Biolgicas y Ambientales | Energas renovables 23

    Mantenimiento y seguridad industrial

    Unidad 1. Normatividad mexicana

    de seguridad industrial

    Clase 4: Slidos Inflamables

    4.1 Slidos inflamables

    4.2 Sustancias espontneamente inflamables

    4.3 Sustancias que en contacto con el agua despide gases inflamables

    Clase 5: Oxidantes Perxidos orgnicos

    5.1 Sustancias que causa o contribuye a la combustin

    5.2 Perxidos Orgnicos Compuestos orgnicos oxidantes capaces de

    descomponerse en forma explosiva o son sensibles al calor o friccin

    Clase 6: Sustancias infecciosas, sustancias venenosas.

    6.1 Sustancias Venenosa por inhalacin, ingestin o contacto drmico

    6.2 Sustancias Infecciosas

    Clase 7: Materiales radioactivos

    Se entiende por material radiactivo a todos aquellos que posean una actividad

    mayor a 70 kBq/Kg o su equivalente de 2nCi/g

    Clase 8: Sustancias corrosivas

    Sustancia que causa una necrosis visible de piel o corroe el acero o el aluminio

    Clase 9: Miscelneos

  • Ciencias de la Salud, Biolgicas y Ambientales | Energas renovables 24

    Mantenimiento y seguridad industrial

    Unidad 1. Normatividad mexicana

    de seguridad industrial

    9.1 Cargas peligrosas que estn reguladas en su transporte pero no pueden ser

    incluidas en ninguna de las clases antes mencionadas.

    9.2 Sustancias peligrosas para el medio ambiente

    9.3 Residuo Peligroso

  • Ciencias de la Salud, Biolgicas y Ambientales | Energas renovables 25

    Mantenimiento y seguridad industrial

    Unidad 1. Normatividad mexicana

    de seguridad industrial

    Transporte de mercancas peligrosas.

  • Ciencias de la Salud, Biolgicas y Ambientales | Energas renovables 26

    Mantenimiento y seguridad industrial

    Unidad 1. Normatividad mexicana

    de seguridad industrial

    Modelo de etiquetas de NAFTA.

    ONU (N DE IDENTIFICACIN PARA TRANSPORTE)

    Cdigo de riesgo segn naciones unidas para el transporte de mercancas

    peligrosas

    Este cdigo es ms reconocido y cataloga el riesgo de los productos qumicos de la

    siguiente manera:

    Numero Tipo de riesgo

    2 Emisin de gases debido a la presin o reaccin qumica

    3 Inflamabilidad de lquidos (vapores) y gases o lquidos que experimentan

    calentamiento espontneo

    4 Inflamabilidad de solidos o slidos que experimentan calentamiento

    espontneo

    5 Efecto oxidante (comburente)

    6 Toxicidad

    7 Radiactividad

    8 Corrosividad

  • Ciencias de la Salud, Biolgicas y Ambientales | Energas renovables 27

    Mantenimiento y seguridad industrial

    Unidad 1. Normatividad mexicana

    de seguridad industrial

    9 Riesgo de reaccin violenta espontanea

    X La sustancia reacciona violentamente con el agua

    CEE (UNIN EUROPEA)

    Explosivos (E): R2-R3 Las sustancias y preparados slidos, lquidos, pastosos

    o gelatinosos que, reaccionan violentamente con la accin de una llama, del calor, de un

    choque o del rozamiento y provocan una explosin. Pueden ser la causa de accidentes y

    de quemaduras graves.

    Comburentes (O): R7-R8-R9 Las sustancia o producto que alimenta la

    combustin de una sustancia inflamable. En la mayora de los casos es el oxgeno del

    aire, pero en otras ocasiones es un agente que contiene oxgeno por ejemplo: nitratos,

    cloratos y perxidos.

    Inflamables (F): R10 Los slidos, lquidos y gases que pueden inflamarse con el

    aire y continuar ardiendo. Fcilmente inflamables: R11-R15-R17

    Las sustancias y preparados que puedan calentarse e inflamarse en el aire a temperatura

    ambiente sin aporte de energa, o los slidos que puedan inflamarse fcilmente tras un

    breve contacto con una fuente de inflamacin y que sigan quemndose o consumindose

    una vez retirada dicha fuente, o los lquidos cuyo punto de ignicin sea muy bajo, o

    que en contacto con el agua o con el aire hmedo desprendan gases extremadamente

    inflamables en cantidades peligrosas.

    Extremadamente inflamables: R-12

    Las sustancias y preparados lquidos que tengan un punto de ignicin extremadamente

    bajo y un punto de ebullicin bajo, y las sustancias y preparados gaseosos que, a

    temperatura y presin normales, sean inflamables en contacto con el aire.

    Corrosivos (C): R34-R35 Las sustancias y preparados que en contacto con

    tejidos vivos puedan ejercer una accin destructiva de los mismos.

  • Ciencias de la Salud, Biolgicas y Ambientales | Energas renovables 28

    Mantenimiento y seguridad industrial

    Unidad 1. Normatividad mexicana

    de seguridad industrial

    Irritantes (Xi): R36-R37-R38-R41 Las sustancias y preparados no corrosivos

    que en contacto breve, prolongado o repetido con la piel o las mucosas puedan provocar

    una reaccin inflamatoria.

    Nocivos (X): R20-R21-R22-R65-R68/ruta de exposicin-r48/ruta de exposicin

    Las sustancias y preparados que por inhalacin, ingestin o penetracin cutnea puedan

    provocar efectos agudos o crnicos e incluso la muerte.

    Sensibilizantes: R42-R43

    Las sustancias y preparados que por inhalacin o penetracin cutnea puedan ocasionar

    una reaccin de hipersensibilidad, de forma que una exposicin posterior a esa sustancia

    o preparado d lugar a efectos negativos caractersticos.

    Txicos (T): R23-R24-R25-R39/ruta de exposicin-R48/ruta de exposicin

    Las sustancias y preparados que por inhalacin, ingestin o penetracin cutnea en

    pequeas cantidades puedan provocar efectos agudos o crnicos e incluso la muerte.

    Muy txicos: R26-R27-R28-R39/ruta de exposicin

    Las sustancias y preparados que por inhalacin, ingestin o penetracin cutnea en muy

    pequea cantidad puedan provocar efectos agudos o crnicos e incluso la muerte.

    Carcinognicos: R40-R45-R49 Las sustancias y preparados que por

    inhalacin, ingestin o penetracin cutnea puedan producir cncer o aumentar su

    frecuencia.

    Mutagnicos: R46-R68

    Las sustancias y preparados que por inhalacin, ingestin o penetracin cutnea puedan

    producir alteraciones genticas hereditarias o aumentar su frecuencia.

    Txicos para la reproduccin: R60-R61-R62-R63

    Las sustancias y preparados que por inhalacin, ingestin o penetracin cutnea puedan

    producir efectos negativos no hereditarios en la descendencia, o aumentar la frecuencia

    de stos, o afectar de forma negativa a la funcin o a la capacidad reproductora.

  • Ciencias de la Salud, Biolgicas y Ambientales | Energas renovables 29

    Mantenimiento y seguridad industrial

    Unidad 1. Normatividad mexicana

    de seguridad industrial

    Peligrosos para el medio ambiente (N): R50-R51-R52-R53-R54-R55-R56-R57-

    R58-R59 Las sustancias y preparados que presenten o puedan presentar un peligro

    inmediato o futuro para uno o ms componentes del medio ambiente.

    Incompatibilidad de almacenamiento de sustancias peligrosas.

    Ejemplo de una etiqueta.

  • Ciencias de la Salud, Biolgicas y Ambientales | Energas renovables 30

    Mantenimiento y seguridad industrial

    Unidad 1. Normatividad mexicana

    de seguridad industrial

    Actividad 4. Normas de seguridad

    Ahora es momento de pasar a la prctica, por lo tanto debers realizar lo siguiente:

    1. Espera que tu Facilitador(a) te proporcione el plano de un rea de trabajo.

    2. En dicho plano, localiza e indica los sealamientos de seguridad que debe tener el rea segn lo dicta la norma.

    3. Explica la importancia del cumplimiento de las normas de la misma rea incluyendo los riesgos, incidentes y accidentes que pueden ocurrir.

    4. Enva tu reporte al Facilitador(a), por medio de la herramienta de Tarea, con el nombre de MSI_U1_A4_XXYZ.

    1.3.2. Equipo de proteccin personal y grupal

    En el Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo se habla

    de la necesidad de proveer al trabajador de equipo de proteccin para el desempeo de

    sus actividades. El marco legal que cubre este aspecto de la seguridad industrial es:

    Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de trabajo (Captulo

    noveno, Artculo 101).

    Norma Oficial Mexicana (NOM-017-STPS/2008). Equipo de proteccin personal-

    seleccin, uso y manejo en los centros de trabajo.

    Los equipos de proteccin se clasifican en:

    1) Personal: Los equipos personales como su nombre lo indica son aquellos que protegen

    a la persona, estn diseados para cubrir las reas ms frgiles o expuestas del cuerpo al

    momento de realizar la actividad. Se dividen en proteccin de la cabeza, visual, auditiva,

    brazos, antebrazos, piernas y columna.

    2) De grupo: los equipos de proteccin de grupos son aquellos diseados para prevenir

    de accidentes a un grupo de trabajadores que realizan su trabajo en un rea comn.

    Algunos ejemplos de equipos de proteccin personal son:

    Casco

    Anteojos:

  • Ciencias de la Salud, Biolgicas y Ambientales | Energas renovables 31

    Mantenimiento y seguridad industrial

    Unidad 1. Normatividad mexicana

    de seguridad industrial

    Caretas faciales

    Tapones auditivos

    Conchas auditivas

    Respiradores,

    Mascarillas

    Guantes

    Botas,

    Como ejemplos de equipos de proteccin de grupo tenemos:

    Conos de seguridad

  • Ciencias de la Salud, Biolgicas y Ambientales | Energas renovables 32

    Mantenimiento y seguridad industrial

    Unidad 1. Normatividad mexicana

    de seguridad industrial

    Barreras de seguridad,

    Sealamientos de seguridad

    Regaderas y Lava ojos de emergencia,

    Actividad 5. Tabla de equipos de seguridad

    La presente actividad tiene la finalidad de identificar los equipos de seguridad empleados en las distintas reas de trabajo, por lo tanto debes:

    1. Determina un rea de trabajo hipottica, por ejemplo la Planta hidroelctrica de

    Aguamilpa Solidaridad que se ubica en Tepic, Nayarit.

    2. Con base en el rea de trabajo determinada, elabora una tabla-resumen que

    presente los siguientes elementos para dicha rea:

    rea de trabajo (contextualizar los datos de la empresa o industria)

    Equipo de proteccin grupal

    Equipo de proteccin personal

    Uso Qu previene?

    3. Enva tu tabla al Facilitador(a) con el nombre de MSI_U1_A5_XXYZ, por medio

    de la herramienta de Tareas.

  • Ciencias de la Salud, Biolgicas y Ambientales | Energas renovables 33

    Mantenimiento y seguridad industrial

    Unidad 1. Normatividad mexicana

    de seguridad industrial

    Autoevaluacin

    Ahora es momento de poner en prctica los conocimientos aprendidos hasta el momento, para ello resuelve el ejercicio de Autoevaluacin que se encuentra en el Aula en la unidad 1.

    Evidencia de aprendizaje. Caso seguridad en la empresa parte 1 Para finalizar con las actividades de la unidad 1, debers realizar los siguiente:

    1. Espera a que tu Facilitador(a) te enve el caso con el cual trabajars a lo largo de la asignatura y comenzars en la presente unidad.

    2. En el caso proporcionado, debers identificar el mbito jurdico al que corresponde el caso.

    3. Determina las normas o leyes que no se cumple en el caso.

    4. Menciona los riesgos, incidentes y accidentes, latentes en el caso.

    5. Enva tu reporte al Facilitador(a), por medio del Portafolio de evidencias.

    6. Consulta la Escala de evaluacin.

    Autorreflexiones

    Recuerda ingresar al foro de Preguntas de autorreflexin, dnde el Facilitador(a) te proporcionar las lneas de reflexin acerca del aprendizaje de la unidad 1. Una vez que reflexiones sobre tu aprendizaje debes entregar tu reporte en la herramienta de Autorreflexiones, recuerda subir tu archivo despus de asegurarte que se trate de tu versin final. Es importante que entregues slo un archivo por unidad, para poder obtener e 10% de tu evaluacin final.

    Cierre de la unidad

    Finalmente, concluiste el estudio de la unidad uno, donde se te presentaron las leyes y

    normas mexicanas entorno a la seguridad industrial, as como los principales trminos

    que se utilizaran a lo largo del estudio de la asignatura.

  • Ciencias de la Salud, Biolgicas y Ambientales | Energas renovables 34

    Mantenimiento y seguridad industrial

    Unidad 1. Normatividad mexicana

    de seguridad industrial

    Es conveniente que revises las direcciones electrnicas que se te proporcionaron, con la

    finalidad de ampliar los temas y que consolides los conocimientos.

    Ahora ya puedes continuar con el estudio de la unidad 2. Riesgos y accidentes, ya que

    cuentas con la terminologa y conocimientos previos para su estudio.

    Adelante!

    Fuentes de consulta

    Ramrez, C. C. (2007). Seguridad industrial un enfoque integral. Mxico: Limusa.

    Seguridad e Higiene Industrial. Hernndez, Malfavn, Fernndez. Editorial Limusa.

    Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos.

    Ley Federal del Trabajo.

    Reglamento federal de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo.

    Normas Oficiales Mexicanas.