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 Reducción a 40 horas diurnas semanales “con el derecho de los trabajadores de dos días continuos de descanso”. Eliminación de la tercerización de aquellas funciones que son inherentes o están íntimamente ligadas al objeto mercantil de la emresa.  !mliación d el eriodo o st natal en " seman as ara alcan zar #$ semanas a ntes % &0 semanas desu's del arto(. )as restaciones sociales serán recalculadas al *ltimo salario al momento de finalizar la relación laboral. +e retoma la fi gu ra de l ,a go -o bl e de resta ci on es en caso de de sed ir se injustificadamente al trabajador. )aso de adecuación ara las emresas un ao desde su ublicación. /namoilidad )aboral hasta dos aos ara el adre % la madre or nacimiento de hijos. El trabajador tendrá restaciones sociales desde el rimer día de trabajo % no a artir de los tres meses como lo establece la )e% actual. El 1ondo 2acional de ,restaciones +ociales se creará a tra's de una le% esecial. )as restaciones sociales deberán agarse antes de cinco días desu's de terminada la relación laboral3 sino tendrán que agar intereses. )as emresas están obligadas a tener o agar un centro de educación inicial con sala de lactancia. #uardería(. En las emresas de trabajo continuo3 las que trabajan las &4 horas del día los siete días a la semana3 la jornada semanal será de 4& horas3 ero a sus trabajadores se les sumará un día adicional de acaciones cada ez que laboren seis días a la semana. +i des iden a un trab ajad or con inamoi lida d3 func iona rios irán dire ctamente a la emresa a reenganchar al trabajador3 inmediatamente3 sin dilación. )as instalaciones de las em res as odrán ser req ueridas or las 5isiones de formación ara el desarrollo de lanes educatios. )as emresas tendrán 6 aos ara absorber a los trabajadores tercerizados. +e elimina la 7omisión 8riartita. ,asa de 9: a 60 días el ago mínimo de las utilidades. +e reduce el eriodo de rueba de tres meses a un mes. +e aumentan las multas ara los que iolen la )e%. ,ena de cárcel ara los atronos que imidan la ejecución de medidas 3 desacaten los reenganches o cierren las emresas. +e crean los consejos de trabajadores % se definirán or )e% esecial.

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Reduccin a 40 horas diurnas semanales con el derecho de los trabajadores de dos das continuos de descanso. Eliminacin de la tercerizacin de aquellas funciones que son inherentes o estn ntimamente ligadas al objeto mercantil de la empresa. Ampliacin del periodo post natal en 8 semanas para alcanzar (6 semanas antes y 20 semanas despus del parto). Las prestaciones sociales sern recalculadas al ltimo salario al momento de finalizar la relacin laboral. Se retoma la figura del Pago Doble de prestaciones en caso de despedirse injustificadamente al trabajador. Lapso de adecuacin para las empresas un ao desde su publicacin. Inamovilidad Laboral hasta dos aos para el padre y la madre por nacimiento de hijos. El trabajador tendr prestaciones sociales desde el primer da de trabajo y no a partir de los tres meses como lo establece la Ley actual. El Fondo Nacional de Prestaciones Sociales se crear a travs de una ley especial. Las prestaciones sociales debern pagarse antes de cinco das despus de terminada la relacin laboral, sino tendrn que pagar intereses. Las empresas estn obligadas a tener o pagar un centro de educacin inicial con sala de lactancia. (Guardera). En las empresas de trabajo continuo, las que trabajan las 24 horas del da los siete das a la semana, la jornada semanal ser de 42 horas, pero a sus trabajadores se les sumar un da adicional de vacaciones cada vez que laboren seis das a la semana. Si despiden a un trabajador con inamovilidad, funcionarios irn directamente a la empresa a reenganchar al trabajador, inmediatamente, sin dilacin. Las instalaciones de las empresas podrn ser requeridas por las Misiones de formacin para el desarrollo de planes educativos. Las empresas tendrn 3 aos para absorber a los trabajadores tercerizados. Se elimina la Comisin Tripartita. Pasa de 15 a 30 das el pago mnimo de las utilidades. Se reduce el periodo de prueba de tres meses a un mes. Se aumentan las multas para los que violen la Ley. Pena de crcel para los patronos que impidan la ejecucin de medidas, desacaten los reenganches o cierren las empresas. Se crean los consejos de trabajadores y se definirn por Ley especial. Se crea el fondo de prestaciones sociales como tercera alternativa para depsito de prestaciones. (Contabilidad de la Empresa, Fideicomiso)