responsabilidad médica profesional

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Health & Medicine


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"Responsabilidad médica profesional" Medicina Legal, 2013

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  • 1. Universidad Veracruzana Facultad de medicina Lic. Miguel Alemn ValdsResponsabilidad medica Profesional Por Alicia Hernndez Retureta Medicina Legal Intersemestral Dr. Manuel Saiz-Caldern Gmez

2. La ley impone al mdico la obligacin deresponder por las consecuencias daosas de su actuacin profesional. Los actos culposos atribuidos al mdico a causa del ejercicio inadecuado de la medicina configuran la mala prctica. El actuar del mdico que aunque sin intencincaus dao en el paciente configura la mala prctica. 3. Slo aquellas personas que hayan hecho losestudios requeridos por la ley y hayan sido aprobadas en su examen de recepcin, son los capacitados legalmente para el ejercicio de su profesin. Est reglamentado debidamente en la Ley Reglamentaria del Ejercicio Profesional, teniendo precedentes en el Cdigo Sanitario de los Estados Unidos Mexicanos. 4. Responsabilidades de los mdicos en general Respetar los derechos de los pacientes, colegas yotros profesionales de la salud. Salvaguardar las confidencias de los pacientes. Actuar sobre el inters del paciente. Certificar slo lo que ha verificado de manerapersonal. 5. Obligaciones de los mdicos con los enfermos Preservar la vida humana. Lealtad completa. Utilizar todos sus recursos de su ciencia. Pedir ayuda a otro mdico con las capacidadesnecesarias. Absoluta confidencialidad. Proporcionar atencin de urgencia como serviciohumanitario. 6. Deberes de los mdicos con otros mdicos No atraer pacientes de sus colegas. No criticar el juicio o tratamiento de otro mdico conel paciente, sino directamente con el otro mdico. 7. Observar los principios de la Declaracin de Ginebray de las siguientes declaraciones: o Declaracin de Sidney (1968): definicin de muerte. o Declaracin de Oslo (1970): aborto teraputico. o Declaracin de Munich (1973): discriminacin racial, poltica en medicina. o Declaracin de Tokio (1975): actitud del mdico ante la tortura. o Declaracin de Helsinski (1975): experimentos en humanos y juicios mdicos. o Declaracin de Lisboa (1981): derechos de los pacientes. 8. Aspectos legales 9. Responsabilidad penal La responsabilidad profesional del mdico constituye una forma de responsabilidad culposa. Comprende cuatro tipos: 1. Impericia. Es la ignorancia inexcusable, es decir, una actuacin con ausencia de conocimientos fundamentales. 2. Negligencia. Es la omisin o demora inexcusable en la actuacin del mdico. 3. Imprudencia. Es la actuacin temeraria o precipitada. 4. Inobservancia de normas o reglamentos. Se 10. Cuando el mdico es demandado, el paciente debe probar que:1. El mdico tuvo la responsabilidad de atenderlo 2. Que hubo una falla en la responsabilidad de atenderlo, ya sea por omisin (no llevar a cabo cierta accin) o comisin (hacer algo errneo). 3. Que lo anterior dio por resultado dao fsico o mental Es el paciente quien tiene que demostrar lo que sucedi, no el defendido (mdico) quien debe de 11. Responsabilidad civil Puedeserobligacincontractualespecfica(cuandoentrelashaypartes)unaoextracontractual (cuando se viola el deber genrico de no daar a nadie). 12. Aspectos mdico legales 13. Objetivos de la pericia mdicolegal Examinar la Relacin mdico paciente. Examinar la falta cometida por el mdico en sus debereshacia el paciente. Relacionar la causalidad entre el acto mdico culposo y el dao en el paciente. El mdico debe probar que el dao no se debi a su actuacin culposa. Los principios de la prueba descansan sobre la premisa doctrina res ipsa loquitur (los hechos hablan por s mismos), al existir evidencias circunstanciales, se presupone que el dao fue ocasionado por el actuar del mdico: o El resultado lesivo no hubiera ocurrido en ausencia de negligencia del mdico. o Evitar el dao estuvo bajo control exclusivo del mdico o No hubo posibilidad de que el paciente mediara en la produccin del dao 14. Procedimientos de la pericia Estudiar el expediente judicial. Analizar la historia clnica. Elaborar una nueva historia clnica forense. Realizar exmenes complementarios. Efectuar interconsultas. Consultar bibliografa mdica. 15. Resultado de la pericia Puede generar 3 tipos de conclusiones: No haber actuado inadecuadamente. El dao del paciente obedeci a una accininadecuada del mdico (mala prctica). El dao ocurri por yatrogenia (el dao ocurri apesar de la pericia, diligencia, prudencia y observancia de normas por parte del mdico). 16. Tipos de mala praxis mdica ms frecuentes 17. Ginecologa y obstetricia Dao cerebral en el neonato por hipoxia por trabajode parto prolongado. Fallo en la esterilizacin. Complicaciones en histerectoma. 18. Ortopedia y ciruga en accidentes Fracturas no detectadas. Daotisular por aplicacin de vendajes muyapretados. Hemorragia intracraneana no diagnosticada. Cuerpos extraos no detectados en ojos y heridas. Lesiones en cabeza tratadas de manera inadecuada. Alta de pacientes an enfermos en los servicios deurgencias, en lugar de hospitalizarlos. 19. Ciruga Diagnstico tardo de lesiones abdominalesagudas. Retencin de instrumentos o materiales. Operacin de un paciente equivocado. Operacin en un sitio incorrecto. Vasectoma sin xito. Quemaduras diatrmicas. Realizar operaciones sin consentimiento informado. Ciruga plstica esttica insatisfactoria. 20. Prctica mdica general Dejar de visitar al paciente que solicit el servicio con dao consecuente. No diagnosticar trastornos mdicos importantes y frecuentes (IAM). No enviar al paciente que lo necesite al especialista o un hospital. Intoxicacin por medicamentos mal prescritos. Clase o cantidad incorrecta de medicamentos. No vigilar adecuadamente al paciente con tendencia suicida. 21. Anestesiologa Dao cerebral por hipoxia. Dao neurolgico por lesiones espinales. Dao nervioso perifrico por astillamiento durante lainfusin. Transfusin de sangre incompatible. Anestsicos incorrectos o excesivos. Permitir la conciencia o el dolor durante laanestesia. 22. Errores generales No actuar de acuerdo a los reportes radiolgicoso de laboratorio. Registros inadecuados y falta de comunicacincon otros mdicos. 23. Causas de justificacin en la actuacin mdica 24. El derecho penal se caracteriza por contener prohibiciones de conducta, pero tambin contempla autorizaciones o permisos para realizar la accin prohibida slo a manera de excepcin. Algunas de las causas de justificacin son: 25. Consentimiento del paciente Ninguna persona adulta tiene que aceptar algntratamiento mdico a menos que lo pida. Si deseaatencin mdica tiene que otorgar su consentimiento. En caso de nios, los padres o tutores otorgan el permiso. Cuando es imposible que el paciente otorgue el consentimiento, lo hace el familiar, la institucin mdica o la autoridad sealada. Enpersonas en urgencia, no es necesario ningn 26. Consentimiento implcito. La mayor parte de laprctica mdica se conduce por este principio, donde el simple hecho de que una persona visite al mdico implica que est dispuesta a serexaminada y tratada. Slo cubre los mtodos clnicos bsicos de la historia clnica, no incluye examen vaginal, rectal ni mtodos invasivos de diagnstico o tratamiento, los que se realizan bajo consentimiento informado. 27. Consentimientos expreso. Cuando se requiereun procedimiento ms complejo y sobre todo invasivo para el diagnstico o tratamiento, de debe obtener el permiso especfico, lo que se llama Consentimiento expreso. A menudo se obtiene por escrito y debe ser testificado por otrapersona que est presente. 28. Consentimientoinformado.Ningnconsentimiento es vlido legalmente a menos que el paciente sepa y entienda lo que est autorizando. Se debe proporcionar explicacin completa al paciente sobre la naturaleza, razn y riesgos de cualquier procedimiento antes depedir el consentimiento expreso. 29. Estado de necesidad Ocurre cuando se sacrifica un inters menor por uninters mayor. Por ejemplo un mdico que tiene el deber de salvar la vida, pero a su vez, debe evitar el sufrimiento intil al paciente cuya vida se extingue y para lo cual administra calmantes que impliquen elriesgo de acortarle la existencia. 30. Otras defensas del mdico 31. Otros argumentos legales para el mdico demandado son Que no exista relacin mdico paciente al momento del incidente. Que el mdico cumpli con las reglas clnicas en la atencin del paciente. Que el dao alegado no est dentro de la relacin de causalidad con incumplimiento del deber mdico. Que el dao sufrido es trivial. Que el paciente contribuy al dao al incumplir el tratamiento o indicaciones u ocult informacin. 32. Recursos de la defensa Interrogatorio exhaustivo de los peritos tantooficiales como de la defensa. Consultor tcnico que la ley pone como underecho de las partes. Asesora a los abogados de la defensa y puede interrogar a los peritos. Mdico acusado, quien conoce mejor los detallesy puede aconsejar a sus abogados y a su consultor tcnico. 33. Bibliografa Vargas-Alvarado E. Medicina Legal. Mxico:Editorial Trillas; 2003.