república de colombia organización electoral consejo nacional electoral

71
República de República de Colombia Colombia Organización Organización Electoral Electoral Consejo Nacional Electoral

Upload: leticia-granada

Post on 02-Mar-2015

11 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

República de ColombiaRepública de ColombiaOrganización ElectoralOrganización Electoral

Consejo Nacional Electoral

Page 2: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

ELECCIONES ELECCIONES 20102010

Consejo Nacional Electoral

Page 3: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Consejo Nacional Electoral

Guía para las Campañas Electorales de los Candidatos a la

Presidencia de la República

Page 4: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Campañas Electorales a la Campañas Electorales a la Presidencia de la RepúblicaPresidencia de la República..

Reguladas: Ley 996 de 2005.

Principio:Igualdad entre los

diferentes candidatos.Consejo Nacional Electoral

Page 5: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Campañas Electorales a la Campañas Electorales a la Presidencia de la República.Presidencia de la República.

Definición:

Conjunto de actividades realizadas con el propósito de divulgar el proyecto político y obtener apoyo electoral a favor de alguno de los candidatos

Consejo Nacional Electoral

Page 6: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Campañas Electorales a la Campañas Electorales a la Presidencia de la República.Presidencia de la República.

Término:Desde los 4 meses anteriores a la fecha de la primera vuelta de las elecciones, hasta la segunda vuelta, si la hubiere.

Consejo Nacional Electoral

Page 7: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Campañas Electorales a la Campañas Electorales a la Presidencia de la República.Presidencia de la República.Actividades a Realizar:Promoción Política: Divulgación

de la propuesta de gobierno o proyecto político del candidato.

Propaganda Electoral: Conjunto de actividades políticas realizadas con la finalidad directa de convocar a los electores a votar en favor de un candidato.

Consejo Nacional Electoral

Page 8: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Propaganda ElectoralPropaganda Electoral

En Televisión: Dentro de los 30 días anteriores a la 1ª. Vuelta (30 de abril) Hasta la 2ª. Vuelta.

Está Prohibida en la televisión por suscripción que transmita canales internacionales.

Consejo Nacional Electoral

Page 9: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Propaganda ElectoralPropaganda Electoral

En medios radiales e impresos:

Dentro de los tres meses anteriores a la 1ª. Vuelta (28 de febrero) Hasta la 2ª. Vuelta.

Consejo Nacional Electoral

Page 10: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Propaganda ElectoralPropaganda Electoral

En medios diferentes, como vallas, medios electrónicos, etc., puede realizarse desde el inicio de la campaña, es decir, cuatro meses antes de la fecha de las votaciones, término que inicia el 30 de enero.

Consejo Nacional Electoral

Page 11: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Propaganda ElectoralPropaganda Electoral

Otras restricciones:Esta prohibida la utilización de los

símbolos patrios.Está permitida toda alusión a los

demás candidatos y a sus programas, incluyendo la propaganda negativa. Salvedad: Deben tenerse presente los límites con conductas delictivas.

Consejo Nacional Electoral

Page 12: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Otras restricciones:Ningún candidato podrá

“contratar, alquilar, producir y/o dirigir programas de género periodístico en medios de comunicación social”.

Consejo Nacional Electoral

Propaganda ElectoralPropaganda Electoral

Page 13: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Propaganda ElectoralPropaganda Electoral

Cada candidato tiene libertad de contratar propaganda en el medio de comunicación de su predilección, incluyendo los canales de radio y televisión comunitarios.

Consejo Nacional Electoral

Page 14: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Medios deben permitir el acceso equitativo de todos los candidatos, por lo que la única posibilidad que tiene un medio de negarse a recibir propaganda de un candidato, es que no la reciba de ningún otro.

Consejo Nacional Electoral

Propaganda ElectoralPropaganda Electoral

Page 15: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Selección de CandidatosSelección de Candidatos

Por partidos y movimientos políticos, con base en su autonomía interna y por los canales democráticos establecidos por cada uno de ellos. Incluyendo la posibilidad de realizar consultas populares, internas o interpartidistas.

Consejo Nacional Electoral

Page 16: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Inscripción de CandidaturasInscripción de Candidaturas

De Candidatos que no sean escogidos en consultas a efectuarse en el 2010

30 días hábiles a partir del cuarto mes anterior a las elecciones. Vence el viernes 12 de marzo.

Se podrán modificar dentro de los 5 días hábiles siguientes, hasta el 19 de marzo.

Consejo Nacional Electoral

Page 17: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Inscripción de CandidaturasInscripción de Candidaturas

De Candidatos que sean escogidos en consultas a efectuarse en el 2010:

Hasta las 6 de la tarde el primer lunes del mes de abril, (5 de abril), podrán modificarse hasta el 12 de abril de 2010.

Consejo Nacional Electoral

Page 18: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

InscrInscripción de Candidaturasipción de Candidaturas

Excepcionalmente, el artículo 95 del Código Electoral prevé en caso de muerte o renuncia de alguno o algunos de los candidatos”, que el nuevo candidato pueda inscribrirse a más tardar en 20 días calendario antes de la fecha de la elección, plazo que vence el 9 de mayo de 2010.

Consejo Nacional Electoral

Page 19: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Inscripción de CandidaturasInscripción de CandidaturasPodrán inscribir

candidaturas:Los partidos y movimientos

políticos con personería jurídica, los que solo requerirán del aval de su representante legal.

Consejo Nacional Electoral

Page 20: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Consejo Nacional Electoral

Inscripción de CandidaturasInscripción de Candidaturas

También podrán inscribir candidaturas:

Movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos, los que deben acreditar ante la RNEC, un número de firmas equivalente al 3% del número de votos válidos depositados en las anteriores elecciones a la Presidencia de la República.Elecciones presidenciales 2006: 11.864.410 votos válidos. 3% equivale a 355.933 firmas.

Page 21: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Firmas deberán presentarse 30 días antes del inicio del periodo de inscripciones (30 de dciembre de 2009) y la Registraduría deberá certificarlas 8 días antes del inicio del periodo de inscripción.

Consejo Nacional Electoral

Inscripción de CandidaturasInscripción de Candidaturas

Page 22: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Consejo Nacional Electoral

Inscripción de CandidaturasInscripción de Candidaturas

No es requisito para la inscripción de candidaturas el contar con póliza de seriedad de candidaturas.

Page 23: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Financiación de las CampañasFinanciación de las Campañas

Aunque mixta, debe ser preponderantemente estatal, es decir, que el Estado debe financiar más de la mitad de tales campañas.

Un porcentaje puede recibirse de manera anticipada.

Consejo Nacional Electoral

Page 24: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Financiación de las CampañasFinanciación de las Campañas

Anticipo: Una parte deberá ser destinado a la financiación de la propaganda electoral y el resto a los otros gastos de la campaña.

Consejo Nacional Electoral

Page 25: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Financiación de las CampañasFinanciación de las Campañas

Requisitos Para Acceder al Anticipo:1.- Ser inscrito por un partido o movimiento

político con personería jurídica, o alianza de estos, que hayan obtenido al menos 4% de los votos de Senado o un porcentaje igual de los votos de la Cámara de Representantes sumados nacionalmente, en la elección al Congreso anterior a la fecha de inscripción de candidatos.

Consejo Nacional Electoral

Page 26: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Porcentaje debe ser certificado por el CNE en los 8 días siguientes a la realización de las elecciones, de acuerdo a contabilización de los votos del día de elecciones. Plazo: hasta el 22 de marzo.

Empieza a correr término de 10 días, (2 de abril), para que Ministerio de Hacienda haga entrega de recursos.

Consejo Nacional Electoral

Financiación de las CampañasFinanciación de las Campañas

Page 27: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

En caso de que se requiriera una segunda vuelta, el anticipo se entregará por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público hasta el día 9 de junio.

Consejo Nacional Electoral

Financiación de las CampañasFinanciación de las Campañas

Page 28: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Requisitos Para Acceder al Anticipo:2.- Por movimiento social o grupo significativo

de ciudadanos respaldado por firmas equivalentes al 3% del número total de votos depositados en las anteriores elecciones a la Presidencia de la República, certificadas por la RNEC.

Votación total para Presidente en 2006: 12.041.737. 3% corresponde a 361.253 firmas.

Consejo Nacional Electoral

Financiación de las CampañasFinanciación de las Campañas

Page 29: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Requisitos Para Acceder al Anticipo:

3.- Póliza o Garantía expedido por entidad Financiera.

Contrato de Pignoración de Recursos Ciertos.

Consejo Nacional Electoral

Financiación de las CampañasFinanciación de las Campañas

Page 30: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

En los demás casos la financiación estatal se hará a través del sistema de reposición de votos, es decir, con posterioridad a la elección.

Consejo Nacional Electoral

Financiación de las CampañasFinanciación de las Campañas

Page 31: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Beneficios:Anticipo. En la primera como en la

segunda vuelta.No está vinculado al número de

votos obtenidos por el candidato. No es reembolsable, excepto si no

se obtiene al menos el 4% de los votos válidos depositados o si se retira antes de la primera vuelta.

Consejo Nacional Electoral

Financiación de las CampañasFinanciación de las Campañas

Page 32: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Beneficios:Reposición por voto válido. No

implica descuento del anticipo. No puede superar el monto gastado y el aprobado por el CNE como tope de campaña.

Se deducirán los aportes privados y el anticipo.

Consejo Nacional Electoral

Financiación de las CampañasFinanciación de las Campañas

Page 33: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

De no obtenerse el 4% no se accederá a la reposición por voto y además deberán ser devueltos los dineros recibidos vía anticipo.

Consejo Nacional Electoral

Financiación de las CampañasFinanciación de las Campañas

Page 34: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Para obtener la devolución de tales anticipos, han sido previstos dos mecanismos, por una parte, la constitución de pólizas o garantías expedidas por entidades financieras, y de otra, la pignoración de los recursos que se perciban por parte del partido político de los recursos para financiación del funcionamiento del mismo.

Consejo Nacional Electoral

Financiación de las CampañasFinanciación de las Campañas

Page 35: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Decreto 863 de 2006.Gerente de campaña

deberá solicitarlo al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, acompañado de los siguientes documentos:

Consejo Nacional Electoral

Financiación de las CampañasFinanciación de las CampañasRequisitos para AnticipoRequisitos para Anticipo

Page 36: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

1.- Certificación del CNE o de la RNEC en que conste:

Que el partido o movimiento que avala al candidato obtuvo la votación requerida en las elecciones para Congreso de la República del 14 de marzo de 2010;

Que el movimiento social o grupo significativo de ciudadanos, presentó el número de firmas equivalente al porcentaje antes señalado.

Consejo Nacional Electoral

Financiación de las CampañasFinanciación de las CampañasRequisitos para AnticipoRequisitos para Anticipo

Page 37: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Consejo Nacional Electoral

Financiación de las CampañasFinanciación de las CampañasRequisitos para AnticipoRequisitos para AnticipoCertificación debe contener: Nombre del candidato, Nombre del partido o movimiento político, o de la alianza entre estos, o del movimiento social o grupo significativo de ciudadanos que inscribió al candidato,Nombre y cédula del gerente de campaña.

Page 38: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

2.- Póliza de seguros, garantía bancaria o pignoración de los recursos de funcionamiento ciertos, o combinación de los anteriores, la que deberá contener:

Consejo Nacional Electoral

Financiación de las CampañasFinanciación de las CampañasRequisitos para AnticipoRequisitos para Anticipo

Page 39: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Para la Póliza: Nombre del Tomador: Partido, movimiento,

alianza o grupo significativo de ciudadanos; Nombre del afianzado: candidato y partido,

movimiento, alianza o grupo significativo de ciudadanos;

Nombre del asegurado: Nación – Ministerio de Hacienda y Crédito Público;

Beneficiario: Nación – Ministerio de Hacienda y Crédito Público;

Consejo Nacional Electoral

Financiación de las CampañasFinanciación de las CampañasRequisitos para AnticipoRequisitos para Anticipo

Page 40: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Valor asegurado: 100% del anticipo;Objeto: Asegurar la devolución de

los recursos de la financiación previaVigencia: Desde la fecha de la

suscripción y hasta 4 meses después de la fecha de las elecciones presidenciales.

Consejo Nacional Electoral

Financiación de las CampañasFinanciación de las CampañasRequisitos para AnticipoRequisitos para Anticipo

Page 41: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Para el Aval o Garantía bancaria:

Que sea otorgada por entidad financiera y que cubra el 100% de los recursos del anticipo.

Consejo Nacional Electoral

Financiación de las CampañasFinanciación de las CampañasRequisitos para AnticipoRequisitos para Anticipo

Page 42: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Para la Pignoración: Suscribir contrato de pignoración con la Nación

– Ministerio de Hacienda y Crédito Público de los recursos ciertos que le correspondan en los próximos 4 años, otorgando facultades para la recuperación de tales recursos, en el caso de alianzas, cada partido debe suscribir contrato por separado. Esta última posibilidad solo para los partidos y movimientos políticos con personería jurídica.

Consejo Nacional Electoral

Financiación de las CampañasFinanciación de las CampañasRequisitos para AnticipoRequisitos para Anticipo

Page 43: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

3.- Certificado de la entidad financiera en la que se haya abierto la cuenta única para el manejo de los recursos de la campaña.

Consejo Nacional Electoral

Financiación de las CampañasFinanciación de las CampañasRequisitos para AnticipoRequisitos para Anticipo

Page 44: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Sumas máximas a invertir Sumas máximas a invertir por los candidatospor los candidatosDistintos al presidente y

vicepresidente de la República.Resolución 00020 de 2010.$17.000.000.000 para la 1ª Vuelta.$ 8.500.000.000 para la 2ª. vuelta,

si la hubiere.

Consejo Nacional Electoral

Page 45: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Valor AnticiposValor AnticiposPrimera Vuelta: $4.947.913.626, de estos

aportes; $3.395.626.999 para financiación de la propaganda política y $1.552.286.627 para otros gastos de campaña.

Consejo Nacional Electoral

Page 46: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Consejo Nacional Electoral

Valor AnticiposValor Anticipos

Segunda vuelta: $2.971.173.624, para

financiación de la propaganda política en un 50% y el saldo en otros gastos de campaña.

Page 47: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Valor por ReposiciónValor por Reposición

Si se accedió a la financiación previa:

$2.067,69, para la primera vuelta . $1.033,24 para la segunda vuelta.Si no se accedió a la financiación

previa: $ 4.217,85.

Consejo Nacional Electoral

Page 48: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Porcentaje Financiado por Porcentaje Financiado por Personas NaturalesPersonas NaturalesSólo el veinte por ciento

(20%) del tope de los gastos de las campañas presidenciales.

$3.400.000.000 en primera vuelta. $1.700.000.000 en segunda vuelta.

Consejo Nacional Electoral

Page 49: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Tope Aportes o donaciones Tope Aportes o donaciones individuales personas naturalesindividuales personas naturales

Solo hasta el 2% del monto fijado como tope de la campaña.

$340.000.000 en 1ª. vuelta.$170.000.000 en 2ª. vuelta.

Consejo Nacional Electoral

Page 50: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Tope aportes candidatos y Tope aportes candidatos y FamiliaresFamiliares

(Hasta 4º. grado de consanguinidad, 2º. de afinidad o 1º. Civil).

No podrán superar en conjunto el 4% del monto fijado como tope.

$680.000.000,00 en 1ª. Vuelta.$340.000.000,00 en 2ª. vuelta.

Consejo Nacional Electoral

Page 51: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Aquellos candidatos que no tengan derecho a acceder a anticipos ni a financiación vía reposición, deberán financiar sus campañas en un 100% con aportes privados.

Consejo Nacional Electoral

Financiación de las CampañasFinanciación de las Campañas

Page 52: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Sentencia C1153 de Sentencia C1153 de 20052005

Solo las personas naturales pueden ejercer “en un régimen democrático, los derechos políticos, entre ellos el de participación política ejercido al apoyar las campañas electorales”.

Consejo Nacional Electoral

Page 53: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Violación a topesViolación a topes

Dará lugar, entre otras sanciones, a la pérdida del cargo para quien resulte elegido.

Consejo Nacional Electoral

Page 54: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Manejo de Recursos de las Manejo de Recursos de las Campañas PresidencialesCampañas Presidenciales

Deberán constituir Cuenta Única y Exclusiva para recibir y administrar los recursos.

Podrá tener diferentes subcuentas.Deberán designar en los 3 días

siguientes a inscripción un gerente de campaña.

Consejo Nacional Electoral

Page 55: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Atribuciones del GerenteAtribuciones del GerenteAdministrar todos los recursos de la

campaña.  Responder por lo atinente a la financiación

de la campaña.Representar la Campaña ante el CNE, en lo

atinente a la financiación, rendición de cuentas, presentación de informes y reposición por votos.

 

Consejo Nacional Electoral

Page 56: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Atribuciones del GerenteAtribuciones del GerenteEs responsable de la rendición pública de

informes, cuentas de la campaña en la que participen.

(El candidato presidencial, el gerente, el tesorero y el auditor de las campañas, responderán solidariamente por la oportuna presentación de los informes contables y por el debido cumplimiento del régimen de financiación de campañas).

Consejo Nacional Electoral

Page 57: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Libros de CampañaLibros de CampañaLibro mayor de balances.Libro diario columnario.Al menos un libro auxiliar.Serán registrados ante la Organización Electoral

al momento de la inscripción. llevarán una lista de las contribuciones, donaciones y créditos.

Con la identificación, dirección y teléfono, de las personas naturales que realizaron la contribución o donación.

Consejo Nacional Electoral

Page 58: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Libros de CampañaLibros de CampañaLos candidatos inscritos por grupos

significativos de ciudadanos o movimientos sociales, al momento de inscribir sus libros de campaña, deberán presentar un informe de los ingresos y gastos incurridos durante la campaña de recolección de firmas.

Consejo Nacional Electoral

Page 59: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Auditoría InternaAuditoría InternaObjeto: Garantizar el adecuado

control interno en el manejo de los ingresos y gastos.

Acreditarlo ante el CNE.Sin el no podrán recibir aportes ni

donaciones de ninguna índole.A cargo de un auditor.

Consejo Nacional Electoral

Page 60: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

AuditorAuditorSerá solidariamente responsable

del manejo de los ingresos y gastos de la campaña, así como de los recursos de financiación estatal, si no informa al CNE sobre las irregularidades que se cometan.

Consejo Nacional Electoral

Page 61: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Auditoría ExternaAuditoría ExternaEl CNE adelantará y reglamentará una

auditoría externa. El que adelantará en todo momento, auditorías o revisorías sobre los ingresos y gastos de la campañas e iniciará investigaciones sobre el cumplimiento de las normas sobre financiación.

Irregularidades darán lugar a sanciones de acuerdo con la valoración de las faltas.

Consejo Nacional Electoral

Page 62: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

SancionesSancionesMultas entre el 1% y el 10% de los recursos

desembolsados por el Estado.Congelación de los giros.En caso de sobrepasar el tope de recursos permitidos,

(por recibir donaciones privadas mayores a las autorizadas, o por superar los topes de gastos) la devolución parcial o total de los recursos entregados.

En el caso del ganador de las elecciones presidenciales, el Congreso podrá decretar la pérdida del cargo.

Consejo Nacional Electoral

Page 63: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Acceso a medios de Acceso a medios de comunicacióncomunicación

Candidatos tendrán derecho a:Un espacio diario de 2 minutos en T.V. en

horario «triple A» y 4 minutos diarios en radio en el horario de mayor audiencia. Para que divulguen sus tesis y programas de gobierno, durante 1 mes, entre los 60 días anteriores a la elección y 8 días antes a la misma, previo sorteo por parte del CNE de la distribución de estos espacios, durante los días hábiles de la semana

Consejo Nacional Electoral

Page 64: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Acceso a medios de Acceso a medios de comunicacióncomunicación

Candidatos tendrán derecho a: Realizar 3 debates de hasta 60

minutos cada uno, por parte y a petición conjunta de todos los candidatos o de algunos de ellos, con las reglas y sobre los temas que ellos señalen en la petición durante el período de campaña.

Consejo Nacional Electoral

Page 65: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Acceso a medios de Acceso a medios de comunicacióncomunicaciónCandidatos tendrán derecho a: Realizar una intervención de hasta 5

minutos cada candidato, dentro de la semana siguiente al inicio de la campaña, con el fin de presentar su programa de gobierno, en enlace nacional de todos los canales de televisión y estaciones de radio, estatales.

Consejo Nacional Electoral

Page 66: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Acceso a medios de Acceso a medios de comunicacióncomunicaciónCandidatos tendrán derecho a: Realizar una intervención de hasta 10

minutos cada candidato presidencial, 8 días antes de las elecciones, con el fin de presentar sus palabras de cierre de campaña, en enlace nacional de todos los canales de televisión y estaciones de radio, estatales.

Consejo Nacional Electoral

Page 67: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Acceso a medios de Acceso a medios de comunicacióncomunicaciónCandidatos tendrán derecho a: Los partidos y movimientos

políticos mantengan sus espacios institucionales, a los que accederán los grupos significativos de ciudadanos y movimientos sociales que postulen candidatos.

Consejo Nacional Electoral

Page 68: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Acceso a medios de Acceso a medios de comunicacióncomunicación

Aspectos que serán regulados por el CNE, tres días después de la fecha de cierre de inscripciones de las candidaturas.

Consejo Nacional Electoral

Page 69: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Garantía de Equilibrio Garantía de Equilibrio InformativoInformativoLos concesionarios y operadores

privados de radio y televisión, tiene el deber de garantizar “el pluralismo, el equilibrio informativo y la veracidad en el manejo de la información sobre las campañas presidenciales y el proselitismo electoral”.

Consejo Nacional Electoral

Page 70: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Garantía de Equilibrio Garantía de Equilibrio InformativoInformativoCorresponde a cada medio

remitir al CNE un informe semanal “de los tiempos o espacios que en dichas emisiones o publicaciones se le otorgaron a las actividades de campaña presidencial de cada candidato”.

Consejo Nacional Electoral

Page 71: República de Colombia Organización Electoral Consejo Nacional Electoral

Garantía de Equilibrio Garantía de Equilibrio InformativoInformativo

De encontrarse que no se ha dado un trato equitativo en la información sobre las actividades proselitistas de los candidatos presidenciales, esta Corporación solicitará el restablecimiento de tal equilibrio

Consejo Nacional Electoral