reglamento promocion difusion v005

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www.uladech.edu.pe RECTORADO REGLAMENTO DE PROMOCIÓN Y DIFUSIÓN DE LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA VERSIÓN 005 Aprobado por acuerdo de Consejo Universitario, de fecha 28 de febrero de 2014 CHIMBOTE – PERÚ Versión: 005 Código: R–RPDIC F. Implementación: 28-02-14 Pag.: 1 de 32 Elaborado por: Rector Revisado por: Gerencia de Calidad Aprobado con Resolución N°0219-2014-CU-ULADECH CATÓLICA

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    RECTORADO

    REGLAMENTO DE PROMOCIN Y DIFUSIN DE LA INVESTIGACIN

    CIENTFICA

    VERSIN 005

    Aprobado por acuerdo de Consejo Universitario, de fecha 28 de febrero de 2014

    CHIMBOTE PER

    Versin: 005 Cdigo: RRPDIC F. Implementacin: 28-02-14 Pag.: 1 de 32

    Elaborado por: Rector Revisado por: Gerencia de Calidad Aprobado con Resolucin N0219-2014-CU-ULADECH CATLICA

  • CAPTULO IASPECTOS GENERALES

    Artculo 1.- La investigacin cientfica es inherente a la Universidad. En tanto realiza investigacin en las humanidades, las ciencias y las tecnologas y

    fomenta la creacin intelectual.

    Artculo 2.- Enfocada hacia la calidad, la investigacin cientfica es un factor de la formacin profesional de pregrado y posgrado donde participan docentes

    y estudiantes a travs de proyectos de lneas de investigacin.

    Artculo 3.- El presente reglamento establece las normas que orientan la promocin y difusin de la investigacin cientfica de las carreras profesionales

    y programas de posgrado como un sistema, asegurando los derechos de la

    propiedad intelectual de lo creado, de acuerdo con los requisitos legales y

    reglamentarios vigentes.

    Artculo 4.- Este reglamento orienta las actividades de investigacin cientfica y su difusin como proceso de investigacin del alcance del Vicerrectorado de

    Investigacin (VI), Metodlogo, Coordinacin de Registros, Jefatura de

    Publicaciones, Coordinadores de investigacin, docentes titulares, docentes

    tutores, docentes investigadores, docentes tutores investigadores y docentes

    evaluadores (comisin de investigacin/jurado de tesis) de las carreras

    profesionales y programas de posgrado, estudiantes, graduados y grupos de

    inters.

    Artculo 5.- Los docentes investigadores, docentes tutores investigadores y los coordinadores de investigacin de las escuelas profesionales, as como los

    miembros de las comisiones de investigacin y jurados de tesis, son

    designados por el VI; estn adscritos a las escuelas profesionales y son

    cargos de confianza.

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  • Artculo 6.- La investigacin cientfica se realiza a travs de la investigacin formativa que realizan los estudiantes a travs de los cursos de tesis y

    actividades de investigacin incorporadas a todas las asignaturas y, la

    investigacin cientfica propiamente dicha como produccin cientfica que

    realizan los docentes en cumplimiento del presente Reglamento.

    Artculo 7.- La investigacin cientfica en la Universidad es un proceso documentado que tiene como dueo de proceso al VI.

    CAPTULO IIGENERACIN DE LAS LNEAS DE INVESTIGACIN

    Artculo 8.- Las propuestas de proyectos de lnea de investigacin cientfica sern presentadas al VI por un docente con grado de maestro o doctor

    adjuntando el acta de priorizacin de la lnea y el prototipo de informe de

    investigacin para su verificacin por el metodlogo y aprobacin por el

    Consejo Universitario de acuerdo con lo establecido en el presente

    Reglamento. Una vez aprobadas, son registradas por el VI. Las lneas de

    investigacin son de propiedad de la Universidad quedando registrada la

    autora del docente que la dise, para efectos de las referencias

    bibliogrficas.

    CAPTULO IIIREAS PRIORITARIAS DE INVESTIGACIN CIENTFICA

    Artculo 9.- Los proyectos de invest igacin se generan a part i r de lneas de investigacin sobre temas y proyectos de inters nacional, regional y

    local, concordantes con lo establecido por los organismos nacionales e

    internacionales compatibles con los principios y valores de la Doctrina Social

    de la Iglesia Catlica, as como la Constitucin Apostlica Ex Corde Ecclesiae.

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  • Artculo 10.- La prioridad de las lneas de investigacin respectiva se determina en eventos organizados por los docentes investigadores en la sede

    central o docentes tutores investigadores en centros acadmicos y filiales,

    dirigidos a los comits consultivos de las carreras profesionales, programas de

    maestras y doctorados. Se evidencia con la emisin de un acta de priorizacin

    de la lnea de investigacin registrada en el VI.

    Artculo 11.- La ejecucin de la lnea de investigacin registrada para la carrera profesional o programas de posgrado tiene como requisito la

    presentacin del acta de priorizacin de la lnea de investigacin respectiva. La

    ejecucin de lneas de investigacin extraordinarias responder a un proyecto

    de implementacin aprobado por el VI, con opinin previa favorable del

    Metodlogo y aprobadas por el Consejo Universitario.

    Artculo 12.- Las lneas de investigacin ejecutadas sern supervisadas por el VI y por los Coordinadores de Investigacin de cada escuela

    profesional y programas de posgrado. Son revisadas peridicamente

    por la Gerencia de Calidad.

    CAPTULO IV GENERACIN, EJECUCIN Y EVALUACIN DE PROYECTOS

    Artculo 13.- Los estudiantes participan en proyectos de investigacin derivados de la respectiva lnea de investigacin como trabajo de fin de carrera

    profesional o de posgrado, donde se aplican los conocimientos, habilidades y

    actitudes adquiridas.

    Artculo 14.- El proyecto de investigacin, el informe final de investigacin, el artculo cientfico y la ponencia son los productos de la investigacin cientfica

    desarrollados por los estudiantes de las carreras profesionales y programas de

    posgrado, aprobando las cuatro asignaturas de tesis integradas e incluidas en

    todos los planes de estudio de las respectivas unidades acadmicas. Dichas Versin: 005 Cdigo: RRPDIC F. Implementacin: 28-02-14 Pag.: 4 de 32

    Elaborado por: Rector Revisado por: Gerencia de Calidad Aprobado con Resolucin N0219-2014-CU-ULADECH CATLICA

  • asignaturas tienen un slabo-plan de aprendizaje (SPA) integrado cuyo docente

    titular es el Metodlogo.

    Artculo 15.- Cada asignatura del plan de estudios considera dentro del SPA respectivo, como actividad de investigacin formativa, la elaboracin de una

    monografa, informe corto o reporte de caso, de acuerdo a la Normas

    Generales para la presentacin de Artculos en las Revistas Cientficas In

    Crescendo, Anexo N 2, del Reglamento de Revistas Cientficas In Crescendo.

    Servir como criterio de evaluacin del docente titular y del docente tutor

    respectivo en la actividad de investigacin.

    Artculo 16.- El coordinador de investigacin de la escuela profesional implementa un proyecto de evaluacin de la investigacin para realizar el

    seguimiento del avance de la ejecucin de las lneas de investigacin de las

    carreras priorizadas para su acreditacin, desde su aprobacin hasta la

    obtencin de los resultados y las medidas correctivas correspondientes.

    Artculo 17.- Los criterios para la evaluacin del avance de las lneas de investigacin son: Nmero de estudiantes participantes, proyectos de

    investigacin aprobados, trabajos finales de carrera profesional (tesis)

    aprobados, artculos cientficos publicados y ponencias presentadas.

    Artculo 18.- Los coordinadores de investigacin y sus alternos en centros acadmicos y filiales realizan eventos donde se difunden y discuten, entre

    estudiantes, docentes y comunidad, las investigaciones realizadas en las

    carreras profesionales o programas de posgrado.

    Artculo 19.- Los coordinadores de investigacin de las unidades acadmicas realizan una efectiva difusin de las lneas de investigacin y el avance de los

    proyectos donde participan los estudiantes utilizando el sistema de informacin

    y comunicacin de la Universidad. Asimismo, promueven y supervisan las

    actividades de investigacin cientfica dentro de todas las asignaturas.Versin: 005 Cdigo: RRPDIC F. Implementacin: 28-02-14 Pag.: 5 de 32

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  • CAPTULO V LABOR DE INVESTIGACIN DEL DOCENTE

    Artculo 20.- Los docentes investigadores tienen la experiencia y capacidad requeridas para el desarrollo de actividades de investigacin en la unidad

    acadmica presentando anualmente los resultados de la lnea de investigacin,

    a travs del meta anlisis que integra los resultados de los proyectos de

    investigacin ejecutados, publicando sus resultados en la revista cientfica de la

    Facultad. Servir como criterio de evaluacin del docente titular o del docente

    tutor en investigacin.

    Artculo 21.- Los docentes titulares adscritos a las unidades acadmicas difunden su produccin intelectual a travs de libros de textos de las

    asignaturas que se entrega a los estudiantes (UTEX) y que forman parte del

    slabo plan de aprendizaje (SPA) de la asignatura respectiva. Servir como

    criterio de evaluacin del docente titular o del docente tutor.

    Artculo 22.- Los docentes tutores adscritos a las unidades acadmicas difunden su produccin intelectual a travs de un artculo cientfico anual como

    mnimo, vinculado con las asignaturas a su cargo publicadas en la revista

    cientfica de la Facultad siguiendo las Normas Generales para la Presentacin

    de Artculos en las Revistas Cientficas In Crescendo, Anexo N 2, del

    Reglamento de Revistas Cientficas In Crescendo. Servir como criterio de

    evaluacin del docente titular o del docente tutor en investigacin cientfica.

    Artculo 23.- Los docentes titulares y tutores difunden su produccin intelectual como ponentes en eventos nacionales e internacionales de su

    especialidad contando con el apoyo econmico de la Universidad en funcin de

    la evaluacin docente. Servir como criterio de evaluacin del docente titular o

    del docente tutor investigador.

    Versin: 005 Cdigo: RRPDIC F. Implementacin: 28-02-14 Pag.: 6 de 32

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  • CAPITULO VIREGISTROS

    Artculo 24.- El VI mantendr actualizado y abierto a la consulta el mdulo de registro de lneas de investigacin, prototipos, proyectos aprobados, resumen

    de los informes finales y dems registros previstos en el presente reglamento y

    otros necesarios para documentar el proceso.

    Artculo 25.- Los proyectos e informes finales de investigacin derivados de las lneas de investigacin, son registrados por el docente tutor investigador

    responsable, cuando stos hayan sido aprobados por la comisin de

    investigacin respectiva.

    Artculo 26.- El cdigo de registro del proyecto de investigacin es del estudiante, nico para toda la carrera profesional, maestra o doctorado,

    asegurando as la trazabilidad del proyecto desde su aprobacin, desarrollo,

    resultados y difusin.

    Artculo 27.- La gestin del mdulo de Investigacin en el EVA para el caso de las asignaturas de tesis est a cargo del administrador del mdulo.

    CAPITULO VIIESQUEMAS DE INVESTIGACIN

    Artculo 28.- Las lneas de investigacin de carreras profesionales se elaboran de acuerdo con el esquema del Anexo N 1 del presente reglamento.

    Artculo 29.- Las lneas de investigacin de maestras y doctorados se elaboran de acuerdo con el esquema del Anexo N 2 del presente reglamento.

    Artculo 30.- Las lneas de investigacin pueden ser utilizadas indistintamente para informes finales de carrera profesional, maestras o doctorados de

    acuerdo con niveles crecientes de complejidad. Versin: 005 Cdigo: RRPDIC F. Implementacin: 28-02-14 Pag.: 7 de 32

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  • Artculo 31.- Los proyectos de investigacin de carreras profesionales se elaboran de acuerdo con el esquema del Anexo N 3 del presente reglamento.

    Artculo 32.- Los proyectos de investigacin de maestras y doctorados se elaboran de acuerdo con el esquema del Anexo N 4 del presente reglamento.

    Artculo 33.- Los informes finales de investigacin de carreras profesionales se elaboran de acuerdo con el esquema del Anexo N 5 del presente

    reglamento.

    Artculo 34.- Los informes finales de investigacin de maestras o doctorados se elaboran de acuerdo con el esquema del Anexo N6 del presente

    reglamento.

    CAPTULO VIIIDocentes investigadores

    Artculo 35.- Son docentes investigadores los docentes ordinarios, contratados o extraordinarios de cualquier modalidad adscritos a una escuela

    profesional. Coordinan la red de docentes tutores investigadores de carreras

    profesionales y programa de posgrado.

    Artculo 36.- Los docentes investigadores pueden desempearse alternativamente como docentes tutores investigadores.

    Artculo 37.- Los docentes investigadores son adscritos a una escuela profesional de acuerdo con las normas de ingreso a la docencia universitaria.

    La comisin evaluadora ser presidida por el VI y sus miembros sern el

    metodlogo y un representante designado por el VI entre los docentes

    investigadores de la Sede Central.

    Artculo 38.- El docente investigador deber acreditar haber ejecutado un trabajo de investigacin de la lnea de investigacin cientfica o en rea afn.

    Versin: 005 Cdigo: RRPDIC F. Implementacin: 28-02-14 Pag.: 8 de 32

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  • Esta acreditacin se concreta dentro de los dos (2) primeros ciclos de ejercicio

    como docente investigador para poder continuar en el ejercicio del cargo.

    Artculo 39.- El coordinador de investigacin de la escuela profesional o su alterno en centros acadmicos o filiales implementa el sistema de evaluacin

    de la investigacin de la carrera profesional o programa de posgrado y el plan

    de difusin de la investigacin.

    Artculo 40.- Los docentes investigadores y docentes tutores investigadores estn impedidos de formar parte de las comisiones de investigacin y jurados

    de sustentacin en los proyectos e informes de investigacin derivados de la

    lnea de investigacin cientfica de las carreras profesionales y los programas

    de posgrado a los que estn adscritos.

    Artculo 41.- Los coordinadores de investigacin de la escuela profesional realizan la evaluacin de la actividad de investigacin de docentes titulares y

    tutores de la escuela profesional respectiva.

    Artculo 42.- El docente investigador debe:a) Presentar el meta anlisis de la lnea de investigacin al 20 de febrero de

    cada ao y el avance al 20 de agosto de cada ao.

    b) Planificar, ejecutar y monitorear el plan de mejoras e informe de supervisin a docentes tutores investigadores treinta das despus de culminados los

    ciclos acadmicos 0, I y II.

    c) Aprobar ante el Editor Cientfico en enero de cada ao la propuesta de artculo cientfico de la revista cientfica de la Facultad respectiva.

    CAPTULO IXDocentes tutores investigadores

    Artculo 43.- Son docentes tutores investigadores (DTI) aquellos docentes ordinarios o contratados adscritos a carreras profesionales y programas de

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  • posgrado que conducen los cursos de la asignatura en las carreras

    profesionales o programas de posgrado.

    Artculo 44.- Los DTI son adscritos a la carrera profesional y/o programa de posgrado de acuerdo con las normas de ingreso a la docencia universitaria. La

    comisin evaluadora ser presidida por el VI y sus miembros sern el

    metodlogo y un representante designado por el VI entre los docentes

    investigadores de la Sede Central.

    Artculo 45.- El DTI debe acreditar haber ejecutado un proyecto de investigacin de la lnea de investigacin cientfica o rea afn. Esta

    acreditacin puede darse dentro de los dos ciclos del ejercicio del cargo y ser

    requisito para continuar en el cargo.

    Artculo 46.- La responsabilidad por la elaboracin del proyecto, del informe final, artculo cientfico y ponencia es de cada estudiante. El DTI no interviene

    en la elaboracin de los trabajos de tesis, solo asesora realizando las

    observaciones en el campus virtual (EVA) verificando que las observaciones

    sean levantadas. Los DTI y los estudiantes se guan por el Manual Interno de

    Metodologa de la Investigacin (MIMI), actualizado en forma continua por el

    Metodlogo.

    Artculo 47.- El docente tutor investigador debe:a) Registrar en forma continua en el EVA las observaciones a los avances del

    proyecto, informe final, artculo cientfico y ponencia, con los cuales

    justifican su labor docente ante el coordinador acadmico lectivo o los

    coordinadores acadmicos en centros acadmicos o filiales.

    b) Ejecutar una tutora presencial grupal por mes registrando sus resultados.c) Ejecutar tutoras presenciales personalizadas semanales en los horarios

    asignados a las asignaturas de tesis en forma ininterrumpida durante todo el

    ao.

    Versin: 005 Cdigo: RRPDIC F. Implementacin: 28-02-14 Pag.: 10 de 32

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  • d) Asesorar en forma continua a los estudiantes excepto en su periodo vacacional.

    e) Aprobar ante el Editor Cientfico en enero de cada ao la propuesta de artculo cientfico de la revista cientfica de la Facultad respectiva.

    CAPTULO XComisin de investigacin/jurado de tesis

    Artculo 48.- El proyecto, informe final de investigacin, artculo cientfico y ponencia son evaluados por comisiones de investigacin, siendo sustentadas

    ante jurados de sustentacin de las carreras profesionales o programas de

    posgrado para su aprobacin como requisito de titulacin o grado de maestro

    o doctor.

    Artculo 49.- Las comisiones de investigacin son nombradas por cada carrera profesional o programa de posgrado por el VI y registradas en la

    Divisin de Personal (DIPER).

    Artculo 50.- Las comisiones de investigacin estn conformadas por dos miembros, uno de los cuales ser el presidente.

    Artculo 51.- Las comisiones de investigacin califican como: cumple o no cumple, en relacin a una lista de verificacin aprobada por el VI tanto para el

    proyecto como para el informe final de investigacin, artculo cientfico y

    ponencia. Para poder ser calificado un producto debe contar con la opinin

    favorable del DTI en funcin del cumplimiento de las actividades planificadas

    en el SPA y ejecutadas por el estudiante, evidenciado en el libro de

    calificaciones del EVA.

    Artculo 52.- El jurado de sustentacin est integrado por los miembros de la comisin de investigacin registrados ms un miembros designado por el VI,

    debidamente registrados en la DIPER. Versin: 005 Cdigo: RRPDIC F. Implementacin: 28-02-14 Pag.: 11 de 32

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  • CAPTULO XILabor de investigacin del estudiante

    Artculo 53.- Todas las actividades que realiza el estudiante en relacin al proyecto, informe final de tesis, artculo cientfico, ponencia y actividades del

    SPA son desarrolladas y evaluadas utilizando el EVA.

    Artculo 54.- Los productos del proceso enseanza aprendizaje en las asignaturas de tesis sern evaluados de acuerdo a la fecha programada para

    su presentacin. Los estudiantes que no presenten los productos en la fecha

    programada tendrn nota cero (00).

    CAPTULO XII NORMAS ACADMICAS DE TESIS

    Artculo 55.- El Metodlogo en calidad de docente titular de las asignaturas de tesis, mantiene actualizado el SPA integrado para ser importado por el VI a

    cada curso del EVA para las carreras profesionales y programas de posgrado

    segn el semestre y modalidad de estudio programadas en la Sede Central,

    Centros Acadmicos y Filiales.

    Artculo 56.- Los estudiantes sern inscritos obligatoriamente por la coordinacin acadmica lectiva respectiva en los cursos de Tesis I y sucesivos,

    en el ciclo que corresponda al plan de estudios. En las asignaturas de

    investigacin no procede el retiro del curso o ser declarado inhabilitado por el

    DTI, salvo el caso del retiro de todas las asignaturas del ciclo.

    Artculo 57.- La nota promocional de los cursos de Tesis I y Tesis IV se obtiene duplicando el promedio de notas del libro de calificaciones del DTI, en

    el caso que se cumpla con la lista de verificacin decretada por la comisin de

    investigacin correspondiente; en caso que no se cumpla con la lista de

    verificacin, el promedio de notas del libro de calificaciones del DTI se

    Versin: 005 Cdigo: RRPDIC F. Implementacin: 28-02-14 Pag.: 12 de 32

    Elaborado por: Rector Revisado por: Gerencia de Calidad Aprobado con Resolucin N0219-2014-CU-ULADECH CATLICA

  • promedia con cero obtenindose la nota promocional desaprobatoria

    respectiva.

    Artculo 58.- La nota promocional de los cursos de Tesis II y Tesis III corresponde al promedio obtenido de las notas insertadas en el libro de

    calificaciones del DTI.

    Artculo 59.- La interaccin docente/estudiante en el EVA, como proceso de asesora de tesis no se interrumpe al culminar cada ciclo, es una continuidad

    desde la asignatura Tesis I hasta el Taller Co curricular de sustentacin. El

    proceso de evaluacin considera los periodos establecidos en la programacin

    de cada ciclo.

    Artculo 60.- Las asignaturas de tesis no estn sujetas a convalidacin. Est a cargo de un mismo DTI desde Tesis I hasta el Taller Co curricular en la Sede

    Central, Centros Acadmicos y Filiales respectivos, salvo impedimento del DTI

    que ser verificada por el VI.

    Artculo 61.- Los estudiantes que desaprueben un curso de Tesis tienen la oportunidad de subsanar dicha evaluacin dentro de las tres semanas de

    publicadas las notas promocionales.

    Artculo 62.- Las actividades de asesora de los DTI son continuas y no se interrumpen entre ciclos acadmicos, salvo el periodo vacacional programado

    para el docente. Para estos periodos el DTI publicar los horarios de atencin

    para asesorar a los estudiantes que quieran subsanar notas promocionales o

    avanzar en las actividades de los cursos que quieran nivelar o adelantar.

    Artculo 63.- En el caso que el estudiante decida nivelar o adelantar asignaturas lo planificar con el DTI asignado para Tesis I, cumpliendo los

    requisitos de aprobacin que requieran los cursos sucesivos.

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  • Artculo 64.- Los estudiantes que planifican con el DTI la nivelacin o el adelanto de cursos de Tesis y los aprueben, regularizan la inscripcin por curso

    y nota promocional respectiva ante la Coordinacin de Registros Acadmicos a

    travs de la coordinacin acadmica lectiva o la coordinacin de registros en

    Centros Acadmicos y Filiales, cancelando las tasas por dicho procedimiento

    extraordinario.

    CAPTULO XIIIDIFUSIN DE LOS RESULTADOS DE LA INVESTIGACIN

    Artculo 65.- La investigacin se difunde:a) Haciendo conocer a los docentes y estudiantes los alcances de los

    requisitos legales y reglamentarios.

    b) Concientizando sobre las actitudes y comportamientos que genera el proceso en cuanto a promover y desarrollar el pensamiento crtico, la

    innovacin y la creatividad.

    c) Promoviendo el desarrollo de monografas, comunicaciones cortas o

    reporte de casos por los estudiantes como parte de la actividad de

    investigacin cientfica en el SPA.

    d) Organizando exposiciones en jornadas cientficas y/o eventos de difusin para mostrar los avances y resultados de las investigaciones.

    e) Publicando artculos en las Revista Cientficas In Crescendo o en el repositorio de monografas del VI.

    f) Promoviendo la participacin de los docentes y estudiantes en ponencias a nivel nacional e internacional.

    g) Elaborando textos de la asignatura y libros sobre los resultados de las lneas de investigacin utilizadas en las asignaturas.

    Artculo 66.- Las jornadas cientficas y los eventos de difusin de los resultados de las investigaciones son organizadas por los coordinadores de

    investigacin o sus alternos en Centros Acadmicos y Filiales por lo menos una

    vez al ao a travs de planes especficos.

    Versin: 005 Cdigo: RRPDIC F. Implementacin: 28-02-14 Pag.: 14 de 32

    Elaborado por: Rector Revisado por: Gerencia de Calidad Aprobado con Resolucin N0219-2014-CU-ULADECH CATLICA

  • Artculo 67.- Los docentes cuyas ponencias del rea de la lnea de investigacin sean aprobadas para eventos nacionales e internacionales y

    estn registrados en el ranking de todos los cursos a cargo sern apoyados

    financieramente.

    Artculo 68.- Los estudiantes cuyas ponencias del rea de la lnea de investigacin sean aprobadas para eventos nacionales e internacionales, sern

    apoyados financieramente de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria.

    Artculo 69.- Los docentes investigadores que elaboren libros sobre la base de los resultados de la lnea de investigacin cientfica aprobada y que sean

    utilizados como texto de una asignatura tendrn derecho a la publicacin

    respectiva y a un incentivo.

    Artculo 70.- Los docentes en general tendrn derecho a un incentivo por la publicacin de artculos cientficos relacionados con las investigaciones que

    realicen en la revista cientfica de la Facultado o de otras de educacin superior

    nacionales o internacionales indizadas.

    Artculo 71.- La elaboracin de los planes de difusin de la investigacin est a cargo de los coordinadores de investigacin de las escuelas profesionales o

    sus alternos en centros acadmicos y filiales.

    CAPTULO XIVTALLERES PARA TITULACIN

    Artculo 72.- Los coordinadores de investigacin de las escuelas profesionales o sus alternos en centros acadmicos o filiales canalizan talleres

    de titulacin en sus modalidades de Talleres Co curriculares (TCC) y Talleres

    de Investigacin (TI).

    Versin: 005 Cdigo: RRPDIC F. Implementacin: 28-02-14 Pag.: 15 de 32

    Elaborado por: Rector Revisado por: Gerencia de Calidad Aprobado con Resolucin N0219-2014-CU-ULADECH CATLICA

  • Artculo 73.- En relacin a los talleres Co curriculares el DTI respectivo debe: a) Citar a travs del EVA al estudiante (s) ante el jurado de sustentacin a fin de

    recoger sus observaciones finales incluidas en relacin al informe final,

    artculo cientfico y ponencia, dentro de los 30 das siguientes a la publicacin

    de las notas promocionales.

    b) Recabar del estudiante (s) el formato de inscripcin del TCC en fsico para

    enviarlo a coordinacin de cobranzas de la Sede Central a travs de la

    Coordinacin Acadmica Lectiva o las Coordinaciones de Registros en

    Centros Acadmicos y Filiales.

    c) Inscribir al estudiante en el registro del TCC del VI.

    d) Verificar que los estudiantes hayan levantado las observaciones del jurado de

    sustentacin en el EVA en un plazo no mayor de 15 das.

    e) Remitir al estadstico y al corrector de estilo la versin corregida del informe

    final y del artculo cientfico en el EVA para las observaciones previas a la

    publicacin que debern ser levantadas por el estudiante en el EVA en un

    plazo de 10 das.

    f) Programar en coordinacin con el jurado de sustentacin la fecha de la

    respectiva sustentacin dentro de los sesenta das de publicada la nota

    promocional de Tesis IV.

    g) Obtener el acta fsica del veredicto del jurado de sustentacin, para envo al

    VI para su registro y publicacin en el EVA respectivo y posterior envio a la

    coordinacin de expedientes para su archivo.

    Artculo 74.- La sustentacin de tesis comprende una pre banca integrada por las actividades de: revisin estadstica, correccin de estilo y entrevista de

    verificacin a cargo del jurado de sustentacin y, la sustentacin propiamente

    dicha.

    Artculo 75.- A travs de los mecanismos de captacin directa se organizan TI dirigido a estudiantes que adeudan cursos de tesis o hayan desaprobado el

    Taller Co-curricular por segunda vez y egresados que lo requieran, para la

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  • obtencin del grado o ttulo profesional a travs de la elaboracin de tesis de

    acuerdo a las normas del presente Reglamento.

    Artculo 76.- En los TI se desarrollan las actividades del SPA de tesis y se cumplen los requisitos de acuerdo a un cronograma que abarque una duracin

    mxima de cuatro meses. El TI est cargo del DTI de la asignatura de Tesis IV

    en ejecucin salvo que tenga impedimento.

    Artculo 77.- Los proyectos de presupuesto de los TI incluyen como anexo el cronograma de actividades de acuerdo al presente reglamento y se orientan

    por un BL especfico a cargo del responsable. Utiliza el EVA de forma

    obligatoria.

    Artculo 78.- El DTI del TI obtiene el acta fsica del veredicto del jurado de sustentacin, la publica en el EVA respectivo y la enva a la coordinacin de

    expedientes para su archivo a travs de la coordinacin acadmica lectiva o

    quien haga sus veces en centros acadmicos y filiales.

    Artculo 79.- El presupuesto de los TI elaborados por el DTI considera ingresos por inscripcin y pago al DTI los que sern remitidos a la

    Coordinacin de Captacin Directa para complementar los costos de

    promocin y tramitarlo al Rectorado para su aprobacin.

    Artculo 80.- Se podrn otorgar incentivos por apoyo al personal administrativo vinculado directamente a las actividades de los SPA de los TCC

    y los TI a su culminacin previa evaluacin por la Gerencia de Calidad.

    Artculo 81.- Los TI incluyen el artculo cientfico con fines de publicacin en revistas cientficas y las ponencias con fines de sustentacin.

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  • CAPTULO XV SUSTENTACIN DE TESIS

    Artculo 82.- La sustentacin es un acto pblico donde el estudiante expone el informe final y absuelve las preguntas del jurado de sustentacin el cual

    calificar de acuerdo a la Tabla del Anexo N 7 del presente Reglamento. El

    estudiante que salga desaprobado tendr una ltima oportunidad dentro de los

    treinta (30) das siguientes de la primera sustentacin debiendo cancelar la

    tasa respectiva. En caso de desaprobacin en una segunda oportunidad pierde

    todos sus derechos vinculados al proceso de titulacin iniciado debiendo optar

    por la alternativa de un TI.

    Artculo 83.- La responsabilidad de la calidad de la redaccin final de los informes finales de investigacin de los estudiantes recaer en el docente tutor

    investigador, en la comisin de investigacin y en el jurado de sustentacin. Es

    causal de separacin de las funciones asignadas en el proceso de

    investigacin la reiterada falta de cumplimiento del presente artculo por parte

    de los docentes indicados.

    Artculo 84.- El estudiante entregar a la Coordinacin de Biblioteca dos (02) ejemplares en fsico de la tesis, as como dos (02) CDs (uno en Word y uno en

    PDF) en caso de pertenecer a la Sede Central, y tres (03) ejemplares en fsico

    de la tesis y tres (03) CDs (uno en word y dos en PDF) si son de centros y/o

    filiales. As mismo firmar la autorizacin correspondiente para que sus tesis

    sean publicadas en la Biblioteca Virtual. Se emitir una constancia de

    cumplimiento del presente artculo en fsico la que ser remitida a la

    coordinacin de expedientes quedando registrado para efectos de trmite del

    ttulo profesional.

    Versin: 005 Cdigo: RRPDIC F. Implementacin: 28-02-14 Pag.: 18 de 32

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  • DISPOSICIONES FINALES

    PRIMERA: Forma parte del presente Reglamento el Manual para la Elaboracin de Tesis ULADECH Catlica.

    SEGUNDA: Quedan derogados ITGC-037, ITGC-274, ITGC-392, ITGC-506, ITGC-523, ITGC-525 vinculados a la investigacin a partir de la vigencia del

    presente Reglamento.

    TERCERA: Los incentivos vinculados a las actividades de investigacin sern regulados por la Gerencia de Calidad.

    CUARTA: Los coordinadores estudiantiles o quien haga sus veces en los Centros Acadmicos y Filiales aplican en cada ciclo una encuesta de

    satisfaccin a los estudiantes respecto a la conduccin de la asesora por los

    docentes tutores investigadores presentando los resultados al VI despus de

    30 das de su aplicacin.

    Chimbote, febrero de 2014.

    JBDG/

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  • Anexo N 1Esquema de proyecto lnea de investigacin cientfica de las carreras

    profesionales

    1. Ttulo de investigacinEl ttulo hace referencia al objeto especfico de la lnea de investigacin

    cientfica; expresa la relacin entre las variables y contiene las limitaciones

    espaciales y temporales de la investigacin.

    2. Introduccin

    3. Planeamiento de la lnea de investigacin.3.1.Planteamiento del problema:

    a) Caracterizacin del problema: Incluye la descripcin de una situacin y cumple la funcin de contextualizar y justificar tema,

    problema, asunto o fenmeno que se propone estudiar, es tan

    amplio que comprende al conjunto de la tesis de carrera profesional.

    b) Enunciado del problema: Es recomendable hacerlo a travs de una pregunta de investigacin, que es la formulacin de una

    inquietud o inters especfico. Es la interrogante central que la

    Lnea de Investigacin buscar responder a travs de la ejecucin

    de las tesis, por los estudiantes. La pregunta orienta y especifica lo

    que se va a investigar, y se debe expresar en una dimensin

    temporal.

    3.2.Objetivos de la investigacin:Es la formulacin del propsito de la Lnea de Investigacin Cientfica,

    es decir, lo que ste se propone explorar, explicar o describir. Los

    objetivos son las metas que se habrn logrado al finalizar las

    investigaciones de tesis que forman la Lnea de Investigacin Cientfica

    y deben estar directamente relacionados con la pregunta y enunciarse

    con el verbo en infinitivo. Los objetivos generales y especficos tienen

    Versin: 005 Cdigo: RRPDIC F. Implementacin: 28-02-14 Pag.: 20 de 32

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  • la finalidad de guiar la investigacin, sealar sus lmites, su amplitud y

    debe orientar sobre los resultados que se esperan obtener.

    3.3.Justificacin de la investigacin:Es la exposicin de la pertinencia y la relevancia del tema de la

    investigacin para el conocimiento en el campo de la especialidad y su

    prioridad en el contexto de la carrera profesional, as como de la

    factibilidad tcnica de realizar la investigacin en trminos del

    conocimiento previo y del acceso a la informacin. De qu manera y

    en qu medida la investigacin contribuir al avance del conocimiento

    y/o a la solucin de los problemas identificados en el campo de la

    especialidad? Qu vamos a aprender como resultado de esta

    investigacin que no se conozca en la actualidad? Por qu es

    importante conocer lo que se plantea en el proyecto? Cules son las

    posibilidades de tesis posibles que ofrece la Lnea de Investigacin

    Cientfica para los estudiantes de la carrera profesional?

    4. Revisin de literatura:Presentacin del marco terico y conceptual que respalda la Lnea de

    Investigacin Cientfica, incluyendo teoras relativas al conocimiento que se

    abordar, y ubicacin en el contexto de los principales debates tericos de

    la disciplina. Ayuda a precisar los aspectos que se estudiarn. Incluye las

    bases conceptuales para disear metodolgicamente la investigacin.

    Incluye la recopilacin de investigaciones realizadas en el pas y en el

    extranjero para enriquecer las propuestas tericas sobre el tema, es decir,

    qu se ha escrito o investigado al respecto?

    A partir de la revisin y recreacin de la literatura, se definen conceptos y

    categoras centrales de la lnea de investigacin cientfica que orientar a

    los tesistas.

    Versin: 005 Cdigo: RRPDIC F. Implementacin: 28-02-14 Pag.: 21 de 32

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  • 5. Metodologa.Es un plan que integra de manera coherente los objetivos de la lnea de

    investigacin cientfica, las tcnicas de recoleccin de informacin que se

    utilizarn y el anlisis previsto para la informacin recolectada. Comprende:

    5.1. Tipo y el nivel de la investigacin: Se establecer el nivel de las tesis en cuanto a su capacidad explicativa, (estudio

    exploratorio, descriptivo o explicativo); y el grado de cuantificacin

    de las mismas en cuanto a la informacin que se recolectar

    (estudio cualitativo, cuantitativo o mixto).

    5.2. Diseo de la investigacin: Se indicarn los procedimientos que utilizar el tesista para responder a la pregunta de investigacin.

    5.3. El universo o poblacin: Se establecer la procedencia de la informacin para el estudio de las variables y su forma de

    obtencin, estableciendo el universo y la poblacin objetivo,

    asimismo la muestra y el muestreo como forma de recoleccin de

    la informacin.

    5.4. Plan de anlisis: Breve orientacin del tratamiento de los datos, segn el tipo y naturaleza de la investigacin que emplear el tesista.

    6. Referencias bibliogrficas:Relacionadas con las diferentes fuentes de informacin, de distinto soporte

    (impreso, internet, audiovisual, etc.) que han sido consultadas durante el

    desarrollo del proyecto de la lnea de investigacin; debidamente citadas de

    acuerdo con la normatividad APA o Vancouver adaptados para su empleo en la Universidad, por el VI.

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  • Anexo N 2Esquema de proyecto de lnea de investigacin de maestra y doctorado

    1. Ttulo de la investigacinEl ttulo debe hacer referencia al objeto especfico de la lnea de

    investigacin; expresa la relacin entre las variables y contiene las

    limitaciones espaciales y temporales de la investigacin.

    2. Introduccin

    3. Planeamiento de la Lnea de investigacin3.1. Planteamiento del problema:

    a) Caracterizacin del Problema: Es la descripcin de una situacin que cumple la funcin de contextualizar y justificar un tema,

    problema, asunto o fenmeno que se propone estudiar en la Lnea

    de Investigacin, a travs de las tesis de los estudiantes de

    maestra o doctorado.

    b) Enunciado del problema: Es recomendable hacerlo a travs de una pregunta de investigacin, que es la formulacin de una

    inquietud o inters especfico. Es la interrogante central que el

    estudio buscar responder. La pregunta orienta y especifica lo que

    se va a investigar, y se debe expresar en una dimensin temporal.

    3.2. Objetivos de la Investigacin:Es la formulacin del propsito de la lnea de investigacin: lo que

    sta se propone explorar, explicar o describir a travs de la ejecucin

    de las tesis, por los estudiantes. Los objetivos son las metas que se

    habrn logrado al finalizar las tesis y deben estar directamente

    relacionados con la pregunta y enunciarse con el verbo en infinitivo. El

    objetivo general y los objetivos especficos tienen la finalidad de guiar

    las tesis, sealar sus lmites, su amplitud, y debe orientar sobre los

    resultados que se esperan obtener.

    Versin: 005 Cdigo: RRPDIC F. Implementacin: 28-02-14 Pag.: 23 de 32

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  • 3.3. Justificacin de la Investigacin:Es la exposicin de la pertinencia, la relevancia y prioridad del tema

    de la lnea de investigacin para el conocimiento en el campo de la

    maestra o doctorado del estudiante, as como de la factibilidad

    tcnica de realizar la investigacin en trminos del conocimiento

    previo y del acceso a la informacin. De qu manera y en qu

    medida las investigaciones de tesis contribuirn al avance del

    conocimiento y/o a la solucin de los problemas identificados por el/la

    investigador/a en el campo de la especialidad? Qu vamos a

    aprender como resultado de estas investigaciones que no se conozca

    en la actualidad? Por qu es importante conocer lo que se plantea

    en la Lnea de Investigacin?

    4. Marco terico y conceptual.4.1. El marco terico tiene las siguientes funciones:

    a) Integrar dentro de las teoras ya existentes el nuevo conocimiento

    que la investigacin de tesis generar.

    b) Ubicar el problema planteado en el contexto de los principales

    debates tericos en la disciplina y mostrar cmo las

    investigaciones de tesis derivadas ponen a prueba ideas

    establecidas u ofrece nuevas.

    c) Clarificar la visin del problema de investigacin formulado,

    ayudando a precisar los aspectos que se estudiarn en las tesis;

    de esta manera, afina la pregunta de investigacin.

    d) Orientar la bsqueda de respuestas a la pregunta de investigacin,

    sugiriendo nuevas hiptesis.

    e) Proporciona bases conceptuales para interpretar la informacin

    recogida en el desarrollo de la investigacin.

    4.2. Antecedentes:Es la presentacin sobre el conocimiento acerca del problema de la

    lnea de investigacin, a travs del resultado de investigaciones Versin: 005 Cdigo: RRPDIC F. Implementacin: 28-02-14 Pag.: 24 de 32

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  • previas. Qu se conoce acerca del problema de investigacin? Qu

    se ha escrito y/o investigado al respecto en el pas y en otros pases?

    4.3. Bases tericas de la investigacin:Es la recopilacin que se realiza sobre los enfoques tericos

    relacionados con el problema de investigacin, que incorpora los

    aportes originales para enriquecer las propuestas tericas que

    orienten a los tesistas sobre el tema. Es una recreacin basada en el

    anlisis y discusin de las ideas recopiladas, el establecimiento de

    conexiones entre las propuestas tericas y el problema de

    investigacin, la confrontacin entre distintas perspectivas tericas en

    relacin con el tema de la lnea de investigacin, o la discrepancia

    fundamentada con las proposiciones tericas.

    A partir de la revisin y recreacin de la literatura, se definen los

    conceptos y categoras centrales de la investigacin que orientarn

    las tesis de los estudiantes.

    5. Metodologa.Es un plan que integra de manera coherente los objetivos de la

    investigacin, las hiptesis, las tcnicas de recoleccin de informacin que

    se utilizarn y el anlisis previsto para la informacin recolectada.

    5.1. El tipo y el nivel de la investigacin, segn su nivel de capacidad explicativa (estudio exploratorio, descriptivo, explicativo) y el grado de

    cuantificacin, que aceptarn la informacin que se recolectar

    (estudio cualitativo o cuantitativo).

    5.2. Diseo de la investigacin. Son los procedimientos que se seguirn para validar las hiptesis en la realidad o responder a las preguntas

    de investigacin.

    5.3. El universo o poblacin sobre el que se investigar; o el corpus de documentos, mensajes o textos sujetos a anlisis; la definicin de la

    muestra (si se aplica).

    Versin: 005 Cdigo: RRPDIC F. Implementacin: 28-02-14 Pag.: 25 de 32

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  • 5.4. La definicin y operacionalizacin de las variables y los indicadores (si se aplica). Son los factores, rasgos o caractersticas de los individuos,

    grupos u objetos que sern observados.

    5.5. Las tcnicas e instrumentos y matriz de evaluacin, si el estudio lo requiere.

    5.6. Plan de anlisis. Breve explicacin del tratamiento de los datos, segn el tipo y naturaleza de la investigacin.

    5.7. Diseo de la Matriz de Investigacin.

    6. Referencias bibliogrficasRelacionadas con las diferentes fuentes de informacin, de distinto soporte

    (impreso, Internet, etc.) que han sido consultadas durante el desarrollo de la

    investigacin; debidamente citadas de acuerdo con la normatividad APA o

    Vancouver, adaptados para su empleo en la ULADECH Catlica por el VI.

    Anexos

    Versin: 005 Cdigo: RRPDIC F. Implementacin: 28-02-14 Pag.: 26 de 32

    Elaborado por: Rector Revisado por: Gerencia de Calidad Aprobado con Resolucin N0219-2014-CU-ULADECH CATLICA

  • Anexo N 3Esquema de proyecto de investigacin de carreras profesionales

    1. Ttulo de la tesis.2. Introduccin3. Planeamiento de la tesis.

    3.1. Planteamiento del problema:a) Caracterizacin del Problema:

    b) Enunciado del problema:

    3.2. Objetivos de la investigacin:3.3. Justificacin de la investigacin:

    4. Marco terico y conceptual.Presentacin de la revisin de literatura que respalda la tesis que incluye los

    Antecedentes y las Bases tericas de la investigacin. Principios bioticas,

    e Hiptesis, si se requiere.

    5. Metodologa.5.1. El tipo y el nivel de la investigacin de las tesis.5.2. Diseo de la investigacin. (Incluye hiptesis si se requiere)5.3. El universo o poblacin y muestra. 5.4. Plan de anlisis. 5.5. Matriz de consistencia

    6. Referencias bibliogrficas:

    Anexos

    Versin: 005 Cdigo: RRPDIC F. Implementacin: 28-02-14 Pag.: 27 de 32

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  • Anexo N 4Esquema del proyecto de investigacin de maestra y doctorado

    1. Ttulo de la tesis.2. Introduccin3. Planeamiento de la lnea de investigacin.

    3.1. Planteamiento del problema:a) Caracterizacin del problema

    b) Enunciado del problema:

    3.2.Objetivos de la investigacin:3.3.Justificacin de la investigacin:

    4. Marco terico y conceptual.4.1.Marco terico 4.2.Antecedentes4.3.Bases tericas de la investigacin

    5. Sistema de hiptesis.Las hiptesis son respuestas tentativas y provisorias a la pregunta o

    problema de investigacin. Son aseveraciones cuya veracidad est por

    confirmarse, pudiendo ser demostradas o contrastadas como resultado de

    la investigacin. Las hiptesis establecen relaciones (causales) entre

    variables y su uso es necesario cuando el estudio busca probar o demostrar

    algo. Los estudios cualitativos, que buscan probar o demostrar algo. Los

    estudios cualitativos, que buscan comprender e interpretar significados y

    representaciones sociales, no estn interesados en establecer relaciones de

    causalidad. Cuando se trata de estudios exploratorios, descriptivos y

    cualitativos, no necesariamente se formulan hiptesis.

    La formulacin de las hiptesis debe responder a las condiciones:

    a) Ser conceptualmente claras, expresando la implicacin, lgica entre las

    variables, y ser comprensibles.

    Versin: 005 Cdigo: RRPDIC F. Implementacin: 28-02-14 Pag.: 28 de 32

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  • b) Los trminos usados deben poseer una realidad emprica; las cualidades

    o los significados que denotan los trminos morales o trascendentes

    deben poder observarse, evitando los trminos.

    c) Ser aseveraciones no formuladas en trminos valorativos o evaluativos.

    d) Ser especficas o susceptibles de ser especificadas, evitando la

    generalidad que imposibilitara su verificacin.

    e) Estar relacionadas con los objetivos especficos de la investigacin.

    f) Estar relacionadas con un acopio de conocimiento anterior; ya sea a las

    teoras precedentes o a esquemas conceptuales expuestos en el marco

    terico.

    g) Debe ser posible verificar las hiptesis mediante el empleo de mtodos y

    tcnicas asequibles.

    6. Metodologa.Es un plan que integra de manera coherente los objetivos de la

    investigacin, las hiptesis, las tcnicas de recoleccin de informacin que

    se utilizarn y el anlisis previsto para la informacin recolectada.

    6.1.El tipo y el nivel de la investigacin. 6.2.Diseo de la investigacin.6.3.El universo, la poblacin y la muestra. 6.4.Definicin y operacionalizacin de las variables y los indicadores. 6.5.Tcnicas e instrumentos y matriz de evaluacin.6.6.Plan de anlisis. 6.7.Matriz de consistencia.

    7. Referencias bibliogrficasAnexos

    Versin: 005 Cdigo: RRPDIC F. Implementacin: 28-02-14 Pag.: 29 de 32

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  • Anexo N 5Esquema de informe final de investigacin de carrera profesional

    1. Ttulo de la tesis2. Hoja de firma del jurado y asesor3. Hoja de agradecimiento y/o dedicatoria (opcional)4. Resumen y abstract 5. Contenido6. ndice de grficos, tablas y cuadros.

    I. IntroduccinII. Revisin de literaturaIII. Metodologa3.1 Diseo de la investigacin

    3.2 Poblacin y muestra

    3.3 Tcnicas e instrumentos

    3.4 Plan de anlisis

    IV. Resultados

    4.1 Resultados

    4.2 Anlisis de resulta

    V. ConclusionesAspectos complementarios

    Referencias bibliogrficas

    Anexos

    Versin: 005 Cdigo: RRPDIC F. Implementacin: 28-02-14 Pag.: 30 de 32

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  • Anexo N 6Esquema de informe final de investigacin de maestra y doctorado

    1. Ttulo de la tesis

    2. Hoja de firma del jurado y asesor

    3. Hoja de agradecimiento y/o dedicatoria (opcional)

    4. Resumen y abstract

    5. Contenido

    6. ndice de grficos, tablas y cuadros.

    7. Introduccin

    I. Planteamiento del estudio1.1 Introduccin

    1.2 Formulacin del problema y justificacin del estudio

    1.3 Antecedentes relacionados con el tema

    1.4 Objetivo general y objetivos especficos

    II. Marco terico2.1 Bases tericas relacionadas con el estudio

    2.2 Definicin de trminos usados

    2.3 Hiptesis

    2.4 Variables

    III. Metodologa3.1 Diseo de la investigacin

    3.2 Poblacin y muestra

    3.3 Tcnicas e instrumentos

    IV. Resultados4.1 Resultados

    4.2 Anlisis de resultados

    V. ConclusionesAspectos complementarios

    Referencias bibliogrficas

    Anexos

    Versin: 005 Cdigo: RRPDIC F. Implementacin: 28-02-14 Pag.: 31 de 32

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  • Anexo N 07Tabla de calificacin de sustentacin

    CONCEPTO NOTA (Vigesimal)

    SOBRESALIENTE 18 20

    SUMMA CUM LAUDE (Para maestra doctorado) 20Con mximas alabanzas incluye publicacin

    RECOMENDACIN DE PUBLICACIN 19EXCELENTE 18MUY BUENO 16 17 BUENO 14 15APROBADO 13INSUFICIENTE 12 Desaprobado 11 o menos

    Versin: 005 Cdigo: RRPDIC F. Implementacin: 28-02-14 Pag.: 32 de 32

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