reglamento interno colegios 2021

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REGLAMENTO INTERNO COLEGIOS 2021 Versión N° 02: 23/08/2020 Página 1 de 64 San Borja, 23 de agosto del 2020 CONSIDERANDO: Que es necesario adecuar el Reglamento Interno vigente de la Institución Educativa a las nuevas disposiciones legales expedidas, especialmente en el sector educativo y laboral, así como a las necesidades institucionales, con el propósito de tener un instrumento técnico actualizado a la nueva normatividad que establezca la vida institucional de la Corporación Pamer, a fin de garantiza un eficiente servicio. Que habiendo constituido una Comisión de Trabajo conformada por los Directores de todas las sedes de la Institución Educativa “PAMER”, pertenecientes a la Promotora Los Olivos SAC y de conformidad con las Normas para la “Organización, desarrollo de las Actividades Ed ucativas del Año Escolar de 2020”, se formuló el presente REGLAMENTO INTERNO, el cual regirá durante el periodo 2021. DE CONFORMIDAD CON: La Ley de los Centro Educativos Privados Nº 26549, en concordancia con la Ley de Promoción de la Inversión en la Educación, DL 882, establece que corresponde a la persona natural o jurídica propietaria de un Centro Educativo establecer, entre otros aspectos, la línea axiológica que regirá en su Centro; Dirección, organización, administración y funciones, regímenes económico, disciplinario; pensiones y becas; las relaciones con los padres de familia, etc., sin más limitaciones que las que pudieran establecer las Leyes, todo lo cual constará en el presente Reglamento Interno; SE RESUELVE: 1. Aprobar en todas sus partes el presente Reglamento Interno (RI) de la Institución Educativa Pamer para el periodo 202, ordenándose su debido cumplimiento en sus diversos aspectos quienes intervienen en la acción y gestión educativa. 2. Disponer su difusión entre el personal Directivo, Jerárquico, docente, Administrativo, educandos y padres de familia, a fin de que sea ejecutado. LA CORPORACION EDUCATIVA PROMOTORA LOS OLIVOS SAC

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REGLAMENTO INTERNO COLEGIOS 2021

Versión N° 02: 23/08/2020 Página 1 de 64

San Borja, 23 de agosto del 2020

CONSIDERANDO:

Que es necesario adecuar el Reglamento Interno vigente de la Institución Educativa a las nuevas disposiciones legales expedidas, especialmente en el sector educativo y laboral, así como a las necesidades institucionales, con el propósito de tener un instrumento técnico actualizado a la nueva normatividad que establezca la vida institucional de la Corporación Pamer, a fin de garantiza un eficiente servicio.

Que habiendo constituido una Comisión de Trabajo conformada por los Directores de todas las sedes de la Institución Educativa “PAMER”, pertenecientes a la Promotora Los Olivos SAC y de conformidad con las Normas para la “Organización, desarrollo de las Actividades Educativas del Año Escolar de 2020”, se formuló el presente REGLAMENTO INTERNO, el cual regirá durante el periodo 2021.

DE CONFORMIDAD CON:

La Ley de los Centro Educativos Privados Nº 26549, en concordancia con la Ley de Promoción de la Inversión en la Educación, DL 882, establece que corresponde a la persona natural o jurídica propietaria de un Centro Educativo establecer, entre otros aspectos, la línea axiológica que regirá en su Centro; Dirección, organización, administración y funciones, regímenes económico, disciplinario; pensiones y becas; las relaciones con los padres de familia, etc., sin más limitaciones que las que pudieran establecer las Leyes, todo lo cual constará en el presente Reglamento Interno;

SE RESUELVE:

1. Aprobar en todas sus partes el presente Reglamento Interno (RI) de la Institución

Educativa Pamer para el periodo 202, ordenándose su debido cumplimiento en sus diversos aspectos quienes intervienen en la acción y gestión educativa.

2. Disponer su difusión entre el personal Directivo, Jerárquico, docente,

Administrativo, educandos y padres de familia, a fin de que sea ejecutado.

LA CORPORACION EDUCATIVA PROMOTORA LOS OLIVOS SAC

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BASE LEGAL

• Constitución Política del Perú.

• Reglamento de la Ley General de Educación Nº 28044 y su Reglamento aprobado por D.S 011-2012- ED.

• Reglamento de Instituciones Educativas Privadas de Educación Básica y Educación Técnico productiva, DS 009-2006-ED.

• Ley de Promoción de la Inversión en la Educación, Decreto Legislativo N° 882 y sus Reglamentos.

• Reglamento de Educación Básica Regular, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2004-ED.

• Reglamento de Gestión del Sistema Educativo, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2005-ED

• Evaluación de los Aprendizajes de los Estudiantes de Educación Básica Regular, aprobados por Resolución Ministerial N° 234-2005-ED.

• Código de los Niños y Adolescentes, aprobado por Ley 27337. Código de protección y defensa del consumidor Ley N° 29571.

• Ley de Protección a la Economía Familiar Respecto al Pago de las Pensiones de Enseñanza 27665 y su Reglamento.

• Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas. Ley N° 29719.

• Decreto Supremo N° 042-2011-PCM, del 07 de mayo de 2011, sobre obligación de llevar el Libro de Reclamaciones en las Instituciones Educativas.

• Reglamento del libro de reclamaciones del código de protección y defensa del consumidor. D. S. 011-2011-PCM

• Ley N° 28119, que prohíbe el acceso de menores de edad a páginas WEB de contenido pornográfico y a cualquier otra forma de comunicación en red de igual contenido.

• La Ley N° 29988, denominada “Ley que estable Medidas Extraordinarias para el Personal Docente Administrativo de Instituciones Educativas Públicas y Privadas, Implicado en delitos de Terrorismo, Apología del Terrorismo, Delitos de Violación de la Libertad Sexual y Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas; crea el Registro de Personas Condenadas o Procesadas por el Delito del Terrorismo, Apología del Terrorismo, Delitos de Violación de la Libertad Sexual y Tráfico Ilícito de Drogas y Modifica los Artículo 36° Y 38° del Código Penal”

• Decreto Supremo N° 004-98-ED. Reglamento de Infracciones y Sanciones para Instituciones Educativas Privadas, modificado por D.S N° 011-98-ED y D.S. N° 002-2001-ED y ampliado por el D.S. N° 005-2002-ED.

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• R.M. N° 0069-2008-ED, aprueba la Directiva “Normas para la matrícula de niños y jóvenes con discapacidad en los diferentes niveles y modalidades del sistema educativo de la Educación Inclusiva.

• Directiva Nº 004-VMGP-2005, aprobada por R.M. Nº 0234-2005-ED (Evaluación de los aprendizajes de los estudiantes en la Educación Básica Regular.)

• Ley de Seguridad y Salud en el trabajo N° 29783 y su Reglamento aprobado por D.S. 005 - 2012 –TR.

• Ley N° 28740. Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa.

• Orientaciones y Normas Nacionales para la Gestión de las Instituciones Educativas para la Educación Básica y Educación Técnico-Productiva, emitidas anualmente por el Ministerio de Educación.

• Disposiciones del Régimen Laboral de la Actividad Privada. Disposiciones emanadas del Ministerio de Educación.

• Ley N° 29733 de Protección de datos personales y su reglamento.

• Ley que protege a los consumidores de las prácticas abusivas N° 29694 y Ley N°29839 modificatoria de Ley N° 29694.

• Reglamento de Ley N° 29694. D. S. 015-2012-ED

• Ley N° 29694, Ley que Protege a los Consumidores de las Prácticas Abusivas en la Selección o Adquisición de Textos Escolares para Logrear su Eficiencia, modificada por el Ley N° 29839 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 015-2012-ED, del 28 de setiembre de 2012

• Criterios e indicadores de calidad para la evaluación de textos escolares. R. M. 0304-2012-ED

• Ley 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativa y su Reglamento D. S. N° 010-2012-ED

• Aprueban Guía Técnica de Gestión de Promoción de la Salud en Instituciones Educativas para el Desarrollo Sostenible. R. M. 298-2011-MINSA

• Lista de Alimentos Saludables recomendados para su expendio en los Quioscos Escolares de las Instituciones Educativas. R. M. 908-2012-MINSA

• Diseño Curricular Nacional de Educación Básica - Aprobado mediante Resolución Ministerial 281-2016-MINEDU publicada el 03 de junio del 2016.

• D.L. N° 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa

• D.S. N° 013-2004-ED. Reglamento de Educación Básica Regular. Proyecto Educativo Institucional del Colegio.

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• R.V.M. Nº 086-2015 – MINEDU – “Normas para la Aprobación de los Viajes de Estudios, Visitas Culturales, Jornadas y Paseos de Integración, Participación en Eventos Deportivos y Culturales y Otras Actividades Escolares.

• R.M. Nº 665-2018-MINEDU “Norma que regula la matrícula escolar y traslado en las Instituciones Educativas y programas de Educación Básica”.

• R.M. Nº 712 – 2018 - MINEDU “Normas y Orientaciones para el desarrollo del año escolar 2019 en Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica”

• R.V.M. 093 – 2020 Aprobar la Norma Técnica denominada "Disposiciones para la prestación del servicio de educación básica a cargo de instituciones educativas de gestión privada, en el marco de la emergencia sanitaria para la prevención y control del COVID-19"

• R.M. 160 – 2020 Disponen el inicio del año escolar el 6 de abril de 2020, a través de la implementación de la estrategia denominada “Aprendo en casa”, y aprueban otras disposiciones.

• Resolución Viceministerial N° 079-2020-MINEDU Aprobar la Norma Técnica denominada "Disposiciones para la prestación del servicio de educación básica a cargo de instituciones educativas de gestión privada, en el marco de la emergencia sanitaria para la prevención y control del COVID-19", aprobado por R.V 220 – 2019

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INDICE

TÍTULO I

DE LAS GENERALIDADES Y LA ENTIDAD PROMOTORA ___________________ 7

GENERALIDADES........................................................................ ............................ 7

LA ENTIDAD PROMOTORA..................................................................................... 7

TÍTULO II

IDEARIO, PRINCIPIOS Y FINALIDAD _____________________________________ 9

PRINCIPIOS RECTORES......................................................................................... 9

TÍTULO III

MISIÓN Y OBJETIVOS________________________________________________ 11

NUESTRA MISIÓN ......................................................................... ........................ 11

OBJETIVOS DE LA IEP .......................................................................................... 12

TITULO IV

ESTRUCTURA ORGANICA Y FUNCIONES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA___ 15

ESTRUCTURA ORGANICA.................................................................................... 15

FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES................................................................. 16

TITULO V

DE LOS DERECHOS, ATRIBUCIONES, PROHIBICIONES, ESTÍMULOS, FALTAS Y SANCIONES DEL PERSONAL _________________________________________ 25

DEBERES Y DERECHOS DEL PERSONAL........................................................... 25

DE LA SUPERVISION DEL PERSONAL Y CONTROL DE ASISTENCIA ............... 26

DE LOS ESTÍMULOS Y SANCIONES .................................................................... 29

TITULO VI

ORGANIZACIÓN Y PLANEAMIENTO DEL TRABAJO EDUCATIVO____________ 31

PLANIFICACIÓN DEL AÑO ESCOLAR .................................................................. 31

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TÍTULO VII

MANUAL DE CONVIVENCIA DE LOS ALUMNOS __________________________ 36

DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES............................................... 36

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DE CONDUCTA............................................... 39

TITULO VIII

NORMATIVAS INTERNAS _____________________________________________ 45

PRESENTACIÓN Y ASISTENCIA........................................................................... 45

PROHIBICIONES Y AMONESTACIONES .............................................................. 47

PROMOCIÓN DE AÑO, REPITENCIA Y CERTIFICACIÓN .................................... 48

ALIMENTACIÓN SALUDABLE................................................................................ 50

TÍTULO IX

DIRECTIVAS DEL AÑO ESCOLAR ______________________________________ 51

MATRÍCULA ........................................................................................................... 51

REGIMEN ECONÓMICO .......................................................... .............................. 52

INCUMPLIMIENTO DE PAGOS.............................................................................. 54

OTORGAMIENTO DE BECAS................................................................................ 55

TÍTULO X

ACTIVIDADES ESPECIALES___________________________________________ 58

TITULO XI

PROTOCOLOS DE ATENCIÓN _________________________________________ 61

SEGURIDAD Y EMERGENCIAS ............................................................................ 61

VIOLENCIA ESCOLAR ........................................................................................... 62

SOLICITUDES, QUEJAS Y RECLAMOS ................................................................ 64

DISPOSICIONES FINALES ____________________________________________ 64

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TÍTULO I DE LAS GENERALIDADES Y LA ENTIDAD PROMOTORA

CAPÍTULO I

GENERALIDADES

Art. 1. El presente Reglamento Interno establece la línea axiológica del COLEGIO; su

organización administrativa y académica, la duración, contenido, metodología y sistema pedagógico del Plan Curricular de cada año; los sistemas de evaluación y control de los estudiantes; la dirección, organización, administración y funciones del Centro; los regímenes económico, laboral, disciplinario, de pensiones y de becas; proceso de matrícula, evaluación y certificación; las relaciones con los padres de familia y otras instituciones.

Art. 2. El presente Reglamento Interno es el documento normativo del COLEGIO. Tiene fuerza

de contrato y cumplimiento obligatorio para toda la comunidad educativa: Personal Directivo, Jerárquico, Docente, Administrativo y de Servicio, Alumnos y Padres de Familia y otros estamentos del colegio.

Art. 3. La interpretación auténtica o la modificación total o parcial del presente Reglamento

Interno es atribución de la Promotora Los Olivos SAC, en coordinación con el Director de sede, quien está facultado para emitir las disposiciones que sean necesarias para subsanar cualquier vacío o implicancia que contenga.

Art. 4. Toda acción y gestión educativa que desarrolla la Institución se sustenta en el presente

Reglamento Interno.

CAPÍTULO II

LA ENTIDAD PROMOTORA

Art. 5. La IEP PAMER forma parte de la PROMOTORA LOS OLIVOS S.A.C. La Promotora a través de sus apoderados ejerce la representación legal del Colegio, ante las autoridades judiciales, autoridades educativas, municipales y otras, pudiendo entre otras funciones, ejercer cualquier actividad de representación, firmar cualquier documento a mérito ejecutivo y legal. La entidad promotora está representada por sus apoderados legales.

Art. 6. Los acuerdos y directivas de la Gerencia son de cumplimiento obligatorio para todos los

demás estamentos de la IEP PAMER.

Art. 7. El domicilio legal de la Promotora Los Olivos SAC es el local ubicado en la Jr. López De Ayala 1510, distrito de San Borja, Provincia y Departamento de Lima.

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TÍTULO II IDEARIO, PRINCIPIOS Y FINALIDAD

CAPITULO I

PRINCIPIOS RECTORES

Art. 8. La IEP PAMER es consecuente con los principios universales y las necesidades

esenciales de la persona, estableciendo una relación fundamental entre cada uno de sus principios rectores.

Art. 9. La IEP PAMER tiene como principios rectores de su acción educativa el atender las

siguientes necesidades fundamentales de la persona humana:

a. Vivir bajo principios universales que orienten sus pensamientos y acciones.

b. Considerarse a sí mismo un ser único e irrepetible, dueño de un pensamiento

propio.

c. Entender su naturaleza eminentemente social.

d. Capacitarse adecuadamente para responder a las exigencias de los estudios superiores.

e. Desarrollar su personalidad y formar su carácter como elementos fundamentales para tener éxito en la vida.

f. Poseer una Visión Personal y dar sentido a la vida y trascender.

Art. 10. Son principios rectores de la persona humana:

a. Tener una Visión Personal y trascender en la vida.

b. Considerarse a sí mismo un ser único e irrepetible, dueño de un pensamiento

propio.

c. Vivir bajo principios universales que orienten sus pensamientos y acciones.

d. Entender su naturaleza eminentemente social.

Art. 11. Son principios rectores de LA IEP PAMER para lograr una visión personal y trascender en la vida:

a. Principio de identidad: Fomentar una educación liberadora y centrada en el alumno en el aprendizaje del estudiante.

b. Principio de trascendencia: Ser parte de un sistema educativo que contribuya a formar hombres libres, creativos, participativos, solidarios.

c. Principio de la competencia: Una educación íntegra, que propicie la formación de seres humanos que sean competentes en el saber, ser, hacer y convivir.

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Art. 12. Los valores y rasgos a considerar en la necesidad de considerarse a sí mismo un ser único e irrepetible, dueño de un pensamiento propio son:

a. Comprenderse como un ser inacabado y perfectible, y consecuentemente a sus obras de la misma forma.

b. Auto aceptarse y valorarse incondicionalmente.

c. Ejercer su libertad como característica inherente a su condición de ser humano. d. Liberarse de todo determinismo psíquico o ambiental, ser capaz de despojarse de

toda idea negativa preconcebida.

e. Conocer su función transformadora y forjadora de sí mismo.

f. Hacer de la vida escolar una experiencia agradable.

g. Desarrollar la capacidad de adaptarse a los cambios manteniendo sus valores.

h. Desarrollar una orientación vocacional que permita descubrir los intereses y aptitudes, enfatizando la actitud de servicio.

i. Formar seres humanos con comportamientos éticos, capaces de vivir en democracia.

j. Formar gente emprendedora y capaz de auto generarse su propio empleo.

k. Desarrollar el espíritu investigador, a través de la indagación.

Art. 13. Los valores y rasgos a considerar en la necesidad de vivir bajo principios universales que orienten sus pensamientos y acciones son:

a. Ser consciente de que los principios universales son leyes naturales respecto de las cuales toda doctrina o ideología debe subordinarse.

b. Entender que los principios universales forman parte del derecho natural de todo ser humano y garantizan una sana convivencia social.

c. Comprender que los principios universales son directrices para la conducta humana que son básicamente indiscutibles por ser evidentes por sí mismos.

Art. 14. Los valores y rasgos a considerar en la necesidad de entender su naturaleza

eminentemente social son:

a. Identificarse como ser social y encontrar así su realización plena.

b. Convivir en sociedad y valorar las diferencias producto de la interculturalidad.

c. Reconocer en la realidad multicultural una fuente de mayor enriquecimiento

personal y social.

d. Formar líderes democráticos y que compartan y practiquen valores y sean agentes de cambio, estimulando la conciencia crítica y reflexiva.

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e. Respetar la individualidad de cada persona.

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TÍTULO III MISIÓN Y OBJETIVOS

CAPITULO I

NUESTRA MISIÓN

Art. 15. Pamer en su calidad de institución educativa privada tiene como misión formar alumnos

de alto nivel, para lo cual tiene por objeto prestar servicios educativos a nivel inicial, primario y secundario. Formando así estudiantes de alto nivel en los distintos campos de la ciencia, tecnología y humanidades.

Art. 16. Nuestra propuesta pedagógica se basa en formar estudiantes competentes que logren

tener éxito en la vida, potenciando sus habilidades innatas y manteniendo su Alto Nivel Académico.

Los principios que sustentan esta propuesta son: - Conocimiento del contenido como centro de nuestra organización curricular. - Evaluación como eje articulador del proceso enseñanza-aprendizaje. - Alta exigencia académica, basada en la profundización de los contenidos

fundamentales. - Acompañamiento tutorial en la dimensión académica y personal. - Enfoque didáctico basado en metodologías activas. - Integración selectiva de la tecnología en el proceso enseñanza-aprendizaje. - Atención a los diversos ritmos de aprendizaje.

Art. 17. Para ejecutar nuestra propuesta pedagógica, nos basamos en un enfoque sistémico que

permite trabajar de manera organizada y en sinergia una serie de elementos y recursos presentes en la formación del estudiante, al mismo que en adelante lo llamaremos SISTEMA PAMER.

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Art. 18. Los hábitos que Pamer se propone a desarrollar en sus estudiantes para lograr nuestra MISIÓN son los siguientes:

- Garantizar el bienestar de cada uno de nuestros estudiantes, tratando a cada uno

de forma digna y justa. - Realizar trabajos orientados a su proyecto de vida, acompañado por los PADRE DE

FAMILIA y la comunidad Pamer. - Cuidar de su integridad física, intelectual y emocional. - Tener participación activa en clases - Cumplir con las actividades académicas encomendadas. - Realizar reuniones individuales con los PADRE DE FAMILIA con la finalidad de dar

a conocer alcances, brindar información de manera periódica del avance de sus hijos.

- Hacer participar al PADRE DE FAMILIA de nuestro progreso como institución y nuestro lineamiento académico.

- Buscar que el alumno sea constante en su formación - Adaptarse a las diversas situaciones - Despertar en el alumno Pamer los hábitos de competitividad los cuales le servirán

en su futuro académico.

Art. 19. Para llevar a la realidad esta propuesta, debemos entender que es una tarea que exige

el compromiso de la IEP PAMER, estudiantes y padres de familia, y que el éxito de la misma dependerá del trabajo armónico de todos, pero bajo los lineamientos del Sistema Pamer.

CAPITULO II

OBJETIVOS DE LA IEP

Art. 20. La Institución Educativa Privada tiene los siguientes objetivos generales:

✓ Participar en el proceso de formación de los estudiantes PAMER generando competencias que les permitan tener un ALTO NIVEL académico y el desarrollo de su personalidad.

✓ Conocer sus derechos y generar el respeto en los mismos ✓ Despertar y propiciar la personalización, socialización y sistematización de la

acción educativa ✓ Ayudar a los estudiantes a tener metas y objetivos claros empleando los medios

más adecuados para alcanzarlos

Art. 21. La IEP PAMER tiene los siguientes objetivos específicos:

✓ Planificar, diseñar, organizar, ejecutar y evaluar el servicio educativo acorde a la realidad garantizando la calidad y eficiencia de la propuesta.

✓ Formar a los estudiantes Pamer como personas seguras y autónomas valorando aspectos cognitivos, afectivos y sociales, desarrollando una formación integral a través de nuestra nueva propuesta ordenada y sistemática.

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✓ Desarrollar y perfeccionar la propuesta Pamer para mejorar la calidad del estudiante. ✓ Propiciar en los estudiantes Pamer un aprendizaje amplio, sólido y humanista ✓ Fomentar en los estudiantes los conocimientos técnicos y científicos acorde con el

mundo globalizado ✓ Formar estudiantes disciplinados y con valores que les permita una convivencia

saludable. ✓ Enseñar a amar al Perú y a los peruanos, especialmente a los más necesitados,

brindando experiencias que permitan:

• Conocer la realidad socio – económica, política y cultural del país. Valorar y aceptar ser parte de este país y su historia.

• Formarse en los valores cívicos y patrióticos.

• Comprometerse para la construcción de un país más justo, solidario y libre.

• Lograr que nuestros estudiantes afronten con éxito sus estudios superiores.

Art. 22. Son objetivos específicos de la educación que la institución educativa imparte:

a. Como Educación Democrática:

✓ Educar para la justicia y la paz considerando la realidad actual. ✓ Educar para el servicio, capacitando a la persona no solo en el cómo desarrollar sus

talentos y habilidades, sino ahondar en los fines para los que vive y trabaja empleando toda inteligencia y actividad al servicio y desarrollo de la comunidad.

b. Como Educación Personalizada:

✓ Reconocer la libertad y la libre elección de cada estudiante. ✓ Tratar al alumno como un miembro más de la sociedad, con sus propias capacidades

y forma de visión. ✓ Generar en el estudiante la libertad de expresar, participar y aportar sus ideas. ✓ Favorecer la individualidad de cada alumno.

Art. 23. Son objetivos de la Educación Primaria que ofrece la Institución Educativa:

✓ Proporcionar un adecuado dominio de la lectura, de la expresión oral y escrita y de la matemática elemental, el conocimiento básico de la historia y geografía del Perú y su relación con las del mundo y el de los principales fenómenos de la naturaleza con especial referencia a la realidad local y nacional.

✓ Desarrollar las facultades cognoscitivas, psicomotoras y volitivas del educando, consolidando las bases de su formación integral.

✓ Estimular la capacidad de creación, orientar el desarrollo vocacional y propiciar la adquisición de hábitos de seguridad, orden, higiene, urbanidad y equilibrada relación social.

✓ Promover el conocimiento y práctica de los valores éticos, cívico - patrióticos, estéticos y religiosos.

Art. 24. Son Objetivos de la Educación Secundaria que ofrece la Institución Educativa.

✓ Brindar al educando oportunidades de aprendizaje que le permitan adquirir conocimientos en los campos humanísticos, científicos y tecnológicos, y que estimulen el desarrollo de sus capacidades para comprender, analizar, explicar y evaluar el medio natural, cultural y social en los ámbitos local, nacional e internacional.

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✓ Profundizar el conocimiento y afianzar la práctica de los valores cívicos patrióticos, éticos, estéticos y religiosos para el positivo desenvolvimiento personal y social del educando en el marco del sistema institucional y democrático.

✓ Brindar al educando servicios de orientación y bienestar que contribuyan al conocimiento de sí mismo y el desarrollo de su personalidad.

✓ Ofrecer orientación vocacional y formación teórica práctica que facilite e incremente el desarrollo de conocimientos básicos, aptitudes, habilidades y destrezas relacionadas con un área ocupacional específica que lo inicie en la práctica ocupacional y lo capacite para estudios superiores.

✓ Organizar el trabajo educativo en función a las características propias del nivel y las condiciones ecológicas y socio económicas de la localidad

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TITULO IV ESTRUCTURA ORGANICA Y FUNCIONES DE LA COMUNIDAD

EDUCATIVA

CAPÍTULO I

ESTRUCTURA ORGÁNICA

Art. 25. La Institución Educativa Privada “PAMER” cuenta con la siguiente Estructura Orgánica:

a. Entidad Promotora

Consejo Educativo Institucional Integrada por la Gerencia General, las Gerencias de línea y la Dirección General de Colegios.

Backoffice de la Promotora Los Olivos.

b. Órgano de Dirección:

Dirección de la Institución Educativa.

c. Órgano de Coordinación. Director General de colegios Dirección de colegios Coordinaciones curriculares Coordinación de tutoría Coordinación Académica

d. Órgano de Ejecución Educativa. Docente Tutor Tutores Administrativos Personal Docente. Psicólogos e. Órgano de Apoyo Administrativo. Director de Colegio Backoffice

f. Padres de Familia y/o apoderados

Art. 26. Acerca de la organización:

a. El Director es la primera autoridad de la Institución Educativa, conduce sus actividades, lo

representa legalmente y lidera la participación de la comunidad escolar. El Docente es agente fundamental del proceso educativo y tiene como misión contribuir eficazmente en la formación de los estudiantes en todas las dimensiones del desarrollo humano. Por la naturaleza de su función, se exige idoneidad profesional, probada solvencia moral y salud física y mental que no ponga en riesgo la integridad de los estudiantes.

b. El Consejo Educativo Institucional está integrado por:

Director (Preside el Consejo Educativo Institucional) Coordinadores y/ Psicóloga.

1 representante docente

1 representante del Consejo Estudiantil

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c. El Docente Tutor cumple servicio de acompañamiento permanente y orientación a los alumnos para contribuir a su formación integral del estudiante especialmente en el desarrollo socio- afectivo, cognitivo y pedagógico.

Art. 27. Acerca de los docentes:

a Podrán ejercer la docencia en la Institución Educativa “PAMER”: Profesionales con título

pedagógico. Otros profesionales que tengan acreditación de complementación pedagógica.

b El personal docente depende de la Dirección de la Institución Educativa en todos los

aspectos académicos, administrativos y demás relacionados con la docencia. c El personal es contratado por la Institución Educativa y sus remuneraciones son

abonadas directamente por el plantel, sus derechos y deberes del Personal están regidos por las leyes laborales vigentes del sector privado.

d La Institución Educativa, dentro de lo posible, brindará al docente oportunidades de

capacitación y perfeccionamiento.

CAPÍTULO II

FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES

DE LA ENTIDAD PROMOTORA

Art. 28. Son responsabilidades de la Entidad Promotora:

a. Determinar la línea axiológica, de acción, organización y control directo de la Institución Educativa.

b. Aprobar o modificar el Reglamento Interno de la Institución Educativa en coordinación con la Dirección.

c. Designar al Director y solicitar su reconocimiento ante la Autoridad Educativa competente.

d. Asegurar la calidad del servicio educativo.

e. Estimular la actualización profesional del personal, así como propender a su mejora económica.

f. Asegurar el debido equipamiento y la oportuna renovación del mobiliario, equipos y material .

g. Propiciar el reconocimiento de todos los colaboradores en el desarrollo de sus funciones.

h. Crear espacios de integración en busca de fortalecer el clima laboral.

DEL DIRECTOR

Art. 29. Son funciones del Director: RESPONSABILIDADES EN LO PEDAGÓGICO

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REGLAMENTO INTERNO COLEGIOS 2021

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a. Elaborar, aprobar, ejecutar y evaluar el Proyecto Educativo Institucional, así como su Plan Anual de Trabajo, el Proyecto Curricular Institucional y su Reglamento Interno en concordancia con su línea axiológica y los lineamientos de política educativa pertinentes.

b. Organizar, conducir y evaluar sus procesos de gestión institucional y pedagógica.

c. Diversificar y complementar el currículo básico, realizar acciones tutoriales y seleccionar

los libros de texto y materiales educativos.

d. Propiciar un ambiente institucional favorable al desarrollo del estudiante.

e. Facilitar programas de apoyo a los servicios educativos de acuerdo a las necesidades de los estudiantes, en condiciones físicas y ambientales favorables para su aprendizaje.

f. Optimizar la calidad de los aprendizajes y el desempeño docente, desarrollando

estrategias de estimulación de talentos, promoviendo y estimulando permanentemente la innovación pedagógica.

g. Diseñar, ejecutar y evaluar proyectos de innovación pedagógica y de gestión,

experimentación e investigación educativa.

h. Promulgar los documentos normativos que orientan la vida de la Institución Educativa y que estén en concordancia con lo dispuesto por normas oficiales.

i. Monitorear, supervisar, asesorar y evaluar el servicio educativo.

j. Planificar, organizar, supervisar y evaluar las actividades técnico - pedagógicas.

k. Promover el desarrollo educativo, cultural y deportivo de su comunidad;

l. Autorizar y promover visitas de estudio, excursiones y demás actividades pedagógicas en diversos lugares de la comunidad.

m. Suscribir, en la Institución Educativa, convenios y/o contratos con fines educativos y

organizar eventos de capacitación y actualización docente.

n. Estimular y organizar la participación de los estudiantes de la Institución Educativa en eventos de carácter deportivo, cultural y prevención convocados por el Ministerio de Educación y otras instituciones, de acuerdo a las normas correspondientes.

o. Impulsar jornadas pedagógicas que promuevan espacios de interaprendizaje y reflexión,

así como actividades dirigidas a mejorar la calidad de los aprendizajes y el servicio educativo en el marco del PEI.

p. Informar periódicamente a la Dirección General de Colegios, sobre el desarrollo del

proceso de enseñanza - aprendizaje.

RESPONSABILIDADES EN LO ADMINISTRATIVO

a. Planificar, organizar y administrar los recursos y servicios prestados por la Institución Educativa, siguiendo las orientaciones del PEI y las normas oficiales;

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y atendiendo equitativamente las necesidades de los diversos niveles y modalidades existentes en la Institución Educativa.

b. Supervisar y evaluar las actividades administrativas en coordinación con el personal

directivo y jerárquico de la Institución Educativa.

c. Organizar el proceso de matrícula, autorizar traslados de matrícula y expedir certificados de estudio. Dentro de lo normado, aprobar las nóminas y actas, rectificar nombres y apellidos de los estudiantes en documentos oficiales, exonerar de asignatura y autorizar convalidaciones, pruebas de revalidación y de ubicación, en cualquier momento del año.

d. Evaluar, incentivar y reconocer el esfuerzo y mérito individual y colectivo del personal. En caso de una evaluación negativa, adoptar medidas correctivas según lo dispuesto por las normas vigentes.

e. Desarrollar acciones de formación y capacitación permanente

f. Otorgar certificados, diplomas y títulos según corresponda.

g. Rendir cuentas anualmente de su gestión pedagógica, administrativa y económica, ante

la Dirección General de Colegios.

RESPONSABILIDADES CON LA COMUNIDAD EDUCATIVA VIRTUAL

a. Cooperar en las diferentes actividades educativas de la comunidad virtual.

b. Prevenir y mediar en situaciones de conflicto, creando condiciones que favorezcan relaciones humanas positivas al interior de la comunidad escolar.

c. Otras funciones inherentes a su cargo.

DEL CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL:

Art. 30. Son funciones del Consejo Educativo Institucional:

a. Reunirse periódicamente para armonizar criterios relacionados con la formalización, ejecución, supervisión y evaluación del Plan Anual de la Institución Educativa.

b. Promover alternativas que contribuyan al mejor desarrollo de las actividades técnico -

pedagógica y administrativas de la Institución Educativa. c. Consolidar los informes técnico - pedagógicos y administrativos de los diferentes órganos

de la Institución Educativa.

DEL PERSONAL DOCENTE:

Art. 31. Son funciones de los docentes:

a. Planifica, desarrolla y evalúa actividades que aseguren el logro del proceso enseñanza-aprendizaje de los estudiantes, así como trabajar en el marco del respeto de las normas institucionales de convivencia en la comunidad educativa que integran.

b. Organiza y mantiene el orden en el salón a su cargo.

c. Inculcar a los estudiantes el sentido de la responsabilidad, obediencia, puntualidad,

respeto y orden.

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d. Llevar a cabo una revisión frecuente del material de clase.

e. Prestar atención a la asistencia, puntualidad y cumplimiento de los estudiantes.

f. Velar por la higiene y correcta presentación de los estudiantes. g. Inculcar a los estudiantes la formación de hábitos de estudio mediante la práctica de

métodos y técnicas apropiadas a la investigación.

h. Contribuir al desarrollo de las actividades educativas del Plantel, proporcionando asesoramiento a los estudiantes y participando en las actividades programadas para su sección.

i. Dar cuenta inmediata a la Dirección de los problemas que pudieran suscitarse en el orden

disciplinario, moral o social de los estudiantes.

j. Detectar los casos de problemas, tratando de darle solución en primera instancia, derivando los casos que requieran de mayor atención a la Dirección.

k. Entrevistar a los padres de familia en el horario establecido o citarlos cuando sea

necesario.

l. Asistir a las reuniones virtuales convocadas por la Dirección en los días y horas programadas.

m. Realizar actividades previamente coordinadas con la Dirección.

n. Emitir los informes de orden pedagógico y disciplinario que se les solicite y hacer las

sugerencias que estime conveniente para el mejor desarrollo del proceso educativo.

o. Intervenir y colaborar en la realización de las actividades educativas del Plantel.

p. Conectarse puntualmente para iniciar las clases virtuales y no interrumpirlas antes del término de duración de las mismas.

q. Presentar bimestralmente a la Dirección un informe sobre cada una de las áreas a su

cargo, de acuerdo a los puntos que se les solicite.

DEL PERSONAL DOCENTE - TUTOR:

Art. 32. Son funciones de los docentes-tutores:

a. Planifica, desarrolla y evalúa las actividades que aseguren el logro del aprendizaje de los estudiantes, así como trabajar en el marco del respeto de las normas institucionales de convivencia en la comunidad educativa que integran.

b. Cooperar a las acciones de mantenimiento y conservación de los bienes de la Institución

Educativa.

c. Participar en la planificación, ejecución y evaluación de las acciones educativas organizadas por la Institución Educativa.

d. Capacitarse, reentrenarse y perfeccionarse en las funciones específicas que les

corresponde y desempeñar con eficiencia, responsabilidad y dedicación.

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e. Cumplir y hacer cumplir estrictamente los reglamentos y directivas de la Institución Educativa.

f. Mantenerse continuamente informados acerca de los nuevos acontecimientos en sus

áreas, de las Tics y de las nuevas corrientes pedagógicas en general.

g. Utilizar técnicas y métodos adecuados que garanticen el mejoramiento cualitativo de la educación.

h. Presentar a la Dirección las sesiones de aprendizaje de las áreas a su cargo y el plan de

actividades complementarias que pretendieran realizar dentro del campo de su especialidad.

i. Respetar el sistema de evaluación del Plantel, rigiéndose en todo instante por la calendarización.

j. Efectuar las tareas que les corresponda como responsables de su área asignada

cumpliendo las directivas y recomendaciones de la Dirección.

k. Emitir los informes de orden pedagógico y disciplinario que se les solicite y hacer las sugerencias que estime conveniente para el mejor desarrollo del proceso educativo.

l. Conectarse puntualmente para realizar sus charlas y clases y no interrumpirlas antes del

término de duración de las mismas.

m. Ponerse a disposición de los padres de familia durante los períodos señalados en su horario de atención.

n. Asistir a todas las reuniones virtuales de profesores, de padres de familia o de cualquier

índole a las que fuera convocado.

o. Presentar bimestralmente a la Dirección un informe sobre cada una de las áreas a su cargo, de acuerdo a los puntos que se les solicite.

DE LOS TUTORES ADMINISTRATIVOS (TA)

Art. 33. Son funciones de los tutores administrativos:

a. Acompañar el proceso de desarrollo de los estudiantes a fin de contribuir a su formación

integral.

b. Cumplir con el Plan Tutorial de la institución, el cual será flexible y responderá al diagnóstico de necesidades e intereses de los estudiantes.

c. Facilitar la integración de los estudiantes.

d. Convoca reuniones bimestrales, para informar sobre el avance académico del estudiante

y su proceso de convivencia estudiantil.

e. Informar al Director de toda situación, hecho o acontecimiento que vulnere los derechos de los estudiantes, para que se tomen las medidas pertinentes.

f. Deriva al psicólogo a los estudiantes que muestren dificultades académicas y

emocionales.

g. Apoya en la orientación e información vocacional a los alumnos.

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REGLAMENTO INTERNO COLEGIOS 2021

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h. Brinda charlas informativas de prevención del uso indebido de drogas, educación sexual, prevención de la violencia escolar y atención a menores con ocupación temprana, con el acompañamiento del director. DE LOS PADRES Y APODERADOS

Art. 34. Independientemente de lo establecido en el Reglamento de la IEP PAMER todo padre

y/o apoderado debe tener presente que:

a. Será apoderado por derecho propio sólo el padre o la madre del estudiante o su tutor legal.

b. No podrá ser apoderado un menor de edad ni actuar en representación del apoderado

oficial.

c. Debe conocer el presente Reglamento Interno y velar porque su hijo(a) cumpla con las disposiciones contenidas en él.

d. Debe respetar los compromisos firmados con el Colegio en relación con los principios que

lo sustentan.

e. Está obligado a asistir a toda reunión virtual programada y comunicada con anticipación, ya sea por el docente tutor, profesor, tutor (a) administrativo (a) o por el Director (a) del Colegio.

f. Debe tener la disponibilidad de tiempo suficiente para conectarse a entrevistas a que

fuere citado por el Colegio o por algún profesional de éste de manera virtual.

g. Es su responsabilidad conocer el horario de clases virtuales, inicio y término de su hijo(a) en SEAL “Sistema de Enseñanza y Aprendizaje en Línea”, tanto de las actividades curriculares como autoaprendizajes en línea.

h. Incentivar a mantener encendida la cámara durante las clases virtuales a través de

Classroom, con la finalidad de monitorear el progreso y avance del estudiante, fomentando así su interacción y participación en la clase; dicha acción será también una evidencia de asistencia y participación en clases.

i. Debe asumir su responsabilidad, como tal, frente a cualquier conducta virtual negativa,

provocada por su hijo(a) o pupilo y que vaya en desmedro de su persona y de los principios de nuestro Centro Educativo.

j. Es su responsabilidad respetar los conductos regulares del Colegio.

k. Debe fomentar en sus hijos y ser ejemplo del respeto a las normas y disposiciones

contenidas en este reglamento.

l. Si existiese algún reclamo respecto del servicio educativo o administrativo deberá hacerlo siguiendo el debido proceso solicitando una cita con la debida anticipación con el docente tutor, profesor o director en su caso y guardando la postura y el trato correcto frente a las autoridades del colegio.

m. Está terminantemente prohibido aprovechar reuniones virtuales de Padres de Familia que tienen un fin y una agenda definidos para tocar otros temas ajenos a dicha agenda, en todo caso el padre de familia podrá solicitar una reunión individual o grupal de manera especial para tratar el caso respectivo y la dirección del colegio definirá la forma, lugar, fecha y modalidad de la reunión.

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n. Queda terminantemente prohibido interferir en la clase de los estudiantes utilizándolo como medio para presentar reclamos quejas y/o consultas, las cuales deberán realizarse mediante otros canales de atención.

o. Es deber del Padre de familia comunicar de manera oportuna el retiro de su menor hijo de

la institución educativa con no menos de 30 días de anticipación para emitir la ficha única de matrícula del SIAGIE y proceder con el retiro oficial en el sistema.

p. El colegio promueve lazos estrechos y la armonía entre Padres de Familia, alumnos y las

autoridades del plantel, por lo tanto, para los fines educativos la relación con los padres de familia debe ser de armonía y alineamiento con dichos fines, en consecuencia, no se permitirá comportamientos inadecuados irrespetuosos hacia las autoridades del colegio y en caso de darse se tomarán las acciones a que haya lugar dentro del marco legal respectivo.

q. Es de su responsabilidad respetar el compromiso contraído al formalizar la matrícula y

cancelar oportunamente las cuotas de escolaridad de su hijo. De lo contrario, el Colegio tomará las medidas correspondientes, según la situación.

Art. 35. Dado que el respeto mutuo y la óptima comunicación colegio-familia son requisitos

indispensables para la formación integral de nuestros alumnos, por lo que el padre de familia deberá cumplir con lo señalado en el presente artículo.

Art. 36. En caso de que el equipo directivo, docente o tutores a cargo de los estudiantes de la

Institución Educativa observen situaciones que presuman la existencia de desamparo o abandono por parte de las madres y padres de familia, tales como inasistencias reiteradas a reuniones virtuales, escuela de padres virtuales, aparente estado de abandono material o moral de la o el menor, en otros, o se tome conocimiento de situaciones de riesgo o desprotección familiar de los niños, niñas y adolescentes, deberán comunicar de forma inmediata a la dirección, quien a su vez informara a la Unidad de Protección Especial (UPE) o Defensorías Municipales del Niño y Adolescentes (DEMUNA), según corresponda en cumplimiento de lo establecido en el Reglamento de D.L. N° 1297.

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TITULO V

DE LOS DERECHOS, ATRIBUCIONES, PROHIBICIONES, ESTÍMULOS, FALTAS Y SANCIONES DEL PERSONAL

CAPITULO I

DEBERES Y DERECHOS DEL PERSONAL

Art. 37. Son deberes del personal:

a. Conectarse con puntualidad a sus clases virtuales y sin interrupción de la jornada

laboral. b. Controlar su inicio y término de clase. c. Participar en el desarrollo virtual del Calendario Cívico y ceremonias oficiales de la

Institución Educativa. d. Presentar el informe correspondiente al logro de objetivo y desarrollo de acciones

bimestrales. e. Contribuir en la manutención de la disciplina, formación moral de los educandos y a

su desarrollo integral. f. Cumplir con las disposiciones emanadas de la Dirección de la Institución Educativa. g. Cumplir con el desempeño de sus funciones, con los dispositivos legales establecidos

en la Ley General de Educación, el Reglamento de Centros Educativos No Estatales y el Reglamento Interno.

h. Mantener la dignidad y ética profesional en el desempeño de sus funciones. i. Abstenerse de realizar actividades de carácter mercantil. j. El personal docente no dictará clases particulares a sus estudiantes.

Art. 38. Son deberes del personal docente:

a. Mantener en toda ocasión comportamiento personal y social acorde con la dignidad

de la persona y el cargo. b. Asumir la responsabilidad de la formación integral de los educandos. c. Desempeñar sus funciones con responsabilidad, eficiencia profesional y dedicación,

orientándolos en beneficio del desarrollo de la comunidad. d. Rechazar toda acción que atente a la dignidad y abstenerse de realizar cualquier tipo

de proselitismo político, partidarista en el ejercicio de su función magisterial. e. Velar por el mantenimiento de la infraestructura y equipamiento educativo y promover

su mejoramiento. f. Cumplir las disposiciones impartidas por la Dirección de la Institución Educativa.

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g. Entregar un servicio educativo de calidad para ello deberá cumplir con lo siguiente:

1. Inicia puntual (5 minutos antes)

2. Inicia su clase con saludo y motivación 3. Su cámara está encendida y graba su clase 4. Indica las reglas del aula 5. Domina su tema 6. Explica con claridad y usa recursos didácticos virtuales 7. Utiliza esquemas y presentación (PPT) respecto a la semana, tema y sesión 8. Trabaja con el material (libro) 9. Desarrolla ejercicios (desde básicos hasta complicados) 10. Crea expectativas, logrando la atención de los alumnos 11. Hace participar a los alumnos 12. Pregunta al alumno si entendió la clase (por nombre, aleatorio) 13. Acompaña y orienta sobre las tareas, PPU, PPE y su avance (dosifica)

14. Felicita el avance, aumenta su confianza

Art. 39. Son derechos del personal:

a. Remuneraciones de acuerdo a Ley, las que se abonarán el último día del mes respectivo. Las remuneraciones vacacionales se abonarán de acuerdo a las normas vigentes. Las remuneraciones del personal están afectos a los descuentos de Ley y a las derivadas de sanciones administrativas que establezca la Dirección por inasistencia, tardanza y mandato judicial.

b. Percibir sus remuneraciones sin disminución salvo en los casos previstos por Ley.

c. Bienestar y seguridad social.

d. Goce vacacional. Las que son anuales de acuerdo a ley para aquel personal que tiene contrato a tiempo completo, con una duración de 30 días; las cuales serán programadas por la dirección de SEDE y comunicadas a los trabajadores, previa coordinación con el área de Administración de Personal y Recursos humanos, para ser reemplazados en sus funciones por otro trabajador mientras dure su descanso vacacional.

e. Los demás establecidos por Ley.

Art. 40. El personal particular será contratado por escrito y sujeto a las leyes laborales vigentes.

CAPÍTULO II

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DE LA SUPERVISION DEL PERSONAL Y CONTROL DE ASISTENCIA

Art. 41 La supervisión y evaluación para todo el personal de la Institución Educativa es permanente, está a cargo del Director de SEDE, pudiendo ser causal de despido en el trabajo el resultado negativo de la misma, en concordancia con las leyes laborales de la actividad privada.

Art. 42. En el desempeño de sus funciones el personal se hará acreedor a estímulos que valoren

su trabajo y dedicación:

Documentos oficiales de felicitación y reconocimiento. Menciones públicas y/o privadas. Incentivo económico para mejorar la capacitación profesional.

Art. 43. Es responsabilidad del trabajador conectarse puntualmente y observar en la plataforma

virtual los horarios establecidos, debiendo obligatoriamente reportar al director su asistencia al inicio y término de su clase virtual.

Art. 44. El registro de control de asistencia de los trabajadores, sustentará la formulación de la

Planilla de Pagos.

Art. 45. Los Jefes de cada Área son los directos responsables de remitir la información semanal correspondiente en caso de inasistencia injustificada de personal a su cargo, a la Jefatura del Área Administrativa.

Art. 46. Los Instrumentos para efectos del control de asistencia y permanencia del personal son:

Parte diario mediante teléfono. Formato de permisos (salidas de trabajo o personales). Formato de vacaciones.

Art. 47. El trabajador, podrá desplazarse fuera de la Institución Educativa, solo con el formato de

permisos, elaborado por el Jefe de Área y autorizado por la dirección.

Formato de permisos (desconectarse del trabajo o personales). Formato de vacaciones.

Art. 48. El trabajador, no podrá conectarse a su clase o reunión virtual, solo con el formato de

permisos, elaborado por el Jefe de Área y autorizado por la dirección.

Art. 49. Los Jefes de Área, no podrán conectarse a su clase o reunión virtual, solo con el formato de permisos, autorizada por la Directora, el Director de la Institución o el servidor a quien delegue con el visto bueno del Área Administrativa.

Art. 50. La asistencia será reportada al DS quien informará al Área Administrativa, bajo

responsabilidad, para efectos del control correspondiente.

Art. 51. El Titular de la Institución Educativa con conocimiento de la Gerencia de Gestión Humana, previo informe del Jefe de Área, autorizará la exoneración del registro de asistencia y / o cambio de horario de algún trabajador que por razones propias de la naturaleza de su función lo requiera. En este caso, el control de asistencia, es de responsabilidad directa del Jefe inmediato del trabajador, quien informará mensualmente al Área Administrativa

DE LAS TARDANZAS E INASISTENCIAS

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Art. 52. Constituyen tardanzas la conectividad a clase virtual después del horario establecido por la Institución Educativa. Después de este tiempo se considera tardanza.

Art. 53. La omisión del reporte de inicio y término de clase, será considerada como inasistencia,

salvo que sea justificada, con la clase virtual grabada, Esta situación tendrá alcance a la omisión de salida.

Art. 54. El trabajador, que por fuerza mayor no realice clase virtual, sin el permiso

correspondiente, podrá justificar su falta, dentro de las 24 horas posteriores, con los documentos sustentatorios que el caso exige; de lo contrario se considerará como inasistencia injustificada.

Art. 55. El trabajador, que por razones de enfermedad se encuentre impedido de realizar las

clases virtuales, está obligado a comunicar a la Dirección o Área Administrativa, en el término de cuatro horas posteriores a la hora de ingreso del día.

Art. 56. El personal docente, administrativo y de servicio, cumplirán con puntualidad y

responsabilidad el horario establecido. Su incumplimiento origina los descuentos respectivos. Dichos descuentos no tienen naturaleza disciplinaria por lo que no eximen de la sanción correspondiente.

Art. 57. Constituyen Inasistencia:

a. La no-concurrencia a la Institución de Trabajo.

b. No desempeñar la función, habiendo asistido.

c. Abandonar el Centro de Trabajo antes de la hora reglamentaria sin justificación

alguna.

d. No registrar en la tarjeta y/o en el parte diario la asistencia del Ingreso o Salida.

DE LAS LICENCIAS Y PERMISOS

Art. 58. La licencia es la autorización para no asistir a la Institución de trabajo uno o más días. Se inicia a petición de parte y está condicionada a la conformidad institucional. La licencia se formaliza mediante Resolución Directoral.

Art. 59. El personal docente, administrativo y tutores administrativos, cumplirán con la

puntualidad y la responsabilidad del horario establecido. Su incumplimiento origina los descuentos respectivos. Dichos descuentos no tienen naturaleza disciplinaria por lo que no eximen de la sanción correspondiente.

Art. 60. Constituyen Inasistencia:

a. La conexión a clase o reunión virtual.

b. No desempeñar la función, habiéndose conectado.

c. Desconectarse antes de la hora reglamentaria sin justificación alguna.

d. No informar al DS la asistencia del inicio y término de su clase.

DE LAS LICENCIAS Y PERMISOS

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Art. 61. La licencia es la autorización para no realizar las clases virtuales uno o más días. Se inicia a petición de parte y está condicionada a la conformidad institucional. La licencia se formaliza mediante Resolución Directoral.

Art. 62. Las licencias se otorgan: a). Con goce de remuneraciones:

Por enfermedad. Por gravidez Por fallecimiento, padres, hijos, hermanos, cónyuge o conviviente. Por paternidad

Por capacitación oficializada. Por citación expresa: Judicial, Militar o policial. Por función edil.

b). Sin goce de remuneraciones. Por motivos particulares Por capacitaciones no oficializadas.

c). A cuenta de período vacacional (Solo personal administrativo). Por Matrimonio.

Por enfermedad grave del Cónyuge, padres e hijos

Art. 63. El trabajador para hacer uso de la licencia, deberá contar previamente con la visación del Jefe inmediato superior, sin el cual no podrá iniciarse el trámite administrativo correspondiente.

Art. 64. El trabajador autorizado para hacer uso de licencia mayor de 10 días, como condición

previa, deberá hacer entrega del cargo al Jefe inmediato superior o al trabajador que este designe para su reemplazo.

Art. 65. El permiso es la autorización otorgada por el Titular de la Institución o Jefe inmediato

superior, para ausentarse por horas de las clases virtuales. El permiso se formaliza mediante papeleta por las siguientes causas:

✓ Por enfermedad. ✓ Por capacitación oficializada. ✓ Por citación expresa: Judicial, Militar o Policial. ✓ Por lactancia.

Art. 66. Los permisos por razones de enfermedad, durante la jornada de trabajo virtual o por cita

médica a ESALUD, serán concedidos por el Área Administrativa, debiendo el trabajador a su retorno presentar la constancia de atención médica. La omisión de entrega será considerada como abandono de labores y falta administrativa, sancionada conforme a dispositivos.

Art. 67. Las faltas por enfermedad deberán ser sustentadas con un descanso médico

debidamente emitida por un médico de ESSALUD o particular. El trabajador deberá de comunicar a su jefe directo los días de descanso y será el responsable de asegurar el envío del documento en original al área de bienestar social para el respectivo registro. En caso de no enviar el documento en original el día será considerado como falta procediendo al descuento respectivo.

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Art. 68. En caso de emergencias, de no encontrarse el jefe inmediato, los permisos serán autorizados por quien haga sus veces y visados por el Jefe del Área Administrativa.

CAPITULO III

DE LOS ESTÍMULOS Y SANCIONES

Art. 69. Las medidas disciplinarias tienen por objeto dar la debida oportunidad al trabajador para corregir su conducta en lo que se refiere a las obligaciones de trabajo, teniéndose en cuenta el principio de Autoridad. Art. 73. Las medidas disciplinarias son:

a. Amonestación verbal.

b. Amonestación escrita

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c. Suspensión sin goce de haber.

d. Rescisión de vínculo laboral.

Art. 70. Será amonestado por escrito el personal que incurriera entre otros, en las siguientes

faltas:

a. Faltar injustamente a clases virtuales. b. No informar su asistencia en el inicio o término de la clase virtual, o reportar por otros. c. Resistirse a dar cumplimiento a las directivas impartidas por la superioridad. d. Fomentar la indisciplina o desorden en las clases virtuales. e. Ausentarse o desconectarse de la clase virtual sin autorización de la Dirección. f. Efectuar actividades ajenas a su labor. g. Causar intencionalmente o por descuido, daños morales, físicos o psicológicos a los

alumnos y a la propiedad de la Institución Educativa.

h. Desprestigiar con su actitud o comportamiento a la Institución Educativa o sus compañeros de trabajo.

i. Interrumpir sus labores y/o ausentarse sin permiso de su lugar de trabajo por causas

no justificadas. j. Sacar de la Institución Educativa materiales de trabajo y otras pertenencias sin

autorización. k. Negarse a cumplir las obligaciones de su cargo. l. Falsear informaciones sobre su trabajo a los estudiantes, padres u otros.

Art. 71. Las amonestaciones escritas se harán por triplicado, debiendo ser firmadas por el

Director de la Institución Educativa. El trabajador firmará una copia como cargo de recepción. En caso de negativa se hará llegar por conducto notarial. Una copia será remitida a la Autoridad de Trabajo.

Art. 72. Será motivo de suspensión de uno a cinco días sin goce de haber por cometer las

siguientes faltas:

a. Reincidir en cualquiera de las faltas.

b. Incurrir en actos de indisciplina en el trabajo virtual.

c. Negligencia comprobada en sus funciones.

d. Cualquier falta similar a las anteriores mencionadas: por norma general:

La primera suspensión por cualquier causa será un día. La segunda de tres a cinco días y se entregará carta notarial. La tercera, despedida.

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Art. 73. Serán causales de despedida las faltas graves contempladas en el D. Leg. Nº 728-Ley de fomento del empleo (falta de capacidad profesional o de conducta). Dentro de la calificación falta grave, se tendrá en cuenta los factores que atenten contra la formación integral de los estudiantes en su aspecto intelectual, emocional, espiritual, moral y/o físico, según los fines educativos de la Institución Educativa.

Art. 74. Los descuentos por faltas de puntualidad se efectuarán en forma proporcional al tiempo no

trabajado. Art. 75. Los descuentos por faltas injustificadas se efectuarán en forma proporcional al tiempo no

trabajado.

TITULO VI ORGANIZACIÓN Y PLANEAMIENTO DEL TRABAJO EDUCATIVO

Art. 76. Las actividades que desarrolla la Institución Educativa se encuentran detalladas en el Plan

Anual de Trabajo (PAT) el cual es elaborado, ejecutado y evaluado por el Director(a), Personal Jerárquico y Docente de la Institución Educativa. El Plan Anual es aprobado por el director(a) de la Institución Educativa. Su evaluación es permanente.

Art. 77. El PAT se elabora en base al diagnóstico situacional según cada sede del colegio en Lima

y/o provincias. Nuestros estudiantes provienen de I.E. privadas y públicas de la localidad, teniendo desnivel de conocimientos académicos, sumándose a ello las características propias de los estudiantes en cuanto a sus ritmos y estilos de aprendizaje. Además de lo mencionado, existe desintegración familiar en el interior de las familias, lo cual influye en el aprendizaje de nuestros estudiantes, estos problemas serán tratados curricularmente en cada sesión de clase, insertando temas transversales en la enseñanza aprendizaje de nuestros estudiantes.

Art. 78. El responsable del cumplimiento de la jornada escolar, que se encuentra programada en el

Plan Anual de Trabajo (PAT), es el Director de la SEDE. El mismo, realizará el monitoreo y supervisión que garantice el cumplimiento de todas las actividades pedagógicas programadas durante el año escolar.

CAPITULO I

PLANIFICACIÓN DEL AÑO ESCOLAR

Art. 79. Los horarios establecidos son los siguientes:

DEL ACCESO A LA IEP:

Hora de Salida:

Estudiantes: Hora de Ingreso: 7:30 am. 3:30 pm. (Primaria)

3:50 pm. (Secundaria)

Docentes : Hora de Ingreso: 7:30 am. Hora de Salida: 4:30 pm.

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Administrativos: Hora de Ingreso: 7:30 am. Hora de Salida: 4:30 pm.

REFRIGERIO:

Estudiantes: Recreo: Almuerzo:

10:15 am - 10:35 am. 12:50 pm - 01:30 pm

Docentes : Almuerzo: Almuerzo:

11:50 pm - 12:50 pm 12:50 pm - 01:50 pm

Administrativos: Almuerzo:

01:30 pm - 02:30 pm

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REGLAMENTO INTERNO COLEGIOS 2021

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Art. 80. Durante los meses de enero y febrero, el personal directivo, jerárquico, docente y

administrativo de la Institución Educativa, realizará entre otras las siguientes acciones prioritarias:

▪ Matrícula, ratificación de matrícula y traslados de matrícula. Formulación de los

documentos de gestión.

▪ Validación del Cuadro de Horas.

▪ Calendarización del Año Escolar y horarios. Evaluación de Recuperación Académica.

▪ Programación curricular. Actualización docente.

▪ Acondicionamiento de la infraestructura.

Art. 81. Durante el año lectivo la Institución Educativa cumple las siguientes acciones educativas:

a. Evaluación de entrada. Para poder medir sus logros durante el año, no es una

evaluación discriminatoria, ni excluyente para la admisión a PAMER, porque somos respetuosos de las normas del Ministerio de educación y defendemos la inclusión social y la equidad de género.

b. Evaluación del progreso durante el desarrollo de cada unidad, en forma permanente. c. Evaluación de salida o finalización de cada unidad, bimestre y período de

recuperación, para el que no haya logrado los objetivos propuestos. d. Todas están evaluaciones nos permiten realizar estrategias de aprendizaje, para que

los estudiantes aprendan y desarrollen sus capacidades de acuerdo a sus ritmos y estilos de aprendizaje.

Art. 82. En la Institución Educativa se efectúan las siguientes actividades educativas

complementarias.

a. Concursos.

b. Festivales.

c. Ferias.

d. Proyección a la comunidad.

Art. 83. Vacaciones escolares: están programadas en el plan anual de trabajo PAT, de acuerdo al cumplimiento de las horas efectivas de aprendizaje. Según ésta programación los descansos vacacionales de los estudiantes tienen una duración de cuatro semanas, las que se comparten en los meses de mayo, julio y octubre.

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CAPITULO II

EVALUACIONES Y TRABAJOS

Art. 84. Un estudiante con problemas para aprender o que no está motivado para estudiar, no puede ser abandonado a su suerte; el Tutor estará a su lado orientándolo, motivándolo a que estudie, hablando con sus padres o apoderados y exigiendo con firmeza cuando deba hacerlo y cuando sea necesario derivarlo al Departamento Psicopedagógico. Es responsabilidad del Tutor velar porque el estudiante cumpla con los hábitos fundamentales.

Art. 85. El Sistema de Evaluación de la IEP PAMER considera las características del Nivel

educativo de Inicial, Primaria y Secundaria. En todos los casos es:

a. Integral, porque abarca todos los dominios y niveles de aprendizaje.

b. Permanente, por su carácter formativo y orientador del proceso de enseñanza-aprendizaje.

c. Flexible, porque se aplica adecuándolo a las características y al nivel del desarrollo cognitivo y afectivo de los estudiantes.

Art. 86. La IEP PAMER considera las siguientes etapas de la evaluación:

a. De inicio o diagnóstico, que se aplica al inicio de cada bimestre, a fin de conocer el

nivel de los aprendizajes logrados en cada bimestre y/o grado anterior. Esta información permitirá reformular o reforzar los contenidos desarrollados, a través de seminarios enfocados.

b. De progreso o formativa, que es en sí la evaluación permanente, formativa y orientadora. El docente la considera como medio para verificar los logros inmediatos y ofrecer el reforzamiento pertinente y oportuno. (Orales, Evaluaciones diarias (EVAs), EVAS Express, Evaluaciones de Talento Académico Integral (ETIS).

c. De salida o final, para verificar los logros de los objetivos previstos en la programación, teniendo en cuenta un determinado período de tiempo, un bimestre (pruebas bimestrales), un año (promedio final), así como evaluaciones continuas que no necesariamente serán avisadas, sino que el alumno deberá estar en un constante ritmo de estudio de todos los cursos que implique su grado.

Art. 87. Cada curso cuenta con un Sistema de Evaluación de acuerdo al Nivel Educativo Inicial,

Primaria y Secundaria. Toma en cuenta la naturaleza de los aprendizajes y el tiempo asignado en el Plan de Estudios, para establecer los procedimientos y los instrumentos de evaluación. La Dirección General analiza y evalúa la propuesta para su aprobación y vigencia.

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Art. 88. En el Sistema de Evaluación de los diversos cursos se toman en cuenta los siguientes instrumentos de evaluación:

a. Pruebas digitales o intervenciones orales.

b. Documentos de Trabajo: cuaderno, libro de actividades, libros de texto, ejercicios,

elaboración de cuestionarios, mapas, resúmenes, prácticas, etc.

c. Pruebas bimestrales digitales.

d. Rúbricas para: trabajos de investigación, controles de lectura, exposiciones, etc.

e. EVAS, ETIS, tareas.

Art. 89. Los estudiantes deben cumplir y observar las siguientes disposiciones sobre evaluación:

a. El estudiante que falte o no esté presente en la plataforma digital a las evaluaciones deberá comunicarse con el DT o presentarse con su padre o apoderado ante el Tutor para la justificación respectiva que deberá ser ingresada por la recepción del colegio.

b. En caso de que el Colegio considere justificada la falta, la prueba será rendida en fecha y hora señaladas por el Tutor y/o Profesor del curso que será informada por escrito.

c. Los promedios bimestrales se obtendrán de acuerdo al resultado de las evaluaciones diversas que realice el profesor y el tutor en el curso.

d. Los estudiantes que falten no ingresando a la plataforma digital a desarrollar las evaluaciones bimestrales podrán rendir su evaluación en las fechas programadas por la IEP PAMER que se llama Exámenes de Rezagados. Los estudiantes que falten a los Exámenes de Rezagados sin ningún tipo de justificación presentada con 24 horas de anticipación, tendrán la nota mínima (08).

Art. 90. Los profesores están obligados a:

a. Informar a sus estudiantes las notas que éstos hayan obtenido en los diferentes

rubros de evaluación durante el Bimestre. b. Subsanar cualquier error en la calificación de las pruebas o en los promedios en el

sistema y en el registro personal del docente. c. Elaborar las Pruebas Bimestrales, Evaluaciones diarias (EVAS) y demás

evaluaciones requeridas por la Dirección Académica.

Art. 91. El Director de la IEP PAMER, de conformidad con la normatividad vigente, está autorizado a decretar:

a. Convalidación, revalidación o subsanación de estudios realizados en el extranjero,

siempre que quienes lo soliciten estudien en la IEP PAMER de acuerdo con normas legales vigentes.

b. Adelanto o postergación de evaluaciones bimestrales en los casos de viajes en delegaciones oficiales, por enfermedad comprobada con el correspondiente

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certificado médico, o por situaciones excepcionales justificadas por el padre o apoderado.

Art. 92. La IEP PAMER organizará programas de nivelación y adelanto escolar durante el

período vacacional de verano, con una duración máxima de seis semanas, cuyo costo y contenido debe ser aprobado por la Promotoría del Colegio.

Art. 93. Para los casos de subsanación de los cursos de cargo se toman las siguientes medidas:

a. Los Directores determinan las fechas y la modalidad de la evaluación. b. Los coordinadores de área son los responsables de elaborar los temarios, que

deben ser entregados con la debida anticipación a los estudiantes desaprobados. c. Se cobra por derecho a exámenes el aporte aprobado por la Dirección. Se realiza

el pago en el banco y padre de familia debe entregar el voucher en cada recepción.

d. Aquellos estudiantes que no se presentan a las evaluaciones obtienen la

consideración de NSP (No se presentó), debiendo esperar hasta la programación de la nueva fecha.

e. Los exámenes de recuperación y subsanación se rigen por normas legales

vigentes.

TÍTULO VII MANUAL DE CONVIVENCIA DE LOS ALUMNOS

Art. 94. LA IEP PAMER es, ante todo, un grupo humano formado por Estudiantes, Padres y

Madres de Familia, Personal Docente, Personal de Tutoría, Personal Administrativo y Personal de apoyo.

Nos parece fundamental una adecuada convivencia con el objetivo de que la IEP PAMER se convierta en un espacio de desarrollo y de crecimiento personal para todos, basado en el respeto a los principios universales.

Esta adecuada convivencia sólo se conseguirá en la medida en que cada persona asuma responsablemente su rol dentro de la familia educativa, teniendo siempre en consideración el bien común.

CAPITULO I

DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

Art. 95. La Convención sobre los Derechos del Niño, donde se establece que son niños todos los

menores de 18 años de edad, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989 y ratificado en nuestro país a través del Código de los Niños y Adolescentes, Ley N° 27337, es el marco legal donde aparecen los Derechos Fundamentales de nuestros alumnos.

Art. 96. Todos los niños, niñas y adolescentes tienen los siguientes derechos:

a. A ser llamados(as) por su nombre y a que se respete su identidad.

b. A ser tratados con equidad y no ser discriminados (as) por ningún motivo.

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REGLAMENTO INTERNO COLEGIOS 2021

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c. A expresarse libremente, pero siguiendo los canales establecidos por el Colegio sobre los asuntos que les afecten, teniendo en cuenta su edad y su madurez. Esta libertad de expresión implica libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de cualquier tipo, de manera oral o escrita, en forma artística o por cualquier otro medio elegido, sin afectar:

d. El respeto de los derechos y la reputación de los demás miembros de la Comunidad

Educativa Pamer.

e. El orden público y la seguridad personal y/o colectiva.

f. A la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.

g. A que se respete su personalidad, honra, reputación, integridad física, vida privada, familia, correspondencia y sus bienes.

h. A una educación integral que los lleve hacia el pleno desarrollo humano acorde con

nuestro Proyecto Educativo. i. Al descanso, esparcimiento, juego, actividades recreativas propias de su edad y a

participar en la vida cultural del Colegio. j. A ser evaluados (as) con justicia y a ser estimulados (as) o corregidos (as)

fraternalmente cuando la institución así lo requiera. k. A participar en toda actividad relacionada con el alumnado, teniendo el apoyo y

asesoría que requieran, tomando en cuenta los tiempos y espacios físicos disponibles.

l. A ser atendidos(as) en sus reclamos y/o peticiones respetando la organización interna

de la Institución Educativa, quien finalmente tomará las decisiones a que diera lugar.

m. Si se han infringido las normas de la Institución Educativa: los atienda el Director en caso de sentir que las autoridades pertinentes no han actuado de manera acorde al Reglamento.

n. A gozar de los mismos derechos y oportunidades de recibir una educación de calidad, en los planes de estudio y programas determinados por las autoridades del Colegio y las instancias educativas correspondientes.

o. A que se les comunique su nivel de aprovechamiento y se les aconseje sobre las opciones que les convenga escoger entre las que ofrecen los planes de estudio del Colegio.

p. A tener acceso a la revisión de sus pruebas, trabajos de investigación, tareas y demás elementos motivo de evaluación, para solicitar las aclaraciones o rectificaciones debidas.

q. A presentar sus disconformidades cuando se sientan afectados siguiendo canales adecuados y guardando el respeto del caso a las autoridades de la institución, la misma que se reserva el derecho de evaluar y atender los pedidos, en atención a los fines que se persiguen con las medidas tomadas.

r. A que se les escuche antes de que se les apliquen medidas disciplinarias.

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REGLAMENTO INTERNO COLEGIOS 2021

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s. A recibir trato respetuoso por parte de las autoridades, maestros, personal en general

y compañeros.

t. A obtener la orientación necesaria para resolver sus problemas académicos.

u. A participar en su proceso educativo en la medida de las capacidades propias de su edad.

v. A revisar sus exámenes con el profesor que se lo calificó.

w. A contar con las medidas de seguridad necesarias para su protección y a recibir atención en caso de accidentes y malestar físico.

x. Ingresar a la plataforma digital a recibir sus clases de manera responsable y

cumpliendo las disposiciones del docente.

Art. 97. Todos los estudiantes tienen los siguientes deberes: a. Defender, promover y respetar los derechos de todos los demás miembros de la

Institución Educativa, especialmente de los más pequeños; considerando que somos parte de una gran comunidad.

b. Esforzarse por acercarse al Perfil del alumno y alumna de la Institución Educativa

PAMER, por ser ellos mismos los principales gestores de su educación. c. Asistir puntualmente a todas sus clases digitales, talleres y/o actividades

complementarias que organice la Institución Educativa, ya que entiende que debe respetarse el tiempo y el trabajo de los demás como el suyo.

d. Cuidar su presentación personal según las recomendaciones de la Institución

Educativa. e. Velar por el orden, limpieza y conservación de las instalaciones y el mobiliario de la

Institución. En caso contrario el padre o madre de familia deberán hacerse responsable de su subsanación económica.

f. Es necesario contar con un marco de valores comunes para conseguir una

convivencia armoniosa; por lo tanto, el estudiante tiene obligación de: Respetar y defender la vida.

• Ser honesto y defender la verdad.

• Respetar, promover y defender las normas de Convivencia del Aula.

• Practicar los hábitos fundamentales del alumno de Pamer.

• Rendir sus evaluaciones con responsabilidad y puntualidad.

• Respetar la integridad de las personas y los bienes ajenos.

• Actuar con cortesía, buenos modales y respeto.

• Respetar los sentimientos de todas las personas.

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REGLAMENTO INTERNO COLEGIOS 2021

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• Utilizar el diálogo como medio para resolver los conflictos.

• Pedir perdón ante los errores cometidos y esforzarse por enmendarse.

• Velar por el bien común.

• Hacer y presentar todo trabajo con altísima calidad.

g. Mantener la buena imagen de la Institución Educativa Privada a través de su comportamiento y testimonio, especialmente cuando participa en actividades estudiantiles, deportivas, culturales, etc. dentro o fuera de la Institución Educativa Privada.

h. Mantener un buen ambiente de estudio por respeto a sí mismo y a los demás. i. Permanecer en la Institución Educativa durante el horario escolar. El tutor recabará

una autorización escrita de los padres, requisito indispensable para que el estudiante se retire en caso de que fuera necesario, la que será autorizada por el Director si se considera conveniente según el caso.

j. Los estudiantes deben retirarse al término del horario escolar, por su propia

seguridad. En caso de que debería permanecer en las instalaciones de la Institución Educativa, deberá tener permiso del Director del plantel.

k. Justificar ante el Colegio, a través del padre o tutor respectivo, las inasistencias en las

que incurra. l. Asistir con el uniforme de la Institución Educativa, a todas las actividades

programadas dentro y fuera de la institución. m. Portar diariamente la agenda (primaria y secundaria) y el carnet entregarlo cuando la

Institución Educativa lo requiera. n. Proveerse, de los materiales e implementos de trabajo que las autoridades del

Colegio y el personal docente señalen como indispensables. Traer sus útiles y libros de acuerdo al horario.

o. No deberá ingresar materiales, alimentos y otros durante el horario de clase. p. Cumplir con las labores que le sean encomendadas. q. Guardar respeto a los maestros, personal en general, compañeros y miembros de la

comunidad del Colegio. r. Entregar al padre o apoderado toda comunicación que reciba de parte del Colegio, en

especial, devolver firmado los comunicados y circulares que se envían a casa, así como la agenda.

s. Respetar y cuidar las instalaciones y equipos del Colegio. t. Hacer uso de los bienes y servicios del plantel conforme a la normatividad estipulada

por el Colegio. u. Guardar la conducta adecuada dentro y fuera del Colegio.

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REGLAMENTO INTERNO COLEGIOS 2021

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v. Guardar respeto por los valores y símbolos del Perú. w. Respetar la integridad y dignidad de sus compañeros. x. Acatar las disposiciones e indicaciones de los directivos, coordinadores, maestros,

tutores y de las personas investidas de las facultades correspondientes. y. Ejercer los demás derechos y cumplir con las obligaciones que sean propias de la

naturaleza de su condición escolar y los que se establezcan en este ordenamiento y otras disposiciones aplicables.

z. Los estudiantes deberán cumplir durante el desarrollo de las clases:

• Atender al profesor(a) y respetar la intervención de sus compañeros(as) en clase.

• Los trabajos y las tareas desarrolladas en clase deberán corresponder sólo al

curso dictado en ese momento.

• Todos los estudiantes permanecerán en el aula, salvo que algún malestar físico o de urgencia los obligue a ir a los sanitarios, para ello deberá ingresar y salir del aula previa autorización del profesor y/o tutor.

aa. Obedecer las indicaciones de los tutores y profesores quienes los pueden cambiar de

ubicación o de aula si lo consideran conveniente por aspectos académicos o conductuales.

bb. Actuar con cortesía y buenos modales en toda ocasión. cc. Ingresar a la plataforma digital a recibir su clases de manera responsable y

cumpliendo las disposiciones del docente.

CAPITULO II

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DE CONDUCTA

ACERCA DE LA EVALUACIÓN DE CONDUCTA

Art. 98. El presente Reglamento de la Evaluación del Comportamiento tiene su fundamento en el Ideario de la Institución Educativa Privada Pamer, especialmente en los acápites relacionados directamente con el tema de la disciplina, entendida ésta como un medio que pretende ayudar a una persona y/o grupo a vivir en armonía con su entorno social y alcanzar las metas deseadas.

La Institución Educativa Privada Pamer asume que la internalización de las normas y disposiciones planteadas es un proceso gradual, en el que cada estudiante tiene que aprender a respetar lo establecido en beneficio de un bien mayor: la convivencia armoniosa entre todos los miembros de la comunidad de la Institución Educativa Privada.

Art. 99. Las normas de Convivencia en el aula física o aula digital deben construirse en forma

democrática en el aula escolar. El docente tutor o docente tutora debe guiar este proceso que se realiza a través de un taller que genere la participación de todos los estudiantes del salón. Generalmente son trabajadas la primera semana de clase, publicadas en cada aula y revisadas al término de cada bimestre.

Art. 100.Los criterios de Evaluación Cualitativa de la Conducta de los estudiantes son evaluados

mediante una matriz que considera lo siguiente:

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REGLAMENTO INTERNO COLEGIOS 2021

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• Puntualidad y asistencia a las clases digitales (30%)

• Presentación Personal (uso del uniforme de colegio) y aseo (30%)

Art. 101. Los criterios de Evaluación Cualitativa de la disciplina se miden de la siguiente manera:

a. Puntualidad y Asistencia (Hasta 20 Puntos)

• Llega puntual al colegio o llega puntual a el inicio de su clase digital

• Llega puntual al aula después de los descansos o el break a su siguiente clase digital.

• Se preocupa por cumplir y entregar a tiempo y adecuadamente las tareas que se le encargan de acuerdo con el Sistema Pamer.

• Asiste diariamente al colegio.

b. Presentación personal y aseo (hasta 20 puntos)

• Cumplimiento de todo lo establecido en el Artículo referido a la Presentación personal

en el presente reglamento de manera presencial o digital.

c. Respeto y Comportamiento (Hasta 20 Puntos)

• Emplea un vocabulario adecuado al dirigirse a sus compañeros y referirse a los profesores, tutores y personal en general de manera presencial y digitalmente.

• Respeta las reglas del colegio y las normas de convivencia acordadas en el aula. Es

cortés, escucha y respeta la opinión de los demás evitando burlas, gestos y expresiones ofensivas.

• Participa respetuosamente de las actividades cívicas y religiosas que se organizan en

la Institución Educativa Pamer.

• Cuida las instalaciones y el mobiliario del colegio.

ACERCA DE ESCALA DE COMPORTAMIENTO

Art. 102. Para la evaluación y calificación del comportamiento se ha elaborado “escalas” que contemplan las actitudes positivas y negativas más comunes que pueda manifestar el estudiante y que deben ser estimuladas, o sancionadas.

Art. 103. Esta escala permite asignar una calificación cuantitativa a dichas actitudes según el

procedimiento que se indica.

a. ACTITUDES POSITIVAS: • Auto-exigencia. • Autocontrol y/o manejo de la inteligencia emocional.

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REGLAMENTO INTERNO COLEGIOS 2021

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• Respeto a la dignidad de las personas. • Honradez: Respeto a lo ajeno, reconocimiento de sus actitudes, sinceridad en el trato

personal. • Solidaridad: Compañerismo, disponibilidad para el servicio al otro, preocupación por

quien más necesita, generosidad en la colaboración. • Participación activa en las diversas actividades de la vida escolar. • Puntualidad, asistencia y presentación adecuada. • Responsabilidad: Cumplimiento de sus deberes y de las normas de convivencia

establecidas en la Institución Educativa Privada. • Iniciativa y creatividad. • Sensibilidad social: Preocupación por la realidad nacional, deseo de ayuda a los más

necesitados, y de contribuir a un desarrollo del país basado en la justicia y la paz. • Valoración y cuidado del medio ambiente. • Civismo: respeto a los símbolos patrios, cultivo de los valores nacionales y de nuestra

identidad peruana. • Testimonio de fe y compromiso. • Liderar equipos y/o proyectos. • Integridad y emprendimiento. b. ACTITUDES NEGATIVAS: • Impuntualidad al llegar al colegio, a clases digitales u otras actividades programadas.

En cualquier caso, se considerará impuntualidad desde la primera tardanza. • Realizar tareas ajenas al curso que se está dictando. • Incumplimiento de tareas. No justificar oportuna y debidamente las inasistencias. No

devolver oportunamente los documentos que deben firmarse por los padres de familia. • No traer las tareas u otros necesarios para las clases, de acuerdo al horario de clases. • Presentar tareas o trabajos cuya autoría es ajena a su persona. • Cualquier actitud que atente contra las normas de presentación y aseo personal

contempladas en el presente reglamento.

De segundo orden

• Prohibido el uso de celulares dentro del colegio o cualquier otro aparato electrónico. • Ensuciar, pintar, romper, deteriorar o destruir los diferentes ambientes, mobiliario y

equipos de la Institución Educativa Pamer. • Fomentar el desorden en clase: conversar con sus compañeros mientras el profesor

está desarrollando la clase, decir frases o comentarios fuera de lugar, pararse

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REGLAMENTO INTERNO COLEGIOS 2021

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constantemente y todas aquellas conductas que interfieran en el normal desenvolvimiento de una clase.

• Circular sin autorización por las instalaciones de la Institución Educativa en horas de

clase. • Comportamiento irrespetuoso en las ceremonias religiosas, cívicas, actuaciones,

paseos, visitas de estudios y de toda índole. • Comercializar en beneficio propio o de tercero cualquier producto (intelectual, material

u otros). • Dibujar, pintar o garabatear sobre las carpetas, evaluaciones, libros o cualquier material

didáctico. • Incumplir las normas de convivencia del aula. • Incumplir con los ítems indicados en la matriz de evaluación cualitativa de la disciplina. • Usar lenguaje soez en la interrelación con los demás sea de manera presencial o en

las clases digitales. • Inasistencia injustificada de acuerdo con lo establecido en el presente reglamento.

De tercer orden

• Destrucción de pertenencias ajenas.

• Agresiones verbales, apodos o burlas, discriminación racial o de cualquier tipo a compañeros o personal del colegio.

• Faltar el respeto a un profesor, tutor o cualquier otra autoridad del colegio, dentro o

fuera del aula, sea presencial o digital.

• Interrumpir reiteradamente la clase con actos de indisciplina.

• Incumplimiento de lo señalado en el inciso d) del Artículo 21 de este reglamento.

• Copiar en las evaluaciones escritas, trabajos, asignaciones.

• Bajar documentos de Internet y presentarlos como si fuese el autor del trabajo.

• Falsificar y/o adulterar los reportes diarios de evaluaciones o agendas y/o cualquier otro documento de manejo del alumno.

• Evadirse de las clases.

• Negarse a participar en las actividades extracurriculares de carácter obligatorio

programadas por la IEP PAMER.

• Portar y/o mostrar material pornográfico de cualquier tipo.

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REGLAMENTO INTERNO COLEGIOS 2021

Versión N° 02: 23/08/2020 Página 43 de 64

• En el caso de parejas de enamorados e inclusive entre amigos, que son alumnos de la Institución Educativa, queda totalmente prohibido: abrazos, besos y caricias dentro de las instalaciones del colegio, así como en cualquier evento promovido por el mismo.

• Inducir al robo o estar al tanto de los hechos y no denunciarlo, además calumniar a

cualquier integrante de la comunidad educativa.

• Ingresar a las reuniones de padres de familia sin contar con la autorización de la dirección.

• Incumplir con los ítems indicados en la matriz de evaluación cuantitativa de la

disciplina.

De cuarto orden • Tráfico de evaluaciones. • Evadirse de la IEP PAMER.

• Salir de casa con destino a la IEP PAMER y no ingresar al local, dirigiéndose a algún

otro lugar sin autorización de los padres o de las autoridades del colegio.

• Agresión física a cualquier estudiante u otro integrante de la comunidad educativa, al margen de las razones que pudieron haber motivado dicha agresión.

• Calumnias y/o difamación entre estudiantes y/o contra cualquier miembro de la

comunidad educativa. Esto incluye las difamaciones y/o insultos a través de las redes sociales.

• Robo comprobado. • Usar, comercializar y/o promoción del uso de drogas dentro o fuera de la IEP

PAMER. • Atentar, burlarse y/o manipularse contra los valores de la IEP PAMER a través de

actitudes inapropiadas. • Apropiación, difusión y comercialización ilícita de todo tipo de evaluaciones

• Apropiación ilícita de bienes o dinero de los compañeros o miembros de la IEP

PAMER. • Citarse dentro o fuera de la IEP PAMER para agredirse físicamente entre

compañeros.

• Agredirse físicamente entre compañeros dentro o en los alrededores de la IEP PAMER.

• Fomentar o inducir la agresión y/o daño físico entre compañeros o miembros de la

IEP PAMER dentro o fuera de sus instalaciones. • Tener relación con “pandillas” o con una “barra brava” de algún equipo de fútbol que

cause problemas a estudiantes, tutores, docentes, personal administrativo y/o directivos de PAMER alterando la seguridad y las actividades del colegio.

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• Fumar y/o fomentar el consumo e ingerir bebidas alcohólicas en las instalaciones de la IEP PAMER o en actividades promovidas por la Institución Educativa Privada.

• Falsificar la firma de sus padres o tutores en documentos oficiales del colegio (reporte

diario de notas, libreta de notas, llamadas de atención, amonestaciones, etc.). • Ingresar y/o permanecer en cabinas públicas de internet, videojuegos y/o lugares no

aptos para menores de edad vistiendo el uniforme de PAMER. • Difundir imágenes y videos a través de teléfonos móviles y redes sociales que denigren

la integridad de todos los integrantes de la comunidad educativa.

ACERCA DE LOS PROCEDIMIENTOS CORRECTIVOS:

Art. 104. Se han establecido la siguiente escala de medidas a aplicar:

Para las faltas de primer orden:

Medidas preventivas:

• Llamada a la reflexión por parte del tutor al alumno, generando un compromiso con el alumno, el cual, quedará registrado en la ficha de seguimiento.

• Llamada de atención por parte del tutor al alumno, generando un compromiso con el

alumno, el cual, quedará registrado en la ficha de seguimiento.

• Amonestación preventiva enviada al padre de familia, el cual, sirve para advertir

al padre que a partir de la siguiente falta se comenzará a aplicar las sanciones respectivas con la consecuente pérdida de puntos en la nota de conducta.

• A partir de la tercera falta sucesiva de primer orden se aplicará una primera amonestación escrita que implicará el descuento de 5 puntos y a partir de la segunda amonestación implicará el descuento de 10 puntos en la nota del bimestre de conducta.

• Se reportará al portal SISEVE del MINEDU, para su conocimiento, seguimiento y

verificación de mejora.

Para las faltas de segundo orden:

Medidas preventivas:

• 1ª Falta: Llamada de Atención Escrita del Tutor o cualquier autoridad educativa al alumno. Firma de un compromiso. Llamada telefónica del tutor o director al padre de familia.

• 2ª Falta: Amonestación escrita del Tutor o cualquier autoridad educativa al alumno.

Acompañada de una llamada telefónica y cita al padre de familia con el Tutor.

• 3° Falta: Reunión de la Psicóloga o coordinador en TOE con los padres de familia y alumno. Registro escrito de los acuerdos a los que se llegue. Firma de un compromiso con los padres.

• En caso de que el alumno haya cometido la falta de ensuciar, pintar, deteriorar o

romper los diferentes ambientes, mobiliario y/o equipos de la Institución Educativa

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Privada, deberá limpiar, refaccionar, reponer, sustituir o devolver el artículo afectado, dejándolo en perfectas condiciones, y en estado de operatividad.

• Respecto de la inasistencia injustificada coincida con la toma de alguna evaluación o

presentación de trabajo, el colegio colocará la nota mínima de 08 al alumno.

Para las faltas de tercer orden:

• 1ª Falta: Amonestación con cita al padre de familia. Pierde 4 puntos.

• 2ª Falta: Se cita al padre de familia. Pierde 10 puntos.

• 3ª Falta: Se actuará conforme a lo señalado en la última versión del Compromiso de Gestión Escolar emitido por el Ministerio de Educación.

Para las faltas de cuarto orden:

• 1° Falta: El Director solicitará el informe conductual a psicología o coordinación de

TOE y citará a los padres del estudiante para condicionar la permanencia dentro el año lectivo y evaluación de la vacancia para el siguiente año.

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TITULO VIII NORMATIVAS INTERNAS

CAPITULO I

PRESENTACIÓN Y ASISTENCIA

ACERCA DE LA PRESENTACION PERSONAL

Art. 109. El alumno deberá presentarse con la vestimenta correctamente limpia y su apariencia personal acorde con las disposiciones que señalan a continuación:

a. Acerca del cabello: ✓ Mujeres: El cabello debe estar correctamente peinado y totalmente recogido

con el collet de color azul. ✓ Hombres: Traer el cabello con corte escolar y ordenado. ✓ General: Sobre el color de cabello, deberá ser el color natural.

b. Acerca de la vestimenta:

• Mujeres:

Primaria: Uniforme oficial: Falda Pamer y blusa blanca, medias plomas y zapatos negros. Buzo: pantalón de buzo Pamer, casaca de buzo o polera Pamer, polo blanco del colegio, medias blancas y zapatillas blancas o negras (los días de clases de Educación Física y Danza). Secundaria: Uniforme oficial: Falda Pamer y blusa blanca, medias plomas y zapatos negros. Buzo: pantalón de buzo Pamer, casaca de buzo o polera Pamer, polo blanco del colegio, medias blancas y zapatillas blancas o negras (los días de clases de Educación Física y Danza).

• Hombres: Primaria: Uniforme oficial: Pantalón plomo y camisa blanca, medias plomas y zapatos negros. Buzo: Pantalón de buzo Pamer, casaca de buzo o polera Pamer, polo blanco del colegio, medias blancas y zapatillas blancas o negras (los días de clases de Educación Física y Danza). Secundaria: Uniforme oficial: Pantalón plomo y camisa blanca, medias plomas y zapatos negros. Buzo: Pantalón de buzo Pamer, casaca de buzo o polera Pamer, polo blanco del colegio, medias blancas y zapatillas blancas o negras (los días de clases de Educación Física y Danza).

• Hombres y Mujeres (3° a 5° Año de Secundaria) Uniforme oficial: Polo blanco con cuello piqué y polera azul con el logo de PAMER, pantalón jean clásico azul, medias blancas y zapatillas blancas o negras. Buzo: Pantalón de buzo Pamer, casaca de buzo o polera Pamer, polo blanco del colegio, medias blancas y zapatillas blancas o negras (los días de clases de Educación Física y Danza).

c. Acerca de los accesorios:

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REGLAMENTO INTERNO COLEGIOS 2021

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• Mujeres: Las estudiantes asistirán sin maquillaje y esmalte de uñas a la Institución Educativa. Está permitido el uso de aretes, pero sólo del tipo pegado al pabellón, no argollas o colgantes.

• Hombres: Está prohibido el uso de aretes, pulseras o piercing.

• General: Los alumnos no portarán accesorios que denoten una ideología o moda que

atente los valores indicados en el presente reglamento.

ACERCA DE LA PUNTUALIDAD

Art. 110. La hora es según horario y deben de llegar 5 a 10 minutos antes de inicio.

Solo se considerará justificada la impuntualidad por temas de salud (alumnos y/o padres), debiendo portar el documento justificante.

ACERCA DE LAS INASISTENCIAS

Art. 111. En caso de INASISTENCIAS se procederá de la siguiente manera:

a. Se consideran faltas justificadas sólo aquellas producidas por motivo de enfermedad,

accidente o fallecimiento de un familiar cercano, así mismo, se considerarán justificadas aquellas faltas que han sido debidamente autorizadas por el colegio previa presentación de su solicitud por escrito o de manera digital con su DT.

b. Las faltas por motivos imprevisibles o extraordinarios deberán ser justificadas por escrito,

en un plazo máximo de 48 horas. De tratarse de enfermedad deberá ser acompañada de un certificado médico o cualquier otro documento que justifique plenamente la enfermedad. En caso de enfermedades crónicas el padre deberá acreditar mediante certificado médico dicha dolencia para evitar reiteradas justificaciones.

c. No habrá justificaciones por ningún otro motivo, salvo invitaciones oficiales de carácter

deportivo, cultural o artístico, dentro o fuera del país, para lo cual será necesario presentar la documentación oficial probatoria.

d. Ante una inasistencia por enfermedad que pudiera prolongarse por más de tres días, el padre o apoderado deberá:

• Informar oportunamente a la dirección mediante el Formato único de trámite en la

recepción del colegio o de manera digital.

• Presentar el formato firmado el día de reincorporación a clases.

• Presentar Certificado Médico cuando la situación lo amerite, máximo 3 días después de su emisión sea físicamente o de manera digital. Los Descanso médicos que se entreguen fuera de fecha y/o finalizando el año escolar, no serán tomados en cuenta y se mantendrá como Inasistencia Injustificada.

e. Las faltas que puedan ser previstas con anticipación, el Padre de Familia o apoderado

debe presentar la solicitud con al menos quince días de anticipación, pidiendo la autorización respectiva al colegio para la evaluación correspondiente por parte de la Dirección del plantel. (enviar al correo del director, con copia al docente tutor del menor)

Art. 112. En caso de Inasistencias a evaluaciones debidamente justificadas

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REGLAMENTO INTERNO COLEGIOS 2021

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a. El estudiante que falte a actividades y evaluaciones deberá justificar su inasistencia por correo electrónico al director con copia al docente tutor del aula, por los motivos indicados en el inciso (a) del artículo precedente. Para fijar la fecha y hora en que se aplicará dicha evaluación deberá contar con la autorización previa de la Dirección del colegio y será coordinado con el tutor correspondiente.

b. Si el estudiante tuviere pendiente más de una prueba deberá solicitar a través de su tutor su reprogramación, con informe al profesor.

c. La justificación de inasistencia a evaluaciones programadas debe hacerla el padre o

apoderado antes o durante el día en que estas se efectúan ratificándola por escrito atreves del correo electrónico

d. El estudiante que por motivos de inasistencia justificada no diere cumplimiento a trabajos

previamente asignados deberá hacer entrega de éstos en el plazo indicado por el profesor.

e. Es responsabilidad del estudiante que ha faltado a clases informarse sobre materias

tratadas, tareas y pruebas asignadas durante su ausencia.

f. La inasistencia justificada a Pruebas Bimestrales deberá ser rendidas en la fecha programada para exámenes de rezagados.

Art. 113. El colegio se reserva el derecho, en caso de incumplimiento de cualquiera de las

disposiciones del presente artículo, a llamar inmediatamente al padre de familia, con el objeto de subsanar el incumplimiento.

CAPITULO II

PROHIBICIONES Y AMONESTACIONES

ACERCA DE LAS PROHIBICIONES

Art. 114. Se encuentra completamente prohibido:

a. Portar en clase virtual artefactos de comunicación, video, y /o entretenimiento ya que se

encuentran prohibidos (IPOD, MP3, MP4, PSP, Tablets, TV DIGITAL, celulares, cámaras fotográficas, filmadoras, instrumentos musicales, mascotas virtuales, etc.).

b. Portar cualquier material (periódicos, afiches, revistas, entre otros) no relacionado con las

actividades escolares o que no haya sido exigido por el Colegio o comercializar cualquier tipo de material o bien.

ACERCA DE LAS AMONESTACIONES Y SANCIONES

Art. 115. El fraguar cualquier rubro del Sistema de Evaluación, así como cualquier documento

que requiera la firma del padre, madre o apoderado constituye una falta muy grave. Art. 116. Las observaciones o las amonestaciones serán enviadas en virtual al Padre de

familia, el que debe devolverlo firmada al docente tutor por correo electrónico, al día siguiente de haber sido entregada. Caso contrario, la nota de conducta del estudiante se verá afectada.

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REGLAMENTO INTERNO COLEGIOS 2021

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Dichas amonestaciones serán archivadas por el tutor, y serán acumulativas, derivando en mayor tipo de sanciones.

Art. 117. Los estudiantes que, al finalizar un Bimestre, tengan dos o más asignaturas desaprobadas y/o estén desaprobados en Comportamiento, recibirán una citación del docente tutor, para una entrevista con sus padres física o digital, a fin de tratar sobre su aprovechamiento y/o comportamiento. El Tutor también podría citar a los padres por haber desaprobado sólo un curso o por cualquier otro motivo que según su criterio considere importante

CAPITULO III

PROMOCIÓN DE AÑO, REPITENCIA Y CERTIFICACIÓN

ACERCA DEL NIVEL PRIMARIA

Art. 119. Son promovidos al siguiente grado superior:

a. Los estudiantes de primer grado son promovidos al grado superior en forma

automática.

b. Si al término del año escolar, los estudiantes obtienen “A” en todas las áreas curriculares incluidas las áreas o talleres creados como parte de las horas de libre disponibilidad.

c. Si los estudiantes de 2º, 3º y 4º grados obtienen como mínimo “A” en las áreas curriculares de Comunicación, Matemática y como mínimo “B” en las otras áreas y talleres curriculares creados como parte de las horas de libre disponibilidad. Si los estudiantes de 5º y 6º grados obtienen como mínimo “A” en las áreas curriculares de Comunicación, Matemática, Personal Social y Ciencia y Ambiente, y como mínimo “B” en las otras áreas y talleres curriculares creados como parte de las horas de libre disponibilidad. y como mínimo “B” en las otras áreas y talleres curriculares creados como parte de las horas de libre disponibilidad.

Art. 120. Repiten de grado los estudiantes:

a. Repiten de grado automáticamente los estudiantes de 2°, 3°, 4°, 5° y 6° grado que

al término del año escolar obtienen “C” en dos áreas curriculares: Matemática y Comunicación.

b. Repiten de grado los estudiantes que en el Programa de Recuperación o en la Evaluación de recuperación no alcanzan los calificativos requeridos tal como lo disponen los incisos c y d del artículo 38 referido a la promoción de grado, en concordancia con la Directiva N° 004-2005-VMGP.

Art. 121. Los certificados de estudios de primaria se entregarán:

a. A partir de la tercera semana del mes de enero y luego de cinco días hábiles de la

fecha en que se presentó en la recepción del colegio la solicitud en el formato de trámite con todos los requisitos establecidos. Es requisito no adeudar pensiones u otros conceptos al colegio.

b. A los estudiantes sin ninguna área desaprobada.

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REGLAMENTO INTERNO COLEGIOS 2021

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c. Durante el año escolar bajo los mismos requisitos indicados en el inciso a y b, y del

año o años anteriores al que está cursando.

d. En la coyuntura por COVID 19 hasta que la institución reciba por parte del MINEDU la apertura de las instalaciones para la emisión de certificados, siempre que exista abastecimiento de certificados a nivel nacional.

ACERCA DEL NIVEL SECUNDARIA

Art. 122. Son promovidos al siguiente grado superior los estudiantes:

a. Que al finalizar el año no presenten ninguna área desaprobada al mes de diciembre. b. Que luego de la prueba de recuperación del mes de febrero no presenten ninguna

área desaprobada o como máximo presenten un área desaprobada.

Art. 123. Pasan a la prueba de recuperación los estudiantes que obtuvieran al mes de diciembre

una, dos y hasta tres áreas desaprobadas. Art. 124. Repiten de grado los estudiantes que:

a. Obtuvieran 4 o más áreas desaprobadas al mes de diciembre

b. Luego de la prueba de recuperación de febrero desaprueban dos o más áreas.

Art. 125. Los certificados de estudios secundarios se entregarán:

a. A partir de la primera semana del mes de enero a los alumnos de la Promoción,

desde la tercera semana a los alumnos de Primer a Cuarto año y luego de cinco días hábiles de la fecha en que se presentó en la recepción del colegio la solicitud en el formato de trámite con todos los requisitos establecidos. Es requisito no adeudar pensiones u otros conceptos al colegio.

b. A los estudiantes sin ninguna área desaprobada.

c. Durante el año escolar bajo los mismos requisitos indicados en el inciso a y b, y del año o años anteriores al que está cursando.

ACERCA DE LA MATRÍCULA CONDICIONAL Y/O SEPARACIÓN DEL COLEGIO

Art. 126. El estudiante perderá la vacante para el año venidero si obtiene una nota

desaprobatoria en comportamiento como promedio del año escolar vigente. Art. 127. El estudiante que estando con matrícula condicional cometiere una falta de cualquier

orden y/o es reprobado en comportamiento en cualquier Bimestre, perderá automáticamente la vacante para el siguiente año lectivo.

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Art. 128. La condición de matrícula condicional será evaluada por el Director del colegio al finalizar el año escolar, para su mantenimiento o eliminación, previo informe de la coordinación de TOE y/o departamento de Psicología.

Art. 129. Las faltas de 4º orden especificadas en el Reglamento de Evaluación del

Comportamiento. La IEP PAMER se reserva el derecho de otorgar Matrícula condicional y dialogar con los padres de familia con el objeto de encontrar una solución armoniosa al problema.

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TÍTULO IX DIRECTIVAS DEL AÑO ESCOLAR

CAPITULO I

MATRÍCULA

Art. 130. La IEP brinda información veraz, suficiente y apropiada sobre las condiciones económicas y generales a las que se ajusta la prestación del servicio educativo a través de su plataforma virtual, la Presentación anual de la propuesta educativa, la Carta de ratificación de vacante y el Compromiso de Pago de la Carpeta de Matrícula. Información que será aceptada por la madre o padre de familia, tutora o tutor legal, apoderado(a) mediante la firma de los documentos antes mencionados.

Asimismo, al momento de la matrícula el colegio brinda información al padre de familia sobre el cronograma de pagos, compromisos a asumir, características del Proyecto Educativo Institucional, Reglamento interno, montos de pensiones, matrículas, cuota de ingreso, cuotas extraordinarias para la realización de actividades curriculares complementarias, lineamientos pedagógicos del aprendizaje, etc. Ante la coyuntura de pandemia la institución respetará las indicaciones brindadas por el ministerio de educación de elaborar el PLAN DE RECUPERACIÓN de marzo a diciembre y cobrando el servicio educativo respectivo.

ACERCA DE LA RATIFICACIÓN DE MATRICULA

Art. 131. El proceso de ratificación de vacante para el siguiente año escolar se realiza a partir de

la recepción de la Carta de ratificación hasta la matrícula de alumno, dentro del cual, la disponibilidad de una vacante para el estudiante dependerá de 1) haber cumplido oportunamente el pago del servicio educativo del año en finalización, 2) haber demostrado una buena conducta y 3) que se matricule en los cronogramas establecidos.

En caso de que el estudiante se encuentre inmerso en alguna falta, la IEP PAMER se reserva el derecho de otorgar la vacante respectiva. Siendo que en caso la IEP PAMER decida su otorgamiento, no se inferirá su voluntad de condonar la deuda (pues mantendrá su derecho a exigir el pago de la misma) o permitir la continuación de los otros supuestos de falta, pues podrá en cualquier momento tomar las medidas correctivas dentro del marco legal.

ACERCA DE LA MATRICULA DE ALUMNOS NUEVOS

Art. 132. Para concretar la matrícula, el padre de familia deberá presentar al Colegio el cupón de

matrícula cancelado en el Banco y una foto reciente del estudiante con su nombre y apellido al reverso y los certificados emitidos por el colegio de origen, visados por la UGEL.

Además, deberá contar con la siguiente documentación:

1. Entregar copia de la libreta de notas del año anterior.

2. Firmar la carpeta de matrícula que contiene los siguientes documentos:

a. Ficha de datos del alumno y de los PADRE DE FAMILIA y/o apoderados.

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b. Compromiso de asistencia a reuniones de padres y Talleres o Escuelas de Padres.

c. Compromiso de Pago.

d. Resolución de autorización de traslado.

e. Ficha única de matrícula emita por el sistema SIAGIE.

f. Declaración Jurada de Ingresos

g. Autorización de uso de datos personales

h. Autorización de uso de imagen.

i. Constancia de no adeudo otorgada por el colegio de procedencia del

estudiante.

CONDICIONES GENERALES Art. 133. Es importante recalcar que sólo el padre y/o madre, o apoderado (que acredite tal

condición y facultades) del alumno podrán efectuar y ratificar la matrícula.

Es de estricta responsabilidad de los padres de familia presentar los documentos completos del estudiante, si faltase algún documento al momento de presentar las nóminas oficiales a la UGEL respectiva, el cual se realiza dentro del primer bimestre, la matrícula no se oficializará y el alumno no podrá continuar en el Colegio. En vista de la pandemia los padres de familia que no regularizaron los documentos deberán complementarlo una vez que el MINEDU autorice el funcionamiento de la institución en el área administrativa. Dé no hacerlo asumirá los costos que estos generen determinados por la institución.

Art. 134. Para que se acepte la matrícula extemporánea de un estudiante, éste deberá traer la libreta de notas de los bimestres en los que no estudió en Pamer, pues no se permite la incorporación de alumnos que no cuenten con documentación completa. Las matrículas extemporáneas sólo pueden darse durante las dos primeras semanas del bimestre en curso siempre que el estudiante cuente con la libreta de notas del bimestre anterior del colegio donde estudiaba, con el fin de evitar que el estudiante tenga notas faltantes.

En vista de la pandemia los padres de familia que se han matriculado de manera digital se considerará como declaración jurada y deberán regularizar los documentos señalados propios de una matrícula presencial y que deberán complementarlo una vez que el MINEDU autorice el funcionamiento de la institución en el área administrativa. Dé no hacerlo asumirá los costos que estos generen determinados por la institución o se reserva el derecho de admisión, de detectarse un fraude pues la institución procederá respecto a ley contemplando el perjuicio a la I.E.P. PAMER.

Art. 135. Entendiendo que el pago del concepto de Matrícula es un derecho por ingresar a estudiar en la IEP PAMER, al margen del momento en que ésta se efectúe, el monto a pagar será el mismo independientemente de la época del año escolar en que el alumno ingrese a estudiar. Sin embargo, cabe recalcar que no se aceptarán matrículas con fecha posterior al 1° de Setiembre para el año escolar lectivo vigente.

Art. 136. La Institución Educativa PAMER informa y comunica a los padres de familia, alumnos y

comunidad educativa en general, el presente Reglamento y su contenido completo, a través de la plataforma del Aula Virtual (http://aula.pamer.edu.pe), al que los alumnos

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REGLAMENTO INTERNO COLEGIOS 2021

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matriculados y sus padres tendrán acceso, hecho con el cual se garantiza el conocimiento del mismo. Queda a criterio de la IEP PAMER disponer o no de otra forma de comunicación.

CAPITULO II

REGIMEN ECONÓMICO

Art. 137. Son ingresos de la Institución Educativa Privada las pensiones de enseñanza, cuota de

ingreso, matrículas, certificados de estudios y similares, los ingresos financieros entre otros.

Art. 138. El monto de la cuota de ingreso, matrícula y pensión anual es propuesto por la

Gerencia de Colegios y aprobado por la Promotoría y la Gerencia General. Art. 139. Los conceptos que deberán abonar los Padres de Familia son los siguientes:

a. Cuota de ingreso, que se cobra una sola vez a los estudiantes nuevos.

b. Derecho de Matrícula, que se cobra una vez por año al momento de efectuarse la

matrícula efectiva del estudiante en el colegio, y será siempre equivalente como máximo a una mensualidad.

c. Mensualidades o pensiones iguales para el periodo escolar, comprendido entre los meses de marzo a diciembre (Diez mensualidades). Las pensiones se pagan, de acuerdo a la fecha estipulada en su cupón de pago. Pasada esta fecha se aplicarán las moras y/o intereses correspondientes.

Art. 140. Los alumnos becados, medio becados o que cuenten con algún tipo de descuento

tendrán un plan de pago especial definido específicamente para su caso por la GERENCIA GENERAL y cuya vigencia estará supeditada al rendimiento escolar y comportamiento del alumno a lo largo del año. Así, si el referido estudiante incurre en alguna falta reiterada de primer orden o en faltas de segundo orden, la IEP PAMER se reserva el derecho de definir si continúa o no con el beneficio económico otorgado. Si incurre en faltas de tercer o cuarto orden perderá automáticamente el beneficio económico.

Así mismo, será motivo del retiro del beneficio económico el pago tardío de las pensiones en su plazo respectivo. En dicho caso, EL COLEGIO comunicará al padre de familia vía electrónica o escrita el retiro de dicho beneficio, debiendo pagar la mensualidad del mes en que ocurre la comunicación y las siguientes al costo normal de la pensión u otra obligación impaga.

Art. 141. Para tener la posibilidad de ser acreedor de un descuento especial, deberá presentar

su solicitud a la Dirección de la Institución Educativa quien derivará su caso al COMITÉ DE GERENCIA para que evalúe el caso, considerando entre otros aspectos el número de becas disponibles. Las becas se otorgan sólo por el correspondiente año lectivo. Es de total decisión de la IEP PAMER el otorgamiento o no de una beca o cualquier beneficio económico sin necesidad de expresión de causa. Lo mismo se aplica para las renovaciones cada año.

Art. 142. Los pagos por concepto de derecho de matrícula y pensiones, deberán efectuarse

directamente en el banco que se le indique en la sala de venta conforme a las condiciones económicas establecidas e informadas a los padres de familia.

Art. 143. Las fechas de pago ya están establecidas y definidas en el “Compromiso de pago”,

documento que todo padre de familia debe conocer antes de realizar la matrícula.

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Como ya el cronograma de pagos es de su conocimiento, cabe resaltar que no existirán cambios en las fechas de pago.

Art. 144. Por ningún motivo se efectuarán devoluciones de dinero sea por concepto de Matrícula,

o cuota de ingreso, así el estudiante haya o no recibido el servicio educativo, pues la IEP PAMER cumple con su obligación contractual poniendo a disposición del alumno su servicio educativo tal como lo ofreció al momento de la matrícula, el no uso del mismo será de estricta responsabilidad del padre de familia o apoderado y no será motivo para exigir la devolución de ningún monto de dinero ya pagado.

Art. 145. Si un padre de familia desea trasladar a su hijo(a) a algún otro local de los

Colegios Pamer, deberá cumplir con los siguientes requisitos:

a. Solicitud de traslado, donde indicará los motivos que generan esa solicitud. Esta solicitud será dirigida a la dirección del Colegio en el que se encuentra matriculado, indicando el local donde se desea hacer el traslado. Este trámite interno durará como máximo 7 días útiles.

b. Del mismo modo, se verificará el record de pagos del alumno, por lo que debe estar al día

en todos sus pagos.

Art. 146. Para efectos del trámite y autorización del traslado a otra sede, se tendrá en cuenta las siguientes condiciones:

a. Si el alumno tiene matrícula condicional.

b. El expediente académico y de conducta.

c. Si existen vacantes en el local al que desea hacerse el traslado.

d. Si presenta deuda en el colegio anterior.

Una vez iniciado el proceso, la obligación de pagos queda pendiente hasta que se apruebe o niegue el traslado, la persona que autoriza el traslado de matrícula será el Gerente de Administración y Finanzas.

Art. 147. No se efectuará ninguna devolución por concepto de traslado. Es decir, si un alumno

efectuó pagos correspondientes a uno del colegio de la Corporación cuyo monto de pensión es mayor del colegio al cual se traslada, no podrá solicitar la devolución de su dinero por la diferencia dineraria que se genere.

CAPITULO III

INCUMPLIMIENTO DE PAGOS

Art. 148. En caso de presentarse retraso en el pago de las pensiones mensuales de enseñanza, se aplicará un interés compensatorio y moratorio por cada día impago, el cual será el

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REGLAMENTO INTERNO COLEGIOS 2021

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máximo permitido por la Ley para entidades que no forman parte del sistema financiero, en el marco de las Normas de protección al consumidor.

Art. 149. En caso de presentarse morosidad reiterativa, se citará al Padre de Familia o

Apoderado al colegio para que dialogue con el Director sobre la situación de su deuda y evaluar la viabilidad de su pago.

Art. 150. En caso de incumplimiento de pago, se procederá a la retención de documentos

correspondientes a períodos no pagados, según permitido por la normativa aplicable, tales como:

a. Certificado de estudios

b. Beneficios adicionales otorgados como: visualización de Libreta de notas a

través de la página web Aula Pamer.

c. En caso el Responsable de pago no cumpla con el compromiso de pago o no asista o responda a las reuniones convocadas para dichos fines, el colegio estará facultado para reportar su morosidad a centrales de riesgo tales como Infocorp, conforme a ley.

Art. 151. En caso que el Padre de familia / apoderado mantenga una deuda mayor a 2

pensiones, continua o no:

a. La matrícula quedará observada para el siguiente año escolar teniendo la IEP PAMER la facultad de no ratificarla.

b. La Institución Educativa tendrá la facultad de reportar la deuda en la central de

riesgo Infocorp, la que se realizará con información de deuda actualizada por todos los conceptos adeudados más el interés compensatorio y moratorio aplicable.

CAPITULO IV

OTORGAMIENTO DE BECAS

Art. 152. La IEP brinda 2 tipos de becas:

a. Becas por orfandad, que se rigen en base a la Ley 23585.

b. Becas potestativas, de las cuales la IEP que se guarda el derecho de otorgarlas bajo

evaluación correspondiente. Art. 153. Corresponde a la IEP otorgar las becas observando los requisitos y disposiciones

contempladas en la Ley de Promoción de la Inversión en la educación y su Reglamento D.S.047-97-EF, Ley Nº 23585.

Art. 154. La beca de estudios es un beneficio que otorga el colegio, que consiste en la

exoneración total o parcial de la pensión de enseñanza, pero que no incluye los pagos por concepto de matrícula ni cuota de ingreso, salvo en los casos de beca por orfandad.

La IEP Pamer podría otorgar los siguientes tipos de beneficios:

a) Beca total: Equivale a la exoneración total de la pensión correspondiente a los meses de

marzo a diciembre.

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REGLAMENTO INTERNO COLEGIOS 2021

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b) Beca parcial: Equivale a la exoneración de un porcentaje variable de la pensión correspondiente a los meses de marzo a diciembre.

c) Beca integral en cumplimiento de la Ley N° 23585:

Incluye la matrícula, pensión de enseñanza, certificados y otros relacionados con los estudios, exámenes, graduación o titulación, desde la fecha en que ocurre la pérdida del padre, tutor o persona encargada de solventar la educación del menor, hasta la aprobación del último grado de Educación Secundaria, siempre que acredite carecer de recursos para sufragar dichos pagos.

Art. 155. El trámite de Solicitud de beca inicia cuando el Padre de Familia y/o Apoderado

presenta a la Dirección de la Institución, el Formato Único de Trámite, debidamente firmado y sustentando su petición.

Se deben cumplir los siguientes requisitos básicos:

a) Que sea llenada con los datos solicitados, en forma completa y veraz.

b) Que sea acompañada de todos los documentos requeridos.

c) Que se encuentren canceladas todas las obligaciones económicas previas con el colegio.

Art. 156. Los padres de familia o apoderados deben adjuntar copias de los siguientes documentos:

a) Para casos de Orfandad:

• Documento de Identidad del fallecido, solicitante y del alumno.

• Copia certificada Partida defunción

b) Para casos Potestativos:

• Documento del solicitante y del alumno.

• Certificado o documento que acredite la condición especial.

Art. 157. Los padres de familia o apoderados deben adjuntar copias de los siguientes

documentos:

1. Declaración Jurada de carencia de Recursos

2. Croquis de la vivienda

3. Sustento de ingresos:

• Trabajadores dependientes: 2 últimas boletas de remuneraciones.

• Trabajadores independientes: Recibos emitidos por Honorarios Profesionales en los últimos (6) seis meses y Declaración Jurada de Impuesto a la Renta.

• Pensión: Documento sustentatorio.

• Negocios unipersonales o sociedades (compra, Declaración Jurada de 3ra. Categoría de los 2 últimos años y los formularios de los últimos 6 meses por el pago del I.G.V. (Resumen del IGV que ha pagado), copia de RUC.

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REGLAMENTO INTERNO COLEGIOS 2021

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• Actividad Comercial inscrita en el Régimen Único Simplificado (RUS), los 6

últimos recibos de pago del impuesto de renta mensual.

• En el caso que otro familiar asuma la pensión escolar, deberá presentar una Declaración Jurada especificando: tiempo, motivo y cuánto aporta.

• Certificado de propiedad de inmueble y vehicular emitido por Registros Públicos de Lima y Callao.

4. Sustento de gastos:

• Constancia de aportaciones de AFP u ONP (Detallado). • Contrato de alquiler y recibos en caso de ser inmueble alquilado (último

año). • Recibos de agua, luz y teléfono correspondientes al último mes. • Boletas de pago de pensiones escolares o universidades de hermanos(as)

del beneficiario. • Constancia de deudas financieras e hipotecarias (Estados de cuenta).

Art. 158. La atención de solicitudes se realizará según lo siguiente:

• No se recibirá el expediente si no se encuentra completo y el tiempo de atención

correrá a partir de la última fecha de subsanación de documentos.

• La visita de la Asistenta Social se dará como máximo 5 días después de la entrega correcta de documentos (no necesariamente fecha de solicitud).

• La respuesta a la solicitud se dará en un plazo máximo de 30 días después de la

entrega correcta de documentos (no necesariamente fecha de solicitud).

Art. 159. La IEP remitirá la respuesta de la solicitud al domicilio, correo electrónico o conforme lo haya fijado el solicitante en el Formato Único de Trámite.

Art. 160. Para las becas integrales en cumplimiento de la Ley 23585, la IEP emitirá una

resolución firmada en original y dos copias; el original será entregado al cónyuge supérstite, tutor o apoderado del alumno; una copia será archivada en Secretaría del Centro Educativo y la otra será remitida para conocimiento de la autoridad sectorial.

Art. 161. El beneficio de las becas totales y/o parciales culminará al finalizar cada año escolar,

de tal manera que, para seguir con el beneficio de beca en el siguiente año escolar, debe realizarse una nueva solicitud. Estas becas no constituyen derechos adquiridos de los beneficiarios.

Art. 162. El beneficio de otorgamiento de Beca por orfandad cubre hasta el término de los

estudios del alumno y se suspende durante un año lectivo por las siguientes causas:

• Bajo rendimiento: Repitencia. • • Mala conducta del menor: cuando en su evaluación general anual de conducta el

alumno ha obtenido nota desaprobatoria.

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TITULO XI

PROTOCOLOS DE ATENCIÓN

CAPITULO I SEGURIDAD Y EMERGENCIAS

Art. 163. La IEP PAMER ha establecido un Protocolo de atención de enfermedades y

accidentes, ante la ocurrencia de alguna situación que ponga en riesgo la salud o la integridad física del alumnado.

Cabe señalar que es muy importante que cuando un alumno tenga molestias o haya sufrido algún golpe dentro del horario escolar, informe al tutor correspondiente de lo sucedido en ese mismo momento, para que La Dirección tome las medidas necesarias según sea el caso.

De igual manera, es importante que el Padre de familia no envíe al alumno a clases si es que éste presenta alguna enfermedad o malestar que no le permita el desarrollo normal de sus actividades diarias

Art. 164. Debe entenderse las siguientes situaciones:

- Enfermedad: alteración de la salud cuyos síntomas se presentan durante el dictado

de las clases e impedirían el desarrollo normal de la actividad del alumno. Ejemplo: gripe, tos, fiebre, náuseas o vómitos, alergias, diarreas, etc.

- Accidente leve: suceso repentino que requiere atención de Primeros Auxilios, la cual será brindada en el mismo Centro Educativo por personal entrenado. Ejemplo: raspones, heridas superficiales, golpes, irritaciones oculares, etc.

- Accidente mediano a grave: suceso repentino que requiere la atención de personal médico y la derivación del afectado a un Centro de Salud externo. Ejemplo: fracturas, cortes, luxaciones, quemaduras, etc.

ACERCA DE LA ATENCIÓN MÉDICA

Art. 165. La IEP Pamer ha establecido que la atención médica de los alumnos en caso de accidentes se dará mediante las siguientes modalidades:

- Nivel primario: a través del Seguro contra accidentes para estudiantes. - Nivel secundario: a través del Seguro que contrate e informe el Padre de familia y/o

establecimiento de salud público más cercano.

Art 166. En cuanto al Seguro de atención médica para el nivel secundario, los padres de familia y/o apoderados podrán gestionarlo de manera particular. De no contratar los padres de familia y/o apoderado un seguro escolar de su elección, ante la eventualidad de cualquier accidente, éstos deberán asumir los gastos de salud y otros conceptos derivados de estos hechos de manera íntegra, correspondiendo a la institución educativa brindar al alumno los primeros auxilios correspondientes y traslado al establecimiento de salud público más cercano de ser el caso.

Art. 167. En caso el padre de familia contrate el seguro escolar contra accidentes de manera

particular deberá comunicarlo a la institución educativa y cumplir con remitir la documentación pertinente tales como: copia del carnet del alumno asegurado, constancia del seguro donde se verifique el número de póliza, nombre del alumno, compañía aseguradora y la fecha de vigencia de la póliza que deberá estar vigente hasta diciembre de 2020.

ACERCA DE LA ATENCIÓN

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REGLAMENTO INTERNO COLEGIOS 2021

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Art. 168. La atención al alumno se realizará según cada caso:

a. Enfermedad: según sean los síntomas que presente el alumno, se le atenderá en el tópico con la finalidad de controlar los mismos y que regrese a clases o hasta el momento en que el Padre de familia pueda recogerlo del colegio (en caso lo requiera).

b. Accidente leve: se procederá a aplicar los Primeros auxilios según sea el caso por personal de la sede entrenado de la Brigada de Emergencias.

c. Accidente mediano a grave: el alumno será trasladado a la clínica más cercana de acuerdo a la red de Clínicas afiliadas al Seguro contra Accidentes para estudiantes y/o al establecimiento de salud que ha informado el Padre de familia (nivel secundario).

ACERCA DE LA COMUNICACIÓN AL PADRE DE FAMILIA

Art 169. La comunicación al Padre de Familia se realizará según cada caso:

a. Enfermedad y/o accidente leve, se comunicará la situación sucedida, por escrito vía agenda y/o personalmente a la hora de salida.

b. Fiebre alta y/o síntomas que requieran retirarse del colegio, se comunicará de forma telefónica para que proceda a acercarse al colegio a recoger al alumno.

c. Accidente mediano a grave, se comunicará de forma telefónica para que se acerque

a la clínica a donde se derivará al alumno. Se deberá indicar los siguientes datos importantes:

- Accidente ocurrido. - Nombre de la clínica y dirección, acercarse por Emergencias. - Nombre del personal de la IEP que lo acompañará. - Nº póliza del Seguro contra accidentes. - Portar el DNI original del alumno.

CAPÍTULO II VIOLENCIA ESCOLAR

Art. 170. La IEP Pamer ha establecido un Protocolo para la atención y tratamiento de situaciones

de Violencia Escolar que puedan darse durante el desarrollo del año escolar, el cual se encuentra alineado con las disposiciones dadas por el MINEDU y el SISEVE.

Art. 171. En el protocolo se brindan los pasos a realizar según los tipos de violencia que se

puedan presentar:

A. SITUACIONES DE VIOLENCIA ENTRE ESTUDIANTES Protocolo 1: violencia psicológica y física (sin lesiones) Protocolo 2: violencia sexual y física (con lesiones y/o armas) B. SITUACIONES DE VIOLENCIA DEL PERSONAL DE LA IE HACIA LOS

ESTUDIANTES Protocolo 3: violencia psicológica Protocolo 4: violencia física Protocolo 5: violencia sexual

Art. 172. El registro y seguimiento de los casos de violencia escolar que puedan darse se

realizará según lo siguiente:

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REGLAMENTO INTERNO COLEGIOS 2021

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a. El Libro de Incidencias de cada sede y el director es el responsable de

mantenerlo actualizado y de garantizar su uso adecuado. b. El Portal SISEVE, la cual permite que cualquier persona pueda reportar un caso

de violencia escolar. La afiliación al SíseVe es obligatoria y es realizada por el director. La responsabilidad de su administración está a cargo del responsable del psicólogo de la sede.

ACERCA DE LAS RECOMENDACIONES GENERALES

Art. 173. Al presentarse algún caso anteriormente descrito, se recomienda:

- No juzgar el testimonio del estudiante agredido. Verificar la información. No confrontar al agresor con el estudiante agredido.

- Comunicarse inmediatamente con los padres de familia o apoderados. Mostrarles los pasos a seguir. No ocultar a los padres de familia un incidente de violencia escolar que involucre a su hijo(a).

- Cuidar la confidencialidad de la información de los estudiantes. Proteger sus datos personales. No revictimizar a los estudiantes, presentando el caso de violencia escolar públicamente.

- Comunicar inmediatamente los casos de violencia a la autoridad correspondiente. - Actuar con prontitud para garantizar la protección de los estudiantes. No demorar

la derivación de un estudiante a los servicios de salud - Apoyar y orientar a los estudiantes agresores porque suelen ser víctimas de otros

tipos de violencia. - Sentar la denuncia, durante las primeras 24 horas, una vez conocido el caso de

violencia física o sexual cometida por un personal de la IE, ante el Ministerio Público o comisaría de su jurisdicción. Asimismo, informar el hecho a la UGEL/DRE.

- No exponer a los estudiantes agresores a sanciones punitivas (expulsión). - No suscribir actas de conciliación donde se obligue a la familia a no denunciar la

agresión cometida por un adulto que trabaja en la IE. ACERCA DEL CIERRE DE CASOS

Art. 174. Para dar por culminada la atención de un caso de violencia escolar se debe garantizar el cumplimiento de los siguientes criterios:

a. Protocolo 1: violencia psicológica y física entre estudiantes (sin lesiones):

Cuando los familiares y los estudiantes involucrados han cumplido con los compromisos asumidos para la mejora de la convivencia y el cese de la violencia. Debe estar garantizado el seguimiento a los compromisos por parte de los tutores.

b. Protocolo 2: violencia sexual y física entre estudiantes (con lesiones y/o armas): Cuando el caso se ha comunicado a la Policía Nacional o al Ministerio Público y se ha garantizado el cese de la violencia y las medidas de protección y acompañamiento a los estudiantes involucrados.

c. Protocolo 3: violencia psicológica cometida por personal de la institución educativa: Cuando el hecho ha sido informado a la UGEL y se ha asegurado el cese de la violencia y las medidas de protección y acompañamiento a los estudiantes involucrados.

d. Protocolo 4 y 5: violencia física y sexual cometido por personal de la institución

educativa: Cuando se pone a disposición de la UGEL al presunto agresor como medida preventiva y el hecho ha sido denunciado en la Policía Nacional o al

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REGLAMENTO INTERNO COLEGIOS 2021

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Ministerio Público. Asimismo, se deben haber tomado las medidas de protección necesarias para garantizar la seguridad del estudiante, así como su recuperación física y psicológica.

CAPITULO III SOLICITUDES, QUEJAS Y RECLAMOS

Art. 175 En conformidad con el Código de Protección al Consumidor, la IE Pamer ha establecido

un procedimiento para la atención de Solicitudes, quejas y reclamos, entendiéndose para cada caso lo siguiente:

a. Solicitud: Documento escrito en el que se pide formalmente algo.

b. Reclamo: manifestación que un consumidor realiza al proveedor a través de una

Hoja de Reclamación, mediante la cual expresa una disconformidad relacionada a los bienes expendidos o suministrados o a los servicios prestados.

c. Queja: manifestación que un consumidor realiza al proveedor a través de una

Hoja de Reclamación, mediante la cual expresa una disconformidad que no se encuentra relacionada a los bienes expendidos o suministrados o a los servicios prestados; o, expresa el malestar o descontento del consumidor respecto a la atención al público, sin que tenga por finalidad la obtención de un pronunciamiento por parte del proveedor.

Art. 176. En caso el Padre de Familia y/o apoderado tenga una insatisfacción acerca del servicio

brindado y/o requiera hacer una solicitud, debe acercarse a la Dirección de la IE y solicitar le entreguen el documento para registro según sea el caso:

a. Formato único de trámite: para realizar todo tipo de solicitudes administrativas,

pedagógicas, sociales (becas), etc. Art. 177. Libro de reclamaciones: para registrar una queja y/o reclamo. Para la atención correcta

de las solicitudes, quejas y reclamos, el Padre de familia y/ apoderado debe tener en cuenta lo siguiente:

a. Debe completar todos los datos solicitados en el Formato único de trámite y/o en

la Hoja de Reclamaciones. b. Debe completar con letra inteligible los datos solicitados, c. Debe completar el correo-e y teléfono de contacto de forma clara para una mejor

y más rápida atención y respuesta del trámite. d. El tiempo de atención de las solicitudes, quejas y/o reclamos es de máximo 30

días.

CAPITULO IV COVID 19

Art. 178. Para proteger a los niños, niñas y adolescentes del coronavirus (COVID-19), la

Institución Educativa Privada Pamer obedece las medidas que ha tomado el Ministerio de Educación y sigue las recomendaciones del Ministerio de Salud.

Art. 179. Sobre la suspensión de clases, tomar en cuenta que el reinicio de clases será en el

momento que el MINEDU determine y mientras tanto deberá cumplirse el Estado de Emergencia dispuesto en el DS Nº 044-2020-PCM. Toma en cuenta que: Los estudiantes deberán pasar ese tiempo en casa siguiendo las medidas de prevención y cumpliendo con las actividades académicas señaladas en la platafoma digital Pamer.

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REGLAMENTO INTERNO COLEGIOS 2021

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Art. 180. Recomendaciones para el uso de mascarillas Bajo ciertas circunstancias y pautas de uso, las mascarillas quirúrgicas pueden ser útiles para evitar el contagio de virus como el COVID-19. Para aprovecharlas debidamente, el Ministerio de Salud, apoyado en las principales directivas de la Organización Mundial de Salud (OMS), ha compartido lineamientos que pueden ayudar a garantizar su efectividad frente a la actual pandemia.

Ten presente que las mascarillas solo son efectivas si se combinan con el lavado frecuente de manos con agua y jabón. Además, para cumplir con el Decreto Supremo 057-2020-PCM, que exige su uso al salir de casa, debes aprender a usarla y desecharla correctamente.

CÓMO LE EXPLICÓ LA PANDEMIA A LOS NIÑOS

Art. 181. Estos consejos te ayudarán en el cuidado psicológico de tu hijo o menor de 6 años a tu cargo. Recuerda que ellos responden al estrés de diferentes maneras, como estar más nerviosos, asustados, retraídos, entre otros. Por eso:

a. Si te pregunta por la enfermedad, protege sus emociones contándole los

cuidados que debe tomar, pero sin asustarlo y de forma que él entienda. Puedes usar cuentos para que aprenda de forma entretenida.

b. Impide que vea o escuche noticias que le den un enfoque sensacionalista a la enfermedad. Incluso si es un reportaje con el tratamiento adecuado, es recomendable evitarlo, ya que puede crearle alarma y nervios.

c. Habla con él sobre sus emociones.

d. Mantén las rutinas y horarios regulares tanto como sea posible.

e. En momentos difíciles, el niño necesita amor.

f. Evita hablar de la enfermedad delante de él.

g. No des mensajes que afecten su sensibilidad. “Si un adulto mayor empieza a toser, puede morir”.

h. Evita que adquiera prejuicios ocasionados por información malintencionada. Ejemplo: “No me voy a juntar con el vecino que acaba de llegar de viaje”.

i. Da oportunidades para que, en casa, la niña o niño juegue y se relaje en familia.

DISPOSICIONES FINALES

PRIMERA. - El presente Reglamento Interno entrará en vigencia a partir del día en que se emita la Resolución Directoral aprobatorio, expedido por la Dirección y con el visto bueno de la Entidad Promotora de la institución educativa. SEGUNDA. - El Reglamento Interno se dará a conocer a todos los integrantes de la Comunidad Educativa: Personal Docente y no Docente que labora en la IEP PAMER, así como a los padres de familia que harán conocer a nuestros alumnos y deberán acatar. TERCERA. - Los casos no contemplados en el presente Reglamento Interno, serán resueltos por la Dirección y su Consejo Directivo. La interpretación auténtica o la modificación total o parcial del presente

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REGLAMENTO INTERNO COLEGIOS 2021

Versión N° 02: 23/08/2020 Página 64 de 64 Reglamento Interno es atribución de la Entidad Promotora de la institución educativa, en coordinación con la Dirección del Colegio. CUARTO. - La revisión y actualización del presente Reglamento Interno se realiza anualmente por Dirección y su Consejo Directivo. INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRIVADA PAMER DIRECCIÓN GENERAL