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-0- MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHUCUITO – JULI REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Juli, setiembre del 2009

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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DECHUCUITO – JULI

REGLAMENTO DEORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

Juli, setiembre del 2009

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INDICE GENERAL

Pág.

INTRODUCCION 2

TÍTULO I

De las Disposiciones Generales 3

CAPITULO I: Del Contenido y Alcances 3

CAPITULO II: De la Naturaleza, Finalidad y Objetivos 3

TITULO II

De las Funciones Generales y Estructura Orgánica 3

CAPITULO I: De las Funciones Generales 3

CAPITULO II : De la Estructura Orgánica 4

TITULO III

De las Facultades, Atribuciones y Funciones Específicas 5

CAPITULO I : De los Órganos de Gobierno 5

CAPITULO II : De los Órganos Consultivos y de Coordinación 8

CAPITULO III: Del Órgano de Dirección 10

CAPITULO IV: Del Órgano de Control 11

CAPITULO V: Del Órgano de Defensa 12

CAPITULO VI: De los Órganos de Asesoramiento 13

CAPITULO VII: De los Órganos de Apoyo 16

CAPITULO VIII: De los Órganos de Línea 20

CAPITULO IX: De los Órganos Descentralizados 27

TITULO III

De las Relaciones Interinstitucionales 28

TITULO IV

Del Régimen Laboral 29

TITULO V

Del Régimen Económico 29

TITULO VII

De las Disposiciones Complementarias 29

TITULO VIII

De las Disposiciones Finales 29

GLOSARIO DE TERMINOS 30

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Reglamento de Organización y Funciones

INTRODUCCIÓN

El Gobierno Local de la Provincia de Chucuito, ha reestructurado la organización interna de la

institución en el marco de la modernización del estado, con criterios de eficiencia y eficacia,

orientando sus servicios públicos hacia una gestión por resultados, que fortalezca su accionar para

una adecuada toma de decisiones en el marco de los objetivos institucionales.

El Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial de Chucuito es el

documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la

entidad, orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos. Contiene las

funciones generales de la entidad, y las funciones específicas de los órganos y unidades orgánicas,

estableciendo sus relaciones y responsabilidades, así como las relaciones interinstitucionales que

debe mantener con otras entidades públicas y privadas.

Su objetivo fundamental consiste en orientar, delimitar e integrar las actividades que desarrollan

los diferentes órganos de la Municipalidad Provincial de Chucuito, para cumplir con la misión y los

objetivos institucionales, de conformidad a lo establecido en el Plan de Desarrollo Concertado, y el

Plan Operativo Anual, vigentes, así como en la Ley Nº 27972 -Ley Orgánica de Municipalidades y

sus modificatorias, la Ley Nº 27658 -Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y demás

normas aplicables a la jurisdicción provincial.

El Presente Reglamento consta de ocho títulos, trece capítulos, ochenta y siete artículos, dos

disposiciones complementarias y dos disposiciones finales.

Finalmente, debe destacarse que este contenido, posteriormente, debe ser complementado con el

Cuadro para Asignación de Personal - CAP y el Manual de Organización y Funciones - MOF,

documentos de gestión que especificarán las tareas a realizar por los trabajadores de la

Municipalidad, desagregadas a partir de las funciones previstas en el presente Reglamento.

Ing. Carlos U. León AlvarezPRESIDENTE DE LA COMISION

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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHUCUITO

TÍTULO I

DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO I: DEL CONTENIDO Y ALCANCES

Artículo 1º.- El presente Reglamento de Organización y Funciones comprende la naturaleza,finalidad, objetivos, funciones, atribuciones, organización y relaciones de dependencia jerárquica yfuncional de la Municipalidad Provincial de Chucuito, en concordancia con la Ley Orgánica deMunicipalidades y demás disposiciones legales vigentes.

Artículo 2º.- El ámbito de aplicación del presente Reglamento de Organización y Funcionescomprende a todos los Órganos y Unidades Orgánicas que conforman la Estructura Orgánica de laMunicipalidad Provincial de Chucuito.

Artículo 3º.- La Municipalidad Provincial de Chucuito tiene su domicilio en el Jr. Loyola Nº 104 –Plaza de Armas de la Ciudad de Juli.

CAPITULO II: DE LA NATURALEZA, FINALIDAD Y OBJETIVOS

Articulo 4º.- La Municipalidad Provincial de Chucuito, en adelante MPCHJ, es un Órgano deGobierno promotor del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y con plenacapacidad para el cumplimiento de sus fines. Goza de autonomía política, económica yadministrativa en los asuntos de su competencia. Conforme a la Constitución Política del Perú y laLey Orgánica de Municipalidades, ejerce actos de gobierno, administrativos y de administración,con sujeción al ordenamiento jurídico.

Artículo 5º.- La finalidad de la MPCHJ es representar al vecindario de la provincia de Chucuito,promover la eficiente prestación de los servicios públicos locales y el efectivo desarrollo integral,sostenible, participativo y armónico de la provincia para contribuir al mejoramiento de la calidad devida de su población.

Artículo 6º.- La MPCHJ, tiene como objetivos, planificar y ejecutar a través de los órganoscompetentes, el conjunto de acciones que contribuyan a proporcionar al ciudadano, el ambienteadecuado para la satisfacción de sus necesidades vitales en aspectos de vivienda, salubridad,abastecimiento, educación, recreación y seguridad.

TITULO II

DE LAS FUNCIONES GENERALES Y ESTRUCTURA ORGANICA

CAPITULO I: DE LAS FUNCIONES GENERALES

Artículo 7º.- Las funciones de la MPCHJ son aquellas que se precisan en la Constitución Políticadel Estado, la Ley Orgánica de Municipalidades y demás disposiciones legales.

1. COMPETENCIAS EXCLUSIVASa) Planificar y promover el desarrollo urbano y rural de su circunscripción y ejecutar los planes

correspondientes.b) Normar la zonificación, urbanismo, acondicionamiento territorial y asentamientos humanos.

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c) Administrar y reglamentar los servicios públicos locales destinados a satisfacer necesidadescolectivas de carácter local.

d) Aprobar su organización interna y su presupuesto institucional, conforme a la Ley de GestiónPresupuestaria del Estado y las leyes anuales de presupuesto.

e) Formular y aprobar el plan de desarrollo local concertado con su comunidad.f) Ejecutar y supervisar la obra pública de carácter local.g) Aprobar y facilitar los mecanismos y espacios de participación, concertación y fiscalización de

la comunidad en la gestión municipal.h) Dictar las normas sobre asuntos y materias de su responsabilidad y proponer las iniciativas

legislativas correspondientesi) Otras que se deriven de sus atribuciones y funciones propias, y las que señale la Ley.

2. COMPETENCIAS COMPARTIDASa) Educación, participación en la gestión educativa conforme lo determine la ley de la materia.b) Salud Pública.c) Cultura, turismo, recreación y deporte.d) Preservación y administración de las reservas y áreas naturales protegidas locales, la

defensa y protección de ambientes.e) Seguridad ciudadana.f) Conservación de monumentos arqueológicos e históricos.g) Transporte colectivo, circulación, tránsito urbano.h) Vivienda y renovación urbana.i) Atención y administración de programas sociales.j) Gestión de residuos sólidos.k) Otras que se le deleguen o asignen conforme a ley.

BASE LEGAL

Artículo 8º.- Las principales normas sustantivas que regulan el funcionamiento de la MPCHJ y delas que se derivan sus funciones, son las siguientes:1. Constitución Política del Perú.2. Ley N° 27680 - Ley de Reforma de la Constitución Política del Perú, Capítulo XIV, Título IV.3. Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado4. Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización5. Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y sus modificatorias6. Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público.7. Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM.8. Ordenanza Municipal que aprueba el presente Reglamento.

CAPITULO II : DE LA ESTRUCTURA ORGANICA

Articulo 9º.- La MPCHJ, para el cumplimiento de sus funciones, tiene establecida la EstructuraOrgánica siguiente:

01 ORGANOS DE GOBIERNO01.1. Concejo Municipal01.2. Alcaldía

02 ORGANOS CONSULTIVOS Y DE COORDINACION02.1. Comisiones de Regidores.02.2. Consejo de Coordinación Local Provincial02.3. Comité Provincial de Defensa Civil y Seguridad Ciudadana02.4. Junta de Delegados Vecinales

03 ORGANO DE DIRECCIÓN03.1. Gerencia Municipal

04 ORGANO DE CONTROL04.1. Oficina de Control Institucional

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05 ORGANO DE DEFENSA05.1. Procuraduría Pública Municipal

06 ORGANOS DE ASESORAMIENTO06.1. Oficina de Asesoría Jurídica06.2. Oficina de Planeamiento y Presupuesto06.2.1. Unidad de Presupuesto y Racionalización06.2.2. Unidad de Planeamiento y de Programación e Inversiones

07 ORGANOS DE APOYO07.1. Secretaría General e Imagen Institucional07.2. Oficina de Administración07.2.1. Unidad de Personal07.2.2. Unidad de Contabilidad07.2.3. Unidad de Tesorería07.2.4. Unidad de Logística07.2.5. Unidad de Administración Tributaria

08 ORGANOS DE LINEA08.1. Gerencia de Infraestructura08.1.1. Sub Gerencia de Estudios Definitivos y Planeamiento Urbano08.1.2. Sub Gerencia de Obras08.1.3. Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación de Obras08.2. Gerencia de Desarrollo Económico08.2.1. Sub Gerencia de Promoción Productiva08.3. Gerencia de Desarrollo Social y Comunal08.3.1. Sub Gerencia de Desarrollo Social08.3.2. Sub Gerencia de Servicios Comunales

09 ORGANOS DESCENTRALIZADOS09.1. Instituto Vial Provincial.09.2. Unidad de Gestión Administrativa de Servicios de Saneamiento de la Ciudad de Juli09.3. Centros Poblados

TITULO III

DE LAS FACULTADES, ATRIBUCIONES Y FUNCIONES ESPECÍFICAS

CAPITULO I : DE LOS ORGANOS DE GOBIERNO

DEL CONCEJO MUNICIPAL

Artículo 10º.- El Concejo Municipal, es el máximo órgano de gobierno de la MunicipalidadProvincial de Chucuito; y, ejerce funciones normativas y fiscalizadoras, con las atribuciones,responsabilidades, impedimentos y derechos, establecidos en la Ley Orgánica de Municipalidades ylas normas conexas, modificatorias y complementarias. Está conformado por el Alcalde y once (11)Regidores. Su funcionamiento está sujeto a lo dispuesto en su Reglamento Interno y demásdisposiciones legales vigentes.

Artículo 11º.- Son atribuciones del Concejo Municipal las siguientes:1. Aprobar los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y el Presupuesto Participativo.2. Aprobar, monitorear y controlar el Plan de Desarrollo Institucional y el Programa de

Inversiones, teniendo en cuenta los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y elPresupuesto Participativo.

3. Aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local.

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4. Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identifique las áreasurbanas y de expansión urbana; las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales;las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental declaradas conforme a ley.

5. Aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificaciónde áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicossobre la base del Plan de Acondicionamiento Territorial.

6. Aprobar el Plan de Desarrollo de Capacidades.7. Aprobar el sistema de gestión ambiental local y sus instrumentos, en concordancia con el

sistema de gestión ambiental nacional y regional.8. Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos.9. Crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos,

conforme a ley.10. Declarar la vacancia o suspensión de los cargos de alcalde y regidor.11. Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la

municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otrofuncionario.

12. Aprobar por ordenanza el Reglamento del Concejo Municipal.13. Aprobar los proyectos de ley que en materia de su competencia sean propuestos al Congreso

de la República.14. Aprobar normas que garanticen una efectiva participación vecinal.15. Constituir comisiones ordinarias y especiales, conforme a su reglamento.16. Aprobar el presupuesto anual y sus modificaciones dentro de los plazos señalados por ley, bajo

responsabilidad.17. Aprobar el balance y la memoria.18. Aprobar la entrega de construcciones de infraestructura y servicios públicos municipales al

sector privado a través de concesiones o cualquier otra forma de participación de la inversiónprivada permitida por ley, conforme a los artículos 32º y 35º de la Ley Orgánica deMunicipalidades.

19. Aprobar la creación de centros poblados y de agencias municipales.20. Aceptar donaciones, legados, subsidios o cualquier otra liberalidad.21. Solicitar la realización de exámenes especiales, auditorías económicas y otros actos de control.22. Autorizar y atender los pedidos de información de los regidores para efectos de fiscalización.23. Autorizar al procurador público municipal, para que, en defensa de los intereses y derechos de

la municipalidad y bajo responsabilidad, inicie o impulse procesos judiciales contra losfuncionarios, servidores o terceros respecto de los cuales el órgano de control interno hayaencontrado responsabilidad civil o penal; así como en los demás procesos judicialesinterpuestos contra el gobierno local o sus representantes.

24. Aprobar endeudamientos internos y externos, exclusivamente para obras y servicios públicos,por mayoría calificada y conforme a ley.

25. Aprobar la donación o la cesión en uso de bienes muebles e inmuebles de la municipalidad afavor de entidades públicas o privadas sin fines de lucro y la venta de sus bienes en subastapública.

26. Aprobar la celebración de convenios de cooperación nacional e internacional y conveniosinterinstitucionales.

27. Aprobar las licencias solicitadas por el alcalde o los regidores, no pudiendo concederse licenciassimultáneamente a un número mayor del 40% (cuarenta por ciento) de los regidores.

28. Aprobar la remuneración del alcalde y las dietas de los regidores.29. Aprobar el régimen de administración de sus bienes y rentas, así como el régimen de

administración de los servicios públicos locales.30. Disponer el cese del gerente municipal cuando exista acto doloso o falta grave.31. Plantear los conflictos de competencia.32. Aprobar el cuadro de asignación de personal y las bases de las pruebas para la selección de

personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo.33. Fiscalizar la gestión de los funcionarios de la municipalidad.34. Aprobar los espacios de concertación y participación vecinal, a propuesta del alcalde, así como

reglamentar su funcionamiento.35. Las demás atribuciones que le correspondan conforme a Ley.

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Artículo 12º.- Corresponden a los regidores las siguientes atribuciones y obligaciones:1. Proponer proyectos de ordenanzas y acuerdos.2. Formular pedidos y mociones de orden del día.3. Desempeñar por delegación las atribuciones políticas del alcalde.4. Desempeñar funciones de fiscalización de la gestión municipal.5. Integrar, concurrir y participar en las sesiones de las comisiones ordinarias y especiales que

determine el reglamento interno, y en las reuniones de trabajo que determine o apruebe elConcejo Municipal.

6. Mantener comunicación con las organizaciones sociales y los vecinos a fin de informar alConcejo Municipal y proponer la solución de problemas.

Artículo 13º.- Responsabilidades, impedimentos y derechos de los Regidores:Los regidores son responsables, individualmente, por los actos violatorios de la Ley practicados enel ejercicio de sus funciones y, solidariamente, por los acuerdos adoptados contra la Ley, a menosque salven expresamente su voto, dejando constancia de ello en actas.

Los regidores no pueden ejercer funciones ni cargos ejecutivos o administrativos, sean de carrerao de confianza, ni ocupar cargos de miembros de directorio, gerente u otro, en la mismamunicipalidad o en las empresas municipales o de nivel municipal de su jurisdicción.

Todos los actos que contravengan esta disposición son nulos y la infracción de esta prohibición escausal de vacancia en el cargo de regidor.

Para el ejercicio de la función edil, los regidores que trabajan como dependientes en el sectorpúblico o privado gozan de licencia con goce de haber hasta por 20 (veinte) horas semanales,tiempo que será dedicado exclusivamente a sus labores municipales. El empleador está obligado aconceder dicha licencia y a preservar su nivel remunerativo, así como a no trasladarlos nireasignarlos sin su expreso consentimiento mientras ejerzan función municipal, bajoresponsabilidad.

DE ALCALDÍA

Artículo 14º.- La alcaldía es el órgano ejecutivo del gobierno local. El Alcalde es el representantelegal de la Municipalidad y su máxima autoridad administrativa.

El Alcalde ejerce las funciones ejecutivas del gobierno municipal y tiene las facultades yatribuciones establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades y otras normas conexas ycomplementarias. Puede delegar sus atribuciones políticas en un regidor hábil y, lasadministrativas, en el Gerente Municipal.

Artículo 15º.- Son atribuciones del Alcalde:1. Defender y cautelar los derechos e intereses de la municipalidad y los vecinos.2. Convocar, presidir y dar por concluidas las sesiones del Concejo Municipal.3. Ejecutar los acuerdos del Concejo Municipal, bajo responsabilidad.4. Proponer al Concejo Municipal proyectos de ordenanzas y acuerdos.5. Promulgar las ordenanzas y disponer su publicación.6. Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas.7. Dirigir la formulación y someter a aprobación del concejo el plan integral de desarrollo

sostenible local y el programa de inversiones concertado con la sociedad civil.8. Dirigir la ejecución de los planes de desarrollo municipal.9. Someter a aprobación del Concejo Municipal, bajo responsabilidad y dentro de los plazos y

modalidades establecidos en la Ley Anual de Presupuesto de la República, el PresupuestoMunicipal Participativo, debidamente equilibrado y financiado.

10. Aprobar el presupuesto municipal, en caso de que el Concejo Municipal no lo apruebe dentrodel plazo previsto en la presente ley.

11. Someter a aprobación del Concejo Municipal, dentro del primer trimestre del ejerciciopresupuestal siguiente y bajo responsabilidad, el balance general y la memoria del ejercicioeconómico fenecido.

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12. Proponer al Concejo Municipal la creación, modificación, supresión o exoneración decontribuciones, tasas, arbitrios, derechos y licencias; y, con acuerdo del Concejo Municipal,solicitar al Poder Legislativo la creación de los impuestos que considere necesarios.

13. Someter al Concejo Municipal la aprobación del sistema de gestión ambiental local y de susinstrumentos, dentro del marco del sistema de gestión ambiental nacional y regional.

14. Proponer al Concejo Municipal los proyectos de reglamento interno del Concejo Municipal, losde personal, los administrativos y todos los que sean necesarios para el gobierno y laadministración municipal.

15. Informar al Concejo Municipal mensualmente respecto al control de la recaudación de losingresos municipales y autorizar los egresos de conformidad con la ley y el presupuestoaprobado.

16. Celebrar matrimonios civiles de los vecinos, de acuerdo con las normas del Código Civil.17. Designar y cesar al gerente municipal y, a propuesta de éste, a los demás funcionarios de

confianza.18. Autorizar las licencias solicitadas por los funcionarios y demás servidores de la municipalidad;19. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones municipales con el auxilio del personal de seguridad

ciudadana, inspectores municipales y la Policía Nacional.20. Delegar sus atribuciones políticas en un regidor hábil y las administrativas en el gerente

municipal.21. Proponer al Concejo Municipal la realización de auditorías, exámenes especiales y otros actos

de control.22. Implementar, bajo responsabilidad, las recomendaciones contenidas en los informes de

auditoría interna.23. Celebrar los actos, contratos y convenios necesarios para el ejercicio de sus funciones.24. Proponer la creación de empresas municipales bajo cualquier modalidad legalmente permitida,

sugerir la participación accionaria, y recomendar la concesión de obras de infraestructura yservicios públicos municipales.

25. Supervisar la recaudación municipal, el buen funcionamiento y los resultados económicos yfinancieros de las empresas municipales y de las obras y servicios públicos municipalesofrecidos directamente o bajo delegación al sector privado.

26. Presidir las Comisiones Provinciales de Formalización de la Propiedad Informal o designar a surepresentante, en aquellos lugares en que se implementen.

27. Otorgar los títulos de propiedad emitidos en el ámbito de su jurisdicción y competencia.28. Nombrar, contratar, cesar y sancionar a los servidores municipales de carrera.29. Proponer al Concejo Municipal las operaciones de crédito interno y externo, conforme a Ley.30. Presidir el comité provincial de defensa civil de la provincia de Chuchito.31. Suscribir convenios con otras municipalidades para la ejecución de obras y prestación de

servicios comunes.32. Atender y resolver los pedidos que formulen las organizaciones vecinales o, de ser el caso,

tramitarlos ante el Concejo Municipal.33. Resolver en última instancia administrativa los asuntos de su competencia de acuerdo al Texto

Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad.34. Proponer al Concejo Municipal espacios de concertación y participación vecinal.35. Las demás que le correspondan de acuerdo a Ley.

CAPITULO II : DE LOS ORGANOS CONSULTIVOS Y DE COORDINACION

COMISIONES DE REGIDORES

Artículo 16º. Las Comisiones de Regidores, son el órgano consultivo del Concejo Municipalencargado de formular propuestas, proyectos y dictámenes de gestión municipal de acuerdo a lasatribuciones que les confiere la Ley Orgánica de Municipalidades. Están constituidas por Regidoresdesignados por Acuerdo del Concejo Municipal. Pueden ser de naturaleza permanente y/o especialy se rigen por su propio reglamento.

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CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL PROVINCIAL

Artículo 17º.- El Consejo de Coordinación Local Provincial – CCL, es el órgano de coordinación yconcertación de la Municipalidad Provincial de Chucuito. No ejerce funciones ni actos de Gobierno.Está integrado por el Alcalde Provincial, que lo preside o por su representante legal; por losAlcaldes Distritales de la Provincia del Chucuito y por los representantes de la sociedad civil y decualquier otra forma de organización de nivel provincial, con las funciones y atribuciones queseñala la Ley Orgánica de Municipalidades. Su composición y número de representantes es elestablecido por el Art. 101º de la mencionada ley.

Artículo 18º.- Son atribuciones del Consejo de Coordinación Local Provincial las siguientes:1. Coordinar y concertar el Plan de Desarrollo Municipal Provincial Concertado y el Presupuesto

Participativo Provincial.2. Proponer las prioridades en las inversiones de infraestructura de envergadura regional.3. Proponer proyectos de cofinanciación de obras de infraestructura y de servicios públicos

locales.4. Promover la formación de Fondos de Inversión como estímulo a la inversión privada en apoyo

del desarrollo económico local sostenible.5. Otras que le encargue o solicite el Concejo Municipal Provincial.

Artículo 19º.- El Consejo de Coordinación Local Provincial se rige por un Reglamento Internoaprobado por Ordenanza Municipal, conforme a Ley.

COMITE PROVINCIAL DE DEFENSA CIVIL Y SEGURIDAD CIUDADANA

Artículo 20º.- El Comité Provincial de Defensa Civil y Seguridad Ciudadana, es el órgano decoordinación integrado por los representantes de instituciones públicas y privadas cuyo objetivo esplanificar, dirigir y ejecutar las acciones de prevención, emergencia, rehabilitación, protección yseguridad ciudadana a los vecinos de la jurisdicción. Los Comités de Defensa Civil y SeguridadCiudadana se conforman, de acuerdo a la normatividad vigente para los Sistemas de Defensa Civily Seguridad Ciudadana.

Artículo 21º.- Son funciones del Comité Provincial de Defensa Civil y Seguridad Ciudadana lassiguientes:1. Establecer un Sistema Provincial de Seguridad Ciudadana con participación de la Sociedad Civil

y de la Policía Nacional.2. Promover la organización de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana.3. Coordinar la formulación y ejecución de los planes, programas y/o proyectos de seguridad

ciudadana.4. Difundir las acciones sobre seguridad ciudadana a la población en general y evaluar los

resultados.5. Coordinar con las instituciones para las tareas de seguridad ciudadana en la provincia, con

sujeción a las normas establecidas en lo que respecta a los Comités de Defensa CivilProvinciales.

6. Coordinar la elaboración del Plan Provincial de Prevención y Atención de Desastres.7. Coordinar acciones de capacitación de Defensa Civil con la Compañía de Bomberos, Fuerzas

Policiales, Hospitales y otras instituciones.8. Organizar, coordinar e implementar el Centro de Operaciones de Emergencia.9. Programar, coordinar, supervisar, ejecutar y evaluar simulacros de evacuación.10. Otras funciones que de acuerdo a la normatividad vigente les corresponda.

Artículo 22º.- El Comité Provincial de Defensa Civil y Seguridad Ciudadana se rige por suReglamento aprobado por Ordenanza Municipal conforme a Ley.

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JUNTA DE DELEGADOS VECINALES

Artículo 23º.- La Junta de Delegados Vecinales, es el órgano de coordinación integrado por losrepresentantes de las agrupaciones urbanas y rurales del distrito de Juli, organizados como juntasvecinales. Está integrada por las organizaciones sociales de base, vecinales o comunales,respetando su autonomía y evitando cualquier injerencia que pudiera influir en sus decisiones, ypor los vecinos que representan a las organizaciones sociales de la jurisdicción que promueven eldesarrollo local y la participación vecinal, para cuyo efecto la municipalidad regula su participación,de conformidad con el artículo 197° de la Constitución Política del Estado. La constitución ydelimitación de las Juntas Vecinales, el número de sus delegados, así como la forma de su eleccióny revocatoria, son los establecidos por el Art. 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades.

Artículo 24º.- Son funciones de la Junta de Delegados Vecinales las siguientes:1. Concertar y proponer las prioridades de gasto e inversión dentro del distrito y los centros

poblados.2. Proponer las políticas de salubridad.3. Apoyar la seguridad ciudadana por ejecutarse en el distrito y provincia.4. Apoyar el mejoramiento de la calidad de los servicios públicos locales y la ejecución de obras

municipales.5. Organizar los torneos y competencias vecinales y escolares del distrito en el ámbito deportivo y

en el cultural.6. Fiscalizar la ejecución de los Planes de Desarrollo Local.

Artículo 25º.- La Junta de Delegados Vecinales, se rige por su Reglamento aprobado porOrdenanza Municipal conforme a Ley.

CAPITULO III: DEL ORGANO DE DIRECCIÓN

GERENCIA MUNICIPAL

Artículo 26º.- La Gerencia Municipal, es el órgano de dirección de máximo nivel jerárquicoadministrativo de la Municipalidad Provincial de Chucuito, responsable de hacer cumplir las políticasde gestión emanadas del Concejo Municipal y de la Alcaldía, dentro del marco de los dispositivoslegales vigentes.

La Gerencia Municipal está a cargo de un Gerente Municipal quién depende del Alcalde.

Artículo 27º.- Son funciones de la Gerencia Municipal las siguientes:1. Planificar, organizar, dirigir y supervisar las actividades destinadas a lograr el desarrollo

económico y social del distrito, así como la satisfactoria prestación de los servicios municipales.2. Proponer al Alcalde, políticas y estrategias que impulsen el desarrollo local.3. Planificar, dirigir y supervisar la recaudación y administración de los recursos municipales,

conforme a la normatividad vigente, así como las labores de asesoría y utilización de tecnologíaapropiada.

4. Orientar y coordinar la formulación de planes, estrategias, programas, proyectos, presupuestoy proponer su aprobación.

5. Controlar el nivel de cumplimiento de los planes operativos que ejecuten las diversas gerenciasy subgerencias.

6. Dirigir y supervisar la ejecución del Plan Integral de Desarrollo Concertado del Distrito y ellogro de los objetivos generales del Plan Estratégico Institucional, así como evaluar eldesempeño de las gerencias a su cargo.

7. Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones, dando cuenta a la Alcaldía.8. Dirigir y controlar la gestión de todas las operaciones administrativas y técnicas de la

Municipalidad, especialmente las referidas a la atención directa de la población.9. Coordinar, articular y orientar los productos y resultados de las Gerencias a su cargo hacia el

cumplimiento de la misión y el logro de los objetivos institucionales.

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10. Informar mensualmente a la Alcaldía, sobre el desarrollo de los proyectos y actividades.11. Emitir Resoluciones y Directivas de Gerencia Municipal, resolviendo los asuntos relacionados

con la gestión municipal, servicios públicos locales, inversiones municipales, así como aquellosque le fuesen delegados por el Alcalde, conforme a Ley.

12. Velar por el cumplimiento de todas las directivas vigentes en la Municipalidad13. Proponer al Alcalde proyectos de ordenanzas y acuerdos para la aprobación de planes,

presupuesto institucional, balance general y memoria anual, así como la creación, modificación,supresión o exoneración de contribuciones, arbitrios, derechos y licencias, y otros asuntos desu competencia, conforme a la normatividad en vigencia.

14. Cumplir y hacer cumplir las normas nacionales y regionales que sean aplicables en lajurisdicción de la Municipalidad; así como las emitidas por el Concejo Municipal y la Alcaldía.

15. Canalizar reclamos y consultas de acción inmediata, provenientes de los contribuyentes yvecinos, disponiendo la intervención de las unidades orgánicas competentes hasta laculminación del proceso.

16. Promover el desarrollo de las capacidades del recurso humano que labora en la institución, asícomo supervisar y evaluar su desempeño.

17. Otras funciones que le delegue la Alcaldía acorde con las normas legales vigentes.

CAPITULO IV: DEL ORGANO DE CONTROL

OFICINA DE CONTROL INSTITUCIONAL

Artículo 28º.- La Oficina de Control Institucional, es el órgano de control, encargado de ejercer elcontrol gubernamental posterior de conformidad con sus planes y programas anuales, esintegrante del Sistema Nacional de Control, tiene como misión promover la correcta y transparentegestión de los recursos y bienes de la Municipalidad, cautelando la legalidad y eficiencia de susactos y operaciones, así como el logro de los fines y metas institucionales.

Está a cargo de un funcionario designado, previo concurso publico de meritos, por la ContraloríaGeneral de la República, que depende funcional y administrativamente de dicha entidad e informadirectamente al Alcalde, sobre los requerimientos y resultados de las acciones y actividades decontrol, inherentes a su ámbito de competencia.

Artículo 29º. Son funciones de la Oficina de Control Institucional:1. Ejercer el control interno posterior a los actos y operaciones de la Municipalidad, dando

cumplimiento a lo dispuesto por la Ley del Sistema Nacional de Control y las Normas deAuditoria Gubernamental.

2. Formular, ejecutar y evaluar el Plan Anual de Actividades de Control de la Municipalidad, enconcordancia con los lineamientos, directivas y criterios impartidos por la Contraloría Generalde la República.

3. Ejecutar las acciones y actividades de control a los actos y operaciones de la Municipalidad quedisponga la Contraloría General de la República, así como las que sean requeridas por elAlcalde, cuando éstas tengan el carácter de no programadas.

4. Efectuar el control preventivo y asesorar sin carácter vinculante a la Alcaldía, con el propósitode mejorar los procesos de control interno.

5. Actuar de oficio cuando en los actos y operaciones de la institución se adviertan indiciosrazonables de ilegalidad, de omisión o de incumplimiento, informando al Alcalde para queadopte las medidas correctivas pertinentes, así como a la Contraloría General de la República.

6. Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas que adopte la Municipalidad, comoresultado de las acciones y actividades de control, comprobando su materialización efectiva,conforme a los términos y plazos respectivos. Dicha función comprende efectuar elseguimiento de todos los procesos derivados de las acciones de control que efectúan bajoresponsabilidad funcional.

7. Informar anualmente al Concejo Municipal sobre la situación del control, acciones efectuadas yresultados, así como a la Contraloría General de la República y al Alcalde, cuando correspondaconforme a las disposiciones en vigencia.

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8. Recibir y atender las denuncias que formulan los funcionarios, servidores públicos ycontribuyentes sobre actos y operaciones de la Municipalidad, realizando el trámitecorrespondiente en mérito a la documentación sustentatoria respectiva.

9. Remitir al órgano competente, las observaciones, conclusiones y recomendaciones resultantesde cada acción de control, para su publicación y colocación en el Portal Web de la MPCHJ,conforme a la normatividad vigente.

10. Cumplir diligentemente con los encargos, citaciones y requerimientos que le formule laContraloría General de la República.

11. Otras funciones que le delegue la Contraloría General de la República.

CAPITULO V: DEL ORGANO DE DEFENSA

PROCURADURÍA PÚBLICA MUNICIPAL

Artículo 30º.- La Procuraduría Pública Municipal, es el órgano de defensa de los derechos eintereses de la Municipalidad Provincial de Chucuito ante los órganos jurisdiccionales, en losprocesos civiles, penales, laborales, constitucionales y otros en los que sea parte la Municipalidad.

Esta a cargo del Procurador Público Municipal, funcionario designado por el Alcalde que dependeadministrativamente de la Municipalidad y funcionalmente del Concejo de Defensa Judicial delEstado.

Artículo 31º.- Son funciones de la Procuraduría Pública Municipal las siguientes:1. Planificar, organizar dirigir y controlar las acciones relacionadas con la defensa judicial de la

Municipalidad Provincial de Chucuito, ante cualquier órgano jurisdiccional.2. Proponer a la Alcaldía, para la aprobación del Concejo Municipal, los proyectos de Ley

necearías para la mejor defensa de los derechos e intereses del Gobierno Local.3. Representar y defender los derechos e intereses de la Municipalidad ante los órganos

jurisdiccionales nacionales, supranacionales, arbitrales y jurisdicción constitucional, en todos losprocesos en los que actúa como parte.

4. Interponer los recursos legales que sean necesarias en defensa de los derechos e intereses dela Municipalidad Provincial del Chucuito, dentro de los procesos judiciales en los que sea parte.

5. Conciliar, transigir y/o desistirse de los procesos judiciales, allanarse a la demanda, previaautorización del Concejo Municipal.

6. Ejecutar el Plan Operativo correspondiente a la Procuraduría Pública Municipal.7. Recurrir a las instancias, entidades y organismos públicos para solicitar los informes y apoyo

necesario en el ejercicio y cumplimiento de sus funciones.8. Solicitar autorización al Concejo Municipal para iniciar los procesos judiciales contra los

funcionarios, servidores o terceros respecto de los cuales el órgano de Control Interno hayaencontrado responsabilidad civil o penal, así como en los demás procesos judicialesinterpuestos por o en contra del Gobierno Local y sus representantes.

9. Presentar los informes sobre los procesos judiciales iniciados y tramitados en defensa de losderechos e intereses de la Municipalidad, al Concejo Municipal y Alcaldía en forma trimestral ysemestral respectivamente.

10. Sin necesidad de resolución autoritativa por su propia iniciativa y con cargo a dar cuenta alConcejo Municipal podrán solicitar ante los jueces o ante quien corresponda se dicten medidascautelares y/o se tramiten las diligencias preparatorias necesarias para defender y promoverlos derechos de la Municipalidad Provincial.

11. Mantener permanente coordinación con el Consejo de Defensa Judicial del Estado sobre losalcances de las normas y avances de los procesos judiciales.

12. Otras funciones que establezca la normatividad vigente y/o que le sean encomendadas por laAlcaldía.

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CAPITULO VI: DE LOS ORGANOS DE ASESORAMIENTO

ARTICULO 32.- Los órganos de Asesoramiento son los responsables de formular propuestas yrecomendaciones que permitan a los órganos de Gobierno y Dirección la toma de decisiones.

ARTICULO 33.- Los órganos de Asesoramiento de la Municipalidad Provincial de Chucuito son:1. Oficina de Asesoría Jurídica2. Oficina de Planeamiento y Presupuesto

OFICINA DE ASESORÍA JURÍDICA

Artículo 34º.- La Oficina de Asesoría Jurídica, es el órgano de asesoramiento, responsable debrindar asesoramiento y emitir opinión legal en asuntos jurídicos y normativos que requieren losórganos y las unidades orgánicas de la Municipalidad Provincial de Chucuito; proponiendo,formulando, evaluando y/o visando los proyectos de normas y documentación de carácterinstitucional que sean sometidos a su consideración.

Está a cargo de un Jefe, que depende del Gerente Municipal.

Artículo 35º.- Son funciones de la Oficina de Asesoría Jurídica:1. Brindar asesoramiento jurídico - legal al Despacho de Alcaldía y al Gerente Municipal en

asuntos propios de la función, así como a los demás funcionarios de la Entidad cuandocorresponda, a través de la emisión de informes legales.

2. Emitir opinión legal respecto de asuntos administrativos, cuyo procedimiento se encuentre ensegunda instancia producto de la interposición de un recurso administrativo y siempre queexista incertidumbre o controversia jurídica manifiesta, sustentada e insuperable de parte de laautoridad llamada a resolver.

3. Emitir opinión legal en las solicitudes, escritos y demás documentos presentados a la Entidadque se agoten con su atención en primera instancia y respecto de los cuales no es posible lainterposición de recurso administrativo alguno, siempre que exista incertidumbre o controversiajurídica manifiesta, sustentada e insuperable de parte de la autoridad llamada a resolver.

4. Revisar y/o proponer normas municipales de orden institucional para el mejor cumplimiento enlas funciones de la gestión municipal, en concordancia con la legislación vigente.

5. Llevar un registro de las normas municipales vigentes y las derogadas, de modo tal que elConcejo Municipal de la provincia de Chucuito al ejercer facultad normativa, consigne en lanorma municipal un artículo que derogue la norma pertinente.

6. Orientar e ilustrar la correcta aplicación de normas legales de cumplimiento obligatorio de laMunicipalidad, indicando en forma oportuna de éstas a las diversas unidades orgánicas de laEntidad.

7. Llevar el control de los actos administrativos que constituyen precedentes de observanciaobligatoria para la Municipalidad.

8. Ejercer la defensa judicial de las autoridades, funcionarios y trabajadores, en la presunción dedelitos en el ejercicio de sus funciones y, en tanto, no sean denunciados por la propiaMunicipalidad, algún órgano componente del Sistema Nacional de Control o del MinisterioPúblico en el caso de delito flagrante.

9. Proceder al visado de las Resoluciones que deben ser suscritas por el Alcalde o el GerenteMunicipal, en señal de conformidad con la legalidad de dicho acto administrativo.

10. Formular y revisar los proyectos de contratos y convenios que deba celebrar la Municipalidad.11. Las demás que le correspondan de acuerdo a la normatividad en vigencia y las que le sean

delegadas por la autoridad superior.

OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO

Artículo 36.- La Oficina de Planeamiento y Presupuesto, es el órgano de asesoramiento,responsable de conducir, ejecutar y evaluar las actividades referidas a los sistemas de:Planeamiento, Presupuesto, Racionalización, Programación e Inversiones, Estadística yCooperación Técnica Internacional.

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Está a cargo de un Jefe de Oficina, que depende del Gerente Municipal.

Artículo 37. Son funciones de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto las siguientes:1. Cumplir y hacer cumplir las leyes, normas y demás disposiciones de los Sistemas de

Planeamiento, Inversión Pública, Racionalización, Presupuesto y Cooperación TécnicaInternacional.

2. Proponer los mecanismos para la participación vecinal y espacios de concertación.3. Coordinar y supervisar los procesos de formulación, ejecución, control y evaluación de Planes

de Desarrollo concertado, y el presupuesto participativo.4. Coordinar y supervisar los procesos de formulación de planes de desarrollo institucional, planes

de Acondicionamiento Territorial, Plan de Desarrollo Urbano y Gestión Ambiental, de corto,mediano y largo plazo.

5. Conducir los procesos de formulación, ejecución, control y evaluación de Documentos deGestión.

6. Conducir, supervisar y evaluar el proceso de programación, formulación y evaluación de losProyectos de Inversión Pública en el marco de la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública

7. Formular, supervisar y evaluar la programación multianual de la inversión pública.8. Coordinar y supervisar los procesos de formulación, ejecución, control y evaluación de los

Presupuestos anuales.9. Dirigir los procesos de formulación, control y evaluación de la Estadística Institucional.10. Evaluar periódicamente el cumplimiento de los objetivos y metas institucionales, proponiendo

las modificaciones y medidas correctivas que se requiera.11. Asesorar y brindar orientación técnica de gestión a los órganos estructurados de la

municipalidad.12. Dirigir, supervisar y evaluar el Plan de Capacitación Institucional.13. Emitir informes técnicos respecto al estado situacional de la municipalidad.14. Otras funciones que le delegue la Gerencia Municipal.

Artículo 38.- La Oficina de Planeamiento y Presupuesto para el cumplimiento de sus funcionescuenta con las siguientes Unidades Orgánicas:

1. Unidad de Presupuesto y Racionalización2. Unidad de Planeamiento y de Programación e Inversiones

UNIDAD DE PRESUPUESTO Y RACIONALIZACIÓN

Artículo 39º.- La Unidad de Presupuesto y Racionalización, es una unidad orgánica, responsablede formular, ejecutar, controlar y evaluar el proceso presupuestario de la municipalidad; así comoel sistema de racionalización.

Está a cargo de un Jefe de Unidad, que depende del Jefe de la Oficina de Planeamiento yPresupuesto.

Artículo 40º.- Son funciones de la Unidad de Presupuesto y Racionalización:1. Cumplir y hacer cumplir las leyes, normas y demás disposiciones del Sistema Nacional de

Gestión Presupuestaria.2. Programar, formular, ejecutar, controlar y evaluar el presupuesto municipal.3. Elaborar los cuadros de ejecución presupuestal de ingresos y egresos.4. Formular la evaluación presupuestal de acuerdo a normas vigentes.5. Elaborar la propuesta de calendario de compromisos de acuerdo a los créditos presupuestales

considerado en el presupuesto institucional.6. Conciliar el Marco Presupuestal.7. Afectar presupuestalmente las Solicitudes de Gasto y Pago, con la documentación sustentatoria

respectiva.8. Evaluar e informar sobre el estado de Ejecución del Presupuesto.9. Elaborar documentos de carácter presupuestario.10. Proponer las políticas y acciones para una adecuada utilización de los recursos municipales.

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11. Elaborar informes y emitir opinión en materia presupuestaria.12. Formular y evaluar los documentos normativos y de gestión.13. Cumplir y hacer cumplir las leyes, normas y demás disposiciones del Sistema de

Racionalización.14. Elaborar y proponer proyectos de normas y directivas relacionadas con el desarrollo

organizacional de la institución.15. Emitir opinión previa a la celebración de Contratos bajo cualquier forma o modalidad

contractual laboral prevista en el Presupuesto Analítico de Personal, verificando la existencia defondos públicos para el financiamiento durante el período de contrato.

16. Ejecutar otras funciones que le sean encargadas en temas de su competencia.

UNIDAD DE PLANEAMIENTO Y DE PROGRAMACIÓN E INVERSIONES

Artículo 41º.- La Unidad de Planeamiento y de Programación e Inversiones, es una unidadorgánica, responsable de los procesos de planeamiento estratégico y operativo institucional; asícomo de formular, evaluar y declarar la viabilidad de los Proyectos de Inversión Publica.

Está a cargo de un Jefe de Unidad que depende del Jefe de la Oficina de Planeamiento yPresupuesto.

Artículo 42º.- Son funciones de la Unidad de Planeamiento y de Programación e Inversiones:1. Dirigir, supervisar y evaluar el proceso integral de planificación estratégica de la MPCHJ.2. Asesorar y coordinar las acciones para la formulación y aprobación de los Objetivos

Institucionales de corto, mediano y largo plazo.3. Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con la elaboración y

evaluación del Plan de Desarrollo Concertado a mediano y largo plazo, el Plan OperativoInstitucional, brindando la asesoría técnica que se requiera.

4. Proponer políticas de gestión orientadas a permitir una óptima utilización de los recursos ycapacidades operativas internas en concordancia con los objetivos estratégicos del desarrollolocal.

5. Coordinar la elaboración del diagnóstico local e institucional, el Plan Estratégico y PlanOperativo Institucional, realizando investigaciones en los campos funcionales de la gestiónmunicipal para identificar problemas, proponer y desarrollar alternativas de solución quepermitan la definición de estrategias para el desarrollo institucional y local.

6. Formular, controlar y evaluar el Plan Operativo Institucional de acuerdo a los programas,proyectos y actividades aprobadas dentro del contexto del Plan de Desarrollo ConcertadoProvincial.

7. Velar por que el Programa Multianual de Inversión Pública - PMIP se enmarque en lascompetencias de su nivel de gobierno, en los Lineamientos de Política Sectoriales y en losPlanes de Desarrollo Concertado que correspondan.

8. Vigilar que se mantenga actualizada la información registrada en el Banco de Proyectos.9. Realizar el seguimiento de los Proyectos de Inversión Pública - PIP durante la fase de inversión.10. Evaluar y emitir informes técnicos sobre los estudios de preinversión.11. Evaluar y declarar la viabilidad de los Proyectos de Inversión Pública - PIP o Programas de

Inversión que formulen las Unidades Formuladoras - UF pertenecientes o adscritas a laMunicipalidad.

12. Informar a la Dirección General de Programación Multianual - DGPM sobre los Proyectos deInversión Pública - PIP declarados viables.

13. Emitir opinión técnica sobre cualquier Proyecto de Inversión Pública - PIP en cualquier fase delCiclo del Proyecto., sobre los PIP que se enmarquen en sus competencias.

14. Verificar en el Banco de Proyectos que no exista un Proyecto de Inversión Pública - PIPregistrado con los mismos objetivos, beneficiarios, localización geográfica y componentes, delque pretende formular, a efectos de evitar la duplicación de proyectos, debiendo realizar lascoordinaciones correspondientes.

15. Proponer, elaborar y gestionar proyectos ante los organismos de cooperación técnica yfinanciera, regional, nacional e internacional, a fin de canalizar en forma oportuna sufinanciamiento.

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16. Las demás que le correspondan de acuerdo a la normatividad en vigencia y las que le seandelegadas por la autoridad superior.

CAPITULO VII: DE LOS ORGANOS DE APOYO

Artículo 43º.- Los Órganos de apoyo ejercen las actividades de administración interna quecoadyuvan al normal funcionamiento y al desempeño eficiente y eficaz de la Municipalidad y susdistintos órganos, facilitándoles el cumplimiento de sus funciones sustantivas y el logro de susfines y objetivos.

Artículo 44°. Son Órganos de Apoyo de la Municipalidad Provincial de Chucuito:1. Secretaría General e Imagen Institucional.2. Oficina de Administración

SECRETARÍA GENERAL E IMAGEN INSTITUCIONAL

Artículo 45º.- La Secretaría General e Imagen Institucional, es la Unidad Orgánica, responsablede coordinar las actividades de apoyo técnico-administrativo, trámite y control documentario; y, develar por la buena imagen institucional el protocolo y las comunicaciones de la Municipalidad

Está a cargo de un Secretario General, que depende del Alcalde.

Artículo 46º.- Son funciones de la Secretaría General e Imagen Institucional:1. Apoyar al Concejo Municipal, Alcalde y Comisiones de Regidores, brindándoles el soporte

administrativo necesario para el cumplimiento de sus funciones.2. Canalizar las propuestas provenientes de los Regidores y la Gerencia Municipal, para su

inclusión en la Agenda de las Sesiones del Concejo Municipal, así como organizar y participaren las sesiones del Concejo Municipal, redactando y custodiando las actas correspondientes, ysuscribiéndolas conjuntamente con el Alcalde.

3. Atender y despachar oportunamente la correspondencia de la Alcaldía.4. Numerar, distribuir y custodiar las disposiciones y convenios aprobados por el Concejo y la

Alcaldía, velando por el cumplimiento de las formalidades relativas a la expedición de lasResoluciones de Alcaldía.

5. Certificar y/o fedatar los diversos tipos de documentos que obran en el Archivo Central de laMunicipalidad y aquellas otras para el desarrollo de diversos trámites administrativos que sonde su competencia.

6. Efectuar la publicación de los dispositivos municipales que ordena la ley, así como los quedisponga el Concejo Municipal

7. Proyectar Resoluciones, Decretos de Alcaldía y normas a ser cumplidas por los demás órganosde la MPCHJ.

8. Programar, coordinar, evaluar y supervisar las acciones de difusión del área de ImagenInstitucional.

9. Programar, coordinar y controlar los procesos de trámite documentario y archivo de laMunicipalidad.

10. Cumplir y hacer cumplir las leyes, normas y demás disposiciones del Sistema Nacional deArchivos.

11. Otras funciones que le sean asignadas por el Concejo Municipal y Alcaldía.

OFICINA DE ADMINISTRACIÓN

Artículo 47º.- La Oficina de Administración, es el órgano de apoyo, responsable de conducirlos Sistemas Administrativos de Personal, Contabilidad, Tesorería, Abastecimiento yContrataciones.

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Está a cargo de un Jefe de Oficina, que depende del Gerente Municipal.

Artículo 48º.- Son funciones de la Oficina de Administración:1. Conducir y supervisar las actividades vinculadas con los procesos de los sistemas de personal,

abastecimientos, tesorería, contabilidad y contrataciones.2. Disponer el abastecimiento oportuno de los bienes y/o servicios con criterios de racionalidad en

estrecha coordinación con el Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.3. Proponer ante la Gerencia Municipal, el proyecto del Plan Anual de Adquisiciones y

Contrataciones de la entidad, en función a necesidades y requerimientos de las dependencias.4. Cautelar el cumplimiento de las Normas de Austeridad y Racionalización en los gastos,

aprobadas por la institución.5. Supervisar el proceso de administración de personal en todas sus etapas.6. Administrar y supervisar la ejecución de los fondos y valores financieros de la Municipalidad de

conformidad con las normas que rige el Sistema Nacional de Tesorería.7. Manejar las cuentas bancarias y demás instrumentos financieros de la Municipalidad.8. Supervisar la formulación y presentación de los Estados Financieros y Presupuéstales de la

Entidad.9. Realizar, controlar y supervisar la contratación del personal bajo la modalidad de Contrato

Administrativo de Servicios, y llevar un registro y archivo de los mismos.10. Proponer las directivas, que permitan mejorar la gestión administrativa de la Municipalidad.11. Otras funciones que le delegue el Gerente Municipal.

Artículo 49º.- La Oficina de Administración para el cumplimiento de sus funciones cuenta con lassiguientes unidades orgánicas:

1. Unidad de Personal.2. Unidad de Contabilidad.3. Unidad de Tesorería.4. Unidad de Logística.5. Unidad de Administración Tributaria.

UNIDAD DE PERSONAL

Artículo 50º.- La Unidad de Personal, es la unidad orgánica de apoyo, responsable de administrarlos recursos humanos, de conformidad con la legislación laboral vigente

Está a cargo de un Jefe de Unidad, que depende del Jefe de la Oficina de Administración.

Artículo 51º.- Son funciones de la Unidad de Personal:1. Cumplir y hacer cumplir las leyes, normas y demás disposiciones del Sistema Nacional de

Personal.2. Programar, organizar, dirigir y controlar la administración de recursos humanos de acuerdo a

las normas del Sistema Nacional de Personal.3. Elaborar el Presupuesto Analítico de Personal (PAP), y el Presupuesto Nominativo de Personal

(PNP) y Participar en la formulación del Cuadro de Asignación de Personal (CAP).4. Elaborar el Proyecto de Reglamento Interno de Trabajo, y el Reglamento de Control,

Asistencia, Puntualidad y Permanencia.5. Organizar y actualizar la información de los legajos del personal, y Escalafón del Personal

activo y pasivo de la Municipalidad.6. Ejecutar los procesos de registro y control de asistencia, puntualidad y permanencia del

personal.7. Emitir la Planilla Única de Pagos de Remuneraciones y de Pensiones, Planillas por otros

Beneficios y los descuentos o retenciones que correspondan de acuerdo a Ley.8. Planificar, programar y ejecutar programas de capacitación, educativos, culturales, de

promoción y recreativos, para los trabajadores de la Municipalidad.9. Programar, ejecutar y evaluar el proceso del sistema único de remuneraciones y bonificaciones

del personal activo y pensionista.10. Elaborar el rol de vacaciones del personal de la Municipalidad.

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11. Elaborar y ejecutar en coordinación con las demás unidades orgánicas, el Plan de Desarrollo deCapacidades Humanas de la Municipalidad.

12. Promover y desarrollar actividades de capacitación orientadas a optimizar la gestióninstitucional.

13. Asesorar y absolver consultas sobre la normatividad vigente del Sistema de Personal, yelaborar los informes técnicos que le sean requeridos.

14. Otras funciones que le delegue la Oficina de Administración.

UNIDAD DE CONTABILIDAD

Artículo 52º.- La Unidad de Contabilidad, es la unidad orgánica de apoyo, responsable deconducir y ejecutar los procedimientos del Sistema Nacional de Contabilidad

Está a cargo de un Contador Público Colegiado con categoría de Jefe de Unidad, que depende delJefe de la Oficina de Administración.

Artículo 53º.- Son funciones de la Unidad de Contabilidad:1. Cumplir y hacer cumplir las leyes, normas y demás disposiciones del Sistema Nacional de

Contabilidad.2. Ejecutar, controlar y mantener actualizado el registro contable de las operaciones, con sujeción

a las normas y procedimientos dictados y aprobados por el órgano rector del Sistema Nacionalde Contabilidad.

3. Realizar el registro de las operaciones contables en los libros Principales y Auxiliares.4. Revisar el registro de las operaciones en los Libros Bancos, a través de la verificación de la

conciliación de las cuentas corrientes bancarias.5. Revisar, controlar y contabilizar los reportes de Ingresos diarios, y de las transferencias

realizadas por el Tesoro Público.6. Analizar y conciliar las cuentas del Balance, con la finalidad de tener confiabilidad sobre la

información financiera registrada.7. Elaborar el Balance de Comprobación, Balance Constructivo, Balance General, Estado de

Gestión, Estado de Cambios en el Patrimonio Neto, Estado de Flujos de Efectivo, y las Notas alos Estados Financieros.

8. Elaborar y conciliar con la Unidad de Presupuesto y Racionalización los EstadosPresupuestarios, en forma trimestral y anual.

9. Registrar la fase del devengado de los compromisos contraídos, previa fiscalización de ladocumentación sustentatoria del gasto, y validación de los comprobantes de pago.

10. Revisar y validar las rendiciones de cuenta presentadas, y controlar su presentación oportunadentro de los plazos de Ley.

11. Realizar arqueos periódicos e inopinados a los fondos y valores de la Municipalidad.12. Proponer procedimientos para el correcto, y oportuno registro, ejecución y conciliación de las

operaciones financieras de la Entidad.13. Efectuar las coordinaciones del caso con la Unidad de Personal y la Unidad de Tesorería y otros

órganos con el fin de asegurar el control y pago de los tributos y/o retenciones que se efectúanpor impuestos (SUNAT), aportes (AFP o ESSALUD), contribuciones, tasas y retencionesjudiciales y/o legales.

14. Otras funciones que le delegue la Oficina de Administración.

UNIDAD DE TESORERÍA

Artículo 54º.- La Unidad de Tesorería, es la unidad orgánica de apoyo, responsable de dirigir,coordinar y ejecutar las acciones del Sistema Nacional de Tesorería.

Está a cargo de un Jefe de Unidad, que depende del Jefe de la Oficina de Administración.

Artículo 55º.- Son funciones de la Unidad de Tesorería:1. Cumplir y hacer cumplir las Leyes, normas y demás disposiciones del Sistema Nacional de

Tesorería.

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2. Planear, organizar, dirigir, ejecutar y controlar la administración de los recursos financieros dela Municipalidad.

3. Recepcionar los ingresos generados por la recaudación de los tributos municipales, y otrosconceptos.

4. Reportar los ingresos diarios, mensuales y anuales por todo concepto, y por toda fuente definanciamiento, de acuerdo al clasificador de ingresos.

5. Llevar el registro y custodia de las cartas fianzas y otros valores.6. Revisar y fiscalizar la documentación fuente que sustenta las operaciones financieras, en

concordancia con las disposiciones contempladas en las Normas de Tesorería, Reglamento deComprobantes de Pago aprobado por SUNAT, y demás normas en la materia.

7. Realizar el registro de la fase del pago de los compromisos contraídos y devengados, con cargoa la correspondiente específica de gasto y fuente de financiamiento.

8. Administrar el manejo del Fondo Fijo de Caja Chica.9. Registrar los movimientos de las operaciones financieras en el Libro Bancos de la

Municipalidad. y efectuar las conciliaciones de las cuentas y sub cuentas bancarias de laMunicipalidad por toda fuente de financiamiento.

10. Ejecutar las acciones de verificación, seguimiento y control de las operaciones relacionadas conla determinación de ingresos, así como de los gastos comprometidos, devengados y pagados.

11. Elaborar reportes, cuadros estadísticos de ingresos y gastos, flujos de caja, que la Oficina deAdministración solicite.

12. Otras funciones que le delegue la Oficina de Administración.

UNIDAD DE LOGISTICA

Artículo 56º.- La Unidad de Logística es la unidad orgánica de apoyo, responsable de la provisiónoportuna de bienes y servicios; así como velar por la conservación, seguridad y mantenimiento delos locales, equipos, maquinarias y vehículos de propiedad de la Municipalidad.

Está a cargo de un Jefe de Unidad, que depende del Jefe de la Oficina de Administración.

Artículo 57º.- Son funciones de la Unidad de logística:1. Cumplir y hacer cumplir las Leyes, normas y demás disposiciones del Sistema Nacional de

Abastecimiento y del Sistema de Adquisiciones y Contrataciones del Estado.2. Programar, dirigir, coordinar, ejecutar y controlar los procesos técnicos de abastecimiento que

comprende la programación, adquisición, almacenamiento y distribución de los bienes, y sucontrol patrimonial. Así como también realizar la programación y contratación de los servicios.

3. Planificar y programar la ejecución de los procesos de selección de Licitación Pública, ConcursoPúblico, Adjudicación Directa Pública, Adjudicación Directa Selectiva y Adjudicación de MenorCuantía, de acuerdo a ley.

4. Registrar las etapas de los procesos de selección en el Sistema Electrónico de Adquisiciones yContrataciones del Estado – SEACE.

5. Conducir los procedimientos establecidos por Ley, para suscribir los contratos, derivados de losprocesos de selección de Bienes y Servicios.

6. Efectuar el control patrimonial de los activos fijos, y realizar la toma de inventarios físicos delos mismos.

7. Coordinar oportunamente con las diferentes unidades orgánicas sus necesidades yespecificaciones técnicas para la adquisición y contratación de bienes, servicios y obras, segúnel plan vigente.

8. Programar, ejecutar y controlar el registro de bienes de activo fijo y bienes no depreciables dela Municipalidad.

9. Programar, ejecutar y controlar los procesos técnicos de codificación y asignación de los bienespatrimoniales.

10. Proporcionar a la Unidad de Contabilidad la información respecto a los bienes patrimoniales dela Municipalidad, para su valorización, depreciación, revaluación, bajas y excedentes de losmismos.

11. Registrar, verificar y controlar la base de datos de inmuebles y terrenos de propiedad de laMunicipalidad.

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12. Velar por el mantenimiento, conservación y seguridad de los muebles, inmuebles, maquinarias,equipos y otros bienes de la Institución.

13. Elaborar y mantener actualizado el Margesí de Bienes de la Municipalidad.14. Otras funciones que le delegue la Oficina de Administración.

UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

Artículo 58º.- La Unidad de Administración Tributaria, es el órgano de apoyo, responsable deconducir los procesos de recaudación de las rentas municipales.

Esta a cargo de un Jefe de Unidad, que depende del Jefe de la Oficina de Administración.

Artículo 59º.- Son funciones de la Unidad de Administración Tributaria:1. Cumplir y hacer cumplir las leyes, normas y demás disposiciones del Sistema Tributario

Nacional y de Tributación Municipal; así como de los Sistemas Administrativos del Estado.2. Programar, dirigir, coordinar, controlar, y ejecutar las actividades relacionadas con la

recaudación de todos los tributos municipales y el cobro de las multas administrativas.3. Proponer la creación, modificación, supresión o exoneración de tasas y contribuciones, dentro

de los límites establecidos por ley.4. Proponer la actualización y/o modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos –

TUPA, y otros documentos relacionados a sus actividades, así como emitir opinión respecto alos mismos documentos de las Municipalidades Distritales.

5. Emitir opinión respecto a Asuntos tributarios y administrativos que sean de su competencia.6. Proponer incentivos tributarios, beneficios tributarios y no tributarios para los contribuyentes.7. Supervisar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y no tributarias.8. Proponer mecanismos para detectar evasión y omisión de tributos municipales.9. Remitir informes técnicos a Gerencia Municipal para que emita resoluciones en primera

instancia en los procedimientos administrativos y/o tributarios, procedimientos contenciosos yno contenciosos, así como todo trámite administrativo tributario, vinculado con los tributos querecauda y/o administra la Municipalidad.

10. Remitir informes técnicos a Gerencia Municipal para que emita Resoluciones Gerenciales deDeterminación de Deudas, Resoluciones de Multas, Ordenes de Pago y otras que la ley y elCódigo Tributario le confiere.

11. Remitir informes técnicos a Gerencia Municipal para que emita las Resoluciones Gerenciales,declarando la quiebra de documentos por cobrar, previo informe técnico.

12. Formular y Proponer Proyectos de Ordenanzas municipales, en temas de su competencia.13. Elaborar Informes técnicos, así como estadísticas que corresponden al área de tributación.14. Otras funciones que le delegue la Oficina de Administración.

CAPITULO VIII: DE LOS ORGANOS DE LINEA

Artículo 60º.- Los Órganos de Línea, son los encargados de ejecutar los servicios municipales ylos proyectos y obras de inversión, teniendo como marco general las competencias señaladas porla Ley Orgánica de Municipalidades; se caracterizan por que están directamente relacionadas conla Comunidad.

Artículo 61º.- Los Órganos de Línea de la Municipalidad Provincial de Chucuito son:1. Gerencia de Infraestructura2. Gerencia de Desarrollo Económico3. Gerencia de Desarrollo Social y Comunal

GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA

Artículo 62º.- La Gerencia de Infraestructura, es el órgano de línea, responsable de programar,conducir, ejecutar obras públicas, conducir y supervisar las acciones y actividades de las obras

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privadas, y aquellos relativos al desarrollo urbano y rural dentro del marco de los dispositivoslegales pertinentes.

Está a cargo de un Gerente, que depende del Gerente Municipal.

Artículo 63º.- Son funciones de la Gerencia de Infraestructura:1. Programar y supervisar la ejecución del Plan Operativo Anual y el Presupuesto aprobado

correspondientes a la Gerencia.2. Programar, coordinar, conducir y evaluar las actividades inherentes al desarrollo de proyectos

de infraestructura urbana y rural.3. Formular, programar, coordinar, ejecutar y evaluar los programas, proyectos de infraestructura

básica, inherentes al desarrollo de la infraestructura urbana y rural, en función de losrequerimientos de la provincia y la concertación con otras municipalidades.

4. Dirigir, autorizar y supervisar la elaboración de los expedientes técnicos, conforme al sistemaNacional de Inversión Pública.

5. Planificar y proponer las acciones de regulación provincial respecto del otorgamiento delicencias y las labores de control y fiscalización de las municipalidades distritales de laprovincia.

6. Autorizar obras de edificación y emitir certificaciones relacionadas a las obras privadas ypúblicas.

7. Emitir Resoluciones Gerenciales en procedimientos administrativos y de sanción inherentes asus funciones.

8. Resolver administrativamente en primera instancia, los procedimientos de su competenciaconforme al presente reglamento y disposiciones vigentes.

9. Programar y conducir las acciones de control urbano, fiscalización de edificaciones,habilitaciones urbanas, ocupación de vías y el ambiente urbano, aplicando las infraccionesestablecidas en las ordenanzas respectivas.

10. Planificar, conducir y supervisar el proceso de saneamiento físico y legal de los AsentamientosHumanos; así como de las acciones de renovación urbana.

11. Conducir las acciones en materia de conservación, preservación y protección del patrimonio encoordinación con el INC.

12. Proponer convenios con instituciones públicas y privadas para la ejecución del Plan deDesarrollo Provincial Concertado.

13. Proponer modificaciones al Plan de Desarrollo Urbano de la provincia de Chucuito y Planesespecíficos.

14. Evaluar y emitir opinión respecto de las propuestas de cambio de zonificación.15. Otras funciones que le delegue la Gerencia Municipal

Artículo 64º.- La Gerencia de Infraestructura, para el cumplimiento de sus objetivos y funciones,tiene establecida la estructura siguiente:

1. Sub Gerencia de Estudios Definitivos y Planeamiento Urbano2. Sub Gerencia de Obras3. Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación de Obras

SUB GERENCIA DE ESTUDIOS DEFINITIVOS Y PLANEAMIENTO URBANO

Artículo 65º.- La Sub Gerencia de Estudios Definitivos y Planeamiento Urbano, es la UnidadOrgánica de línea, responsable de la formulación de los Expedientes Técnicos de infraestructura yde las actividades de Desarrollo y Administración Urbana, habilitaciones urbanas, edificaciones yfortalecimiento del proceso del saneamiento físico legal.

Está a cargo de un Sub-Gerente, que depende del Gerente de Infraestructura.

Artículo 66º.- Son funciones de la Sub-Gerencia de Estudios Definitivos y Planeamiento Urbanolas siguientes:

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1. Elaborar los Expedientes Técnicos de los proyectos de acuerdo a las prioridades aprobadas enel proceso de presupuesto participativo y al Plan de Desarrollo Concertado Provincial.

2. Realizar las coordinaciones y consultas necesarias con la Unidad de Planeamiento yProgramación e Inversiones, como requisito previo a la remisión del estudio para su aprobaciónpor Sesión de Concejo.

3. Levantar las observaciones o recomendaciones planteadas por la Unidad de Planeamiento yProgramación e Inversiones o por la Dirección General de Programación Multianual, cuandocorresponda.

4. Coordinar y concertar con la población a fin de que los Expedientes Técnicos respondan a lasnecesidades de los diferentes sectores de la provincia.

5. Informar y orientar al usuario sobre la regulación y acciones en materia de acondicionamientoterritorial y desarrollo urbano y rural.

6. Conducir y controlar los procedimientos de habilitación urbana, subdivisión de lotes, licenciasde obra, anuncios publicitarios y ocupación de vías.

7. Programar, dirigir, procesar y evaluar las acciones de saneamiento físico legal para elotorgamiento de títulos de propiedad.

8. Otorgar y autorizar las Certificaciones de Zonificación y vías y Compatibilidad de Uso de Suelo,Certificado de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios de conformidad a ley.

9. Efectuar el control urbano y fiscalización permanente de las edificaciones públicas y privadasen cumplimiento de las normas respectivas.

10. Proponer sanciones a quienes infrinjan las normas y reglamentos en edificaciones,habilitaciones urbanas, y demás disposiciones urbanísticas.

11. Autorizar y supervisar las obras de servicios públicos y mobiliario urbano realizadas por lasentidades administradoras de los servicios de saneamiento, electrificación, comunicación yotras vinculadas con los asentamientos humanos.

12. Participar en la formulación de los planes de acondicionamiento territorial, desarrollo urbano yrural, plan urbano distrital y planes específicos.

13. Otras funciones que le delegue la Gerencia de Infraestructura.

SUB GERENCIA DE OBRAS

Artículo 67º.- La Sub Gerencia de Obras, es la Unidad Orgánica de línea, responsable deprogramar, ejecutar y controlar las obras públicas a nivel provincial y distrital; así como laprogramación del uso, control y mantenimiento del equipo mecánico.

Está a cargo de un Sub-Gerente, que depende del Gerente de Infraestructura.

Artículo 68º.- Son funciones de la Sub-Gerencia de Obras las siguientes:1. Programar, coordinar, supervisar, y ejecutar las obras públicas en el ámbito distrital y

provincial.2. Programar, dirigir, supervisar y ejecutar las obras de mantenimiento, de espacios públicos, y

en general los bienes municipales de uso público.3. Programar y coordinar las obras de mantenimiento de locales municipales a fin de garantizar

su conservación y funcionalidad.4. Informar periódicamente sobre los expedientes técnicos concluidos y pendientes de ejecución,

así como la actualización antes de iniciar su ejecución.5. Remitir la correspondiente pre-liquidación técnica y financiera a la Sub Gerencia de Supervisión

y Liquidación de Obras, de acuerdo a la Resolución de Contraloría dictada para tal efecto.6. Informar los avances físicos - financieros mensuales de la ejecución de obras.7. Utilizar adecuadamente los recursos materiales y de mano de obra en la ejecución de

proyectos de inversión.8. Programar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar el debido uso del equipo, maquinaria y

unidades vehiculares de la Municipalidad.9. Programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar las actividades de mantenimiento de las

maquinarias, unidades motorizadas, equipos y otros de propiedad municipal.10. Programar la adquisición de repuestos del equipo mecánico, unidades vehiculares y

maquinaria.

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11. Administrar y controlar los bienes, maquinaria, vehículos a su cargo verificando y garantizandosu correcto uso, estado de conservación y los permisos y autorizaciones respectivas.

12. Proponer la renovación de maquinaria y vehículos de la Municipalidad.13. Otras funciones que le delegue la Gerencia de Infraestructura.

SUB GERENCIA DE SUPERVISIÓN Y LIQUIDACIÓN DE OBRAS

Artículo 69º.- La Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación de Obras, es la Unidad Orgánica,responsable de realizar la supervisión, seguimiento y evaluación de los proyectos de inversión yactividades ejecutadas por los Órganos de la Municipalidad Provincial garantizando la correctaaplicación de las normas y reglamentos vigentes; así como de elaborar los Expedientes deLiquidación Técnica y Financiera de las obras concluidas y ejecutadas por la Municipalidad.

Está a cargo de un Sub Gerente, que depende del Gerente de Infraestructura.

Artículo 70º.- Son funciones de la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación de Obras lassiguientes:1. Revisar y dar conformidad a los expedientes técnicos de acuerdo a normatividad vigente.2. Efectuar acciones de supervisión, monitoreo y evaluación de la ejecución de los proyectos de

inversión pública en las etapas de inversión y post inversión.3. Revisar y dar conformidad a las liquidaciones técnica y financiera de los proyectos, obras

públicas municipales que se haya ejecutado a nivel provincial y distrital, en todas lasmodalidades.

4. Participar en las comisiones de entrega y recepción de estudios, obras y actividades deproyectos de inversión pública, cuando la superioridad lo requiera.

5. Elaborar y proponer normas y directivas internas para el proceso de formulación de losestudios definitivos y/o expedientes técnicos, ejecución, supervisión, liquidación y transferenciade proyectos de inversión pública.

6. Proponer la intervención de consultorías externas para acciones de supervisión y liquidación deproyectos de inversión en los casos que lo ameriten.

7. Informar a la Gerencia Municipal sobre las acciones de supervisión de obras para que seimplementen las acciones correctivas en caso que se requiera.

8. Revisar, cumplir y hacer cumplir las Leyes, Reglamentos Nacionales y demás disposiciones queregulen la ejecución de las liquidaciones de Obras Públicas.

9. Planear, organizar, ejecutar y controlar el cumplimiento de las actividades relativas a laliquidación de obras ejecutadas en sus diversas modalidades.

10. Elaborar y proponer directivas para la preparación de documentos y presentación final de laLiquidación Técnica y Financiera.

11. Revisar y/o procesar liquidaciones técnico contables de obra, memorias descriptivas valorizadasy planos de replanteo.

12. Otras funciones que le delegue el Gerente de Infraestructura.

GERENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO

Artículo 71º.- La Gerencia de Desarrollo Económico, es el órgano de línea, responsable dedesarrollar las actividades relacionadas con la promoción del desarrollo económico, de lasactividades de turismo y artesanía, producción agropecuaria, acuicultura de truchas; y, lapromoción de la micro y pequeña empresa, así como la formulación de proyectos productivos, enel ámbito de su competencia, dentro del marco de los dispositivos legales aplicables.

Está a cargo de un Gerente, que depende del Gerente Municipal.

Artículo 72º.- Son funciones y atribuciones de la Gerencia de Desarrollo Económico lassiguientes:1. Dirigir la elaboración del diagnóstico económico-productivo a nivel del Distrito y Provincia de

Chucuito.

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2. Conducir la formulación del Plan Estratégico de Desarrollo Económico Sostenible y el PlanOperativo Institucional en materia de su competencia.

3. Orientar y coordinar la formulación del Plan de Fomento del Turismo Local Sostenible y de laartesanía.

4. Promover y apoyar a la micro y pequeña empresa, involucrada en la generación de empleo y eldesarrollo económico local sostenible.

5. Coordinar con entidades gubernamentales y privadas para incentivar el espíritu emprendedoren la población económicamente activa, a través del desarrollo de capacidades y laformalización de las MYPES.

6. Fomentar la interacción entre el sector empresarial y las instituciones académicas.7. Brindar asesoría y capacitación para la constitución de asociaciones de empresarios.8. Promover el fortalecimiento de las cadenas productivas, desarrollando sistemas de mercadeo

orientados a que los actores participantes en cada una de ellas compartan equitativamente losbeneficios.

9. Fomentar la investigación científica y tecnológica, mediante concursos de fomento a laactividad empresarial y generación de empleo.

10. Favorecer el desarrollo de la capacidad empresarial de los hombres y mujeres a través deldesarrollo de un enfoque para la promoción de los negocios.

11. Realizar la promoción de mercados, organización y participación en ferias regionales y ruedasde negocios.

12. Conducir y supervisar la formulación de proyectos productivos.13. Identificar los principales obstáculos o problemas que se oponen al desarrollo, expansión etc.,

y en general al éxito empresarial, proponiéndose alternativas de solución para ser ejecutadaspor la municipalidad en una estrategia de concertación con los agentes locales.

14. Proponer, políticas y estrategias vinculadas con la promoción del desarrollo económico,promoción a las micro y pequeñas empresas, turismo y artesanía, agropecuaria y acuicultura,con la regulación y formalización de cada una de las actividades.

15. Otras funciones que le delegue la Gerencia Municipal.

Artículo 73º.- La Gerencia de Desarrollo Económico, para el cumplimiento de sus funciones,cuenta con la:

1. Sub Gerencia de Promoción Productiva.

SUB GERENCIA DE PROMOCIÓN PRODUCTIVA

Artículo 74º. La Sub Gerencia de Promoción Productiva, es la unidad orgánica de línea,encargado de fomentar el desarrollo económico, vía programas de apoyo y capacitación a losproductores.

Está a cargo de un Sub Gerente, que depende del Gerente de Desarrollo Económico.

Artículo 75º.- Son funciones y atribuciones de la Sub Gerencia de Promoción Productiva lassiguientes:1. Formular y ejecutar el Plan de Desarrollo productivo a nivel de la Provincia de Chucuito.2. Diseñar y fomentar políticas, programas, proyectos y actividades del desarrollo productivo.3. Promover la generación de empleo y el desarrollo de la micro y pequeñas empresas.4. Fomentar la creación de cooperativas de producción agraria y acuícola, de asociaciones de

artesanas y de prestadores de servicios turísticos.5. Organizar y ejecutar programas de apoyo a los productores y pequeños empresarios

agropecuarios a nivel de la provincia, en coordinación con las municipalidades distritales y lasentidades públicas y privadas de nivel regional y nacional.

6. Fomentar y generar cuencas forestadas paisajísticas y áreas verdes en el anillo circunlacustreconsiderado como circuito turístico ecológico en el campo.

7. Promover una educación forestal mediante la participación ciudadana en el cuidado ymantenimiento de los plantones forestales.

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8. Contribuir a la tecnificación, conservación, protección y rendimiento del suelo, de las semillas einseminación artificial de la ganadería y de animales menores.

9. Promover la formación de los comités de conservación y protección ambiental para controlar lacontaminación en todos sus niveles.

10. Formular y ejecutar políticas y plan de fomento del turismo local sostenible.11. Propiciar la realización de actividades de promoción y fomento turístico en el ámbito del eje

Cuzco - Puno - La Paz (Bolivia), en coordinación con las entidades estatales y nogubernamentales.

12. Elaborar el inventario de zonas turísticas de la Provincia de Chucuito.13. Promover la participación de grupos folklóricos, musicales y demás manifestaciones artísticas

en la Provincia.14. Propiciar, coordinar y efectuar programas de fomento al turismo, en sus diferentes

modalidades y manifestaciones.15. Difundir a nivel regional, nacional e internacional de la existencia de riquezas naturales,

arqueológicas y paisajísticas o lugares turísticos dentro de la Provincia.16. Otras funciones que le delegue el Gerente de Desarrollo Económico.

GERENCIA DE DESARROLLO SOCIAL Y COMUNAL

Artículo 76º.- La Gerencia de Desarrollo Social y Comunal es un órgano de línea encargado defomentar el bienestar y el desarrollo social y ambiental, a través de los programas de asistenciaalimentaría, y prestación de servicios de cultura, deporte, ornato, limpieza pública, protección ypromoción del medioambiente, y promoción social.

Esta a cargo de un Gerente, que depende del Gerente Municipal.

Artículo 77º.- Son funciones y atribuciones de la Gerencia de Desarrollo Social y Comunal lassiguientes:1. Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con la supervisión de los

servicios públicos locales, asegurando los niveles de calidad y cantidad requeridos por lapoblación.

2. Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con la administración deparques y jardines, aumentando zonas y áreas verdes.

3. Planear, dirigir, ejecutar y controlar la Administración de Limpieza Pública.4. Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con el mantenimiento y la

recuperación ambiental, saneamiento básico, alimentación y salud ocupacional, disminuyendolos índices de contaminación.

5. Planear, organizar, dirigir y controlar las actividades referidas al comercio formal e informal;específicamente a la adulteración, falsificación y a la especulación de productos en general.

6. Planear, organizar, dirigir, ejecutar y controlar las actividades culturales, recreacionales,deportivas, sociales, educativas y cívicas que corresponden a la Municipalidad.

7. Programar operativos de erradicación y clausura de toda actividad que atente a la SaludPública y dignidad humana.

8. Otras funciones que le delegue el Gerente Municipal.

Artículo 78º.- Para el mejor cumplimiento de sus funciones, la Gerencia de Desarrollo Social yComunal cuenta con las siguientes unidades orgánicas:

1. Sub Gerencia de Desarrollo Social.2. Subgerencia de Servicios Comunales

SUB GERENCIA DE DESARROLLO SOCIAL

Artículo 79º. La Sub Gerencia de Desarrollo Social, es la unidad orgánica encargada deadministrar los programas del vaso de leche, comedores populares y de asistencia social; así comolos servicios de Registro Civil, DEMUNA, OMAPED y Biblioteca.

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Esta a cargo de un Sub Gerente, que depende del Gerente de Desarrollo Social y Comunal.

Artículo 80º.- Son funciones y atribuciones de la Sub Gerencia de Desarrollo Social las siguientes:1. Programar y ejecutar el programa del vaso de leche, comedores populares y demás programas

de apoyo alimentario con participación de la población y en concordancia con la legislaciónsobre la materia.

2. Organizar, administrar y ejecutar los programas locales de asistencia, protección y apoyo a lapoblación en riesgo, de niños, adolescentes, mujeres, adultos mayores, personas condiscapacidad y otros grupos de la población en situación de discriminación.

3. Participar en las licitaciones y/o concursos públicos de adquisiciones de alimentos de losprogramas sociales a su cargo.

4. Llevar en orden y al día los registros de los beneficiarios del programa vaso de leche,comedores populares y demás programas de asistencia alimentaría.

5. Apoyar a las organizaciones de mujeres y similares de base que atienden a los beneficiarios delos programas sociales de asistencia alimentaría.

6. Modernizar la administración de los procesos de inscripción de nacimientos, matrimonios ydefunciones y la expedición de partidas de los mismos.

7. Coordinar e impulsar permanentemente actividades preventivas con instituciones yorganizaciones locales para atender los problemas de los niños, adolescentes y la familia

8. Fomentar, conducir, implementar y supervisar programas de prevención, educación,rehabilitación e integración social de las personas con discapacidad.

9. Dirigir, supervisar y evaluar el buen funcionamiento y prestación de servicios de la BibliotecaMunicipal y el Centro Cultural Lupi Jaque.

10. Otras funciones que le delegue el Gerente de Desarrollo Social y Comunal.

SUB GERENCIA DE SERVICIOS COMUNALES

Artículo 81º. La Sub Gerencia de Servicios Comunales, es la unidad orgánica responsable de laprestación de servicios básicos de la ciudad, en el ámbito de comercialización, transporte urbano ycirculación vial, administración de mercados y camales, limpieza pública, mantenimiento,conservación y recuperación de parques y jardines y seguridad ciudadana

Esta a cargo de un Sub Gerente, que depende del Gerente de Desarrollo Social y Comunal.

Artículo 82º.- Son funciones y atribuciones de la Sub Gerencia de Servicios Comunales lassiguientes:1. Conducir y dirigir la formulación y ejecución de las políticas, planes y programas de

saneamiento, salubridad, medio ambiente, limpieza pública, parques y jardines, seguridadciudadana, autodefensa y defensa civil.

2. Coordinar la participación vecinal para el mejor cumplimiento de la prestación de los serviciospúblicos municipales.

3. Orientar, informar y educar a las organizaciones sociales de base, en su proceso deconstitución, capacidad de gestión interna, registro y reconocimiento.

4. Participar en la elaboración de los proyectos de normas y directivas municipales relacionadascon la promoción social y participación vecinal comunal.

5. Programar, administrar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar el cumplimiento de lasactividades de transporte urbano y seguridad vial.

6. Normar, regular y controlar los procesos de recolección, transporte y disposición final dedesechos sólidos, líquidos y vertimientos industriales, la emisión de humos, gases, ruidos ydemás elementos contaminantes de la atmósfera y el ambiente.

7. Administrar y reglamentar el servicio de limpieza pública y tratamiento de residuos sólidos, elmantenimiento de parques y jardines, así como las campañas de control de sanidad animal yepidemias.

8. Difundir programas de saneamiento ambiental, áreas verdes, defensa civil y seguridadciudadana en coordinación con las municipalidades distritales y los organismos regionales ynacionales pertinentes.

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9. Realizar campañas de medicina preventiva, primeros auxilios, educación sanitaria y profilaxislocal.

10. Dirigir y supervisar la prestación de los servicios de serenazgo, defensa civil, parques y jardinesy limpieza pública, determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y elaprovechamiento industrial de desperdicios.

11. Conducir y controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales,industriales, viviendas, escuelas, parques y jardines, playas y otros lugares públicos locales.

12. Organizar y supervisar la instalación y mantenimiento de los servicios higiénicos y baños deuso público.

13. Supervisar la elaboración y suscripción de convenios en materia de defensa civil, conorganismos regionales, nacionales y extranjeros.

14. Planear, organizar, dirigir y controlar las actividades referidas al Comercio Formal e Informal;específicamente a la Adulteración, Falsificación y a la Especulación de productos en general.

15. Planear, organizar, dirigir y controlar las actividades referidas al ordenamiento, seguridad ygarantizar el orden público en las actividades organizadas por la Municipalidad.

16. Establecer normas y procedimientos internos de seguridad para los locales, bienes materiales ypersonal de la Municipalidad.

17. Otras funciones que le delegue el Gerente de Desarrollo Social y Comunal.

CAPITULO IX: DE LOS ÓRGANOS DESCENTRALIZADOS

CENTROS POBLADOS MENORES

Artículo 83º.- Las municipalidades de Centros Poblados son creadas conforme a la Ley 27972,por Ordenanza de la Municipalidad Provincial, que determina: la delimitación territorial, el régimende organización interior, las funciones que se le delegan, los recursos que se le asignan y susatribuciones administrativas y económico - tributarias.

Los Concejos Municipales de los Centros Poblados están integrados por un alcalde y cincoregidores. Los alcaldes y regidores de Centros Poblados son elegidos por un periodo de cuatroaños, contados a partir de su creación.

El alcalde y los regidores de las municipalidades de Centros Poblados son proclamados porel Alcalde Provincial, ratificando el resultado de las elecciones convocadas para tal fin.

La delegación de los servicios públicos locales que asuman las municipalidades de CentroPoblado puede implicar la facultad de cobrar directamente a la población los recursos que porconcepto de arbitrio se encuentren estimados percibir como contraprestación de los respectivosservicios.

INSTITUTO VIAL PROVINCIAL CHUCUITO

Artículo 84º.- El Instituto Vial Provincial de Chucuito, es un organismo descentralizado, dederecho público interno de la Municipalidad Provincial de Chucuito y de las municipalidadesdistritales de la jurisdicción provincial, con personería jurídica y con autonomía administrativa yeconómica.

El Instituto Vial Provincial de Chucuito, tiene como finalidad principal propiciar el desarrollo de lagestión vial provincial, entendida esta como el proceso de planificar y ejecutar las etapas deconstrucción, rehabilitación y mantenimiento de caminos rurales; asignando recursos, de acuerdoa prioridades establecidas en el Plan Vial Provincial

Se rige por su estatuto, ROF, MOF y las normas legales que le sean aplicables.

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UNIDAD DE GESTION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTODE LA CIUDAD DE JULI (UGASS JULI)

Artículo 85º.- La Unidad de Gestión Administrativa de Servicios de Saneamiento de la Ciudad deJuli (UGASS JULI), es un órgano descentralizado de la Municipalidad, responsable de ejecutar lapolítica de servicio de abastecimiento de agua potable y alcantarillado, en el desarrollo, control,operación y mantenimiento de los servicios de instalación de agua y alcantarillado.

Esta a cargo de un Gerente quien depende de su Directorio

Artículo 86º.- Son Funciones y atribuciones del órgano descentralizado UGASS JULI:

1. Planificar, programar, supervisar el abastecimiento de agua potable al área de su influencia.2. Ejecutar, conducir financiar las obras programadas.3. Proponer la Normatividad del buen uso de agua potable.4. Elaborar y proponer proyectos y/o estudios para el mejor uso de agua potable, planes de

desagüe, cañerías, alcantarillado y métodos de tratamiento y disposición de aguas residuales.5. Supervisar, asesorar y asistir técnicamente los proyectos de instalación de agua potable y

alcantarillado cuya ejecución se plantea dentro del área de influencia de la empresa.6. Cumplir con las disposiciones de la Junta Empresarial y el Directorio.7. Cumplir y hacer cumplir los procedimientos administrativos y técnicos de los servicios de

saneamiento.8. Proponer la ejecución de proyectos que conlleve al mejoramiento de calidad de agua.9. Dirigir y supervisar las obras de instalación de agua y desagüe.10. Apoyar a los barrios marginales en la priorización de sus obras y preparación de los

presupuestos.11. Diagnosticar la situación de las instalaciones de la red de distribución de agua y desagüe.12. Programar labores destinadas al mantenimiento, reparación y/o sustitución de los accesorios

defectuosos.13. Elaborar los presupuestos para las instalaciones a domicilio de agua y desagüe, reparaciones y

reacondicionamiento de servicios.14. Supervisar y controlar las labores del personal destinado a las tareas encomendadas.15. Efectuar el mantenimiento de los buzones de desagüe.16. Ejecutar la colocación de los medidores, tapas, cajas, otros.17. Efectuar las inspecciones de mantenimiento permanente.18. Formular y ejecutar sistemas de tratamiento de aguas servidas, que reduzcan la contaminación

del Lago Titicaca y el medio ambiente.19. Otras funciones que se le asigne y le compete según la Ley de la materia.

TITULO III

DE LAS RELACIONES INTERINSTITUCIONALES

Artículo 87º.- El Alcalde, como representante de la Municipalidad Provincial de Chucuito, dirige yconduce las relaciones interinstitucionales con el sector público y privado, con la finalidad decoordinar acciones de competencia interrelacionada, y de apoyo para hacer cumplir con suspropias disposiciones, en el marco de su autonomía.

La Municipalidad Provincial de Chucuito mantiene relaciones con las municipalidades del país,Instituciones Nacionales e Internacionales públicas o privadas con fines de coordinación,cooperación o asociación, para la ejecución de obras o prestación de servicios, en el marco de suautonomía, respeto mutuo y competencias de gobierno.

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TITULO IV

DEL REGIMEN LABORAL

Artículo 88º.- Los Funcionarios y Empleados de la Municipalidad Provincial de Chucuito y de susÓrganos Desconcentrados, se sujetan al Régimen Laboral General aplicable a la AdministraciónPública conforme a Ley.

Los Obreros que prestan sus servicios a la Municipalidad Provincial de Chucuito, son servidorespúblicos sujetos al régimen laboral de la actividad privada.

TITULO V

DEL REGIMEN ECONÓMICO

Artículo 89º.- La Municipalidad Provincial del Chucuito, cuenta con recursos económicosprovenientes de las siguientes fuentes:1. Las asignaciones y transferencias presupuéstales del Gobierno Nacional.2. Los ingresos propios constituidos por las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, derechos y

multas, creados por el Concejo Municipal.3. Los recursos asignados a la Municipalidad por el Fondo de Compensación Municipal

(FONCOMUN).4. Las demás que determine la Ley.

TITULO VII

DE LAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

PRIMERO.- La provisión de los cargos necesarios para cumplimiento de las funciones asignadasen el presente Reglamento, se establecerá en el respectivo Cuadro para Asignaciones de Personal(CAP), en concordancia con las disposiciones legales vigentes.

SEGUNDO.- La Gerencia Municipal, la Oficina de Administración y la Oficina de Planeamiento yPresupuesto, son los encargados de velar por el cumplimiento del presente Reglamento, para talefecto se realizarán funciones de seguimiento, estudio y recepción de observaciones de losdiferentes órganos que permitan tomar medidas correctivas a fin de perfeccionar su contenido yaplicación, teniendo como principio fundamental la distribución racional de los recursos humanos,la desburocratización y la simplificación administrativa en la Administración Municipal.

TITULO VIII

DE LAS DISPOSICIONES FINALES

PRIMERO.- Dejar sin efecto los Reglamentos y/o Disposiciones anteriores que se opongan a laaplicación del presente Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la MunicipalidadProvincial de Chucuito.

SEGUNDO.- El presente Reglamento entrará en vigencia a partir del día siguiente de suaprobación, siendo de obligatorio cumplimiento por todos los funcionarios y servidores de laMunicipalidad.

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GLOSARIO DE TÉRMINOS

Para la adecuada implementación del Reglamento de Organización y Funciones, seconsidera las siguientes definiciones:

ACTIVIDAD.- Conjunto de operaciones afines y coordinadas que se necesitan realizarpara ejecutar los actos administrativos.

CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL.- Documento de gestión institucionalque contiene los cargos definidos y aprobados de la Entidad, sobre la base de suestructura orgánica vigente.

SERVIDOR PUBLICO DE APOYO.- Es el que desarrolla labores auxiliares de apoyo y/ocomplemento.

DESCONCENTRACIÓN.- Es la distribución de las competencias y funciones de lasEntidades Públicas hacia los órganos bajo su dependencia. Definición incluida en la LeyMarco de Descentralización, Ley N° 26922.

DESCENTRALIZACIÓN.- Es la transferencia de facultades y competencias del GobiernoCentral y de los recursos del Estado a las Instancias descentralizadas”. Definición incluidaen la Ley Marco de Descentralización, Ley N° 26922.

ESTRUCTURA ORGÁNICA.- Es la organización formal en la que se establecen losniveles jerárquicos y se específica la división de funciones, la interrelación y coordinaciónque deben existir entre las diferentes unidades organizacionales, a efecto de lograr elcumplimiento de los objetivos, es igualmente un marco administrativo de referencia paradeterminar los niveles de toma de decisiones.

FUNCIÓN.- Conjunto de actividades afines y coordinadas que se necesitan realizar paraalcanzar los objetivos de la dependencia o entidad y de cuyo ejercicio generalmente esresponsable un área organizacional: se define a partir de las disposiciones jurídico-administrativas vigentes.

FUNCIONARIO PÚBLICO.- Es el que desarrolla funciones de preeminencia política,reconocida por una norma expresa, que representa al Estado o a un sector de lapoblación, desarrolla políticas del Estado y/o dirigen organismos o entidades públicas.

NIVEL ORGANIZACIONAL.- Es la categoría dentro de la estructura orgánica de laEntidad, que refleja la dependencia entre los órganos o unidades orgánicas acorde consus funciones y atribuciones.

NIVEL JERÁRQUICO.- Es la división de la estructura orgánica administrativa paraasignar un grado determinado a las unidades internas definiendo rangos, o autoridad yresponsabilidad; independientemente de la clase de función que se les encomiende.

ORGANIGRAMA.- El organigrama es la representación gráfica mediante símbolosconvencionales de la estructura orgánica de una Entidad o Institución. Es un instrumentotécnico de la organización municipal que representa la estructura orgánica o parte de ella,así como las relaciones entre las unidades que la componen, se le conoce también comocartas o gráficas de organización.

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ÓRGANO.- Un órgano es una unidad administrativa impersonal que tiene a su cargo elejercicio de una o varias funciones, y puede estar integrado por uno o varios puestos.

ÓRGANO ADMINISTRATIVO DESCONCENTRADO.- Son instancias jerárquicamentesubordinadas a las dependencias, con facultades específicas para resolver asuntos en lamateria encomendada de conformidad con las disposiciones legales aplicables.

PROCESO PARTICIPATIVO.- Es el Conjunto de acciones conducentes al desarrollo yformulación de instrumentos de gestión para el desarrollo regional y local que incluyen laparticipación de la población, en el proceso de toma de decisiones, como elementoprimordial.

PLAN DE DESARROLLO LOCAL PROVINCIAL CONCERTADO.- Instrumento de baseterritorial y de carácter integral, orientador del desarrollo local y del proceso delpresupuesto participativo, que contiene los acuerdos sobre la visión del desarrollo yobjetivos estratégicos de mediano y largo plazo de la comunidad en concordancia con losplanes nacionales, sectoriales y regional.

RACIONALIZACIÓN DE PROCESOS.- Actividad permanente de sistematización queconlleva a la identificación, análisis, armonización, diseño, mejoramiento, simplificación osupresión de procesos para alcanzar mayor eficiencia y eficacia en el cumplimento de losobjetivos de la Entidad.

REESTRUCTURACIÓN.- Es cuando los cambios de una Entidad no afectensustancialmente a la finalidad y objetivos y se centran mayormente en la redefinición,priorización, supresión o modificación de funciones y estructuras, que puede ser total,cuando involucra a toda la Entidad, o parcial, cuando se dirige a parte de ella.

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES.- Es el documento técniconormativo de gestión administrativa institucional que formaliza la estructura orgánica dela Entidad, orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos.Contiene las funciones generales de la Entidad y las funciones específicas de los órganosy unidades orgánicas, estableciendo sus relaciones y responsabilidades.

UNIDAD ADMINISTRATIVA.- Es el órgano que tiene funciones y actividades al interiorde la dependencia que la distinguen y diferencian de las demás dependencias,conformándose a través de una infraestructura organizacional específica y propia.

UNIDAD ORGÁNICA.- Es la Unidad de organización en que se dividen los órganoscontenidos en la estructura orgánica de la Entidad.

Juli, setiembre del 2009