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REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCION ESCOLAR DE ESTUDIANTES COLEGIO “REPÚBLICA DE FRANCIA” AÑO 2018

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REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCION ESCOLAR DE ESTUDIANTES

COLEGIO “REPÚBLICA DE FRANCIA”

AÑO 2018

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PRESENTACIÓN

Los principios, criterios y procedimientos evaluativos que sustentan este

Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar se desarrollaron según los cuerpos

normativos legales vigentes, consagrados en la Constitución Política de la

República; D.F.L. Nº 2 de 1998 (Ley de Subvenciones); Decretos de Evaluación Nº

511/1997; Nº107/2003; Nº112/1999; Nº83/2001;N°158/1999; Declaración Universal

de los Derechos Humanos; Convención de los Derechos del Niño y Ley General de

Educación; con el propósito de resguardar la consolidación de un ambiente

pedagógico que estimule la sana convivencia escolar y velar por el logro

permanente y sostenido de aprendizajes significativos de todos nuestros

estudiantes, para así asegurar su permanencia y trayectoria en el sistema escolar.

Esta tarea la queremos realizar a través de una gestión educativa de calidad, con

un liderazgo que contribuya al desarrollo, la innovación y la colaboración de todos

los miembros de la comunidad educativa.

LA DIRECCIÓN

IDENTIFICACIÓN

El Colegio República de Francia, ubicado en calle Exequiel Fernández Nº 1433, de

la ciudad de Santiago, RBD: 9091-3, es reconocido oficialmente como Colegio

Municipal de la comuna de Ñuñoa.

Su Directora es la Sra. Patricia García Guitart

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I.- Fundamentación La Comunidad Educativa del Colegio República de Francia, elaboró el presente

Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar teniendo como base la normativa

vigente y el rol protagónico que deben asumir los estudiantes en su proceso de

aprendizaje. La Evaluación es mucho más que una calificación, consiste en un proceso

permanente y sistemático , mediante el cual se obtiene y analiza información

relevante sobre todo en el proceso de enseñanza –aprendizaje , para formular un

juicio valorativo que permita tomar decisiones adecuadas que retroalimenten y

mejoren el proceso educativo en sus diferentes dimensiones.

Esto implica evaluar no solo los aprendizajes de los estudiantes sino también los

componentes del proceso de enseñanza: planificación, estrategias didácticas,

espacios educativos, organización del tiempo, recursos, incluyendo la propia

evaluación.

Dentro del contexto de la evaluación actual, la fuerza e incidencia que adquiere la

Auto-Evaluación y la Evaluación Formativa o de Proceso hace inminente su

aplicación en todas las asignaturas. Las evaluaciones aplicadas deben responder a

una planificación y análisis frecuente.

Evaluación Para el Aprendizaje se logra cuando los estudiantes saben en qué

consisten las metas del aprendizaje, cuando tienen modelos de lo que constituye

un buen trabajo y, quizás lo más importante de todo, cuando reciben

retroalimentación para que mejoren su desempeño a partir del trabajo realizado. El

profesor retroalimenta constantemente su enseñanza, considerando las fortalezas

y debilidades observadas en los y las estudiantes del curso.

En otras palabras, Evaluación Para el Aprendizaje se basa en un concepto amplio

de lo que significa evaluar cuyo centro es la noción de un proceso de observación,

monitoreo y establecimiento de juicios sobre el estado del aprendizaje de los

estudiantes a partir de lo que ellos producen en sus trabajos, actuaciones e

interacciones en clases. El rol de la evaluación desde esta perspectiva es orientar,

estimular y proporcionar información y herramientas para que los estudiantes

progresen en su aprendizaje, ya que a fin de cuentas son ellos quienes pueden y

tienen que hacerlo. No obstante lo anterior, claramente el rol del docente es

conducir el aprendizaje, acción que incluye explicar y modelar en que consiste

evaluar para mejorar.

Los factores que inhiben la utilización de la evaluación para mejorar los

logros de los aprendizajes son:

La tendencia de los docentes a evaluar la cantidad de trabajo entregado y su

presentación formal, en vez de evaluar la calidad del aprendizaje evidenciado

en el trabajo.

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La tendencia de dedicar más tiempo y atención en corregir trabajos y poner

notas que en guiar a los/las estudiantes sobre cómo mejorar su desempeño.

Un fuerte énfasis en hacer comparaciones entre estudiantes, que tienden a

desmotivar a aquellos más débiles.

Cuando la retroalimentación es débil y no sirve a los estudiantes para

aprender de forma más eficaz.

Falta de conocimiento de los docentes en relación a las necesidades de

aprendizaje de sus estudiantes.

De esa visión, queremos como colegio avanzar a una EVALUACIÓN PARA EL

APRENDIZAJE de la siguiente manera:

Los profesores proveen a sus estudiantes de una retroalimentación efectiva.

Los estudiantes están activamente involucrados en su propio aprendizaje.

Los profesores ajustan las estrategias de enseñanza de acuerdo a los

diferentes ritmos y estilos de aprendizaje y a los resultados de la evaluación.

Existe un reconocimiento de parte de todos los actores involucrados de la

influencia profunda que tiene la evaluación sobre la motivación y la

autoestima de los/as estudiantes, ambas variables cruciales en el proceso

de aprendizaje.

Los estudiantes saben cómo autoevaluarse y comprenden cómo hacer para

mejorar su desempeño.

Considerando los aspectos ya mencionados, los objetivos de nuestro reglamento

son:

1. Comprender que en la construcción de los aprendizajes intervienen factores

tales como: el tiempo, los materiales, la evaluación, las metodologías, el

ritmo de aprendizaje, el apoyo familiar y el entorno en el que está inserto el

/la estudiante, lo que hace necesario situar a la evaluación como un proceso

permanente.

2. Orientar a los equipos de aula que intervienen en el proceso, para que al

aplicarlo se consideren las diferencias individuales y los ritmos/estilos de

aprendizaje de los estudiantes de acuerdo al Proyecto Educativo

Institucional del Colegio.

3. Lograr aprendizajes significativos que permitan que todos los estudiantes

avancen en su proceso escolar y disminuir la repitencia.

4. Mejorar la calidad de los aprendizajes con metodologías innovadoras y

retroalimentación efectiva.

5. Generar estrategias para evitar la deserción escolar brindando todos los

apoyos necesarios a los estudiantes que presentan NEE(Necesidades

Educativas Especiales) por diferentes causas(emocionales, familiares,

psicosociales, académicas y de salud.)

6. Diversificar las estrategias de Evaluación Para el Aprendizaje (Diseño

Universal para el Aprendizaje).

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7. Mantener a los estudiantes y a sus padres y apoderados informados acerca

de sus fortalezas y debilidades en el proceso de enseñanza –aprendizaje.

8. Considerar los diferentes ritmos de aprendizaje y NEE aplicando Evaluación

Diferenciada.

9. Normar situaciones especiales.

10. Propiciar que los estudiantes asuman la responsabilidad y protagonismo en el progreso de su proceso de aprendizaje.

I.- DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 1 El presente Reglamento establece las normas y procedimientos de

Evaluación y Promoción para los estudiantes del Colegio República de Francia de

Ñuñoa, a contar del 1° de marzo de 2018. Se sustenta en los principios de nuestro

Proyecto Educativo Institucional y en los Decretos Supremos de Evaluación dados

por el MINEDUC. Artículo 2 Importancia del Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar. “La evaluación es un proceso permanente, cuya finalidad es proporcionar

información al profesor/a para apoyar a los estudiantes en su proceso de

aprendizaje, involucrando a ambos en el logro de los objetivos educacionales

propios de cada nivel” (Decreto Exento de Evaluación Nº 511/97, N°158/99 y

complementado por 107/ 2010 (Modifica Decreto Supremo exento de Educación N°

511 de 1997) de Educación Básica.

Artículo 3 El sistema de evaluación del Colegio República de Francia, se basa

en la normativa legal vigente, se orienta a conocer los logros y avances de cada

estudiante y a identificar sus necesidades educativas, para así poder tomar

decisiones oportunas sobre estrategias, recursos y metodologías.

En el proceso de evaluación se deben considerar las siguientes dimensiones:

a. Cognitiva: logro de los Objetivos de Aprendizaje. b. Procedimental: desarrollo de diferentes tipos de habilidades y destrezas. c. Actitudinal: fomentar la positiva predisposición para enfrentar con éxito los

diversos y desafiantes escenarios, basado en Objetivos de Aprendizaje

Transversales, Proyecto Educativo Institucional y el plan formativo de valores

comunales. Artículo 4 Al inicio del año escolar, la Dirección del establecimiento informará sobre

el Reglamento de Evaluación a todos los padres, apoderados y estudiantes.

Se sociabilizará y analizará con los estudiantes y miembros de la comunidad

escolar.

La evaluación de los/las estudiantes, será continua e integral, considerando entre sus objetivos, lo siguiente:

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Retroalimentar la información pedagógica del/la profesor/a para la posterior toma de decisiones.

Conocer y valorar los logros alcanzados por los/las estudiantes, recogiendo

información sistemática con procedimientos e instrumentos evaluativos adecuados, diversos y eficaces.

Conocer el proceso de desarrollo de los/las estudiantes para:

Identificar características personales, intereses, ritmos y estilos de aprendizaje.

Identificar las potencialidades e inteligencias múltiples, talentos y habilidades especiales.

Identificar las dificultades y limitaciones que manifiesta cada estudiante.

Facilitar el autoconocimiento y la autoevaluación personal.

Ayudar a tomar decisiones, así como a asumir responsabilidades y compromisos.

Ofrecer oportunidades para aprender de la experiencia.

Afianzar aciertos y tomar las medidas remediales para superar las dificultades.

Obtener información para reorientar o consolidar las prácticas pedagógicas.

Diseñar e implementar estrategias para apoyar a los/las estudiantes que tengan dificultades en sus estudios.

Proporcionar información a los Apoderados, sobre los logros y desafíos de sus pupilos, comprometiendo su colaboración, fortaleciendo su compromiso y responsabilidad, como los primeros educadores.

Determinar promoción o repitencia de los estudiantes.

Artículo 5 La información sobre el avance educacional de los estudiantes será

entregada a los padres y apoderados, a través de las siguientes modalidades:

a. Informe de notas Semestral. (Se entrega al término del 1° Semestre). b. Certificado Anual de Estudio. (Se entrega posterior al cierre del año escolar). c. Informe de Desarrollo Personal Anual (Se entrega al cierre del año escolar,

sólo si el apoderado lo solicita de manera formal, a través de una comunicación escrita en la agenda escolar ,con dos semanas de anterioridad ).

d. En el caso de los estudiantes que egresan de 8° Básico, al término del primer semestre se entregan: Certificado anual de estudio de 7° Básico, Informe de Notas semestral e Informe de Personalidad de 1° Semestre Octavo Básico.

II.- DEL REGIMEN DE ESTUDIO

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Artículo 6 El régimen de estudio del Colegio República de Francia será semestral.

III.- DE LOS TIPOS DE EVALUACIÓN, PROCEDIMIENTOS, INSTRUMENTOS Y PRUEBAS a. Evaluación Diagnóstica: se entenderá como aquel procedimiento que se aplica al inicio del año escolar en diversas asignaturas (marzo). Los resultados de esta evaluación se registrarán en el libro de clases de la siguiente forma:

Logrado (L) : 80%-100%

Parcialmente Logrado (P/L) : 60 %-79,9%

No Logrado (N/L) : - 60%

b. Evaluación Formativa: permanente y constante, entrega información sobre cómo se desarrolla el proceso de enseñanza - aprendizaje de cada estudiante. Permite recoger información, analizarla y tomar las decisiones que aseguren el buen desarrollo del proceso pedagógico.

c. Evaluación Sumativa: determina el logro de los objetivos de aprendizaje que la asignatura ha definido como requisito para la unidad y, a la vez, proporciona información que permite el análisis de las causas que pudieron haber motivado deficiencias en el logro de las metas propuestas.

d. Evaluación Diferenciada: Se entenderá como el procedimiento de evaluación para aquellos estudiantes con Necesidades Educativas Especiales.

III.-DE LAS CALIFICACIONES

Artículo 7 Todas las asignaturas son fundamentales para el desarrollo Integral de

nuestros estudiantes. Nuestro reglamento busca revalorizar asignaturas como Artes

Visuales, Educación Física, Tecnología y Música considerándolas básicas para el

desarrollo de Habilidades Blandas.

La finalidad primordial de la evaluación está dirigida al mejoramiento del aprendizaje del estudiante y al énfasis en los procesos. Es por ello, que el docente debe seleccionar las técnicas e instrumentos de evaluación que contribuyan a garantizar la construcción permanente del aprendizaje.

La evaluación desde la perspectiva cualitativa como de la cuantitativa, es un complemento. Sin embargo, dependiendo de qué queremos evaluar, se hace necesario enfatizar uno de los dos aspectos.

Con la finalidad de obtener mejor información para analizar el proceso de aprendizaje de nuestros estudiantes se han diversificado los procedimientos, pruebas e instrumentos evaluativos, entre los principales: PRUEBAS O EVENTOS

Pruebas Escritas

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Pruebas Orales

Pruebas Prácticas o de realización de tareas.

Individuales

Colectivos

Informales

Estandarizados (Evaluaciones curriculares, SIMCE)

Ensayos

Laboratorios

Salidas a terreno PROCEDIMIENTOS DE OBSERVACIÓN

Registros de hechos anecdóticos

Listas de Cotejo

Escalas de Valoración

Diálogos

Juego de Roles

Foro y Debates Disertaciones/dramtizaciones.

PROCEDIMIENTOS DE INFORME

Cuestionarios

Inventarios

Entrevistas

Bitácoras

Portafolios

Mapas Conceptuales

Proyectos de aula De acuerdo a lo anteriormente expuesto, cada profesor/a de asignatura deberá considerar al evaluar a un estudiante, equilibrar el número de experiencias de aprendizaje de la siguiente forma: 1° Semestre

1 Prueba escrita al finalizar la 1° Unidad. 1 Prueba escrita al finalizar la 2° Unidad. 1 Prueba escrita de cierre de semestre: 1° Unidad y 2° Unidad (Evaluación

externa) durante el mes de junio. 1 Nota de proceso, que consiste en evaluar en diferentes instancias el trabajo

realizado durante el semestre de acuerdo a las necesidades pesquisadas por la o el docente (Evaluación clase a clase, Interrogaciones orales, escritas, trabajos prácticos, trabajo en equipo, disertaciones). Se utilizará una lista de cotejo o rúbrica con criterios definidos previamente y que el estudiante conocerá, el promedio de todas esas actividades se traducirán en una nota al libro.

1 Nota por revisión de cuadernos, libros y participación en clases (Lista de cotejo o rúbrica que indica al estudiante lo que se espera de Él o Ella). El promedio de todas las revisiones se transformará en una nota al libro de clases.

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1 Nota de diferentes experiencias de Aprendizaje que demuestren la creatividad, innovación, pensamiento divergente y capacidad de colaboración de los estudiantes (Disertaciones, plenarios, debates, Feria del Libro, Feria Científica, Bitácora etc.)

2° Semestre

1 Prueba escrita al finalizar la 3° Unidad. 1 Prueba escrita al finalizar la 4° Unidad. 1 Prueba escrita de cierre de semestre: 3° Unidad y 4° Unidad (Evaluación

externa) durante el mes de noviembre. 1 Nota de proceso, que consiste en evaluar en diferentes instancias el trabajo

realizado durante el semestre de acuerdo a las necesidades pesquisadas por la o el docente (Evaluación clase a clase, Interrogaciones orales, escritas, trabajos prácticos, trabajo en equipo, disertaciones) Se utilizará una lista de cotejo o rúbrica con criterios definidos previamente y que el estudiante conocerá, el promedio de todas esas actividades se traducirán en un anota al libro.

1 Nota por revisión de cuadernos, libros y participación en clases (Lista de cotejo o rúbrica que indica al estudiante lo que se espera de Él o Ella). El promedio de todas las revisiones se transformará en una nota al libro de clases.

1 Nota de diferentes experiencias de Aprendizaje que demuestren la creatividad, innovación, pensamiento divergente y capacidad de colaboración de los estudiantes (Disertaciones, plenarios, debates, Feria del Libro, Feria Científica, Bitácora etc.)

Los estudiantes serán evaluados en todos las asignaturas del plan de estudio en cada semestre.

Se establecen los siguientes parámetros:

0% - 1,0

60% - 4,0

100% - 7,0

Los resultados de las evaluaciones se expresarán en calificaciones de acuerdo a la escala, hasta con un decimal. La fracción decimal de los promedios semestrales y finales se aproximará al entero superior, ejemplo: 5.55 equivale a 5.6 La calificación mínima de aprobación será 4.0. El promedio final anual de la asignatura de Religión y Orientación será con conceptos.

Los estudiantes de Educación Pre Básica, serán evaluados con los conceptos:

L: Logrado.

M/L: Medianamente logrado.

P/L: Por lograr

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Artículo 8 Durante cada semestre los estudiantes obtendrán un número de

calificaciones mínimas y máximas que se detallan en el cuadro siguiente:

N° de horas por Asignatura semanal

N° de Calificaciones Mínimas

N° de calificaciones máximas

02 horas. 03 04

03 horas. 03 04

04 horas. 04 05

05 horas. 05 06

06 horas. 06 07

08 horas 06 07

Se establecerá que el N° de calificaciones máximas dependerá de la necesidad de aprobación que presenten los estudiantes como se indica a continuación: Calificación Final Semestral:

Corresponde al promedio aritmético de las calificaciones parciales obtenidas

en cada asignatura, registrándose con un decimal y con aproximación de las

centésimas a la décima superior (sobre 0.05 a la décima superior).

Calificación Final Anual:

Corresponde al promedio aritmético de las calificaciones semestrales (1º y 2º semestre) de cada asignatura.

En el promedio anual, se aproximará la centésima igual o sobre 0.05 a la décima superior.

El promedio Anual General, comprende todas las asignaturas calificadas al promedio aritmético y se aproxima de centésima igual o sobre 0.05 a la décima superior.

La calificación mínima de aprobación en cada asignatura es 4.0 (cuatro, cero).

Existirá un mecanismo de registro de estrategias que se aplicarán para evaluar a estudiantes que presentan NEE que se describen en el ítem V.- Evaluación Diferenciada y Eximiciones que se basarán en el Plan de Trabajo Anual elaborado por el Equipo de Aula.

Para evaluar la situación de los estudiantes con NEE también se considerará el plan de apoyo individual elaborado por el equipo de aula (profesores de asignatura y del Proyecto de Integración).

Artículo 9 Si un estudiante obtiene en una asignatura, notas (-4), que conduzcan a

un promedio final REPROBADO, el docente deberá citar al apoderado para informar

la situación y establecer un compromiso firmado de colaboración en el proceso de

aprendizaje y la responsabilidad de apoyarlo en sus actividades escolares.

Si presentase más de dos evaluaciones reprobadas en diferentes asignaturas o en

la misma asignatura es deber del/la profesor/a jefe citar al apoderado a una reunión

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con la encargada de la Unidad Técnico Pedagógica para establecer medidas

pedagógicas y de apoyo familiar, en conformidad a lo que se estipula en las Normas

de Convivencia del Colegio.

Las calificaciones se registrarán en el Libro de Clases y en la Plataforma

SINEDUC y en el caso de las pruebas de unidades, se informará a los estudiantes

sus resultados en un plazo que no exceda los 10 días hábiles posteriores a la

rendición de la evaluación. El profesor(a) no podrá realizar otra prueba con nota, si

no ha dado a conocer el resultado anterior.

Artículo 10 Al iniciar cada semestre los estudiantes recibirán un calendario con las fechas de evaluaciones de todas las asignaturas y las actividades a evaluar.

Artículo 11 Sólo la Coordinación del Área Técnico Pedagógica, podrá autorizar la

suspensión de una prueba previamente calendarizada, por razones debidamente

justificadas. En este caso, el evento será reprogramado por UTP.

Artículo 12 Si en una instancia de evaluación el nivel de logro de los estudiantes

de un curso indica que existe más de un 50% de calificaciones inferiores a 4,0, la

nota no será registrada en el libro. UTP analizará junto al profesor de la asignatura

los bajos resultados y los factores que pudieron incidir .Se considerarán entre otros

los siguientes criterios: calendarización oportuna, contenidos tratados en clases,

condiciones al momento de la aplicación. Se aplicará una nueva evaluación.

Artículo 13 No se podrán aplicar dos (2) pruebas de unidad en un día. Artículo 14 Las fechas de las pruebas o eventos principales deberán

calendarizarse a principios de cada semestre , deberán ser informadas a UTP, a los

estudiantes y a los apoderados a través de una comunicación , así como los

objetivos de aprendizaje y los indicadores de evaluación .

Los estudiantes deben conocer el puntaje de cada una de las preguntas y el puntaje

total del instrumento evaluativo. (Tabla de Especificaciones)

Además, se deberán publicar las fechas de evaluación en el Panel o Mural de cada

curso.

Se exceptúan aquellas interrogaciones orales y/o escritas sin aviso previo. Artículo 15 Los profesores dispondrán de diez días hábiles para realizar la

corrección de todo instrumento de evaluación aplicado a los estudiantes,

consignar la nota en el libro de clases y en la plataforma SINEDUC, entregar la

prueba a cada estudiante y hacer la correspondiente retroalimentación.

Si un estudiante obtiene nota bajo 4.0 se citará al apoderado para que firme la

evaluación y asuma un compromiso de apoyo al proceso escolar de su pupilo y

se le hará entrega de una copia de la prueba, debiendo el docente guardar el

original con la finalidad de analizar porque no se lograron las metas de

aprendizaje.

IV EVALUACIONES ATRASADAS

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Artículo 16 El estudiante que se ausente a un evento de evaluación, cualquiera sea

la asignatura de ésta, deberá justificar su inasistencia presentando el apoderado el

certificado médico o acudiendo al establecimiento a realizar una justificación

personal. Una vez realizado ese trámite, el estudiante podrá acogerse al sistema

de aplicación de pruebas atrasadas.

Con Certificado Médico y /o justificación del apoderado:

De 1° a 8° año básico: 1. El/la profesor/a de la asignatura informará a encargado de evaluaciones

atrasadas la nómina de estudiantes que no se presentó a la prueba. El /la

estudiante será citado para rendir su evaluación .EI nivel de exigencia será

el mismo, no así la prueba o instancia de evaluación. 2. Si el día que rinde su prueba calendarizada el estudiante no se presenta,

tendrá nota mínima 2.0.

3. Si el día de la prueba atrasada el/la profesor/a encargado no asiste a clases

y no se encuentra el instrumento en Coordinación Técnico Pedagógica ésta

se recalendarizará.

Artículo 17 EI estudiante que estando presente en el colegio NO rinda una

evaluación fijada, el/la profesor/a informará a Inspectoría General para que se

presente con su apoderado, previa anotación negativa en su hoja de vida, además

de determinarse la forma de proceder según Reglamento interno del colegio.

Artículo 18 Todo estudiante que no asista a una evaluación, pero que justifica su

inasistencia, tendrá derecho a ser evaluado con un instrumento diferente pero con

el mismo nivel de complejidad que el de la prueba aplicada al curso.

V.- EVALUACIONES DIFERENCIADAS Y EXIMICIONES Artículo 19 De la Evaluación Diferenciada: Esta modalidad de evaluación permite

contar con procedimientos específicos que se aplicarán a todos los estudiantes que

presenten NEE (Necesidades Educativas Especiales) de forma transitoria o

permanente. Para optar a este tipo de evaluación el apoderado debe presentar

informe Psicopedagógico y/o certificados de especialistas clínicos a UTP antes del

30 de abril o ser evaluados por el Equipo de Integración Escolar (PIE) del

establecimiento. La Evaluación Diferenciada se aplicará desde 1° básico a 8° año. Artículo 20 Los estudiantes que lo requieran serán evaluados a través de

procedimientos adecuados a sus necesidades, según las indicaciones específicas

entregadas por él/la especialista y el profesor de la asignatura. Artículo 21 Esta instancia no implica necesariamente que el estudiante al término

del período escolar sea calificado con la nota mínima de aprobación, vale decir 4,0

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o que no pueda llegar a obtener una calificación superior que eventualmente pueda

llegar a 7,0, pues ello estará sujeto al esfuerzo y responsabilidad personal del

estudiante, al apoyo y tratamientos internos y externos que su situación requiera. Artículo 22 Las estrategias a utilizar para aquellos estudiantes con evaluación

diferenciada pueden ser entre otras: mayor tiempo para desarrollar la actividad de

evaluación, mediación permanente del profesor/a dentro del período estipulado

para la evaluación, que contempla entre otras alternativas el cambio de ambiente o

modificar el tipo de instrumento evaluativo, así como adaptaciones curriculares.

Criterios generales de la evaluación diferenciada:

Para cualquier estudiante con necesidad educativa especial será necesario:

Efectuar las coordinaciones con las especialistas del equipo PIE para consensuar estrategias de apoyo al estudiante, adecuando el material de trabajo en cada caso.

Diferenciar niveles de complejidad en las evaluaciones , mediante la adecuación del instrumento de evaluación o su diversificación

Prestarle apoyo facilitando la comprensión de las instrucciones.

Acompañarlo afectivamente, reconociendo sus logros y motivándolo a seguir esforzándose.

En cuanto a la evaluación que se aplica a los estudiantes que presentan NEE deberá cumplir con ciertas condiciones técnicas:

Considerar en cada asignatura, la posibilidad de adaptaciones curriculares, entendidas como modificaciones en el apoyo pedagógico en la sala o que puedan referirse a tiempos distintos para conseguir los mismos objetivos o priorizar objetivos.

Los procedimientos de evaluación deberán considerar la utilización de diversos instrumentos, observación e informes. Su aplicación será en cualquier momento o instancia del proceso educativo, según necesidades detectadas por el profesor/a, considerando el estado de avance del estudiante.

Los procedimientos de evaluación pueden estar referidos a las mismas habilidades establecidas en la planificación para lograr los objetivos del curso. No obstante lo anterior, se sugiere al profesor determinar objetivos esenciales para reducir el número de preguntas y otorgar mayor tiempo para el desarrollo de la prueba.

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Los procedimientos evaluativos, en términos de corrección, deberán establecerse sobre la base de un esquema “ referido a criterios”, donde el criterio será:

-Progreso evidenciado a partir de una situación inicial (diagnóstico), pequeños logros, pero que para el estudiante resultan significativos.

-Intraindividual, esto es, comparado consigo mismo.

El grado de dificultad de la prueba deberá ser diferente al de la prueba del curso si se requiere. Es decir, a partir del mismo contenido/habilidad u objetivo construir un instrumento adaptado: menor cantidad de preguntas, claridad en las instrucciones, diferentes niveles de resolución (una prueba con diferentes alternativas, elección de una cantidad de preguntas a responder, evaluaciones orales etc.) y menor grado de complejidad. La estrategia de evaluación a aplicar emana del trabajo colaborativo entre el/la profesor/a de asignatura y el/la profesor/a de diferencial.

Artículo 23 La Dirección en conjunto con el equipo Técnico, previo informe

Psicopedagógico o médico (profesional pertinente a la solicitud), podrán dar curso

a la solicitud de eximición de Inglés y Educación Física a los estudiantes que

acrediten dificultades de aprendizaje y/o problemas de salud temporal o

permanente.

Artículo 24 La presentación de la documentación por parte del apoderado para

optar a la eximición de inglés tiene como fecha tope el 30 de abril del año en curso

y debe ser entregado personalmente a la UTP del establecimiento. A partir de esa

fecha, se tendrán 15 días hábiles para estudiar el caso y resolver acerca del mismo.

El estudiante será eximido de la evaluación, no de clases, por lo tanto debe

permanecer en el aula desarrollando un trabajo académico, sin interferir de ninguna

forma en el desarrollo de la clase.

Artículo 25 La presentación por parte del apoderado para optar a la eximición de

Religión debe hacerse al momento de su matrícula, quedando registrada en ésta.

El estudiante será eximido de la evaluación, no de clases, por lo tanto debe

permanecer en el aula desarrollando un trabajo académico, relacionado con

valores ciudadanos.

Articulo 26 La eximición de Educación Física contempla sólo las clases prácticas,

ya que los estudiantes serán evaluados a través de trabajos teóricos y/o

responsabilidades afines a la asignatura.

Artículo 27 La presentación de la documentación por parte del apoderado para

optar a la eximición parcial o total de Educación Física, tiene fecha tope el 31 de

Marzo para los casos de enfermedad crónica (cardiaco, respiratorio, articular, etc.),

si ya presentó el certificado médico el año anterior, deberá traer uno actualizado

antes de la fecha indicada. A los estudiantes que se le detecte alguna enfermedad

crónica posterior a los plazos establecidos, deberán presentar todos los

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antecedentes a más tardar 15 días posteriores al diagnóstico.

VI.- DE LA CALENDARIZACION: Artículo 28 Los procedimientos evaluativos se centran en el proceso, es por eso que: a.- La evaluación diagnóstica se aplicará al inicio del año escolar con el objetivo de

constatar las conductas terminales del nivel anterior y proyectar las unidades de

aprendizajes conforme a los programas de estudio vigente. b.- La evaluación formativa se aplicará durante el proceso para constatar el grado

de avance de los estudiantes

c.- La evaluación sumativa se aplicará durante todo el proceso con objeto de medir

y calificar los objetivos de aprendizaje logrados y no logrados.

Artículo 29 Las evaluaciones serán determinadas por cada profesor a cargo de la

asignatura de aprendizaje e informadas a UTP. UTP confecciona el calendario de

las fechas propuestas para cada nivel. Los calendarios se publicarán por cursos al

inicio de cada semestre. Las fechas programadas y coordinadas no podrán sufrir

cambios sin autorización de UTP.

VII DE LA PROMOCIÓN Artículo 30 Para la promoción de curso de cada estudiante se considerarán conjuntamente:

1. Logro de objetivos de aprendizaje o aprendizajes esperados. 2. Asistencia.

1. Logro de objetivos:

1.1 Serán promovidos los estudiantes de 1° y 2° Nivel de Transición (PK.K)al nivel siguiente, si cumple con la asistencia del 85% y los aprendizajes esperados para el nivel. Para determinar si un estudiante es promovido al siguiente nivel, se podrá aplicar evaluación individual por especialistas del Programa de Integración Escolar. 1.2 Serán promovidos los estudiantes de 1° básico a 4to básico que hubieren:

a) Aprobado todas las asignaturas de aprendizaje de los respectivos planes de

estudio.

b) Reprobado una asignatura y cuyo promedio general final sea igual o superior

a cuatro coma cinco (4,5), incluida la asignatura reprobada. En caso que

los/las estudiantes de 1° a 2° y 3° a 4° básico presenten un retraso

significativo en lectura, escritura y/o Matemática en relación a los objetivos

de aprendizaje y que pueda afectar la continuidad de sus aprendizajes del

curso superior podrán repetir, previo informe fundado del docente,

(adjuntando documentación de especialistas, actas de compromiso del

apoderado, pruebas aplicadas) fundamentando dicha repitencia.

c) Reprobadas dos asignaturas, siempre que su nivel general de logro

corresponda a un promedio cinco coma cero (5,0) o superior, incluidas las no

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aprobadas.

1.3 Serán promovidos los/las estudiantes de 2° Básico a 8° año que hubieren:

a) Aprobado todas las asignaturas de los respectivos planes de estudio.

b) Reprobado una asignatura y cuyo promedio general final sea igual o superior

a cuatro coma cinco (4,5), incluida la asignatura reprobada.

c) Reprobado dos asignaturas, siempre que su nivel general de logro

corresponda a un promedio cinco coma cero (5,0) o superior, incluidas las

asignaturas reprobadas.

2 . Asistencia:

1.3 Serán promovidos de curso, los estudiantes desde Pre-kínder a 8° Básico,

que hubiesen asistido a lo menos el 85% de las clases establecidas en el

calendario lectivo anual; no obstante, si este requisito no se cumpliere, la

Directora autorizará la promoción de un estudiante en los siguientes casos: a. Ingreso tardío al Colegio por enfermedad u otra causa debidamente

justificada. b. Ingreso tardío al Colegio por traslado. c. Enfermedad prolongada durante el año escolar, debidamente certificada. d. Finalización del año escolar anticipado. (embarazo, enfermedad grave) e. Otros casos debidamente certificados. f. Carta a la directora, explicando la situación.

2.2.- En casos calificados, la Dirección, previa consulta al Consejo General de

Profesores, podrá autorizar la promoción de estudiantes con porcentajes menores

al 85% de asistencia.

Artículo 31 La situación final de promoción de los estudiantes deberá quedar

resuelta al término de cada año escolar. Una vez finalizado el proceso, el Colegio

entregará a todos los estudiantes un Certificado Anual de Estudios (que no podrá

ser retenido por ningún motivo). Este documento indicará las Asignaturas, las

calificaciones obtenidas y la situación final correspondiente.

VIII DE LA REPITENCIA

Artículo 32 Repetirán curso todos los/las estudiantes que no cumplan con los

requisitos estipulados en el presente Reglamento de Evaluación.

VIII DE LAS INDICACIONES, RESTRICCIONES Y FALTAS.

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Artículo 33 Copiar o ayudar a un compañero/a durante las evaluaciones es

considerado una falta de honestidad grave, estipulada en el Manual de Normas de

Convivencia del Colegio y, de suceder, el profesor/a dejará constancia y evidencia

si procede, en la hoja de vida del estudiante y deberá informar al apoderado/a a la

brevedad.

Artículo 34 Será falta grave, rendir una evaluación escrita y no entregar al docente

el instrumento para su corrección. En este caso se amonestará por escrito, se

informará al apoderado y se deberá repetir la evaluación a cargo de UTP con nota

mínima de aprobación. Artículo 35 El estudiante que no cumpla con la fecha de entrega de trabajos, sin

haber presentado certificado médico será amonestado con una anotación en su

hoja de observaciones y su apoderado será citado a entrevista para informar la

situación y buscar caminos de solución al problema de forma conjunta. Podrá

presentar el trabajo fuera de plazo, el que será evaluado con nota mínima de

aprobación. Artículo 36 Frente al incumplimiento de materiales requeridos en las diferentes

asignaturas, se aplicarán los siguientes criterios: a.- Primera vez amonestación en la hoja de vida, con comunicación al apoderado, vía libreta de comunicación. b.- Segunda vez citación de apoderado y entrevista con estudiante, para revertir dicha situación y lograr los objetivos de la asignatura. El incumplimiento de materiales incide en la evaluación de proceso. IX DE LA INFORMACIÓN A LOS PADRES, APODERADOS Y ESTUDIANTE

Artículo 37 El Profesor Jefe entregará a los apoderados una vez en cada semestre,

un informe de las calificaciones parciales y conceptos logrados por el estudiante

durante el período, en cada una de las asignaturas; además la asistencia y atrasos.

No obstante a esta entrega oficial, el apoderado podrá acceder a nuestra

plataforma online “SINEDUC”. Artículo 38 En relación a la comunicación de avance en el logro de los objetivos

de aprendizaje trasversales y PEI (Proyecto Educativo Institucional), expresados en

las áreas de crecimiento y autoafirmación personal, desarrollo del pensamiento,

formación ética y relación con su entorno, el Profesor Jefe entregará a solicitud del

apoderado, el Informe de Personalidad. X EDUCACION PARVULARIA.

Artículo 39 La edad de postulación para niños y niñas de Pre-kinder es de cuatro

años (4) cumplidos al 31 de marzo. La edad de postulación a Kinder es de 5 años

al 31 de marzo, de acuerdo a la normativa vigente.

TÍTULO XI RELIGIÓN

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Artículo 40 El sector de Religión es optativo de 1° básico a 8° año y debe resolverse

al momento de la matrícula. Después de esa instancia el estudiante no podrá optar.

Artículo 41 El estudiante que no opta por Religión, no puede abandonar la sala de

clases durante el período de hora que dure dicha asignatura, debiendo permanecer

en la sala realizando un trabajo de desarrollo valórico. De abandonar la sala de

clases será considerada como falta grave y se actuará de acuerdo a lo estipulado

en el Reglamento Interno vigente del colegio. XII EDUCACION FISICA Y SALUD

Artículo 42 Dentro de las disposiciones generales, el estudiante que teniendo

clase de educación física y/o evaluación en la asignatura, se presente sin

equipo deportivo y sin justificativo, no será autorizado a realizar la clase o la

evaluación, previa anotación en su hoja de observaciones y citación de su

apoderado para informar la situación. .Artículo 43 El estudiante que no realice la clase práctica, deberá estudiar o

desarrollar una guía con temas atingentes a la asignatura de Educación Física y

Salud.

Las notas obtenidas permitirán evaluar el proceso en el caso, que se presenten

certificados medicos que avalen la situación

TITULO XIII DISPOSICIONES FINALES Artículo 44 Durante el mes de junio y noviembre se realizarán evaluaciones

externas para medir los avances logrados por los estudiantes en Lenguaje y

Comunicación, Lengua y Literatura,Matemática, Ciencias Naturales e Historia,

Geografía y Ciencias Sociales. La asistencia es obligatoria.

Artículo 45 Reforzamiento y/o Nivelación UTP, gestionará para aquellos estudiantes que presenten déficit en las asignaturas del plan de estudio, nivelación con carácter obligatorio en períodos parciales. Artículo 46 Los estudiantes que se incorporen al Colegio, provenientes de otros establecimientos, deberán asistir a una Entrevista con encargada de admission y presentar:

a) Certificado de promoción escolar. b) Certificado de nacimiento.

Artículo 47 En relación de las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción

Escolar. Las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar consignarán

en cada curso, las calificaciones en cada asignatura, el % anual de asistencia, la

situación final de los/las estudiantes y cédula nacional de identidad de cada una de

ellos.

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Artículo 48 Atendiendo la naturaleza dinámica de las materias contenidas en el

presente Reglamento, la Unidad Técnico Pedagógica evaluará permanentemente

la eficiencia de los procedimientos aquí estipulados y propondrá a la Dirección del

establecimiento, las modificaciones que procedan, informando oportunamente al

Departamento Provincial Oriente de Educación.

Artículo 49 Las estudiantes que se encuentren embarazadas podrán continuar con

su proceso de aprendizaje en forma regular, mientras su salud lo permita. El colegio

proporcionará las condiciones necesarias para que las estudiantes puedan concluir

su año escolar, de acuerdo a lo establecido en la Ley 20.370 General de Educación

del año 2009.

Artículo 50 La Dirección del Establecimiento, dará amplia difusión al presente

Reglamento de Evaluación, a nivel de las estudiantes, padres y apoderados, y

miembros de la comunidad escolar.

Artículo 51 Toda situación no contemplada en el presente reglamento de

evaluación y promoción escolar, será analizada por el equipo directivo del

establecimiento.

Artículo 52 Las situaciones de evaluación y promoción escolar no previstas en el

presente Reglamento, serán resueltas por el Consejo de Profesores y aprobación

de la Directora del Establecimiento, pudiendo ser consultadas en las Secretarias

Regionales Ministeriales de Educación respectivas dentro del ámbito de su

competencia.