reglamento de evaluaciÓn y promociÓn€¦ · nacionales sobre evaluación, calificación y...

12
REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN COLEGIO MADRES DOMINICAS PITRUFQUÉN DICIEMBRE DE 2019

Upload: others

Post on 20-Jul-2020

11 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN€¦ · nacionales sobre evaluación, calificación y promoción se presenta a continuación el Reglamento Interno de Evaluación, Calificación

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

COLEGIO MADRES DOMINICAS – PITRUFQUÉN

DICIEMBRE DE 2019

Page 2: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN€¦ · nacionales sobre evaluación, calificación y promoción se presenta a continuación el Reglamento Interno de Evaluación, Calificación

1

REGLAMENTO DE EVALUACION Y PROMOCION DE ALUMNOS Y ALUMNAS

DE EDUCACION PRE BASICA Y EDUCACION BASICA “COLEGIO MADRES DOMINICAS” PITRUFQUEN – RBD : 6254 -5

Decreto Cooperador 4540 del 27 noviembre 1961

El presente Reglamento de Evaluación y Promoción de alumnos y alumnas del Colegio Madres Dominicas fue elaborado considerando los instrumentos de gestión institucional junto a las orientaciones y normativas ministeriales vigentes, tales como: Proyecto Educativo Institucional, el Reglamento Interno de Convivencia Escolar, los planes exigidos por normativa, las orientaciones del equipo del Programa de Integración Escolar, y el pronunciamiento del Consejo de Profesores. Visto lo dispuesto en el Decreto N° 67 del 20-02-2018 que aprueba normas mínimas nacionales sobre evaluación, calificación y promoción se presenta a continuación el Reglamento Interno de Evaluación, Calificación y Promoción Escolar del Establecimiento Colegio Madres Dominicas de Pitrufquén para la Enseñanza prebásica y Enseñanza Básica TITULO I.- DE LAS DISPOSICIONES GENERALES. Art. 1.- El Director/a del Establecimiento, en conjunto con el equipo técnico pedagógico, Consejo General de profesores, Programa Integración Escolar y profesionales de apoyo establece el Reglamento de Evaluación, basado en el Dcto. 67/2018, emanado del Ministerio de Educación. Este reglamento será informado anualmente a los Padres y Apoderados al inicio del año escolar y se socializará también a través de otros medios de comunicación del establecimiento. Art. 2.- Se entenderá por Reglamento Interno de Evaluación y Promoción al documento técnico que guarda estrecha coherencia con el Proyecto Educativo Institucional y Reglamento Interno del establecimiento y que establece los procedimientos de carácter objetivo y transparente para la evaluación periódica de los logros y aprendizajes de los alumnos, basados en las normas mínimas nacionales sobre evaluación, calificación y promoción. Art. 3.- Los siguientes conceptos se considerarán a la base del presente reglamento: . a) Evaluación: Conjunto de acciones lideradas por los profesionales de la educación para que tanto ellos como los alumnos puedan obtener e interpretar la información sobre el aprendizaje, con el objeto de adoptar decisiones que permitan promover el progreso del aprendizaje y retroalimentar los procesos de enseñanza.

Page 3: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN€¦ · nacionales sobre evaluación, calificación y promoción se presenta a continuación el Reglamento Interno de Evaluación, Calificación

2

b) Evaluación formativa: Prácticas que se realizan en el aula para levantar evidencia del desempeño de los estudiantes se obtiene, interpreta y es usada por docentes y estudiantes, para tomar decisiones pedagógicas acerca de los siguientes pasos en el Proceso Enseñanza Aprendizaje. c) Evaluación Sumativa y Calificación: Representación del logro en el aprendizaje a través de un proceso de evaluación, que permite transmitir un significado compartido respecto a dicho aprendizaje mediante un número, símbolo o concepto. d) Promoción: Acción mediante la cual el alumno culmina favorablemente un curso, transitando al curso inmediatamente superior o egresando del nivel de educación Básica o media. e) Indicadores de Logro: corresponden a aspectos del objetivo de aprendizaje que permiten mirar y valorar el trabajo de cada estudiante. Estos suelen tomar la forma de dimensiones de una rúbrica o, en ocasiones, de indicadores de evaluación, según cómo se decida evaluar ese aprendizaje. f) acompañamiento pedagógico: Se refiere a las acciones realizadas con el objetivo de reforzar aquellos aspectos específicos del aprendizaje que no fueron logrados por los estudiantes que repitieron de curso o que presentaron alguna dificultad en el proceso el año anterior. Art. 4.- El Establecimiento trabaja con un período escolar de régimen semestral, de acuerdo a lo establecido en el Calendario Escolar Regional de cada año, emanado desde la Secretaría Regional Ministerial de Educación, con un total de 38 semanas en régimen con Jornada Escolar Completa Título II - DE LA EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE . Art. 5.- Estrategias de Evaluación Formativa El propósito primordial de la evaluación formativa es diagnosticar y monitorear el proceso de aprendizaje de los estudiantes. El Colegio Madres Dominicas lleva a cabo la Evaluación Formativa a través de dos procesos: Diagnóstico y evaluación para el monitoreo. a) Evaluación Diagnóstica: Se utilizará al inicio del año escolar para recoger información sobre las conductas de entrada de los alumnos y alumnas y la toma de decisiones pedagógica frente a éstas, el instrumento a utilizar quedará a criterio de cada docente a cargo de la asignatura y será visado por la Unidad Técnico Pedagógica. La evaluación inicial o diagnóstica puede entenderse como un tipo de evaluación formativa que permite identificar el lugar en el que se encuentra el

Page 4: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN€¦ · nacionales sobre evaluación, calificación y promoción se presenta a continuación el Reglamento Interno de Evaluación, Calificación

3

estudiante en su trayectoria hacia el logro de los aprendizajes –obteniendo información de sus intereses, valoraciones, concepciones y visiones en relación a un tema e información sobre el nivel de desempeño respecto de cierta habilidad– y las necesidades que serían importantes de abordar en este proceso. b) Evaluación Formativa para el monitoreo: Se utilizará a lo largo del proceso de aprendizaje para descubrir el avance y/o falencias existentes, que permita proveer retroalimentación permanente al alumno. En este contexto, la retroalimentación se transforma en parte fundamental de cada proceso evaluativo, pues permite que los estudiantes cuenten continuamente con información sobre sus procesos, progresos y logros de aprendizaje que los ayuden a avanzar. Las estrategias para el monitoreo quedarán a criterio del docente pudiéndose incorporar rubricas, pautas de observación directa, portafolios, preguntas que fomenten la reflexión del estudiante en torno a su proceso de aprendizaje y sus formas de aprender, actividades que permitan observar los procedimientos y desempeños que se busca desarrollar y generar espacios de auto- y coevaluación de modo que se desarrolle la capacidad de los estudiantes para evaluar sus propios productos y desempeños. La evaluación formativa no irá asociada a concepto ni a calificación pues su finalidad es recabar información para la toma de decisiones pedagógicas y fomentar la reflexión del estudiante de su proceso de aprendizaje. Art. 6. Estrategias de Evaluación Sumativa La evaluación sumativa se aplicará al término de un conjunto de Objetivos de aprendizaje, correspondientes a una unidad o al término de ella. El docente aplicará distintos instrumentos de evaluación en el proceso de enseñanza-aprendizaje. Este tipo de evaluación será calificada. “El propósito principal de las calificaciones es certificar y comunicar el aprendizaje. En línea con el enfoque evaluativo a la base del Decreto 67/2018, se busca que las calificaciones aporten también a dar información para apoyar el aprendizaje de los estudiantes y no se reduzcan a registros con poco significado para quienes los reciben.” En este marco, el establecimiento asume que existen diferentes formas de evaluar, entre las que se cuentan pruebas escritas, observación de desempeños, entrevistas, trabajos prácticos, elaboración de mapas conceptuales o similares elementos gráficos, portafolios y revisión de cuadernos, entre otros. Con todo, las y los docentes procurarán implementar actividades de evaluación que promuevan el desarrollo de habilidades por sobre la memorización de contenidos y que se respete y promueva la diversificación de la enseñanza. El establecimiento realizará dos tipos de evaluaciones Sumativas: De proceso y evaluación final.

Page 5: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN€¦ · nacionales sobre evaluación, calificación y promoción se presenta a continuación el Reglamento Interno de Evaluación, Calificación

4

Cada asignatura definirá la cantidad de calificaciones de acuerdo a los objetivos de aprendizaje de sus respectivos programas de estudio del curriculum nacional y establecidos en cada unidad de aprendizaje, considerando una mayor ponderación a las evaluaciones de proceso y una menor ponderación a la evaluación final de la unidad la que no podrá exceder al 30%. La calificación de la unidad será la suma del porcentaje obtenido en el proceso más la suma del porcentaje de la evaluación final de la unidad. Para definir cómo se llegará a la calificación final se sugieren los siguientes criterios, cuando corresponda: a) Relevancia. Dar mayor ponderación a aquella evidencia que represente aprendizajes más relevantes. Estos aprendizajes, en coherencia, se debieran enfatizar en mayor medida durante los procesos de enseñanza-aprendizaje. b) Integralidad. Dar mayor ponderación a evidencia más comprehensiva o integral por sobre aquella más parcial o que refiere a aspectos específicos, es decir, evidencia que represente el aprendizaje que se evalúa en su globalidad integrando sus distintas dimensiones o bien que considere varios aprendizajes en un desempeño. c) Temporalidad. En aquellos casos en que el aprendizaje evaluado tiene carácter progresivo, dar mayor ponderación a las últimas evaluaciones, es decir, a evidencia más reciente del aprendizaje, dado que el estudiante podría evidenciar logros que representarían su nivel de aprendizaje de mejor forma que en evaluaciones previas. 1 Ejemplo:

Unidad 1 Números

Evaluaciones de Proceso: 80%

Evaluación 1: 20%

Evaluación 2: 20%

Evaluación 3: 30 %

Evaluación 4: 30%

Evaluación Final 20%

Evaluación 1

Calificación de la Unidad

80% Proceso + 20% Final

1 ORIENTACIONES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL DECRETO 67/2018 DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR - UNIDAD DE CURRÍCULUM Y EVALUACIÓN

Page 6: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN€¦ · nacionales sobre evaluación, calificación y promoción se presenta a continuación el Reglamento Interno de Evaluación, Calificación

5

TITULO III: DE LAS CALIFICACIONES Art. 7.- La calificación asignada a la unidad se registrará en el libro de clases y en el sistema. Las calificaciones del proceso y final de cada Unidad las registrará el docente en una planilla por curso Art. 8 .- La calificación anual de cada asignatura será la suma de los porcentajes asignados a las calificaciones de cada unidad; cada asignatura tendrá un máximo de 5 calificaciones anuales. Art. 9 .Los alumnos y alumnas serán informados de los resultados de las evaluaciones, dentro de un plazo máximo de quince días. En conjunto con el profesor, el alumno podrá corregir los errores y al mismo tiempo recibir retroalimentación. Art. 10. - Los resultados de las evaluaciones, expresados como calificaciones de los alumnos y alumnas de cada una de las asignaturas se anotarán en una escala numérica de 1 a 7 con un decimal. - La calificación de aprobación mínima será 4.0 con un porcentaje de exigencia del 60%. En el caso que una prueba arroje un 30% o más de calificaciones insuficientes (3.9 e inferiores) el docente en conjunto con la UTP debe diseñar acciones remediales para la consolidación de los aprendizajes y luego aplicar una nueva evaluación cuyo resultado será promediado con la nota obtenida anteriormente. Art 11. La calificación obtenida por los alumnos y alumnas en las asignaturas de Religión, Orientacion y Talleres Complementarios no incidirá en su promedio y promoción y serán calificados exclusivamente con conceptos: MB (muy bueno) - B (bueno) - S (suficiente) – I (insuficiente). Art 12. Se podrá aplicar un máximo de dos evaluaciones diarias en las distintas asignaturas que contempla el programa de estudios del curso correspondiente. Art. 13. Los alumnos/as que falten a una evaluación con calificación previamente

fijadas y no justifiquen su inasistencia serán evaluados a la clase siguiente en

que se presente por el profesor correspondiente y su calificación tendrá una

exigencia de 70% para el logro de la nota mínima.

Solo aquellos alumnos que presenten certificado médico dentro de los plazos

estipulados en el reglamento o que presenten situaciones de gravedad emergente

tendrán derecho a rendir la prueba atrasada con un 60% de exigencia para la nota

mínima en fecha acordada con el docente.

Page 7: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN€¦ · nacionales sobre evaluación, calificación y promoción se presenta a continuación el Reglamento Interno de Evaluación, Calificación

6

No obstante, si el alumno ha tenido un certificado médico prolongado, la

coordinadora de ciclo calendarizará las evaluaciones.

Art 14. Los apoderados serán informados de los logros alcanzados por sus pupilos a través de un documento escrito (informes semestrales y certificado anual) y en forma oral en reuniones o entrevistas personales cuando se requiera. Art 15. Se aproximarán a la décima o entero superior las centésimas de 0.05 a 0.09 de la calificación de unidad y de la calificación anual por asignatura. De existir alguna situación que deba considerarse, la decisión será tomada por la o el docente responsable y la jefa o el jefe de la Unidad Técnico Pedagógica. Art.16. El promedio anual que corresponde al promedio aritmético de las asignaturas NO se aproximará al segundo decimal. Art. 17. En el caso de un estudiante proveniente de otro establecimiento con un sistema de calificación diferente al vigente de nuestro establecimiento, será el jefe UTP en colaboración con el profesor jefe del curso y/o de asignatura, quienes realizarán la correspondiente conversión de las calificaciones que presente el informe del nuevo estudiante TÍTULO IV – DE LA DIVERSIFICACIÓN DE LA ENSEÑANZA Art. 18 . En respuesta al objetivo de calidad y equidad que tiene la educación chilena actual, nuestras prácticas pedagógicas propenderán a dar respuesta a las necesidades educativas de todos nuestros alumnos y alumnas generando oportunidades de aprendizaje para todos generando mayor participación en el aprendizaje, las culturas y las comunidades reduciendo la exclusión en la educación. En este contexto los estudiantes que presentan Necesidades Educativas Especiales requieren de apoyos y recursos específicos para avanzar en su proceso de aprendizaje. Las Necesidades Educativas Especiales pueden ser: a) Transitorias, corresponden a barreras para el aprendizaje y la participación experimentadas en algún momento de la trayectoria escolar y que son diagnosticadas por profesionales idóneos. Se presentan asociadas a dificultades de aprendizaje ( DEA), Trastornos Específicos del Lenguaje (TEL), déficit atencional y Coeficiente Intelectual Limítrofe. b) Permanentes, en las cuales las barreras para el aprendizaje y la participación son diagnosticadas por profesionales idóneos, donde una o un estudiante presenta durante toda la trayectoria escolar. Se presentan asociadas a alguna capacidad diferente visual, auditiva, disfasia, trastorno del espectro autista, intelectual o múltiple.

Page 8: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN€¦ · nacionales sobre evaluación, calificación y promoción se presenta a continuación el Reglamento Interno de Evaluación, Calificación

7

Artículo 19. La evaluación de los alumnos y alumnas del PROGRAMA DE INTEGRACION ESCOLAR se realizará de acuerdo al espíritu del Reglamento del establecimiento y a las disposiciones legales que rigen dicha modalidad (Dcto 170/2010 y Dcto 83/2015) a) Los alumnos y alumnas integrados en carácter transitorio y permanente recibirán atención de profesionales especialistas en el “Aula común” de manera complementaria como apoyo a sus aprendizajes. b) Los alumnos y alumnas integrados de carácter transitorio y permanente de los cursos pertenecientes al programa serán evaluados en forma diferenciada cuando el diagnóstico así lo indique en la asignatura correspondiente y de acuerdo a la adecuación curricular realizada por el profesor especialista según planificación de asignatura, evaluación que se registrará en el libro de clases. c) Los alumnos integrados serán evaluados en todas las asignaturas o actividades de aprendizaje de acuerdo al D.S. 83/2015 en períodos semestrales. TITULO V: DE LA EVALUACIÓN EN EL NIVEL PRE BASICO Art. 20. La Evaluación de los alumnos y alumnas de EDUCACION PRE BASICA se realizará a través de: Evaluación de Proceso: con la aplicación de instrumentos evaluativos en los tres ámbitos que conforman los programas de Educación Parvularia: Desarrollo personal y Social, Comunicación Integral e Interacción y comprensión del entorno. Se utilizarán los siguientes instrumentos de evaluación: a) Evaluación Diagnóstica b) Lista de Cotejo c) Escala de Apreciación TITULO VI: DE LA PROMOCIÓN Art. 21.- Para la promoción de los alumnos de 1° a 8° año básico, se considerará conjuntamente el logro de objetivos de las asignaturas del plan de estudio y la asistencia a clases. 1. Respecto a los logros de los objetivos a) Serán promovidos los alumnos de 1° a 8° año que hayan aprobado la totalidad de las asignaturas del Plan de Estudios.

Page 9: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN€¦ · nacionales sobre evaluación, calificación y promoción se presenta a continuación el Reglamento Interno de Evaluación, Calificación

8

b) Serán promovidos los alumnos de 1° a 8° año que no hubieren aprobado una asignatura, siempre que su promedio general de logros corresponda a un promedio 4.5 o superior incluido el no aprobado. c) Serán promovidos los alumnos de 1° a 8° año que no hubieren aprobado dos asignaturas y que su promedio general corresponda a 5.0 o superior, incluidos los no aprobados. 2. Respecto de la Asistencia Para ser promovidos los alumnos deberán asistir a lo menos al 85% de las clases establecidas en el calendario anual escolar. No obstante, por razones de salud u otras causas debidamente justificadas, el Director del establecimiento en conjunto con el Consejo de Profesores, podrá autorizar la promoción de los alumnos con porcentajes menores de asistencia y en el caso de ausencias prolongadas en el segundo semestre y durante el período de duración de ésta, el colegio proporcionará al alumno o alumna atención pedagógica mediante un plan de trabajo al hogar consistente en guías de trabajo, investigaciones, u otras actividades que pueda realizar si su condición de salud lo permite. Estos trabajos tendrán un 70% de valor para calificación y al reintegrarse a clases el alumno deberá rendir una evaluación basada en estas actividades que tendrá un valor de 30% lo que arrojará una calificación promedio en las asignaturas que han sido indicadas por los docentes. Será suficiente una calificación en cada asignatura para la promoción del alumno o alumna. El Establecimiento tendrá en consideración los siguientes antecedentes para la promoción de estudiantes con menos de 85% de asistencia: a) certificados médicos.

b) Las alumnas embarazadas tienen el derecho a facilidades académicas que permitan el resguardo de su derecho a la educación, como así también aquellas estudiantes que se encuentren en periodo puerperio de hasta 6 semanas posteriores a la fecha de parto.

c) Situaciones de índole familiar que afecten la normal asistencia del alumno y que sea tratada en convivencia escolar y comunicada oportunamente al equipo Directivo del establecimiento. Estos antecedentes serán analizados antes de la finalización del año escolar por un comité compuesto por Director/a, el o la jefe UTP, profesor jefe, profesor de asignatura y comunicados a la o el estudiante y su apoderado titular de manera oportuna. Art. 22. El Director del establecimiento con el Consejo de Profesores deberán resolver las situaciones especiales de evaluación y promoción de los alumnos y alumnas de 1° a 8° año de enseñanza básica. Estos serán los casos de alumnos que por motivos justificados requieran ingresar tardíamente a clases, ausentarse

Page 10: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN€¦ · nacionales sobre evaluación, calificación y promoción se presenta a continuación el Reglamento Interno de Evaluación, Calificación

9

por un período determinado, finalizar el año escolar anticipadamente u otros semejantes. Art. 23. La situación final de promoción de los alumnos deberá quedar resuelta al término de cada año escolar. Una vez finalizado el proceso el Establecimiento Educacional entregará a todos los alumnos un Certificado Anual de Estudios que indique las asignaturas con las calificaciones obtenidas y la situación final correspondiente. El Certificado Anual de Estudios no podrá ser retenido por ningún motivo. Art. 24. Las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar consignarán, en cada curso, las calificaciones finales de cada asignatura, la situación final de los alumnos y alumnas y la Cédula de Identidad de cada uno de ellos. Las actas deberán ser presentadas a la Secretaría Regional Ministerial de Educación. Art. 25.- Las situaciones de Evaluación y Promoción no previstas en el Decreto de Evaluación 67/2018 serán resueltas por la Secretaría Ministerial de Educación dentro de la esfera de su competencia. TITULO VII : EVALUACION Y PROMOCION ESCOLAR DE ESTUDIANTES EMBARAZADAS, MADRES Y PADRES ADOLESCENTES. Art. 26.- Las alumnas deberán cumplir con los requisitos de los artículos 8 y 9 del presente reglamento de Evaluación y Promoción escolar.

1. De tener una asistencia menor a la requerida, ésta deberá estar debidamente justificada con certificados médicos emitidos por el médico tratante y/o carnet de salud, para ser promovida.

2. Si la asistencia es menor al 50%, el director(a) tendrá la facultad de resolver su promoción en conjunto con el Jefe de UTP y el Consejo de Profesores.

3. El o la Jefe de UTP se encargará, en conjunto con los docentes del curso, de generar un plan de trabajo y/o temario que contemple los aprendizajes mínimos para el curso y de hacerlo llegar a la estudiante con antelación, reprogramando calendarización de evaluaciones en caso que su condición no le permita la asistencia regular a clases.

4. El profesor(a) jefe del curso será responsable de mantenerse en comunicación con la alumna y su familia de tal forma de supervisar y apoyar el trabajo de la alumna.

Page 11: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN€¦ · nacionales sobre evaluación, calificación y promoción se presenta a continuación el Reglamento Interno de Evaluación, Calificación

10

TITULO VIII: DEL ACOMPAÑAMIENTO PEDAGÓGICO Artículo 27. El establecimiento asume que la repitencia se produce cuando un estudiante no supera satisfactoriamente un curso escolar y debido a ello se ve obligado a repetir curso nuevamente. En este escenario, nuestro establecimiento proveerá medidas de acompañamiento pedagógico a aquellos estudiantes que no cumplan con los requisitos de promoción o que presentan una calificación que pone en riesgo la continuidad de su aprendizaje en el curso o nivel siguiente, para que, de manera fundada, se tome la decisión de promoción o repitencia. De todo lo dispuesto en el inciso precedente deberá quedar registro, que será incorporado a un informe pedagógico individualizado para cada estudiante, elaborado por jefe(a) de la Unidad Técnico-Pedagógica, en colaboración con la Profesora o el Profesor Jefe, otras y otros profesionales de la educación, y profesionales del establecimiento que hayan participado del aprendizaje de la o el estudiante. Artículo 28. El informe pedagógico, será individualmente considerado para cada estudiante y contendrá, a lo menos, los siguientes criterios pedagógicos y socioemocionales: a) El progreso en el aprendizaje que ha tenido la o el estudiante durante el año.

b) La magnitud de la brecha entre los aprendizajes logrados por la o el estudiante y los logros de su grupo curso y las consecuencias que ello pudiera tener para la continuidad de sus aprendizajes en el curso superior.

c) Consideraciones de orden socioemocional que permitan comprender la situación de la o el estudiante y que ayuden a identificar cuál de los dos cursos sería más adecuado para su bienestar y desarrollo integral. Artículo 29. Independiente de si la decisión es de promoción o repitencia de una o un estudiante, el establecimiento arbitrará las medidas necesarias, que serán autorizadas mediante firma por la familia, representadas a través de la madre, el padre o la apoderada o apoderado titular. La implementación de estas medidas será coordinada por Jefe(a) de la Unidad Técnico Pedagógica del establecimiento, con la colaboración del equipo multidisciplinario y/o profesionales de la educación. Artículo 30. El plan de reforzamiento pedagógico deberá elaborarse en función de las decisiones de promoción y repitencia y los resultados del plan del año anterior, podrá contener iniciativas para estudiantes específicos o grupos de estudiantes. Este plan de reforzamiento podrá modificarse con la aprobación de la

Page 12: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN€¦ · nacionales sobre evaluación, calificación y promoción se presenta a continuación el Reglamento Interno de Evaluación, Calificación

11

Unidad Técnico-Pedagógica, cada vez que sea necesario, con la evaluación diagnóstica y antecedentes recopilados durante el proceso de enseñanza aprendizaje del estudiante como respaldo a esta modificación. El plan de reforzamiento pedagógico contemplará a lo menos los siguientes aspectos: a) Evaluación Diagnóstica

b) Objetivos de Aprendizaje

c) Tiempos Art. 31.- El presente Reglamento de Evaluación y Promoción ha sido elaborado por el equipo directivo y consejo de profesores y aprobado por el consejo escolar fundamentado legalmente en el Decreto 67/2018 de Educación Básica y que regirá en el Colegio Madres Dominicas a partir de marzo del año escolar 2020. Art. 32.- La Unidad Técnico Pedagógica tiene la responsabilidad de velar por el fiel cumplimiento de este reglamento Art. 33. Anualmente se realizará una evaluación participativa del reglamento para recabar las observaciones e inquietudes de la comunidad educativa y de esta forma realizar las actualizaciones que se consideren necesarias. Pitrufquén, diciembre 2019