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REGLAMENTO INTERNO
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
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INDICE
- Introducción
- Fundamentación
- Objetivos del Reglamento Interno
CAPITULO I
Normas Generales de índole Técnico – Pedagógica
1. De la concepción curricular
2. Del funcionamiento (antecedentes generales referidos a los niveles y modalidades
que atiende el establecimiento, curso, número de docentes, de alumnos, jornadas,
horarios, períodos escolares, etc.)
3. De los Planes y Programas de Estudio
4. De la Evaluación y Promoción
5. Del Consejo de Profesores y Consejo Escolar
6. De la Unidad Técnico Pedagógica
7. De la Supervisión al Aula
8. Del Perfeccionamiento Docente
9. De la Evaluación Institucional
CAPITULO II
Normas Técnicos – administrativas sobre estructura y funcionamiento general del
establecimiento.
1. Del organigrama del establecimiento (estructura organizacional)
2. De los gastos, roles, funciones y actividades de cada funcionario.
- Del Director del establecimiento
- Del Inspector General
- Del Jefe de la Unidad Técnico Pedagógica
- Del Orientador
- Del Encargado de Convivencia
- De la Evaluadora
- Del Profesor Jefe de curso
- Del Profesor de aula
- Del Paradocente
- Del Personal Administrativo
- Del Personal Auxiliar de Servicios Menores
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3. De los Derechos, obligaciones y prohibiciones generales de los funcionarios
4. De Contrato de trabajo
CAPITULO III
Normas de Prevención de riesgo, de higiene y de seguridad
CAPITULO IV
De las relaciones del establecimiento educacional con la comunidad
CAPITULO V
De los anexos
- Reglamento de Evaluación y Promoción
- Reglamento del Centro de Padres y Apoderados
- Reglamento del Centro de Alumnos
- Normas de Convivencia Escolar y Plan Remedial
- Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad del Trabajador
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CAPITULO I
I N T R O D U C C I O N
La vida escolar transcurre en un espacio específico – escuela – donde las interacciones personales y con el saber tienen un propósito educativo, eso es lo distinto de su transcurrir y lo característico de la misión que cumple. El quehacer educativo en la escuela no ocurre al azar existe un parámetro de referencias donde transcurren de manera organizada e intencionada los eventos propios de la práctica escolar. No se trata de sucesos planificados (algunos lo están), se diría más bien que hay un sistema de articulación intencional que hace operativos los principios de política educacional y las decisiones educativas, conjugándola con los procesos de aprendizaje y el clima escolar (incluidos medios, metodología, administración, evaluación, convivencia escolar, etc.). De ahí la importancia de contar con un documento con criterios generales respecto de la organización de la comunidad educativa para asegurar la consecución de las metas y un armónico desarrollo del proceso educativo. Cabe consignar que dentro de estos criterios generales, también se ha considerado la contingencia sanitaria que afecta al mundo el presente año 2020, debiendo adecuar el proceso institucional a la pandemia ocasionada por COVID-19.
F U N D A M E N T A C I O N
El Reglamento Interno del Establecimiento es un instrumento técnico – pedagógico
– administrativo que facilita la consecución del logro de los objetivos educacionales, acorde
con la política educacional del país. Por lo tanto, en conjunto con el Proyecto Educativo
Institucional otorgan el marco para que la descentralización administrativa y curricular para
que se traduzcan en acciones pedagógicas y administrativas producto de la participación y
reflexión de los componentes de la Unidad Educativa que sean pertinentes a las
necesidades y a la realidad que vivimos en contexto de emergencia sanitaria que nos
afecta.
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OBJETIVO DEL REGLAMENTO INTERNO
El presente Reglamento Interno tiene como propósito los siguientes:
- Ordenar la estructura, las funciones e interrelaciones de los distintos estamentos de
la institución escolar, con el propósito de lograr la consecución de los objetivos
propuestos por el establecimiento en el Proyecto Educativo.
- Crear conciencia y cautelar los derechos y deberes de los integrantes de la
comunidad escolar, promoviendo su desarrollo personal y social en contexto de
emergencia sanitaria.
- Contribuir a crear y adecuar las condiciones técnico-pedagógicas y administrativas
que propician un clima organizacional adecuado a las necesidades del
establecimiento con el fin de favorecer el desarrollo del proceso educativo.
- Propiciar y regular las relaciones entre el establecimiento educacional y la
comunidad organizada en función del logro de los propósitos educativos.
NORMAS GENERALES DE INDOLE TECNICO-PEDAGOGICO
1.- DE LA CONCEPCION CURRICULAR
Nuestros procesos curriculares apuntan a la estipulación de la actividad mental constructiva
de los alumnos, mediante desafíos que les permitan analizar críticamente la realidad, la
información que reciben y los procesos del mundo natural y artificial tecnológicos. Del
mismo modo resalta la formación valórica y la contencion socioemocional de niños, niñas
mediante la aplicación de los objetivos transversales como parte integral del currículo y lo
valioso de su internacionalización tanto para la convivencia escolar como para el
crecimiento personal de cada uno. Del mismo modo, se contempla la aplicación de un
currículo priorizado de objetivos de aprendizaje de las asignaturas del plan de estudio.
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2.- DEL FUNCIONAMIENTO
2.1 La escuela Juan Pablo II atiende dos niveles educacionales
Nivel Pre-escolar : 2 cursos Nivel Básico : 8 cursos 2.2 La planta docente se compone de: 6 Directivos 18 Docentes 2.3 La matrícula total del establecimiento alcanza 279 alumnos 2.4 El periodo escolar esta dividió en 2 semestres cuyo inicio y termino será sujeto al calendario regional escolar e instrucciones de MINEDUC. 2.5 El horario de funcionamiento del establecimiento es de 08:30 a 15:55hrs. Continuado, desarrollándose actividades de clases Jornada Escolar Completa. 3.- DE LOS PLANES Y PROGRAMA DE ESTUDIO Los planes y programas de la Escuela Juan Pablo II corresponden a los programas oficiales emanados del Ministerio de Educación. Enseñanza Básica
Decreto N° Nivel-Curso
Reglamento de Evaluación y Promoción Anexo Reglamento de Evaluación
511 de 1997 y N°67/2018
1° a 8° Básico
Decreto N° Nivel-Curso
Planes y Programas de Estudio 2960/2012 1° a 6° Básico
Planes y Programas de Estudio 169/2014 7° y 8° básico
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4.- De la Evaluación y Promoción
De 1° a 8° Año Básico, la evaluación se rige por el Decreto Exento N° 67 /2018 que deroga
a Decreto De Evaluación y Promoción Escolar de 1997,112/1999 y 83/2001.
El Reglamento de Evaluación se ha elaborado en base a D.S.E. N° 67 de 2018 en
Educación Básica que comprenden aspectos tales como:
- Evaluación
- Calificación
- Promoción
- Logro de Objetivos
- Asistencia
- Evaluación Diferenciada
- Protocolo de procedimiento de evaluación adecuada
- Anexo :criterios de evaluación remota
5.- Del Consejo de Profesores
Los Consejos de Profesores son organismos técnicos de carácter consultivo, en los
que se expresará la opinión profesional de sus integrantes y estará compuesto por
profesionales docentes-directivos, técnicos – pedagógicos y docentes del establecimiento.
Funciones Generales
1. Planificar, coadyudar en la ejecución y evaluar el plan de trabajo del
establecimiento.
2. Garantizar la integración y participación democrática de todos los componentes de
la comunidad escolar.
3. Velar por la correcta aplicación de las normas legales y reglamentarias que digan
relación con el quehacer del establecimiento educacional.
4. Analizar los resultados del proceso educativo en los distintos tipos de evaluación
interna y externa y sugerir acciones pedagógicas preventivas, correctivas o de
refuerzo.
5. Proponer e impulsar medidas tendientes a mejorar el proceso educativo,
acentuando su acción en la formación de valores personales y sociales.
6. Analizar y estudiar iniciativas en beneficio de la comunidad escolar y de su entorno.
7. Estudiar y proponer medidas formativas para solucionar problemas de
desadaptación de los alumnos al medio escolar.
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8. Promover el perfeccionamiento profesional del personal docente del
establecimiento.
9. Promover la conectividad con estudiantes y familias para el aprendizaje remoto.
CRITERIOS GENERALES DE FUNCIONAMIENTO
1. Los Consejos serán convocados por el Director, según día y horario acordado. En la
convocatoria se señalará la tabla respectiva.
2. Los Consejos estarán presididos por el Director del establecimiento o por el docente
en quien delegue esta función. Cada Consejo tendrá un Secretario, quien llevará un
Registro de Actas de Sesiones .
3. La asistencia de los profesores a los Consejos es obligatoria, dentro de su horario
de actividades.
4. Podrán asistir a los Consejos – además del personal que corresponda – otro a
funcionarios del establecimiento, cuando su presencia sea requerida o autorizada
por el Director, funcionarios de DEPROV o que integren el Servicio Local de
Educación.
5. Habrá Consejos Ordinarios y Extraordinarios. Los Consejos Ordinarios se realizarán
semanalmente. Los Consejos Extraordinarios se realizarán por determinación del
Director o a solicitud de la mayoría de los miembros que lo componen.
6. Los participantes en los Consejos deberán mantener reserva respecto a las materias
que en ellos se traten.
El Consejo de Profesores elegirá democráticamente (por votación secreta) un representante
para que participe en el Consejo Escolar
Consejo de Profesores
El Consejo de profesores estará integrado por todos los profesores del
establecimiento.
El Consejo de Profesores realizará en forma ordinaria, las siguientes sesiones:
- De diagnóstico y programación al comienzo del año escolar.
- De análisis de la evaluación, al término de cada semestre y de proposición de
medidas para mejorar el proceso educativo.
- De evaluación general, al finalizar el año escolar.
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Nómina de Profesores Jefes
Orden Nombre Profesor Jefe Curso-Nivel
01 Ana Carolina Escobar Hernández Pre-Kínder
02 Jocelyn Carolina Plaza Quiroga Kínder
03 Tracy Stefania Palominos Véliz 1er. Año
04 Judith Elizabeth Mery Chacana 2do. Año
05 Gerarda IneliaPinto Rojas 3er. Año
06 Alejandra Marcela González Gómez 4to. Año
07 Nathalia Cecilia Collado Véliz 5to. Año
08 Michelle Lorena Carrasco Núñez 6to. Año
09 Eduardo Herman Alfaro Canihuante 7to. Año
10 Gabriela Francisca Alfaro Rojas 8vo. Año
Consejo Escolar
El Consejo Escolar podrá estar integrado por:
- Director del Establecimiento
- Representante del Servicio Local de Educación “Puerto Cordillera”
- Inspector General
- Jefe de la Unidad Técnico Pedagógico
- Evaluadora
- Orientador
- Encargado de Convivencia
- Un profesor representante del Consejo General de Profesores.
- Representante de Apoderados
- Representante de Asistentes de la Educación
- Representantes de Centro de Alumnos
- Coordinadora PIE
El Consejo Escolar será presidido por el Director, sesionará en cuatro reuniones
mínimas anuales y estará encargado de informar, resolver, proponer, asesorar en
materias relacionadas principalmente con las siguientes funciones:
- Informa sobre disposiciones, asesoría pedagógica e instrucciones emanadas
desde Servicio Local Puerto Cordillera.
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- Facilitar el cumplimiento del proyecto Educativo del establecimiento.
- Programar, supervisar y coordinar las actividades generales del establecimiento.
- Participar en elaboración y revisión de PEI-PME-Reglamento Interno.
- Reflexionar sobre disposiciones técnicas del Ministerio de Educación y/o
Administrativas emanadas de los niveles superiores de dependencias y adoptar las
medidas necesarias para su mejor interpretación y adecuado cumplimiento.
- Estudiar iniciativas y su factibilidad, para contribuir al . de la comunidad escolar.
- Estudiar y analizar problemas de tipo general que afecten al establecimiento y
proponer soluciones a los niveles o instancias que corresponda.
- Analizar evaluaciones generales y parciales de interés general.
6.- De la Unidad Técnico Pedagógica
La Unidad Técnico Pedagógica es el organismo encargado de asesorar y evaluar las
funciones docentes técnico-pedagógicas que se dan en el establecimiento, tales como:,
planificación curricular, supervisión pedagógica, evaluación del aprendizaje y otras
análogas. Su finalidad es facilitar el logro de los objetivos educacionales, optimizar el
desarrollo de los procesos técnico-pedagógicos y constituirse en el principal soporte técnico
que lidera los cambios y las acciones de mejoramiento al interior de la Unidad Educativa.
Objetivo de la U.T.P.
- Optimizar el funcionamiento técnico-pedagógico del establecimiento, planificando,
coordinando, asesorando y evaluando el desarrollo de las actividades curriculares.
- Apoyar técnicamente, en forma adecuada y oportuna a la Dirección y a los docentes
del establecimiento, cuando sea necesario o éstos lo soliciten, especialmente en
materias asociadas a la calidad educativa, tales como currículo, metodología
pedagógica, acompañamiento docente, estrategias de aprendizaje remoto y
evaluación.
Funciones Generales de la U.T.P.
- Facilitar el desarrollo del proceso educativo, coordinando acciones que integren,
canalicen y concierten los esfuerzos académicos, con el fin de armonizar el trabajo
de los docentes, en función del logro de los objetivos educacionales propuestos por
el establecimiento.
- Fortalecer el trabajo técnico-pedagógico del docente de aula, a través de acciones
de asesoría directa y de apoyo efectivo, oportuno y pertinente.
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- Promover el trabajo en equipo, integrado y colaborativo, especialmente entre los
docentes de aula.
- Fomentar y respetar la autonomía y responsabilidad profesional de los docentes de
aula, favoreciendo su creatividad `personal y académica.
- Procurar la participación activa, responsable y comprometida de los docentes, en las
distintas instancias técnico-pedagógicas del establecimiento.
- Coordinar y apoyar el desarrollo de las actividades de orientación educacional,
vocacional y profesional.
- Asesorar las actividades de planificación curricular de los docentes y el desarrollo de
los contenidos programáticos.
- Proponer concepciones y modelos curriculares congruentes con el marco doctrinal y
el proyecto educativo del establecimiento.
- Promover la aplicación de métodos, técnicas y medios de enseñanza que
favorezcan el aprendizaje efectivo de los educandos, en forma presencial y virtual.
- Coordinar y apoyar el desarrollo de las actividades de evaluación del proceso de
enseñanza-aprendizaje.
- Apoyar el mejoramiento del rendimiento escolar a través de acciones que hagan
más efectivo el quehacer del docente en la consecución de los objetivos
programáticos, y de programas especiales de reforzamiento de los aprendizajes
estudiantiles.
- Orientar la búsqueda de soluciones innovadoras y creativas a la problemática
educativa, de acuerdo con la propia realidad del establecimiento.
- Promover y coordinar la realización de reuniones, talleres de trabajo y de otras
actividades para enfrentar los problemas pedagógicos, en función de una mayor
calidad educativa.
- Diseñar en conjunto con los otros estamentos del establecimiento, programas y/o
acciones de mejoramiento de localidad de los aprendizajes, considerando las
necesidades más urgentes de atender y organizando eficientemente los recursos de
que se dispone para desarrollarlos.
- Planificar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las innovaciones curriculares que
se requieran, de acuerdo con las necesidades que el desarrollo de la educación
demande.
- Propiciar y coordinar, cuando sea necesario, la realización de las actividades
curriculares no lectivas.
- Atender los requerimientos de la descentralización pedagógica, principalmente los
relacionados con la elaboración de planes y programas de estudio, los objetivos de
aprendizaje y contenidos, los programas de mejoramiento educativo y otros que
sean necesarios.
- Favorecer la existencia de un clima organizacional escolar sano y apropiado para
hacer más efectiva la acción educadora del establecimiento.
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ESTRUCTURA DE LA U.T.P.
La Unidad Técnico-Pedagógica estará estructurada de la siguiente manera:
- Jefatura de U.T.P.
- Evaluadora
- Secretaria administrativa
7.- Del acompañamiento al aula
La supervisión tiene como finalidad la entrega de asesoría y apoyo técnico hacia el
docente. Esta función será realizada por la Unidad Técnico Pedagógica según
calendarización de visitas al aula, utilizando para ello una pauta de desempeño con
descriptores tales como:
I. Observaciones en la sala de clases
1. Desarrollo Pedagógico : momentos de la clase
2. Ambiente de la clase
II. Aspectos técnicos y administrativos
1. (Planificación, elaboración de instrumentos, entre otros)
2. Ámbito Administrativo (Registro de contenidos, cumplimiento de los
reglamentos, entre otros)
III. Rol Orientador
1. En el aula
IV. Con la comunidad (Participación en actos, trabajo con colegas, comunicación
con las familias, entre otros)
La pauta de desempeño será acompañada además de una autoevaluación lo
que permitirá una mejor apreciación de cada docente de sus fortalezas y debilidades
cuya superación sin duda contribuirá al mejoramiento de la calidad del proceso
educativo.
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8.- De la evaluación institucional
La evaluación institucional se realizará mediante la evaluación del Plan de Gestión
del establecimiento en sus áreas: Gestión Curricular, Liderazgo, Convivencia Escolar y Área
de Resultados .Esta evaluación la llevará a cabo la Dirección del establecimiento,
presentándola a consejo de profesores, Consejo Escolar y Servicio Local de Educación en
periodo anual.
CAPITULO II
NORMAS TÉCNICO-ADMINISTRATIVAS SOBRE ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO
GENERAL DEL ESTABLECIMIENTO
1. Del organigrama del establecimiento
DIRECTORA
SECRETARIA ADMINISTRATIVA
CONSEJO ESCOLAR
DIRECTIVOS-DOCENTES-ASISTENTES-PPAA-
ESTUDIANTES-SOSTENEDOR
UNIDAD TÉCNICO-PEDAGÓGICA
UTP-EVALUACION
CUERPO DOCENTE
COORDINADORES TÉCNICO –PEDAGÓGICOS -
ADMINISTRATIVOS (ENLACES-CRA-PIE-SEP)
UNIDAD APOYO INTEGRAL
ORIENTACION-EQUIPO CONVIVENCIA-PIE
INSPECTOR GENERAL
ASISTENTE TÉCNICO (GESTION INDICADORES EFICIENCIA
INTERNA)
FUNCIONARIOS INSTITUCION
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2. De los cargos, roles, funciones y actividades de cada funcionario
2.1 Del Director del establecimiento
Rol y Funciones
El Director es el jefe del establecimiento, responsable de dirigir, organizar, coordinar,
supervisar y evaluar el trabajo de sus distintos organismos, de manera que funcionen
armónica y eficientemente.
En el ejercicio de sus roles actuará de acuerdo con los principios de las ciencias de
educación, las normas legales y las disposiciones de Proyecto Educativo y del
Reglamento Interno de la unidad a su cargo.
En el cumplimiento de sus funciones deberá tener siempre presente que la función
del establecimiento, es MEJORAR LA CALIDAD DE LOS APRENDIZAJES de los
estudiantes. Por lo tanto, toda su energía y capacidad tendrán que dirigirse a cumplir en
la mejor forma posible dicha función fundamental.
Sus principales funciones son:
- Dirigir el establecimiento de acuerdo a los principios de la administración
educacional y teniendo presente que la principal función del establecimiento es
educar, y prevalece sobre la administrativa u otra, en cualquier circunstancia y lugar.
- Determinar los objetivos propios del establecimiento en concordancia con los
requerimientos de la comunidad escolar y de la comunidad nacional.
- Coordinar y supervisar las tareas y responsabilidades del personal a su cargo.
- Proponer la estructura organizativa técnico-pedagógico del establecimiento que
estime conveniente, debiendo salvaguardar los niveles básicos de Dirección,
Planificación y Ejecución.
- Propiciar un ambiente estimulante en el establecimiento para el trabajo de su
personal y crear las condiciones favorables para la obtención de los objetivos del
plantel.
- Impartir instrucciones para establecer una adecuada organización, funcionamiento
del curriculum, procurando una eficiente distribución de los recursos adecuados.
- Presidir los Consejos de profesores y Consejo Escolar y delegar funciones cuando
corresponda.
- Representar oficialmente al establecimiento frente a las autoridades educacionales y
a su vez cumplir las normas e instrucciones que emanan de ella.
- Arbitrar las medidas necesarias para que se realice normalmente la supervisión y la
Inspección del Superintendencia de Educación, cuando corresponda.
- Coordinar a nivel superior la acción de los organismos del establecimiento..
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- Administrar y facilitar el perfeccionamiento y/o capacitación del personal de su
dependencia, como asimismo la investigación del establecimiento a instituciones u
organismos ajenos a él.
- Velar por el cumplimiento de las normas preventivas, higiene, seguridad y
convivencia dentro del establecimiento educacional.
- Velar por la implementación sanitaria de dependencias y espacios del local escolar y
cumplimiento de protocolos para estudiantes y personal en contexto de emergencia
sanitaria, ocasionada por COVID19.
2.2 Del Inspector General
El Inspector General es el Docente Directivo que tiene la responsabilidad de velar
para que las actividades del establecimiento se desarrollen en un ambiente de
disciplina, bienestar y sana convivencia.
Sus principales funciones son:
- Supervisar y controlar al personal administrativo y de servicios menores.
- Supervisar el cumplimiento de las Normas de Convivencia.
- Velar por la implementación sanitaria de dependencias y espacios del local escolar y
coordinar acciones de prevención de riesgo de contagios en alumnos y funcionarios
en contexto de pandemia.
- Controlar el cumplimiento de los horarios de los docentes.
- Llevar los libros de control, seguimiento de los alumnos, siendo de su
responsabilidad que estén al día y correctamente llevados.
- Programar y coordinar las labores de los paradocentes.
- Autorizar la salida del establecimiento de los alumnos, en forma extraordinaria y por
motivos fundados.
- Integrar el Consejo Escolar.
2.3 Del Jefe de la Unidad Técnico Pedagógica
El Jefe de Unidad Técnico Pedagógica es el Docente que se ocupa de dar apoyo o
complemento a la docencia en cuanto a planificación curricular, evaluación del
aprendizaje, supervisión pedagógica y otras análogas.
- Programar, organizar, supervisar y evaluar junto a los integrantes de la U.T.P. las
actividades correspondientes al proceso enseñanza-aprendizaje.
- Coordinación de trabajo técnico con asesoría territorial Servicio Local de Educación
Puerto Cordillera.
- Elaborar los horarios de clases y de colaboración del personal conforme a las
instrucciones del Director del establecimiento.
- Velar por un buen rendimiento escolar de los alumnos (as) procurando que éste sea
cada vez mejor.
- Propiciar la integración entre los diversos programas de estudios de las diferentes
asignaturas.
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- Asesorar al Director en el proceso de elaboración del plan de actividades
curriculares del establecimiento.
- Asesorar y supervisar a los docentes en la organización, programación y desarrollo
de las actividades de colaboración.
- Asesorar al Director en la programación, coordinación, supervisión y evaluación de
actividades de colaboración.
- Planificar, supervisar, evaluar los planes y programas especiales acorde a las
necesidades y características de la comunidad escolar.
- Colaborar con la planificación escolar, esto es, distribución de alumnos, cursos, y
docentes por áreas, asignaturas, niveles y cursos.
- Estudiar y promover estrategias de equipamiento de recursos metodológicos y
medios audiovisuales adecuados a la realidad del establecimiento tales como la
adquisición de dispositivos tecnológicos que mejoren la conectividad entre escuela,
familia y estudiantes.
2.4 Del Orientador
El Orientador es el Docente responsable de planificar, coordinar, supervisar y
evaluar las actividades de orientación educacional, vocacional, profesional y de
programas especiales del establecimiento educacional vinculados con su especialidad.
Son deberes del orientador:
- Planificar, coordinar y realizar eficientemente las actividades de orientación
educacional y vocacional del establecimiento, de acuerdo con el Jefe de la Unidad
Técnico Pedagógico.
- Atender a los apoderados de los alumnos con problemas de rendimiento, en casos
calificados.
- Asesorar específicamente a los profesores jefes en el Cumplimiento del Plan Anual
de orientación.
- Coordinar y asesorar la programación de las actividades propias de los programas
especiales. (SENDA.)
- Participar en Unidad de Apoyo Integral (UDAI), promoviendo el auto cuidado
personal en charlas ,talleres y cápsulas formativas.
- Contribuir al perfeccionamiento del personal del establecimiento en materias de
orientación.
- Asesorar a padres y apoderados para que contribuyan eficazmente al proceso de
orientación de sus hijos.
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Encargado de Convivencia
Descripción del Cargo:
Profesional cuya responsabilidad se centra en la mantención de climas propicios para el
aprendizaje en las dependencias colectivas de los establecimientos educacionales de la
comuna de Coquimbo. Debe velar además por el manejo de estrategias adecuadas para
el fortalecimiento de la disciplina escolar, las relaciones entre los diferentes miembros de
la comunidad escolar, el desarrollo de estrategias de cuidado del clima escolar, la
actualización de los protocolos de acción del establecimiento y hacer respetar el
Reglamento de Convivencia Escolar en el marco del PEI.
LABORES DEL ENCARGADO DE CONVIVENCIA
Conocer y comprender el enfoque formativo de la convivencia escolar planteado en la Política Nacional de Convivencia Escolar, así como la normativa que la define y regula, y los instrumentos administrativos y de gestión que permiten su implementación.
Responsable de diseñar, elaborar e implementar el Plan de Gestión.
Encargado de diseñar junto con la dirección del establecimiento, la conformación de equipos de trabajo y las estrategias del Plan de Gestión.
Junto con el equipo técnico, debe elaborar y llevar a cabo una estrategia de seguimiento y monitoreo del Plan de Gestión.
Informar al equipo directivo y al Consejo Escolar de los avances o dificultades del Plan de Gestión, y a la comunidad educativa, los avances en la promoción de la convivencia escolar y de la prevención de la violencia en los establecimientos.
Coordinar las acciones de difusión de las normas y planes operativos relativos a la convivencia escolar.
Coordinar estrategias orientadas al conocimiento del Reglamento de Convivencia por parte de la comunidad educativa en general.
Mantener actualizados los diferentes protocolos de acción del establecimiento.
Coordinar iniciativas de capacitación sobre promoción de la buena convivencia y manejo de situaciones de conflictos entre los diversos estamentos de la comunidad educativa.
Promover el trabajo colaborativo entre los actores de la comunidad educativa, en la elaboración, implementación y difusión de políticas de prevención, medidas pedagógicas y disciplinarias que fomenten la buena convivencia.
Participar en la Red de Encargados de Convivencia, oficiada por Servicio Local de Educación “Puerto Cordillera”.
En contexto de pandemia, liderar la Unidad de Apoyo Integral(UDAI) inserta en el área de convivencia del establecimiento con el fin de promover actividades d carácter socio emocionales en estudiantes, familias y funcionarios.
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ROL DE EVALUADORA.
La Evaluadora es la docente con perfeccionamiento en evaluación y responsable de
planificar, coordinar y supervisar las actividades académicas y de evaluación, en conjunto
con el Jefe de U.T.P. del establecimiento.
Su función principal es coordinar los proyectos del área técnica pedagógica y los
profesionales que forman parte de la de la U.T.P., de acuerdo al P.E.I. y los lineamientos de
la Dirección.
Son deberes de la Evaluadora:
Establecer lineamientos educativos-formativos al interior de los diferentes niveles
alineados con el currículo y con los valores declarados en el P.E.I. y los
lineamientos propios del Servicio Local de Educación “Puerto Cordillera”.
Manejar y conocer el Reglamento de Evaluación.
Formular criterios de evaluación transitorios para estudiantes en contexto de
pandemia.
Orientar a los docentes hacia la correcta interpretación de las disposiciones legales
reglamentarais vigentes sobre evaluación y promoción de los estudiantes.
Establecer y sugerir diseños y/ o modelos evaluativos que permitan obtener
información de necesidades, proceso y producto de las acciones curriculares que
se están realizando.
Asegurar el diseño técnico e implementación de la planificación estratégica
curricular.
Asegurar la existencia de información útil para la toma oportuna de decisiones.
Planificar y coordinar las actividades curriculares de acuerdo con los objetivos de
los planes, P.M.E. y P.E.I.
Coordinar y supervisar el trabajo académico y administrativo de los docentes.
Supervisar la implementación de los programas en el aula, asegurando que las
estrategias didácticas utilizadas en el aula permitan lograr aprendizajes
significativos.
Colaborar en la detección de problemas de aprendizaje de los alumnos, investigar
sus causas y proyectar situaciones de ajuste, con el fin de disminuir la repitencia o
deserción escolar.
Monitorear el rendimiento escolar en forma permanente y mantener estadística de
calificaciones por niveles y asignaturas.
Calendarizar las evaluaciones diagnósticas, formativas y sumativas, determinando
ciertos periodos en que los estudiantes deben tener un mínimo de notas, de
acuerdo a disposiciones vigentes.
Entregar apoyo al profesor en el manejo y desarrollo del currículum, contribuyendo
al perfeccionamiento del personal docente en materia de evaluación
Coordinar aspectos operativos y administrativos, relacionados al currículo.
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Velar por la confiabilidad y validez de instrumentos evaluativos utilizados por los
docentes, supervisando la aplicación de técnicas e instrumentos utilizados.
Asistir técnicamente proyectos de innovación pedagógica que permitan mejorar las
prácticas.
Formar parte del equipo de gestión del establecimiento.
2.5 De los Docentes
Rol del docente de aula.
Las funciones docentes del establecimiento son desempeñadas por profesionales de la
educación, considerando el perfeccionamiento adecuado para el desempeño de su trabajo.
El docente es el profesional, responsable de las actividades curriculares.
Son deberes y obligaciones del docente de aula:
Planificar, organizar, desarrollar y evaluar el proceso enseñanza-aprendizaje que
contribuya al desarrollo integral y armónico de todos los estudiantes.
Atender a todos los estudiantes según disposiciones legales vigentes.
Procurar la aplicación de diversos desafíos educativos a estudiantes en la
educación remota.
Contribuir a desarrollar en el/la alumno(a), valores, virtudes y hábitos, en
concordancia con los objetivos de la educación nacional.
Realizar, una efectiva orientación, vocacional y profesional adecuada a las
necesidades formativas, aptitudes o intereses de los/las alumnos(as).
Integrar su acción docente a la labor de otros profesores y especialistas con fines
de desarrollar programas de equipo interdisciplinarios.
Desarrollar las adecuaciones curriculares de alumnos(as) con N.E.E. previa
asesoría de profesores de integración y/o especialistas.
Diseñar, alternativas instruccionales y actividades de aprendizaje, como para
asegurar efectivos cambios conductuales en sus estudiantes.
Evaluar en forma diferenciada a los/as alumnos(as) que presenten N.E.E. con
instrumentos adecuados y verificables. En acuerdo con los profesores especialistas
que atienden a los alumnos/as con dichas necesidades.
Participar en reuniones técnicas (Reflexión Pedagógica) del establecimiento y
en aquellas relacionadas con el desempeño de su función específica.
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Procurar que los/as alumnos(as) atrasados o por no cumplir deberes escolares, no
queden fuera de la sala de clases.
Cumplir con el horario de trabajo fijado por el Director del Establecimiento.
Participar en el Consejo General de Profesores.
Procurar por un rendimiento satisfactorio y siempre creciente de los/as alumnos(as),
tanto en su aspecto formativo como en la capacitación de los contenidos
programáticos.
Aplicar los contenidos programáticos, los decretos oficiales y profundizarlos
de acuerdo al principio de flexibilidad, factibilidad, coherencia y pertinencia.
Realizar el Plan Anual de Trabajo del curso.
Cumplir con las actividades de colaboración que fije el Director de la Unidad
Educativa dentro del horario de trabajo semanal.
Procurar la formación de hábitos de higiene, modales y cortesía de los/as
alumnos(as), cultivo de valores relevantes que favorezcan su desarrollo personal,
cultural y espiritual.
Por ninguna causal los/as alumnos(as) pueden ser enviados fuera de la clase, solo
podrán salir de ella si debe realizar trabajo individual, el cual será evaluado por el
Profesor.
Es responsable de pasar lista de asistencia de los/as alumnos(as), registrando ésta
en la parte de subvención; en la segunda hora de clases.
Colaborar en el cuidado de los bienes generales de la escuela, conservación de la
infraestructura y responsabilizarse de aquellos que se le confíen a su cargo por
inventario.
Mantener al día los documentos legales que le correspondan al manejo del curso,
como son: libros de clases, registro de observación individual del alumno(a),
registro de notas, panoramas de curso, etc.
Elegir sus representantes para Consejo Escolar, delegado gremial etc.
2.6 . Del Profesor Jefe de curso
Rol del profesor jefe.
Es el docente en cumplimiento de su función, responsable de la marcha pedagógica y de
orientación del curso asignado.
Son deberes del profesor jefe de curso:
Planificar su proceso pedagógico junto con el jefe de UTP, evaluadora y
Coordinadora PIE.
Monitorear el proceso de aprendizaje remoto de los estudiantes en contexto de
pandemia.
Velar por la conectividad diaria con alumnos .padres y apoderados.
Supervisar y evaluar el proceso de orientación en el que se desarrollan
actividades educativas del grupo curso.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
21
Organizar, supervisar y evaluar las actividades específicas del Consejo de Curso.
Velar junto con el Jefe UTP y Evaluadora, por la calidad del proceso de enseñanza
aprendizaje en el ámbito de su curso.
Mantener al día los documentos relacionados con la identificación de cada
alumno(a) y marcha pedagógica del curso. Entregar informe escrito con
calificaciones parciales e informe de personalidad en periodos planificados por el
establecimiento.
Informar a los padres y apoderados de la situación de los/as alumnos(as) del curso
a su cargo en reunión de apoderados.
Asistir y/o presidir los consejos que le correspondan.
Orientar a los/as alumnos(as) que necesitan mejorar sus aprendizajes y
responsabilidad, manteniendo reserva frente a los problemas o situaciones
personales de los estudiantes, que le sean confiados y dar a conocer a quien sea
derivado.
Ser el nexo de su grupo curso entre la Dirección, Inspectoría General, Unidad
Técnica, Evaluadora, Orientador, Encargado de Convivencia, Trabajador Social y/o
Profesores, sobre todo, frente a situaciones de carácter conflictivo.
De los Profesionales de la Educación
Profesionales de La Educación.
El concepto profesional, asume su significado en función de la persona que posee
la capacidad y las cualidades, para ejercer o enseñar de forma competente esa
determinada ciencia, arte u oficio, con una inclinación voluntaria y constante, por la
que se percibe una recompensa.
Rol del psicólogo/a
El psicólogo, es el profesional universitario no docente, responsable de integrar equipo
multiprofesional de la Escuela con el fin de dar una atención psicológica de calidad a los/as
alumnos(as) del Establecimiento Educacional, según corresponda, estableciendo
diagnóstico y entregando contención, apoyo y estableciendo derivaciones oportunas, de
acuerdo a las necesidades educativas de cada estudiante.
Son deberes del profesional psicólogo/a
Evaluar, orientar, derivar y realizar seguimiento a los estudiantes que presentan
necesidades educativas especiales, dificultades de rendimiento o adaptación
escolar.
Realizar diagnóstico y seguimiento de los/as alumnos(as) que presenten
dificultades educacionales, socioafectivas, emocionales y conductuales.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
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Planificar y diseñar estrategias de intervención para con los/as alumnos(as), de
acuerdo a sus necesidades educativas y ha aquellas detectadas por los docentes y
profesionales del establecimiento.
Entregar orientaciones y herramientas a docentes y apoderados, en cuanto
a estrategias de intervención, de acuerdo al diagnóstico realizado para el
afrontamiento de dificultades.
Evaluar y establecer diagnósticos respecto de necesidades educativas especiales
de los/as alumnos(as), emitiendo informes a profesionales que así lo soliciten.
Participar y planificar en conjunto con departamento de orientación, escuelas para
padres, talleres e intervenciones específicas.
Entrevista a la familia nuclear, extensa y/o adulto significativo de los estudiantes y
miembros del establecimiento educacional.
Realizar consejería a los miembros de la comunidad educativa según lo requieran y
de acuerdo a las problemáticas que se dan dentro del establecimiento educacional.
Dar atención individual ha alumnos y alumnas que requieran atención sistemática
de carácter reparatorio o preventivo.
Derivar a centros de salud u otros, a aquellos alumnos/as que requieran atención
de especialistas.
Trabajar en equipo con los distintos profesionales del establecimiento para generar
estrategias conjuntas en torno al proyecto educativo institucional y a la mejora
constante de los resultados del establecimiento.
Formar parte de la Unidad de Apoyo Integral (UDAI),contribuyendo con charlas
,conversatorios y cápsulas enfocadas a la contención socioemocional de
estudiantes ,familias y funcionarios del establecimiento.
Son deberes del profesional psicólogo/a de programa de integración escolar (P.I.E)
Diagnóstico: referido al estudio integral de las diversas áreas de la persona o grupo
con el fin de conocer en profundidad sus diversos aspectos. Contempla los
siguientes niveles: individual, grupal, familiar y organizacional.
Evaluar y Reevaluar el funcionamiento intelectual y déficit atencional de un
estudiante, se utilizan las escalas de inteligencia de Weschler, dado que
constituyen un instrumento psicométrico, internacionalmente reconocido por su
fiabilidad y validez.
Evaluar y reevaluar la conducta adaptativa; entendida esta como el conjunto de
habilidades conceptuales, sociales y prácticas que han sido aprendidas por la
persona para funcionar en la vida diaria. Se utilizan, la escala de madurez social de
Vineland, a partir de los 6 años hasta los 16 años en adelante.
Tratamiento: acciones de intervención realizada a partir del diagnóstico y ejecutada
en el ámbito individual, grupal, familiar e institucional, tendientes a mejorar
situaciones problemáticas detectadas.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
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Organizar y Planificar mensualmente el plan de trabajo.
Realizar talleres para padres y/o apoderados de los/as estudiantes (as) con
Necesidades Educativas Especiales, según la necesidad del Establecimiento
educacional, por ejemplo Taller de Técnicas de Estudio.
Realizar talleres para profesores, según sea la necesidad de los docentes y del
establecimiento educacional por Ej: Técnicas de trabajo para estudiantes con déficit
atencional.
Realizar apoyos específicos para los estudiantes con Déficit Cognitivo, según la
necesidad del estudiante.
Registrar las actividades diarias realizadas en el registro de planificación de cada
curso con P.I.E.
Coordinación: Colaboración con otros profesionales del establecimiento.
Establecer canales de comunicación formales con los docentes y especialistas,
codocencia, para recoger información acerca de los estudiantes que presentan
N.E.E. y entregar algunas sugerencias de trabajo en la sala de clases según sea el
caso.
Formar parte de la Unidad de Apoyo Integral (UDAI), contribuyendo con charlas,
conversatorios y cápsulas enfocadas a la contención socioemocional de
estudiantes, familias y funcionarios del establecimiento.
Rol del asistente social
Su labor consiste en promover condiciones escolares favorables para el adecuado
desarrollo escolar de los y las estudiantes de manera de asegurar su permanencia en la
escuela.
Sus funciones son las siguientes:
Conocer y comprender las diferentes problemáticas sociales, familiares e
individuales de los actores de la comunidad educativa miembros de los
establecimientos educacionales.
Intervenir en las distintas problemáticas sociales, familiares e individuales de los
actores de la comunidad educativa desde el nivel de la acción individual, grupal y
familiar.
Coordinar con los distintos actores de la comunidad educativa vinculados a los
estudiantes del establecimiento educacional que presenten problemáticas sociales.
Monitorear la asistencia de los y las estudiantes, especialmente de aquellos en
situación de mayor vulnerabilidad de modo de detectar y abordar precozmente
problemas de ausentismo y riesgo de abandono escolar.
Coordinar e implementar programas sociales tendientes a entregar asistencia a los
alumnos(as) que lo requieran para mejorar su asistencia y rendimiento.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
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Integrar equipos multidisciplinarios que permitan abordar situaciones de
vulnerabilidad en el desarrollo escolar de los alumnos(as).
Entrevista individual a los estudiantes miembros del establecimiento educacional.
Realizar diagnóstico socio familiar (situación de vulneración, análisis de factores
protectores y de riesgo).
Visitas a domicilio cuando las problemáticas a intervenir lo requieran.
Trabajo de intervención con familias, (as) y adolescentes vulnerables (Talleres,
Trabajos grupales etc.).
Coordinar con la red de apoyo local recursos que permitan abordar de mejor
manera estas situaciones.
Llevar a cabo programas de salud y de alimentación de los estudiantes.
Colaborar en actividades de la Unidad de Apoyo Integral (UDAI), participando en
campañas, conversatorios y cápsulas dirigidas a estudiantes, padres y apoderados
y funcionarios del establecimiento.
Programas que coordina el Asistente Social de la Escuela:
1. Salud del Estudiante: a los/as alumnos(as) prioritarios les reembolsa los dineros que son
utilizados en bonos de especialistas y medicamentos, referidos neurólogos, psicólogos y
siquiatras. Aquellos estudiantes que no poseen la condición de prioritarios y tienen la
necesidad de un especialista, el profesional debe realizar visita domiciliaria, para
identificar la situación económica del alumno/a, realizar informe social, solicitar informe
académico y con todos éstos documentos se podrá reembolsar alguna prestación de
especialistas.
3. P.A.E. (Programa de Alimentación): Sus funciones en relación a este programa son:
a) Mantiene actualizado el registro de estudiantes pertenecientes al sistema Chile
Solidario. b) Monitorea la asistencia de los cursos. c) Pesquisa casos de ausentismo
escolar reiterado. d) Elabora e implementa plan de acción para mejorar la asistencia
del estudiante. e) Participa en la elaboración e implementación de proyectos de
pro-retención escolar. f) Entrega información a los potenciales beneficiarios sobre
las fechas y requisitos de postulación. g) Colabora con la evaluación
socioeconómica de los(as) alumnos(as) preseleccionados matriculados en la
escuela.
4. Coordinar entrega de canastas de alimentación de estudiantes en contexto de
emergencia sanitaria.
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Rol de la educadora diferencial.
La Educadora Diferencial es el/la profesional titulado/a de una Universidad
acreditada, inscrito en el Registro Nacional de Profesionales de la Educación Especial, para
la evaluación y diagnóstico, conforme a normativa vigente. Esta profesional deberá contar
con al menos dos años de experiencia en el área.
Dado el contexto de pandemia por COVID19, forma parte de la Unidad de Apoyo Integral
(UDAI) del área de convivencia del establecimiento.
Son deberes de la educadora diferencial:
Regirse por el Decreto 170/10 que “Fija normas para determinar los/as
alumnos(as) con Necesidades Educativas Especiales que serán beneficiarios de la
subvención especial”.
Mantener al día la documentación requerida por el Decreto 170/10, con los
siguientes documentos: o Entrevista a la familia (anamnesis). O Formulario único
síntesis de reevaluación (alumno/a antiguo). O Formulario Único de Evaluación
específica o especializada (de cada N.E.E. específica). O Formulario único de
valoración de salud o certificado médico (obligatorio). o Informe de otros
profesionales (psicólogo, fonoaudiólogo, neurólogo, kinesiólogo u otros). o
Formulario evaluación de apoyo especializado (alumno/a antiguo) o Formulario
informe para la familia. o Certificado de nacimiento (formato electrónico u original).
Tener la autorización expresa del apoderado/a para la evaluación de ingreso del
alumno/a (consentimiento informado). En caso de rechazar el apoyo, el
apoderado/a deberá fundamentar por escrito el “NO” consentimiento de dicha
evaluación de ingreso, asumiendo la absoluta responsabilidad de los resultados
académicos de su pupilo(a), sin derecho a quejas y reclamos posteriores.
Realizar la evaluación diagnóstica de los alumnos con N.E.E.T. y N.E.E.P., la que
debe ser de carácter integral e interdisciplinario.
Realizar la intervención a los/as alumnos(as) con N.E.E.T. y N.E.E.P.
Contribuir a la optimización de la calidad de los aprendizajes de todos los/as
alumnos(as) del establecimiento, especialmente de aquellos que presentan
Necesidades Educativas Especiales Transitorias o Permanentes.
Apoyar el aprendizaje de los/as alumnos(as) en el aula común, realizando un
trabajo colaborativo entre profesor de educación general básica y profesor
especialista.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
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Otorgar apoyo psicopedagógico con planes específicos a los/as alumnos(as) que lo
requieran.
Promover la incorporación activa de la familia de los/as alumnos(as) y alumnas(as)
a la labor que desarrolla el establecimiento educacional en beneficio de sus hijos e
hijas.
Integrar el Equipo de Gestión de la Unidad Educativa.
Formar parte del equipo multidisciplinario del establecimiento y asistir a las
reuniones que se convoque.
Mantener comunicación permanente con la U.T.P.
Participar de las reuniones comunales, convocadas por el profesional a cargo de la
Educación Especial.
Acompañar y realizar un trabajo articulado con las y los docentes de aula.
Rol de la fonoaudiólogo/a.
El Fonoaudiólogo/a es el profesional titulado de la carrera de Fonoaudiología, inscrito en el
registro del Ministerio de Educación conforme a la normativa vigente.
Son deberes del fonoaudiólogo:
El fonoaudiólogo debe realizar la evaluación y el tratamiento de alumnos/as con
necesidades educativas especiales transitorias, pertenecientes principalmente a los
cursos de pre Kínder, Kínder, 1° y 2° básico.
El profesional de Educación Especial deberá mantener al día la documentación
requerida por el Decreto 170/10.
Deberá apoyar el aprendizaje de los/as alumnos(as) en el aula común,
realizando un trabajo colaborativo con el profesor de educación general básica.
Deberá promover la incorporación activa de la familia de los alumnos y alumnas a la
labor que desarrolla el establecimiento educacional en beneficio de sus hijos/as.
Se deben realizar reevaluaciones periódicas de los procesos, aprendizajes y
desarrollo del lenguaje en los/as alumnos(as) integrados.
Mantener comunicación permanente con la U.T.P.
Colaborar, desde su especialidad con Unidad de Apoyo Integral (UDAI).
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Rol del profesional kinesiólogo.
El Kinesiólogo del Programa de Integración Escolar, es un profesional con título
universitario en el área de kinesiología; para evaluar y tratar a los/as alumnos(as) adscritos
a P.I.E.
Son funciones del kinesiólogo PIE:
Evaluar a niños y niñas con N.E.E. tanto transitorias como permanentes para: o
Medir y pesquisar desbalance Psicomotriz a través de test de Picq y Vayer. o
Evaluación integral para niños y niñas con trastornos motrices y/o neurológicos.
Pesquisar alumnos/as con alteraciones: sensoriales, motrices, propioceptivas,
neurológicas, traumatológicas, etc. para ser adscritos a P.I.E.
Atender a los niños/as que según evaluación integral o psicomotriz, necesitan
intervención kinesiológica, ejecutada de forma grupal o individual, de acuerdo a la
necesidad que prevalece.
Emisión de informes de acuerdo a las evaluaciones y reevaluación realizadas.
Realizar talleres para padres y/o apoderados de los estudiantes (as) con
Necesidades Educativas Especiales, según la necesidad del Establecimiento
educacional, por ejemplo taller de estimulación de motricidad gruesa y fina en el
hogar.
Realizar talleres para profesores según la necesidad de los docentes y
establecimiento educacional.
Registrar de forma diaria las actividades, en el registro de planificación y evaluación
de cada curso con P.I.E.
Coordinar con docentes y especialistas para entregar orientaciones y sugerencias a
considerar en al aula.
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4.1 De los Asistentes de la Educación
El Asistente de la Educación, es aquel funcionario que tiene la responsabilidad de
apoyar, suplementaria o complementariamente, el proceso enseñanza-aprendizaje
del establecimiento educacional: Asistentes de Inspectoría; Asistentes de Párvulos;
Asistentes de Aula (desde pre-básica hasta cuarto básico); Asistentes de Biblioteca;
Asistentes de la Sala de Computación; Secretaría; Asistente de Sala de
multicopiado; Portero; Auxiliar Servicios Menores).
En contexto de emergencia sanitaria, colaboran en situaciones emergentes tales
como: cumplimiento de turnos éticos, aplicación de medidas sanitarias, participación
en actividades diseñadas por Unidad de Apoyo Integral (UDAI).
Son deberes:
- Apoyar el comportamiento de los alumnos, orientándolos en su conducta y actitud
de acuerdo a las normas existentes en el establecimiento.
- Controlar el aseo y cuidado de las dependencias a él confiadas.
- Atender labores de biblioteca, cuidado y disponibilidad de material didáctico.
- Cumplir con las labores administrativas encomendadas por Inspectoria General.
- Controlar atrasos, inasistencias, justificativos y certificados médicos presentados por
los alumnos.
- Prestar atención de primeros auxilios a los alumnos.
- Colaborar en las actividades extraescolares que se le confíen.
4.2 Del Personal Administrativo
- Organizar y difundir la documentación oficial del establecimiento requiriendo de los
docentes los antecedentes necesarios.
- Cautelar la conservación, mantención y resguardo del edificio escolar, mobiliario y
material didáctico.
- Coordinar la revisión de inventarios del establecimiento.
- Llevar al día un acabado registro de todo el personal del establecimiento.
- Clasificar y archivar los demás documentos oficiales del establecimiento.
- Llevar el registro diario de asistencia de cada curso y toda la documentación en que
sean necesarios estos antecedentes.
- Participar en la programación presupuestaria conforme a las necesidades de
conservación, implementación y mejoramiento del establecimiento de acuerdo a las
instrucciones específicas que se le impartan.
- Llevar al día libros auxiliares necesarios.
- Cumplir las demás tareas inherentes a las funciones que correspondan a secretaria
del establecimiento.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
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4.3 Del auxiliar de Servicios Menores
Auxiliar de Servicios Menores, es aquel funcionario responsable directo de la vigilancia,
cuidado y atención de la mantención de los muebles, enseres e instalaciones del local
escolar y demás funciones subalternas de índole similar.
Son deberes del Auxiliar de Servicios Menores
- Mantener el aseo y orden en todas las dependencias del establecimiento.
- Desempeñar funciones de portería en el establecimiento.
- Retirar, repartir y franquear mensajes, correspondencia y otros.
- Ejecutar, reparaciones, restauraciones e instalaciones menores que se le
encomienden.
- Cuidar y responsabilizarse del uso, conservación de herramientas y maquinarias
que se hubieran asignados.
- Desempeñar, cuando proceda, la función de cuidador nocturno del establecimiento.
- Ejecutar encargos debidamente visados por la autoridad respectiva del
establecimiento.
- Manejar vehículos del plantel, si corresponde y, en general, las demás funciones
encomendadas por el Director del establecimiento.
5. Delos derechos, obligaciones y prohibiciones generales de los funcionarios
Todo trabajador del establecimiento tendrá derecho a:
- Un trato digno y de respeto por parte de sus empleadores.
- Conocer su contrato y tener copia del mismo.
- Conocer el Reglamento Interno y disponer de una copia.
- Comprobar el cumplimiento en el pago de cotizaciones previsionales mediante
consulta directa en las entidades previsionales.
- Atención médica oportuna producto de accidentes del trabajo y/o de trayecto.
- Contar con las condiciones higiénicas y de su seguridad para el desarrollo de sus
funciones.
El trabajador que ingrese a este establecimiento deberá:
- Cumplir con el horario establecido y en el buen uso del libro de asistencia.
- Mostrar conducta intachable y que enorgullezco a la institución.
- Demostrar aptitud de competencia y preparación
- Tener salud compatible con el trabajo a realizar.
- Poseer y comprobar mediante los correspondientes certificados, los estudios que
sean necesarios para desempeñar un determinado cargo.
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- Presentar certificado de antecedentes que compruebe no estar procesado por algún
delito.
- Desempeñar su labor con diligencia y colaborar con la buena marcha de la
institución.
- Respetar el establecimiento y a sus representantes en su persona y dignidad,
actuando en todo momento con la debida lealtad.
- Mantener en todo momento relaciones deferentes con sus jefes, compañeros de
trabajo, padres y apoderados y alumnos.
- Velar por el establecimiento, evitando pérdidas, mermas, trabajo deficiente y lento y
gastos financieros.
Obligaciones específicas para los docentes
- Conocer, aceptar y comprometerse en el Proyecto Educativo Institucional del
establecimiento.
- Velar por el aseo y ornato de la sala que ocupa.
- Mantener al día el libro de clases procurando orden y limpieza.
- Usar vestimenta formal y apropiada a la labor desempeñada.
- Participar en actividades de aniversario, educativas, religiosas y culturales que
organice el establecimiento.
- Citar y atender a los apoderados en el horario establecido. Proyectar un modelo
orientador y formador del proyecto educativo.
- Apagar teléfonos celulares en horas de clases.
- Confeccionar libretas de notas, certificados, informes y actas de calificaciones.
- Asistir obligatoriamente a las jornadas calendarizadas por Secretaria Ministerial de
Educación.
- Mantener permanente informada a la Dirección de sus quehaceres y/o necesidades.
Prohibiciones para el trabajador - Faltar al trabajo o abandonarlo sin el permiso correspondiente. - Suspender ilegalmente las labores o inducir a otros a tal comportamiento. - Atentar contra la moral y las buenas costumbres. - Presentarse al trabajo en estado de intemperancia bajo la influencia del alcohol, de
drogas o estupefacientes. - Efectuar comercio dentro del establecimiento. - Utilizar las dependencias o equipamiento del establecimiento en beneficio personal. - Debido al carácter personal que implica el contrato del trabajador se establece la
prohibición de comentar aspectos relativos a remuneraciones.
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6. Del Contrato de Trabajo
El Contrato de Trabajo deberá contener, a lo menos, las siguientes estipulaciones: a) Lugar y fecha de contrato b) Individualización de las partes, con indicación de la nacionalidad; estado civil,
domicilio y fecha de nacimiento e ingreso del trabajador. c) Determinación precisa y clara de la naturaleza de los servicios y del lugar hayan de
presentarse; d) Monto, forma y período de pago de la remuneraciones acordada, e) Duración y distribución de la jornada de trabajo f) Plazo del contrato g) Demás pactos que acuerden las partes. No será necesario modificar los contratos para asignar por escrito en ellos los aumentos
derivados de reajustes legales de remuneraciones. Sin embargo, aún en este caso, la remuneración del trabajador deberá aparecer actualizada en los contratos por lo menos una vez al año, incluyendo los referidos reajustes. Si los antecedentes personales del trabajador, esto es, domicilio y otros, experimentasen algún cambio, será obligación del trabajador ponerla en conocimiento de su empleador dentro de las 48 horas de ocurrido. CAPITULO III
NORMAS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS, DE HIGIENE Y DE SEGURIDAD Responsabilidades de acuerdo a la estructura que se indica para los efectos de
Prevenir Accidentes en el desarrollo de las actividades.
1. ESTRUCTURA - Sostenedor (Corporaciones, Servicios Locales de Educación Pública, Fundaciones,
Municipalidades, Personas Naturales, Sociales, etc.)
- Director, - Profesor - Alumnos - Padres y Apoderados
2. DEL SOSTENEDOR
2.1 Proporcionar oportunamente los recursos adecuados y necesarios en cantidad y
calidad al establecimiento educacional, con el fin de evitar accidentes que puedan lesionar al personal y/o producir daños materiales.
2.2 Proporcionar e implementar medidas de seguridad por riesgo de contagio de COVID19 en la comunidad educativa.
3. DEL DIRECTOR 3.1 Orientar a la comunidad escolar sobre la correcta interpretación y aplicación de las
normas que imparta el Ministerio de Educación sobre Prevención de Riesgos en los escolares.
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3.2 Planificar y organizar anualmente las acciones de prevención de riesgos en los escolares en el establecimiento, de acuerdo a las instrucciones impartidas por el Ministerio de Educación.
3.3 Supervisar permanentemente el cumplimiento de las normas impartidas para evitar accidentes.
3.4 Informar y hacer participar activamente a los padres y apoderados en el plan de prevención de riesgos adoptado por la comunidad escolar.
3.5 Programar acciones de capacitación y perfeccionamiento con y para el personal, en materias de Prevención de Riesgos.
3.6 Evaluar el resultado de las acciones desarrolladas por el personal y alumnos en materias de Prevención de Riesgos Escolares.
3.7 Informar al Sostenedor del establecimiento educacional sobre los resultados de las acciones desarrolladas en Prevención de Riesgos Escolares, como asimismo el estado de funcionamiento de los recursos asignados para esta labor, a objeto de mantener su nivel operativo en forma eficiente.
3.8 Instruir al personal sobre el proceso de traslado de alumnos accidentados a los Centros Asistenciales que otorguen los beneficios estipulados en el Decreto Nº 313/72, sobre el Seguro Escolar de Accidentes de acuerdo a la Ley Nº 16.744.
3.9 Velar por el fiel cumplimiento de las instrucciones impartidas por el Ministerio de Educación.
3.10 Velar por el cumplimiento de protocolos de seguridad en contexto COVD19.
4. DE LOS PROFESORES
4.1 Velar por la salud e integración física de los alumnos. 4.2 Conocer los principios básicos de Prevención de Accidentes Escolares. 4.3 Hacer cumplir las normas básicas de Orden, Higiene y Seguridad del presente
Reglamento. 4.4 Promover en forma permanente la participación de los alumnos en todas las
actividades de prevención de riesgos; estudiar sus sugerencias y ponerlas en práctica cuando proceda.
4.5 Investigar en forma minuciosa todo accidente, adoptando las medidas necesarias para evitar su repetición.
4.6 Adoptar las medidas necesarias destinadas. 4.7 Evaluar las acciones desarrolladas en el Plan de Prevención de Riesgos, aplicado,
informando de los resultados al Director y a los Apoderados los logros obtenidos.
5. DE LOS ALUMNOS
5.1 No utilizar anillos, argollas, collares y cadenas, los cuales en cualquier momento pueden ser motivo de un accidente.
5.2 Evitar los juegos bruscos y bromas. 5.3 No encender o apagar elementos calefactores (estufas, cocinas, etc.) 5.4 No accionar o reparar equipos eléctricos o mecánicos, ni usar los dientes como
herramientas. 5.5 No botar restos de comida, trapos, etc. a desagües, servicios higiénicos o en
cualquier otro lugar no destinado específicamente para ello. 5.6 Evitar subirse a techos, panderetas, muros, árboles, etc. 5.7 No bajar o subir las escaleras corriendo, y evitar caminar o correr con objetos
duros en la boca. 5.8 No jugar sobre las mesas y sillas.
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5.9 No colgarse o columpiarse en el arco de BabyFootball. 5.10 Acatar órdenes y recomendaciones impartidas por los profesores. 5.11 Informar a los profesores las condiciones inseguras que signifiquen riesgos. 5.12 Mantener sus sitios de trabajo y recreación en un buen estado de orden y
limpieza.
6. NORMAS MINIMAS DE SEGURIDAD QUE DEBEN IMPERAR EN EL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL.
6.1 La distribución de mobiliario escolar, máquinas y equipos en los diferentes recintos del establecimiento educacional, debe ser planificada teniendo presente el libre desplazamiento de los alumnos y el camino expedito hacia el exterior, como una medida de seguridad en caso de una emergencia.
6.2 Las superficies de trabajo y recreación de los alumnos deben estar libres de elementos que alteren el normal desarrollo de sus actividades y juegos (cáscaras, piedras, tablas, escombros, etc.)
6.3 Los vidrios quebrados, muebles deteriorados, tazas de baño y lavamanos trizados, puertas y ventanas en mal estado, interruptores y enchufes eléctricos quebrados; alambres y cables eléctricos con aislación deficiente o sin ella, constituyen un serio peligro de accidente para el alumbrado y personal en general. El profesorado deberá velar por corregir las condiciones inseguras antes señaladas.
6.4 Los servicios higiénicos y duchas deberán ser revisados y desinfectados periódicamente para su correcto funcionamiento.
6.5 Los lugares donde se manipulen alimentos, como asimismo las bodegas, deberán reunir las condiciones mínimas sanitarias.
6.6 Las escaleras no deberán tener afiches, letreros, cuadros llamativos, espejos que puedan ser objeto de distracción del usuario.
6.7 Los profesores recomendarán a los alumnos que no porten elementos cortantes o o punzantes.
6.8 Al producirse un accidente en el cual el alumno resulte con una herida que sangre, es necesario adoptar todo tipo de precauciones con la finalidad de evitar cualquier contacto directo con la sangre del accidentado, mediante la utilización de guantes de gomas o latex. Debe existir especial cuidado en la eliminación posterior de los elementos utilizados en estos casos.
6.9 Se prohibirá a los alumnos fumar dentro del establecimiento educacional. 6.10 Los profesores deberán informar a los padres y apoderados sobre las
normas de higiene y seguridad que deben aplicar sus hijos o pupilos dentro del establecimiento educacional con el fin de evitar accidentes.
6.11 Los profesores instruirán a los alumnos sobre el cuidado y mantención del establecimiento educacional está al servicio de la comunidad.
6.12 Se deberá contar con un botiquín de Primeros Auxilios. 6.13 En la fecha de matrícula o en la ficha escolar que cada establecimiento
educacional debe poseer de sus alumnos y alumnas, se mantendrá información actualizada y medicamente certificadas de enfermedades o de discapacidades que
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requieren tratamientos prolongados y/o frecuentes controles o análisis de laboratorio.
6.14 Disposición de normas y protocolos de seguridad para la comunidad educativa por situaciones de riesgo, ocasionada por COVD19.
7. NORMASMÍNIMAS DE SEGURIDAD QUE DEBEN ADOPTARSE EN EDUCACIÓN FÍSICA.
7.1 Revisión de Camarines y Duchas
7.1.1 Trozos de vidrios en la ducha (frascos quebrados) 7.1.2 Banquetas y tarimas de madera en mal estado (astillados) 7.1.3 Instalaciones eléctricas defectuosas. 7.1.4 Pisos de duchas resbalosas, se recomienda poner en ellas material
antideslizante. 7.2 Superficie de Trabajo
7.2.1 Pisos de canchas y/o gimnasias con hoyos, hendiduras, baldosas sueltas, etc.
7.3 Implementos Deportivos
7.3.1 Prohibir a los alumnos utilizar cualquier elemento gimnástico o deportivo sin la
autorización y vigilancia del profesor. 7.3.2 Revisar dichos elementos eliminando los que estén en mal estado. 7.3.3 Una vez finalizadas las actividades deportivas, guardar los implementos tales
como: balas, discos, jabalinas, etc. Para evitar el uso incontrolado por parte de los alumnos.
7.3.4 Evitar que los alumnos mastiquen chicles en las clases de gimnasia.
8. ACTIVIDADES DE EDUCACIÓN FÍSICA
8.1 Realizar los ejercicios gimnásticos y/o deportes con la debida progresión, graduándolos a las diferencias individuales y a las condiciones de salud de cada alumno.
8.2 Aplicar normas de distancias, tiempos, alturas y pesos de acuerdo a las edades y contexturas físicas de cada alumno.
8.3 En lo posible, evitar que se realice el Cross Country en calles, avenidas o caminos que tengan un tránsito vehicular tal que haga peligrar la integridad física de los alumnos.
9. NORMAS MINIMAS DE SEGURIDAD QUE DEBEN APLICARSE EN LABORATORIO.
9.1 En lo posible utilizar un delantal de protección. 9.2 Nunca probar el sabor ni olor de los productos químicos, a menos que sea
estrictamente necesario.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
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9.3 Si es necesario oler un producto químico nunca se pone directamente debajo de la nariz; se mueve la mano sobre él para agitar l aire y percibir su aroma sin peligro.
9.4 Evitar salpicadura de ácido. Limpiar inmediatamente cualquier salpicadura que se produzca.
9.5 Cuando se calienta algún elemento en un tubo de ensayo, dirigir la boca del tubo hacia lugares donde no se encuentren personas.
9.6 No mantener tapado el tubo de ensayo cuando se caliente un líquido, la presión de los gases puede producir la explosión del tubo.
9.7 No someterlos materiales de vidrios a cambios bruscos de temperatura. 9.8 Los elementos de vidrios deben estar bien limpios antes de usarlos. 9.9 Antes de utilizar reactivos químicos leer detenidamente las instrucciones que
aparecen en los envases. 9.10 Para sacar una solución de un frasco o recipiente, usar siempre la misma
pipeta a fin de no contaminar otros productos químicos. No succionar (pipetear) un líquido con la boca.
9.11 Tapar el mechero de alcohol cuando no se use. 9.12 Nunca agregar agua a un ácido siempre añadir el ácido al agua, poco a poco. 9.13 Los productos químicos no se deben tocar con las manos, especialmente
aquellos como el fosforo, que además de su toxicidad puede producir quemaduras graves.
9.14 Al botar soluciones en el lavadero, dejar escurrir bastante agua. 9.15 Los desechos sólidos deben botarse en los basureros, nunca en los
lavaderos. 9.16 Mantener los lugares de trabajo limpios y ordenados mientras se trabaja y
utilizar material estrictamente necesario. 9.17 Al terminar la clase, asegurarse que las llaves de agua y del gas queden bien
cerradas y que el lavatorio quede bien limpio y ordenado. 9.18 Evitar trabajos con equipos eléctricos húmedos (conductores, motores, etc.),
solamente usarlos cuando se hayan secado completamente. 9.19 Todo tipo de elementos eléctricos no debe manejarse con las manos
húmedas. 9.20 Los enchufes no deben tirarse del cordón. 9.21 En todo laboratorio deben existir los siguientes elementos e instrucciones:
- Una manta incombustible o una toalla grande, a fin de sofocar el fuego en la ropa de
una persona. - Extintor de incendio. - Aviso con instrucciones para proceder en caso de intoxicaciones y los antídotos
necesarios para actuar.
9.22 Los extremos de las varillas y tubos de vidrio deben ser redondeados, flameándolos para evitar cortaduras.
9.23 Al introducir tubos o varillas en tapones de goma u otros, es recomendable usar guantes o toallas, facilitando además la entrada con algún lubricante (jabón, glicerina, etc.)
9.24 Evitar el uso de material dañado o fatigado, especialmente si se va a calentar con vacío.
9.25 El material de vidrio deteriorado debe ser guardado en recipientes especiales para su eliminación y no junto a otros desperdicios.
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9.26 Todos los productos que desprendan humo o vapores tóxicos deben manipularse bajo la campaña de seguridad.
10. DE LOS PADRES Y APODERADOS
10.1 Deberán conocer las normas de Prevención de Riesgos que aplica el establecimiento educacional, recomendado a sus pupilos el fiel cumplimiento de ellas.
10.2 Es responsabilidad de los padres o apoderados asumir la restitución o pago de perjuicios ocasionados por su hijo o pupilo por deterioro de objetos, causados intencionalmente, previa oportunidad.
10.3 Mantener comunicación expedita ;por teléfono o redes sociales de modo de estar conectados en forma permanente con docentes y establecimiento.
CAPITULO IV
DE LAS RELACIONES DEL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL CON LA COMUNIDAD La Escuela Juan Pablo II, contempla en sus planes de acción, objetivos que integran no sólo a los miembros de su comunidad educativa, sino que también buscan acercar a la comunidad circundante al quehacer del establecimiento. Es así como el Consultorio de Salud (CESFAM) de Salud y Carabineros forman parte de la red primaria de apoyo, puesto que con su labor preventiva, orientadora y protección conforman el núcleo central del entorno inmediato de los educandos. Por otro lado, es prioridad del Establecimiento mantener contacto permanente con las Redes de Apoyo de la comunidad destacándose: Sename, SENDA , Policía de Investigaciones entre otros, quienes cumplen funciones de orientación que apuntan al fortalecimiento de la labor formativa del Colegio.
CAPITULO V DE LOS ANEXOS
- REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN - REGLAMENTO DEL CENTRO DE PADRES Y APODERADOS - REGLAMENTO DEL CENTRO DE ALUMNOS - NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y PLAN REMEDIAL - REGLAMENTO INTERNO DE ORDEN, HIGIENE Y SEGURIDAD DEL
TRABAJADOR - PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD ESCOLAR(PISE) - UNIDAD DE APOYO INTEGRAL (UDAI)
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REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCION ESCOLAR Año 2019 - 2020 Escuela Juan Pablo II COQUIMBO
INTRODUCCION El presente reglamento fija las normas y procedimientos que la Escuela Juan Pablo II de Coquimbo dependiente del Servicio Local de Educación Pública Puerto Cordillera, aplicará para evidenciar el aprendizaje de los estudiantes. Así también, propone criterios mínimos para establecer de manera eficaz la aplicabilidad de las disposiciones normativas descritas en los decretos afines a la Ley General de Educación (Ley General de Educación N° 20.370/ Decreto para Planes y Programas de estudio N° 2960 para 1° a 6° Básico de 2012 y Decreto de Planes y Programas de estudio N°169 para 7° a 2° Medio de 2014)
Decreto 481 de Educación Parvularia, 2018. Decreto 511 de Evaluación y Promoción escolar, 1997. Decreto 67 de Evaluación y Promoción escolar/ deroga los decretos 511
de 1997; 112 de 1999; decreto 83 de 2001. Por tanto, este reglamento se entenderá como una herramienta de carácter técnico – pedagógico, trasparente y democrático, que permitirá que tanto el equipo de gestión como el cuerpo docente pueda tomar decisiones con información veraz, en relación a la movilidad de los aprendizajes de los estudiantes y los niveles de logro. Además permitirá que se puedan impulsar planes remediales para cada uno de los casos observados. “Este reglamento quedará sujeto a revisión y ajuste dependiendo de las acciones pedagógico – curriculares observadas en el proceso impulsado por los docentes de aula durante el periodo académico, recayendo en el equipo Directivo y Técnico la responsabilidad de informar a los padres y apoderados en el periodo de matrícula”.
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Del Decreto 67 de Evaluación y Promoción de 2018: ARTÍCULO PRIMERO: Apruébese las normas mínimas nacionales sobre evaluación, calificación y promoción escolar. NORMAS GENERALES DEL REGLAMENTO Artículo 1: El presente decreto establece las normas mínimas para los estudiantes de la Escuela Juan Pablo II sobre evaluación, calificación y promoción escolar, y que cursen la modalidad tradicional de la enseñanza formal en los niveles de educación básica (Primero a Octavo básico) y de acuerdo con las normas reconocidas oficialmente por el Estado y regulados por el Ministerio de Educación. Artículo 2: Para Efectos del presente reglamento, se entenderá por: a) Reglamento: Instrumento mediante el cual los establecimientos educacionales reconocidos oficialmente establecen los procedimientos de carácter objetivo y transparente para la evaluación periódica de los logros y aprendizajes de los alumnos, basados en las normas mínimas nacionales sobre la evaluación, calificación y promoción regulados por este decreto. b) Evaluación: Conjunto de acciones lideradas por los profesionales de la educación para que tanto ellos como los alumnos puedan obtener e interpretar la información sobre el aprendizaje, con el objetivo de tomar decisiones que permitan promover el progreso del aprendizaje y retroalimentar los procesos de enseñanza. c) Calificación: Representación del logro del aprendizaje a través de un proceso de evaluación, que permite transmitir un significado compartido respecto a dicho aprendizaje mediante un número, símbolo o concepto. d) Promoción: Acción mediante la cual el alumno culmina favorablemente un curso, transitando al curso inmediatamente superior. Artículo 3: Los alumnos tendrán derecho a ser informados sobre los criterios de evaluación; a ser evaluados y promovidos de acuerdo a un sistema objetivo y transparente, de acuerdo al reglamento de cada establecimiento, teniendo presente que las orientaciones técnico – pedagógicas de dicho reglamento estarán mayormente centradas en el proceso más que en la evaluación terminal. Artículo 4: Es de exclusiva responsabilidad del docente de cada asignatura informar al inicio de cada unidad de aprendizaje al profesor jefe las fechas de sus evaluaciones, para que pueda informar a los padres y apoderados sobre el calendario de evaluaciones.
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DE LA EVALUACION Artículo 5: La evaluación, como parte del proceso enseñanza – aprendizaje puede usarse de tres formas: Diagnóstica, Formativa y Sumativa. a) Evaluación Diagnóstica: La evaluación inicial es la que se realiza antes de empezar el proceso de enseñanza aprendizaje, con el propósito de verificar el nivel de preparación de los alumnos para enfrentarse a los objetivos que se espera que logren. Tiene el propósito de ajustar las actividades del docente, el diseño pedagógico, el nivel de exigencia y diversificación de la enseñanza. b) Evaluación Formativa: La evaluación formativa es aquella que centra su énfasis en el “proceso”, de manera que trata desde su inicio incidir en el aprendizaje de los estudiantes. c) Evaluación Sumativa: Evaluar el aprendizaje de los estudiantes en diferentes asignaturas y grados del Currículum Nacional, con el objetivo de contribuir al proceso de la calidad y la equidad de la educación. Permite monitorear, comparar y retroalimentar con información estadística a los docentes para la toma de decisiones referentes a la aprobación y repitencia. Artículo 6: Los alumnos no podrán ser eximidos de ninguna asignatura del plan de estudios, debiendo ser evaluados en todos los cursos y en todas las asignaturas que dicho plan contempla. No obstante lo anterior, la escuela implementará las diversificaciones pertinentes para las actividades de aprendizaje y los procesos de evaluación de las asignaturas que así lo requieran, de acuerdo con la normativa vigente según lo dispuesto en los decretos N° 170 de 2009, decreto 83 de 2015 y N°67 de 2018. DE LA CALIFICACION Artículo 7: Para las evaluaciones sumativas, los docentes podrán hacer uso de los siguientes procedimientos: Pruebas escritas, interrogaciones, trabajos prácticos, listas de cotejos, escalas de apreciación, portafolios, informes escritos, investigaciones, disertaciones, trabajos grupales, exposiciones, controles prácticos, experimentos, etc. “Los docentes de aula tendrán la responsabilidad de hacerlos llegar al inicio de cada unidad de aprendizaje junto con la planificación curricular, con el fin de ajustar y desarrollar las adecuaciones que sean requeridas para los estudiantes que presenten NEE”.
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Artículo 8: Se evaluarán capacidades, destrezas, habilidades, contenidos, métodos, procedimientos, valores y actitudes (No se calificarán las actitudes ni valores que no estén debidamente declaradas en las bases curriculares y por separado del contenido y la habilidad) Artículo 9: Las notas obtenidas por los alumnos/as no podrán ser modificadas o anuladas por el profesor/a, ya que cualquier situación especial referida a evaluación debe ser revisada y autorizada por el equipo Técnico – Pedagógico. Ante cualquier situación en la que se genere una discrepancia o reclamo, el apoderado deberá respetar el conducto regular:
Profesor de Asignatura, Profesor Jefe y por último Equipo Directivo – Técnico. Artículo 10: Para toda actividad evaluada el estudiante y apoderado serán informados previamente, a través de un boletín informativo y cuaderno de evaluaciones refiriendo a lo siguiente:
Objetivos de aprendizajes Indicadores y/o criterios de evaluación Fechas de aplicación y/o entrega
Artículo 11: Los alumnos/as llevarán una calificación mensual como mínimo en cada asignatura las que serán informadas por el Profesor/a Jefe en la reunión mensual de apoderados, mediante un informe escrito. Artículo 12: Los alumnos/as serán calificados en todas las asignaturas, según el Plan de Estudio vigente, utilizando la escala numérica de 1 a 7. La mínima de aprobación será el 4.0, con un nivel de exigencia del 60%. Artículo 13: En relación al número de calificaciones por asignaturas, los eventos serán los siguientes como mínimo:
Lenguaje y Comunicación; Matemática; Ciencias Naturales; Historia y Geografía y Ciencias Sociales; Inglés, de Primero a Octavo Básico, 3 notas por unidad siendo 2 de ellas de proceso y 1 final.
Lengua y Literatura, en Séptimo y Octavo básico, 2 notas por unidad siendo 1 de ellas de proceso y 1 final.
Artes Visuales, Tecnología, Religión, Música, Educación Física, y Talleres JEC, 2 notas por unidad, siendo 1 de ellas de proceso y 1 final Artículo 14: En las asignaturas de Religión y Orientación, los alumnos serán calificados con la escala numérica de 1 a 7. Sin embargo el promedio final de dichas asignaturas no incidirá en el promedio final y se traducirá a concepto, de acuerdo a la siguiente escala: Muy Bueno = 6,0 a 7,0 Bueno = 5,0 a 5,9 Suficiente = 4,0 a 4,9 Insuficiente = 1,0 a 3,9 Artículo 15: Sólo podrá aplicarse una evaluación por día en las asignaturas de Lenguaje y comunicación; lengua y Literatura; Matemática; Ciencias Naturales; Historia y Geografía e inglés. Artículo 16: Las evaluaciones una vez aplicadas deben ser tabuladas por el profesor de la asignatura en una planilla de registro, para luego retroalimentar con los resultados a los estudiantes, la clase subsiguiente a su aplicación.
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Artículo 17: Los alumnos/as que no se presentan el día de la aplicación de la evaluación, en caso de presentar justificación médica, ésta será recalendarizada en conjunto con el docente de la asignatura; si elalumno se ausenta sin una causa justificada, deberá realizar la evaluación el mismo día que se presente en la escuela. Las evaluaciones atrasadas serán aplicadas por UTP. Artículo 18: El alumno/a que sea sorprendido copiando en una prueba, adultere maliciosamente la evaluación o la sustraiga, será sometido a una interrogación oral en el momento por el profesor de la asignatura, aplicando además las sanciones estipuladas en reglamento de convivencia, siempre resguardando el debido proceso. Artículo 19: El procedimiento de evaluación para obtener el promedio final de cada asignatura, será una consecución de hechos observados y registrados por el docente a lo largo del semestre, a través de la ponderación de las calificaciones obtenidas para cada unidad de aprendizaje y de acuerdo con el mínimo de calificaciones comprometidas en el reglamento. Artículo 20: Al término de cada semestre, los promedios 3.9, no podrán ser registrados en el libro de clases. El promedio a registrar cómo mínimo será la nota 4.0 o en su defecto 3.8, aproximando solo los promedios finales anuales de cada asignatura. Artículo 21: La calificación final obtenida en los talleres JEC, se sumarán como una nota de trabajo de proceso en las asignaturas de Matemática, Ciencias Naturales; Lenguaje y Comunicación y Educación Física (Distribución sujeta a revisión y programación de los talleres JEC) DE LA PROMOCIÓN Artículo 22: Para la promoción de los alumnos/as se considerará conjuntamente el logro de los objetivos de las asignaturas del Plan de Estudio como también el promedio de asistencia a clases. Artículo 23: Para ser promovido (a) los alumnos/as deber asistir a lo menos al 85% de las clases. No obstante, el Director (a) podrá autorizar la promoción de los alumnos (as) con porcentajes menores de asistencia, que hayan logrado los objetivos de aprendizaje (OA) y que tengan razones debidamente justificadas para su inasistencia (Proceso visado por Equipo Directivo – Técnico y Consejo de Profesores). Artículo 24: Serán promovidos los alumnos que hayan aprobado todas las asignaturas de sus respectivo Plan de Estudio.
Serán promovidos los alumnos que no hayan aprobado una asignatura, siempre que su promedio corresponda a un 4.5 o superior. Para calcular este promedio se considerará la calificación de la asignatura no aprobada. Serán promovidos los alumnos que no hubieren aprobado dos asignaturas,
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siempre que su promedio general corresponda a un promedio de 5.0 o superior, incluidas las no aprobadas siempre que las dos asignaturas reprobadas no sean Lenguaje y Literatura, y Matemática. Artículo 25: Se evaluará la revisión de cuadernos con lista de cotejo o escala de apreciación, para fortalecer la responsabilidad del alumno y asegurarse que tenga los contenidos de la asignatura de su curso. Artículo 26: La Unidad Técnico Pedagógica podrá aplicar evaluaciones de proceso para monitorear el nivel de implementación curricular. Artículo 27: El formato de pruebas debe contener: membrete del establecimiento, Nombre del alumno (a), nombre del docente, nota, puntaje máximo y mínimo, Objetivo de Aprendizaje (OA) e Indicadores de evaluación. Artículo 28: No es permitido el uso de aparatos tecnológicos (teléfono celular u otra tecnología) mientras estén en proceso de evaluación. Artículo 29: Cada evaluación que presente más del 50% de notas insuficientes, deberá ser sometida a un plan remedial, previa revisión tabla de especificaciones para identificar OA y/o indicadores no logrados. IV. De los Objetivos de Aprendizajes Transversales. Artículo 30: La evaluación de los objetivos de aprendizaje transversales estará orientada prioritariamente a desarrollar y afianzar valores y actitudes presentes en el PEI. Artículo 31: El logro de los objetivos de aprendizaje transversales se registrará en el Informe de Desarrollo Personal y Social del alumno, el que se entregará a los padres y apoderados junto con el Informe de Calificaciones en forma semestral. V. De la Evaluación Diferenciada. Artículo 32: A los alumno/as que presenten alguna Necesidad Educativa Especial (NEE) se les deberá aplicar procedimientos de evaluación adecuada y diversificada, de acuerdo a las características de cada alumno/a (según decretos N°170 y N°83) Los requisitos y procedimientos de esta evaluación estarán debidamente señalados en un protocolo de evaluación. Artículo 33: Los alumnos (as) deben estar debidamente diagnosticados por un especialista y encontrarse en tratamiento, para acceder a este procedimiento (evaluación especializada PIE). Artículo 34: Los profesores (as), dispondrán de tres (3) horas cronológicas para realizar un trabajo colaborativo con las profesionales de apoyo PIE (decreto N° 170 y decreto N° 83). En esta instancia, realizaran las
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adecuaciones curriculares pertinentes para potenciar el desarrollo aprendizajes significativos. Artículo 35: De manera excepcional, los alumnos/as con NEE podrá ser ajustada de manera significativa de la asignatura de inglés y Educación Física, previo análisis e informe detallado por parte de la UTP y en conjunto con el equipo PIE, y que no vaya en contra con el espíritu de la ley de Inclusión (decreto N° 83) ANEXO PIE PROTOCOLO DE PROCEDIMIENTO DE EVALUACION ADECUADA La finalidad del trabajo colaborativo, establece un recurso que favorece los procesos de enseñanza –aprendizaje de los alumnos y alumnas que presentan Necesidades Educativas Especiales, de manera que logren los objetivos de aprendizaje planteados en los Programas de Estudio oficiales, para el nivel que cursan y dentro del año escolar correspondiente (decreto N° 170 – decreto N°83) Pretende ser un apoyo a los estudiantes durante enel tiempo requerido para la superación de dificultades que presenten, debiendo el alumno (a) recibir cuando corresponda el apoyo de especialistas, evitando así afectar su autoestima y reducir el riesgo de fracaso escolar. Por lo tanto, el siguiente documento exhibe los requisitos y procedimiento de la escuela Juan Pablo II, para otorgar el derecho de evaluación diferenciada en las asignaturas de Lenguaje y Literatura, y Matemáticaen los diferentes niveles, según corresponda. REQUISITOS:
La Evaluación Adecuada se aplicará a todos aquellos alumnos/as que presentan Necesidades Educativas Especiales Permanentes (Discapacidad Intelectual), que pertenezcan o no al Programa de Integración Escolar del establecimiento. Además, en las Necesidades Educativas Especiales Transitorias (Trastorno Déficit Atencional, Trastorno Especifico del Lenguaje y Funcionamiento Intelectual en el Rango Limite).
Dichos diagnósticos deben estar evaluados por los profesionales del establecimiento tales como: fonoaudiólogo, psicólogo y educadoras diferenciales. PROCEDIMIENTO:
La evaluación adecuada la realizara el docente de la asignatura en conjunto con la profesional de apoyo PIE.
La educadora especialista realizará la adecuación del documento considerando las diversas necesidades educativas especiales que presentan los alumnos(as) y sus estilos de aprendizaje.
Cada evaluación adecuada será archivada por Coordinadora PIE
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ANEXO REGLAMENTO DE EVALUACION
CRITERIOS PARA ABORDAR LA EVALUACION REMOTA – DISTANCIA
Respecto del reglamento de Evaluación, calificación y Promoción escolar de la Escuela
Juan Pablo II, y en régimen al Decreto N° 67 del MINEDUC que aprueba las normas
mínimas nacionales sobre evaluación, calificación y promoción escolar, se advierten y se
proponen ajustes de “carácter transitorio” a la normativa vigente respecto de la Crisis
sanitaria provocada por el COVID-19.
Para tales efectos, la Unidad educativa propone a la comunidad una serie de elementos de
carácter técnico – pedagógico para abordar la evaluación, calificación y promoción escolar
para el periodo 2020, dando respuesta a las dificultades observadas en el contexto para el
aprendizaje remoto y a distancia de los estudiantes.
Criterios específicos para la evaluación, calificación y promoción escolar en
situación de pandemia (COVID-19)
Los criterios que serán aplicados de manera transitoria para efectos de la evaluación,
calificación y promoción escolar para el periodo 2020 (pandemia) dando respuesta al
decreto N° 67 de 2018 son los siguientes:
1.- CRITERIOS PEDAGOGICOS: Estos corresponden a la percepción y construcción
conceptual institucional, en el cumplimiento de las obligaciones pedagógico-curriculares de
los estudiantes y sus familias en tanto dure la situación de crisis provocada por la pandemia
(COVID-19) Representan una valoración del esfuerzo, nivel de cumplimiento y adaptación a
las actividades elaboradas por la unidad educativa para ser desarrolladas de manera
remota y a distancia. Los elementos de base para construir los criterios pedagógicos son
los siguientes:
Las acciones pedagógico-curriculares tienen relación con la priorización del
currículum (MINEDUC) u organización curricular institucional (desafíos familiares)
Los desafíos pedagógicos manifiestan correlación con el modelo basado en el sello
institucional (sana convivencia)
Acuerdo y comunicación sobre la priorización y/o articulación de asignaturas para el
periodo 2020 a los integrantes de la comunidad escolar (pandemia)
Pertinencia, acuerdo y comunicación sobre valoración y/o modificación de los
criterios técnico-pedagógicos para la evaluación y calificación final.
2.- CRITERIOS SOCIO-EMOCIONALES: Los criterios socio-emocionales se basan en
doctrina institucional representados en el sello y modelo institucional, que busca establecer
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
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vínculos asertivos entre la escuela y la familia para la promoción de aprendizajes de
calidad.
Para la situación de pandemia este vínculo permite fijar los elementos que ayudan en la
construcción de aprendizajes basados en la convivencia escuela – familia. Dado el contexto
la escuela generó las condiciones para abordar el aprendizaje remoto y a distancia
priorizando la situación socio-emocional de las familias, generando apoyos y redes para
sustentar el modelo de aprendizaje (Unidad de Apoyo Integral)
Los elementos para la construcción de los criterios socio-emocionales son los siguientes:
Disposición y claridad para enfrentar la pandemia a través del vínculo escuela-
familia.
Prioridad y foco definido (enfoque según modelo pedagógico institucional)
Condiciones socio-emocionales conocidas para dar respuesta a las exigencias
institucionales (diagnóstico-monitoreo-verificación)
Condiciones socio-emocionales para establecer el vínculo escuela-familia para el
desarrollo de los desafíos familiares de manera remota y a distancia.
3.- CRITERIOS ANEXOS: Los criterios anexos son todos aquellos no contemplados en la
normativa vigente y que influyen en las acciones promovidas desde la escuela para
establecer el vínculo que permita el desarrollo de los desafíos familiares de manera remota
y a distancia. Estos criterios son una excepción transitoria dada la situación de pandemia
(COVID-19) y estarán sujetas a revisión y/o desvinculación en la medida que la situación
nacional permita generar espacios de “normalidad” en el desarrollo de acciones
pedagógico-curriculares.
Los elementos para la construcción de los criterios anexos son los siguientes:
Nivel de conexión para acceder a los desafíos familiares (internet – acceso
presencial)
Disposición de recursos e insumos para acceder al aprendizaje remoto y a distancia
(apoyo-colaboración-soporte-etc.)
Disponibilidad de lineamientos generales para dar respuesta a la necesidad de
aprendizajes, contención y/o apoyo social (sostenedor)
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ESQUEMA MODELO DE EVALUACION Y CALIFICACION
Representación del modelo aplicado para evaluar y calificar Escuela Juan Pablo II, 2020.
DEL REGLAMENTO (LA EVALUACION)
Artículo 3: Los alumnos tendrán derecho a ser informados sobre los criterios de
evaluación; a ser evaluados y promovidos de acuerdo a un sistema objetivo y transparente,
de acuerdo al reglamento de cada establecimiento, teniendo presente que las orientaciones
técnico - pedagógicas de dicho reglamento estarán mayormente centradas en el proceso
más que en la evaluación terminal.
Modificación Transitoria al Artículo 3 del reglamento: Los alumnos y sus familias
tendrán derecho a ser informados sobre los criterios de evaluación para el periodo 2020,
respecto de la educación remota y a distancia (COVID-19); a ser evaluados de manera
“formativa” y poniendo énfasis en el proceso, considerando todos los elementos que funden
en el equipo directivo-técnico las condiciones mínimas para tales efectos. Esto es, que se
hayan agotado todas las instancias desde la unidad educativa para dar acceso a los
estudiantes y sus familias a los procesos pedagógico-curriculares a través de la
PEDAGÓGICO
SOCIO-EMOCIONAL
ANEXO
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
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organización curricular, desafíos familiares y modelos de contención socio-emocional
propuestos por la escuela, respetando siempre los principios de calidad y equidad.
Artículo 5: La evaluación, como parte del proceso enseñanza - aprendizaje puede usarse
de tres formas: Diagnóstica, Formativa y Sumativa.
a) Evaluación Diagnóstica: La evaluación inicial es la que se realiza antes de empezar el
proceso de enseñanza aprendizaje, con el propósito de verificar el nivel de preparación de
los alumnos para enfrentarse a los objetivos que se espera que logren. Tiene el propósito
de ajustar las actividades del docente, el diseño pedagógico, el nivel de exigencia y
diversificación de la enseñanza.
b) Evaluación Formativa: La evaluación formativa es aquella que centra su énfasis en el
“proceso”, de manera que trata desde su inicio incidir en el aprendizaje de los estudiantes.
c) Evaluación Sumativa: Evaluar el aprendizaje de los estudiantes en diferentes asignaturas
y grados del Currículum Nacional, con el objetivo de contribuir al proceso de la calidad y la
equidad de la educación. Permite monitorear, comparar y retroalimentar con información
estadística a los docentes para la toma de decisiones referentes a la aprobación y
repitencia.
Modificación Transitoria al Artículo 5 del reglamento: Para el periodo 2020 y mientras
dure la pandemia la evaluación promovida por la unidad educativa será de carácter
“formativa”, por lo que la observación y cumplimiento de los desafíos familiares construidos
de acuerdo con la organización curricular institucional serán la base para generar los
informes para la evaluación, calificación y promoción escolar.
Los elementos a considerar para la evaluación, calificación y promoción serán los
siguientes:
Reconversión de la evaluación de Formativa a Sumativa (ponderación-puntuación-
nivel de cumplimiento-criterio o lineamiento institucional)
Nivel vinculación remota y a distancia (escuela-familia)
Niveles ya descritos (pedagógico – socio emocional – anexos)
DEL REGLAMENTO (LA CALIFICACION)
Revisión y ajuste transitorio a los artículos del Reglamento de Evaluación
institucional en los artículos del N° 7 al N° 21 para efectos de la calificación del
periodo 2020 (pandemia)
Para el periodo 2020 la calificación será el reflejo en la aplicación exhaustiva de los criterios
antes dispuestos, con el propósito de asimilar el valor correspondiente al trabajo
desarrollado por los estudiantes y sus familias, a través de los desafíos vía remota y a
distancia.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
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La conformación y/o conversión de la evaluación formativa a sumativa se aplicará de
manera flexible, movible y ajustable a cada estudiante en su contexto, y además
responderá a una serie de acciones complejas de carácter técnico, informado previamente
a la comunidad, y que represente los elementos observados, retroalimentados y verificados
por los equipos de aula durante el periodo que se extienda la educación remota y a
distancia.
La cantidad de calificaciones será como lo indican las orientaciones MINEDUC con un
mínimo una y con un máximo de 4 para el periodo 2020, decreciente en relación a la
cantidad de OAs dispuestos para cada desafío (articulación de asignaturas)
1. Si los desafíos familiares contemplan para la asignatura de lenguaje y matemática
las cuatro unidades de aprendizaje, los equipos de aula podrían hacer uso del
máximo de calificaciones contempladas para el plan anual (4 notas)
2. Si los desafíos contemplan el uso de uno o dos unidades de aprendizaje para las
asignaturas de ciencias, historia, inglés, arte, música, tecnología, educación física,
los equipos de aula podrán hacer uso de la cantidad mínima de calificaciones para
el plan anual y con un máximo proporcional a la cantidad de unidades utilizadas(1 o
2 notas máximo)
3. Las asignaturas de orientación y religión estarán contempladas solo en la evaluación
formativa y no en la calificación final, puesto que no influyen en la promoción
escolar.
4. Los criterios para la conversión de la evaluación serán de exclusiva responsabilidad
de los equipos de aula, mediante la aplicación de porcentajes por cada criterio, regla
de 3 para calcular la calificación final por cada desafío y con la evidencia suficiente
para garantizar que sea representado de manera fiel el proceso.
5. EJEMPLO MODELO DE CONVERSION
Asignaturas Criterio
Pedagógico
Criterio
socio-
emocional
Criterio
anexo
Ponderación
Desafío 1 0 – 100% 0 – 100% 0 – 100% *La ponderación será la
representación numérica
reflejada en la suma de
los porcentajes asignados
para cada uno de los
criterios. La asignación
del porcentaje para cada
criterio es de
responsabilidad de cada
equipo de aula, aplicando
la flexibilidad, movilidad y
con la evidencia del
proceso.
20% 50% 30%
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DEL REGLAMENTO (LA PROMOCION ESCOLAR)
Revisión y ajuste transitorio a los artículos del Reglamento de Evaluación
institucional en los artículos del N° 22 al N° 29 para efectos de la promoción escolar
del periodo 2020 (pandemia)
Para el periodo 2020 la unidad educativa desarrollará todas las acciones necesarias para
evitar la repitencia de los estudiantes. El equipo de gestión directivo-técnico ha liderado una
serie de iniciativas para garantizar acceso-respuesta a las actividades pedagógico-
curriculares (desafíos familiares) y para dar atención a las necesidades socio-emocionales
de los estudiantes, por lo que en los últimos tres meses de trabajo remoto y a distancia ha
permitido aumentar en cobertura, monitoreo y verificación de las acciones que las familias
están desarrollando para movilizar ambientes conocidos de aprendizaje (experiencias
significativas –sello institucional)
Para efectos de repitencia, la decisión estará a cargo de una comisión técnica compuesta
por los equipos de aula, UDAI y equipo de gestión directivo-técnico. Está decisión tendrá
que ser fundada y respaldada por antecedentes objetivos (planillas de monitoreo) y en caso
último una familia podrá solicitar la repitencia de su hijo (a) mediante una carta dirigida a la
directora de la escuela con los motivos precisados para tal decisión.
El reporte final para la repitencia será enviado al sostenedor con las evidencias necesarias
para justificar la decisión y/o acuerdo.
* Las acciones no contempladas en el anexo, estarán sujetas a revisión, acuerdo y/o
modificación respecto del desarrollo de la pandemia, del reglamento mandante y el
decreto N°67 de Evaluación, calificación y promoción escolar (2018)
ASPECTOS RELEVANTES (POST CRISIS)
La unidad educativa tomó la decisión de abordar esta crisis social y sanitaria, como una
gran oportunidad para revertir la relación familia-escuela y así forjar el vínculo a un nivel
mucho más profundo, dando sentido al sello institucional declarado en el Proyecto
Educativo Institucional.
Si la nota final
es 7.0
1.4
3.5 2.1 Aplicando la regla de 3 es
posible calcular el puntaje
por cada criterio y que
permitirá llegar a la nota
final para el desafío.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
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Actualmente, la escuela cumple funciones en el marco de la contingencia en dos ejes
fundamentales:
1.- Acciones Pedagógico – Curriculares: Priorizando el currículum nacional, a través de
un diseño experimental que contempla por un lado la articulación entre asignaturas y por
otro la incorporación de la familia, a través de “desafíos familiares”.
Estos desafíos buscan promover experiencias de aprendizaje no tradicionales y con un
énfasis en la unión familiar, generando espacios conocidos para el estudiante, con el fin de
prepararlos para el retorno a la escuela post pandemia.
2.- Contención Socio-Emocional: Frente a la contingencia generada por la pandemia del
COVID19, el equipo de gestión tomó la decisión de fusionar el equipo de Convivencia y el
Programa de Integración Escolar (PIE) en una Unidad de apoyo Integral (UDAI) quiénes
tienen la misión de brindar atención a través de la generación de acciones territoriales con
redes de apoyo psico-social y acciones de auto-gestión.
Las acciones de auto-gestión tienen como foco principal entregar herramientas a las
familias que componen la comunidad escolar para enfrentar el desánimo, la frustración, el
auto-cuidado, el desempleo, la alimentación, etc., a través de medios y recursos
tecnológicos (Facebook, Instragram, WathUp, etc.)
Pese a las restricciones propias del sector y el acceso a la conectividad, la UDAI ha logrado
aumentar la cobertura de los apoyos y la información para enfrentar de mejor forma esta
crisis.
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REGLAMENTO INTERNO CENTRO DE PADRES Y APODERADOS
1º De los fines y funciones
- Apoyar el Proyecto Educativo Institucional del establecimiento aportando recursos humanos y materiales para favorecer el desarrollo de alumnos y alumnas.
- Fomentar la preocupación por la información valórica de sus hijos y pupilos atendiendo a la transversalidad contenida con la reforma educacional.
- Establecer nexo entre el hogar y el establecimiento que facilite la comprensión y el apoyo familiar hacia las actividades hacia la reforma educacional.
- Fomentar el sentido de comunidad con la buena convivencia entre padres y apoderados y todos los miembros de la comunidad educativa.
- Promover la solidaridad entre padres y apoderados a través de actividades sociales. - Mantener permanentemente comunicación con la dirección y el profesor para
reconocer inquietudes y sugerencias que apunten al buen desarrollo del proyecto educativo del establecimiento.
- Mantener informada a toda la comunidad educativa difundiendo el presente reglamento, las actividades planificadas y balance económico a través de asambleas, reuniones de cursos y diario mural del establecimiento.
- Representar a los apoderados interpretando y expresando sus intereses, aspiraciones, ideas y propuestas.
- Promover la colaboración y compromiso de todos los padres y apoderados del establecimiento frente a las actividades propias del Centro General de Padres.
2º De los derechos y obligaciones de los padres y apoderados
1. Podrán elegir y ser elegidos para formar parte del Directorio.
2. Participarán con derecho a voz y voto en las asambleas generales. Su voto será
unipersonal.
3. Podrán presentar cualquier iniciativa o propuesta que serán estudiadas por el
directorio, quien se reserva el derecho de aprobar o rechazar el proyecto junto a la
asamblea del Centro General de Padres.
4. Tendrán derecho al acceso de libros de actas o de tesorería si el apoderado así lo
solicitare.
5. Podrán ser atendidos por los dirigentes, cuando el padre o apoderado lo requiera,
mediante previa cita.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
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6. Toda petición de cualquier índole deberá ser solicitada por escrito dirigida al
Presidente o Directorio.
7. Deberán trabajar con responsabilidad en los cargos que hayan sido designados, ya
sea como directivos del Centro General de Padres y/o Directivos de los subcentros,
teniendo en cuenta la colaboración y trabajo cuando se solicite de su ayuda.
8. Deberán colaborar comprometidamente en las actividades organizadas.
9. Velarán por el prestigio del Centro General de Padres que se les presente.
3º De la organización y funcionamiento de la directiva del Centro General de Padres y
Apoderados.
La directiva del Centro General de Padres de la Escuela Juan Pablo II podrá ejercer
sus funciones por un periodo de dos años a contar de la fecha en que asume sus funciones.
1. ASAMBLEA GENERAL Estará conformada por los padres y apoderados de la
escuela.
2. EL DIRECTORIO. El que estará formada por un PRESIDENTE, VICEPRESIDENTE,
SECRETARIO Y TESORERO y lo menos dos directores.
EL DIRECTORIO tendrá la responsabilidad de informar las cuentas, memorias y balances a
la Asamblea General o al Consejo de Delegados.
Se reserva el derecho de reemplazar a él o los miembros que no cumplan con sus
funciones ya sea por AUSENCIA NO JUSTIFICADA, IRRESPONSABILIDAD O
FALLECIMIENTO.
3. DELEGADOS DE CURSO, es la persona que representa a su curso en las
reuniones de Centro de Padres, es el enlace entre ambos para comunicar acuerdos
y decisiones.
Son elegidos en forma democrática por los apoderados del curso que representa.
4. SUB-CENTRO S, son las directivas de cada curso; encabezado por el Presidente,
seguido por lo menos de un Tesorero (a) y por un Secretario (a), son elegidos por
votación o en forma democrática por cada curso en forma interna.
4º De las promociones
Se entiende como promoción de alumnos a las GRADUACIONES tales como:
Licenciatura de Enseñanza Básica (Octavo año)
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
53
1. Si las promociones requieren de alguna ayuda, ya sea de una actividad extra o de
cualquier otro tipo, deberán solicitarse por escrito a la directiva del Centro General,
quien en conjunto con la Dirección de la Escuela, darán respuesta por escrito a la
brevedad.
2. Si se requiere ayuda a través de baile de aniversario u otra actividad , la Dirección
del establecimiento se reserva el derecho de autorizar dicho evento por ser el
organizador de éste.
Este documento si fuera necesario quedará expuesto a ser modificado, se le podrán
agregar otros puntos de acuerdo y considerando lo dispuesto en este.
Estas anotaciones deberán ser siempre un enlace entre la cohesión, integración y el
buen funcionamiento del CENTRO GENERAL DE PADRES Y APODERADOS de la
Escuela Juan Pablo II.
REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Como alumno (a) de este establecimiento esperamos que:
1. Trates de ser siempre un hijo comprensivo y cariñoso con tus padres y un alumno
respetuoso con tus profesores, compañeros y con toda la comunidad.
2. Asistas regularmente a clases, actos y actividades organizadas por el
establecimiento.
3. Vivas con disciplina interior y exterior, expresada en una actitud y comportamiento
optimo que te engrandezca como persona y de prestigio a esta unidad educativa.
4. Seas un alumno alegre y con tu sana alegría contagies a la sociedad en que vives
teniendo una actitud amistosa y acogedora con toda la unidad educativa.
5. Te esfuerces con seriedad y constancia por alcanzar el hábito del estudio.
6. Mantengas buena comunicación con tu familia y con la comunidad escolar.
7. Que cuides con amor, cariño y respeto todo lo que te rodea en el establecimiento.
8. Demuestres sencillez y sobriedad, convenciéndote de que los valores espirituales y
morales priman sobre los materiales.
9. Evites cualquier acción o conducta que perjudique tu salud y/o la de los demás.
10. Hables y actúes siempre con la verdad.
11. Tus actitudes y comportamiento, tanto en la escuela como fuera de él, sean el reflejo
de tu crecimiento personal.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
54
12. Trates de ser puntual en todo, hora de llegada, ingreso a la sala, entrega de tareas,
etc.
13. Te preocupes cuidadosamente de tu presentación personal (uniforme siempre
impecable y completo).
14. Tengas presente que el uniforme que llevas, identifica el establecimiento al que
perteneces y por lo tanto merece tu respeto y el de los demás.
15. Seas perseverante tratando de superar cualquier obstáculo que impida tu
aprendizaje.
16. Vivas y te comprometas cada día, con iniciativa, organización, responsabilidad y
entusiasmo en las experiencias del colegio; clases, tareas, investigaciones,
jornadas, académicas, actividades extra programáticas, etc.
17. Evites traer a la escuela objetos de valor, cantidad de dinero innecesaria y
elementos nocivos para la salud.
18. Cumplas responsablemente con tu deber de semanero. El aseo de tu sala y en
general de todo tu colegio es el reflejo de tu persona.
19. Aproveches tus clases utilizando adecuadamente el uso de celulares.
1. DEL UNIFORME
1.1 Tu uniforme comprende:
Damas:
- Falda diseñada por el colegio
- Camisera blanca
- Corbata diseñada por la escuela
- Zapatos negros
- Chaleco diseñado por el establecimiento
- Pelo tomado
- Medias verde
Varones
- Pantalón gris
- Camisa blanca
- Corbata diseñada por el colegio
- Zapatos negros
- Chaleco diseñado por la escuela
- Pelo corto
- Chaqueta de color verde
1.2 No se permitirá el uso de joyas, objetos valiosos, adornos, tatuajes, maquillajes, ni
uñas pintadas.
Los objetos valiosos retirados a los alumnos, deberán ser rescatados por su
apoderado el día siguiente.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
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1.3 No podrás vender ningún artículo dentro del establecimiento.
1.4 No se permitirá el uso de peinado, estilos, ni colores que vayan contra la seriedad y
sobriedad que deben caracterizar a los alumnos del establecimiento como por
ejemplo: Rapados, Colores exóticos o trenzas, varones con sus cabellos largo con o
sin adornos.
2. COMO ALUMNO (A) DE ESTE ESTABLECIMIENTO TENTRA DERECHO A :
Recibir una educación de calidad y un trato digno por parte de todos los estamentos de
esta unidad educativa.
- Ser escuchado y hacer valer tu opinión en todo aquello que tenga relación con tu
formación personal y pedagógica, exponiendo de manera respetuosa y
fundamentada.
- Participar de todas las actividades organizadas por el establecimiento y el centro de
alumnos que estén acordes a tu nivel de desarrollo e intereses.
- Ser estimulado en todas aquellas actividades en que te destaques, tanto a nivel de
curso como institucional.
- Recibir atención oportuna en caso de enfermedad o accidente escolar.
- Asistir a clases de reforzamiento.
- Recibir atención Psicopedagógica y/o psicológica si tu situación particular lo amerita.
- Formar parte del programa de integración escolar, en caso de discapacidad.
3. DE LOS HORARIOS – JORNADA MAÑANA Y TARDE
Llegarás puntualmente a clases:
Entrada a la Jornada: 08.30 horas
Salida de la Jornada: 15.50 horas
- En horas de entrada a clases, ingresarás de inmediato al establecimiento, para
evitar aglomeraciones en las cercanías del colegio y en la parte de entrada.
4. DE LOS ATRASOS
- El alumno que llegue atrasado a la primera hora de clases deberá presentarse a
Inspectoría y/o Encargado de Convivencia, donde se le registrará el atraso,
permitiéndole incorporarse a clases con un pase. Los atrasos serán acumulativos y
al tercero, el apoderado deberá presentarse a Inspectoría para justificar esta
irregularidad.
5. DE LOS PADRES Y APODERADOS
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
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Todo el alumno tendrá un apoderado responsable y mayor de 18 años, que vele por sus
estudios, asistencia, puntualidad, presentación personal y un desarrollo psicológico
saludable. Dentro de tus deberes y derechos están:
- Conocer y participar del Proyecto Educativo Institucional.
- Mantener una constante preocupación por el rendimiento y el desarrollo personal de
su pupilo.
- Asistir y justificar de forma anticipada por escrito o personalmente su inasistencia a
las reuniones de curso, pudiendo ser reemplazado por el apoderado suplente quien
será designado por el apoderado titular al momento de la matrícula.
- Asumir responsabilidad ante destrozos y/o deterioro de los bienes del colegio
causados por el pupilo.
- Proveer oportunamente los materiales y útiles escolares que su pupilo necesite o
dar aviso en caso de no poder hacerlo, para resolver la situación particular en forma
momentánea.
- Evitar solicitar permiso para retirar a su pupilo durante las horas de clases.
- Autorizar por escrito a los alumnos de primer ciclo que regresen solos a su hogar.
- Comunicar oportunamente a Inspectoría el cambio de apoderado, domicilio o datos
personales.
- Justificar la inasistencia a clases de su pupilo durante las horas de clases.
a) Un día, a través de la agenda
b) Dos días o más, en forma personal y presentando certificado médico si existiera.
c) Tener siempre una actitud deferente y de respeto frente a cada miembro de la
unidad educativa.
d) Concurrir al establecimiento cada vez que le sea solicitado y así mantener una
preocupación constante por su pupilo.
e) Seguir el conducto regular frente a cualquier consulta, conflicto o sugerencia
relacionado por
a) Asuntos pedagógicos y disciplinarios: Profesor Jefe y/o profesores de
especialidad.
b) Ausencias, atrasos y disciplina: Inspectoría
c) Situaciones de alumnos focalizados o con problemas de rendimiento: Unidad
Técnico Pedagógica.
d) Orientación familiar y/o desarrollo personal: Orientador
e) Situación Financiera: Sostenedor
f) Situaciones no resueltas por ninguno de los estamentos anteriores (previa
solicitud de una entrevista): Dirección
- Firmar el registro anecdótico luego de conocer las situaciones de su pupilo.
Como apoderado de este establecimiento tendrá los siguientes derechos:
- Ser escuchado en sus opiniones y/o sugerencias que vayan en directo beneficio del
proceso educativo.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
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- Ser recibido por todos los profesores del establecimiento para informarse de la
situación de su pupilo, haciendo eso de los horarios establecidos para ello.
- Participar de todas las actividades programadas para padres y apoderados:
Infocentro, Charlas, talleres, cursos, actividades recreativas y deportivas entre otras.
- Participar en la elección de sus representantes en el Centro General de Padres y
Apoderados.
- Frente a situaciones debidamente justificadas podrá retirar a su pupilo con el fin de
informarse de las calificaciones obtenidas y del informe de desarrollo personal.
- Solicitar asistencia en orientación familiar con los profesionales del establecimiento
según sea su caso.
6. REFUERZO POSITIVO
Alumnos:
Consecuente con el proyecto de este establecimiento, es que se entregarán
los siguientes estímulos:
- Alumnos destacados en rendimiento y desarrollo personal elegidos por el Consejo
de Profesores (un alumno por curso, cada año en el Acto Aniversario).
- Alumnos destacados en actividades locales, comunales, regionales y/o nacionales.
- Estimulo permanente en salas de clases a través del proyecto autoestima.
- Curso con mejor asistencia mensual, recibirá un premio.
Apoderado:
- Curso con mejor asistencia semestral a reuniones, recibirá un premio.
- Apoderados destacados en el voluntariado del colegio.
7. MEDIDAS DISCIPLINARIAS
Se consideran FALTAS LEVES las siguientes conductas:
- Uso de sobrenombres y disparates
- Conducta oposicionista
- Presentarse sin útiles, trabajos o deberes escolares
- No trabajar en clases
- Comunicaciones sin firma del apoderado
- Presentarse sin justificativo.
- Comer en sala de clases
- No usar el basurero, tirar basura
- Interrumpir el normal desarrollo de la clase (por ejemplo, pararse sin permiso, gritar,
etc.)
- Maquillarse, depilarse, pintarse y alisarse el pelo.
- Manipular objetos que no corresponden al desarrollo normal de la clase sin
autorización (revistas, juegos, cartas, etc)
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
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- No cumplir con los acuerdos y compromisos adquiridos con el grupo curso
- El docente podrá utilizar recursos tecnológicos en sus clases: data, Tablet, laptop
(PC), haciéndose responsable de éstos. El establecimiento no se hará cargo por
daño, pérdida o hurto de estos recursos.
- Se prohíbe la utilización de teléfonos celulares al interior de la sala de clases. El
establecimiento no se hace responsable por daños o pérdidas de estos aparatos.
- Atraso a la hora de colación.
SANCIONES ANTE FALTAS LEVES
Amonestación verbal y escrita. Esta última evidenciada en registro individual
del alumno y tipificando el tipo de falta según Reglamento de Convivencia.
Faltas Graves
RESPONSABILIDAD ESCOLAR: Horario, puntualidad y asistencia.
Atrasos
La puntualidad es un hábito que todos los alumnos y alumnas deben formar y adquirir para
toda la vida. El hábito de la puntualidad es necesario para la formación de la eficacia, la
responsabilidad y el orden. La puntualidad permite a alumnos y alumnas obtener
aprendizajes significativos.
El establecimiento tiene horarios determinados para su funcionamiento y atención. Estos
horarios permiten tener un orden, además que ayudan a la coordinación de las clases y
descansos de los miembros de la comunidad educativa
Ningún alumno o alumna atrasada puede ser devuelto/a su hogar.
Se consideran faltas graves, los siguientes atrasos:
- Atraso al inicio de la jornada escolar
- Atraso al inicio de cada clase
Daño a la propiedad del establecimiento educativo
Todos los integrantes de la comunidad educativa son responsables del buen uso de los
recursos que son parte del establecimiento escolar, así como de los bienes particulares de
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
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sus integrantes sin excepción. Teniendo en consideración que gran parte de los recursos
son herramientas para el aprendizaje, su cuidado y mantención es exigible a toda la
comunidad escolar.
- Destruir o dejar inoperable mobiliario, implementación tecnológica (laboratorios de
ciencias y tecnología)
- Destruir o dejar inoperable servicios higiénicos
- Destruir o dejar inoperable infraestructura o cualquier material que preste un servicio
educativo
- Destruir o dejar inoperable elementos de seguridad (redes húmedas, etc)
- Destruir o dejar inoperable cámaras de seguridad y/o vigilancia, timbre, entre otros.
- Destruir o dejar inoperables materiales didácticos o educativos facilitados a los
alumnos/as como instrumentos musicales, accesorios deportivos, etc.
- Daño a la propiedad de terceros
- Destruir o dejar inoperable vehículos, computadores, materiales de trabajo o
personales de cualquier miembro de la comunidad educativa y comunidad en
general.
- Acumulación de tres tipos de falta leves, constituye una falta de tipo grave.
Conductas inadecuadas en la sala de clases
- Gestos obscenos
- Insultar a compañeros, profesores o miembros de la comunidad educativa en
general
- Fugarse de la sala de clases permaneciendo en el establecimiento
- Realizar amenazas a cualquier miembro de la comunidad educativa o cualquier
conducta que devalúe moral, psicológica o físicamente a otra persona
- Grabar imagen y/o sonido total o parcial de clases, conversaciones públicas o
privadas sin el consentimiento respectivo
Conducta inadecuada fuera de la sala de clases
- Conducta inadecuada en actos, ceremonias y cualquier actividad oficial del
establecimiento.
- Insultar a compañeros, profesores o miembros de la comunidad educativa en
general
- Realizar amenazas a cualquier miembro de la comunidad educativa o cualquier
conducta que devalúe moral, psicológica o físicamente a otra persona
- Gestos obscenos
- Exhibir, transmitir grabaciones, fotografías que afecten o menoscaben la integridad
física y psicológica de cualquier integrante de la comunidad escolar por el medio de
difusión que sea.
- Realizar actos, omisiones o imprudencias temerarias que comprometan la
seguridad, actividad y salud de las personas y de sí mismos.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
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En relación a las evaluaciones o actividades sumativas y/o formativas
- Copiar en una evaluación de la forma y por el medio que sea
- Negarse a realizar una evaluación oral o escrita
- Uso indebido del instrumento de evaluación o formativo. Rayar, romper, arrugar.
Escribir mensajes, fotografiar, suplantar identidad, plagiar y/o adulterar
- No devolver la evaluación cuando corresponda
SANCIONES ANTE FALTAS GRAVES
Amonestación escrita en Libro de Clases ,tipificando el tipo de falta
establecido en Reglamento de Convivencia
Derivar casos a inspectores de patio e Inspector General, si procede a la
suspensión del alumno.
Informar mediante citación al apoderado.
Solicitar colaboración a redes de apoyo.
Faltas Gravísimas
Mal uso de documentación pública y privada
- Alteración, adulteración, falsificación, destrucción, inutilización, sustracción de
documentos, informes, libros de clases, licencias médicas, certificados de diferente
índole, etc.
Abandono de actividades escolares
- Fuga del establecimiento
Toda conducta y/o acto que vaya en contra de la legalidad existente, tales como:
- Hurto y/o robo de cualquier artículo personal, escolar y/o institucional del
establecimiento o de algún miembro de la comunidad en general.
A CONTINUACION, SE NOMBRAN LAS SIGUIENTES:
- Todos los comportamientos y actitudes que atenten contra la integridad física y
psicológica de los miembros de la comunidad educativa, agresiones sostenidas en
el tiempo, conductas tipificadas como delito. Ejemplos: robo, abuso sexual, consumo
y tráfico de drogas, el acoso escolar, entre otros.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
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- Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia a cualquier miembro de la unidad
educativa.
- Confabular una destrucción del edificio y sus bienes, solo o con otras personas,
produciendo incendios o destrucción total de libros de clases, registros escolares y/o
bienes.
- Inasistencia a clases, cometiendo engaños a su apoderado o a funcionarios del
establecimiento. (no asiste al colegio, no está en la casa)
- Fumar dentro del establecimiento o en las inmediaciones del mismo.
- Comportarse de manera incorrecta en la vía pública y en medios de Transporte,
usando el uniforme del colegio, desde y hasta el establecimiento y que tengan
repercusiones para la comunidad educativa o que involucren a otros miembros de
ésta: peleas en grupo, consumo de alcohol o drogas, rayado o destrucción de
bienes públicos o privados.
- Ser sorprendido en actos de índole sexual dentro del establecimiento educacional.
- Ante la repetición de una falta grave, ésta será considerada como gravísima.
SANCIONES ANTE FALTAS GRAVISIMAS
Registro de falta en Libro de Clases, por el docente que corresponda o Inspector
correspondiente.
Citación al apoderado y suspensión de clases hasta tres días consecutivos o en su
defecto hasta 15 días hábiles mientras dure una investigación de parte de Inspectoría
General.
Ante faltas de carácter gravísimo ,serán activados protocolos de Reglamento de
Convivencia :
o Abuso sexual
o Consumo y tráfico de drogas
o Bullying
o Agresión física
o Uso y porte de armas.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
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8. SANCIONES
Según el tipo de falta, las medidas a aplicar a los estudiantes que no cumplan con el
Reglamento Interno del establecimiento, son las siguientes:
Pedagógicas Reparatorias Disciplinarias
Refuerzo Pedagógico Trabajo comunitario escolar Diálogo correctivo
Actividades Pedagógicas Disculpas públicas y/o privadas
Amonestación verbal
Derivación a profesionales Reparación o reposición del daño
Amonestación escrita
Cambio de curso Asistencia a redes (derivaciones).
Firma de Compromiso
Acompañamiento en aula Citación a apoderados
Firma de Compromiso No participación en actividades
Suspensión
Condicionalidad de matrícula
Cancelación de matrícula
Expulsión
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
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9. SANCIONES
PLAN DE ACCIONES REMEDIALES
Los alumnos (as) que avanzado el período escolar presentan en sus hojas de vida
observaciones que constituyen faltas al Reglamento de Convivencia Escolar, serán
entrevistados por su profesor (a) jefe quien registrará los compromisos y remediales que
acuerde con el alumno (a).
Junto con las acciones de orientación, serán implementadas acciones pedagógicas
tendientes a superar las dificultades que ocasionadas por la situación conductual o
emocional de alumno (a) incidan en una disminución de su rendimiento académico. Estas
acciones serán tomadas según indicaciones de la U.T.P. en los casos debidamente
calificados previa información al consejero de profesores del curso y profesor (a) jefe.
PROCEDIMIENTOS DE RESTITUCIÓN
El propósito de nuestro establecimiento para con los alumnos y alumnas focalizados
por problemas conductuales, es ayudarlos a enmendar tales situaciones, a través del
fortalecimiento de actitudes positivas mediante un programa elaborado por el Departamento
de Orientación y aplicado por los profesores, orientadora y psicóloga del establecimiento si
el caso lo amerita.
Como estrategias reconstructivas de la autoevaluación del alumno se considerarán
los siguientes procedimientos:
Pedagógicos:
- Asistencia en horario extraordinario a cumplir programa de refuerzo.
- Aplicación de técnicas de estudio para mejorar su desempeño en el quehacer
educativo.
Desarrollo Personal:
- Ayudantía en sala de clases.
- Ubicación estratégica en sala de clases.
- Estímulo permanente y refuerzo positivo.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
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- Incentivar la participación en los diversos talleres extraescolares que ofrece el
establecimiento.
- Contacto permanente de la familia con la escuela.
- En algunos casos debidamente calificados y en acuerdo con los padres, se les
asignarán trabajos como ayudantías en biblioteca, inspectoría y otros.
En caso de aplicar medidas excepcionales como cancelación de matrícula, extrema
violencia y expulsión del estudiante, se procederá a la aplicación de procedimiento AULA
SEGURA (Artículos N° y 3 de Ley N°21.128 de 27 /12/2018 de MINEDUC)
RECURSOS Y DERECHO A APELACIÓN.
Ningún tipo de sanción será impuesta a un alumno(a), sin que se le explique con
claridad en qué consiste la falta y las implicaciones de su comportamiento, dándole
oportunidad de explicar y/o justificar las conductas o hechos presentados. El alumno o
alumna que sea objeto de una acusación, tendrá derecho a:
1. Que se presuma su inocencia hasta que se pruebe su responsabilidad.
2. Que las acciones apunten a la formación del/la estudiante.
3. Que el/la estudiante pueda argumentar sus actuaciones y desvirtuar las
afirmaciones hechas en su contra, por sí mismo(a) o por sus padres y/o demás
personas.
4. Conocer ampliamente las normas, procesos y procedimientos que le serán
aplicados.
5. Controvertir las decisiones tomadas por el establecimiento en los casos en que haya
lugar.
6. Estar acompañado(a) durante sus descargos por sus padres y/o tutores, y si lo
amerita la situación, algún representante del curso.
7. Que la estrategia correctiva guarde siempre la debida proporcionalidad con la falta
cometida.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
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DERECHO A APELACIÓN.
Es el derecho de un(a) estudiante o cualquier integrante de la comunidad educativa,
a una evaluación transparente y justa, a conocer todas las acciones que se desarrollan para
investigar el hecho, y a apelar cuando lo considere necesario.
Su apelación, siempre debe ser escuchada y considerada. Contra las acciones correctivas
o sanciones por faltas leves no procede ninguno de estos recursos, pero el/la estudiante
podrá manifestar su inconformidad verbalmente o por escrito a quien impuso la sanción.
Todas las partes tendrán la posibilidad de recurrir fundadamente en contra de la
resolución adoptada por el Consejo o autoridad competente, dentro de un plazo razonable.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
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REGLAMENTO INTERNO DE ORDEN, HIGIENE Y SEGURIDAD DE LOS
TRABAJADORES
En conformidad a la normativa legal se ha elaborado el siguiente documento
conteniendo las disposiciones emanadas de la circular emitida por la dirección del trabajo.
1. Horario:
a) Los profesores deberán cumplir el horario estipulado según sus horas de contrato o
anexo de contrato.
b) El personal para docente, administrativo, de aseo y otros servicios, cumplirán las 44
horas de contrato de acuerdo al horario estipulado para cada función.
2. Remuneraciones
a) Los profesores recibirán su remuneración según sus horas de contrato y el valor de
la hora será fijada en el mes de Diciembre del año anterior.
b) El resto del personal recibirá sus remuneraciones de acuerdo a lo pactado y recibirá
el reajuste legal cada año.
c) El pago de remuneraciones para todo el personal se hará a través de una tarjeta
red-banc el último día hábil de cada mes.
d) Las Horas extraordinarias destinadas a capacitación no tendrán derecho a
remuneración (art. 181 códigos de trabajo).
e) Se descontará al trabajador del sueldo mensual, el tiempo sin trabajar debido a
atrasos e inasistencias que no hayan sido debidamente justificadas.
f) El personal podrá comprobar el cumplimiento en el pago de cotizaciones
previsionales acudiendo personalmente a las entidades correspondientes.
g) Existirán otros beneficios como estímulo a la labor docente y serán fijados por el
sostenedor.
3. Normas Generales para los trabajadores:
El trabajador que ingrese a este establecimiento deberá:
a) Cumplir con el horario establecido y en el buen uso del libro de asistencia.
b) Mostrar conducta intachable y que enorgullezca a la institución.
c) Demostrar aptitud de competencia y preparación.
d) Tener salud compatible con el trabajo a realizar.
e) Poseer y comprobar mediante los correspondientes certificados, los estudios que
sean necesarios para desempeñar un determinado cargo.
f) Presentar certificado de antecedentes que compruebe no estar procesado por algún
delito.
g) Desempeñar su labor con diligencia y colaborar con la buena marcha de la
institución.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
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h) Respetar el establecimiento y a sus representantes en su persona y dignidad,
actuando en todo momento con la debida lealtad.
i) Mantener en todo momento relaciones deferentes con sus jefes, compañeros de
trabajo, padres y apoderados y alumnos.
j) Velar por el establecimiento, evitando pérdidas, mermas, trabajo deficiente y lento y
gastos financieros.
4. Obligaciones específicas para los docentes
a) Conocer, aceptar y comprometerse en el proyecto educativo institucional del
establecimiento.
b) Velar por el aseo y ornato de la sala que ocupa.
c) Mantener al día el libro de clases procurando orden y limpieza.
d) Usar vestimenta formal, apropiada a la labor desempeñada.
e) Participar en actividades de aniversario, educativas, religiosas y culturales, que
organicen el establecimiento.
f) Citar y atender a los apoderados en el horario establecido.
g) Proyectar un modelo orientador y formador del proceso educativo.
h) Planificar anual y semestralmente dentro de los plazos establecidos.
i) Apagar teléfonos celulares en horas de clases.
j) Confeccionar libretas de notas, certificados, informes y actas de calificaciones.
k) Asistir a jornadas de reflexión y capacitación, convocadas por MINEDUC.
l) Mantener permanentemente informada a la Dirección de su quehacer y/o
necesidades.
5. Prohibiciones para el trabajador
a) Faltar al trabajo o abandonarlo sin el permiso correspondiente.
b) Suspender ilegalmente las labores o inducir a otros a tal comportamiento.
c) Atentar contra la moral y las buenas costumbres.
d) Presentarse al trabajo en estado de intemperancia bajo la influencia del alcohol, de
drogas o estupefacientes.
e) Efectuar comercio dentro del establecimiento.
f) Utilizar las dependencias o equipamiento del establecimiento en beneficio personal.
g) Debido al carácter personal que implica el contrato de trabajo se establece la
prohibición de comentar aspectos relativos a remuneraciones.
6. Sanciones que se aplicarán al personal por infracciones al presente
reglamento.
a) Amonestación verbal en 1º instancia.
b) Amonestación escrita registrada en su hoja de vida.
c) Amonestación escrita con copia a SLEP.
d) Término del contrato por faltas graves o sucesivas.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
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NORMATIVAS DE PREVENCIÓN DE HIGIENE Y SEGURIDAD QUE DEBE
CUMPLIRSE EN EL ESTABLECIMIENTO.
1. Corresponderá al Sostenedor, el proporcionar oportunamente, los recursos
adecuados y necesarios al establecimiento con el fin de evitar accidentes que
puedan lesionar al personal, a los alumnos (as) y/o producir daños materiales junto
a esto mantener el programa de fumigación al día.
2. La dirección del establecimiento y el comité paritario tendrá a su cargo el orientar a
la comunidad escolar sobre la correcta interpretación y aplicación de las normas que
imparta el Ministerio de Educación y/o del trabajo.
3. Los profesores a su vez deberán conocer los principios básicos de prevención de
accidentes escolares y de esta forma velar por la salud e higiene y seguridad.
4. Inspectoría tendrá la tarea de planificar, realizar y participar de la operación
Francisca Cooper.
El personal en general deberá:
1. Saber usar extintores de incendios y conocer su ubicación en el establecimiento.
2. Conocer las vías de circulación y/o evacuación debidamente señalizadas dentro del
establecimiento.
3. Evitar correr en forma apresurada y distraída.
4. Trasladar mobiliario y materiales con las debidas precauciones.
5. No dejar al alcance de los alumnos elementos tóxicos o de aseo.
6. Comunicar a la Dirección cualquier situación anormal o desperfecto en las
dependencias que pueda causar algún accidente.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
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PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD ESCOLAR (PISE)
“COMITÉ DE ORGANIZACIÓN Y PLANIFICACIÓN PARA LA SEGURIDAD ESCOLAR”
El Plan Integral de Seguridad Escolar(PISE) es un instrumento articulador de los variados
programas de seguridad destinados a la comunidad educativa ,aportando de manera
sustantiva al desarrollo de una Cultura Nacional de Prevención ,mediante la generación
de una conciencia colectiva de autoprotección.
INTEGRANTES:
Directora: Srta. Margarita General Torrejón
Coordinador General: Sr. Caleb Cabré Bobadilla
Representante de Profesores: Srta.Daniela Aracena Tapia
Representante del Centro de Padres y Apoderados: Sra. Carolayn García Gallardo
Representante del Centro de Alumnos: Srta. Yenderline Plaza Sierralta
Representante de los Asistentes de la Educación: Sra. Sandra Robles Hidalgo
OBJETIVO
Organizar y planificar las estrategias de seguridad dentro y en el entorno del
establecimiento con el fin de proteger a la comunidad educativa de eventuales peligros,
tanto por fenómenos naturales como por instancias humanas.
RESPONSABILIDAD Y SUS FUNCIONES:
Directora: Responsable definitivo de la seguridad escolar en la unidad educativa, preside y
apoyo al Comité y a sus acciones.
Coordinador General: Es el representante del Director y coordina todas las acciones del
Comité, como por ejemplo:
Lograr que el Comité con pleno acuerdo para aprovechar sus potenciales y recursos.
Instalar mecanismos efectivos de comunicación con todos los estamentos.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
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Mantener permanentemente el contacto con las unidades de Bomberos,
Carabineros y de Salud del sector, como apoyo a la prevención, educación,
preparación, ejercitación y atención, en caso de ocurrir una emergencia.
Representante del Profesora, Alumno, Apoderado y Paradocente: Deberán aportar su
visión desde sus correspondientes roles en relación a la comunidad educativa, cumplir con
las acciones y tareas que el Comité determine y proyectar o comunicar estas a sus
respectivos representados.
Encargado de activar Plan de Emergencia
1) Dar orden de inicio: Margarita General Torrejón
Caleb Cabré Bobadilla
2) Orden de alarma: Norma Tabilo Sepúlveda
(Megáfonos)
Caleb Cabré Bobadilla
3) Contacto Emergencias Silvia Orrego Guerra
A otras instituciones: Carolina Guzman Saavedra
4) Encargado de Cortar Gas: Manipuladoras
5) Encargado Zona Seguridad I: Caleb Cabré Bobadilla
(Estacionamiento)
6) Encargada Zona Seguridad II: Programa Integración Escolar(PIE)
(Patio Cívico)
7) Encargada Zona III: Profesor de Educación Física
(Cancha)
8) Encargado confirmar evacuación: Margarita General Torrejón
Caleb Cabré Bobadilla
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
71
Representantes de Bomberos, Carabineros y Salud: Constituyen instancias de poyo Técnico
al comité. La participación formal y oficial de ellos deberá ser protocolizada por el Director
del establecimiento.
Representantes de otros organismos: Deberán ser invitados por el comité a formar parte
de este grupo, para que sea efectivo su aporte técnico ante cualquier emergencia.
TAREAS ESPECÍFICAS DEL COMITÉ.
Proyectar su misión a todo el establecimiento, sensibilizando y socializando estas
tareas.
Instalar acciones integrales para los estamentos.
Recabar o recopilar información sobre los riesgos y peligros al interior del
establecimiento y entorno o área en que esta situado.
Lograr una completa visión de lo que puede ocurrir y evitar que ello ocurra.
Identificar las amenazas, hechos o fenómenos que pueden llegar a provocar daños,
que pueden ser :
a. De origen natural: sismos, inundaciones, tsunamis o maremotos, erupciones
volcánicas, aluviones, etc.
b. Provocadas por el hombre voluntaria o involuntariamente: accidentes de transito,
incendios, accidentes eléctricos, infraestructura o construcción, etc.
ARTICULACIÓN Y DISEÑO DEL PLAN
Objetivo: Desarrollar estrategias para asegurar a la comunidad escolar la integridad física y
psicológica, de los posibles riesgos que presenta el lugar donde se desempeña las
actividades escolares.
ACTIVIDADES:
Reuniones periódicas del comité para revisar los estados de avance, respecto de las
tareas emprendidas.
Formar comisiones en cada aula para verificar riesgos y lograr una organización para
eventuales desalojos.
Determinar zonas de seguridad en el local del colegio para la organización de las
evacuaciones.
Calendarizar los ejercicios de simulacro de evacuación y seguridad ante un evento de
origen natural o provocados por el hombre.
Implementar los recursos mínimos en el caso de emergencias.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
72
Mantener una comunicación fluida con las instituciones de apoyo ante cualquier
emergencia.
Evaluar semestralmente el trabajo de las distintas comisiones.
Confeccionar las señaléticas correspondiente respecto a zonas de peligro.
Determinar acciones de prevención frente a accidentes escolares.
Determinar acciones de primeros auxilios frente a estos mismos.
Proveer las alarmas distintivas para la identificación de las emergencias.
Revisión periódica de elementos de apoyo 8extintores) para su buen uso.
Promover una cultura de la seguridad a través de charlas, exposiciones y video o la
presencia de algún especialista.
Difundir un glosario referido a la seguridad para una mejor comunicación ante una
emergencia.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
73
CRONOGRAMA MENSUAL DE SEGURIDAD ESCOLAR
Días/ semana Actividades Producto Recurso responsables
Simulacro de
Tsunami
Participar de
todos los
alumnos y
personal de la
escuela
acudiendo a las
zonas de
seguridad.
Eficiencia en la
evacuación en
el menor
tiempo posible.
Megáfonos.
Personal.
Alumnos.
Comité
Paritario.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
74
PROGRAMA DE CAPACITACION DE MANEJO Y USO DE EXTINTORES.
OBJETIVO:
Instruir a los diferentes estamentos que conforman la escuela Juan Pablo II, para luego ser
capaces de responder las preguntas que se plantean sobre el desarrollo y ataque del fuego.
¿Qué es un amago y un incendio?
¿Qué componentes dan forma a un incendio?
¿Qué tipos de incendios existen?
¿de que formas puedo extinguir un incendio?
¿Qué es un extintor?
¿Qué tipo de extintores corresponde a cada tipo de incendio?
¿Cómo se usa el extintor?
Responsables:
Tendrán la misión de gestionar cada una de las actividades a realizar para llevar a cabo el
Programa de Capacitación, dividiéndose los trabajos de comité de seguridad, en este caso
los responsables son:
Equipo de Gestión
Dirección
Comité Paritario
Actividades
Programar una reunión de comité de seguridad para plantear el desarrollo de este
programa y asignar los responsables. En esta reunión se deberá discutir:
Seleccionar a las personas que se van a capacitar y el numero de ellas. Estas deben
ser diferentes en cada capacitación.
Discutir y seleccionar el lugar físico donde se desarrollara la capacitación y sus
implementos necesarios para la dicha ocasión.
Seleccionar la persona indicada o el organismo publico que tenga conocimiento y
dominio del tema el cual hará entrega de la capacitación.
Nombrar a la(s) persona(s) para elaborar el material de apoyo que será para los
participantes (tríptico y/o volantes)
a. Citación a las personas seleccionadas.
b. Confirmación de la asistencia de todos los miembros a la charla.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
75
c. Realización de la charla.
Participantes
Participan personas u organismos públicos competentes en la materia, alumnos, profesores,
apoderados, directivos, miembros del comité de seguridad y auxiliares.
Producto o resultado a obtener
Sala de clases o Auditorium.
Extintores
Volantes y/o trípticos
Afiches educativos.
Retro-Proyector o Data Show
Cartón y Madera.
FECHA DE INICIO Y DE TÉRMINO
Se deberá realizar en los dos semestres si se quiere abarcar a toda la escuela. La gestión
para el desarrollo de las actividades deberá durar lo máximo un mes.
Observaciones.
Una vez terminada la actividad, se deberá colocar las observaciones más importantes a
rescatar de la experiencia efectuada.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
76
CRONOGRAMA
Actividades/
tiempo semanas
Marzo
1234
Abril
1234
Mayo
1234
Junio
1234
Agosto
1234
Sept
1234
Octubre
1234
Nov
1234
Programar reunión
de comité
X x x x x X
Realización de la
reunión
X x X
Invitar a la persona
encargada de
capacitar
Prev.
De
riesgo.
Entrega de
capacitación a los
participantes
Entrega de los
volantes y/o
trípticos al comité
confirmación de la
asistencia
Acondicionamiento
de la sala
Realización de la
capacitación
Control
NOTAS
1. En la sección de los participantes se deberá considerar alumnos de 3º a 8º,
apoderados de 1º a 8º, profesores y auxiliares.
2. Los responsables del programa de capacitación, deben delegar a los profesores jefes
de los cursos participantes, la copia del volante o tríptico en las cantidades
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
77
necesarias, como también en motivar la cooperación en la recolección de
materiales.
3. El comité va elegir los responsables de controlar las actividades, deberá considerar
que: una persona se encargara de gestionar la recolección de los materiales a
utilizar, otra de encontrar e invitar a o los capacitadores y otra en invitar a los
alumnos y apoderados.
4. La directora del establecimiento deberá decidir la forma en que se costearan
aquellos materiales que representan costos.
Realizar una segunda reunión para discutir y analizar los riesgos y los recursos
encontrados en la investigación en terreno, otorgándolos de la debida priorización;
ya sea por actor tiempo o el impacto o gravedad del daño que pudiera presentar.
Nombrar a las personas que se encargan de la elaboración del mapa de
microzonificación de riesgos y recursos, donde deben quedar registrados los riesgos
y recursos descubiertos en el establecimiento.
Modificación del plan especifico.
Participantes
Participaran los alumnos, profesores jefes, apoderados y directivos.
Producto o resultado a obtener
El producto será actualización del mapa microzonificación de riesgos y recursos del
establecimiento y su entorno.
Recursos materiales asignados.
Personas (Alumnos, Apoderados, Profesores y Directivos)
Listas de verificación de riesgos y recursos.
Tiempo.
Fecha de inicio y termino.
Se dará inicio en el mes de abril para finalizar de acuerdo a lo planificado por el comité de
seguridad escolar. Este programa en común se realizara una vez al año.
Observaciones
Sólo se entregará lista de verificación a los profesores responsables de cada curso (jefe), sin
embargo, el profesor de educación física complementara la lista de verificación con
referencia a los riesgos y recursos del patio y del exterior del establecimiento.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
78
El comité dispondrá el como será entregadas y completadas las listas de verificación que se
les entrega a los apoderados.
CRONOGRAMA
Actividades/tiempo Marzo Abril Mayo Junio Agosto Sept Oct Nov
Semanas
Programar reunión
de comité
Realización de la
reunión
Entrega de lista de
verificación
Investigación en
terreno
Entrega de las listas
al comité
Segunda reunión de
comité
Elaboración de
mapa
Control
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
79
Fecha de inicio y término.
Las fechas de inicio y término de este programa en cada semestre, será establecido por el
Comité de Seguridad Escolar, tomando en consideración la importancia de realizar estas
acciones.
Observaciones
La responsabilidad de los apoderados de informar condiciones anormales externas
en el establecimiento, será una acción, espontanea de descubrimiento en su
trayecto a la escuela y no quiere decir que inspeccionaran detalladamente el
entorno.
El comité hallará la forma más apropiada de comunicar las actividades a los
estamentos mencionados como responsables, sin embargo, el comité de seguridad
escolar como entidad, deberá cumplir las actividades aquí nombradas, de acuerdo a
lo establecido en el programa AIDEP.
CRONOGRAMA
Actividades/tiempo Marzo Abril Mayo Junio Agosto Sept Oct Nov
Semanas
Programar reunión
de comité
Realización de la
reunión del comité
Comunicación de
desarrollo del
programa
Inspección del
punto a
Inspección del
punto b
Inspección del
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
80
punto c
Inspección del
punto d
Control
NOTA
El comité designara quien o quienes de los responsables desarrollaran cada una de las
actividades antes mencionadas.
Programa de Inspección.
Objetivo
Tiene como propósito, descubrir condiciones subestandares que puedan provocar daños a
las personas y perdidas de materiales. Por consecuencia, llevara aplicar medidas de control
para eliminar y/o reducir el riesgo.
Responsables
El comité de seguridad escolar, será el responsable de que este programa de inspección se
ejecute como sigue.
1. Los profesores, en general son responsables de avisar, de inmediato al descubrir,
cualquier condición subestandar a la dirección.
2. Los auxiliares son responsables de avisar, de igual manera que los profesores a la
dirección.
3. Los apoderados, en general, son responsables de comunicar a la dirección, de
cualquier condición subenestandar externa al establecimiento, que pueda provocar
daño a la integridad de los alumnos y de ellos mismos.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
81
Actividades
Las actividades señaladas, deben realizarse periódicamente (mínimo 3 veces al mes) por los
responsables nombrados en los puntos 1,2 y 3 según corresponde.
a. Se debe inspeccionar los equipos eléctricos, enchufes, interruptores y focos de
ampolletas de las salas de clases, laboratorios, baños y cocina.
b. Se debe inspeccionar las instalaciones a gas como calefón, cocina y los galones
propiamente tal.
c. Se debe inspeccionar los juegos infantiles dando mayor priorización a los cursos
menores.
d. Se debe inspeccionar la infraestructura general del establecimiento para advertir de
cualquier condición de deterioro que pueda provocar daños a las personas o
pérdidas de los mismos.
Resultado
El resultado a obtener son menos accidentes provocados por condiciones subestandares en
el establecimiento, tanto internas como externas, por ende, un lugar mas seguro para todos
los integrantes del colegio.
PROGRAMA DE SENSIBILIZACIÓN.
Objetivo.
Tiene como propósito educar a los alumnos y apoderados a evitar conductas o actos
subestandares que puedan provocarles daños a su propia persona y a los demás.
Responsables
De las actividades aquí nombradas, el comité determinara el lugar y el tiempo para
realizarlas, ejemplo de ello es efectuarla en los “consejos de curso”.
a. Charlas Educativas: En estas charlas solo serán dadas a los alumnos del
establecimiento con sus respectiva entrega del folleto o tríptico, sin embargo, el
comité designara a los niveles curso que participaran, los títulos a tratar son:
Evitar fuegos intencionales.
Evitar juegos bruscos y caídas.
Evitar accidentes en la calle.
El correcto uso de los equipos eléctricos.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
82
El correcto uso de las sustancias peligrosas.
b. Entrega de trípticos o folletos educativos a los apoderados: la entrega de estos,
podrán realizarse en las reuniones de apoderados, y los títulos a tratar son:
Evitar accidentes de transito
Evitar enfermedades infecciosas y parasitarias.
Fecha de inicio y termino
Las fechas de inicio y término de este programa en cada semestre, será establecida por el
comité de seguridad escolar, tomando consideración la importancia de realizar estas
acciones.
Observaciones
Si fuese necesario, se puede pedir ayuda de material para la realización de las actividades a
los organismos públicos correspondiente o a alguna persona competente en la materia.
CRONOGRAMA
Actividades/tiempo Marzo Abril Mayo Junio Agosto Sept Oct Nov
Semanas
Programar reunión
de comité
Realización de la
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
83
Programa de orden y aseo
Objetivo
Mejorar las condiciones ambientales del establecimiento, específicamente en el patio, con
el fin de evitar accidentes e incidentes que puedan causar daño tanto en las personas como
a la propiedad, desarrollando una actitud positiva hacia el orden y aseo en los alumnos.
reunión del comité
Realización de los
folletos o trípticos
Charla para evitar
juegos bruscos
Charla para evitar
accidentes en la
calle
Charla para el uso
correcto de equipo
eléctrico
Charla para
correcto uso sust.
Peligrosas
Entrega tríptico o
folleto para evitar
enf. Infecciosa y
parasitarias
Control
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
84
Responsables.
El comité de seguridad escolar es responsable de desarrollar el siguiente programa como
sigue:
1. Deberá designar a los integrantes del comité que estarán a cargo de controlar las
actividades de este programa.
2. Deberá establecer el método de desarrollo del programa, un ejemplo de método es
que al finalizar la clase de educación física el profesor motive a los alumnos a
ordenar y limpiar el patio del establecimiento, independiente si la clase se desarrollo
en él.
3. Los responsables designados por el comité deberán actuar como sigue:
Encomendar la tarea al curso que designe los responsables del comité, según lo
planificado para ellos mismos. Se deberán designar tres cursos para el desarrollo de
cada actividad establecida en el plan durante un día a la semana.
Verificar la realización de la tarea.
Actividades
Las actividades que a continuación se establecen pueden desarrollarse, en conjunto,
durante todo un mes, es decir, una actividad por cada semana, planificada y
organizadamente según lo programado por el comité en el cronograma.
1. Acciones de orden y aseo en el patio: esta actividad la pueden realizar todos los
alumnos del colegio, excluyendo los cursos menores de 5º año básico.
2. Acciones de orden y aseo en las salas y laboratorio: esta actividad la realizaran
todos los alumnos excluyendo los cursos menores a 5º básico.
Participantes
En el desarrollo de las diferentes actividades participara:
Alumnos
Profesores
Auxiliares
Producto o resultado a obtener.
El resultado a conocer es un lugar agradable, optimo y seguro para realizar actividades
normales de docencia y recreación.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
85
Fecha de inicio y termino.
El comité establecerá la fecha de inicio y termino de este programa de orden y aseo, sin
embargo es indispensable que sea activo durante tres semanas al mes como mínimo
Observaciones.
Las acciones de orden y aseo en las salas de clases, laboratorios, baños, cocinas y otros
lugares del establecimiento son de total responsabilidad del personal de aseo y orden de la
escuela. Las actividades mencionadas son exclusivamente para fomentar en los alumnos
una cultura preventiva en la auto protección de ellos mismos, lo que significa que ellos no
son responsables directos del orden y aseo del establecimiento.
CRONOGRAMA
Actividades/tiempo Marzo
1234
Abril
1234
Mayo
1234
Junio
1234
Agosto
1234
Sept
1234
Oct
1234
Nov
1234
Semanas
Acciones de orden y
aseo en el patio
Acciones de orden y
aseo en salas y
laboratorios
Control
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
86
PROGRAMAS DE RESPUESTAS ANTE
EMERGENCIAS
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
87
PROGRAMA OPERATIVO DE RESPUESTAS ANTE EMERGENCIAS
Objetivo
Proporcionar a cada uno de los estamentos que componen el establecimiento la
información necesaria para:
Reconocer una emergencia.
Responder coherente y adecuadamente a las diversas emergencias.
Establecer las medidas especificas que deben tomarse para cada emergencia,
definiendo cuando, como y bajo que condiciones deben adoptarse.
Responsables
El comité de seguridad escolar, tendrá la misión de gestionar cada una de las actividades
realizar para llevar a cabo el programa operativo de respuestas ante emergencias, en este
caso, se designara tres personas responsables de realizar tales actividades y fomentar la
participación de los diferentes estamentos del establecimiento.
Actividades
Estudiarán y analizarán, detalladamente la información contenida en los planes de
emergencia.
Difundirán a cada uno de los estamentos, las responsabilidades y procedimientos a tomar
en cada caso de presentarse una emergencia. Esta difusión se realizara como sigue.
Los profesores se les explicara los planes de emergencia y procedimientos a seguir
en caso de un fenómeno adverso, en las reuniones de profesores.
A los alumnos se les explicara los procedimientos a seguir en caso de emergencia
según lo disponga lo planificado por el comité de seguridad.
Se deberá programar y realizar simulacros o simulaciones de sismos y terremotos e
incendios para comprobar la efectividad del plan y corregir los posibles errores.
Para ellas se deberá coordinar la fecha de realización con los organismos públicos
(bomberos, Carabineros, Ambulancias)
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
88
CRONOGRAMA
Actividades/tiempo Marzo Abril Mayo Junio Agosto Sept Oct Nov
Semanas
Programar reunión
con comité
Estudiar y analizar
los planes de
emergencia
Reunión de
profesores
Difusión de
procedimientos de
simulacros
Simulacro
terremoto
Simulacro incendio
Control
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
89
PLAN DE ATAQUE PARA INCENDIO
Objetivo
Crear una coordinación en los diferentes estamentos involucrados para lograr controlar un
posible ataque de incendio en los distintos lugares del establecimiento.
Clasificación del tipo de incendio
Para la coordinación eficiente de los diferentes estamentos del establecimiento,
consideraremos los siguientes tipos de alarmas.
Alarma 1 se utilizará cuando el tipo de incendio se pueda controlar con los recursos
del establecimiento. El recurso a aplicar será los extintores y se aplicaran de acuerdo
a los procedimientos establecidos en el presente plan.
Alarma 2 se utilizara cuando el tipo de incendio no se pueda controlar con los
recursos del establecimiento, en este caso se necesitara la ayuda del cuerpo de
bomberos.
Responsabilidades
Será responsabilidad de la Directora del establecimiento mantener los medios y recursos
disponibles para un eventual ataque de incendio, como también de mantener capacitados
y entrenados los diferentes estamentos que componen el establecimiento incluyendo
auxiliares.
Todos los profesores por su parte, tendrán la responsabilidad de coordinar a los alumnos y
de controlar la eventualidad de un ataque de incendio para asegurar la eficiencia del plan.
Procedimiento
El o los alumnos que detecten un incendio o un fuego descontrolado deberán
proceder como sigue:
a. Deberán dar la alarma a los estamentos mayores del establecimiento indicado el
lugar preciso del siniestro. En ningún momento los alumnos deberán controlar el
incendio para no poner en riesgo su vida.
b. Los alumnos deberán dirigirse a la zona de seguridad mas alejada del siniestro,
establecida de acuerdo a la coordinación estipulada por los profesores.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
90
Los profesores, paradocentes y auxiliares que detecten un incendio o un fuego
descontrolado deberán proceder como sigue:
a. Deberán dar alarma a los demás profesores para que coordinen la evacuación de los
alumnos del lugar del siniestro.
b. Deberán cerrar las puertas y ventanas del lugar del siniestro tomando todas las
medidas preventivas necesarias.
c. Deberán atacar el incendio con los medios disponibles en el establecimiento
(extintores)
d. Deberán avisar a la dirección a través del mejor medio disponible.
En caso de incendio declarado
a. La directora del establecimiento dará la orden de cortar el suministro de energía
eléctrica.
b. Llamara al cuerpo de bomberos (compañía de bomberos), indicando claramente el
lugar y tipo de siniestro.
c. Llamar al servicio de emergencia del hospital.
d. Mantendrá atención en el teléfono.
e. Decidirá la evacuación de los alumnos fuera del establecimiento si la magnitud del
incendio lo requiere.
En caso de ausencia de la directora, el representante inmediato tomara cargo de
estas actividades.
Secretaria / portería
a. Activara la alarma de emergencia dos.
b. Concurrirá al lugar del siniestro, tomando las medidas preventivas necesarias para
mantener comunicada a la directora de los acontecimientos.
c. Estará encargada de abrir los portones y vías de evacuación para la expedita salida
de los alumnos y el fácil acceso de cuerpo de bomberos y ambulancias.
Profesores y paradocentes
a. Atacaran el área de fuego usando los extintores.
b. Trataran, tomando las medidas preventivas necesarias, de remover al máximo de
material combustible.
c. Serán responsables de decidir hasta que punto pueden extinguir el fuego.
d. Los demás profesores y paradocentes deberán evacuar ordenadamente a los
alumnos hacia la zona de seguridad.
Auxiliares
a. Desconectaran el suministro eléctrico, de acuerdo a la orden de la directora.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
91
b. Darán apoyo a los profesores y/o paradocentes en el control de fuego.
PROCEDIMIENTO PARA EL MANEJO DE EXTINTORES
Los extintores de incendios son uno de los mejores medios de defensa contra incendio de
magnitud limitada, pero solo se los mantiene y utiliza en forma apropiada. Para que un
extintor pueda operar de la forma deseada en el momento oportuno debe mantenerse en
perfectas condiciones de funcionamiento y su operación debe estar a cargo solo de
personal bien entrenado y competente.
Debido a la gran importancia, se procede a estipular la forma correcta de uso del extintor:
1. Tire del pasador, esto desbloquea la palanca de operación y permite que se
descargue el extintor.
2. Apunte hacia abajo, oriente la manguera o la boquilla del extintor hacia la base del
fuego.
3. Presione la palanca que se encuentra sobre la manija, esto descargara el agente
extintor. Tenga consideración de presionar la palanca de manera paulatina, evitando
descargar la totalidad del agente extintor de una sola vez.
4. Realice un movimiento de barrido (abanico) para esparcir el agente extintor desde
un lado hacia el otro. Mientras se desplaza con cuidado hacia el fuego, mantenga el
extintor orientado hacia la base del fuego y realice el movimiento de barrido hacia
atrás y adelante hasta que parezca que las llamas se apaguen.
5. Vigile el área de incendio: si el fuego se reactiva, repita el proceso. Si no cede,
abandone el área y espere que acuda el personal de bomberos.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
92
PLAN DE RESPUESTA PARA MOVIMIENTOS TELURICOS
Introducción
Los sismos son fenómenos naturales de desarrollo imprevisto, frente a los cuales es
necesario una adecuada preparación para minimizar sus efectos sobre las personas o sobre
los bienes.
Dadas las características de este fenómeno y el comportamiento de las personas ante esta
situación son muy diversos, es necesario establecer un plan de respuesta para movimientos
telúricos según la necesidad sujeta por el establecimiento.
Objetivo
Crear una coordinación en los diferentes estamentos para enfrentar un posible movimiento
telúrico que afecte el establecimiento, estableciendo comportamientos y procedimientos a
realizar frente a este fenómeno antes, durante y después del sismo.
Alarma del sismo
La alarma del sismo esta dada por el mismo movimiento telúrico, la cual tiene de duración
relativo entre 0.5 y 1.5 minutos de duración incluso mas. Esta diferencia de tiempo y la
magnitud del movimiento es lo que hace necesario diferenciar y decidir en evacuar o no a
los alumnos a la zona de seguridad.
Responsabilidades
El comité de seguridad, presidido por la directora de la Escuela Juan pablo II, será la
responsable de controlar y difundir las acciones que establece a seguir después de haberse
producido el sismo, considerando la información que obtenga a través de los medios de
comunicación.
Procedimiento
1. Acciones ante el sismo
El comité de seguridad debe programar inspecciones periódicas con el objeto de
revisar la calidad estructural del establecimiento y determinar que las puertas y vías
de evacuación estén expeditas y en condiciones de uso, como también deberá
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
93
establecer las medidas correctivas de las condiciones que pueda generar accidentes
o que evite el normal desplazamiento de los alumnos ante una emergencia.
La directora será responsable de mantener demarcada las zonas de seguridad en
caso de una emergencia.
El comité de seguridad deberá mantener instruidos a los alumnos sobre los riesgos y
la importancia de un buen comportamiento y procedimiento frente a un sismo.
2. Acciones durante el sismo
Los alumnos que enfrentan las características de un sismo y se encuentran en transito
dentro de los pasillos y/o del patio deberán proceder como sigue:
Deberán concurrir a la zona de seguridad establecida mas cercana con paso rápido y
firme manteniendo la calma.
Una vez en la zona de seguridad deberán formar filas, si fuese posible con sus
mismos compañeros de curso, siempre manteniendo la calma.
Deberán esperar en la zona de seguridad las instrucciones que los profesores o
paradocentes les entreguen. Por ningún motivo volverán a la sala de clases sin la
autorización de estos.
Los alumnos que enfrenten las características de sismo y se encuentren en la sala de clases
deberán proceder como sigue:
El alumno que esta sentado mas cerca de la puerta será responsable de abrirla y por
ningún motivo saldrá de la sala.
Deberán abandonar la sala en forma ordenada detrás del profesor, sin llevar ningún
tipo de objeto ni en la boca ni en las manos, siguiendo atentamente las indicaciones
que entregue el docente.
Una vez fuera, deberán realizar la evacuación con paso rápido y firme, sin correr a la
zona de seguridad.
Por ningún motivo deberán devolverse a buscar objetos a la sala.
Una vez en la zona de seguridad deberán formar filas los respectivos cursos en
forma ordenada, siempre manteniendo la calma.
Deberán esperar en la zona de seguridad las instrucciones que los profesores y
paradocentes les entreguen. Por ningún motivo volverán a la sala de clases sin la
autorización de estos.
Cuando den la señal de retorno podrán volver a la sala. No antes.
Los profesores y paradocentes que enfrenten características de un sismo y se encuentren
en transito dentro de los pasillos y/o el patio deberán proceder como sigue:
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
94
Deberán inmediatamente reunir a los alumnos que estén cerca de el y trasladarlos
en forma ordenada y segura a la zona de seguridad.
Deberán mantener calmados a los alumnos en esta zona, y estar atentos al sismo.
Una vez finalizado el sismo, deberán proceder a revisar y reconciliar a los alumnos si
fuese necesario.
Deberán dar las instrucciones finales.
Si el sismo registrado fuese de una magnitud y duración considerable que pueda dañar la
estructura del establecimiento, no deberán abandonar la zona de seguridad. Se quedaran
en ella esperando las instrucciones de la directora.
Los profesores que enfrenten las características de un sismo y se encuentren en las salas de
clases deberán proceder como sigue:
Deberán tomar el libro de clases inmediatamente y dirigirse a la puerta de la sala de
clases.
Deberán calmar a los alumnos para luego conducirlos por los pasillos y escaleras en
forma serena y cautelosa.
Una vez fuera, dar ventaja a los alumnos para que se dirijan a la zona de seguridad,
pero NO deberá alejarse de ellos.
Deberá mantener calmados a los alumnos en esta zona y estar atentos al sismo.
Una vez finalizado el sismo, deberán proceder a revisar y reconciliar a los alumnos si
fuese necesario.
Deberán dar las instrucciones para volver a la sala de clases varios minutos después
del sismo.
Si el sismo registrado fuese de una magnitud y duración considerable que pueda dañar la
estructura del establecimiento, no deberán realizar el último paso de este procedimiento.
En este caso se quedaran en la zona de seguridad esperando las instrucciones de la
directora.
La secretaria tendrá la responsabilidad de cortar el suministro eléctrico lo mas
rápido y con la mayor calma posible. Luego se trasladara junto con la directora del
establecimiento a la zona de seguridad.
La persona (auxiliar o paradocente) mas cercana a la cocina será la encargada de
cortar el suministro de gas, tomando las medidas preventivas para el caso. Luego se
trasladara a la zona de seguridad del establecimiento.
Acciones después del sismo
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
95
Los profesores, paradocentes, alumnos y auxiliares, deben esperar las instrucciones
de la directora en la zona de seguridad y proceder luego como se les indique.
El comité de seguridad deberá hacer una rápida evaluación de la situación de los
alumnos y de los daños del área del establecimiento y considerara eventuales
replicas.
Una vez reiniciadas las actividades deberán estar todos los estamentos alerta a cad
replica que se presente.
Si fuese necesario la directora del establecimiento podrá dar fin a la jornada de
clases.
GLOSARIO
Alarma: aviso o señal preestablecida para seguir las instrucciones especificas ante la
presencia real o inminente de un fenómeno adverso. Pueden ser campanas, timbres,
alarmas u otras señales que se convengan.
Alerta: estado declarado ante la presencia real o inminente de un fenómeno adverso, es
decir, se conoce o maneja información al respecto. Tiene por finalidad activar las medidas
previstas para estar preparados ante esas situaciones.
Cronograma: relación entre las actividades y fechas que permiten establecer un orden de
acciones a desarrollar en el tiempo. Los cronogramas también facilitan las evaluaciones y
seguimientos.
Daño: alteración o pérdida causada por un fenómeno o situación adversa.
Mapa de riesgo: representación grafica de la distribución espacial de los riesgos. En el mapa
se muestra los tipos de riesgos y las áreas que podrían afectar de acuerdo a la
infraestructura y las particulares condiciones del territorio.
Microzonificación: división de un sector, zona o área geográfica en mínimas o pequeñas
partes, para los efectos de estudio detallados.
Plan: ordenamiento, disposición de acciones y elementos para lograr un propósito.
Preparación: conjunto de medidas y acciones para reducir al mínimo los daños a las
personas, a sus bienes y a su medio ambiente. El plan de seguridad escolar DEYSE prevé
esta etapa con el desarrollo de la metodología ACCEDER, para diseñar el programa de
respuestas ante emergencias.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
96
Prevención: conjunto de acciones cuyo objetivo es impedir o evitar que fenómenos
naturales o provocados por actividad humana, causen emergencias o desastres. Las
conforman todas las medidas destinadas a otorgar mejores condiciones de seguridad a la
unidad educativa y su entorno.
Programa: conjunto de actividades afines entre si. Corresponden a objetivos que
contribuyen al logro de lo que se desea conseguir o al punto al que se quiere llegar con un
plan. Los programas pertenecen al plan. Un programa incluye justificación, responsables,
diagnostico, objetivos, cronograma, presupuesto, entre otros aspectos.
Respuesta: acciones realizadas ante un fenómeno adverso, que tiene por objeto salvar
vidas, reducir el sufrimiento y disminuir las pérdidas.
Riesgo: exposición a un daño que puede o no suceder. El riesgo es un peligro que puede
sobrevenir. Está conformado por la amenaza (potencial ocurrencia de fenómeno adverso) y
la vulnerabilidad (disposición de una persona, objeto y sistema de sufrir daños).
9.-Planificación acciones: UNIDAD DE APOYO INTEGRAL (UDAI)
Fecha de Inicio
y Termino
Objetivo / Acción Descripción de la acción Responsables Recursos
Lunes 04 de
Mayo / Lunes
11 de Mayo
Elaborar y Aplicar cuestionario
de diagnóstico socio –
emocional dirigido a los
apoderados.
Se confeccionara cuestionario entre
ambos departamentos, posteriormente
se aplicara vía telefónica a los
apoderados por los diferentes miembros
de los departamentos
Departamento PIE.
Departamento de
Convivencia.
Recurso Humano:
profesionales de cada
departamento
Recurso tangible:
cuestionario y red de
comunicación.
Miércoles 06
de Mayo /
Lunes 11 de
Mayo
Dar inicio al plan de apoyo, a
través de la invitación de la
directora del establecimiento,
a participar de las diferentes
actividades.
Se da inicio a una las actividades
contempladas en el plan de apoyo, la
cual consiste en una campaña de
concientización, educación, prevención
y apoyo, por medio de un saludo a la
comunidad, enviado por la directora.
Encargado de
solicitar el saludo a
directora: Alejandro
Landeros
Redacción del
saludo otorgado a la
directora: Genero
Cortes
Publicación del
Saludo:
Recurso Humano:
profesionales de cada
departamento
Recurso tangible:
. Video
. Discurso
. Redes sociales.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
98
Departamento PIE y
Departamento de
convivencia
Lunes 11 de
Mayo/
Miércoles 13
de Mayo
Tabular y analizar la
información recabada en los
cuestionarios de diagnóstico,
aplicados a los apoderados de
los diferentes cursos.
Se realiza un análisis de la información
recepcionada concentrada en los
cuestionarios aplicados a los apoderados
de los cursos de enseñanza preescolar y
básica.
Se toman decisiones de las acciones a
realizar semanalmente, de acuerdo a la
información recopilada en los
cuestionarios.
Departamento PIE.
Departamento de
Convivencia.
Recurso Humano:
profesionales de cada
departamento
Recurso tangible:
cuestionario y red de
comunicación.
Jueves 14 de
Mayo sin fecha
limite
Realizar acciones que van de
manera conjunta con los
temas que se abordaran todas
las semanas.
Se realiza publicidad a los padres y
apoderados (previo consentimiento) de
los emprendimiento que han tenido que
levantar, a raíz del desempleo que ha
dejado como consecuencia la pandemia
que nos aqueja, esto les permite generar
ingresos al grupo familiar.
Celebrar cumpleaños de los estudiantes,
Departamento PIE.
Departamento de
Convivencia.
Recurso Humano:
profesionales de cada
departamento,
apoderado
Recurso tangible:
. Video
. Redes sociales
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
99
que producto del confinamiento no han
tenido la posibilidad de juntarse con sus
seres queridos y amigos, dejando sin
efecto diversas celebraciones
importantes para la infancia de un niño.
. Lista con datos
personales de los
estudiantes (nombre,
fecha de nacimiento y
curso).
. Lista con las
características del
emprendimiento de los
padres y apoderados.
. Fotografías, videos o
flyer de emprendimiento
del apoderado.
Viernes 15 de
mayo
Promover actitudes de
autocuidado por medio de
distintos medios
audiovisuales, orientados a los
estudiantes de nuestra
comunidad.
Se grabará una canción entretenida y
lúdica, que invite a los estudiantes a
tomar medidas de autocuidado y de
cuidado de su entorno frente a la
pandemia del coronavirus.
Unidad de apoyo
integral
Recurso Humano:
Unidad de apoyo integral,
profesor encargado de
enlaces.
Recurso tangible:
Micrófono, computador,
archivos en audio
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
100
Sábado 16 de
mayo
Realizar listado de estudiantes
de mayor necesidad según
resultados de las encuestas
realizadas.
Según el análisis de las encuestas
realizadas, se realiza listado de grupos
familiares quienes se encuentran en
situación de mayor vulnerabilidad
durante el estado de catástrofe
nacional, los que recibirán monitoreo
directo y personalizado de su situación,
orientación para la obtención de
beneficios sociales y prioridad para la
adquisición de recursos extraordinarios
entregados a través de la institución
Unidad de apoyo
integral.
Cada profesional
tendrá a cargo 3 o 4
grupos familiares,
con los que deberá
mantener
comunicación
directa.
Recurso Humano
Profesionales
pertenecientes a la
unidad de apoyo integral.
Recurso Tangible
Teléfono
Listado de grupos
familiares focalizados.
Lunes 19 al 24
de mayo
Entregar orientación y
educación a los apoderados en
relación a los diferentes
apoyos sociales a los que
pueden acceder.
Se entrega orientación y educación a los
apoderados relacionado al Seguro de
Cesantía, Ingreso Familiar de
Emergencia y Ley de Protección al
Empleo. Por medio de videos
explicativos los que fueron subidos a la
red social (Facebook de la escuela).
Se entrega orientación de forma
personalizada respecto de la
actualización de la ficha de protección
social a apoderados de lista de
focalizados vía telefónica.
Departamento PIE
Departamento de
Convivencia
(Unidad de apoyo
Integral)
Responsables serán
Recurso Humano:
Profesionales de la unidad
de apoyo integral
Recurso Tangible:
Video
Redes sociales
Teléfono
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
101
rotativos según
actividad.
Todos los
miércoles de
cada semana.
Apoyo a la vinculación positiva
de la comunidad escolar por
medio de un saludo de
cumpleaños
Se realizará una tarjeta de cumpleaños
digital para saludar a estudiantes,
asistentes de la educación, docentes o
equipo directivo quienes cumplan años
durante la semana en curso. Será
acompañado de un pequeño saludo en
video de algún miembro de la
comunidad educativa.
Unidad de apoyo
integral.
Responsables serán
rotativos según
fecha y actividad.
Recurso Humano
Profesionales de la unidad
de apoyo integral.
Docentes, asistentes de la
educación, equipo
directivo.
Recurso Tangible:
Video, programa digital,
Facebook.
Todos los
viernes de
cada semana.
Apoyo al trabajo y al
emprendimiento de los
integrantes de la comunidad
educativa.
Se realizará una feria de las pulgas
virtual, por medio de la página de
Facebook de la escuela, con el fin de
apoyar a los apoderados, docentes o
asistentes de la educación que posean
algún tipo de emprendimiento y
requieran de apoyo en la difusión de su
trabajo entre los miembros de la
comunidad.
Unidad de apoyo
integral.
Cada profesional se
comunicará con los
apoderados del
curso
Recurso Humano:
Profesionales de la unidad
de apoyo integral.
Recurso Tangible:
Facebook, teléfono,
whatsapp, formato de
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
102
correspondiente flyer.
25 de mayo al
12 de junio
Primera ronda de monitoreo a
las familias, vía telefónica,
para verificar cambios en su
situación socioeconómica, con
el fin de re direccionar apoyos
en el caso que sea necesario.
25 al 29 de mayo: Se realizará
monitoreo telefónico a las familias que
se encuentran en el listado de
focalizados, con el fin de verificar su
situación socioeconómica, si esta ha
sufrido cambios o si necesitan ser re
direccionados los apoyos entregados.
Igualmente se contactará a los
apoderados que cuentan con
emprendimientos para recopilar la
información necesaria (foto, producto,
precio, contacto) que les permita ser
considerados en la feria de las pulgas
virtual.
1 al 5 de junio: Se realizará monitoreo
telefónico a las familias que se
encuentran en el listado de focalizados,
con el fin de verificar su situación
socioeconómica, si esta ha sufrido
cambios o si necesitan ser re
direccionados los apoyos entregados.
Igualmente se contactará a los
apoderados que fueron encuestados con
el fin de conocer cuál es su situación
Ada profesional se
comunicará con los
apoderados del
curso
correspondiente.
Recurso Humano:
Profesionales de la
Unidad de apoyo integral
Recurso Tangible:
Teléfono, Whatsapp,
Facebook, correo
electrónico.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
103
familiar actual y/o si requieren de algún
apoyo extra.
8 al 12 de julio: Se realizará monitoreo
telefónico a las familias que se
encuentran en el listado de focalizados,
con el fin de verificar su situación
socioeconómica, si esta ha sufrido
cambios o si necesitan ser re
direccionados los apoyos entregados.
Se solicitará vía correo electrónico a los
profesores jefe un número de teléfono
actualizado para generar contacto con
los apoderados que no pudieron ser
contactados al momento de realizar la
encuesta de diagnóstico.
27 de mayo Creación de un medio de
comunicación informativo
institucional, con el fin de dar
a conocer directamente a la
comunidad de las actividades
que se realizarán.
Se creará un grupo de whatsapp, por
medio del cual se entregará información
directa sobre las actividades propuestas
a los representantes de todos los
estamentos de la escuela.
Este grupo estará formado por un
Encargado de
convivencia
Recursos Humanos:
Administradores del
grupo, representantes de
la unidad educativa.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
104
apoderado representante de cada curso,
un representante de los docentes, un
representante de los asistentes de la
educación, un representante del equipo
directivo, un representante del PIE y un
representante del equipo de
convivencia, es decir, un representante
de cada estamento.
Cada representante tendrá la
responsabilidad de transmitir la
información entregada al estamento
que corresponda.
Coordinadora PIE Recursos Tangibles:
Celular, aplicación
2 de Junio Reunión “Campaña Solidaria” Se realiza reunión de Unidad de Apoyo
Integral para analizar los casos de las
familias con situaciones complejas a
nivel económico.
Se genera listado para asignarle canastas
de alimentos donadas por empresa
privada.
Cada representante de curso de la
unidad de apoyo deberá dar aviso a sus
apoderados para el retiro del beneficio.
Integrantes Unidad
de Apoyo integral
Recursos Humanos:
Integrantes de Unidad de
apoyo
Recursos Tangibles:
Medios de conectividad.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
105
3 de Junio Entrega de canastas de
alimentos a familias en
situaciones complejas
Se realiza entrega de 25 canastas de
alimentos a familias en situaciones
complejas a nivel económico en el
establecimiento educativo, donadas por
empresa particular “Mi Radio”.
Encargado de
Convivencia Escolar
Coordinadora P.I.E
Recursos Humanos:
Representantes unidad de
apoyo integral
Recursos Tangibles:
Canastas de alimentos
9 de Junio
Atención
semanal
Nueva Modalidad de trabajo
en área fonoaudiológica
Se acuerda con fonoaudióloga del
establecimiento dar respuesta a las
necesidades educativas especiales de los
estudiantes con trastornos en el
lenguaje, para abordar el área educativa
del plan de contención desarrollado por
la Unidad de apoyo Integral.
Se dará atención a 8 estudiantes
designados por las educadoras
Diferenciales, con intervención de
“TELETERAPIA” 2 veces a la semana, a
través de videollamada o alguna
plataforma digital.
Fonoaudióloga
Educadoras
Diferenciales
Recursos Humanos:
Educadoras –
fonoaudióloga
Recursos Tangibles:
Medios de conectividad
digital.
Dispositivos móviles
12 de Junio Taller “Cómo abordar la
ansiedad”
Se realiza taller dirigido a apoderados de
segundo ciclo, referido a los efectos del
confinamiento producto de la pandemia
y técnicas para abordar los efectos
Psicóloga Constanza
Alfaro.
Recursos Humanos:
Integrantes de Unidad de
apoyo
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
106
adversos.
Mediante plataforma de salas de
Facebook.
Apoyo de
Integrantes de
Unidad Integral.
Recursos Tangibles:
Dispositivos celulares.
Todo junio Inicio Campaña “Contagia
Conectividad”.
Se da inicio a la campaña “Contagia
Conectividad”
La que consiste en la donación de
dispositivos móviles; tablets,
Smartphone, o notebooks a familias
vulnerables del establecimiento que no
cuenten con conexión remota o ésta sea
escasa.
La priorización de estudiantes
beneficiados se realizará por los
integrantes de la Unidad de Apoyo
Integral, según las necesidades de cada
familia.
Difusión por
Integrantes de
Unidad de Apoyo
Integral y
comunidad
educativa.
Recaudación:
Unidad de Apoyo
Integral
Recursos Humanos:
Integrantes de Unidad de
apoyo
Recursos Tangibles:
Dispositivos móviles.
(Publicidad digital)
Viernes 19
junio
Taller “Reconocimiento y
contención emocional”.
Se realiza taller dirigidos a la comunidad
educativa; referido a los efectos del
confinamiento producto de la pandemia
y técnicas para abordar los efectos
adversos.
Mediante plataforma de salas de
Psicólogo Genaro
Cortes.
Apoyo de
Integrantes de
Recursos Humanos:
Integrantes de Unidad de
apoyo
Recursos Tangibles:
Dispositivos móviles.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
107
Facebook. Unidad Integral. (Publicidad digital)
Viernes 19
junio
Reunión Fundación Cruz del
Tercer Milenio y Fundación
Alón.
Reunión Fundación Cruz del Tercer
Milenio y Alon.
Temas:
-Presentación de datos proyecto de
contención socio-emocional. Con el
objetivo de realizar un proyecto para
mejorar la conectividad.
Acuerdos: enviar datos estadísticos
próxima semana.
Unidad de Apoyo
Integral.
Directora.
Jefe de Unidad
Técnica.
Encargado de
convivencia escolar.
Recursos Humanos:
Integrantes de Unidad de
apoyo.
Inicio Martes
23 junio
Capsulas de autocuidado Psicólogo Genaro Cortés propone
realizar capsulas de autocuidado a
través de videos, días martes de manera
semanal.
Psicólogo Genaro
Cortes, creación de
material
audiovisual.
Unidad de Apoyo
Integral para el
diseño de la
presentación a
cargo de Daniela
Aracena, Educadora
Recursos Humanos:
Psicólogo.
Educadora Diferencial.
Recursos tangibles:
PC
Ppt.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
108
Diferencial.
Martes 23
junio
Planificación “Campaña Donar
tu ropa es donar abrigo”,
propuesta por encargado de
extraescolar, profesor Ignacio
Vera.
Reunión donde se establece que
profesor Ignacio, trabajara en la
elaboración del flyer y video de la
campaña, ayudando así mismo en la
elaboración del protocolo para la
recepción y entrega de vestimenta
(condiciones de salubridad). Propuesta
que se analizará durante una próxima
reunión para dar inicio el martes 30 de
junio. Así mismo, se acuerda habilitar
una sala con percheros para almacenar
las donaciones.
Profesor Ignacio
Vera, Encargado de
extraescolar.
Recursos Humanos:
-Profesor Ignacio Vera.
-Toda la comunidad
encargada de realizar
turnos éticos (disponibles
para la entrega y
recepción de donaciones).
Recursos tangibles:
-Cuaderno de registro.
-Percheros.
-Sala.
Viernes 26
junio
Acción Olla Común. Se realizará olla común para 100 familias
de la Escuela. Donde se seleccionan 10
estudiantes beneficiarios por cada curso,
quienes recibirán el beneficio.
Unidad de Apoyo
Integral.
Coordinador:
Alejandro Landeros.
Recursos Humanos:
Integrantes de Unidad de
Apoyo.
Dirigente vecinal sector la
fosfato.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
109
Viernes 26
junio
Premiación desafíos
pedagógicos.
Premiación desafíos pedagógicos de
acuerdo al nivel de participación y
compromiso familiar. Donde se
escogeran 3 ganadores por cada curso.
Unidad de Apoyo
Integral.
Coordinador:
Alejandro Landeros.
Recursos Humanos:
Integrantes de Unidad de
Apoyo.
A partir del
Lunes 06 de
julio en
adelante
Capsulas educativas. Actividad pensada en el diseño de
tutoriales virtuales, donde nuestros
docentes puedan invitar a la comunidad
educativa a realizar alguna actividad
pedagógica sin restricción de edades.
Unidad de Apoyo
Integral.
Coordinador:
Alejandro Landeros.
Recursos Humanos:
-Integrantes de Unidad de
Apoyo.
-Equipo docente.
Recursos tangibles:
-PC.
-Internet.
Viernes 26
junio
Aplicación de encuestas
“conectividad”.
Aplicación de encuesta sobre grado de
conectividad de los apoderados, así
como también los recursos tecnológicos
con los cuales cuenta cada familia de la
comunidad educativa. Tabulación de la
información a cargo de Dixon Gallardo.
Unidad de Apoyo
Integral.
Coordinador:
Alejandro Landeros.
Tabulación de la
información: Dixon
Gallardo.
Recursos Humanos:
Integrantes de Unidad de
Apoyo.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
110
Domingo 28
junio
Creación, diseño y
presentación logo oficial de la
Unidad.
Diseño de prototipo de logo para la
Unidad de Apoyo Integral. Educadora
presenta el logo en reunión
oficializándolo.
Educadora
diferencial: Miriam
Zepeda.
Recursos humanos:
Educadora diferencial
Miriam Zepeda.
Recursos tangibles:
PC.
Martes 30
junio
A Jueves 02
julio
Elaboración y aplicación de
encuesta socio – emocional
dirigida a los asistentes de la
educación.
Diseño de encuesta breve dirigida a los
asistentes de la educación, con la
finalidad de detectar las necesidades
que pudiesen estar surgiendo debido a
la situación actual, tanto a nivel
económico, como de salud.
Unidad de Apoyo
Integral.
Coordinador:
Alejandro Landeros.
Recursos Humanos:
Integrantes de Unidad de
Apoyo.
Recursos tangibles:
-PC.
-Entrevista.
-teléfono.
Martes 30
junio
Acción
acordada de
manera
semanal.
Consejería virtual psicológica. Psicólogo de la Unidad pone a
disposición sus conocimientos, dirigidos
hacia la iniciativa de realizar consultorías
vía online dirigidos hacia el personal y
padres y apoderados que componen
nuestra comunidad educativa. Iniciativa
que trata de disponer la página de
Facebook como medio de terapia para
Unidad de Apoyo
Integral:
-Psicólogo Genaro
Cortes (contención).
-Educadora
diferencial Génesis
Torres (apoyo
Recursos Humanos:
Integrantes de Unidad de
Apoyo.
Psicólogo Genaro Cortes
(contención).
Educadora diferencial.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
111
responder las preguntas que puedan
realizar de manera anónima a través de
un video.
audiovisual). E Recursos tangibles:
-Teléfono.
-PC.
-Internet.
Día miércoles
08 de julio al
viernes 10 de
julio
Aniversario Virtual.
Conmemoración del aniversario de la
Escuela por medio de acciones
orientadas a generar una instancia de
entretención y dispar cimiento,
invitando a la comunidad educativa a la
reflexión y participación por medio de
actividades atingentes a nuestra
realidad actual.
Algunas de las actividades serán:
-Saludo de los directivos en este nuevo y
diferente aniversario.
-Creación del mejor disfraz con material
reciclado en casa. Evidencia fotográfica.
-Videos graciosos en tiempos de
pandemia (10 temáticas diferentes por
cada curso).
Unidad de Apoyo
Integral:
Coordinadores:
Ximena Carvajal y
Alejandro Landeros.
Apoyo: Ignacio
Vera, docente
encargado de
Actividades
extraescolares.
Recursos Humanos:
Integrantes de Unidad de
Apoyo.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
112
Martes 30 de
junio
Encuesta de evaluación al
desempeño de la UDAI
Realización de una encuesta del
desempeño de la UDAI con el fin de
evaluar del Plan de contención y
Educación Socio-emocional y la
aplicación de las acciones. Esta
evaluación se realizara en 2
modalidades:
Encuesta para Docentes y asistentes de la educación: A través de un sorteo se definen los profesionales de la escuela a los cuales se les enviara la encuesta de evaluación (18 seleccionados)
Encuesta para apoderados: La elección de los apoderados quedara a cargo de cada profesor jefe y será realizada al 50% + 1 de cada curso.
Posteriormente los resultados serán
tabulados e informados a la UDAI.
Integrantes Unidad
de Apoyo integral
Funcionarios y
apoderados Escuela
Juan Pablo II
Recursos Humanos:
Comunidad educativa
Recursos Tangibles:
Celular, aplicación
Martes 30
junio
Atención psicológica remota Atención psicológica de la comunidad
educativa por parte de la psicóloga
UDAI, la cual entrega apoyo y soporte
psicológico a los miembros de la
comunidad que lo necesiten. Se realizara
un reporte referente a las atenciones
Psicóloga Constanza
Alfaro Recursos Humanos:
Psicóloga UDAI
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
113
psicológicas a la UDAI cada 2 semanas
para tener un registro y antecedentes de
las necesidades.
Recursos Tangibles:
Celular, computador
aplicación whatsapp,
Facebook.
Viernes 3 julio Acuerdo de colaboración con
Fundación Cadena de Favores
Esta colaboración consiste en la
donación de 60 cajas semanales de
alimentación para nuestro grupo
focalizado de estudiantes y apoderados.
Integrantes Unidad
de Apoyo integral
Gustavo Heise
Fundador Cadena de
Favores
Recursos Humanos:
Equipo UDAI
Fundación Cadena de
Favores
Recursos Tangibles:
Cajas de alimentación.
Martes 7 de
julio
Cápsulas SENDA Analizara de los contenidos de SENDA,
los cuales se desarrollaran por medios
audiovisuales (cápsulas). Estas serán
diseñadas por orientador Sergio
Carvajal. Además se determina subirla a
las redes sociales los días domingo.
Orientador Sergio
Carvajal
Recursos Humanos:
-Orientador
Recursos tangibles:
-programa SENDA
-PC/celular
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
114
-Internet.
Martes 7 de
julio
Diseño de diploma de
agradecimiento.
En agradecimiento a las personas e
instituciones que cooperan con nuestra
escuela, se diseñará un diploma de
honor para entregar a nuestros
colaboradores. Este diploma será
diseñado por Daniela Aracena con ayuda
de Genaro Cortes para el texto.
Daniela Aracena
Genaro Cortes
Recursos Humanos:
-Integrantes UDAI
Recursos tangibles:
-PC/celular
-Internet.
-Opalinas
Jueves 9 de
julio
Creación de video clip de
canción de la campaña “yo te
cuido y tú a mi”
Con el fin de entregar un mensaje de
positivismo a los estudiantes y a toda la
comunidad en general, se realiza un
cover de la canción “to my love”
adaptando la letra a la realidad de la
pandemia haciendo alusión a la nueva
forma de comunicarnos e invitando a
todos a cuidarse y cuidar a los demás.
Equipo UDAI
Recursos Humanos:
-Integrantes UDAI
-Docentes
Recursos tangibles:
-PC/celular
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
115
-Internet.
Martes 28 de
julio
Re-aplicación cuestionario
socio – emocional dirigido a
los apoderados.
Se establece que desde la semana del 03
de agosto se realizan las encuestas
socioeconómicas que se realizaron a
principio de la pandemia, para actualizar
los datos y restablecer nuevas
prioridades y reformular acciones de la
UDAI, además se agregara a la encuesta
una pregunta sobre contagios de COVID
19 en su familia o algún miembro de su
hogar.
Equipo UDAI Recursos Humanos:
-Integrantes UDAI
-Apoderados
Recursos tangibles:
-Celular
-Formulario de Encuesta
Martes 28 de
julio
Realización de Conversatorio
para Docentes y Asistentes de
la Educación.
Realización de dinámicas de
conversatorios dirigido a profesores y
asistentes de la educación, con el fin
recoger información de carácter
emocional de los funcionarios y poder
detectar necesidades para levantar
planes de trabajo y acciones de
derivación.
Unidad de Apoyo
Integral
Psicólogos Genaro
Cortes y Constanza
Alfaro
Recursos Humanos:
-Psicólogos UDAI
-Funcionarios escuela
Recursos tangibles:
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
116
-Plataforma ZOOM
Jueves 30 de
julio
Reformulación de Ficha de
Matricula
Reformulación de la ficha de matrícula
para poder acceder a mayor información
de los estudiante/apoderados y que
favorezca el conocimiento de la
población de nuestra comunidad.
Unidad de Apoyo
Integral
Recursos Humanos:
- Integrantes UDAI
Recursos tangibles:
-Ficha de matrícula actual
Martes 04 de
Agosto
Reunión con Centro de
estudiante
Se establece que Ps. Constanza Alfaro
realice una reunión con centro de
estudiantes , con la finalidad de hacerlos
partícipe de las actividades del día del
niño para que tengan un rol más activo
en lo que se pretende realizar
Ps.Constanza Alfaro
R.
Recursos Humanos:
-Psicóloga UDAI
-Centro de estudiantes
Recursos Tangibles:
Celular, computador
aplicación whatsapp,
Facebook.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
117
Martes 04 de
Agosto
Actividad para realizar en el
día del niño
Se realizará un video informativo sobre
las actividades que se puedan realizar
desde sus hogares para celebrar el día
del niño , actividad complementaria a las
planificadas por el encargado
extraescolar el sr. Bernabel Vera.
Unidad de Apoyo
Integral
Recursos Humanos:
- Integrantes UDAI
Recursos Tangibles:
Celular, computador,
intenet
Jueves 06 de
Agosto
Realización de video “Día del
niño”
Encargado extraescolar, pide la
cooperación de UDAI, para realizar un
video entretenido en base a la tematica
de la celebración del día del niño.
Este video se unirá a los otros realizados
por profesores y asistentes de la
educación.
Unidad de Apoyo
Integral
Recursos Humanos:
- Integrantes UDAI
Recursos Tangibles:
Celular, computador,
intenet, música.
Martes 11 de
Agosto
Analisis y revisión de casos en
base a la re-apliccaión de la
encuesta socio-emocional
Se procede a la revisión de casos,
correspondiente a la re-apliación de la
encuesta socioemocional , con la
finalidad de obtener datos más
actualizados de la situacion
socioeconomica que aqueja hoy en día a
Unidad de Apoyo
Integral
Recursos Humanos:
- Integrantes UDAI
Recursos Tangibles:
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
118
nuestros apoderados.
Se establece que el día martes 18 de
Agosto, se realice un analisis sobre la
situción individual y global por curso,
con el fin de conocer cuál es su situación
familiar actual y/o si requieren de algún
apoyo extra.
Celular, computador,
intenet, encuestas socio-
economica.
Jueves 13 de
Agosto
Revisión de Ficha de Matricula
Se procede a revisar la ficha de
matricula junto a Inspector General Don
Calef Cabre y UDAI. Se realizan las
ultimas modificaciones para luego ser
presentada a Equipo Directivo para su
aprobación.
Se socializa el protocolo con las nuevas
modificaciones en la Ficha de Matricula.
Unidad de Apoyo
Integral
Recursos Humanos:
- Integrantes UDAI
-Inspector General
Recursos tangibles:
-Ficha de matrícula actual
Viernes 04 de
Septiembre
Campaña de recolección de
aportes financieros y víveres.
UDAI organiza recolección de aportes
financieros y víveres junto a docentes
del establecimiento para apoyar a
familias vulnerables. En total 50 familias
(5 por curso).
Unidad de Apoyo
Integral
Recursos Humanos:
- Integrantes UDAI
- Docentes
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
119
Recursos tangibles:
- Cajas de víveres
Viernes 11 de
Septiembre
Encuesta de conectividad a
apoderados en entrega de
Canastas JUNAEB.
A cargo de Educadora Diferencial
Génesis Torres y docente Javier Muñoz
se realiza encuesta a apoderados para
conocer el por qué de problemas de
conectividad.
Unidad de Apoyo
Integral
Recursos Humanos:
- Integrantes UDAI
- Docente de Inglés
Recursos tangibles:
- Encuesta aplicada
- Análisis de resultados.
PROTOCOLOS DEL ESTABLECIMIENTO
N° NOMBRE DEL PROTOCOLO
1 RESGUARDO Y PROTECCIÓN DE INTEGRIDAD FÍSICA Y PSICOLÓGICA
2 PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTEAL AUSENTIMO ESCOLAR
3 PUNTUALIDAD A LA JORNADA DE CLASES
4 PROTOCOLO DE ENTRADA Y SALIDA DE CLASES DE LOS ESTUDIANTES
5 PROTOCOLO FRENTE A SITUACIONES DE VULNERACIÓN DE DERECHOS DE ESTUDIANTES
6 PROTOCOLO PARA FUNCIONARIOS
MEDIDAS O SANCIONES PARA FUNCIONARIOS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
7 PROTOCOLO A SEGUIR ANTE ACCIDENTE ESCOLAR EN EL ESTABLECIMIENTO
8 PROTOCOLO DE USO DEL BUS ESCOLAR
9 PROTOCOLO DE ACTUACION FRENTE A SITUACIONES DE ACOSO ESCOLAR Y BULLYING
ENTRE MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
10 PROTOCOLO DE ACCIÓN CONDICIÓN DE EMBARAZADA, MATERNIDAD Y PROGENITOR
11 PROTOCOLO SE SERVICIO DE ALIMENTACION
12 PROTOCOLO DE ACCIÓN EN SITUACIONES DE IDEACIÓN SUICIDA O INTENTO DE
SUICIDIO.
13 PROTOCOLO DE EXPULSION Y CANCELACIÓN DE MATRICULA
14 PROTOCOLOS DE SEGURIDAD.
En caso de temblor o terremoto:
15 En caso de Tsunami:
16 SITUACIONES DE SOSPECHA, PORTE, CONSUMO, HALLAZGO O TRÁFICO DE DROGAS
Protocolo frente a sospecha de consumo de drogas:
17 ROTOCOLO FRENTE A SITUACIONES DE CONSUMO DE DROGAS Y/O ALCOHOL
En situaciones en las cuales se sorprenda a un alumno/a consumiendo drogas y/o alcohol dentro del
establecimiento educacional, en las inmediaciones cercanas de éste o fuera del establecimiento con
uniforme escolar, se procederá de la siguiente forma:
18 PROTOCOLO FRENTE A TRÁFICO, MICRO TRÁFICO O PORTE DE DROGAS AL INTERIOR
DEL ESTABLECIMIENTO
En situación que se sorprenda a un estudiante menor de 14 años, este será derivado a OPD o
institución pertinente.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
121
19 PROTOCOLO FRENTE A SITUACIONES DE HALLAZGO DE DROGAS
20 PROTOCOLO POR PORTE DE ARMAS BLANCAS Y ARMAS DE ACUERDO A LA LEY Nº 17.798
EN EL ESTABLECIMIENTO ESCOLAR
Cuando un alumno/a, funcionario o miembro de la comunidad escolar es sorprendido portando arma
blanca y/o armas de acuerdo a la ley nº 17.798:
21 PROTOCOLO POR HALLAZGO DE ARMAS BLANCAS Y ARMAS DE ACUERDO A LA LEY Nº
17.798 EN EL ESTABLECIMIENTO ESCOLAR
Cuando un alumno/a, funcionario o miembro de la comunidad escolar encuentra un arma blanca y/o
armas de acuerdo a la ley Nº 17.798:
22 PROTOCOLO DE MALTRATO FÍSICO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO.
Ante la sospecha o relato del niño/a de hechos actuales o pasados de maltrato físico fuera del
establecimiento:
23 SITUACIÓN DE ABUSO SEXUAL
PROTOCOLO DE ABUSO SEXUAL FUERA DEL ESTABLECIMIENTO.
Ante la sospecha o relato del niño/a de hechos actuales o pasados de abuso sexual fuera del
establecimiento:
24 PROTOCOLO DE MALTRATO FÍSICO AL INTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO.
Cuando la situación de maltrato ocurre al interior del establecimiento, y el agresor se desempeña en el
recinto educacional.
25 PROTOCOLO DE ABUSO SEXUAL AL INTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO.
Cuando la situación de maltrato o abuso sexual ocurre al interior del establecimiento, y el agresor se
desempeña en el recinto educacional.
26 PROTOCOLO DE MALTRATO FÍSICO AL INTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO.
Cuando la situación de maltrato físico ocurre al interior del establecimiento, y el agresor es otro menor
(menos de 14 años).
27 PROTOCOLO DE ABUSO SEXUAL AL INTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO
Cuando la situación de abuso sexual ocurre al interior del establecimiento, y el agresor es otro menor
(menos de 14 años).
28 PROTOCOLO DE MALTRATO FÍSICO AL INTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO
Cuando la situación de maltrato físico ocurre al interior del establecimiento, y el agresor es otro
menor (mayor de 14 años):
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
122
29 PROTOCOLO DE ABUSO SEXUAL AL INTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO
Cuando la situación de abuso sexual ocurre al interior del establecimiento, y el agresor esotro menor
(mayor de 14 años):
30 PROTOCOLO PARA SITUACIONES DE VIOLENCIA Y MALTRATO ENTRE ADULTOS
Cuando la situación de violencia ocurre al interior del establecimiento, y el agresor es funcionario del
establecimiento:
31 PROTOCOLO PARA SITUACIONES DE VIOLENCIA Y MALTRATO ENTRE ADULTOS
Cuando la situación de violencia ocurre al interior del establecimiento, y el agresor no es funcionario
del establecimiento
32 PROTOCOLO DE ACTUACIÓN
PROTOCOLO ÚNICO DE CONTINGENCIA
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
123
PROTOCOLOS DEL ESTABLECIMIENTO DE
CARÁCTER PERMANENTE
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
124
RESGUARDO Y PROTECCIÓN DE INTEGRIDAD FÍSICA Y PSICOLÓGICA
El establecimiento debe resguardar la integridad física y psicológica de alumnos, alumnas y
funcionarios .En tal sentido, el establecimiento constituye un factor protector para niños, niñas y
toda la comunidad educativa .Esto involucra en primer lugar espacios físicos adecuados (salas,
pasillos, escaleras, patios, ventanas, etc.), así como personal idóneo para su resguardo (Inspectores
y docentes), también profesionales del Programa de Integración Escolar (PIE) y Equipo de
Convivencia.
Proporcionar las condiciones de seguridad, es esencial para mantener climas adecuados de
convivencia, constituyendo las relaciones interpersonales los canales efectivos de comunicación.
Es así como el establecimiento, enfocado en este aspecto fundamental adopta medidas de seguridad
y autocuidado en los siguientes puntos:
o Si alumno o alumna demuestra desadaptación frente a sus pares y curso ,siendo estas de
carácter incontrolable y en forma reiterativa , se procederá a :
Registrar en Libro Clases la conducta demostrada por el alumno/a
Llamar al apoderado para comunicar situación del alumno/a, de parte de Inspectoría
General.
El apoderado tomará conocimiento de esta situación firmando el registro de Libro de Clases.
Conductas reiteradas de la misma situación, se procederá a convocar al equipo de
convivencia(Encargado de Convivencia, Orientador, Psicólogos ,Inspector General
,Trabajador Social ) y profesor jefe quienes elaborarán un plan de acción remedial para
resolución de problema. Este plan de acción se presentará a la Dirección para toma de
conocimiento y aprobación.
Posteriormente, se llamará al apoderado con el fin de dar a conocer el plan de acción que se
aplicará con el alumno/a como resguardo físico o psicológico.
Se solicitará que el apoderado (si procede), realice la consulta respectiva con la Unidad
Infanto Juvenil, correspondiente a su domicilio.
Por medio del comprobante de atención, diagnóstico y tratamiento farmacológico y fechas de
controles, el establecimiento procederá a establecer el plan de acción que corresponde.
Este plan de acción tendrá un seguimiento con insumos que aportará profesor jefe, Inspector
General y especialistas .Al apoderado se le informará sobre estado de avance o mejoría del
alumno/a al equipo de convivencia.
El procedimiento se evaluará conforme a su objetivo, siendo fundamental el cumplimiento
del tratamiento farmacológico y controles establecidos por el profesional clínico.
MEDIDAS QUE SE PODRAN CONSIDERAR EN PLAN DE ACCION:
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
125
Adecuación de jornada escolar para el alumno/a, según información otorgada por equipo de
convivencia y profesor jefe.
Antes de su retiro, el alumno/a, recibirá su alimentación correspondiente si es beneficiario
del Programa de Alimentación Escolar (PAE).
El alumno permanecerá en el establecimiento con comportamiento acorde al Reglamento de
Convivencia. En caso de mostrar alguna descompensación emocional y /o agresión hacia
algún miembro de la comunidad, en primer lugar se avisará al apoderado para que retire al
alumno de clases.
Se solicitará información al apoderado de parte de equipo de convivencia, si el alumno/a,
está recibiendo tratamiento adecuado para su compensación y estabilidad emocional.
Se solicitará al profesional tratante del área clínica, informes periódicos.
Informe Final y Cierre de Protocolo
Elaboración de un informe final de red de apoyo PASMI (Programa de Atención de
Salud Mental Infantil) u otro.
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTEAL AUSENTIMO ESCOLAR
Se entiende como ausentismo escolar; a las inasistencias por parte de los alumnos (a), las
cuales sobrepasan o son iguales a tres días consecutivos, y aquellas que son intermitentes.
PROCEDIMIENTO
1.-Profesor Jefe deriva el caso a Inspectoría General, quien contactará al apoderado del alumno
y entrevistará al apoderado en caso de ser necesario.
2.- En caso que Inspectoría reciba un justificativo médico, cesa el proceso, donde quedará
registrado en libo de firma del apoderado.
3.- Solo los certificados médicos firmados por doctor, dentista u otro profesional calificado,
pueden ser utilizados para eventos estadísticos del SIGE (promoción y repitencias).
4.-El reintegro a clases se realizará presentado un pase, al profesor que lo reciba en el primer
bloque de la mañana, el cual será entregado por Inspectoría.
EN CASO QUE NO SE LOGRE CONTACTO TELEFONICO
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
126
5.- El profesor (a) informará a Inspectoría.
6.- Inspectoría informará a Asistente Social inasistencia del alumno sin justificativo.
7.- El o la Asistente Social realizará Visita Domiciliaría.
8.- El Asistente Social Retroalimentará a la Dirección del Resultado de la Visita.
9.-En caso que el alumno no se reincorpore a clases se entregará el informe de intervención a
Equipo Directivo.
10.- Se determinará estrategias “Medida de Protección a Tribunales”.
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN
PUNTUALIDAD A LA JORNADA DE CLASES
Los alumnos y alumnas entrarán a la jornada de clases a las 08.30 horas y saldrán de ésta a las
15.55, desde lunes a jueves de cada semana ,siendo el día viernes el horario solo en jornada de
mañana ,es decir desde 08.30 a 13.40 horas.
Se pondrá al apoderado en conocimiento de las medidas adoptadas por el establecimiento
ante atrasos reiterados de sus hijos e hijas.
Esta información será comunicada a cada apoderado en forma escrita, en forma telefónica o
citación y tendrá la responsabilidad de firmar acuerdo de la medida adoptada.
Reiterados atrasos no justificados, constituirán una falta grave al Reglamento de
Convivencia.
Se considerarán situaciones particulares de alumnos y alumnas con justificativo
correspondiente por atrasos a la jornada. No obstante lo anterior, los alumnos podrán
ingresar a clases con autorización correspondiente otorgada por Inspectoría General.
Reclamos ulteriores de parte del apoderado ante esta situación, el equipo de convivencia se
excluye ante éstos, por acuerdos previos.
Los alumnos/as que deban rendir evaluación, calendarizada por profesores, podrán hacer
ingreso a la hasta 15 minutos después de haber comenzado la jornada.
Sin embargo los alumnos y alumnas que lleguen después del inicio de entrada a clases, esto
es el primer bloque no podrán hacer ingreso a las salas para no interrumpir rutinas de aula
y aprendizajes.
Los estudiantes atrasados de primer ciclo, serán atendidos en el sector de la biblioteca por
Encargada del CRA y los estudiantes de segundo ciclo serán atendidos en el auditorio por
inspectores de patio, donde desarrollarán actividades de lectura o guías de trabajo,
asignadas por docentes.
El estudiante podrá incorporarse al trabajo pedagógico, desde el segundo bloque de clases.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
127
Para efecto de subvención, el alumno o alumna, quedará presente a la jornada de trabajo, a
partir del segundo bloque de clases.
Lo anterior no aplica para alumnas en condiciones de embarazo o maternidad.
Informe Final y Cierre de Protocolo
Elaboración de un informe final cuando se haya cumplido el periodo establecido y
ajustado a la norma para apoyar a las alumnas en condición de embarazo y maternidad,
realizado por parte del Orientador del establecimiento.
PROTOCOLO DE ENTRADA Y SALIDA DE CLASES DE LOS ESTUDIANTES
Entrada a la Jornada:
El ingreso de los estudiantes a la jornada de clases es a las 08.30 horas.
Habrá control de inspector al ingreso por puerta principal (mampara)del establecimiento.
Todo atraso, será controlado por inspectoría.
Toda acumulación de atrasos, serán justificados por los apoderados en inspectoría.
Los atrasos serán registrados por Inspectoría para ser posteriormente informados al
apoderado.
Los alumnos que lleguen atrasados diez minutos a clases, deberán solicitar un pase a
Inspectoría para incorporarse a la jornada.
Si el atraso es mayor que el estimado (10 minutos) , el alumno permanecerá en biblioteca
para incorporarse al segundo bloque de clases. También, esta medida será aplicada a los
alumnos que presenten control médico, con la finalidad de no interrumpir rutinas de clases.
En biblioteca, se dispondrá de guías de trabajo relativas al contenido de la asignatura que
corresponda.
Los alumnos que no cumplan con presentación personal adecuada (uniforme o buzo, según
corresponda), deberán justificar esta situación y solicitar pase a Encargado de Convivencia
para ingreso a la clase.
Ningún apoderado podrá hacer ingreso al establecimiento en tiempos pedagógicos, a
excepción de que presenten justificación de atraso o enfermedad de su hijo en Inspectoría.
El apoderado podrá hacer ingreso al establecimiento, previa citación de docente, directivo o
PIE.
Salida de la Jornada:
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
128
El horario de salida de los estudiantes es a las 15.55 horas. A la salida, cada profesor jefe o
de la asignatura que correspondió, debe acompañar a los alumnos hasta el sector de puerta
principal, manteniendo formación y orden.
En la puerta principal (mampara), habrá un inspector para controlar salida de alumnos.
Aquellos alumnos que son retirados por sus apoderados, serán controlados por inspectores.
Los alumnos que hacen uso del bus, se formarán y esperarán al inspector responsable, para
que autorice su entrada en completo orden.
Ante cualquier situación imprevista o emergente, el apoderado titular o suplente, podrá
retirar al alumno del establecimiento. Esta situación puede ser de enfermedad, control
médico, personal u otra relevante, firmado en Portería con su correspondiente identificación.
Ningún alumno puede retirarse anticipadamente y por cuenta propia del establecimiento
Un alumno que se fuga del establecimiento, será registrado en Libro de Clases por el
docente que corresponda, luego comunicar a Inspector General quien se pondrá en contacto
con apoderado y dará aviso a Carabineros.
El apoderado no podrá ingresar libremente al establecimiento, sin hacer las consultas
correspondientes a encargada de portería.
El apoderado podrá ingresar al establecimiento, previa citación de profesor jefe, de
asignatura, directivo o PIE.
Todo alumno que sea retirado en jornada de clases por otra persona que no sea su
apoderado titular o suplente, Inspectoría debe estar informada previamente de esta
situación. De lo contrario el alumno no podrá ser retirado del establecimiento.
Si un alumno no es retirado por el apoderado del establecimiento al término de la jornada y
éste se encuentra inubicable, se informará a carabineros para que resuelva esta situación.
PROTOCOLO FRENTE A SITUACIONES DE VULNERACIÓN DE DERECHOS DE ESTUDIANTES
El presente protocolo regula los procedimientos de la comunidad educativa con la finalidad de
enfrentar situaciones que ponen en riesgo y/o vulneran los derechos del estudiante de manera
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
129
oportuna, organizada, eficiente y ser conocido por directivos, docentes, asistentes de la educación,
estudiantes en general, padres y apoderados.
Su correcta aplicación se fundamenta en resguardar los derechos de niñas y niños, prevenir y actuar
oportunamente ante situaciones que pueden poner en riesgo su integridad y contribuir a la mejora
continua de los procesos de enseñanza-aprendizaje en los diferentes espacios educativos de cada
nivel.
Este instrumento específico contempla acciones que involucran a los padres o adultos responsables,
o en caso de ser necesario las acciones que permitan activar la atención y/o derivación a las
instituciones de la red, tales como Tribunales de Familia u Oficina de Protección de Derechos (OPD)
respectiva- al momento en que un funcionario del establecimiento detecte la existencia de una
situación que atente contra el estudiante.
Este protocolo de actuación contempla procedimientos claros y específicos para abordar hechos que
conllevan una vulneración derechos, como descuido o trato negligente, el que se entenderá como tal
cuando:
No se atienden las necesidades físicas básicas como alimentación, vestuario y vivienda.
No se proporciona atención médica básica.
No se brinda protección y/o se expone al niño o niña ante situaciones de peligro.
No se atienden las necesidades psicológicas o emocionales.
Existe abandono, y/o cuando se le expone a hechos de violencia, abuso sexual y uso de
drogas.
A continuación, se definirán los principales conceptos relativos al maltrato infantil y la vulneración de
los derechos de los niños:
o Maltrato Infantil: La Convención de los Derechos de los Niños de las Naciones Unidas en su
artículo N°19, se refiere al maltrato infantil, como “Toda forma de perjuicio o abuso físico o
mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual,
mientras el niño se encuentre bajo la tutela de sus padres, de un representante legal o de
cualquier otra persona que lo tenga a su cargo.”
De acuerdo a la ley de menores, N°16.618, podemos definir el maltrato infantil como:
“Unaacción u omisión que produzca menoscabo en la salud física o psíquica de los
menores.”
Todos los tipos de maltratos constituyen una vulneración de los derechos del niño, los cuales están
consagrados como Ley desde el año 1990 en Chile, a través de la ratificación de la Convención
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
130
Internacional de los Derechos del Niño. Es así como se hacen diferencias según el tipo de vulneración
de derechos.
o Maltrato Físico: es cualquier acción no accidental por parte de los padres madres o
cuidadores que provoque daño físico, sea causal de enfermedad en el niño o lo ponga en
grave riesgo de padecerla. Esta puede manifestarse a través de moretones, cortes y/o
quemaduras, especialmente si el estudiante no es capaz de explicar adecuadamente su
causa. Esto pude aparecer en patrones distintivos, tales como marcas por agarrar o coger al
estudiante con fuerza, marcas de mordeduras humanas, quemaduras de cigarrillos o
impresiones de otros instrumento .Además, es frecuente que los menores presenten miedo
de volver a casa o miedo del padre/madre, y temor ante la posibilidad de que se cite al
apoderado para informar de la situación del menor en la escuela.
o Maltrato Emocional o psicológico: El hostigamiento verbal habitual por medio de insultos,
críticas, descréditos, ridiculizaciones, así como la indiferencia y el rechazo explícito o
implícito hacia el niño o adolescente. Esto puede manifestarse a través de conductas del
estudiante tales como comportamiento destructivo, agresivo o disruptivo o tener un patrón
de comportamiento pasivo, aislado y sin emoción .A la vez se pueden apreciar labilidad
emocional, la que se detecta debido a reacciones emocionales desproporcionales a los
estímulos del ambiente por parte del estudiante.
o Abandono y Negligencia : Se refiere a situaciones en que los padres, madres o cuidadores
,estando en condiciones de hacerlo no dan el cuidado y protección tanto física como
psicológica que los niños necesitan para su desarrollo .El abandono y la negligencia se
manifiesta por ejemplo a través de la mala nutrición, apatía o fatiga constante del menor,
conductas tales como robar o suplicar por comida, notoria falta de cuidado personal(mala
higiene personal, ropas rotas y /o sucias),falta de atención a necesidades de
oftalmología(lentes),odontológicas(dientes) u otras necesidades médicas ,ausencia o
impuntualidad frecuente en la escuela y desatención o falta de supervisión del niño.
o Abuso Sexual: El abuso sexual infantil ocurre cuando un adulto, o alguien mayor que un
niño, abusa del poder, relación de apego o autoridad ,que tiene sobre el niño y/o se
aprovecha de la confianza y/o respeto para hacerlo participar de actividades sexualizadas
que el niño no comprende y para las cuales es incapaz de dar su consentimiento.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
131
PROCEDIMIENTOS DE ACCIÓN
1.- El profesor jefe del estudiante comunicará a Dirección y al Encargado de Convivencia la situación
de vulneración observada y se activará el protocolo. Ante pesquisa, se dará cuenta de este hecho en
un plazo de 24 horas, para efectuar denuncia pertinente.
2.- Se deja registro de la situación de vulneración en la Bitácora de Encargado de Convivencia.
3.- El establecimiento brindará al estudiante apoyo y contención por parte de comité de convivencia
y además resguardo y protección de su integridad física y psicológica.
4.- Se resguardará la intimidad e integridad del estudiante, sin exponer su experiencia al resto de la
comunidad educativa.
5.- Se solicitará al apoderado o adulto responsable que se acerque al establecimiento lo antes
posible para que tome conocimiento del tipo de vulneración que se ha observado, dejando registro
de toda la información recopilada en la bitácora y su firma .
6.- Se llevará un seguimiento de cumplimiento o no cumplimiento de acuerdo de decisiones
adoptadas desde Tribunales de Familia. El establecimiento colaborara con este proceso.
7.- Se intentará resguardar la información obtenida de los casos y se salvaguardará a la presunta
víctima de ellos, evitando que los hechos se difundan o comenten dentro de la comunidad educativa.
MEDIDAS DE APOYO PEDAGOGICO
El establecimiento realiza acciones (talleres) de carácter preventivo y promocional de salud
mental, para detectar situaciones de vulneración de derechos y potenciar los factores
protectores de salud mental de los estudiantes y sus familias:
Explotación y Comercio Sexual Infantil :PEE “ciudad del Niño”-La Serena
Redes Sociales :Bullyin - Grooming – Sexting en niños y adolescentes
Jornadas de Autocuidado y Comunicación asertiva :Programa Habilidades para la Vida”
Continuo Preventivo SENDA en niveles de 1° a 8° Básico
Facilitación de espacios pedagógicos en los cuales se abordan temáticas tales como:
detección de violencia, resolución de conflictos y sana convivencia entre pares. Estas
instancias se concentran en la signatura de Orientación y Consejo de Profesores.
El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del Ministerio
Público e instituciones pertinentes.
PROTOCOLO PARA FUNCIONARIOS
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
132
1.-MEDIDAS O SANCIONES PARA FUNCIONARIOS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
En el caso de docentes, asistente de la Educación, padres, apoderados y directivos, se entenderá como
falta, el incumplimiento de sus deberes o compromisos adquiridos, contemplados en el Reglamento de
Convivencia Escolar y que perturben el normal funcionamiento de la institución, de sus actividades o
atenten contra los derechos de sus semejantes. Pueden ser leves, graves y gravísimas.
Se tomará como medida remedial frente a cualquier falta dirigida hacía una o más integrante de esta
Institución, el pedir disculpas privadas o pública según sea la necesidad, entendiéndose las disculpas
como una manera de mostrarse arrepentido y no volver a reiterar esta acción en perjuicio del otro. En
los casos que puedan ser remitidos a Comité de Sana Convivencia Escolar, será necesario realizarlas
en presencia de un tercero como testigo de fe o participar voluntariamente de una mediación con
actitud colaborativa.
Se podrá efectuar una amonestación verbal hacia asistentes de la educación y docentes de parte de la
jefatura, bajo un contexto de privacidad, asertividad, respeto, entendiéndose el diálogo correctivo
como una herramienta indispensable para mantener buenas relaciones interpersonales.
Si algún directivo concurriese en una falta que amerite amonestación verbal, esta podrá ser ejecutada
por el Encargado de Convivencia en coordinación con el Consejo Escolar.
En caso de que cualquiera de las faltas, que no implique un directo daño físico y/o psicológico, se
reiteren tres veces o más, pasarán a construir una falta grave y frente a esto, las amonestaciones serán
por escrito en la hoja de vida laboral.
En caso de la acumulación de tres faltas graves, esto constituirá una falta Gravísima y corresponderá
de parte del funcionario solicitar por escrito las disculpas correspondientes y ejercer un compromiso de
colaboración y reparación por la falta cometida.
Si se cometieran por parte de un funcionario(a) acciones muy graves, se aplicarán las medidas
contempladas en las normas internas, así como en la legislación pertinente.
Si el responsable fuese el padre, madre o apoderado de un alumno(a), en casos graves se podrán
disponer de medidas como la obligación de designar un nuevo apoderado(a) o la prohibición de su
ingreso al establecimiento.
PROTOCOLO A SEGUIR ANTE ACCIDENTE ESCOLAR EN EL ESTABLECIMIENTO
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
133
o Todo accidente escolar será atendido por un adulto responsable (profesor, auxiliar,
inspector de patio, Encargado de Convivencia, etc.)quien realizará las primeras pesquisas y
detalles del accidente en el terreno.
o El estudiante será conducido por el adulto a la Dirección, donde será interrogado sobre lo
ocurrido. Esta información será corroborada por el adulto que lo acompaña.
o En relación a lo ocurrido, se completará una declaración Individual de Accidente Escolar en
Dirección del establecimiento. Esta declaración consistirá en un ejemplar y cuatro copias,
quedando una para el establecimiento.
o Esta Declaración de Accidente Escolar, se hará en un plazo no mayor de 24 horas, después
de ocurrido el accidente.
o El traslado del alumno/a hacia el Servicio de Urgencia del Hospital San Pablo, será
realizado por un adulto responsable, quien corroborará información respecto al incidente.
o El apoderado, deberá responsabilizarse de concurrir al Servicio de Urgencia del centro
hospitalario y acompañar a su hijo/a durante el procedimiento médico.
o El establecimiento contará con un encargado /a de comunicar a los padres o apoderados la
ocurrencia del accidente, para lo cual el apoderado deberá mantener informado al
establecimiento de su número telefónico.
o En caso de accidente severo (pérdida de conciencia(TEC),descarga eléctrica, caída de
material, herida corto punzante ,fractura ,crisis epiléptica ,caída desde pisos superiores
,etc.),un adulto responsable informara inmediatamente a Dirección para solicitar una
ambulancia de servicio médico de urgencia.
o Luego, un adulto responsable informara al apoderado sobre lo sucedido telefónicamente.
o Posteriormente, se redactará el registro de accidente, solicitando información a quienes
hubiesen presenciado el incidente.
o De parte del establecimiento se registrará el reporte de accidente y antecedentes recabados.
o El traslado del alumno/a hacia el Servicio de Urgencia del Hospital San Pablo, será
realizado por un adulto responsable, quien corroborará información respecto al incidente
o El apoderado, deberá responsabilizarse de concurrir al Servicio de urgencia del centro
hospitalario y acompañar a su hijo/a durante el procedimiento médico.
Informe Final y Cierre de Protocolo
Informes emitidos por Servicio de Urgencia del centro hospitalario de casos de
accidente escolar para ser presentado al establecimiento.
BUS ESCOLAR
DESCRIPCION:
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
134
El bus escolar fue donado por Empresa Minera Sierra Gorda, quienes vieron que la escuela se
preocupa de desarrollar plenamente los talentos y habilidades de los estudiantes a través de diversos
talleres y academias, especialmente de carácter deportivo cultural, como la academia de
Cheerleaders. También, sus representantes promocionaron estas actividades escolares al interior de
la empresa, especialmente con ejecutivos, viniendo posteriormente a conocer nuestro establecimiento
y las actividades que realizaban los estudiantes. Esta instancia fue propicia para solicitar un bus, el
cual vendría a solucionar la puntualidad, atrasos e inasistencia de los alumnos, los cuales, por
supuesto inciden en sus aprendizajes.
Logrando este gran sueño, pudimos realizar obras sociales con alumnos de escuelas municipales de
Sierra Gorda (II Región) e intercambios culturales.
Actualmente, este bus lo administra el Servicio Local de Educación Puerto Cordillera, el cual provee
de conductor, mantención, combustible, patente y revisión técnica. Este servicio consta del traslado
de los estudiantes desde sus domicilios hasta el establecimiento y viceversa, con horarios
establecidos y rutas de traslado, considerando que los alumnos provienen de varios sectores de la
comuna. Viajan con los estudiantes además del conductor, un Inspector velando por la seguridad de
los alumnos.
Por la motivo, se insta a los alumnos a mantener un comportamiento adecuado al interior del bus
para mantener este beneficio. De lo contrario, los alumnos que no cumplan con estas normas, serán
sancionados con la interrupción del uso de este servicio
PROTOCOLO DE USO DEL BUS
El bus tiene un recorrido o ruta, el cual ha sido especificado a los apoderados e indicado
horarios de recorrido.
Los alumnos y apoderados, esperarán el bus en los lugares indicados y respetarán los
horarios.
En horario de salida del establecimiento, los alumnos deberán esperar su recorrido de
regreso conforme a instrucciones dadas.
El inspector, deberá mantener una bitácora de asistencia.
Los apoderados, no podrán viajar en el bus, excepto por razones muy justificadas.
El bus no transportará alumnos atrasados.
Los alumnos usuarios, no podrán comer al interior del bus, ni ocasionar daños como:
rayado, ruptura de asientos y pintura.
Deberán los alumnos mantener un comportamiento adecuado, siendo respetuosos y
obedientes de indicaciones de chofer e inspector.
En caso de no cumplimiento de normas establecidas el estudiante perderá este beneficio.
El padre, madre o apoderado del alumno, deberá firmar conforme las normas establecidas
y su consecuente sanción.
Por eventualidades de tiempo, mantención u otra causa emergente, se informará a
padres, madres o apoderados, que el bus interrumpirá su recorrido diario.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
135
El bus, cumple únicamente con la función de transporte, no utilizándose para acarreo de
materiales o entrega de encargos.
COMPROMISO DEL APODERADO
Yo………………………………………………….. RUN ………………………………….,
Apoderad(a) del alumno(a)……………………………………………………………………..
Del Curso…………., declaro conocer la normativa del uso del bus de transporte escolar y las
consecuentes sanciones aplicadas desde el establecimiento a su incumplimiento.
___________________________________
FIRMA DEL APODERADO(A)
COQUIMBO……de……………..de 2019.-
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
136
PROTOCOLO DE ACTUACION FRENTE A SITUACIONES DE ACOSO ESCOLAR Y
BULLYING ENTRE MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
Recepción de la Denuncia
El integrante de la comunidad educativa que detecte o reciba una denuncia de una situación de
acoso escolar, deberá informar a
La dirección del establecimiento por medio del Inspector General Encargado/a de Convivencia,
Orientador deberá activar el protocolo de acción correspondiente.
Etapas que componen el procedimiento de denuncia ante el caso:
Recibirá la denuncia el Inspectoría General, Convivencia u Orientación, quienes se
comunicaran vía telefónica, comunicación escrita o visita domiciliaria del Trabajador
Social, en un plazo no superior a 24 horas.
Una vez informado y autorizado por el apoderado del estudiante, se iniciará un proceso de
investigación del caso, con entrevista correspondiente a cada uno de los involucrados.
Durante el transcurso el alumno/s afectado/se proporcionará apoyo desde el equipo de
convivencia, según corresponda, como también posibles derivaciones a organismos y redes
de apoyo competentes.
Si el incidente ocurriera entre docente y estudiante, se le solicitara al profesional guías de
trabajo para que el alumno desarrolle en Unidad Técnica o Programa de Integración
Escolar (PIE), como medida de resguardo mientras dure la investigación.
Si el incidente involucra a un funcionario y estudiante, se adoptara como medida cautelar
que éste no tenga comunicación verbal ni acercamiento al alumno ,mientras dure el
procedimiento de investigación
El proceso de duración de la investigación se extenderá como plazo de 72 horas como plazo
máximo en días hábiles, estipulado mediante un informe escrito que contenga resolución del
conflicto junto a medidas formativas y reparatorias, basado en Reglamento Interno de
Convivencia. Se informará a los involucrados (apoderados, estudiantes, funcionarios) de esta
situación en mesa de trabajo junto a equipo de convivencia.
En caso de confirmarse maltrato escolar,de aplicará procedimientos definidos en protocolos
de maltrato físico y/o violencia en Reglamento de Convivencia.
Posteriormente a la resolución del caso acoso escolar o bullying, se realizará un monitoreo
en un plazo no mayor a cinco días hábiles contenido en un informe escrito o pauta de
entrevista con el fin de verificar estado emocional y psicosocial del involucrado/s, desde
equipo de convivencia.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
137
PROTOCOLO DE ACCIÓN CONDICIÓN DE EMBARAZADA, MATERNIDAD Y
PROGENITOR
El siguiente protocolo de acción describe 5 fases de acompañamiento para el apoyo integral de
alumnas en condición de embarazo y maternidad o alumnos en condición de progenitores
adolescentes.
Fase 1: Comunicación al colegio
La estudiante en lo posible acompañada por su apoderado debe comunicar su condición de
maternidad o de embarazo a la orientadora, profesor jefe o director del establecimiento.
Fase 2: Citación al apoderado y conversación
• En conocimiento por parte de la autoridad directiva y de la alumna en condición de
embarazo, el Profesor Jefe y/o el Orientador del establecimiento realizan la citación al apoderado de
la estudiante a través del documento respectivo para tales casos y se registra la citación en la hoja
de observaciones de la estudiante y/o en una hoja de registro de orientación el cual debe archivarse
como antecedente.
• En la entrevista con el apoderado El Profesor (a) Jefe y/o el orientador registra aspectos
importantes de la situación familiar y la reacción de los padres frente a la condición de embarazo.
También da a conocer el protocolo de acción que se implementará para que la alumna continúe con
sus actividades y no pierda su año escolar. También se deben recopilar antecedentes relevantes de la
estudiante embarazada tales como estado de salud, meses de embarazo, fecha posible del parto y
solicitud de atención y certificado médico.
Fase 3: Determinación de un plan académico para la estudiante
• El Orientador del establecimiento, la Unidad Técnica Pedagógica, el Profesor Jefe y/o
Inspectoría General analizan la información recogida y valoran la situación.
• La Unidad Técnica pedagógica elabora una programación del trabajo escolar así como de
los procesos evaluativos para la alumna embarazada que le permita desenvolverse de manera normal
en el colegio y al mismo tiempo pueda cumplir con los cuidados y controles de su condición de
embarazo.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
138
• Esta programación de trabajo escolar así como de los procesos evaluativos para la
estudiante en condición de embarazo son coordinadas entre los profesores de los distintos ramos e
informada a las autoridades directivas del establecimiento.
Fase 4. Elaboración bitácora y monitoreo
• Elaboración de una bitácora que registre el proceso de la alumna en condición de embarazo
o maternidad por parte del Orientador del establecimiento, contemplando entrevistas de seguimiento
a la alumna y entrevistas de orientación al apoderado.
• Monitoreo del proceso a través del tiempo por parte del Orientador y Profesor Jefe.
Fase 5. Informe Final y Cierre de Protocolo
• Elaboración de un informe final cuando se haya cumplido el periodo establecido y ajustado a
la norma para apoyar a las alumnas en condición de embarazo y maternidad, realizado por parte del
Orientador del establecimiento.
PROTOCOLO SE SERVICIO DE ALIMENTACION
Programa de Alimentación Escolar (PAE)
El uso del comedor por parte de los estudiantes beneficiarios del programa de Alimentación Escolar
(PAE) de Junta de Auxilio Escolar y Becas, es un beneficio que entrega el establecimiento a todos
aquellos alumnos que se encuentran en vulnerabilidad, según Registro Social de Hogar, emitido por
Ministerio De Desarrollo Social y que se ubiquen en el tramo de 60% de más bajo ingreso
socioeconómico ,entregando diariamente el servicio de alimentación :desayuno ,almuerzo y tercera
colación ,en los niveles de educación pre básica y básica .
El establecimiento consciente de la importancia de contribuir a la calidad de vida y formación de los
estudiantes, coopera proporcionando la infraestructura necesaria para la correcta alimentación de
éstos ,preocupándose del buen aprovechamiento de los espacios ,cautelando que sea un lugar
agradable y seguro ,donde se desarrollan hábitos alimenticios saludables ,actitudes y habilidades
sociales.
El Programa de Alimentación dará inicio y término del servicio al establecimiento, según
fechas convenidas con el establecimiento, Dirección y Encargado PAE.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
139
El Programa de Alimentación, contará con un Encargado en establecimiento, quien llevará
a cabo la entrega del servicio en plataforma on line .Además toda la información que se
requiera sobre el programa.
HORARIOS DEL COMEDOR
El horario de entrega del servicio ,es el siguiente :
Servicio Días de atención
Almuerzo Básica Lunes a Vienes ,13.30 horas
Almuerzo Pre Básica Lunes am Viernes 12.00 horas
Desayunos Básica Lunes a Viernes ,09.50 horas
Desayunos Pre básica Lunes a Viernes ,09.00 horas
Tercera Colación Lunes a Viernes ,11.50 horas
.
PERSONAL A CARGO DURANTE EL ALMUERZO:
o Señor Dixon Gallardo Espinoza ,Trabajador Social
o Señorita Stephanie Guerra Taborga ,Asistente de la Educación
Quienes velarán porque todos los estudiantes puedan consumir su alimentación de manera adecuada
y se respeten las rutinas y normas de convivencia escolar.
NORMAS DE CONVIVENCIA DE LOS ALUMNOS
HIGIENE
Al toque del timbre, los alumnos deberán lavarse las manos antes de entrar al comedor. Para
ingresar, los alumnos harán filas y esperarán su turno de atención, guardando orden y
compostura en su espera.
Los alumnos, después de servirse el desayuno o el almuerzo, dejarán el jarro o la bandeja en
mesón de entrada a la cocina.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
140
Los alumnos, una vez ingresados al comedor, no pueden salir, excepto por urgencias e
imprevistos.
Antes de retirarse, cada alumno deberá procurar dejar su espacio limpio y la silla ordenada.
Antes de la entrada a clases, los alumnos deberán ir al baño, para cepillarse sus dientes y
lavar sus manos.
ORGANIZACIÓN Y COMPORTAMIENTO
La entrada al comedor se hará al toque del timbre, con orden y tranquilidad para responder
a la lista de asistencia efectuada por la encargada.
Deberán permanecer correctamente sentados en todo momento.
Respetar al personal laboral: manipuladoras, auxiliar de aseo, asistente de la educación y
trabajador social.
Los alumnos, saldrán al sector del patio, una vez finalizada su atención, no permaneciendo
en comedor. Los lugares de esparcimiento ,son los siguientes:
Patio Cívico: Alumnos de Primer Ciclo
Sector Cancha: Alumnos de Segundo Ciclo
Ante cualquier dificultad o problema de disciplina, suscitada a la hora de almuerzo, la
responsable de este proceso se comunicará con Inspector General, quién tomará las medidas
pertinentes de cada caso.
PAE (JUNAEB)
El programa proporciona una alimentación adecuada y equilibrada para el estudiante por lo
que no requiere colaciones extra.
El control de entrega de alimentación, será registrado por personal contratado para esta
finalidad. No así el tercer servicio, que será entregado por personal manipulador. Al
respecto, si un alumno falta por motivos de salud, se le guardará su colación, respaldando
con certificado médico. También este servicio, no puede ser derivado a otro estudiante.
OTROS
Los alumnos podrán traer su propia colación, renunciando su apoderado al servicio y
derivando esta ración a otro alumno que no esté focalizado en las listas de JUNAB y que
tenga RSH requerido.
Si un alumno beneficiario es celíaco, se enviara notificación a JUNAEB, para que este
alumno reciba alimentación adecuada.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
141
Si un alumno es alérgico a un componente de la dieta, el apoderado, deberá hacer llegar
certificado médico correspondiente, para diferenciar su dieta.
Si un alumno rechaza la alimentación, se informará al apoderado para que éste envíe
alimentación por cuenta propia.
La encargada de monitorear proceso de alimentación, vigilara a los alumnos que en forma
constante no se sirven su alimentación. En este caso, se derivará este cupo a otro alumno con
RSH respectivo.
Un alumno trasladado de otro establecimiento con beneficio JUNAEB, tendrá acceso a este
servicio, siempre cuando el establecimiento tenga vacante para su atención.
En caso que un alumno destruya servicios de bandeja, se informará al apoderado, para que
reponga elementos destruidos.
Todo alumno debe llegar en horarios establecidos por el establecimiento para servicio de
alimentación. Un profesor no puede asignar trabajos o “castigos “en tiempos de
alimentación.
Excepcionalmente, si un alumno queda sin alimentación, se le otorgará una colación en
tiempo de clases.
El establecimiento otorgará el servicio de alimentación, conforme a focalización de
beneficiarios, enviada por Junta de Auxilio Escolar y Becas.
PROTOCOLO DE ACCIÓN EN SITUACIONES DE IDEACIÓN SUICIDA O INTENTO DE
SUICIDIO.
Se considerarán 2 instancias:
Ideación suicida
La ideación suicida implica todos los pensamientos que los individuos tienen respecto a
desear y formular planes de cometer suicidio. El rango de la ideación varía de pensamientos
a una planeación detallada.
Intento suicida
Un intento suicida es una acción tendiente a acabar con la vida de manera concreta y
contundente: arrojarse al vacío, ingerir sustancias tóxicas y/o desconocidas, autoinfringirse
heridas profundas, entre otras.
En el caso de alumnos:
1. Ideación suicida:
Si se recibe el comentario directo del alumno:
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
142
Si estos pensamientos son compartidos al interior de la comunidad por un alumno que declara
planear suicidio, se procederá a dar aviso al apoderado y se realizará una derivación al centro de
salud para que proceda a implementar los mecanismos dispuestos por las unidades de salud mental.
Si se reciben rumores de terceros:
Si se escuchan rumores de terceros referidos a posibles anuncios sobre intentos de suicidio, el
establecimiento tendrá un plazo de 48 horas para comprobar la veracidad de tales rumores y, por el
momento, se le solicitará a la psicóloga a cargo realizar contención emocional, dando posterior
aviso al apoderado. Si en este periodo se comprueba la veracidad de tales rumores, se procederá a
realizar la denuncia correspondiente y derivación a un centro de salud.
Si los rumores no son ciertos.
Si se comprueba que los rumores no son verídicos, el establecimiento citará a quienes los hayan
realizado y a sus apoderados, los que recibirán amonestación de parte de la Dirección.
2. Intento suicida:
En este caso, se procederá a la derivación inmediata a un centro de salud, dando aviso a
apoderado y profesor jefe formulando la correspondiente denuncia a Carabineros.
En el caso de funcionarios:
1. Ideación suicida:
Si se recibe el comentario directo de un funcionario:
Si estos pensamientos son compartidos al interior de la comunidad por un funcionario que declara
planear suicidio, se procederá a dar aviso a la familia y se realizará la denuncia correspondiente
dentro de las 24 horas.(Carabineros-Hospital)
Si se reciben rumores de terceros:
Si se escuchan rumores de terceros referidos a posibles anuncios sobre intentos de suicidio, el
establecimiento tendrá un plazo de 48 horas para comprobar la veracidad de tales rumores. Si en
este periodo se comprueba la veracidad de tales rumores, se procederá a realizar la denuncia
correspondiente.
Si los rumores no son ciertos.
Si se comprueba que los rumores no son verídicos, el establecimiento citará a quienes los hayan
realizado, los que recibirán amonestación de parte de la Dirección.
2. Intento suicida:
En este caso, se procederá a la derivación inmediata a un centro de salud, formulando la
correspondiente denuncia a Carabineros.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
143
El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del Ministerio
Público e instituciones pertinentes
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
144
PROTOCOLO DE EXPULSION Y CANCELACIÓN DE MATRICULA
La Ley establece y consagra los derechos para todos los miembros de la Comunidad Educativa (A
partir de 1° marzo 2016)
"Previo al inicio del procedimiento de expulsión o de cancelación de matrícula, el director del
establecimiento deberá haber representado a los padres, madres o apoderados, la inconveniencia de
las conductas, advirtiendo la posible aplicación de sanciones e implementado a favor del o la
estudiante las medidas de apoyo pedagógico o psicosocial que estén expresamente establecidas en el
reglamento interno del establecimiento educacional, las que en todo caso deberán ser pertinentes a la
entidad y gravedad de la infracción cometida, resguardando siempre el interés superior del niño o
pupilo. No se podrá expulsar o cancelar la matrícula de un estudiante en un período del año escolar
que haga imposible que pueda ser matriculado en otro establecimiento educacional.
Lo dispuesto en el párrafo precedente no será aplicable cuando se trate de una conducta que atente
directamente contra la integridad física o psicológica de alguno de los miembros de la comunidad
escolar, de conformidad al Párrafo 3º del Título I del decreto con fuerza de ley Nº2, de 2009, del
Misterio de Educación. En ese caso se procederá con arreglo a los párrafos siguientes.
Las medidas de expulsión o cancelación de matrícula sólo podrán adoptarse mediante un
procedimiento previo, racional y justo que deberá estar contemplado en el reglamento interno del
establecimiento, garantizando el derecho del estudiante afectado y, o del padre, madre o apoderado a
realizar sus descargos y a solicitar la reconsideración de la medida.
La decisión de expulsar o cancelar la matrícula a un estudiante sólo podrá ser adoptada por el
director del establecimiento. Esta decisión, junto a sus fundamentos, deberá ser notificada por escrito
al estudiante afectado y a su padre, madre o apoderado, según el caso, quienes podrán pedir la
reconsideración de la medida dentro de quince días de su notificación, ante la misma autoridad, quien
resolverá previa consulta al Consejo de Profesores. El Consejo deberá pronunciarse por escrito,
debiendo tener a la vista el o los informes técnicos psicosocial es pertinente y que se encuentren
disponibles.
Los sostenedores y, o directores no podrán cancelar la matrícula, expulsar o suspender a sus
estudiantes por causales que se deriven de su situación socioeconómica o del rendimiento académico,
o vinculadas a la presencia de necesidades educativas especiales de carácter permanente y transitorio
definidas en el inciso segundo del artículo 9º, que se presenten durante sus estudios. A su vez, no
podrán, ni directa ni indirectamente, ejercer cualquier forma de presión dirigida a los estudiantes que
presenten dificultades de aprendizaje, o a sus padres, madres o apoderados, tendientes a que opten
por otro establecimiento en razón de dichas dificultades. En caso que el o la estudiante repita de
curso, deberá estar señalado en el inciso sexto del artículo 11 del decreto con fuerza de leyNº2, de
2009, del Ministerio de Educación.
El director, una vez que haya aplicado la medida de expulsión o cancelación de matrícula, deberá
informar de aquella a la Dirección Regional respectiva de la Superintendencia de Educación, dentro
del plazo de cinco días hábiles, a fin de que ésta revise, en la forma, el cumplimiento del
procedimiento descrito en los párrafos anteriores. Corresponderá al Ministerio de Educación velar
por la reubicación del estudiante afectado por la medida y adoptar las medidas de apoyo
necesarias.".(Ley N° 20.845)
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
145
PROCEDIMIENTO:
Se realizará una mesa de trabajo informativa y de acuerdo entre el alumno/a, padres y/o
apoderado profesor jefe, equipo directivo y personal de apoyo (psicólogo, PIE,
psicopedagogo, programas externos, etc.).
Se informará sobre protocolos que contempla reglamento Interno en caso de conductas
reiteradas que transgreden normas de convivencia.
Se informará también, sobre tipificación de faltas contenidas en este reglamento.
Se comunicará sobre medidas formativas y reparatorias que adopta el establecimiento como
instancia de mejora del alumno/a. En tal caso, el profesor jefe o en su defecto el profesor de
asignatura, registrara mediante entrevistas al alumno/a, padre o apoderado, donde quedaran
establecidos estos compromisos.
Prosiguiendo, los demás funcionarios del establecimiento (Director, Jefe Técnico,
Orientador, Encargado de Convivencia, Psicólogo/a, Asistente Social, etc.), también dejarán
constancia por escrito acciones de apoyo para el alumno/a y familia.
Se procederá a informar sobre evidencias registradas en Libros de Clases, actas e informes.
Se firmarán compromisos y acuerdos para mejorar y reparar conductas desadaptativas y a la
vez ,se informa sobre la medida disciplinaria siguiente ,de acuerdo a Reglamento Interno
Agotadas las instancias formativas y disciplinarias se procederá a llamar nuevamente al
apoderado, informándole por escrito la condicionalidad de matrícula del alumno/a
adoptada por el establecimiento.
El apoderado/a y el alumno/a, firmarán un acuerdo de compromiso de cambio de conducta.
El no cumplimiento de éste, derivara en una cancelación y/ o expulsión del alumno /a del
establecimiento, de acuerdo a facultades resolutivas del director
El director, aplicará le medida de expulsión de acuerdo al no cumplimiento de compromisos
contraídos. Esta decisión, junto a sus fundamentos, será notificada por escrito al estudiante
afectado y a su padre, madre o apoderado, según el caso, quienes podrán pedir la
reconsideración de la medida dentro de quince días de su notificación, ante la misma
autoridad, quien resolverá previa consulta al Consejo de Profesores. El Consejo deberá
pronunciarse por escrito, debiendo tener a la vista el o los informes técnicos psicosocial es
pertinente y que se encuentren disponibles.
El director, una vez que haya aplicado la medida de expulsión o cancelación de matrícula,
deberá informar de aquella a la Dirección Regional respectiva de la Superintendencia de
Educación, dentro del plazo de cinco días hábiles para su revisión.
Corresponderá al Ministerio de Educación velar por la reubicación del estudiante afectado
por la medida y adoptar las medidas de apoyo necesarias.".(Ley N° 20.845)
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
146
Se procederá a evidenciar los procedimientos mencionados anteriormente, refrendados por
actas e informes.
Informe Final y Cierre de Protocolo
Elaboración de un informe final de parte de Dirección del establecimiento, red de
apoyo: PASMI (Programa de Atención de Salud Mental Infantil), Subsecretaria de
Prevención del Delito u otro.
INSTANCIA DE APELACIÓN
Una vez comunicada la sanción aplicada, el afectado o afectada se reserva el derecho de apelar.
Esta apelación por escrito y con los argumentos y evidencias que sean necesarias, deberá elevarse a
la Dirección del Establecimiento, en un plazo no mayor a cinco días hábiles a contar de la fecha en
que se recibió el fallo.
La Dirección del Establecimiento tendrá la facultad privativa de acoger o rechazar la apelación sin
ulterior recurso.
La Resolución dictada por la Dirección del establecimiento será entregada por escrito y en un plazo
no superior a 48 horas después de recibida.
DE LA CONDICIONALIDAD Y CANCELACIÓN DE MATRÍCULA
MATRÍCULA CONDICIONAL
La calidad de alumno regular de la escuela quedará sujeta al cumplimiento de los deberes del
estudiante y sus obligaciones durante su jornada escolar. De este modo, cuando un estudiante
presente reiterados incumplimientos en las normas consignadas en el presente Reglamento, o por
reiteración de faltas graves o gravísimas, Inspectoría General en conjunto con el Consejo de
profesores, decidirá la condicionalidad de matrícula por mayoría simple y acordará las condiciones
mínimas de desempeño que se esperan y se exigen al estudiante a partir de esa fecha para su
permanencia en el establecimiento. La condicionalidad de matrícula debe ser oportunamente
notificada al alumno y al apoderado. Si el apoderado y el alumno no asisten a la citación o se niegan
a firmar la notificación, ésta se reiterará por correo certificado al domicilio declarado por el
apoderado en la hoja de matrícula. Si dentro de los próximos cinco días hábiles, contados desde la
emisión de la carta certificada, tampoco comparece el alumno y su apoderado, se entenderá por
notificadas y aceptadas las condiciones impuestas. Las condiciones impuestas al alumno y al
apoderado deberán ser puestas por escrito y firmadas por el alumno y por el apoderado y quedará
archivada en Inspectoría General en el Registro de Atención de Apoderados de Inspectoría General.
CANCELACIÓN DE MATRÍCULA
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
147
En caso de incumplimiento de las condiciones impuestas durante el tiempo establecido de la
condicionalidad de matrícula, por el solo hecho del registro de evidencias, el Director se reserva el
derecho de proponer al Consejo de Profesores la no renovación de la matrícula al alumno/a para el
siguiente año escolar.
1.- La pérdida del derecho a ser matriculado para el próximo año escolar la decide el Director,
previa aprobación del Consejo de Profesores de Curso. Esta medida se aplicará cuando conste
objetivamente que el alumno y/o el apoderado no han dado cumplimiento a las condiciones
dialogadas, aceptadas y firmadas en la condicionalidad de matrícula, o cuando se incurra de forma
muy grave en una o más de las causales señaladas en el presente Reglamento.
2.- El Director, o el Inspector General por su encargo, deberán notificar la medida al alumno y
apoderado, personalmente y por escrito, en el mes de noviembre, señalando en los antecedentes de
la decisión del Consejo de Profesores. En caso de no concurrir el apoderado y el alumno a dicha
citación, el responsable de la notificación enviará una segunda citación por correo certificado al
domicilio declarado por el apoderado en la hoja de matrícula.
3.- Si luego de la segunda citación el apoderado se niega a tomar conocimiento, se enviará una
carta certificada en un plazo de tres días hábiles desde la fecha de emisión de la carta certificada,
dándose por notificada la medida y se dejará constancia de ello en el registro de atención de
apoderados de Inspectoría General.
4.- Una vez notificada la cancelación de matrícula, ésta deberá quedar registrada y firmada por el
apoderado en el acta de atención de apoderado, quien podrá apelar de la medida ante el Equipo de
Convivencia Escolar, por escrito y con plazo de cinco días hábiles, presentando razones
fundamentadas de que no se ha realizado el debido proceso según este reglamento. Si no hay
apelación dentro del plazo, la Dirección del Establecimiento asume que el apoderado ha renunciado
al derecho de la apelación otorgando al Colegio pleno derecho de disponer del cupo de matrícula
para el año siguiente.
EXPULSIÓN
El estudiante perderá su calidad de alumno en el establecimiento cuando incurra en una falta de
extrema gravedad, previo análisis de los antecedentes y actos probatorios de la falta que justifican la
inmediata expulsión del alumno, con consulta al Consejo General de Profesores. El estudiante podrá
ser suspendido, por facultad del Director, mientras se convoca al Consejo de Profesores.
La Ley de Inclusión establece un procedimiento aplicable a la medida disciplinaria de Expulsión,
disponiendo que esta medida sólo podrá aplicarse cuando:
- Sus causales estén claramente descritas en el reglamento interno. - Las faltas afecten gravemente
la convivencia escolar.
- Las faltas atenten directamente contra la integridad física o psicológica de algún miembro de la
comunidad educativa.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
148
- La escuela haya implementado a favor del estudiante medidas de apoyo pedagógico o psicosocial
establecidas en el reglamento interno. No obstante, todo lo expresado anteriormente no será
aplicable cuando la causal de Expulsión corresponde a una falta que atente contra la integridad
física o psicológica de un miembro de la comunidad escolar. Cuando se toma la medida de Expulsión
de un estudiante, se debe respetar el siguiente protocolo:
1.- El director debe notificar la medida al alumno y apoderado en un plazo no superior a dos días
hábiles de ocurrido el acuerdo del Consejo de Profesores. Para ello citará por escrito al alumno y
apoderado. En caso de no concurrir el apoderado y el alumno a dicha citación, el Director enviará
una segunda citación por correo certificado al domicilio declarado por el apoderado en la hoja de
matrícula. Si tampoco asiste a este segundo llamado en un plazo de tres días hábiles desde la fecha
de emisión de la carta certificada, se dará por notificada la medida y se dejará constancia de ello en
la hoja de vida del alumno.
2.- Una vez notificada la expulsión, la cual debe quedar registrada y firmada por el apoderado en
acta de atención de apoderados de Dirección, la escuela tiene la obligación de informar de la medida
a la Superintendencia de Educación en un plazo menor a 5 días hábiles.
3.- La escuela deberá enviar a la Superintendencia de Educación todos los antecedentes que
fundamenten la medida disciplinaria tomada con el estudiante.
4.- El estudiante expulsado deberá mantenerse como alumno de la escuela por un plazo de 15 días,
mientras la Superintendencia revisa los antecedentes que avalan la medida disciplinaria tomada. 5.-
En caso que la Superintendencia de Educación instruya el reintegro del estudiante a clases, dejando
sin efecto la medida disciplinaria tomada por la escuela, será el establecimiento educacional quien
determine la forma en que el estudiante continúe su año escolar pudiendo establecerse la medida
disciplinaria de Reducción de Jornada, Tutorías o Calidad de alumno libre, según corresponda de
acuerdo a los antecedentes del alumno
DEL DERECHO A APELACIÓN
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
149
Respecto a este derecho se establece que:
1.- Todas las partes tendrán la posibilidad de recurrir fundadamente en contra de la resolución
adoptada y el Director o Inspector General, dentro de un plazo de 5 días hábiles serán los
encargados de responder la resolución que fue apelada.
2.- Ante todo reclamo deben respetarse estrictamente los conductos regulares: Profesor Jefe,
Profesor de Asignatura, Jefe de U.T.P. (reclamo y aclaración de tipo pedagógico), Inspectoría
General, Dirección de la Escuela, respetando los protocolos de actuación.
3.- Todo reclamo por conductas contrarias a la sana convivencia escolar podrá ser presentado en
forma escrita ante la autoridad del Establecimiento: Profesor Jefe, Inspector General, Director;
luego al Servicio Local de Educación y finalmente, después de haber agotado todas las instancias
respectivas, dirigir su reclamo a la Dirección Provincial de Educación.
4.- El derecho de apelación deberá presentarse en un plazo no mayor a 5 días hábiles, del momento
de haber sido notificado por el Director/a sobre las causales de la sanción, y el Director/a en un
plazo no superior a 5 días hábiles, deberá pronunciarse.
Se considerará el siguiente protocolo de actuación para el proceso de Apelación:
1.- Se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad, privacidad y respeto por su dignidad y
honra., durante el proceso aclaratorio, indagatorio y de discernimiento de las medidas
correspondientes.
2.- Quedará constancia escrita del debido proceso (actuación y resolución) en los instrumentos
propios del establecimiento, debiendo mantenerse el registro individual de cada reclamo. No se
podrá tener acceso a dichos antecedentes por terceros ajenos a la investigación, a excepción de la
autoridad pública competente.
3.- En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los involucrados, el
derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las decisiones y la posibilidad de
impugnarlas.
4.- Se deja constancia escrita de la medida tomar en Acta de atención de apoderados de Inspectoría
General o Dirección.
El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del Ministerio
Público e instituciones pertinentes.
PROTOCOLOS DE SEGURIDAD.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
150
En caso de temblor o terremoto:
Recomendaciones generales:
Mantenga su lugar de trabajo o estudio limpio y libre de obstáculos que impidan
evacuar a usted y otras personas.
Procure mantener los pasillos libres de obstáculos.
Evite almacenar objetos de gran peso y tamaño en lugares altos.
No actúe impulsivamente ya que aumenta el riesgo de lesionarse usted y los demás.
El profesor a cargo del curso designará a dos alumnos para ayudar a otros que
tengan dificultad para desplazarse.
Instrucciones a aplicar durante el sismo.
Suspenda cualquier actividad que esté realizando.
Conserve la calma y controle los brotes de pánico que se puedan generar.
Debe mantenerse en silencio.
El profesor abrirá las puertas de salida de la sala.
Los alumnos deberán alejarse de las ventanas, ya que la vibración puede ocasionar
la ruptura de vidrios.
Si se encuentra bajo techo protéjase de la caída de lámparas, artefactos eléctricos,
madera, libros, cuadros, equipos de laboratorio, tableros, etc. Debajo de los bancos
si es posible en caso contrario mantenga la calma en donde se encuentre.
El profesor que se encuentra realizando actividades en talleres o laboratorios
deberá cortar la electricidad de los equipos, cortar también suministro de gas.
Durante el sismo NO SE DEBE EVACUAR, solo en los casos puntuales como daños
visibles y considerables en la edificación, tales como caídas de muros, fracturas de
columnas.
En caso de encontrarse fuera de la sala de clases, aléjese de paredes,postes, arboles
altos, cables eléctricos y otros elementos que puedan caerse.
Las personas encargadas del comedor Junaeb, deberán cerrar las llaves de gas y
suspender la electricidad.
En el caso que no se encuentren tanto docentes como alumnos en la salas, todos
deberán dirigirse con calma y orden, asistidos por personal de Inspectoría,
administrativos o de servicios asignados, a la zona de seguridad correspondiente a
su curso.
Personal designado, procederá a suspender la energía eléctrica y gas, hasta esperar
la orden superior de reposición de dichos suministros, habiéndose constatado que
no existen desperfectos de los sistemas, incluso con apoyo de Bomberos o Empresas
de Servicios.
Observe si hay personas heridas, no mueva a los lesionados a no ser que estén en
peligro de nuevas heridas.
Se debe esperar en la zona de seguridad por posibles replicas, hasta que el
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
151
encargado de seguridad de la orden de salir de la zona de seguridad.
En caso de Tsunami:
Recomendaciones generales:
Conozca la distribución de los lugares seguros y vías de escape de cada sala, oficina
o lugar del establecimiento a través de la señalética.
Mantenga siempre expedito pasillo y puertas de escape. Deje los artículos
quebradizos en posiciones bajas.
Revise periódicamente las condiciones estructurales de salas y espacios públicos.
Instrucciones durante el Tsunami o Maremoto
En caso de Terremoto, escuche la alerta sonora interna de la Escuela, ante la alerta
del Tsunami. El Comité de Seguridad e Inspectoría General verificaran la alerta de
Tsunami con las Autoridades pertinentes de Seguridad y Orden de Coquimbo. No
atienda ningún otro tipo de aviso o rumor no oficial, solo escuche la alarma oficial de
la Escuela.
Mantenga su autocontrol, con fines de autoprotección y seguridad personal.
Mantenga la calma. No grite.
Si está en su sala, en su oficina o en otra dependencia de la Escuela, según horario
de trabajo o de clase, evacue el lugar y diríjase a la zona de seguridad determinada, de
acuerdo a las instrucciones de este protocolo. No regrese a buscar enseres, materiales,
ropa, útiles escolares u otras pertenencias, dado a que perderá tiempo y obstaculizará
la evacuación de las personas.
Personal designado, procederá a suspender la energía eléctrica y gas, hasta esperar
la orden superior de reposición de dichos suministros, habiendo constatado que no
existen desperfectos de los sistemas, incluso con apoyo de Bomberos o empresas de
servicio.
Todo el personal y alumnos, deberán dirigirse hacia el sector del Estacionamiento
de vehículos de la Escuela.
Los Inspectores y Docentes procederán a revisar a cada grupo curso para verificar
la presencia o ausencia de alumnos(as) y proceder a su búsqueda inmediata en caso de
ausencia en el lugar de Seguridad.
En caso específico de alerta de Tsunami y de producida la evacuación, la Dirección
de la Escuela procederá a finalizar el horario normal de clases y de trabajo, dado
fundamentalmente a cautelar la seguridad y tranquilidad personal, asegurando el
regreso oportuno y temprano a sus hogares.
Todos los miembros del Personal y los Alumnos(as) deben permanecer en la
Escuela, hasta que los Apoderados(as) retiren a sus pupilos(as) informándole a
Inspectores o Docentes.
El Comité de Seguridad deberá estar alerta al informe que emane de la Autoridad
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
152
Competente de Coquimbo cuando la alerta de Tsunami haya sido cancelada.
PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN
SITUACIONES DE SOSPECHA, PORTE, CONSUMO, HALLAZGO O TRÁFICO DE
DROGAS
Protocolo frente a sospecha de consumo de drogas:
1.- El docente que mantenga sospecha de consumo, deberá informar al Director, Orientador/a o
Encargado de Convivencia del establecimiento.
2.- El Orientador/a y/o Encargado de Convivencia, deberá realizar una entrevista con el/la
estudiante. (Se ofrecen instancias de apoyo).
3.- Citación y entrevista con el padre, madre y/o apoderado del estudiante (se ofrecen instancias de
apoyo).
4.-No reconocimiento: en caso que el aluno no reconozca problemas de consumo, se informará a su
apoderado la sospecha de consumo, y quedará bajo la responsabilidad de éste, la atención
profesional. El establecimiento mantendrá un seguimiento del alumno por medio del orientador/a y
profesor/a jefe.
5.- Reconocimiento: en caso de que el alumno/a reconozca problemas de consumo, será el
Orientador/a del establecimiento, el encargado de derivar el caso a la entidad de apoyo
correspondiente. Si los padres se opusieran a la derivación, el director/a del establecimiento
deberá interponer una medida de protección a favor del alumno.
6.- El Equipo Psicosocial y/u Orientador/a, debe realizar el seguimiento del caso.
PROTOCOLO FRENTE A SITUACIONES DE CONSUMO DE DROGAS Y/O ALCOHOL
En situaciones en las cuales se sorprenda a un alumno/a consumiendo drogas y/o alcohol
dentro del establecimiento educacional, en las inmediaciones cercanas de éste o fuera del
establecimiento con uniforme escolar, se procederá de la siguiente forma:
1.- El profesor o cualquier persona de la comunidad educativa que sorprenda a un estudiante en
una situación de consumo de drogas y/o alcohol, deberá informar a Dirección e Inspectoría
General.
2..Se debe citar a los padres del estudiante con el fin de informar la situación,
3.- El establecimiento por medio del orientador/a, debe garantizar el apoyo profesional al
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
153
alumno/a y a sus padres, entregando alternativas de atención por instituciones especializadas,
así como la disponibilidad de los profesionales del establecimiento.
4.- El Orientador/a mantendrá un registro de acciones realizadas, las cuales considerarán el
seguimiento del caso durante al menos un año, con reuniones con el alumno, padres,
apoderados, profesor jefe y quienes corresponda. De la misma forma monitoreará las gestiones
internas y externas con la red comunal para ayudar al alumno/a y su grupo familiar.
5.-El Inspector General deberá aplicar las medidas pedagógicas y disciplinarias señaladas para
éstos casos en el reglamento interno del establecimiento.
PROTOCOLO FRENTE A TRÁFICO, MICRO TRÁFICO O PORTE DE DROGAS AL
INTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO
En situación que se sorprenda a un estudiante menor de 14 años, este será derivado a OPD o
institución pertinente.
1.-Si un docente o cualquier funcionario del establecimiento sorprende a un alumno/a portando,
vendiendo, facilitando, regalando, distribuyendo, permutando drogas, deberá informar
inmediatamente al Director/a del establecimiento.
2.- El Director deberá realizar dentro de las 24 horas siguientes, la denuncia correspondiente de
acuerdo a la Ley 20.000. (En caso que el estudiante sea mayor de 14 años).
3.- Se deberá citar a los padres del estudiante con el fin de informar la situación, así como la
obligatoriedad de denunciar por parte del establecimiento, de acuerdo a la ley 20.000.
4.- El o los estudiantes involucrados serán trasladados a una oficina o sala acompañados por un
directivo o docente autorizado, con el objeto de resguardar la información y a la espera de la
llegada de los padres y/o apoderados..
5.- De la misma forma, el establecimiento procederá a realizar una denuncia en la OPD con el
objeto de resguardar los derechos del niño, considerando que podría ser víctima de explotación o
engaño, o ser instrumento de un adulto o banda delictual.
6.- El Orientador/a mantendrá un registro de acciones realizadas, las cuales considerarán el
seguimiento del caso durante al menos un año, con reuniones con el alumno, padres, apoderados,
profesor jefe y quienes corresponda. De la misma forma monitoreará las gestiones internas y
externas con la red comunal para ayudar al alumno/a y su grupo familiar.
7.- El Inspector General deberá aplicar las medidas pedagógicas y disciplinarias señaladas para
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
154
éstos casos en el reglamento interno del establecimiento.
El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del
Ministerio Público e instituciones pertinentes.
PROTOCOLO FRENTE A SITUACIONES DE HALLAZGO DE DROGAS
1.- Si algún funcionario/a del establecimiento, alumno o apoderado se encontrara con
alguna sustancia ilícita al interior del establecimiento educacional, éste se encuentra
obligado a informar inmediatamente al Director/a del establecimiento.
2.-El Director/a debe contactarse con las autoridades competentes (Carabineros de Chile o
PDI), quienes realizarán los procedimientos específicos para éstas situaciones. Esto en el
caso de los alumnos mayores de 14 años, de lo contrario se realizará la derivación
correspondiente.
3.- Los directivos del establecimiento establecerán las medidas pertinentes para el resguardo
del lugar donde se encontró la sustancia ilícita.
4.- Si él o la estudiante es mayor de 14 años, el Director/a deberá dentro de las 24 horas
siguientes, debe realizar la denuncia correspondiente de acuerdo a la Ley 20.000.
El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del
Ministerio Público e instituciones pertinentes.
PROTOCOLO POR PORTE DE ARMAS BLANCAS Y ARMAS DE ACUERDO A LA LEY Nº
17.798 EN EL ESTABLECIMIENTO ESCOLAR
Cuando un alumno/a, funcionario o miembro de la comunidad escolar es sorprendido portando
arma blanca y/o armas de acuerdo a la ley nº 17.798:
Informar al Director del establecimiento o quien se encuentre a cargo del establecimiento
escolar.
El director del establecimiento debe solicitar la presencia de la institución correspondiente
encargadas de los procedimientos en éstos casos (Carabineros de Chile o PDI)
Paralelamente, el inspector general, orientador o encargado de convivencia del
establecimiento, debe separar al alumno o miembro de la comunidad y mantenerlo en un
espacio privado para proteger su integridad.
El director del establecimiento debe realizar dentro de las 24 horas la denuncia respectiva,
ya sea en Carabineros de Chile, PDI o Fiscalía.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
155
En caso de ser un alumno/a, el inspector del establecimiento debe paralelamente, informar a
los apoderados correspondientes, entregando claridad en los procedimientos establecidos en
éstos casos.
El inspector general debe aplicar las medidas correspondientes y establecidas para esta falta
en el reglamento interno.
El establecimiento mediante el área de orientación debe realizar seguimiento y
acompañamiento al o los alumnos involucrados, como a sus familias, garantizando el apoyo
psicológico, emocional y pedagógico. Se debe entregar apoyo, protección y contención, al
interior de la comunidad educativa.
El Director por medio de su orientador o encargado de convivencia, deberá brindar las
condiciones necesarias para dar cumplimiento desde el establecimiento, a las medidas de
protección, de las que fuera informado por tribunales. De la misma forma, garantizar el
desarrollo del proceso enseñanza aprendizaje de los alumnos/as, mediante la
implementación de diferentes estrategias pedagógicas, de ser necesario.
El director del establecimiento debe informar de la situación al Jefe de Servicio Local de
Educación de forma presencial y con el informe del protocolo correspondiente.
Toda información pública se realizará desde el Servicio Local de Educación.
El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del Ministerio
Público e instituciones pertinentes.
PROTOCOLO POR HALLAZGO DE ARMAS BLANCAS Y ARMAS DE ACUERDO A LA LEY
Nº 17.798 EN EL ESTABLECIMIENTO ESCOLAR
Cuando un alumno/a, funcionario o miembro de la comunidad escolar encuentra un arma blanca
y/o armas de acuerdo a la ley Nº 17.798:
Informar al director del establecimiento o a quien se encuentre en esos momentos a cargo del
establecimiento escolar.
Entregar el arma encontrada al director del establecimiento o a quien se encuentre en esos
momentos a cargo del establecimiento escolar.
El director del establecimiento debe solicitar la presencia de la institución correspondiente
en el establecimiento (Carabineros de Chile o PDI), con el objetivo de entregar el arma
encontrada.
El director del establecimiento debe realizar la denuncia correspondiente dentro de las 24
horas siguientes.
El director del establecimiento debe informar de la situación al Jefe de Servicio Local de
Educación de forma presencial y con el informe del protocolo correspondiente.
Toda información pública se realizará desde el Servicio Local de Educación.
El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del Ministerio
Público e instituciones pertinentes.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
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PROTOCOLO DE MALTRATO FÍSICO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO.
Ante la sospecha o relato del niño/a de hechos actuales o pasados de maltrato físico fuera del
establecimiento:
1.-Informar al Director del establecimiento.
2.- El Director o encargado del establecimiento, debe denunciar los hechos en forma personal en la
PDI, fiscalía o en Carabineros de Chile.
3.-La denuncia debe realizarse en un plazo de 24 horas desde que se tomó conocimiento de los
hechos.
4.- El establecimiento debe solicitar a la institución a cargo del procedimiento, el traslado del
niño/a al servicio de salud más cercano para su revisión. Posteriormente, de constatar lesiones, se
debe efectuar la denuncia con el carabinero de turno.
5.- Paralelamente el establecimiento debe informar al apoderado de la situación y de la colocación
de la denuncia. No se requiere autorización de la familia para la denuncia, ya que el agresor puede
pertenecer al grupo primario. El conocimiento de ésta información debe quedar registrada.
6.- El Director del establecimiento debe informar de manera presencial y vía oficio al Jefe del
Servicio Local de Educación de la situación.
7.- El establecimiento mediante el área de orientación debe realizar seguimiento y
acompañamiento al menor. Se debe entregar apoyo, protección y contención, al interior de la
comunidad educativa.
8.- El Director por medio de su orientador o encargado de convivencia, deberá brindar las
condiciones necesarias para dar cumplimiento desde el establecimiento, a las medidas de
protección, de las que fuera informado por tribunales. De la misma forma, garantizar el desarrollo
del proceso enseñanza aprendizaje del alumno/a, mediante la implementación de diferentes
estrategias pedagógicas de ser necesario.
El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del
Ministerio Público e instituciones pertinentes.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
157
SITUACIÓN DE ABUSO SEXUAL
PROTOCOLO DE ABUSO SEXUAL FUERA DEL ESTABLECIMIENTO.
Ante la sospecha o relato del niño/a de hechos actuales o pasados de abuso sexual fuera del
establecimiento:
1.-Informar al Director del establecimiento.
2.- El Director o encargado del establecimiento, debe denunciar los hechos en forma personal en
la PDI, fiscalía o en Carabineros de Chile.
3.-La denuncia debe realizarse en un plazo de 24 horas desde que se tomó conocimiento de los
hechos.
4.- El establecimiento debe solicitar a la institución a cargo del procedimiento, el traslado del
niño/a al servicio de salud más cercano para su revisión. Posteriormente, de constatar lesiones,
se debe efectuar la denuncia con el carabinero de turno.
5.- Paralelamente el establecimiento debe informar al apoderado de la situación y de la
colocación de la denuncia. No se requiere autorización de la familia para la denuncia, ya que el
agresor puede pertenecer al grupo primario. El conocimiento de ésta información debe quedar
registrada.
6.- El Director del establecimiento debe informar de manera presencial y vía oficio, al Jefe del
Servicio Local de Educación de la situación.
7.- El establecimiento mediante el área de orientación debe realizar seguimiento y
acompañamiento al menor. Se debe entregar apoyo, protección y contención, al interior de la
comunidad educativa.
8.- El Director por medio de su orientador o encargado de convivencia, deberá brindar las
condiciones necesarias para dar cumplimiento desde el establecimiento, a las medidas de
protección, de las que fuera informado por tribunales. De la misma forma, garantizar el
desarrollo del proceso enseñanza aprendizaje del alumno/a, mediante la implementación de
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
158
diferentes estrategias pedagógicas de ser necesario.
El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del
Ministerio Público e instituciones pertinentes.
PROTOCOLO DE MALTRATO FÍSICO AL INTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO.
Cuando la situación de maltrato ocurre al interior del establecimiento, y el agresor se desempeña
en el recinto educacional.
1.- Informar al Director/a del establecimiento.
2.- El Director o encargado del establecimiento, debe realizar la denuncia correspondiente en la
PDI, fiscalía o Carabineros de Chile.
3.- La denuncia debe realizarse en un plazo de 24 horas desde que se tomó conocimiento de los
hechos.
4.- La dirección del establecimiento, debe informar a la familia del o los niños afectados, los
hechos y los pasos a seguir, de manera clara y precisa. Sin ocultar información, describiendo los
pasos legales e internos que se deben seguir. La entrega de la información debe quedar registrada.
5.- La dirección del establecimiento, debe informar al Jefe del Servicio Local de Educación de
manera presencial de la situación desarrollada. Además del informe respectivo.
6.- La dirección del establecimiento, debe informar en caso de recibir una denuncia, al funcionario
denunciado, entregando claridad y transparencia en la descripción del proceso. Lo anterior, debe
quedar registrado.
7.- El Director debe separar al funcionario implicado de sus funciones, señalando que debe
presentarse en el Servicio Local de Educación y colocarse a la disposición de éste.
8.- Paralelamente, el establecimiento debe solicitar a la institución a cargo del procedimiento, el
traslado del niño/a al servicio de salud más cercano para su revisión. Posteriormente, de constatar
lesiones, se debe efectuar la denuncia con el carabinero de turno.
9.- La dirección debe informar con claridad, los hechos ocurridos a los funcionarios del
establecimiento, como a los subcentros de padres, y en una reunión extraordinaria a los
apoderados del curso del o los menores afectados. Procurando informar que las investigaciones y
sus resultados, son realizadas por instituciones externas, además de los procedimientos realizados
por el establecimiento según la legalidad y el reglamento interno. De la misma manera, se
entregará apoyo profesional al grupo curso si lo requiriera.
10.- El establecimiento mediante el área de orientación debe realizar seguimiento y
acompañamiento al menor. Se debe entregar apoyo, protección y contención, al interior de la
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
159
comunidad educativa.
11.- El Director/a por medio de su orientador o encargado de convivencia, deberá brindar las
condiciones necesarias para dar cumplimiento desde el establecimiento, a las medidas de
protección, de las que fuera informado por tribunales. De la misma forma, garantizar el desarrollo
del proceso enseñanza aprendizaje del alumno/a, mediante la implementación de diferentes
estrategias pedagógicas, de ser necesario.12.- El establecimiento de forma muy cuidadosa debe
informar a los apoderados, evitando un ambiente de secretismo y recelo.
12. Toda información pública será realizada por el Servicio Local de Educación.
El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del
Ministerio Público e instituciones pertinentes.
PROTOCOLO DE ABUSO SEXUAL AL INTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO.
Cuando la situación de maltrato o abuso sexual ocurre al interior del establecimiento, y el
agresor se desempeña en el recinto educacional.
1.- Informar al Director/a del establecimiento.
2.- El Director o encargado del establecimiento, debe realizar la denuncia correspondiente en la
PDI, fiscalía o Carabineros de Chile.
3.- La denuncia debe realizarse en un plazo de 24 horas desde que se tomó conocimiento de los
hechos.
4.- La dirección del establecimiento, debe informar a la familia del o los niños afectados, los
hechos y los pasos a seguir, de manera clara y precisa. Sin ocultar información, describiendo los
pasos legales e internos que se deben seguir. La entrega de la información debe quedar
registrada.
5.- La dirección del establecimiento, debe informar al Jefe del Servicio Local de Educación de
manera presencial de la situación desarrollada. Además del informe respectivo.
6.- La dirección del establecimiento, debe informar en caso de recibir una denuncia, al
funcionario denunciado, entregando claridad y transparencia en la descripción del proceso. Lo
anterior, debe quedar registrado.
7.- El Director debe separar al funcionario implicado de sus funciones, señalando que debe
presentarse en el Servicio Local de Educación y colocarse a la disposición de éste.
8.- Paralelamente, el establecimiento debe solicitar a la institución a cargo del procedimiento, el
traslado del niño/a al servicio de salud más cercano para su revisión. Posteriormente, de
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
160
constatar lesiones, se debe efectuar la denuncia con el carabinero de turno.
9.- La dirección debe informar con claridad, los hechos ocurridos a los funcionarios del
establecimiento, como a los subcentros de padres, y en una reunión extraordinaria a los
apoderados del curso del o los menores afectados. Procurando informar que las investigaciones
y sus resultados, son realizadas por instituciones externas, además de los procedimientos
realizados por el establecimiento según la legalidad y el reglamento interno. De la misma
manera, se entregará apoyo profesional al grupo curso si lo requiriera.
10.- El establecimiento mediante el área de orientación debe realizar seguimiento y
acompañamiento al menor. Se debe entregar apoyo, protección y contención, al interior de la
comunidad educativa.
11.- El Director/a por medio de su orientador o encargado de convivencia, deberá brindar las
condiciones necesarias para dar cumplimiento desde el establecimiento, a las medidas de
protección, de las que fuera informado por tribunales. De la misma forma, garantizar el
desarrollo del proceso enseñanza aprendizaje del alumno/a, mediante la implementación de
diferentes estrategias pedagógicas, de ser necesario.
12.- El establecimiento de forma muy cuidadosa debe informar a los apoderados, evitando un
ambiente de secretismo y recelo.
13. Toda información pública será realizada por el Servicio Local de Educación.
El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del
Ministerio Público e instituciones pertinentes.
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PROTOCOLO DE MALTRATO FÍSICO AL INTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO.
Cuando la situación de maltrato físico ocurre al interior del establecimiento, y el agresor es
otro menor (menos de 14 años).
1.- Informar al Director del establecimiento.
2.- El Director o encargado del establecimiento, debe realizar la denuncia correspondiente en la
PDI, fiscalía o Carabineros de Chile, puesto que el alumno ofensor podría estar siendo víctima
de abuso sexual o maltrato, y por este motivo presentaría conductas desadaptativas. De la
misma manera, se debe realizar la denuncia en el Tribunal de la familia, instancia que
gestionará medidas de protección si corresponde, e instruirá las medidas reparatorias.
3.- La denuncia debe realizarse en un plazo de 24 horas desde que se tomó conocimiento de los
hechos.
4.- La dirección del establecimiento, debe informar a las familias por separado del o los niños
afectados, los hechos y los pasos a seguir, de manera clara, precisa y reservada. Sin ocultar
información, describiendo los pasos legales e internos que se deben seguir. La entrega de la
información debe quedar registrada.
5.- La dirección del establecimiento, debe informar al Jefe del Servicio Local de Educación de
manera presencial de la situación desarrollada. Además del informe respectivo.
6.- Paralelamente, el establecimiento debe solicitar a la institución a cargo del procedimiento, el
traslado del niño/a al servicio de salud más cercano para su revisión. Posteriormente, de
constatar lesiones, se debe efectuar la denuncia con el carabinero de turno.
7.- El establecimiento mediante el área de orientación debe realizar seguimiento y
acompañamiento a los menores como a sus familias, garantizando el apoyo psicológico,
emocional y pedagógico de cada uno de ellos. Se debe entregar apoyo, protección y contención,
al interior de la comunidad educativa.
8.- El Director/a por medio de su orientador o encargado de convivencia, deberá brindar las
condiciones necesarias para dar cumplimiento desde el establecimiento, a las medidas de
protección, de las que fuera informado por tribunales. De la misma forma, garantizar el
desarrollo del proceso enseñanza aprendizaje de los alumnos/as, mediante la implementación de
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
162
diferentes estrategias pedagógicas, de ser necesario.
9.- La dirección debe informar con claridad, los hechos ocurridos a los funcionarios del
establecimiento, como a los sub-centros de padres, y en una reunión extraordinaria a los
apoderados del curso del o los menores afectados. Procurando informar que las investigaciones
y sus resultados, son realizadas por instituciones externas, además de los procedimientos
realizados por el establecimiento según la legalidad y el reglamento interno. De la misma
manera, se entregará apoyo profesional al grupo curso si lo requiriera.
10.- El inspector general deberá aplicar las medidas pedagógicas y disciplinarias señaladas
para éstos casos en el reglamento interno del establecimiento.
11.- Toda información pública, será realizada por el Servicio Local de educación.
El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del
Ministerio Público e instituciones pertinentes.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
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PROTOCOLO DE ABUSO SEXUAL AL INTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO
Cuando la situación de abuso sexual ocurre al interior del establecimiento, y el agresor es otro
menor (menos de 14 años).
1.- Informar al Director del establecimiento.
2.- El Director o encargado del establecimiento, debe realizar la denuncia correspondiente en la
PDI, fiscalía o Carabineros de Chile, puesto que el alumno ofensor podría estar siendo víctima
de abuso sexual o maltrato, y por este motivo presentaría conductas desadaptativas. De la
misma manera, se debe realizar la denuncia en el Tribunal de la familia, instancia que
gestionará medidas de protección si corresponde, e instruirá las medidas reparatorias.
3.- La denuncia debe realizarse en un plazo de 24 horas desde que se tomó conocimiento de los
hechos.
4.- La dirección del establecimiento, debe informar a las familias por separado del o los niños
afectados, los hechos y los pasos a seguir, de manera clara, precisa y reservada. Sin ocultar
información, describiendo los pasos legales e internos que se deben seguir. La entrega de la
información debe quedar registrada.
5.- La dirección del establecimiento, debe informar al Jefe del Servicio Local de Educación de
manera presencial de la situación desarrollada. Además del informe respectivo.
6.- Paralelamente, el establecimiento debe solicitar a la institución a cargo del procedimiento, el
traslado del niño/a al servicio de salud más cercano para su revisión. Posteriormente, de
constatar lesiones, se debe efectuar la denuncia con el carabinero de turno.
7.- El establecimiento mediante el área de orientación debe realizar seguimiento y
acompañamiento a los menores como a sus familias, garantizando el apoyo psicológico,
emocional y pedagógico de cada uno de ellos. Se debe entregar apoyo, protección y contención,
al interior de la comunidad educativa.
8.- El Director/a por medio de su orientador o encargado de convivencia, deberá brindar las
condiciones necesarias para dar cumplimiento desde el establecimiento, a las medidas de
protección, de las que fuera informado por tribunales. De la misma forma, garantizar el
desarrollo del proceso enseñanza aprendizaje de los alumnos/as, mediante la implementación de
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
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diferentes estrategias pedagógicas, de ser necesario.
9.- La dirección debe informar con claridad, los hechos ocurridos a los funcionarios del
establecimiento, como a los sub-centros de padres, y en una reunión extraordinaria a los
apoderados del curso del o los menores afectados. Procurando informar que las investigaciones
y sus resultados, son realizadas por instituciones externas, además de los procedimientos
realizados por el establecimiento según la legalidad y el reglamento interno. De la misma
manera, se entregará apoyo profesional al grupo curso si lo requiriera.
10.- El inspector general deberá aplicar las medidas pedagógicas y disciplinarias señaladas
para éstos casos en el reglamento interno del establecimiento.
11.- Toda información pública, será realizada por el Servicio Local de educación.
El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del
Ministerio Público e instituciones pertinentes.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
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PROTOCOLO DE MALTRATO FÍSICO AL INTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO
Cuando la situación de maltrato físico ocurre al interior del establecimiento, y el agresor es
otro menor (mayor de 14 años):
1.- Informar al Director/a del establecimiento.
2.- El Director o encargado del establecimiento, debe realizar la denuncia correspondiente en la
PDI, fiscalía o Carabineros de Chile, puesto que el alumno ofensor podría estar siendo víctima
de abuso sexual o maltrato, y por este motivo presentaría conductas desadaptativas.
3.- La denuncia debe realizarse en un plazo de 24 horas desde que se tomó conocimiento de los
hechos.
4.- La dirección del establecimiento, debe informar a las familias por separado del o los niños
afectados, los hechos y los pasos a seguir, de manera clara, precisa y reservada. Sin ocultar
información, describiendo los pasos legales e internos que se deben seguir. La entrega de la
información debe quedar registrada.
5.- La dirección del establecimiento, debe informar al Jefe del Servicio Local de Educación de
manera presencial de la situación desarrollada. Además del informe respectivo.
6.- Paralelamente, el establecimiento debe solicitar a la institución a cargo del procedimiento, el
traslado del niño/a al servicio de salud más cercano para su revisión. Posteriormente, de
constatar lesiones, se debe efectuar la denuncia con el Carabinero de turno.
7.- El establecimiento mediante el área de orientación debe realizar seguimiento y
acompañamiento a los menores como a sus familias, garantizando el apoyo psicológico,
emocional y pedagógico de cada uno de ellos. Se debe entregar apoyo, protección y contención,
al interior de la comunidad educativa.
8.- El Director por medio de su orientador/a o encargado/de convivencia, deberá brindar las
condiciones necesarias para dar cumplimiento desde el establecimiento, a las medidas de
protección, de las que fuera informado por tribunales. De la misma forma, garantizar el
desarrollo del proceso enseñanza aprendizaje de los alumnos/as, mediante la implementación de
diferentes estrategias pedagógicas, de ser necesario.
9.- La dirección debe informar con claridad, los hechos ocurridos a los funcionarios del
establecimiento, como a los sub-centros de padres, y en una reunión extraordinaria a los
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
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apoderados del curso del o los menores afectados. Procurando informar que las investigaciones
y sus resultados, son realizadas por instituciones externas, además de los procedimientos
realizados por el establecimiento según la legalidad y el reglamento interno. De la misma
manera, se entregará apoyo profesional al grupo curso si lo requiriera.
10.- El inspector general deberá aplicar las medidas pedagógicas y disciplinarias señaladas
para éstos casos en el reglamento interno del establecimiento.
11.- Toda información pública, será realizada por el Servicio Local de Educación.
El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del
Ministerio Público e instituciones pertinentes.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
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PROTOCOLO DE ABUSO SEXUAL AL INTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO
Cuando la situación de abuso sexual ocurre al interior del establecimiento, y el agresor esotro
menor (mayor de 14 años):
1.- Informar al Director/a del establecimiento.
2.- El Director o encargado del establecimiento, debe realizar la denuncia correspondiente en la
PDI, fiscalía o Carabineros de Chile, puesto que el alumno ofensor podría estar siendo víctima de
abuso sexual o maltrato, y por este motivo presentaría conductas desadaptativas.
3.- La denuncia debe realizarse en un plazo de 24 horas desde que se tomó conocimiento de los
hechos.
4.- La dirección del establecimiento, debe informar a las familias por separado del o los niños
afectados, los hechos y los pasos a seguir, de manera clara, precisa y reservada. Sin ocultar
información, describiendo los pasos legales e internos que se deben seguir. La entrega de la
información debe quedar registrada.
5.- La dirección del establecimiento, debe informar al Jefe del Servicio Local de Educación de
manera presencial de la situación desarrollada. Además del informe respectivo.
6.- Paralelamente, el establecimiento debe solicitar a la institución a cargo del procedimiento, el
traslado del niño/a al servicio de salud más cercano para su revisión. Posteriormente, de constatar
lesiones, se debe efectuar la denuncia con el Carabinero de turno.
7.- El establecimiento mediante el área de orientación debe realizar seguimiento y
acompañamiento a los menores como a sus familias, garantizando el apoyo psicológico, emocional
y pedagógico de cada uno de ellos. Se debe entregar apoyo, protección y contención, al interior de
la comunidad educativa.
8.- El Director por medio de su orientador/a o encargado/de convivencia, deberá brindar las
condiciones necesarias para dar cumplimiento desde el establecimiento, a las medidas de
protección, de las que fuera informado por tribunales. De la misma forma, garantizar el desarrollo
del proceso enseñanza aprendizaje de los alumnos/as, mediante la implementación de diferentes
estrategias pedagógicas, de ser necesario.
9.- La dirección debe informar con claridad, los hechos ocurridos a los funcionarios del
establecimiento, como a los sub-centros de padres, y en una reunión extraordinaria a los
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
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apoderados del curso del o los menores afectados. Procurando informar que las investigaciones y
sus resultados, son realizadas por instituciones externas, además de los procedimientos realizados
por el establecimiento según la legalidad y el reglamento interno. De la misma manera, se
entregará apoyo profesional al grupo curso si lo requiriera.
10.- El inspector general deberá aplicar las medidas pedagógicas y disciplinarias señaladas para
éstos casos en el reglamento interno del establecimiento.
11.- Toda información pública, será realizada por el Servicio Local de educación.
El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del
Ministerio Público e instituciones pertinentes.
PROTOCOLO PARA SITUACIONES DE VIOLENCIA Y MALTRATO ENTRE ADULTOS
Cuando la situación de violencia ocurre al interior del establecimiento, y el agresor es
funcionario del establecimiento:
Informar al Director del establecimiento.
El Director o encargado del establecimiento, debe realizar la denuncia correspondiente
en la PDI, fiscalía o Carabineros de Chile.
La denuncia debe realizarse en un plazo de 24 horas desde que se tomó conocimiento
de los hechos.
La dirección del establecimiento, debe informar al Jefe de Servicio Local de Educación
Pública de manera presencial de la situación desarrollada. Además del informe
respectivo.
La dirección del establecimiento, debe informar en caso de recibir una denuncia, al
funcionario denunciado, entregando claridad y transparencia en la descripción del
proceso. Lo anterior, debe quedar registrado.
El Director debe separar al funcionario implicado de sus funciones, señalando que
debe presentarse en el Servicio Local de Educación y colocarse a la disposición de
éste.
Paralelamente, el establecimiento debe solicitar a la institución a cargo del
procedimiento, el traslado de la víctima involucrada, al servicio de salud más cercano
para su revisión. Posteriormente, de constatar lesiones, se debe efectuar la denuncia
con el carabinero de turno.
Toda información pública, será realizada por el Servicio Local de Educación.
El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del
Ministerio Público e instituciones pertinentes.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
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El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del
Ministerio Público e instituciones pertinentes.
PROTOCOLO PARA SITUACIONES DE VIOLENCIA Y MALTRATO ENTRE ADULTOS
Cuando la situación de violencia ocurre al interior del establecimiento, y el agresor no es
funcionario del establecimiento
Informar al Director del establecimiento.
El Director o encargado del establecimiento, debe realizar la denuncia correspondiente
en la PDI, fiscalía o Carabineros de Chile.
La denuncia debe realizarse en un plazo de 24 horas desde que se tomó conocimiento
de los hechos.
La dirección del establecimiento, debe informar al Jefe de Servicio Local de Educación
de manera presencial de la situación desarrollada. Además del informe respectivo.
El Director debe separar al funcionario implicado de sus funciones, señalando que
debe presentarse en el Servicio Local de Educación y colocarse a la disposición de
éste.
Paralelamente, el establecimiento debe solicitar a la institución a cargo del
procedimiento, el traslado de la víctima involucrada, al servicio de salud más cercano
para su revisión. Posteriormente, de constatar lesiones, se debe efectuar la denuncia
con el carabinero de turno.
El establecimiento de forma muy cuidadosa debe informar a los apoderados, evitando
un ambiente de secretismo y recelo.
Toda información pública, será realizada por el Servicio Local de Educación.
El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del
Ministerio Público e instituciones pertinentes.
El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del
Ministerio Público e instituciones pertinentes.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
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PROTOCOLOS DE CARÁCTER
TRANSITORIO
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
171
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN
PROTOCOLO ÚNICO DE CONTINGENCIA
La pandemia de enfermedad por coronavirus de 2019-2020 ,es una pandemia de la enfermedad por
coronavirus iniciada el año 2019(COVID-19),causada por el virus coronavirus 2 del síndrome respiratorio agudo
grave(SARS-CoV-2),presentándose por primera vez en la ciudad de Wuhan de China. La Organización Mundial
de la Salud actualmente ha reportado millones de casos de países afectados por la pandemia en todo el
mundo.
El virus se transmite de una persona a otra a través de gotas de aerosol de la persona al respirar ,el contacto
cercano con otras personas o superficies contaminadas. Las complicaciones varían desde cuadros febriles
hasta la muerte de la persona.
Como actualmente no hay vacuna que controle esta enfermedad ,el tratamiento principal es la terapia
sintomática . Las medidas de prevención así como restricciones han sido ampliamente difundidas por los
gobiernos y autoridades sanitarias.
Es responsabilidad de cada cual practicar medidas de auto cuidado para la protección de sí mismo y los
demás
Por tal motivo la Escuela Juan Pablo II ,ha estimado conveniente formular medidas preventivas para toda la
comunidad educativa ,una vez autorizado el reinicio del año lectivo de parte de MINEDUC.
RECOMENDACIONES GENERALES
El director deberá mantener información actualizada relacionada con la pandemia.
El director mantendrá reuniones informativas e instruirá a directivos ,docentes y asistentes de la
educación sobre crisis sanitaria.
Es deber del establecimiento otorgar información a las familias sobre situación actual de la pandemia.
Es deber del director tomar todas las medidas posibles para asegurar la continuidad de estudios de los
estudiantes .
La Unidad Técnico Pedagógica del establecimiento instruirá a los docentes sobre asignación de tareas
y trabajos que permita a los estudiantes mantenerse en su régimen de estudios (presencial o virtual) y
que posibilite su evaluación
Será responsabilidad del encargado de alimentación ,coordinar mecanismos alternativos que
aseguren la entregad de alimentación a los alumnos o sus apoderados.
Sera facultad de MINEDUC ,suspender clases a partir de casos detectados tanto en alumnos como
funcionarios ,durante el tiempo que se determine para la cuarentena preventiva ,desde el inicio de los
síntomas, en coordinación con la autoridad sanitaria.
Sera deber del director dar aviso oportunamente ante cualquier sospecha de la infección en el
establecimiento a instancias pertinentes .
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
172
El director del establecimiento deberá seguir instrucciones de parte de Servicio Local de Educación
oportunamente ante emergencia de esta naturaleza.
Si un familiar directo del estudiante tiene el corona virus, deberá realizar su cuarentena.
De parte del establecimiento se guardará reserva y privacidad ante posibles casos detectados.
Mediante el área de Orientación y Convivencia se promoverán prácticas de auto cuidado y
prevención, tales como :
o Implementar rutinas de lavado de manos cada dos o tres veces , tanto para alumnos como
funcionarios .
o Ventilar al menos tres veces las salas de clases diariamente.
o Eliminar los saludos entre personas que impliquen besos, abrazos y contacto físico
,remplazándolos por rutinas de saludo a distancia y evitar trabajos grupales.
o Trabajo con la familia : brindar consejos para abordar la cuarentena debido al COVID-19.
o Prevención a partir de la difusión de hábitos de higiene para evitar el contagio.
o Elaboración de paneles informativos.
o Confección de afiches preventivos.
PROTOCOLO DE INGRESO AL ESTABLECIMIENTO PARA
TODA PERSONA
Etapa Acción Descripción Responsable Recurso
necesario
1 Evaluación visual del
miembro de la
comunidad Escolar y
aseguramiento del
distanciamiento
físico previo al
ingreso al E.E
Evaluación visual de los elementos
de protección del miembro de la
comunidad educativa (Uso de
mascarilla y guantes).
Las personas deberán mantener
una distancia de 1.5 mts. a 2 mts,
procurando evitar atochamiento y
aglomeración de personas.
Funcionario/s
asignado por
el E.E
Funcionario/s
asignado por
el E.E
Verificación de los
elementos Básicos
de Protección
Si la persona no se encuentra
utilizando mascarilla, no podrá
ingresar al E.E.
En caso de que sea un estudiante
quien no porte la mascarilla, el E.E
le facilitará dicho elemento de
protección.
Funcionario/s
asignado por
el E.E
Mascarillas
2 Medición de
temperatura
Al llegar el miembro de la
comunidad escolar, el funcionario
responsable tomará la
temperatura del
apoderado/estudiante/funcionario.
Funcionario/s
asignado por
el E.E
Termómetro
infrarrojo
3 Filtro de acuerdo
con el registro de
temperatura:
Derivación a red
asistencial o ingreso
al establecimiento.
En caso de que la temperatura de
quien desee ingresar sea superior
37,8°, este no podrá ingresar al E.E,
y deberá ser trasladado de
inmediato al centro asistencial más
cercano. En caso de ser funcionario
o apoderado, este deberá asistir de
forma autónoma. En caso de ser
estudiante, el apoderado deberá
hacerse cargo del traslado al
centro asistencial.
Funcionario/s
asignado por
el E.E
No aplica
4 Proceso de En caso de que la temperatura sea
inferior, se procederá al proceso de
Funcionario/s
asignado por
Elementos
Sanitizadores:
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
174
Sanitización sanitización.
Si la persona no porta los guantes,
deberá limpiar sus manos con
alcohol gel.
el E.E Alcohol Gel,
Cloro,
Amoniaco
cuaternario
5 Ingreso Una vez concluida la etapa de
sanitización, la persona deberá
dirigirse al lugar designado para su
trámite o atención. Este
desplazamiento será supervisado
por un funcionario asignado por el
E.E.
Funcionario/s
asignado por
el E.E
Funcionario/s
asignado por
el E.E
6 Medidas de
autocuidado
durante la estadía
en el E.E
La persona deberá procurar
mantener el distanciamiento físico
y el uso correcto de la mascarilla
durante y al finalizar su estadía en
el E.E.
Funcionario/s
asignado por
el E.E
No aplica.
PROTOCOLO DE ATENCIÓN DE APODERADOS
(REMOTO-VÍA REDES SOCIALES)
Etapa Acción Descripción Responsable Verificador
1 Contacto con
apoderado
El profesional se
contactará con el
Profesional que cita Planilla de
registro
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
175
apoderado vía llamado
telefónico, whatsapp y
correo electrónico.
Planilla de
registro
Whatsapp.
Registro
Telefónico.
2 Registro de
atención al
apoderado
El profesional registrará
en la planilla dedicada a
tales fines, el nombre de
la persona contactada, su
número telefónico,
relación con el estudiante,
motivo de la llamada,
acuerdos y nombre de
quien cita.
Profesional que cita Planilla de
registro de
entrevista.
PROTOCOLO DE ATENCIÓN DE APODERADOS
(PRESENCIAL)
Etapa Acción Descripción Responsable Recurso o
verificador
1 Aplicación de
protocolo de
ingreso a
establecimiento
El E.E deberá velar por la
correcta aplicación del
protocolo para garantizar
las medidas de higiene y
seguridad.
Comunidad Escolar Recurso
humano
2 Desarrollo de la
atención del
apoderado
Se inicia la entrevista,
resguardando las medidas
de seguridad e higiene
necesarias
Profesional que cita Recurso
humano
Registro
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
176
(El E.E definirá el lugar
adecuado para la
realización para las
atenciones de
apoderados, garantizando
el distanciamiento físico
de 1.5 mts a 2 mts, el uso
de mascarilla y guante de
ser necesario).
Se deberá dejar registro
de la atención del
apoderado realizada.
El lugar de encuentro deberá estar apto para ser utilizado, de acuerdo con las recomendaciones del MINSAL.
definido por el
E.E.
3 Salida Una vez finalizada la
atención, el apoderado
deberá abandonar el
establecimiento
acompañado hasta
verificar su salida, siempre
manteniendo las normas
de higiene y seguridad.
Profesional que cita No aplica
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
177
PROTOCOLO DE REUNIONES DE APODERADOS
(REMOTAS)
ETAPA ACCIÓN DESCRIPCIÓN RESPONSABLE VERIFICADOR
1 Invitación a la
reunión de
apoderado
El docente envía una
citación a través de la vía a
definir por el E.E, en la cual
especifica fecha, hora,
plataforma a utilizar y
manera de utilizar dicha
plataforma.
Docente Citación
2 Desarrollo de la
reunión
En la reunión se tratarán
los temas de interés.
Docente Acta de
reunión.
Lista de
asistencia
3 Socialización del
acta de reunión
El docente socializará el
acta de reunión a través de
la plataforma seleccionada
por el E.E.
Docente No aplica
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
178
PROTOCOLO DE REUNIONES DE APODERADOS
(PRESENCIAL)
ETAPA ACCIÓN DESCRIPCIÓN RESPONSABLE VERIFICADOR
1 Invitación a la
reunión de
apoderado
El docente envía una citación a
través de la vía a definir por el
E.E, en la cual especifica fecha,
hora, plataforma a utilizar y
manera de utilizar dicha
plataforma.
Docente Citación
2 Desarrollo de la
reunión
En la reunión se tratarán los
temas de interés.
Docente Acta de
reunión.
Lista de
asistencia
3 Socialización del
acta de reunión
El docente socializará el acta de
reunión a través de la
plataforma seleccionada por el
E.E.
Docente No aplica
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
179
PROTOCOLO DE CONSEJO DE PROFESORES (REMOTO)
ETAPA ACCIÓN DESCRIPCIÓN RESPONSABLE RECURSO
NECESARIO
1 Citación a Consejo
de Profesor
Se citará a los Profesores a
Consejo a través de correo
electrónico, whatsapp, o
cualquier medio virtual definido
por el E.E.
Dirección Plataforma
virtual
Internet
Computador
celular
2 Desarrollo del
Consejo de
Profesores
El Equipo Directivo y
Técnico-Pedagógico tratan los
temas de interés con los
docentes, tomando acuerdos y
promoviendo la toma de
decisiones.
Dirección
Equipo
Técnico
Pedagógico
Profesores
Plataforma
virtual
Internet
Computador
celular
3 Registro de Acta y
Asistencia
Se deberá elegir un miembro
del Consejo de Profesores para
el registro de la asistencia y
acta.
Secretario/a
de Consejo de
Profesores
Acta de Consejo
de Profesores
Registro de
Asistencias
4 Socialización del
Acta de Consejo de
Profesores
El Equipo Directivo deberá
enviar copia del acta del
Consejo de Profesores a los
correos electrónicos de los
docentes.
Dirección Correos
electrónicos
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
180
PROTOCOLO DE ATENCIÓN A ESTUDIANTES
ETAPA ACCIÓN DESCRIPCIÓN RESPONSABLE RECURSO
NECESARIO
1 Trayecto hacia
el lugar de la
atención
El estudiante se dirige manteniendo
las medidas de seguridad e higiene
hacia el lugar donde se concretará la
entrevista, donde será esperado por
el profesional que realizó la citación,
quien también deberá mantener las
medidas de higiene y seguridad (Uso
de mascarilla, guantes, alcohol gel,
distanciamiento físico) personales.
Estudiante
Profesor
Recurso
humano
2 Desarrollo de
la atención del
estudiante
Se inicia la entrevista, resguardando
las medidas de seguridad e higiene
necesarias
(El E.E definirá el lugar adecuado para
la realización para las atenciones de
estudiantes, garantizando el
distanciamiento físico de 1.5 mts a 2
mts, el uso de mascarilla y guante de
ser necesario).
Se deberá dejar registro de la
atención realizada con el estudiante.
El lugar de encuentro deberá estar apto para ser utilizado, de acuerdo con las recomendaciones del MINSAL.
Profesional
que cita
Recurso
humano
Registro
definido por el
E.E.
3 Salida Una vez finalizada la atención, el
estudiante deberá retornar a la sala
de clases acompañado hasta verificar
su regreso a la sala de clases o salida
según corresponde, siempre
manteniendo las normas de higiene y
seguridad.
Profesional
que cita
No aplica
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
181
PROTOCOLO PARA CONSEJO ESCOLAR
ETAPA ACCIÓN DESCRIPCIÓN RESPONSABLE RECURSO
NECESARIO
1 Citación a Consejo
Escolar
Se citará al
Consejo Escolar
a través de
correo
electrónico,
whatsapp, o
cualquier medio
virtual definido
por el E.E.
Dirección Plataforma
virtual
Internet
Computador
celular
2 Desarrollo del
Consejo Escolar
El Consejo
Escolar trata los
temas de interés
con los
representantes
de la comunidad
escolar,
tomando
acuerdos y
promoviendo la
toma de
decisiones.
Consejo Escolar Plataforma
virtual
Internet
Computador
Celular
3 Registro de Acta y
Asistencia
Se deberá elegir
un miembro del
Consejo Escolar
para el registro
de la asistencia
y acta.
Secretario/a de
Consejo Escolar
Acta de Consejo
Escolar
Registro de
Asistencias
4 Socialización del
Acta en Consejo
de Profesores
El Equipo
Directivo deberá
enviar copia del
acta del Consejo
Escolar a los
correos
electrónicos de
Dirección Correos
electrónicos
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
182
los docentes.
PROTOCOLO DE CITACIÓN DE APODERADO
ETAPA ACCIÓN DESCRIPCIÓN RESPONSABLE RECURSO
NECESARIO
1 Contacto con
apoderado
El profesional se
contactará con
el apoderado vía
llamado
telefónico,
whatsapp,
correo
electrónico y/o
comunicación
escrita (según
sea la situación
particular del
estudiante).
Profesional que cita Planilla de
registro
Planilla de
registro
Whatsapp.
Registro
Telefónico.
PROTOCOLO PARA REUNIONES INTERNAS DEL
ESTABLECIMIENTO (REMOTO)
ETAPA ACCIÓN DESCRIPCIÓN RESPONSABLE RECURSO
NECESARIO
1 Citación reunión Se citará a los
profesionales
correspondientes
a través de correo
electrónico,
whatsapp, o
cualquier medio
virtual definido
Profesional que
convoca
Plataforma
virtual
Internet
Computador
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
183
por el E.E. celular
2 Desarrollo de la
reunión
El grupo de
trabajo trata los
temas de interés,
tomando
acuerdos y
promoviendo la
toma de
decisiones.
Equipo de trabajo Plataforma
virtual
Internet
Computador
celular
3 Registro de Acta Se deja registro
en acta de los
temas tratados y
acuerdos
tomados por el
grupo de trabajo
Profesional que
convoca
Acta de reunión
PROTOCOLO EN CASO DE FUNCIONARIO CON COVID-19
ETAPA ACCIÓN DESCRIPCIÓN RESPONSABLE RECURSO
NECESARIO
1 Pesquisa previa al
ingreso a clases –
aplicación de
encuesta remota a
funcionarios
El E.E, a través del
área de
Convivencia
Escolar aplicará
encuesta remota
con la finalidad de
identificar posible
contacto de los
Área de
Convivencia
Escolar
Plataforma
Virtual
Computador
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
184
funcionarios con
algún familiar
directo contagiado
con COVID-19.
Internet
2 Filtro y acción en
caso de
funcionario con
familiar directo
contagiado con
COVID-19.
El funcionario no
podrá ingresar a
clases, y de
acuerdo con el
MINSAL, deberá
permanecer en
aislamiento por 14
días.
Director/a
Profesional SLEP
Autoridad Sanitaria
No aplica
3 Detección de caso
de contagio con
COVID-19 post-
ingreso a clases
Si un docente,
asistente de
la educación o
miembro del
equipo directivo
confirma caso
con COVID-19,se
suspenden
las clases del
establecimiento
educacional
completo por
14 días desde la
fecha de inicio
de síntomas, en
coordinación
con la autoridad
sanitaria.
Director/a
Profesional SLEP
Autoridad Sanitaria
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
185
PROTOCOLO EN CASO DE ESTUDIANTE CON COVID-19
ETAPA ACCIÓN DESCRIPCIÓN RESPONSABLE RECURSO
NECESARIO
1 Pesquisa previa al
ingreso a clases –
aplicación de
encuesta breve
El E.E, a través del
área de
Convivencia
Escolar aplicará
encuesta remota
con la finalidad de
identificar posible
contacto de los
estudiantes con
algún familiar
directo contagiado
con COVID-19.
Área de
Convivencia
Escolar
Computador
Plataforma
Virtual
Internet
2 Filtro y acción en
caso de estudiante
con familiar
directo contagiado
con COVID-19.
El estudiante no
podrá ingresar a
clases, y de
acuerdo con el
MINSAL, deberá
permanecer en
aislamiento por 14
días.
Director/a
Profesional SLEP
Autoridad Sanitaria
No aplica
3 Detección de caso
de contagio con
COVID-19 post-
ingreso a clases
Si un estudiante
confirma caso
de COVID-
19,habiendo
asistido al
establecimiento
educacional, se
suspenden las
clases del curso
completo, por14
días desde la fecha
Director/a
Profesional SLEP
Autoridad Sanitaria
No aplica
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
186
de inicio
de síntomas, en
coordinación
con la autoridad
sanitaria.
4 Detección de dos o
más casos de
contagio con
COVID-19 post-
ingreso a clases
Si se confirman dos
o más casos de
estudiantes con
COVID-19,
habiendo asistido
al establecimiento
educacional ,se
suspenden las
clases del
establecimiento
educacional
completo por14
días desde la fecha
de inicio de
síntomas, en
coordinación con
la autoridad
sanitaria.
Director
Profesional SLEP
Autoridad Sanitaria
No aplica
PROTOCOLO DE INGRESO AL ESTABLECIMIENTO PARA
TODA PERSONA
ETAPA ACCIÓN DESCRIPCIÓN RESPONSABLE RECURSO
NECESARIO
1 Evaluación visual
del miembro de la
Evaluación visual de los elementos
de protección del miembro de la
Funcionario/s
asignado por
Funcionario/s
asignado por
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
187
comunidad Escolar
y aseguramiento
del distanciamiento
físico previo al
ingreso al E.E
comunidad educativa (Uso de
mascarilla y guantes).
Las personas deberán mantener
una distancia de 1.5 mts. a 2 mts,
procurando evitar atochamiento y
aglomeración de personas.
el E.E el E.E
Verificación de los
elementos Básicos
de Protección
Si la persona no se encuentra
utilizando mascarilla, no podrá
ingresar al E.E.
En caso de que sea un estudiante
quien no porte la mascarilla, el E.E
le facilitará dicho elemento de
protección.
Funcionario/s
asignado por
el E.E
Mascarillas
2 Medición de
temperatura
Al llegar el miembro de la
comunidad escolar, el funcionario
responsable tomará la
temperatura del
apoderado/estudiante/funcionario.
Funcionario/s
asignado por
el E.E
Termómetro
infrarrojo
3 Filtro de acuerdo
con el registro de
temperatura:
Derivación a red
asistencial o ingreso
al establecimiento.
En caso de que la temperatura de
quien desee ingresar sea superior
37,8°, este no podrá ingresar al E.E,
y deberá ser trasladado de
inmediato al centro asistencial más
cercano. En caso de ser funcionario
o apoderado, este deberá asistir de
forma autónoma. En caso de ser
estudiante, el apoderado deberá
hacerse cargo del traslado al
centro asistencial.
Funcionario/s
asignado por
el E.E
No aplica
4 Proceso de
Sanitización
En caso de que la temperatura sea
inferior, se procederá al proceso de
sanitización.
Si la persona no porta los guantes,
deberá limpiar sus manos con
alcohol gel.
Funcionario/s
asignado por
el E.E
Elementos
Sanitizadores:
Alcohol Gel,
Cloro,
Amoniaco
cuaternario
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
188
5 Ingreso Una vez concluida la etapa de
sanitización, la persona deberá
dirigirse al lugar designado para su
trámite o atención. Este
desplazamiento será supervisado
por un funcionario asignado por el
E.E.
Funcionario/s
asignado por
el E.E
Funcionario/s
asignado por
el E.E
6 Medidas de
autocuidado
durante la estadía
en el E.E
La persona deberá procurar
mantener el distanciamiento físico
y el uso correcto de la mascarilla
durante y al finalizar su estadía en
el E.E.
Funcionario/s
asignado por
el E.E
No aplica.
PROTOCOLO DE ATENCIÓN DE APODERADOS
(REMOTO-VÍA REDES SOCIALES)
ETAPA ACCIÓN DESCRIPCIÓN RESPONSABLE VERIFICADOR
1 Contacto con
apoderado
El profesional se
contactará con el
apoderado vía llamado
telefónico, whatsapp y
correo electrónico.
Profesional que cita Planilla de
registro
Planilla de
registro
Whatsapp.
Registro
Telefónico.
2 Registro de
atención al
apoderado
El profesional registrará
en la planilla dedicada a
tales fines, el nombre de
la persona contactada, su
número telefónico,
relación con el estudiante,
motivo de la llamada,
acuerdos y nombre de
Profesional que cita Planilla de
registro de
entrevista.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
189
quien cita.
Reglamento Interno Escuela Juan Pablo II
190