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REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR Escuela Especial “Avancemos Juntos” Nueva Imperial 2011

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REGLAMENTO DE

CONVIVENCIA ESCOLAR

Escuela Especial

“Avancemos Juntos”

Nueva Imperial 2011

REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

ESCUELA ESPECIAL F-412 “ACANCEMOS JUNTOS”

NUEVA IMPERIAL

El presente reglamento de convivencia escolar de la Escuela

Especial F-412 “Avancemos Juntos” de Nueva Imperial, surge como

respuesta a las necesidades contrastadas de regular temas

importantes para la comunidad escolar, fijar pautas de interacción

entre los diversos estamentos que componen nuestra Unidad

Educativa, contribuyendo de esta manera a una sana convivencia

entre todos sus miembros y al mejoramiento de la calidad de los

aprendizajes, en un ambiente normalizador e integrador, donde el

respeto y valoración de las diferencias individuales sean el eje central

de quehacer educativo.

Cada miembro de esta Comunidad Escolar conocerá el presente

reglamento con la finalidad de participar y ser ente colaborador a la

sana y buena convivencia.

En este reglamento estarán estipulados los principales derechos

y deberes de todos los integrantes de esta escuela, para así tener

claro los principales objetivos que persigue esta comunidad escolar.

Además estarán los principales procedimientos disciplinarios, las

graduaciones de las faltas y las sanciones definidas para repararlas

adecuadamente y con el ánimo constructivo.

La Escuela Especial “Avancemos Juntos” F412 se encuentra

organizada de la siguiente forma:

1. Representante Legal.

2. Directora.

3. Consejo Escolar.

4. Directiva del Centro de Padres y Apoderados.

5. Consejo General de Profesores.

6. Docentes.

7. Asistentes de la Educación

a) Técnicos

b) Inspectores.

c) Chofer

c) Auxiliares.

d) Manipuladoras de Alimentos.

8. Alumnos y alumnas.

Cada uno de los miembros de la comunidad escolar deberá

realizar las siguientes funciones que a continuación se puntualizan.

I.- EL DIRECTOR

• Es obligación, cumplir con lo estipulado en el contrato de trabajo,

firmado por las partes, de acuerdo a la Legislación Laboral

vigente.

• Dirigir el establecimiento de acuerdo con los Principios de su

Proyecto Educativo Institucional, en coherencia con el marco de

convivencia escolar, sus normas y formas de solucionar

conflictos en la comunidad escolar.

• Impulsar y coordinar acciones que contribuyan al ejercicio y

desarrollo de habilidades sociales de convivencia entre y con los

miembros de la comunidad escolar.

• Promover el normal desarrollo de todas las actividades

administrativas y técnico pedagógicas.

• Animar a una correcta aplicación de los planes y programas de

estudio, reglamento de evaluación, programas y proyectos

especiales y de todo aquello que permita la optimización del

desarrollo curricular con sentido de pertinencia, con aprendizajes

de creciente calidad y con sentido de equidad.

• Estimular y animar constantemente al desarrollo de un

adecuado trabajo a cada uno de los miembros de la Comunidad

Educativa, de acuerdo a los desafíos de la Reforma Educacional

y del P.E.I. del establecimiento.

• Difundir y promover, el conocimiento y cumplimiento del

Reglamento de Convivencia, a todos los actores de la

Comunidad Educativa.

• Difundir y promover, el conocimiento y cumplimiento del

Reglamento de Convivencia, a todos los actores de la

Comunidad Educativa.

• Cautelar el buen cumplimiento de las exigencias que el Ministerio

de Educación hace a las escuelas a través de las distintas áreas

de acción.

• Supervisar los procesos de planificación y realización de todas

las actividades que se desarrollan en la Escuela.

• Distribuir y supervisar el cumplimiento de los turnos en la

Escuela.

• Mantener un estricto control de los libros de curso,

especialmente en la parte correspondiente a la asistencia diaria

de los alumnos.

• Extender citaciones y/o prestar atención a los apoderados de la

unidad educativa.

• Velar por el cumplimiento de la Normas de Prevención, Higiene y

Seguridad, dentro del Establecimiento.

• Programar y coordinar las reuniones del Consejo Escolar.

• Dar a conocer, en Reunión General de Padres, Madres y

Apoderados, la Cuenta Pública del Establecimiento, al término

del año escolar.

• Coordinar el proceso de elaboración del horario de clases,

utilizando criterios pedagógicos.

CONSEJO ESCOLAR

Es un Equipo de trabajo, conformado por uno o más miembros

de los diferentes estamentos de la Comunidad Educativa, con el fin de

promover una vinculación más estrecha, entre la Familia y el quehacer

del Establecimiento Educacional.

Cada miembro deberá:

• Asistir a las reuniones, programadas por el Consejo Escolar, con

el fin de informarse y tomar acuerdos, sobre el funcionamiento

de la Escuela y de los alumnos y alumnas, en el ámbito personal

y pedagógico.

• Trabajar por cumplimiento del logro de las metas propuestas

anualmente por la Escuela.

• Ser informado, respecto a la situación de aquellos alumnos y

alumnas, que presentan Problemas disciplinarios o situaciones

especiales, con el fin de buscar estrategias remediales.

• Trabajar para el mejoramiento de la Convivencia Escolar y

apoyar la formación integral de los alumnos y alumnas.

• Contribuir y aportar a la mejora del Establecimiento, apoyando y

dando solución a necesidades que éste presente.

CENTRO DE PADRES Y / O APODERADOS

Los centros de Padres, Madres y Apoderados, son organismos

que comparten y colaboran con los propósitos educativos y sociales

del establecimiento educacional del cual forman parte.

FUNCIONES

• Establecer y fomentar vínculos entre hogar y el establecimiento,

para facilitar la comprensión y el apoyo familiar hacia las

actividades escolares y a su vez en el ejercicio que

corresponde desempeñar a los padres, madres y apoderados en

el fortalecimiento de los hábitos, ideales y actitudes de los

alumnos.

• Mantener comunicación permanente con la dirección del

establecimiento tanto para obtener y difundir entre sus

miembros, programas y proyectos educativos como

observaciones y sugerencias al mismo.

DE LA ORGANIZACIÓN

• Estar constituidos con personalidad jurídica, se denomina

“Centro Comunitario Avancemos juntos”

• Cada dos años se elige la nueva directiva, pudiendo ser

reelegida en su totalidad.

CONSEJO DE PROFESORES

Estará integrado por el Director que lo presidirá, y docentes.

1. De entre sus integrantes se elegirá por consenso un secretario(a),

quien llevara un libro de actas.

2. El consejo General de Profesores es el organismo encargado de

realizar las siguientes funciones:

• Programar, supervisar y coordinar las actividades generales del

establecimiento.

• Analiza las disposiciones del nivel central, regional, provincial y

comunal.

• Programa iniciativas creadoras en beneficio de la unidad

educativa.

• Analizar problemas de tipo general y particular que afecten al

establecimiento.

• Solucionar casos de indisciplina y orientar a los alumnos y

alumnas.

• Conversar y promover los casos de alumnos(as) con situaciones

especiales.

• El consejo general de profesores se reunirá al inicio del año

escolar para programar el año lectivo, los consejos serán

semanalmente y cuando la ocasión lo requiera.

PROFESORES(AS)

DERECHOS

• Percibir una remuneración mensual de acuerdo a lo estipulado

por la Ley.

• Solicitar permiso en casos debidamente justificados haciendo

uso de los días administrativos.

DEBERES

• Es obligación, cumplir con lo estipulado en el contrato de trabajo,

firmado por las partes, de acuerdo a la Legislación Laboral

vigente.

• Estar comprometido con los fines y objetivos institucionales del

establecimiento.

• El profesor deberá cumplir con el horario por el que fue

contratado.

• Prepararse debidamente para sus clases y confeccionar el

material didáctico necesario y poder así contribuir a mejorar la

calidad de la educación.

• Cooperar eficientemente en todas las actividades escolares

teniendo presente que el personal, no sólo, debe permanecer en

el establecimiento sistemáticamente, sino también cada vez que

actividades de la función docente lo requieran (charlas, jornadas,

encuentros).

• Proporcionará al alumno atención psicopedagógica tomando en

cuenta cada caso como particular y grupal, considerando las

diferencias individuales.

• Resguardar su comportamiento, en todo momento, no olvidando

su alta función que desempeña.

• Demostrar una actitud integradora y abierta para con todos los

miembros de la Comunidad Escolar.

• Mantener al día el libro de clases de los cursos en todo aquello

referido a registro de firmas, asistencia, desarrollo curricular, etc.

• Asistir a los consejos programados por la dirección.

• Permanecer actualizado respecto a la normativa vigente de la

modalidad educativa.

• Promover y exigir la adecuada presentación personal de los

alumnos de su curso (Uniforme, uso de cotona o delantal, pelo

corto, etc.)

DEL PROFESOR JEFE.

El profesor jefe de curso, es el primer orientador de sus alumnos, por

tanto:

• Sostendrá entrevistas con sus alumnos y padres, madres y/o

apoderados, cada vez que sea necesario, teniendo en cuenta

que el nexo de la escuela con el hogar es primordial en el

crecimiento del educando.

• Realizar reuniones con los padres, madres y / o apoderados de

su curso, acordando medidas de colaboración al establecimiento

y directiva del centro de padres, madres y apoderados.

• Informar a la Directora del establecimiento sobre casos graves

de indisciplina e incumplimiento por parte de los alumnos(as), y

de las disposiciones que este reglamento establece.

• Mantener el libro de clases al día: asistencia diaria, firmas,

registro de objetivos y / o materias, registro de observaciones,

evaluaciones.

• Elaborar y entregar a los padres, madres y / o apoderados los

informes de avance de evaluaciones e informes semestrales, así

como certificado anual de estudio y otros correspondientes a la

modalidad educativa.

• Promover y exigir la adecuada presentación personal de los

alumnos de su curso propendiendo autonomía e independencia.

• El profesor del nivel laboral debe dar más relevancia a la

orientación vocacional de sus alumnos.

• El profesor tendrá la responsabilidad de todos sus alumnos

durante la jornada de clases, correspondiente al plan de estudio,

tanto en el interior de la sala como fuera de esta. (8:30- 14:00).

V.- DE LOS TECNICOS Y ASISTENTES DE SALA

• Es obligación, cumplir con lo estipulado en el contrato de trabajo,

firmado por las partes, de acuerdo a la Legislación Laboral

vigente.

• Colaborar con la atención de los alumnos en el quehacer

educativo.

• Colaborar en la preparación de material didáctico.

• Colaborar en el cuidado y atención de los alumnos que

presentan más retos.

• Apoyar en el cuidado de los estudiantes tanto en horas de clase

como en los recreos.

• Contribuir al desarrollo de hábitos de aseo, higiene y respeto en

los alumnos.

• Serán los responsables de mudar a los alumnos que lo requieran

• Colaborará en actos cívicos y beneficios que realice el

establecimiento.

• Cuando solicite permisos, deberá hacerlo con antelación y llenar

solicitud correspondiente.

INSPECTORES DE INTERNADO

• Es obligación, cumplir con lo estipulado en el contrato de trabajo,

firmado por las partes, de acuerdo a la Legislación Laboral

vigente.

• Recibir a los alumnos (as) en el internado y velar por el orden

dentro de éste.

• Acompañar en la formación integral de los alumnos y alumnas

internas, y velando por el cumplimiento del Reglamento Interno.

• Atender e informar a los apoderados sobre situaciones

relevantes de sus hijos e hijas.

• Revisar diariamente la presentación personal de los alumnos y

alumnas internas.

CHOFER

• Los conductores del transporte escolar deben ser personas

idóneas y calificadas.

• Los conductores deberán velar por la seguridad tanto física

como, psíquica de los menores, desde su recepción en el

vehículo, hasta su entrega en el establecimiento educacional y

viceversa.

• El conductor deberá ser acompañado por una auxiliar, que debe

estar presente en todo el recorrido, quien asumirá el cuidado

integral del menor.

• El conductor será la persona responsable de denuncia r y

comunicar cualquier irregularidad o desperfecto que tenga que

ver con el buen funcionamiento del vehículo, como también velar

por su mantención y cuidado, deberá comunicar en primera

instancia la directora a cargo.

• El conductor deberá comunicar la ausencia del auxiliar del bus al

director del establecimiento, quien gestionara el reemplazo de

sus funciones.

• El conductor deberá cumplir con la ruta establecida por el

establecimiento educacional, a no ser que se presente una

situación de extrema urgencia en donde se vea involucrado

algún escolar.

• Se prohíbe estrictamente fumar y hablar por celular dentro del

furgón escolar, mientras este transporte escolares.

• No debe proveerse de combustible con escolares a bordo.

VII.- DEL PERSONAL AUXILIAR DE SERVICIOS MENORES

• Es obligación, cumplir con lo estipulado en el contrato de

trabajo, firmado por las partes, de acuerdo a la Legislación

Laboral vigente.

• Es responsable directo de la vigilancia, cuidado, atención y

mantención de los muebles, enseres e instalaciones del local

escolar”

• Mantendrá el aseo y orden en todas las dependencias que la

escuela necesite.

• Ejecutará reparaciones e instalaciones menores que la escuela

necesite.

• Retirará, repartirá y franqueará mensajes, correspondencia y

otros documentos cuando la dirección lo solicite.

• Cuidará herramientas y útiles que se le encomienden.

• Colaborará en actos cívicos y beneficios que realice el

establecimiento.

• Informará oportunamente a la dirección sobre necesidades de

materiales y suministros indispensables para el cumplimiento de

sus labores.

• Cuando solicite permisos, deberá hacerlo con antelación y llenar

solicitud correspondiente.

• Deberá mantener estufas limpias y en lo posible en los días fríos

encenderá fuego en las salas de clases.

• No permitirá la entrada a personas extrañas al establecimiento

para la venta de productos o alimentos en horarios de clases.

• Vigilará y velará por el orden, respeto y vocabulario del

alumnado.

MANIPULADORAS DE ALIMENTOS

• Es obligación, cumplir con lo estipulado en el contrato de

trabajo, firmado por las partes, de acuerdo a la Legislación

Laboral vigente.

• Mantener su presentación personal y recinto de trabajo, en

perfectas condiciones de Higiene.

• Cumplir con la minuta y con los horarios de comida

estipulados en la Escuela.

• Mantener el orden y la limpieza en los comedores, vajilla y

utensilios de cocina.

ALUMNOS Y ALUMNAS.

Ellos son el principal agente de la Comunidad Escolar, por lo que

se estipula a continuación, los deberes y derechos que tendrán dentro

del establecimiento, como a si mismo las sanciones ante las faltas a

este reglamento.

DERECHOS

• Recibir una enseñanza acorde con lo establecido en los Planes y

Programas emanados del Ministerio de Educación y del Proyecto

Educativo de la Escuela, asegurando el pleno desarrollo de su

personalidad.

• Recibir evaluación Psicológica.

• Respetar su integridad y dignidad como persona, siendo

reconocido cada uno de los alumnos y alumnas, con sus

diferencias individuales, y siendo escuchado cuando lo

necesite.

• Participar en el funcionamiento general del establecimiento de

acuerdo a lo establecido en el presente Reglamento Interno.

• Recibir orientación vocacional

• Utilizar los Recursos, con los que cuenta la Escuela, para su

aprendizaje en toda actividad que sea programada, por la

Profesora Jefe o personal del establecimiento.

• Procurar el uso de las Redes de Apoyo, con las que cuente el

establecimiento, en favor de todos sus alumnos y alumnas,

especialmente de aquellos que se encuentren en riesgo social.

• Los alumnos y alumnas podrán acceder al beneficio del pase

escolar. Atención médico dental, en conformidad a las normas

establecidas por los organismos pertinentes para estos efectos.

• Los alumnos y alumnas podrán acceder a los beneficios de

alimentación escolar entregados por la JUNAEB, en la forma en

que dicho organismo disponga.

• Los alumnos y alumnas que lo requieran podrían acceder al

beneficio del internado del que dispone el Establecimiento, en

conformidad a las normas establecidas por el Establecimiento

Educacional.

• En el caso de accidente en el trayecto desde la casa al

Establecimiento o viceversa, o accidente al interior del

Establecimiento, el alumno gozará de todos los beneficios

contemplados en el Decreto Excento Nº 313 de la Subsecretaría

de Previsión Social y Ministerio de Educación, sobre accidente

escolar.

DEBERES

PRESENTACION PERSONAL

• Los alumnos y alumnas deberán presentarse correctamente a

clases, en lo posible con uniforme o buzo de la escuela.

• Los alumnos y alumnas deberán presentarse con una higiene

adecuada.

• Asistir diariamente a clases y con puntualidad. Las

inasistencias deben ser justificados por el apoderado en la dirección,

o por escrito. En caso de alguna enfermedad presentar certificados

médicos.

• Presentarse con sus útiles escolares y materiales que se les

solicita, tanto al inicio como durante el año.

• Respetar y cuidar el mobiliario y dependencias de la escuela e

internado, como los útiles personales, los de sus compañeros(as) y

material didáctico que el establecimiento pone a su disposición.

• Colaborar con el aseo para mantener su sala ordenada y limpia,

al igual que los demás lugares del establecimiento.

• Respetar a los compañeros, profesores y personal del

establecimiento, colaborando con ellos en la creación de un clima de

convivencia y solidaridad que favorezca la integración y el trabajo

escolar.

• Los alumnos o alumnas podrán retirarse del Establecimiento,

previa solicitud y autorización del Apoderado y previo registro en el

cuaderno de salidas de la Dirección del Establecimiento.

NORMAS QUE REGULAN LA CONVIVENCIA SOCIAL DE LOS

ALUMNOS Y ALUMNAS, CON LA COMUNIDAD EDUCATIVA.

• Usar un lenguaje correcto y respetuoso al comunicarse con

sus compañeros(as), sus profesores y personal que labora en

la escuela.

• No deberá consumir bebidas alcohólicas, fumar cigarrillos u

otras sustancias ilícitas, tampoco ingresar material

pornográfico al interior del Establecimiento Educacional, en

fiestas, paseos u otras actividades extraprogramáticas.

• No ingresar al Establecimiento artículos de valor como joyas,

mp3, discman, u otros. En caso contrario el Establecimiento no

se responsabilizará por la pérdida o deterioro de estos.

• La Escuela no autoriza el pololeo dentro del establecimiento.

• Queda prohibido traer al establecimiento: cortapapel,

cortaplumas o cualquier objeto corto punzante.

• Los juegos, no implicarán agresión o violencia ni harán primar

la fuerza al diálogo.

• Los alumnos o alumnas no podrán abandonar las salas

durante el horario de clases, sin la previa autorización del

Profesor de Aula.

Faltas Leves.

• Actitud matonezca en contra de compañeros más débiles.

• Faltar el respeto a algún profesor u otro funcionario.

• Destrozo de mobiliario, vidrios, furgón u otros, en este caso se

le comunicará al apoderado, para que se responsabilice por

los daños ocasionados.

Faltas Graves.

• Actitud deshonesta con algún compañero, profesor u otro

funcionario de la unidad educativa.

• Agredir físicamente a sus compañeros o personas que

trabajen en el establecimiento.

• Ingresar material pornográfico al Establecimiento

• Fumar, distribuir drogas e ingerir bebidas alcohólicas en la

Escuela o en actividades del establecimiento.

• Dañar o sustraer bienes de la Escuela o funcionario del

Establecimiento

• Todo acto que atente contra la moral y las buenas

costumbres como: pornografía, dibujos obscenos, groserías,

etc.

Faltas Gravísimas.

• Agredir física o verbalmente a algún funcionario de la unidad

educativa

• Consumir bebidas alcohólicas al interior del Establecimiento

• Presentarse al Establecimiento en estado de ebriedad

• Ingresar al Establecimiento con arma blanca

• Agredir a algún compañero o funcionario del Establecimiento con

arma blanca o cortopunzante.

MEDIDAS DISCIPLINARIAS

Leves:

1) Amonestación verbal en forma privada por parte de la persona

que está frente al hecho.

2) Anotación de la situación en su hoja de vida y posteriormente se

dará a conocer al apoderado.

Graves y Gravísimas:

1) Derivación a apoyo Psicológico u otros especialistas pertinentes

Se citará al Apoderado en caso que el alumno(a) reincida en sus

faltas o cometa una falta grave.

a) Serán suspendidos de clases, aquellos alumnos o alumnas que

hayan reincidido en alguna falta grave, haciendo caso omiso a las

recomendaciones por parte de la Dirección de la Escuela.

b) Será cancelada la matrícula, a los alumnos o alumnas, que

hayan cometido faltas graves y habiéndose agotado todas las

medidas disciplinarias anteriormente descritas, no respondan e

incrementen su mala conducta.