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REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
ESCUELA ESPECIAL F-412 “ACANCEMOS JUNTOS”
NUEVA IMPERIAL
El presente reglamento de convivencia escolar de la Escuela
Especial F-412 “Avancemos Juntos” de Nueva Imperial, surge como
respuesta a las necesidades contrastadas de regular temas
importantes para la comunidad escolar, fijar pautas de interacción
entre los diversos estamentos que componen nuestra Unidad
Educativa, contribuyendo de esta manera a una sana convivencia
entre todos sus miembros y al mejoramiento de la calidad de los
aprendizajes, en un ambiente normalizador e integrador, donde el
respeto y valoración de las diferencias individuales sean el eje central
de quehacer educativo.
Cada miembro de esta Comunidad Escolar conocerá el presente
reglamento con la finalidad de participar y ser ente colaborador a la
sana y buena convivencia.
En este reglamento estarán estipulados los principales derechos
y deberes de todos los integrantes de esta escuela, para así tener
claro los principales objetivos que persigue esta comunidad escolar.
Además estarán los principales procedimientos disciplinarios, las
graduaciones de las faltas y las sanciones definidas para repararlas
adecuadamente y con el ánimo constructivo.
La Escuela Especial “Avancemos Juntos” F412 se encuentra
organizada de la siguiente forma:
1. Representante Legal.
2. Directora.
3. Consejo Escolar.
4. Directiva del Centro de Padres y Apoderados.
5. Consejo General de Profesores.
6. Docentes.
7. Asistentes de la Educación
a) Técnicos
b) Inspectores.
c) Chofer
c) Auxiliares.
d) Manipuladoras de Alimentos.
8. Alumnos y alumnas.
Cada uno de los miembros de la comunidad escolar deberá
realizar las siguientes funciones que a continuación se puntualizan.
I.- EL DIRECTOR
• Es obligación, cumplir con lo estipulado en el contrato de trabajo,
firmado por las partes, de acuerdo a la Legislación Laboral
vigente.
• Dirigir el establecimiento de acuerdo con los Principios de su
Proyecto Educativo Institucional, en coherencia con el marco de
convivencia escolar, sus normas y formas de solucionar
conflictos en la comunidad escolar.
• Impulsar y coordinar acciones que contribuyan al ejercicio y
desarrollo de habilidades sociales de convivencia entre y con los
miembros de la comunidad escolar.
• Promover el normal desarrollo de todas las actividades
administrativas y técnico pedagógicas.
• Animar a una correcta aplicación de los planes y programas de
estudio, reglamento de evaluación, programas y proyectos
especiales y de todo aquello que permita la optimización del
desarrollo curricular con sentido de pertinencia, con aprendizajes
de creciente calidad y con sentido de equidad.
• Estimular y animar constantemente al desarrollo de un
adecuado trabajo a cada uno de los miembros de la Comunidad
Educativa, de acuerdo a los desafíos de la Reforma Educacional
y del P.E.I. del establecimiento.
• Difundir y promover, el conocimiento y cumplimiento del
Reglamento de Convivencia, a todos los actores de la
Comunidad Educativa.
• Difundir y promover, el conocimiento y cumplimiento del
Reglamento de Convivencia, a todos los actores de la
Comunidad Educativa.
• Cautelar el buen cumplimiento de las exigencias que el Ministerio
de Educación hace a las escuelas a través de las distintas áreas
de acción.
• Supervisar los procesos de planificación y realización de todas
las actividades que se desarrollan en la Escuela.
• Distribuir y supervisar el cumplimiento de los turnos en la
Escuela.
• Mantener un estricto control de los libros de curso,
especialmente en la parte correspondiente a la asistencia diaria
de los alumnos.
• Extender citaciones y/o prestar atención a los apoderados de la
unidad educativa.
• Velar por el cumplimiento de la Normas de Prevención, Higiene y
Seguridad, dentro del Establecimiento.
• Programar y coordinar las reuniones del Consejo Escolar.
• Dar a conocer, en Reunión General de Padres, Madres y
Apoderados, la Cuenta Pública del Establecimiento, al término
del año escolar.
• Coordinar el proceso de elaboración del horario de clases,
utilizando criterios pedagógicos.
CONSEJO ESCOLAR
Es un Equipo de trabajo, conformado por uno o más miembros
de los diferentes estamentos de la Comunidad Educativa, con el fin de
promover una vinculación más estrecha, entre la Familia y el quehacer
del Establecimiento Educacional.
Cada miembro deberá:
• Asistir a las reuniones, programadas por el Consejo Escolar, con
el fin de informarse y tomar acuerdos, sobre el funcionamiento
de la Escuela y de los alumnos y alumnas, en el ámbito personal
y pedagógico.
• Trabajar por cumplimiento del logro de las metas propuestas
anualmente por la Escuela.
• Ser informado, respecto a la situación de aquellos alumnos y
alumnas, que presentan Problemas disciplinarios o situaciones
especiales, con el fin de buscar estrategias remediales.
• Trabajar para el mejoramiento de la Convivencia Escolar y
apoyar la formación integral de los alumnos y alumnas.
• Contribuir y aportar a la mejora del Establecimiento, apoyando y
dando solución a necesidades que éste presente.
•
CENTRO DE PADRES Y / O APODERADOS
Los centros de Padres, Madres y Apoderados, son organismos
que comparten y colaboran con los propósitos educativos y sociales
del establecimiento educacional del cual forman parte.
FUNCIONES
• Establecer y fomentar vínculos entre hogar y el establecimiento,
para facilitar la comprensión y el apoyo familiar hacia las
actividades escolares y a su vez en el ejercicio que
corresponde desempeñar a los padres, madres y apoderados en
el fortalecimiento de los hábitos, ideales y actitudes de los
alumnos.
• Mantener comunicación permanente con la dirección del
establecimiento tanto para obtener y difundir entre sus
miembros, programas y proyectos educativos como
observaciones y sugerencias al mismo.
DE LA ORGANIZACIÓN
• Estar constituidos con personalidad jurídica, se denomina
“Centro Comunitario Avancemos juntos”
• Cada dos años se elige la nueva directiva, pudiendo ser
reelegida en su totalidad.
CONSEJO DE PROFESORES
Estará integrado por el Director que lo presidirá, y docentes.
1. De entre sus integrantes se elegirá por consenso un secretario(a),
quien llevara un libro de actas.
2. El consejo General de Profesores es el organismo encargado de
realizar las siguientes funciones:
• Programar, supervisar y coordinar las actividades generales del
establecimiento.
• Analiza las disposiciones del nivel central, regional, provincial y
comunal.
• Programa iniciativas creadoras en beneficio de la unidad
educativa.
• Analizar problemas de tipo general y particular que afecten al
establecimiento.
• Solucionar casos de indisciplina y orientar a los alumnos y
alumnas.
• Conversar y promover los casos de alumnos(as) con situaciones
especiales.
• El consejo general de profesores se reunirá al inicio del año
escolar para programar el año lectivo, los consejos serán
semanalmente y cuando la ocasión lo requiera.
PROFESORES(AS)
DERECHOS
• Percibir una remuneración mensual de acuerdo a lo estipulado
por la Ley.
• Solicitar permiso en casos debidamente justificados haciendo
uso de los días administrativos.
DEBERES
• Es obligación, cumplir con lo estipulado en el contrato de trabajo,
firmado por las partes, de acuerdo a la Legislación Laboral
vigente.
• Estar comprometido con los fines y objetivos institucionales del
establecimiento.
• El profesor deberá cumplir con el horario por el que fue
contratado.
• Prepararse debidamente para sus clases y confeccionar el
material didáctico necesario y poder así contribuir a mejorar la
calidad de la educación.
• Cooperar eficientemente en todas las actividades escolares
teniendo presente que el personal, no sólo, debe permanecer en
el establecimiento sistemáticamente, sino también cada vez que
actividades de la función docente lo requieran (charlas, jornadas,
encuentros).
• Proporcionará al alumno atención psicopedagógica tomando en
cuenta cada caso como particular y grupal, considerando las
diferencias individuales.
• Resguardar su comportamiento, en todo momento, no olvidando
su alta función que desempeña.
• Demostrar una actitud integradora y abierta para con todos los
miembros de la Comunidad Escolar.
• Mantener al día el libro de clases de los cursos en todo aquello
referido a registro de firmas, asistencia, desarrollo curricular, etc.
• Asistir a los consejos programados por la dirección.
• Permanecer actualizado respecto a la normativa vigente de la
modalidad educativa.
• Promover y exigir la adecuada presentación personal de los
alumnos de su curso (Uniforme, uso de cotona o delantal, pelo
corto, etc.)
DEL PROFESOR JEFE.
El profesor jefe de curso, es el primer orientador de sus alumnos, por
tanto:
• Sostendrá entrevistas con sus alumnos y padres, madres y/o
apoderados, cada vez que sea necesario, teniendo en cuenta
que el nexo de la escuela con el hogar es primordial en el
crecimiento del educando.
• Realizar reuniones con los padres, madres y / o apoderados de
su curso, acordando medidas de colaboración al establecimiento
y directiva del centro de padres, madres y apoderados.
• Informar a la Directora del establecimiento sobre casos graves
de indisciplina e incumplimiento por parte de los alumnos(as), y
de las disposiciones que este reglamento establece.
• Mantener el libro de clases al día: asistencia diaria, firmas,
registro de objetivos y / o materias, registro de observaciones,
evaluaciones.
• Elaborar y entregar a los padres, madres y / o apoderados los
informes de avance de evaluaciones e informes semestrales, así
como certificado anual de estudio y otros correspondientes a la
modalidad educativa.
• Promover y exigir la adecuada presentación personal de los
alumnos de su curso propendiendo autonomía e independencia.
• El profesor del nivel laboral debe dar más relevancia a la
orientación vocacional de sus alumnos.
• El profesor tendrá la responsabilidad de todos sus alumnos
durante la jornada de clases, correspondiente al plan de estudio,
tanto en el interior de la sala como fuera de esta. (8:30- 14:00).
V.- DE LOS TECNICOS Y ASISTENTES DE SALA
• Es obligación, cumplir con lo estipulado en el contrato de trabajo,
firmado por las partes, de acuerdo a la Legislación Laboral
vigente.
• Colaborar con la atención de los alumnos en el quehacer
educativo.
• Colaborar en la preparación de material didáctico.
• Colaborar en el cuidado y atención de los alumnos que
presentan más retos.
• Apoyar en el cuidado de los estudiantes tanto en horas de clase
como en los recreos.
• Contribuir al desarrollo de hábitos de aseo, higiene y respeto en
los alumnos.
• Serán los responsables de mudar a los alumnos que lo requieran
• Colaborará en actos cívicos y beneficios que realice el
establecimiento.
• Cuando solicite permisos, deberá hacerlo con antelación y llenar
solicitud correspondiente.
INSPECTORES DE INTERNADO
• Es obligación, cumplir con lo estipulado en el contrato de trabajo,
firmado por las partes, de acuerdo a la Legislación Laboral
vigente.
• Recibir a los alumnos (as) en el internado y velar por el orden
dentro de éste.
• Acompañar en la formación integral de los alumnos y alumnas
internas, y velando por el cumplimiento del Reglamento Interno.
• Atender e informar a los apoderados sobre situaciones
relevantes de sus hijos e hijas.
• Revisar diariamente la presentación personal de los alumnos y
alumnas internas.
CHOFER
• Los conductores del transporte escolar deben ser personas
idóneas y calificadas.
• Los conductores deberán velar por la seguridad tanto física
como, psíquica de los menores, desde su recepción en el
vehículo, hasta su entrega en el establecimiento educacional y
viceversa.
• El conductor deberá ser acompañado por una auxiliar, que debe
estar presente en todo el recorrido, quien asumirá el cuidado
integral del menor.
• El conductor será la persona responsable de denuncia r y
comunicar cualquier irregularidad o desperfecto que tenga que
ver con el buen funcionamiento del vehículo, como también velar
por su mantención y cuidado, deberá comunicar en primera
instancia la directora a cargo.
• El conductor deberá comunicar la ausencia del auxiliar del bus al
director del establecimiento, quien gestionara el reemplazo de
sus funciones.
• El conductor deberá cumplir con la ruta establecida por el
establecimiento educacional, a no ser que se presente una
situación de extrema urgencia en donde se vea involucrado
algún escolar.
• Se prohíbe estrictamente fumar y hablar por celular dentro del
furgón escolar, mientras este transporte escolares.
• No debe proveerse de combustible con escolares a bordo.
VII.- DEL PERSONAL AUXILIAR DE SERVICIOS MENORES
• Es obligación, cumplir con lo estipulado en el contrato de
trabajo, firmado por las partes, de acuerdo a la Legislación
Laboral vigente.
• Es responsable directo de la vigilancia, cuidado, atención y
mantención de los muebles, enseres e instalaciones del local
escolar”
• Mantendrá el aseo y orden en todas las dependencias que la
escuela necesite.
• Ejecutará reparaciones e instalaciones menores que la escuela
necesite.
• Retirará, repartirá y franqueará mensajes, correspondencia y
otros documentos cuando la dirección lo solicite.
• Cuidará herramientas y útiles que se le encomienden.
• Colaborará en actos cívicos y beneficios que realice el
establecimiento.
• Informará oportunamente a la dirección sobre necesidades de
materiales y suministros indispensables para el cumplimiento de
sus labores.
• Cuando solicite permisos, deberá hacerlo con antelación y llenar
solicitud correspondiente.
• Deberá mantener estufas limpias y en lo posible en los días fríos
encenderá fuego en las salas de clases.
• No permitirá la entrada a personas extrañas al establecimiento
para la venta de productos o alimentos en horarios de clases.
• Vigilará y velará por el orden, respeto y vocabulario del
alumnado.
MANIPULADORAS DE ALIMENTOS
• Es obligación, cumplir con lo estipulado en el contrato de
trabajo, firmado por las partes, de acuerdo a la Legislación
Laboral vigente.
• Mantener su presentación personal y recinto de trabajo, en
perfectas condiciones de Higiene.
• Cumplir con la minuta y con los horarios de comida
estipulados en la Escuela.
• Mantener el orden y la limpieza en los comedores, vajilla y
utensilios de cocina.
ALUMNOS Y ALUMNAS.
Ellos son el principal agente de la Comunidad Escolar, por lo que
se estipula a continuación, los deberes y derechos que tendrán dentro
del establecimiento, como a si mismo las sanciones ante las faltas a
este reglamento.
DERECHOS
• Recibir una enseñanza acorde con lo establecido en los Planes y
Programas emanados del Ministerio de Educación y del Proyecto
Educativo de la Escuela, asegurando el pleno desarrollo de su
personalidad.
• Recibir evaluación Psicológica.
• Respetar su integridad y dignidad como persona, siendo
reconocido cada uno de los alumnos y alumnas, con sus
diferencias individuales, y siendo escuchado cuando lo
necesite.
• Participar en el funcionamiento general del establecimiento de
acuerdo a lo establecido en el presente Reglamento Interno.
• Recibir orientación vocacional
• Utilizar los Recursos, con los que cuenta la Escuela, para su
aprendizaje en toda actividad que sea programada, por la
Profesora Jefe o personal del establecimiento.
• Procurar el uso de las Redes de Apoyo, con las que cuente el
establecimiento, en favor de todos sus alumnos y alumnas,
especialmente de aquellos que se encuentren en riesgo social.
• Los alumnos y alumnas podrán acceder al beneficio del pase
escolar. Atención médico dental, en conformidad a las normas
establecidas por los organismos pertinentes para estos efectos.
• Los alumnos y alumnas podrán acceder a los beneficios de
alimentación escolar entregados por la JUNAEB, en la forma en
que dicho organismo disponga.
• Los alumnos y alumnas que lo requieran podrían acceder al
beneficio del internado del que dispone el Establecimiento, en
conformidad a las normas establecidas por el Establecimiento
Educacional.
• En el caso de accidente en el trayecto desde la casa al
Establecimiento o viceversa, o accidente al interior del
Establecimiento, el alumno gozará de todos los beneficios
contemplados en el Decreto Excento Nº 313 de la Subsecretaría
de Previsión Social y Ministerio de Educación, sobre accidente
escolar.
DEBERES
PRESENTACION PERSONAL
• Los alumnos y alumnas deberán presentarse correctamente a
clases, en lo posible con uniforme o buzo de la escuela.
• Los alumnos y alumnas deberán presentarse con una higiene
adecuada.
• Asistir diariamente a clases y con puntualidad. Las
inasistencias deben ser justificados por el apoderado en la dirección,
o por escrito. En caso de alguna enfermedad presentar certificados
médicos.
• Presentarse con sus útiles escolares y materiales que se les
solicita, tanto al inicio como durante el año.
• Respetar y cuidar el mobiliario y dependencias de la escuela e
internado, como los útiles personales, los de sus compañeros(as) y
material didáctico que el establecimiento pone a su disposición.
• Colaborar con el aseo para mantener su sala ordenada y limpia,
al igual que los demás lugares del establecimiento.
• Respetar a los compañeros, profesores y personal del
establecimiento, colaborando con ellos en la creación de un clima de
convivencia y solidaridad que favorezca la integración y el trabajo
escolar.
• Los alumnos o alumnas podrán retirarse del Establecimiento,
previa solicitud y autorización del Apoderado y previo registro en el
cuaderno de salidas de la Dirección del Establecimiento.
NORMAS QUE REGULAN LA CONVIVENCIA SOCIAL DE LOS
ALUMNOS Y ALUMNAS, CON LA COMUNIDAD EDUCATIVA.
• Usar un lenguaje correcto y respetuoso al comunicarse con
sus compañeros(as), sus profesores y personal que labora en
la escuela.
• No deberá consumir bebidas alcohólicas, fumar cigarrillos u
otras sustancias ilícitas, tampoco ingresar material
pornográfico al interior del Establecimiento Educacional, en
fiestas, paseos u otras actividades extraprogramáticas.
• No ingresar al Establecimiento artículos de valor como joyas,
mp3, discman, u otros. En caso contrario el Establecimiento no
se responsabilizará por la pérdida o deterioro de estos.
• La Escuela no autoriza el pololeo dentro del establecimiento.
• Queda prohibido traer al establecimiento: cortapapel,
cortaplumas o cualquier objeto corto punzante.
• Los juegos, no implicarán agresión o violencia ni harán primar
la fuerza al diálogo.
• Los alumnos o alumnas no podrán abandonar las salas
durante el horario de clases, sin la previa autorización del
Profesor de Aula.
Faltas Leves.
• Actitud matonezca en contra de compañeros más débiles.
• Faltar el respeto a algún profesor u otro funcionario.
• Destrozo de mobiliario, vidrios, furgón u otros, en este caso se
le comunicará al apoderado, para que se responsabilice por
los daños ocasionados.
Faltas Graves.
• Actitud deshonesta con algún compañero, profesor u otro
funcionario de la unidad educativa.
• Agredir físicamente a sus compañeros o personas que
trabajen en el establecimiento.
• Ingresar material pornográfico al Establecimiento
• Fumar, distribuir drogas e ingerir bebidas alcohólicas en la
Escuela o en actividades del establecimiento.
• Dañar o sustraer bienes de la Escuela o funcionario del
Establecimiento
• Todo acto que atente contra la moral y las buenas
costumbres como: pornografía, dibujos obscenos, groserías,
etc.
Faltas Gravísimas.
• Agredir física o verbalmente a algún funcionario de la unidad
educativa
• Consumir bebidas alcohólicas al interior del Establecimiento
• Presentarse al Establecimiento en estado de ebriedad
• Ingresar al Establecimiento con arma blanca
• Agredir a algún compañero o funcionario del Establecimiento con
arma blanca o cortopunzante.
MEDIDAS DISCIPLINARIAS
Leves:
1) Amonestación verbal en forma privada por parte de la persona
que está frente al hecho.
2) Anotación de la situación en su hoja de vida y posteriormente se
dará a conocer al apoderado.
Graves y Gravísimas:
1) Derivación a apoyo Psicológico u otros especialistas pertinentes
Se citará al Apoderado en caso que el alumno(a) reincida en sus
faltas o cometa una falta grave.
a) Serán suspendidos de clases, aquellos alumnos o alumnas que
hayan reincidido en alguna falta grave, haciendo caso omiso a las
recomendaciones por parte de la Dirección de la Escuela.