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RÉGIMEN ESPECIAL GIRO ESPECÍFICO DEL NEGOCIO GERENCIA DE TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO CÓDIGO DEL PROCESO RE-EPP-TCTR-N-06-13 CONSTRUCCIÓN DE INTERCONEXIÓN DE TANQUES EN BALAO CON EL TERMINAL DE OCP QUITO, OCTUBRE DE 2013

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  • RGIMEN ESPECIAL GIRO ESPECFICO DEL NEGOCIO

    GERENCIA DE TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO

    CDIGO DEL PROCESO RE-EPP-TCTR-N-06-13

    CONSTRUCCIN DE INTERCONEXIN DE TANQUES EN

    BALAO CON EL TERMINAL DE OCP

    QUITO, OCTUBRE DE 2013

  • RE-EPP-TCTR-N-06-13 CONSTRUCCIN DE INTERCONEXIN DE TANQUES EN BALAO CON TERMINAL OCP.

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    RGIMEN ESPECIAL

    GIRO ESPECFICO DEL NEGOCIO

    INDICE SECCIN I INVITACIN SECCIN II OBJETO DE CONTRATACIN SECCIN III CONDICIONES GENERALES SECCIN IV CONDICIONES ESPECFICAS SECCIN V PROYECTO DE CONTRATO SECCIN VI FORMULARIOS, FORMATOS Y ANEXOS Anexo 1 Especificaciones tcnicas para la Construccin de Interconexin de

    Tanques en Balao con el terminal de OCP. Anexo 2 Obligaciones de la Contratista y de Petroecuador a travs de la

    Gerencia de Transporte y Almacenamiento Anexo 3 Formatos de modelos de garantas (presentar nicamente el

    oferente adjudicado) Formato A: Pliza de fiel cumplimiento de contrato y Pliza de

    buen uso del anticipo Formato B: Garanta bancaria de fiel cumplimiento de Contrato y

    Garanta bancaria de buen uso del anticipo. Anexo 4 Principios de salud, seguridad y medio ambiente

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    SECCIN I INVITACIN

    De acuerdo con los Pliegos de Rgimen Especial- Giro Especifico del Negocio, aprobados por el Gerente de Transporte y Almacenamiento de EP PETROECUADOR, debidamente facultado mediante poder especial otorgado por el Ing. Marco Calvopia Vega, Gerente General (E) de la Empresa Pblica de Hidrocarburos del Ecuador EP PETROECUADOR, ante el Notario Vigsimo Sexto del Cantn Quito, Dr. Homero Lpez Obando, el 3 de agosto del 2012 y de conformidad con la delegacin emitida a su favor por el seor Gerente General de la EP PETROECUADOR, mediante el Procedimiento de Desconcentracin Empresarial para la Adquisicin de Bienes, Contratacin de Obras, Servicios y Consultora, y la resolucin 2013172 del 13 de agosto de 2013, mediante el cual se emite el procedimiento ADQUISICIN DE BIENES, CONTRATACIN DE OBRAS, SERVICIOS, INCLUIDOS LOS DE CONSULTORA, MEDIANTE RGIMEN ESPECIAL O GIRO ESPECFICO DE NEGOCIO se invita a que presenten su oferta tcnico-econmica en el proceso de contratacin No. RE-EPP-TCTR-N-06-13 para la CONSTRUCCIN DE INTERCONEXIN DE TANQUES EN BALAO CON EL TERMINAL DE OCP.

    El Presupuesto Referencial para la contratacin de la obra: CONSTRUCCIN DE INTERCONEXIN DE TANQUES EN BALAO CON EL TERMINAL DE OCP, es USD $ 7`788.363,26 (Siete millones setecientos ochenta y ocho mil tres cientos sesenta y tres con 26/100 dlares de Estados Unidos de Amrica), sin incluir el IVA. El plazo estimado del contrato es de doscientos cuarenta (240) das calendario, contados a partir de la suscripcin del mismo. El cronograma del proceso se encuentra publicado en el portal de Compras Pblicas y se enva al oferente con la invitacin respectiva. Las condiciones generales de esta invitacin son las siguientes: 1. Si el interesado, luego del anlisis de los Pliegos detecta un error u omisin o

    inconsistencia, o necesita una aclaracin sobre una parte de los pliegos, deber solicitarla a la entidad contratante al correo electrnico [email protected] hasta la fecha y hora sealada en el cronograma del proceso.

    2. Las ofertas tcnico-econmica se presentarn de forma fsica en la Secretara de Contratos Norte, ubicada en la Av. Pedro Vicente Maldonado No. S 35-34, sector Guajal de la ciudad de Quito, Ecuador, de acuerdo con lo establecido en el calendario del proceso y la invitacin.

    3. La apertura de las Ofertas se realizar en la misma fecha de presentacin, una hora

    ms tarde en acto pblico.

    4. La evaluacin de las ofertas tcnico-econmica se realizar estableciendo si sta cumple con los requisitos mnimos solicitados y con la evaluacin por parmetros, establecidos en los pliegos.

    5. La EP PETROECUADOR entregar el 30% del monto del contrato en calidad de

    anticipo.

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    El valor por concepto de anticipo ser depositado en una cuenta que el contratista deber mantener en una institucin financiera estatal o privada de propiedad del Estado en ms de un cincuenta por ciento. El contratista autoriza expresamente se levante el sigilo bancario de la cuenta en la que ser depositado el anticipo. El Administrador del contrato designado por la CONTRATANTE verificar que los movimientos de la cuenta correspondan estrictamente al proceso de ejecucin contractual.

    6. Los pagos del contrato se realizarn con cargo a la partida presupuestaria

    25207305013400 de Interconexin de Tanques TMB, emitida por la Coordinadora Snior de Gestin Financiera, mediante certificacin presupuestaria CO24493 del 26 de agosto del 2013. Cabe indicar que para el ao 2014, el rea usuaria incluir en las proforma presupuestaria respectiva el valor correspondiente para las obligaciones contradas.

    Quito, octubre de 2013

    RAMIRO CARRILLO C. GERENTE DE TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO

    EP PETROECUADOR

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    SECCIN II OBJETO DE LA CONTRATACIN

    Este procedimiento precontractual tiene como propsito llevar a cabo la contratacin para la CONSTRUCCIN DE LA INTERCONEXION DE TANQUES EN BALAO CON EL TERMINAL DE OCP, para lo cual EP PETROECUADOR seleccionar una empresa que ejecutar dicha obra con el objetivo de aprovechar economas de escala por medio de buques tanques de gran tamao (VLCC), apoyndose en la infraestructura de almacenamiento y facilidades portuarias del Oleoducto de Crudos Pesados (OCP) en Esmeraldas, adicionalmente facilitar paradas de Planta de emergencia, imprevistas o programadas de la Refinera de Esmeraldas y en cumplimiento con el CONVENIO MARCO No. 2011067, en materia de Interconexin, suscrito entre LA EMPRESA PBLICA DE HIDROCARBUROS DEL ECUADOR (EP PETROECUADOR) Y LA COMPAA DE OLEODUCTO DE CRUDOS PESADOS (OCP) ECUADOR S.A, el 09 de Septiembre de 2011.

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    SECCIN III CONDICIONES GENERALES

    3.1 mbito de aplicacin: El procedimiento optado por la Empresa es el de Rgimen

    Especial- Giro Especfico del Negocio, de acuerdo a lo autorizado por el Director Ejecutivo del INCOP, mediante oficio INCOP-DE-2012-2852-OF de 15 de noviembre de 2012 y la resolucin 2013172 del 13 de agosto de 2013, mediante el cual se emite el procedimiento ADQUISICIN DE BIENES, CONTRATACIN DE OBRAS, SERVICIOS, INCLUIDOS LOS DE CONSULTORA, MEDIANTE RGIMEN ESPECIAL O GIRO ESPECFICO DE NEGOCIO

    3.2 Responsable de la Contratacin: De conformidad con lo dispuesto en el Procedimiento de Desconcentracin Empresarial, para la Adquisicin de Bienes, contratacin de Obras, Servicios y Consultora y pagos Varios, ser responsable de la Contratacin el Gerente de Transporte y Almacenamiento, quien emitir una resolucin en la que se justifique la necesidad de la contratacin o la justificacin que le faculta acogerse al Rgimen Especial-Giro Especfico del Negocio, para lo cual aprobar los pliegos, el cronograma del proceso, los oferentes seleccionados y dispondr el inicio del procedimiento de Rgimen Especial.

    3.3 Participantes: La convocatoria est dirigida a las empresas seleccionadas por su

    experiencia y capacidad en obras similares habilitadas en el Registro nico de Proveedores, RUP.

    3.4 Inhabilidades: No podrn participar en el presente procedimiento precontractual, por s

    mismas o por interpuesta persona, las personas que incurran en las inhabilidades generales y especiales, de acuerdo a los artculos 62 y 63 de la LOSNCP, y 110 y 111 del Reglamento General de la LOSNCP.

    3.5 Comisin tcnica: La Comisin Tcnica, designada por el Gerente de Transporte y

    Almacenamiento de la EP PETROECUADOR, ser la encargada del trmite del proceso preparatorio y precontractual de acuerdo a lo establecido en la Resolucin 2013172 emitida por EP PETROECUADOR.

    3.6 Obligaciones del (los) oferente (s) Invitado (s): El oferente deber revisar cuidadosamente los Pliegos y cumplir con todos los requisitos solicitados en ellos. La omisin o descuido del oferente al revisar los documentos no le relevar de sus obligaciones con relacin a su oferta.

    3.7 Causas de Rechazo: Luego de evaluada la oferta tcnico-econmica, la entidad

    contratante podr rechazarla por las siguientes causas:

    3.7.1 Si no cumpliera los requisitos exigidos en las condiciones generales y especficas, especificaciones tcnicas, formularios y formatos de estos pliegos.

    3.7.2 Si se hubiera entregado la oferta en lugar distinto al fijado o despus de la hora

    establecida para ello. 3.7.3 Si el contenido de los formularios y formatos presentados difiere del solicitado

    en los pliegos, condicionndolos o modificndolos, de tal forma que se alteren las condiciones de la contratacin.

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    3.7.4 Si se presentaren documentos con tachaduras o enmiendas no salvadas cuando no puedan ser convalidadas de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 23 del Reglamento General de la LOSNCP.

    La oferta ser descalificada en cualquier momento del proceso, si se comprobare falsedad o adulteracin de la informacin presentada.

    3.8 Adjudicacin y Notificacin: El Gerente de Transporte y Almacenamiento, con base

    en los resultados de la evaluacin, adjudicar el contrato a la ms conveniente conforme a los trminos establecidos en el numeral 18 del Art. 6 de la LOSNCP, mediante resolucin motivada, de acuerdo a lo establecido en el Art. 8 de la Resolucin INCOP No. 022-09 de 12 de mayo de 2009.

    La adjudicacin ser total, de acuerdo al inters institucional y con base en los mritos del proceso.

    3.9. Garantas y Seguros: De conformidad con lo dispuesto en el artculo 74 de la

    LOSNCP, el Contratista est obligado a rendir las siguientes garantas:

    3.9.1 Garanta de Fiel Cumplimiento.- El contratista, antes de firmar el contrato, para seguridad del cumplimiento de ste y para responder de las obligaciones que contrajera frente a terceros, relacionadas con el contrato, rendir a favor de la EP PETROECUADOR una garanta de las sealadas en los numerales 1, 2 y 5 del artculo 73 de la LOSNCP, por un monto equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) del valor total del contrato.

    Dicha garanta no contendr clusula de trmite administrativo previo,

    bastando para su ejecucin, el requerimiento de la Empresa Pblica EP PETROECUADOR, beneficiario de la garanta.

    3.9.2. La Garanta de Buen Uso del Anticipo.- El Contratista, antes de firmar el

    contrato, rendir a favor de la EP PETROECUADOR una garanta que respalde el cien por ciento (100%) del valor del anticipo otorgado.

    El valor por concepto de anticipo ser del treinta por ciento (30%) del monto contractual, que ser entregado por la Gerencia de Transporte y Almacenamiento al Contratista en un trmino que no exceda de 30 das a partir de la suscripcin del Contrato y previa entrega de la garanta correspondiente. El valor por concepto de anticipo ser depositado en una cuenta que el Contratista abrir en un banco estatal o de propiedad de entidades del Estado ecuatoriano en un cincuenta por ciento (50%). El anticipo conferido por la Gerencia de Transporte y Almacenamiento deber ser utilizado exclusivamente en la ejecucin de este Contrato; caso contrario ser causal de su terminacin anticipada. El Contratista deber autorizar expresamente el levantamiento del sigilo bancario de la cuenta en la que ser depositado el anticipo recibido. El Administrador del Contrato designado por la Gerencia de Transporte y Almacenamiento verificar que los movimientos de la cuenta correspondan estrictamente al proceso de amortizacin del anticipo en la ejecucin de los trabajos.

    El anticipo entregado por la Gerencia de Transporte y Almacenamiento al Contratista ser devengado proporcionalmente en las planillas presentadas

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    hasta la terminacin del plazo contractual inicialmente estipulado, que constar en un cronograma valorado que ser parte del Contrato.

    Las garantas indicadas en los numerales anteriores sern entregadas en cualquiera de las formas establecidas en la LOSNCP.

    Las garantas, se devolvern conforme lo previsto en el artculo 77 de la LOSNCP y 118 del Reglamento a la LOSNCP. Las garantas debern ser incondicionales, irrevocables y de cobro inmediato, sin clusula de trmite administrativo previo, bastando para su ejecucin, el requerimiento de la EP PETROECUADOR. 3.9.3 Ejecucin de la garanta: La garanta contractual podr ser ejecutada por la CONTRATANTE en los siguientes casos: a) Cuando la CONTRATANTE declare anticipada y unilateralmente terminado el

    contrato por causas imputables al CONTRATISTA o si un juez competente disponga su retencin o pago por obligaciones a favor de terceros, relacionadas con el presente Contrato, no satisfechas por la Contratista;

    b) Si la CONTRATISTA no la renovare cinco das antes de su vencimiento. c) La Contratista tiene la obligacin de mantener vigentes las garantas presentadas

    hasta la suscripcin del Acta de Entrega-Recepcin Definitiva del contrato. De no renovarse las garantas con por lo menos cinco das de anticipacin a su vencimiento, la Empresa Pblica EP PETROECUADOR, las har efectivas, sin ms trmite que su presentacin a la entidad emisora.

    3.9.4 Devolucin de la Garanta: Una vez que se haya producido la recepcin definitiva, real o presunta del objeto contractual, se proceder a la devolucin de la totalidad de la garanta de fiel cumplimiento del Contrato.

    3.9.5 Seguros.-

    La Contratista, por su cuenta y costo, contratar y mantendr vigentes durante todo el tiempo de duracin de este contrato, las siguientes plizas de seguros, que debern ser previamente conocidas y aprobadas por esta Empresa Estatal antes de su contratacin.

    3.9.5.1 Pliza de seguros por accidentes personales y gastos mdicos. Que

    ampare al personal de la Contratista, por un monto mnimo asegurado de dos mil dlares ($. 2.000,00) por siniestro, que cubra muerte, incapacidad permanente total o parcial, desmembraciones; y, por un monto mnimo de hasta ochocientos dlares (US$. 800,00) por siniestro para gastos mdicos.

    3.9.5.2 Pliza de responsabilidad civil y ambiental ante terceros, por cada

    siniestro con un monto asegurado de un milln de dlares (US$ 1000.000,00) por siniestro, por lesiones o muerte por accidente; con un monto de cien mil dlares (US$ 100.000,00) por siniestro por daos corporales a terceros; y, con un monto de un milln de dlares (US$ 1000.000,00) por siniestro por daos o prdidas de la propiedad.

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    Para efectos de esta pliza, los directivos, empleados y personal que trabaja como contratista en la Gerencia de Transporte y Almacenamiento, as como sus propiedades y bienes, tambin sern considerados como terceros.

    3.10 Cancelacin del Procedimiento: En cualquier momento comprendido entre la

    invitacin y hasta 24 horas antes de la fecha de presentacin de las ofertas, la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la EP PETROECUADOR, podr declarar cancelado el procedimiento, mediante resolucin debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el Artculo 34 de la LOSNCP.

    3.11 Declaratoria de Procedimiento Desierto: La Gerencia de Transporte y

    Almacenamiento de la EP PETROECUADOR, antes de resolver la adjudicacin, podr declarar desierto el procedimiento de manera total, en los casos previstos en los numerales 1, 2 y 4 el artculo 33 de la LOSNCP.

    Dicha declaratoria se realizar mediante resolucin motivada del Gerente de

    Transporte y Almacenamiento. Una vez declarado desierto el procedimiento, la mxima autoridad podr disponer su archivo o su reapertura.

    3.12 Adjudicatario Fallido: En caso de que el adjudicatario no celebrare el contrato dentro

    del trmino previsto, por causas que le sean imputables al oferente invitado, la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la EP PETROECUADOR, lo declarar adjudicatario fallido y una vez que notifique de esta condicin al INCOP, proceder de conformidad con los artculos 35 y 98 de la LOSNCP.

    3.13 Modificaciones a los Pliegos La Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la

    EP PETROECUADOR podr modificar los Pliegos, siempre y cuando estas modificaciones no alteren el precio referencial y el objeto del contrato.

    3.14 Proyecto del Contrato: Notificada la adjudicacin, dentro de un trmino de diez (10)

    das contado a partir de la misma, la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de EP PETROECUADOR, formalizar el proyecto de contrato que es parte integrante de estos pliegos.

    El oferente que resulte ganador, debe presentar documentacin notariada, de aquella que ha sido presentada en copia simple con su oferta.

    3.15 Moneda de Cotizacin y Pago: La oferta deber presentarse en dlares de los

    Estados Unidos de Amrica. Los pagos se realizarn en la misma moneda. 3.16 Preguntas y Aclaraciones: Si el interesado, luego del anlisis de los Pliegos

    detecta un error u omisin o inconsistencia, o necesita una aclaracin sobre una parte de los pliegos, deber solicitarla a la entidad contratante al correo electrnico [email protected] hasta la fecha y hora sealada en el cronograma del proceso, que se encuentra en la invitacin a presentar oferta.

    3.17 Presentacin de ofertas: Las ofertas tcnico-econmica se presentarn de forma

    fsica en la Secretara de la Coordinacin de Contratos Norte, en la Av. Pedro Vicente Maldonado No. S 35-34, sector Guajal de la ciudad de Quito, Ecuador, de acuerdo con lo establecido en el calendario del proceso y la invitacin.

    3.18 Apertura de ofertas: La apertura de las Ofertas se realizar en la misma fecha de

    presentacin, una hora ms tarde en acto pblico.

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    3.19 Evaluacin de Ofertas: La evaluacin de las ofertas tcnico-econmica se realizar

    estableciendo si sta cumple con los requisitos mnimos solicitados y con la metodologa de evaluacin por parmetros, establecidos en los pliegos.

    3.20 Negociacin: La Comisin Tcnica, iniciar la audiencia de negociacin con el

    oferente que alcanz el primer lugar en el orden de prelacin para mejorar o ratificar la propuesta en los aspectos tcnicos y econmicos; de no llegar a un acuerdo, se podr negociar con el oferente que le sigue en el orden de prelacin.

    3.21 Adjudicacin: La Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la EP

    PETROECUADOR, con base a los resultados de la negociacin, adjudicar el contrato a la oferta ms conveniente conforme a los trminos establecidos en el numeral 18 del artculo 6 de la LOSNCP.

    3.22. Convalidacin de errores de forma: Si se presentaren errores de forma, las ofertas

    podrn ser convalidadas por el oferente en un trmino de entre 2 a 5 das, contados a partir de la fecha de notificacin, a criterio de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la Empresa Pblica de Hidrocarburos del Ecuador EP PETROECUADOR. As mismo, dentro del perodo de convalidacin, los oferentes podrn integrar a su oferta documentos adicionales que no impliquen modificacin del objeto de la misma, conforme al Art. 23 del Reglamento General de la LOSNCP. En este caso, la Empresa Pblica de Hidrocarburos del Ecuador EP PETROECUADOR a travs de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento, recibir fsicamente los documentos correspondientes.

    La Empresa Pblica de Hidrocarburos del Ecuador EP PETROECUADOR a travs de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento, est obligada a analizar en profundidad cada una de las ofertas presentadas en la etapa de calificacin, en cumplimiento a la resolucin emitida por el INCOP No. RE 2013083 del 27 de marzo del 2013, a fin de determinar todos los errores de forma existentes en ellas, los cuales notificar a cada uno de los oferentes, el requerimiento de convalidacin respectivo. Los oferentes notificados podrn convalidar tales errores para efectos de ser calificados.

    Si la Empresa Pblica de Hidrocarburos del Ecuador EP PETROECUADOR a travs de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento, al analizar las ofertas presentadas, determina la existencia de uno o ms errores de forma, se deber reprogramar el cronograma del proceso, en funcin del trmino concedido a los oferentes para efectos de que convaliden los errores de forma notificados.

    3.24 Precios unitarios: Las obras se contratarn bajo la modalidad de precios unitarios. Las cantidades de obra que constarn en el contrato son estimadas y pueden variar durante la ejecucin del mismo.

    3.25 Reclamos: Para el evento de que los oferentes o el adjudicado presenten reclamos

    relacionados con su oferta, se deber considerar lo establecido en los Arts. 102 y 103 de la LOSNCP, segn el procedimiento que consta en los Arts. 150 al 159 de su Reglamento General.

    3.26 Administracin del contrato: La Empresa Pblica de Hidrocarburos del Ecuador EP

    PETROECUADOR a travs de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento, designar de manera expresa un administrador del contrato, quien velar por el cabal

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    y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato. Adoptar las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e impondr las multas y sanciones a que hubiere lugar.

    El administrador del contrato velar porque la fiscalizacin acte de acuerdo con las especificaciones constantes en los pliegos y en el propio contrato de acuerdo al procedimiento Administracin, Fiscalizacin de Obras y Supervisin de Bienes y Servicios Contratados por EP PETROECUADOR" (v02).

    Para asegurar y evidenciar el cumplimiento de los resultados del estudio de desagregacin tecnolgica, se dispone que los funcionarios responsables de la administracin y fiscalizacin del contrato constaten y exijan que: a) En las planillas de ejecucin de trabajos o avance de obra, se incluirn los

    resultados de verificacin de origen de los componentes y elementos (mano de obra, materiales, equipos y servicios) utilizados para la ejecucin de los trabajos a ser planillados, validado por la Fiscalizacin con base a la supervisin in situ de los trabajos, las facturas de provisin de materiales y servicios, y formularios de pago de aportes al lESS de la mano de obra.

    b) En las actas de entrega- recepcin de las obras, parciales, provisional o definitiva,

    se incluya la declaracin del Contratista respecto de la aplicacin e implementacin de los resultados de los Estudios de Desagregacin Tecnolgica y del porcentaje de participacin ecuatoriana mnimo a travs de los componentes mano de obra, materiales, equipos y servicios

    3.27 Fiscalizacin: Velar por la correcta ejecucin de la obra, a fin de que el proyecto

    se ejecute de acuerdo a las especificaciones tcnicas, cronogramas de trabajo, y normas tcnicas aplicables. La fiscalizacin podr ser realizada por servidores de la entidad o por terceros, de ser el caso.

    Con la finalidad de asegurar la efectiva aplicacin e implementacin de los resultados de los estudios de desagregacin tecnolgica, a ms de las obligaciones propias de la fiscalizacin del contrato, sta deber verificar y asegurar: a) la utilizacin de la mano de obra, materiales, equipos y servicios de origen ecuatoriano que se han determinado en el estudio de desagregacin tecnolgica propuesto por el contratista; b) El cumplimiento del porcentaje de participacin ecuatoriana ofertado y establecido en el Contrato.

    3.28. Control ambiental: La contratista deber realizar todas las actividades en observancia de la normativa ambiental vigente. Deber cumplir con los Principios de Salud, Seguridad y Medio Ambiente (ANEXO 4).

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    SECCIN IV CONDICIONES ESPECFICAS

    4.1 Vigencia de la oferta: Las ofertas se entendern vigentes hasta 120 das contados a

    partir de la fecha lmite establecida para la presentacin de la oferta. 4.2 Plazo de Ejecucin: El plazo de ejecucin de la obra es de doscientos cuarenta (240)

    das calendario, contados a partir de la suscripcin del contrato. 4.3 Precio de la oferta: El precio de la oferta deber cubrir el valor de la depreciacin,

    operacin y mantenimiento de los equipos que sean de propiedad de oferente y el costo de arrendamiento en el caso de ser alquilados, el costo de los materiales, equipos y accesorios a incorporarse definitivamente en el proyecto, mano de obra, transporte, etc., los costos indirectos, los impuestos y tasas vigentes; as como los servicios para la ejecucin completa de la obra a contratarse, es decir, todo lo necesario para entregar la obra contratada lista para ser puesta en servicio.

    4.4 Forma de Pago: La forma de pago para el objeto del presente contrato, se realizar de

    la manera prevista en la Clusula Sexta establecida en el proyecto del contrato. (Seccin V)

    4.5 Presentacin de la oferta

    La oferta tcnico-econmica se presentar debidamente numerada y rubricada en un sobre nico en la Secretara de la Coordinacin de Contratos Norte de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la Empresa Pblica de Hidrocarburos del Ecuador EP PETROECUADOR, ubicada en la Av. Pedro Vicente Maldonado No. S 35-34, sector Guajal de la ciudad de Quito, Ecuador, hasta la fecha y hora mxima de acuerdo con lo establecido en el calendario del proceso.

    Los Requisitos Mnimos de la oferta son:

    1. La Carta de Presentacin y Compromiso (Formulario No.1). 2. Datos Generales del Oferente (Formulario No.2). 3. Oferta Econmica (Formulario 3). 4. Detalle de la experiencia en obras similares relacionadas con el objeto de la

    contratacin (Formulario No. 4). 5. Informacin de accionistas de personas jurdicas (Resolucin INCOP No.37-09

    (Formulario No. 5). 6. Formulario de Compromiso de subcontratacin (Formulario No. 6) 7. Situacin Financiera (Formulario No. 7). 8. Variaciones de la situacin financiera del oferente (Formulario No. 8) 9. Equipo asignado al proyecto (Formulario No. 9) 10. Personal Tcnico mnimo propuesto para el proyecto (Formulario No. 10) 11. Modelo de Currculo Vitae (Formulario No. 11) 12. Cronograma Valorado de trabajos (Formulario No. 12) 13. Metodologa de Construccin (Formulario No. 13) 14. Participacin Nacional de la Contratista en la Ejecucin del Contrato (Formulario

    No. 14)

    4.6 Mtodo de evaluacin:

  • RE-EPP-TCTR-N-06-13 CONSTRUCCIN DE INTERCONEXIN DE TANQUES EN BALAO CON TERMINAL OCP.

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    De manera general, la evaluacin de las ofertas se encaminar a proporcionar una informacin imparcial sobre si una oferta debe ser rechazada y cul de ellas cumple con el concepto de mejor costo en los trminos establecidos en el numeral 18 del artculo 6 de la LOSNCP. a) Primera Etapa: En esta etapa se analizan los documentos exigidos cuya

    presentacin permite habilitar las propuestas mediante una lista de comprobacin, as como la inclusin de todos los formularios y los requisitos mnimos que deben ser cumplidos por cada oferente (Cumple o No Cumple); y

    b) Segunda Etapa: Aquellas que cumplen con todos los requisitos de la primera

    etapa, sern evaluadas en base a los parmetros de calificacin establecidos en los presentes pliegos.

    De acuerdo a la Resolucin INCOP No. RE-2013-000082, del 15 de febrero del 2013 los oferentes debern cumplir con las siguientes reglas de participacin: 1. La experiencia de los oferentes no podr ser acreditada a travs de una tercera o

    interpuesta persona, sea esta natural o jurdica. 2. La experiencia de personas jurdicas, que participen independientemente se

    acreditar siempre que cuenten con al menos dos aos de existencia legal. 3. En caso de personas jurdicas, la EP PETROECUADOR a travs de la Comisin

    Tcnica verificar que el patrimonio del oferente sea igual o superior a la siguiente relacin con el presupuesto referencial del procedimiento de contratacin.

    El incumplimiento por parte de los oferentes de las reglas de participacin antes sealadas, ser causal de rechazo de las ofertas, conforme lo seala el artculo No. 3.- INCUMPLIMIENTO DE LAS REGLAS DE PARTICIPACIN de la RE-2013-000082, del 15 de febrero del 2013.

    Las ofertas que cumplan con las reglas de participacin, continan en la evaluacin:

    Parmetros de Evaluacin por puntaje. Se analizarn los parmetros de evaluacin, mediante puntuaciones individuales cuya suma alcanza un puntaje total de 100 puntos.

    PRESUPUESTOREFERENCIAL MONTOQUEDEBECUMPLIRDELPATRIMONIOU.S.D.

    ENUSD FRACCINBSICA EXCEDENTE

    2200.000 25%delpresupuestoreferencial

    200.000500.000 50.000,00 20%sobreelexcesodel250.000,00

    500.00010000.000 100.000,00 10%sobreelexcesode1000.000,00

    10000.000enadelante 1000.000,00 Masdel5%sobreelexcesode20000.000,00

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    No. PARMETROS DE EVALUACIN DE LA OFERTA TCNICA PUNTAJE1 EXPERIENCIA EN TRABAJOS SIMILARES 302 COMPROMISO DE SUBCONTRATACIN 53 PARTICIPACIN NACIONAL 104 OFERTA ECONMICA 55

    TOTAL 100

    4.6.1 EXPERIENCIA EN TRABAJOS SIMILARES AL OBJETO DEL CONTRATO (30 PUNTOS )

    Se entender por obra similar lo siguiente:

    Construccin de lneas de hidrocarburos (PRODUCTOS LIMPIOS, CRUDO,

    GLP, GNL). Construccin de lneas de tuberas de hidrocarburos de al menos 2 km de

    longitud. Construccin de estaciones de bombeo de hidrocarburos

    Para acreditar la experiencia, el oferente deber presentar certificados de cumplimiento o acta entrega recepcin, por trabajos ejecutados en un tiempo no mayor a diez (10) aos. El oferente deber entregar al menos tres certificados de construccin de lneas de hidrocarburos o de estaciones de bombeo.

    Se asignarn 10 puntos por cada certificado que cumpla la condicin de obra similar con un mximo de 30 puntos. Los certificados que no cumplan la condicin de similar, obtendrn cero (0) puntos. Su puntaje ser determinado de acuerdo a la siguiente frmula:

    Puntaje = (n/3) x 30

    Siendo n el nmero de certificados presentados. (Ms de 3 certificados n=3)

    4.6.2. COMPROMISO DE SUBCONTRATACIN (5 PUNTOS)

    La evaluacin de la subcontratacin de micro y pequeas empresas y actores de la economa popular y solidaria para la ejecucin de rubros de obra, (Formulario No. 6) se realizar conforme a la resolucin RE-INCOP-2013-099 del 26 de julio del 2013.

    4.6.3 PARTICIPACIN NACIONAL (10 PUNTOS) Se otorgar 10 puntos al proveedor que justifique el mayor valor respecto del

    porcentaje de participacin ecuatoriana obtenido en el estudio de desagregacin tecnolgica de su oferta y a los dems, aplicando una relacin directamente proporcional con relacin al mximo.

    La no presentacin del Formulario No. 14, del estudio de desagregacin tecnolgica o la acreditacin de un porcentaje de participacin ecuatoriana

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    inferior al aprobado por el INCOP, que es del 27,65% ser causal para el rechazo de la oferta.

    En cumplimiento a la resolucin No. RE-INCOP-2013 0095 del INCOP, todo participante, con la finalidad de demostrar el porcentaje de participacin ecuatoriana propuesto, tendr la obligacin de desarrollar el estudio de desagregacin tecnolgica de su propuesta, el que formar parte de la oferta.

    4.6.4 OFERTA ECONMICA (55 PUNTOS)

    Se calificar con el total del puntaje a la oferta cuyo monto total sea el ms bajo. A las dems ofertas se calificar en forma inversamente proporcional, de acuerdo con la siguiente frmula:

    PE = (Ob/Oi) x 55

    Donde:

    PE: Puntaje resultante de la evaluacin de la oferta econmica Ob: Es el monto de la oferta ms baja Oi: Es el monto de la oferta a evaluar

    4.7 Orden de prelacin.-

    En base al puntaje obtenido por cada oferente la Comisin Tcnica establecer el orden de prelacin de las ofertas para inicio de negociacin.

    4.8 Negociacin.-

    Con los resultados finales de la evaluacin, la Comisin Tcnica negociar con el oferente calificado en el primer lugar. De llegarse a un acuerdo, se proceder a la suscripcin del acta de negociacin en la constarn los trminos convenidos. Si en un trmino mximo de hasta tres das no se llegare a un acuerdo en la negociacin sta se dar por terminada y se iniciar una nueva negociacin con el oferente calificado en el siguiente lugar, y as sucesivamente hasta llegar a un acuerdo final en la negociacin o en su defecto declarar desierto el procedimiento segn corresponda.

    4.9 Formularios para la elaboracin de ofertas: El oferente incluir en su oferta la

    informacin determinada en los formularios que constan en la Seccin VI. Pueden utilizarse formatos elaborados en ordenador a condicin que la informacin sea la que se solicita y que se respeten los campos existentes en los formularios que contienen los presentes pliegos. La cartula de la oferta tcnico-econmica ser la siguiente:

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    RGIMEN ESPECIAL-GIRO ESPECFICO DEL NEGOCIO SOBRE NICO

    SEOR GERENTE DE TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO DE LA EP PETROECUADOR PRESENTE PRESENTADO POR:

    No se tomarn en cuenta las ofertas entregadas en otro lugar o despus del da y hora fijados para su entrega-recepcin.

    La Secretara de la Unidad de Contratos Norte, recibir y conferir comprobantes de recepcin por cada oferta entregada y anotar, tanto en los recibos como en el sobre de la oferta, la fecha y hora de recepcin.

    4.10 Obligaciones de los Contratantes Las obligaciones de los contratantes, se encuentran detalladas en el Anexo No. 2, que forman parte de los pliegos y en el proyecto de contrato. 4.11. Fiscalizacin: Son atribuciones del fiscalizador las siguientes:

    a) Vigilar y responsabilizarse por el fiel y estricto cumplimiento de las clusulas del contrato, a fin de que el proyecto se ejecute de acuerdo a especificaciones tcnicas, programas de trabajo y normas tcnicas aplicables.

    b) Detectar oportunamente errores y/u omisiones, as como imprevisiones tcnicas que requieran de acciones correctivas inmediatas que conjuren la situacin.

    c) Conseguir de manera oportuna las soluciones tcnicas a problemas surgidos durante la ejecucin del contrato.

    d) Verificar que el equipo y personal tcnico que requiera la ejecucin contractual sea idneo y suficiente para la obra.

    e) Informar oportunamente a las autoridades de la Empresa Pblica de Hidrocarburos del Ecuador EP, el avance de obra y problemas surgidos en la ejecucin del proyecto.

    f) Ubicar en el terreno todas las referencias necesarias, para la correcta ejecucin del proyecto.

    g) Elaborar, verificar y certificar la exactitud de las facturas de pago sustentadas en las respectivas planillas.

    h) Preparar peridicamente, los informes de fiscalizacin dirigidos al Administrador de contrato.

    4.11.1 Suspensin de los trabajos: La fiscalizacin dispondr la suspensin de

    una parte o de la totalidad de la obra, en cualquier momento, cuando se detecte incumplimiento o anomalas en la ejecucin del trabajo. La suspensin durar hasta que la contratista acate las recomendaciones impartidas por la fiscalizacin.

    Las suspensiones ordenadas por las causas antes anotadas, no darn lugar a prrroga de plazo, pagos adicionales o indemnizaciones al contratista.

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    4.12 Ejecucin del Contrato: 4.12.1 Inicio, planificacin y control de obra: La Contratista iniciar los trabajos dentro

    del plazo establecido en el contrato, en cuyo plazo contractual analizar conjuntamente con el fiscalizador el avance de los trabajos, conforme al cronograma presentado en su oferta para la ejecucin de la CONSTRUCCIN DE INTERCONEXIN DE TANQUES EN BALAO CON EL TERMINAL DE OCP. Por razones no imputables a la Contratista, reprogramar y actualizar el cronograma valorado de trabajos y el programa de uso de personal y equipos.

    Igual actualizacin se efectuar cada vez que, por una de las causas establecidas en el contrato, se acepte modificaciones al plazo contractual. Estos documentos servirn para efectuar el control de avance de obra, a efectos de definir el grado de cumplimiento de la contratista en la ejecucin de los trabajos.

    4.12.2 Cumplimiento de Especificaciones: Todos los trabajos deben efectuarse en

    estricto cumplimiento de las disposiciones del contrato y de las especificaciones tcnicas, y dentro de las medidas y tolerancias establecidas en los documentos contractuales. En caso de que la contratista descubriera discrepancias entre los distintos documentos, deber indicarlo inmediatamente al fiscalizador, a fin de que establezca el documento que prevalecer sobre los dems; y, su decisin ser definitiva. Cualquier obra que realice antes de la decisin del fiscalizador ser de cuenta y riesgo de la contratista.

    4.12.3 Personal de la contratista: La contratista emplear personal tcnico y operacional

    en nmero suficiente para la ejecucin oportuna de las obras y con la debida experiencia. Para el reemplazo del personal tcnico mnimo presentado en la oferta se deber solicitar previamente al Administrador su conformidad, acompaando el Currculum Vitae del profesional propuesto, quien obligatoriamente acreditar una capacidad tcnica y experiencia igual o superior a las del reemplazado.

    El Fiscalizador podr requerir en forma justificada a la contratista, el reemplazo de cualquier integrante del personal de la Contratista que considere oportuno.

    4.12.4 Personal Mnimo: El personal mnimo requerido para la ejecucin del proyecto es el descrito a continuacin: Gerente del proyecto: Ingeniero Mecnico o Ingeniero Civil, con ttulo de tercer

    nivel, con cinco aos mnimo de experiencia en proyectos similares. Lder Civil: Ingeniero Civil con cinco aos de experiencia en obras civiles

    similares. Lder Mecnico: Ingeniero Mecnico con cinco aos de experiencia en

    construccin de lneas de hidrocarburos Lder Elctrico: Ingeniero Elctrico con cinco aos mnimo de experiencia en

    montajes de obras similares Lder de Instrumentacin, Automatizacin y Control: Ingeniero Elctrico o

    Ingeniero Electrnico con cinco aos mnimo de experiencia en montaje de instrumentacin en obras similares

    4.12.5 Vigilancia y Custodia: La Contratista ser responsable de cada uno de los equipos

    empleados para la ejecucin de los trabajos.

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    4.12.6 Facturacin: La Contratista preparar las planillas de avance correspondientes, las cuales se pondrn a consideracin de la fiscalizacin en los diez primeros das de cada mes y sern aprobadas en el plazo de quince (15) das, luego de lo cual, en forma inmediata, emitir la factura correspondiente y se proceder al pago. A cada factura se adjuntarn los anexos de medidas, aprobaciones y otros que correspondan.

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    SECCIN V PROYECTO DE CONTRATO

    COMPARECIENTES Comparecen a la celebracin del presente contrato, por una parte, la Empresa Pblica de Hidrocarburos del Ecuador EP PETROECUADOR, representada por el Ing. Ramiro Carrillo C., Gerente de Transporte y Almacenamiento, debidamente facultado mediante poder especial otorgado por el Ing. Marco Calvopia Vega, Gerente General (E) de la Empresa Pblica de Hidrocarburos del Ecuador EP PETROECUADOR, ante el Notario Vigsimo Sexto del Cantn Quito, Dr. Homero Lpez Obando, el 3 de agosto del 2012, y en la reforma del Procedimiento de Desconcentracin Empresarial para la Adquisicin de Bienes, Contratacin de Obras, Servicios y Consultora, contenida en la Resolucin N 2011124 de fecha 12 de mayo de 2011, dictado por el Gerente General de EP PETROECUADOR, parte a la que en adelante se la podr denominar tambin como CONTRATANTE ; y por otra (Nombre del contratista y del representante legal), a quien en adelante se le denominar CONTRATISTA . Las partes convienen en suscribir el presente contrato, al tenor de las siguientes clusulas: Clusula Primera.- ANTECEDENTES 1. La Constitucin de la Repblica del Ecuador en su artculo 226 establece que Las

    instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores pblicos y las personas que acten en virtud de una potestad estatal ejercern solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitucin y la ley. Tendrn el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitucin.

    2. De conformidad con el artculo 315 de la Constitucin de la Repblica, El Estado

    constituir empresas pblicas para la gestin de sectores estratgicos, la prestacin de servicios pblicos, el aprovechamiento sustentable de recursos naturales o de bienes pblicos y el desarrollo de otras actividades econmicas. Las empresas pblicas estarn bajo la regulacin y el control especfico de los organismos pertinentes, de acuerdo con la ley; funcionarn como sociedades de derecho pblico, con personalidad jurdica, autonoma financiera, econmica, administrativa y de gestin, con altos parmetros de calidad y criterios empresariales, econmicos, sociales y ambientales.

    3. Mediante Registro Oficial Suplemento No. 395 de 04 de agosto de 2008, se public

    la Ley Orgnica del Sistema Nacional de Contratacin Pblica, expedida por la Asamblea Nacional Constituyente, la misma que determina los principios y normas para regular los procedimientos de contratacin para la adquisicin o arrendamientos de bienes, ejecucin de obras y prestacin de servicios, incluidos los de consultora, que celebren entre otros, los organismos y dependencias de las funciones del Estado, as como los regmenes especiales a aplicarse de determinados casos.

    4. En el Registro Oficial Suplemento No. 588 de 12 de mayo de 2009, se public el

    Decreto Ejecutivo No. 1700 de 30 de abril de 2009, mediante el cual se expidi el Reglamento General de la Ley Orgnica del Sistema Nacional de Contratacin Pblica.

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    5. Mediante Decreto Ejecutivo No. 315 del 06 de abril de 2010, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 141 del 14 de abril de 2010, el seor Presidente Constitucional de la Repblica cre la Empresa Pblica de Hidrocarburos del Ecuador, EP PETROECUADOR, como una persona de derecho pblico con personalidad jurdica, patrimonio propio, dotada de autonoma presupuestaria, financiera, econmica, administrativa y de gestin, con domicilio principal en el cantn Quito, provincia de Pichincha.

    6. El artculo 2 del Decreto Ejecutivo No. 315 del 6 de Abril del 2010, seala que el

    objeto principal de EP PETROECUADOR es la gestin del sector estratgico de los recursos naturales no renovables, para su aprovechamiento sustentable, conforme la Ley Orgnica de Empresa Pblicas y la Ley de Hidrocarburos, para lo cual intervendr en todas las fases de la actividad hidrocarburfera, bajo condiciones de preservacin ambiental y de respeto de los derechos de los pueblos.

    7. Como parte de la estructura organizacional de la EP PETROECUADOR, se incluyen

    a las siguientes Unidades de Negocio: Gerencia de Refinacin, Gerencia de Comercializacin, Gerencia de Transporte y Almacenamiento, Gerencia de Seguridad, Salud y Ambiente y Gerencia de Desarrollo Organizacional.

    8. La funcin bsica de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento, es gestionar el

    transporte y almacenamiento de hidrocarburos, con alcance nacional y preservando el ambiente, que garantice el cumplimiento de metas fijadas de transporte y almacenamiento en la poltica empresarial, con estndares de calidad, cantidad, seguridad, oportunidad y rentabilidad.

    9. Mediante oficio No. xxxxxxxxxx-2013 del xxx de xxx de 2013, el Gerente General

    de la Empresa Pblica de Hidrocarburos del Ecuador, EP PETROECUADOR solicit al Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Contratacin Pblica, INCOP, expedir la calificacin del Giro Especifico del Negocio donde se describe el listado para la aplicacin de este sistema de contratacin; y, en el tem No. 33 indica: Producto especfico: Obras, Objeto de Contratacin: Estaciones y Facilidades para Sistemas de Produccin, Almacenamiento y Transporte de Hidrocarburos y Derivados para las actividades a ser ejecutadas por la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la EP PETROECUADOR.

    10. El Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Contratacin Pblica, INCOP,

    mediante oficio No. INCOP-DE-2013-0034-OF del 11 de enero de 2013, una vez analizada la solicitud de ampliacin del Giro Especifico del Negocio de la EP PETROECUADOR, aprob la solicitud planteada en oficio No. 00425-PGER-DGER-DABS-2013 del 5 de enero de 2013.

    11. De conformidad con los artculos 22 de la Ley Orgnica del Sistema Nacional de

    Contratacin Pblica LOSNCP-, 25 y 26 de su Reglamento General, el Plan Anual de Contrataciones de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la Empresa Pblica de Hidrocarburos del Ecuador EP PETROECUADOR, contempla lo siguiente: CONSTRUCCIN DE INTERCONEXIN DE TANQUES EN BALAO CON EL TERMINAL DE OCP, a ser contratados bajo la modalidad de RGIMEN ESPECIAL: POR GIRO ESPECIFICO DEL NEGOCIO.

    12. Los pagos del contrato se realizarn con cargo a la partida presupuestaria

    25207305013400 de Interconexin de Tanques TMB, emitida por la Coordinadora

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    Snior de Gestin Financiera, mediante certificacin presupuestaria CO24493 del 26 de agosto del 2013.

    13. Mediante memorando No. xxxxxxxx con fecha xxxxxxx , el seor Gerente de

    Transporte y Almacenamiento de EP PETROECUADOR, designo la Comisin Tcnica, que se encargar de la fase preparatoria y precontractual del proceso de Rgimen Especial-Giro Especfico del Negocio para contratar la CONSTRUCCION DE INTERCONEXIN DE TANQUES EN BALAO CON EL TERMINAL DE OCP.

    14. Mediante Resolucin TGER N 060606 del 06x de 060606 del 2013 el Gerente de

    Transporte y Almacenamiento de EP PETROECUADOR, aprob los pliegos, autoriz el inicio del procedimiento e invito a la (s) Compaas: xxxxxxxxxxxxxxxx., para que presenten su oferta tcnica y econmica.

    15. Luego del proceso correspondiente, el Gerente de Transporte y Almacenamiento,

    mediante resolucin (No.) de (da) de (mes) de (ao), adjudic la contratacin para la ejecucin de la obra: CONSTRUCCIN DE INTERCONEXIN DE TANQUES EN BALAO CON EL TERMINAL DE OCP, al oferente (nombre del adjudicatario y de ser el caso la representacin legal y el nombre).

    Clusula Segunda.- DOCUMENTOS DEL CONTRATO Forman parte integrante del Contrato los siguientes documentos: a) Los Pliegos incluyendo las especificaciones tcnicas b) La oferta presentada por el CONTRATISTA. c) Los dems documentos de la oferta del adjudicatario. d) Las garantas presentadas por el CONTRATISTA. e) La Resolucin de Adjudicacin f) La certificacin presupuestaria g) Certificado emitido por la Superintendencia de Compaas en el que certifique que la

    compaa se encuentra al da con sus obligaciones. h) Declaracin juramentada de que el contratista no es deudor moroso con el Estado. Los documentos que acreditan la calidad de los comparecientes y su capacidad para celebrar el contrato debern protocolizarse conjuntamente con el contrato. Clusula Tercera.- INTERPRETACIN DE TRMINOS 3.1 Los trminos del Contrato deben interpretarse en su sentido literal, a fin de revelar

    claramente la intencin de los contratantes. En todo caso su interpretacin sigue las siguientes normas:

    a) Cuando los trminos estn definidos en la Ley Orgnica del Sistema Nacional

    de Contratacin Pblica, LOSNCP, o en este contrato, se atender su tenor literal.

    b) Si no estn definidos se estar a lo dispuesto en el contrato en su sentido

    natural y obvio, de conformidad con el objeto contractual y la intencin de los contratantes. De existir contradicciones entre el contrato y los documentos del mismo, prevalecern las normas del contrato,

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    c) El contexto servir para ilustrar el sentido de cada una de sus partes, de manera que haya entre todas ellas la debida correspondencia y armona.

    d) En su falta o insuficiencia se aplicarn las normas contenidas en el Ttulo XIII

    del Libro IV de la codificacin del Cdigo Civil, de la Interpretacin de los Contratos.

    Clusula Cuarta.- OBJETO DEL CONTRATO 4.1 El CONTRATISTA se obliga con la EP PETROECUADOR a ejecutar la

    CONSTRUCCIN DE INTERCONEXIN DE TANQUES EN BALAO CON EL TERMINAL DE OCP, obra que se ejecutar a entera satisfaccin de la CONTRATANTE, segn las caractersticas y especificaciones tcnicas constantes en la oferta, que se agrega y forma parte integrante de este contrato.

    Clusula Quinta.- PRECIO DEL CONTRATO El precio del Contrato, que la CONTRATANTE pagar a la CONTRATISTA es de /100 dlares de Estados Unidos de Amrica (USD $ xxxxxxxxxx, 00)sin incluir el IVA. Los precios acordados en el contrato por los trabajos especificados, constituirn la nica compensacin a la CONTRATISTA por todos sus costos, inclusive cualquier impuesto, derecho o tasa que tuviese que pagar. Clusula Sexta.- FORMA DE PAGO La forma de pago para el objeto del presente contrato, ser de la siguiente manera:

    6.1. Entregada la planilla, la Fiscalizacin, en el plazo de hasta quince (15) das, la aprobar o formular observaciones de cumplimiento obligatorio para la Contratista, de ser el caso continuar el trmite para el pago de la factura dentro del plazo de treinta (30) das calendario despus de su recepcin. Si la Fiscalizacin no aprueba o no expresa las razones fundadas de su objecin, transcurrido el plazo establecido, se entender que la planilla ha sido aprobada.

    6.2. Las facturas por los trabajos efectivamente realizados, debern ser presentadas

    por un representante calificado de la Contratista, debiendo constar en idioma espaol y en dlares de los Estados Unidos de Amrica; estas facturas debidamente aprobadas por el Administrador del presente Contrato, conforme a los precios unitarios ofertados. Las facturas previamente debern ser revisadas y firmadas por el Fiscalizador con lo cual avalar que los trabajos motivo de cada factura se encuentran terminados y a entera satisfaccin de EP PETROECUADOR.

    Las facturas sern entregadas en las oficinas de EP PETROECUADOR ubicadas en la Av. Pedro Vicente Maldonado No. S35- 34, sector Guajal de la ciudad de Quito, Ecuador.

    EP PETROECUADOR no recibir facturas emitidas con ms de dos das de

    antelacin a la fecha de presentacin y/o con el nmero de contrato incorrecto. 6.3. EP PETROECUADOR a su vez pagar a la Contratista la parte no objetada de

    dichas facturas en dlares de los Estados Unidos de Amrica, mediante

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    transferencia bancaria, hasta treinta (30) das calendario despus de su recepcin; si la factura es objetada y devuelta a la Contratista, el plazo indicado corre a partir de la recepcin de la nueva factura debidamente modificada.

    6.5. Si la contratista utiliza equipo adicional para asegurar el xito del contrato, su valor

    ser exclusivamente por parte suya, por lo que la Gerencia de Transporte y Almacenamiento no reconocer pago alguno por este concepto.

    6.6. Discrepancias: Si existieran discrepancias entre las planillas presentadas por el

    CONTRATISTA y las cantidades de obra calculadas por la fiscalizacin, sta notificar al CONTRATISTA las discrepancias encontradas. Si no se receptara respuesta, dentro de los cinco das laborables siguientes a la fecha de la notificacin, se entender que la CONTRATISTA ha aceptado la liquidacin hecha por la fiscalizacin y se dar paso al pago. Cuando se consiga un acuerdo sobre tales divergencias, se proceder como se indica en numeral 6.8 de esta clusula.

    6.7. La EP PETROECUADOR pagar las facturas, sustentadas en planillas de avance

    de obra, previamente aprobadas por la Fiscalizacin; evitando caer en retraso injustificado de pagos, previsto en el Art. 101 de la LOSNCP.

    6.8. Todos los pagos que se realicen a la Contratista por cuenta del presente contrato,

    sern con sujecin a los precios unitarios de los diferentes rubros y por las cantidades reales de trabajo realizado, a satisfaccin de la EP PETROECUADOR, previamente aprobados por la fiscalizacin.

    6.9. Requisito previo al pago de las facturas: Previo al pago de las facturas la

    Contratista presentar el certificado de no adeudar al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, los aportes y fondos de reserva de los trabajadores que estuviese empleando en la obra y una copia de las planillas de pago al IESS. Conforme a los Arts. 86 y 87 de la Ley de Seguridad Social, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 465, de 30 de noviembre de 2001, si la Contratista omite este requisito la EP PETROECUADOR no realizar pago alguno

    En las planillas de ejecucin de trabajos o avance de obra, se incluirn los resultados de verificacin de origen de los componentes y elementos (mano de obra, materiales, equipos y servicios) utilizados para la ejecucin de los trabajos a ser planillados, validado por la Fiscalizacin con base a la supervisin in situ de los trabajos, las facturas de provisin de materiales y servicios, y formularios de pago de aportes al lESS de la mano de obra.

    6.10. EP PETROECUADOR descontar las multas que procedan de acuerdo al

    Contrato, de los valores pendientes de pago a favor de la Contratista. 6.11. Pagos Indebidos: EP PETROECUADOR se reserva el derecho de reclamar a la

    Contratista, en cualquier tiempo, antes o despus de la ejecucin de la obra, sobre cualquier pago indebido por error de clculo o por cualquier otra razn, debidamente justificada, obligndose la Contratista a satisfacer las reclamaciones que por este motivo llegare a plantear la EP PETROECUADOR, reconociendo el inters calculado a la tasa mxima convencional, establecido por el Banco Central del Ecuador.

    El pago se lo realizar, previo un informe favorable del Administrador del contrato,

    y la entrega de la factura legalizada.

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    Clusula Sptima.- Garantas y Seguros: De conformidad con lo dispuesto en el artculo 74 de la LOSNCP, el Contratista est obligado a rendir las siguientes garantas: 7.1 Garanta de Fiel Cumplimiento.- El contratista, antes de firmar el contrato, para seguridad del cumplimiento de ste y para responder de las obligaciones que contrajera frente a terceros, relacionadas con el contrato, rendir a favor de la EP PETROECUADOR una garanta de las sealadas en los numerales 1, 2 y 5 del artculo 73 de la LOSNCP, por un monto equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) del valor total del contrato.

    Dicha garanta no contendr clusula de trmite administrativo previo, bastando para su ejecucin, el requerimiento de la Empresa Pblica EP PETROECUADOR, beneficiario de la garanta.

    7.2. La Garanta de Buen Uso del Anticipo.-

    El Contratista, antes de firmar el contrato, rendir a favor de la EP PETROECUADOR una garanta que respalde el cien por ciento (100%) del valor del anticipo otorgado.

    El valor por concepto de anticipo ser del treinta por ciento (30%) del monto contractual, que ser entregado por la Gerencia de Transporte y Almacenamiento al Contratista en un trmino que no exceda de 30 das a partir de la suscripcin del Contrato y previa entrega de la garanta correspondiente. El valor por concepto de anticipo ser depositado en una cuenta que el Contratista abrir en un banco estatal o de propiedad de entidades del Estado ecuatoriano en un cincuenta por ciento (50%).

    El anticipo conferido por la Gerencia de Transporte y Almacenamiento deber ser utilizado exclusivamente en la ejecucin de este Contrato; caso contrario ser causal de su terminacin anticipada. El Contratista deber autorizar expresamente el levantamiento del sigilo bancario de la cuenta en la que ser depositado el anticipo recibido. El Administrador del Contrato designado por la Gerencia de Transporte y Almacenamiento verificar que los movimientos de la cuenta correspondan estrictamente al proceso de amortizacin del anticipo en la ejecucin de los trabajos.

    El anticipo entregado por la Gerencia de Transporte y Almacenamiento al Contratista ser devengado proporcionalmente en las planillas presentadas hasta la terminacin del plazo contractual inicialmente estipulado, que constar en un cronograma valorado que ser parte del Contrato.

    7.3 Seguros.-

    La Contratista, por su cuenta y costo, contratar y mantendr vigentes durante todo el tiempo de duracin de este contrato, las siguientes plizas de seguros, que debern ser previamente conocidas y aprobadas por esta Empresa Estatal antes de su contratacin.

    7.3.1 Pliza de seguros por accidentes personales y gastos mdicos. Que

    ampare al personal de la Contratista, por un monto mnimo asegurado de dos mil dlares ($. 2.000,00) por siniestro, que cubra muerte, incapacidad permanente total o parcial, desmembraciones; y, por un monto mnimo de hasta ochocientos dlares (US$. 800,00) por siniestro para gastos mdicos.

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    7.3.2 Pliza de responsabilidad civil y ambiental ante terceros, por cada siniestro con un monto asegurado de un milln de dlares (US$ 1000.000,00) por siniestro, por lesiones o muerte por accidente; con un monto de cien mil dlares (US$ 100.000,00) por siniestro por daos corporales a terceros; y, con un monto de un milln de dlares (US$ 1000.000,00) por siniestro por daos o prdidas de la propiedad.

    Para efectos de esta pliza, los directivos, empleados y personal que trabaja como contratista en la Gerencia de Transporte y Almacenamiento, as como sus propiedades y bienes, tambin sern considerados como terceros.

    7.4 Ejecucin de la garanta: La garanta contractual podr ser ejecutada por la

    CONTRATANTE en los siguientes casos:

    a) Cuando la CONTRATANTE declare anticipada y unilateralmente terminado el contrato por causas imputables al CONTRATISTA.

    b) Si la CONTRATISTA no la renovare cinco das antes de su vencimiento.

    Clusula Octava.- PLAZO 8.1 El plazo de ejecucin de la obra es de doscientos cuarenta (240) das calendario,

    contados a partir de la suscripcin del contrato. Clusula Novena.- PRRROGAS DE PLAZO

    9.1. EP PETROECUADOR podr extender el plazo de vigencia del presente Contrato, previa solicitud por escrito de la Contratista, justificando los fundamentos de tal solicitud, en el plazo de quince (15) das siguientes de suscitado el evento o cuando de los hechos se evidencie tal necesidad, slo en los casos que se indican a continuacin:

    a) Por caso fortuito o fuerza mayor aceptado como tal por el Gerente de

    Transporte y Almacenamiento, previo informe del Administrador del Contrato, en los trminos establecidos en el Art. 30 del Cdigo Civil. Tan pronto desaparezca la causa de fuerza mayor o caso fortuito, la Contratista est obligada a continuar con la ejecucin de la obra, sin necesidad de que medie notificacin por parte del Administrador del Contrato.

    b) Cuando se suspendan los trabajos o se cambien las actividades previstas en

    el cronograma por orden de la EP PETROECUADOR u ordenadas por ella, a travs de la Administracin y que no se deban a causas imputables a la Contratista.

    c) Si la EP PETROECUADOR no soluciona los problemas administrativos-

    contractuales en forma oportuna, cuando tales circunstancias incidan en la ejecucin de los trabajos.

    Al aceptar la prrroga, las partes definirn su duracin y la incorporacin del nuevo cronograma que sustituir al original o precedente y tendr el mismo valor contractual del sustituido, dicho cronograma deber ser suscrito por las partes.

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    9.2. Cuando las prrrogas de plazo modifiquen el plazo total, se necesitar la

    calificacin del Administrador del Contrato y la aprobacin del Gerente de Transporte y Almacenamiento de la EP PETROECUADOR, previo informe de la Fiscalizacin.

    Clusula Dcima.- MULTAS

    10.1. En caso de incumplimiento del plazo contractual, independientemente del cobro de daos y perjuicios a que hubiere lugar, sin perjuicio del descuento en facturas por el trabajo que la Contratista haya dejado de ejecutar, la Contratista pagar a la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la EP PETROECUADOR, una multa en dlares de los Estados Unidos de Amrica equivalente al uno por mil (0,1%) del monto total del contrato, por cada da de retraso en la entrega, valores que sern descontados de las cantidades pendientes de pago a favor de la Contratista.

    10.2. Si el incumplimiento fuere debido a caso fortuito o fuerza mayor, acorde a lo establecido en el Art. 30 de la Codificacin del Cdigo Civil Ecuatoriano, oportuna y debidamente demostrado por la Contratista y aceptado por la EP PETROECUADOR, no se aplicarn las multas respectivas.

    10.3. La Gerencia de Transporte y Almacenamiento de EP PETROECUADOR queda

    autorizada por la Contratista para que haga efectiva la o las multas impuestas, de los valores que por este contrato le corresponde recibir sin requisito o trmite previo alguno.

    10.4. Si el valor total de las multas impuestas a la Contratista supera el cinco por ciento

    (5%) del monto total del contrato, la EP PETROECUADOR podr declarar, anticipada y unilateralmente, la terminacin del contrato, conforme lo dispuesto en el numeral 3 del Artculo 94 de la LOSNCP.

    10.5. La aplicacin y cuantificacin de las multas estar a cargo del Administrador del

    presente contrato. Las multas impuestas no sern revisadas, ni devueltas por ningn concepto.

    Clusula Dcima Primera.- DEL REAJUSTE DE PRECIOS La Gerencia de Transporte y Almacenamiento no reconocer reajuste de precios durante la vigencia del Contrato y la Contratista renuncia a cualquier reclamo por este concepto. Clusula Dcima Segunda.- CESIN DE CONTRATOS Y SUBCONTRATACIN La Contratista no podr ceder, asignar o transferir en forma alguna ni todo ni parte de este Contrato. Sin embargo podr subcontratar determinados trabajos, previa autorizacin de la EP PETROECUADOR, siempre que el monto de la totalidad de lo subcontratado no exceda del 30% del valor total del contrato principal y el subcontratista se encuentre habilitado en el RUP. La Contratista ser la nica responsable ante la EP PETROECUADOR por los actos u omisiones de sus subcontratistas y de las personas directa o indirectamente empleadas por ellos.

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    Clusula Dcima Tercera.- OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA A ms de las obligaciones que constan en el ANEXO No. 2 son obligaciones de la Contratista las siguientes:

    1. La Contratista ser responsable del precomisionado de los equipos por ella suministrados; as como, la asistencia para el comisionado y puesta en marcha de todos los equipos del proyecto en forma integral, para lo cual en los costos de este rubro deber considerar, el suministro de todo el personal calificado en todas las reas del proyecto, los equipos, materiales, consumibles y herramientas necesarias y suficientes para cumplir a cabalidad con este objetivo.

    2. El Contratista deber desarrollar el cronograma del Precomisionado, Comisionado

    y Puesta en Marcha de las instalaciones. 3. Proteger y liberar de responsabilidad a EP PETROECUADOR y a sus

    representantes de cualquier reclamo o juicio que surgiera como consecuencia de la contravencin o falta de cumplimiento de leyes u ordenanzas por parte de la Contratista o su personal. En caso de encontrar en los documentos contractuales una discrepancia o contradiccin con relacin a cualquier ley, decreto, ordenanza o reglamento, la Contratista informar de inmediato al Fiscalizador, en orden a resolver el problema.

    4. La Contratista por su parte deber dar todos los avisos y advertencias requeridos por el Contrato o las leyes vigentes, para la debida proteccin del pblico, personal de la Fiscalizacin y de la Contratista mismo, especialmente si los trabajos afectan la va pblica o las instalaciones de servicios pblicos.

    5. La Contratista tiene la obligacin de cumplir con el porcentaje de subcontratacin ofertado y el porcentaje del estudio de desagregacin tecnolgica.

    6. La Contratista tiene la obligacin de investigar y conocer los sitios de la obra, de las

    consecuencias de la naturaleza y sus condiciones inherentes al desarrollo de la obra, siendo su responsabilidad cualquier falla de apreciacin respecto de stos y otros factores que pudieren influir en la ejecucin de los trabajos.

    7. Corresponde a la Contratista realizar los trmites y dems gestiones relativas a la importacin de los equipos y materiales a ser incorporados en la obra, suministros que debern adquirirse a nombre de EP PETROECUADOR. De igual forma, ser de cuenta de la Contratista las gestiones de desaduanizacin, liberacin de las importaciones y su transporte hasta la obra.

    8. La Contratista ser responsable de contratar el seguro de transporte desde el puerto de destino (Ecuador) hasta el sitio de la obra, de los equipos y materiales por l suministrados.

    9. La Contratista debe contemplar en sus cronogramas de trabajo el tiempo estimado para la importacin de los materiales y equipos que se requieran.

    10. La Contratista llevar un sistema de control de materiales en el que reflejar la trazabilidad y seguimiento de todas las etapas del proceso de compra desde la adjudicacin hasta la llegada a los sitios del proyecto.

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    11. La calidad de los equipos y materiales provistos por la Contratista para el proyecto, sean stos de importacin o de provisin local, debern ser aprobados por el Fiscalizador y el Administrador, e incluso someterse a ensayos y pruebas de calidad en el momento que se estime necesario. El costo de los ensayos respectivos ser de cuenta de la Contratista. Los equipos o materiales que no cumplan con la calidad de acuerdo con las Especificaciones Tcnicas y dems documentos de los Pliegos, debern ser reemplazados de manera inmediata por la Contratista.

    12. La Contratista entregar a EP PETROECUADOR los manuales de operacin y mantenimiento de todo el sistema construido; elaborar los Planos de Registro (Red Line) durante la ejecucin de la obra y una vez concluidos los trabajos elaborar los Planos Conforme a Obra (As-Built) del proyecto. Los Planos de Registro se entregarn en formato editable. Los Planos Conforme a Obra se entregarn en original y dos copias impresas, y en archivo digital en AUTOCAD.

    La Contratista deber a medida que avanza la construccin del proyecto elaborar los planos red line de todas las disciplinas tcnicas, los mismos que debern ser aprobados por la Fiscalizacin. En base a los red line del proyecto, la Contratista realizar los planos as-built de las siguientes reas: Mecnica, Civil, Elctrica, Instrumentacin y Control, Telecomunicaciones, PIDs, Procesos, Oleoducto y Proteccin Catdica, los mismos que debern ser aprobados por la Fiscalizacin.

    13. La Contratista deber entregar el Manual de Operacin que incluir al menos: la descripcin del proceso y procedimientos de operacin normal y de seguridad.

    14. Deber entregar el Manual de Mantenimiento que incluir al menos: el mantenimiento preventivo normal y correctivo de todo el sistema, para su aprobacin, as como las instrucciones de los fabricantes de los equipos.

    15. La Contratista ser responsable de las pruebas necesarias para el completamiento mecnico de las obras y por la asistencia a la puesta en marcha total del sistema, as como de la capacitacin del personal que va a operar y mantener los equipos incorporados a las obras, de conformidad con lo establecido en las Especificaciones Tcnicas del Proyecto.

    16. La Contratista deber disponer a tiempo completo, durante la ejecucin de los trabajos, de supervisores de Seguridad Industrial quienes velarn por el cumplimiento de las Normas de Seguridad Industrial de EP PETROECUADOR y dems normas nacionales e internacionales aplicables a este tipo de trabajos.

    17. La Contratista dirigir y realizar la construccin completa del Proyecto, para lo cual suministrar, lo siguiente: todas las instalaciones temporales de campo, mano de obra, herramientas y suministros de construccin, equipos, servicios sanitarios y de distribucin de agua, equipos contra incendio y proteccin personal, servicio mdico y de primeros auxilios, la supervisin de la mano de obra de construccin con nmero suficiente de supervisores calificados, campamentos, oficinas, bodegas, talleres, accesos interiores, servicios bsicos, telecomunicaciones, oficinas amobladas, computadoras con software actualizado, internet, radios y medios de comunicacin, materiales de oficina, etc., todo lo necesario para realizar los trabajos, objeto del Contrato. Todos los costos que demanden estas

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    instalaciones, incluyendo el costo de servicios pblicos, son de responsabilidad de la Contratista y sern considerados gastos generales del Contrato.

    Las instalaciones provisionales sern desmontables para que la Contratista las retire a la terminacin de los trabajos, como requisito previo a la suscripcin del acta de entrega-recepcin provisional.

    18. La Contratista proveer a EP PETROECUADOR de todos los informes, datos y

    registros de pruebas de acuerdo a las normas y lo solicitado por la Fiscalizacin. 19. La Contratista entregar informes semanales y mensuales del avance de los

    trabajos as como de la programacin planificada. Los informes y programas mensuales sern entregados a EP PETROECUADOR a ms tardar dentro de los primeros tres (3) das hbiles del mes siguiente, especificando el progreso detallado mensual. Estos programas e informes incluirn pero no en forma limitativa, la siguiente informacin mnima:

    Un informe gerencial incluyendo grficas resumidas del progreso real contra el

    progreso programado (Curvas S). Un informe de instalacin y construccin que deber incluir, pero no en forma

    limitativa, una hoja resumida demostrando el progreso en relacin al mes anterior en las reas principales; un resumen de problemas actuales en el campo y anticipacin del problema o demora en el campo. El informe de instalacin y construccin deber estar respaldado con suficientes detalles, el progreso y porcentaje de avance de obra, indicando los rubros principales de los equipos que han sido montados en el mes anterior. Todos estos informes sern suministrados por la Contratista en forma mensual en un original y dos copias dirigidas al Fiscalizador del contrato.

    Estos informes debern ser sometidos a revisin y tener el Visto Bueno correspondiente de parte de la Fiscalizacin.

    Cada uno de los reportes arriba indicados contendr, adems una seccin de

    comentarios sobre aspectos relevantes de la ejecucin de la obra. 20. Si la Contratista en la ejecucin del Contrato, no est aplicando procedimientos

    adecuados, la Fiscalizacin del Contrato, podr suspender parte o todo el trabajo de construccin, si es que fuera necesario, sin costo o perjuicio para la EP PETROECUADOR, asumindolos en consecuencia, la Contratista.

    21. La Contratista estar obligada a proporcionar cualquier equipo o maquinaria de

    construccin, cuando la EP PETROECUADOR lo requiera, de conformidad al avance del proyecto, sin costo adicional para la EP PETROECUADOR.

    22. La Contratista no podr retirar ningn equipo de la obra sino cuando de acuerdo

    con el programa de trabajo vigente, ya no sea necesario en la misma, y por el perodo en el cual no est previsto utilizarlo. Esta autorizacin ser emitida por el Fiscalizador del Contrato.

    23. Los trabajos se realizarn de acuerdo al cronograma valorado de actividades y ruta

    crtica preparados por la Contratista y aprobados por la EP PETROECUADOR.

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    Este programa y cronograma no podrn ser modificados posteriormente sino por razones debidamente justificadas y aceptadas por escrito por el Administrador del contrato.

    24. La Contratista ser el responsable de realizar el transporte de la totalidad de los

    equipos y materiales hasta el sitio de la obra.

    25. La Contratista deber cumplir con las disposiciones legales establecidas en el artculo 430 del Cdigo de Trabajo.

    26. La contratista es responsable del buen funcionamiento del proyecto, as como el

    diseo y la procura de los equipos, debiendo para esto verificar, revisar y complementar la ingeniera bsica y detalle del proyecto.

    El alcance del trabajo de este rubro es el siguiente:

    Realizar la revisin, modificacin y/o complementacin de los planos y

    documentos de la ingeniera entregada por EP PETROECUADOR previo a la compra de materiales y equipos con la finalidad de asegurar el diseo con la correcta funcionalidad, implementacin y procura. La Calidad de los equipos y materiales sern aprobados por EPPETROECUADOR.

    Realizar la revisin, modificacin y complementacin de la ingeniera

    entregada por EP PETROECUADOR con el objeto de integrar a esta documentacin la ingeniera final de los equipos, sistemas y materiales.

    Ingeniera de Campo

    La CONTRATISTA mantendr una oficina de INGENIERIA DE CAMPO con todas las facilidades para una correcta operacin. Tanto para la fase de ingeniera de campo como para la fase de revisin de la ingeniera de detalle, la CONTRATISTA debe considerar todos los recursos de ingeniera en sus diferentes escalas profesionales y disciplinas, a fin de desarrollar las actividades de ingeniera de campo, as como su supervisin, planificacin y control.

    La CONTRATISTA ser responsable, por revisar, completar, corregir y actualizar toda la informacin antes de utilizarla para realizar su propio ALCANCE DEL TRABAJO o ser emitida para procura o para construccin. Se requerir entonces de la CONTRATISTA el esfuerzo necesario para soportar su alcance en cuanto a procura y construccin se refiere e inclusive, dado el caso, realizar todos los clculos necesarios para chequeo o diseos adicionales, preparar cmputos mtricos y lista de materiales de construccin, anlisis de precios unitarios, en caso de ser necesario, y dems documentos tcnicos para la correcta ejecucin de los trabajos sin costos adicionales para EP PETROECUADOR.

    EP PETROECUADOR se reserva el derecho de revisar y solicitar las correcciones necesarias en todos los documentos y planos generados por La CONTRATISTA durante la etapa de revisin y validacin de la ingeniera de detalle e ingeniera de campo, si a su juicio los mismos no cumplen con las

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    normas de EP PETROECUADOR y/o con los cdigos y normas internacionales.

    27. La Contratista es responsable de establecer las normas de seguridad para cada una de las actividades por desarrollar, e imponer su cumplimiento para eliminar riesgos innecesarios y para proporcionar la mxima seguridad a todo el personal a su cargo. La Contratista organizar un programa de prevencin de accidentes, el valor de este programa y su implementacin, incluyendo seales, carteles, avisos, publicaciones, vigilantes y dems equipos de seguridad requeridos, sern a su costo. La Fiscalizacin vigilar que las medidas de prevencin y el control de riesgos, corresponda a las necesidades de los trabajos. La Contratista deber cumplir con las normas de seguridad establecidas por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, por el Cdigo de Trabajo y por las Normas de Seguridad Industrial de EP PETROECUADOR.

    28. La Contratista deber en todo tiempo mantener las reas de trabajo, libres de materiales de desperdicio o desecho acumulados, por sus empleados o por el trabajo, y al finalizar las labores diarias deber retirar todos los desperdicios, herramientas y materiales sobrantes dejando las reas de trabajo en condiciones de orden y limpieza. Durante la ejecucin de la obra la Contratista acepta cumplir con todos los reglamentos de seguridad y de personal establecidos en EP PETROECUADOR e instruir a sus empleados y a todos los Subcontratistas tales Reglamentos de Seguridad. La Contratista proporcionar a sus trabajadores dotaciones de ropa de trabajo, calzado, equipos e implementos de seguridad de acuerdo a la actividad asignada a cada uno de ellos; as mismo, proveer de transporte a su personal. Queda prohibido utilizar en el transporte de personal, volquetas, tractores o vehculos de carga. La Contratista cumplir los trabajos motivo de este Contrato y de aquellos definidos en el Plan de Manejo Ambiental de acuerdo a lo previsto en las Leyes y Reglamentos de Proteccin Ambiental, as como en los Convenios Internacionales ratificados por el Ecuador; en todo caso, la Contratista deber tomar las precauciones necesarias, ya que ser de su exclusiva responsabilidad cualquier afectacin al medio ambiente o a la sociedad.

    29. En el ejercicio de sus actividades, la Contratista adoptar todas las medidas tendientes a preservar el equilibrio ecolgico, prevenir y controlar la contaminacin ambiental, as como evitar que la misma afecte negativamente a la organizacin econmica y social de las poblaciones asentadas en la zona, observando para el efecto las normas de control ambiental emitidas por EP PETROECUADOR.

    30. La Contratista est obligada a cumplir con lo establecido en el Plan de Manejo Ambiental que forma parte del estudio de Impacto Ambiental que EP PETROECUADOR entregar a la Contratista en su oportunidad.

    31. Las medidas de seguridad que tome la Contratista, o las instrucciones que sta reciba de la Fiscalizacin, no le relevarn de su responsabilidad por accidentes en la obra o por daos a terceros como resultado de sus operaciones.

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    32. La Contratista deber ofertar los costos que le ocasione el dictar los cursos de operacin y mantenimiento del proyecto. Estos cursos debern ser dictados en las instalaciones del proyecto por personal calificado del fabricante de los equipos y sistemas y debern ser en idioma espaol. Adems la Contratista conjuntamente con el fabricante definirn el tiempo de duracin de cada uno de los cursos. Los costos a ofertar de los expositores de los cursos incluirn: salario, hospedaje, alimentacin, movilizacin, seguro mdico, pasajes areos etc.

    Clusula Dcima Cuarta.- OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE A ms de las establecidas en el contrato y el ANEXO No. 2, las siguientes:

    1. Dar solucin a las peticiones y problemas que se presenten en la ejecucin del Contrato, en un plazo de tres a cinco das contados a partir de la peticin escrita formulada por la Contratista.

    2. Designar al Administrador y Fiscalizador (es) del contrato. 3. Vigilar que la contratista cumpla con las disposiciones legales vigentes

    contempladas, en la Legislacin Ecuatoriana aplicable al presente contrato y el compendio de Normas de Seguridad Industrial de EP PETROECUADOR.

    4. Proporcionar a la Contratista los documentos, permisos y autorizaciones que se

    necesiten para la ejecucin correcta y legal de la obra. 5. Realizar las gestiones que le corresponda, ante los distintos organismos pblicos. 6. Entregar oportunamente a la Contratista lo previsto en el contrato, a fin de que la

    Contratista pueda iniciar inmediatamente el desarrollo normal de sus trabajos.

    7. Garantizar el acceso a las instalaciones y derechos de va. 8. La Empresa Pblica de Hidrocarburos del Ecuador EP PETROECUADOR, ser

    responsable de obtener todos los permisos ambientales que requiere la obra para su ejecucin (Licencia Ambiental), as como la vigilancia de la ejecucin del plan de Manejo Ambiental, mitigaciones y/o compensaciones.

    9. La EP PETROECUADOR, a travs de la Fiscalizacin, ser responsable de la

    aprobacin de la calidad de equipos y materiales provistos por la Contratista.

    Clusula Dcima Quinta.- CONTRATOS COMPLEMENTARIOS, DIFERENCIA EN CANTIDADES DE OBRA U RDENES DE TRABAJO.- 15.01.- Por causas justificadas por el Administrador del contrato, las partes podrn firmar contratos complementarios o convenir en la ejecucin de trabajos bajo las modalidades de diferencias en cantidades de obra u rdenes de trabajo, de conformidad con lo establecido en los artculos 85, 86, 87, 88 y 89 de la LOSNCP, y en los artculos 144 y 145 de su reglamento general. Clusula Dcima Sexta.- RECEPCIN PROVISIONAL Y DEFINITIVA. 16.01.- RECEPCIN PROVISIONAL: La recepcin provisional se realizar, a peticin del CONTRATISTA, cuando a juicio de ste se hallen terminados los trabajos contratados y

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    as lo notifique a la CONTRATANTE y solicite tal recepcin, en los trminos del artculo 81 de la LOSNCP, y observando el artculo 122 de su Reglamento General. La CONTRATANTE podr presentar reclamos al CONTRATISTA, en el perodo que media entre la recepcin provisional real o presunta y la definitiva, los que debern ser atendidos en este lapso. 16.02.- RECEPCIN DEFINITIVA: Transcurrido el plazo de tres (3) meses desde la recepcin provisional o de la declaratoria de recepcin provisional presunta, el CONTRATISTA solicitar una nueva verificacin de la ejecucin contractual de la obra, a efectos de que se realice la recepcin definitiva de la misma, debindose iniciar en el plazo de quince (15) das contados desde la solicitud presentada por el CONTRATISTA. 16.03.- Si en esta inspeccin se encuentra algn defecto de construccin no advertido en la recepcin provisional, se suspender el procedimiento, hasta que se lo subsane, a satisfaccin de la CONTRATANTE y a costo del CONTRATISTA. Si el defecto fuere de menor importancia y a juicio de la CONTRATANTE puede ser subsanado dentro del proceso de recepcin definitiva, se continuar con la misma, pero el Acta respectiva slo se firmar una vez solucionado el problema advertido. 16.04.- Todos los gastos adicionales que demanden la comprobacin, verificacin y pruebas, an de laboratorio, son de cuenta del CONTRATISTA. 16.05.- Si la CONTRATANTE no hiciere ningn pronunciamiento respecto de la solicitud de recepcin definitiva, ni la iniciare, una vez expirado el plazo de diez das, se considerar que tal recepcin se ha efectuado de pleno derecho, para cuyo efecto un Juez de lo Civil o un Notario Pblico, a solicitud del CONTRATISTA notificar que dicha recepcin se produjo, de acuerdo con el artculo 81 de la LOSNCP. 16.06.- Operada la recepcin definitiva presunta, la CONTRATANTE tendr el plazo de treinta das para efectuar la liquidacin del contrato. Si no lo hiciese, el CONTRATISTA podr presentar su liquidacin a la entidad. Si no se suscribe el acta de la liquidacin tcnico-econmica en un nuevo plazo de treinta das, el CONTRATISTA notificar judicialmente con su liquidacin a la CONTRATANTE. 16.07.- ACTAS DE RECEPCIN: En cuanto al contenido de las actas de recepcin provisional y definitiva, se observar lo establecido en el artculo 124 del Reglamento General de la LONSCP. 16.08.- LIQUIDACIN DEL CONTRATO: La liquidacin final del contrato se realizar en los trminos previstos por el artculo 125 del Reglamento General de la LOSNCP. Clusula Dcima Sptima.- MANTENIMIENTO DE LA OBRA: El mantenimiento rutinario y vigilancia de la obra, entre la recepcin provisional y la definitiva, estar a cargo del CONTRATISTA, para lo cual deber proporcionar el personal y las instalaciones adecuadas. Clusula Dcima Octava.- DE LA ADMINISTRACIN Y FISCALIZACIN DEL CONTRATO:

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    18.1 ADMINISTRADOR DEL CONTRATO: La CONTRATANTE, designa al 060606060606x en calidad de Administrador del Contrato, quien deber atenerse a las condiciones generales y especficas de los pliegos que forman parte del presente contrato.

    Adicionalmente son deberes y atribuciones del Administrador del contrato las

    siguientes:

    a) Velar por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del presente contrato, adoptando las acciones y medidas que sean necesarias para controlar, identificar u observar incumplimientos por parte del Contratista e imponer las multas y dems sanciones a que hubieren lugar, conforme los procesos determinados en el presente contrato.

    b) Receptar, revisar y aprobar u observar la factura y sus documentos

    acompaantes presentadas por el Contratista para el pago, conforme lo estipulado en el presente contrato. En el caso de que la factura o cualquier documentacin obligatoria que se debe acompaar a sta, sean observadas total o parcialmente, las deber devolver al Contratista de forma inmediata con indicacin de las observaciones a las mismas para que este ltimo las subsane. El pago de la factura proceder nicamente cuando sta y sus documentos acompaantes se encuentren totalmente aprobados por el Administrador del Contrato. Si el Administrador no aprueba o no expresa las razones fundamentadas de su objecin, se entender que la factura se halla aprobada y debe ser pagada por la CONTRATANTE.

    c) El Administrador del Contrato, realizar en cualquier momento y sin previo aviso

    a la Contratista, inspecciones para verificar solo o conjuntamente con el Fiscalizador del Contrato, el cumplimiento conforme a lo establecido en el presente contrato, en los Pliegos, las respectivas Normas y dems documentos integrantes del mismo.

    d) Deber cumplir con el procedimiento: Administracin, Fiscalizacin de Obras y

    Supervisin de bienes y Servicios Contratados por EP PETROECUADOR. 18.2 FISCALIZADOR (ES) DEL CONTRATO:

    La CONTRATANTE, designa a los 06060606 en calidad de Fiscalizador (es) del Contrato, quienes debern atenerse a las condiciones generales y especficas de los pliegos que forman parte del presente contrato. Adicionalmente son deberes y atribuciones de los Fiscalizadores del contrato las siguientes:

    a) La toma de las medidas necesarias para la correcta ejecucin del contrato y al

    estricto cumplimiento de sus clusulas. b) Control del cumplimiento de horarios y cronogramas durante la ejecucin de la

    obra. c) Constantemente en cualquier momento de la ejecucin del presente contrato

    inspeccionar la ejecucin del mismo e informar al Administrador en caso de

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