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R-DCA-0325-2018 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las trece horas catorce minutos del seis de abril del dos mil dieciocho. ----------------- Recurso de apelación interpuesto por la empresa CONSTRUCTORA MECO S.A., en contra del acto de adjudicación de la Licitación Pública 2017LN-000001-01, promovida por la MUNICIPALIDAD DE OROTINA, para la contratación de “contratación por obra total para la elaboración del proyecto de conectividad y espacios públicos en el casco urbano de Orotina”, acto recaído a favor de CONSTRUCTORA MONTEDES S.A. por el monto de ¢599.997.655,06 (quinientos noventa y nueve millones novecientos noventa y siete mil seiscientos cincuenta y cinco colones con seis céntimos). ---------------------------------------------------------------------------------- RESULTANDO I. Que Constructora Meco S.A. presentó recurso de apelación ante esta Contraloría General el día diecisiete de enero de dos mil dieciocho, vía correo electrónico. -------------------------------------- II. Que mediante auto de las trece horas veinticuatro minutos del diecinueve de enero de dos mil dieciocho se solicitó el expediente administrativo del concurso, atendido por medio del oficio número MO-PRV-0018-2018 de fecha veintitrés de enero de dos mil dieciocho. ---------------------- III. Que mediante oficio MO-PRV-0031-2018 de fecha treinta y uno de enero de dos mil dieciocho, la Municipalidad remitió a esta Contraloría copia certificada del folio 01513 del expediente administrativo del concurso, que por un error no fue incorporado dentro de la copia remitida a este Despacho. -------------------------------------------------------------------------------------------- IV. Que mediante auto de las doce horas diecinueve minutos del dos de febrero del dos mil dieciocho, esta División otorgó audiencia inicial a la Municipalidad licitante y a la empresa adjudicataria para que se refiriera a los alegatos de la apelante, audiencia que fue contestada por las partes según escritos agregados al expediente de apelación. ------------------------------------ V. Que mediante auto de las ocho horas cincuenta y cinco minutos del primero de febrero del dos mil dieciocho, esta División otorgó audiencia especial a la empresa apelante para que se refiriera a los argumentos que en su contra fueron formulados por la empresa adjudicataria, audiencia que fue atendida según escrito agregado al expediente de apelación.---------------------- VI. Que mediante auto de las once horas cincuenta y siete minutos del diecinueve de febrero del dos mil dieciocho, esta División otorgó audiencia final de conclusiones, audiencia que fue contestada por todas las partes según escritos agregados al expediente de apelación. -------------

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R-DCA-0325-2018

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa.

San José, a las trece horas catorce minutos del seis de abril del dos mil dieciocho. -----------------

Recurso de apelación interpuesto por la empresa CONSTRUCTORA MECO S.A., en contra

del acto de adjudicación de la Licitación Pública 2017LN-000001-01, promovida por la

MUNICIPALIDAD DE OROTINA, para la contratación de “contratación por obra total para la

elaboración del proyecto de conectividad y espacios públicos en el casco urbano de Orotina”,

acto recaído a favor de CONSTRUCTORA MONTEDES S.A. por el monto de ¢599.997.655,06

(quinientos noventa y nueve millones novecientos noventa y siete mil seiscientos cincuenta y

cinco colones con seis céntimos). ----------------------------------------------------------------------------------

RESULTANDO

I. Que Constructora Meco S.A. presentó recurso de apelación ante esta Contraloría General el

día diecisiete de enero de dos mil dieciocho, vía correo electrónico. --------------------------------------

II. Que mediante auto de las trece horas veinticuatro minutos del diecinueve de enero de dos

mil dieciocho se solicitó el expediente administrativo del concurso, atendido por medio del oficio

número MO-PRV-0018-2018 de fecha veintitrés de enero de dos mil dieciocho. ----------------------

III. Que mediante oficio MO-PRV-0031-2018 de fecha treinta y uno de enero de dos mil

dieciocho, la Municipalidad remitió a esta Contraloría copia certificada del folio 01513 del

expediente administrativo del concurso, que por un error no fue incorporado dentro de la copia

remitida a este Despacho. --------------------------------------------------------------------------------------------

IV. Que mediante auto de las doce horas diecinueve minutos del dos de febrero del dos mil

dieciocho, esta División otorgó audiencia inicial a la Municipalidad licitante y a la empresa

adjudicataria para que se refiriera a los alegatos de la apelante, audiencia que fue contestada

por las partes según escritos agregados al expediente de apelación. ------------------------------------

V. Que mediante auto de las ocho horas cincuenta y cinco minutos del primero de febrero del

dos mil dieciocho, esta División otorgó audiencia especial a la empresa apelante para que se

refiriera a los argumentos que en su contra fueron formulados por la empresa adjudicataria,

audiencia que fue atendida según escrito agregado al expediente de apelación.----------------------

VI. Que mediante auto de las once horas cincuenta y siete minutos del diecinueve de febrero

del dos mil dieciocho, esta División otorgó audiencia final de conclusiones, audiencia que fue

contestada por todas las partes según escritos agregados al expediente de apelación. -------------

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VII. Que en el procedimiento se han observado las prescripciones constitucionales, legales y

reglamentarias respectivas. -----------------------------------------------------------------------------------------

CONSIDERANDO

I. Hechos Probados: Con vista en el expediente administrativo del concurso, aportado

mediante oficio MO-PRV-0018-2018 de fecha veintitrés de enero de dos mil dieciocho, se tienen

por demostrados los siguientes hechos de interés: 1) Que la Municipalidad de Orotina promovió

la licitación pública 2017LN-000001-01 con el objeto de contratar “obra total para la elaboración

del Proyecto de Conectividad y Espacios Públicos en el casco urbano de Orotina” (según

consta de la invitación publicada en el Diario Oficial la Gaceta No. 213 del diez de noviembre de

dos mil diecisiete así como del pliego cartelario, visibles a folios 102 a 202 del expediente

administrativo de la licitación). 2) Que mediante publicación cursada en el Diario Oficial la

Gaceta No. 218 del diecisiete de noviembre de dos mil diecisiete, la Municipalidad comunica

“aclaratoria se refiere a una tabla tipo sumario que debe de ser llenada por las empresas

interesadas en ofertar para dicho proyecto. El costo total del proyecto deberá considerar el

sumario de cantidades y el oferente deberá de desglosado (sic) en su oferta. Dicho sumario lo

pueden solicitar en el Edificio Municipal (…)”; formulario que fue remitido a solicitud de los

interesados y consta de la siguiente información:

Reglón de pago Descripción del renglón Unidad de pago Cantidad

CR.110.06 Trabajos a costo más porcentaje Global 1,00

CR.615.01 (A) Aceras de hormigón previstas para colocación de losetas tipo tactil sin figuras decorativas. m2 340,00

CR.615.01 (B) Aceras de hormigón previstas para colocación de losetas tipo tactil con figuras decorativas: (semicírculos) de adoquín.

m2 3.150,00

CR.615.01 (C) Aceras de hormigón previstas para colocación de losetas tipo táctil con figuras decorativas (semicírculos) de adoquín y figuras (semicírculos) con pigmentos de color.

m2 1.400,00

CR.608.01 (d) Canal revestido Tipo IV, concreto hidráulico m2 540,00

CR.608.01 (e) Canal revestido Tipo IV, concreto hidráulico (con paredes verticales) m2 1.500,00

CR.609.02 Cordón y cuneta de concreto de cemento hidráulico m 450,00

CR.554.01 Acero de refuerzo G40 kg 8.000,00

CR.202.04(A) Remoción individual de árboles (15cm hasta 40cm diámetro) Unidad 2,00

CR.202.04(B) Remoción individual de árboles (de 40cm hasta 1,00m diámetro) Unidad 5,00

CR.201.03 Remoción de árboles de gran tamaño Unidad 2,00

CR.301.03 Base de agregado triturado, graduación C m3 300,00

CR.301.06 Sub-base de agregado triturado, graduación B m3 1.600,00

CR 204.01 Excavación en la vía m3 250,00

CR 209.01 Excavación para estructuras m3 3.000,00

CR 204.05 Material de Préstamo selecto– Caso 2 m3 1.150,00

CR.552.01 (a) Concreto estructural clase A (255 Kg/cm2) m3 400,00

CR.552.01 (d) Concreto estructural clase X (180 Kg/cm2) m3 20,97

CR.602.01 Tubería de concreto reforzado Clase III - C 76, diámetro 450 mm m 12,50

CR.602.01 (A) Tubería de concreto reforzado Clase III - C 76, diámetro 600 mm m 65,00

CR.602.01 (B) Tubería de concreto reforzado Clase III - C 76, diámetro 760 mm m 10,00

CR.602.01 (C) Tubería de concreto reforzado Clase III - C 76, diámetro 800 mm m 90,00

CR.602.01 (D) Tubería de concreto reforzado Clase III - C 76, diámetro 910 mm m 35,00

CR.602.01 (E) Tubería de concreto reforzado Clase III - C 76, diámetro 1070 mm m 100,00

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CR.602.01 (F) Tubería de concreto reforzado Clase III - C 76, diámetro 1220 mm m 115,00

CR.602.01 (G) Tubería de concreto sin refuerzo Clase I - C 14, diámetro 450 mm m 20,00

CR.602.01 (H) Tubería de concreto reforzado Clase I - C 14, diámetro 600 mm m 260,00

CR.602.01 (I) Tubería de concreto reforzado Clase I - C14, diámetro 800 mm m 85,00

M-20 (D) Descuaje de árboles por hora h 30,00

CR.302.03 Aplicación de Cemento portland Ton 15,00

M-46 (A) Demolición de estructuras de concreto m3 40,00

M-46 (B) Demolicion de aceras de concreto, losas peatonales o vehiculares o entrada a propiedad privada

m2 4.000,00

M-46 (C) demolicion de caños ubicados del cementerio municipal hacia el centro urbano de orotina. m 1.550,00

M-46 (D) Demolición o remoción de entradas en metal o acero m 70,00

M-46 (E) Demolición de cordón y caño existente m 400,00

CR.604.07 (A) Tapa en hierro colado rectangular con detalles de gravado a solicitar por la municipalidad de orotina (Tapas de cabezales y cajas de registro)

Unidad 20,00

CR.604.07 (B) tapa de caja de registro redonda según detalle (Tapas de cabezales y cajas de registro) Unidad 10,00

CR.607.09 (C) parrilla de hierro colado para tragante según detalle ((Marcos metálicos y parrillas) Unidad 2,00

CR.607.09 (D) parrila para tragante tipo AyA (Marcos metálicos y parrillas) Unidad 10,00

M-41 (A) Bacheo con mezcla asfáltica en caliente ton 500,000

OI- 01 Instalación de Losetas Tipo Táctil de guía m 2.750,00

OI- 02 Instalación de Losetas Tipo Táctil de prevención m2 50,00

OI- 03 Baranda protectora peatonal tramo 2 y tramo 8 m 335,00

OI-04 Parrilla Paso Peatonal elevado Global 2,00

OI-05 Pared de Block de 15x20x40 cm celdas llenas m2 120,00

OI-06 Pared de Block de 20x20x40 cm celdas llenas m2 30,00

OI-07 Espacio público área a intervenir - tramo 4 Global 1,00

OI-08 Zonas verdes con arbustos m 260,00

OI-09 Impermeabilización de Cuneta Existente con mortero de Base Cementicia m2 250,00

OI-10 Pintura del borde de las aceras en los cruces de calles m 600,00

CR.634.02 Pintura Señalamiento (Sendas peatonales) m2 6,00

OI-11 Re ubicación de medidores existentes o ubicación de medidores nuevos (Agua potable) Unidad 160,00

OI-12 (A) Instalación de tubería Pluvial (Sanitario) 100 mm m 600,00

OI-12 (B) Instalación de tubería Pluvial (Sanitario) 150 mm m 120,00

OI-12 (A1) Instalación de codo 90 o unión simple Pluvial (Sanitario) 100 mm Unidad 200,00

OI-12 (B1) Instalación de codo 90 o unión simple pluvial (Sanitario) 150 mm Unidad 40,00

OI-13 (A) Reconstrucción de toma o prevista Domiciliaria de PVC m 375,00

OI-13 (B) Reconstrucción de toma o prevista Domiciliaria con Sistema de polietileno de alta densidad (HDPE)

m 120,00

CR.633.01 Instalación de señal (Incluye Rotulo R-1-1 y R-1-5) Unidad 2,00

OI-14 Reparación de tubería Tipo RIB LOC de 1500 mm de diámetro interno. m 6,00

OI-15 Instalación de Malla Electro soldada m2 400,00

(según consta de la publicación referida y de las solicitudes de los oferentes para tener acceso

al cartel y sumario de cantidades procesadas vía correo electrónico, visibles a folios 205 a 248

del expediente administrativo de la licitación). 3) Que en fecha diecisiete de noviembre de dos

mil diecisiete, se efectuó una reunión de inspección previa del proyecto, sobre lo cual se levantó

el respectivo registro de asistencia (según consta del citado registro visible a folios 238 y 239

del expediente administrativo de la licitación). 4) Que participaron en el concurso las empresas

Constructora Meco S.A., Pavicen Limitada, Sistemas y Construcciones AG Limitada y

Constructora Montedes S.A. (según consta del Acta de Apertura de fecha doce de diciembre de

dos mil diecisiete, visible a folio 312 del expediente administrativo de la licitación). 5) Que la

empresa Constructora Meco S.A. cotizó el objeto en la suma de ¢599.578.925,95 para lo cual

aportó el siguiente sumario de cantidades:

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Reglón de pago

Descripción del renglón Unidad de pago

Cantidad Precio Unitario Precio Total

CR.110.06 Trabajos a costo más porcentaje Global 1 ¢15.000.000,00 ¢15.000.000,00

CR.615.01 (A) Aceras de hormigón previstas para colocación de losetas tipo tactil sin figuras decorativas.

m2 340 ¢21.810,27 ¢7.415.491,80

CR.615.01 (B) Aceras de hormigón previstas para colocación de losetas tipo tactil con figuras decorativas: (semicírculos) de adoquín.

m2 3.150,00 ¢22.807.73 ¢71.844.349,50

CR.615.01 (C) Aceras de hormigón previstas para colocación de losetas tipo táctil con figuras decorativas (semicírculos) de adoquín y figuras (semicírculos) con pigmentos de color.

m2 1.400,00 ¢23.948,14 ¢33.527.396,00

CR.608.01 (d) Canal revestido Tipo IV, concreto hidráulico m2 540 ¢18.212,27 ¢9.834.625,80

CR.608.01 (e) Canal revestido Tipo IV, concreto hidráulico (con paredes verticales)

m2 1.500,00 ¢21.041,37 ¢31.562.055,00

CR.609.02 Cordón y cuneta de concreto de cemento hidráulico m 450 ¢24.295,62 ¢10.933.029,00

CR.554.01 Acero de refuerzo G40 kg 8.000,00 ¢1.348,56 ¢10.788.480,00

CR.202.04(A) Remoción individual de árboles (15cm hasta 40cm diámetro)

Unidad 2 ¢229.872,51 ¢459.745,02

CR.202.04(B) Remoción individual de árboles (de 40cm hasta 1,00m diámetro)

Unidad 5 ¢453.613,51 ¢2.268.067,55

CR.201.03 Remoción de árboles de gran tamaño Unidad 2 ¢687.757,97 ¢1.375.515,94

CR.301.03 Base de agregado triturado, graduación C m3 300 ¢13.984,03 ¢4.195.209,00

CR.301.06 Sub-base de agregado triturado, graduación B m3 1.600,00 ¢13.984,03 ¢22.374.448,00

CR 204.01 Excavación en la vía m3 250 ¢3.785,99 ¢946.497,50

CR 209.01 Excavación para estructuras m3 3.000,00 ¢7.902,609 ¢23.708.070,00

CR 204.05 Material de Préstamo selecto- Caso 2 m3 1.150,00 ¢9.307,45 ¢10.703.567,50

CR.552.01 (a) Concreto estructural clase A (255 Kg/cm2) m3 400 ¢171.605,16 ¢68.642.064,00

CR.552.01 (d) Concreto estructural clase X (180 Kg/cm2) m3 20,97 ¢160.945,89 ¢3.374.767,96

CR.602.01 Tubería de concreto reforzado Clase III - C 76, diámetro 450 mm

m 12,5 ¢84.440,81 ¢1.055.510,13

CR.602.01 (A) Tubería de concreto reforzado Clase III - C 76, diámetro 600 mm

m 65 ¢107.623,95 ¢6.995.556,75

CR.602.01 (B) Tubería de concreto reforzado Clase III - C 76, diámetro 760 mm

m 10 ¢149.531,31 ¢1.495.313,10

CR.602.01 (C) Tubería de concreto reforzado Clase III - C 76, diámetro 800 mm

m 90 ¢149.531,31 ¢13.457.817,90

CR.602.01 (D) Tubería de concreto reforzado Clase III - C 76, diámetro 910 mm

m 35 ¢176.054,02 ¢6.161.890,70

CR.602.01 (E) Tubería de concreto reforzado Clase III - C 76, diámetro 1070 mm

m 100 ¢221.157,50 ¢22.115.750,00

CR.602.01 (F) Tubería de concreto reforzado Clase III - C 76, diámetro 1220 mm

m 115 ¢271.425,57 ¢31.213.940,55

CR.602.01 (G) Tubería de concreto sin refuerzo Clase I - C 14, diámetro 450 mm

m 20 ¢65.686,04 ¢1.313.720,80

CR.602.01 (H) Tubería de concreto reforzado Clase I - C 14, diámetro 600 mm

m 260 ¢80.828,90 ¢21.015.514,00

CR.602.01 (I) Tubería de concreto reforzado Clase I - C14, diámetro 800 mm

m 85 ¢108.627,91 ¢9.233.372,35

M-20 (D) Descuaje de árboles por hora h 30 ¢35.688,20 ¢1.070.646,00

CR.302.03 Aplicación de Cemento portland Ton 15 ¢191.306,00 ¢2.869.590,00

M-46 (A) Demolición de estructuras de concreto m3 40 ¢17.205,36 ¢688.214,40

M-46 (B) Demolición de aceras de concreto, losas peatonales o vehiculares o entrada a propiedad privada

m2 4.000,00 ¢2.465,28 ¢9.861.120,00

M-46 (C) demolición de caños ubicados del cementerio municipal hacia el centro urbano de orotina.

m 1.550,00 ¢6.398,74 ¢9.918.047,00

M-46 (D) Demolición o remoción de entradas en metal o acero m 70 ¢4.144,80 ¢290.136,00

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M-46 (E) Demolición de cordón y caño existente m 400 ¢4.144,80 ¢1.657.920,00

CR.604.07 (A) Tapa en hierro colado rectangular con detalles de gravado a solicitar por la municipalidad de orotina (Tapas de cabezales y cajas de registro)

Unidad 20 ¢67.779,27 ¢1.355.585,40

CR.604.07 (B) tapa de caja de registro redonda según detalle (Tapas de cabezales y cajas de registro)

Unidad 10 ¢346.051,18 ¢3.460.511,80

CR.607.09 (C) parrilla de hierro colado para tragante según detalle ((Marcos metálicos y parrillas)

Unidad 2 ¢67.779,27 ¢135.558,54

CR.607.09 (D) parrila para tragante tipo AyA (Marcos metálicos y parrillas)

Unidad 10 ¢67.779,27 ¢677.792,70

M-41 (A) Bacheo con mezcla asfáltica en caliente ton 500 ¢69.414,17 ¢34.707.085,00

OI- 01 Instalación de Losetas Tipo Táctil de guía m 2.750,00 ¢6.423,20 ¢17.663.800,00

OI- 02 Instalación de Losetas Tipo Táctil de prevención m2 50 ¢21.410,67 ¢1.070.533,50

OI- 03 Baranda protectora peatonal tramo 2 y tramo 8 m 335 ¢78.898,88 ¢26.431.124,80

OI-04 Parrilla Paso Peatonal elevado Global 2 ¢1.017.984,97 ¢2.035.969,94

OI-05 Pared de Block de 15x20x40 cm celdas llenas m2 120 ¢37.740,20 ¢4.528.824,00

OI-06 Pared de Block de 20x20x40 cm celdas llenas m2 30 ¢43.164,56 ¢1.294.936,80

OI-07 Espacio público área a intervenir - tramo 4 Global 1 ¢7.390.231,48 ¢7.390.231,48

OI-08 Zonas verdes con arbustos m 260 ¢10.600,63 ¢2.756.163,80

OI-09 Impermeabilización de Cuneta Existente con mortero de Base Cementicia

m2 250 ¢7.164,00 ¢1.791.000,00

OI-10 Pintura del borde de las aceras en los cruces de calles m 600 ¢902,05 ¢541.230,00

CR.634.02 Pintura Señalamiento (Sendas peatonales) m2 6 ¢9.020,45 ¢54.122,70

OI-11 Re ubicación de medidores existentes o ubicación de medidores nuevos (Agua potable)

Unidad 160 ¢23.627,99 ¢3.780.478,40

OI-12 (A) Instalación de tubería Pluvial (Sanitario) 100 mm m 600 ¢9.559,21 ¢5.735.526,00

OI-12 (B) Instalación de tubería Pluvial (Sanitario) 150 mm m 120 ¢15.645,36 ¢1.877.443,20

OI-12 (A1) Instalación de codo 90 o unión simple Pluvial (Sanitario) 100 mm

Unidad 200 ¢17.297,87 ¢3.459.574,00

OI-12 (B1) Instalación de codo 90 o unión simple pluvial (Sanitario) 150 mm

Unidad 40 ¢41.269,18 ¢1.650.767,20

OI-13 (A) Reconstrucción de toma o prevista Domiciliaria de PVC m 375 ¢4.048,74 ¢1.518.277,50

OI-13 (B) Reconstrucción de toma o prevista Domiciliaria con Sistema de polietileno de alta densidad (HDPE)

m 120 ¢5.282,12 ¢633.854,40

CR.633.01 Instalación de señal (Incluye Rotulo R-1-1 y R-1-5) Unidad 2 ¢150.000,00 ¢300.000,00

OI-14 Reparación de tubería Tipo RIB LOC de 1500 mm de diámetro interno.

m 6 ¢584.662,59 ¢3.507.975,54

OI-15 Instalación de Malla Electro soldada m2 400 ¢4.632,80 ¢1.853.120,00

TOTAL EXPRESADO EN NÚMEROS ¢599.578.925.95

(según consta de la oferta económica visible a folios 485 y 486 del expediente administrativo de

la licitación). 6) Que la empresa Constructora Meco S.A. aportó las memorias de cálculo para

cada uno de los renglones de pago, de las cuales se desprenden los siguientes materiales

cotizados según la actividad:

Reglón de pago

Descripción del renglón Unidad de pago

Cantidad Materiales

CR.615.01 (A) Aceras de hormigón previstas para colocación de losetas tipo tactil sin figuras decorativas.

m2 340 Concreto premezclado puesto en sitio, material granular, sello juntas, formaleta, curador de

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concreto

CR.615.01 (B) Aceras de hormigón previstas para colocación de losetas tipo tactil con figuras decorativas: (semicírculos) de adoquín.

m2 3.150,00

Concreto premezclado puesto en sitio, material granular, sello juntas, formaleta, curador de concreto, adoquínes según especificaciones, cama de arena, toba de cemento.

CR.615.01 (C)

Aceras de hormigón previstas para colocación de losetas tipo táctil con figuras decorativas (semicírculos) de adoquín y figuras (semicírculos) con pigmentos de color.

m2 1.400,00

Concreto premezclado puesto en sitio, material granular, sello juntas, formaleta, curador de concreto, adoquínes según especificaciones, concreto premezclado de color puesto en sitio, cama de arena

CR.608.01 (d) Canal revestido Tipo IV, concreto hidráulico m2 540 Concreto premezclado puesto en sitio, subbase, formaleta, curador de concreto

CR.608.01 (e) Canal revestido Tipo IV, concreto hidráulico (con paredes verticales)

m2 1.500,00 Concreto premezclado puesto en sitio, subbase formaleta, curador de concreto, acero de refuerzo

CR.301.06 Sub-base de agregado triturado, graduación B m3 1.600,00 Material de subbase, precio unitario total de ¢13.984,03

(según consta de la oferta económica visible a folios 492 a 496 del expediente administrativo de

la licitación) 7) Que la empresa Constructora Montedes S.A. cotizó el objeto en la suma de

¢537.096.755.07, desglosados conforme al siguiente sumario de cantidades:

Reglón de pago

Descripción del renglón Unidad de pago

Cantidad Precio Unitario Precio Total

CR.110.06 Trabajos a costo más porcentaje Global 1 ¢15.000.000,00 ¢15.000.000,00

CR.615.01 (A) Aceras de hormigón previstas para colocación de losetas tipo tactil sin figuras decorativas.

m2 340 ¢16.472,62 ¢5.600.690,80

CR.615.01 (B) Aceras de hormigón previstas para colocación de losetas tipo tactil con figuras decorativas: (semicírculos) de adoquín.

m2 3.150,00 ¢17.782,94 ¢56.016.261,00

CR.615.01 (C) Aceras de hormigón previstas para colocación de losetas tipo táctil con figuras decorativas (semicírculos) de adoquín y figuras (semicírculos) con pigmentos de color.

m2 1.400,00 ¢19.901,69 ¢27.862.366,00

CR.608.01 (d) Canal revestido Tipo IV, concreto hidráulico m2 540 ¢18.745,42 ¢10.122.526,80

CR.608.01 (e) Canal revestido Tipo IV, concreto hidráulico (con paredes verticales)

m2 1.500,00 ¢19.688,40 ¢29.532.600,00

CR.609.02 Cordón y cuneta de concreto de cemento hidráulico m 450 ¢23.207,77 ¢10.443.496,50

CR.554.01 Acero de refuerzo G40 kg 8.000,00 ¢1.895,97 ¢15.167.760,00

CR.202.04(A) Remoción individual de árboles (15cm hasta 40cm diámetro)

Unidad 2 ¢131.666,67 ¢263.333,34

CR.202.04(B) Remoción individual de árboles (de 40cm hasta 1,00m diámetro)

Unidad 5 ¢155.750,00 ¢778.750,00

CR.201.03 Remoción de árboles de gran tamaño Unidad 2 ¢420.406,25 ¢840.812,50

CR.301.03 Base de agregado triturado, graduación C m3 300 ¢16.920,75 ¢5.076.225,00

CR.301.06 Sub-base de agregado triturado, graduación B m3 1.600,00 ¢15.670,75 ¢25.073.200,00

CR 204.01 Excavación en la vía m3 250 ¢3.057,33 ¢764.332,50

CR 209.01 Excavación para estructuras m3 3.000,00 ¢4.129,00 ¢12.387.000,00

CR 204.05 Material de Préstamo selecto- Caso 2 m3 1.150,00 ¢15.599,87 ¢17.939.850,50

CR.552.01 (a) Concreto estructural clase A (255 Kg/cm2) m3 400 ¢183.395,84 ¢73.358.336,00

CR.552.01 (d) Concreto estructural clase X (180 Kg/cm2) m3 20,97 ¢174.645,84 ¢3.662.323,26

CR.602.01 Tubería de concreto reforzado Clase III - C 76, diámetro 450 mm

m 12,5 ¢52.510,00 ¢656.375,00

CR.602.01 (A) Tubería de concreto reforzado Clase III - C 76, diámetro 600 mm

m 65 ¢70.510,00 ¢4.583.150,00

CR.602.01 (B) Tubería de concreto reforzado Clase III - C 76, diámetro 760 mm

m 10 ¢104.510,00 ¢1.045.100,00

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7

CR.602.01 (C) Tubería de concreto reforzado Clase III - C 76, diámetro 800 mm

m 90 ¢104.510,00 ¢9.405.900,00

CR.602.01 (D) Tubería de concreto reforzado Clase III - C 76, diámetro 910 mm

m 35 ¢115.021,88 ¢4.025.765,80

CR.602.01 (E) Tubería de concreto reforzado Clase III - C 76, diámetro 1070 mm

m 100 ¢154.208,34 ¢15.420.834,00

CR.602.01 (F) Tubería de concreto reforzado Clase III - C 76, diámetro 1220 mm

m 115 ¢197.557,50 ¢22.719.112,50

CR.602.01 (G) Tubería de concreto sin refuerzo Clase I - C 14, diámetro 450 mm

m 20 ¢35.510,00 ¢710.200,00

CR.602.01 (H) Tubería de concreto reforzado Clase I - C 14, diámetro 600 mm

m 260 ¢70.510,00 ¢18.332.600,00

CR.602.01 (I) Tubería de concreto reforzado Clase I - C14, diámetro 800 mm

m 85 ¢105.010,00 ¢8.925.850,00

M-20 (D) Descuaje de árboles por hora h 30 ¢31.321,88 ¢939.656,40

CR.302.03 Aplicación de Cemento portland Ton 15 ¢170.623,08 ¢2.559.346,20

M-46 (A) Demolición de estructuras de concreto m3 40 ¢59.966,67 ¢2.398.666,80

M-46 (B) Demolicion de aceras de concreto, losas peatonales o vehiculares o entrada a propiedad privada

m2 4.000,00 ¢4.016,91 ¢16.067.640,00

M-46 (C) demolicion de caños ubicados del cementerio municipal hacia el centro urbano de orotina.

m 1.550,00 ¢5.509,59 ¢8.539.864,50

M-46 (D) Demolición o remoción de entradas en metal o acero m 70 ¢5.852,35 ¢409.664,50

M-46 (E) Demolición de cordón y caño existente m 400 ¢5.509,59 ¢2.203.836,00

CR.604.07 (A) Tapa en hierro colado rectangular con detalles de gravado a solicitar por la municipalidad de orotina (Tapas de cabezales y cajas de registro)

Unidad 20 ¢107.551,57 ¢2.151.031,40

CR.604.07 (B) tapa de caja de registro redonda según detalle (Tapas de cabezales y cajas de registro)

Unidad 10 ¢71.110,42 ¢711.104,20

CR.607.09 (C) parrilla de hierro colado para tragante según detalle ((Marcos metálicos y parrillas)

Unidad 2 ¢106.518,75 ¢213.037,50

CR.607.09 (D) parrila para tragante tipo AyA (Marcos metálicos y parrillas)

Unidad 10 ¢100.165,63 ¢1.001.656,30

M-41 (A) Bacheo con mezcla asfáltica en caliente ton 500 ¢79.461,03 ¢39.730.515,00

OI- 01 Instalación de Losetas Tipo Táctil de guía m 2.750,00 ¢5.187,50 ¢14.265.625,00

OI- 02 Instalación de Losetas Tipo Táctil de prevención m2 50 ¢11.284,13 ¢564.206,50

OI- 03 Baranda protectora peatonal tramo 2 y tramo 8 m 335 ¢33.224,67 ¢11.130.264,45

OI-04 Parrilla Paso Peatonal elevado Global 2 ¢109.131,25 ¢218.262,50

OI-05 Pared de Block de 15x20x40 cm celdas llenas m2 120 ¢29.461,88 ¢3.535.425,60

OI-06 Pared de Block de 20x20x40 cm celdas llenas m2 30 ¢30.475,00 ¢914.250,00

OI-07 Espacio público área a intervenir - tramo 4 Global 1 ¢8.753.287,50 ¢8.753.287,50

OI-08 Zonas verdes con arbustos m 260 ¢5.643,13 ¢1.467.213,80

OI-09 Impermeabilización de Cuneta Existente con mortero de Base Cementicia

m2 250 ¢9.737,30 ¢2.434.325,00

OI-10 Pintura del borde de las aceras en los cruces de calles m 600 ¢3.002,50 ¢1.801.500,00

CR.634.02 Pintura Señalamiento (Sendas peatonales) m2 6 ¢58.577,09 ¢351.462,54

OI-11 Re ubicación de medidores existentes o ubicación de medidores nuevos (Agua potable)

Unidad 160 ¢12.404,30 ¢1.984.688,00

OI-12 (A) Instalación de tubería Pluvial (Sanitario) 100 mm m 600 ¢7.244,38 ¢4.346.628,00

OI-12 (B) Instalación de tubería Pluvial (Sanitario) 150 mm m 120 ¢11.984,90 ¢1.438.188,00

OI-12 (A1) Instalación de codo 90 o unión simple Pluvial (Sanitario) 100 mm

Unidad 200 ¢8.806,88 ¢1.761.376,00

OI-12 (B1) Instalación de codo 90 o unión simple pluvial (Sanitario) 150 mm

Unidad 40 ¢22.556,88 ¢902.275,20

OI-13 (A) Reconstrucción de toma o prevista Domiciliaria de PVC m 375 ¢3.739,38 ¢1.402.267,50

OI-13 (B) Reconstrucción de toma o prevista Domiciliaria con m 120 ¢7.731,25 ¢927.750,00

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8

Sistema de polietileno de alta densidad (HDPE)

CR.633.01 Instalación de señal (Incluye Rotulo R-1-1 y R-1-5) Unidad 2 ¢152.980,25 ¢305.960,50

OI-14 Reparación de tubería Tipo RIB LOC de 1500 mm de diámetro interno.

m 6 ¢306.553,13 ¢1.839.318,78

OI-15 Instalación de Malla Electro soldada m2 400 ¢10.280,00 ¢4.112.000,00

TOTAL EXPRESADO EN NÚMEROS ¢537.096.755.07

(según consta de la oferta económica visible a folios 238 a 241 del expediente administrativo de

la licitación). 8) Que la empresa Constructora Montedes S.A. aportó las memorias de cálculo

para cada uno de los renglones de pago, de las cuales se desprenden los siguientes materiales

cotizados según la actividad:

Reglón de pago

Descripción del renglón Unidad de pago

Cantidad Materiales

CR.615.01 (A) Aceras de hormigón previstas para colocación de losetas tipo tactil sin figuras decorativas.

m2 340

dispositivos de seguridad, pruebas de concreto, concreto premezclado en sitio, formaleta, herramientas manuales, curador, suministro de agua, consumibles

CR.615.01 (B) Aceras de hormigón previstas para colocación de losetas tipo tactil con figuras decorativas: (semicírculos) de adoquín.

m2 3.150,00

dispositivos de seguridad, pruebas de concreto, concreto premezclado en sitio, formaleta, herramientas manuales, curador, suministro de agua, consumibles, arena en sitio, adoquín según planos

CR.615.01 (C)

Aceras de hormigón previstas para colocación de losetas tipo táctil con figuras decorativas (semicírculos) de adoquín y figuras (semicírculos) con pigmentos de color.

m2 1.400,00

dispositivos de seguridad, pruebas de concreto, concreto premezclado en sitio, formaleta, pigmento de color, herramientas manuales, curador, suministro de agua, consumibles, arena en sitio, adoquín según planos

CR.608.01 (d) Canal revestido Tipo IV, concreto hidráulico m2 540 dispositivos de seguridad, pruebas de concreto, concreto premezclado, en sitio formaleta, herramientas manuales, curador

CR.608.01 (e) Canal revestido Tipo IV, concreto hidráulico (con paredes verticales)

m2 1.500,00 dispositivos de seguridad, pruebas de concreto, concreto premezclado en sitio, formaleta, herramientas manuales, curador

CR.301.06 Sub-base de agregado triturado, graduación B m3 1.600,00 Dispositivos de seguridad, material de subbase, suministro de agua, precio unitario total de ¢15.670,75

(según consta de la oferta económica visible a folios 1038 a 1040, 1061 y 1062 del expediente

administrativo de la licitación) 9) Que mediante oficio No. UT/MO-344-2017 de fecha catorce de

diciembre de dos mil diecisiete, los señores Javier Umaña Durán en condición de Director de la

Unidad Técnica y Jeffry Miranda Mena en condición de Proveedor Municipal emiten breve

análisis de ofertas, en el cual se señala: “Las ofertas presentadas por las empresas

Constructora Montedes S.A., Constructora Meco S.A. cumplen con los requerimientos técnicos

dispuestos en el cartel. Además según calificación del cartel se obtiene lo siguiente:

Empresa Montedes S.A. Meco

Experiencia de la empresa física o jurídica (20 pts) 20 20

Experiencia del profesional a cargo (20 pts) 20 20

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9

Precio (30 ptos) 30 26,87

Experiencia en proyectos (15 pts) 15 15

Plazo de entrega (15pts) 15 15

Total 100 96,87

Por tanto se recomienda la adjudicación a la Constructora Montedes S.A., ya que obtiene la

mayor puntuación según el sistema de calificación indicado en el cartel (100 pts). Cabe

mencionar que las empresas Pavicen y Sistema y Construcciones A.G. es INADMISIBLE,

debido a que en la memoria de cálculo no incluyeron los salarios de los operarios de

maquinarias y choferes de vehículos, según resolución de la Contraloría General de la

República en oficio R-DCA-199-2015” (según consta del oficio de cita, visible a folio 1504 del

expediente administrativo de la licitación). 10) Que mediante Resolución Administrativa No. MO-

ADJ-0145-17-2016-2020 de las catorce horas con diez minutos del diecinueve de diciembre de

dos mil diecisiete, la señora Mba. Margot Montero Jiménez, Alcaldesa Municipal resuelve

adjudicar el concurso a la empresa Constructora Montedes S.A., por la suma de

¢599.997.655,06, toda vez que la Municipalidad mediante oficio UT-MO-349-2017 determinó

adjudicar una mayor cantidad de obras, según los renglones de pago, basados en el párrafo

segundo del artículo 86 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa (según consta

en la resolución de cita visible a folio 510 a 516 del expediente administrativo del concurso y

folio 52 del expediente del recurso de apelación). 11) Que la empresa Constructora Meco S.A.

aportó con su recurso de apelación, el criterio técnico del Ingeniero Civil Oscar Martínez

Martínez elaborado en fecha del diecisiete de enero de dos mil dieciocho, del cual se

desprende: “1. En las actividades para la construcción de las aceras, ítems 2, 3 y 4 de la tabla

de pagos, la empresa Montedes, no contempla en sus memorias de cálculo (…) y por ende en

su oferta, el material granular de subbase. Ese material granular representa una cantidad de

489m3 de subbase compactada; unos 590 m3 sueltos aproximadamente, para el total de los tres

ítem, resultado de la sumatoria de los metros cuadrados de acera (4890 m2) por el espesor de

subbase requerido (10cm). El material granular ausente, está especificado en los planos

constructivos que forman parte del cartel de licitación (…) y corresponde al material de asiento o

de “cama” para las aceras. (…) 2. Situación idéntica a la descrita anteriormente se presenta en

las actividades para la construcción de las cunetas revestidas tipo IV, ítems 5 y 6 de la tabla de

pagos. Nuevamente la empresa Montedes no contempla en sus memorias de cálculo (…) y por

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10

ende en su oferta, el material granular de subbase (…) Este material granular representa una

cantidad de 204 m3 de subbase compactado para la suma de los dos ítems correspondientes a

cunetas” (según consta del criterio visible a folios 08 a 15 del expediente del recurso de

apelación) 12) Que mediante oficio No. MSA-130-2017 de fecha veintiuno de noviembre de dos

mil diecisiete, la empresa Constructora Montedes S.A. consultó a la Municipalidad licitante lo

siguiente: “En los planos constructivos se detalla que las aceras llevan 10 cm de subbase como

material de cama, pero en el cuadro de cantidades existe un renglón de pago de subbase y

préstamo. Surge la duda en la forma que se debe cotizar estos y los demás rellenos o

sustituciones de material que se presente en la ejecución. Por lo que solicitamos se nos aclare

si dentro de los ítems de pago de las aceras se debe contemplar el material de base ó si este

material se pagará mediante otro renglón de pago de subbase, base o préstamo (…)”,

aclaración que fue atendida por el señor Rafael Ángel Arrieta Naranjo, en calidad de asistente

de la Unidad Técnica, mediante correo electrónico de fecha once de diciembre de dos mil

diecisiete dirigido únicamente a la empresa consultante, sobre lo cual indicó: “Dentro de los

ítems de pago de las aceras no se debe contemplar el material de base ya que este se pagara

mediante el renglón de pago de subbase (…)” (según consta del oficio y comunicación de cita,

visibles a folio 113 a 115 del expediente del recurso de apelación) ---------------------------------------

II. Sobre la legitimación y fondo del recurso incoado. El artículo 176 del Reglamento a la

Ley Contratación Administrativa (RLCA) impone el análisis referente a la legitimación del

apelante, y sobre ese aspecto, instituye que: “Podrá interponer el recurso de apelación

cualquier persona que ostente un interés legítimo, actual, propio y directo”. En el presente caso,

dado que los argumentos en que la recurrente apoya su recurso inciden en la posibilidad de

resultar o no adjudicada, y por ende, en su legitimación, ambos aspectos, a saber, la

legitimación y el fondo, se conocerán en forma conjunta. Manifiesta el apelante que su oferta

cumpliendo con todos y cada uno de los requisitos cartelarios. En cuanto a la oferta adjudicada,

menciona que para las actividades de construcción aceras (ítems 2, 3 y 4), Constructora

Montedes S.A. no contempló el material granular de subbase el cual sirve como asiento para el

concreto que conformará la acera, según fue especificado en los planos constructivos. Continúa

indicando que en el desglose de renglones de pago no se contempla el rubro de cita, tampoco

es considerado ni mencionado en las memorias de cálculo que describen la composición del

precio de cada renglón de pago. Señala que dicho incumplimiento es evidente de la sola

estimación de las memorias de cálculo, así como del dictamen técnico que adjunta. Agrega que

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esta misma omisión de incorporar el costo del material ocurre en el caso de las cunetas

revestidas tipo IV (ítems 5 y 6) de la tabla de pagos, pues la empresa Montedes no contempla

en sus memorias de cálculo y por ende en su oferta, el material granular de subbase el cual

sirve como asiento para la cuneta. De estas omisiones concluye que la oferta adjudicada es

parcial, no abarca todo el alcance del concurso y que resultaría imposible de subsanar puesto

que afecta directamente el factor precio, con lo cual la eventual subsanación será violatoria del

principio de igualdad de oportunidades y de seguridad jurídica. Añade que resultaría incorrecto

que una administración facilite planos constructivos cuyas referencias no deban ser utilizadas

para la presupuestación del proyecto, siendo que estos reflejan todas y cada una de las

especificaciones técnicas de la obra. Afirma que no cotizar la oferta de acuerdo con lo indicado

en los planos constructivos a pesar de estos ser parte integral del cartel de licitación, podría ser

indicativo de que el oferente pretende durante la ejecución del proyecto realizar cobros por

obras adicionales, a pesar de tener conocimiento previo de los requerimientos técnicos de la

obra. En cuanto a la consulta planteada por la empresa Montedes vía correo electrónico sobre

la cotización del material, menciona que la respuesta solamente se comunicó a la empresa

adjudicataria, a pesar de demostrarse por medio de la visita pre oferta la intención de otras

personas físicas como jurídicas de participar del concurso. Continúa indicando que en cuanto a

las regulaciones del cartel, la actividad CR.301.06 Subbase de agregado triturado, graduación B

indica que el uso del material es para estructura de pavimentos, rellenos de muros y no para

cama de asiento de la acera. En cuanto a la actividad CR.615.01 (A) Aceras de hormigón

previstas para colocación de losetas tipo táctil sin figuras decorativas, menciona que las

especificaciones no regulan en ningún lado que el material granular para la cama de la acera

será pagado en la actividad CR.301.06 Subbase de agregado triturado, graduación B.

Considerar que en los canales únicamente se debía de considerar el revestimiento de concreto

es incorrecto, por cuanto en las especificaciones técnicas relacionadas a la actividad

CR.608.01(d) Canal revestido Tipo IV, concreto hidráulico se lee que se deben incluir

actividades o trabajos necesarios para cumplir totalmente con lo especificado en este renglón.

Estima que las afirmaciones de la administración al indicar que su representada no conocía de

la evaluación de los ítems de pago por no participar de la visita pre oferta, la participación a la

misma no debía ser impedimento para la participación en igualdad de condiciones para todos

los oferentes, en evidente violación a los principios de la materia de contratación administrativa.

El Adjudicatario alega que la recurrente no logra demostrar su mejor derecho ya que no realiza

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un ejercicio mediante la aplicación el sistema de evaluación de cómo se beneficiaría del

presente concurso. Menciona que desde el cartel se estableció la importancia de que los

posibles oferentes, antes de someter su oferta, visiten el sitio por lo cual se coordinó dicha visita

conjunta con personeros de la Municipalidad y las empresas. Expone que en dicha visita se

realizaron una serie de aclaraciones técnicas que los oferentes debían aplicar en sus

respectivas ofertas; sobre lo cual destaca que Constructora MECO S.A no participó de dicha

visita. Menciona que en esa oportunidad, la Municipalidad explicó la forma en que se iban a

realizar los trabajos y también quedó muy claro que los planos constructivos eran para la etapa

de ejecución, no para el presupuesto, puesto que el presupuesto de oferta se debía realizar

mediante la tabla de cantidades suministrada. Remite al cuadro de cantidades brindado por la

Municipalidad de Orotina, para distinguir que existe un rubro que se denomina CR.301.06

Subbase de agregado triturado, graduación B. Visto lo anterior, Constructora Meco realiza

aseveraciones sin fundamentación técnica válida, ya que existen incluso ítems de pago que no

se encuentran en los planos, como por ejemplo el 8, 14 y 15, debido a que se utilizarán cuando

una actividad lo amerite. Por otra parte menciona, que mediante oficio MSA-130-2017, realizó

diversas solicitudes para aclarar varios aspectos del cartel, entre estos la forma de cotizar los

ítems de acera, a lo que recibió respuesta del Sr. Rafael Arrieta Naranjo, Asistente de la UTGV.

Concluye que su representada no omitió la colocación de ese material en la memoria de

cálculo, al contrario, ofertó todas las necesidades de la Administración contratante para así

poder establecer un precio razonable, ajustado a los requerimientos de la Administración. A su

criterio, la prueba aportada por el apelante se aparta de los lineamientos técnicos dictados por

la Administración toda vez que las actividades solo deben contemplar el revestimiento de

concreto en los canales, cunetas y contracunetas y que la construcción de obras previo a su

revestimiento se pagará por otros ítems de pago contenidos en esta contratación como por

ejemplo excavación en la vía y subbase granular triturado graduación B. La Municipalidad

responde que los reclamos del apelante se basan directamente en la forma en que se

encuentran representados los elementos de aceras y cunetas en los planos del proyecto y no

en la manera como fue aclarada la forma de evaluar los ítems de pago tanto en la visita previa,

como el desglose de los mismos en los documentos relacionados con la aclaración publicada el

día diecisiete de noviembre de dos mil diecisiete. Señala que la empresa apelante no asistió a

la reunión de visita previa, como se puede constatar en la lista de asistencia, lo cual es

relevante toda vez que en dicha sesión se discutió el tema de cómo evaluar los ítems de pago y

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específicamente para las aceras como las cunetas solo debía considerarse el suministro de

concreto, pigmentos y adoquines y mano de obra de su colocación en la forma que lo indican

los distintos detalles de planos. Con relación los demás ítems complementarios a las aceras

(movimientos de tierra, demoliciones, colocación de subbase y colocación de losetas táctiles),

estos se encuentran contemplados en otros ítems respectivos de pago. Explica que la empresa

Constructora Montedes S.A. presentó una consulta relacionada directamente con este tema, lo

cual fue atendido e incorporado al expediente. Criterio de la División: En el caso de análisis,

consta que la Municipalidad de Orotina promovió una licitación pública con el objeto de

contratar “obra total para la elaboración del Proyecto de Conectividad y Espacios Públicos en el

casco urbano de Orotina” (hecho probado 1), proyecto que se define desde la cláusula II del

pliego denominada Descripción de la Compra: “construcción y reconstrucción de 2,5 kilómetros

de aceras y sistemas de drenajes, para la conectividad entre sectores de importancia para el

peatón, pretendiéndose mejorar su transitabilidad con anchos de vía que cumplan con las

normativas vigentes, como también asegurarse la adecuada conducción de las aguas pluviales

con obras de cunetas revestidas, cordones de caño, pasos de alcantarilla y alcantarillados

pluviales, etc., construcción de espacios públicos, con su respectiva arborización, así como las

obras necesarias para poder reintegrar los servicios públicos a los habitantes en la zona de

intervención” (folio 104 del expediente administrativo). En dicho concurso, participaron las

empresas Constructora Meco S.A., Pavicen Limitada, Sistemas y Construcciones AG Limitada y

Constructora Montedes S.A. (hecho probado 4), de las cuales resultaron elegibles la empresa

adjudicataria Constructora Montedes S.A. y en segundo orden de calificación, la apelante

Constructora Meco S.A. (hecho probado 9). Ahora bien, la empresa apelante ha señalado que

la oferta cotizada por Constructora Montedes es una oferta parcial y por tanto incierta, toda vez

que dejó de cotizar el material granular de subbase para las actividades de aceras y cunetas,

con lo cual corresponde contextualizar la discusión a partir de las regulaciones específicas del

cartel. Se desprende de las especificaciones técnicas, que para la construcción de aceras y

obras relacionadas la Municipalidad consolidó sesenta renglones de pago, cada uno de ellos

con su respectivo conjunto de especificaciones técnicas. En el caso de los renglones de acera,

se desprende del cartel lo siguiente:

Reglón de pago

Descripción del renglón Unidad de

pago

CR.615.01 (A)

Aceras de hormigón previstas para colocación de losetas tipo tactil sin figuras decorativas. m2

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(…) d.) Base de pago: Las cantidades aceptadas de aceras, determinadas según se indicó

anteriormente serán pagadas al precio unitario contratado, por metro cuadrado para aceras de

hormigón cemento Portland.

Reglón de pago

Descripción del renglón Unidad de

pago

CR.615.01 (B)

Aceras de hormigón previstas para colocación de losetas tipo tactil con figuras decorativas: (semicírculos) de adoquín.

m2

(…) CR.615.01 (C) Aceras de hormigón previstas para colocación de losetas tipo táctil

con figuras decorativas (semicírculos) de adoquín y figuras (semicírculos) con

pigmentos de color (…) Las especificaciones del ítem anterior aplican para esta actividad en

todo lo especificado, (…)” (folios 133 a 143 del expediente administrativo). Por otra parte, se

observan las regulaciones específicas para los renglones de canal revestido que en efecto

señalan:

Reglón de pago

Descripción del renglón Unidad de

pago

CR.608.01 (d) Canal revestido Tipo IV, concreto hidráulico m2

(…)Base para el pago: Las cantidades aceptadas de Canal revestido Tipo IV, concreto

hidráulico, incluye los trabajos que sean necesarios para preparar las superficies a revestir, el

suministro y del concreto de revestimiento especificado, incluso la construcción de juntas,

morteros, moldeo, curado y demás actividades o trabajos necesarios para cumplir totalmente

con lo especificado en este renglón de pago. (…)

Reglón de pago

Descripción del renglón Unidad de

pago

CR.608.01 (e) Canal revestido Tipo IV, concreto hidráulico (con paredes verticales)

m2

Este renglón de pago se refiere, al igual que para el caso anterior, al revestimiento de concreto

de canales, cunetas, contra cunetas y otras obras de características similares que sean

establecidas en los documentos del Proyecto. Sin embargo está compuesta por paredes

verticales cuyo proceso constructivo difiere del anterior por esa condición. (…)” (folios 143 y 144

del expediente administrativo) Finalmente, en cuanto al material de subbase el cual se

encuentra en discusión, el renglón respectivo viene a señalar lo siguiente: “CR 307.06 Subbase

de agregados graduación B, (…) Base para el pago: Las cantidades aceptadas de

extracción, proceso, carga, acarreo, colocación y compactación de materiales para subbase,

será pagado al precio unitario del contrato por metro cúbico de material medido en el sitio de

obra debidamente compactado, de acuerdo con las dimensiones teóricas de ancho, espesor y

largo requeridas en el contrato, cuyo precio y pago se considerará como compensación total por

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el equipo, materiales, señalización, elementos de visualización y mano de obra necesarios para

realizar el trabajo descrito. a.) Requisitos El trabajo consiste en el suministro, colocación y

compactación de material de base subbase según las especificaciones y lineamientos

contemplados en el apartado 301 del CR2010. Entre los trabajos contemplados a elaborar

mediante este renglón de pago se pueden mencionar el restablecimiento de estructura de

pavimento en sectores intervenidos mediante muros de contención, alcantarillas, obras menores

de mejoramiento, entre otros. El trabajo cubierto por esta sección consistirá en la colocación y

compactación, en las secciones indicadas y en el espesor definido por la Unidad de

Supervisión, de una capa de base granular triturada distribuido con equipo y maquinaria de

acuerdo con el Artículo 301 del CR-2010” (folio 150 del expediente administrativo).

Complemento de los aspectos técnicos regulados para cada caso concreto y sus

correspondientes métodos de pago, la Municipalidad publicó una aclaración en el Diario Oficial

La Gaceta No. 218 del diecisiete de noviembre de dos mil diecisiete: “(…) se refiere a una tabla

tipo sumario que debe de ser llenada por las empresas interesadas en ofertar para dicho

proyecto. El costo total del proyecto deberá considerar el sumario de cantidades y el

oferente deberá de desglosado en su oferta. Dicho sumario lo pueden solicitar en el Edificio

Municipal (…)”; formulario que fue remitido a solicitud de los interesados y consta de la

siguiente información:

Reglón de pago Descripción del renglón Unidad de pago Cantidad

CR.110.06 Trabajos a costo más porcentaje Global 1,00

CR.615.01 (A) Aceras de hormigón previstas para colocación de losetas tipo tactil sin figuras decorativas. m2 340,00

CR.615.01 (B) Aceras de hormigón previstas para colocación de losetas tipo tactil con figuras decorativas: (semicírculos) de adoquín.

m2 3.150,00

CR.615.01 (C) Aceras de hormigón previstas para colocación de losetas tipo táctil con figuras decorativas (semicírculos) de adoquín y figuras (semicírculos) con pigmentos de color.

m2 1.400,00

CR.608.01 (d) Canal revestido Tipo IV, concreto hidráulico m2 540,00

CR.608.01 (e) Canal revestido Tipo IV, concreto hidráulico (con paredes verticales) m2 1.500,00

CR.609.02 Cordón y cuneta de concreto de cemento hidráulico m 450,00

CR.554.01 Acero de refuerzo G40 kg 8.000,00

CR.202.04(A) Remoción individual de árboles (15cm hasta 40cm diámetro) Unidad 2,00

CR.202.04(B) Remoción individual de árboles (de 40cm hasta 1,00m diámetro) Unidad 5,00

CR.201.03 Remoción de árboles de gran tamaño Unidad 2,00

CR.301.03 Base de agregado triturado, graduación C m3 300,00

CR.301.06 Sub-base de agregado triturado, graduación B m3 1.600,00

CR 204.01 Excavación en la vía m3 250,00

CR 209.01 Excavación para estructuras m3 3.000,00

CR 204.05 Material de Préstamo selecto– Caso 2 m3 1.150,00

CR.552.01 (a) Concreto estructural clase A (255 Kg/cm2) m3 400,00

CR.552.01 (d) Concreto estructural clase X (180 Kg/cm2) m3 20,97

CR.602.01 Tubería de concreto reforzado Clase III - C 76, diámetro 450 mm m 12,50

CR.602.01 (A) Tubería de concreto reforzado Clase III - C 76, diámetro 600 mm m 65,00

CR.602.01 (B) Tubería de concreto reforzado Clase III - C 76, diámetro 760 mm m 10,00

CR.602.01 (C) Tubería de concreto reforzado Clase III - C 76, diámetro 800 mm m 90,00

CR.602.01 (D) Tubería de concreto reforzado Clase III - C 76, diámetro 910 mm m 35,00

CR.602.01 (E) Tubería de concreto reforzado Clase III - C 76, diámetro 1070 mm m 100,00

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CR.602.01 (F) Tubería de concreto reforzado Clase III - C 76, diámetro 1220 mm m 115,00

CR.602.01 (G) Tubería de concreto sin refuerzo Clase I - C 14, diámetro 450 mm m 20,00

CR.602.01 (H) Tubería de concreto reforzado Clase I - C 14, diámetro 600 mm m 260,00

CR.602.01 (I) Tubería de concreto reforzado Clase I - C14, diámetro 800 mm m 85,00

M-20 (D) Descuaje de árboles por hora h 30,00

CR.302.03 Aplicación de Cemento portland Ton 15,00

M-46 (A) Demolición de estructuras de concreto m3 40,00

M-46 (B) Demolicion de aceras de concreto, losas peatonales o vehiculares o entrada a propiedad privada

m2 4.000,00

M-46 (C) demolicion de caños ubicados del cementerio municipal hacia el centro urbano de orotina. m 1.550,00

M-46 (D) Demolición o remoción de entradas en metal o acero m 70,00

M-46 (E) Demolición de cordón y caño existente m 400,00

CR.604.07 (A) Tapa en hierro colado rectangular con detalles de gravado a solicitar por la municipalidad de orotina (Tapas de cabezales y cajas de registro)

Unidad 20,00

CR.604.07 (B) tapa de caja de registro redonda según detalle (Tapas de cabezales y cajas de registro) Unidad 10,00

CR.607.09 (C) parrilla de hierro colado para tragante según detalle ((Marcos metálicos y parrillas) Unidad 2,00

CR.607.09 (D) parrila para tragante tipo AyA (Marcos metálicos y parrillas) Unidad 10,00

M-41 (A) Bacheo con mezcla asfáltica en caliente ton 500,000

OI- 01 Instalación de Losetas Tipo Táctil de guía m 2.750,00

OI- 02 Instalación de Losetas Tipo Táctil de prevención m2 50,00

OI- 03 Baranda protectora peatonal tramo 2 y tramo 8 m 335,00

OI-04 Parrilla Paso Peatonal elevado Global 2,00

OI-05 Pared de Block de 15x20x40 cm celdas llenas m2 120,00

OI-06 Pared de Block de 20x20x40 cm celdas llenas m2 30,00

OI-07 Espacio público área a intervenir - tramo 4 Global 1,00

OI-08 Zonas verdes con arbustos m 260,00

OI-09 Impermeabilización de Cuneta Existente con mortero de Base Cementicia m2 250,00

OI-10 Pintura del borde de las aceras en los cruces de calles m 600,00

CR.634.02 Pintura Señalamiento (Sendas peatonales) m2 6,00

OI-11 Re ubicación de medidores existentes o ubicación de medidores nuevos (Agua potable) Unidad 160,00

OI-12 (A) Instalación de tubería Pluvial (Sanitario) 100 mm m 600,00

OI-12 (B) Instalación de tubería Pluvial (Sanitario) 150 mm m 120,00

OI-12 (A1) Instalación de codo 90 o unión simple Pluvial (Sanitario) 100 mm Unidad 200,00

OI-12 (B1) Instalación de codo 90 o unión simple pluvial (Sanitario) 150 mm Unidad 40,00

OI-13 (A) Reconstrucción de toma o prevista Domiciliaria de PVC m 375,00

OI-13 (B) Reconstrucción de toma o prevista Domiciliaria con Sistema de polietileno de alta densidad (HDPE)

m 120,00

CR.633.01 Instalación de señal (Incluye Rotulo R-1-1 y R-1-5) Unidad 2,00

OI-14 Reparación de tubería Tipo RIB LOC de 1500 mm de diámetro interno. m 6,00

OI-15 Instalación de Malla Electro soldada m2 400,00

(hecho probado 2). De las piezas anteriores es posible entender, que el precio total del proyecto

debía de cotizarse en los términos en que así lo dispuso la Municipalidad, sea conforme a las

cantidades asignadas por cada renglón de pago relacionado. En el caso de análisis, se observa

que ambas empresas, Constructora Meco y Constructora Montedes cotizaron el objeto de

conformidad con el sumario requerido por la Administración (hechos probados 5 y 7). Ahora

bien, en el caso de Montedes, se tiene por acreditado que con su oferta aportó las memorias de

cálculo para cada uno de los sesenta renglones de pago de la contratación, entre las cuales se

observan las referidas a las aceras y canales revestidos con sus respectivos materiales:

Reglón de pago

Descripción del renglón Unidad de pago

Cantidad Materiales

CR.615.01 (A) Aceras de hormigón previstas para colocación de losetas tipo tactil sin figuras decorativas.

m2 340

dispositivos de seguridad, pruebas de concreto, concreto premezclado en sitio, formaleta, herramientas manuales, curador, suministro de agua, consumibles

CR.615.01 (B) Aceras de hormigón previstas para colocación m2 3.150,00 dispositivos de seguridad, pruebas de concreto,

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de losetas tipo tactil con figuras decorativas: (semicírculos) de adoquín.

concreto premezclado en sitio, formaleta, herramientas manuales, curador, suministro de agua, consumibles, arena en sitio, adoquín según planos

CR.615.01 (C)

Aceras de hormigón previstas para colocación de losetas tipo táctil con figuras decorativas (semicírculos) de adoquín y figuras (semicírculos) con pigmentos de color.

m2 1.400,00

dispositivos de seguridad, pruebas de concreto, concreto premezclado en sitio, formaleta, pigmento de color, herramientas manuales, curador, suministro de agua, consumibles, arena en sitio, adoquín según planos

CR.608.01 (d) Canal revestido Tipo IV, concreto hidráulico m2 540 dispositivos de seguridad, pruebas de concreto, concreto premezclado, en sitio formaleta, herramientas manuales, curador

CR.608.01 (e) Canal revestido Tipo IV, concreto hidráulico (con paredes verticales)

m2 1.500,00 dispositivos de seguridad, pruebas de concreto, concreto premezclado en sitio, formaleta, herramientas manuales, curador

(hecho probado 8). Ciertamente se observa que en ninguno de los casos se cotizó el

denominado material de subbase granular tal cual lo manifiesta el apelante. No obstante lo

anterior, se observa que Montedes incorporó una memoria de cálculo para el renglón

denominado Subbase de agregado triturado, graduación B por una cantidad total de 1600 m3

(hecho probado 8), cantidad que coincide con el detalle de unidades brindado por la

Administración en el respectivo sumario de cantidades. El apelante, con su ejercicio recursivo

aportó el criterio técnico del Ingeniero Civil Oscar Martínez Martínez elaborado en fecha del

diecisiete de enero de dos mil dieciocho, del cual se desprende: “1. En las actividades para la

construcción de las aceras, ítems 2, 3 y 4 de la tabla de pagos, la empresa Montedes, no

contempla en sus memorias de cálculo (…) y por ende en su oferta, el material granular de

subbase. Ese material granular representa una cantidad de 489m3 de subbase compactada;

unos 590 m3 sueltos aproximadamente, para el total de los tres ítem, resultado de la sumatoria

de los metros cuadrados de acera (4890 m2) por el espesor de subbase requerido (10cm). El

material granular ausente, está especificado en los planos constructivos que forman parte del

cartel de licitación (…) y corresponde al material de asiento o de “cama” para las aceras. (…) 2.

Situación idéntica a la descrita anteriormente se presenta en las actividades para la

construcción de las cunetas revestidas tipo IV, ítems 5 y 6 de la tabla de pagos. Nuevamente la

empresa Montedes no contempla en sus memorias de cálculo (…) y por ende en su oferta, el

material granular de subbase (…) Este material granular representa una cantidad de 204 m3 de

subbase compactado para la suma de los dos ítems correspondientes a cunetas” (hecho

probado 11). De su prueba, es posible desprender que para el total de actividades que ha

venido a esgrimir, se requiere un total 693m3 de material, conforme a los planos. Sobre el

particular es importante resaltar, que en este caso representa un hecho no controvertido por las

partes que tanto la construcción de aceras como los canales revestidos requieren el

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componente de subbase. En lo que difiere el argumento del apelante con respecto a lo indicado

por la Municipalidad y Montedes es la forma en que este debía de cotizarse. En el caso del

apelante, sostiene que el material debía de cotizarse en los elementos de aceras y cunetas,

considerando que el material es necesario para cada una de las estructuras de frente al diseño

de los planos, mientras que la Municipalidad y Montedes afirman que el oferente debía de

cotizarlos según fueron desagregados en el sumario, lineamientos que en apariencia fueron

expuestos en una visita de preoferta. Según lo menciona la Municipalidad, en dicha visita “se

trató el tema de cómo evaluar los ítems de pago y específicamente que tanto para las aceras

como las cunetas solo debía considerarse, en el momento de presupuestarlos, el suministro de

concreto, pigmentos y adoquines como la mano de obra de su colocación en la forma que lo

indican los distintos detalles de planos (…)” (folio 88 del expediente del recurso de apelación).

En relación a esta visita, consta que la misma se realizó en fecha diecisiete de noviembre de

dos mil diecisiete, sobre lo cual se levantó el respectivo registro de asistencia (hecho probado

3), sin embargo, debe resaltarse que en el expediente administrativo del concurso no consta el

acta en la cual se hayan asentado las formulaciones realizadas en dicha visita a los asistentes.

Aún y cuando dicha acta fuese incorporada al expediente, su contenido sería meramente

informativo, al plasmar por escrito que la visita realmente se llevó a cabo en las condiciones que

así haya determinado la Administración. En respuesta a lo anterior, la apelante ha destacado

que la visita, al no constituir un requisito de admisibilidad no puede impedir la participación de

los oferentes en igualdad de condiciones, y en consecuencia ésta es contraria a los que rigen la

materia. Al respecto, no lleva razón el apelante en el sentido de que no se ha demostrado que

las valoraciones realizadas en tal visita hayan modificado en forma alguna las cláusulas del

cartel, sobre lo cual le correspondería en todo caso a la Administración modificar el cartel si se

pretendía variar el requisito, todo conforme el artículo 60 del Reglamento a la Ley de

Contratación Administrativa. Conviene resaltar incluso que para esa misma fecha, se publicó en

un diario de circulación nacional, cuál era el formato para cotizar el objeto en este caso, lo cual

sí consta a nivel de expediente y viene a complementar el cartel. Esta información fue de

conocimiento del apelante toda vez que su oferta se ajustó al desglose allí requerido por la

propia Municipalidad. Por otra parte, la adjudicataria Montedes manifestó que en su caso realizó

directamente la consulta a la Administración, para lo cual solicitó mediante el oficio No. MSA-

130-2017 de fecha veintiuno de noviembre de dos mil diecisiete lo siguiente: “En los planos

constructivos se detalla que las aceras llevan 10 cm de subbase como material de cama, pero

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en el cuadro de cantidades existe un renglón de pago de subbase y préstamo. Surge la duda en

la forma que se debe cotizar estos y los demás rellenos o sustituciones de material que se

presente en la ejecución. Por lo que solicitamos se nos aclare si dentro de los ítems de pago de

las aceras se debe contemplar el material de base ó si este material se pagará mediante otro

renglón de pago de subbase, base o préstamo (…)”, aclaración que fue atendida por el señor

Rafael Ángel Arrieta Naranjo, en calidad de asistente de la Unidad Técnica, mediante correo

electrónico de fecha once de diciembre de dos mil diecisiete dirigido únicamente a la empresa

consultante, sobre lo cual indicó: “Dentro de los ítems de pago de las aceras no se debe

contemplar el material de base ya que este se pagara mediante el renglón de pago de subbase

(…)” (hecho probado 12) Sobre esta información en concreto, conviene resaltar que el oficio

mencionado ni así su respuesta constan incorporados al expediente administrativo de análisis

en los términos que regula el artículo 60 RLCA, sino que han sido aportados en el trámite del

recurso. Ante la ausencia de esta información en el expediente administrativo con la adecuada

difusión de la misma a todos los oferentes, su contenido no podría entenderse como válida por

cuanto se desconoce desde las piezas que integran todas las actuaciones en el concurso. Cabe

mencionar que aún y cuando las afirmaciones que se vertieron a partir de la aclaración brindada

a la empresa Montedes se hubiesen consignado en el expediente en los términos que regula la

normativa, estas no conceden en forma alguna ventaja indebida al oferente. Lo anterior, en la

medida que como se indicó en párrafos anteriores, la Municipalidad puso en conocimiento de

todos los oferentes el formato definitivo para cotizar la totalidad de los renglones del proyecto, a

lo cual sí tuvo acceso el apelante. Finalmente, el apelante estima que en ninguna de las

cláusulas del pliego cartelario se logra apreciar que el material granular debiera cotizarse en el

renglón de subbase, puesto que el propio ítem en sus especificaciones no distingue que este

material corresponda al necesario para las aceras y cunetas. Al respecto, este órgano contralor

estima que su línea argumentativa carece de fundamento, toda vez que de la lectura de las

especificaciones técnicas se desprende cuál sería la base del pago para cada uno de los

elementos, conforme a la unidad de medida y de conformidad a las cantidades dispuestas en el

sumario del objeto. En ese sentido, no se tiene por demostrado que la empresa Montedes haya

omitido cotizar este aspecto en su oferta por el sólo hecho de que el material no haya sido

incorporado en las memorias para los ítem de acera y canal revestido (hecho probado 8),

cuando de su oferta consta por separado una memoria de cálculo para 1600m3 de subbase de

agregados graduación B (hecho probado 8), que para este proyecto solicitó la Administración.

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De esta manera, el apelante no ha logrado demostrar que la oferta económica de la oferente

Montedes en efecto haya omitido material que se discute para entender que se trata de un

precio incompleto. Vale mencionar, que el apelante tampoco ha abordado las razones por las

cuales no podría entenderse que el costo de 693m3 de material por concepto de aceras y

canales (conforme lo estimó en su prueba técnica) no pueda ser asumido dentro del total de

1600m3 según lo ha requerido la Administración, sea que el material requerido en el sumario

resulte insuficiente para atender el objeto contractual por ejemplo, basado en los planos

aportados por la administración. Este ejercicio de fundamentación cobra especial relevancia, en

la medida que se ha verificado de la propia oferta de Constructora Meco, que esta empresa

desagregó material no sólo en el renglón respectivo de subbase de agregado triturado, sino

también de forma adicional en cada una de las memorias para aceras de hormigón y canales:

Reglón de pago

Descripción del renglón Unidad de pago

Cantidad Materiales

CR.615.01 (A) Aceras de hormigón previstas para colocación de losetas tipo tactil sin figuras decorativas.

m2 340 Concreto premezclado puesto en sitio, material granular, sello juntas, formaleta, curador de concreto

CR.615.01 (B) Aceras de hormigón previstas para colocación de losetas tipo tactil con figuras decorativas: (semicírculos) de adoquín.

m2 3.150,00

Concreto premezclado puesto en sitio, material granular, sello juntas, formaleta, curador de concreto, adoquínes según especificaciones, cama de arena, toba de cemento.

CR.615.01 (C)

Aceras de hormigón previstas para colocación de losetas tipo táctil con figuras decorativas (semicírculos) de adoquín y figuras (semicírculos) con pigmentos de color.

m2 1.400,00

Concreto premezclado puesto en sitio, material granular, sello juntas, formaleta, curador de concreto, adoquínes según especificaciones, concreto premezclado de color puesto en sitio, cama de arena

CR.608.01 (d) Canal revestido Tipo IV, concreto hidráulico m2 540 Concreto premezclado puesto en sitio, subbase, formaleta, curador de concreto

CR.608.01 (e) Canal revestido Tipo IV, concreto hidráulico (con paredes verticales)

m2 1.500,00 Concreto premezclado puesto en sitio, subbase formaleta, curador de concreto, acero de refuerzo

CR.301.06 Sub-base de agregado triturado, graduación B m3 1.600,00 Material de subbase, precio unitario total de ¢13.984,03

(hecho probado 6). Este razonamiento es fundamental, en la medida que la carga de la prueba

recae sobre quien alega el incumplimiento, en este caso la empresa apelante que como parte

de su giro comercial precisamente conoce el comportamiento de este tipo de actividades, por lo

que le corresponde desarrollar en su argumentación las razones por las cuales determina que

el precio ofrecido no contempla la totalidad del material que se requiere según el contenido de

la oferta integralmente considerado y que se ha referido como inclusivo de otros aspectos no

analizados por la empresa recurrente. Este análisis no fue realizado por la empresa recurrente

ni el recurso ni con la audiencia especial que le fue conferida en virtud de las manifestaciones

aportadas por la empresa adjudicataria y la Municipalidad. De este modo, Constructora Meco no

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ha logrado acreditar que la empresa adjudicataria cotizara un precio incompleto que en

consecuencia resulte inaceptable en los términos que regula la normativa, y que amerite la

exclusión de la oferta, por lo que procede declarar sin lugar el recurso. Así las cosas, este

órgano contralor estima que el resultado de la adjudicación permanece invariable a favor de

Constructora Montedes S.A. (hechos probados 9 y 10).------------------------------------------------------

POR TANTO

De conformidad con lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 182, 183 y 184, de la

Constitución Política; 28 y 37 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, 84,

85, 86, 88 de la Ley de la Contratación Administrativa; 168, 177, 178, 179 y 180 del Reglamento

a la Ley de Contratación Administrativa, SE RESUELVE: 1) DECLARAR SIN LUGAR el recurso

interpuesto por la empresa CONSTRUCTORA MECO S.A., en contra del acto de adjudicación

de la Licitación Pública 2017LN-000001-01, promovida por la MUNICIPALIDAD DE

OROTINA, para la contratación de “contratación por obra total para la elaboración del proyecto

de conectividad y espacios públicos en el casco urbano de Orotina”, acto recaído a favor de

CONSTRUCTORA MONTEDES S.A. por el monto de ¢599.997.655,06 (quinientos noventa y

nueve millones novecientos noventa y siete mil seiscientos cincuenta y cinco colones con seis

céntimos), acto que se confirma. 2) De conformidad con el artículo 90 de la Ley de

Contratación Administrativa se da por agotada la vía administrativa.--------------------------------------

NOTIFÍQUESE. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------

Allan Ugalde Rojas

Gerente de División

Marlene Chinchilla Carmiol Elard Gonzalo Ortega Pérez

Gerente Asociada Gerente Asociado

Estudio y redacción: Marcia Madrigal Quesada, Fiscalizadora Asociada MMQ/chc NI: 1110, 1595, 1733, 2626, 2845, 3931, 4454, 6865, 8881, 8888, 8903. NN: 4797 (DCA-1268) G: 2017003692-3