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PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA No. ANH-12-LP-2015
PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES
“ESTUDIO INTEGRADO DE LOS NÚCLEOS EN LAS CUENCAS DE INTERÉS DE LA ANH – FASE II- ANALISIS DE LABORATORIO”.
Bogotá, Junio de 2015
Licitación Pública No. ANH-LP-12-2015 Proyecto de Pliego de Condiciones
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PRESUPUESTOS La Agencia Nacional de Hidrocarburos, ANH está interesada en recibir Propuestas en desarrollo del presente Procedimiento de Licitación Pública. A continuación se establecen Premisas Esenciales de este Procedimiento de Selección de Contratistas, que deben ser comprendidas, tomadas en consideración y observadas integralmente para participar en el mismo. 1. El presente Pliego de Condiciones, sus Anexos y Formatos, así como eventuales
modificaciones, ajustes, supresiones, aclaraciones, precisiones o adiciones al mismo, que
se adoptarán siempre mediante Adenda, junto con el ordenamiento superior aplicable,
constituyen las reglas que regirán este Procedimiento de Selección de Contratistas; la
Habilitación de los Proponentes; la presentación, examen y calificación de las Propuestas,
y la adjudicación del Contrato proyectado, o la declaratoria de desierta de la Licitación,
de ser ello procedente en derecho.
2. La ANH se reserva la facultad de introducir modificaciones, ajustes, supresiones,
aclaraciones, precisiones o adiciones al Pliego de Condiciones, incluida la prórroga de los
plazos parciales y total de las distintas etapas del Procedimiento, y, en general, de variar
el Cronograma, en armonía con el ordenamiento superior y en las oportunidades de ley.
3. Al presentar Propuesta y someter a la ANH los documentos para Habilitación junto con
aquella, los interesados aceptan la totalidad de los términos, condiciones, requisitos,
exigencias, compromisos, obligaciones y plazos previstos en los Documentos de este
Procedimiento de Selección, incluidos pero sin limitarse a ellos, el Pliego de Condiciones
y sus Anexos y Formatos, entre ellos, la Minuta del Contrato por celebrar.
En consecuencia, cualquier inexactitud, inconsistencia, contradicción con la realidad,
desviación, omisión, salvedad, excepción o condicionamiento que se introduzca en los
documentos que integran la Propuesta; la modificación o adición a los mismos, que
comporte desconocimiento del régimen jurídico o del Pliego de Condiciones, así como la
falta de los requisitos mínimos que deben reunir tales documentos, no subsanable de
acuerdo con la ley, dará lugar a que el Proponente no sea Habilitado o a que su Propuesta
no sea admisible o elegible, y, en consecuencia, a su rechazo, sin perjuicio de los demás
efectos previstos en el ordenamiento superior o en dicho Pliego de Condiciones.
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4. Con la presentación de su Propuesta, el respectivo Proponente Individual o todos los
integrantes de Proponentes Plurales aceptan y declaran expresamente:
4.1 Que mantienen vigente y con plena fuerza vinculante su Propuesta, por término
mínimo de tres (3) meses, contados a partir de la fecha de su entrega, según el
Cronograma, o de cualquiera de sus prórrogas, de adoptarse. En consecuencia, la
misma será obligatoria e irrevocable durante ese término y, de extenderse, durante
el tiempo establecido en la correspondiente Adenda.
4.2 Que tuvieron acceso, conocieron y examinaron todos y cada uno de los Documentos
del Procedimiento, incluidos pero sin limitarse a ellos: (i) el Pliego de Condiciones y
sus Anexos y Formatos, entre ellos, la Minuta del Contrato proyectado; (ii) las
Adendas a los mismos; (iii) las aclaraciones y las respuestas de la ANH a las
solicitudes de ajuste y a las observaciones formuladas por los interesados en torno
al Pliego de Condiciones y, en general, a tales Documentos.
4.3 Que consultaron y analizaron toda la información requerida para preparar y
presentar los documentos de Habilitación y para elaborar y formular su Propuesta,
incluida la Oferta Económica.
4.4 Que los Documentos del Procedimiento son completos y adecuados para preparar y
formular Propuesta, y para identificar con precisión el objeto y alcance del Contrato
por celebrar, así como las prestaciones, compromisos y obligaciones a cargo de cada
una de las partes, y, en general, las estipulaciones de aquel.
4.5 Que conocen y aceptan la totalidad de los términos, condiciones, requisitos,
exigencias, compromisos, obligaciones y plazos previstos en los Documentos de este
Procedimiento de Selección, incluidos pero sin limitarse a ellos, el Pliego de
Condiciones y sus Anexos y Formatos, incluida la Minuta del Contrato por celebrar,
de manera que cualquier inexactitud, inconsistencia, contradicción con la realidad,
desviación, omisión, salvedad, excepción o condicionamiento que se introduzca en
los documentos que integran la Propuesta; la modificación o adición a los mismos,
que comporte desconocimiento del Pliego de Condiciones, así como la falta de los
requisitos mínimos establecidos para dichos documentos, no subsanables de
acuerdo con la ley y el mismo Pliego, dan lugar a que el Proponente no sea Habilitado
o a que su Propuesta no sea admisible o elegible, y, en consecuencia, a su rechazo,
sin perjuicio de los demás efectos previstos en el ordenamiento superior o en el
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Pliego de Condiciones.
4.6 Que toda la información contenida en su Propuesta es exacta, fehaciente y veraz,
circunstancia que declaran bajo la gravedad del juramento, al punto que aceptan
expresamente la facultad de la ANH para verificarla y confirmarla; para negar la
Habilitación o revocarla; para rechazar la Propuesta; para abstenerse de adjudicar o
para revocar la adjudicación ya realizada, y aún para terminar cualquier eventual
Contrato, de haberse presentado datos contrarios a la realidad, previo procedimiento
que asegure los derechos de defensa, contradicción y debido proceso.
4.7 Que, por consiguiente, autorizan expresa e irrevocablemente a la ANH para verificar
toda la información aportada para efectos de Habilitación y Propuesta, incluidos cada
uno de los documentos y soportes presentados para acreditar Capacidad y obtener
Contrato, facultad que se reserva la Entidad en todo momento, sea anterior o
posterior a tal Habilitación, a la adjudicación del Procedimiento y a la celebración del
correspondiente Contrato, en razón del interés público general involucrado en la
actuación.
4.8 Que, como quiera que con arreglo a los principios de transparencia y publicidad, las
actuaciones contractuales de la ANH son públicas y los expedientes que las
contengan están abiertos al público, conocen y aceptan expresamente que la
información de los documentos de Habilitación y de su Propuesta es igualmente
pública, salvo aquellos aspectos o materias amparados legalmente por reserva o
confidencialidad, que deben ser debidamente identificados, con la indicación expresa
de la o las disposiciones superiores que sirven de fundamento a tales reserva o
confidencialidad.
4.9 Que ni el Proponente Individual ni los integrantes de Proponentes Plurales: (i) se
encuentran incursos en causal de inhabilidad, incompatibilidad, prohibición o
conflicto de interés para contratar con la ANH, de acuerdo con la Constitución Política
y la ley; (ii) se hallan en proceso de liquidación judicial o circunstancia semejante
según la legislación del país de origen, como quiebra, liquidación voluntaria o forzosa
y, en general, en cualquier proceso o circunstancia que tenga como consecuencia la
extinción de la persona jurídica; (iii) tienen litigios pendientes, procesos
jurisdiccionales en curso o se hallan en otra situación o contingencia que pueda
comprometer materialmente el cumplimiento oportuno, eficaz y eficiente de las
prestaciones, obligaciones y compromisos derivados de una eventual adjudicación,
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o de la posible celebración, ejecución o terminación del Contrato que llegue a
suscribirse, casos en los cuales se procederá conforme a este Pliego de Condiciones.
4.10 Que ni el Proponente Individual ni los integrantes de Proponentes Plurales han
permitido ni permitirán que sus operaciones hayan sido o sean utilizadas como
instrumento para ocultar, manejar, invertir o aprovechar -en cualquier forma- dinero
u otros bienes provenientes de actividades delictivas o destinados a su financiación,
o para dar apariencia de legalidad a actividades contrarias a la ley penal o a
transacciones y fondos vinculados con las mismas.
4.11 Que ni el Proponente Individual ni los integrantes de Proponentes Plurales, sus
socios o administradores se encuentran reportados en la última publicación del
Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República, ni figuran
con antecedentes disciplinarios en la Procuraduría General de la Nación, que
comporten inhabilidad, salvo que se trate de sociedades comerciales abiertas o
inscritas en bolsas de valores, casos en los cuales el presente requisito no es
aplicable a los socios.
4.12 Que el Proponente Individual y los integrantes de Proponentes Plurales se
encuentran en paz y a salvo por concepto de sus obligaciones con el Sistema General
de Seguridad Social, en materia de aportes parafiscales y del Impuesto sobre la
Renta para la Equidad, CREE, en el evento de estar sometidos al régimen
correspondiente en el país.
4.13 Que de resultar favorecidos con la adjudicación del Contrato, se comprometen a
aportar los documentos requeridos para la firma y puesta en ejecución de aquel,
dentro del plazo previsto en el Cronograma para el efecto.
4.14 Que son de su exclusiva responsabilidad el estudio y análisis detallado de los
documentos de este Procedimiento de Selección, incluido el presente Pliego de
Condiciones y sus Anexos, entre ellos, la Minuta de Contrato; los Formatos; las
Adendas que introduzcan ajustes o modificaciones a dicho Pliego y Anexos; los
documentos que contengan las solicitudes de aclaración y las observaciones de los
interesados a los referidos Documentos; las respuestas de la ANH a las mismas; la
información contenida en los Estudios Previos, y, en general, todas las publicaciones
de la Entidad en relación con el Procedimiento, tanto en medio físico como digital,
de manera que también son de responsabilidad exclusiva de aquel o aquellos las
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interpretaciones, conclusiones y deducciones en torno a los mismos, y los errores u
omisiones en que puedan incurrir.
4.15 Que asumen la totalidad de los costos y gastos que sufraguen para preparar y
formular su Propuesta, incluidas garantías, de manera que no tendrán derecho a
reconocimiento o reembolso alguno de la ANH por estos conceptos, ni siquiera en
eventos de declaratoria de desierto del Procedimiento, de revocación de Habilitación
o Adjudicación, y, aún, de terminación del Contrato, por causas legales.
4.16 Que con la presentación de su Propuesta declaran conocer y haber analizado y
tomado en consideración para el efecto, el ordenamiento superior aplicable al
Procedimiento y al Contrato por celebrar.
4.17 Que se comprometen a poner en conocimiento de las autoridades competentes
cualquier hecho o conducta que pueda comportar violación de la ley penal o falta
disciplinaria, de que tengan conocimiento con ocasión del desarrollo de este
Procedimiento, en especial, a las siguientes:
Programa Presidencial de Modernización, Eficiencia, Transparencia y
Lucha Contra la Corrupción
Unidad de Denuncias Carrera 8 No. 7 - 27, Bogotá, D.C. Teléfonos: 018000-91-30-40 y (571) 587-05-55 Fax: (571) 565-86-71 Correo electrónico: [email protected]./[email protected] Página WEB: http://www.anticorrupcion.gov.co.
Procuraduría General de la Nación
Carrera 5 No. 15 – 60, Bogotá, D.C. Teléfonos: 018000-910-315 - Línea reducida: 142 y PBX: (571) 587-87 Correo electrónico: [email protected] Página WEB: http://www.procuraduria.gov.co
Fiscalía General de la Nación
Nivel Central: Diagonal 22B No. 52-01 (Ciudad Salitre) Bogotá D.C. Teléfonos: (571) 570-20-00 y (571) 414-90-00
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Línea Gratuita Quejas y Reclamos Contra Servidores: 018000-91-22-80 ó (571) 570-20-72 Línea gratuita Denuncias Penales 018000-91-61-11 ó (571) 414-91-37 Correo electrónico: [email protected] Página WEB: http://www.fiscalia.gov.co
Agencia Nacional de Hidrocarburos
Avenida Calle 26 No. 59 – 65, Piso 2, Bogotá, D.C. Teléfonos: (571) 593-1717 Quejas y Reclamos: Correo del Proceso Página WEB: http://www.anh.gov.co
Con arreglo a las premisas expuestas, La ANH se permite recomendar a los interesados en
participar en esta Licitación Pública:
A. Verificar que no se encuentran incursos en ninguna de las causales de inhabilidad,
incompatibilidad o prohibición establecidas por la Constitución Política y la ley, ni en conflicto
de intereses que les impida participar en el Procedimiento o contratar con la Entidad.
B. Examinar rigurosamente el contenido del Pliego de Condiciones, de los documentos que lo
integran, y de las normas que regulan la contratación con entidades estatales, en especial,
las leyes 80 de 1993, 1150 de 2007 y 1474 de 2011; el Decreto Ley 19 de 2012; el Decreto
Reglamentario 1082 de 2015, y en general, las demás normas aplicables a Procedimiento,
Proyecto y Contrato, así como las que las adicionen, modifiquen, complementen o
sustituyan.
C. Adelantar oportunamente los trámites tendientes a obtener las certificaciones y los
documentos que deben someterse con la Propuesta, a fin de satisfacer los requisitos
inherentes a su naturaleza y propósito, y verificar que contienen la información completa
que acredite el cumplimiento de aquellos exigidos en la ley y en este Pliego de Condiciones.
D. Examinar que las fechas de expedición y la vigencia de tales certificaciones y documentos
se encuentren dentro de los plazos exigidos.
E. Suministrar toda la información requerida en el Pliego de Condiciones, sus Anexos y
Formatos.
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F. Diligenciar debida e integralmente los Formatos.
G. Examinar y preparar los aspectos técnicos y económicos de su Propuesta, con sujeción al
ordenamiento superior, a este Pliego de Condiciones, sus Anexos y Formatos, así como
verificar la integridad y coherencia de los ofrecimientos.
H. Presentar su Propuesta debidamente foliada, precedida de índice completo sobre su
contenido, documentos y Anexos.
I. Diligenciar toda la información y los datos requeridos en forma clara e inequívoca, para
evitar deducciones o inferencias acerca de su contenido y alcance.
J. Tomar en consideración todos los factores de costo y gasto para la celebración y ejecución
del Contrato proyectado, y para cumplir oportuna, eficaz y eficientemente sus
obligaciones y compromisos, incluido el personal directivo, profesional, técnico,
administrativo, operativo y auxiliar requerido para el efecto, en la oportunidad de llevar
a cabo la ingeniería financiera del Proyecto y de calcular el valor de la Oferta Económica.
K. Considerar, para los mismos efectos, el riesgo cambiario y los posibles incrementos en
los factores de costo y gasto, directos e indirectos, que debe asumir el Contratista para
cumplir el Contrato proyectado, hasta su liquidación.
L. Informar inmediatamente a la ANH cualquier hecho que, en los términos de la ley, pueda
configurar inhabilidad, incompatibilidad, prohibición o conflicto de interés, anterior o
sobreviniente, tanto en el curso del Procedimiento de Selección, como en el de ejecución
contractual.
La ANH se reserva el derecho de verificar toda la información incluida en las Propuestas o
suministrada con estas; de solicitar a las autoridades competentes o a terceros datos
relacionados con su contenido, e, inclusive, de designar funcionarios que visiten las
instalaciones de los Proponentes y obtengan por cualquier medio idóneo datos que le
permitan corroborar la información consignada en aquellas, todo lo cual es aceptado y
autorizado expresamente por los participantes con la sola presentación de Propuesta.
Tal presentación demuestra que los Oferentes estudiaron en detalle las reglas y
especificaciones del Pliego de Condiciones y los demás documentos que integran el
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Procedimiento de Selección; que recibieron de la ANH las aclaraciones pertinentes a sus
dudas e inquietudes, y que se han enterado a satisfacción sobre el objeto y alcance de los
Servicios por prestar, todos los cuales fueron tenidos en cuenta para establecer los precios,
plazos y demás aspectos y términos de su Propuesta.
Ninguna información contenida en este Pliego de Condiciones constituye promesa de
celebración de contrato.
Las interpretaciones, conclusiones y análisis de cada Proponente son de sus exclusivos cargo
y responsabilidad, y no comprometen ni vinculan en modo alguno a la ANH.
De conformidad con el artículo 83 de la Constitución Política, La ANH presume que toda la
información suministrada en desarrollo del Procedimiento de Selección es veraz y
corresponde a la realidad, sin perjuicio del derecho que le asiste de confirmar tales
circunstancias en cualquier oportunidad.
Para el trámite de la presente Licitación Pública, se entiende por día hábil cualquiera común
u ordinario, de lunes a viernes, excluidos los festivos en la República de Colombia. En caso
de que el último día de un plazo cualquiera establecido en el Pliego de Condiciones o en el
Contrato proyectado fuera no hábil, aquél se correrá al primero hábil siguiente en el
calendario, salvo que se exprese con claridad que se trata de actividades que deben llevarse
a cabo en días festivos o no hábiles. Cuando se pretenda hacer referencia a día calendario o
común, así se consigna expresamente.
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TABLA DE CONTENIDO
No. Concepto Páginas
Presupuestos
Tabla de Contenido
1. CAPÍTULO PRIMERO - ASPECTOS GENERALES
1.1 Régimen Normativo Aplicable
a.
1.2 Justificación
1.3 Veedurías Ciudadanas
1.4 Compromiso Anticorrupción
1.5 Presupuesto Oficial
2. CAPÍTULO SEGUNDO - OBJETO Y ALCANCE DEL CONTRATO PROYECTADO
2.1 Objeto
2.2 Alcance del Objeto
3. CAPÍTULO TERCERO - ESTRUCTURA Y DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PROYECTADO
3.1 Objeto
3.2 Etapas, Actuaciones y Cronograma
3.3 Régimen Jurídico
3.4 Documentos Previos y Proyecto de Pliego de Condiciones
3.5 Convocatoria
3.6 Cronograma de la Licitación
3.7 Publicación y consulta del Aviso de Convocatoria, los
Estudios Previos y el Proyecto de Pliego de Condiciones
3.8 Aviso de Convocatoria
3.9 Apertura Formal del Procedimiento
3.10 Plazo de la Licitación Pública
3.11 Publicación, consulta y observaciones al Pliego de
Condiciones Definitivo
3.12 Audiencia de Asignación de Riesgos y de Precisión sobre el
contenido y alcance del Pliego de Condiciones
3.13 Adendas
3.14 Interpretación del Pliego de Condiciones
3.15 Visita Técnica no Obligatoria
3.16 Forma de Adjudicación
3.17 Actuaciones, Publicaciones, Determinaciones y
Correspondencia
3.18 Costos y Gastos
3.19 Lugar y fecha límite de presentación de Propuestas
3.20 Diligencia de Cierre
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No. Concepto Páginas
3.21 Análisis y Verificación de los Requisitos Habilitantes y
Examen, Evaluación y Calificación de las Propuestas
3.22 Publicidad de los Informes y formulación de Observaciones
3.23 Publicación del Informe Definitivo
3.24 Audiencia de Adjudicación
3.25 Declaratoria de Desierta
4. CAPÍTULO CUARTO - PROPUESTAS
4.1 Forma de presentación
4.2 Idioma
4.3 Documentos expedidos en el Exterior
4.4 Término de Validez de las Propuestas
4.5 Devolución de copias de las Propuestas
4.6 Solicitud de Fotocopias
4.7 Causales de Rechazo
4.9 Requisitos No Subsanables
5. CAPÍTULO QUINTO - REQUISITOS HABILITANTES Y DOCUMENTOS PARA ACREDITARLOS
5.1 Capacidad Jurídica
5.2 Acreditación de Capacidad Jurídica
5.2.1 Personas Jurídicas Colombianas
5.2.2 Personas Jurídicas Extranjeras
5.2.3 Consorcios, Uniones Temporales y Promesas de Sociedades Futuras
5.2.4 Requisitos de Acreditación Comunes
5.2.5 Registro Único Tributario - RUT
5.2.6 Fotocopia del Documento de Identificación
5.3 Capacidad Técnica y Operacional
5.3.1 Registro Único de Proponentes - RUP
5.3.2 Inscripción en el Registro TIC
5.3.3 Experiencia General
5.4 Capacidad Económico Financiera
6. CAPÍTULO SEXTO - ANÁLISIS, EVALUACIÓN Y
CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS
6.1 Criterios de Evaluación y Calificación de las Propuestas
6.1.1 Aspectos Técnicos
6.1.1.1 (Aspectos Técnicos)
6.1.1.2 (Aspectos Técnicos)
6.1.2 Oferta o Propuesta Económica
6.1.3 Participación Nacional
6.2 Criterios de Desempate
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No. Concepto Páginas
7. CAPÍTULO SÉPTIMO - FORMACIÓN Y EXPERIENCIA DEL
EQUIPO DE TRABAJO
8. CAPÍTULO OCTAVO - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS
8.1 Obligaciones Generales del Contratista
8.2 Obligaciones Especiales del Contratista
9. CAPÍTULO NOVENO - ANÁLISIS DE RIESGOS Y FORMA DE MITIGARLOS
10. CAPÍTULO DECIMO - GARANTÍAS Y SEGUROS
10.1 En la etapa de Selección del Contratista
10.2 Para la Etapa de Ejecución del Contrato
11. CAPÍTULO DECIMO PRIMERO – CONTRATO
11.1 Celebración y Firma
11.2 Efectividad de la Garantía de Seriedad
11.3 Adjudicación al Proponente ubicado en segundo lugar
11.4 Requisitos de legalización y ejecución del Contrato
11.5 Término de Vigencia y Plazo de Ejecución
11.6 Valor del Contrato
11.7 Forma de Pago
11.8 Lugar de Ejecución
11.9 Contraprestación Total y Productos Desarrollados
11.10 Interventoría
11.11 Costos y Gastos de Proponentes y Contratista
11.12 Productos creados o desarrollados por el Contratista
11.13 Responsabilidad
11.14 Indemnidad
11.15 Documentos
12. CAPÍTULO DOCE – ANEXOS
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CAPÍTULO PRIMER0
ASPECTOS GENERALES
1.1 Régimen Normativo Aplicable
Tanto el Procedimiento de Licitación, el Proyecto objeto del mismo, como el Contrato que
habrá de celebrarse en desarrollo de aquel, se rigen en lo pertinente por el ordenamiento
constitucional; el régimen jurídico contenido en las Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007 y 1474
de 2011, y en el Decreto Ley 19 de 2012; sus respectivos reglamentos, en especial, el Decreto
1082 de 2015; las demás disposiciones aplicables en materia, las normas civiles y comerciales
en todo aspecto no regulado expresamente por las anteriores, así como las que las adicionen,
modifiquen, complementen o sustituyan, al tiempo que por este Pliego de Condiciones, sus
Anexos y Formatos.
Estos últimos documentos describen los aspectos técnicos, legales, económico financieros,
contractuales, de experiencia y de cumplimiento, entre otros, que los Oferentes deben tener
en cuenta para elaborar y presentar su Propuesta.
El contenido de Pliego, Anexos y Formatos debe ser interpretado en forma coordinada e
integral. El orden de los capítulos y numerales no comporta prelación entre unos y otros. Los
títulos empleados tienen propósito de orientación, de manera que no afectan las exigencias
contenidas en ellos, así que siempre prevalece su contenido con respecto al título.
1.2 Justificación
En cumplimiento de la política estatal de incremento de reservas de crudo y gas en Colombia, es primordial que la ANH amplié y fortalezca el portafolio de oportunidades exploratorias, a través del proyecto “Evaluación del potencial de reservas de Hidrocarburos”. Esta contratación es necesaria y oportuna, ya que es fundamental que la ANH incremente el conocimiento de los recursos hidrocarburíferos del país, teniendo en cuenta que el proyecto “Evaluación del potencial de reservas de Hidrocarburos” tiene contemplada esta actividad. Por otra parte, uno de los objetivos de la Agencia Nacional de Hidrocarburos es adelantar estudios que permitan incrementar el conocimiento geológico de las cuencas a partir de la información estratigráfica, mediante caracterizaciones petrográfica, bioestratigrafía, petrofísica y geoquímica. Por consiguiente aumentar el interés exploratorio real, teniendo como fin un mejor entendimiento de las características de la roca generadora y almacenadora, y de los procesos de generación y entrampamiento de hidrocarburos. Los núcleos obtenidos de los pozos “Slim Hole”, perforados por la ANH reposan en la Litoteca Nacional y representan un volumen significativo de información inédita que constituye el registro físico, que evidencian nuevas secuencias de roca sedimentaria con
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alto potencial de generación de hidrocarburos, para que la ANH proponga a la industria nuevos sistemas petroleros para el NW Colombiano. Este hecho manifiesta la importancia del estudio integrado de núcleos almacenados en la Litoteca, ya que la información derivada, permitirá conocer las propiedades geológicas de las secuencias perforadas y evaluar adecuadamente el recurso hidrocarburífero relacionado. En el escenario de precios bajos como el actual, encontrar reservas de crudos livianos (API < 35°) en espesas secuencias de reservorios de alta calidad (Porosidad < 10°) y trampas para volúmenes mayores a 100 MMB, a distancias no mayores a 100 km del puerto de exportación, representan un atractivo negocio para las operadoras petroleras dispuestas a invertir en el país. Este es el caso de la región NW de Colombia, área en la cual fueron perforados los pozos a estudiar. Se trata, como ya se indicó, de zonas donde existen altas posibilidades de encontrar volúmenes considerables de reservas de hidrocarburos -cuencas emergentes y frontera- cuya prospección tiene como base primordial el conocimiento de sus sistemas petrolíferos. Para ello, es necesario obtener datos actualizados y confiables, en técnicas relacionadas con aquellas propiedades de las rocas que permiten evaluar su potencial, como son los análisis petrográficos, bioestratigráficos, geoquímicos, petrofísicos, entre otros. Teniendo en cuenta, que las cuencas mencionadas constituyen cuencas emergentes y fronteras del país o que la información existente es escasa, y que debido a sus condiciones fisiográficas y de infraestructura poseen menor información de campo que otras cuencas, la ANH ha considerado conveniente y necesario adelantar las gestiones conducentes a esta contratación con el fin de superar la brecha del conocimiento de las unidades estratigráficas allí presentes.
Adelantar los proyectos contenidos en el Plan de Acción podría lograrse con personal técnico de la Agencia o a través de un tercero; no obstante, la primera opción implicaría retrasar, aplazar o suspender indefinidamente otros proyectos misionales ya que la entidad no cuenta con personal suficiente para atender todos los proyectos contemplados. Por lo anterior, y con el objeto de garantizar el desarrollo del programa de caracterización de la información que será adquirida, la Vicepresidencia Técnica de la ANH encuentra justificado sugerir la contratación para ejecutar el proyecto “Estudio Integrado de Núcleos de las Cuencas de Interés Misional de la ANH”.
1.3 Veedurías Ciudadanas
De conformidad con el artículo 66 de la Ley 80 de 1993 y con la Ley 850 de 2003, La ANH
invita a todas las personas y organizaciones interesadas en ejercer control social sobre este
Procedimiento de Selección de Contratistas, en cualquiera de sus fases o etapas, a que
formulen las recomendaciones que estimen pertinentes, intervengan en las audiencias, y
consulten los documentos inherentes al mismo en el SECOP.
1.4 Compromiso Anticorrupción
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Los Proponentes se comprometen a apoyar tanto la acción del Estado Colombiano en
general como de la ANH en particular, para fortalecer la transparencia en la gestión
contractual y apoyar la responsabilidad de rendir cuentas. Asumen por consiguiente los
deberes y las obligaciones establecidos en el Anexo No. 2, denominado Compromiso
Anticorrupción, sin perjuicio de su obligación de acatar el ordenamiento superior.
Dicho Anexo debe ser presentado con la Propuesta, debidamente diligenciado y suscrito.
1.5 Presupuesto Oficial
Es responsabilidad exclusiva de los Proponentes de la Licitación realizar los cálculos, estimar
los supuestos, hacer las proyecciones, y, en general, llevar a cabo los demás estudios y
análisis procedentes, que les permitan preparar y someter sus Ofertas en el marco del
Procedimiento de Selección, así como ejecutar el Contrato con las especificaciones de
calidad, oportunidad y cantidad requeridas.
Con arreglo al ordenamiento superior, La ANH adjudicará el Procedimiento de Selección
exclusivamente hasta por el monto del Presupuesto Oficial.
El Valor Total de las Ofertas Económicas NO puede superar dicho monto y ha de discriminar
el IVA de ley, aplicable a los mismos y a la provisión de bienes gravados, en caso de que éstos
hayan de transferirse a la Entidad.
La cuantía de los Servicios objeto del Contrato que se celebre como resultado de la Licitación
Pública, una vez efectuado el correspondiente Registro Presupuestal, será cancelado con
cargo al Presupuesto del Agencia Nacional de Hidrocarburos, ANH, como se señala a
continuación:
DIECIOCHO MIL SETECIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES, NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES MIL, CIENTO CUARENTA Y TRES PESOS. ($18.736.943.143), incluido IVA y demás tributos que se causen por el hecho de su celebración, ejecución y liquidación.
Para amparar el presupuesto del presente proceso de selección, la ANH cuenta con el
Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 25215 del 24 de Junio de 2015, por valor de
DIECIOCHO MIL SETECIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES, NOVECIENTOS
CUARENTA Y TRES MIL, CIENTO CUARENTA Y TRES PESOS. ($18.736.943.143),
Moneda Legal colombiana, correspondiente al Rubro: C41050610611: ”ESTUDIOS
VARIOS”
No obstante, de conformidad con la ejecución económica real del Contrato, La ANH
efectuará los ajustes presupuestales a que haya lugar y acometerá los trámites de rigor, en
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el evento de requerir modificaciones en los montos de las vigencias futuras aprobadas, todo
con sujeción a los normas superiores sobre la materia.
Corren por cuenta y son de cargo exclusivo del Contratista todos los costos y gastos que
demande la celebración, ejecución, terminación y liquidación completas, oportunas,
eficaces y eficientes del Contrato proyectado, así como la prestación efectiva de los servicios
y demás prestaciones de su responsabilidad, en las condiciones de cantidad y calidad
pactadas y con estricta sujeción a las especificaciones técnicas exigidas, incluidos
impuestos, tasas y contribuciones de carácter nacional, departamental y municipal, salvo el
Impuesto a las Ventas, IVA del cual es sujeto pasivo de la ANH y aquel responsable,
conforme al ordenamiento superior, así como el valor de las primas o del costo de la
Garantía Única de Cumplimiento, en sus distintos amparos, y del Seguro de Responsabilidad
Civil Extracontractual, lo mismo que sus respectivas extensiones, modificaciones o ajustes.
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CAPÍTULO SEGUNDO
OBJETO Y ALCANCE DEL CONTRATO PROYECTADO
2.1 Objeto
De acuerdo con el acto administrativo correspondiente, contenido en la Resolución que
ordena la publicación de la apertura de la Licitación Pública No. ANH-12-LP-2015, con el
objeto de: “ESTUDIO INTEGRADO DE LOS NÚCLEOS EN LAS CUENCAS DE INTERÉS DE LA
ANH – FASE II- ANALISIS DE LABORATORIO
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CAPÍTULO TERCERO
ESTRUCTURA Y DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN
3.1 Objeto
Como se dispuso en el capítulo precedente, la Licitación Pública tiene por objeto seleccionar
de manera objetiva, entre Proponentes previamente Habilitados en función de los requisitos
de Capacidad fijados en este Pliego y en estricta igualdad de condiciones, la Oferta o
Propuesta más favorable para la ANH y para los fines que la Entidad se propone conseguir
con la actuación, en orden a contratar el objeto que nos ocupa, previa convocatoria pública
y con sujeción al ordenamiento superior aplicable y al citado Pliego.
3.2 Etapas, Actuaciones y Cronograma
La referida Licitación se desarrollará en cinco (5) Etapas, así: (i) la de Divulgación e
Información; (ii) la de presentación de Ofertas o Propuestas; (iii) la de Habilitación de
Proponentes y examen y calificación de Propuestas; (iv) la de adjudicación del Contrato o
declaratoria de desierta, de ser ello procedente en derecho, y (v) la de celebración del
correspondiente Contrato y cumplimiento de los requisitos para iniciar su ejecución.
Se compone de las actuaciones que se consignan en el Cronograma, con indicación de las
fechas en las que han de tener lugar y/o de los plazos dentro de los cuales deben llevarse
a cabo.
3.3 Régimen Jurídico
Como se dispuso en el Numeral 1.1 del Capítulo Primero, al Procedimiento de Licitación Pública
y al Contrato que se celebre en desarrollo del mismo, les son aplicables, en lo pertinente, las
normas del ordenamiento constitucional; el régimen jurídico contenido en las Leyes 80 de
1993, 1150 de 2007 y 1474 de 2011; en el Decreto Ley 19 de 2012; sus respectivos
reglamentos, en especial, el Decreto 1082 de 2015; las demás disposiciones aplicables, lo
mismo que las normas civiles y comerciales en todo aspecto no regulado expresamente por
las anteriores, así como las que adicionen, modifiquen, complementen o sustituyan cualquiera
de los anteriores, y por las reglas de este Pliego de Condiciones y sus Anexos, incluidas las
Adendas que se expidan para modificarlos, ajustarlos o adicionarlos.
El Contrato proyectado se somete a las estipulaciones de la Minuta y a sus respectivos
Anexos, todos adjuntos, que forman parte integral del Pliego de Condiciones.
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Así mismo, en la ejecución del referido Contrato deben aplicarse las disposiciones
pertinentes en materia de Protección de Recursos Naturales y del Medio Ambiente que
correspondan.
Con arreglo al ordenamiento superior, la actividad contractual inherente al Procedimiento
de Licitación y las actuaciones de quienes intervengan en ella, deben materializar el
mandato de Selección Objetiva; respetar los postulados que rigen la función administrativa
y la gestión fiscal, y desarrollarse con estricta sujeción a los principios que gobiernan la
contratación estatal, en particular, los de Igualdad, Moralidad, Economía, Celeridad,
Transparencia, Responsabilidad, Debido Proceso, Imparcialidad, Publicidad, Contradicción,
Legalidad, Calidad y Planeación, en los términos del ordenamiento superior.
Todas las normas y textos reseñados, así como los demás del ordenamiento superior
colombiano aplicables a la presente actuación contractual, se presumen conocidos por
interesados, Proponentes, Adjudicatario y Contratista.
3.4 Documentos Previos y Proyecto de Pliego de Condiciones
La ANH realizó los estudios previos para determinar los Servicios por contratar mediante la
Licitación Pública, en forma acorde con los planes y programas de acción de la Entidad y
las metas del Plan Nacional de Desarrollo; elaboró Proyecto de Pliego de Condiciones con
el fin de establecer las reglas aplicables al Procedimiento; las etapas, plazos, audiencias y
actuaciones inherentes al mismo; las exigencias para participar; los requisitos de
Habilitación y la forma y oportunidad para llevarla a cabo, incluida la información solicitada
y los documentos requeridos en orden a establecer las condiciones de Capacidad de los
interesados; las causales para negar tal Habilitación; la forma, contenido y oportunidad de
presentación de las Propuestas; las exigencias subsanables y no subsanables de las mismas;
las causales de rechazo; los términos y condiciones de las garantías exigidas; los factores
de evaluación, calificación y adjudicación; las causales para declarar desierta la Licitación,
de ser legalmente procedente, y la minuta del Contrato por celebrar.
El Proyecto ha sido publicado en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública, SECOP,
Portal Único de Contratación, Sitio WEB www.colombiacompra.gov.co, con el propósito de
dar a conocer a los interesados los detalles de aquel y de recibir sus observaciones y
sugerencias en torno a su contenido.
Para este último propósito y de acuerdo con el Cronograma, la ANH dispuso un plazo
perentorio.
Las observaciones y sugerencias deben ser sometidas a la Entidad dentro del término
señalado en el Cronograma, mediante mensajes de correo electrónico a la dirección
[email protected], o por texto escrito, en ambos casos con referencia a la Licitación
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Pública referenciada, entregado personalmente o radicado en Oficina de Correspondencia
de la ANH, situada en la Av. Calle 26 No. 59-65 piso primero costado occidente, Edificio
Cámara Colombiana de la Infraestructura.
La ANH analizará el contenido de los mensajes recibidos; responderá dentro del término
previsto en el Cronograma y mediante publicaciones generales en el Sistema Electrónico
para la Contratación Pública, SECOP, Portal Único de Contratación, Sitio WEB
www.colombiacompra.gov.co, las dudas o inquietudes que se le formulen, al tiempo que
evaluará las observaciones y sugerencias que encuentre fundadas y conforme a derecho,
para efectos de introducir los ajustes pertinentes en el texto definitivo del Pliego de
Condiciones.
3.5 Convocatoria
La ANH formula invitación a las personas jurídicas nacionales y extranjeras para participar
en el Procedimiento de Licitación; someter a la Entidad Propuesta destinada a la celebración
del correspondiente Contrato, acompañada de todos los documentos requeridos para
acreditar su Capacidad para efectos de la Habilitación de los Proponentes, todo con sujeción
al régimen jurídico aplicable y al presente Pliego de Condiciones.
Como se estableció en punto precedente, la ANH está facultada para introducir ajustes en
el Cronograma del Procedimiento, en cualquier tiempo, salvo para efectos de extender el
Plazo de la Licitación, pues la Adenda correspondiente ha de ser publicada por lo menos
tres (3) días hábiles antes de la fecha fijada para el Cierre.
3.6 Cronograma de la Licitación
ACTIVIDAD TIEMPO FECHA LUGAR
Aviso de convocatoria, y publicación del proyecto de pliegos de condiciones, estudios previos y anexos técnicos
26 de Junio al 10 de Julio de
2015
SECOP
Diez (10) días hábiles
www.contratos.gov.co
Observaciones al proyecto de pliegos de condiciones
26 de Junio al 10 de Julio de 2015
Correo electrónico [email protected].
co
Publicación de acto de apertura y pliego de condiciones definitivos en la página Web www.contratos.gov.co
www.contratos.gov.
co
13 de Julio de 2015
Audiencia de Aclaración de pliegos de condiciones y de asignación de riesgos
Dentro de los tres (3)
días siguientes a la apertura.
16 de Julio de 2015 Av. Calle 26 No. 59-
65
11:00 am. PISO 2 ANH
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Plazo presentación de propuestas 7 días hábiles
17 de julio al 28 de Julio de 2015
Av. Calle 26 No. 59-65 piso primero
costado occidental
Fecha máxima para presentación de observaciones
21 de julio de 2015 [email protected]
ov.co
Fecha máxima para adendas
22 de julio de 2015 www.contratos.gov.co
Un (1) día hábil
28 de julio de 2015 Av. Calle 26 No. 59-65 piso primero costado occidental Cierre del proceso 11:00 a.m
Estudio de verificación de requisitos habilitantes y evaluación de las propuestas
Dos (2) días hábiles
29 al 30 de julio de 2015 ANH
Consolidación estudio y publicación en Internet
Un (1) día hábil
30 de julio de 2015 SECOP
www.contratos.gov.co
Traslado a los proponentes para presentación de observaciones y subsanar los requisitos habilitantes.
cinco (5) días hábiles
31 de julio al 6 de Agosto de 2015
Av. Calle 26 No. 59-65 Oficina Asesora
Jurídica
Publicación de observaciones y plazo para presentar contra observaciones
Un (1) día hábil
10 de Agosto de 2015 SECOP
Estudio a las observaciones comité asesor
Un (1) día hábil 11 de Agosto de
2015
ANH
Consolidado informe definitivo y publicación en Internet
Un (1) día hábil
12 de Agosto de 2015 ANH
Audiencia de adjudicación o declaratoria de desierta
Un (1) día hábil
13 de Agosto de 2015 Av. Calle 26 No. 59-65
11:00 a.m. Piso 2
Suscripción del contrato * Un (1) día hábil
14 de Agosto de 2015
Registro presupuestal por parte de la ANH
Un (1) día hábil
18 de Agosto de 2015
Publicación del contrato en el SECOP
Un (1) día hábil
18 de Agosto de 2015
Constitución de garantías por parte del contratista
Un (1) día hábiles
19 de Agosto de 2015
Designación de supervisor Un (1) día hábil
19 de Agosto de 2015
Suscripción acta de inicio Un (1) día hábil
19 de Agosto de 2015
Ejecución del contrato y forma de pago
Se realizará acorde con lo establecido en el pliego de condiciones y el contrato.
4 Tabla 1. Cronograma
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3.7. Publicación y consulta del Aviso de Convocatoria, los Estudios Previos y el
Proyecto de Pliego de Condiciones
A partir de la fecha señalada en el Cronograma, el Aviso de Convocatoria, los Estudios
Previos y el Proyecto de Pliego de Condiciones, serán publicados y puestos a disposición de
los interesados para ser consultados en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública,
SECOP, Portal Único de Contratación, Sitio WEB www.colombiacompra.gov.co, así como en
la Oficina Asesora Jurídica de la ANH, ubicada en la Avenida Calle 26 # 59-65 Piso 2, de la
ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia.
De conformidad con el artículo 2.2.1.1.2.1.4 del Decreto 1082 de 2015, a partir de dicha
fecha y durante el término de diez (10) días hábiles, los interesados podrán formular las
observaciones y sugerir los ajustes que estimen pertinentes y se sometan a derecho en
torno al contenido del Proyecto de Pliego de Condiciones, los cuales serán publicados en la
página WEB ya relacionada y en la citada Dirección, junto con el documento de respuestas
de la ANH.
3.8. Aviso de Convocatoria
Será publicado en la misma Página y Dirección, y contendrá la siguiente Información:
3.8.1 Entidad Contratante: Agencia Nacional de Hidrocarburos, ANH.
3.8.2 En la referida Dirección, en el Correo Electrónico [email protected], la
Entidad atenderá a los interesados en el Procedimiento de Licitación, al tiempo que
los documentos inherentes al mismo deben ser entregados y/o presentados en los
mismos Dirección y Correo Electrónico, como se dispone en este Pliego de
Condiciones.
3.8.3 El objeto del Contrato
3.8.4 El Contratista será seleccionado mediante Licitación Pública.
3.8.5 El plazo estimado de ejecución del Contrato, salvo aquellas obligaciones que por
su naturaleza han de permanecer vigentes por tiempo adicional, conforme a la ley
y a las estipulaciones de aquel.
3.8.6 Según el Cronograma previsto y sin perjuicio de extensiones posteriores dispuestas
mediante Adenda, la fecha límite para la presentación de Propuestas será la que
figura en el mismo para el efecto. Dicha presentación ha de tener lugar en la forma
establecida en el Capítulo Cuarto, denominado Propuestas, y en el lugar previsto
en el mismo Cronograma.
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3.8.7 El Presupuesto Oficial, el valor estimado del Contrato.
3.8.8 El objeto de la contratación proyectada está comprendido en los siguientes
Acuerdos Comerciales suscritos por Colombia, como se establece en el siguiente
Cuadro:
Acuerdo Comercial
Entidad Estatal
Incluida
Procedimiento de Contratación Presupuesto
superior al Valor del Acuerdo Comercial
Excepción aplicable al
Procedimiento de
Contratación
Procedimiento de Contratación
cubierto por el Acuerdo Comercial
Canadá Si Si No Si
Chile Si Si No Si
Estados Unidos
Si Si No Si
El Salvador Si Si No Si
Guatemala Si Si No Si
Honduras Si Si No Si
Liechtenstein Si Si No Si
Suiza Si Si No Si
México Si Si No Si
Unión Europea
Si Si No Si
Tabla 2. Acuerdos Comerciales
3.8.9 La presente Convocatoria NO es susceptible de ser limitada a Mipymes.
3.8.10 Requisitos Habilitantes
Para participar en el Procedimiento de Licitación Pública, los interesados deben
reunir los requisitos de Capacidad Jurídica, Económico Financiera y Técnica que se
describen en detalle en el Capítulo Quinto.
3.8.11 En este Procedimiento de Licitación NO hay lugar a precalificación, en la medida
en que los Proponentes deben acreditar que reúnen los Requisitos Habilitantes de
Capacidad junto con la presentación de sus Ofertas.
3.8.12 Cronograma
Corresponde al insertado en el Numeral 3.6 precedente.
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3.8.13 A partir de la fecha señalada en el Cronograma, el Aviso de Convocatoria, los
Estudios Previos y el Proyecto de Pliego de Condiciones, serán publicados y puestos
a disposición de los interesados para ser consultados en el Sistema Electrónico
para la Contratación Pública, SECOP, Portal Único de Contratación, Sitio WEB
www.colombiacompra.gov.co, así como en la Oficina Asesora Jurídica de la ANH,
ubicada en la Avenida Calle 26 # 59 – 65, piso 2, Edificio Cámara Colombiana de
la Infraestructura, de la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia.
3.9. Apertura Formal del Procedimiento
Con arreglo al artículo 2.2.1.1.2.1.5. del Decreto Reglamentario 1082 de 2015, la apertura
de este Procedimiento de Licitación Pública se ordenará mediante acto administrativo
general motivado, que ha de contener la información que se consigna en seguida, y que se
publicará también en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública, SECOP, Portal
Único de Contratación, Sitio WEB www.colombiacompra.gov.co:
3.9.1 El objeto del Contrato.
3.9.2 El Contratista será seleccionado mediante Licitación Pública.
3.9.3 Cronograma
Corresponderá al definido en el Aviso de Convocatoria e insertado en el presente
Pliego de Condiciones, sin perjuicio de eventuales ajustes, adoptados mediante
Adenda.
3.9.4 A partir de la fecha señalada en el Cronograma, el Aviso de Convocatoria, los
Estudios Previos y el Proyecto de Pliego de Condiciones, serán publicados y puestos
a disposición de los interesados para ser consultados en el Sistema Electrónico
para la Contratación Pública, SECOP, Portal Único de Contratación, Sitio WEB
www.colombiacompra.gov.co, así como en la Oficina Asesora Jurídica de la ANH,
ubicada en la Avenida Calle 26 No. 59-65, piso 2, Edificio Cámara Colombiana de
la Infraestructura, de la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia.
3.9.5 De conformidad con el artículo 66 de la Ley 80 de 1993 y con la Ley 850 de 2003, La
ANH formula invitación a todas las personas y organizaciones interesadas en ejercer
control social sobre este Procedimiento de Selección de Contratistas, en cualquiera
de sus fases o etapas, para que formulen las recomendaciones que estimen
pertinentes, intervengan en las audiencias, y consulten los documentos inherentes al
mismo en el SECOP.
3.9.6 Presupuesto y recursos presupuestales.
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3.10. Plazo de la Licitación Pública
De conformidad con el numeral 5 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, el plazo de la
Licitación corresponde al término que debe transcurrir entre la fecha a partir de la cual
pueden presentarse Ofertas o Propuestas a consideración de la ANH, y el día y la hora
fijados para el cierre del Certamen, límite a partir del cual ya no es posible ni someterlas ni
recibirlas.
Dicho Plazo corresponde al fijado en el Cronograma.
La diligencia de Cierre se llevará a cabo en Audiencia Pública que habrá de celebrarse en la
fecha y a partir de la hora exacta dispuesta en el referido Cronograma para el efecto, en la
Agencia Nacional de Hidrocarburos, situada en la Avenida Calle 26 No. 59-65, de la cual se
dejará constancia en acta.
Antes de su vencimiento, la ANH podrá prorrogar el plazo de la Licitación, por término no
superior a la mitad del inicialmente fijado, siempre que lo estime conveniente para asegurar
la efectividad de los principios rectores de la actuación contractual, o cuando medie solicitud
de número plural de posibles Oferentes.
3.11. Publicación, consulta y observaciones al Pliego de Condiciones Definitivo
Concomitantemente con la apertura de la Licitación y a partir de la fecha correspondiente,
la ANH publicará el Pliego de Condiciones Definitivo junto con sus Anexos en el Sistema
Electrónico para la Contratación Pública, SECOP, Portal Único de Contratación, Sitio WEB
www.colombiacompra.gov.co.
Su texto podrá ser consultado en ella, así como en la Oficina Asesora Jurídica de la Entidad,
en la Avenida Calle 26 No. 59-65, piso 2, Edificio de la Cámara Colombiana de la
Infraestructura, de la ciudad de Bogotá D.C., Colombia.
Los interesados deben examinar su contenido e informarse de los requerimientos exigidos
para participar en el Certamen; de las especificaciones técnicas y de las condiciones de
cantidad y calidad de los Servicios y bienes por contratar; de las actividades y prestaciones
a cargo del Contratista, y, en general, de las obligaciones y compromisos de resorte de
cada una de las partes.
A partir de la fecha de su publicación, el Pliego de Condiciones Definitivo puede igualmente
ser materia de observaciones, preguntas y sugerencias, así como de solicitud de aclaración
o precisión, durante el espacio de tiempo determinado en el Cronograma para el efecto, y
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objeto de modificación o Adenda en los plazos y con los límites que aseguren el
cumplimiento de los principios rectores de la actuación contractual.
Observaciones, preguntas, sugerencias y solicitudes deben ser formuladas por escrito a la
a la dirección de correo electrónico [email protected] o a la Oficina Asesora Jurídica
de la ANH, con referencia a la Licitación Pública, hasta la fecha límite dispuesta en el
Cronograma para el efecto.
La Entidad NO considerará las que reciba con posterioridad.
La ANH examinará y evaluará el contenido de los escritos y mensajes recibidos; responderá
dentro del término previsto en el Cronograma para el efecto, mediante publicaciones
generales en la página WEB ya mencionada las dudas o inquietudes que se le formulen, al
tiempo que evaluará las observaciones o sugerencias que encuentre fundadas y conforme
a derecho, para efectos de introducir los ajustes pertinentes al Pliego de Condiciones
mediante Adendas publicadas de conformidad con los artículos 2.2.1.1.1.7.1. y 2.2.1.1.2.2.1
del Decreto Reglamentario 1082 de 2015.
Las respuestas a las preguntas, sugerencias, observaciones o solicitudes de aclaración
formuladas por los interesados son simplemente explicativas, y no modifican bajo ningún
concepto el Pliego de Condiciones.
No se absolverán consultas realizadas telefónicamente o en forma personal. La ANH
solamente tendrá en cuenta la información publicada en la referida Página WEB.
3.12. Audiencia de Asignación de Riesgos y de Precisión sobre el contenido y
alcance del Pliego de Condiciones
De conformidad con el artículo 2.2.1.2.1.1.2 del Decreto Reglamentario 1082 de 2015, en
la fecha establecida en el Cronograma para el efecto y en desarrollo de la Licitación Pública,
la Entidad llevará a cabo Audiencia de Asignación de Riesgos, la cual se llevará a cabo en
la Agencia Nacional de Hidrocarburos, sin perjuicio de que, a solicitud de cualquier
interesado, en el curso de esta misma Audiencia se precise también el contenido y alcance
del Pliego de Condiciones, con arreglo al siguiente procedimiento:
1 En primer término, se inscribirá a los asistentes.
2 La conducción de la Audiencia estará a cargo del Vicepresidente correspondiente, sin
perjuicio de que la referida funcionaria asigne a otro o a algún asesor externo de la
Entidad la presentación de determinados temas.
3 Se expondrá a los asistentes el análisis de los riesgos inherentes a la ejecución del
Proyecto; se recibirán comentarios en torno al mismo de quienes se hayan inscrito
previamente para hacerlo, y se realizará su asignación definitiva.
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4 De haberlo solicitado cualquier interesado, los asistentes -también inscritos con
antelación para este propósito-, pueden exponer inquietudes u observaciones en torno
al Pliego de Condiciones, al tiempo que formular preguntas sobre su texto, Anexos y
Formatos.
5 La Entidad enunciará verbalmente las respuestas a las observaciones e inquietudes
planteadas, sin perjuicio de completarlas por escrito con ocasión de las formuladas por
el mismo medio, en las oportunidades establecidas.
6 Como resultado de lo debatido en la Audiencia y de estimarlo procedente y ajustado a
derecho, la ANH introducirá los ajustes o las modificaciones pertinentes en los referidos
documentos, mediante Adenda.
3.13. Adendas
Como se consignó, la ANH está facultada para realizar adiciones, supresiones,
modificaciones, ajustes, aclaraciones, precisiones y/o sustituciones al texto del Pliego de
Condiciones, sus Anexos y Formatos, incluida la Minuta del Contrato por celebrar, así como
a sus respectivos Anexos, con posterioridad a la fecha de publicación del texto definitivo,
y, en todo caso, con anterioridad al vencimiento del cuarto (4o) día hábil anterior a la fecha
de Cierre del Certamen, salvo ajustes en el Cronograma del Procedimiento, distintos de la
extensión de la fecha de cierre -sujeta al mismo límite-, que podrán tener lugar en cualquier
tiempo, siempre que se publiquen con anticipación a la fecha del hito o de la diligencia de
que se trate, o del vencimiento del plazo en cuestión.
Las Adendas han de publicarse en días hábiles, entre las siete de la mañana (7:00 a.m.) y
las siete de la noche (7:00 p.m.).
3.14. Interpretación del Pliego de Condiciones
El Pliego de Condiciones y sus Anexos deben ser interpretados con arreglo al ordenamiento
superior aplicable, de conformidad con los conceptos y definiciones contenidos en el Anexo
denominado Glosario, y según el sentido natural de las palabras, salvo las expresiones
técnicas cuyo entendimiento corresponde al de la respectiva ciencia o materia.
Es responsabilidad exclusiva de los participantes examinar, estudiar e interpretar tales
documentos, así como formular consultas a la ANH o a terceros sobre su contenido y
alcance, de manera que todas las conclusiones adoptadas, las deducciones realizadas, así
como los errores y omisiones en que incurran, con base en sus propios análisis,
interpretaciones o corolarios serán de sus únicos cuenta y riesgo.
Como se advirtió, las respuestas de la Entidad a las preguntas, sugerencias, observaciones
o solicitudes de aclaración formuladas por los participantes son simplemente explicativas, y
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no modifican bajo ningún concepto el Pliego de Condiciones ni sus Anexos y Formatos.
Cualquier ajuste a su texto debe necesariamente ser adoptado por Adenda.
3.15. Forma de Adjudicación
Los servicios objeto del Contrato proyectado, serán adjudicados en forma integral y de
manera conjunta a un mismo Proponente. No se prevén por tanto adjudicaciones parciales.
En consecuencia, las Propuestas han de presentarse por todos los bienes, servicios,
elementos y prestaciones objeto del Contrato proyectado y no se aceptarán Ofertas
parciales o con cualquier exclusión.
3.16. Actuaciones, Publicaciones, Determinaciones y Correspondencia
Salvo que este Pliego de Condiciones establezca expresamente otra cosa y sin perjuicio de
que el ordenamiento superior imponga practicar notificaciones sometidas a las normas
pertinentes, todas las actuaciones; publicaciones; avisos; consultas; observaciones y
sugerencias; respuestas; Adendas; determinaciones de la ANH; comunicaciones, y, en
general, la correspondencia y documentación relacionada con la Licitación Pública se
realizará o cursará por medios electrónicos y se divulgará en el Portal Único de Contratación
SECOP, sin perjuicio de que los interesados, participantes, Proponentes y Adjudicatarios
radiquen en medio físico solicitudes, comunicaciones, observaciones y correspondencia,
cuyo texto se publicará en aquel.
Para el efecto, a continuación se consignan las correspondientes direcciones:
Agencia Nacional de Hidrocarburos, ANH
Ref. Procedimiento de Licitación Pública No. ANH-000-LP-2015
Avenida Calle 26 # 59-65 Piso 2
Bogotá, D.C., Colombia
Tel: (571) 593 1717
Dirección de Correo Electrónico: [email protected]
Tanto los correos y mensajes electrónicos enviados por La ANH durante el Procedimiento
de Selección, como los remitidos a la Entidad, se someten y están sujetos a la fuerza
vinculante, eficacia jurídica y demás provisiones de la Ley 527 de 1999, sobre Comercio
Electrónico.
3.17. Costos y Gastos
Los costos y gastos en que incurran interesados, participantes y Proponentes durante el
trámite del Procedimiento de Licitación y a lo largo de todas las Etapas que lo conforman,
en especial, los requeridos para preparar y someter a la Entidad los documentos inherentes
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a la Habilitación de los Proponentes, así como para elaborar y presentar Propuestas u
Ofertas, serán de sus exclusivos cuenta y cargo, de manera que La ANH no reconocerá ni
reembolsará suma alguna por los conceptos enunciados.
3.18. Lugar y fecha límite de presentación de Propuestas
Las Propuestas en desarrollo de la presente Licitación, incluidos todos los documentos
requeridos para acreditar Capacidad y obtener Habilitación, deben presentarse en la fecha
y hasta la hora límite señaladas en el Cronograma, en los términos del artículo 829 del
Código de Comercio.
Deben radicarse en la Oficina de Correspondencia de la ANH, Av calle 26 No. 59-65 piso
primero costado occidental. No se aceptan Propuestas presentadas en lugar distinto o de
manera diferente.
Deben reseñarse con la identificación expresa de tratarse de la Licitación Pública No. ANH-
12-LP-2015 y el Objeto
Han de depositarse en sobres cerrados y rotulados de la siguiente forma:
AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS – ANH
LICITACIÓN PÚBLICA No. ANH-0__-LP-2015
CONTIENE:
ORIGINAL ___ 1ª ORIGINAL ___ Nº DE FOLIOS __________
PROPONENTE: _________________________________________________
DIRECCIÓN: _____________________________________________________
TELÉFONO: _________________________ FAX_________________________
CORREO ELECTRÓNICO: _____________________
AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS – ANH
LICITACIÓN PÚBLICA No. ANH-0__-LP-2015
CONTIENE: Documentos para Habilitación o Propuesta Técnica o Propuesta Económica
ORIGINAL ___ 1ª COPIA ___ Nº DE FOLIOS __________
PROPONENTE: _________________________________________________
DIRECCIÓN: _____________________________________________________
TELÉFONO:_________________________ FAX_________________________
Correo Electrónico:______________________
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Ha de indicarse si se trata del Sobre No. 1 ORIGINAL, y del Sobre No. 2 COPIA, todos
debidamente cerrados y sellados.
Adicional se presentará junto con los dos sobres (Sobre No. 1 ORIGINAL, y del Sobre No.
2 COPIA) un medio magnético (C.D.)
Solamente se aceptan las Propuestas y documentos anexos que se presenten a más tardar
en la fecha y hora señaladas en el Cronograma. Después de esos límites NO se recibirán ni
Propuestas ni documentos, aun cuando el representante del Proponente o la persona
autorizada para depositar el ofrecimiento se encuentre en las instalaciones de la ANH.
Son válidas las Propuestas remitidas por correo certificado, siempre que cumplan todos los
requisitos fijados en el ordenamiento superior y en este Pliego de Condiciones, y sean
radicadas en la ANH, en los lugares señalados, a más tardar, en la fecha y hora límite para
el cierre del Certamen.
Para el efecto se tomará la que señale la Página WEB del Instituto Nacional de Metrología.
En su defecto, se tendrá como hora oficial la que determine llamada telefónica previa que
se transmita por altavoz al número 117.
3.19. Diligencia de Cierre
En la diligencia de Cierre de la Licitación, que se hará en Audiencia Pública en la fecha y a la
hora fijadas en el Cronograma, los funcionarios de la ANH designados para el efecto indicarán
el número de Propuestas presentadas; las abrirán; relacionarán la razón social de cada
Proponente Individual y la denominación convencional de aquellos Plurales, incluida la razón
social de cada uno de sus integrantes; establecerán el número de folios que las integran; darán
lectura al monto y modalidad de la Garantía de Seriedad.
En primer lugar se abrirán el Sobre identificado con el No. 1 Original, A continuación se abrirá
el Sobre No. 2 Copia, a fin de establecer el número de folios y el valor entre otras.
De la Audiencia de Cierre se levantará acta con constancia de lo sucedido.
También se dejará constancia en el acta de eventuales Propuestas y/o Anexos o Formatos que
no se entreguen en sobre cerrado, así como de si alguna de ellas fue abierta antes del cierre
o presentada extemporáneamente.
3.20. Análisis y Verificación de los Requisitos Habilitantes y Examen, Evaluación
y Calificación de las Propuestas
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En primer término, La ANH analizará y verificará el cumplimiento de los Requisitos
Habilitantes y elaborará Informe con las correspondientes conclusiones, en el cual
establecerá los defectos o deficiencias de los documentos aportados para acreditar las
Condiciones de Capacidad Jurídica, Técnica y Económico Financiera, a fin de solicitar a los
respectivos Proponentes completar, enmendar o aportar los requeridos para subsanarlos,
con la determinación del plazo perentorio dentro del cual deben hacerlo, que corresponde
al fijado en el Cronograma.
Para el efecto, aquellos Proponentes a quienes se soliciten aclaraciones, complementos o
correcciones, e inclusive aportar documentos faltantes, pueden hacerlo por correo
electrónico o mediante escrito debidamente radicado, con referencia a la presente
Licitación, aún con documentos digitalizados, sin perjuicio del deber de presentarlos en
físico hasta la adjudicación.
El referido Informe ha de contener la relación de aquellos Proponentes No Habilitados con
indicación del motivo, de acuerdo con el ordenamiento superior y este Pliego de
Condiciones.
Vencido el plazo para enmendar posibles deficiencias, el Informe será complementado con
la relación de Proponentes que lo hicieron y aquellos que no, de manera que se obtenga la
Lista definitiva de los Habilitados.
Concomitantemente, la ANH procederá, al examen y calificación de las Propuestas Técnicas
y de las Ofertas Económicas, de acuerdo con los Factores y Criterios de ponderación y
calificación establecidos en este Pliego de Condiciones, dentro del plazo fijado para este
propósito en el Cronograma.
De acuerdo con el ordenamiento superior y el Pliego de Condiciones, primero se verificará
formalmente que cada Propuesta se encuentre completa, es decir, que incorpore todos los
documentos exigidos y los Formatos debidamente diligenciados.
Surtida la verificación formal, se establecerá cuáles Propuestas cumplen las exigencias y
cuáles no.
Aquellos defectos, deficiencias u omisiones que de acuerdo con dicho Pliego sean
SUBSANABLES, se pondrán en conocimiento de los respectivos Proponentes mediante
publicación en el SECOP, junto con los correspondientes a los Requisitos de Habilitación,
con el señalamiento del plazo perentorio para adoptar las correcciones a que haya lugar
y/o aportar la información faltante, como se dispone en el presente Numeral.
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Los defectos o las deficiencias NO SUBSANABLES o no subsanados en la forma y
oportunidad dispuestos por La ANH, comportarán el rechazo de la o de las respectivas
Propuestas.
Por consiguiente, durante el término correspondiente, de proceder conforme a derecho y
en estricta igualdad de condiciones, la Entidad solicitará a los Proponentes proporcionar las
aclaraciones, hacer las precisiones, allegar documentos o satisfacer requisitos
SUBSANABLES dentro de plazo preciso, sin que con ocasión de tales requerimientos,
aquellos puedan, adicionar complementar, mejorar o modificar sus Ofrecimientos, ni La
ANH solicitar variación alguna de sus términos o transgredir los principios fundamentales
que rigen la contratación estatal, de acuerdo con el artículo 5º de la Ley 1150 de 2007.
En la verificación de los requisitos Habilitantes y en la evaluación y calificación de las
Propuestas primará lo sustancial sobre lo formal.
La ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación o al
Proponente, NO necesarios para la comparación de las Propuestas, NO servirán de título
suficiente para rechazar los Ofrecimientos. En consecuencia, todos aquellos requisitos que
NO sean objeto de puntuación y por consiguiente que NO afecten el Orden de Elegibilidad
pueden ser objeto de aclaración o complementación, en la forma y en la oportunidad en se
dispongan en el respectivo requerimiento, sin perjuicio de la aplicación de lo dispuesto en
el segundo inciso del presente Numeral.
En todo caso, la ANH se reserva el derecho de verificar la información suministrada y de
realizar comprobaciones respecto de los documentos aportados en todo el curso de la
actuación contractual, sea de manera previa o posterior a la presentación de Propuesta, a
la adjudicación e, inclusive, a la celebración del correspondiente Contrato. Esta
circunstancia será aceptada expresamente por los Proponentes en la Carta de Presentación
de la Propuesta, donde los representantes o apoderados declararán bajo la gravedad del
juramento, que se entenderá prestado con la sola firma, que toda la información y los
documentos aportados son exactos, veraces, fidedignos y susceptibles de comprobación en
cualquier oportunidad.
Aquellas Propuestas completas de Proponentes Habilitados, que reúnan los requisitos
exigidos, se consideran aceptadas y serán objeto de evaluación y calificación para
establecer el Orden de Elegibilidad Preliminar de adjudicación del Contrato proyectado, en
función de los criterios o factores de ponderación establecidos en este Pliego de
Condiciones.
La ANH verificará si existen errores en el resultado de las operaciones aritméticas,
relacionados con las cantidades y los valores parciales y totales de las Propuestas, y
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procederá a corregirlos, con indicación detallada del yerro y de la forma en que ha sido
enmendado.
3.21. Publicidad de los Informes y formulación de Observaciones
Durante el plazo señalado en el Cronograma para cada propósito, los informes de examen
y verificación de los Requisitos Habilitantes, y de análisis, evaluación y calificación de las
Propuestas, permanecerán a disposición de los participantes en la Oficina Asesora Jurídica
de la ANH, en la Avenida Calle 26 #59-65 Piso 2, Edificio de la Cámara Colombiana de la
Infraestructura, de la ciudad de Bogotá, D.C., y, con arreglo al artículo 2.2.1.1.1.7.1. del
Decreto 1082 de 2015, serán publicados en la página WEB del SECOP, para que dentro de
este término preciso los interesados puedan formular las observaciones que estimen
pertinentes.
Este derecho no faculta a los Proponentes para completar, adicionar, modificar o mejorar
su Propuesta.
Los Proponentes NO podrán enmendar aquellos requisitos que no sean SUBSANABLES, de
acuerdo con el artículo 5º de la Ley 1150 de 2007 y este Pliego de Condiciones.
Las observaciones que formulen los interesados a los Informes de Examen y Verificación
de los Requisitos Habilitantes, y de Análisis, Evaluación y Calificación de las Propuestas
serán resueltas por la ANH en el Acto de Adjudicación.
3.22. Publicación del Informe Definitivo
Analizadas las observaciones a los Informes preliminares de Examen y Verificación de los
Requisitos Habilitantes, y de Análisis, Evaluación y Calificación de las Propuestas, aceptadas
aquellas procedentes conforme a derecho y al Pliego de Condiciones, y respondidas las que
no lo sean, la ANH adoptará los ajustes a que haya lugar y publicará el Informe Definitivo
con el resultado de las anteriores actuaciones, en Audiencia de Adjudicación que ha de
llevarse a cabo en el lugar, en la fecha y a la hora dispuestos en el Cronograma.
El plazo para llevar a cabo esta Audiencia puede ser extendido por una sola vez y hasta por
término equivalente a la mitad del fijado inicialmente.
De comportar modificaciones respecto de los Informes preliminares, se expondrán las
razones que condujeron a ello, debidamente soportadas.
3.23. Audiencia de Adjudicación
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En el curso de esta Audiencia, la ANH adjudicará la Licitación y asignará integralmente el
Contrato, o la declarará desierta, mediante Acto Administrativo Motivado. En caso de
adjudicación, contra el acto administrativo no procede recurso alguno. De declarase
desierta la Licitación, la providencia que lo disponga es susceptible de reposición. En ambos
casos, sin perjuicio de las acciones de ley.
En efecto, de conformidad con los artículos 30 y 77 de la Ley 80 de 1993, el acto de
adjudicación es irrevocable, obliga a la Entidad y al adjudicatario, y no es susceptible de
impugnación por la vía administrativa. Su eventual controversia ha de tener lugar mediante
el ejercicio de las acciones jurisdiccionales procedentes con arreglo a derecho.
No obstante, si dentro del término comprendido entre la adjudicación y la suscripción del
Contrato, sobreviene causal de inhabilidad, incompatibilidad o prohibición; situación de
conflicto de interés, o si se demuestra que el acto administrativo correspondiente se obtuvo
por medios ilegales, procede su revocatoria y La ANH queda facultado para aplicar el inciso
segundo del numeral 12 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993.
En este último evento, quedará a favor de la Entidad, en calidad de sanción, el valor de la
Garantía de Seriedad de la Propuesta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes
al reconocimiento de los perjuicios causados y no cubiertos por el valor de dicha Garantía.
La Audiencia de Adjudicación se llevará a cabo con sujeción a las reglas adoptadas para el
efecto, en forma acorde con los criterios establecidos por el artículo 2.2.1.2.1.1.2 de Decreto
1082 de 2015, así:
Los Proponentes podrán pronunciarse sobre las respuestas de la Entidad a las
observaciones formuladas en torno a los Informes sobre Examen y Verificación de los
Requisitos Habilitantes, y Análisis, Evaluación y Calificación de las Propuestas,
circunstancia que no comporta oportunidad para mejorar o modificar los
Ofrecimientos. En caso de pronunciamientos que a juicio de la Entidad requieran
análisis adicional y puedan incidir en el sentido de la determinación por adoptar, la
Audiencia puede ser suspendida por el término necesario para estudiar los asuntos
debatidos y comprobar sus fundamentos.
Ha de concederse el uso de la palabra por una única vez al o a los Proponentes que
así lo soliciten, inclusive para responder observaciones de los intervinientes respecto
de la evaluación de su Oferta.
Las intervenciones han de corresponder a la persona o personas previamente desig-
nadas por el respectivo Proponente, y limitarse a la duración máxima establecida en
las reglas de la Audiencia.
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Se puede prescindir de la lectura del proyecto de acto administrativo, siempre que su
texto haya sido publicado previamente en la página WEB del SECOP.
Terminadas las intervenciones y realizados los análisis que La ANH estime
procedentes, se adoptará la determinación que corresponda en derecho.
De lo ocurrido en la Audiencia debe quedar constancia en acta que suscriban los
funcionarios que la condujeron y los intervinientes que así lo deseen. Una vez suscrita, ha
de publicarse en la Página WEB del SECOP.
3.24. Declaratoria de Desierta
De presentarse efectivamente motivos o causas que impidan la selección objetiva del
Contratista, la Entidad podrá declarar desierta la Licitación mediante acto administrativo
motivado en el que han de detallarse las razones que condujeron a esta determinación, con
arreglo al inciso tercero del numeral 9º del artículo 30 y al numeral 18 del artículo 25 de la
Ley 80 de 1993, dentro del mismo término previsto para la adjudicación.
Contra esta determinación sí procede recurso de reposición por la vía gubernativa.
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CAPÍTULO CUARTO PROPUESTAS
4.1 Forma de presentación Las Propuestas deben presentarse en original y una (1) copia del mismo tenor literal y con
los mismos documentos y anexos, bajo el título de Licitación Pública, junto con los dos
sobres se presentará una copia en medio magnético C.D.
Han de indicar si se trata del Original, o copia. Las hojas deben presentarse foliadas
en forma consecutiva, tanto en el Original como en copia. En todo evento de discrepancia
entre el contenido de la copia y del Original, prevalece este último.
La Carta de Presentación de la Propuesta debe ser diligenciada con estricta sujeción al
Formato del Anexo al presente Pliego de Condiciones.
Las Propuestas no deben tener tachones, borrones o enmendaduras que puedan generar
duda en torno a su contenido y alcance. Por consiguiente, en todas estas circunstancias
deben realizarse las aclaraciones y validaciones correspondientes con la firma del
representante autorizado del Proponente o de los integrantes de Proponentes Plurales, en
el texto y el folio correspondiente de la Oferta, naturalmente antes del cierre de la Licitación.
No se aceptan Propuestas complementarias o modificaciones a las presentadas, con
posterioridad a la fecha y hora en que tenga lugar dicho cierre.
La ANH solamente permite la presentación de una Oferta por cada Proponente o integrante
de Proponente Plural. En caso de que una misma persona jurídica presente más de una
Oferta, sea a título individual o como miembro de Proponente Plural, bajo la modalidad de
consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, serán rechazadas todas.
Cada Proponente debe acompañar a su Oferta todos los Formatos Anexos, que se publican
con el presente Pliego de Condiciones, debidamente diligenciados o con indicación de no
ser aplicables a su caso particular, como los correspondientes a Proponentes Plurales, en
casos de los Individuales, y viceversa.
Con la suscripción de la Carta de Presentación de la Oferta, el Proponente Individual o los
integrantes de Proponentes Plurales declaran cumplir y aceptar todos y cada uno de los
requerimientos contenidos en el presente Pliego de Condiciones, y en los Anexos
enunciados en el numeral 1.6, Alcance del Objeto, de aquel, numerados del 17 al 17.6, así
como en los demás documentos que lo integran.
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En todo caso, los Proponentes están en el deber de ofrecer todos los Servicios relacionados
en el mismo numeral 1.6, Alcance del Objeto y en los Anexos correspondientes.
No se admitirán Propuestas enviadas por cualquier medio telemático, como correo
electrónico o facsímil, ni las presentadas con posterioridad a la Fecha y Hora de Cierre de
la Licitación, establecidas en el Cronograma del Procedimiento para este propósito.
4.2 Idioma Las Ofertas deben redactarse y consignarse en idioma español. Los documentos otorgados
en el extranjero, en lengua diferente, deben acompañarse de la correspondiente traducción
oficial y presentarse debidamente autenticados o apostillados, según corresponda.
4.3 Documentos expedidos en el Exterior
Los documentos expedidos en el extranjero deben presentarse debidamente autenticados,
legalizados por Cónsul Colombiano y la firma de éste legalizada -a su vez- por el Ministerio
de Relaciones Exteriores de Colombia, o apostillados, en los términos del artículo 480 del
Código de Comercio o de la Ley 455 del 4 de agosto de 1998, aprobatoria de la “Convención
sobre la abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros”,
suscrita en La Haya el 5 de octubre de 1951, según el caso.
El Artículo 480 del Código de Comercio prescribe que “Los documentos otorgados en el
exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país, y
la firma de tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste,
por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales
sobre el régimen de los poderes”.
Tratándose de sociedades, el citado Artículo dispone que “al autenticar los documentos a
que se refiere este Artículo los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su
objeto conforme a las leyes del respectivo país”.
Surtido el trámite señalado, los documentos deben presentarse al Ministerio de Relaciones
Exteriores de Colombia para la correspondiente legalización de la firma del cónsul
colombiano.
Con arreglo a la Ley 455 del 4 de agosto de 1998, los documentos públicos otorgados en
el exterior, provenientes de cualquiera de los países signatarios de la Convención de La
Haya del 5 de octubre de 1961, no requieren autenticación, ni refrendación consular, ni
posterior legalización por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
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Por lo tanto, en este caso solo es exigible la apostilla, trámite que consiste en la certificación
mediante la cual se avala la autenticidad de la firma y el título con el que ha actuado la
persona que suscribe el documento. Se adelanta ante la autoridad competente en el país
de origen.
Si el documento fue expedido en idioma distinto al español, debe presentarse acompañado
de traducción oficial a dicho idioma, y la firma del traductor legalizada de acuerdo con las
normas vigentes.
En el evento de que el documento original se haya expedido en lengua para la cual no
exista traductor oficial en Colombia, debe presentarse acompañado de versión en inglés,
legalizada en el país de origen, y esta última traducida oficialmente al español.
4.4 Término de Validez de las Propuestas
Las Propuestas deben mantenerse vigentes y con fuerza vinculante desde la fecha de su
presentación a la ANH, hasta aquella en que tenga lugar la aprobación de la Garantía Única
que afiance los distintos riesgos derivados de la celebración del Contrato proyectado, que
es el mismo plazo durante el cual debe permanecer vigente la Garantía de Seriedad.
No se analizarán, evaluarán ni calificarán las presentadas con término menor de vigencia y
firmeza.
4.5 Devolución de copias de las Propuestas Aquellos Proponentes que no resulten favorecidos con la adjudicación del Certamen pueden
retirar las copias de sus Ofertas, así como la Garantía de Seriedad de las mismas, dentro
del mes siguiente a la fecha de celebración del Contrato proyectado. En caso contrario, La
ANH queda facultado para destruirlas.
4.6 Solicitud de Fotocopias Los interesados que deseen obtener fotocopia de cualquiera de los documentos que
reposen en el Expediente del presente Proceso de Selección, siempre que no estén
amparados legalmente por reserva o confidencialidad, deben cancelar con antelación el
importe correspondiente y dirigir la solicitud al correo electrónico del proceso.
4.7 Causales de Rechazo La ANH rechazará las Propuestas, en cualquiera de los siguientes casos:
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Cuando el respectivo Proponente Individual o cualquier integrante de Proponente
Plural se encuentre incurso en alguna de las causales de inhabilidad o
incompatibilidad; en prohibición para contratar con la Entidad, o en conflicto de
interés, de acuerdo con lo establecido en la Constitución Política y en la ley, en
especial, en los artículos 8º y 9º de la Ley 80 de 1993, 1º al 4º, 27, 84 y 90 de la Ley
1474 de 2011 y en el artículo 221 del Decreto Ley 19 de 2012, que modificó el artículo
6º de la Ley 1150 de 2007.
Cuando el Proponente Individual o cualquiera de los integrantes de Proponentes
Plurales no reúnan los Requisitos Habilitantes y no hubieran enmendado o subsanado
oportunamente el defecto conforme a lo previsto en la ley y en este Pliego de
Condiciones.
Cuando en desarrollo de la Licitación se presente más de una (1) Oferta por el mismo
Proponente, individualmente o en consorcio, unión temporal o promesa de sociedad
futura, directamente o por interpuesta persona, o por socios de la misma persona
jurídica, salvo las sociedades anónimas abiertas o inscritas en bolsas de valores
Cuando se compruebe que los documentos presentados contienen información
inexacta o que de cualquier manera no corresponda a la realidad, caso en el cual se
iniciarán las acciones penales correspondientes, si a ello hubiere lugar, sin perjuicio
de los efectos previstos en este Pliego de Condiciones con arreglo a la ley.
Cuando se establezca que el Proponente ha influido o presionado en el estudio,
evaluación y/o calificación de las Ofertas.
Cuando la Propuesta se presente en forma extemporánea.
Cuando el Proponente formule su Oferta con algún tipo de condicionamiento, o lo
imponga en cualquiera de los documentos que la conforman.
Cuando el valor de la Propuesta exceda en cada uno de los valores unitarios por ítem
determinados en la media geométrica del análisis de costos como en el valor total del
Presupuesto Oficial establecido para el proceso.
Cuando la Propuesta no comprenda todos los Servicios y prestaciones que integran
el Proyecto, relacionados en los Anexos correspondiente a la Oferta Económica, es
decir, cuando se formule Oferta parcial.
Cuando el Proponente Individual o los integrantes de Proponentes Plurales no se
encuentren inscritos, clasificados y calificados en el Registro Único de Proponentes
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RUP de la Cámara de Comercio de su domicilio principal, en el o los códigos y la o las
actividades exigidos en este Pliego, de ser aplicable tal requerimiento.
Cuando no se presente con la Propuesta Garantía de Seriedad de la misma.
Cuando la Propuesta no se acompañe de Carta de Presentación, conforme al Formato
del Anexo No. 1, denominado precisamente Carta de Presentación de la Propuesta.
Cuando la Propuesta no incluya información o cualquier documento exigido en el
Pliego de Condiciones, necesario para la comparación objetiva de las presentadas y,
por consiguiente, No Subsanable.
En los demás casos expresamente establecidos en el presente Pliego de Condiciones.
4.8 Requisitos No Subsanables
NO son SUBSANABLES aquellos requisitos o aspectos de las Propuestas Técnicas y
Económicas susceptibles de asignación de puntaje y por consiguiente determinantes de la
adjudicación, con arreglo a los criterios y factores de evaluación y calificación consignados
en el presente Pliego de Condiciones.
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CAPÍTULO QUINTO
REQUISITOS HABILITANTES Y DOCUMENTOS PARA ACREDITARLOS
De conformidad con los numerales 1 y 4 del Artículo 5 de la Ley 1150 de 2007 y los artículos
2.2.1.1.1.5.3. y 2.2.1.1.1.6.2 del Decreto Reglamentario 1082 de 2015, los conceptos que
se relacionan a continuación constituyen Requisitos Habilitantes para participar en el
Procedimiento de Selección. Su debida acreditación no comporta asignación de puntaje,
pero da lugar a que el respectivo Proponente se considere Habilitado para participar en el
Certamen y a que su Oferta pueda ser examinada, evaluada y calificada.
Por consiguiente, para concurrir a la Licitación, poder presentar Propuesta y aspirar a la
adjudicación del Contrato proyectado, los interesados deben reunir los siguientes requisitos
de Capacidad Jurídica, Económico Financiera y Técnica y Operacional, debidamente
acreditados:
Premisa
Pueden presentar Propuesta individual o conjunta en desarrollo del presente Procedimiento
las personas jurídicas nacionales y extranjeras que acrediten reunir los requisitos de
Capacidad fijados en este Pliego de Condiciones.
En consecuencia, NO se aceptarán Propuestas de sucursales -que carecen de personería
jurídica y por tanto debe concurrir su matriz representada por ellas-, ni acreditación de
requisitos por personas jurídicas distintas del Proponente Individual o de quienes integren
Proponente Plural, salvo que la matriz o Controlante que los acredite asuma responsabilidad
solidaria por el cumplimiento oportuno, eficaz y eficiente de las obligaciones y compromisos
a cargo del Proponente y eventual Contratista mediante garantía de deudor solidario emitida
por aquella.
5.1 Capacidad Jurídica
Tienen aptitud para participar en la Licitación y celebrar el Contrato proyectado las personas
jurídicas nacionales y extranjeras consideradas legalmente capaces por el ordenamiento
superior, cuyo capital esté representado en acciones o cuotas o partes de interés social
nominativas, sea de manera individual o conjunta, bajo la modalidad de Consorcios,
Uniones Temporales o Promesas de Sociedad Futura, que reúnan y acrediten los siguientes
requisitos.
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5.1.1 Comprender su objeto social el desarrollo de actividades relacionadas con el objeto
de la presente licitación, así como de labores complementarias a las anteriores,
tratándose de Proponentes Individuales o de integrantes de Proponentes Plurales.
Si de acuerdo con la legislación del país de origen, el objeto social no relaciona o
incorpora discriminados los sectores de actividad que lo conforman, o está referido
a labores o negocios industriales, comerciales o de servicios en general, el requisito
de que trata este numeral puede acreditarse mediante declaración bajo juramento
del Representante Legal y del Revisor Fiscal, auditor externo o quien haga sus
veces, de requerirlo la persona jurídica, o por el auditor interno (“Controller”) que
detalle el marco de actividad de la misma.
5.1.2 El término de duración del Proponente Individual y de los integrantes de
Proponentes Plurales, así como el de vigencia de la respectiva forma de asociación,
ya sea Consorcio, Unión Temporal o Sociedad Prometida, no puede ser inferior al
de ejecución del Contrato proyectado y tres (3) años más.
5.1.3 No encontrarse el Proponente Individual ni los integrantes de Proponentes Plurales
en causal de inhabilidad, incompatibilidad o prohibición, de acuerdo con la
Constitución Política y la ley, y comprometerse irrevocablemente a renunciar a su
Propuesta o a ceder el negocio jurídico celebrado como consecuencia de la
adjudicación, o su participación en el mismo, previa autorización expresa y escrita
de la ANH, o a terminarlo por acuerdo recíproco, en caso de sobrevenir alguna de
tales causales.
Tratándose de conflictos de interés se procederá con arreglo a la ley, en especial,
al artículo 40 de la Ley 734 de 2002.
Las inhabilidades, incompatibilidades, prohibiciones y conflictos de interés
procuran una gestión contractual objetiva e imparcial, por lo que identificada o
denunciada la existencia de una de tales circunstancias, previa o sobreviniente, la
ANH verificará los supuestos fácticos que la configuran para los efectos que impone
la ley.
El régimen de incompatibilidades, inhabilidades, prohibiciones y conflictos de
interés es el previsto en la Constitución Política, en las leyes 80 de 1993, 734 de
2002, 1474 de 2011 y demás normas de la misma estirpe sobre la materia, así
como en las que las modifiquen, adicionen, sustituyan o complementen.
Sin perjuicio de las que pesan sobre la ANH, es responsabilidad de los Proponentes
y del Contratista verificar que no se encuentran incursos en causal de
incompatibilidad, inhabilidad, prohibición o conflicto de interés, y poner
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inmediatamente en conocimiento de la Entidad cualquiera que sobrevenga en el
curso de las distintas etapas de la actuación contractual, para proceder conforme
a derecho.
5.1.4 No encontrarse el Proponente Individual ni los integrantes de Proponentes Plurales
en proceso de liquidación judicial o circunstancia semejante según la legislación
del país de origen, como quiebra, liquidación voluntaria o forzosa y, en general,
cualquier proceso o circunstancia que tenga como consecuencia la extinción de la
persona jurídica, ni tener litigios pendientes, procesos jurisdiccionales en curso o
encontrarse en otra situación o contingencia que pueda comprometer
materialmente el cumplimiento oportuno, eficaz y eficiente de las prestaciones,
obligaciones y compromisos derivados de la presentación de Propuesta o de la
adjudicación del Contrato proyectado, y de su celebración, ejecución, terminación
o liquidación.
En caso contrario, la declaración debe especificar tales litigios, procesos,
circunstancias y situaciones, con indicación de su naturaleza, concepto, cuantía,
estado actual, riesgos y provisiones. En estos eventos, la ANH podrá solicitar
garantía adicional que afiance la cancelación de eventuales condenas o
contingencias.
5.1.5 No haber permitido ni permitir el Proponente Individual ni los integrantes de
Proponentes Plurales que sus operaciones hayan sido o sean utilizadas como
instrumento para ocultar, manejar, invertir o aprovechar -en cualquier forma-
dinero u otros bienes provenientes de actividades delictivas o destinados a su
financiación, o para dar apariencia de legalidad a actividades delictivas o a
transacciones y fondos vinculados con las mismas, sin perjuicio de las funciones
que en materia de prevención y control de lavado de activos y financiación del
terrorismo asignan las normas legales a la ANH, así como comprometerse formal
e irrevocablemente a no permitirlo en el desarrollo de sus actividades y en la
ejecución del Contrato proyectado.
En todo caso, con fundamento en el artículo 27 de la Ley 1121 de 2006, que
impone identificar plenamente a las personas jurídicas que suscriban contratos con
el Estado colombiano, así como el origen de sus recursos, con el fin de prevenir
actividades delictivas, la ANH se reserva el derecho de acometer análisis, consultas
y comprobaciones para establecer el origen de los recursos de Proponentes y
Contratista, en forma previa o posterior a la presentación de Propuesta, a la
Habilitación, y a la adjudicación y celebración del correspondiente Contrato.
5.1.6 No haber la ANH ni ninguna otra entidad estatal declarado la caducidad, la
terminación unilateral o la revocatoria directa de la adjudicación de contrato alguno
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con el Proponente Individual ni con cualquiera de los integrantes de Proponente
Plural, mediante acto administrativo ejecutoriado y en firme, durante los cinco (5)
años anteriores a la fecha de cierre de la Licitación.
5.1.7 Comprometerse a establecer sucursal en Colombia o a extender el objeto y el
término de vigencia de la existente, de ser ello pertinente, tratándose de personas
jurídicas extranjeras Proponentes Individuales e integrantes de Proponentes
Plurales sin domicilio en el país, así como a cumplir oportunamente todas las
obligaciones que pesan sobre tales sucursales, en el evento de adjudicación del
Contrato proyectado.
5.1.8 Disponer el representante legal del Proponente Individual o el representante
convencional del Proponente Plural, o sus apoderados generales o especiales,
debidamente constituidos y acreditados, en su caso, de atribuciones y facultades
específicas y/o suficientes para presentar Propuesta en desarrollo del
Procedimiento de Selección, incluido el sometimiento de los documentos para su
Habilitación; cumplir oportuna, eficaz y eficientemente los compromisos derivados
de tal presentación; celebrar el Contrato proyectado; satisfacer los requisitos de
ejecución; otorgar las garantías y el seguro exigidos, y, en general, comprometer
a la persona jurídica o a la asociación de que se trate y a cada uno de sus
integrantes para todos los anteriores efectos; representar sus intereses, y obrar
en su nombre en todos los actos, trámites y diligencias inherentes a la actuación
contractual.
5.1.9 Constituir las sociedades extranjeras sin domicilio en el país, apoderado que sí lo
tenga, dotado de capacidad para representarlas judicial y extrajudicialmente en
Colombia, además de investido de las atribuciones establecidas en el numeral
precedente, con el cumplimiento de los requisitos de ley y hasta el establecimiento
de sucursal, en caso de adjudicación.
5.1.10 No hallarse el Proponente Individual ni los integrantes de Proponentes Plurales,
sus socios o administradores, reportados en la última publicación del Boletín de
Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República, ni figurar con
antecedentes disciplinarios en la Procuraduría General de la Nación, que
comporten inhabilidad.
Este requerimiento NO se aplicará a los socios de sociedades comerciales abiertas
o inscritas en bolsas de valores.
5.1.11 Encontrarse el Proponente Individual y los integrantes de Proponentes Plurales en
paz y a salvo por concepto de sus obligaciones relacionadas con el Sistema General
de Seguridad Social, los aportes parafiscales y el Impuesto de Renta para la
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Equidad, CREE, en el evento de estar sometidos al régimen correspondiente en el
país.
5.1.12 Tener y mantener la o las personas jurídicas integrantes de Proponentes Plurales,
que hayan aportado los requisitos de Capacidad Técnica y Operacional
participación conjunta mínima del treinta por ciento (30%) en la asociación de que
se trate.
5.1.13 Comprometerse formal e irrevocablemente el Proponente Individual y las personas
jurídicas integrantes de Proponentes Plurales a no ceder ni transferir total o
parcialmente el Contrato proyectado, ni su respectiva participación e interés en el
mismo, sin autorización previa, expresa y escrita de la ANH. En todo caso, el
cesionario debe reunir, cuando menos, los mismos requisitos de Capacidad del
cedente.
Además, con sujeción al último inciso del artículo 9 de la Ley 80 de 1993, no podrá
haber cesión entre quienes integren Proponentes Plurales.
Así mismo, eventuales cesiones estarán limitadas a que las o las personas jurídicas
que hayan acreditado la Capacidad Técnica y Operacional mantengan por lo menos
un treinta por ciento (30%) de participación e interés en el Contrato.
El cambio de Beneficiario Real o Controlante del Proponente Individual o de las
personas jurídicas integrantes de Proponentes Plurales requerirá también
autorización previa, expresa y escrita de la ANH, de manera que se mantengan o
superen las condiciones de capacidad que permitieron la adjudicación.
A la misma condición quedan sometidas las fusiones o escisiones de la persona
jurídica Proponente Individual o de las personas jurídicas integrantes de
Proponentes Plurales, a fin de establecer que se mantienen o superan los
fundamentos que dieron lugar a la Habilitación.
Se exceptúan de la obligación de obtener autorización previa, expresa y escrita de
la ANH, pero no de informar a la Entidad, los cambios de Beneficiario Real o
Controlante y las operaciones de fusión o escisión, cuando se trate de sociedades
anónimas abiertas o de transacciones llevadas a cabo en bolsas de valores.
El deber de informar a la ANH cualquier cambio de Beneficiario Real o Controlante,
así como eventos de fusión o escisión, y el de obtener autorización previa, expresa
y escrita de la Entidad, de requerirse, deben ser igualmente materia de
compromiso formal e irrevocable.
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Lo dispuesto en el presente numeral se fundamenta en la circunstancia de que los
contratos estatales son intuito persona.
5.1.14 Proporcionar información exacta, fehaciente y veraz, circunstancia que debe ser
objeto de declaración bajo la gravedad del juramento, así como autorizar expresa
e irrevocablemente a la ANH para verificar toda la información aportada para
efectos de Habilitación y Propuesta, incluidos cada uno los documentos y soportes
presentados para acreditar Capacidad y obtener Contrato, facultad que se reserva
la Entidad en todo momento, sea anterior o posterior a la presentación de
Propuesta, a tal Habilitación, a la adjudicación del negocio jurídico proyectado, y a
la celebración del mismo, en razón del interés general involucrado en la actuación
contractual. Las referidas declaración y autorización constarán en los documentos
del Procedimiento de Selección, en especial, en la Carta de Presentación de la
Propuesta.
5.1.15 Suscribir Formatos de compromiso Anticorrupción y sobre Prevención y Control de
Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y otras actividades delictivas.
5.2 Acreditación de Capacidad Jurídica
Para acreditar que reúnen las condiciones establecidas y cumplen los requisitos Habilitantes
en materia de Capacidad Jurídica, cada Proponente Individual o integrante de Proponente
Plural debe presentar los siguientes documentos:
5.2.1 Personas Jurídicas Colombianas: Además de los comunes que se relacionan
más adelante:
Certificado de inscripción en el Registro Único de Proponentes, RUP, expedido
por la Cámara de Comercio del lugar de su domicilio principal, con no más de
treinta (30) días comunes o calendario de anticipación respecto de la fecha de
presentación de la Propuesta. Si dicho Certificado no contiene información
completa sobre el objeto y actividades de la Persona Jurídica, ha de
acompañarse, además, Certificado de Existencia y Representación Legal.
Ejemplar de los estatutos sociales vigentes, así como de la o las reformas con
las que se demuestren las modificaciones pertinentes al objeto social, en los
términos del numeral 5.1.2 precedente, de no constar expresamente en los
Certificados anteriores.
Ejemplar del acta del órgano social competente en la que consten las
atribuciones y facultades otorgadas al representante legal, conforme al numeral
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5.1.9 anterior, si éste tiene limitaciones para cualquiera de los efectos allí
establecidos.
Acreditación de las facultades del apoderado, en su caso, mediante mandato
otorgado con el lleno de las formalidades de ley.
5.2.2 Personas Jurídicas Extranjeras:
Certificado de existencia y representación legal o documento equivalente de
acuerdo con la legislación aplicable, expedido por la autoridad competente del
país de origen y por la del lugar de su domicilio principal, si fuere distinto al de
constitución o incorporación, con no más de cuarenta (40) días comunes o
calendario de antelación a la fecha de presentación de la correspondiente
Propuesta.
Cuando el documento correspondiente no contenga información completa
acerca del objeto social, el término de vigencia, la representación legal y/o las
facultades o atribuciones de los distintos órganos de dirección y administración,
debe presentarse, además, certificación de dicho representante y del revisor
fiscal o persona natural o jurídica responsable de la auditoría externa de sus
operaciones, de requerirlos, o por el auditor interno (“Controller”), en el que se
hagan constar las anteriores circunstancias.
Ejemplar de los estatutos sociales vigentes, así como de la o las reformas con
las que se demuestren las modificaciones pertinentes al objeto social, en los
términos del numeral 5.1.2 precedente, si fuere aplicable.
Ejemplar del acta, resolución, acuerdo o determinación procedente del órgano
social competente en la que consten las atribuciones y facultades otorgadas al
representante legal, conforme al numeral 5.1.9 anterior, si éste tiene
limitaciones para cualquiera de los efectos allí establecidos.
Mandato en el que se consignen las facultades y atribuciones del apoderado en
Colombia, con arreglo al numeral 5.1.10.
5.2.3 Consorcios, Uniones Temporales y Promesas de Sociedades Futuras
Además de los documentos que demuestren la Capacidad Jurídica de cada una las personas
que integran la correspondiente asociación, conforme a los numerales 5.2.1 y 5.2.2
precedentes, deben presentar los que se establecen a continuación, según se trate de las
dos (2) primeras o de la última:
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Consorcios y Uniones Temporales
Convenio en el que se acuerde la respectiva asociación, con el siguiente detalle:
Partes, representantes o apoderados; facultades para suscribirlo y para acometer
todas las actividades y actuaciones objeto del mismo, que se relacionan en el punto
subsiguiente, así como para comprometer a la persona jurídica de que se trate,
representar sus intereses, y obrar en su nombre en los actos, trámites y diligencias
inherentes a la actuación contractual.
Descripción del objeto, incluidas la presentación de Propuesta en desarrollo del
Procedimiento de Selección, bajo esa modalidad de asociación, así como de los
documentos requeridos para la Habilitación del Proponente Plural; el cumplimiento
oportuno, eficaz y eficiente de los compromisos derivados de tal presentación; la
celebración del Contrato proyectado, en caso de adjudicación; la satisfacción
consiguiente de los requisitos previos y posteriores a ella, y la ejecución de aquel,
que ha de comprender prestaciones, compromisos y obligaciones, así como el
otorgamiento de las garantías exigidas.
El término de duración del convenio o acuerdo, a tono con el numeral 5.1.3 anterior.
El porcentaje (%) de participación de cada uno de los integrantes en la asociación de
que se trate y la distribución de actividades, en su caso.
La designación del representante convencional y de dos (2) suplentes, que lo
reemplacen en sus faltas temporales, accidentales o absolutas, mientras se designa
titular.
La determinación precisa de sus facultades y limitaciones.
Los órganos de dirección, coordinación o administración, de establecerse, y sus
correspondientes responsabilidades o funciones.
La circunstancia de ser las partes solidariamente responsables del cumplimiento de
todas y cada una de las prestaciones, obligaciones y compromisos derivados de la
presentación de Propuesta incluida la Habilitación, y de la celebración, ejecución y
terminación del Contrato proyectado, en su caso, y hasta la liquidación definitiva del
mismo, además de asumir los compromisos que se extienden con posterioridad a esta
diligencia según el ordenamiento superior.
Si la asociación es a título de Unión Temporal, sin perjuicio de la solidaridad impuesta por
ministerio de la ley, la responsabilidad por el pago de multas y otras sanciones pecuniarias
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se distribuirá entre quienes integren la respectiva asociación, en forma proporcional a su
participación porcentual en la misma, que ha de indicarse expresa y claramente.
Promesa de Sociedad Futura
Contrato de Promesa de Sociedad, debidamente celebrado y perfeccionado, con estricta
sujeción al artículo 119 del Código de Comercio, en el que todos los integrantes del
Proponente Plural convengan las siguientes estipulaciones:
Partes
Denominación o razón social, naturaleza, nacionalidad, domicilio y objeto.
Representación y Facultades
Cada persona jurídica debe obrar por intermedio de representante debidamente autorizado
o de apoderado constituido en legal forma para el efecto, cuyos nombres, identificación,
nacionalidad, domicilio, condición y facultades se detallen en punto a la parte
correspondiente.
Objeto
La promesa irrevocable y recíproca de todas las partes de constituir una sociedad comercial
en la República de Colombia y conforme a su legislación, con el propósito exclusivo de
celebrar, perfeccionar, ejecutar, desarrollar, terminar y liquidar el Contrato proyectado, en
el evento de resultar el grupo conformado por ellas, bajo la modalidad de Promesa de
Sociedad Futura, favorecido con la adjudicación del Procedimiento, sociedad que tendrá las
características y se regirá por los estatutos que se establezcan en ese mismo documento,
todo ello con arreglo al ordenamiento jurídico superior y a las reglas y documentos del
certamen.
Condición Suspensiva
La celebración y solemnización del Contrato de Sociedad Prometido se sujetará
exclusivamente a la condición de que el Procedimiento de Selección favorezca o sea
adjudicado a las Partes, asociadas en la referida modalidad de Promesa de Sociedad Futura,
de manera que el Contrato proyectado sea celebrado con la Sociedad Prometida.
Oportunidad de Constitución
De ocurrir efectivamente la condición precedente, es decir, de resultar las partes del
Contrato de Promesa favorecidas con la adjudicación del Procedimiento, el Contrato de
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Sociedad será celebrado y solemnizado, en su caso, así como el instrumento público o
privado correspondiente inscrito en el Registro Público de la Cámara de Comercio del
domicilio principal, dentro de los dos (2) días calendario siguientes a la de notificación de
la respectiva determinación, y, en todo caso, a más tardar el día en que haya de llevarse a
cabo la firma del Contrato correspondiente con la ANH.
Obligaciones de las Partes
En cumplimiento del Contrato de Promesa, cada una de las Partes debe contraer las
siguientes, además de las que se pacten con sujeción al ordenamiento superior y a las
reglas y documentos del certamen:
Concurrir oportunamente a la celebración y solemnización del Contrato mediante el
cual se constituya en legal forma la Sociedad Prometida, en el evento de cumplirse
efectivamente la condición suspensiva, así como a acometer cualquier otra diligencia
encaminada al perfeccionamiento y registro de la misma, todo con arreglo a la ley y
a las reglas y documentos del Certamen.
Permanecer como socio o accionista de la nueva Sociedad durante todo el plazo de
ejecución del Contrato proyectado y hasta su liquidación definitiva, o hasta su
terminación anticipada, también una vez liquidado aquel, si se trata dela persona
jurídica integrante de Proponente Plural habilitada para prestar Servicios de
Telecomunicaciones, y del o de los demás socios que hubieran acreditado la
Capacidad Económico Financiera del Proponente, salvo autorización previa y expresa
de la ANH, y siempre que el cesionario reúna por lo menos los mismos requisitos del
cedente.
Solidaridad
Con arreglo al artículo 119 del Código de Comercio, los prometientes responden solidaria e
ilimitadamente de las actuaciones y operaciones que celebren o ejecuten en desarrollo de
los negocios de la Sociedad Prometida, antes de su constitución.
Además, en aplicación del parágrafo 3 del artículo 7 de la Ley 80 de 1.993, los socios de la
Sociedad Prometida responderán solidariamente ante La ANH por el cumplimiento de todas
y cada una de las obligaciones derivadas del Procedimiento de Selección; de la presentación
de los documentos de Habilitación; de la formulación de Propuesta, y del Contrato
proyectado, en su caso.
Designación de Representante Único
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Las Personas Jurídicas prometientes deben designar como representante único de todas
ellas una persona natural y dos (2) suplentes que la reemplacen en sus faltas temporales,
accidentales o absolutas, mientras se designa titular. A dichos representantes deben
otorgarse amplias facultades para actuar en nombre de todas, así como en representación
del grupo, sin limitaciones, en todo aspecto concerniente al Procedimiento de Selección y
al Contrato proyectado, desde la presentación de los documentos de Habilitación y la
formulación de Propuesta y hasta la constitución de la Sociedad Prometida, en especial,
para presentar aquellos y formular ésta; suscribir todo elemento que la integre; responder
eventuales requerimientos o aclaraciones; recibir notificaciones, incluida la de adjudicación;
concurrir a audiencias y llevar la vocería en ellas, así como para obligar y responsabilizar a
todos los copartícipes en el trámite completo del Procedimiento y en la ejecución del
Contrato de Promesa.
Estatutos de la Sociedad Prometida
Conforme a la legislación colombiana, según su naturaleza y tipo, en especial, el artículo
110 del Código de Comercio, o normas que lo modifiquen, sustituyan o complementen.
5.2.4 Requisitos de Acreditación Comunes
Declaración suscrita bajo la gravedad del juramento por el Proponente Individual o
por todos los integrantes del Proponente Plural, en la que conste lo siguiente: (Se
incorpora en la Carta de Presentación de la Propuesta)
- No encontrarse en causal de inhabilidad, incompatibilidad o prohibición de acuerdo
con la Constitución Política y la ley, ni en situación de conflicto de interés, y
compromiso irrevocable de renunciar a su Propuesta; a ceder el negocio jurídico o
su participación en el mismo, previa autorización expresa y escrita de la ANH, o a
terminarlo por acuerdo recíproco, en caso de sobrevenir alguna de tales causales,
o de obrar con sujeción a la ley de presentarse conflicto, circunstancia que se hará
constar también en el respectivo Contrato.
- No encontrarse en proceso de liquidación judicial o circunstancia semejante según
la legislación del país de origen, como quiebra, liquidación voluntaria o forzosa y,
en general, cualquier proceso que tenga como consecuencia la extinción de la
persona jurídica, ni tener litigios pendientes, procesos jurisdiccionales en curso o
encontrarse en otra situación o contingencia que pueda comprometer
materialmente el cumplimiento oportuno, eficaz y eficiente de las prestaciones,
obligaciones y compromisos derivados de la Habilitación; de la presentación de
Propuesta, de la adjudicación de Contrato, y de su celebración, ejecución o
terminación y liquidación.
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En caso contrario, la declaración debe especificar tales litigios, procesos,
circunstancias y situaciones, con indicación de su naturaleza, concepto, cuantía,
estado actual, riesgos y provisiones. En estos eventos, la ANH podrá solicitar
garantía adicional, que afiance la cancelación de eventuales condenas o
contingencias.
- Provenir los fondos y recursos destinados a la ejecución del Contrato proyectado,
en especial, a las inversiones requeridas, de actividades lícitas.
- Compromiso de tener y conservar la o las personas jurídicas integrantes de
Proponentes Plurales que hubieran acreditado los requisitos de Capacidad Técnica
y Operacional, por lo menos un treinta por ciento (30%) de participación en la
asociación de que se trate.
- Compromiso formal e irrevocable del Proponente Individual, la o las personas
jurídicas integrantes de Proponentes Plurales, de no ceder ni transferir total o
parcialmente el Contrato proyectado, ni su participación e intereses en el mismo,
sin autorización previa, expresa y escrita de la ANH.
- Compromiso formal e irrevocable de informar a la Entidad y/o de obtener
autorización previa, expresa y escrita de la ANH para llevar a cabo cualquier
transacción que comporte cambio del Beneficiario Real o Controlante, así como
eventos de fusión o escisión, del Proponente Individual o de integrantes de
Proponentes Plurales, de resultar aplicable.
- Compromiso formal e irrevocable de proporcionar información exacta, fehaciente
y veraz, así como autorización a la ANH para verificar la información aportada para
efectos de Habilitación y Propuesta, facultad que se reserva la Entidad en cualquier
oportunidad, sea anterior o posterior a tal Habilitación, a la asignación o
adjudicación del o de los negocios jurídicos proyectados, y a la celebración de los
mismos.
Poder debidamente otorgado al correspondiente mandatario con arreglo al régimen
jurídico superior, en el evento de que el Proponente Individual o cualquiera de los
integrantes de Proponente Plural acudan a este instrumento de representación para
actuar en su nombre, con indicación expresa de sus atribuciones y de las del
otorgante, con arreglo a los numerales 5.3.9 y 5.3.10 precedentes.
Copia impresa de la última publicación del Boletín de Responsables Fiscales de la
Contraloría General de la República, así como de la Certificación de la Procuraduría
General de la Nación, que acrediten no figurar el Proponente Individual ni los
integrantes de Proponentes Plurales, sus socios -salvo los de sociedades anónimas
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abiertas o inscritas en bolsas de valores-, y administradores, reportados como
responsables fiscales o con antecedentes disciplinarios, respectivamente.
Certificación expedida por el representante legal y el revisor fiscal o la persona o
empresa que ejerza la auditoría externa, de requerirlo la persona jurídica de que se
trate, o por el auditor interno (“Controller”), que acredite que el Proponente Individual
o los integrantes de Proponentes Plurales, se encuentran en paz y a salvo por
concepto de sus obligaciones relacionadas con el Sistema General de Seguridad
Social, los aportes parafiscales y el Impuesto sobre la Renta para la Equidad, CREE,
en el evento de estar sometidos al régimen correspondiente en el país, de acuerdo
con los artículos 50 de la Ley 789 de 2002 y 23 de la distinguida como 1150 de 2007;
la Ley 1607 de 2012, o normas que las desarrollen, modifiquen, complementen o
sustituyan.
Certificación expedida por el representante legal, el contador y el revisor fiscal o
auditor externo, de requerirlo la persona jurídica de que se trate, o por el auditor
interno (“Controller”), que identifique en forma clara y precisa quién o quiénes
ostentan la condición de Beneficiarios Reales o Controlantes del Proponente Individual
o de los integrantes de Proponentes Plurales, así como la composición accionaria o
de cuotas o partes de interés social, salvo que el capital se encuentre listado en bolsas
de valores o que se trate de sociedades anónimas abiertas.
5.2.5 Registro Único Tributario - RUT
A la Propuesta debe acompañarse copia impresa de certificación de la Dirección de
Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, debidamente actualizada, que acredite la
inscripción del Proponente Individual y de cada uno de los integrantes de Proponentes
Plurales en el Registro Único Tributario, RUT.
Respecto de las personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia, este requisito
solamente será exigible de resultar el Proponente Individual o los integrantes de
Proponentes Plurales favorecidos con la adjudicación del Contrato y como requisito para su
suscripción.
La información contenida las certificaciones sobre inscripción en el Registro Único
Tributario, RUT debe encontrase debidamente actualizada y en firme para la fecha de
presentación de las Propuestas.
5.2.6 Fotocopia del Documento de Identificación
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Los representantes legales o convencionales de los Proponentes, así como sus apoderados,
de constituirse, deben acreditar su identidad, mediante copia legible del documento
correspondiente, que debe acompañarse a la Oferta.
En el caso de los nacionales, corresponde a la cédula de ciudadanía. Las personas naturales
extranjeras, deben presentar copia de su pasaporte o de la cédula de extranjería, si tienen
domicilio en el país.
5.3 Capacidad Técnica
Para acreditar que disponen de la Capacidad Técnica y Operacional requerida para participar
en la Licitación Pública y celebrar el Contrato proyectado, los participantes deben reunir y
acreditar los requisitos de aptitud y los antecedentes y la experiencia que se consignan en
el presente numeral.
5.3.1 Registro Único de Proponentes - RUP
Con arreglo a los artículos 2.2.1.1.1.5.1. al 2.2.1.1.1.5.7. del Decreto Reglamentario 1082
de 2015, los Proponentes Individuales deben encontrarse inscritos, clasificados y calificados
en el Registro Único de Proponentes, RUP, de la Cámara de Comercio de su domicilio
principal, en los siguientes Códigos Estándar de Productos y Servicios de Naciones Unidas
(UNSPSC):
SEGMENTO FAMILIA CLASE
71 7115 711513
Tratándose de Proponentes Plurales, bajo cualquiera de las modalidades de asociación
previstas en la ley, por lo menos uno (1) de sus integrantes debe estar inscrito en los
Códigos reseñados.
Los certificados de inscripción en el Registro Único de Proponentes, RUP deben haber sido
expedidos con antelación no mayor de treinta (30) días comunes respecto de la fecha de
cierre de la Licitación Pública y encontrarse vigentes y en firme, de conformidad con el
citado Decreto Reglamentario 1082 de 2015.
Las personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, deben
acreditar su inscripción en el registro correspondiente del país de su domicilio principal, o
en el sistema de inscripción que haga las veces de dicho registro. Los documentos
correspondientes deben presentarse debidamente autenticados, apostillados o legalizados
en la forma prevista en las normas sobre la materia y en los apartes pertinentes de este
Pliego de Condiciones.
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No obstante, si en el país de origen o del domicilio principal de la correspondiente persona
jurídica no se exigiera tal Registro, la ANH evaluará los requisitos de Habilitación con base
en la documentación aportada para acreditar Capacidad Jurídica, Técnica y Económico
Financiera.
5.3.3 Experiencia del Proponente
Compromiso de Personal mínimo requerido El oferente deberá presentar con su propuesta una carta a través de la cual se comprometa a que previo a la suscripción del acta de inicio debe presentar a la ANH todo el personal mínimo requerido de que trata el Anexo Técnico y el Formulario No. 7, acompañado de los soportes correspondientes. Experiencia del proponente A. En contratos debidamente inscritos en el RUP bajo la siguiente clasificación de la
versión 14 del código estándar de productos y servicios de naciones unidas – UNSPSC:
SEGMENTO FAMILIA CLASE
71 Servicios de minería, petróleo y gas
7115 Servicios de procesamiento y gestión de datos de petróleo y gas
711513 Servicios de interpretación del
campo petrolero
El valor de la totalidad de los contratos acreditados debe corresponder a una cuantía mínima que en su sumatoria sea igual o superior al 30% del presupuesto estimado para el presente proceso de selección incluido IVA (Es decir, igual o mayor a $5.621.082.943) expresados estos en una cuantía igual o superior a 8724 SMLMV Para establecer la experiencia específica en el caso de proponentes plurales (unión temporal, consorcio de los consorcios y/o promesas de sociedad futuras), se sumarán las experiencias que acredite cada uno de los integrantes del proponente plural. De conformidad con lo establecido en la circular externa N° 12 del 5 de mayo de 2014, expedida por Colombia Compra Eficiente “La experiencia es un requisito habilitante. Los proponentes deben inscribir en el RUP su experiencia usando los códigos del clasificador de Bienes y Servicios. Por su parte, las Entidades Estatales al establecer el requisito habilitante de experiencia deben incluir los códigos específicos del objeto a contratar o el de bienes, obras o servicios afines al proceso de contratación respecto de los cuales los proponentes deben acreditar su experiencia”
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La ANH se reserva el derecho, en cualquier estado en que se encuentre el proceso de selección, de verificar la información presentada por el proponente para la acreditación de la experiencia. En el caso de proponentes no obligados a estar registrados en el RUP, (Proponentes extranjeros sin sucursal en Colombia) éstos deben acreditar que cumplen con la experiencia así: Las certificaciones deberán contener como mínimo la siguiente información:
a) Nombre del contratante. b) Nombre del contratista. c) Dirección y número telefónico del contratante. d) Si el contrato se ejecutó en consorcio, unión temporal u otra forma conjunta, deberá
indicar el nombre de sus integrantes y el porcentaje de participación de cada uno de ellos.
e) Objeto del contrato en cualquiera de las siguientes actividades:
Estudios geológicos de superficie.
Levantamiento de columnas estratigráficas o estudios integrados de núcleos. Estudios de reconstrucción de la historia termal. Estudios geoquímicos de crudos (o extractos de crudos) y/o Evaluación de Sistemas
Petrolíferos. Evaluación petrofísica de reservorios (porosidad y/o permeabilidad).
f) Valor total del contrato que se pretende acreditar. g) Lugar de ejecución. h) Actividades ejecutadas. i) Fecha de suscripción del contrato. j) Fecha de terminación del contrato.
Nota: Se acepta como equivalente a la certificación de cumplimiento de los contratos ejecutados, copia de los mismos, siempre que se acompañen con la respectiva acta de liquidación y de ellos es posible extraer la información requerida. Nota: Los documentos expedidos en el exterior, deberán ceñirse a lo establecido en este pliego de condiciones, en relación con documentos expedidos en el exterior, y deberán estar en relación con lo solicitado en el presente parágrafo Diligenciar el presente documento.
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Firma del Representante Legal
De conformidad con lo establecido en la Circular Externa No. 12 de 5 de mayo de 2014, expedida por Colombia Compra Eficiente “La experiencia es un requisito habilitante. Los proponentes deben inscribir en el RUP su experiencia usando los códigos del Clasificador de Bienes y Servicios. Por su parte, las Entidades Estatales al establecer el requisito habilitante de experiencia deben incluir los códigos específicos del objeto a contratar o el de bienes, obras o servicios afines al Proceso de Contratación respecto de los cuales los proponentes deben acreditar su experiencia”
B). Dadas las características especiales del objeto a contratar, los proponentes para acreditar la experiencia especifica adicional a la establecida en el RUP deberán allegar certificaciones de tres (3) Contratos ejecutados y cuya sumatoria de los contratos sea como mínimo igual o superior al 30% del presupuesto oficial del proceso y terminados y ejecutados durante los últimos diez (10) años, hasta el día de cierre del presente proceso.
Los Contratos relacionados deberán acreditar la ejecución de proyectos en cuyo objeto se incluya cualquiera de las siguientes actividades:
Estudios geológicos de superficie. Levantamiento de columnas estratigráficas o estudios integrados de núcleos.
Estudios de reconstrucción de la historia termal.
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Estudios geoquímicos de crudos (o extractos de crudos) y/o Evaluación de Sistemas Petrolíferos.
Evaluación petrofísica de reservorios (porosidad y/o permeabilidad).
Nota. Para el caso de consorcios y uniones temporales, cada uno de sus integrantes deberá presentar en forma independiente los TRES (3) contratos ejecutados y terminados en los últimos diez (10) años y cuya sumatoria sea como mínimo igual o superior al 30% del presupuesto oficial en los que se demuestre que se haya realizado las actividades antes descritas. Para efectos del presente literal, las certificaciones deberán contener la siguiente información:
Nombre del contratante Objeto del contrato Actividades del contrato (cualquiera de las relacionadas en el Literal b)). Número de kilómetros procesados e interpretados. Fechas de inicio y terminación del contrato Firma de personal competente
De igual manera se tendrán como válidas las copias de los contratos, siempre y cuando de ellos pueda extraerse la totalidad de la información requerida por la ANH.
ANEXO 5
Experiencia del proponente
No. Contrat
o
Contratante
Dirección y
Teléfono del
contrata
nte
%
Participación *
*
Objeto
del contrat
o **
Fecha de
inicio ***
Fecha Terminació
n ***
*Cuando el proponente haya celebrado el contrato en unión temporal ** Registre el objeto de la experiencia especifica del proponente tal como aparece en el respectivo soporte. No relacione experiencia que no esté debidamente soportada. ***Indicar día, mes, y año. (dd/mm/aa) Firma del Representante Legal Adicional a lo expuesto en el formulario correspondiente, esta información deberá ser presentada en una relación de contratos y mediante certificaciones expedidas por las empresas o entidades contratantes. En caso que no se presenten las certificaciones que acrediten la experiencia relacionada, la ANH no tendrá en cuenta esta información para efectos de la evaluación.
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Las certificaciones deberán contener como mínimo la siguiente información:
k) Nombre del contratante.
l) Nombre del contratista.
m) Dirección y número telefónico del contratante.
n) Si el contrato se ejecutó en consorcio, unión temporal u otra forma conjunta, deberá indicar el nombre de sus integrantes y el porcentaje de participación de cada uno de ellos. Cuando en la certificación no se indique el porcentaje de participación, deberá adjuntarse certificación del proponente individual o del integrante del proponente plural que desea hacer valer la experiencia, en la que se haga constar dicho porcentaje de participación. Tratándose de personas jurídicas, la referida certificación deberá suscribirse por su representante legal y, además, por el contador público o el revisor fiscal, según sea el caso. Si se trata de personas naturales, la certificación deberá estar suscrita por ellas y por contador público.
o) Objeto del contrato.
p) Valor total del contrato que se pretende acreditar.
q) Fecha de inicio del contrato.
r) Fecha de terminación del contrato.
La ANH se reserva el derecho, en cualquier estado en que se encuentre el proceso de selección, de verificar la información presentada por el proponente para la acreditación de la experiencia específica.
5.4 Requisitos Habilitantes Financieros
De conformidad con lo establecido en el numeral 15 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, Artículo 6 la Ley 1150 de 2007 modificado por el artículo 221 del Decreto Ley 019 de 2012 y el Decreto 1082 de 2015, la capacidad jurídica y la solidez financiera serán objeto de verificación sin calificarse en cuanto no son factores de comparación de las ofertas y por lo tanto, podrán complementarse en los términos que establezcan las citadas normas y la ANH.
Los interesados en el presente proceso de contratación (personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras con domicilio en Colombia), deberán estar inscritos en el Registro Único de Proponentes (RUP) con el fin de que la entidad realice la verificación de los requisitos habilitantes de carácter financiero de conformidad con lo establecido en el Decreto 1082 de 2015 y el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007 modificado por el artículo 221 del Decreto Ley 019 de 2012, cuando se renueve o actualice el RUP, la información que se modifica estará vigente hasta que la nueva información quede en firme.
Para la habilitación financiera se requiere que el interesado presente:
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De conformidad con lo establecido en el numeral 15 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, Artículo 6 la Ley 1150 de 2007 modificado por el artículo 221 del Decreto Ley 019 de 2012 y el Decreto 1082 de 2015, la capacidad jurídica y la solidez financiera serán objeto de verificación sin calificarse en cuanto no son factores de comparación de las ofertas y por lo tanto, podrán complementarse en los términos que establezcan las citadas normas y la ANH.
Personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras con domicilio en Colombia (inscritas en el RUP)
Los interesados en el presente proceso de contratación y que sean personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras con domicilio en Colombia, deberán estar inscritos en el Registro Único de Proponentes (RUP) con el fin de que la entidad realice la verificación de los requisitos habilitantes de carácter financiero de conformidad con lo establecido en el Decreto 1082 de 2015 y el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007 modificado por el artículo 221 del Decreto Ley 019 de 2012, cuando se renueve o actualice el RUP, la información que se modifica estará vigente hasta que la nueva información quede en firme.
Certificado del RUP expedido bajo los fundamentos del Decreto 1082 de 2015 para verificar la capacidad financiera y organizacional del interesado.
Interesados con menos de un año de constitución: Para aquellos casos en que el interesado tenga menos de un año de constitución y por esta razón en el RUP no conste la información del año 2013, la verificación se realizará con base en la información registrada en el RUP a la fecha de inscripción.
Personas naturales extranjeras sin domicilio en el país y las personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia (no inscritas en el RUP)
Con el fin de verificar la capacidad financiera de las personas naturales extranjeras sin domicilio en el país y las personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberán aportar el Balance General y el Estado de Resultados de acuerdo al cierre fiscal en cada país de origen o al balance de apertura, si son sociedades nuevas avalados con la firma de quien se encuentre en obligación de hacerlo de acuerdo con la normatividad vigente del país de origen, certificación del contador público o revisor fiscal de la sociedad extranjera, o en su defecto por el revisor fiscal de la sucursal de la sociedad extranjera en la que se indique la fecha del cierre fiscal en el país de origen de la sociedad (proponente).
Si pertenece a un grupo empresarial, los estados financieros que debe aportar son los de la casa matriz debidamente firmados por quien corresponda y auditados con sus respectivas notas.
Deberán presentar el Balance General y Estado de Resultados, acompañados de traducción simple al idioma español, presentados de acuerdo con el Plan Único de Cuentas para Colombia (PUC), Decreto 2650 de 1993, con los valores expresados en pesos colombianos, a la tasa representativa del mercado (TRM) a la fecha de cierre de los mismos, indicando la tasa de conversión, avalados con la firma de un Contador(a) Público con Tarjeta
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Profesional y certificación de antecedentes disciplinarios expedida por la Junta Central de Contadores la cual no debe tener fecha de expedición anterior a tres (3) meses a la fecha de presentación de la oferta expedida por la Junta Central de Contadores de Colombia.
Adicionalmente, este mismo Contador(a) deberá expedir un certificado, en el cual conste de manera discriminada y detallada cada uno de los valores de los indicadores solicitados, señalando las cuentas del PUC de los estados financieros de donde se toma esa información.
Indicadores Financieros
Los indicadores financieros que se presentan a continuación, se fijaron en acatamiento a lo establecido en el Decreto 1082 de 2015.
Adicionalmente, la entidad consideró importante solicitar para este proceso los indicadores financieros “CAPITAL DE TRABAJO” y CAPITAL REAL DEL PROPONENTE.
Para el efecto, el interesado deberá expedir un certificado debidamente suscrito por el Contador(a) y/o Revisor(a) Fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos de ley, en el cual conste de manera discriminada y detallada cada uno de los valores del indicador capital real del proponente solicitado, señalando las cuentas del PUC de los estados financieros de donde se toma esa información.
Cuando el indicador corresponda al de una sucursal, tener en cuenta que los valores a tomar para el indicador debe corresponder a los de los estados financieros que se llevaron a la Cámara de Comercio (o sea, los de la matriz). Para determinar los resultados exigidos se tuvo en cuenta, las condiciones en las cuales se realizaron estos procesos en el pasado y la situación financiera de las empresas que interactúan en el sector objeto del proceso contractual tomando como fuente la base de datos del Sistema de Información y Reporte Empresarial (SIREM) de la Superintendencia de Sociedades,
INDICADOR FORMULA RESULTADO EXIGIDO
Capacidad Financiera
Liquidez (Veces)
Activo Corriente / Pasivo Corriente
Mayor o Igual a 1,4
Nivel de Endeudamiento (Porcentaje)
Pasivo Total / Activo Total
Menor o igual a 60%
Razón de Cobertura de Intereses (veces)
Utilidad Operacional / Gastos de Intereses
Mayor o Igual 5
Capital de trabajo (valor absoluto)
Activo Corriente – Pasivo Corriente
Mayor o igual al 20% del presupuesto oficial para este
proceso
Capital Real del proponente (valor absoluto)
Capital social efectivamente pagado
+Reservas-Constituidas
Mayor o igual al 30% del presupuesto oficial para este
proceso
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+Utilidades retenidas + Utilidades del
ejercicio
Capacidad Organizacional
Rentabilidad del Patrimonio (Porcentaje)
Utilidad Operacional / Patrimonio
Mayor o Igual a 7%
Rentabilidad del Activo (Porcentaje)
Utilidad Operacional / Activo Total
Mayor o Igual a 4%
Los Interesados cuyos gastos de intereses sean cero (0), no podrán calcular el indicador de razón de cobertura de intereses. En este caso, el oferente cumple el indicador, salvo que su utilidad operacional sea negativa, caso en el cual no cumple con el indicador de razón de cobertura de intereses, rentabilidad del patrimonio y rentabilidad del activo.
El término utilidad operacional es utilizado para comerciantes, pero se entiende como resultado social operativo o excedentes operativos del ejercicio u otro equivalente dependiendo del sector que desee participar en el proceso. Indicadores financieros de consorcios, uniones temporales y promesas de sociedad futura Cada uno de los integrantes de los consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura, deberán presentar el RUP de manera separada si es persona nacional o extranjera con domicilio en Colombia y para personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, los documentos antes señalados. Para calcular los indicadores de los consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura se multiplican las cifras de cada uno de los proponentes por el porcentaje de participación en el consorcio, unión temporal o promesas de sociedad futura, del resultado de sumar los valores obtenidos se calculan los indicadores solicitados. Cuando en desarrollo de la verificación financiera se requiera información adicional del interesado, podrá solicitarse los documentos que se consideren necesarios para el esclarecimiento de la información, tales como Estados Financieros de años anteriores, anexos específicos o cualquier otro soporte. Así mismo, requerir las aclaraciones que se consideren necesarias, siempre que con ello no se violen los principios de igualdad y transparencia de la contratación, sin que las aclaraciones o documentos que el interesado allegue a solicitud de la Agencia puedan modificar, adicionar o complementar la propuesta.
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CAPÍTULO SEXTO
ANÁLISIS, EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS
En desarrollo de lo previsto en el artículo 2.2.1.1.2.2.2. del Decreto 1082 de 2015, las
Ofertas de los Proponentes para participar en el Procedimiento de Licitación serán
calificadas de acuerdo con los Factores que se determinan más adelante y surtido el
procedimiento fijado a continuación:
Los factores de evaluación y calificación responden a criterios técnicos, económicos y de
protección a la Industria Nacional, y representan un puntaje máximo de mil (1000) puntos.
La adjudicación del Contrato se efectuará al Proponente cuya Oferta obtenga el mayor
puntaje como resultado de la aplicación de los Factores de Evaluación y Calificación que se
determinan a continuación:
De acuerdo con los Puntajes obtenidos por concepto de los diferentes criterios de
evaluación y calificación, se establecerá un Orden de Elegibilidad de mayor a menor en
forma descendente. Ocupará el primer lugar aquel Proponente que haya acumulado la
mayor cantidad de Puntos.
6.1 Criterios de Evaluación y Calificación de las Propuestas
CRITERIOS DE EVALUACION
Factor Económico 400 puntos
Cantidad de muestras adicionales
500 puntos
Apoyo a la Industria Nacional
100 puntos
TOTAL EVALUACION 1000 PUNTOS
La evaluación será cuantitativa. Con esto se pretende que el alcance adicional sea funcional. No se puntuarán sobre metodologías propuestas por el proponente. El alcance de la propuesta que resulte adjudicataria será de cumplimiento obligatorio por parte del contratista. 6.1.1. ASIGNACIÓN DE PUNTAJE AL FACTOR ECONÓMICO (Máximo 400 puntos) Para efectos de la evaluación económica se tomará el valor total del Formulario respectivo y que incluye IVA y demás tributos que se causen por el hecho de su celebración, ejecución y liquidación.
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La asignación del puntaje se realizará de la siguiente manera: Se calculará la media geométrica (MG), teniendo en cuenta los valores totales de las propuestas habilitadas presentadas de la siguiente forma: MG = (PO*X1*X2*X3…*Xn)^(1/n) Donde: PO= Presupuesto Oficial X1, X2, etc.: corresponde al valor de cada propuesta habilitada n: corresponde al número total de propuestas presentadas. Evaluación de la propuesta económica: 400 Puntos Se reparten puntajes equivalentes a la evaluación geométrica de la siguiente manera: Se calculará la diferencia (Dn) entre cada propuesta y la media geométrica MG. Dn = [Xn – MG] La propuesta cuyo valor de Dn sea más cercano a La MG por debajo de ella recibirá 400 puntos. Las demás propuestas recibirán cada una 20 puntos menos que la anterior, a medida que su Dn en valor absoluto se vaya haciendo mayor. El PROPONENTE debe tener en cuenta los siguientes criterios al indicar el valor de su OFERTA:
MONEDA LEGAL COLOMBIANA
El valor de la OFERTA debe presentarse en moneda legal colombiana. Corrección de errores aritméticos El proponente deberá adjuntar a su propuesta el formulario respectivo debidamente diligenciado. La entidad entiende que en este se contemplaron todos los costos y gastos que se generen con ocasión del contrato. Aspectos Tributarios y Otros Gastos, en el valor del contrato quedan incluidos todos los impuestos y tributos de carácter nacional, departamental y municipal que se generen por concepto del presente contrato. La propuesta económica no podrá superar el valor del presupuesto oficial. Siempre y cuando la oferta cumpla con los documentos de Licitación, la ANH corregirá los errores aritméticos de la siguiente manera:
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Si existiese discrepancia entre un precio unitario y el precio total que se obtenga multiplicando ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario. El precio total será corregido a menos que, a criterio de la entidad, exista un error obvio en la colocación del punto decimal del precio unitario, en cuyo caso prevalecerá el precio total cotizado y se corregirá el precio unitario. Si existiese un error en un precio total como consecuencia de la suma o resta de subtotales, prevalecerán los subtotales y el precio total será corregido. Si existiese discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras, salvo que la cantidad expresada en palabras tenga relación con un error aritmético, en cuyo caso prevalecerá el monto en cifras con sujeción a las condiciones mencionadas en a y b. Se deberá entender por valor de la propuesta, el valor revisado por el Comité Evaluador. En caso de que el proponente favorecido no acepta el valor resultante deberá manifestarlo por escrito antes de la adjudicación, caso en el cual la ANH adjudicará al segundo lugar y así sucesivamente. La variación establecida por medio de la corrección de los errores aritméticos, no deberá ser mayor ni menor, al diez por ciento (10%) del valor de la oferta presentada, caso contrario la oferta no será tomada en cuenta para continuar con la evaluación. Siempre que el error aritmético, este en conformidad a lo regulado en párrafo anterior, la ANH comunicará al proponente sobre la corrección de su oferta, comunicación que se entiende cumplida con la publicación del informe en el SECOP, con la finalidad de obtener la confirmación sobre el monto total de la misma y su conformidad sobre la corrección para proceder a la adjudicación. En todo caso, el valor corregido con las correcciones previamente indicadas, no podrá exceder el valor del presupuesto oficial. 6.1.2. CANTIDAD ADICIONAL DE MUESTRAS CON SU ANALISIS (MÁXIMO 500 PUNTOS)
El parámetro adicional a calificar será la cantidad de muestras a tomar y sus análisis que el proponente ofrezca, dentro del valor total de la propuesta. Se le asignarán 500 puntos al proponente que ofrezca mayor número de muestras adicionales en su propuesta técnica (Esta propuesta deberá expresarse en términos económicos para poder compararla con la de los demás proponentes y deberá tener en cuenta los valores unitarios del análisis del sondeo de mercado de tal forma que no se rompa el equilibrio económico del contrato). El formato para la oferta adicional será así:
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Nota: La ANH será quien determinará los pozos en los que ha de tomarse la cantidad adicional de muestras y los análisis ofrecidos por el proponente. Los análisis que se realizarán a estas muestras serán en las mismas condiciones de los exigidos en los pliegos. 6.1.3. Apoyo a la Industria Nacional (Hasta 100 puntos) Para el componente del servicio ofrecido, la ANH tendrá en cuenta si el mismo es de origen nacional o extranjero. Para el efecto, se tendrá en cuenta lo establecido en los artículos 20 y 21 de la Ley 80 de 1993, la Ley 816 de 2003 y el artículo 2.2.1.2.4.2.1 del Decreto 1082 de 2015. Para el componente del servicio ofrecido, la ANH tendrá en cuenta si el mismo es de origen nacional o extranjero. Para el efecto, se tendrá en cuenta lo establecido en el Parágrafo Segundo del Artículo 20 de la Ley 80 de 1993, la Ley 019 de 2012 y el Decreto 1082 de 2015, se otorgará tratamiento de bienes y servicios nacionales a aquellos de origen extranjero en procesos de selección nacionales, siempre que cumplan con alguna de éstas condiciones: (i) los bienes y servicios de otros estados con los cuales exista un Acuerdo Comercial aplicable al Proceso de Contratación; (ii) a los bienes y servicios respecto de los cuales exista trato nacional por reciprocidad; y, (iii) a los servicios de la Comunidad Andina de Naciones –CAN– En aplicación de lo señalado en el parágrafo 1 del Artículo 21 de la Ley 80 de 1993, son servicios de origen nacional aquellos prestados por empresas constituidas de acuerdo con la legislación nacional, por personas naturales colombianas o por residentes en Colombia. Un servicio es nacional si es prestado por una persona jurídica constituida en el país; lo cual es verificado con el certificado de existencia y representación legal, si el domicilio de la persona jurídica se encuentra dentro del territorio nacional. El principio de reciprocidad y de apoyo a la industria nacional de que trata los artículos 20 y 21 de la Ley 80 de 1993, y el Artículo 1 de la Ley 816 de 2003, se otorgará tratamiento de servicios nacionales a aquellos servicios originarios de empresas o sociedades de los países con los que Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras estatales. En este caso el proponente deberá señalarse el tratado, convenio o acuerdo y/o la ley de ratificación. Para la asignación del puntaje de que trata este numeral el proponente debe presentar con la propuesta la manifestación en la cual indique bajo la gravedad del juramento si los servicios que ofrece son cien por ciento (100%) nacionales o aplica principio de
OFERTA ADICIONAL Valor en COP$
MONTO PARA LA CANTIDAD ADICIONAL DE MUESTRAS CON SUS ANALISIS
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reciprocidad; si ofrece servicios extranjeros con componente nacional sin que acredite principio de reciprocidad o si ofrece servicios extranjeros. Dicha manifestación debe presentarse con la oferta, so pena de no otorgarse el respectivo puntaje por este aspecto. En cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 2 de la Ley 816 de 2003, los puntajes que se asignarán en cada una de las propuestas son presentados en el siguiente cuadro
Componente de bienes y servicios profesionales nacionales
Puntos
Ofrece servicios 100% nacionales o extranjeros que aplican principio de reciprocidad
100
Ofrece servicios extranjeros sin aplicación del principio de reciprocidad y tienen componente nacional
50
Ofrece servicios extranjeros sin reciprocidad 0
6.2. Criterios de Desempate
Con fundamento en el artículo 2.2.1.1.2.2.9. del Decreto 1082 de 2015, La ANH aplicará los
siguientes:
a). De presentarse empate entre dos o más ofertas, se seleccionará la Propuesta
que haya alcanzado el más alto puntaje en la oferta técnica.
b) Si persiste el empate, se escogerá aquella que haya recibido la mayor
calificación en el aspecto económico.
Si persiste el empate, la Entidad Estatal debe utilizar las siguientes reglas de forma sucesiva
y excluyente para seleccionar el oferente favorecido, respetando los compromisos
adquiridos por Acuerdos Comerciales:
1. Preferir la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o ser-
vicios extranjeros.
2. Preferir las ofertas presentada por una Mipyme nacional.
3. Preferir la oferta presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de
sociedad futura siempre que: (a) esté conformado por al menos una Mipyme nacional
que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%); (b) la
Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en
la oferta; y (c) ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean
empleados, socios o accionistas de los miembros del Consorcio, Unión Temporal o
promesa de sociedad futura.
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4. Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones esta-
blecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en
condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997. Si la oferta es
presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura, el
integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en
condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una
participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el Consorcio, Unión
Temporal o promesa de sociedad futura y aportar mínimo el veinticinco por ciento
(25%) de la experiencia acreditada en la oferta.
Mediante sorteo, con balotas.
Nota:
1. Las acreditaciones de la calidad de Mipyme y la certificación de las condiciones de la Ley 361 de 1997 deben adjuntarse al momento del cierre de la propuesta, aportar este documento con posterioridad implica mejoramiento de la propuesta.
2. Para la aplicación de las reglas relacionadas con Mipymes, no habrá lugar a desempate por distinción entre micros, pequeñas o medianas empresas, ni por diferencia de porcentajes de participación ni por ningún otro criterio diferente a los atrás expresados.
3. El proponente acreditara la calidad de Mipyme adjuntando los siguientes
documentos:
a) Certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio no superior a 30 días de expedición.
b) Certificación expedida por contador o revisor fiscal, según sea el caso, en la que se señale la condición de Mipyme para la fecha de cierre del proceso. La certificación del contador o revisor fiscal, deberá expedirse teniendo en cuenta los estados financieros de la vigencia inmediatamente anterior, es decir a 31 de diciembre de 2012.
c) Registro Único Tributario – RUT de conformidad con el Decreto 2788 de 2004,
o las demás normas que lo modifiquen, sustituyan o adicionen. Las Mipymes cumplen con las condiciones de personal y activos totales:
Mediana Empresa Pequeña Empresa Micro Empresa
Personal Entre 51 y 200 trabajadores
Entre 11 y 50 trabajadores
Menor o igual a 10 trabajadores
Activos Totales De 100000 a 610000 UVT (Unidades de Valor
Entre 501 a 5000 SMMLV
Menor a 500 SMMLV, excluida vivienda
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Tributario Ley 1111 de 2006)
Tabla 8. Criterios Mipymes
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CAPÍTULO SÉPTIMO
FORMACIÓN Y EXPERIENCIA DEL EQUIPO DE TRABAJO
Los Proponentes deben comprometerse irrevocablemente a poner al servicio del Proyecto
y a mantener vinculados durante el plazo de ejecución del Contrato, a los profesionales que
habrán de integrar el Equipo Mínimo de Trabajo establecido en el Anexo correspondiente.
Cada uno debe tener el perfil y reunir los requisitos de formación académica y de
experiencia consignados en aquel.
El Contratista debe diligenciar el Anexo denominado Equipo Mínimo de Trabajo, y anexar
los soporte documentales previo al inicio de ejecución del contrato.
El Proponente favorecido con la adjudicación del certamen se obliga a que el Equipo Mínimo
de Trabajo esté contratado y en ejercicio de sus cargos, en la fecha de inicio del plazo de
ejecución contractual.
Para cada uno de los profesionales propuestos se deben anexar los siguientes documentos:
Fotocopia legible del título profesional, del acta de grado o de la tarjeta o matrícula
profesional, cuando sea requerida por el ordenamiento superior para ejercer la
profesión de que se trate. o certificado de estudios universitarios iguales o superiores
a séptimo semestre en adelante.
Certificado de vigencia de dicha tarjeta o matrícula.
Fotocopia legible del documento de identificación: cédula de ciudadanía o de
extranjería, o pasaporte, según el caso.
Fotocopia legible de los documentos soporten la experiencia con fecha de inicio y
terminación.
Si se trata de estudios cursados en el exterior, la respectiva convalidación del título,
expedida por el Ministerio de Educación, de acuerdo con la Ley 30 de 1992 y la
Resolución 5547 de 2005.
La documentación presentada para acreditar la Experiencia Específica del Equipo Mínimo
de Trabajo debe permitir verificar fehacientemente la siguiente información:
Período de vinculación, que especifique fechas inicial y final, expresadas en día, mes
y año.
Cargo(s), responsabilidad(es) y/o perfil(es) nominales y funcionales desempeñado(s).
Actividades o funciones por cada uno de los cargo(s), responsabilidad(es) o perfil(es)
desempeñado(s), que permitan constatar el cumplimiento de los requisitos exigidos.
Las certificaciones de experiencia deberán contener como mínimo los siguientes datos:
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- Nombre o razón social de la entidad o empresa. - Tiempo de servicio, indicando claramente la fecha de inicio y de terminación. - Relación de funciones, o descripción clara de la actividad desempeñada. En caso de que el profesional haya ejercido su profesión en el mismo periodo de tiempo en distintas empresas o entidades, el tiempo de experiencia se contará por una sola vez. Cuando se presente una certificación laboral que no especifique el día de inicio o terminación se aplicará la siguiente regla: Para la fecha de inicio se contabilizará a partir del primer día del mes siguiente al reportado en el certificado. Para la fecha de finalización, se contabilizará la experiencia a partir del último día al mes anterior a la experiencia certificada. Como ejemplo se tiene una certificación laboral que indica las siguientes fechas: Fecha de inicio del contrato: Marzo de 2010 Fecha de finalización del contrato: Junio de 2011 Para este contrato el tiempo de experiencia se contabilizará de la siguiente manera: Fecha de inicio del contrato: Abril 1 de 2010 Fecha de finalización del contrato: Mayo 31 de 2011
Las certificaciones de experiencia en idioma diferente al castellano deberán acompañarse
de la traducción correspondiente, en los términos señalados en el presente pliego de
condiciones.
El cambio de personal inicialmente propuesto deberá ser aprobado por la ANH, y el tiempo
de reemplazo no será causal para el aplazamiento o prórroga del contrato.
Como “experiencia profesional específica” debe entenderse la adquirida en ejercicio de las
funciones propias de un empleo concreto o preciso, en el desempeño de actividades en una
determinada área de trabajo o en el ejercicio profesional, o en el desempeño de una
ocupación, arte u oficio, igual o similar al cargo, empleo o responsabilidad que se va a
desempeñar.
En todos los casos, cualquiera que sea el vínculo jurídico establecido o el título con el que
se ha ejercido la profesión, la experiencia en Ingeniería, en cualquiera de sus ramas o
especialidades, y en Administración de Empresas en Colombia, solamente será tomada en
consideración a partir de la fecha de obtención de la matrícula profesional, aún si ha sido
adquirida antes de la expedición de la Ley 842 de 2003. En el caso de los tecnólogos o
técnicos profesionales, la experiencia se contará igualmente a partir de la expedición de la
respectiva tarjeta, de acuerdo con la misma Ley.
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Las certificaciones, constancias o cualquier otro documento con el que se pretenda acreditar
experiencia de quienes integran el Equipo Mínimo de Trabajo requerido, deben ser
expedidas directamente por los empleadores o contratantes, o por representante autorizado
de la entidad en que se desempeñaron o para la que realizaron los trabajos.
Los contratos, proyectos y/o actividades cuyo desarrollo efectivo pretendan acreditarse con
las certificaciones, deben haber sido ejecutados directamente por la persona propuesta
para integrar el Equipo, y su experiencia debe corresponder a la requerida para los
profesionales que hayan de conformarlo, para la ejecución del Contrato proyectado.
En los documentos aportados para acreditar la experiencia debe establecerse claramente
el tiempo durante el cual se ejecutaron las respectivas funciones, actividades o labores. No
obstante, si para la fecha de la correspondiente certificación todavía se desarrollan, se
tomará en cuenta el tiempo transcurrido hasta ese día.
Si el Proponente es quien acredita la experiencia del profesional propuesto, además de la
correspondiente certificación, debe presentar fotocopia legible del contrato, que permita
demostrar la relación jurídica en desarrollo de la cual se obtuvo la experiencia.
Cada profesional debe tener un solo cargo o responsabilidad en la ejecución del Proyecto.
Las certificaciones que acrediten experiencia del personal propuesto para integrar el Equipo
Mínimo de Trabajo, se consideran expedidas bajo gravedad del juramento. La ANH no
tendrá en cuenta aquellas suscritas por el mismo profesional propuesto, es decir, las
certificaciones sobre sí mismo ni las declaraciones extrajuicio.
Si se trata de ingenieros, aplican las siguientes reglas:
Aquellos graduados, pero cuyo ejercicio profesional haya tenido lugar en el exterior,
como quiera que no estaban obligados a obtener matrícula profesional en Colombia,
sí pueden acreditar la obtenida legalmente fuera del país, según las normas de la
correspondiente legislación, circunstancia que corresponde probar al Proponente que
resulte adjudicatario del presente Procedimiento de Selección.
En todo caso, para ejercer la profesión en el país, los nacionales colombianos
graduados en el exterior, deben acreditar matrícula profesional, para la fecha de
suscripción del acta de inicio del Contrato objeto del presente Pliego de Condiciones.
Si se trata de títulos obtenidos en el exterior, para se debe presentar su convalidación por
el Ministerio de Educación, de acuerdo con la Ley 30 de 1992 y la Resolución 5547 de 2005,
también para la fecha de suscripción del acta de inicio del Contrato proyectado.
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Para contabilizar el tiempo de experiencia requerido, solamente no se contabilizará
experiencia traslapada.
Para ser tomadas en consideración, las certificaciones deben corresponder a la experiencia
específica particular requerida, con el detalle de las actividades concretas realizadas o de
las labores efectivamente desempeñadas.
No se considerarán tiempos de asistencia académica, ni a la preparación de publicaciones
ni conferencias.
La experiencia que se pretende acreditar puede corresponder a actividades en ejecución,
pero solamente se contabilizarán las realizadas hasta la fecha de la correspondiente
certificación.
Para efectos del Procedimiento de Selección, un (1) año corresponde a trescientos sesenta
(360) días y un (1) mes a treinta (30).
En cuanto corresponde a la formación académica, aplican las siguientes reglas:
1. Los programas profesionales universitarios o de posgrado que pretendan acreditarse
como parte de la formación académica de cualquier integrante del Equipo Mínimo de
Trabajo, deben contar con aprobación del ICFES o de la Secretaría de Educación
correspondiente, si fueron obtenidos con anterioridad a la vigencia de la Ley 30 de
1992, o del Ministerio de Educación, en los términos del Decreto 2230 de 2003.
2. Para acreditar la formación académica deben presentarse el diploma o el acta de
grado, salvo que se presente matrícula profesional.
3. Para tener en cuenta programas de pregrado o de posgrado en el exterior, además
de los referidos documentos, en idioma español o debidamente traducidos, debe
presentarse certificado de homologación o convalidación por el Ministerio de
Educación.
4. Para establecer si un título académico de postgrado se ajusta a los requerimientos
académicos, la ANH verificará que corresponda al área de conocimiento exigida, de
acuerdo con la información que suministre el Ministerio de Educación.
5. Para el caso de los perfiles técnicos y/o tecnólogos debe presentarse diploma o
certificado de estudios universitarios iguales o superiores a séptimo semestre en
adelante.
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Los perfiles del Equipo Mínimo de Trabajo propuesto deben corresponder estrictamente a
los de los profesionales responsables de desarrollar las actividades, ejercer las funciones y
asumir las responsabilidades propias de los distintos cargos requeridos para la ejecución
del Proyecto. Eventuales cambios en cualquiera de ellos, durante el plazo del Contrato,
deben ser previa y expresamente aprobados por el Supervisor, y el candidato para
reemplazar cualquier profesional debe reunir por lo menos las mismas o superiores
condiciones de formación académica y experiencia profesional, y cumplir iguales requisitos
exigidos al que ha de sustituir.
El personal empleado por el contratista no adquiere vínculo laboral ni de otra índole con la
ANH, por lo que corre a cargo del contratista el pago de salarios, prestaciones sociales,
indemnizaciones, aportes parafiscales y bonificaciones a que ellos tengan derecho, según
la normatividad vigente. Adicionalmente, el contratista debe responder por las prestaciones
y gastos que no asuma el Sistema de Seguridad Social Integral.
La ANH, se reserva el derecho de realizar los estudios de seguridad correspondientes al
contratista y al personal que ha sido asignado para la ejecución del Contrato. De la misma
manera, la ANH se reserva el derecho de realizar pruebas técnicas de idoneidad al personal
y solicitar los cambios que considere procedente.
La ANH podrá solicitar cambios de personal, por razones de conveniencia y como resultado
del estudio; para cualquier cambio de personal que se presentare durante la ejecución del
Contrato, este cambio deberá ser avalado por el supervisor del Contrato siempre y cuando
se cumplan los requisitos mínimos exigidos y se realice el reemplazo en un plazo máximo
de 5 días habiles.
En caso de que el Contratista requiera cambiar alguno de los profesionales y demás
personal ofrecido y/o presentado, éste deberá tener un perfil igual o superior al exigido. En
todo caso, el supervisor deberá aprobar previamente el reemplazo.
Para la verificación del perfil del personal mínimo requerido, debe registrar la información
en el formato correspondiente y adjuntar la documentación soporte que acredite el
cumplimiento de los requisitos exigidos.
La ANH se reserva el derecho, en cualquier estado en que se encuentre el proceso de
selección, de verificar la información presentada por el proponente para la acreditación de
la experiencia.
Para la verificación de la experiencia del personal mínimo requerido, el proponente la
acreditará mediante la presentación de constancias escritas, expedidas por el funcionario
competente de las respectivas empresas.
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El Equipo Mínimo de Trabajo ofrecido debe necesariamente cumplir y acreditar, por lo
menos, el número de personas, los perfiles de formación académica y experiencia
profesional, y la dedicación establecidos en el Anexo sobre Equipo Mínimo de Trabajo.
En el curso de la ejecución contractual, el personal al servicio del Contratista debe tener
total disponibilidad para atender cualquier solicitud razonada de la ANH, con el fin de asistir
a reuniones o satisfacer requerimientos especiales, todo ello dentro del objeto y alcance del
negocio jurídico proyectado.
Los profesionales responsables de la coordinación del Proyecto deben residir en Bogotá,
durante el plazo de ejecución del Contrato, y poder sostener conversación fluida en idioma
español.
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CAPÍTULO OCTAVO
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS Las especificaciones técnicas, para cada una de las fases, incluyen:
Las actividades a desarrollar por parte del Contratista El personal técnico mínimo requerido La metodología
El área de estudio Análisis a realizar Entregables y responsabilidades durante la ejecución Equipos y gastos administrativos Confidencialidad de la información.
El proponente para la ejecución del contrato deberá utilizar la siguiente metodología y plan de trabajo: Duración del proyecto: Cuatro (4) meses o hasta el 31 de diciembre de 2015. Análisis diagnóstico: (Máximo 15 días después del inicio del cronograma) Previamente a la realización de la fase de muestreo el contratista debe realizar un reporte de análisis de la información obtenida por la ANH en la fase de descripción física durante el año 2014, la cual es la base del presente estudio. Una vez se tenga este primer informe, se realizará, un taller de discusión con el grupo técnico de la ANH con el fin de definir los intervalos de interés, las técnicas más adecuadas y la distribución de muestras por pozo. Con el resultado de este taller se establecerá un cronograma de trabajo que se enviará a la Litoteca para la programación de las salas de consulta y del personal de apoyo en el despliegue de los núcleos. Muestreo: Se ha dispuesto por parte de la ANH que el contratista tendrá a disposición los núcleos y ripios temporalmente en la sede de la Litoteca Nacional de la ANH. Los núcleos y ripios disponibles en la Litoteca Nacional objeto de este estudio, serán seleccionados por el Supervisor de la ANH de acuerdo con los objetivos misionales de la ANH. El contratista llevará a cabo el muestreo detallado de 20.000 pies de núcleos y 522 muestras de ripios para los distintos tipos de estudios de laboratorio requeridos, de acuerdo a las indicaciones de la ANH. Bajo la supervisión de la ANH, cada especialista seleccionará la cantidad y calidad de muestra necesaria para la realización de los diferentes estudios, cuidando de conservar la disposición estratigráfica original indicada de los niveles objeto. Para ello tendrá en cuenta las condiciones de recepción y entrega de núcleos de la Litoteca Nacional. El supervisor de la ANH avalará y aprobará las actividades para el muestreo. Una vez terminada la fase de muestreo y cuando el contratista considere, previa aprobación del Supervisor de la ANH, procederá a la preservación y devolución de los núcleos y ripios
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en sus respectivas cajas teniendo en cuenta el Manual de entrega de información a la Litoteca Nacional para tal fin. El contratista solicitará, si es del caso, a través del Supervisor de la ANH, información sobre registros y demás información disponible del (los) pozo(s) estratigráfico(s), así como la información disponible en el EPIS que se considere necesaria para la interpretación de los datos. El director del proyecto mantendrá informado al Supervisor de la ANH del avance del proyecto y de todas las dificultades que ameriten la toma de decisiones importantes. Análisis de laboratorio La distribución definitiva de los análisis a realizar será convenida entre el contratista y el Supervisor de la ANH, previa verificación de la existencia de las litologías apropiadas para su ejecución. Ajustes a la distribución de los análisis o la propuesta de otros análisis alternativos que no están contemplados en la Tablas 1, pueden ser planteados por el contratista previa radicación en la ANH del documento técnico-financiero que sustente dichos cambios. El contratista deberá realizar los análisis de laboratorio con los estándares de calidad adecuados y enviará al Supervisor de la ANH para su aprobación, el nombre de los laboratorios donde se realizarán los análisis (Tabla 1), la descripción general de la técnica a emplear y el tiempo que llevará obtener los resultados. De todos modos, los laboratorios deberán estar acreditados para las técnicas respectivas. Una vez realizados los análisis, el contratista reportará a la ANH, los avances y terminación de los mismos, mediante los reportes originales enviados por los laboratorios. La cantidad de análisis objeto del contrato que se mencionan a continuación, serán distribuidos de forma representativa con relación al espesor de la secuencia de interés, intervalos prioritarios, cantidad de muestras, siempre y cuando las características de los materiales lo permitan. Dicha selección será decisión de los expertos de cada especialidad, debidamente respaldada por el Director del Proyecto y el supervisor técnico de la ANH. Tabla 1. Tipo de análisis y cantidad mínima de muestras
Concepto # Muestras
Muestreo de núcleos de pozo para análisis petrográfico, petrofísico, bioestratigráfico, geoquímico, termocronológico y litogeoquímico.
600
Preservación de núcleos 20.000
Palinología (polen, esporas, dinoflageladosy/o algas de agua dulce) 300
Foraminíferos (bentónicos, planctónicos) 200
Nanofósiles calcáreos 100
Diatomeas, radiolarios y silicoflagelados 100
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Macrofósiles 20
Análisis composicional y textural de siliciclásticos y carbonatos 3000
Análisis petrofísicos (porosidad, permeabilidad) 500
Contenido de materia orgánica (TOC) 5000
Pirólisis (solo para muestras con TOC > 1%) 100
Petrografía Orgánica (incluye AVK y Ro) 500
Palinofacies (para ambientes sedimentarios) 500
Fluoerescencia de Rayos X (análisis elemental) 5000
Isótopos de roca 500
Extracción de bitumen y/o crudo 300
API por infrarrojo 300
Contenido de Vanadio y Níquel 300
Cromatografía líquida (SARA) 300
Contenido de azufre 300
Cromatografía de gases (whole oil) 300
GC-MS de Saturados y Aromáticos (biomarcadores) 300
Análisis de isótopos (crudo completo, saturados y aromáticos) 300
Análisis litogeoquímicos 100
Inclusiones fluídas 600
Trazas de fisión en apatito 100
Trazas de fisión en Circones 50
Análisis bioestratigráficos: En las muestras palinológicas se describirán las esporas (pteridofitas y briofitas), polen, dinoflagelados y otros palinomorfos. Deberá incluir los England Finders de los granos marcadores o de los más importantes. En el análisis palinológico se realizará una identificación cualitativa del tipo de materia orgánica y otros elementos útiles para la interpretación paleoambiental. Es una obligación la toma de fotografías de los indicadores principales, los marcadores, etc., su ubicación: transepto para polen y foraminíferos (si fuesen de sección delgada y no de separación). En modo alguno se aceptarán fotos de catálogos o bases de datos. En lo que respecta a los análisis de foraminíferos, estos deberán indicar si la edad propuesta está referida a la asociación de planctónicos o bentónicos. Deberá indicarse la separación (tamiz) seleccionado para la asignación de edad del registro y la posterior interpretación de los ambientes. Con relación a los análisis de nanofósiles calcáreos, estos deberán estar respaldados por una diferenciación en los morfotipos identificados (si los hubiere). Se procurará indicar su identificación hasta el nivel de especie y se planteará una interpretación paleoecológica, de distribución en la columna de agua, indicios de ambiente proximal/mar abierto si fuese posible. En modo alguno se aceptarán fotos de catálogos o bases de datos.
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Para todos los análisis bioestratigráficos, los recuentos de las diferentes especies se presentarán en hojas de cálculo de Excel. Se registrarán los diferentes morfotipos (morfogéneros y morfoespecies) hasta alcanzar, en lo posible, trescientos (300) especímenes. Si los individuos estuvieren en una proporción muy baja se procederá al recuento de al menos 50 campos y/o transeptos, si aplica. Dicha circunstancia será debidamente indicada en los recuentos. Los recuentos deben incluir la proporción en porcentajes, número de individuos por gramo, o de abundancias absolutas si fuese posible calcularlas de cada espécimen con respecto a la asociación definida para cada muestra y/o nivel. Se presentará un informe realizado por los especialistas en cada técnica, que incluya cuadros de distribución con las fotografías de los principales microfósiles hallados (e.g. los usados para determinar la edad o alguna condición ambiental particular). Aparte se incluirá un anexo digital con todas las láminas fotográficas organizadas estratégicamente (por nivel, formación geológica, zonación estratigráfica, etc.) en formato a definir entre el contratista y el Supervisor de la ANH. Se comparará la distribución estratigráfica de las asociaciones de microfósiles obtenidas con los trabajos disponibles. Si no existe información o si los resultados obtenidos difieren significativamente con lo publicado en la literatura se hará una discusión y se propondrán soluciones. Se determinará la edad de las unidades teniendo en cuenta la información de los diferentes grupos de microfósiles. Se realizarán cartas y gráficos de distribución bioestratigráfica, incluyendo una columna estratigráfica y la posición de las muestras empleadas. Esta información será utilizada además para refinar la interpretación ambiental obtenida a partir del análisis litofacial de los núcleos. Todos los análisis bioestratigráficos deberán estar referidos a la biocronología disponible a nivel global, indicando los horizontes calibrados en las posteriores columnas y/o gráficos que acompañen la propuesta de interpretación de los ambientes. Si no existen o no es posible indicarlos se deberá justificar y proponer de manera robusta el porqué de la edad sugerida. Análisis petrográficos y petrofísicos: Para los análisis petrográficos se prepararán secciones delgadas con impregnación en epóxido azul, se realizará un recuento mínimo de 300 puntos para establecer la mineralogía de los constituyentes y determinar la clasificación de la roca. Adicionalmente, se establecerá el cálculo de la porosidad visual. Además, se revisarán 150 puntos por sección delgada para determinar estadísticamente su granulometría, fábrica, selección, redondez, forma de los granos, empaquetamiento y madurez textural. Se presentará una tabla detallada de porcentajes calculados de estos parámetros. En rocas calcáreas, se hará descripción, determinación y cuantificación de minerales ortoquímicos–aloquímicos y en calcarenáceas de minerales detríticos (terrígenos) /ortoquímicos/aloquímicos, así como de los materiales aglutinantes. Las rocas terrígenas serán clasificadas de acuerdo con la nomenclatura de Folk (1974) y Pettijohn (1987). Para las rocas calcáreas se seguirá Dunham (1962) y Folk (1972).
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Se propone además el estudio de minerales pesados con el fin de conocer el tipo de área fuente. Esta información es de vital importancia en reconstrucciones paleogeográficas, especialmente para determinar las antiguas rutas de transporte de los sedimentos. Nota: Cada placa realizada de presentar Fotografía de Alta Resolución en nicoles cruzados y paralelos. La resolución de las fotos deberá ser lo suficientemente detallada para permitir que la información se obtenga a nivel individual del grano. Se elaborará un informe general que incluirá el concepto del especialista con respecto a la procedencia de los fragmentos y eventos diagenéticos, así como la calidad de posibles reservorios clásticos. Análisis termocronológicos: En este estudio se sugiere emplear una combinación inclusiones fluidas, trazas de fisión en apatitos y/o circones (en función de su abundancia en la roca). Estos métodos han sido muy empleados para obtener información de la historia térmica de una roca sedimentaria. En las rocas que fueron sometidas a mayor temperatura en el pasado, el análisis de apatitos proporciona un estimativo de su paleotemperatura máxima, y el momento en el cual la secuencia sedimentaria comenzó a enfriarse. Esta información es útil para estudiar la historia térmica de potenciales rocas generadoras, y proporciona información crítica para conocer el momento en que se produjo la generación de hidrocarburos. La integración de los análisis de apatitos y circones con los valores de reflectancia de la vitrinita (Ro) permitirá obtener una aproximación más coherente de la historia térmica de la roca y de los gradientes paleogeotérmicos de una secuencia estratigráfica. Estratigrafía de inclusiones fluidas. Los análisis de laboratorio en muestras de roca, ofrecen los medios más directos y tangibles para determinar los parámetros críticos del yacimiento. La integración de los resultados del análisis detallado de diversas muestras de núcleos ofrece además una oportunidad estratégica para compilar las características regionales de las cuencas involucradas. En este sentido se requiere incluir la adición de técnicas analíticas de tecnología de punta como son la estratigrafía de inclusiones fluidas, la cual es una técnica que permite un análisis rápido y completo de especies volátiles atrapadas como inclusiones fluidas en muestras de ripios de perforación, núcleos, y/o muestras de afloramiento. Las muestras a analizar provienen de ripio y/o núcleos de perforación de cualquier edad. El peso aproximado de cada muestra oscila entre 15 a 20 gramos. Los productos que el contratista debe entregar como resultado del análisis de inclusiones fluidas son: Presencia y abundancia relativa de especies tanto inorgánicas como orgánicas que
tengan una relevancia geológica. Compuestos BTEX y ácidos orgánicos, compuestos con azufre incluyendo H2S, SO2,
COS, CS2 con registros de profundidad de las especies y las relaciones relevantes de gas.
Perfil en profundidad de especies volátiles críticas.
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Se presentara un informe final con la presentación grafica de todos los resultados y un análisis conceptual de los especialistas indicando procesos, eventos y situaciones de importancia. Análisis geoquímicos Se realizarán los análisis geoquímicos listados en la tabla 1, para muestras de roca y extractos. Los resultados serán mostrados de manera individual y se integraran en un informe en donde se describirán las características geoquímicas más importantes de cada ciclo o secuencia sedimentaria estudiada, así como su interpretación dentro del esquema de sistema petrolero propuesto por la ANH. Análisis tipo SARA: Método de caracterización de petróleos pesados basado en fraccionamiento, por el cual se separa una muestra de petróleo pesado en cantidades más pequeñas o fracciones, de modo que cada fracción tenga una composición diferente. El fraccionamiento se basa en la solubilidad de los componentes de hidrocarburos en diversos solventes utilizados en esta prueba. Cada fracción consta de una clase de solubilidad que contiene un rango de diferentes especies de peso molecular. En este método, se fracciona el petróleo crudo en cuatro clases de solubilidad, llamadas colectivamente "SARA": saturados, aromáticos, resinas y asfaltenos. Los saturados son, en general, iso y ciclo parafinas, mientras que los aromáticos, las resinas y los asfaltenos forman un continuo de moléculas con peso molecular, aromaticidad y contenido de heteroátomos en aumento. Los asfaltenos también pueden contener metales como níquel y vanadio. En ocasiones, este método se denomina análisis de deposición de asfalteno/cera/hidrato (Tomado de Schlumberger:). Interpretación de la información Una vez obtenidos los resultados de laboratorio se procederá por parte de cada especialista al análisis e interpretación de la información. Los resultados se presentaran a manera de reporte individual por cada técnica desarrollada. Se realizaran talleres de discusión con el grupo técnico de la ANH donde se completaran las cartas estratigráficas y petroleras para cada pozo incluyendo en la totalidad de los resultados obtenidos. Están plantillas son suministradas previamente por la ANH y serán el insumo básico para la realización del informe final. Personal mínimo requerido. El proponente deberá acreditar que cumple con el equipo de personal mínimo de trabajo exigido para la ejecución del contrato a celebrar de que trata el presente documento. Para la ejecución de las actividades el contratista será libre de establecer el número de grupos de trabajo, pero en todo caso debe conformar un grupo de trabajo con el mínimo personal relacionado en la Tabla 2. Tabla 2. Personal mínimo requerido
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El Contratista deberá responder de manera exclusiva por el pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones laborales a que haya lugar, dando cumplimiento a los tiempos establecidos por la legislación laboral colombiana. Así mismo deberá tener afiliado el personal contratado al sistema de seguridad social integral de conformidad con lo establecido en la Ley 100 de 1993 y sus decretos reglamentarios. En caso de suscribir contrato de prestación de servicios, deberá exigir y verificar el cumplimiento de las normas de seguridad social, conforme a las exigencias de ley.
Cargo Perfil Cantidad
Dedicación
Experiencia Mínima
Director del Proyecto
Geólogo Uno (1) 100%
Quince (15) años de experiencia general como geólogo de exploración, de los cuales mínimo diez (10) deben ser de experiencia específica en trabajos relacionados proyectos de geología del petróleo, como director de proyectos y/o coordinador de proyectos para la industria petrolera.
Coordinador de Muestreo
Geólogo Uno (1) 50%
Diez (10) años mínimo de experiencia en proyectos de estratigrafía, cartografía geológica, geología regional para la industria del petróleo, que incluya el muestreo de roca, análisis facial e interpretación de ambientes de depósito.
Especialista en Nanofosiles
Geólogo o biólogo
Uno (1) 50%
Diez (10) años mínimo de experiencia en proyectos de estratigrafía. Certificar Participación como bioestratigrafo, en 5 proyectos de caracterización bioestratigrafica de secuencias preoligocenas a través del estudio de Nanofósiles calcáreos.
Especialista en Foraminiferos
Geólogo o biólogo.
Uno (1) 50%
Diez (10) años mínimo de experiencia en proyectos de estratigrafía. Certificar Participación como bioestratigrafo, en 5 proyectos de caracterización bioestratigrafica de secuencias preoligocenas a través del estudio de foraminiferos.
Especialista en palinologia
Geólogo o biólogo.
Uno (1) 50%
Diez (10) años mínimo de experiencia en proyectos de estratigrafía. Certificar Participación como bioestratigrafo en 5 proyectos de caracterización bioestratigrafica de secuencias preoligocenas a través del estudio de palinología: polen y/o esporas y/o dinoflagelados como bioestratígrafo de polen, esporas y dinoflagelados.
Especialista en Petrografia
Geólogo o Ingeniero geólogo
Uno (1) 50% Diez (10) años mínimo de experiencia en análisis de petrografía en proyectos realizados para la industria petrolera.
Especialista en termocronología
Geólogo Uno (1) 50%
Diez (10) años mínimo de experiencia en proyectos de estratigrafía y participación en 5 proyectos de caracterización termocronológica de secuencias sedimentarias a través del estudio isotópico de circones (U/Pb) detríticos, y termocronológico AFTA/ZFTA-U/Th/He.
Especialista en geoquímica orgánica
Geólogo o licenciado en química o geología o Ingeniero geólogo o ingeniero de petróleos o químico.
Uno (1) 50%
Diez (10) años mínimo de experiencia en análisis de geoquímica orgánica en proyectos realizados para la industria petrolera.
Especialista en petrofísica
Geólogo o ingeniero geólogo o ingeniero de petróleos.
Uno (1) 50%
Diez (10) años mínimo de experiencia en análisis de petrofísica en proyectos realizados para la industria petrolera.
Estratígrafo senior Geólogo, ingeniero geólogo
Uno (1) 100%
Quince (15) años mínimo de experiencia en proyectos de estratigrafía desarrollados para la industria petrolera o el Servicio Geológico (incluye Ingeominas) que incluyan las cuencas del N de Colombia (Sinu – San Jacinto, Guajira, Cesar – Rancheria, VIM).
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Consecuencia de lo anterior, el contratista será el único responsable por la vinculación del personal, que utilice durante la ejecución del contrato y por ningún motivo existirá relación laboral entre la ANH y sus empleados. Consideraciones Generales para el Proyecto: Duración del proyecto: Hasta 30 de diciembre de 2015, aproximadamente cuatro (4) meses. Productos a entregar por el contratista:
a. Presentación técnica inicial del proyecto en la Vicepresidencia Técnica de la ANH, la cual deberá contemplarse las consideraciones del análisis de diagnóstico, el cronograma de actividades, el equipo de profesionales que harán parte del proyecto y la metodología.
b. Informes parciales de muestreo. Realizar un informe diario donde se incluya el
inventario de muestras seleccionadas para cada pozo.
c. Informe final de muestreo. Incluirá una descripción detallada de las muestras tomadas indicando las coordenadas de ubicación en cada pozo, el tipo de análisis que se le realizará y el laboratorio a donde fue enviada. Este entregable incluye todos los formatos, fotografías y demás material que haya sido utilizado en la decisión del muestreo.
d. Informes finales por técnica. Cada tipo de análisis realizado debe reportarse
separadamente, incluyendo los originales enviados por los laboratorios, así como una breve discusión acerca de la calidad y de la importancia de los resultados obtenidos, la cual debe ser firmada por el especialista a cargo.
e. Informe de interpretación Facial. Se presentara un informe en el que se indique
una propuesta de distribución de facies sedimentarias y ambientes de depósito para cada pozo de manera individual.
f. Fichas Estratigráficas y Petroleras. Se deben completar las fichas estratigráficas
y petrolera para cada pozo de manera individual de acuerdo al estándar entregado por la ANH, las cuales deben contener toda la información obtenida sin excepciones.
Adicionales: Todos los informes deberán ser recibidos y aceptados, mediante un acta, por el Supervisor de la ANH la cual deberá contener las observaciones y recomendaciones que se presenten para el mejoramiento y su aprobación posterior. Las láminas de los estudios bioestratigráficos, petrofísicos, etc., los residuos de muestras, así como las fichas u hojas con la información (en original) que hayan sido suministradas por los laboratorios que trataron las muestras, serán entregados como anexos al informe.
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Se realizara una presentación técnica con los resultados finales del proyecto, ante los funcionarios de la Vicepresidencia Técnica de la ANH. Además, una presentación sucinta con los resultados relevantes y estratégicos programada para una intervención de máximo 20 minutos (en español y en inglés), con la debida explicación (argumentos técnicos) de cada slide por escrito. El formato para las presentaciones será el propuesto por Supervisor de la ANH. El contratista deberá llevar a cabo una retroalimentación de las técnicas empleadas y temas relacionados con las diferentes fases del proyecto en la medida en que se avance el estudio. Los detalles serán coordinados con el Supervisor de la ANH. Formatos de Entrega. Todos los documentos escritos deben ser digitalizados utilizando el Office en versión 2010, imágenes fotográficas y lo que requiera ser escaneado debe ser entregado en formatos (.JPG, Secciones estratigráficas, esquemas y figuras se digitalizarán utilizando Corel Draw versiones entre 13 y 15, Adobe Illustrator versiones entre CS2 y CS4). El contratista podrá sugerir otro (s) software que considere adecuados para la mejor visualización y análisis posterior de los datos. Todas las figuras, o archivos PDF deben presentarse en archivos de alta resolución y en sus nativos originales. Todos los documentos se entregarán en formato nativo y en formato de salida en versión .PDF (Adobe Acrobat). Todos los mapas deberán entregarse como archivos “Shape” en sistema Arc Gis 9.3. La información que incluya datos espaciales estará referida al sistema Magna-Sirgas-Datum Bogotá. Todas las figuras serán entregadas, tanto en su formato nativo (Tiff, CRD, JPG, shp, dwg, ai, etc.), como en versión compatible con cualquier software comercial para su visualización (e.g. PDF. de Acrobat). Además, deberán poderse imprimir en alta resolución.
Toda la información generada en el proyecto debe ser entregada al EPIS y a la ANH, es decir dos copias impresas en papel del informe final y sus anexos y dos copias en formato digital en medio óptico (disco duro), una vez hayan sido aprobados por el Supervisor de la ANH, de acuerdo con las condiciones establecidas en el Manual de Suministro de Información Técnica y Geológica a la Agencia Nacional de Hidrocarburos vigente del Banco de Información Petrolera (EPIS). Entrega de muestras. Las fracciones de muestras sobrantes, así como las láminas de bioestratigrafía y petrografía serán entregadas a la Litoteca Nacional, de acuerdo con el Manual de Suministro de Información Técnica y Geológica. Estarán debidamente empacadas, marcadas, organizadas, georreferenciadas y registradas en una tabla compatible con SQL Server Enterprise. El Contratista entregará a la ANH la carta original de entrega de las muestras, con el respectivo recibo a satisfacción de la Litoteca Nacional. El Contratista deberá responder de manera exclusiva por el pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones laborales a que haya lugar, dando cumplimiento a los tiempos establecidos por la legislación laboral colombiana. Así mismo deberá tener afiliado el personal contratado al sistema de seguridad social integral de conformidad con lo
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establecido en la Ley 100 de 1993 y sus decretos reglamentarios. En caso de suscribir contrato de prestación de servicios, deberá exigir y verificar el cumplimiento de las normas de seguridad social, conforme a las exigencias de ley. Consecuencia de lo anterior, el contratista será el único responsable por la vinculación del personal, que utilice durante la ejecución del contrato y por ningún motivo existirá relación laboral entre la ANH y sus empleados. Confidencialidad de la información
Toda la información que se genere durante el desarrollo de todas las etapas de ejecución del contrato, al igual que aquella que se entregue al Contratista para este propósito, es reservada y no puede ser divulgada o puesta en conocimiento de terceros, sin autorización previa y escrita de la ANH. Por consiguiente, el Contratista y el personal a su servicio deben abstenerse de divulgar, publicar o comunicar, directa o indirectamente a persona alguna la información que conozcan por razón o con motivo del contrato y emplearla exclusivamente para el cumplimiento de las obligaciones a su cargo y la prestación de los servicios técnicos materia del mismo. Toda información que reciba o genere el Contratista se considera confidencial, de manera que divulgarla o transmitirla puede lesionar los intereses de la ANH y del Estado en general. En consecuencia, se obliga, y así lo impondrá a sus empleados, contratistas y subcontratistas, a guardar absoluta reserva sobre los datos, especificaciones o cualquier otra información que obtenga o se le proporcione, y se compromete, además, a no ponerla en manos ni a disposición de personas ajenas al contrato o a la ANH. Los datos, informes, documentos y productos resultados del desarrollo y ejecución del contrato serán propiedad de la ANH. Por consiguiente, el Contratista no tendrá derecho a usarlos, reutilizarlos, divulgarlos o entregarlos a persona alguna a ningún título.
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CAPÍTULO DÉCIMO
GARANTÍAS Y SEGUROS
Para efectos de la actuación contractual, se establecen los siguientes mecanismos de
cobertura de riesgos, en función de la etapa en la que cada uno se pueda materializar:
10.1 En la etapa de Selección del Contratista
Garantía de Seriedad de la Propuesta, en las siguientes condiciones:
Cada Proponente debe constituir Garantía de Seriedad de su respectivo Ofrecimiento, a
favor de La ANH, por monto equivalente al diez por ciento (10%) del Presupuesto Oficial
estimado del Contrato proyectado, sin considerar el IVA de ley.
Esta garantía debe estar vigente entre la fecha de presentación de la Propuesta y hasta
aquella en que tenga lugar la aprobación de la Garantía de Cumplimiento del Contrato
proyectado, de acuerdo con las oportunidades establecidas en el Cronograma previsto en
el Pliego de Condiciones. En el evento en que se modifique el plazo dispuesto para la
suscripción de aquel, el adjudicatario asume la obligación de extender la vigencia de esta
Garantía.
La Garantía de Seriedad se hará efectiva por la ANH en los siguientes casos, de conformidad
con el artículo 2.2.1.2.3.1.6 del Decreto Reglamentario 1082 de 2015:
Por no ampliar su vigencia cuando el plazo establecido para adjudicar la Licitación y/o
para suscribir el Contrato sean prorrogados.
Por el retiro de la Oferta, una vez vencido el plazo fijado para presentar Propuestas.
Por no suscribir el adjudicatario en tiempo el Contrato proyectado, sin que medie
justa causa comprobada.
Por no otorgar el Contratista oportunamente la Garantía Única de Cumplimiento, en
sus distintos amparos, y/o el Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual.
Por proporcionar el o los Oferentes información contraria a la realidad para efectos
de habilitación y adjudicación, circunstancias que dan lugar al rechazo de la Propuesta
y, de ser procedente, a la revocatoria del acto de adjudicación o a la terminación del
Contrato, de haberse expedido o suscrito, todo con arreglo a la ley.
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Las causales previstas en el presente numeral para la efectividad de la Garantía de Seriedad
de la Propuesta se consideran constitutivas de siniestro de incumplimiento y darán lugar al
reconocimiento y pago de la suma asegurada, a título de sanción pecuniaria al Proponente
o Contratista, previo procedimiento que asegure los derechos de defensa, contradicción y
debido proceso, y con audiencia del Garante.
10.2 Para la Etapa de Ejecución del Contrato
El Contratista debe afianzar el cumplimiento oportuno, eficaz y eficiente de las prestaciones
que integran el objeto contractual y de las obligaciones y compromisos que adquiere con
motivo de su celebración, ejecución y liquidación, mediante la constitución de GARANTÍA
ÚNICA, a favor de la AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS – ANH, mediante uno
cualquiera de los mecanismos de cobertura de riesgos contemplados en los artículos
2.2.1.2.3.1.1. y siguientes del Decreto Reglamentario 1082 de 2015. Dicha garantía debe
amparar los que se determinan a continuación:
Amparo Porcentaje Base Vigencia
Cumplimiento del Contrato
10%
De la cuantía total del mismo, sin incluir el IVA de ley.
Vigencia del Contrato, la liquidación y seis (6) meses más, pero, en todo caso, hasta la liquidación final de los compromisos recíprocos.
Obligaciones e Indemnizaciones Laborales, incluidos salarios, prestaciones sociales y demás compromisos de esta naturaleza
5%
De la cuantía del Contrato, sin incluir el IVA de ley.
Vigencia del Contrato , la liquidación y tres (3) años más
Calidad de los Servicios Prestados
20%
De la cuantía del Contrato, sin incluir el IVA de ley
Vigencia del Contrato , la liquidación y seis (6) meses más
Responsabilidad Civil Extracontractual
5% De la cuantía del contrato sin incluir el IVA
Vigencia del Contrato
Tabla 9. Amparos
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Además, es responsabilidad del Contratista amparar los equipos y demás elementos de su
propiedad, que debe poner a disposición para efectos de la prestación de los Servicios de
objeto del Contrato proyectado, de acuerdo con su estrategia de cobertura de riesgos. La
ANH está facultada para solicitar demostración de esta cobertura, en función de la necesaria
continuidad en la prestación de aquellos.
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CAPÍTULO DÉCIMO PRIMERO
CONTRATO
11.1 Celebración y Firma
El Proponente favorecido con la adjudicación del Contrato proyectado debe concurrir a la
suscripción del mismo, dentro del plazo establecido en el Cronograma.
11.2 Efectividad de la Garantía de Seriedad
Si el Proponente favorecido no suscribe oportunamente el Contrato, o la adjudicación es
revocada con arreglo a la ley, quedará a favor de la ANH, en calidad de sanción, el valor de
la Garantía de Seriedad de la Propuesta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes
al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos con la citada Garantía, como lo
prevé el inciso primero del numeral 12 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993.
11.3 Adjudicación al Proponente ubicado en Segundo Lugar
En atención a los parámetros establecidos en la citada disposición, si dentro del término
fijado en el Cronograma, el adjudicatario no suscribe el negocio jurídico sin justa causa
comprobada, mediante acto administrativo motivado, la ANH está facultada para adjudicar
el Contrato al Proponente calificado en Segundo Lugar de Elegibilidad. De la misma forma
se procederá en el caso señalado en el inciso tercero del artículo 9 de la Ley 1150 de 2007.
11.4 Requisitos de legalización y ejecución del Contrato
El Contratista debe presentar en la Oficina Asesora Jurídica de la ANH, los documentos
requeridos por la Entidad, para el efecto.
11.5 Término de Vigencia y Plazo de Ejecución
El término de vigencia del Contrato se extiende desde la fecha de la firma de su texto escrito por los representantes autorizados de las partes y hasta la liquidación final de los compromisos recíprocos.
Dentro de dicho Término, el plazo de ejecución será hasta el 31 de Diciembre de 2015 término que empezará a contarse a partir del perfeccionamiento del contrato, previo el cumplimiento de los requisitos de ejecución.
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11.6 Valor del Contrato
La cuantía del negocio jurídico se estima hasta por la suma de DIECIOCHO MIL
SETECIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES, NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES
MIL, CIENTO CUARENTA Y TRES PESOS. ($18.736.943.143), por concepto de los
Servicios materia del Contrato proyectado, incluido el IVA de ley.
11.7 Forma de Pago
La ANH desembolsará y/o cancelará el valor del Contrato, de la siguiente manera:
Un primer pago correspondiente al 5% del valor total del contrato contra entrega de informe de actividades en donde se manifieste por parte del contratista el haber realizado el análisis de la información del proyecto de descripción de los núcleos que se muestrearán en esta segunda fase.
Un segundo pago correspondiente al 10% del valor total del contrato contra entrega de informe de actividades en donde se manifieste por parte del contratista el haber realizado la totalidad del muestreo.
Un tercer pago correspondiente al 8% del valor total del contrato contra entrega del informe de actividades y actas en donde se manifieste por parte del contratista el haber realizado la preservación y entrega del 50% de los núcleos y ripios muestreados.
Un cuarto pago correspondiente al 7% del valor total del contrato contra
entrega del informe de actividades y actas en donde se manifieste por parte del contratista el haber realizado la preservación y entrega del 100% de los núcleos y ripios muestreados.
Un quinto pago correspondiente al 15% del valor total del contrato contra entrega de informe de actividades en donde se manifieste por parte del contratista el haber realizado el 50% de los análisis.
Un sexto pago correspondiente al 15% del valor total del contrato contra entrega de informe de actividades en donde se manifieste por parte del contratista el haber realizado la totalidad de los análisis.
Un séptimo pago correspondiente al 15% del valor total del contrato contra
entrega de informe de actividades en donde se manifieste por parte del contratista el haber realizado la interpretación de los resultados de cada técnica.
Un octavo pago correspondiente al 15% del valor total del contrato contra
entrega de informe de actividades (cartas estratigráficas y petroleras) en donde se manifieste por parte del contratista el haber completado la totalidad de las fichas para todos los pozos estudiados.
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Un pago final correspondiente al 10% del valor total del contrato contra entrega final de todos los productos objetos del contrato, previo visto bueno del Supervisor de la ANH.
Para efecto de causar y pagar la Retención de Ica el contratista debe informar a la Agencia, para cada pago, el monto de los ingresos por la actividad o servicio realizado en las jurisdicciones diferentes a Bogotá para así tener certeza respecto de la base gravable sobre la cual aplicar la retención del tributo y el sitio donde se debe hacer el pago de la retención. También debe poner a disposición de la ANH la logística necesaria para que la Agencia pueda cumplir con la obligación tributaria en las jurisdicciones diferentes a Bogotá que se requieran. 11.8 Lugar de Ejecución
Los Servicios y demás prestaciones objeto del Contrato proyectado deben prestarse o
cumplirse en la ciudad de Bogotá D.C.
11.9 Contraprestación Total y Productos Desarrollados
En los términos del artículo 20 de la Ley 23 de 1982, con la presentación de su Propuesta
y la celebración del Contrato proyectado, el Contratista reconoce y acepta que por la
ejecución de las prestaciones y compromisos de su cargo, solamente tiene derecho a recibir
el valor correspondiente a los mismos, pactado contractualmente, de manera que no habrá
lugar a remuneración o contraprestación adicional de la ANH por razón de eventuales
productos o elementos que aquel desarrolle o mejore durante y con motivo de la ejecución
contractual.
11.10 Supervisión
La supervisión y seguimiento de las actividades contratadas, así como del cumplimiento oportuno, eficaz y eficiente de las obligaciones y prestaciones a cargo del contratista será ejercida por un supervisor designado por la Vicepresidencia Técnica de la ANH.
11.11 Costos y Gastos de Proponentes y Contratista
Son de cuenta y a cargo exclusivo de los Proponentes y del Contratista todos los costos,
gastos, derechos, impuestos, y, en general, cualquier concepto y erogación que se cause o
a que haya lugar con ocasión de la confección y presentación de sus Propuestas; de la
celebración, perfeccionamiento y satisfacción de los requisitos de ejecución del Contrato
proyectado, de tal ejecución propiamente dicha; de su terminación y liquidación, y, en
general, todos aquellos requeridos para cumplir oportuna, eficaz y eficientemente el
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ordenamiento superior aplicable y las estipulaciones contractuales, incluidos todos los
documentos que lo integran.
11.12 Productos creados o desarrollados por el Contratista
El Contratista reconoce y acepta que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 20 de la
Ley 23 de 1982, solamente percibirá el valor pactado en el Contrato, que corresponda a la
contraprestación por concepto de los Servicios y demás prestaciones efectivamente
provistos y cumplidos, conforme a sus estipulaciones y documentos, sin que haya lugar a
remuneración adicional a cargo de la ANH por productos que aquel pueda crear, desarrollar
o mejorar durante la ejecución del objeto contractual.
11.13 Responsabilidad
Los Proponentes y el Contratista son responsables por ocultar inhabilidades,
incompatibilidades o prohibiciones para contratar, o por haber suministrado información
contraria a la realidad (numeral 7 del artículo 26 de la Ley 80 de 1993).
11.14 Indemnidad
Es obligación del Contratista mantener a la ANH libre y exento de toda responsabilidad por
concepto de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones o acciones de terceros,
derivadas de hechos, actuaciones u omisiones suyos, del personal a su servicio, de sus
subcontratistas y de aquel al servicio de estos últimos.
11.15 Documentos
Para todos los efectos, los documentos que se relacionan a continuación se consideran
parte integrante del Contrato proyectado, y, en consecuencia, tienen carácter vinculante y
producen sus mismos efectos:
11.15.1 El Pliego de Condiciones y las demás determinaciones de la ANH, en desarrollo de
la Licitación Pública origen del Contrato, junto con sus Anexos y Formatos.
11.15.2 La Propuesta presentada por el Contratista, junto con todos los Formatos y
Documentos que la integran.
11.15.3 La Resolución de Adjudicación.
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11.15.4 El oficio de la ANH en el que da cuenta de haberse cumplido los requisitos de
ejecución del Contrato.
11.15.5 El Acta de Iniciación de la ejecución contractual, que determina la fecha a partir
de la cual ha de contarse el plazo de su ejecución.
11.15.6 Las actas y demás documentos que suscriban las partes durante la ejecución de
aquel.
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CAPÍTULO DÉCIMO SEGUNDO
ANEXO No. 1
ESPECIFICACIONES TECNICAS MINIMAS (Ver capítulo 8)
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ANEXO 2.
PROPUESTA ECONOMICA
El proponente deberá diligenciar el formato que se muestra a continuación:
Nota. El valor de la propuesta no puede sobrepasar el valor del presupuesto oficial, ni puede ser superior a cada uno de los ítems del estudio de mercado. ________________________________________________________ Firma del Representante Legal
TIPO DE ANALISIS TIPO DE MUESTRA A TOMAR No. DE MUESTRASPRECIO UNITARIO
(COP)COSTO TOTAL (COP)
MUESTREO DE NUCLEOS
Muestreo de núcleos de pozo para análisis petrográfico, petrofísico, bioestratigráfico,
geoquímico, termocronológico y litogeoquímico.6.000
Preservación de núcleos 20.000 pies
SUBTOTAL MUESTREO Y PRESERVACION DE LOS NUCLEOS (1)
ANALISIS DE LABORATORIOAnálisis Bioestratigráficos
Palinología (polen, esporas, dinoflageladosy/o algas de agua dulce) Finos y carbonatos 300
Foraminíferos (bentónicos, planctónicos) Finos y carbonatos 200
Nanofósiles calcáreos Carbonatos 100
Diatomeas, radiolarios y silicoflagelados Liditas 100
Macrofósiles Finos 20
Análisis Petrográficos Y PetrofísicosAnálisis composicional y textural de siliciclasticos y carbonatos Areniscas y carbonatos 3.000
Análisis petrofísicos (posrosidad, permeabilidad) Areniscas y carbonatos 500
Análisis GeoquímicosContenido de materia orgánica (TOC) Finos y carbonatos 5.000
Pirólisis (solo para muestras con TOC > 1%) Finos y carbonatos 100
Petrografía Orgánica (incluye AVK y Ro) Finos y carbonatos 500
Palinofacies (para ambientes sedimentarios) Finos y carbonatos 500
Fluoerescencia de Rayos X (análisis elemental) Todas las litologías 5.000
Isótopos de roca Carbonatos 500
Extracción de bitumen y/o crudo Todas las litologías 300
API por infrarrojo Extracto 300
Contenido de Vanadio y Níquel Extracto 300
Cromatografía líquida (SARA) Extracto 300
Contenido de azufre Extracto 300
Cromatografía de gases (whole oil) Extracto 300
GC-MS de Saturados y Aromáticos (biomarcadores) Extracto 300
Análisis de isótopos (crudo completo, saturados y aromáticos) Extracto 300
Análisis litogeoquímicos Todas las litologías 100
Análisis Termocronológicos
Inclusiones fluídas Areniscas y limolitas 600
Trazas de fisión en apatito Areniscas y limolitas 100
Trazas de fisión en Circones Areniscas y limolitas 50
SUBTOTAL ANALISIS DE LABORATORIO (2)
COSTO TOTAL FASE DE MUESTREO Y ANALITICA (1+2)
COSTO INTERPRETACION DE LOS ANALISIS Y REPORTE FINAL
COSTO DEL PROYECTO
IVA (16%)
COSTO TOTAL DEL PROYECTO
ESTUDIO INTEGRADO DE LOS NÚCLEOS EN LAS CUENCAS DE INTERÉS DE LA ANH – FASE II- ANALISIS DE LABORATORIO
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ANEXO 3
ANALISIS Y DISTRIBUCIÓN DEL RIESGO
La matriz de Riesgos se encuentra adjunto a este pliego de condiciones en documento Excel, el cual hace parte integral del presente documento.
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ANEXO 4 PROYECTO DE MINUTA DEL CONTRATO
Este anexo puede variar de acuerdo con el transcurso del proceso y la presentación de la propuesta, en caso de modificación estas se realizarán en la versión del contrato.
Entre la AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS-ANH, Agencia Estatal, del sector descentralizado de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional, con Personería Jurídica, patrimonio propio, autonomía administrativa y financiera, adscrita al Ministerio de Minas y Energía, creada mediante el Decreto Ley 1760 de 2003 y modificada su naturaleza mediante Decreto 4137 de 2011, representada en este acto por XXXXXX, identificado con cédula de ciudadanía número XXXXX expedida en XXXXX, quien obra en condición de XXXXX, cargo para el cual fue nombrado mediante Resolución N° XXX del XXXXX y del cual tomó posesión según acta de posesión del XX de XXXX de XXXX, quien obra debidamente facultado de conformidad con las funciones contempladas en los artículos 11, numeral 3, literal a) de la Ley 80 de 1993, 10, numeral 10.8 y 13 numerales 13.12 del Decreto Ley 1760 de 2003, 110 del Decreto 111 de 1996, Entidad que en adelante se denomina ANH, en adelante denominada la ANH, y por la otra XXXXXXXXXXXXX, identificado con Nit No. XXXXXXXX, representada legalmente por XXXXXXXXXXXXX identificada con la Cédula de ciudadanía No. XXXXXXXXX, quien para los efectos de este acto se denominará EL CONTRATISTA, hemos acordado celebrar el presente Contrato de prestación de servicios, previas las siguientes consideraciones: CONSIDERACIONES: 1. Mediante comunicación radicada con el N° __________________de fecha
__________________el Vicepresidente Técnico solicita la elaboración del presente contrato justificando la necesidad de la siguiente manera: “_________________.”
2. Se llevó a cabo el proceso de selección N° __________________ el cual mediante Resolución N° __________________se adjudicó al proponente __________________.
3. La Agencia cuenta con los recursos presupuestales disponibles para la celebración del presente contrato.
Con base en las anteriores consideraciones, se celebra el presente contrato de Prestación de Servicios, el cual se regirá por las siguientes CLÁUSULAS: PRIMERA. OBJETO. XXXXXXXXXXXXX SEGUNDA. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Sin perjuicio de las demás obligaciones contenidas en las demás cláusulas del presente contrato, en el pliego de condiciones y en la propuesta, el contratista se compromete en particular al cumplimiento de las siguientes obligaciones:
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Obligaciones Generales
1. Conocer a cabalidad el Pliego de condiciones, con sus respectivos adendas, la propuesta y el contrato, para realizar la ejecución del mismo con eficiencia y eficacia. Presentar previo a la firma del acta de inicio los documentos necesarios para su ejecución.
2. Suscribir oportunamente el acta de inicio y el acta liquidación del contrato, y las modificaciones si las hubiere, conjuntamente con el supervisor o interventor del mismo.
3. Cumplir el contrato teniendo en cuenta lo señalado en el Pliego de condiciones, con sus respectivos adendas, la propuesta, el Anexo Técnico y Económico, y el contrato.
4. Cumplir cabalmente con sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral y parafiscales para lo cual deberá realizar los aportes a que se refiere el artículo 50 de la ley 789 de 2002 y articulo 23 de la ley 1150 de 2007, en lo relacionado con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, SENA e ICBF, seguridad social y parafiscales cuando haya lugar a ello, de conformidad con las normas y reglamentos que rigen la materia.
5. Asumir el pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones de carácter laboral del personal que contrate para la ejecución del contrato, lo mismo que el pago de honorarios, los impuestos, gravámenes, aportes y servicios de cualquier género que establezcan las leyes colombianas y demás erogaciones necesarias para la ejecución del contrato. Es entendido que todos estos gastos han sido estimados por el CONTRATISTA e incluidos en su oferta.
6. Responder por los documentos físicos o magnéticos elaborados o entregados con ocasión de la ejecución del contrato, así como responder por la seguridad y el debido manejo de los documentos y registros propios de la Entidad para que reposen en la dependencia correspondiente.
7. Mantener vigente los mecanismos de cobertura del riesgo previstos por el Decreto 1082 de 2015, por el tiempo pactado en el contrato, así como de las modificaciones que se presenten en la ejecución del mismo.
8. Suministrar al supervisor del contrato toda la información que le sea solicitada para verificar el correcto y oportuno cumplimiento de las obligaciones que contrae, de acuerdo con los artículos 4º y 5º de la Ley 80 de 1993.
9. Acatar y aplicar de manera diligente las observaciones y recomendaciones impartidas por el interventor o supervisor del contrato.
10. Asistir a las reuniones que sean convocadas por el supervisor o interventor del contrato, para revisar el estado de ejecución del mismo, el cumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista o cualquier aspecto técnico referente al mismo.
11. Presentar los informes sobre la ejecución del contrato que le sean solicitadas por el supervisor o interventor del mismo.
12. Mantener informada a la ANH a través del supervisor, sobre el estado financiero y la ejecución presupuestal de cada gasto (si la hubiere) con su respectivo soporte y el avance del contrato.
13. Presentar oportunamente las facturas, los soportes correspondientes y demás documentos necesarios para el pago.
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14. Responder ante las autoridades competentes por los actos u omisiones que ejecute en desarrollo del contrato, cuando en ellos se cause perjuicio a la administración o a terceros en los términos del artículo 52 de la ley 80 de 1993.
15. Pagar a la ANH todas las sumas y costos que la misma deba asumir, por razón de la acción que contra ella inicien terceros que hayan sufrido daños por causa del contratista, durante la ejecución del contrato.
16. Reparar los daños e indemnizar los perjuicios que cause a la ANH por el incumplimiento del contrato. Se consideran imputables al contratista todas las acciones y omisiones de su personal, subcontratistas y proveedores, así como del personal al servicio de estos últimos. En caso de que se intente una acción o se presente una reclamación contra la ANH por la cual deba responder EL CONTRATISTA, aquella procederá a notificarle a la mayor brevedad para que EL CONTRATISTA adopte bajo su propia costa todas las medidas necesarias para resolver el conflicto y evitar perjuicios a la ANH. Si el CONTRATISTA no logra resolver la controversia en el plazo que fije la ANH, la misma podrá hacerla directamente y EL CONTRATISTA asumirá todos los costos en que se incurra por tal motivo. En cualquiera de los eventos anteriores el CONTRATISTA autoriza a la ANH a deducir los valores resultantes por estos conceptos de cualquier suma que ésta le adeude al contratista. En todo caso la ANH podrá realizar los actos procesales que sean indispensables para defender sus derechos. Las demás inherentes al objeto y la naturaleza del contrato y aquellas indicadas por el supervisor o interventor para el cabal cumplimiento del objeto del contrato.
Obligaciones Específicas: XXXXXXXXX
TERCERA. OBLIGACIONES DE LA ANH. Por su parte, la ANH contrae las que se relacionan a continuación: 3.1. Cancelar el valor del presente contrato en la forma y oportunidad pactada, y 3.2. Poner a disposición del contratista, los antecedentes, soportes, documentos y, en
general, toda la información requerida para la prestación de los servicios contratados.
CUARTA. TÉRMINO DE VIGENCIA Y PLAZO DE EJECUCIÓN. La vigencia del presente contrato, se inicia con la firma de su texto escrito por las partes y se extiende hasta la liquidación final de las prestaciones recíprocas. El plazo de ejecución del presente contrato es XXXXXX, plazo que iniciará a partir de la fecha de suscripción del acta de inicio. QUINTA. VALOR DEL CONTRATO. Para todos los efectos legales y fiscales, el valor total del presente contrato es la suma de __________________________ PESOS ($________________) incluido el IVA. SEXTA. FORMA DE PAGO: Se pagará conforme lo establecido en el pliego de condiciones. Para efecto de causar y pagar la Retención de Ica el contratista, para cada pago, debe informar a la Agencia el monto de los ingresos por la actividad o servicio realizado en las
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jurisdicciones diferentes a Bogotá para así tener certeza respecto de la base gravable sobre la cual aplicar la retención del tributo. También debe poner a disposición de la ANH la logística necesaria para que la Agencia pueda cumplir con la obligación tributaria en las jurisdicciones diferentes a Bogotá que se requieran. SÉPTIMA. SUJECIÓN A LAS APROPIACIONES PRESUPUESTALES E IMPUTACION PRESUPUESTAL. La erogación que se cause se encuentra respaldada por el certificado de disponibilidad presupuestal N° XXX del XX de XXXX de 2015 expedido por el responsable del presupuesto de la Agencia, imputado al rubro presupuestal XXXXXX OCTAVA. TERMINACIÓN. Este contrato termina cuando ocurra alguna de las siguientes causales: 8.1. Por la debida ejecución de las prestaciones a cargo de cada una de las partes y, por
consiguiente, una vez cumplido integralmente su objeto. 8.2. Por vencimiento del término de vigencia, sin que previamente se haya extendido o
prorrogado mediante el correspondiente contrato adicional. 8.3. Por acuerdo recíproco de las partes, expresado también mediante adicional suscrito
por los mismos. 8.4. Por incumplimiento grave de las obligaciones a cargo de EL CONTRATISTA. 8.5. Por declaración judicial de nulidad, mediante providencia en firme. 8.6. Por las demás causales previstas en la Ley. NOVENA. LIQUIDACIÓN. Terminado el contrato por cualquiera de las causales estipuladas en la cláusula octava del presente contrato, procederá su liquidación, que deberá tener lugar de común acuerdo entre las partes, dentro de los cuatro (4) meses siguientes a su ocurrencia. En el proyecto de acta correspondiente se consignará la siguiente información: 9.1. Las características generales del contrato; 9.2. La forma y oportunidad de cumplimiento de las obligaciones a cargo de cada una de
las partes, y de ejecución de las prestaciones recíprocas; 9.3. Los pagos efectuados al contratista; 9.4. Los acuerdos, conciliaciones y transacciones a que lleguen las partes para poner fin a
eventuales diferencias; 9.5. Los compromisos pendientes y la forma y oportunidad para satisfacerlos, entre ellos,
la extensión y ajuste de los amparos de la garantía única, que con arreglo a la cláusula décima, deben permanecer vigentes con posterioridad, de manera que, cumplidos los mismos, estas puedan declararse en paz y a salvo.
El contratista será convocado para llevar a cabo la diligencia de liquidación, al menos con cinco (5) días hábiles de anterioridad y se le remitirá el proyecto de acta con el fin de que pueda preparar eventuales observaciones. Si no concurre a la diligencia, no presenta los documentos de su resorte para llevarla a cabo, o las partes no logran un acuerdo sobre los términos de la misma, la ANH podrá disponer unilateralmente tal liquidación, sin perjuicio
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de los recursos y acciones de ley, o de la aplicación de los instrumentos alternativos de solución de conflictos. DÉCIMA. GARANTÍA ÚNICA. Es responsabilidad del contratista, amparar el cumplimiento oportuno, eficaz y eficiente de todos y cada uno de los compromisos y obligaciones de su resorte, así como la ejecución de las actividades inherentes a los servicios materia del presente Contrato, en las condiciones de tiempo, cantidad y calidad pactadas, mediante garantía bancaria o póliza de seguro de cumplimiento en favor de entidades estatales, que cubra los amparos que se determinan más adelante y reúna las condiciones y características que se establecen en los artículos 25, numeral 19 de la Ley 80 de 1993, artículos 7 y siguientes del Decreto Reglamentario 4828 de 2008 y a las estipulaciones de este Contrato. La Garantía contendrá la siguiente información:
Razón Social o denominación del asegurador, número de identificación tributaria, y domicilio completo, es decir, dirección, teléfonos, fax y correo electrónico.
Naturaleza, clase, número y fecha de expedición. Tomador y Afianzado: Nombre del contratista, identificación y domicilio completo. Asegurado y Beneficiario: Agencia Nacional de Hidrocarburos ANH, Número de
Identificación Tributaria 830.127.607-8, Avenida Calle 26 No. 59-65 Piso 2, teléfono 593-17-17 y fax 593-17-18.
Amparos: XXXXXXXXX DÉCIMO PRIMERA. CONTRATISTA INDEPENDIENTE Y AUTONOMÍA TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA. De acuerdo con la naturaleza del presente contrato, el contratista ejecutará el contrato a manera de contratista independiente, sin subordinación o vinculación laboral de ninguna naturaleza con la ANH. El contratista actuará con plena autonomía; asumirá sus propios riesgos y utilizará sus medios y recursos, y no será agente, ni mandatario o representante de la ANH, ni la obligará con terceros. DÉCIMO SEGUNDA. RESERVA. Toda la información que se genere durante el desarrollo del presente contrato, al igual que aquella que se entregue al contratista para este propósito, es reservada y no puede ser divulgada o puesta en conocimiento de terceros, sin autorización previa y escrita de la ANH. Por consiguiente, el contratista, está comprometido a abstenerse de divulgar, publicar o comunicar, directa o indirectamente, a persona alguna, la información que conozca por razón o con motivo del contrato y a emplearla exclusivamente para el cumplimiento de las obligaciones a su cargo y la prestación de los servicios materia del mismo. DÉCIMA TERCERA. MULTAS. En caso de mora o incumplimiento parcial de las obligaciones adquiridas por el CONTRATISTA, la ENTIDAD cobrará multas diarias y sucesivas equivalentes al uno por mil (1X1000) del valor de este contrato, por cada día de retardo o incumplimiento, si a juicio de la ENTIDAD de ello se derivan perjuicios para la Administración, sin que el
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monto total de la multa exceda el diez por ciento (10%) del valor de este contrato, cantidad que se imputará la de los perjuicios que reciba la ENTIDAD Parágrafo Primero: Procedimiento para la Aplicación de Multas, sanciones y declaratorias de incumplimiento: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx DÉCIMA CUARTA. PENAL PECUNIARIA. En caso de incumplimiento de las obligaciones adquiridas o declaratoria de caducidad de este contrato, EL CONTRATISTA pagará a la ENTIDAD a título de pena, una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor de este contrato, cantidad que se tendrá como pago anticipado de los perjuicios que reciba la ANH por el incumplimiento, sin perjuicio de hacer la garantía única de cumplimiento (si la hubiere) DÉCIMA QUINTA. CAPTACIÓN DE LA MULTA Y DE LA PENA. El valor de la pena y/o de la multa se tomará del saldo a favor del CONTRATISTA si lo hubiere, o si no, de la garantía constituida (Si la hubiere), y si esto último no fuere posible, se cobrará por la jurisdicción Contencioso Administrativa. DÉCIMO SEXTA. SOLUCIÓN DE CONFLICTOS - ARREGLO DIRECTO. Las divergencias que ocurran entre la ANH y el Interventor, relacionadas con la supervisión, control y dirección de las obligaciones contenidas en el presente contrato se intentaran resolver inicialmente entre las partes involucradas. En caso en que el supervisor designado por la ANH y el Interventor no logren llegar a un acuerdo, el asunto se elevará al Comité de Conciliación de la ANH o quien haga sus veces, en la búsqueda de un acuerdo directo. DÉCIMO SÉPTIMA. CLÁUSULAS EXCEPCIONALES. Al presente contrato se entienden incorporadas las cláusulas excepcionales contenidas en los artículos 15, 16, 17 y 18 de la Ley 80 de 1993 y demás disposiciones concordantes. DÉCIMO OCTAVA. CESIÓN Y SUBCONTRATOS. El contratista no podrá ceder ni subcontratar total ni parcialmente los derechos u obligaciones surgidos de este contrato, sin la autorización previa y escrita de la ANH. DÉCIMA NOVENA. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. El contratista declara bajo la gravedad del juramento, que se entiende prestado con la suscripción del presente contrato, que no se encuentra incurso en causal alguna de incompatibilidad, inhabilidad o prohibición, de las establecidas por la Constitución Política y los artículos 8 de la Ley 80 de 1993; 60 de la Ley 610 de 2000; 50 de la Ley 789 de 2002; 18 de la Ley 1150 de 2007, Ley 1474 de 2011, parágrafo primero de la Ley 734 del mismo año, o en otras disposiciones de estirpe legal. En el evento de sobrevenir cualquier causal de inhabilidad, incompatibilidad o prohibición, el contratista debe dar aviso inmediato a la ANH y se dará aplicación al artículo 9 de la Ley 80 de 1993. VIGÉSIMA. SUPERVISIÓN. Las actividades de inspección y seguimiento contractual previstas en la Sub sección III de la Resolución 481 de 2008 expedida por la Dirección General, serán ejercidas por los funcionarios o contratistas que se designen de conformidad
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con la citada norma. En todo caso, la supervisión técnico-administrativa de las obligaciones a cargo del contratista será ejercida por la persona que designe el ordenador del gasto. VIGÉSIMA PRIMERA. APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL. El contratista debe cumplir estrictamente las obligaciones relacionadas con el Sistema General de Seguridad Social, so pena de las sanciones a que haya lugar. En la oportunidad de presentación de las cuentas de cobro y para la liquidación del contrato, el contratista debe acreditar que se encuentra al día en la satisfacción de estas obligaciones. VIGÉSIMA SEGUNDA. IMPUESTOS. Todos los impuestos, tasas, contribuciones, derechos y demás gravámenes que se causen por razón o con ocasión de la suscripción, ejecución y liquidación del presente contrato, con excepción de los que estrictamente correspondan a la ANH, son de cargo y responsabilidad exclusiva del contratista, según el régimen tributario aplicable. VIGÉSIMA TERCERA. PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN. El presente contrato se entiende perfeccionado con la firma de las partes y el registro presupuestal y para su ejecución, requiere de la aprobación por parte de la ANH de la garantía única y el registro presupuestal. VIGÉSIMA CUARTA. DOMICILIO CONTRACTUAL. Para todos los efectos legales el domicilio contractual es la ciudad de Bogotá D.C. Para constancia se firma en Bogotá D. C., a los Por la ANH, Por el contratista
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ANEXO 5
EXPERIENCIA ESPECÍFICA (B)
No. Contrato
Contratante
Dirección y Teléfono
del
contratante
%
Participación
* *
Objeto del
contrat
o **
Fecha de
inicio
***
Fecha Terminación ***
*Cuando el proponente haya celebrado el contrato en unión temporal
** Registre el objeto de la experiencia especifica del proponente tal como aparece en el respectivo soporte. No relacione experiencia que no esté debidamente soportada.
***Indicar día, mes, y año. (dd/mm/aa)
Firma del Representante Legal
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ANEXO 6
ANALISIS DE COSTOS
Valor del Contrato es de DIECIOCHO MIL SETECIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES, NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES MIL, CIENTO CUARENTA Y TRES PESOS. ($18.736.943.143), incluido IVA y demás tributos que se causen por el hecho de su celebración, ejecución y liquidación.
Variables Utilizadas para Calcular el Presupuesto de la Contratación
Para calcular el presupuesto de la contratación se consideraron como variables los costos asociados a: - COSTO INTERPRETACION DE LOS ANALISIS Y REPORTE FINAL: En esta
variable se consideraron los costos de honorarios estimados de los profesionales y demás personal requerido para desarrollar los productos finales del proyecto.
- Variables para el muestreo de núcleos: Esta variable se consideró teniendo en cuenta los costos de las actividades necesarias para el muestreo de los núcleos, los costos asociados al material para la toma y extracción de muestras que serán analizadas en el laboratorio, y todos aquellos asociados a la preservación final del núcleo.
- Variables de análisis de laboratorio: En estos costos se incluye todos aquellos
costos directos e indirectos requeridos para llevar a cabo los análisis de laboratorio.
Mecanismo empleado para calcular el valor estimado del contrato1.
En consideración a las variables anteriormente previstas, se efectuó sondeo de mercado (mecanismo solicitud de cotizaciones) y, asimismo, se consultaron proyectos similares (mecanismo análisis de precios históricos), así:
1 Para estos efectos se tomó como referencia el documento Recomendaciones para la “Elaboración de Estudios Previos – Aplicación del principio de planeación en la contratación de las entidades públicas“, ISBN 978-958-98665-5-9, el cual en su página 40, aborda el tema de los estudios de mercado o análisis económico del valor del contrato, estableciendo que: “El estudio de precios de mercado, que se lleve a cabo una vez elaborado el estudio técnico, permite establecer el presupuesto oficial de la contratación. Comprende la realización de un análisis de los diferentes precios de los bienes o servicios a contratar que se registran en el mercado, que pueden ser consultados a través de mecanismos como: a) Solicitud de cotizaciones; b) Consulta de bases de datos especializadas y; c) Análisis de consumos y precios históricos. Asimismo, involucra el análisis de las variables consideradas para calcular el presupuesto oficial o precio del contrato… a) Cuando se emplee la modalidad de solicitud de cotizaciones, las mismas se deben requerir remitiendo a los interesados toda la información básica del contrato a suscribir, con el fin de que proyecten el valor del servicio o del bien correspondiente. Por lo expuesto, se deberán señalar en la comunicación respectiva los gastos que deberá asumir el contratista (constitución de garantía única, impuestos, transporte, publicación, etc.) y la forma de pago prevista para el futuro contrato, toda vez que esta información incide directamente en el precio ofrecido.
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Sondeos de mercado (mecanismo solicitud de cotizaciones) Se garantizó la participación más amplia de posibles oferentes en el proyecto, bajo el entendido de que los consultados reúnen los requisitos (experiencia, conocimiento y capacidad) para pronunciarse con propiedad en términos condiciones mercado.
En consideración a las variables anteriormente descritas, se efectuaron sondeos de mercado y se obtuvo el siguiente análisis de costo:
Las cotizaciones se deberán solicitar a interesados que tengan condiciones de producción (capacidad económica, financiera, técnica y de experiencia) similares, con el fin de que realmente se obtenga un precio de mercado…
ESTUDIO INTEGRADO DE NÚCLEOS (FASE 1) EN LAS CUENCAS DE
INTERÉS MISIONAL DE LA ANH - 20.000 PIES DE NUCLEOS y 522
MUESTRAS DE RIPIOS
TIPO DE ANALISIS TIPO DE MUESTRA A TOMAR No. DE MUESTRAS PRECIO UNITARIO
(COP) COSTO TOTAL (COP)
MUESTREO DE NUCLEOScodigo
actividadMuestreo de núcleos de pozo para análisis petrográfico, petrofísico, bioestratigráfico,
geoquímico, termocronológico y litogeoquímico. 16.000 300.000,00 1.800.000.000,00
Preservación de núcleos 2 PIES 20.000 50.000,00 1.000.000.000,00
SUBTOTAL MUESTREO Y PRESERVACION DE LOS NUCLEOS (1) 3 2.800.000.000,00
ANALISIS DE LABORATORIOAnálisis Bioestratigráficos
Palinología (polen, esporas, dinoflageladosy/o algas de agua dulce) 4 Finos y carbonatos 300 900.000,00 270.000.000,00
Foraminíferos (bentónicos, planctónicos) 5 Finos y carbonatos 200 900.000,00 180.000.000,00
Nanofósiles calcáreos 6 Carbonatos 100 1.050.000,00 105.000.000,00
Diatomeas, radiolarios y silicoflagelados 7 Liditas 100 1.050.000,00 105.000.000,00
Macrofósiles 8 Finos 20 1.150.000,00 23.000.000,00
Análisis Petrográficos Y PetrofísicosAnálisis composicional y textural de siliciclasticos y carbonatos 9 Areniscas y carbonatos 3.000 1.200.000,00 3.600.000.000,00
Análisis petrofísicos (porosidad, permeabilidad) 10 Areniscas y carbonatos 500 1.200.000,00 600.000.000,00
Análisis GeoquímicosContenido de materia orgánica (TOC) 11 Finos y carbonatos 5.000 380.000,00 1.900.000.000,00
Pirólisis (solo para muestras con TOC > 1%) 12 Finos y carbonatos 100 480.000,00 48.000.000,00
Petrografía Orgánica (incluye AVK y Ro) 13 Finos y carbonatos 500 1.250.000,00 625.000.000,00
Palinofacies (para ambientes sedimentarios) 14 Finos y carbonatos 500 900.000,00 450.000.000,00
Fluoerescencia de Rayos X (análisis elemental) 15 Todas las litologías 5.000 350.000,00 1.750.000.000,00
Isótopos de roca 16 Carbonatos 500 620.000,00 310.000.000,00
Extracción de bitumen y/o crudo 17 Todas las litologías 300 450.000,00 135.000.000,00
API por infrarrojo 18 Extracto 300 150.000,00 45.000.000,00
Contenido de Vanadio y Níquel 19 Extracto 300 200.000,00 60.000.000,00
Cromatografía líquida (SARA) 20 Extracto 300 490.000,00 147.000.000,00
Contenido de azufre 21 Extracto 300 250.000,00 75.000.000,00
Cromatografía de gases (whole oil) 22 Extracto 300 580.000,00 174.000.000,00
GC-MS de Saturados y Aromáticos (biomarcadores) 23 Extracto 300 1.550.000,00 465.000.000,00
Análisis de isótopos (crudo completo, saturados y aromáticos) 24 Extracto 300 2.100.000,00 630.000.000,00
Análisis litogeoquímicos 25 Todas las litologías 100 485.000,00 48.500.000,00
Análisis Termocronológicos
Inclusiones fluídas 26 Areniscas y limolitas 600 1.000.000,00 600.000.000,00
Trazas de fisión en apatito 27 Areniscas y limolitas 100 4.950.000,00 495.000.000,00
Trazas de fisión en Circones 28 Areniscas y limolitas 50 8.100.000,00 405.000.000,00
SUBTOTAL ANALISIS DE LABORATORIO (2) 29 13.245.500.000,00
COSTO TOTAL FASE DE MUESTREO Y ANALITICA (1+2) 16.045.500.000,00
COSTO INTERPRETACION DE LOS ANALISIS Y REPORTE FINAL 30 5.615.925.000,00
COSTO DEL PROYECTO 21.661.425.000,00
IVA (16%) 3.465.828.000,00
COSTO TOTAL DEL PROYECTO 25.127.253.000,00
atg
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PRECIO
UNITARIO (COP) COSTO TOTAL (COP)
PRECIO
UNITARIO (COP) COSTO TOTAL (COP) PRECIO UNITARIO (COP) COSTO TOTAL (COP)
codigo
actividad
175.000 450.000.000,00 27.000,00 162.000.000,00 -
2 90.000 1.800.000.000,00 49.000,00 980.000.000,00 40.000 800.000.000,00
3 2.250.000.000,00 1.142.000.000,00 800.000.000,00
4 750.000 225.000.000,00 700.000,00 210.000.000,00 650.000 195.000.000,00
5 650.000 130.000.000,00 780.000,00 156.000.000,00 650.000 130.000.000,00
6 850.000 85.000.000,00 815.000,00 81.500.000,00 650.000 65.000.000,00
7 925.000 92.500.000,00 700.000,00 70.000.000,00 650.000 65.000.000,00
8 925.000 18.500.000,00 600.000,00 12.000.000,00 550.000 11.000.000,00
9 780.000 2.340.000.000,00 1.040.000,00 3.120.000.000,00 750.000 2.250.000.000,00
10 650.000 325.000.000,00 410.000,00 205.000.000,00 300.000 150.000.000,00
11 220.000 1.100.000.000,00 138.000,00 690.000.000,00
12 300.000 30.000.000,00 138.000,00 13.800.000,00
13 850.000 425.000.000,00 900.000,00 450.000.000,00
14 900.000,00 450.000.000,00
15 110.000 550.000.000,00 74.000,00 370.000.000,00 250.000 1.250.000.000,00
16 520.000 260.000.000,00 1.260.000,00 630.000.000,00
17 280.000,00 84.000.000,00
18 162.000,00 48.600.000,00
19 560.000,00 168.000.000,00
20 420.000,00 126.000.000,00
21 102.000,00 30.600.000,00
22 160.000 48.000.000,00 720.000,00 216.000.000,00
23 1.800.000 540.000.000,00 2.420.000,00 726.000.000,00
24 860.000,00 258.000.000,00
25 300.000 30.000.000,00 74.000,00 7.400.000,00 250.000 25.000.000,00
26 3.500.000,00 2.100.000.000,00
27 7.000.000 700.000.000,00 8.000.000,00 800.000.000,00 6.000.000 600.000.000,00
28 7.000.000 350.000.000,00 9.200.000,00 460.000.000,00 6.000.000 300.000.000,00
29 7.249.000.000,00 11.482.900.000,00 5.041.000.000,00
9.499.000.000,00 12.624.900.000,00 5.841.000.000,00
30 $ 2.000.000.000,00 4.593.160.000,00 1.512.300.000,00
11.499.000.000,00 17.218.060.000,00 7.353.300.000,00
1.839.840.000,00 2.754.889.600,00 1.176.528.000,00
13.338.840.000,00 19.972.949.600,00 8.529.828.000,00
grp gems gemas
PRECIO UNITARIO (US) COSTO TOTAL (COP) PRECIO UNITARIO
(COP) COSTO TOTAL (COP) PRECIO UNITARIO (COP) COSTO TOTAL (COP)
codigo
actividad US*2500 us
158,00 870.000.000,00
145.000,00 348.000,00 50.000,00 300.000.000,00 46.200,00 277.200.000,00
2 69,00 3.450.000.000,00 172.500,00 1.380.000,00 20.000,00 400.000.000,00 19.950,00 399.000.000,00
3 4.320.000.000,00 - 1.728.000,00 700.000.000,00 676.200.000,00
4 273,00 204.750.000,00 682.500,00 81.900,00 700.000,00 210.000.000,00 1.035.560,63 310.668.189,00
5 197,00 98.500.000,00 492.500,00 39.400,00 700.000,00 140.000.000,00 807.386,25 161.477.250,00
6 197,00 49.250.000,00 492.500,00 19.700,00 700.000,00 70.000.000,00 905.676,75 90.567.675,00
7 273,00 68.250.000,00 682.500,00 27.300,00 700.000,00 70.000.000,00 975.884,25 97.588.425,00
8 199,00 9.950.000,00 497.500,00 3.980,00 700.000,00 14.000.000,00 807.386,25 16.147.725,00
9 340,00 2.550.000.000,00 850.000,00 1.020.000,00 800.000,00 2.400.000.000,00 1.228.631,25 3.685.893.750,00
10 146,00 182.500.000,00 365.000,00 73.000,00 800.000,00 400.000.000,00 596.763,75 298.381.875,00
11 63,00 787.500.000,00 157.500,00 315.000,00 150.000,00 750.000.000,00 210.622,50 1.053.112.500,00
12 94,00 23.500.000,00 235.000,00 9.400,00 170.000,00 17.000.000,00 210.622,50 21.062.250,00
13 503,00 628.750.000,00 1.257.500,00 251.500,00 900.000,00 450.000.000,00 1.078.412,50 539.206.250,00
14 41,00 51.250.000,00 102.500,00 20.500,00 600.000,00 300.000.000,00 737.178,75 368.589.375,00
15 40,00 500.000.000,00 100.000,00 200.000,00 250.000,00 1.250.000.000,00 333.485,63 1.667.428.150,00
16 992,00 1.240.000.000,00 2.480.000,00 496.000,00 5.150.000,00 2.575.000.000,00 2.106.225,00 1.053.112.500,00
17 167,00 125.250.000,00 417.500,00 50.100,00 150.000,00 45.000.000,00 184.294,69 55.288.407,00
18 118,00 88.500.000,00 295.000,00 35.400,00 50.000,00 15.000.000,00 105.311,25 31.593.375,00
19 351,00 263.250.000,00 877.500,00 105.300,00 200.000,00 60.000.000,00 245.726,25 73.717.875,00
20 642,00 481.500.000,00 1.605.000,00 192.600,00 350.000,00 105.000.000,00 1.053.112,50 315.933.750,00
21 146,00 109.500.000,00 365.000,00 43.800,00 200.000,00 60.000.000,00 210.622,50 63.186.750,00
22 404,00 303.000.000,00 1.010.000,00 121.200,00 600.000,00 180.000.000,00 652.929,75 195.878.925,00
23 1.270,00 952.500.000,00 3.175.000,00 381.000,00 2.000.000,00 600.000.000,00 2.808.300,00 842.490.000,00
24 338,00 253.500.000,00 845.000,00 101.400,00 1.000.000,00 300.000.000,00 1.263.735,00 379.120.500,00
25 541,00 135.250.000,00 1.352.500,00 54.100,00 400.000,00 40.000.000,00 630.000,00 63.000.000,00
26 596,00 894.000.000,00 1.490.000,00 357.600,00 500.000,00 300.000.000,00 702.075,00 421.245.000,00
27 3.439,00 859.750.000,00 8.597.500,00 343.900,00 7.100.000,00 710.000.000,00 6.880.335,00 688.033.500,00
28 4.364,00 545.500.000,00 10.910.000,00 218.200,00 7.100.000,00 355.000.000,00 9.899.257,50 494.962.875,00
29 11.405.700.000,00 4.562.280,00 11.416.000.000,00 12.987.686.871,00
15.725.700.000,00 12.116.000.000,00 13.663.886.871,00
30 2.624.402.500,00 1.049.761,00 4.846.400.000,00 3.415.971.710,94
18.350.102.500,00 16.962.400.000,00 17.079.858.581,94
2.936.016.400,00 2.713.984.000,00 2.732.777.373,11
21.286.118.900,00 19.676.384.000,00 19.812.635.955,05
halliburton Antek HPO
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Análisis sondeo de mercado A partir de los valores unitarios obtenidos de cada propuesta se elaboró el cuadro de análisis para encontrar el presupuesto del proyecto.
Continuación,
PRECIO UNITARIO (COP) COSTO TOTAL (COP) PRECIO UNITARIO (COP) COSTO TOTAL (COP) PRECIO UNITARIO (COP) COSTO TOTAL (COP) PRECIO UNITARIO (COP) COSTO TOTAL (COP)
codigo
actividad
157.226,00 343.356.000,00 280.000,00 1.680.000.000,00 62.600 375.600.000,00 84.700 508.197.900,00
2 411.060,00 8.221.200.000,00 40.000,00 800.000.000,00 112.680 2.253.600.000,00 132.879 2.657.589.000,00
3 8.564.556.000,00 2.480.000.000,00 2.629.200.000,00 3.165.786.900,00
4 1.738.542,00 521.562.600,00 1.020.000,00 306.000.000,00 575.920 172.776.000,00 797.277 239.183.010,00
5 594.828,00 118.965.600,00 1.020.000,00 204.000.000,00 338.040 67.608.000,00 289.919 57.983.760,00
6 594.828,00 59.482.800,00 1.020.000,00 102.000.000,00 338.040 33.804.000,00 724.797 72.479.700,00
7 1.738.542,00 173.854.200,00 1.020.000,00 102.000.000,00 463.240 46.324.000,00 181.199 18.119.925,00
8 1.007.500,00 20.150.000,00 1.020.000,00 20.400.000,00 338.040 6.760.800,00 603.998 12.079.950,00
9 2.881.450,00 8.644.350.000,00 1.247.000,00 3.741.000.000,00 626.000 1.878.000.000,00 3.382.386 10.147.158.000,00
10 922.870,00 461.435.000,00 1.400.000,00 700.000.000,00 1.252.000 626.000.000,00 229.519 114.759.525,00
11 370.760,00 1.853.800.000,00 348.000,00 1.740.000.000,00 87.640 438.200.000,00 233.311 1.166.553.600,00
12 201.500,00 20.150.000,00 522.000,00 52.200.000,00 112.680 11.268.000,00 303.790 30.379.000,00
13 1.712.750,00 856.375.000,00 1.200.000,00 600.000.000,00 1.752.800 876.400.000,00 1.336.676 668.338.000,00
14 1.661.972,00 830.986.000,00 1.600.000,00 800.000.000,00 400.640 200.320.000,00 2.499.000 1.249.500.000,00
15 705.250,00 3.526.250.000,00 1.160.000,00 5.800.000.000,00 500.800 2.504.000.000,00 1.433.888 7.169.440.000,00
16 261.950,00 130.975.000,00 638.000,00 319.000.000,00 525.840 262.920.000,00 425.549 212.774.515,00
17 483.600,00 145.080.000,00 435.000,00 130.500.000,00 300.480 90.144.000,00 583.277 174.983.040,00
18 906.750,00 272.025.000,00 210.000,00 63.000.000,00 150.240 45.072.000,00 583.277 174.983.040,00
19 806.000,00 241.800.000,00 754.000,00 226.200.000,00 1.252.000 375.600.000,00 729.096 218.728.800,00
20 1.370.200,00 411.060.000,00 435.000,00 130.500.000,00 851.360 255.408.000,00 1.900.510 570.153.072,00
21 241.800,00 72.540.000,00 290.000,00 87.000.000,00 150.240 45.072.000,00 498.216 149.464.680,00
22 1.108.250,00 332.475.000,00 832.500,00 249.750.000,00 888.920 266.676.000,00 729.096 218.728.800,00
23 3.566.550,00 1.069.965.000,00 680.000,00 204.000.000,00 2.253.600 676.080.000,00 4.666.214 1.399.864.320,00
24 785.850,00 235.755.000,00 210.000,00 63.000.000,00 1.677.680 503.304.000,00 515.228 154.568.352,00
25 6.045.000,00 604.500.000,00 300.000,00 30.000.000,00 626.000 62.600.000,00 255.184 25.518.360,00
26 8.060.000,00 4.836.000.000,00 1.100.000,00 660.000.000,00 287.960 172.776.000,00 3.019.988 1.811.992.500,00
27 3.224.000,00 322.400.000,00 6.800.000,00 680.000.000,00 4.907.840 490.784.000,00 10.231.718 1.023.171.765,00
28 3.224.000,00 161.200.000,00 6.800.000,00 340.000.000,00 7.061.280 353.064.000,00 15.341.537 767.076.825,00
29 25.923.136.200,00 17.350.550.000,00 10.460.960.800,00 27.847.982.539,00
34.487.692.200,00 19.830.550.000,00 13.090.160.800,00 31.013.769.439,00
30 13.795.076.880,00 9.000.000.000,00 3.792.835.718,00 7.612.500.000,00
48.282.769.080,00 28.830.550.000,00 16.882.996.518,00 38.626.269.439,00
7.725.243.052,80 4.612.888.000,00 2.701.279.442,88 6.180.203.110,24
56.008.012.132,80 33.443.438.000,00 19.584.275.960,88 44.806.472.549,24
Weatherford GEOOIL FAVEL SCHLUMBERGER
CODIGO atg grp gems gemas halliburton Antek HPO
Muestreo de núcleos de pozo para análisis petrográfico, petrofísico, bioestratigráfico,
geoquímico, termocronológico y litogeoquímico. 1$ 300.000 $ 75.000 $ 27.000
$ 145.000$ 50.000 46.200,00
Preservación de núcleos 2 $ 50.000 $ 90.000 $ 49.000 $ 40.000 $ 172.500 $ 20.000 19.950,00
Palinología (polen, esporas, dinoflageladosy/o algas de agua dulce) 3 $ 900.000 $ 750.000 $ 700.000 $ 650.000 $ 682.500 $ 700.000 1.035.560,63
Foraminíferos (bentónicos, planctónicos) 4 $ 900.000 $ 650.000 $ 780.000 $ 650.000 $ 492.500 $ 700.000 807.386,25
Nanofósiles calcáreos 5 $ 1.050.000 $ 850.000 $ 815.000 $ 650.000 $ 492.500 $ 700.000 905.676,75
Diatomeas, radiolarios y silicoflagelados 6 $ 1.050.000 $ 925.000 $ 700.000 $ 650.000 $ 682.500 $ 700.000 975.884,25
Macrofósiles 7 $ 1.150.000 $ 925.000 $ 600.000 $ 550.000 $ 497.500 $ 700.000 807.386,25
Análisis composicional y textural de siliciclasticos y carbonatos 8 $ 1.200.000 $ 780.000 $ 1.040.000 $ 750.000 $ 850.000 $ 800.000 1.228.631,25
Análisis petrofísicos (porosidad, permeabilidad) 9 $ 1.200.000 $ 650.000 $ 410.000 $ 300.000 $ 365.000 $ 800.000 596.763,75
Contenido de materia orgánica (TOC) 10 $ 380.000 $ 220.000 $ 138.000 $ 157.500 $ 150.000 210.622,50
Pirólisis (solo para muestras con TOC > 1%) 11 $ 480.000 $ 300.000 $ 138.000 $ 235.000 $ 170.000 210.622,50
Petrografía Orgánica (incluye AVK y Ro) 12 $ 1.250.000 $ 850.000 $ 900.000 $ 1.257.500 $ 900.000 1.078.412,50
Palinofacies (para ambientes sedimentarios) 13 $ 900.000 $ 900.000 $ 102.500 $ 600.000 737.178,75
Fluoerescencia de Rayos X (análisis elemental) 14 $ 350.000 $ 110.000 $ 74.000 $ 250.000 $ 100.000 $ 250.000 333.485,63
Isótopos de roca 15 $ 620.000 $ 520.000 $ 1.260.000 $ 2.480.000 $ 5.150.000 2.106.225,00
Extracción de bitumen y/o crudo 16 $ 450.000 $ 280.000 $ 417.500 $ 150.000 184.294,69
API por infrarrojo 17 $ 150.000 $ 162.000 $ 295.000 $ 50.000 105.311,25
Contenido de Vanadio y Níquel 18 $ 200.000 $ 560.000 $ 877.500 $ 200.000 245.726,25
Cromatografía líquida (SARA) 19 $ 490.000 $ 420.000 $ 1.605.000 $ 350.000 1.053.112,50
Contenido de azufre 20 $ 250.000 $ 102.000 $ 365.000 $ 200.000 210.622,50
Cromatografía de gases (whole oil) 21 $ 580.000 $ 160.000 $ 720.000 $ 1.010.000 $ 600.000 652.929,75
GC-MS de Saturados y Aromáticos (biomarcadores) 22 $ 1.550.000 $ 1.800.000 $ 2.420.000 $ 3.175.000 $ 2.000.000 2.808.300,00
Análisis de isótopos (crudo completo, saturados y aromáticos) 23 $ 2.100.000 $ 860.000 $ 845.000 $ 1.000.000 1.263.735,00
Análisis litogeoquímicos 24 $ 485.000 $ 300.000 $ 74.000 $ 250.000 $ 1.352.500 $ 400.000 630.000,00
Inclusiones fluídas 25 $ 1.000.000 $ 3.500.000 $ 1.490.000 $ 500.000 702.075,00
Trazas de fisión en apatito 26 $ 4.950.000 $ 7.000.000 $ 8.000.000 $ 6.000.000 $ 8.597.500 $ 7.100.000 6.880.335,00
Trazas de fisión en Circones 27 $ 8.100.000 $ 7.000.000 $ 9.200.000 $ 6.000.000 $ 10.910.000 $ 7.100.000 9.899.257,50
COSTO INTERPRETACION DE LOS ANALISIS Y REPORTE FINAL 28 $ 5.615.925.000 $ 2.000.000.000 $ 4.593.160.000 $ 1.512.300.000 $ 2.624.402.500 $ 4.846.400.000 $ 3.415.971.711
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Como se observa en el cuadro anterior hay propuestas muy elevadas alejadas de los valores de la media geométrica, parta lo cual se realizó una gráfica diagnostico con el fin de encontrar los valores anómalos y eliminarlos, así:
Grafica de distribución de valores unitarios por empresa y actividad. Se eliminaron los valores máximos y/o mínimos que se alejaban en el valor de la media y que influenciaban el valor final del proyecto, de esta manera se obtuvo la siguiente relación:
Weatherford GEOOIL FAVEL SCHLUMBERGER MAXIMO MEDIA GEOMETRICA CANTIDAD PRESUPUESTO
57.226,00 280.000,00 62.600 84.700 $ 300.000
83.902,20$ 6000
503.413.217,28$
411.060,00 40.000,00 112.680 132.879 $ 411.060 68.241,02$ 20000 1.364.820.355,39$
1.738.542,00 1.020.000,00 575.920 797.277 $ 1.738.542 826.980,50$ 300 248.094.151,43$
594.828,00 1.020.000,00 338.040 289.919 $ 1.020.000 616.722,21$ 200 123.344.442,46$
594.828,00 1.020.000,00 338.040 724.797 $ 1.050.000 706.662,54$ 100 70.666.253,53$
1.738.542,00 1.020.000,00 463.240 181.199 $ 1.738.542 728.494,53$ 100 72.849.452,90$
1.007.500,00 1.020.000,00 338.040 603.998 $ 1.150.000 702.950,83$ 20 14.059.016,66$
2.881.450,00 1.247.000,00 626.000 3.382.386 $ 3.382.386 1.149.735,17$ 3000 3.449.205.497,61$
922.870,00 1.400.000,00 1.252.000 229.519 $ 1.400.000 630.017,22$ 500 315.008.610,69$
370.760,00 348.000,00 87.640 233.311 $ 380.000 207.982,65$ 5000 1.039.913.262,01$
201.500,00 522.000,00 112.680 303.790 $ 522.000 238.760,73$ 100 23.876.073,06$
1.712.750,00 1.200.000,00 1.752.800 1.336.676 $ 1.752.800 1.188.431,24$ 500 594.215.620,95$
1.661.972,00 1.600.000,00 400.640 2.499.000 $ 2.499.000 772.324,28$ 500 386.162.139,72$
705.250,00 1.160.000,00 500.800 1.433.888 $ 1.433.888 319.062,29$ 5000 1.595.311.439,54$
261.950,00 638.000,00 525.840 425.549 $ 5.150.000 914.401,98$ 500 457.200.987,82$
483.600,00 435.000,00 300.480 583.277 $ 583.277 335.333,88$ 300 100.600.164,58$
906.750,00 210.000,00 150.240 583.277 $ 906.750 204.657,04$ 300 61.397.112,02$
806.000,00 754.000,00 1.252.000 729.096 $ 1.252.000 517.877,33$ 300 155.363.200,04$
1.370.200,00 435.000,00 851.360 1.900.510 $ 1.900.510 788.198,39$ 300 236.459.517,24$
241.800,00 290.000,00 150.240 498.216 $ 498.216 233.430,89$ 300 70.029.268,12$
1.108.250,00 832.500,00 888.920 729.096 $ 1.108.250 660.524,44$ 300 198.157.332,64$
3.566.550,00 680.000,00 2.253.600 4.666.214 $ 4.666.214 2.232.150,92$ 300 669.645.276,03$
785.850,00 210.000,00 1.677.680 515.228 $ 2.100.000 866.407,07$ 300 259.922.119,81$
6.045.000,00 300.000,00 626.000 255.184 $ 6.045.000 473.103,44$ 100 47.310.344,24$
8.060.000,00 1.100.000,00 287.960 3.019.988 $ 8.060.000 1.341.965,74$ 600 805.179.445,22$
3.224.000,00 6.800.000,00 4.907.840 10.231.718 $ 10.231.718 6.424.089,60$ 100 642.408.959,55$
3.224.000,00 6.800.000,00 7.061.280 15.341.537 $ 15.341.537 7.707.201,90$ 50 385.360.094,77$
$ 13.795.076.880 $ 9.000.000.000 $ 3.792.835.718 $ 7.612.500.000 $ 13.795.076.880 4.406.122.976,91$ 4.406.122.976,91$
TOTAL 18.296.096.332$
IVA 16% 2.927.375.413$ 21.223.471.745$
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Continuación,
De esta manera se obtuvo el valor final del presupuesto ajustado para cada actividad, definiendo su valor unitario de referencia (Media Geométrica). La figura 2 muestra la curva ajustada.
CODIGO atg grp gems gemas halliburton Antek HPO
Muestreo de núcleos de pozo para análisis petrográfico, petrofísico, bioestratigráfico,
geoquímico, termocronológico y litogeoquímico. 1$ 75.000 $ 27.000
$ 145.000$ 50.000 46.200,00
Preservación de núcleos 2 $ 50.000 $ 90.000 $ 49.000 $ 40.000 $ 172.500 $ 20.000 19.950,00
Palinología (polen, esporas, dinoflageladosy/o algas de agua dulce) 3 $ 900.000 $ 750.000 $ 700.000 $ 650.000 $ 682.500 $ 700.000 1.035.560,63
Foraminíferos (bentónicos, planctónicos) 4 $ 900.000 $ 650.000 $ 780.000 $ 650.000 $ 492.500 $ 700.000 807.386,25
Nanofósiles calcáreos 5 $ 1.050.000 $ 850.000 $ 815.000 $ 650.000 $ 492.500 $ 700.000 905.676,75
Diatomeas, radiolarios y silicoflagelados 6 $ 1.050.000 $ 925.000 $ 700.000 $ 650.000 $ 682.500 $ 700.000 975.884,25
Macrofósiles 7 $ 1.150.000 $ 925.000 $ 600.000 $ 550.000 $ 497.500 $ 700.000 807.386,25
Análisis composicional y textural de siliciclasticos y carbonatos 8 $ 1.200.000 $ 780.000 $ 1.040.000 $ 750.000 $ 850.000 $ 800.000 1.228.631,25
Análisis petrofísicos (porosidad, permeabilidad) 9 $ 1.200.000 $ 650.000 $ 410.000 $ 300.000 $ 365.000 $ 800.000 596.763,75
Contenido de materia orgánica (TOC) 10 $ 220.000 $ 138.000 $ 157.500 $ 150.000 210.622,50
Pirólisis (solo para muestras con TOC > 1%) 11 $ 480.000 $ 300.000 $ 138.000 $ 235.000 $ 170.000 210.622,50
Petrografía Orgánica (incluye AVK y Ro) 12 $ 1.250.000 $ 850.000 $ 900.000 $ 1.257.500 $ 900.000 1.078.412,50
Palinofacies (para ambientes sedimentarios) 13 $ 900.000 $ 900.000 $ 600.000 737.178,75
Fluoerescencia de Rayos X (análisis elemental) 14 $ 350.000 $ 110.000 $ 74.000 $ 250.000 $ 100.000 $ 250.000 333.485,63
Isótopos de roca 15 $ 620.000 $ 520.000 $ 1.260.000 $ 2.480.000 2.106.225,00
Extracción de bitumen y/o crudo 16 $ 450.000 $ 280.000 $ 417.500 $ 150.000 184.294,69
API por infrarrojo 17 $ 150.000 $ 162.000 $ 295.000 $ 50.000 105.311,25
Contenido de Vanadio y Níquel 18 $ 200.000 $ 560.000 $ 877.500 $ 200.000 245.726,25
Cromatografía líquida (SARA) 19 $ 490.000 $ 420.000 $ 1.605.000 $ 350.000 1.053.112,50
Contenido de azufre 20 $ 250.000 $ 102.000 $ 365.000 $ 200.000 210.622,50
Cromatografía de gases (whole oil) 21 $ 580.000 $ 160.000 $ 720.000 $ 1.010.000 $ 600.000 652.929,75
GC-MS de Saturados y Aromáticos (biomarcadores) 22 $ 1.550.000 $ 1.800.000 $ 2.420.000 $ 3.175.000 $ 2.000.000 2.808.300,00
Análisis de isótopos (crudo completo, saturados y aromáticos) 23 $ 860.000 $ 845.000 $ 1.000.000 1.263.735,00
Análisis litogeoquímicos 24 $ 485.000 $ 300.000 $ 74.000 $ 250.000 $ 1.352.500 $ 400.000 630.000,00
Inclusiones fluídas 25 $ 1.000.000 $ 3.500.000 $ 1.490.000 $ 500.000 702.075,00
Trazas de fisión en apatito 26 $ 4.950.000 $ 7.000.000 $ 8.000.000 $ 6.000.000 $ 8.597.500 $ 7.100.000 6.880.335,00
Trazas de fisión en Circones 27 $ 8.100.000 $ 7.000.000 $ 9.200.000 $ 6.000.000 $ 10.910.000 $ 7.100.000 9.899.257,50
COSTO INTERPRETACION DE LOS ANALISIS Y REPORTE FINAL 28 $ 5.615.925.000 $ 2.000.000.000 $ 4.593.160.000 $ 1.512.300.000 $ 2.624.402.500 $ 4.846.400.000 $ 3.415.971.711
Weatherford GEOOIL FAVEL SCHLUMBERGER MEDIA GEOMETRICA CANTIDAD PRESUPUESTO
57.226,00 62.600 84.700 61.543,44$ 6000
369.260.662,07$
40.000,00 112.680 132.879 57.024,24$ 20000 1.140.484.845,48$
1.020.000,00 575.920 797.277 767.761,41$ 300 230.328.423,37$
594.828,00 338.040 634.211,81$ 200 126.842.362,68$
594.828,00 1.020.000,00 338.040 724.797 706.662,54$ 100 70.666.253,53$
1.020.000,00 463.240 181.199 667.806,14$ 100 66.780.613,63$
1.007.500,00 1.020.000,00 338.040 603.998 702.950,83$ 20 14.059.016,66$
1.247.000,00 626.000 920.859,82$ 3000 2.762.579.456,01$
922.870,00 1.252.000 229.519 581.667,58$ 500 290.833.790,66$
370.760,00 348.000,00 233.311 214.893,43$ 5000 1.074.467.167,34$
201.500,00 112.680 303.790 218.885,81$ 100 21.888.581,10$
1.712.750,00 1.200.000,00 1.752.800 1.336.676 1.188.431,24$ 500 594.215.620,95$
1.661.972,00 1.600.000,00 400.640 871.452,79$ 500 435.726.397,43$
705.250,00 1.160.000,00 500.800 274.543,71$ 5000 1.372.718.554,46$
261.950,00 638.000,00 525.840 425.549 754.621,84$ 500 377.310.919,61$
483.600,00 435.000,00 300.480 583.277 335.333,88$ 300 100.600.164,58$
210.000,00 150.240 583.277 169.910,05$ 300 50.973.016,35$
806.000,00 754.000,00 729.096 463.772,21$ 300 139.131.664,13$
1.370.200,00 435.000,00 851.360 706.083,74$ 300 211.825.121,82$
241.800,00 290.000,00 150.240 498.216 233.430,89$ 300 70.029.268,12$
1.108.250,00 832.500,00 888.920 729.096 660.524,44$ 300 198.157.332,64$
3.566.550,00 680.000,00 2.253.600 2.056.559,16$ 300 616.967.747,00$
785.850,00 210.000,00 1.677.680 515.228 775.639,33$ 300 232.691.798,66$
300.000,00 626.000 255.184 366.701,00$ 100 36.670.099,50$
1.100.000,00 287.960 3.019.988 1.072.549,21$ 600 643.529.526,47$
3.224.000,00 6.800.000,00 4.907.840 6.131.939,96$ 100 613.193.995,56$
3.224.000,00 6.800.000,00 7.061.280 7.194.481,89$ 50 359.724.094,39$
$ 9.000.000.000 $ 3.792.835.718 $ 7.612.500.000 3.930.880.698,48$ 3.930.880.698,48$
TOTAL 16.152.537.193$
IVA 16% 2.584.405.951$ 18.736.943.143$
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Grafica de distribución de valores unitarios por empresa y actividad, eliminando picos.
$ 0
$ 2.000.000
$ 4.000.000
$ 6.000.000
$ 8.000.000
$ 10.000.000
$ 12.000.000
atg
grp
gems
gemas
halliburton
Antek
HPO
Weatherford
GEOOIL
FAVEL
SCHLUMBERGER
MEDIA GEOMETRICA
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ANEXO 6
OFERTA TÉCNICA ADICIONAL
______________________________________
Firma Representante Legal
OFERTA ADICIONAL Valor en COP$
MONTO PARA LA CANTIDAD ADICIONAL DE MUESTRAS CON SUS ANALISIS
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FORMULARIO N° 1
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Bogotá, D.C., Colombia. Señores Agencia Nacional de Hidrocarburos ASUNTO: Propuesta para la Licitación pública No. ANH-0___-LP-2015 cuyo objeto consiste en “___________________.” Por medio de los documentos adjuntos me permito presentar propuesta para participar en el proceso de selección referenciado en el asunto. Así mismo, en el evento de resultar favorecido con la adjudicación me comprometo a notificarme, perfeccionar el contrato, y a legalizarlo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del mismo y ejecutar el objeto contractual de acuerdo con los documentos que hacen parte del proceso de selección, así como los del contrato, los precios de esta oferta y las demás estipulaciones de la misma, en las partes aceptadas por la ANH En mi calidad de proponente declaro: 1. Que conozco el pliego de condiciones, anexos, adendas, respuestas a las observaciones
del proceso de selección y demás documentos publicados en el SECOP, así como los demás documentos relacionados con el objeto a desarrollar y acepto cumplir todos los requisitos en ellos exigidos, en el evento que sea aceptada la oferta por la ANH.
2. Que conozco y acepto cada una de las condiciones establecidas en el anexo N°1 denominado anexo Técnico.
3. De igual forma manifiesto que acepto las consecuencias que se deriven del incumplimiento de los requisitos a que se refiere el numeral anterior.
4. Igualmente declaro bajo la gravedad del juramento que toda la información aportada y contenida en mi propuesta es veraz y susceptible de comprobación.
5. Que acepto las condiciones y demás exigencias para la ejecución del contrato. 6. Que en caso de que se me adjudique el contrato me comprometo a suscribir el acta de
iniciación con la ANH y a terminar el contrato dentro de los plazos contractuales, de acuerdo con lo establecido en los documentos del proceso de selección.
7. Que conozco y acepto en un todo las leyes generales y especiales aplicables a este proceso contractual.
8. Que manifiesto mediante esta carta que no me encuentro en situaciones de conflicto de interés frente a la ANH, para participar en el proceso de selección y en el evento que se me adjudique el contrato para la suscripción y ejecución del Contrato.
9. Que actualmente no tengo vinculado (bajo ninguna modalidad) una persona que se encuentre incursa en las causales de inhabilidad señaladas en los artículos 3 y 4 de la Ley 1474 de 2011.
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10. Que con la firma de la presente carta manifiesto bajo la gravedad del juramento que no me encuentro incurso dentro de las inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones consagradas en la Ley.
11. Que leí cuidadosamente el Pliego de Condiciones y elaboré mi propuesta ajustada a los mismos. Por tanto, conocí y tuve las oportunidades establecidas para solicitar aclaraciones, formular objeciones, efectuar preguntas y obtener respuestas a mis inquietudes.
12. Que para garantizar la seriedad de la oferta que se presenta se constituyó la garantía de seriedad, que se anexa a la presente propuesta y la cual contiene los siguientes datos:
GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
Aseguradora
Valor $
Vigencia Desde Hasta
Me permito informar que las comunicaciones relativas a este proceso de selección las recibiré en la siguiente dirección: Dirección
Ciudad
Correo electrónico
Teléfonos
Fax
Atentamente, Firma del Representante Legal Nombre del Representante Legal C. C.
Nombre del proponente
Cédula de ciudadanía o NIT
País de origen del proponente
Nombre representante legal
Cédula de ciudadanía
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FORMULARIO N° 2
(MODELO) CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE APORTES PARAFISCALES Y
A LA SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL DE LOS TRABAJADORES DEL PROPONENTE
El SUSCRITO REPRESENTANTE LEGAL Y/O REVISOR FISCAL DE
(Según sea el caso)
________________________
CERTIFICA QUE:
_______________________ se encuentra al día en el pago de salarios, pagos de los aportes de sus empleados, a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, (cuando a ello haya lugar) y CREE por concepto de los últimos seis (6) meses anteriores al cierre del presente proceso (o por el tiempo de duración de la empresa en meses si su fecha de creación es inferior). Se expide la anterior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y articulo 23 de la Ley 1150 de 2007, en Bogotá, D.C. a los
Firma representante legal Firma Revisor Fiscal
NOTA: La presente certificación debe ser diligenciada por personas jurídicas proponentes o miembros del proponente.
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FORMULARIO N° 3
FORMATO UNICO DE REGISTRO DE TERCEROS
Información soporte del Proceso Contractual
Anexar RUT Vigente -------------------------------------------------------------------------------FIRMA REPRESENTANTE
LEGAL CONTRATISTA
DATOS GENERALES DEL TERCERO
NOMBRE O RAZON SOCIAL
TIPO DOCUMENTO
NIT
CC
CE
DIRECCION DOMICILIO
CIUDAD
TELEFONO
FAX
E – MAIL
NOMBRE Y TELEFONO DE
PERSONA DE CONTACTO
INFORMACION TRIBUTARIAS DEL TERCERO
CLASIFICACION TRIBUTARIA *
GRAN CONTRIBUYENTE
REGIMEN COMUN
REGIMEN SIMPLIFICADO
AUTORETENEDOR
ACTIVIDAD ECONOMICA
CODIGO ALTERNO CGN (solo entidades públicas)
LOS INGRESOS
DERIVADOS DE LA RELACION
CONTRACTUAL CON LA ANH, TIENEN
ALGUNA
EXENCION?
NO
SI
INFORMACION PARA ABONO EN CUENTA
No. CUENTA BANCARIA
TIPO DE CUENTA
ENTIDAD BANCARIA
NUMERO
NORMA QUE ESTABLECE EXENCION?
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FORMULARIO N° 4
APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL
Componente de servicios profesionales nacionales
Si / No
100% de componente Nacional
> 50% y <100% de Componente Nacional
≤ 50% de Componente Nacional
El proponente podrá diligenciar una de las opciones que aparecen registradas en el cuadro, con el fin de otorgar el puntaje respectivo. Firma Representante Legal
(*) Escriba SI o NO según corresponda
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FORMULARIO N°. 5
MODELO MULTAS Y SANCIONES
Bogotá D.C., Señores AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS Respetados Señores:
Con toda atención, me permito certificar bajo la gravedad de juramento, que no nos han hecho efectiva la garantía de seriedad de PROPUESTA u otra garantía, ni hemos realizado el pago para evitar la ejecución de la misma en la etapa precontractual, ni hemos sido sancionado en la etapa contractual (multas o penal pecuniaria) por entidades públicas o privadas en los últimos cuatro (4) años.
Esperamos con lo anterior haber dado cumplimiento al requerimiento señalado en el respectivo numeral del pliego de condiciones.
Cordialmente,
Representante Legal.
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FORMULARIO N°. 06
CARTA DE COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD El Representante Legal y su equipo de trabajo de la firma ______________________________________, en virtud de la suscripción del contrato que se llegare a adjudicar, se comprometen a: 1) Manejar de manera confidencial la información a la cual tenga acceso en ocasión al cumplimiento del objeto del contrato y de las actividades a realizar, y toda aquella que se genere en torno a ella como fruto de la prestación de sus servicios. 2) Guardar confidencialidad sobre esa información y no emplearla en beneficio propio o de terceros mientras conserve sus características de confidencialidad o mientras sea manejada como un secreto empresarial o comercial. 3) Tanto el contratista como su equipo de trabajo, está comprometido a abstenerse de divulgar, publicar o comunicar, directa o indirectamente, a persona alguna, la información que conozca por razón o con motivo del contrato y a emplearla exclusivamente para el cumplimiento de las obligaciones a su cargo y la prestación de los servicios materia del mismo. 4) Informar inmediatamente, al Supervisor designado por la ANH, sobre cualquier hallazgo o innovación alcanzada en el desarrollo de su trabajo, a colaborar con la mayor diligencia en la documentación y declaración de lo hallado y a mantener sobre todo ello los compromisos de confidencialidad requeridos y necesarios. El incumplimiento por parte del contratista de los compromisos de confidencialidad enunciados en el presente documento, conlleva demandas civiles y penales según lo señalan las leyes colombianas. (Ley Penal, articulo 308 Ley 599 de 2000 y demás artículos que regulen la materia; Ley 256 de 1996; Decisión 486 de la CAN, Tit. XVI). De esta manera en el evento que se me llegue a adjudicar el contrato, tanto el suscrito como el equipo de trabajo, firmaremos la carta de compromiso de confidencialidad sobre la información, previo a la suscripción del acta de inicio, en estos mismos términos. FIRMA REPRESENTANTE LEGAL
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FORMULARIO N° 7
Equipo mínimo de trabajo
Personal mínimo requerido para la ejecución del objeto contractual
Cargo Perfil Cantidad
Dedicación
Experiencia Mínima
Director del Proyecto
Geólogo Uno (1) 100%
Quince (15) años de experiencia general como geólogo de exploración, de los cuales mínimo diez (10) deben ser de experiencia específica en trabajos relacionados proyectos de geología del petróleo, como director de proyectos y/o coordinador de proyectos para la industria petrolera.
Coordinador de Muestreo
Geólogo Uno (1) 50%
Diez (10) años mínimo de experiencia en proyectos de
estratigrafía, cartografía geológica, geología regional para la industria del petróleo, que incluya el muestreo de roca, análisis facial e interpretación de ambientes de depósito.
Especialista en Nanofosiles
Geólogo o biólogo
Uno (1) 50%
Diez (10) años mínimo de experiencia en proyectos de estratigrafía. Certificar Participación como bioestratigrafo, en 5 proyectos de caracterización bioestratigrafica de secuencias preoligocenas a través del estudio de Nanofósiles calcáreos.
Especialista en Foraminiferos
Geólogo o biólogo.
Uno (1) 50%
Diez (10) años mínimo de experiencia en proyectos de estratigrafía. Certificar Participación como bioestratigrafo, en 5 proyectos de caracterización bioestratigrafica de secuencias preoligocenas a través del estudio de foraminiferos.
Especialista en palinologia
Geólogo o biólogo.
Uno (1) 50%
Diez (10) años mínimo de experiencia en proyectos de estratigrafía. Certificar Participación como bioestratigrafo en 5 proyectos de caracterización bioestratigrafica de secuencias preoligocenas a través del estudio de palinología: polen y/o esporas y/o dinoflagelados como bioestratígrafo de polen, esporas y dinoflagelados.
Especialista en Petrografia
Geólogo o Ingeniero geólogo
Uno (1) 50%
Diez (10) años mínimo de experiencia en análisis de petrografía en proyectos realizados para la industria petrolera.
Especialista en termocronología
Geólogo Uno (1) 50%
Diez (10) años mínimo de experiencia en proyectos de estratigrafía y participación en 5 proyectos de caracterización termocronológica de secuencias sedimentarias a través del estudio isotópico de circones (U/Pb) detríticos, y termocronológico AFTA/ZFTA-U/Th/He.
Especialista en geoquímica orgánica
Geólogo o licenciad
o en química o geología o Ingeniero geólogo o ingeniero de petróleos o químico.
Uno (1) 50%
Diez (10) años mínimo de experiencia en análisis de geoquímica orgánica en proyectos realizados para la industria petrolera.
Especialista en petrofísica
Geólogo o
Uno (1) 50% Diez (10) años mínimo de experiencia en análisis de petrofísica en proyectos realizados para la industria petrolera.
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Nota: Previo a la suscripción del acta de inicio del contrato, el contratista deberá presentar a la ANH el personal mínimo requerido con los documentos soportes de cada uno de los profesionales y la ANH aprobarlos.
________________________________ Representante legal
ingeniero geólogo o ingeniero de petróleos.
Estratígrafo senior Geólogo, ingeniero geólogo
Uno (1) 100%
Quince (15) años mínimo de experiencia en proyectos de estratigrafía desarrollados para la industria petrolera o el Servicio Geológico (incluye Ingeominas) que incluyan las cuencas del N de Colombia (Sinu – San Jacinto, Guajira, Cesar – Rancheria, VIM).
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FORMULARIO 8
COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN
El(los) suscrito(s) a saber: (1) domiciliado en (2), identificado con (3), quien obra en calidad de (4), que en adelante se denominará el proponente, manifiesta(n) su voluntad de asumir, de manera unilateral, el presente COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones: La ANH adelanta el proceso N° ANH-12-LP-2015 cuyo objeto es: “ESTUDIO INTEGRADO DE LOS NÚCLEOS EN LAS CUENCAS DE INTERÉS DE LA ANH – FASE II- ANALISIS DE LABORATORIO Es interés del proponente apoyar la acción del Estado colombiano y de la ANH, para fortalecer la transparencia en los procesos de contratación y la responsabilidad de rendir cuentas. Siendo del interés del proponente participar en el proceso de contratación aludido en el considerando primero precedente, se encuentra dispuesto a suministrar la información propia que resulte necesaria para aportar transparencia al proceso, y en tal sentido suscribe el presente compromiso unilateral anticorrupción, que se regirá por las siguientes cláusulas: CLAUSULA PRIMERA: COMPROMISOS ASUMIDOS. El proponente, mediante suscripción del presente documento, asume los siguientes compromisos: 1.1. El proponente no ofrecerá ni dará sobornos ni ninguna otra forma de halago a ningún
funcionario público en relación con su propuesta, con el proceso de contratación, ni con la ejecución del contrato que pueda celebrarse como resultado de su propuesta.
1.2. El proponente se compromete a no permitir que nadie, bien sea empleado de la compañía o un agente comisionista independiente, o un asesor o consultor lo haga en su nombre.
1.3. El proponente se compromete formalmente a impartir instrucciones a todos sus empleados, agentes y asesores, y a cualesquiera otros representantes suyos, exigiéndoles el cumplimiento en todo momento de las leyes de la República de Colombia, especialmente de aquellas que rigen el presente proceso de contratación directa y la relación contractual que podría derivarse de ella, y les impondrán las obligaciones de: 1.3.1. No ofrecer o pagar sobornos o cualquier halago a los funcionarios de LA
ANH , ni a cualquier otro servidor público o privado que pueda influir en la adjudicación de la propuesta, bien sea directa o indirectamente, ni a terceras personas que por su influencia sobre funcionarios públicos, puedan intervenir sobre la adjudicación de la propuesta.
1.3.2. No ofrecer pagos o halagos a los funcionarios de la ANH, durante el desarrollo del contrato que se suscriba si llegase a ser elegida su propuesta.
1.4. El proponente se compromete formalmente a no efectuar acuerdos, o realizar actos o conductas que tengan por objeto o como efecto la colusión en el presente proceso de contratación directa o la distribución de la adjudicación de contratos entre los cuales
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se encuentre el que es materia del presente pliego, o la fijación de los términos de la propuesta.
CLAUSULA SEGUNDA. CONSECUENCIAS DEL INCUMPLIMIENTO. El proponente asume a través de la suscripción del presente compromiso, las consecuencias previstas en el reglamento del proceso de contratación, si se verificare el incumplimiento de los compromisos anticorrupción. En constancia de lo anterior, y como manifestación de la aceptación de los compromisos unilaterales incorporados en el presente documento, se firma el mismo en la ciudad de __________ a los ________________ EL PROPONENTE: _____________________ (8) ANTICORRUPCIÓN Instrucciones para el diligenciamiento de la pro forma Al diligenciar el compromiso anticorrupción deberá incluirse la siguiente información, en cada uno de los llamados que se indican en el formato: (1) Nombre del representante legal de la sociedad, asociación o persona jurídica proponente, o nombre del representante legal del consorcio o Unión Temporal proponente. (2) Domicilio de la persona firmante. (3) Documento de Identificación de la persona firmante y lugar de expedición (4) Representante legal de la Sociedad, del Consorcio, de la Unión Temporal, o de la Asociación proponente, si se trata de persona jurídica, caso en el cual debe identificarse de manera completa dicha Sociedad, Consorcio, Unión Temporal, o Asociación, indicando instrumento de constitución y haciendo mención a su registro en la Cámara de Comercio del domicilio de la persona jurídica; (5) Ciudad donde se firma el presente documento. (6) Día del mes en letras y números. (7) Denominación del Mes (8) Nombre, número del documento de identificación y firma del proponente o su representante. SUSCRIBIRÁN EL DOCUMENTO TODOS LOS INTEGRANTES DE LA PARTE PROPONENTE SI ES PLURAL (CONSORCIO O UNION TEMPORAL), A TRAVÉS DE SUS REPRESENTANTES LEGALES O APODERADOS.