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Capítulo 5 Especificaciones para garajes públicos y privados.

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Capítulo 5 Especificaciones para

garajes públicos y privados.

Análisis comparativo del CTE y la norma UNE-23585 sobre el control Capítulo 5. de humos en caso de incendios en aparcamientos de sótanos. Especificaciones para garajes públicos y privados.

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Capítulo 5. ESPECIFICACIONES PARA GARAJES

PÚBLICOS Y PRIVADOS.

Aunque en capítulos precedentes se han expuesto las prescripciones básicas para

aparcamientos cubiertos de vehículos (garajes), se considera conveniente exponer en capítulo

aparte algunas especificaciones particulares que son básicas para los casos estudiados en el

siguiente capítulo de este proyecto de fin de carrera.

Cuando se estudia el CTE, se advierte rápidamente que la normativa sobre

aparcamientos/garajes públicos o privados es bastante liviana en cuanto al tratamiento del

humo derivado de un incendio.

A lo largo de la normativa solo se hace alusión a los sistemas de protección contra incendios

(detectores, bocas de incendio, extintores, etc.), pero al hacer mención a los sistemas de

tratamiento de humos lo efectúa de forma parca.

Como parte integrante de un edificio o conjunto de ellos, un garaje/aparcamiento constituye un

sector de incendio que debe estar diferenciado del resto del edificio o conjunto. Junto con esto,

lo único que establece el CTE en medida de control de humos en garajes es lo siguiente:

“ En los casos que se indican a continuación se debe instalar un sistema de control del humo de incendio capaz de garantizar dicho control durante la evacuación de los ocupantes, de forma que ésta se pueda llevar a cabo en condiciones de seguridad:

a. Zonas de uso Aparcamiento que no tengan la consideración de aparcamiento abierto;

(…)

El diseño, cálculo, instalación y mantenimiento del sistema pueden realizarse de acuerdo con las normas UNE 23584:2008, UNE 23585:2004 (de la cual no debe tomarse en consideración la exclusión de los sistemas de evacuación mecánica o forzada que se expresa en el último párrafo de su apartado “0.3 Aplicaciones”) y UNE-EN 12101-6:2006. En zonas de uso Aparcamiento se consideran válidos los sistemas de ventilación conforme a lo establecido en el DB HS-3, los cuales, cuando sean mecánicos, cumplirán las siguientes condiciones adicionales a las allí establecidas:

a. El sistema debe ser capaz de extraer un caudal de aire de 150 l/plaza·s con una aportación máxima de 120 l/plaza·s y debe activarse automáticamente en caso de incendio mediante una instalación de detección, En plantas cuya altura exceda de 4 m deben cerrase mediante compuertas automáticas E300 60 las aberturas de extracción de aire más cercanas al suelo, cuando el sistema disponga de ellas.

(…) “

En comparación con la normativa UNE 23585, el CTE se queda muy “corto” a la hora de

regular la extracción de humos de incendios en garajes.

Análisis comparativo del CTE y la norma UNE-23585 sobre el control Capítulo 5. de humos en caso de incendios en aparcamientos de sótanos. Especificaciones para garajes públicos y privados.

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La norma UNE nos menciona área del incendio (Af) 10 m2, perímetro del incendio (P) 12 m2 y

estima un valor del calor liberado (qf) de 400 kW/m2, así como la altura libre de humos que ha

de existir entre el suelo y la capa de humo, que sería el menor de 2,5 m – 0,8·H (donde H es la

altura del suelo al techo).

Si bien la normativa UNE hace un recorrido muy general sobre el tratamiento de los humos

producidos en incendios, es fácilmente apreciable que se pueden extrapolar, en la mayoría de

los casos, a garajes. Sus objetivos:

• Protección de los medios de evacuación;

• Control de la temperatura de los gases;

• Ayuda a las operaciones de lucha contra incendios;

• Protección de las propiedades;

• Cualquier combinación de las anteriores;

Cada uno de los puntos anteriores debidamente delimitado.

Queda patente que el funcionamiento de un SCTEH depende de:

• la temperatura de los humos;

• a superficie libre aerodinámica de los aireadores y su situación;

• tamaño, geometría y situación de las aberturas de admisión de aire;

• a influencia del tiempo atmosférico (viento, nieve, heladas, etc.);

• a situación y condiciones de todo el sistema (por ejemplo disposición y dimensiones del

edificio);

• el momento de la actuación y estado del incendio.

La norma UNE considera como región de diseño la siguiente:

Análisis comparativo del CTE y la norma UNE-23585 sobre el control Capítulo 5. de humos en caso de incendios en aparcamientos de sótanos. Especificaciones para garajes públicos y privados.

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Para el caso que nos ocupa (aparcamientos cerrados y garajes) no consideraremos las cortinas

de humo, falsos techos y techos suspendidos ya que en este tipo de instalaciones carece de

sentido su instalación. Las definiciones de todos los elementos, se explican en el Capítulo 4,

apartado 4.2.1. Generalidades.

Se hace alusión a la temperatura de la capa flotante de humos y que no debe exceder los 550

ºC o 200 ºC si las vías de evacuación pasan debajo de ella.

En el caso de un garaje, al ser un espacio diáfano y encontrarse el incendio justo debajo de lo

que podríamos considerar un depósito de humo (todo el techo del garaje), este depósito no

podrá exceder una superficie mayor a 2000 m2 con aireadores naturales o 2600 m2 si tenemos

aireadores mecánicos.

Un aspecto muy importante a tener en cuenta en los aparcamientos es al que hace referencia

este párrafo de la norma en cuanto a aireadores (tanto naturales como mecánicos):

“ La capacidad total de los aireadores mecánicos de extracción de humos o, la superficie total

de los aireadores naturales de extracción de humos, será suficiente para extraer el valor total calculado de la masa circulante que penetra en la capa desde el penacho de los humos.”

Resulta muy importante porque nos plantea las siguientes preguntas: Aunque sea suficiente

para extraer la totalidad del humo, ¿será suficientemente rápido para que las personas que se

encuentren inmersos en la zona afectada no sucumban bajo los efectos de los gases?, en otras

palabras, ¿será lo suficientemente rápida la extracción para que no se asfixien?

Eso es lo que trataremos de resolver mediante simulaciones con una serie de casos, lo más

desfavorablemente posibles, y cuyos resultados se expondrán en el capítulo siguiente.

En cuanto a la admisión de aire, la norma UNE regula este aspecto aconsejando una serie de

tipos de admisión de aire pero obligando a que dicha admisión sea siempre por debajo de la

capa de humos y que nunca se debe usar la misma abertura tanta para entrada como para

salida de aire.

Aunque no es de nuestro interés para este proyecto, también estipula el uso de alarmas,

alumbrado y señalización.