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DECRETOS Pág. Ministerio de Gobierno Trabajo y Justicia 69 Ministerio de Seguridad 69 Ministerio de Hacienda y Finanzas 69 Mrio. de Salud Desarrollo Social y Deportes 77 Mrio. de Economía Infraestructura y Energía 77 Mrio. Sec. General Legal y Técnica de la Gobernación 77 Ministerio de Salud 79 RESOLUCIONES Ministerio de Seguridad 86 Obra Social de Empleados Públicos de Mendoza 86 ORDENANZAS Municipalidad de General Alvear 87 SECCION GENERAL Contratos Sociales 92 Convocatorias 93 Irrigación y Minas 95 Títulos Supletorios 96 Notificaciones 96 Mensuras 98 Avisos Ley 11.867 99 Avisos Ley 19.550 99 Licitaciones 100 Registro Nacional de la Propiedad Intelectual N° 94397 Sumario AÑO CXVI MENDOZA, JUEVES 7 DE ENERO DE 2016 N° 30.031 Aparece todos los días hábiles FUNDADO EL 7 DE ABRIL DE 1899 PROVINCIA DE MENDOZA GOBERNADOR Lic. Alfredo V. Cornejo VICEGOBERNADOR Ing. Laura Montero MINISTRO DE GOBIERNO TRABAJO Y JUSTICIA Mg. Dalmiro Fabián Garay Cueli MINISTRO DE SEGURIDAD Dr. Gianni Andrés Patricio Venier MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS C.P. Pedro Martín Kerchner MINISTRO DE SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES Dr. Rubén Alberto Giacchi MINISTRO DE ECONOMIA, INFRAESTRUCTURA Y ENERGIA Lic. Enrique Andrés Vaquié PODER EJECUTIVO DECRETOS MINISTERIO DE GOBIERNO TRABAJO Y JUSTICIA ______ DECRETO N° 2.622 Mendoza, 9 de diciembre de 2015 Vista la necesidad de desig- nar al Subsecretario Comunica- ción Social, Prensa y Protocolo Sr. Pablo Miguel Sarale y al Licencia- do Diego Costarelli; Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: Artículo 1º - Desígnase a partir de la fecha del presente decreto, en el cargo Clase 080, Régimen Sala- rial 01, Agrupamiento 1, Tramo 00, Subtramo 05, Subsecretario de Comunicación Social, Prensa y Pro- tocolo, al Sr. Pablo Miguel Sarale, clase 1976, D.N.I N° 24.866.566. Artículo 2º - Desígnase a partir de la fecha del presente decreto, en el cargo Clase 077, Régimen Salarial 01, Agrupamiento 2, Tra- mo 00, Subtramo 10, al Lic. Diego Costarelli D.N.I. N° 26.221.805. Artículo 3º - Comuníquese, pu- blíquese, dése al Registro Oficial y archívese. ALFREDO V. CORNEJO Dalmiro Garay Cueli ____________________________ MINISTERIO DE SEGURIDAD ______ DECRETO N° 2.690 Mendoza, 23 de diciembre de 2015 Siendo necesario proveer los car- gos de Director del Organismo Téc- nico Criminológico y Director de Ase- soría Letrada del Ministerio de Segu- ridad de la Provincia de Mendoza, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: Artículo 1° - Desígnese a partir de la fecha del presente Decreto, Directora del Organismo Técnico Criminológico, a la Licenciada Mi- lagros Suárez, C.U.I.L. N° 27- 21369708-6, D.N.I. N° 21.369.708, Clase 1970, en el cargo Clase 075, Código Escalafonario: 01-2- 00-08, Carácter 1, Jurisdicción 16, Ministerio de Seguridad. Artículo 2° - Desígnese a partir de la fecha del presente Decreto, Director de Asesoría Letrada, al Abogado Federico Matías Rivero Maldonado, C.U.I.L. N° 20- 27150516-8, D.N.I. N° 27.150.516, Clase 1979, en el cargo Clase 075, Código Escalafonario: 01-2- 00-08, Carácter 1, Jurisdicción 16, Ministerio de Seguridad. Artículo 3º - Comuníquese, pu- blíquese, dése al Registro Oficial y archívese. ALFREDO V. CORNEJO Gianni Venier ____________________________ MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS _______ DECRETO N° 2.480 Mendoza, 2 de diciembre de 2015 Visto el expediente Nº 00347- D-15-91304, en el cual se eleva para su aprobación la Carta Acuer- do suscripta entre la Subsecreta- ria de Gestión Pública de la Pro- vincia, representada en este acto por el Licenciado Antonio Araya y el Coordinador General de la Uni- dad de Financiamiento Internacio- nal (U.F.I.), Ingeniero Mariano Pombo por una parte y por la otra, la Universidad Nacional de San Martín, representada por su Rec- tor Doctor Carlos Rafael Ruta; y CONSIDERANDO: Que mediante Decreto N° 1239/ 13 cuya copia se agrega a fs. 41/55 y vta. del expediente de referencia, se ratificó el Convenio de Coopera- ción Técnica No Reembolsable N° ATN/OC-13593-AR. Fortalecimiento de la Gestión por Resultados en Mendoza, celebrado entre la Provin- cia de Mendoza y el Banco Intera- mericano de Desarrollo (B.I.D.). Que el Componente 4. Capaci- tación, del Punto II del Anexo Único del Proyecto del Convenio de Co- operación Técnica No Reembolsa- ble Nº ATN/OC-13593-AR. Fortale- cimiento de la Gestión por Resul- tados en Mendoza, con el objetivo de desarrollar conocimientos y ac- ciones de formación del personal del Gobierno Provincial y Municipa- lidades, relativas a: (1) gestión por resultados, (2) presupuesto orien- tado a resultados, (3) planificación y (4) seguimiento y evaluación de programas y proyectos. Que la Carta Acuerdo cuya aprobación se tramita en las pre- sentes actuaciones, es el instru- mento por el cual se llevará a cabo la elaboración e implementación del Plan de Capacitación. Que según lo expresado a fs. 2 y 33/35 del expediente de refe- rencia, se trata de una Coopera- ción Técnica No Reembolsable, por lo que, no implica erogación alguna por parte de la Provincia. Por ello, atento lo dictaminado por el Área Legales de la Unidad de Financiamiento Internacional U.F.I.) a fs. 68/71 del expediente N° 000347-D-15-91304, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: Artículo 1° - Apruébese la Carta Acuerdo suscripta en fecha 3 de ju- lio de 2015 entre la Subsecretaría de Gestión Pública de la Provincia de Mendoza, representada en este acto por el Licenciado Antonio Araya y el Coordinador General de la Uni- dad de Financiamiento Internacio- nal (U.F.I.), Ingeniero Mariano Pombo, por una parte y por la otra, la Universidad Nacional de San Martín, representada por su Rector Doctor Carlos Rafael Ruta, la que en fotocopia certificada, como Anexo, forma parte del presente decreto. Artículo 2º - Comuníquese, pu- blíquese, dése al Registro Oficial y archívese. FRANCISCO HUMBERTO PEREZ Francisco Ernesto García Ibañez Mtro. Sec. General Legal y Técnico de la Gobernación a/c. del Mrio. de Hcda. y Finanzas

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 7 de enero de 2016 69

DECRETOS Pág.Ministerio de GobiernoTrabajo y Justicia 69Ministerio de Seguridad 69Ministerio de Hacienday Finanzas 69Mrio. de Salud DesarrolloSocial y Deportes 77Mrio. de EconomíaInfraestructura y Energía 77Mrio. Sec. General Legal yTécnica de la Gobernación 77Ministerio de Salud 79RESOLUCIONESMinisterio de Seguridad 86Obra Social de EmpleadosPúblicos de Mendoza 86ORDENANZASMunicipalidadde General Alvear 87SECCION GENERALContratos Sociales 92Convocatorias 93Irrigación y Minas 95Títulos Supletorios 96Notificaciones 96Mensuras 98Avisos Ley 11.867 99Avisos Ley 19.550 99Licitaciones 100

Registro Nacional de laPropiedad Intelectual N° 94397

Sumario

AÑO CXVI MENDOZA, JUEVES 7 DE ENERO DE 2016 N° 30.031

Aparece todos los d ías hábi lesFUNDADO EL 7 DE ABRIL DE 1899

PROVINCIA DE MENDOZA

GOBERNADORLic. Alfredo V. Cornejo

VICEGOBERNADORIng. Laura Montero

MINISTRO DE GOBIERNOTRABAJO Y JUSTICIA

Mg. Dalmiro Fabián Garay CueliMINISTRO DE SEGURIDAD

Dr. Gianni Andrés Patricio VenierMINISTRO DE HACIENDA

Y FINANZASC.P. Pedro Martín Kerchner

MINISTRO DE SALUD,DESARROLLO SOCIAL

Y DEPORTESDr. Rubén Alberto GiacchiMINISTRO DE ECONOMIA,

INFRAESTRUCTURAY ENERGIA

Lic. Enrique Andrés Vaquié

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

MINISTERIODE GOBIERNO TRABAJO

Y JUSTICIA______

DECRETO N° 2.622

Mendoza, 9 de diciembre de2015

Vista la necesidad de desig-nar al Subsecretario Comunica-ción Social, Prensa y Protocolo Sr.Pablo Miguel Sarale y al Licencia-do Diego Costarelli;

Por ello,EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1º - Desígnase a partir

de la fecha del presente decreto, enel cargo Clase 080, Régimen Sala-rial 01, Agrupamiento 1, Tramo 00,Subtramo 05, Subsecretario deComunicación Social, Prensa y Pro-tocolo, al Sr. Pablo Miguel Sarale,clase 1976, D.N.I N° 24.866.566.

Artículo 2º - Desígnase a partirde la fecha del presente decreto,en el cargo Clase 077, RégimenSalarial 01, Agrupamiento 2, Tra-mo 00, Subtramo 10, al Lic. DiegoCostarelli D.N.I. N° 26.221.805.

Artículo 3º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

ALFREDO V. CORNEJODalmiro Garay Cueli

____________________________

MINISTERIO DE SEGURIDAD______

DECRETO N° 2.690

Mendoza, 23 de diciembre de2015

Siendo necesario proveer los car-gos de Director del Organismo Téc-

nico Criminológico y Director de Ase-soría Letrada del Ministerio de Segu-ridad de la Provincia de Mendoza,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Desígnese a partir

de la fecha del presente Decreto,Directora del Organismo TécnicoCriminológico, a la Licenciada Mi-lagros Suárez, C.U.I.L. N° 27-21369708-6, D.N.I. N° 21.369.708,Clase 1970, en el cargo Clase075, Código Escalafonario: 01-2-00-08, Carácter 1, Jurisdicción 16,Ministerio de Seguridad.

Artículo 2° - Desígnese a partirde la fecha del presente Decreto,Director de Asesoría Letrada, alAbogado Federico Matías RiveroMaldonado, C.U.I.L. N° 20-27150516-8, D.N.I. N° 27.150.516,Clase 1979, en el cargo Clase075, Código Escalafonario: 01-2-00-08, Carácter 1, Jurisdicción 16,Ministerio de Seguridad.

Artículo 3º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

ALFREDO V. CORNEJOGianni Venier

____________________________

MINISTERIODE HACIENDA Y FINANZAS

_______

DECRETO N° 2.480

Mendoza, 2 de diciembre de2015

Visto el expediente Nº 00347-D-15-91304, en el cual se elevapara su aprobación la Carta Acuer-do suscripta entre la Subsecreta-ria de Gestión Pública de la Pro-vincia, representada en este actopor el Licenciado Antonio Araya yel Coordinador General de la Uni-dad de Financiamiento Internacio-nal (U.F.I.), Ingeniero MarianoPombo por una parte y por la otra,la Universidad Nacional de San

Martín, representada por su Rec-tor Doctor Carlos Rafael Ruta; yCONSIDERANDO:

Que mediante Decreto N° 1239/13 cuya copia se agrega a fs. 41/55y vta. del expediente de referencia,se ratificó el Convenio de Coopera-ción Técnica No Reembolsable N°ATN/OC-13593-AR. Fortalecimientode la Gestión por Resultados enMendoza, celebrado entre la Provin-cia de Mendoza y el Banco Intera-mericano de Desarrollo (B.I.D.).

Que el Componente 4. Capaci-tación, del Punto II del Anexo Únicodel Proyecto del Convenio de Co-operación Técnica No Reembolsa-ble Nº ATN/OC-13593-AR. Fortale-cimiento de la Gestión por Resul-tados en Mendoza, con el objetivode desarrollar conocimientos y ac-ciones de formación del personaldel Gobierno Provincial y Municipa-lidades, relativas a: (1) gestión porresultados, (2) presupuesto orien-tado a resultados, (3) planificacióny (4) seguimiento y evaluación deprogramas y proyectos.

Que la Carta Acuerdo cuyaaprobación se tramita en las pre-sentes actuaciones, es el instru-mento por el cual se llevará a cabola elaboración e implementacióndel Plan de Capacitación.

Que según lo expresado a fs.2 y 33/35 del expediente de refe-rencia, se trata de una Coopera-ción Técnica No Reembolsable,por lo que, no implica erogaciónalguna por parte de la Provincia.

Por ello, atento lo dictaminadopor el Área Legales de la Unidadde Financiamiento InternacionalU.F.I.) a fs. 68/71 del expedienteN° 000347-D-15-91304,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Apruébese la Carta

Acuerdo suscripta en fecha 3 de ju-lio de 2015 entre la Subsecretaríade Gestión Pública de la Provincia

de Mendoza, representada en esteacto por el Licenciado Antonio Arayay el Coordinador General de la Uni-dad de Financiamiento Internacio-nal (U.F.I.), Ingeniero MarianoPombo, por una parte y por la otra,la Universidad Nacional de SanMartín, representada por su RectorDoctor Carlos Rafael Ruta, la queen fotocopia certificada, como Anexo,forma parte del presente decreto.

Artículo 2º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.FRANCISCO HUMBERTO PEREZFrancisco Ernesto García IbañezMtro. Sec. General Legaly Técnico de la Gobernacióna/c. del Mrio. de Hcda. y Finanzas

70 BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 7 de enero de 2016

ANEXOCARTA ACUERDO

Entre la Subsecretaría de Ges-tión Pública de la Provincia de Men-doza, representada en este actopor el Sr. Subsecretario, Lic. Anto-nio Araya, D.N.I. N° 16.441.560, enadelante La Subsecretaría y el Sr.Coordinador General de la Unidadde Financiamiento Internacional,Ing. Mariano Pombo, D.N.I. N°, enadelante La UFI, D.N.I. N°8.046.829 por una parte y la Uni-versidad de General San Martín,representada por su Rector, Dr.Carlos Rafael Ruta, D.N.I. N°12.000.772, en adelante La Uni-versidad, por la otra, se acuerdaque La Universidad tomará a sucargo la ejecución del componen-te Nro. 4 Capacitación del PlanOperativo definido en el marco dela cooperación técnica PRODEVATN/OC-13593-AR que tiene elpropósito de capacitar funciona-rios y técnicos provinciales enGestión por Resultados.Las partes acuerdan:

Primero. La Universidad ela-borará e implementará el Plan deCapacitación, para lo cual aporta-rá la coordinación académica, losexpertos claves, auxiliares y asis-tentes para llevar a cabo la totali-dad de las actividades requeridaspara garantizar la capacitación deal menos 60 funcionarios y man-dos medios del gobierno provin-cial. En el Anexo I se encuentrandescriptos los servicios a ser pro-vistos por La Universidad y queson parte integrante de este con-venio. Cualquier propuesta decambio al respecto requerirá elmutuo acuerdo de las partes, parasu instrumentación.

Segundo. La Universidadestructurará la capacitación a tra-vés de un taller inicial, cursos yseminarios y elaborará los mate-riales para el conjunto de loscapacitandos; los que pondrá aconsideración de La Subsecreta-ría y de la Escuela de Gobierno dela Provincia de Mendoza, para suaprobación.

Tercero. La Universidad rea-lizará el seguimiento de los tra-yectos formativos, manteniendoregistro de la participación, delas evaluaciones, etc. e informa-rá mensualmente o ante reque-rimiento especifico al respecto aLa Subsecretaría y la Escuela deGobierno de la Provincia, quie-nes supervisarán el desenvolvi-miento de la capacitación y otor-garán el aval pedagógico. El for-mato de los reportes se ajustaráa lo previamente convenido en-tre las partes.

Cuarto. La Subsecretaría y LaUFI, en tanto organismo ejecutor y

de administración financiera de lacooperación técnica, solicitarán alBID que se transfiera a La Univer-sidad, los recursos del aporte porlos servicios de capacitación queesta prestará.

Quinto. La Universidad recibi-rá por la elaboración e implemen-tación del Plan de Capacitación yla ejecución de sus componentesy servicios comprendidos en estaCarta Acuerdo, la suma de pesosun millón noventa y dos mil con 0/100 ($ 1.092.000,00) para solven-tar los honorarios de la totalidadde los expertos, asistentes y auxi-liares, los traslados y alojamien-tos de los mismos, así como tam-bién la producción de materialesdidácticos y actividades de apoyoadministrativo.

Sexto. La Universidad aceptarealizar íntegramente los serviciosy actividades descriptos en elAnexo I con el total de los recur-sos mencionados y no a un costomayor. De existir algún cambio enlos costos durante la ejecución delconvenio de ANR, no podránadicionarse recursos.

Séptimo. La Universidad,como complemento de las activi-dades de Capacitación a ejecu-tar en el marco de la Coopera-ción Técnica, realizará un diag-nóstico sobre la existencia de fun-ciones y procesos de planifica-ción operativa en las distintasáreas de gobierno de la Provin-cia de Mendoza, elaborará un en-foque conceptual y una metodo-logía para planificación operativaque incluya estructuraorganizacional, definirá planesoperativos en los sectores que aese efecto se seleccionen, desa-rrollará una metodología y manualde procedimientos para el segui-miento de los programas selec-cionados e identificará líneas debase y mentas, aplicando la me-todología desarrollada para efec-tuar un ejercicio de seguimientoy monitoreo.

De conformidad se firman dosejemplares de un mismo tenor y aun solo efecto, en la ciudad deBuenos Aires, a los 03 días delmes de julio de 2015.

______

ANEXOPlan de CapacitaciónProvincia de Mendoza

FundamentaciónEl propósito de este informe es

presentar una propuesta para eldiseño y la implementación delsistema de capacitación de lasacciones referidas al fortaleci-miento de la gestión pública de laProvincia de Mendoza. Por lo quese torna necesario desarrollar ac-

ciones que garanticen y desarro-llen el máximo valor del potencialhumano disponible del gobiernode la Provincia de Mendoza.

El programa de capacitaciónque se presenta a continuación tie-ne como objetivos proveer instru-mentos analíticos y metodológicosque permitan fortalecer los cono-cimientos y prácticas de los fun-cionarios y mandos medios delgobierno de la provincia de Men-doza en materia de gestión por re-sultados.

La información utilizada parala elaboración de este informe esresultante del análisis de activida-des análogas y de conversacionescon los funcionarios y con lasáreas de Recursos Humanos delas distintas dependencias delGobierno provincial.1. Condiciones, ObjetivosDestinatarios

Las siguientes son las condi-ciones a satisfacer por el Plan ylas actividades que se incorporanal mismo:• Disponibilidad de capacidades

para la ejecución de actividadesformación y desarrollo de com-petencias.

• Mecanismos, medios y modospara su implementación, adap-tados a las condiciones de im-plementación.

• Diseño que atienda básicamen-te al impacto sobre la gestiónpública.

• Integralidad participación de losactores en el abordaje.

• Respuesta a prioridades.• Definición de destinatarios que

comprenda a los funcionariospolíticos, a los mandos mediosy al personal operativo.

• Anticipación de la transferenciade los contenidos de las capa-citaciones.

2. Alcance de la CapacitaciónEl Plan de Capacitación es de

carácter transversal, es decir, estádirigido a destinatarios de diver-sos sectores de la administraciónprovincial con la posibilidad detransferir la experiencia no solo alos municipios sino a las áreasde gestión pública de la regiónCuyo. Complementa y suministralas bases para la ejecución deacciones de capacitación en:a. Planificación Estratégica,

Monitoreo y Evaluación: El obje-tivo es fortalecer la planificaciónsectorial y organizacional y suvínculo con la planificación pro-vincial de largo y mediano pla-zo. Se entrenará a funcionariosy mandos medios enmetodologías para elaborar yajustar los planes sectoriales yorganizacionales conforme a unenfoque conceptual y

metodológico definido. Con elobjetivo de consolidar el siste-ma de seguimiento de políticaspúblicas como herramientapara la gestión, se entrenará afuncionarios responsables enla metodología y uso de los sis-temas desarrollados. De igualmanera, se capacitará en la uti-lización de los sistemas de in-formación y seguimiento.

b. Gestión. Gestión Por Resulta-dos. Gestión de Programas yProyectos. Especial énfasis enlos Programas de Capacita-ción: Se trabajará en la mejorade la planificación operativa asícomo también en los sistemasde seguimiento. La capacita-ción tendrá en cuenta la meto-dología para la elaboración decada programa incorporandoinformación desagregada so-bre resultados y metas. Se tor-na necesario además la posi-bilidad de desarrollar áreas decapacitación en las principalesdependencias del Estado Pro-vincial como forma de potenciarla Gestión del cambio. Por otrolado se contribuirá al desarro-llo de una Red de formadoresinternos potenciando los talen-tos propios de la AdministraciónProvincial. Se entrenará a losencargados de capacitación decada dependencia o a los res-ponsables de las áreas deRRHH.

c. Fortalecimiento del Sistemade Recursos Humanos de laProvincia. Con el objetivo depotenciar el desarrollo de estesistema se desarrollará la ca-pacitación requerida para ase-gurar la implementación delmismo.

d. Fortalecimiento de las Compe-tencias para el pleno desarro-llo de las Tecnologías de Infor-mación y Comunicación. Losobjetivos planteados son elafianzamiento de las capacida-des para el manejo de las he-rramientas informátícas dispo-nibles a nivel general y especí-fico, de acuerdo con los diver-sos entornos laborales,sociabilizando el acceso a suuso en forma transversal a todala Administración Provincial; asícomo el fortalecimiento de losequipos encargados de desa-rrollar los espacios de forma-ción a través de plataformasvirtuales (e-learning). Ademásse pondrá especial atención enla potencialidad de las aplica-ciones informáticas tanto en losprocedimientos administrativoscomo en los servicios que seprestan a la ciudadanía (frontoffice). Principios de ciudadanía

BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 7 de enero de 2016 71

digital, tendientes a la compren-sión de los principios que laorientan: ética, legalidad, segu-ridad y responsabilidad en eluso del Internet, las redes so-ciales y las tecnologías dispo-nibles. Estos principios estarándirigidos a fortalecer los proce-sos de Gestión por Resultados.

3. Objetivos generales del Plande Capacitación

Los objetivos generales delPlan de Capacitación son fortale-cer los conocimientos, habilida-des, actitudes, prácticas y compe-tencias de funcionarios, mandosmedios y personal operativo demanera de incrementar las si-guientes capacidades:–para la planificación estratégica

y operativa y para el perfecciona-miento de la vinculación entreambas, de manera de construirun lenguaje común y una mira-da compartida que facilite la arti-culación entre los diferentes ni-veles y ámbitos de gobierno,

–para contribuir a un mejor dise-ño y desempeño de los progra-mas provinciales a través delperfeccionamiento continuo y delseguimiento de la gestión, utili-zando indicadores para auxiliara la toma de decisiones estraté-gicas y operativas y para la eva-luación de procesos, productos,resultados e impactos de la ac-ción.

–Promover actividades de forma-ción continua que contribuyan aldesarrollo, mantenimiento y ac-tualización de las competenciasde los trabajadores públicos delEstado Provincial, mejorando lacalidad y oferta de capacitación.

–Facilitar el intercambio de expe-riencias de capacitación con lasáreas de Gestión Pública de laregión Cuyo

4. Objetivos específicosLa capacitación a suministrar

responde a un conjunto de objeti-vos específicos que se refieren ala calidad de la formulación, im-plementación y seguimiento depolíticas y programas.

La capacitación debe suminis-trar instrumentos analíticos ymetodológicos que permitan:• La identificación y delimitación

sistemáticas de problemassocialmente relevantes y quedeban ser atendidos por laspolítica y los programas públi-cos,

• La determinación y análisis desus causas para su compren-sión adecuada y para identificarestrategias de intervención so-bre las cadenas causales ope-rantes para evitar su reproduc-ción.

• La definición de prioridadesacorde a los objetivos políticosperseguidos

• la utilización de criterios de rele-vancia para seleccionar proble-mas y dar respuestas a travésde la programación,

• La elaboración, evaluación y se-lección de estrategias, progra-mas y proyectos y la identifica-ción de aportes de distintosagentes para su resolución.

• La elaboración de planes y pro-gramas intersectoriales einterorganizacionales.

• La articulación de acciones y losinstrumentos de gestión paradar mayor eficiencia y eficacia asu implementación

• La aplicación de conceptos,metodologías y prácticas pro-pias de la gestión por resulta-dos

• El seguimiento y la evaluaciónde las actividades, procesos, re-sultados e impactos

A su vez, la capacitación debetener como destinatarios a funcio-narios y mandos medios de laadministración provincial por loque se trabajará sobre sus com-petencias para:• Conformar, participar y eventual-

mente liderar equipos técnicospara el mejoramiento de la ges-tión lograr mayor eficiencia y efi-cacia en las organizaciones pú-blicas

• Entablar diálogosi n t e r d i s c i p l i n a r i o s ,interorganizacionales eintersectoriales

• Comprender la necesaria articu-lación entre la decisión política,la comprensión del contexto dela acción y los saberes específi-cos de cada práctica profesio-nal

• Contar con una adecuada com-prensión de niveles, ámbitos,roles participantes y contribucio-nes en los procesos decisoriosy de gestión de manera de ase-gurar la integralidad de la accióny el reconocimiento de la espe-cificidad social, cultural y am-biental de la población a la queestá dirigida la acción de las or-ganizaciones públicas.

5. Destinatarios del planEl Plan de Capacitación com-

prende actividades dirigidas a:• Directores de organismos a car-

go de la elaboración e imple-mentación de políticas y progra-mas,

• Responsables/jefes de áreas/actividades de planificación oanálisis de políticas y progra-mas en distintas dependenciasdel estado provincial y personaltécnico a cargo de actividadesvinculadas a la formulación, eje-cución y seguimiento de políti-cas y programas.

• Personal operativo encargadode ejecutar los planes y/o pro-gramas

Se contempla la puesta enmarcha del plan a través de unaactividad primera dirigida a funcio-narios y mandos medios para lainformación y comprensión de lasacciones a desarrollar con funcio-narios responsables de progra-mas y organismos de cada juris-dicciónDiseño de las actividades del Plan

El Plan se estructura en se-minarios y cursos. Cada uno deellos contará con módulos o sec-ciones referidos a temáticassustantivas conforme a su rele-vancia para las distintas audien-cias y para la satisfacción de lasnecesidades de conocimientosde los participantes.1. Matriz del Plan

Se visualiza el diseño del Plancomo una matriz, con columnasreferidas a las temáticas a abor-dar y filas correspondientes a lasdistintas categorías de con losdestinatarios.

Una manera de interpretar lamatriz es considerar cada filacomo la expresión de cursos o se-minarios para la participación deconjuntos relativamente homogé-neos de participantes en términosde su inserción en el proceso deplanificación, seguimiento y ejecu-ción de políticas y programas. Es-tos serían: a) Directores y respon-sables de programas, b) respon-sables y técnicos de los procesosde planificación, coordinación,seguimiento y evaluación, c) per-sonal responsable de la ejecuciónde planes y proyectos. En el se-gundo caso, se podría contemplarla posibilidad de realizar dos se-minarios diferenciados: uno pararesponsables y otro para técnicos.

El contexto de Gobierno y Planificación Es- Gestión Pública Fortalecimiento Fortalecimiento Gestión porlas Políticas Políticas Estratégica Se- Programas del Sistema de del desarrollo resultados

guimiento y Proyectos Recursos de TIC’sEvalación Coordinación Humanos

Directores mi-nisteriales y deprogramas

Responsablesde áreas deplanificación ypolíticas

Responsablesde áreas deRRHH e infor-máticos

Técnicos ymandosmedios

Personaloperativo

72 BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 7 de enero de 2016

Se entiende que los distintosniveles de audiencia recibirán con-tenidos sobre las distintas proble-máticas enunciadas en las colum-nas. No obstante, por sus atribu-ciones funcionales y competen-cias, el énfasis y alcance de laactividad de capacitación diferirápara cada una de las celdas de lamatriz.2. Actividades del Plan

El Plan contempla la realiza-ción de:¤ Taller inicial para responsa-

bles políticos y para mandosmedios

¤ Seminarios para directores mi-nisteriales, de organismos des-centralizados y de programas

¤ Cursos para responsables ytécnicos de áreas de planifica-ción, análisis, coordinación yseguimiento de políticas y pro-gramas (ya sea para el conjun-to o separando responsablesy técnicos)

¤ Cursos para personal encarga-do de ejecutar programas y pro-yectos

¤ Formación de formadores enplanificación y seguimiento

Cada una de estas actividadesse organizará a partir de móduloscuyos contenidos se enuncian.

Cada uno de los talleres, cur-sos o seminarios se desplegaránesos módulos con la intensidadrequerida por las capacidades ycompetencias a construir en cadacategoría de participantes. Los si-guientes son los contenidos ana-líticos básicos de cada módulo.3. Contenidos analíticos

Se señalan los contenidosanalíticos de los diferentes módu-los. Su tratamiento será conformea la naturaleza de la actividad. Paralos cursos de formación se abor-dará la totalidad de esos conteni-dos.El contexto de las políticas

Introducción general a la pro-blemática política, económica,social y territorial de la Provincia.Antecedentes y diagnósticos de lasituación actual. Problemáticassectoriales (a ser desarrolladasconforme al ámbito y destinatariosde la capacitación). Las políticasprovinciales y el marco de las po-líticas del Gobierno Nacional. Elplaneamiento en la administra-ción provincial. Atributos y alcan-ces.Gobierno y políticas públicas

Nociones generales: lo políti-co y lo estatal. Las políticas públi-cas y gobernabilidad. El ciclo depolíticas y su vinculación con losactores políticos. Las políticascomo enunciados de intenciones,como procesos de acción y pro-ducción, como resultados y como

impactos. Las organizaciones pú-blicas y su intervención en la iden-tificación de problemas y alterna-tivas, en la ejecución y en la inter-pretación de objetivos y metas. Larelación entre lo político y la admi-nistración. El rol del estado y susconsecuencias para las organiza-ciones públicas. Las relacionesestado-sociedad.La planificación de gobierno.Seguimiento y Evaluación

Sentido y funcionalidad políti-ca de la planificación. Noción y va-riedades de planificación. La rela-ción entre políticas y planes: arti-culación entre lo estratégico y looperacional. Diseño metodológicodel planeamiento estratégico. Es-trategia. Planificación de contin-gencias. La planificación estraté-gica en organizaciones públicas ya nivel territorial: exigencias y de-safíos. La visión estratégica en laprogramación de la gestión. LasPlanificación de las políticas deCapacitación.

Aspectos conceptuales. Ámbi-tos para el seguimiento y la eva-luación. Evaluabilidad de las polí-ticas, programas y proyectos. Lí-neas de base. Indicadores. Utili-zación de metodologías cuantita-tivas y cualitativas. Diferentes tiposde monitoreo. Su utilización. As-pectos políticos y técnicos delmonitoreo y la evaluación. Table-ros de gestión del Gobierno deMendoza.Gestión Programasy Proyectos. Coordinación

Noción de política, programay proyecto. Delimitación del pro-blema y análisis causal: el árbolde problemas. Articulación entreproblemas. Criterios de relevan-cia y operatividad para la selec-ción del sendero de resolucióndel problema. Descomposicióndel problema en subproblemas.Las capacidadesorganizacionales: La matrizFODA. El análisis de actores y desus racionalidades y recursos.Los objetivos. Las alternativas yla selección en función de diver-sos criterios: eficacia, uso de re-cursos, legitimidad,sustentabilidad económica, etc.Los escenarios de la acción. Elmarco lógico y otros instituyentespara la programación y el segui-miento de la acción. Metas eindicadores. Supuestos. Identifi-cación de riesgos y acciones deatenuación o remediación. Lógi-ca y consecuencias de la formu-lación de proyectos. Planificaciónsituacional y gestión estratégica.Plan operativo y el presupuesto.Naturaleza polít ica yorganizacional de la coordinación.Coherencia de políticas y coordi-

nación en la ejecución. Laintegralidad en la entrega de bie-nes y servicios. Coordinacióninterorganizacional, intersectoriale interjurisdiccional. Instanciasde coordinación. Mecanismos.Coordinación como información,interacción, cutinización, progra-mación conjunta o comprensio-nes compartidas. Las estrate-gias de coordinación y los cos-tos. Las relacionesintergubernamentales. Elfinanciamiento por el GobiernoCentral y por organismosmultilaterales. Los programas ylos proyectos y su inserción en laadministración tradicional.La gestión en base a resultados

El modelo tradicional. Cam-bios en las concepciones: situa-ción actual y cuestiones problemá-ticas. Diferencias según el tipo depolítica y sistema de producción.La organización sectorial y el abor-daje territorial. La gestión orienta-da a los resultados: definición defactores la efectividadorganizacional. Evolución del con-trol de gestión. La auditoría degestión con enfoque en los resul-tados como herramienta de ren-dición de cuentas El control decalidad. Análisis de Costos. Admi-nistración de recursos. Metas eindicadores. Herramientas demedición. Indicadores de eficacia,impacto y efectividad, físicos y fi-nancieros. Indicadores de calidad.Tableros de gestión y de segui-miento construcción y utilizaciónpara la gestión y el control. Elmonitoreo: sentido y utilización. Elpresupuesto y su reformulación.La rendición de cuentas y la eva-luación. Parámetros de evalua-ción. Los sistemas de informa-ción: relevancia y oportunidad dela información.Perfil de las actividadesdel Plan de Capacitación

I. Reunión inicialpara niveles políticos

FundamentaciónEsta actividad está dirigida a

enunciar y construir visiones com-partidas sobre la actividad de ca-pacitación, explorar las demandasespecíficas de las políticas provin-ciales y de su gestión.a. Se discutirán las contribuciones

de la capacitación para la ma-yor efectividad en materia de re-sultados e impactos de las po-líticas de gobierno y a suoperacionalización en accionescoherentes y coordinadas.

b. Se presentarán a funcionariospolíticos las problemáticas dela planificación, la coordinacióny el monitoreo y evaluación depolíticas y programas desde laperspectiva de sus responsa-

bilidades de gobierno y en elcontexto provincial con referen-cia a la naturaleza, relevancia yprioridad de los problemas aque debe hacer frente el gobier-no provincial de manera de in-corporarlos a la programaciónparticular de cada actividad.Se entiende que este taller no

tiene como propósito llegar aconsensos o definir políticas.Son ocasiones de análisis,aprendizaje y generación de nue-vas ideas o iniciativas sobre laspolíticas y los programas públi-cos que permitan aumentar larelevancia de las acciones decapacitación e involucrar a losdecisores políticos en su diseñoy ejecución.Participantes

Funcionarios políticos y man-dos medios con atribuciones yparticipación en la formulación depolíticas y programas y en la con-ducción de su ejecución. Se en-tiende que por la temática a abor-dar y la metodología a utilizar, esenúmero no podrá exceder lostreinta participantes. Esta activi-dad, por su carácter interactivo,deberá tener una concurrenciaadecuada para presentar pers-pectivas sectoriales y disciplina-rias de los problemas con énfa-sis en el diálogo y el intercambiode apreciaciones y experiencias.Modalidad

Taller con agenda predetermi-nada. Se presentará el Plan de Ca-pacitación, sus objetivos y las con-tribuciones esperadas para el per-feccionamiento de la administra-ción provincial. La coordinación desu desarrollo estará a cargo de unexperto (de la provincia o contrata-do especialmente). Este deberáasegurar el logro de los objetivosy el clima de compromiso con lalabor, hacer eficiente el trabajo ycontribuir al cumplimiento de laagenda.

El taller será organizado con-forme a los arreglos que se ha-gan con los eventuales participan-tes en lo referido a lugar, horariosy contribuciones para el mejor tra-tamiento de la agenda definida.

Se entiende que este Tallerconstituye el punto de partida delproceso que involucrará, con acti-vidades específicas, a los Direc-tores de Ministerios, Responsa-bles de programas, planteles defuncionarios ligados a las tareasde planificación y mandos me-dios.Cuestiones a presentar y debatir• Marco político y prioridades de

las políticas de gobierno. Atribu-tos del plan de gobierno y de laspolíticas.

• Papel de la capacitación en el

BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 7 de enero de 2016 73

perfeccionamiento de la formu-lación, implementación, segui-miento y evaluación de políticasy programas

• Necesidades y demandas enmateria de capacitación en lo re-ferido a:

• Naturaleza y alcance de la plani-ficación como instrumento orde-nador de la gestión de gobiernoy como explicitación de una vi-sión de futuro.

• Articulación estratégica y opera-cional de la planificación. Modosde traducir las prioridades enprogramas, proyectos y accio-nes.

• Articulación y coordinación depolíticas entre niveles de gobier-no, sectores y organizaciones.

• Relaciones con el presupuesto,con la organización y con la ges-tiónII. Seminario para directoresministeriales y de programas

FundamentaciónLos directores ministeriales y

de programas constituyen losnexos entre las definiciones es-tratégicas y la operación. Su pa-pel es crítico en las etapas de for-mulación, de gerenciamiento delas actividades y de obtención deresultados e impactos de las polí-ticas públicas. Su comprensióndel papel y requerimientos deesas políticas es una condiciónpara la efectividad de gobierno. Laplanificación, la coordinación y laarticulación con actores públicosy privados. La actividad estará di-rigida a transmitir nociones analí-ticas y operativas sobreplaneamiento y coordinación depolíticas y programas de capaci-tación.

La contribución particular deeste seminario es:–La construcción de un lenguaje

común–El conocimiento de un conoci-

miento compartido sobre instru-mentos analíticos y operativospara la gestión de gobierno.

–La comprensión plena por partede los directores y de los respon-sables de programas de loscontenidos de la capacitación asuministrar a técnicos y opera-dores.

–La interacción y familiaridad en-tre los participantes para facilitarla colaboración, coordinación eintegración a lo largo del ciclo depolíticas, programas y proyectos.

Objetivos• Suministrar nociones y herra-

mientas para una adecuadacomprensión y participación enprocesos de planificación depolíticas de capacitación y de lagestión.

• Adquirir capacidades para arti-

cular las dimensiones estraté-gicas de las políticas y de losprogramas de gobierno con losprocesos presupuestarios y degestión

• Contar con metodologías parahacer uso de la información so-bre contexto y gestión de mane-ra de hacer uso del monitoreode las políticas para su perfec-cionamiento y para el aprendi-zaje.

• Contribuir a la coordinación inter-organizacional e intersectorial

ModalidadSeminario de cinco jornadas

de duración en lugar y con la con-tinuidad que se determine. Se en-tiende por jornada un día enterode trabajo.

Cada jornada tratará una temá-tica específica. El desarrollo decada jornada contará con dos sec-ciones.• La primera, consistirá en una

presentación y discusión sobrelos conceptos involucrados, lasmetodologías y prácticas utiliza-das para la planificación, la co-ordinación y la ejecución de po-líticas y programas.

• La segunda se centrará en ca-sos de políticas provinciales ex-puestas por los responsablesde su ejecución. Con especialatención al sistema integral deRecursos Humanos.

La primera parte será dictadapor especialistas en los diferen-tes temas (pertenecientes al go-bierno o integrantes de plantelesacadémicos o profesionales acontratar especialmente). La se-gunda requerirá el aporte de fun-cionarios de las políticas y progra-mas considerados, con el aportede especialistas temáticos.

El seminario tendrá un respon-sable de su organización. La con-tinuidad a lo largo de las jornadasserá responsabilidad de un Coor-dinador o Secretario del Semina-rio, el que atenderá las materiasacadémicas y supervisará los apo-yos administrativos requeridos.Ocasión de realizacióny participantes

Este seminario tendrá lugaruna vez realizado el taller de auto-ridades políticas. Se podrán reali-zar seminarios agrupando a losDirectores y responsables de pro-grama por pertenencia sectorial,necesidades decomplementación o coordinacióno ámbitos geográficos de la ac-ción.

Por su naturaleza áulica, es-tos seminarios pueden tenercomo participantes a un númeroque en cada caso se determina-rá. Esta determinación tendrá encuenta: a) el total de la población

de funcionarios a incorporar a latarea de capacitación, b) un núme-ro que pueda facilitar el funciona-miento de la actividad con formatoque facilite la interacción y, even-tualmente, el trabajo grupal, c) cier-ta convergencia de saberes, com-petencias y responsabilidades te-máticas para hacer posible el diá-logo y el intercambio de experien-cias. Se considera que el númerode participantes no excederá loscuarenta.

Estos seminarios pueden rea-lizarse en forma simultánea conlos dirigidos a las áreas de plani-ficación y a los mandos medios,tal como se anticipó.Contenidos mínimos

–El contexto de la gestión pro-vincial

–Políticas, programas y proyec-tos.

–La planificación de gobierno.Atributos, modalidades y re-querimientos de la planifica-ción de la acción de gobierno.Agenda

–Instrumentos: Definición deproblemas. Árboles causales.Actores involucrados. Escena-rios. Marco Lógico.

–Los planes estratégicos. Losplanes operativos y su articu-lación organizacional. Los pla-nes de capacitación

–Seguimiento y evaluación.Indicadores de desempeño,de resultados y de impacto

IIl. Cursos para responsablesy técnicos de áreas

de planificación, análisisy seguimiento de políticas

y programas.a. ResponsablesFundamentación

La actividad está dirigida acrear y fortalecer las capacidadesde los ámbitos de planificación,programación, análisis y segui-miento de políticas, programas yproyectos. Estos ámbitos asistena los tomadores de decisiones yson los encargados de dar funda-mento técnico y utilizarmetodologías y herramientas es-pecíficas para elaborar los pla-nes, programas y proyectos queordenen la acción de gobierno, asícomo para realizar su seguimien-to y evaluación.

La contribución particular deeste seminario es:–La comprensión del contexto de

políticas y de los planes de go-bierno

–El conocimiento sobre instru-mentos analíticos y operativospara la formulación de políticas,programas y proyectos y para elseguimiento de la gestión de go-bierno.

–El manejo de sistemas de infor-

mación para el seguimiento dela gestión y la identificación deproductos, resultados e impac-tos.

Ayudar a una comprensiónadecuada de los requerimientosde la comunicación con políticos,funcionarios y grupos de la pobla-ción para identificar demandas ytransmitir los contenidos de pla-nes, programas y proyectos.Objetivos• Suministrar nociones y herra-

mientas para una adecuadacomprensión y participación enlos procesos de planificación depolíticas y de la gestión.

• Elaborar un enfoque conceptualy una metodología para la plani-ficación operativa que incluya laestructura organizacional.

• Adquirir capacidades para dise-ñar planes y programas, articu-lando las dimensiones estraté-gicas de las políticas y de losprogramas de gobierno con losprocesos presupuestarios y degestión

• Contar con metodologías parael monitoreo y seguimiento delas políticas y de los programasy para evaluar procesos, produc-tos y resultados.

ModalidadCurso de cuatro meses de du-

ración (22 jornadas de trabajo) enel lugar y con la continuidad quedetermine la Escuela de Gobier-no.

En cada jornada se hará unapresentación y discusión sobre losconceptos involucrados, lasmetodologías y prácticas utilizadaspara la planificación, la coordina-ción y la ejecución de políticas yprogramas conforme al programaanalítico del curso. Se utilizaráncasos de políticas para ilustrar ydiscutir los contenidos expuestosen cada jornada.

El curso será dictado por es-pecialistas en los diferentes te-mas abordados (pertenecientesal gobierno o integrantes de plan-teles académicos o profesionalesa contratar especialmente). Secontará con la participación de fun-cionarios superiores de la admi-nistración provincial para ilustrarlos casos expuestos para la dis-cusión.

El número de participantes encada curso será como máximo decincuenta.Ocasión de realización

Una vez realizado el taller deautoridades políticas, como inicia-dores del proceso, aun cuandolas temáticas pueden desarrollar-se de manera independiente.Contenidos mínimos–El contexto de la gestión provin-

cial

74 BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 7 de enero de 2016

–Políticas, programas y proyectos.–La planificación de gobierno. Atri-

butos, modalidades y requeri-mientos de la planificación de laacción de gobierno.

–Instrumentos y metodologías.–Los planes estratégicos. Requi-

sitos y componentes.–Los planes operativos y su arti-

culación organizacional y presu-puestaria.

–Seguimiento y evaluación.Indicadores de desempeño, deresultados y de impacto

–Planificación y gestión por resul-tados.

IV. Cursos para técnicosy mandos medios

FundamentaciónLos cuerpos técnicos y los

mandos medios tienen una res-ponsabilidad central en la calidadde las políticas y programas y enla eficacia y eficiencia de la ges-tión a través del desempeño desus funciones operativas y de lanecesaria articulación de sus ac-ciones, comportamientos y contri-buciones con los planteos estra-tégicos de las políticas públicas.La actividad estará dirigida a trans-mitir nociones analíticas yoperativas que permitan enmarcarlas contribuciones cotidianas deestos grupos de funcionarios enlos planes y programas que sesancionen, así como el desarro-llo de las competencias requeri-das para una gestión orientadapor resultados.

La contribución particular deeste seminario es:–La comprensión del contexto de

políticas y de los planes de go-bierno

–El conocimiento de un conoci-miento compartido sobre instru-mentos analíticos y operativospara la gestión de gobierno.

–La comprensión plena por partede los técnicos y mandos me-dios de los instrumentos analíti-cos y operativos utilizados en laplanificación, contenidos de lacapacitación a suministrar a téc-nicos y operadores.

–La interacción y familiaridad en-tre los participantes para facilitarla colaboración y coordinación alo largo del ciclo de políticas, pro-gramas y proyectos.

Objetivos• Suministrar nociones y herra-

mientas para una adecuadacomprensión y participación enlos procesos de planificación depolíticas y de la gestión.

• Adquirir capacidades para articu-lar las acciones operativas conlas dimensiones estratégicas delas políticas y de los programasde gobierno con los procesospresupuestarios y de gestión

• Brindar competencias paraorientar la gestión en base a re-sultados

• Contar con metodologías paradel monitoreo de las políticas yde los programas para su per-feccionamiento de la gestión

ModalidadCursos que no excedan los

tres (3) meses de duración (22 jor-nadas de trabajo) en el lugar y conla continuidad que determine laEscuela de Gobierno.

En cada jornada se hará lapresentación y discusión de losconceptos involucrados, lasmetodologías y prácticas utilizadaspara la planificación, la coordina-ción y la ejecución de políticas yprogramas conforme al programaanalítico del curso. Se utilizaráncasos de políticas para ilustrar ydiscutir los contenidos expuestosen cada jornada.

El curso será dictado por es-pecialistas en los diferentes te-mas (pertenecientes al gobiernoo integrantes de planteles acadé-micos o profesionales a contratarespecialmente). Se contará con laparticipación de funcionarios su-periores de la administración pro-vincial para ilustrar los casos ex-puestos para la discusión.

El número de participantes encada curso no excederá el núme-ro de cincuenta.Ocasión de realización

Una vez realizado el taller deautoridades políticas como inicia-dores del proceso, aun cuandolas temáticas pueden desarrollar-se de manera independiente.Contenidos mínimos

–El contexto de la gestión pro-vincial

–Políticas, programas y proyec-tos.

–La planificación de gobierno.Atributos, modalidades y re-querimientos de la planifica-ción de la acción de gobierno.

–Instrumentos: Definición deproblemas. Arboles causales.Actores involucrados. Escena-rios. Marco Lógico.

–Los planes estratégicos. Re-quisitos y componentes.

–Los planes operativos y su ar-ticulación organizacional y pre-supuestaria.

–Seguimiento y evaluación.Indicadores de desempeño,de resultados y de impacto

–Planificación y gestión por re-sultados.V. Cursos transversales

personal operativo encargadode ejecutar Programas

y ProyectosFundamentación

La actividad está dirigida acrear y fortalecer las capacida-

des de l persona l opera t ivoquienes incidirán en la calidadde la ejecución de los progra-mas como así lo relativo a sueficacia eficiencia, y transpa-rencia. La capacitación buscalograr una mejor interrelaciónen el personal operativo a tra-vés del conocimiento de laspautas mínimas de los proce-dimientos de la Gest ión porResultados.Contenidos mínimos–La comprensión del contexto de

políticas y de los planes de go-bierno

–El conocimiento de un conoci-miento compartido sobre ins-trumentos anal í t icos yoperativos para la gestión degobierno.

–La comprensión plena por partedel personal operativo de losinstrumentos analíticos yoperativos utilizados en la plani-ficación, contenidos de la capa-citación a suministrar a técnicosy operadores.

–La interacción y familiaridad en-tre los participantes para facilitarla colaboración y coordinación alo largo del ciclo de políticas, pro-gramas y proyectos.

–Ofimática: Manejo de Excel-W o r d - O u t l o o k - I n t e r n e tExplorer para el manejo deindicadores

Objetivos:Modalidad

Cursos que no excedan lostres (3) meses de duración, míni-mo 12 jornadas por mes, en el lu-gar y con la continuidad que deter-mine la Escuela de Gobierno, quea efectos de de mejor la efectivi-dad en el dictado puedo ajustardichos términos, contando con elaval de la Subsecretaría de Ges-tión Pública.

En cada jornada se hará lapresentación y discusión de losconceptos involucrados, lasmetodologías y prácticas utilizadaspara la planificación, la coordina-ción y la ejecución de políticas yprogramas conforme al programaanalítico del curso. Se utilizaráncasos de políticas para ilustrar ydiscutir los contenidos expuestosen cada jornada.

El curso será dictado por es-pecialistas en los diferentes te-mas (pertenecientes al gobiernoo integrantes de planteles acadé-micos o profesionales a contratarespecialmente). Se contará con laparticipación de funcionarios su-periores de la administración pro-vincial para ilustrar los casos ex-puestos para la discusión.

El número de participantes encada curso no excederá el núme-ro de cien.

Ocasión de realizaciónUna vez realizado el taller de

autoridades políticas como ini-ciadores del proceso, aun cuan-do las temáticas pueden desa-rrollarse de manera indepen-diente.

VI. Curso para responsablesde áreas de Recursos

Humanos, Mandos mediose informáticos encargadosde implementar el sistema

Integral de Recursos HumanosFundamentación

El objetivo fundamental deeste curso es suministrar herra-mientas para fortalecer el Siste-ma Integral de Recursos Huma-nos de la Provincia de Mendoza.Este sistema contempla la dispo-nibilidad de información actualiza-da sobre todo el personal, en to-das las áreas de la administra-ción provincial; el diseño de un le-gajo digital único de cada trabaja-dor, un software que permite liqui-dar mensualmente los bonos desueldos administrando la plantade personal, un portal deautogestión para que los trabaja-dores públicos puedan hacer trá-mites y actualizar información demanera virtual, procedimientos devalidación de firma digital e inte-gración del sistema con las ba-ses de datos de la Provincia; Mó-dulos de Gestión de RecursosHumanos. El curso estará orien-tado a fortalecer los componentesdel mismo del Sistema y estarádestinado a las distintas áreas deRecursos Humanos encargadasde implementarlo.Contenidos mínimos–Capacitación e inducción sobre

nuevos procedimientos y nor-mas vigentes (4 días)

–Nuevo liquidador. Capacitacióninterna y ajustes y pruebas. Ca-pacitación a organismos (35días)

–Reingeniería de procesos admi-nistrativos. Capacitación sobrenuevos procedimientos (un día)

ObjetivosFortalecer el componente

Informático del Sistema.Brindar herramientas teóricas

y prácticas sobre los procedimien-tos administrativos relevantes alfuncionamiento del Sistema.

Fortalecer la Reingeniería delos procesos administrativos ne-cesarios para la plena implemen-tación de las distintas etapas delSistema.Modalidad

Curso que no exceda los tres(3) meses de duración (mínimo12 jornadas por mes) en el lugar ycon la continuidad que determinela Escuela de Gobierno en coordi-nación con la Dirección de Recur-

BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 7 de enero de 2016 75

sos Humanos de la Provincia. LaEscuela de Gobierno que a efec-tos de de mejor la efectividad enel dictado puedo ajustar dichostérminos, contando con el aval dela Subsecretaría de Gestión Pú-blica.

El curso será dictado por es-pecialistas en los diferentes te-mas (pertenecientes al gobiernoo integrantes de planteles acadé-micos o profesionales a contratarespecialmente). Se contará con laparticipación de funcionarios su-periores de la administración pro-vincial para ilustrar los casos ex-puestos para la discusión.

El número de participantes encada curso no excederá el núme-ro de cincuenta.

VII. Curso para Fortalecerlas Competencias para

el pleno desarrollode las Tecnologías de

Información y Comunicación.Los objetivos planteados son

el afianzamiento de las capacida-des para el manejo de las herra-mientas informáticas disponiblesa nivel general y específico, deacuerdo con los diversos entornoslaborales, sociabilizando el acce-so a su uso en forma transversala toda la Administración Provincial.Redes, capacitación en platafor-mas virtuales, ciudadanía digitalen el Estado. Incluye Conocimien-to de plataformas de trabajo vir-tual como forma de potenciar lagestión de cambio. Operación deprogramas relativos a administra-ción de RRHH y al manejo deindicadores Uso de herramientasde e-lerning e internet.Participantes

Curso para personal a cargode áreas informáticas con capaci-dad de decisión, con responsabi-lidades en el manejo deindicadores de seguimiento. Seentiende que por la temática aabordar y la metodología a utilizar,ese número no podrá exceder lostreinta participantes. Esta activi-dad, por su carácter interactivo,deberá tener una concurrenciaadecuada para presentar pers-pectivas sectoriales y disciplina-rias de los problemas con énfa-sis en el diálogo y el intercambiode apreciaciones y experiencias.Modalidad

Taller con agenda predetermi-nada. Se presentará el Plan de Ca-pacitación, sus objetivos y las con-tribuciones esperadas para el per-feccionamiento de la administra-ción provincial. La coordinación desu desarrollo estará a cargo de unexperto (de la provincia o contrata-do especialmente). Este deberáasegurar el logro de los objetivosy el clima de compromiso con la

labor, hacer eficiente el trabajo ycontribuir al cumplimiento de laagenda.

El taller será organizado con-forme a los arreglos que se ha-gan con los eventuales participan-tes en lo referido a lugar, horariosy contribuciones para el mejor tra-tamiento de la agenda definida.Cuestiones a presentar y debatir• Marco político y prioridades de

las políticas de gobierno. Atribu-tos del plan de gobierno y de laspolíticas.

• Papel de la capacitación en elperfeccionamiento de la formu-lación, implementación, segui-miento y evaluación de políticasy programas

• Necesidades y demandas enmateria de capacitación en lo re-ferido a:

• Naturaleza y alcance de la plani-ficación como instrumento orde-nador de la gestión de gobiernoy como explicitación de una vi-sión de futuro.

• Articulación estratégica y opera-cional de la planificación. Modosde traducir las prioridades enprogramas, proyectos y accio-nes.

• Potenciar las aplicacionesinformáticas tanto en los proce-dimientos administrativos comoen los servicios que se prestana la ciudadanía (front office).

• Principios de ciudadanía digital,tendientes a la comprensión delos principios que la orientan:ética, legalidad, seguridad y res-ponsabilidad en el uso delInternet, las redes sociales y lastecnologías disponibles.

• Fortalecer los mecanismos degestión por resultados

ResponsablesLa actividad será realizada en

coordinación con la Escuela deGobierno de la Provincia de Men-doza dependiente de la Subsecre-taría de Gestión Pública de la Pro-vincia de Mendoza.

El coordinador académico ten-drá por funciones:

Elaborar un Programa de Ca-pacitación para implementar en laprovincia, con base en el plan decapacitación anexo a estos Térmi-nos de Referencia, que describalos instrumentos analíticos ymetodológicos que permitirán for-talecer los conocimientos y prácti-cas de los funcionarios, mandosmedios y personal operativo delgobierno de la provincia deTucumán en materia de gestiónpor resultados.• Elaborar el plan de capacitación• Formular lineamientos especí-

ficos para cada actividad y susmódulos respectivos

• Proponer docentes para cada

actividad en coordinación con laEscuela de Gobierno de la Pro-vincia.

• Supervisar el dictado de las ac-tividades

• Participar en la evaluación deldesarrollo del Plan

• Elaborar el documento Progra-ma de Capacitación en Gestiónpor Resultados

• Reportes de progreso en la Im-plementación del plan de capa-citación, en donde se detallenlos avances alcanzados, el re-gistro de asistencia de funcio-narios y los resultados de lasactividades ejecutadas.

• Reporte final que describa elproceso de implementación delprograma, la participación defuncionarios y los resultados al-canzados.

Alcance del Plande Capacitación

El alcance de este plan estáreferido principalmente a desarro-llar conocimientos y habilidadesen materia de Gestión por Resul-tados en al menos 60 funciona-rios provinciales y 60 mandosmedios y personal operativo. Estapensando contemplar la posibili-dad de trasladar la experiencia alas áreas de gestión pública y ca-pacitación de las provincias de laregión Cuyo.Perfil mínimo del equipoprofesional solicitadoCoordinadores del Programade Capacitación:–Formación profesional: Título

académico con grado de licen-ciatura en Ciencias Políticas, Ad-ministración Pública o cienciasafines. Preferentemente conmaestría, postgrado, especiali-zación y/o diplomado en Cien-cias Políticas, AdministraciónPública o ciencias afines.

–Experiencia profesional: Acredi-tar al menos 5 años de expe-riencia profesional general. Secontará desde la obtención delprimer título académico. Esterequisito es un factor de habili-tación.

–Experiencia profesional especí-fica: Acreditar experiencia profe-sional específica de al menos 5años en gestión de proyectos oactividades con responsabilidaden el diseño de programas, lasupervisión de equipos y/o en elmonitoreo y seguimiento. Esterequisito es un factor de habilita-ción.

Capacitadores y moderadores:–Formación profesional: Título

académico con grado de maes-tría, postgrado, especialización y/o diplomado en Ciencias Políti-cas, Administración Pública ociencias afines

–Experiencia profesional: Acredi-tar al menos 5 años de experien-cia profesional general. Se con-tará desde la obtención del pri-mer título.

–Experiencia profesional especí-fica: Acreditar experiencia profe-sional específica de al menos 5años en proyectos de gestiónpública. Experiencia en investi-gación y docencia en temas deGobierno; y en coordinación deequipos. Al menos una experien-cia en procesos de diseño depolíticas y gestión en el sectorpúblico (en Mendoza); en proce-sos de diseño, formulación yevaluación de estrategias y/o eje-cución de programas de gestióndel conocimiento y aprendizaje;y en procesos de diseño e im-plementación de programas vin-culados a Gestión por Resulta-dos.

Se procurará que esos docen-tes cuenten con familiaridad conlas acciones de la Escuela de Go-bierno, con las políticas públicasde la provincia y tengan formaciónen planificación, coordinación yevaluación de programas y orga-nizaciones de gobierno.

Asimismo la Escuela de Go-bierno de la Provincia será el or-ganismo supervisor y de aval pe-dagógico de todos los informes delos docentes y de los coordinado-res._______________________________

DECRETO N° 2.557

Mendoza, 4 de diciembre de2015

Visto el Expediente N° 172 -Letra D - Año 2015 - Código 01031donde se tramita la distribución afavor de las Municipalidades de laProvincia de los fondos corres-pondientes al Canon Extraordina-rio de Producción establecido enel inciso 2° del artículo 13° Anexo Idel Decreto N° 1547/10 y en el ar-tículo 3° del Decreto N° 3089/10; yCONSIDERANDO:

Que la citada normativa dis-pone que dicho concepto serádistribuido entre las Municipali-dades de la Provincia en un docepor ciento (12%) de lo efectiva-mente percibido, aplicando el ín-dice dispuesto en el artículo 2°de la Ley N° 6396 y sus modifi-catorias;

Que el artículo 1° del DecretoN° 2054/11 establece que dichadistribución se realice en carácterde aporte no reintegrable median-te decreto del Poder Ejecutivo;

Que el Decreto N° 2054/11 hasido ratificado por la Ley N° 8393,publicada en el Boletín Oficial confecha 4 de enero de 2012;

76 BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 7 de enero de 2016

Que la recaudación del mesde agosto de 2015, correspon-diente al porcentaje destinado alos municipios, ha sido certifica-da por Contaduría General de laProvincia y asciende a la suma de$ 3.642.178,53 de Canon Extraor-dinario de Producción;

Que el índice aplicado a losefectos de la distribución del con-cepto indicado, es el correspon-diente al ejercicio 2015, fijadomediante la Resolución N° 208-HyF-15.

Por ello,EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Autorícese a Con-

taduría General de la Provincia aliquidar a favor de las Municipali-dades que se detallan y por losmontos que se indican en la Pla-nilla Anexa, que forma parte delpresente decreto, en concepto deaporte no reintegrable corres-pondiente al mes de agosto de2015 del 12% Canon Extraordi-nario de Producción, previsto enel inciso 2° del artículo 13° AnexoI del Decreto N° 1547/10, en elartículo 3° del Decreto N° 3089/10 y en el artículo 1° del DecretoN° 2054/11, ratificado por Ley N°8393, por la suma total de Pe-sos tres millones seiscientoscuarenta y dos mil ciento setentay ocho con cincuenta y tres cen-tavos ($ 3.642.178,53).

Artículo 2° - El importe previstoen el artículo anterior se liquidarácon cargo a la partida: H-20010-431-17-000 "Otros Aportes a Mu-nicipios" y unidades de gestión degasto respectivas del Presupues-to de Erogaciones vigente, deta-lladas en la Planilla Anexa, queforma parte del presente decreto.

Artículo 3° - Las Municipalida-des indicadas en la Planilla Anexadel presente decreto deberán ren-dir cuenta documentada de losfondos recibidos ante el Honora-ble Tribunal de Cuentas de la Pro-vincia, de acuerdo a la normativavigente.

Artículo 4° - El presente decre-to será refrendado por los seño-res Ministros de Hacienda y Finan-zas y de Trabajo, Justicia y Gobier-no.

Artículo 5° - Comuníquese,publíquese, dése al Registro Ofi-cial y archívese.FRANCISCO HUMBERTO PEREZFrancisco Ernesto García IbáñezMtro. Secretario General Legal yTécnico de la Gobernacióna/c. Mrio. de Hacienda y FinanzasMarcelo Fabián CostaMtro. de Agroind. y Tecnologíaa/c. Mrio. de Trabajo, Justiciay Gobierno

PLANILLA ANEXA IIIDecreto N° 2.557

“Canon Extraor-dinario de Prod.

Municipalidades Dto. 3089/10Art. 3” Distrib.por MunicipioAgosto 2015

H-31020 Capital 229.129,45H-31021 G. Alvear 138.257,09H-31022 Godoy Cruz 390.514,38H-31023 Guaymallén 465.688,95H-31024 Junín 108.646,19H-31025 La Paz 89.051,27H-31026 Las Heras 394.411 51H-31027 Lavalle 125.254,53H-31028 Luján 229.967,16H-31029 Maipú 319.819,70H-31030 Malargüe 68.436,53H-31031 Rivadavia 99.212,94H-31032 San Carlos 85.846,15H-31033 San Martín 228.182,48H-31034 San Rafael 353.509,85H-31035 Santa Rosa 92.584,18H-31036 Tunuyán 143.101,19H-31037 Tupungato 80.564,98

Total 3.642.178,53

DECRETO N° 2.637

Mendoza, 11 de diciembre de2015

Vistas las disposiciones de laCarta Orgánica del Consejo Federalde Inversiones en sus Artículos 5° y8° de la Ley Provincial N° 2623; yCONSIDERANDO:

Que resulta necesario desig-nar al Representante Titular quetendrá la responsabilidad de re-presentar a la Provincia de Men-doza en el Consejo Federal de In-versiones.

Por ello,EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Téngase por acep-

tada a partir del 9 de diciembre de2015, la renuncia presentada porel Doctor Francisco ErnestoGarcía Ibáñez, D.N.I. N°16.868.285, como RepresentanteTitular del Gobierno de la Provin-cia de Mendoza ante el ConsejoFederal de Inversiones, designa-do por Decreto N° 3645 de fecha12 de diciembre de 2011.

Artículo 2° - Desígnese a partirde la fecha del dictado de la pre-sente norma legal, Representan-te Titular del Gobierno de la Pro-vincia de Mendoza ante el Conse-jo Federal de Inversiones, al se-ñor Ministro de Hacienda y Finan-zas, C.P. Pedro Martín Kerchner,D.N.I. N° 24.160.687.

Artículo 3º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

ALFREDO V. CORNEJOPedro Martín Kerchner

DECRETO N° 2.696

Mendoza, 28 de diciembre de2015

Visto el Expte. N° 00164-H-15-03880 en el cual la HonorableCámara de Senadores solicita re-fuerzo en la partida presupuesta-ria de Personal para los C. Ju. O.1 01 01 y 01 01 03; yCONSIDERANDO:

Que es factible dar curso al re-fuerzo presupuestario solicitado,en virtud de la existencia de sal-dos disponibles en otra Jurisdic-ción;

Que la legislación vigente fa-culta al Poder Ejecutivo a realizarmodificaciones presupuestariasentre Jurisdicciones, dado que laLey N° 8701, en su artículo 10 pre-vé: "...Cuando el Poder EjecutivoProvincial disponga reestructura-ciones presupuestarías que con-sidere necesarias dentro del to-tal aprobado por la presente Ley";

Que la modificación presu-puestaria que se tramita no impli-ca un incremento del gasto autori-zado a nivel global;

Que el presente trámite co-rrespondiente al incremento pre-supuestario, no fue concluido porla anterior gestión de Gobierno,por lo que ha quedado sujeto a lafinalización del mismo por partedel actual Gobierno de la Provin-cia de Mendoza;

Por ello y en virtud de lo dis-puesto por el artículo 27 de laLey 8706, Art. 1° del DecretoAcuerdo N° 2413/14, artículo 10de la Ley N° 8701, artículo 10inc. w de la Ley N° 8637 -LeyOrgánica Ministerial- y los artí-culos 3° y 47 del Decreto Acuer-do N° 1902/14;

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Modifíquese el

Presupuesto de Erogacionesestablecido por el PresupuestoGeneral vigente 2015 del modoque se indica en la Plani l laAnexa I que integra este decre-to, debiendo considerarse mo-di f icado globalmente en lasuma de Pesos veintidós millo-nes cuatrocientos mil con 00/100 ($ 22.400.000,00).

Artículo 2° - Notifíquese el pre-sente decreto a la Contaduría Ge-neral de la Provincia para su re-gistración.

Artículo 3° - La presente nor-ma legal será refrendada por losSeñores Ministros de Gobierno,Trabajo y Justicia y de Hacienda yFinanzas.

Artículo 4º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

ALFREDO V. CORNEJOPedro Martín KerchnerDalmiro Garay Cueli

PLANILLA ANEXA IExpte. 00164-H-15-03880 - Decreto N° 2.696

Ejercicio 2015 N° CUC: 906 Nro. Comp.: 17060 0 00/00/00

1 06 25 H20001 411 01 0 0,00 22.400.000,00 990010001 0

1 01 01 L96000 411 01 0 18.850.000,00 0,00 990010001 0

1 01 03 L96003 411 01 0 3.550.000,00 0,00 990010001 0

22.400.000,00 22.400.000,00

Unidadde

Gestión

Clasif.Econ.

Disminu-ciones

Aumentos

Car

ác.

Juris

.

U. O

rg.

Fin

anc.

GrupoInsumo / Sub

DECRETO N° 2.697

Mendoza, 28 de diciembre de2015

Visto el Expte. N° 00211-D-15-01031 en el cual la Honorable Cá-mara de Diputados solicita refuer-zo en la partida presupuestaria dePersonal para el C. Ju. O. 1 01 02;yCONSIDERANDO:

Que es factible dar curso al re-fuerzo presupuestario solicitado,en virtud de la existencia de sal-dos disponibles en otra Jurisdic-ción;

Que la legislación vigente fa-culta al Poder Ejecutivo a reali-zar modificaciones presupuesta-

rias entre Jurisdicciones, dadoque la Ley N° 8701, en su artícu-lo 10 prevé: "...Cuando el PoderEjecutivo Provincial disponga re-estructuraciones presupuesta-rias que considere necesariasdentro del total aprobado por lapresente Ley";

Que la modificación presu-puestaria que se tramita no impli-ca un incremento del gasto autori-zado a nivel global;

Por ello y en virtud de lo dis-puesto por el artículo 27 de la Ley8706, Art. 1° del Decreto AcuerdoN° 2413/14, artículo 10 de la LeyN° 8701, Ley N° 8830, y los artícu-los 3° y 47 del Decreto Acuerdo N°1902/14;

BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 7 de enero de 2016 77

PLANILLA ANEXA IExpediente N° 00211-D-15-01031 - Decreto N° 2697

Ejercicio 2015 N° CUC: 906 Nro. Comp.: 1740

1 06 25 H20001 411 01 0 0,00 20.000.000,00 990010001 01 01 02 L96002 411 01 0 20.000.000,00 0,00 990010001 0

20.000.000,00 20.000.000,00

Unidadde

Gestión

Clasif.Econ.

Disminu-ciones

Aumentos

Car

ác.

Juris

.

U. O

rg.

Fin

anc.

GrupoInsumo / Sub

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Modifíquese el Pre-

supuesto de Erogaciones esta-blecido por el Presupuesto Gene-ral vigente 2015 del modo que seindica en la Planilla Anexa I queintegra este decreto, debiendoconsiderarse modificado global-mente en la suma de Pesos vein-te millones con 00/100 ($20.000.000,00).

Artículo 2° - Notifíquese el pre-

sente decreto a la Contaduría Ge-neral de la Provincia para su re-gistración.

Artículo 3° - La presente nor-ma legal será refrendada por losSeñores Ministros de Gobierno,Trabajo y Justicia y de Hacienda yFinanzas.

Artículo 4° - Comuníquese,publíquese, dése al Registro Ofi-cial y archívese.

ALFREDO V. CORNEJOPedro Martín KerchnerDalmiro Garay Cueli

MINISTERIODE SALUD DESARROLLO

SOCIAL Y DEPORTES______

DECRETO N° 2.699

Mendoza, 28 de diciembre de2015

Visto el expediente 6520-D-15-77770, en el cual se solicita seotorgue un subsidio por la sumatotal de Pesos siete millones se-tecientos setenta y tres mil ($7.773.000,00), a favor de la "Aso-ciación Cooperadora del HospitalCentral y Programas Especiales",con destino al Programa Provin-cial de Apoyo al PacienteOncológico, con el objetivo de sol-ventar las deudas contraídas y laadquisición de bienes y serviciosque permitan el normal desenvol-vimiento del Programa.

Por ello, habiéndose diligencia-do el pertinente volante de imputa-ción preventiva, lo dictaminado porla Dirección de Asuntos Jurídicosdel Ministerio de Salud, DesarrolloSocial y Deportes y de acuerdo a loestablecido por el Decreto-Acuer-do N° 4096/07 y su modificatorio,Acuerdo N° 2514/97 del HonorableTribunal de Cuentas y Arts. 107 y109 de la Ley N° 8706, Ley N°8701, Art. 30 y c.c., Decreto N° 2413/14, Decreto N° 1000/15 y Disposi-ción N° 7/15 de la Contaduría Ge-neral de la Provincia,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Autorícese a la Di-

rección General de Administraciónde Salud del Ministerio de Salud,

Desarrollo Social y Deportes atransferir en carácter de subsidio,la suma total de Pesos siete mi-llones setecientos setenta y tresmil ($ 7.773.000,00) , a favor de la"Asociación Cooperadora delHospital Central y Programas Es-peciales", con destino al Progra-ma Provincial de Apoyo al Pacien-te Oncológico, con el objetivo desolventar las deudas contraídas yla adquisición de bienes y servi-cios que permitan el normal des-envolvimiento del Programa:Programa Provin-cial de Apoyo alPaciente Oncoló-gico, por un totalde: $ 7.773.000,00

Artículo 2º - El subsidio autori-zado precedentemente, será abo-nado por Tesorería General de laProvincia, con cargo a la siguientepartida Presupuesto 2015:Cuenta General: S02003 43104282 - S02003 43104 000Unidad de Gestión: S71082.

Artículo 3º - Establézcase queel Presidente de la "AsociaciónCooperadora del Hospital Centraly Programas Especiales" Sr.Vargas, Carlos Alfredo, DNI N°M4.624.926, deberá rendir cuentadocumentada del subsidio dentrode los sesenta (60) días derecepcionado el mismo en el De-partamento de Contabilidad (CUC42) del Ministerio de Salud, Desa-rrollo Social y Deportes, en cum-plimiento del Acuerdo N° 2514/97del Honorable Tribunal de Cuen-tas de la Provincia, Arts. 107 y 109de la Ley N° 8706 y DisposiciónN° 7/15 de la Contaduría Generalde la Provincia.

Artículo 4° - Establézcase queen caso de incumplimiento de larendición de los fondos transferi-dos en concepto de subsidio, seaplicará la sanción establecida enel punto 4.2, sub-punto 4.2.1, apar-tado d), Inciso 3 del Instructivo N°2 de la Disposición N° 7/15 de laContaduría General de la Provin-cia, que aprueba la inhibición depercibir nuevos subsidios y el inc.b) Art. 110 de la Ley N° 8706.

Artículo 5º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

ALFREDO V. CORNEJORubén Alberto Giacchi

____________________________

MINISTERIO DE ECONOMIAINFRAESTRUCTURA

Y ENERGIA_____

DECRETO N° 2.731

Mendoza, 30 de diciembre de2015

Visto el expediente N° 13793-D-2015-18006-E-0-9, mediante elcual se da cuenta de la necesidadde proveer el cargo de Director deAdministración de la Secretaría deServicios Públicos,

Por ello,EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Desígnese a partir

de la fecha del presente Decreto,en el cargo de Director de Admi-nistración de la Secretarias deServicios Públicos, Clase 076(Régimen Salarial 01, Código Es-calafonario 2-00-09, Unidad Orga-nizativa 01, Dirección de Transpor-te, Jurisdicción 26, Carácter 1) alContador Cristian Javier Munuera,DNI N° 27.432.773, CUIT N° 20-27432773-2, Clase 1979.

Artículo 2º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

ALFREDO V. CORNEJOEnrique Andrés Vaquié

____________________________

DECRETO N° 2.732

Mendoza, 30 de diciembre de2015

Visto el expediente N° 13792-D-2015-18006-E-0-0, mediante elcual se da cuenta de la necesidadde proveer el cargo de Director deTransporte de la Secretaría deServicios Públicos,

Por ello,EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Desígnese a partir

de la fecha del presente Decreto,

en el cargo de Director de Trans-porte de la Secretaría de ServiciosPúblicos, Clase 076 (RégimenSalarial 01, Código Escalafonario2-00-09, Unidad Organizativa 01,Dirección de Transporte, Jurisdic-ción 26, Carácter 1) al Sr. CarlosIsidoro Matilla, DNI N° 10.789.794,CUIT N° 20-10789794-2, Clase1953.

Artículo 2º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

ALFREDO V. CORNEJOEnrique Andrés Vaquié

____________________________

DECRETO N° 2.733

Mendoza, 30 de diciembre de2015

Visto el expediente N° 13795-D-2015-18006-E-0-7, mediante elcual se da cuenta de la necesidadde proveer el cargo de Director dePlanificación y Proyectos Especia-les de la Secretaría de ServiciosPúblicos,

Por ello,EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Desígnese a partir

de la fecha del presente Decreto,en el cargo de Director de Planifi-cación y Proyectos Especiales dela Secretaría de Servicios Públi-cos, Clase 076 (Régimen Salarial01, Código Escalafonario 2-00-09,Unidad Organizativa 01, Direcciónde Transporte, Jurisdicción 26,Carácter 1) al Licenciado GinésDarío Hernández, DNI N°22.391.815, CUIT N° 20-22391815-9, Clase 1971.

Artículo 2º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

ALFREDO V. CORNEJOEnrique Andrés Vaquié

________________________________

MINISTERIOSECRETARIA GENERAL

LEGAL Y TECNICADE LA GOBERNACION

_______

DECRETO N° 2.383

Mendoza, 2 de diciembre de2015.

Visto el Expediente N° 3702-G-2014-00020 en el cual se tra-mita la solicitud del señor Arnaldode la Rosa, D.N.I. N° 6.906.978,para ser acogida a los beneficiosdel Programa de RegularizaciónDominial Ley Provincial N° 8475; yCONSIDERANDO:

Que la Ley Nacional N° 24374y sus modificatorias, promueve laregularización de la situación do-

78 BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 7 de enero de 2016

minial de los inmuebles urbanosque tengan por destino la viviendafamiliar única, siendo la finalidadde la misma, normalizar estadosde dominio de lotes urbanos quepresentan dificultades para la ob-tención de los títulos definitivos,dentro del régimen establecido porel Código Civil;

Que la Ley Provincial N° 8475,dispuso que, el Poder Ejecutivo dela Provincia de Mendoza, se ad-hiera al Programa de Regulariza-ción Dominial establecido por laLey Nacional N° 24.374 y sus mo-dificatorias, motivo por el cual a tra-vés del Decreto N° 276/13 y sumodificatorio, reglamentarios dela citada ley provincial, seinstrumenta la ejecución del pro-grama fijando incumbencias desus organismos específicoscomo partes intervinientes de lapuesta en marcha del menciona-do programa;

Que el solicitante conformesurge del expediente número3702-G-2014-00020 ha dado de-bido cumplimiento a lo estable-cido por el ordenamiento jurídi-co vigente, obteniendo su vistobueno;

Que conforme Conveniosuscripto con el Colegio Notarial,ratificado por Decreto 592/14, lanormativa que regula el Régimende Regularización Dominial LeyProvincial N° 8475, es el NotarioRegularizador designado por elColegio Notarial, quien debe lle-var adelante la autorización de lasescrituras de Regularización Do-minial.

Por ello, en el marco de la LeyNacional N° 24374, sus modifica-torias, Ley Provincial N° 8475, De-creto Reglamentario N° 276/13 ysu modificatorio, lo dictaminadopor Asesoría Legal a fojas 100/101, informe del Registro Único dePropiedades Inmuebles (R.U.P.I)a fs. 102 y Artículo 144 inciso 3. dela Constitución de la Provincia deMendoza;

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1º - Autorícese, en el

Marco del Programa de Regulari-zación Dominial Ley Provincial N°8475 y el Convenio celebrado en-tre el Gobierno de la Provincia deMendoza y el Colegio Notarial rati-ficado por Decreto N° 592/14, aautorizar la escritura pública y otor-gar la misma en el Protocolo acargo del Notario que designe elColegio Notarial como "EscribanoRegularizador", a favor de la se-ñor Arnaldo de la Rosa, DNI6.906.978, respecto de un inmue-ble ubicado en el Departamentode Godoy Cruz, Distrito Ciudad,

Lugar: B° Suárez, Calle SegundoSombra Número 2446, superficiesegún título y según Plano N° 05/51213 de 200,00 m2, inscripto enel Registro de la Propiedad, en sumayor superficie, como primerainscripción al número 16110, fs.589 Tomo 20-E, de Godoy Cruz anombre de Cámara Compensa-dora de Valores DocumentadosSociedad Anónima, Financiera,Comercial e Industrial.

Artículo 2º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.FRANCISCO HUMBERTO PEREZFrancisco Ernesto Garcia Ibañez_____________________________________

DECRETO N° 2.424

Mendoza, 2 de diciembre de2015

Visto el expediente N° 11838-D-2015-00020, mediante el cualse tramitó Decreto N° 1697 de fe-cha 02 de octubre de 2015; yCONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 1694/15se otorgó un subsidio con cargode rendir cuentas a la "AsociaciónArgentina de Rafting".

Que en el artículo 2° de la cita-da norma legal, se hace menciónal Decreto Acuerdo 2074/03, sien-do que el mismo quedó sin efectoal haberse derogado a través delartículo N° 205 de la Ley N° 8706,las disposiciones contenidas enla Ley N° 3799.

Que en el mismo artículo seomitió por un error involuntario,hacer referencia a lo establecidopor la Disposición N° 7/15, delContador General de la Provincia.

Que en virtud de lo expresadoprecedentemente, se hace nece-sario rectificar el artículo 2° del De-creto N° 1694/15, encuadrado enel artículo 77, inc. a) de la Ley deProcedimiento Administrativo.

Por ello y de acuerdo a lo dic-taminado de fs. 41 a 43.

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Rectifíquese el ar-

tículo 2° del Decreto N° 1697 defecha 02 de octubre de 2015, elque quedará redactado de la si-guiente manera:

"La recepción de fondos y ren-dición de cuentas del presentesubsidio, estará a cargo del vocala cargo de la Presidencia de laAsociación Argentina de Rafting,Señor Rodolfo Ambrosio Navio,D.N.I. N° 18.288.814, la que debe-rá efectuarse en un plazo no su-perior al 30 de diciembre de 2015de acuerdo a lo establecido por H.Tribunal de Cuentas de la Provin-cia en Acuerdo N° 2514/97, Dis-

posición N° 7/15 del Contador Ge-neral de la Provincia y DecretoAcuerdo N° 4096/07".

Artículo 2° - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.FRANCISCO HUMBERTO PEREZFrancisco Ernesto García Ibáñez____________________________

DECRETO Nº 2.530

Mendoza, 4 de diciembre de2015.

Vista la renuncia presentadapor el Dr. Oscar Enrique Renna, alcargo de Ministro Secretario en laCartera de Salud;

Por ello,EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Acéptese a partir

del 4 de diciembre de 2015, la re-nuncia presentada por el DoctorOscar Enrique Renna, D.N.I. N°10.763.305, al cargo Ministro Se-cretario en la Cartera de Salud,Clase 082, Código Escalafonario:01-1-00-07, designado por Decre-to N° 319/14.

Artículo 2º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.FRANCISCO HUMBERTO PEREZFrancisco Ernesto Garcia Ibañez_____________________________________

DECRETO Nº 2.537

Mendoza, 4 de diciembre de2015.

Vista la renuncia presentadapor el señor Fernando Alberto Bra-vo, al cargo de Asesor de la Go-bernación;

Por ello,EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1º - Acéptese a partir

del día 09 de diciembre de 2015,la renuncia presentada por el Se-ñor Fernando Alberto Bravo, D.N.I.N° 27.714.174, Clase 1979, al car-go Clase 073 - Asesor de la Go-bernación - Código Escalafonario:01-2-00-06, designado por Decre-to N° 2220/14.

Artículo 2º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.FRANCISCO HUMBERTO PEREZFrancisco Ernesto Garcia Ibañez_____________________________________

DECRETO Nº 2.555

Mendoza, 4 de diciembre de2015.

Visto el Expediente N° 13328-D-2015-00020, mediante el cualse solicita se deje sin efecto la

adscripción de la agente GianinaDenis Ferrati a la Honorable Cá-mara de Senadores de la Provin-cia; yCONSIDERANDO:

Que mediante Resolución N°167 de la Dirección General de Es-cuelas, de fecha 01 de marzo de2012 se adscribió a la agenteFerranti a la Honorable Cámara deSenadores de la Provincia

Por ello,EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Déjese sin efecto

la adscripción a la Honorable Cá-mara de Senadores de la Provin-cia a la agente Gianina DenisFerranti, la que fuera dispuestapor Resolución de la DirecciónGeneral de Escuelas N° 167/12.

Artículo 2° - Téngase por rein-corporada a partir del 1 de diciem-bre de 2015 a la agente GianinaDenis Ferranti, D.N.I. N°31.816.482, Clase 1985, CUIL N°27-31816482-2, en el cargo Cla-se 010, Jefe División (Efectiva),Código Escalafonario: 05-1-03-08,Jurisdicción 04, Ministerio Secre-taría General Legal y Técnica dela Gobernación, Unidad Organiza-tiva 01, Secretaría.

Artículo 3º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.FRANCISCO HUMBERTO PEREZFrancisco Ernesto Garcia Ibañez_____________________________________

DECRETO Nº 2.572

Mendoza, 4 de diciembre de2015.

Visto Las actuaciones obran-tes en el Expediente N° 9234-D-2015-00020 caratulado "S/AporteEstatal a Estab. Educativos deGestión Privada Orientados aAlumnos c/Talentos Especiales";yCONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 2633/05 ysus modificatorias establecen losparámetros y criterios por los cua-les el Estado Provincial puede otor-gar aportes a los establecimien-tos oficiales de gestión privada sinfines de lucro, de acuerdo a lo dis-puesto en el artículo 99 de la LeyProvincial de Educación N° 6970;

Que el artículo 93 de la Ley Na-cional de Educación N° 26.206,obliga a las autoridades educati-vas jurisdiccionales a organizar yfacilitar "... el diseño de programaspara la identificación, evaluacióntemprana, seguimiento y orienta-ción de los/as alumnos/as concapacidades o talentos especia-les y la flexibilización o ampliacióndel proceso de escolarización";

BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 7 de enero de 2016 79

Que este criterio aún no ha sidoreceptado ni en nuestra Ley Pro-vincial de Educación ni tampocoen sus decretos reglamentarios;

Que la innovación en lo querespecta a la estructura de funcio-namiento didáctico, la flexibilidady extensión horaria, la organiza-ción de técnicas pedagógicas y laorganización edilicia de estos es-tablecimientos no permite primafacie encuadrarlos dentro de lanormativa existente;

Que, en consecuencia, existeen la normativa que regula el apor-te estatal a los establecimientosde gestión privada dedicados a laatención de alumnos a que refie-re el artículo 93 de la Ley Nacionalde Educación N° 26.206, un ver-dadero vacío reglamentario;

Que ante esta situación, loscolegios que orientan sus servi-cios a la atención de alumnos concapacidades y talentos especia-les, se ven en la necesidad de rea-lizar anualmente el trámite que lespermita encuadrarse en la situa-ción de excepción prevista en elartículo 32° del Decreto 2633/05,sustituido por el artículo 8º delDecreto 2286/12;

Que ello es así porque los es-tablecimientos educativos queatienden alumnos con talentos ocapacidades especiales poseenuna matrícula de característicasespeciales, grupos reducidos dealumnos, horarios extendidos ytecnologías didácticas según lascaracterísticas técnico-pedagógi-cas de la educación que brindan,por lo cual presentan particulari-dades que deben ser contempla-das con carácter general y perma-nente;

Que ni el Estado Provincial nila Dirección General de Escuelas,pueden cubrir, en este momento,las necesidades específicas deese alumnado ni el requerimientode las familias que integran dichacomunidad educativa;

Que por lo tanto, a los efectosde la transferencia del aporte es-tatal, deben fijarse las escalas deeficiencia y equidad aplicables alas referidas instituciones de ges-tión privada incorporadas a la edu-cación oficial que atienden alum-nos/as con capacidades o talen-tos especiales;

Por ello,EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Establézcase que

a los establecimientos educativosde gestión privada que orientensus servicios a la atención dealumnos/as con capacidades otalentos especiales, conforme ar-tículo 93 de la Ley Nacional de

Educación N° 26.206 y que, comotales sean reconocidos ycategorizados expresamente porla Dirección General de Escuelasen el momento de su incorpora-ción a la educación oficial, les se-rán aplicables, en caso de obte-ner el aporte estatal, las escalasde eficiencia y equidad que comoAnexo I y Anexo II forman parte in-tegrante del presente decreto.

Artículo 2° - Establézcase quea los establecimientos educativosque a la fecha orientan sus servi-cios a la atención de alumnos/ascon capacidades o talentos espe-ciales y que, como tales, ya hansido incorporados en el régimende excepción previsto en el artícu-lo 32 del Decreto N° 2633/05, mo-dificado por el artículo 8 del De-creto N° 2286/12, le serán aplica-bles de pleno derecho las esca-las de eficiencia y equidad quecomo Anexo I y Anexo II forman parteintegrante del presente decreto.

Artículo 3° - Los montos indi-cados en la escala de equidadcontenida en el Anexo II no inclu-yen el porcentaje del veinte (20%)que como máximo pueden perci-bir los establecimientos educati-vos referidos en los artículos pre-cedentes, en concepto de arancelextra programático y serán reajus-tados toda vez que se actualice laescala de equidad prevista por elDecreto N° 2633/05 modificadopor los Decretos Nros. 2286/12 y2331/12, por la Dirección Generalde Escuelas, en la misma magni-tud.

Artículo 4º - Los establecimien-tos educativos que atiendan alum-nos/as con capacidades o talen-tos especiales, conforme artículo93 de la Ley Nacional de Educa-ción N° 26.206, deberán cumplircon las demás disposiciones delDecreto N° 2633/05, modificadopor los Decretos Nros. 2286/12 y2331/12, en especial las referidasal otorgamiento de becas.

Artículo 5° - Deléguese en laDirección General de Escuelas lafacultad de completar y realizar lasadecuaciones estructurales a lasescalas de eficiencia y equidadcontenidas en los anexos del pre-sente decreto.

Artículo 6º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.FRANCISCO HUMBERTO PEREZFrancisco Ernesto Garcia Ibañez

_____

ANEXO IESCALA DE EFICIENCIACuadro 1 - Nivel Inicial

De A Porcentaje13 a más de 13 100%9 12 80%

Cuadro 2 - Nivel PrimarioDe A Porcentaje16 a más de 16 100%10 15 80%

Cuadro 3 - Nivel SecundarioDe A Porcentaje9 a más de 9 100%5 8 80%

______

ANEXO IIESCALA DE EQUIDADCuadro 1 - Nivel Inicial

De A Porcentaje0 2.252,25 100%

2.252,26 2.477,48 80%Cuadro 2 - Nivel PrimarioDe A Porcentaje0 2.752,25 100%

2.752,26 2.998,43 80%Cuadro 3 - Nivel SecundarioDe A Porcentaje0 2.866,05 100%

2.866,06 2.998,43 80%______________________________

MINISTERIO DE SALUD______

DECRETO N° 2.036

Mendoza, 19 de noviembre de2015

Visto los expedientes 93-D-15-04801 y 94-D-15-04801, en loscuales se solícita la aprobación delos Contratos de Locación de Ser-vicios Profesionales y Locación deServicios, celebrados entre la Pro-vincia de Mendoza, representadapor el Sr. Ministro de Salud, Dr.Oscar E. Renna y las personasque se mencionan, quienes sedesempeñan en el Área SanitariaMaipú; yCONSIDERANDO:

Que resultó imprescindiblecontar con recursos humanosidóneos para instrumentar diver-sos programas y tareas imple-mentadas por el citado Ministe-rio;

Que no revistando en la Ju-risdicción personal suficientepara la implementación y funcio-namiento de los Programas enmarcha, resultó indispensablecontratar bajo el sistema de lo-cación de servicios, a personaspara la realización de las tareasque posibiliten alcanzar los ob-jetivos que el Ministerio de Sa-lud se ha propuesto como me-tas para el año 2015;

Que dichas contratacionescuentan con la debida autorizacióndel Sr. Gobernador de la Provinciade Mendoza, en conformidad conlo establecido en el Decreto-Acuer-do N° 285/15;

Por ello, habiéndose diligen-ciado los pertinentes volantes deimputación, en razón de lo infor-

mado por la Subdirección de Per-sonal, lo dictaminado por la Direc-ción de Asuntos Jurídicos, la con-formidad de la Dirección de Cen-tros de Salud y lo establecido porel Art. 40 de la Ley N° 6554 y susmodificatorias, Art. 43 de la Ley N°6754, modificado por Ley N° 8154,vigentes por el Art. 79 de la Ley N°8701 - Presupuesto año 2014, Art.35 del Decreto-Acuerdo Regla-mentario N° 1902/14 y Decreto-Acuerdo N° 2413/14,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Reconózcanse a

partir de la fecha que se indica yhasta la fecha del presente decre-to los servicios prestados por laspersonas que se mencionan,quienes se desempeñan en la de-pendencia del Ministerio de Saludsegún se indica:Área Sanitaria MaipúA partir del 01 de abril de 2015Locación de Servicios Profesiona-lesOdont. Rubio, Guillermo Daniel,DNI N° 21.740.378, Expediente93-D-15-04801Locación de ServiciosDn. Figueroa, César Darío, DNI N°33.821.151, expediente 94-D-15-04801.

Artículo 2° - Apruébense por elperíodo que se detalla, los Con-tratos de Locación de ServiciosProfesionales y Locación de Ser-vicios, celebrados entre la Provin-cia de Mendoza, representada porel Sr. Ministro de Salud, Dr. OscarE. Renna y las personas que semencionan, quienes se desempe-ñan en la dependencia del Minis-terio de Salud, según se indica:Área Sanitaria MaipúA partir del 01 de abril y hasta el 31de diciembre de 2015Locación de Servicios Profesiona-lesOdont. Rubio, Guillermo Daniel,DNI N° 21.740.378, Expediente93-D-15-04801Locación de ServiciosDn. Figueroa, César Darío, DNI N°33.821.151, expediente 94-D-15-04801.

Artículo 3° - Establézcase queel gasto que demande el cumpli-miento del presente decreto seráatendido por Tesorería General dela Provincia, con cargo a la si-guiente partida del PresupuestoAño 2015:Cuenta General: S96050 41305095Unidad de Gestión: S50075

Artículo 4° - Comuníquese,publíquese, dése al Registro Ofi-cial y archívese.FRANCISCO HUMBERTO PEREZOscar E. Renna

80 BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 7 de enero de 2016

DECRETO N° 2.037

Mendoza, 19 de noviembre de2015

Visto el expediente 1376-D-15-77770, en el cual se solicita laaprobación del Contrato de Loca-ción de Servicios Profesionales,celebrado entre la Provincia deMendoza, representada por el Sr.ex Ministro de Salud, Dr. MatíasErnesto Roby y la persona que semenciona, quien se desempeñaen el Ministerio de Salud; yCONSIDERANDO:

Que resultó imprescindiblecontar con recursos humanos idó-neos para instrumentar diversosprogramas y tareas implementa-das por el citado Ministerio;

Que no revistando en la Juris-dicción personal suficiente para laimplementación y funcionamien-to de los Programas en marcha,resultó indispensable contratarbajo el sistema de locación deservicios, a personas para la rea-lización de las tareas que posibili-ten alcanzar los objetivos que elMinisterio de Salud se ha propues-to como metas para el año 2015;

Que dicha contratación cuentacon la debida autorización del Sr.Gobernador de la Provincia deMendoza, en conformidad con loestablecido en el Decreto-Acuer-do N° 285/15;

Por ello, habiéndose diligen-ciado el pertinente volante de im-putación, en razón de lo informa-do por la Subdirección de Perso-nal, lo dictaminado por la Subdi-rección de Asesoría Legal y lo es-tablecido por el Art. 40 de la Ley N°6554 y sus modificatorias, Art. 43de la Ley N° 6754, modificado porLey N° 8154, vigentes por el Art. 79de la Ley N° 8701 - Presupuestoaño 2014 y Art. 35 del Decreto-Acuerdo Reglamentario N° 1902/14 y Decreto-Acuerdo N° 2413/14,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Reconózcanse a

partir de la fecha que se indica yhasta la fecha del presente decre-to los servicios prestados por lapersona que se menciona, quiense desempeña en la dependen-cia del Ministerio de Salud, segúnse indica:Centro de Medicina Preventiva "Dr.Emilio Coni"A partir del 01 de enero de 2015Locación de Servicios Profesiona-lesDra. Peralta, Patricia Marina Ma-ría, DNI N° 14.197.123, expedien-te 1376-D-15-77770

Artículo 2° - Apruébese por elperíodo que se detalla, el Contra-to de Locación de Servicios Profe-

sionales, celebrado entre la Pro-vincia de Mendoza, representadapor el Sr. ex Ministro de Salud, Dr.Matías Ernesto Roby y la personaque se menciona, quien se des-empeña en la dependencia delMinisterio de Salud, según se in-dica:Centro de Medicina Preventiva "Dr.Emilio Coni"A partir del 1 de enero y hasta el 31de diciembre de 2015Locación de Servicios Profesiona-lesDra. Peralta, Patricia Marina Ma-ría, DNI N° 14.197.123, expedien-te 1376-D-15-77770

Artículo 3° - Ténganse por bienpagados los honorariospercibidos por la persona que semenciona en el Art. 1°, gasto quefue atendido por Tesorería Gene-ral de la Provincia, con cargo a lasiguiente partida del Presupues-to Año 2015:Cuenta General: S96094 41305000Unidad de Gestión: S70450

Artículo 4° - Comuníquese,publíquese, dése al Registro Ofi-cial y archívese.FRANCISCO HUMBERTO PEREZOscar E. Renna____________________________

DECRETO N° 2.039

Mendoza, 19 de noviembre de2015

Visto el expediente 184-A-13-04826, en el cual se solicita laaprobación del Contrato de Loca-ción de Servicios, celebrado opor-tunamente entre la Provincia deMendoza, representada por el Sr.ex Ministro de Salud, Dr. CarlosWashington Díaz y la persona quese menciona, quien se desempe-ñó en el Área Sanitaria Lavalle; yCONSIDERANDO:

Que resultó imprescindiblecontar con recursos humanos idó-neos para instrumentar diversosprogramas y tareas implementa-das por el citado Ministerio;

Que no revistando en la Juris-dicción personal suficiente para laimplementación y funcionamien-to de los Programas en marcha,resultó indispensable contratarbajo el sistema de locación deservicios, a personas para la rea-lización de las tareas que posibili-taron alcanzar los objetivos que elMinisterio de Salud se propusocomo metas para el año 2013;

Que dicha contratación cuentacon la debida autorización del Sr.Gobernador de la Provincia deMendoza;

Por ello, habiéndose diligen-ciado el pertinente volante de im-putación, en razón de lo informa-

do por la Subdirección de Perso-nal, lo dictaminado por la Direc-ción de Asuntos Jurídicos, lo acon-sejado por la Dirección General deAdministración, lo establecido porel Art. 40 de la Ley N° 6554 y susmodificatorias, Art. 43 de la Ley N°6754, modificado por Ley N° 8154,vigentes por el Art. 79 de la Ley N°8701 - Presupuesto año 2014, Art.35 del Decreto-Acuerdo Regla-mentario N° 1902/14 y Decreto-Acuerdo N° 2413/14.

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Téngase por apro-

bado, por el período que se deta-lla el Contrato de Locación de Ser-vicios Profesionales, celebradooportunamente entre la Provinciade Mendoza, representada por elSr. ex Ministro de Salud Dr. CarlosWashington Díaz y la persona quese menciona, quien se desempe-ñó en la dependencia que se indi-ca y reconózcanse los serviciosprestados por tal concepto, en di-cho período:Area Sanitaria LavalleA partir del 01 de junio y hasta el31 de diciembre de 2013Locación de ServiciosDn. Fernández, Germán, DNI N°33.704.454, Expte. 184-A-13-04826

Artículo 2° - Ténganse por bienpagados los honorariospercibidos por la persona que semenciona en el Art. 1°, gasto quefue atendido por Tesorería Gene-ral de la Provincia, con cargo a lasiguiente partida del Presupues-to Año 2013:Cta. General: S96048 41305 000Unidad de Gestión: S48013

Artículo 3° - Comuníquese,publíquese, dése al Registro Ofi-cial y archívese.FRANCISCO HUMBERTO PEREZOscar E. Renna____________________________

DECRETO N° 2.040

Mendoza, 19 de noviembre de2015

Visto el expediente 215-A-13-04790, 201-A-14-04790, 384-A-14-04790, en los cuales se solici-ta la aprobación de los Contratosde Locación de Servicios y de Ser-vicio Profesionales, celebradosoportunamente entre la Provinciade Mendoza, representada por losSres. ex Ministros de Salud, Dr.Carlos Washington Díaz y Dr.Matías E. Roby y las personas quese mencionan, quienes se des-empeñaron en el Área SanitariaLuján de Cuyo; yCONSIDERANDO:

Que resultó imprescindible

contar con recursos humanos idó-neos para instrumentar diversosprogramas y tareas implementa-das por el citado Ministerio;

Que no revistando en la Juris-dicción personal suficiente para laimplementación y funcionamientode los Programas en marcha, re-sultó indispensable contratar bajoel sistema de locación de servicios,a personas para la realización delas tareas que posibiliten alcanzarlos objetivos que el Ministerio deSalud se propuso como metaspara los años 2013 y 2014;

Que dichas contratacionescuentan con la debida autorizacióndel Sr. Gobernador de la Provinciade Mendoza;

Por ello, habiéndose diligen-ciado los pertinentes volantes deimputación, en razón de lo infor-mado por la Subdirección de Per-sonal, lo dictaminado por la Sub-dirección de Asesoría Legal, loaconsejado por la Dirección deCentros de Salud, lo establecidopor el Art. 40 de la Ley N° 6554 ysus modificatorias, Art. 43 de la LeyN° 6754, modificado por Ley N°8154, vigentes por el Art. 79 de laLey N° 8701 - Presupuesto año2014 y Art. 35 del Decreto-AcuerdoReglamentario N° 1902/14 y De-creto-Acuerdo N° 2413/14,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Ténganse por apro-

bados, por los períodos que se de-tallan los Contratos de Locaciónde Servicios y de Servicios Profe-sionales, celebrados oportuna-mente entre la Provincia de Men-doza, representada por los Sres.ex Ministros de Salud Dr. CarlosWashington Díaz y Dr. Matías E.Roby y las personas que se men-cionan, quienes se desempeña-ron en la dependencia que se in-dica y reconózcanse los serviciosprestados por tal concepto, en di-chos períodos:Área Sanitaria Luján de CuyoLocación de ServiciosA partir del 01 de junio y hasta el31 de diciembre de 2013Da. Zurita, Carina Ester, DNI N°25.743.607, Expediente 215-A-13-04790A partir del 01 de abril y hasta el 31de diciembre de 2014Da. González, Gladys Josefa, DNIN° 32.880.830, Expediente 201-D-14-04790Locación de Serv. ProfesionalesA partir del 01 de abril y hasta el 31de diciembre de 2014Lic. Romero Díaz, Paula Andrea,DNI N° 26.236.776, Expediente384-D-14-04790

Artículo 2° - Ténganse por bienpagados los honorarios

BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 7 de enero de 2016 81

percibidos por las personas quese mencionan en el Art. 1°, gastoque fue atendido por TesoreríaGeneral de la Provincia, con cargoa la siguiente partida del Presu-puesto Años 2013 y 2014:Cta. General: S96049 41305 095Unidad de Gestión: S49010

Artículo 3° - Comuníquese,publíquese, dése al Registro Ofi-cial y archívese.FRANCISCO HUMBERTO PEREZOscar E. Renna____________________________

DECRETO N° 2.042

Mendoza, 19 de noviembre de2015

Visto el expediente 815-D-2015-04495, en el cual el Hospi-tal Carlos Pereyra, tramita un in-cremento presupuestario para elFinanciamiento 18, Aranceles porServicios de Salud, correspon-diente al año 2015; yCONSIDERANDO:

Que la Ley de Administración Fi-nanciera en su artículo 88 prevé laposibilidad de incrementar los re-cursos por su proyección cuandose tenga la certeza de la realizacióndel recurso dentro del ejercicio.

Que se adjunta dictamen deAsesor Letrado del HospitalPereyra a fs. 07, y proyección fir-mada por los responsables delnosocomio a fs. 01 por un montode $ 3.929.518,00.

Por ello, de acuerdo a lo dictami-nado por el Asesor Letrado a fs. 07,lo solicitado por los responsables

del Hospital Pereyra, y la facultadconferida por el artículo 88 de la LeyN° 8706 y Art. 88 del Dto. 1000/15.

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Modifíquese el Pre-

supuesto de Erogaciones vigenteaño 2015 del modo que se indicaen la Planilla Anexa I, que formaparte integrante del presente de-creto, en la suma de Pesos un mi-llón quinientos mil ($ 1.500.000).

Artículo 2° - Increméntese elCálculo de Recursos del HospitalPereyra del modo que se indica enla Planilla Anexa II, que forma parteintegrante del presente decreto, enla suma de Pesos un millón qui-nientos mil ($ 1.500.000,00).

Artículo 3° - Las erogacionesque se realicen en base al incre-mento presupuestario otorgadopor este decreto deberán ajustar-se en cuanto a su monto y oportu-nidad a las cifras realmente recau-dadas y serán destinadas al finprevisto por la ley de afectación.

Artículo 4° - El presente decre-to será refrendado por los Seño-res Ministros de Hacienda y Finan-zas y Salud.

Artículo 5° - El presente decre-to deberá ser comunicado a laContaduría General de la Provin-cia, para su registración.

Artículo 6º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.FRANCISCO HUMBERTO PEREZOscar E. RennaJuan Antonio Gantus

PLANILLA ANEXA IExpte. 815-D-2015-04495 - Decreto N° 2.042

MODIFICACION PRESUPUESTARIAEjercicio 2015 N° CUC: 42 Nro. Comp.: 1413

0 0 00/00/00

2 08 08 S96108 412 01 18 500.000,00 0,00 950000000 0

2 08 08 S96108 413 01 18 850.000,00 0,00 124000000 0

2 08 08 S96108 511 01 18 150.000,00 0,00 650000000 0

1.500.000,00 0,00

Unidadde

Gestión

Clasif.Econ.

Disminu-ciones

Aumentos

Car

ác.

Juris

.

U. O

rg.

Fin

anc.

GrupoInsumo / Sub

PLANILLA ANEXA IIMODIFICACION DEL CALCULO DE RECURSOSExpte. 815-D-2015-04495 - Decreto N° 2.042

Carácter 2: Organismos DescentralizadosJurisdicción 08: Ministerio de SaludU. Organizativa 08: Hospital Pereyra

Sec

ción

Orig

en

Sec

tor

P. P

rinc.

P. P

arc.

Fin

anc.

CONCEPTO IMPORTE

1 Recursos Corrientes 1.500.000,001 De Origen Provincial 1.500.000,00

2 No Tributarios 1.500.000,0001 Tasas y Retr. de Servicio 1.500.000,00

07 Aranceles por Serv. de Salud 1.500.000,00018 Aranceles por Serv. de Salud 1.500.000,00

DECRETO N° 2.043

Mendoza, 19 de noviembre de2015

Visto el expediente 5503-D-15-77770 y la necesidad de regla-mentar la Ley N° 7759 de la Pro-vincia de Mendoza; yCONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 7759,se establece el Convenio Colec-tivo para el régimen de carrera deaquellos profesionales universi-tarios con ley de carrera que rea-licen actividades vinculadas conla salud humana y que prestenservicios remunerado en el ám-bito de la Administración PúblicaProvincial, organismos centraliza-dos; descentralizados yautárquicos, con excepción delos que pertenezcan a las fuerzasde seguridad y cuerpo médicoforense. Quedan comprendidosen el presente régimen: todos losprofesionales con ley de carreraque a continuación se enumeran:médicos, odontólogos,bioquímicos, obstetras, dietistas/nutricionistas, farmacéuticos,kinesiólogos, fisioterapeutas,psicopedagogos, psicólogos,fonoaudiólogos, trabajadoressociales, veterinarios, licencia-dos en enfermería.

Que es necesario reglamen-tar algunas disposiciones de lacitada Ley vinculadas con la JuntaCalificadora de Mérito y con los Ju-rados de Concursos.

Por ello, de acuerdo con el pro-yecto elaborado por el Ministeriode Salud y en virtud de lo dictami-nado por la Dirección de AsuntosJurídicos del citado Ministerio.

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:REGLAMENTACION ARTICULOS

LEY N° 7759 - CONVENIOCOLECTIVO DE TRABAJO DE

PROFESIONALES DE LA SALUDArtículo 1° - Artículo 28 - De la

constitución: Los integrantes de laJunta Calificadora de Mérito Pro-vincial deberán reunir, además delos requisitos establecidos en laley, los siguientes: a) Domicilioreal y/o laboral en la zona respec-tiva (Norte, Sur, Este y Valle de Uco);b) Tener actualizada la matrícula,c) No registrar sanción disciplina-ria por falta de ética profesionalpor parte de organismos oficialeso gremiales; d) No registrar comoantecedentes condena judicialdispuesta por sentencia firme, conmotivo de la comisión de delitosvinculados con el ejercicio profe-sional.

Los miembros de las JuntasCalificadoras de Mérito deberánabstenerse de participar en la de-

terminación de su propio puntaje(o calificación de sus anteceden-tes) con ausencia física en el mo-mento que se realice.

En el caso que un miembro sepresente a concurso deberá excu-sarse del procedimiento de deter-minación de puntaje mínimo.

También deberá excusarsecuando se trate de traslados, be-cas o cualquier otro beneficio quedeba acordarse con la intervenciónde la Junta Calificadora de Mérito,al cual fuere aspirante.

Cualquier miembro de las Jun-tas Calificadoras de Mérito que es-tuviera comprendido en las situa-ciones previstas como "generalesde la ley", a saber: ser cónyuge,pariente consanguíneo en líneadirecta, colateral hasta el cuartogrado o por afinidad hasta el se-gundo, de cualquiera de lospostulantes al ingreso o promo-ción en la carrera; ser socio o te-ner vinculación comercial o profe-sional entre el miembro de la Jun-ta y alguno o algunos de lospostulantes; ser acreedor o deu-dor, benefactor o beneficiario o te-ner amistad íntima o enemistadmanifiesta; en el momento de par-ticipar en calificaciones, aspiracio-nes o reclamos de profesionalesen los que intervenga este orga-nismo, estará obligado a excusar-se de actuar.

Artículo 2° - Artículo 29 - La elec-ción se efectuará sobre una nó-mina de postulantes interesadosen integrar las Juntas por cadaZona y por profesión, por el siste-ma de preferencia, debiendo ex-cluirse de la misma a aquellos queno reúnan los requisitos exigidospor el Convenio Colectivo Ley N°7759 o por la presente reglamen-tación.

Los miembros suplentes seincorporarán a las Juntas en casode ausencia justificada, vacancia,recusación con causa yexcusación del titular.

Artículo 3° - Artículo 30 - La Re-presentación Profesional estarácompuesta por un (1) miembro ti-tular y un (1) miembro suplente porcada una de las Zonas que se in-dican, conformadas por los Depar-tamentos, que en cada caso seconsignan: Zona Norte: Capital,Godoy Cruz, Las Heras, Guayma-llén, Luján, Maipú y Lavalle; ZonaSur: San Rafael, Gral. Alvear y Ma-largüe; Zona Este: San Martín, San-ta Rosa, Rivadavia, Junín y La Paz;Zona Valle de Uco: Tunuyán,Tupungato y San Carlos.

Artículo 4° - Artículo 32 - Losrepresentantes del Gobierno Pro-vincial serán designados por elPoder Ejecutivo a propuesta del Mi-nisterio de Salud.

82 BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 7 de enero de 2016

Artículo 5° - En los casos queuna determinada profesión conta-ra con escaso número de profe-sionales, la Comisión Negociado-ra de Interpretación del Convenio,a solicitud de la Junta Electoral,podrá disminuir el número deaños mínimos de antigüedad parapoder postularse. Igualmente, sien una Zona no hubiese la canti-dad necesaria de postulantes, sedisminuirá el número de miem-bros de la Junta Calificadora co-rrespondiente, disminuyendo enigual cantidad los miembros re-presentantes del Gobierno, a losefectos de mantener el equilibrionumérico.

Artículo 6° - A cada Junta Califi-cadora de Mérito el Estado le asig-nará: un espacio físico, provisto delos elementos necesarios con tec-nología actualizada para su nor-mal funcionamiento, un secreta-rio (técnico-administrativo) y elpersonal necesario, cuyas funcio-nes fijará la propia Junta.

Artículo 7° - Modalidad de laelección: la elección de los miem-bros titulares y suplentes de lasJuntas Calificadoras de Mérito, sehará en forma directa, por simplemayoría de votos y para cada unade las Zonas, por todos los pro-fesionales del sector que esténmatriculados en la Provincia deMendoza y con domicilio laboraly/o real dentro de la Zona corres-pondiente.

Los cuatro miembros titula-res por los profesionales corres-pondientes a cada Junta seránaquellos que tengan el mayornúmero de votos, en cada una delas Zonas. En caso de empate,será titular el que tenga mayorantigüedad en la matriculaciónen la Provincia de Mendoza. Encaso de nuevo empate se defini-rá por sorteo.

Los representantes suplentesserán aquellos que continúan enel número de votos inmediata-mente inferior al de los miembrostitulares; en caso de empate demiembros suplentes se aplicaráel mismo criterio que para losmiembros titulares.

Artículo 8° - Del actoeleccionario: Se designará unaúnica Junta Electoral que se en-cargará de la aprobación de pa-drones, lista de postulantes, reso-lución sobre impugnaciones, es-crutinio final y proclamación demiembros electos.

La misma estará constituidapor: un Presidente, un Vicepresi-dente, un Secretario y tres Voca-les, los cuales serán designados:cuatro (4) por el Gobierno y dos(2) por el Gremio signatario queostente la mayoría de la represen-

tación de los trabajadores com-prendidos en el CCT. Y por un ase-sor letrado y dos agentes admi-nistrativos, designados por el Go-bierno.

Esta Junta se constituirá se-senta (60) días corridos antes delas elecciones, fijará los circuitoselectorales y designará las mesasreceptoras de votos. Deberá reali-zar el escrutinio definitivo dentrode los diez (10) días corridos pos-teriores al cierre del actoeleccionario; proclamará losmiembros electos y elevará al Mi-nisterio de Salud las Nóminas delos mismos con la finalidad deconformar las Juntas.

Estará facultada para nombrarDelegados Zonales, si lo consi-derara conveniente por mesa.

En caso de empate el Presi-dente tendrá doble voto.

Artículo 9° - Las solicitudes delos profesionales que se postu-len para integrar las Juntas Califi-cadoras se receptarán en la JuntaElectoral o sus delegaciones,hasta treinta (30) días corridosantes de la elección, para aproba-ción o rechazo. Finalizado el pe-ríodo de recepción la Junta Elec-toral, deberá expedirse dentro delos cinco (5) días siguientes.

Sólo pueden ser elegidos lospostulantes que figuran en ListaOficializada ante la Junta Electo-ral, las mismas se darán a cono-cimiento público pudiendo utilizarpara ello páginas web.

Se podrán habilitar sistemaselectrónicos de transmisión dedatos, para las postulaciones.

Artículo 10° - Del padrón elec-toral. Estará formado por los pro-fesionales de cada Zona y de cadaprofesión con matrícula de la Pro-vincia de Mendoza y según domi-cilio real declarado en el Departa-mento de Matriculaciones del Mi-nisterio de Salud, el que será pre-sentado por el mismo a la JuntaElectoral treinta (30) días corridosantes de la elección y dados a co-nocimiento público veinte (20) díascorridos antes del actoeleccionario.

Se tomará como válida la tomade conocimiento público, cuandose efectúe mediante página webde acceso libre, siempre y cuan-do se haya dado anuncio de ello,en el Boletín Oficial y en uno delos diarios de mayor circulación enla Provincia.

Artículo 11º - La elección de losmiembros de las Juntas Califica-doras de Mérito es por voto obli-gatorio y secreto de los profesio-nales de cada una de las carre-ras. La inasistencia injustificadaal acto eleccionario será conside-rada y sancionada como inhabili-

tación por el período de cuatro (4)años para ser miembro de Cuer-pos Colegiados.

Artículo 12º - Las elecciones delos miembros de las Juntas Cali-ficadoras de Mérito se realizaráncoincidentes con la elección deMiembros de Jurados de Concur-sos.

Artículo 13º - En el caso que unpostulante resultare elegido paraconformar la Junta Calificadora deMérito y Jurado de Concurso, de-berá optar por uno solo de los car-gos.

Artículo 14º - Además de lasfunciones enumeradas en el Artí-culo 33 de la Ley N° 7759 deberá:• Formular la nómina de aspiran-

tes a Ingreso de Carrera, aspi-rantes a Traslados, aspirantesa Cargos Jerárquicos, reempla-zantes, según organigrama decada efector.

• Dictar un Reglamento Internofuncional, común a todas lasprofesiones, con las particulari-dades inherentes a cada una deellas y criterios de eficiencia.

• En el concurso de antecedentesla Junta Calificadora de Méritoconvalidará los puntajes máxi-mos y mínimos determinadospor los Jurados de Concursosque se establecen para cadacargo que se concurse (Artícu-los 50 y 51 del CCT). A tales fi-nes se tomará en cuenta la grillade calificación que como Anexoforma parte de la presente re-glamentación.

Artículo 15º - De las funcionesdel Secretario (técnico administra-tivo) de las Juntas Calificadorasde Mérito: Llevar libro de entrada ysalida; Llevar el libro de Actas yreuniones; Encuadernar carpetasde antecedentes; Adicionar certifi-cados y probanzas.

Artículo 16º - Artículo 62 - De laconformación y elección de los Ju-rados de Concursos: Cada Jura-do de Concurso estará integradopor cinco (5) miembros titulares ycinco (5) suplentes y conformadode la siguiente manera:a) Tres (3) miembros titulares y

tres (3) suplentes, elegidos porlos profesionales;

b) Un (1) miembro titular y un (1)suplente, designados por el Po-der Ejecutivo perteneciente alos Ministerios de Salud y/o De-sarrollo Social y Derechos Hu-manos;

c) Un (1) miembro titular y un (1)suplente, designados por la en-tidad gremial signataria más re-presentativa de los profesiona-les de la salud;

d) Un (1) veedor designado por laentidad científica respectiva, quetendrá voz pero no voto.

Los integrantes durarán ensus funciones tres (3) años y de-berán reunir los siguientes requi-sitos: a) Domicilio real y/o laboralen la zona respectiva; b) Revistarcomo profesional del régimen desalud en actividad, con quince (15)años de antigüedad de ejercicioprofesional y poseer un cargo deigual o superior jerarquía que elque se concursa; c) Tener actuali-zada la matrícula, d) No registrarsanción disciplinaria por falta deética profesional por parte de or-ganismos oficiales o gremiales;e) No registrar como antecedentecondena judicial dispuesta porsentencia firme, con motivo de lacomisión de delitos vinculadoscon el ejercicio profesional.

El Presidente del Jurado deConcurso será elegido por y entrelos miembros que integran elmismo, en caso de que no se lo-gre un acuerdo será designadoaquel miembro que haya logradomayor cantidad de votos en la elec-ción de sus pares.

Los miembros suplentes seincorporarán al Jurado en caso deausencia justificada, vacancia, re-cusación con causa y excusacióndel titular.

Los miembros titulares del Ju-rado de Concurso serán releva-dos de prestar servicios en suscargos respectivos, con goce dehaberes completo y reconoci-miento de su antigüedad, mien-tras cumplan efectivamente la fun-ción.

En el caso que un postulanteresultare elegido para conformarJunta Calificadora de Mérito y Ju-rado de Concurso, deberá optarpor uno solo de los cargos.

A los fines de la elección delos miembros de Jurado de con-curso se aplicarán las mismasnormas que para los miembrosde la Junta calificadora de Mérito,establecidos en el artículo 7 y si-guientes de esta reglamentación.

De las funciones: Los Juradosde Concurso tendrá a su cargo lasevaluaciones de los postulantes,ajustándose a las siguientes mo-dalidades:a) Concurso de antecedentes: Los

Jurados de Concurso a travésdel bono de puntaje emitido porla Junta Calificadora de Mérito,establecerá el puntaje mínimo,que será el 50% del mayorpuntaje presentado por los con-cursantes por cada cargo quese concurse.

b) Entrevista personal: Estará con-formada por un Comité Exami-nador integrado por un Psicólo-go, un Psiquiatra y un especia-lista en Recursos Humanos,designados por el Estado y un

BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 7 de enero de 2016 83

Veedor de la entidad sindicalcon personería de mayorrepresentatividad profesional. ElVeedor debe corresponder a lamisma profesión que el postu-lante (Artículo 52).

c) Concursos de oposición: Den-tro de ellos se encuentran losde ejecución y los de gestión.Para los Concursos de ejecu-ción se realizará una evaluaciónescrita y oral sobre temas teóri-cos y prácticos del cargo que seconcurse.Para los Concursos de gestión(función jerárquica) se realiza-rá la evaluación sobre temasespecíficos de conducción ygestión de establecimientos desalud para el cargo que se con-cursa. Además deberán pre-sentar y defender un proyecto degestión, cuyo puntaje será su-mado al obtenido en el Concur-so de oposición.En el Concurso de oposición lospuntos obtenidos en el Concur-so de antecedentes no se su-marán a los de oposición y sóloserán tenidos en cuenta paradefinir los empates que pudie-ran producirse.

d) Concurso de traslado: Serápara cubrir vacantes del mis-mo perfil solicitado, para dichocargo en la categoría ejecución.Podrán participar todos los pro-fesionales escalafonados cual-quiera sea el establecimientou organismo, dentro del ámbi-to de aplicación, de acuerdo a

la Ley N° 7759 y que posea unaantigüedad en su cargo nomenor de tres (3) años en elmismo.Los cargos que quedasenvacantes como consecuenciadel Concurso de traslado, de-berán ser llamados en formainmediata o en un período nomayor de tres (3) meses, parael Concurso abierto de ingre-so a carrera en la categoríaejecución. Por ello el Juradodeberá expedirse en un pe-ríodo no mayor de diez (10)días.Anualmente deberán existir dos(2) llamados: para traslado ypara ingreso a carrera.

e) Concurso interprofesional degestión: Podrá ser cubierto porprofesionales de cualquiera delas disciplinas de la salud conley de carrera que cumplan losrequisitos correspondientespara los cargos deGerenciamiento y Gestión.Artículo 17º - Cláusula transi-

toria: Junta Calificadora: por únicavez para agilizar el trámite de cali-ficación de las currículas con grancantidad de profesionales, en laprimera evaluación podrán actuarlos suplentes en cuerpo separa-do con la debida fundamentación,previa disposición ministerial.

Artículo 18º - Comuníquese,publíquese, dése al Registro Ofi-cial y archívese.FRANCISCO HUMBERTO PEREZOscar E. Renna

ANEXOGRILLA DE CALIFICACIÓN PARA UTILIZAR

POR LA JUNTA CALIFICADORA DE MÉRITOSDE LOS PROFESIONALES DE LA SALUD

PROVINCIA DE MENDOZA Y CONCURSOS• DATOS GENERALES:• Identificación:• Nombres y Apellido• Documento de Identidad: Tipo .......... N° .......... Pasaporte N° ...........• Sexo ............... Nacionalidad............... CUIL/CUIT................• Domicilio:

1.2.1. Calle N°:............. Barrio:................ Departamento:......................Código Postal:........

1.2.1.1. Profesional .......................................................................1.2.1.2. Residencial ......................................................................1.2.1.3. Teléfono: fijo ......................... Celular .............................• Profesión:• Título de grado: .........................................................................• Matrícula profesional provincial/nacional .................................• FORMACION DE POSGRADO:

2.1. Especialidad por Consejo Deontológico: 2,502.2. Subespecialidad por Consejo Deontológico: 2,502.3. Título de Carreras de Especialización: 5,002.4. Título de Maestría: 7,502.5 Título de Doctorado: 10,002.6. Con beca ganada por Mérito se suma:

2.6.1. Internacional: 1,252.6.2. Nacional: 1,00

(2.3, 2.4, 2.5: refrendados por Ministerio de Educaciónde la Nación)(Las becas se considerarán en los ítems 2.3, 2.4, 2.5)

2.7. Residencia de Primer Nivel: 5,002.7.1. Jefatura de Residencia: 1,502.7.2. Instructor de residentes: 2,00

2.8. Residencia de Segundo Nivel: 2,502.8.1. Jefatura residencia: 1,502.8.2. Instructor de residentes: 2,00

2.9. Concurrencia programada completa certificadahasta ingresados en 2008: 2,50

2.10. Idiomas con probanzas de nivel completo certificado: 0,752.11. Cursos de capacitación presencial certificados, con evalua-

ción:2.11.1. 20-50 hs.: 0,152.11.2. Hasta 100 hs.: 0,252.11.3. Hasta 200 hs.: 0,502.11.4. Más de 200 hs.: 0,75

Sin evaluación 50% menos. A distancia con evaluación30% menos

2.12. Eventos científicos:

Tipo de Local Regio- Nacio- Interna- Mun-Participación nal nal cional dial

Comité 0,20 0,30 0,40 0,60 0,80Organizador y/o

2.12.1 Científico y/oEvacuador de

Trabajos

2.12.2 Conferencista 0,20 0,30 0,40 0,60 0,80

Otras 0,15 0,20 0,25 0,40 0,502.12.3 Participaciones

Activas

2.12.4 Presentación de 0,10 0,15 0,20 0,30 0,40Trabajos

Asistente 0,03 0,05 0,06 0,10 0,122.12.5 Miembro Titular

o Similar

• DOCENCIA:3.1. Disertante por hora en cursos, seminarios,

jornadas, etc.: 0,053.2. Participación en Consejos, Comisiones, Consultoría,

por periodo 0,603.3. Participación en Dirección de carrera, cargos de

Administración/Gestión Universitaria, por año: 1,503.4. Docencia-Enseñanza de Grado: por c/asignatura o

curso de gestión académica por año:3.4.1. Director - Codirector: 1,253.4.2. Profesor titular y asociado/ por concurso: 1,253.4.3. Profesor titular y asociado/ sin concurso: 0,413.4. 4. Profesor adjunto/ por concurso: 0,803.4. 5. Profesor adjunto/ sin concurso: 0,263.4.3. JTP, auxiliar/ por concurso 0,603.4.4. JTP, auxiliar/ sin concurso 0,203.4.5. Docentes Ad Honórem por cada actividad: 0,15

3.5. Docentes en carreras universitarias de Postgradopor cada actividad por año o equivalente: 1,25

3.5.1. Docentes Ad Honórem por cada actividad: 0,253.6. Extensión extracurricular. Por cada participación en

trabajo comunitario: 0,253.7. Trabajos dirigidos/tutorías concluidas (c/u):

3.7.1. Director Tesis Doctorado: 5,00• Jurado tesis doctorado: 3,00• Director Tesis Maestría: 2,50

3.7.4. Jurado tesis Maestría: 2,003.7.5. Tutor Tesina o trabajo final Carrera Especialización: 1,003.7.6. Tutor Trabajo final Curso de Posgrado: 0,603.7.7. Tutor cursos on line por año: 0,60

4. INVESTIGACION Y DESARROLLO:4.1. Director/ Codirector de Investigación concluida

certificada por Universidad Nacional, u otrosEntes acreditadores (CONICET, DICYT) 5,00

84 BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 7 de enero de 2016

4.2. Investigador /Becario de Investigación concluidacertificada por Universidad Nacional, u otrosEntes acreditadores (CONICET, DICYT) 1,00

5. PRODUCCION BIBLIOGRAFICA:5.1. Artículos publicados en revistas científicas:

5.1.1. Con referato (c/u) 0,605.1.2. Sin referato (c/u) 0,30

5.2. Libros científicos o capítulos:5.2.1. Cada capítulo: 1,505.2.2. Cada libro: 6,00

5.3. Demás tipos de producción bibliográfica relacionadascon la Salud (c/u): 0,10

5.4. Integrantes de Comité Editorial de Revista Científica:5.4.1. Director de Comité Editorial: 1,255.4.2. Miembro del Comité Editorial: 0,60

5.5. Producción técnica en salud: No calificadospreviamente en otros ítems:

5.6. Desarrollo de Software originales patentados (c/u): 5,005.7. Proyecto de desarrollo, evaluado y certificado (c/u): 2,505.8. Proyectos de gestión, desarrollo logístico, técnicas o

aplicaciones (c/u): 1,256. EXTENSION:

6.1. Actividades comunitarias, que se desarrollan enterreno, certificadas (c/u):

6.1.1. Actividad formalizada en proyectos, con objetivosa cumplir y evaluación de resultados: 5,00

6.1.2. Actividad eventual: 0,156.2. Actividades de promoción de la salud y prevención

de enfermedades en la población que asiste, dentro delefector, certificadas (c/u):

6.2.1. Actividades formalizadas en proyectos, con objetivosa cumplir y evaluación de resultados: 5,00

6.2.2. Intervención eventual: 0,157. ACTIVIDAD ASISTENCIAL:

7.1. Antigüedad profesional por año, hasta un máximo de15 años

7.1.1. Cargo planta permanente efectiva por concurso: 1,507.1.2. Cargo planta permanente efectiva sin concurso: 0,507.1.3. Profesional interino:

7.1.3.1 Con selección interna: 1,007.1.3.2. Sin selección interna: 0,50

7.1.4. Profesional temporario:7.1.4.1. Hasta 6 meses: 0,157.1.4.2. Hasta 1 año: 0,30

7.1.5. Profesional reemplazante por mes 0,037.1.6. Profesional Contratado:

7.1.6.1. Con selección interna: 0,407.1.6.2. Sin selección interna: 0,30

8. GESTION ASISTENCIAL8.1. Jefatura de Sección:

8.1.1. Por concurso: 3,008.1.2. Por selección interna: 2,508.1.3. Sin concurso: 2,00

8.2. Jefatura de Servicio:8.2.1. Por concurso 5,008.2.2. Por selección interna: 4,008.2.3. Sin concurso: 3,00

8.3. Jefatura de Departamento:8.3.1. Por concurso: 7,508.3.2. Por selección interna: 6,008.3.3. Sin concurso: 5,00

8.4. Director o Encargado de la Dirección de Centrosde Salud:

8.4.1. Por concurso: 5,008.4.2. Por selección interna: 4,008.4.3. Sin concurso: 3,00

8.5. Gerencia Asistencial por Concurso 8,008.6. Miembro del Directorio por concurso o elección de

pares 8,509. PREMIOS Y MENCIONES:

9.1. Premios: c/u:9.1.1. Local: 0,509.1.2. Regional: 0,75

9.1.3. Nacional: 1,009.1.4. Internacional: 1,25

9.2. Menciones: c/u9.2.1. Local: 0,209.2.2. Regional: 0,359.2.3. Nacional: 0,509.2.4. Internacional: 0,75

10. ACTIVIDADES EN SOCIEDADES CIENTIFICAS,por período:

10.1. Integrante Comisión Directiva: 1,0010.2. Integrante Comisión Científica: 0,5010.3. Representante: 0,20

Si es nacional, se duplica el puntaje.11. ACTIVIDADES EN ASOCIACIONES PROFESIONALES,

por período:11.1. Integrante Comisión Directiva: 0,5011.2. Integrante Comisión Científica: 0,5011.3. Representante: 0,20

12. ACTIVIDADES EN ORGANOS COLEGIADOS, por periodo:12.1. Junta Calificadora Provincial de Mérito: 1,0012.2. Miembros de Jurado de Concurso: 0,5012.3. Consejo Deontológico: 0,5012.4. Junta Provincial de salud laboral: 0,5012.5. Comisión Provincial de Reclamos y Disciplina: 0,5012.6. Comisión Provincial de Capacitación, Docencia

e Investigación: 0,5013. ASESORES CIENTIFICOS Y TECNICOS: convocados

por el Estado y Gremios, para trabajar en comisionesespeciales

13.1. Consejo Asesor Directivo. Comisión Permanente deResidencias: 0,50

13.2. Otros de rango Provincial o Nacional: 0,5014. INTEGRANTE EN COMITES EN DISTINTOS

EFECTORES HOSPITALARIOS Y/O AREASDEPARTAMENTALES: 0,25

15. ACTIVIDADES EN ASOCIACION GREMIALPROFESIONAL por período,

15.1. Integrante Comisión Ejecutiva: 2,5015.2. Congresal Nacionales y Provinciales: 0,6015.3. Delegados: 0,60

16. BECAS POR MERITO, no consideradas en ítemsanteriores:

16.1. Por concurso: 0,2516.2. Sin concurso: 0,10

DECRETO N° 2.044

Mendoza, 19 de noviembre de2015

Visto los expedientes 45-D-15-05147, 219-D-15-05147 ysu acumulado 316-S-13-05147. en los cuales se solici-ta la aprobación de los Contra-tos de Locación de ServiciosProfesionales y Locación deServicios, celebrados entre laProvincia de Mendoza, repre-sentada por el Sr. Ministro deSalud, Dr. Oscar E. Renna y laspersonas que se mencionan,quienes se desempeñan en elServicio de Emergencias Coor-dinado; yCONSIDERANDO:

Que resultó imprescindiblecontar con recursos humanosidóneos para instrumentar di-versos programas y tareas im-plementadas por el citado Mi-nisterio;

Que no revistando en la Ju-

risdicción personal suficientepara la implementación y funcio-namiento de los Programas enmarcha, resultó indispensablecontratar bajo el sistema de lo-cación de servicios, a personaspara la realización de las tareasque posibiliten alcanzar los ob-jetivos que el Ministerio de Sa-lud se ha propuesto como me-tas para el año 2015;

Que dichas contratacionescuentas con la debida autorizacióndel Sr. Gobernador de la Provinciade Mendoza, en conformidad conlo establecido en el Decreto-Acuer-do N° 285/15;

Por ello, habiéndose diligen-ciado los pertinentes volantes deimputación, en razón de lo infor-mado por la Subdirección de Per-sonal, lo dictaminado por la Direc-ción de Asuntos Jurídicos y lo es-tablecido por los Arts. 40 y 42 de laLey N° 6554 y sus modificatorias,Art. 43 de la Ley N° 6754, modifi-cado por Ley N° 8154, vigentes por

BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 7 de enero de 2016 85

el Art. 79 de la Ley N° 8701 - Pre-supuesto año 2014 y Art. 35 delDecreto-Acuerdo ReglamentarioN° 1902/14 y Decreto-Acuerdo N°2413/14,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Reconózcanse a

partir de las fechas que se indi-can y hasta la fecha del presentedecreto los servicios prestadospor las personas que se mencio-nan, quienes se desempeñan enla dependencia del Ministerio deSalud, según se indica:Servicio de Emergencias Coordi-nadoA partir del 1 de julio de 2015Locación de Servicios Profesiona-lesDra. Ticera, Erika Vilma, DNI N°30.309.066, Expediente 45-D-15-05147.A partir del 01 de junio de 2015Locación de ServiciosDn. García, Carlos Javier, DNI N°29.717.569, Expediente 219-D-15-05147 y su acumulado 316-S-13-05147

Artículo 2° - Apruébense porlos períodos que se detallan, losContratos de Locación de Servi-cios Profesionales y Locación deServicios, celebrados entre laProvincia de Mendoza, represen-tada por el Sr. Ministro de Salud,Dr. Oscar E. Renna y las perso-nas que se mencionan, quienesse desempeñan en la depen-dencia del Ministerio de Salud,según se indica:Servicio de Emergencias Coordi-nadoA partir del 1 de julio y hasta el 31de diciembre de 2015Locación de Servicios Profesiona-lesDra. Ticera, Erika Vilma, DNI N°30.309.066, Expediente 45-D-15-05147.A partir del 01 de junio hasta el 31de diciembre de 2015Locación de ServiciosDn. García, Carlos Javier, DNI N°29.717.569, Expediente 219-D-15-05147 y su acumulado 316-S-13-05147

Artículo 3° - Establézcase queel gasto que demande el cumpli-miento del presente decreto seráatendido por Tesorería General dela Provincia, con cargo a la si-guiente partida del PresupuestoAño 2015:Cuenta General: S96029 41305000Unidad de Gestión: S29012

Artículo 4° - Comuníquese,publíquese, dése al Registro Ofi-cial y archívese.FRANCISCO HUMBERTO PEREZOscar E. Renna

DECRETO N° 2.045

Mendoza, 19 de noviembre de2015

Visto los expediente 394-A-13-04826, 405-A-13-04826, 165-D-14-04826, 403-A-13-0482&-,167-D-14-04826-, 176-D-14-04826, 166-D-14-04826, 174-D-14-04826, 399-A-13-04826, 408-A-13-04826, 400-A-13-04826,406-A-13-04826, 393-A-13-04826; 404-A-13-04826, 401-A-13-04826, 402-A-13-04826, 175-D-14-04826, 168-D-14-04826,en los cuales se solicita la apro-bación de las Cláusulas Adicio-nales y los Contratos de Loca-ción de Servicios Profesionalesy Locación de Servicios celebra-dos oportunamente entre la Pro-vincia de Mendoza, representa-da por el Sr. ex Ministro de SaludDr. Matías Ernesto Roby y diver-sas personas, quienes se des-empeñaron en el Área SanitariaLavalle, yCONSIDERANDO:

Que resultó imprescindiblecontar con recursos humanosidóneos para instrumentar di-versos programas y tareas im-plementadas por el citado Mi-nisterio.

Que no revistando en la Ju-risdicción personal suficientepara la implementación y funcio-namiento de los Programas enmarcha, resultó indispensablecontratar bajo el sistema de lo-cación de servicios a personaspara la realización de las tareasque posibilitaron alcanzar losobjetivos que el citado Ministe-rio se propuso como metas parael año 2014.

Por ello, habiéndose diligen-ciado los pertinentes volantes deimputación, en razón de lo infor-mado por la Subdirección de Per-sonal, lo dictaminado por la Di-rección de Asuntos Jurídicos, loaconsejado por la Dirección Ge-neral de Administración y lo esta-blecido por el Art. 40 y el 42 de laLey N° 6554 y sus modificatorias,Art. 43 de la Ley N° 6754, modifi-cado por Ley N° 8154, vigentespor el Art. 79 de la Ley N° 8704 -Presupuesto año 2014 y Art. 35del Decreto-Acuerdo Reglamen-tario N° 1902/14 y Decreto-Acuer-do N° 2413/14,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Ténganse por

aprobadas por el período que sedetallan las Cláusulas Adiciona-les de los Contratos de Locaciónde Servicios Profesionales y deLocación de Servicios, celebra-dos oportunamente entre la Pro-

vincia de Mendoza, representa-da por el Sr. ex Ministro de SaludDr. Matías Ernesto Roby y laspersonas que se mencionan,quienes se desempeñaron en ladependencia que se indica yreconózcanse los servicios pres-tados por tal concepto, en dichoperíodo:Área Sanitaria LavalleA partir del 01 de abril de 2014 yhasta el 31 de diciembre de 2014Locación de Servicios Profesiona-lesLic. Cepedal, Laura Noelia, DNI N°26.551.652, Expediente 394-A-13-04826, Fs. 56 y 57Odont. Retamal, Mariela ElbaGriselda, DNI N° 26.239.464, Ex-pediente 400-A-13-04826, Fs. 47y 48Lic. Cabrillana, María Victoria, DNIN° 28.341.619, Expediente 393-A-13-04826, Fs. 57 y 58Dra. Rodríguez, Claudia Graciela,DNI N° 20.400.688, Expediente401-A-13-04826, Fs. 50 y 51Locación de ServiciosDn. Sosa, Edgardo DavidGregorio, DNI N° 36.581.732, Ex-pediente 405-A-13-04826, Fs. 40y 41Da. Siliprandi, María Lorena, DNIN° 27.931.933, Expediente 403-A-13-04826, Fs. 48 y 49Da. Pedernera, Carla Gisella, DNIN° 34.279.291, Expediente 399-A-13-04826, Fs. 49 y 50Dn. González, Alejandro Mateo,DNI N° 32.116.903, Expediente408-A-13-04826, Fs. 42 y 43Dn. Silvares Ochoa, Marcos Mi-guel, DNI N° 36.963.806, Expe-diente 406-A-13-04826, Fs. 42 y 43Da. González, Valeria Belén, DNIN° 27.763.870, Expediente 404-A-13-04826, Fs. 44 y 45Da. Maldonado, Adriana Viviana,DNI N° 21.884.546, Expediente402-A-13-04826, Fs. 46 y 47

Artículo 2° - Ténganse poraprobados por el período que sedetalla los Contratos de Locaciónde Servicios Profesionales y deLocación de Servicios, celebra-dos oportunamente entre la Pro-vincia de Mendoza, representa-da por el Sr. ex Ministro de SaludDr. Matías Ernesto Roby y laspersonas que se mencionan,quienes se desempeñaron en ladependencia que se indica yreconózcanse los servicios pres-tados por tal concepto en dichoperíodo:Área Sanitaria LavalleA partir del 01 de abril y hasta el 31de diciembre de 2014Locación de Servicios Profesiona-lesOdont. De La Rosa, Sandra Bea-triz, DNI N° 18.514.498, Expedien-te 165-D-14-04826

Dr. Straniero, Marcelo Mario, DNIN° 12.841.833, Expediente 168-D-14-04826.Locación de ServiciosDa. Soria, Johana Carolina, DNIN° 33.578.961, Expediente 167-D-14-04826Da. Molina, Patrocinia Verónica,DNI N° 29.875.144, Expediente176-D-14-04826Da. González, Analía Alejandra,DNI N° 32.510.752, Expediente166-D-14-04826Dn. Jofré, Nelson Antonio, DNI N°31.813.138, Expediente 174-D-14-04826Dn. Jofré, Oscar Antonio, DNI N°27.405.043, Expediente 175-D-14-04826

Artículo 3° - Ténganse porbien pagados los honorariospercibidos por las personasque se mencionan en los Arts.1° y 2° del presente decreto,gasto que fue atendido por Te-sorería General de la Provin-cia, con cargo a las siguien-tes partidas del PresupuestoAño 2014:Cuenta General: S96048 41305095 - S96048 41305 000Unidad de Gestión: S48013

Artículo 4° - Comuníquese,publíquese, dése al Registro Ofi-cial y archívese.FRANCISCO HUMBERTO PEREZOscar E. Renna____________________________

DECRETO N° 2.069

Mendoza, 19 de noviembre de2015

Visto el expediente 5828-D-15-77770, en el cual obra la renunciapresentada por Dn. Federico Ja-vier De Marchio al cargo de Ase-sor de Gabinete del Ministerio deSalud, designado por Decreto N°871/15.

Por ello,EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Acéptese la re-

nuncia presentada por Dn. Fe-derico Javier De Marchio, DNIN° 25.034.852, CUIL N° 20-25034852-6, al cargo de Ase-sor de Gabinete del Ministeriode Salud, Clase 071 - Cód. 01-2-00-04 - Ministerio de Salud -Carácter 1 - Unidad Organiza-tiva 01.

Artículo 2° - Dése por termina-da la Reserva de Empleo, en lostérminos del Art. 61 de la Ley N°5811 y normas complementarias,dispuesta por el Artículo 8° del De-creto N° 871/15 de Dn. FedericoJavier De Marchio, DNI N°25.034.852, CUIL N° 20-25034852-6.

86 BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 7 de enero de 2016

Artículo 3° - Lo dispuesto porel presente decreto rige a partir del2 de noviembre de 2015.

Artículo 4° - Comuníquese,publíquese, dése al Registro Ofi-cial y archívese.FRANCISCO HUMBERTO PEREZOscar E. Renna____________________________

DECRETO N° 2.208

Mendoza, 23 de noviembre de2015

Vista la necesidad de dejar sinefecto la reserva de empleo dis-puesta por el Decreto N° 629/15;

Por ello,EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Déjese sin efec-

to, la reserva de empleo otorga-da mediante Decreto N° 629/15y reintégrese a partir del 24 denoviembre de 2015, a la señoraGabriela Lourdes Von Zedtwitz,c lase 1975, D.N.I . N°24.897.373, CUIL N° 27-24897373-6 - al cargo Clase 014- Código Escalafonario: 15-8-08-03 - Jefe División Administra-tivo - Jurisdicción 08, Carácter1, Unidad Organizativa 75 - delMinisterio de Salud.

Artículo 2° - El presente de-creto será refrendado por los Se-ñores Ministros de Salud, de In-fraestructura y de Secretaría Ge-neral Legal y Técnica de la Go-bernación.

Artículo 3° - Comuníquese,publíquese, dése al Registro Ofi-cial y archívese.FRANCISCO HUMBERTO PEREZOscar E. RennaRolando Daniel BaldassoFrancisco Ernesto García Ibáñez____________________________

DECRETO N° 2.258

Mendoza, 23 de noviembre de2015

Visto el expediente 5947-D-15-77770, en el cual obra larenunc ia presentada por e lLic. Juan Pablo Parapuño alcargo de Asesor de Gabinetedel Ministerio de Salud, desig-nado med ian te Dec re to N°165/14,

Por ello,EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Acéptese la re-

nuncia presentada por el Lic.Juan Pablo Parapuño, DNI N°29.385.773, al cargo de Clase073 - Cód. 01-2-00-06 - Asesorde Gabinete - Jurisdicción 08 -Ministerio de Salud - Carácter 1 -

Resoluciones

MINISTERIO DE SEGURIDAD______

RESOLUCION N° 2.213 -S-

Mendoza, 20 de agosto de2015

Visto el expediente N° 5595-D-2015-00106; yCONSIDERANDO:

Que en las citadas actuacio-nes se solicita la baja obligatoriadel Oficial Ayudante -Personal Po-licial- Martín Manuel Villar Ferreyra,por la aplicación de lo previsto enel artículo 58 inciso 4) de la Ley N°6722;

Que fs. 2 obra División Sani-dad Policial informa que el OficialAyudante Martín Manuel VillarFerreyra, no se encuentra en con-diciones para la función policial enforma definitiva;

Que analizadas las presen-tes actuaciones su situaciónadministrativa funcional se en-cuentra en lo previsto en el ar-tículo 58 inciso 4) "Cuando enlos exámenes psicofísicos pe-riódicos surgiere una disminu-ción grave de sus aptitudes pro-fesionales y personales que leimpidiere el normal ejercicio dela función policial", de la Ley N°6722.

Por ello y atento a lo dictami-nado por Dirección de AsesoríaLetrada a fs. 09 y conforme lo es-tablecido por el artículo 11 del De-creto-Acuerdo N° 565/08 ymodificatoria,

EL MINISTRO DE SEGURIDADRESUELVE:

1°) Tener por dado de baja obli-gatoria, a partir del 13 de mayo de2015, de conformidad a lo dis-puesto en el artículo 58 inc. 4) dela Ley N° 6722, en el cargo Clase

OBRA SOCIALDE EMPLEADOS PUBLICOS

DE MENDOZA______

RESOLUCIÓN Nº 2.937

Mendoza, 3 de diciembre de2015

Visto: el Expte Nº 014783-D-2015, caratulado: "Dirección deAtención y Servicios Al Afiliado, mo-dificación cuota de voluntarios2016" yCONSIDERANDO:

Que por la presente pieza ad-ministrativa la Dirección de Aten-ción y Servicios al Afiliado, solicitase evalúe la posibilidad de esta-blecer un aumento en la cuotamensual para el año 2016 paraAfiliados Voluntarios a cargo deestatales, Sistema de Afiliación In-dependiente, Afiliados provenien-tes de Convenios con origen en elSistema de Entidades Intermediasy establecer nuevos valores paralos aranceles de exámenes deAdmisión Médica.

Que el Artículo 2º de la CartaOrgánica de OSEP determina doscategorías de afiliados, en funciónde su modalidad de incorporacióna la Obra Social: obligatorios y vo-luntarios.

Que el segmento de afiliadosvoluntarios incluye a los afiliados"a cargo de obligatorios", "inde-pendientes", "por convenio" y "porcontinuidad desde la afiliación obli-gatoria".

Que el aporte de los obligato-rios está fijado por Ley como unporcentaje de sus haberes, mien-tras que la misma Ley estableceque será la OSEP, a través de su

Directorio, la que por Resolucióndeterminará las cuotasasistenciales de los voluntarios ylas condiciones para su incorpo-ración, teniendo en cuenta la si-tuación técnico-financiera asícomo la equidad entre losaportantes a un sistema solida-rio.

Que por los aumentos progre-sivos sufridos en medicamentos,insumos, prácticas y prestacionesasistenciales, las cuotas actual-mente vigentes para los afiliadosvoluntarios han sufrido un des-ajuste con la realidad de sus cos-tos, por lo que resulta necesarioefectuar una actualización quepermita el mantenimiento de losservicios.

Que siendo la prioridad de laOSEP administrar y cuidar el capi-tal generado por sus afiliados obli-gatorios, debe en función de susnecesidades actuales ejercer sufacultad de determinar el valor delas cuotas de afiliación voluntariaque se aplicarán en el año 2016.

Que uno de los parámetros atener en cuenta al momento de de-terminar el valor de las cuotas delos afiliados voluntarios es que elvalor del Per Cápita del AfiliadoVoluntario no debe ser inferior alPer Cápita del Afiliado Obligatorio.

Que obra propuesta de análi-sis realizado por la Subdirecciónde Finanzas y Presupuesto sobrelos nuevos valores para los cua-les se tuviera en cuenta todos lospuntos mencionados y se estable-ciera el mecanismo a partir delcual se seguirá rigiendo para pos-teriores análisis.

Que se propone que la Subdi-rección de Finanzas y Presupues-to deberá rever la situación a finde determinar otro posible incre-mento a partir de Junio 2016.

Que toma conocimiento la Di-rección de Atención y Servicios alAfiliado del Interior y Gran Mendo-za, sugiriendo la propuesta de in-cremento de cuotas del 25% des-de Febrero 2016.

Que obra dictamen legal emi-tido por la Subdireccion de Asun-tos Juridicos, sin objeciones a loactuado.

EL H. DIRECTORIODE LA OBRA SOCIAL

DE EMPLEADOS PUBLICOSRESUELVE:

Artículo 1º - Autorizar a partir del01 de febrero de 2016, el aumen-to de los importes y en los perio-dos que se indican a continuaciónpara las cuotas mensuales de losVoluntarios Independientes, en loscuales se encuentra ya incluido elFEC, como así también el Anexo Ique forma parte integrante de lapresente norma legal:

002, Régimen Salarial 12, Agrupa-miento 1, Tramo 01, Subtramo 02,U.G.E. J00110, al Oficial Ayudante-Personal Policial- Martín ManuelVillar Ferreyra, D.N.I. N°29.267.720, CUIL N° 20-29267720-1.

2°) Remitir las presentes ac-tuaciones a Dirección de Adminis-tración a fin de determinar la posi-ble percepción irregular de habe-res por parte del Oficial AyudanteP.P. Villar, y en su caso, iniciar eltrámite pertinente para la restitu-ción de los mismos.

3°) Emplazar al administrado,conforme lo dispuesto en el artí-culo 1°), a realizar la devoluciónde los Bienes provistos por el Es-tado.

4°) Comuníquese, notifíquesee insértese en el Libro de Resolu-ciones.

Leonardo Comperatore5/6/7/1/2016 (3 P.) S/Cargo_________________________________

Unidad Organizativa 01, desig-nado por Decreto N° 165 de fe-cha 27 de enero de 2015.

Artículo 2° - Dése por termi-nada la Reserva de Empleo delLic. Juan Pablo Parapuño, DNIN° 29.385.773, dispuesta me-diante Decreto N° 1117/15 y re-intégrese al cargo de Clase 013- Lic. en Comunicación Social -Cód. 15-3-01-00 - Unidad Orga-nizativa 01 - Carácter 1 - Juris-dicción 08.

Artículo 3° - Lo dispuesto porel presente decreto rige a partir del1 de diciembre de 2015.

Artículo 4° - Comuníquese,publíquese, dése al Registro Ofi-cial y archívese.FRANCISCO HUMBERTO PEREZOscar E. Renna

BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 7 de enero de 2016 87

MUNICIPALIDAD DE GENERAL ALVEAR________

ORDENANZA Nº 4.200

Visto: El Expte. 6824-"D"-15, por el cual el Dirección de Rentas: S/Modificación Ordenanza Código Tributario para el Ejercicio 2016, y;CONSIDERANDO:

La Ordenanza Tributaria vigente durante el año 2.015.Que la precitada normativa es susceptible de modificaciones para

el ejercicio 2.016, y por ende Dirección General de Rentas de la Muni-cipalidad de General Alvear sugiere modificaciones en pos de lograruna mayor eficacia en el sistema tributario actual, con el consiguientebeneficio para el erario público.

Que conforme a ello, resulta una necesidad recaudatoria y admi-nistrativa las modificaciones que mediante este proyecto se preten-den.

Que en Sesión de la fecha, se da por aprobado el mencionadodictamen por unanimidad.-

Por ello: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.;en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

ORDENANZA:Artículo 1º - Apruébese el Código Tributario - Libro I, Código Tribu-

tario, Libro II Ordenanza Reglamentaria - Libro III y Ordenanza TarifariaAnual para el Ejercicio 2016, enviado por el D.E. Municipal bajo Expte.6824-"D"-15, con las siguientes modificaciones, a saber:

Artículo 2° - Se modificara en el Art. 178) inc.b)2), quedando re-dactados de la siguiente manera:

ORDENANZAS

El afiliado mantendrá la cate-goría de cuota correspondiente algrupo de edad con que se incor-poró al sistema, salvo en el casode los hijos al cumplir 21 años, lacuota a aplicar es de adherentemenor de 40 años.

Artículo 2º - Disponer que apartir de la cuota que tiene venci-miento el día 10 de marzo de2016, todos los afiliados Volunta-rios a través de Entidades Inter-medias que continúen a través deafiliacion voluntaria Independien-te se le actualizará la cuota a laedad de ingreso al sistema conlos valores de AVI de acuerdo a laResolución vigente.

Artículo 3° - Establecer que losafiliados de la categoría "Resolu-ción 707/00", para quienes se fija-ron mediante el Art. 3º de la Reso-lución Nº 2518/10, normado por laResolución 1700/00 y actualizacio-nes, se les aplica las cuotas igua-les a las correspondientes a me-nores de 40 años e hijos meno-res de los Voluntarios Indepen-dientes, según correspondiera acada tipo de integrante del grupofamiliar inicial, sufrirán los mismosincrementos. La incorporación deun nuevo integrante al grupo origi-nal o el cambio de condición decualquiera de sus integrantes pro-ducirá la transferencia de todo elgrupo al Sistema de Afiliación Vo-luntaria Independiente.

Artículo 4º - Disponer que losafiliados voluntarios del SistemaObligatorio abonarán en concep-to de cuota de afiliación, los si-guientes importes:

Desde Febrero 2016Voluntariosen general $ 745 + $ 3 FECVoluntarios estu-diantes educa-ción terciaria $ 371 + $ 3 FECVoluntarios acargo s/art. 3ºRes.1238/05 $ 1.105 + $ 3 FEC

Artículo 5º - Acordar que apartir de las cuotas cuyos venci-mientos operen el 10 de Febre-ro o bien el 10 Marzo de 2016,según los términos de los con-venios vigentes con cada Enti-dad, los actuales afiliados delSistema de Entidades Interme-dias verán incrementadas suscuotas en el mismo porcentajeque se aplica para el régimende Voluntarios Independientes,según se detalla en Anexo I, queforma parte de la presente nor-ma legal.

Artículo 6º - Establecer el re-cargo por mora que se aplicaen el 2do. Vencimiento de lasChequeras de Pago de Cuotasde Afiliados Voluntarios en $25,a partir de la entrega de lasnuevas chequeras para el año2016.

Artículo 7° - Fijar a partir del 01de febrero de 2016 el arancel paraexámenes de Admisión Médica, enlos siguientes importes:Adultos $ 294Niños $ 203Papanicolauy colposcopía $ 490Otoemisionesacústicas $ 245Exámenes de adultosy niños Malargüey G. Alvear $ 171

Artículo 8º - Encomendar du-rante el año 2016 a la Subdi-rección de Finanzas y Presu-puesto a efectuar los actos úti-les necesarios, a fin de deter-minar si fuese necesario la apli-cación de nuevos valores decuotas al Sistema de AfiliaciónVoluntaria a partir del mes deJunio 2016.

Artículo 9º - Encomendar ala Secretaría de Comunicacio-nes que proceda a dar publici-dad en el Boletín Oficial de lodispuesto en la presente Re-solución.

Artículo 10º - Ordenar su notifi-cación, comunicación y posteriorarchivo en el Registro de Resolu-ciones.

Aprobado por Acta Nº 49 - Se-sión Ordinaria de fecha: 03-12-2015

Alberto L. E. RecabarrenDirector General O.S.E.P.

_______

ANEXO ICUOTAS DE AFILIACIÓN

PARA ENTIDADES INTERMEDIASAÑO 2.016

Entidades con Convenio:Cámaras de Comercio de LasHeras.Centro de Almaceneros.Colegio de Agrimensores, Co-legio Farmacéutico.

Cooperativas: Farmacéutica,Vitivinifrutícola Gral. Alvear, El Re-tiro, Revitrans, Terminal del Sol,Inca Editorial.Instituto Provincial de la Vivien-da - Contratados.Inspección de Seguridad(Pasantias).Fondo para la Transformación yel Crecimiento (Contratados yPasantes).Municipalidades de Godoy Cruzy Maipú (Locaciones de servi-cio).Secretaría de Turismo, Hospi-tales El Sauce y Carlos Pereyra- Pasantes.Contratos de Locación de Servi-cios OSEP.

Convento Carmelo del EspirituSanto y María Madre de la Iglesia:

Marzo 2016Cuota Mensual $ 756Caja de Jubilaciones y Pensionesde Escribanos:

Marzo 2016Afiliadosconvenio anterior $ 1.003Afiliadosconvenio nuevo $ 1.150Federación Bomberos Voluntariosde Mendoza:

Marzo 2016Titularesy cónyuges $ 885Hijos menoresde 21 años $ 590Ministerio de Hacienda:Pasantías

Marzo 2016Titular de 18a 26 años $ 769Titular de 27a 39 años $ 885Titular de 40a 44 años $ 1.038

Todas las cuotas estipula-das precedentemente incluyenel FEC.

Para los afiliados titularesy los familiares de titulares ac-tuales que ingresen en el futu-ro a través de estas entidades,se aplicará el régimen de cuo-tas del Sistema de Afil iaciónVoluntaria Independiente, deacuerdo a la edad con la quese registre el ingreso a la ObraSocial.

TIPO DE AFILIADO

- Plan Novo 615 $ 769

- Titular menor de 40 años 708 $ 885

- Cónyuge o adherente menor de 40 años 660 $ 825

- Titular entre 40 y 49 años 830 $ 1.038

- Cónyuge o adherente entre 40 y 49 años 733 $ 916

- Titular entre 50 y 59 años 993 $ 1.241

- Cónyuge o adherente entre 50 y 59 años 896 $ 1.120

- Titular entre 60 y 65 años 1.653 $ 2.066

- Cónyuge o adherente entre 60 y 65 años 1.559 $ 1.949

- Hijo primero y segundo menores de 21 años 472 $ 590

- A partir del tercer hijo menor de 21 años 400 $ 500

CUOTA desde Jul-15

C UOTA desde Feb-16

88 BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 7 de enero de 2016

Varios:Cámara séptica 109,95Interceptores de nafta, cada uno 12,41Pozos absorbentes, cada uno 12,41Pozo impermeable, cada uno 32,23Pozo de bombeo de líquidos cloacales cada uno 146,62Bomba con motor para elevar líquidos cloacales, cada una 182,78Bomba con motor para elevar agua, cada una 139,29Bomba de mano, cada una 12,41Tanque de 1.000 litros, cada uno 27,84Intermediario, cada uno 29,98Tanque mayor de 850 litros,cada uno 25,61Tanque menor de 850 litros,cada uno 21,98Para determinar el derecho de aprobación de planos e inspecciónde obras sanitarias, la suma resultante de los importes consigna-dos precedentemente, se aplicará el porcentaje del 50,00% (Cin-cuenta por ciento)

c) Ocupación de la vía pública para conexiones sanitarias:Por cada conexión de obras sanitarias se abonará en concepto deocupación de la vía pública, los siguientes derechos:Calles pavimentadas 63,13Calles sin pavimentar 31,56

d) Línea y niveles:Línea, se abonará 48,96Nivel, se abonará 48,96En el cementerio Línea y Nivel 48,96En el cementerio construcción Cordón y Capilla 48,96Para cercos y veredas 48,96

e) Certificados:Final de obras terminadas,por cada uno 51,00De habitabilidad, por cada uno 51,00Certificado de propiedad 51,00Varios (no especificados) 51,00

f) Visación y aprobación de planos:Todo expediente iniciado, por el cual se solicita la aprobación ovisación de planos, será aforado con los siguientes valores o losvigentes al momento de aprobarse o visarse los planos.1) Visación de planos de edificios, por cada copia 6,492) Visación de planos de subdivisión de propiedades

ya loteadas 10,353) Visación de planos para loteos 83,044) Aprobación de planos ya aprobados por cada copia 152,49

g) Inspecciones:Por cada inspección de edificios solicitada con intervencióndel Ingeniero de Obras Publicas e informe técnico 59,90

h) Desarchivo de expedientes:Por cada desarchivo de expediente de construcciónpara consulta y otros casos 30,00

i) Avance sobre la línea Municipal:Se cobrará por metro cuadrado,según detalle que sigue:1) Dentro del radio urbano, calles asfaltadas

u hormigonadas 18,702) Dentro del radio urbano, calles de tierra 11,45

j) Intimaciones:Cuando medien emplazamientos por infracciones alReglamento en vigencia, se adicionará a las multascorrespondientes, de acuerdo a lo establecido por elArt. 80 del Código Tributario, Libro II, un importe por ca-da intimación realizada de 15,19

k) Venta de planos de edificación:Nro. 14 - de 40 m2 126,32

l) Cierre de seguridad de construcciones:Se cobrará por cada metro lineal ocupado 1,76

Artículo 5° - Se modifica límites de potencia e incrementos en losArt. 364 ) y 365), y cambio de texto en el inc.e); quedando de la siguien-te manera

ART. 364) Control y habilitación de instalaciones eléctricas, sepagará:De uno (1) a tres (3) H.P. 5,49De cuatro (4) a siete (7) H.P. 10,98De ocho (8) a diez (10) H.P. 16,47De más de diez (10) H.P. pagarán 16,47 más 2,46por cada H.P. que exceda de diez (10) H.P.

ART. 178) b)- 2)-En caso de no poder pagar la deuda de la Cuentacomercial a cerrar, podrá efectuar un Plan de pagos en 3 cuotas,previa cancelación de los seis bimestres del ejercicio actual.

Artículo 3° - Se modificarán los valores en el Art.398) inc.3) a),quedando de la siguiente manera:3) Transferencias:1) Por transferencia de inmuebles con servicios en

la Municipalidad, se pagará por cada una de ellas: 53,502) Por transferencia de inmuebles sin servicios en la

Municipalidad, se pagará por cada una de ellas (Sellado) 50,003) Por hipoteca de inmuebles en la Municipalidad, se

pagará por cada una de ellas(sellado) 50,004) Por transferencia I.P.V. con servicios s/Ord.3129HCD,

se pagará por c/u 25,00Artículo 4° - Se modificarán los valores en el Art. 370) Cod.11),

quedando de la siguiente manera:Art. 370) COD.11) Para determinar el derecho, se tomaran lassiguientes valuaciones, aplicando sobre las mismas, el coefi-ciente del seis con noventa por ciento (6.90%) a excepción delas obras efectuadas en los cementerios, a cuyos valores seaplicara el coeficiente del veinticuatro con 26 por mil (24,26‰)

En caso de construcción de viviendas de barrio, tributarán enconcepto de aprobación de planos el cincuenta por ciento (50%) delaforo que resulte de la aplicación de los coeficientes mencionadosprecedentemente.

Tipo de Edificación 1ª categ. 2º categ. 3ªViviendas 1° Categ. 136,45Viviendas 2º Categ. 102,69Viviendas 3º Categ. 67,77Salones p/Negoc. y/u Of. 1º Categ. 102,69Salones p/Negoc. y/u Of. 2º Categ. 75,37Salones p/Negoc. y/u Of. 3º Categ. 51,28Galpones 1º Categ 52,85Galpones 2º Categ 27,13Galpones 3º Categ 15,65Panteones(por cada catre)1ºCateg 299,04Panteones(por cada catre) 2ºCateg 224,24Panteones(por cada catre) 3º Categ 149,12Nicheras (por cada catre) 1º Categ 199,35Nicheras (por cada catre) 2º Categ 149,49Varias (no especificadas) 1º Categ 7,83Varias (no especificadas) 2º Categ 5,62Tinglados: El metro cuadrado desuperficie cubierta se valúa en 39,72Bodegas: Piletas, por litro de capa-cidad, se valúa la construcción en 0,01Bocas de Nichos: En mármol, en ma-

dera, hierro o similar, por cada nicho 45,90Derechos Varios:a) Refacciones:

Por abrir o trasladar puertas, ventanas, portones y vidrieras 9,02Por trabajos no especificados en el apartado anterior 9,02

b) Aprobación de planos e inspección de obras sanitarias:Recintos sanitarios:Baño principal bajo, por cada uno....... 51,30Baño principal alto, por cada uno....... 68,86Baño secundario bajo, por cada uno...... 41,76Baño secundario alto, por cada uno...... 51,00Toilette bajo, por cada uno ............ 32,23Toilette alto, por cada uno ............ 49,11Baño de servicio bajo, por cada uno..... 24,88Baño de servicio alto, por cada uno..... 39,54Artefactos:Slop-sink bajo por cada uno ............ 19,75Slop-sink alto por cada uno ............ 29,29Mingitorio bajo, por cada uno .......... 6,34Mingitorio alto, por cada uno .......... 16,08Pileta de cocina baja, por cada una .... 14,63Pileta de cocina alta, por cada una .... 21,98Pileta de lavar,lavamanos o lavacopas baja por cada una 7,29Pileta de lavar,lavamanos o lavacopas alta por cada una 14,60Fuente de beber, por cada una 27,08Salivera, por cada una 18,27

BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 7 de enero de 2016 89

a) FAMILIAR, hasta diez (10) bocas 38,00Más de diez (10) bocas 38,00; más 2,20 por cadaexcedente de boca (hasta 150W por boca)Más de 5 HP; 2,46 por cada HP que exceda

b) COMERCIAL, hasta diez (10) bocas 52,78Más de (10) bocas 52,78; más 2,64 por cadaexcedente de boca (hasta 200W de boca)Más de 5 HP; 2,96 por cada HP que excedente.

b) INDUSTRIAL, hasta diez 10) bocas 63,33Más de 10 bocas 63,33; mas 2,42 por cadaboca que exceda.Más de 5 HP; 2,71 por cada HP que exceda

d) Para BOMBAS Y MOLINOS exclusivamente 250,00Más de 5 HP; 2,71 por cada HP que exceda

e) RECONEXION , CAMBIO DE SITIO DE MEDIDOR,O CAMBIO DE MONOFASICO A TRIFASICO OVICEVERSA aforo único 38,00

Por cada aprobación de planos de electricidad solamente, abo-nar a el derecho similar al de la conexión que hubiere corres-pondido.La empresa de electricidad que autorice la instalación sin pre-vio permiso Municipal, se sancionará con multas que estable-cerá el D.E. Municipal.ART.365) Instalaciones de carácter precario:a) Para parques, circos, etc. 350,00b) Para obras en construcción (hasta 5 H.P.) 73,89

Más de 5 H.P . 3,17 p/cada H.P. que excedac) Para obras por tiempo menor: (hasta 5 H.P.) 38,00

Más de 5 H.P. . 2,11 p/cada H.P. que excedad) Para construcción de viviendas familiares 38,00

Por cada inspección eléctrica que se realicea partir de la segunda, se cobrará 22,00

Artículo 6° - Se modificara el texto del Art.289 ); quedando de lasiguiente manera:

ART. 289) Las instalaciones para parques, circos y obrasde tiempo menor, no serán autorizadas por tiempo mayorde sesenta (60) días. Con un máximo de renovación dedos (2).-

Artículo 7° - Se modificara el Art.345) incorporándose el inc.b) y c);quedando de la siguiente manera:

Prohibiciones:ART. 345) a) Aleros en Nichos: Está totalmente prohibido colo-car toldos, techos o estructuras en nicheras particulares a unaaltura menor a 2,20mts. No podrán tener parantes de apoyo enla vereda y en los laterales que impidan el normal tránsito de losvisitantes. Estas estructuras deberán ser autorizadas por la Sub-Dirección de Obras Privadas dependiente de la Secretaría deObras y Servicios Públicos.-b) Placas cerámica: Queda prohibida la colocación de placas

cerámicas en las bocas o tapas de nichos municipales, paraevitar el deterioro de los mismos.

c) Canteros, maceteros, etc.: Queda prohibido la construc-ción y colocación de canteros, maseteros o cualquier obje-to de ornamentación en las veredas que impida u obstruyael normal tránsito de los visitantes, o que impida el trabajode traslados dentro y fuera de los cementerios departa-mentales.

Artículo 8° - Incorpórese el Art.337) al Art.340) con los inc.a) y b);quedando de la siguiente manera:

ART. 340) a)Los cortejos fúnebres provenientes de las aveni-das principales, deberán desviarse en la primer arteria con ac-ceso al cementerio.-

b) Elementos funerarios: Queda prohibida la exhibición de ataú-des, carrozas y demás artículos fúnebres en la vía pública oque puedan ser vistos desde la misma.-

Artículo 9° - Incorpórese en el Art.337) el nuevo texto; quedandode la siguiente manera:

ART. 337) Las construcciones en cementerios de Bowen,San Pedro del Atuel y Ciudad deberán hacerse únicamen-te en hormigón armado; esta disposición se cimienta enlas dimensiones de los lotes de 1,25mts. de ancho por2,50mts.de largo y las paredes deberán ser de 10cm. deancho dejando un espacio operativo de 1,00mts. para no

impedir la colocación de cualquier tipo y dimensiones deataúdes, como así también resguardar la durabilidad dela construcción.

Artículo 10° - Increméntese los Art. 380, 381, 382, 383, 384, 385, 386,387, 388, 389, 390, 391, 392) y 394,397); quedando de la siguiente manera:

ART. 380) Concesión de Nichos (15 años):En todas sus plantas, cuerpos, letras y filas,por cada nicho 928,23Por más de 10 Nichos 10% descuento.ART. 381) Concesión de terrenos:1) En todas sus letras y secciones por 15

(quince años, el lote 835,412) En todas sus letras y secciones por 30(treinta años, el lote 1856,51ART. 382) Arrendamiento de Nichos por UN AÑO; CEMENTERIOCIUDAD:En todas sus planta, cuerpos, letras y filas,por cada nicho 111,38ART. 383) Arrendamiento de sepulturas en tierra por UN AÑOEn todas sus letras y secciones el lote 55,65CEMENTERIO DE BOWEN:ART. 384) Concesión de Nichos (15 años):En todas sus plantas, cuerpos, letras y filas,por cada nicho 928,23Por más de 10 Nichos 10% descuento.-ART. 385) Concesión de terrenos:1) En todas sus letras y secciones por 15

(quince años, el lote 835,412) En todas sus letras y secciones por 30

(treinta años, el lote 1856,51ART. 386) Arrendamiento de Nichos por UN AÑO:En todas sus planta, cuerpos, letras y filas,por cada nicho 111,38ART. 387) Arrendamiento de sepulturas en tierra por UN AÑOEn todas sus letras y secciones el lote 55,65CEMENTERIO DE CARMENSA:ART. 388) Concesión de Nichos (15 años):En todas sus plantas, cuerpos, letras y filas,por cada nicho 928,23Por más de 10 Nichos 10% descuento.ART. 389) Concesión de terrenos:1) En todas sus letras y secciones por 15

(quince años, el lote 835,412) En todas sus letras y secciones por 30

(treinta años, el lote 1856,51ART. 390) Arrendamiento de Nichos por UN AÑO:En todas sus planta, cuerpos, letras y filas,por cada nicho 111,38ART. 391 Arrendamiento de sepulturas en tierra por UN AÑOEn todas sus letras y secciones el lote 55,65ART. 392) Derechos de ingreso, exhumación, traslado o reduc-ción:a) Por derecho de ingreso a los Cementerios, se pagará:

1) Carroza fúnebre 48,082) Por cada porta corona 106,153) Furgón fúnebre (sin cargo)4) Colocación tapa yeso 38,72

b) Derechos de ingreso de cadáveres:1) Panteones y Mausoleos 290,082) Nichos Municipales 135,293) Nicheras y nichos 77,274) Sepulturas en tierra por 30 años 28,705) Sepulturas en tierra por 15 años 28,706) Sepulturas en tierra por arrendamiento 28,707) Pobres de solemnidad (sin cargo)

c) Exhumación, traslado o reducción:1) Fuera del Departamento 174,052) Locales de uno a otro Cementerio del Departamento 75,903) Dentro de un mismo cementerio 37,904) Reducción de cadáveres 37,905) Exhumación de cadáveres 37,90

ART. 393) Derogado por duplicidad en la Ord.2005.

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TITULO XITASAS DE ACTUACION ADMINISTRATIVA

ART. 394) Solicitudes de construcción en general:a) Construcción en general, cementerio y conceptos varios, son

establecidos en el Libro IIb) Por solicitud de inspección de obras y electricidad 30,00ART. 397) Tramitación por alquiler o concesión en el cementerioa) Solicitudes por alquiler o concesión 30,00b) Títulos:

1) Terrenos para sepulturas 30,002) Terrenos para mausoleos 30,003) Nichos 30,004) Duplicados de títulos 30,00

Artículo 11° - Se incrementara en el Art. 396 ) inc.26) y se derogarael inc. 27); quedando de la siguiente manera

26) Valor de la tarjeta de Estacionamiento Medido (1 hs) 5,0027) derogadoArtículo 12º - Se unificara el valor de la multa en el Art.407);

quedando de la siguiente maneraART. 407) Multas por infracciones a los siguientes artículos:I) Los infractores a la Ordenanza 3561-3737 del S.E.C., seránsancionados:1) Estacionar sin tarjeta, con tarjeta sin marcar, tarje-

tas incompletas, adulteradas conjunta o indistin-tamente, ocupar dos cubículos de estacionamientoun mismo vehículo, estacionar en cubículo parapersonas con discapacidad sin certificado u obleacorrespondiente 350,00

2) Continuar estacionado después de vencido el perio-do autorizado por la tarjeta de estacionamiento,tarjeta mal marcada, estacionamiento de vehículosy/o rodados de cualquier naturaleza en puentes yveredas, y aquellos que de cualquier modo invadanla circulación peatonal en el ámbito del S.E.C. 350,00

Artículo 13º - Se incorporara al Art. 245 ) el inc.2); quedando de lasiguiente manera

ART. 245) a). . .b) 1) Se establece el Sistema de Estacionamiento Controlado -

S.E.C.- dentro del ejido urbano de la Ciudad de General Alvear(Mza.), dentro del radio demarcado. El estacionamiento serácontrolado mediante tarjetas impresas que permitan decla-rar: año, mes, día, hora y minutos; como así también marcarletras y dígitos del dominio del vehículo estacionado. La tarje-ta habilitará el estacionamiento durante una (l) hora, pudien-do renovarse el período de estacionamiento mediante la ad-quisición de nuevas tarjetas. (Ord.3561).Serán pasibles de la multa que fija la Ordenanza TarifariaAnual (Art.407) inc.I)), los infractores a la Ordenanza 3561-3737 del S.E.C.-

2) Se efectuara la venta de tarjetas de Estacionamiento medidoen locales comerciales o venta directa por medio de Inspec-tores del S.E.C.Los comerciantes tendrán una reducción del 20% en la com-pra de tarjetas de Estacionamiento.Los Inspectores del S.E.C. percibirán por la venta de tarjetasde Estacionamiento un porcentaje del cincuenta por ciento(50%) en concepto de comisión de venta.

3) La prescripción de la acción de cobro por deuda de Estacio-namiento Controlado será de cinco (5) años.-

Artículo 14° - Se modificara el texto del Art.65 ); quedando de lasiguiente manera

ART. 65) El pago de los tributos, deberá realizarse en TesoreríaMunicipal, en la Oficina Municipal o institución que el D.E. esta-blezca, mediante dinero en efectivo, cheques, giro postal o ban-cario, estampillas fiscales, tarjetas de créditos, débito automá-tico y/o cualquier otro medio que al efecto establezca el Departa-mento Ejecutivo.-Facultase al D.E. Municipal a efectuar el cobro de los bimestresen vigencia o Planes de Pago vigentes por deudas vencidas de:Tasas por Servicios, Derechos de Comercio y Obras Reembol-sables a través del Descuento Directo del Bono de Sueldo aempleados Municipales, previa autorización por escrito del inte-resado (Ord. 2653)(firmando el respectivo formulario).

Artículo 15º - Se modificaran los valores del Art.379 ) inc.19) A) yB); quedando de la siguiente manera

Art.379A) POLIDEPORTIVO MUNICIPAL CIUDAD Y BOWEN:1) Público en general en balneario:

a) Entrada general: por persona y por día al balneario 10,00b) Temporada familiar (hasta 5 personas) 200,00c) Temporada Individual 150,00d) Empleado Municipal 50% (temporada familiar)

2) Colonia de vacaciones:a) Un (1) colono 150,00b) Dos (2) o más colonos 200,00c) Empleados Municipales 50%

B) AERO CLUB:1) Entrada general 5,00

a) Dcho. Uso pileta 10,002) Temporada:

a) Familiar 200,00b) Individual 150,00

Artículo 16° - Se modifican los valores y textos de los inc.7),8), 10)y 13). Derogando el texto del inc.9) y con corrimiento de inc. en del Art.379); quedando de la siguiente manera:7) Albergue Municipal: (con derecho a utilización de cama con colchón,

almohada, frazada y cubrecama, baños con sanitarios y duchas)(Ord.3833)Para menores de 18 años:Alojamiento sin ropa de cama 50,00Para mayores de 18 años:Alojamiento sin ropa de cama 50,00Si el evento programado se suspendiera, lo abonado se tomarápara la nueva fecha de realización, la que estará supeditada al ca-lendario de reservas.

8) Alquiler de las Instalaciones deportivas: (Ord. 3833)a) Utilización para actividades deportivas, sociales o culturales se

percibirá el 20% del valor de entradas, tarjetas, etc.b) Utilización para actividades deportivas, sociales o culturales cdo.

no se perciba un ingreso por cobro de entradas 1500,009) Prestaciones de servicios dependientes de la Dirección de Depor-

tes:a) Piso deportivo:

Clases de Aerobic´s, taekwondo, etc. (por mes por alumnomayor de edad) mensual 70,00 Diario 15,00Ligas municipales de hándbol, vóley, básquet y fútsal(carnet anual) 50,00

c) Alquiler de sillas:Por alquiler de cada silla del Polideportivo Municipal 2,00Servicio del Colectivo 123 Municipal:Se cobrara el servicio de colectivo Municipal por Km. Recorrido:

A) Recorrido inferior a 100 km. 100,00B) Recorrido entre 100 y 250 km. por km. 4,00C) Recorrido superior a 250 km. por km. 3,50

Artículo 17° - se agregara en el Art.61) el inc.b); quedando de lasiguiente manera:

ART. 61) a) Las resoluciones que apliquen multas o declaren lainexistencia de las infracciones presuntas, deberán ser notifica-das a los interesados comunicándoles al mismo tiempo en for-ma íntegra, los fundamentos.-Las multas aplicadas, deberán ser satisfechas por los respon-sables, dentro de los diez (10) días de quedar firme la resolucióndefinitiva.-b) En aquellos casos que se aplique sanción de multa (sin clau-

sura) a "comercios"; si no abonaran la misma dentro del plazoestablecido en el inciso anterior, el Municipio notificara en eldomicilio fiscal a fin de que sea satisfecha dentro de los 20días, acaecido el vencimiento, se procederá a la clausura dellocal comercial hasta tanto se efectivice el pago de la multaaplicada.-

Artículo 18° - Se deroga en el Art.405) el texto del inc.a) y se efec-tuara corrimiento de los incisos; quedando de la siguiente manera:

ART. 405) Solicitud de Servicios Municipales:El D.E. Municipal realizará la recolección únicamente de escom-bros en la vía pública hasta un metro cúbico y no podrá procedera la recolección de más cantidad. sin cargo

BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 7 de enero de 2016 91

Si el frentista no los retira en un lapso de 3 días, InspecciónGeneral notificará la obligación de retiro en 24hs., aplicando unasanción $ 400,00 por metro cúbico y retirándolos el Municipio.Ord.3610/09b) Para compra de ladrillos, a las personas, Asociaciones o Enti-

dades Intermedias que soliciten a través de Desarrollo Social(Ordenanza Nº3502) 0,20

c) Por el Servicio de uso de tractores, maquinarias y herramien-tas del Dominio Municipal y Contratados para el uso del Pro-ductores Agropecuarios (Ord.3239).1) Tractores de potencia igual o superior a 60HP,

la hora 300,002) Tractores de potencia menor a 60HP, la hora 200,00

d) Por la venta de barbechos producidos en conveniocon la Dirección de Recursos Naturales Renovables(por cada uno).- s/Ord. Nº 3320 0,80

Artículo 19° - Se incrementara en el Art.376) inc. K); quedando dela siguiente manera:k) Servicio de agua potable:

1) Por cada viaje de agua destinado a uso de piscina, riegoen domicilio particular, consumo de animales o uso co-mercial o industrial: radio urbano de Ciudad, Alvear Oeste,Bowen y Carmensa 1.000,00Artículo 20° - Se deroga el inc.2 del Art.368).-Artículo 21º - Se modifica en el Art.367) XXVIII) 9), quedando de la

siguiente manera:9) Máquinas tragamonedas y otros por máquina.-

(Ord. 1238 H.C.D.)…... 8 - 28 - 9 - 0 - 1 140,87Artículo 22° - Art.411) Se incrementará para el ejercicio 2016 : las

"Tasas por Servicios a la Propiedad Raíz" y "Derechos de Comercio,Industria y Actividades Civiles" en un 25 %.- (el presente incremento sefundamenta en el aumento de costos en la prestación de los ServiciosMunicipales.-)

Artículo 23° - Se modifica el art. Art. 379) COD. 20) 23), quedandosu texto de la siguiente manera:

Art.379) Cod.20) 23) "Las empresas de energía eléctricasC.E.C.S.A.G.A.L. y C.O.S.P.A.C., tributarán el seis (6) por ciento delas entradas brutas recaudadas por la venta de energía eléctrica,que deberán abonar mensualmente a la Municipalidad de Gene-ral Alvear (Mza) en concepto de Tributo por Uso del Espacio Aé-reo. (Ordenanza Nro. 3179)"Artículo 24° - Incorpórese el Art. 320 Bis) de la Ordenanza Regla-

mentaria Municipal, el cual quedará redactado de la siguiente manera:"Articulo 320 Bis): El productor que acredite su domicilio median-te R.E.N.S.P.A y/o R.U.T. (Registro único de Tierras) en el territoriodel Departamento de General Alvear, se beneficiará con el 20%de descuento en el cánon correspondiente a lo establecido en elArtículo 378 Cod. 19 Inc.d) punto 2_ Tasas por faenamiento deanimales menores de la Ordenanza Tarifaria para el Ejercicioaño 2016.-Artículo 25º - Se modifica el Inc. e) Remate de hacienda, tránsito

de ganado y frutos del país del Art. 378) COD. 19; el cual queda redac-tado de la siguiente manera:"e) Remate de hacienda, tránsito de ganado y frutos del país "Para efectuar remate de hacienda, se deberá previamente realizar

desinfección de las instalaciones y una vez controlado el trabajo porla Oficina de Veterinaria, deberá abonar los derechos de acuerdo ala siguiente escala:Hasta 800 animales, inclusive $ 3,00 por animalDe 801 a 1.500 animales, inclusive $ 2,00 por animalMas de 1500 animales $ 1,00 por animal

Artículo 26° - Incorporase el punto 100) en la Ordenanza TarifariaArt. 367) Cod.8) Inspección, Inscripción, Higiene y Control de Comer-cios, Industrias y Actividades Civiles - Derechos Anuales - CapítuloXXVIII - Juegos Permitidos; Título III: Derechos de Inspección y Controlde Seguridad e Higiene de Comercios, Industrias y Actividades Civiles,el cual queda redactado de la siguiente manera:" 10) CASINOS: Canon anual 8-28-10-0-1 $ 1.500.000"

Artículo 27º - Incorporase en la Ordenanza Reglamentaria, TítuloIV Capítulo III, Artículo 163), inciso f), el cual quedará redactado de lasiguiente manera:f) CASINOS:

Aplícase un Canon Anual a los Casinos que funcionen en el ejidomunicipal, establecido en la Ordenanza Tarifaria, rubro específico quetendrá una quita del 10 % para el caso de pago contado.

Los Fondos recaudados deberán ser depositados en una cuen-ta especial gestionada para tal fin, y el destino de los mismos serádistribuido de acuerdo a la reglamentación que el Honorable ConcejoDeliberante realizará dentro del Ejercicio año 2016.-

Artículo 28º - Se modifican los valores del Canon establecido por elinciso d) Por el Servicio de uso de tractores, maquinarias y herramientas delDominio Municipal; del Título XIII Rentas Diversas, Art. 405) Solicitud deServicios Municipales, el cual queda redactado de la siguiente manera:"1) Tractores de potencia igual o

superior a 60 HP, la hora $ 200,00 (Pesos Doscientos) 2) Tractores de potencia menor a

60 HP, la hora $ 150, 00 (Pesos Ciento Cincuenta).-Artículo 29º - Se incorpora el Artículo 359 Bis), disponiéndose la

facultad al Departamento Ejecutivo Municipal a través de la Direcciónde Rentas Municipal su reglamentación, mediante el cual se estable-ce el "servicio de informe de dominio de inmuebles o inhibición perso-nal, vía soporte Digital o soporte Papel expedido por el Registro de laPropiedad Inmueble Queda establecida la eximición de dicho canonpara aquellos trámites vinculados a Jubilaciones y/o pensiones míni-mas y cuestiones asistenciales, los cuales abonarán solo la tasa osellado que disponga el Registro de la Propiedad Inmueble".

Para tal fin, se incorpora los incisos 33 y 34 en el Artículo 396Solicitudes varias; de la Ordenanza Tarifaria, el cual queda redactadode la siguiente manera:

Inc. 33) Informe de dominio inmueble expedido por el Registro dela Propiedad Inmueble, soporte papel o digital………$ 30,00 (PesosTreinta)

Inc. 34) Informe de inhibición personal expedido por el Registrode la Propiedad Inmueble, soporte papel o digital………$ 30,00 (Pe-sos Treinta).-

Artículo 30º - Apruébese e Incorpórese al Código Tributario parael Ejercicio año 2016, el Código para Servicio de Emisión de LicenciasNacionales de Conducir, contenido en el Expte 9063-S-15 Secretaríade Gobierno: S/Creación Código.-

Artículo 31° - Establécese un costo total de $ 283,00 (Pesos Dos-cientos Ochenta y Tres con 00/100), para la Emisión de la LicenciaNacional de Conducir.-

Artículo 32° - Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.-Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante

de General Alvear, Mendoza, a los quince dias del mes de diciembredel año dos mil quince.

José Luis Gómez Ramiro ZaragozaSubsecretario H.C.D. Vicepresidente 1º H.C.D.

a/c. Presidencia______________

DECRETO Nº 762 S.G./2015

General Alvear, 16 de diciembre de 2015Visto: Las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 6824-D-15,

por el cual Dirección de Rentas S/ Código Tributario, Libro II OrdenanzaReglamentaria-Libro III y Ordenanza Tarifaria Anual para el Ejercicio2016, y;CONSIDERANDO:

Que en el citado expediente obra la Ordenanza Municipal Nº 4200dictada por el Honorable Concejo Deliberante de General Alvear, Mendoza.

Que corresponde su promulgación por parte del DepartamentoEjecutivo Municipal.

Que debe dictarse la pertinente norma legal.-Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPALDECRETA:

Artículo 1º - Téngase por Ordenanza del Departamento de Gene-ral Alvear, Mendoza, la sanción Nº 4200 del Honorable Concejo Delibe-rante, considerándose, la misma, promulgada conforme lo dispuestopor el Artículo 92º de la Ley Nº 1.079.-

Artículo 2º - Comuníquese y publíquese.-Marcolini Walter A. Vilches Jose M.

Intendente Secretario de GobiernoBto. 108220 7/1/2016 (1 P.) $ 2.178,00