prorrateo de alimentos

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EXPEDIENTE : 840-2009 SECRETARIO : JOSE REYES H. CUADERNO : PRINCIPAL ESCRITO : 01 CONTESTA DEMANDA SEÑOR JUEZ DEL QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE COMAS: PIO LORENZO ORTEGA RIVERA , identificado con DNI N° 09741821, con domicilio real en el Jr. Los Pinos N° 341 – Tercer Piso - Comas, señalando Domicilio Procesal en Casilla N° 2256, de la Central de Notificaciones de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte ; En los seguidos por doña MARIA GRACIELA PANDURO MORI, sobre ALIMENTOS; Ante Ud. con el debido respeto me presento y digo: I.- PETITORIO: Que, habiendo sido notificado con el contenido de la demanda de Alimentos presentada en mi contra por doña María Graciela Panduro Mori, ejerciendo mis derechos, me apersono a la instancia señalando domicilio procesal en lo indicado en el exordio del presente escrito, domicilio en lo cual se me deberá notificar todas las resoluciones a expedirse en adelante; Asimismo CONTESTO la demanda de Alimentos presentada, negándola y contradiciéndola en todos sus extremos en base a los fundamentos de hechos y derecho que expongo a continuación: II.- FUNDAMENTOS DE HECHOS: PRIMERO.- Que efectivamente, fruto de nuestra relaciones de convivencia con la demandante, procreamos a nuestro menor hijo de nombre YASSER YAMIL ORTEGA PANDURO, que en la actualidad cuenta con 15 años de edad, luego por incompatibilidad de caracteres nos separamos; y en honor a la verdad desde el nacimiento del menor, 1

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EXPEDIENTE: 840-2009SECRETARIO: JOSE REYES H.CUADERNO: PRINCIPALESCRITO

: 01

CONTESTA DEMANDA

SEOR JUEZ DEL QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE COMAS:

PIO LORENZO ORTEGA RIVERA, identificado con DNI N 09741821, con domicilio real en el Jr. Los Pinos N 341 Tercer Piso - Comas, sealando Domicilio Procesal en Casilla N 2256, de la Central de Notificaciones de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte; En los seguidos por doa MARIA GRACIELA PANDURO MORI, sobre ALIMENTOS; Ante Ud. con el debido respeto me presento y digo:

I.- PETITORIO:

Que, habiendo sido notificado con el contenido de la demanda de Alimentos presentada en mi contra por doa Mara Graciela Panduro Mori, ejerciendo mis derechos, me apersono a la instancia sealando domicilio procesal en lo indicado en el exordio del presente escrito, domicilio en lo cual se me deber notificar todas las resoluciones a expedirse en adelante; Asimismo CONTESTO la demanda de Alimentos presentada, negndola y contradicindola en todos sus extremos en base a los fundamentos de hechos y derecho que expongo a continuacin: II.- FUNDAMENTOS DE HECHOS:

PRIMERO.- Que efectivamente, fruto de nuestra relaciones de convivencia con la demandante, procreamos a nuestro menor hijo de nombre YASSER YAMIL ORTEGA PANDURO, que en la actualidad cuenta con 15 aos de edad, luego por incompatibilidad de caracteres nos separamos; y en honor a la verdad desde el nacimiento del menor, jams me he desentendido en modo alguno de su bienestar, pues siempre me he preocupado de su alimentacin (entrega de vveres), vestido, educacin, asistencia mdica (el menor cuenta con seguro asistencial), recreacin y otros que todo menor necesita para su adecuada formacin integral, cosa que la demandante parece haber olvidado, manifestando hechos en forma unilateral y de acuerdo a su conveniencia; un ejemplo de ello es que mi menor hijo estuvo bajo mi cuidado (viviendo conmigo) desde el mes de Septiembre del 2008 hasta el mes de Febrero del presente ao, y luego por razones que no entiendo hasta ahora, su madre se lo llev, matriculndolo inclusive este ao en un Colegio diferente de donde estuvo estudiando desde la Educacin inicial

SEGUNDO.- Abundando a lo manifestado en el punto anterior, debo sealar, que desde la etapa de Educacin Inicial hasta el ao pasado (Cuarto Ao de Primaria), el menor estuvo estudiando en el Colegio o IEP Virgen de Guadalupe de la UGEL 02 Rimac, que es el mismo colegio donde trabaja el recurrente, cubriendo todos estos aos sus gastos de matricula, uniforme, tiles escolares y todo lo necesario para su educacin, habindolo matriculado inclusive para el ao lectivo 2009 (este ao), conforme lo demuestro con la Constancia de Matricula expedido por el referido centro educativo, empero luego extraado porque el menor no asista a su Colegio habitual, haciendo las averiguaciones del caso me llego a enterar que su madre lo haba matriculado en otro colegio, dejando entrever con estos actos un animo de confrontacin que el menor no tiene porque sufrir sus efectos, pues el hecho de haber sido cambiado de colegio afecta su orden psicolgico e intelectual, ya que se encuentra en la etapa de la adolescencia.TERCERO.- Referente a la situacin econmica del recurrente, debo manifestar seor Juez, que si bien es cierto trabajo como Profesor de Danza en el Colegio o IEP Virgen de Guadalupe de la UGEL 02 Rimac, percibiendo un haber mensual Bsico de S/. 550.00 (con descuentos S/. 478.50), conforme lo demuestro con la Boleta de Pago del mes de Marzo 2009; tambin es cierto, que dicho monto solo alcanza para la alimentacin del recurrente y su familia, teniendo que cubrir otras necesidades con la ayuda de mis familiares y allegados, inclusive vivo en la casa de mis padres (no es bien propio), adems cuento con carga familiar al ser CASADO con doa ROSA DEL CARMEN AGUIRRE PUERTA y fruto de ello hemos procreado a nuestra menor hija ENNYGER NINA ORTEGA AGUIRRE, que en la actualidad cuenta con tres aos y tres meses de edad, conforme lo acredito con la Partida de Matrimonio y la copia del DNI de la referida menor que adjunto, y el hecho de pasar la pensin de alimentos de S/.400.00 que pretende la demandante, pondra en peligro la subsistencia del recurrente y su familia cosa que no se puede permitir; Ahora, con lo que estoy manifestando tampoco niego que deba pasar alimentos a mi menor hijo, pues jams me he negado a ello, tampoco lo hara, lo ms razonable sera que los de gastos de alimentos y otras necesidades del menor sea compartido tambin por la demandante en forma equitativa y razonable, ya que es una persona joven y saludable, adems es obligacin de ambos padres satisfacer las necesidades del alimentista. En cuando a lo manifestado por la demandante, que el recurrente trabaja en otro Colegio ms, es completamente falso, ya que no especifica el nombre del colegio y cuanto percibo por ello, en todo caso ese dicho tiene que ser probado; Tambin dice que soy taxista, hecho tambin completamente falso, ya que el recurrente no tiene prevete profesional y no sabe manejar.CUARTO.- Finalmente debo manifestar seor Juez, que en cuanto a la asistencia medica y que es de conocimiento de la demandante, el menor cuenta con seguro de Essalud, ya que el recurrente lo ha asegurado por el intermedio del Colegio donde trabaja; En cuando al domicilio donde resido, la demandante conoce y sabe perfectamente que no es de mi propiedad, son de mis padres que aun viven, es decir vivo en casa de familiares, siendo falso lo manifestado que vivo en casa propia o tengo propiedades, pregunto yo: con que dinero?, si el sueldo que percibo es el mnimo legal, que solo alcanza para ciertas cosas, teniendo que solicitar inclusive el auxilio de mis familiares y allegados para poder subsistir; Por tales hechos seor Juez, llegando a una conclusin razonada, oportunamente vuestro Despacho deber fijar una pensin de alimentos razonable y equitativa, conforme a las pruebas aportadas y a la critica situacin econmico en la que me encuentro, es justicia que espero alcanzar.III.- FUNDAMENTOS DE DERECHO:Amparo mi contestacin en lo dispuesto por los siguientes Artculos de carcter Adjetivo y Sustancial: Artculos 130, 424, 425 y 442 del Cdigo Procesal Civil; Referente a que mi parte est dando estricto cumpliendo a los requisitos y anexos que debe contener una contestacin de demanda.

Artculo 565 del Cdigo Procesal Civil; Que expone, el Juez no admitir la contestacin si el demandado no acompaa la ltima declaracin jurada presentada para la aplicacin de su impuesto a la renta o del documento que legalmente la sustituye. De no estar obligado a la declaracin citada, acompaar una certificacin jurada de sus ingresos, con firma legalizada; Figura procesal que estoy cumpliendo adjuntando un Boleta de Pago. El Artculo 481 del Cdigo Civil; Que seala: Los alimentos se regulan por el juez en proporcin a las necesidades de quien los pide y a las posibilidades del que debe darlos, atendiendo adems a las circunstancias personales de ambos, especialmente a las obligaciones a que se halle sujeto el deudor.VI.- MEDIOS PROBATORIOS:

Como medios probatorios de mi recurso de contestacin a la demanda , ofrezco lo siguiente:

1) El mrito de la BOLETA DE PAGO correspondiente al mes de Marzo, que me entrega en forma mensual mi empleadora la IEP Virgen de Guadalupe de la UGEL 02 Rimac, de propiedad de doa Cristina Tamayo Moscoso; Documento de carcter indubitable en la cual demuestro que mis ingresos mensuales bsicos equivalen a S/. 550.00. y con descuentos de Ley S/. 478.00.2) El merito del ACTA DE MATRIMONIO expedida por la RENIEC, documento de carcter indubitable con lo que demuestro que soy casado con doa ROSA DEL CARMEN AGUIRRE PUERTA y tengo la obligacin una alimentaria tambin para mi esposa (Poseo Carga Familiar).

3) El mrito de la del DNI de mi menor hija ENNYGER NINA ORTEGA AGUIRRE, de tres aos y tres meses de edad; documento de carcter indubitable con lo que demuestro que tengo una menor hija con sus obligaciones alimentarias y otros que cubrir; en su caso y a fin de acreditar la existencia de la menor, vuestro Despacho deber oficiar a la RENIEC de Comas a fin de que remitan una copia certificada de la Partida nacimiento de la menor.4) El mrito de las BOLETAS DE VENTA de fechas 31 de Marzo y 04 de Mayo del ao 2009, expedida por la Institucin Educativa Santa Marta, con lo que demuestro que mi menor hija ENNYGER NINA ORTEGA AGUIRRE, se encuentra estudiando (Inicial) en dicho colegio, por lo que tambin tengo que cubrir los gastos de la referida menor.

VII.- ANEXOS DE LA DEMANDA:Como anexos de mi contestacin, acompao los siguientes documentos:

ANEXO 1-A.- Copia simple del DNI del recurrente.

ANEXO 1-B.- Copia Certificada de Partida de Matrimonio.

ANEXO 1-C.- Copia del D.N.I. de mi menor hija Ennyger Nina Ortega Aguirre.ANEXO 1-D.- Copia de Boletas de Venta expedida por la Institucin Educativa Santa MartaANEXO 1-I.- Tasa Judicial por Ofrecimiento de Pruebas.POR TANTO:

Ser tenga absuelto el traslado conferido y srvase Ud. seor Juez resolver conforme a Derecho.

PRIMER OTROSI.- Al amparo de los Artculos 80 y 74 del Cdigo Procesal Civil; Otorgamos facultades Generales de Representacin al Abogado que autoriza el presente recurso; Declarando estar debidamente instruido de las facultades que otorgo, sealando domicilio personal en lo indicado en la introduccin del presente recurso.

SEGUNDO OTROS.- De conformidad a lo dispuesto por el Artculo 133 del Cdigo Procesal Civil, adjunto copias suficientes del presente recurso de los anexos para la parte contraria.

Comas, 08 de Mayo del 2009EXPEDIENTE: SECRETARIO: CUADERNO: PRINCIPALESCRITO

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PRESENTA DEMANDA DE PRORRATEOSEOR JUEZ DEL SETIMO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE COMAS:

MIGUEL DE LA CURZ LOZANO, identificado con DNI N 09637307, con domicilio real en Prolongacin Escorpin Mz. F, Lt. 05, Coop. Virgen del Rosario Los Olivos, sealando Domicilio Procesal en Casilla N 2256, de la Central de Notificaciones de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte; Ante Ud. con el debido respeto me presento y digo:

I.- PETITORIO:

Que, interpongo demanda de PRORRATEO DE ALIMENTOS, la misma que dirijo contra MARLENE COTAQUISPE OSCCO, MISAEL MALEK DE LA CRUZ COTAQUISPE (5), JACOB DANIEL DE LA CRUZ COTAQUISPE (3), ambos menores de edad representados por la primera nombrada en su calidad de madre, los que sern notificados en la calle Las Ciruelas N 199, La Alborada Comas; y, contra HILDA LOZANO OLASCUAGA, domiciliada en Jr. Tarica Mz. G-1, Lt. 51, Urb. Vila del Norte Los Olivos; para que, previo los trmites de ley, su despacho disponga el prorrateo del 60% de mis haberes mensuales que percibo en mi calidad de Agente de Seguridad a favor de los antes nombrados en una proporcin de: 19% a favor de MISAEL MALEK DE LA CRUZ COTAQUISPE19% a favor de JACOB DANIEL DE LA CRUZ COTAQUISPE19% a favor de HILDA LOZANO OLASCUAGA3% a favor de MARLENE COTAQUISPE OSCCO

Amparo mi petitorio en los fundamentos de hechos y derecho que expongo a continuacin: II.- FUNDAMENTOS DE HECHOS:

PRIMERO.- Que, por ante el Juzgado bajo su direccin la ahora demandada MARLENE COTAQUISPE OSCCO interpuso demanda de Prestacin de Alimentos (Exp. N 1241-2005, Sec. Lucy Olivares), la misma que, tras un irregular trmite, concluy con la emisin de la sentencia emitida por su despacho mediante Res. N 06, ordenndome que cumpla con acudir a mis menores hijos con el equivalente al 25% de mi remuneracin mensual para cada uno y con el 5% de mi remuneracin mensual para la susodicha.

SEGUNDO.- Que, hasta la fecha he venido cumpliendo con mi sagrada obligacin, an cuando la codemandada hasta la fecha no me permite ejercer el rgimen de visitas acordadas a mi favor en un proceso seguido ante el Juzgado Mixto de Los Olivos; sin embargo, mi seora madre, la codemandada HILDA LOZANO OLASCUAGA, quien es viuda desde el 03 de diciembre del ao 2005, ha comenzado a sufrir de diversas dolencias que no le permiten lograr ingresos para su subsistencia; razn por la cual, ante sus continuos requerimientos y a efectos de no verme perjudicado con una posible demanda de alimentos (ya que probablemente lo hubiera perdido y me hubiera acarreado gastos judiciales), me he visto obligado a conciliar con sta, habiendo acordado que la acudira con el equivalente al 30% de mis haberes mensuales.TERCERO.- Efectivamente, conforme se colige del acta de Conciliacin que adjunto tengo la obligacin de prestar alimentos a mi seora madre, que como dije es viuda y sufre de varios males, teniendo el deber moral mas que legal de acudir a la autora de mis das. Siendo esto as, se tiene que sumados los porcentajes de mis haberes con los que tengo que acudir a mis menores hijos, la codemandada y a mi seora madre exceden el mximo de 60% previsto por ley (estos suman 85%); por lo que, su despacho debe disponer el prorrateo conforme a lo solicitado, ya que cumplir con mis obligaciones alimentarias tal como actualmente se ha fijado, no slo es ilegal sino que pondra en serio aprieto mi subsistencia.CUARTO.- Finalmente debo manifestar seor Juez, que la codemandada MARLENE COTAQUISPE OSCCO es una persona joven (cuenta con 29 aos de edad), no sufre de incapacidad alguna, cuenta con buena salud y no tiene obligaciones apremiantes, razn por la cual, no slo tiene la obligacin de contribuir con la alimentacin de nuestros hijos sino tambin con proveerse la suya propia.III.- FUNDAMENTOS DE DERECHO:Amparo mi demanda en lo dispuesto por los siguientes Artculos de carcter Adjetivo y Sustancial: Artculos 130, 424, 425 y 442 del Cdigo Procesal Civil; Referente a que mi parte est dando estricto cumpliendo a los requisitos y anexos que debe contener una contestacin de demanda.

El Artculo 481 del Cdigo Civil; Que seala: Los alimentos se regulan por el juez en proporcin a las necesidades de quien los pide y a las posibilidades del que debe darlos, atendiendo adems a las circunstancias personales de ambos, especialmente a las obligaciones a que se halle sujeto el deudor.IV.- COMPETENCIA Y VA PROCEDIMENTAL:De conformidad con lo dispuesto por los arts. 570 y 546.1 del C.P.C. su despacho es competente para conocer la presente demanda en la va del proceso SUMARSIMO. V.- MEDIOS PROBATORIOS:

Como medios probatorios de mi demanda, ofrezco los siguientes:

1) El mrito del Exp. N 1241-2005, Sec. Lucy Olivares, y las cdulas de notificacin de la sentencia y de la Res. N 07 que declara consentida la misma. con el que acredito la preexistencia del proceso de alimentos instaurados por la codemandada Marlene Cotaquispe Oscco.2) El merito del ACTA DE CONCILIACIN N 991-2009, del Centro de Conciliacin Extrajudicial Vicente Morales Durez, con lo que acredito la obligacin contrada para con mi seora madre.3) El mrito de la Copia Cerificada de mi partida de nacimiento, con lo que acredito el entroncamiento familiar con mi seora madre.VI.- ANEXOS DE LA DEMANDA:Como anexos de mi demanda, acompao los siguientes documentos:

ANEXO 1-A.- Copia simple del DNI del recurrente.

ANEXO 1-B.- Cdulas de notificacin de la sentencia y de la Res. N 07.

ANEXO 1-C.- Acta de Conciliacin N 991-2009.ANEXO 1-D.- Copia Cerificada de mi partida de nacimiento.ANEXO 1-I.- Tasas Judiciales por Ofrecimiento de Pruebas y por derecho de Notificacin.POR TANTO: Tenga a bien Sr. Juez, admitir a trmite la presente y declararla fundada en su oportunidad.PRIMER OTROSI.- Al amparo de los Artculos 80 y 74 del Cdigo Procesal Civil, otorgo facultades Generales de Representacin al Abogado que autoriza el presente recurso, declarando estar debidamente instruido de las facultades que confiero, sealando como domicilio personal el indicado en la introduccin de la presente demanda.

SEGUNDO OTROS.- Autorizo al Sr. Robledo Ramos Vergara, a efectos que se le permita tener acceso a los actuados, as como tramitar oficios, exhortos, partes y otros que coadyuven al mejor desarrollo del proceso.Comas, 18 de Mayo del ao 2009.-------------------------------------------

EMILIO MARIO LOAYZA

Abogado

C.A.L. 23368

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