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PROPUESTA DE HOJAS DE RUTA PARA SIMPLIFICAR PROCESOS DE DEVOLUCIÓN DEL CRÉDITO FISCAL A EXPORTADORES Elaborada en el marco de la Mesa de Trabajo integrada con representantes de: PRONACOM, SAT, AGEXPORT Noviembre 2016

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PROPUESTA DE HOJAS DE RUTA PARA SIMPLIFICAR PROCESOS DE DEVOLUCIÓN DEL CRÉDITO

FISCAL A EXPORTADORES

Elaborada en el marco de la Mesa de Trabajo

integrada con representantes de:

PRONACOM, SAT, AGEXPORT

Noviembre 2016

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INTRODUCCIÓN

El Programa Nacional de Competitividad – PRONACOM- y la Asociación

Guatemalteca de Exportadores -AGEXPORT-, identificaron una serie de procesos

relacionados con la actividad exportadora que se podrían simplificar.

Para el efecto, se integraron diferentes mesas de trabajo con representantes de las

entidades involucradas, quienes utilizando la metodología desarrollada por

UNCTAD, y el acompañamiento de una consultora, desarrollaron una propuesta

que tiene como objetivo simplificar procesos en cuanto a número de documentos,

tiempos y costos para las empresas, y a la vez, contribuir con un marco regulatorio

simplificado de conformidad con la Ley.

En este sentido, el presente documento contiene la propuesta de Hoja de Ruta para

Simplificar los Procesos de Devolución del Crédito Fiscal a Exportadores. El objetivo

es que las autoridades de la Dirección General de Migración del Ministerio de

Gobernación, como entidad a cargo de este proceso, pueda evaluar la

propuesta, y considerar su implementación.

Las propuestas que se implementen serán posteriormente publicadas en el sitio web

www.asisehace.gt, con el propósito de que estén al alcance de los usuarios.

Descripción de la Metodología:

Se está utilizando la metodología internacional desarrollada por UNCTAD, que tiene

como objetivo simplificar procesos en cuanto a tiempos, número de documentos y

costos para las empresas, y a la vez, contribuye a generar mayor transparencia y

eficiencia por parte de las oficinas gubernativas.

El proceso consta de 5 etapas:

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Etapa 1: Documentación del proceso:

Los procedimientos se presentan paso a paso, desde el punto de vista del usuario.

Cualquier interacción entre una agencia pública o empresa privada es

considerada un paso, para cada paso el sistema mostrará la siguiente información:

Nombre del paso

Resultado del paso

Entidad, oficina o ventanilla, y oficial a cargo con los datos de contacto

Requisitos (formularios y documentos)

Costos

Duración (tiempo)

Entidad, oficina, oficial a cargo de atender quejas (con sus datos de contacto

Justificación legal

Autoridad que certifica la veracidad del paso

Por cada proceso el sistema presenta una lista de pasos requeridas, y un resumen

que muestra a las entidades involucradas, los resultados esperados, los requisitos, el

tiempo y el fundamento legal.

Principios de simplificación:

Una vez documentados los procesos, se aplicarán los 10 principios de simplificación

DOCUMENTACIÓN DEL PROCESO

Incluye visitas a instituciones públicas y empresas privadas que realicen el proceso se sigue una

metodología de documentación. Concluye con la elaboración de un flujograma del proceso, una

presentación, el proceso documentado en asisehace.gt y documentos del expediente del

proceso

VALIDACIÓN DEL PROCESO

Se presenta el proceso documentado a instituciones públicas y a empresarios y se

elaboran cambios. Concluye con la entrega de un flujograma del proceso, una presentación, el

proceso documentado en asisehace.gt y documentos del expediente del proceso

ELABORACIÓN DE PROPUESTA DE SIMPLIFICACIÓN

Se realiza un análisis técnico y legal y se hacen propuestas de reformas administrativas y legales para facilitar el proceso documentado. Conluye con la entrega de la propuesta de simplificación

PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA DE SIMPLIFICACIÓN

Se presenta a las instituciones públicas y empresarios. Se elaboran cambios y concluye con

la entrega de la propuesta final y una presentación

IMPLEMENTACIÓN DE LA PROPUESTA DE SIMPLIFICACIÓN

Se realizan mesas de trabajo con instituciones públicas y empresarios y se apoya en la

implementación de las propuestas de reformas.

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para poder entregar una propuesta de simplificación que permita mejorar los

procesos seleccionados:

1. Publicidad de los trámites: la administración pública debe brindar a los usuarios

una información completa y transparente sobre los trámites administrativos. Para

este efecto, cada administración deberá poner a disposición del público,

mediante el Internet, el listado de los trámites a su cargo, detallando los pasos y

mencionando en cada uno la unidad responsable, los requisitos, lo que se

entregará al usuario, el costo, la duración, las vías de quejas y las bases legales.

2. Legalidad: Los requisitos y pasos que no tienen fundamento legal serán

eliminados de los trámites; por cada requisito, las administraciones deberán indicar

que control permite ejercer y justificar que el mismo está fundamentado por ley.

3. Pertinencia: los requisitos serán limitados a los indispensables para realizar el

control previsto por la ley. No se pedirán múltiples requisitos cuando uno es

suficiente para ejercer plenamente el control previsto.

4. Presunción de buena fe: Cuando la ley no describe los trámites con precisión y

faculta a la administración para definirlos, esta distinguirá un caso general y

excepciones. El caso general, con requisitos mínimos, será aplicado a la mayoría

de los solicitantes, cuya buena fe será presumida. Requisitos gradualmente más

exigentes serán previstos y aplicados, cuando los funcionarios a cargo del control

tengan un motivo serio para dudar de la buena fe del solicitante. También,

requisitos adicionales podrán ser pedidos en el marco de controles aleatorios

aplicados a un porcentaje pequeño (menos del 5%) de los solicitantes del caso

general.

5. No redundancia: la administración no podrá pedir al usuario un documento

emitido por ella misma o que le haya sido entregado por el usuario en un trámite

anterior, ya que estos deben formar parte del expediente (físico o electrónico) del

usuario en la entidad.

6. Formularios claros, gratuitos y descargables: todos los formularios necesarios para

los trámites serán gratuitos, libremente descargables por el Internet, y podrán ser

llenados electrónicamente o a mano, a elección del usuario. Los cobros que hasta

ahora se realizaban por los formularios serán efectuados en concepto de

presentación del formulario y no por la obtención del mismo. Todo formulario,

instructivo y documento similar que las instituciones públicas pongan a la

disposición del usuario, debe ser elaborado en lenguaje preciso, sencillo y claro.

7. Originales, copias simples o certificadas: la administración pública deberá

indicar si los documentos requeridos deben presentarse en original, copia simple o

autenticada por notario público, según lo exija la ley.

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Cuando un trámite ante la administración pública requiere un documento

autenticado o una firma autenticada, y que la ley o el reglamento definiendo este

trámite no exige que la auténtica sea hecha por un notario, los funcionarios de la

administración a cargo del trámite podrán autenticar el documento cuando hayan

visto el original del documento, y podrán autenticar la firma cuando haya sido

hecha en su presencia y que el firmante haya presentado el original de un

documento de identidad oficial donde figura su firma.

8. Interacciones mínimas: se minimizarán las visitas que los usuarios deben realizar a

la administración pública, agrupando los pasos de la misma naturaleza (tales como

entrega de documentos, pagos, retiro de documentos). En particular, se

promoverá la creación de ventanillas únicas, físicas o virtuales, agrupando las

diferentes unidades o entidades administrativas involucradas en un mismo trámite

y proponiendo un lugar único para la presentación de las solicitudes, los pagos y el

retiro de los documentos administrativos solicitados.

9. Solicitudes en línea: las administraciones ofrecerán a los usuarios la posibilidad de

presentar sus solicitudes en línea.

10. Desmaterialización de los documentos administrativos: las administraciones

entregarán los documentos que emiten en formato digitalizado a los usuarios que

lo soliciten.

Etapa 2: Validación del proceso:

Para ello se instalaron mesas de trabajo, con las personas designadas por parte de

las Instituciones relacionadas.

Se presenta el proceso documentado a instituciones públicas y a empresarios y se

elaboran cambios. Concluye con la entrega de un flujograma del proceso, una

presentación, el proceso documentado en asisehace.gt y documentos del

expediente del proceso.

Etapa 3: Elaboración de propuesta de simplificación:

Se realiza un análisis técnico y legal y se hacen propuestas de reformas

administrativas y legales para facilitar el proceso documentado. Concluye con la

entrega de la propuesta de simplificación

Cada hoja de ruta deberá contener:

Documentación del proceso administrativo

Flujograma validado del proceso documentado con empresarios y con las

instituciones públicas

Propuesta de simplificación que incluirá un análisis legal y técnico

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Impacto en términos de reducción de número de documentos, tiempos y costos

Etapa 4: Presentación de la propuesta de simplificación

Se presenta a las instituciones públicas y empresarios. Se elaboran cambios y

concluye con la entrega de la propuesta final y una presentación.

Etapa 5: implementación de la propuesta de simplificación

Se realizan mesas de trabajo con instituciones públicas y empresarios, para

implementar las propuestas de reformas.

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PROPUESTA DE HOJAS DE RUTA PARA

SIMPLIFICAR PROCESOS DE DEVOLUCIÓN DEL

CRÉDITO FISCAL A EXPORTADORES

I. Principios y Naturaleza del Impuesto al Valor Agregado

El crédito fiscal es la suma del Impuesto al Valor Agregado cargado al

contribuyente por las operaciones afectas realizadas durante el mismo período.

Base Legal de la Devolución del Crédito Fiscal a Exportadores:

• Decreto 27-92 del Congreso de la República, Ley del Impuesto al Valor

Agregado:

o Artículo 7 numeral 2, exenciones

o Artículo 16, procedencia del crédito fiscal

o Artículo 23, devolución del crédito fiscal

• Acuerdos de Paz:

o Acuerdo sobre Aspectos Socioeconómicos y Situación Agraria, numeral

IV, inciso 51f indica “Garantizar la correcta y rápida aplicación o

devolución del crédito fiscal…”.

Regímenes de Devolución del Crédito Fiscal:

La Ley del IVA, establece tres regímenes de devolución del crédito fiscal:

• Régimen General, Artículo 23 A

• Régimen Especial, Artículo 25

• Régimen Optativo, Artículo 24

Para efectos de las Mesas de Trabajo PRONACOM-SAT-AGEXPORT, para la

devolución del crédito fiscal, se enfocaron a documentar y preparar tres

propuestas de hoja de ruta de simplificación:

• Devolución del Crédito Fiscal bajo el Régimen General

• Devolución del Crédito Fiscal bajo el Régimen Especial

• Actualización Semestral en el Registro de Exportadores para la Devolución

del Crédito Fiscal

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III. Hoja de Ruta para Simplificar Proceso de Devolución del Crédito Fiscal

bajo el Régimen General

• Descripción: Artículo 23 y 23 A, Ley del IVA.

Aplica a los contribuyentes que se dediquen a la exportación, presten servicios o

vendan bienes a entidades exentas del impuesto, que hubieran generado crédito

fiscal en la adquisición de bienes o la utilización de servicios vinculados al proceso

productivo.

La devolución se gestiona por períodos vencidos acumulados de forma trimestral o

semestral.

• Procedimiento:

Llenar el formulario 2123 (no es disponible

electronicamente)Obtener turno

Solicitar devolución de crédito fiscal

A los 2 años de presentar la documentacion, se hace la auditoria a la empresa

SAT emite resolución y notifica a BANGUAT y

contribuyente

Contribuyente se presenta al BANGUAT y presneta

formulario 2062 y documentación adjunta

BANGUAT realiza devolución una vez

recibida documentación por parte del

contribuyente (plazo legal 5 días)

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• Requisitos:

Llenar el formulario 2123 (no es disponible

electronicamente)

Documento de identificación -DPI o

pasaporte

Original y copia del nombramiento del representante legal

Certificación del contador donde conste

que no ha solicitado devolución

Presentar RTUPresentar declaraciones de IVA por los ultimos 6

meses

Original y copia de las facturas de proveedores

Presentar copia de cheques voucher con

facturas de los montos y registro contable

Presentar diario mayor de los meses que se

solicitan

Presentar estados financieros

Presentar libro de compras y ventas

Presentar patente de comercio y sociedad

Exportador eventual acompañar

declaraciones aduaneras de

exportación con inventario

De ser agente de retención, presentar

documentación que lo acredite como tal

A los 2 años de presentar la

documentacion, se hace la auditoria a la

empresa

SAT emite resolución

SAT notifica a empresa y a BANGUAT para

proceder con devolucion

Empresa se presenta ante BANGUAT con

formulario SAT 2062

Adjunta nombramiento del representante legal

(legalizada)

Copia del DPI (legalizada)

Copia de inscripción en el Registro Mercantil del

Representante Legal (legalizada)

BANGUAT realiza devolucion plazo legal 5

días

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Este proceso también fue documentado en el sistema Asisehace.gt en el siguiente

enlace: http://asisehace.gt/procedure/128/120?l=es

• Propuesta de Simplificación:

Procedimiento actual Procedimiento simplificado

Número de

pasos 7 4

Documentos a

presentar 18 6

Número de días 730 90

Costo Q1.00 Q0.00

1. Obtener formulario SAT 2123 (versión vigente) y anexos

Propuesta

Artículo 23 A del Decreto No. 27-92 – Ley del Impuesto al Valor Agregado

El formulario se obtiene en papel

PROPUESTA: La propuesta de simplificación para este paso es que puedan enviarse

en línea.

2. Obtener turno

Propuesta

No hay fundamento legal.

PROPUESTA: Este paso se elimina.

3. Solicitar devolución de crédito fiscal por periodo trimestral o semestral

Propuesta

Artículo 23 A del Decreto No. 27-92 – Ley del Impuesto al Valor Agregado.

PROPUESTA: Que se solicite en línea junto con el paso 1.

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4. Auditoria de campo

Propuesta

Artículo 23 A del Decreto No. 27-92 – Ley del Impuesto al Valor Agregado.

PROPUESTA: Que se realice en el tiempo establecido por la ley

5. Elaboración de resolución y notificación a BANGUAT y contribuyente

Propuesta

Artículo 23 A del Decreto No. 27-92 – Ley del Impuesto al Valor Agregado.

PROPUESTA: Que se realice en línea.

6. Solicitud a BANGUAT para realizar la acreditación

Propuesta

No hay fundamento.

PROPUESTA: Que se realice inmediatamente al hacer la notificación.

7. Devolución

Propuesta

Art. 23 A del Decreto 27-92, Ley del IVA

PROPUESTA: En la actualidad se realiza antes del plazo legal (5 días).

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• Cómo queda la propuesta de simplificación?

También se propone simplificar el listado de requisitos para simplificar y acelerar el

proceso.

Llenar el formulario 2123 y solicitar en línea

se hace la auditoria a la empresa en el plazo legal

Resolución de notificación a BANGUAT y contribuyente

Contribuyente presenta documentación en línea a

BANGUAT

BANGUAT hace efectiva la devolución en plazo legal

(5 días)

De 730 a 90 días

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Llenar el formulario 2123 (no es disponible

electronicamente)

Solicitud en línea

Documento de identificación -DPI o pasaporte

Original y copia del nombramiento del

representante legal

Certificación del contador donde conste que no ha

solicitado devolución

Presentar RTU

Propuesta de eliminar porquelo emite SAT

Presentar declaraciones de IVA por los ultimos 6 meses

Propuesta eliminar porque lo tiene SAT

Original y copia de las facturas de proveedores

Se propone que quienes susproveedores utilicen facturas

electrónicas, ya no se presenten

Presentar copia de chequesvoucher con facturas de losmontos y registro contable

Presentar diario mayor de losmeses que se solicitan

Presentar estados financieros

Presentar libro de compras y ventas

Se propone que quieneslleven asistelibros no lo

presenten

Presentar patente de comercio y sociedad

Se propone interconectar SAT con el RM y eliminar

este requisito

Exportador eventual acompañar declaraciones aduaneras de exportación

con inventario

De ser agente de retención, presentar documentación que

lo acredite como tal

SAT puede revisar en sus sistemas

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IV. Hoja de Ruta para Simplificar Devolución del Crédito Fiscal

bajo el Régimen Especial

• Descripción: Artículo 25, Ley del IVA

Este régimen de devolución de crédito fiscal aplica a los contribuyentes

exportadores inscritos y calificados y activos en el “Régimen especial de devolución

de crédito fiscal”.

Aplica para aquellos exportadores que no pueden compensar el crédito fiscal

efectivamente pagado con los débitos fiscales generados según lo establecido en

el artículo 25 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado: a. ventas anuales de

exportación son igual o mayor del 50% del total de ventas o b. si tienen un

porcentaje menor al 50% no puedan compensar el crédito fiscal con el débito fiscal

de las ventas locales. En éste régimen, el exportador deberá actualizarse en enero

y julio de cada año ante SAT.

La devolución se gestiona por periodo mensual vencido directamente en el Banco

de Guatemala, quien podrá devolver 75% cuando la solicitud de devolución sea

hasta por la cantidad de Q500,000.00 y el 60% cuando la devolución sea mayor de

Q500,000.00 del crédito fiscal declarado a la SAT en el periodo impositivo por el cual

se solicita la devolución.

El remanente del crédito fiscal 25% y 40% se reclama a través del Régimen General

en periodos trimestrales o semestrales.

DOCUMENTOS A PRESENTAR ANTE BANGUAT PARA REALIZAR ACREDITAMIENTO

Llenar el formularioSAT 2062 (no es

disponibleelectronicamente)

Solicitud en línea

Copia legalizadadel DPI del

RepresentanteLegal

Copia legalizadadel Representante

legal

Copia RTU

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• Procedimiento:

Llenar el formulario 2062 (no es disponibleelectronicamente)

Obtener turno enBANGUAT

Entregar solicitud de devolución ante BANGUAT

(5 días hábiles para que BANGUAT verifique y envíe

a SAT)

Requerimiento de información y auditoría de

Gabinete

(30 días hábiles)

Informe a BANGUAT y notificación a contribuyente

Devolución por parte de BANGUAT

(5 días)

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• Requisitos de la solicitud a presentar ante BANGUAT:

Presentar Formulario 2062 (no es disponible

electronicamente)

Anexar renglon 17, consiste en integracion de saldos pendientes de

devolucion

Anexar renglon 18, consiste en los saldos que

no han devuelto

Listado de facturas de exportación

Listado de ingreso de divisas

Declaración de IVA

Listado de facturas especiales

Lista de proveedores Copia RTU Vigente

Copia legalizada del nombramiento de la Representación Legal

Copia legalizada del DPI

Copia de Inscripción en el Registro Mercantil del Representante Legal

(legalizada)

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• Documentación a presentar en Auditoría de Gabinete y Requerimiento

de Información:

Este proceso también fue documentado en el sistema Asisehace.gt en el siguiente

enlace: http://asisehace.gt/procedure/128/120?l=es

Copia de la solicitud

presentada ante BANGUAT

Copia de patentes de empresa y

sociedad

Original de declaración IVA

Carta donde indique si hay cambios en el

RTU

Cédula narrativa del proceso productivo

Listado de facturas

especiales

10 constancias de insumos locales

emitidas o recibidas

LIbro de compras

Libro de ventasLibro diario y

mayor

Muestra de facturas de

compras

Muestra de facturas de exportación

DUAS y SEADEX Guía de transporte Detalle de ruta de

compras con proceso productivo

Constancia de habilitación de libros

Movimiento de inventario

Copia del cheque y voucher de facturas

pagadas en el anverso y reverso

Integración de activos fijos

Copia de cheques y vouchers de pago de

activos fijos

Declración jurada de RetenIVA

Carta que indique si la empresa tiene

resolución como proveedor autorizado

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• Propuesta de Simplificación:

Procedimiento actual Procedimiento simplificado

Número de

pasos 6 4

Documentos a

presentar

Ante BANGUAT: 12

Auditoría de Gabinete: 22

Ante BANGUAT: 6 (0) en línea

Auditoría de Gabinete: 12

Número de días 50 50

Costo Q1.00 Q0.00

1. Obtener formulario SAT 2062 (versión vigente)

Propuesta

Artículo 25 del Decreto No. 27-92 – Ley del Impuesto al Valor Agregado

El formulario se obtiene en papel.

PROPUESTA: La propuesta de simplificación para este paso es que puedan enviarse

en línea al BANGUAT. En un inicio se puede mantener algunos documentos para

presentar por escrito.

2. Obtener turno en BANGUAT

Propuesta

No hay fundamento legal.

PROPUESTA: Este paso se elimina.

3. Solicitar devolución de crédito fiscal ante BANGUAT

Propuesta

Artículo 25 del Decreto No. 27-92 – Ley del Impuesto al Valor Agregado.

PROPUESTA: Que se solicite en línea junto con el paso 1.

• El Banco de Guatemala, previo a dar curso a la solicitud deberá verificar si el

exportador está vigente ante la Superintendencia de Administración Tributaria,

en éste régimen especial de devolución.

• Comprobado el registro, procesará la solicitud y dentro de los cinco (5) días

hábiles siguientes, verificará el cumplimiento de los requisitos

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• Efectuada la verificación trasladará la solicitud a la Superintendencia de

Administración Tributaria

4. Auditoria de Gabinete

Propuesta

Artículo 25 del Decreto No. 27-92 – Ley del Impuesto al Valor Agregado.

PROPUESTA: Que se mantenga en el tiempo establecido por la ley. Notificación en

línea. Eliminación de algunos documentos que ya fueron presentados en la solicitud

ante BANGUAT y otros que se encuentran dentro de SAT.

• La Administración Tributaria recibe de BANGUAT el expediente

• SAT realiza dentro del plazo máximo de treinta (30) días hábiles la auditoría de

gabinete del crédito fiscal solicitado.

• La empresa en ese plazo recibe notificación de la asignación de auditor, así

como el requerimiento de información.

5. Informe a BANGUAT y notificación a contribuyente

Propuesta

Artículo 25 Decreto No. 27-92 – Ley del Impuesto al Valor Agregado.

PROPUESTA: Que se realice en línea.

• SAT en base a la auditoría y dentro del plazo de los 30 días hábiles, realiza y

envía el informe al Banco sobre la procedencia o improcedencia de la

devolución.

6. Devolución

Propuesta

Artículo 25 Decreto No. 27-92 – Ley del Impuesto al Valor Agregado.

PROPUESTA: No hay cambio.

• Si corresponde la devolución el Banco de Guatemala, con base en el informe

de la Superintendencia de Administración Tributaria, hará efectiva la

devolución total o parcialmente al exportador dentro de los cinco (5) días

hábiles siguientes a la recepción del informe.

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• En caso que dicho informe no se reciba dentro del plazo establecido, el Banco

de Guatemala deberá hacer efectiva la devolución del crédito fiscal solicitado,

dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo

establecido para realizar la auditoría de gabinete.

• Cómo queda la propuesta de simplificación?

También se propone simplificar el listado de requisitos para simplificar y acelerar el

proceso.

50 días

Llenar el formulario 2062 y solicitud en línea

BANGUAT transmite electrónicamente a SAT

expediente (5 días hábiles)

Notificación de requerimiento de

información y auditoría de gabinete en línea

Devolución (5 días hábiles)

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• Requisitos de la solicitud a presentar ante BANGUAT – todo en línea:

Presentar Formulario2062 (no es disponible

electronicamente)

Solicitud en línea

Anexar renglon 17, consiste en integracionde saldos pendientes de

devolucion

Anexar renglon 18, consiste en los saldos que no han devuelto

Listado de facturas de exportación

Listado de liquidación de divisas

Declaración de Reten IVA

Se propone eliminar porque lo tiene SAT

Listado de facturas especiales

Lista de proveedores

RTU

Se propone eliminar porque lo tiene SAT

Copia legalizada de la Representación Legal

Se propone que la empresa lo presente sólo si hay cambios de lo reportado en la actualización

semestral en el Registro

Copia legalizada del DPI

Se propone que la empresa lo presente sólo si hay cambios de lo

reportado en la actualización semestral en el Registro

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• Documentación a presentar en Auditoría de Gabinete y Requerimiento

de Información:

Copia de la solicitudpresentada ante

BANGUAT

Se propone eliminar fuepresentado en línea

Copia de patentes de empresa y sociedad

Se propone interconectar SAT con el RM y eliminar

este requisito

Original de declaraciónIVA

Se propone eliminar que SAT lo tiene

Carta donde indique si hay cambios en el RTU

Se propone eliminar SAT lo emite

Cédula narrativa del proceso productivo

Se propone que s e presente una sola vez y quede a disposición de

SAT en línea

Listado de facturas especiales

Se propone eliminar ya se presentó en solicitud

10 constancias de insumos locales emitidas

o recibidas

Podría marcarse solo para quienes lo utilizan

LIbro de compras

Si utiliza asistelibros no presentaría

Libro de ventas

Si utiliza asistelibros no lo presentaría

Libro diario y mayor Muestra de facturas de

compras Muestra de facturas de

exportación

DUAS y SEADEX

Se propone interconectar a Unidad con VUPE

Guía de transporte Detalle de ruta de

compras con proceso productivo

Constancia de habilitación de libros

Se elimina SAT lo emite

Movimiento de inventario

Copia del cheque y voucher de facturas

pagadas en el anverso y reverso

Integración de activos fijos

Copia de cheques y vouchers de pago de

activos fijos

Declaración jurada de RetenIVA

Se propone eliminar SAT lo tiene

Carta que indique si la empresa tiene resolución como proveedor

autorizado

Se propone eliminar SAT tiene registro

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V. Hoja de Ruta para Simplificar Actualización en el Registro de

Exportadores

• Descripción: Artículo 25 Ley del IVA.

El exportador para poder aplicar a la devolución de crédito fiscal bajo el régimen

especial, debe estar inscrito en el Registro de Exportadores.

Además, deberá estar actualizado antes del 1 de enero y 1 de julio de cada año o

el Sistema de Exportadores lo registrará con el status de “Inactivo”.

• Procedimiento:

Llenar el formulario 2073

Obtener turno

Presentar el formulario en SAT con documentos

adjuntos

SAT notifica a BANGUAT y al contribuyente

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• Requisitos:

Este proceso también fue documentado en el sistema Asisehace.gt en el siguiente

enlace: http://asisehace.gt/procedure/128/120?l=es

Llenar el formulario 2073

Detalle de las pólizas de exportación o formularios aduaneros, y las facturas

comerciales que las respaldan

Valor FOB de cada una de las exportaciones por las que solicitó la devolución

Detalle de las constancias de liquidación de divisas

Fotocopia certificada por el contador debidamente

registrado en SAT, folios del libro mayor donde consten

las ventas por exportaciones por

semestres vencidos

Si el porcentaje de exportaciones es menor al

50% del monto total de ventas, nota de justificación explicando dicha situación

Copia simple del nombramiento del

Representante Legal

Copia simple del DPI del Representante legal y del

tercero que realiza la gestión

Copia de las últimas 6 declaraciones del IVA

presentadads

Libro de ventas Libro mayor

Boletas de BANGUAT, acreditación de

devoluciones del IVA de los últimos 6 meses

Constancia de estar al día en Asistelibros

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• Propuesta de Simplificación:

Procedimiento actual Procedimiento simplificado

Número de

pasos 4 2

Documentos a

presentar 13 7

Número de días 60 30

Costo Q1.00 Q0.00

1. Obtener formulario SAT 2073 (versión vigente) y anexos

Propuesta

Artículo 25 del Decreto No. 27-92 – Ley del Impuesto al Valor Agregado

PROPUESTA: La propuesta de simplificación para este paso es que puedan enviarse

en línea.

2. Obtener turno

Propuesta

No hay fundamento legal.

PROPUESTA: Este paso se elimina.

3. Presentar solicitud y documentos adjuntos.

Propuesta

Artículo 25 del Decreto No. 27-92 – Ley del Impuesto al Valor Agregado.

PROPUESTA: Que se solicite en línea junto con el paso 1.

Que el proceso interno dentro de SAT para análisis y autorización sea electrónico.

4. Notificación al contribuyente y al BANGUAT

Propuesta

No hay fundamento legal.

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PROPUESTA: Que se realice vía electrónica.

• Cómo queda la propuesta de simplificación?

Llenar el formulario 2073 y solicitar en línea en VUPE

- VUPE transmite a SAT

- SAT realia todo el análisis en línea

Notificación a contribuyente y BANGUAT en línea

30 días

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ANEXO

PARTICIPANTES MESA TÉCNICA: PROPUESTA DE HOJA DE RUTA PARA SIMPLIFICAR

PROCESOS DE DEVOLUCIÓN DEL CRÉDITO FISCAL A EXPORTADORES

Mura Mejí, SAT

Aracely Hidalgo, SAT

Wilfredo Valle, SAT

Mario Roberto Barillas, Comité de Vegetales de AGEXPORT

Ilonka Castillo, Comité de Vegetales de AGEXPORT

Juan Andrés Valladares, PRONACOM

Vera Calderón, Asesora AGEXPORT

Claudia Cáceres, Consultora

Juan Carlos Campos, Consultor