proclamacion de emancipacion del manhig de sheguel

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Decreto espiritual por el cual el Manhíg de Shéguel declara la libertad de los B'nei Anusím para que retornen a su identidad y tradiciones ancestrales, se organicen y configuren sus modos de observancia judía según cada quien considere. Agosto de 2014.

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  • EL MANHG DE SHGUEL

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    Bogot D.C., Colombia

    Proclamacin de Emancipacin

    El Pueblo Sefard fue expulsado del territorio espaol por los Reyes Catlicos en agosto de

    1492. Ms de medio milln de almas buscaron un hogar de paz en los Pases Bajos, frica

    del Norte, Asia Menor, Europa Oriental y Amrica Latina. Cientos de miles fueron

    obligados a bautizarse so pena de toda clase de condenas, y en su lealtad al Dios de Israel y

    a la Tor, otros miles fueron vctimas de los autos de fe en el Nuevo Mundo y Espaa.

    Hoy por hoy, los Descendientes de los Forzados (Bnei Anusm) ascienden a ms de 50 millones de almas presentes en Amrica Latina. Muchos de ellos olvidaron su verdadero

    origen y sus races, otros ms han logrado conservar parte de su ancestral tradicin y han

    reclamado su derecho ancestral a retornar a la identidad de sus antepasados. Miles de ellos

    desean vivir su cultura juda sefard en armona con su fe en Jesucristo/Yesha HaMashaj;

    en la inmensa mayora de los casos, muchos desean vivir su judasmo de manera

    independiente y personal, sin ninguna clase de intermediarios que impidan, restrinjan o

    instrumentalicen su relacin con el Dios de la Vida, el Dios que habl a Abraham, Moiss y

    los Profetas de Israel.

    Las oficialidades del Judasmo han ratificado que no reconocern jams el estatus judo de

    estos millones de Bnei Anusm a menos que se conviertan formalmente mediante Mikv o Brit Mil, alternativa que tambin se les ha restringido bajo la consigna nosotros no hacemos proselitismo.

    Considerando que las relaciones entre Dios y el ser humano a travs de las religiones estn

    por encima de cualquier autoridad o institucin religiosa, y que nadie tiene derecho alguno

    de prohibir, limitar o manipular dicha alianza sagrada, y que el Judasmo no es ni debe ser

    jams la excepcin de esta regla,

    Que la Declaracin Universal de los Derechos Humanos en su artculo 18 proclama las

    libertades religiosas y de conciencia, esto es, que toda persona sin excepcin alguna tiene el

    derecho de elegir el tipo de confesin religiosa que dese profesar y la libre decisin de

    practicarla de manera individual o colectiva, de manera privada o pblica, y que ninguna

    autoridad o institucin religiosa puede obligar a nadie a obrar en contra del dictamen de su

    conciencia,

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    Que por siglos se ha atropellado sistemticamente el derecho de los sefardes descendientes

    de los Forzados, de preservar la fe y la cultura de sus ancestros, y que hoy da se persiste en

    atropellar y desconocer este derecho de ms de 50 millones de Bnei Anusm,

    Que en mrito de lo expuesto, yo, Richard Gamboa Ben-Eleazar, Manhg de Shguel,

    rabino haljicamente ordenado segn la Ley de Israel, en virtud de la facultad conferida en

    m como Gran Rabino Bendecido Central por la Voluntad de Dios y por la autoridad de los

    Padres Verdaderos del Cielo y de la Tierra, manifestando mi voluntad de obedecer

    fielmente a las instrucciones impartidas por el Santo Bendito Sea,

    PROCLAMO SOLEMNEMENTE LA EMANCIPACIN Y LIBERACIN

    ABSOLUTA DE TODOS LOS BNEI ANUSM, DESDE ESTE DA Y PARA SIEMPRE, EN LOS SIGUIENTES TRMINOS:

    1. El Manhg de Shguel, en su autoridad como Rabino haljicamente ordenado segn la

    Ley de Israel, reconoce y ratifica el estatus de judo de las siguientes personas:

    a. Descendientes de los Forzados que desean vivir su Judasmo de manera libre e

    independiente, de manera individual o colectiva, de manera pblica o privada, en

    cualquiera de sus modos y expresiones de observancia.

    b. Descendientes de los Forzados que desean vivir su Judasmo en armona con su

    reconocimiento personal de Jess de Nazaret/Yesha Ben Yosef, como

    Mesas/Mashaj.

    El Manhg de Shguel dice a los Bnei Anusm: ahora sois libres! que cada quien abrace, segn el dictamen de su conciencia, el modo de Judasmo que desea vivir y

    transmitir a su descendencia. Y tambin dice ante el Mundo Espiritual: yo me hago responsable de todos y cada uno de estos mis hermanos y hermanas.

    2. Toda persona sefard Descendiente de los Forzados podr ratificar su estatus de judo

    invocando el mrito del Manhg de Shguel a travs de la Teud (Acta) de Emancipacin

    adjunta a la presente, la cual cada quien deber diligenciar conforme se indica, imprimir y

    conservar en sus archivos personales, y presentar cuando lo considere necesario.

    3. Los emancipados que as lo deseen, gozarn de libertad para asociarse y organizarse en

    comunidades judas sefardes libres e independientes, autocfalas y autnomas, con el

    fin de apoyarse mutuamente en el estudio de la Tor, la observancia de las pautas de

    nuestra milenaria tradicin y la fraternidad propia de quienes hacemos parte del Pueblo de

    Israel.

    4. Los lderes espirituales y estudiosos de la Tor calificados y debidamente preparados

    acadmicamente, pertenecientes a los Bnei Anusm, gozan desde hoy de autoridad y libertad para guiar y animar a sus correligionarios en calidad de Moram.

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    5. El Manhig de Shguel informa a la opinin pblica que los efectos de la presente

    Emancipacin no son aplicables en los siguientes casos:

    a. Quienes deseen ser reconocidos como judos de manera oficial por alguna institucin juda ortodoxa, conservadora o reformista clsica, para lo cual los

    interesados debern acercarse a los respectivos Rabinatos Superiores con el fin de

    obtener dicha certificacin y seguir las indicaciones que los rabinos de dichas

    instituciones y comunidades les sealen.

    b. Quienes deseen hacer ali y obtener la ciudadana israel en virtud de la Ley del

    Retorno, para los cual los interesados debern acercarse a los respectivos consulados

    israelies y presentar la documentacin que se solicite para tal fin.

    c. Quienes deseen obtener ciudadana espaola, para los cual los interesados

    debern acercarse a los respectivos consulados espaoles y presentar la

    documentacin que se solicite para tal fin.

    d. La Emancipacin no cubre a quienes no se consideren beneficiarios(as) de los

    efectos de la presente Proclamacin, as como tampoco a quienes no poseen ningn

    historial familiar Sefard.

    6. El Manhg de Shguel exhorta, finalmente, a que se anteponga el amor a las personas por

    encima de cualquier inters institucional o doctrinal, y a que se detenga desde hoy y para

    siempre cualquier gesto discriminatorio contra cualquier ser humano por razn de sus

    creencias, afiliacin y prcticas religiosas. Hemos entrado a la Era en la que todas las

    barreras religiosas, clticas y dogmticas estn siendo derribadas para convertirnos toda la

    Humanidad en una sola familia bajo Dios, una familia global unida y a la vez diversa.

    Ningn poder humano podr detener el propsito del Padre Celestial de congregar bajo Sus

    brazos a Sus hijos e hijas dispersos por el mundo.

    7. La presente Proclamacin de Emancipacin entra en vigencia a partir de la fecha de su

    expedicin.

    Comunquese y cmplase.

    En Cheon Jeong Gung, en las montaas de Cheongpyoeng, Condado de Gapyeong,

    Provincia de Gyeonggi, en la Repblica de Corea, a los 16 das del mes de Av del ao

    5774, correspondiente al Calendario Celestial 17 de julio del 2 Ao del Cheon Il Guk, y

    correspondiente al calendario gregoriano 12 de agosto de 2014.

    Rabino RICHARD GAMBOA BEN-ELEAZAR

    Manhg de Shguel

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    Bogot D.C., Colombia

    Acta de Emancipacin

    Aqu estoy, soy descendiente de judos que debieron ocultar su judasmo,

    pero lleg la hora de la libertad,

    ahora retorno a mis races, retorno a mis ancestros, retorno a aquello que me fue privado a mi y a mi familia:

    mi identidad, mi judasmo, la libertad de ser lo que soy Ante la Presencia del Santo Bendito Sea,

    Yo, _____________________________________________, declaro de manera libre y voluntaria,

    mi deseo de retornar para siempre a mis races judas sefardes, y me declaro emancipado(a) y libre de toda atadura o restriccin, con el fin de observar las pautas de nuestra milenaria tradicin, y

    transmitirla a mis descencientes.

    Me declaro beneficiario(a) de la Proclamacin de Emancipacin decretada por el Manhg de

    Shguel, y ratifico que por su mrito, el Eterno me concede hoy la plena libertad para retomar,

    segn el dictmen de mi conciencia, nuestra ancestral tradicin y la forma de Judasmo en que

    quiero vivir y ensearle a mis hijos.

    Declaro adems que no existe en el mundo poder alguno que me pueda impedir adorar al Dios de

    Israel, mi deseo de ser reinsertado(a) al Pueblo de Israel y mi derecho a renovar mi identidad como

    Sefard. La obediencia a Dios est por encima de la obediencia a los seres humanos.

    Me comprometo a estudiar la Tor, cumplir con los mandamientos que el Eterno entreg a Su

    Pueblo Israel, y expresar ante la sociedad en general los ms altos estndares de conducta tica y

    moral, amor por la Humanidad, justicia, bondad, compasin, solidaridad, cuidado y proteccin de la

    Obra de la Creacin.

    Declaro que regreso al seno de Am Israel eligiendo para m el nombre de

    ________________________________________________________________________________

    Ruego al Seor Dios de Abraham, de Isaac y de Jacob, que me asista todos los das y me ayude a

    ser fiel a estos compromisos.

    Shm Israel: Adonai Eloheinu, Adonai Ejad!

    Firma _________________________________ Fecha __________________________________