presentacion faer - prone
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7/21/2019 Presentacion Faer - Prone
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FONDO DE APOYO FINANCIERO PARA LA ENERGIZACIN DELAS ZONAS RURALES INTERCONECTADASFAER Y
PROGRAMA DE NORMALIZACIN DE REDES ELCTRICAS -
PRONE
PRESENTADO POR:
ING. LUIS GENARO MARULANDAING. LAURA ISABEL ALVAREZ
PRESENTADO A:
ING. NEIL HENRY ARENAS
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TIPOS DE FONDOS DE INVERSIN EXISTENTES
En el siguiente esquema, se sealan los distintos fondos de apoyo financiero delEstado Colombiano para la ampliacin de la cobertura de los servicios de EnergaElctrica y Gas.
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FONDO DE APOYO FINANCIERO PARA LA ENERGIZACINDE LAS ZONAS RURALES INTERCONECTADASFAER
Naturaleza del Fondo de Apoyo Financiero para la Energizacin de las
Zonas Rurales Interconectadas, FAER.
Este fondo fue creado por la Ley 788 de 2002, con el objetivo de expandir lacobertura en el sector rural, de los municipios que hacen parte del SistemaInterconectado Nacional-SIN.
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FONDO DE APOYO FINANCIERO PARA LA ENERGIZACINDE LAS ZONAS RURALES INTERCONECTADASFAER
Definiciones:
Usuario. Persona natural o jurdica que se beneficia con la prestacin de unservicio pblico, bien como propietario del in-mueble en donde este se presta, o
como receptor directo del servicio. A este ltimo usuario se denomina tambinconsumidor.
Zonas Rurales Interconectadas. Se considerar como la zona rural donde sepodr construir la nueva infraestructura elctrica que permitir ampliar lacobertura y procurar la satisfaccin de la demanda de energa, mediante la
extensin de redes provenientes del Sistema Interconectado Nacional, SIN. Lazona rural como tal, deber ser certificada por escrito por el Representante Legaldel ente territorial, conforme a los trminos establecidos en las Leyes 388 de1997, 732 de 2002 y las normas que la modifiquen o sustituyan.
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FONDO DE APOYO FINANCIERO PARA LA ENERGIZACINDE LAS ZONAS RURALES INTERCONECTADASFAER
Definiciones:
Estudios de inversin. Son el conjunto de anlisis y estudios necesarios paraevaluar desde el punto de vista tcnico y econmico, la viabilidad de emprender
un proyecto de construccin de la nueva infraestructura en las zonas rurales quese pueden conectar al Sistema Interconectado Nacional, SIN.
Operador de Red de Sistemas de Transmisin Regional (STR) y los Sistemas deDistribucin Local (SDL) - (OR). Es la persona encargada de la planeacin de laexpansin y de las inversiones, operacin y mantenimiento de todo o parte de un
STR o SDL; los activos pueden ser de su propiedad o de terceros. Para todos lospropsitos son las empresas que tienen Cargos por Uso de los STR y/o SDL
aprobados por la Comisin de Regulacin de Energa y Gas (CREG). El OR siempre
debe ser una Empresa de Servicios Pblicos.
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FONDO DE APOYO FINANCIERO PARA LA ENERGIZACINDE LAS ZONAS RURALES INTERCONECTADASFAER
Recaudo de los recursos.
Los recursos provienen del recaudo que realiza el Administrador del Sistema deIntercambio Comerciales ASIC, a razn de $1.00 moneda corriente por cada
kWh despachado en la bolsa de energa mayorista, pagados por los propietariosde los activos del Sistema de Transmisin Nacional - STN.
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FONDO DE APOYO FINANCIERO PARA LA ENERGIZACINDE LAS ZONAS RURALES INTERCONECTADASFAER
Comit de Administracin.
La asignacin de recursos la realiza un comit administrativo llamado CAFAER,conformado por el Ministro de Minas y Energa o su delegado, el Director deEnerga del Ministerio de Minas y Energa y el Director General de la Unidad dePlaneacin Minero Energtica - UPME.
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FONDO DE APOYO FINANCIERO PARA LA ENERGIZACINDE LAS ZONAS RURALES INTERCONECTADASFAER
Destinacin de los Recursos.
Los recursos econmicos del fondo se destinar para financiar planes, programasy proyectos priorizados de inversin para la construccin de la nuevainfraestructura elctrica y para la reposicin y rehabilitacin de la existente en
Zonas de Difcil Gestin y Zonas Rurales de Menor Desarrollo, con el propsitode ampliar la cobertura, mejorar la calidad y continuidad del servicio y procurarla satisfaccin de la demanda de energa en las Zonas Interconectadas.
No sern asumidos con recursos del FAER la compra de predios, losrequerimientos de servidumbres y la ejecucin de los planes de mitigacin
ambiental necesarios para el desarrollo de los planes, programas o proyectos deelectrificacin rural.
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FONDO DE APOYO FINANCIERO PARA LA ENERGIZACINDE LAS ZONAS RURALES INTERCONECTADASFAER
Las zonas rurales que pueden beneficiarse con los recursos del Fondo de ApoyoFinanciero para la Energizacin de las Zonas Rurales Interconectadas, FAER,deben pertenecer a reas geogrficas atendidas por Operadores de Red delSistema Interconectado Nacional.
Podrn presentarse proyectos de electrificacin rural que tengan asociado lneasde interconexin de media tensin y subestaciones de distribucin que permitaincrementar la confiabilidad, calidad y la ampliacin de cobertura con base en loestipulado en el artculo 11 del decreto 1122 del 2008.
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FONDO DE APOYO FINANCIERO PARA LA ENERGIZACINDE LAS ZONAS RURALES INTERCONECTADASFAER
Ejecucin de los Proyectos FAER
La ejecucin, operacin y adecuado funcionamiento de los proyectos propuestos por el
OR en su Plan de Expansin de Cobertura, ser responsabilidad exclusiva del OR. Enestos casos, y para los proyectos que superen el aumento mximo al cargo dedistribucin, se podrn asignar recursos del FAER y/o de otros fondos del Estado a losOR que los presenten. En el caso que los OR manifiesten no tener inters en laconstruccin de la infraestructura, la UPME podr adelantar convocatorias pblicas paraque se ejecuten por terceros.
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FONDO DE APOYO FINANCIERO PARA LA ENERGIZACINDE LAS ZONAS RURALES INTERCONECTADASFAER
Responsabilidad sobre los activos.
Una vez concluidas las obras contempladas para el plan, programa o proyecto, elOperador de Red correspondiente energizar los activos, y asumir la
administracin, operacin y mantenimiento de la infraestructura construida.
Los activos financiados con fondos del FAER sern de propiedad del Ministeriode Minas y Energa. Una vez el OR haya efectuado la Energizacin de los activos yhasta que se suscriba entre el Ministerio y el OR un convenio para el manejo deestos, los activos sern considerados como activos de conexin al Sistema de
Distribucin Local de propiedad de terceros para efectos de su remuneracin yresponsabilidad en la reposicin, de acuerdo con lo establecido en la regulacinvigente para estos efectos, el Decreto 388 de 2007 y aquella normatividad que lamodifique, complemente o sustituya.
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NORMATIVIDAD
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PASOS PARA DESARROLLAR UN PROYECTO CON FONDOSDEL ESTADO
Cartilla Gua presentacin
de proyectos
http://www.minminas.gov.co/minminas/energi
a.jsp?cargaHome=3&id_categoria=71
http://www.minminas.gov.co/minminas/energia.jsp?cargaHome=3&id_categoria=71http://www.minminas.gov.co/minminas/energia.jsp?cargaHome=3&id_categoria=71http://www.minminas.gov.co/minminas/energia.jsp?cargaHome=3&id_categoria=71http://www.minminas.gov.co/minminas/energia.jsp?cargaHome=3&id_categoria=71 -
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ASPECTOS CLAVES
Cuando un proyecto cumple con estos aspectos claves, el grado de efectividad
para su desarrollo se considera muy alto.
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REQUISITOS PARA LA PRESENTACIN DE PROYECTOS ALFONDO DE APOYO FINANCIERO PARA LA ENERGIZACIN
DE LAS ZONAS RURALES - FAER
1.Carta de presentacin(Ver Formato 1A)
Este documento debe ser elaborado en papelera del Operador de Red y firmadopor el representante legal. Debe incluir la fecha de elaboracin, estar dirigido a la
Direccin de Energa del Ministerio de Minas y Energa, especificar la entidadejecutora del proyecto, el valor y tipo de recursos solicitados, el valor delproyecto, indicar que el proyecto se encuentra incluido en el plan de expansindel Operador de Red, incluir el domicilio para el envo de la correspondencia, eindicar el correo electrnico para facilitar la comunicacin; adicionalmente,certificar que los documentos adjuntos son autnticos y que la informacin
presentada es veraz.
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REQUISITOS PARA LA PRESENTACIN DE PROYECTOS ALFONDO DE APOYO FINANCIERO PARA LA ENERGIZACIN
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2. Registro BPIN(Ver Formato 1B)
Se debe certificar que el proyecto debe estar registrado en el Banco de proyectos deInversion - BPIN de la Entidad Territorial.
3. Aval Tcnico y Financiero del Operador de Red(Ver Formato 1C)
Este documento debe ser firmado por el Representante Legal del Operador de Redsobre la viabilidad tcnica y financiera de los planes, programas o proyectos de
inversin con cargo a los recursos del FAER. Adems, deber indicar que garantizar laprestacin del servicio de suministro de energa elctrica a los suscriptores potenciales,ofreciendo los ndices de calidad y continuidad previstos en la regulacin, este Aval nodebe tener un periodo mayor de doce (12) meses desde su expedicin.
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REQUISITOS PARA LA PRESENTACIN DE PROYECTOS ALFONDO DE APOYO FINANCIERO PARA LA ENERGIZACIN
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4. Certificado del Operador de Red sobre cumplimiento de normas tcnicas(Ver Formato 1D)
Se debe presentar un documento en el que conste el cumplimiento deespecificaciones y cumplimiento de normas tcnicas aplicables que han sido
definidas para los materiales, equipo, la construccin e instalacin de la nuevainfraestructura elctrica.
5. Certificado de Servidumbres(Ver Formato 1E)
Antes de presentar el proyecto la Entidad Territorial debe negociar lasservidumbres con los beneficiarios del proyecto, para poder garantizar que no sepresentaran inconvenientes en cuanto este tema durante la ejecucin delproyecto.
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REQUISITOS PARA LA PRESENTACIN DE PROYECTOS ALFONDO DE APOYO FINANCIERO PARA LA ENERGIZACIN
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6. Certificado de No Presentacin a Otros Fondos(Ver Formato 1F)
Este documento debe indicar si al proyecto se le han asignado recursos para suejecucin e indicar si se ha presentado a otro fondo de apoyo financiero.
7. Anlisis de Costos y Presupuestos(Ver Formato 1G y 1H)
Debe incluir los costos globales y unitarios estimados para la ejecucin de cadaactividad del proyecto. Por otra parte, se deben incluir los costos indirectos como
Administracin, Imprevistos, Utilidad, Costos de la Contratacin de laInterventora Tcnica, Certificacin Retie y otros costos que sean necesarios parala puesta en servicio del proyecto, como costos de corte y reconexin al sistema.
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REQUISITOS PARA LA PRESENTACIN DE PROYECTOS ALFONDO DE APOYO FINANCIERO PARA LA ENERGIZACIN
DE LAS ZONAS RURALES - FAER
8. Diseos y Memorias de Clculo
Es la serie de anlisis que debe realizar el proyectista, donde se modelan lasdiferentes memorias para la seleccin tcnico-econmica de los equipos ymateriales requeridos para el proyecto, de acuerdo a una comparacin de
alternativas. Se deben definir los diagramas esquemticos, las caractersticas delas obras, las especificaciones tcnicas de los equipos y materiales, las cantidadesde obras requeridas, etc.
9. Planos Tcnicos
La informacin esquematizada en los planos debe ser coherente con elpresupuesto y con el nmero de usuarios, deben estar firmados por el ingenierodiseador y estar aprobados por el Operador de Red que avala tcnicamente alproyecto formulado. En las convenciones a utilizar, se debe identificar claramentela infraestructura proyectada y la existente.
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DIAGRAMA DEL PROCESO PROYECTOS FAER
http://www.minminas.gov.co/minminas/energi
a.jsp?cargaHome=3&id_categoria=71
http://www.minminas.gov.co/minminas/energia.jsp?cargaHome=3&id_categoria=71http://www.minminas.gov.co/minminas/energia.jsp?cargaHome=3&id_categoria=71http://www.minminas.gov.co/minminas/energia.jsp?cargaHome=3&id_categoria=71http://www.minminas.gov.co/minminas/energia.jsp?cargaHome=3&id_categoria=71 -
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ALCANCE PROYECTOS FAER
REDSECUNDARIA
COSTOS USUARIO:
INSTALACIONES INTERNAS
ACOMETIDA + MEDIDOR FINANCIACIN O.R.
ELECTRICISTA, RETIE
REDPRIMARIA
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PROGRAMA DE NORMALIZACIN DE REDES ELECTRICASPRONE
Creado mediante losartculos 63 y 64 de la Ley812 de 2003.
Fue reglamentadomediante Decreto 3735 de2003.
Financiacin por parte del Gobierno Nacional, de proyectos para BarriosSubnormales que implican la instalacin o adecuacin de las redes de distribucinde energa elctrica, la acometida a la vivienda del usuario, incluyendo el contadoro sistema de medicin del consumo.
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PROGRAMA DE NORMALIZACIN DE REDES ELECTRICASPRONE
Objetivo:
Legalizar usuarios, minimizar perdidas y adecuar las redes a los
reglamentos tcnicos vigentes, en barrios subnormales,situados en municipios del Sistema Interconectado Nacional,
SIN.
La Ley 1117 de 2006 ampli el periodo del programa hasta la vigencia del FAER.Esta ley fue reglamentada con el Decreto 3491 de 2007.
Con la expedicin del Decreto 1123 de 2008, se modific la metodologa de usode recursos de PRONE, a travs de convocatorias lideradas por el Ministerio deMinas y Energa.
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PROGRAMA DE NORMALIZACIN DE REDES ELECTRICASPRONE
Barrio subnormal (Definicin):
Asentamiento humano ubicado en las cabeceras de municipios o distritosservidos a travs del Sistema Interconectado Nacional que rene lassiguientes caractersticas:
Que no tenga servicio pblico domiciliario de energa elctrica o que estese obtenga a travs de derivaciones del Sistema de Distribucin Local o de
una Acometida, efectuadas sin aprobacin del respectivo Operador de Red.
Que no se trate de zonas donde se deba suspender el servicio pblicodomiciliario de electricidad, donde est prohibido prestar el servicio.
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PROGRAMA DE NORMALIZACIN DE REDES ELECTRICASPRONE
Las empresas distribuidoras y comercializadoras de energa elctrica
participarn en los programas de normalizacin con recursoseconmicos, aportando a ttulo gratuito los diseos y especificacionestcnicas, as como la interventora tcnica. El trmino para la ejecucindel programa de normalizacin de redes elctricas ser igual a lavigencia definida para el Programa de Apoyo para la Energizacin de las
Zonas Rurales Interconectadas.
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NORMATIVIDAD
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DIAGRAMA DEL PROCESO PROYECTOS PRONE
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SUBSIDIOS
Los subsidios del sector elctrico para las zonas no interconectadas seotorgarn a los usuarios en las condiciones y porcentajes que defina elMinisterio de Minas y Energa, considerando la capacidad de pago delos usuarios en estas zonas.
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RECURSOS PARA EL PRONE
Los recursos estn a cargo del Administrador del Sistema deIntercambios Comerciales (ASIC), quien recaudar de los dueos de losactivos del Sistema de Transmisin Nacional (STN), el valor
correspondiente y entregar las sumas recaudadas, dentro de los tres(3) das siguientes a su recibo, en la cuenta que para tal propsitodetermine el Ministerio de Hacienda y Crdito Pblico.
El ASIC presentar mensualmente al Ministerio de Minas y Energa
una relacin de las sumas liquidadas y las recaudadas, en la forma quedetermine este Ministerio, con el fin de verificar el cumplimiento de lasobligaciones por parte de los propietarios de los activos del Sistema deTransmisin y del ASIC como recaudador.
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ADMINISTRACION DEL PRONE
El Comit de Administracin esta conformado por:
Ministro de Minas y Energa.Viceministro de Minas y Energa.Director de Energa del Ministerio de Minas y Energa.
El comit esta encargado de aprobar la priorizacin de los planes,
programas o proyectos.
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PRESENTACIN DE PROYECTOS AL COMIT PRONE
Requerimientos bsicos:
Carta de presentacin con la solicitud de recursos.
Proyecto ajustado a la Metodologa General.
Garanta de seriedad y/o cumplimiento de la oferta otorgada.
Plan de inversiones quinquenal de normalizacin con recursos delOperador de Red.
Anlisis de Costos y Presupuesto.
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PRESENTACIN DE PROYECTOS AL COMIT PRONE
Diseos Elctricos y Memorias de Clculo.
Identificacin de la poblacin.
Acuerdo suscrito entre el Operador de Red y el comercializador.
Certificado del registro de los barrios subnormales en el Sistemanico de Informacin.
Cronograma.
Carta de compromiso suscrita por el Representante Legal de laEntidad Territorial.
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PRIORIZACION DE LOS PLANES
Criterios:
El menor costo por usuario.
El mayor nmero de usuarios de barrios subnormales incluidos en losproyectos de inversin de normalizacin realizados enteramente por elOperador de Red.
En los casos en que el Ministerio de Minas y Energa presente zonasprioritarias se dar especial ponderacin a los operadores de red quepresenten proyectos en dichas zonas.
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GRACIAS POR SU ATENCIN
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BIBLIOGRAFIA
Decreto 1122 de 2008:www.elabedul.net/Documentos/Leyes/2008/Decreto_1122.pdf
Cartilla energetica MINMINAS:http://www.minminas.gov.co/minminas/energia.jsp?cargaHome=3&id_categoria=71
Ley 812 de 2003:http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley/2003/ley_0812_2003.html
Decreto 3735 de 2003:http://www.minminas.gov.co/minminas/kernel/usuario_externo_normatividad/form_
consultar_normas_energia.jsp?parametro=135&site=1
http://www.minminas.gov.co/minminas/kernel/usuario_externo_normatividad/form_consultar_normas_energia.jsp?parametro=135&site=1http://www.minminas.gov.co/minminas/kernel/usuario_externo_normatividad/form_consultar_normas_energia.jsp?parametro=135&site=1http://www.minminas.gov.co/minminas/energia.jsp?cargaHome=3&id_categoria=71http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley/2003/ley_0812_2003.htmlhttp://www.minminas.gov.co/minminas/kernel/usuario_externo_normatividad/form_consultar_normas_energia.jsp?parametro=135&site=1http://www.minminas.gov.co/minminas/kernel/usuario_externo_normatividad/form_consultar_normas_energia.jsp?parametro=135&site=1http://www.minminas.gov.co/minminas/kernel/usuario_externo_normatividad/form_consultar_normas_energia.jsp?parametro=135&site=1http://www.minminas.gov.co/minminas/kernel/usuario_externo_normatividad/form_consultar_normas_energia.jsp?parametro=135&site=1http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley/2003/ley_0812_2003.htmlhttp://www.minminas.gov.co/minminas/energia.jsp?cargaHome=3&id_categoria=71http://www.minminas.gov.co/minminas/kernel/usuario_externo_normatividad/form_consultar_normas_energia.jsp?parametro=135&site=1http://www.minminas.gov.co/minminas/kernel/usuario_externo_normatividad/form_consultar_normas_energia.jsp?parametro=135&site=1 -
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BIBLIOGRAFIA
Ley 1117 de 2006:http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley/2006/ley_1117_2006.ht
ml
Decreto 3491 de 2007:http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=26681
Decreto 1123 de 2008 :
http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=29628
http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley/2006/ley_1117_2006.htmlhttp://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley/2006/ley_1117_2006.htmlhttp://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=26681http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=29628http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=29628http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=26681http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley/2006/ley_1117_2006.htmlhttp://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley/2006/ley_1117_2006.html