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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis
Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Parás, Nuevo
y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.
Parás, Nuevo León.Dictamen de la revisión de la Cuenta Pública 2017
El contenido del presente lnfor e de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis Y conclusiones tecnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.
AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO DE NUEVO LEÓNAUDITOR GENERAL DEL ESTADO
OFICIO NO: ASENL-AGE-PLOl-1770/2018ASUNTO: Se remite Informe del Resultado
Monterrey, Nuevo León, a 16 de octubre de
2018
DIP. MARÍA TERESA DURÁN ARVIZU PRESIDENTA DE LA COMISIÓN DE VIGILANCIA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN PRESENTE.-
De conformidad con lo establecido en los artículos 63 fracción XIII, 136 de la Constitución Política del Estado, 1, 2, fracciones 1, V, VIII y X, 3, 18 y 19 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, este Órgano Auxiliar del H. Congreso del Estado realizó con el objeto de evaluar los resultados de la gestión financiera, comprobar el ejercicio de las Leyes de Ingresos, Egresos y sus respectivos presupuestos y verificar el cumplimiento de las leyes y reglamentos aplicables, la fiscalización de la Cuenta Pública 2017 del Municipio de Parás, Nuevo León.
Dicha función se desarrolló conforme a las normas y principios constitucionales rectores de la fiscalización, a saber, principios de posterioridad, anualidad, legalidad, definitividad, universali dad, imparcialidad y confiabilidad, con lo que se garantizó que los resultados obtenidos en el referido proceso de fiscalización, y plasmados en el Informe del Resultado, fueran suficientes para soportar el dictamen contenido en el mismo.
Por lo expuesto y en observancia a lo preceptuado en los art ículos 20 fracción XXXI, 82 fracciones XV y XXV de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, 8 fracción XVIII y 9 primer párrafo del Reglamento Interior de la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, me permito remitir a ese H. Congreso del Estado, por conducto de la Comisión que preside, en documento por escrito y forma digital, el Informe del Resultado de la revisión de la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio 2017, del citado ente público.
Lo anterior, a fin de que se sirva dar el trámite legislativo que corresponda.
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O LEÓN
PE GALVÁN GONZÁLEZ
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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.
CONTENIDO
I. Dictamen del Auditor 1
II. Presentación 2
III. Resumen de la Cuenta Pública presentada por el ente fiscalizado y resultados generales de la revisión practicada
4
IV. Objetivos y alcances de la revisión practicada tanto a la gestión como al desempeño, incluyendo los criterios de selección y descripción de los procedimientos de auditoría aplicados
11
V. Descripción de los elementos revisados y resultados obtenidos en la revisión 14
A. La evaluación de la gestión financiera y del gasto público 14
B. Cumplimiento de las Normas de Información Financiera aplicables al sector gubernamental y de las disposiciones contenidas en los ordenamientos y normativa correspondientes
29
VI. Observaciones derivadas de la revisión practicada, las aclaraciones a las mismas por los funcionarios responsables y su análisis por la Auditoría Superior del Estado, incluyendo las acciones que se ejercerán y recomendaciones que se formularán
30
VII. Trámite y resultados obtenidos, derivados de las solicitudes formuladas por elH. Congreso del Estado
54
VIII. Resultados de la revisión de situación excepcional 54
IX. Situación que guardan las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas, respecto de las Cuentas Públicas de ejercicios anteriores
54
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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 1/59
I. Dictamen del Auditor
Opinión
Hemos auditado los estados de ingresos y egresos que integran la Cuenta Pública del municipio de Parás, Nuevo León, correspondiente al ejercicio fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2017.
En nuestra opinión, los estados de ingresos y egresos adjuntos, presentan razonablemente, en todos los aspectos materiales, la situación financiera del Ente Público al 31 de diciembre de 2017, así como el resultado de sus actividades por el año terminado en esa fecha de conformidad con las Normas de Información Financiera aplicables.
Responsabilidades de la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León
La información mencionada en el párrafo anterior fue proporcionada por el Ente Público, por lo que nuestra responsabilidad consiste en expresar con seguridad razonable una opinión sobre la misma, la cual deriva del análisis del resultado de la gestión y situación financiera, la auditoría fue realizada en base a pruebas selectivas de acuerdo a Normas Internacionales de Auditoría (NIA), las cuales requieren que la revisión sea planeada y realizada de tal manera que permitan obtener elementos de juicio de que los estados financieros no contienen incorrecciones o errores importantes.
La auditoría se efectúa posterior a la gestión financiera, siendo de carácter externo, de manera independiente y autónoma del Ente Público fiscalizado y de cualquier otra forma de control y auditoría.
Responsabilidades del Ente Público
Es de señalar que el Ente Público es responsable de sus operaciones y del resultado de las mismas, así como de sus actos, hechos jurídicos y de la preparación y presentación fiel de la información financiera de conformidad con la Ley General de Contabilidad Gubernamental, las normas contables emitidas por el CONAC y las Normas de Información Financiera aplicables, además de diseñar e implementar el control interno con base en planes, métodos y medidas necesarias que promuevan la eficiencia en su operación y permita la generación y preparación exacta y veraz de los estados e información financiera que conforman la Cuenta Pública.
Monterrey, Nuevo León, a 13 de abril de 2018
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II. Presentación
La Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, de conformidad con lo establecido en los artículos 63, fracción XIII, 136, párrafos primero y segundo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, 1, 2, fracciones I, VIII y X y 3 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, se instituye como un órgano auxiliar del H. Congreso del Estado en su función de fiscalización de las Cuentas Públicas presentadas por los Poderes del Estado, los Organismos Constitucionalmente Autónomos, los Organismos Públicos Descentralizados y Fideicomisos Públicos de la Administración Pública del Estado, los Municipios y sus Organismos Descentralizados, así como las Instituciones Públicas de Educación que reciban recursos públicos.
En el ejercicio de las referidas funciones, para la revisión de la Cuenta Pública del ejercicio 2017 del Municipio de Parás, Nuevo León, la Auditoría Superior del Estado de conformidad con lo establecido en los artículos 18 y 19 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, evaluó los resultados de la gestión financiera, comprobó si el ejercicio de las Leyes de Ingresos y Egresos, y sus respectivos presupuestos se ajustaron a los criterios señalados en los mismos, verificó el cumplimiento de las leyes, los reglamentos y la normatividad aplicables en materia de gestión financiera.
En tal sentido, y en cumplimiento de lo preceptuado en los artículos 20 fracción XXXI y 82 fracción XV de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, esta Auditoría Superior del Estado tiene a bien rendir el Informe del Resultado de la revisión practicada a la Cuenta Pública del ejercicio 2017 del Municipio de Parás, Nuevo León, al H. Congreso del Estado.
El Dictamen del Auditor, refleja la evaluación practicada al manejo y aplicación de los recursos públicos, además del cumplimiento de las Normas de Información Financiera aplicables al sector gubernamental. El cual fue elaborado por el C.P.C. Jorge Guadalupe Galván González, Auditor General y el Lic. Jesús Mendoza Uribe, Auditor Especial de Municipios, el 13 de abril de 2018 fecha que corresponde al último procedimiento de auditoría realizado por este Órgano Fiscalizador como parte de la revisión.
En el apartado IV de este informe, se incluyen los objetivos y alcances de la revisión practicada tanto a la gestión como al desempeño, incluyendo los criterios de selección y descripción de los procedimientos de auditoría aplicados.
Asimismo, en el apartado V, se presenta una descripción de los elementos revisados y resultados obtenidos en la revisión, respecto de:
La evaluación de la gestión financiera y del gasto público; Cumplimiento de las Normas de Información Financiera aplicables al sector gubernamental
y de las disposiciones contenidas en los ordenamientos y normativa correspondientes.
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En el apartado VI del presente informe, se detallan las observaciones no solventadas, con su fundamentación, derivadas de la revisión practicada, con las aclaraciones a las mismas y su análisis, así como las acciones que se ejercerán, recomendaciones que se formularán y las promociones o gestiones que se realizarán para la intervención de otras autoridades, las cuales se notificarán una vez entregado el Informe del Resultado al H. Congreso del Estado, en términos de lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León.
Finalmente, se informa sobre la situación que guardan las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas, respecto de las Cuentas Públicas de ejercicios anteriores.
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III. Resumen de la Cuenta Pública presentada por el ente fiscalizado y de los resultados generales de la revisión practicada
A. Resumen de la Cuenta Pública presentada por el ente fiscalizado y resultados generales de la revisión practicada
El Municipio de Parás, Nuevo León, presentó el 23 de marzo de 2018 ante el H. Congreso del Estadosu Cuenta Pública correspondiente al ejercicio de 2017, la cual fue remitida a esta Auditoría Superior del Estado el día 18 de abril de 2018.
El Estado de Ingresos y Egresos, así como la Disponibilidad se integran al 31 de diciembre de 2017 por las cifras presentadas en un cuadro comparativo del Presupuesto de Ingresos y Egresos por rubros y programas, contra lo ejercido y sus variaciones que se presenta a continuación:
Estado de Ingresos y Egresos
Concepto Importe Real . % Importe . % Importe . %Presupuesto Variación
INGRESOSImpuestos $ 558,615 2 $ 1,004,580 2 $ (445,965) (44)Derechos 36,889 - 52,457 - (15,568) (30)Productos 27,366 - 444,356 1 (416,990) (94)Aprovechamientos 20,295 - 3,514,077 8 (3,493,782) (99)Participaciones 12,114,211 38 21,708,187 50 (9,593,976) (44)Fondo de Infraestructura Social 529,956 2 1,000,665 2 (470,709) (47)Fondo para el Fortalecimiento Municipal 539,542 2 1,133,107 3 (593,565) (52)Fondo Descentralizado 6,435,095 20 9,983,180 23 (3,548,085) (36)Otras Aportaciones 2,320,789 7 3,273,262 8 (952,473) (29)Otros 9,354,614 29 1,171,092 3 8,183,522 699Total $ 31,937,372 100 $ 43,284,963 100 $ (11,347,591) (26)
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Concepto Importe Real . % . Importe . % . Importe . %Presupuesto Variación
EGRESOSAdministración Pública $ 12,850,564 40 $ 14,041,500 31 $ 1,190,936 8Servicios Comunitarios 1,314,327 4 1,142,700 3 (171,627) (15)Desarrollo Social 3,927,156 12 2,341,800 5 (1,585,356) (68)Seguridad Pública y Transito - - 20,000 - 20,000 100Mantenimiento y Conservación de Activos 3,384,582 11 3,912,300 9 527,718 13Adquisiciones 242,956 1 414,600 1 171,644 41Desarrollo Urbano y Ecología - - 275,000 1 275,000 100Fondo de Infraestructura Social Municipal 530,394 2 613,000 1 82,606 13Fondo de Fortalecimiento Municipal 530,451 2 675,000 1 144,549 21Obligaciones Financieras 990,994 3 2,000,000 4 1,009,006 50Otros 7,861,539 25 19,649,063 44 11,787,524 60Total $ 31,632,963 100 $ 45,084,963 100 $ 13,452,000 30
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Disponibilidad del Ejercicio
ConceptoFondo fijo
Importe$ 1,000
Cuentas bancarias 1,433,580Cuentas por cobrar 99,799Subtotal Menos:Cuentas por pagar
$ 1,534,379
968,711Total $ 565,668
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B. Resultados generales de la revisión practicada
Observaciones Preliminares
Derivado de los trabajos de fiscalización de la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio 2017, y de manera previa a la presentación del presente Informe del Resultado de la revisión, acorde con lo preceptuado en el artículo 46 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, la Auditoría Superior del Estado dio a conocer a los titulares de los Sujetos de Fiscalización y en su caso, a los titulares responsables de los sujetos de fiscalización durante el período objeto de revisión, en los casos en que tales funcionarios dejaron de desempeñar su cargo, las presuntas deficiencias o irregularidades detectadas (observaciones preliminares), a efecto de que éstos en un plazo improrrogable de treinta días naturales contados a partir del día de su notificación, presentaran las justificaciones y aclaraciones que correspondan.
A continuación se presenta el resumen de las observaciones preliminares detectadas durante la revisión, clasificadas por tipo de auditoría.
GRÁFICA: Observaciones preliminares detectadas en la revisión por tipo de auditoría
Resultado del análisis de las aclaraciones y justificaciones a las observaciones
Asimismo, en cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 137, cuarto párrafo, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, se comunicó al ente público auditado de manera previa a la emisión del presente informe, para efecto informativo, el resultado del análisis realizado por esta Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, respecto de las justificaciones y aclaraciones presentadas en su caso, en respuesta a las observaciones detectadas durante la fiscalización de la Cuenta Pública; señalando para tal efecto, las que a juicio de este órgano, resultaron o no solventadas.
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En la siguiente gráfica, se ilustran las observaciones solventadas, no solventadas y parcialmente solventadas, por tipo de auditoría, como resultado del análisis efectuado por esta Auditoría Superior del Estado a las justificaciones y aclaraciones presentadas.
GRÁFICA: Observaciones por tipo de auditoría
Asimismo, en función de las observaciones detectadas durante la fiscalización de la Cuenta Pública, en el siguiente CUADRO se presentan de manera sintetizada los resultados generales de la revisión.
Al efecto, es importante precisar que la clasificación adoptada, corresponde al tipo de auditoría de la cual se detectaron las observaciones preliminares respectivas, así como al aspecto preponderante con el que se encuentran vinculados los hechos u omisiones observados.
OBSERVACIONES PRELIMINARES OBSERVACIONES SUBSISTENTESNo. de
observaciones preliminares
Montoobservado1 $
No. deobservaciones solventadas
Montossolventados2 $
Recuperacionesoperadas3 $
No. deobservaciones
no solventadas
Montos nosolventados4 $
Probablesrecuperaciones5 $
GESTIÓN FINANCIERANormativaA 12 0 5 0 0 7 0 0ControlInternoE
1 0 0 0 0 1 0 0
Subtotal 13 0 5 0 0 8 0 0OBRA PÚBLICA
NormativaA 18 0 2 0 0 16 0 0
EconómicaC 1 82,470 0 0 0 1 82,470 82,470Subtotal 19 82,470 2 0 0 17 82,470 82,470
Total 32 82,470 7 0 0 25 82,470 82,470
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CUADRO: Resultados Generales de la revisión (montos expresados en pesos)
A Normativa: Los actos u omisiones observados constituyen incumplimientos a las disposiciones legales o reglamentarias, en tanto no hagan presumir la existencia de daños o perjuicios estimables en dinero, causados a la hacienda pública o patrimonio de los entes (federación, estado, municipios, y sus organismos públicos descentralizados).
C Económica: Los actos u omisiones observados hacen presumir la existencia de daños o perjuicios estimables en dinero, causados a la hacienda pública o patrimonio de los entes (federación, estado, municipios, y sus organismos públicos descentralizados).
E Control Interno: Los actos u omisiones observados guardan relación con el incumplimiento de los procedimientos establecidos por los entes públicos para salvaguardar y preservar sus bienes o asegurar la exactitud, oportunidad, confiabilidad y veracidad de la información que debe contener la Cuenta Pública, o bien, con la ausencia o deficiencias de los mismos.
Notas:
1El monto observado no constituye aún una cuantificación de tipo resarcitorio, y corresponde a la cantidad a la que se encuentran vinculados los hechos u omisiones observados (registro contable, monto de la operación observada, cantidades no justificadas o comprobadas, trabajos pagados no ejecutados, entre otros).
2Los montos solventados corresponden a observaciones vinculadas con aspectos económicos o financieros que fueron solventadas por el ente público o por quienes fungieron como titulares del mismo en el periodo objeto de revisión y dejaron de desempeñar dicho cargo, bien sea por haber exhibido la documentación justificativa y comprobatoria correspondiente o desvirtuado los motivos o fundamentos que dieron sustento a la observación.
3Las recuperaciones operadas que se reportan, devienen de la acción fiscalizadora y del ejercicio de las facultades de la ASENL, y se refieren a procesos realizados por el ente auditado, concluidos y conciliados, cuyos montos han sido reintegrados a su hacienda pública o patrimonio o al fondo federal respectivo, tratándose de recursos federalizados.
4Se consideran como montos no solventados, la cantidad a la que se encuentran vinculados los hechos u omisiones observados.
5Se consideran como probables recuperaciones, aquellos montos observados en relación a los cuales existe la posibilidad de obtener su reintegro a la hacienda pública, patrimonio del ente o al fondo federal respectivo tratándose de recursos federalizados, o bien, la solventación del aspecto económico observado, derivado del pliego presuntivo de responsabilidades y en su caso, del procedimiento para el fincamiento de responsabilidades resarcitorias que instruya esta Auditoría Superior del Estado, o derivado de las gestiones de esta entidad de fiscalización ante la autoridad competente a la cual corresponde iniciar los procedimientos respectivos.
En alcance al CUADRO anterior, se presenta a continuación la integración de las observaciones indicadas como no solventadas del presente informe, así como su clasificación, señalando además las acciones que se emitirán o recomendaciones que se formularán con motivo de las mismas por esta Auditoría Superior del Estado.
Observación No. Aspecto Monto no solventado $ Acciones y recomendacionesGESTIÓN FINANCIERA
1 Normativa 0 VAI2 Normativa 0 VAI3 Normativa 0 VAI4 Normativa 0 VAI5 Normativa 0 VAI7 Normativa 0 VAI8 Normativa 0 VAI6 Control Interno 0 RG
Subtotal 0OBRA PÚBLICA
9 Normativa 0 VAI, RG10 Normativa 0 VAI12 Normativa 0 VAI13 Normativa 0 VAI14 Normativa 0 VAI15 Normativa 0 VAI, RG16 Normativa 0 VAI
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Observación No. Aspecto Monto no solventado $ Acciones y recomendaciones17 Normativa 0 VAI18 Normativa 0 VAI19 Normativa 0 VAI20 Normativa 0 VAI21 Normativa 0 VAI, RG22 Normativa 0 VAI23 Normativa 0 VAI24 Normativa 0 VAI25 Normativa 0 VAI11 Económica 82,470 VAI, RG
Subtotal 82,470Total 82,470
CUADRO: Relación de observaciones con sus acciones y recomendaciones (montos expresados en pesos)
Acciones
PEFCF.- Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal IDP.- Interposición de Denuncias PenalesIASF.- Informe a la Auditoría Superior de la Federación
VAI.- Vista la Autoridad Investigadora
Recomendaciones
RG.- Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno RD.- Recomendaciones Referentes al Desempeño
Acciones que se ejercerán, recomendaciones que se formularán, y la promoción o gestiones que se realizarán para la intervención de otras autoridades.
Una vez presentado este Informe del Resultado al H. Congreso del Estado, esta Auditoría Superior del Estado, en relación a los casos en que el ente público auditado o quienes fungieron como titulares del mismo en el periodo objeto de revisión y dejaron de desempeñar dicho cargo, no presentaron justificaciones y aclaraciones dentro del plazo señalado para solventar las observaciones preliminares formuladas o bien las presentadas resultaron insuficientes para dicho efecto (observaciones no solventadas o parcialmente solventadas en GRÁFICA: Observaciones por Tipo de Auditoría), a más tardar dentro de los diez días hábiles siguientes, en términos de lo preceptuado en el artículo 54 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, procederá a emitir, según corresponda, las acciones y recomendaciones que se anuncian en el siguiente CUADRO:
Tipo deauditoría
Obs. Acciones Recomendaciones Totalacciones
Monto nosolventad
o$
PEFCF1 IDP2 IASF3 VAI4 RG5 RD6
GESTIÓNFINANCIERA
8 7 1 8 0
OBRA PÚBLICA 17 17 4 21 82,470Total 25 24 5 29 82,470
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Tipo deauditoría
Obs. Acciones Recomendaciones Totalacciones
Monto nosolventad
o$
PEFCF1 IDP2 IASF3 VAI4 RG5 RD6
Monto no solventado por tipo de acción $
0 0 0 82,470 82,470 0
CUADRO: Resumen de acciones que se ejercerán y recomendaciones que se formularán derivadas de las observaciones en la revisión practicada
Acciones1 Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal: Acción mediante la cual se informa a la autoridad fiscal competente sobre una
posible evasión fiscal, detectada por la Auditoría Superior del Estado en el ejercicio de sus facultades de fiscalización, o bien por la presunción de errores aritméticos, omisiones u otros que aparezcan en las declaraciones, solicitudes, avisos fiscales, y demás documentos en los que conste la determinación y liquidación de contribuciones, a efecto de que ejerzan sus facultades de comprobación fiscal.
2 Interposición de Denuncias Penales: Acción por la que se interpone ante la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, denuncia sobre hechos que la Auditoría Superior del Estado conoció durante su labor de fiscalización, o en las diligencias realizadas por su Autoridad Investigadora, que pueden implicar la comisión de un delito; con el propósito de que dicha Fiscalía inicie la investigación correspondiente, y en su caso ejercite acción penal en contra del posible autor o participe de los hechos denunciados.
3 Informe a la Auditoría Superior de la Federación: Informe que en observancia de lo dispuesto en el penúltimo párrafo del artículo 49 de la Ley de Coordinación Fiscal, se emite para dar a conocer a la Auditoría Superior de la Federación, irregularidades relacionadas con la aplicación y destino de los recursos federales provenientes de los fondos previstos en el capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal, a fines diversos a los establecidos en la referida ley.
4 Vista la Autoridad Investigadora: Acción que tiene por objeto dar a conocer a la Unidad Investigadora competente sobre la existencia de actos u omisiones que la Ley General de Responsabilidades Administrativas señala como falta administrativa, a efecto de que lleve las diligencias de investigación conducentes, para que en su caso emita el informe de presunta responsabilidad que se le dará a conocer a la Autoridad Substanciadora para el inicio del procedimiento de responsabilidad, en el que la Autoridad Resolutora determinará mediante sentencia, sobre la existencia o inexistencia de falta administrativa, así como de las sanciones o indemnizaciones que se fijarán a los servidores públicos o particulares responsables.
Recomendaciones5 Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno: Sugerencias de carácter preventivo que se formulan al ente fiscalizado para
fortalecer sus procesos administrativos y los sistemas de control. Tienen por objeto señalar las áreas con deficiencias en cuanto a la gestión financiera, así como áreas de oportunidad en el control interno y de gestión.
6 Recomendaciones Referentes al Desempeño: Sugerencias de carácter preventivo que se formulan al ente público fiscalizado con el objeto de fortalecer su desempeño, la actuación de los servidores públicos y el cumplimiento de metas y objetivos, a fin de fomentar las prácticas de buen gobierno.
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IV. Objetivos y alcances de la revisión practicada tanto a la gestión como al desempeño, incluyendo los criterios de selección y descripción de los procedimientos de auditoría aplicados
Auditorías programadas por tipo o materia
Con base en los criterios generales y particulares para la planeación específica utilizada en la integración del Programa Anual de Auditoría 2018 para la Fiscalización de las Cuentas Públicas correspondientes al ejercicio 2017, presentado ante ese H. Congreso del Estado, para su conocimiento, por conducto de la Comisión de Vigilancia, en fecha 31 de agosto de 2018 y considerando la importancia, pertinencia y factibilidad de su realización, se determinaron las siguientes auditorías a practicar al Municipio de Parás, Nuevo León, por tipo o materia, a saber:
EntidadTipos de auditoría a Cuenta Pública 2017
Auditoría Financiera1
Auditoría Técnica a la
Obra Pública2
Auditoría en
Desarrollo Urbano3
Laboratorio de Obra Pública4
Auditoría de Evaluación al Desempeño5
Auditoría a Recursos Federales6
Total
Parás 1 1 - - - - 2
CUADRO AUDITORÍAS PROGRAMADAS POR ENTE PÚBLICO Y TIPO DE AUDITORÍA
1Auditoría Financiera. Orientada fundamentalmente a comprobar que en la recaudación de los ingresos y en la aplicación del gasto se haya observado lo dispuesto en la Ley de Ingresos, Egresos y sus respectivos Presupuestos, así como en la demás legislación aplicable.2Auditoría Técnica a la Obra Pública. Consiste en la verificación del cumplimiento de los objetivos fijados en los planes y programas de obras públicas, a la justificación de los servicios que se contraten para este fin, al ejercicio de los recursos y al desempeño de las funciones de los entesfiscalizables a cargo, con base a la correcta integración y procedencia de los documentos que integran las etapas de planeación, programación, presupuesto y ejecución de las obras, contenidos en los expedientes técnicos.3 Auditoría en Desarrollo Urbano. Tiene por objeto verificar que las acciones de crecimiento, conservación y mejoramiento: licencias de uso de suelo, edificación, construcción, fraccionamientos, subdivisiones, parcelaciones, fusiones, conjuntos urbanos, entre otros, se hayan autorizado porlos entes cumpliendo con los requisitos, lineamientos restrictivos y ambientales que establece la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, los planes y programas de desarrollo urbano y su zonificación, reglamentos de construcción, uso de suelo, y demás disposiciones aplicables; así como verificar que los derechos y demás contribuciones causadas con motivo de su aprobación, hayan sido cobradas conforme a las cuotas o tarifas establecidas en los ordenamientos jurídicos respectivos.4 Laboratorio de Obra Pública. Para la verificación de la obra pública, la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León cuenta con un laboratoriodedicado a comprobar la calidad de los materiales de la obra ejecutada o contratada por los entes públicos; mediante inspecciones físicas que se realizan a los inmuebles en los que se ejecutó la obra pública, se recaban muestras de materiales a efecto de practicar los ensayos o pruebas necesarias para verificar si la calidad de éstos se encuentran conforme a las especificaciones pactadas.5Auditoría de Evaluación al Desempeño. Consiste en verificar el cumplimiento de los objetivos y metas contenidos en los planes y programas, a través de indicadores establecidos; identificando las áreas de oportunidad que limitan la consecución de dichos objetivos, generandorecomendaciones que promuevan una gestión gubernamental económica, eficaz y eficiente, además de contribuir a la rendición de cuentas. 6Auditoría a los Recursos Federales. Su propósito es verificar y evaluar que los recursos fueron recibidos a través de los ramos generales y administrativos, o mediante reasignaciones de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, y que se ejercieron y aplicaron de conformidad con lo dispuesto por la legislación y normativa en la materia.
Objetivos y alcances de la revisión practicada
En la implementación y ejecución del Programa Anual de Auditoría 2018 para la revisión y fiscalización de las Cuentas Públicas correspondientes al ejercicio 2017, entre las cuales se encuentra el Municipio de Parás, Nuevo León, se observaron métodos y criterios objetivos, aplicando las mejores prácticas y procedimientos de auditoría, en ese sentido, en observancia de lo preceptuado en los artículos 18 y 19 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado y acorde en
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cada caso con el tipo o materia de auditoría practicada, en los términos previamente anunciados, el objeto y alcances de la revisión y fiscalización, fue el siguiente:
I. Para evaluar los resultados de la Gestión Financiera, se verificó:
a) Si se cumplió con las disposiciones jurídicas aplicables en materia de sistemas de registro y contabilidad gubernamental; contratación de servicios, obra pública, adquisiciones, arrendamientos, conservación, uso, usufructo, destino, afectación, enajenación y baja de bienes muebles e inmuebles; almacenes y demás activos; recursos materiales y demás normatividad aplicable al ejercicio del gasto público.
b) Si la captación, recaudación, administración, custodia, manejo, ejercicio y aplicación de recursos, incluyendo subsidios, transferencias y donativos y si los actos, contratos, convenios, mandatos, fondos, fideicomisos, prestación de servicios públicos, operaciones o cualquier acto que los Entes Públicos, celebren o realicen, relacionados con el ingreso y el ejercicio del gasto público, se ajustaron a la legalidad, y si no han causado daños o perjuicios, o ambos, en contra de la Hacienda Pública Estatal o Municipal, o al Patrimonio de los Entes Públicos.
II. Para comprobar si el ejercicio de las Leyes de Ingresos y Egresos y sus respectivos Presupuestos se ajustaron a los criterios señalados en los mismos; se revisó:
a) Si las cantidades correspondientes a los ingresos y a los egresos, se ajustaron o corresponden a los conceptos y a las partidas respectivas;
b) Si los programas y su ejecución se ajustaron a los términos y montos aprobados en el Presupuesto;
c) Si los recursos provenientes de financiamientos se obtuvieron en los términos autorizados y se aplicaron con la periodicidad y formas establecidas por las leyes y demás disposiciones aplicables y si se cumplieron los compromisos adquiridos en los actos respectivos.
III. Además, se realizaron pruebas de auditoría a fin de evaluar el cumplimiento de las leyes, los reglamentos y la normatividad aplicables en la materia de la gestión financiera.
IV. Para verificar que la obra pública se realizó conforme con lo establecido en la ley de la materia, lo preceptuado en los artículos 31 y 32 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, así como de otras disposiciones aplicables y a los programas y presupuestos autorizados, se realizó lo siguiente:
a) La práctica de las auditorías, visitas e inspecciones para verificar el exacto cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas de obra pública, y obtener los datos técnicos y demás elementos relacionados con la revisión.
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V. Asimismo, de conformidad con lo estipulado en el inciso a), de la fracción I, del artículo 19 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, se verificó la aplicación por parte del ente fiscalizado de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, así como las disposiciones normativas emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable.
Aspectos generales sobre los criterios de selección y descripción de los procedimientos de auditoría aplicados
Las auditorías practicadas (por tipo o materia) se seleccionaron con base en los criterios establecidos para la planeación específica utilizada en la integración del Programa Anual de Auditoría 2018 para la fiscalización de las Cuentas Públicas correspondientes al ejercicio 2017, considerando la importancia, pertinencia y factibilidad de su realización.
El universo seleccionado para la revisión fue el conjunto de operaciones, registros o movimientos de entre los cuales, se seleccionaron muestras para aplicarles procedimientos o pruebas de auditoría, partiendo esencialmente, del presupuesto asignado al ente público, y ejercido en los capítulos, conceptos, partidas, proyectos de inversión, programas presupuestarios y fondos, así como los conceptos de ingreso, en su caso, y en general cualquier otro concepto que se estimó pertinente incluir en el alcance de la revisión.
La muestra auditada consistió en las operaciones, registros o movimientos fiscalizados a través de procedimientos o pruebas de auditoría, cuyos resultados permitieron la emisión, debidamente soportada y fundamentada del Dictamen del Auditor. Asimismo, las áreas revisadas, fueron esencialmente las unidades administrativas de la entidad fiscalizada responsables de la ejecución de las operaciones, actividades o programas objeto de la revisión.
Con base en lo anterior, en forma específica dentro del contenido del Informe del Resultado, se señalan las operaciones, registros o movimientos fiscalizados, las técnicas y pruebas de auditoría aplicadas, y en su caso, el resultado de las mismas, mediante las cuales se obtuvo evidencia suficiente, competente, relevante y pertinente acerca del objeto auditado y con base en la cual se determinaron los resultados y el dictamen correspondiente.
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V. Descripción de los elementos revisados y resultados obtenidos en la revisión
A) La evaluación de la gestión financiera y del gasto público
Para tal efecto se consideró el Estado de Ingresos y Egresos y sus presupuestos por el período del 1 de enero al 31 de diciembre de 2017, así como la Disponibilidad al cierre del ejercicio que el Municipio de Parás, Nuevo León presentó como parte de la información que integra la Cuenta Pública.
Las operaciones efectuadas se registran con base al método de efectivo, que implica reconocer los ingresos hasta el momento en que se cobran y no cuando se realizan y los egresos cuando se pagan y no cuando se devengan, excepto por algunas partidas registradas como cuentas por cobrar o por pagar que forman parte de la disponibilidad.
Para el desarrollo de la revisión, la Auditoría Superior del Estado, aplicó una serie de procedimientos enfocados para asegurarse de la razonabilidad de las cifras presentadas que forman parte de la gestión financiera y gasto público, que su presentación y registro estuvo conforme a las Normas de Información Financiera emitidas por el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera, A.C. (Cinif), además que se apegaron al cumplimiento de las Leyes, Decretos, Reglamentos y demás disposiciones aplicables y a los objetivos y metas establecidas en los programas.
Por lo anteriormente expuesto, consideramos que la información proporcionada por el Municipio de Parás, Nuevo León, como Cuenta Pública correspondiente al ejercicio de 2017 presenta razonablemente el manejo, custodia y aplicación de los ingresos, egresos, fondos y en general de los recursos públicos, así como el cumplimiento de los programas y subprogramas, excepto en su caso, por lo mencionado en el apartado VI de este Informe.
El Estado de Ingresos y Egresos, así como la Disponibilidad presentados en pesos por el Municipio de Parás, Nuevo León al 31 de diciembre de 2017 que se mencionan en la Cuenta Pública, son los que se muestran a continuación:
INGRESOS
Análisis y Procedimientos de la Revisión de Ingresos
Del total de los ingresos manifestados en el Estado de Ingresos y Egresos por el ejercicio comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2017, se eligieron partidas para su revisión de manera selectiva, verificando los recibos oficiales de ingresos expedidos, la documentación soporte que los originó, la normatividad aplicable para su cobro o las tarifas aprobadas por el
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R. Ayuntamiento, para servicios que no se contemplan en la Ley y su depósito en las cuentas bancarias a nombre del Municipio, a efecto de comprobar su razonabilidad.
Asimismo, por la totalidad de los ingresos obtenidos en el ejercicio 2017 reportados y registrados contablemente en los diferentes rubros y conceptos, se comprobó mediante los estados de cuenta que expiden las instituciones bancarias, que estos fueron depositados en un plazo razonable de tiempo.Los importes de alcance corresponden básicamente a la revisión de los recibos de ingresos y su documentación soporte.
A continuación se presenta un cuadro comparativo de los ingresos recaudados en el año 2017 por rubros, determinando las variaciones contra los importes reales del ejercicio 2016:
Ingresos Reales VariaciónRubros 2017 % 2016 % Importe %
Impuestos $ 558,615 2 $ 767,645 3 $ (209,030) (27)Derechos 36,889 - 42,826 - (5,937) (14)Productos 27,366 - 335,829 1 (308,463) (92)Aprovechamientos 20,295 - 10,055 - 10,240 102Participaciones 12,114,211 38 10,030,334 41 2,083,877 21Fondo de Infraestructura Social 529,956 2 507,952 2 22,004 4Fondo para el Fortalecimiento Municipal 539,542 2 527,249 2 12,293 2Fondo Descentralizado 6,435,095 20 4,984,245 20 1,450,850 29Otras Aportaciones 2,320,789 7 2,124,310 9 196,479 9Otros 9,354,614 29 5,304,921 22 4,049,693 76
Total $ 31,937,372 100 $ 24,635,366 100 $ 7,302,006 30
A continuación se detallan los conceptos que integran los ingresos por rubro, presentando los importes de alcance y porcentajes de las muestras tomadas de manera selectiva y en algunos casos, se explican los procedimientos adicionales aplicados en la revisión a los ya enunciados en el primer párrafo, al inicio de esta sección.
IMPUESTOS $558,615
Este rubro representa el 2% de los ingresos totales y se integra por los conceptos siguientes:
Concepto Importe % Alcance %
Predial $ 476,222 85 $ 376,053 79Adquisición de inmuebles 51,173 9 39,089 76Recargos y accesorios 31,220 6 3,744 12
Total $ 558,615 $ 418,886
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Como procedimiento adicional de auditoría, se verificó que los cobros que se realizan en este rubro se efectúen en apego a la normatividad establecida.
Predial $476,222
En este concepto se registraron cobros a contribuyentes por operaciones del impuesto predial por el presente año y rezago conforme a la facturación enviada por el Instituto Registral y Catastral del Estado, recaudando la Administración Municipal el 26%.
Adicionalmente, se revisó la conciliación de este concepto que elaboró la Administración Municipal, confrontando el valor de las facturaciones enviadas por el Instituto Registral y Catastral del Estado, contra la suma del impuesto recaudado, reducciones, subsidios y el importe de la devolución de lo no cobrado enviado a dicho Instituto.
Adquisición de inmuebles $51,173
Se registraron en este concepto cobros a contribuyentes del Impuesto sobre adquisición de inmuebles, devengados de operaciones de compra-venta de bienes inmuebles.
Como procedimiento de auditoría se revisó en forma selectiva las partidas más representativas, cotejando los recibos oficiales de ingresos contra la nota declaratoria para determinar la base del impuesto de acuerdo a la normatividad establecida en el artículo 28 bis de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Nuevo León.
Recargos y accesorios $31,220
En este concepto se registraron ingresos generados de recargos y accesorios por operaciones del impuesto predial.
DERECHOS $36,889
Este rubro se integra por los conceptos siguientes:
Concepto Importe % Alcance %
Construcciones y urbanizaciones $ 3,120 8 $ 2,140 69Inscripción y refrendo 30,145 82 23,655 78Revisión, inspección y servicios 3,624 10 1,359 38
Total $ 36,889 100 $ 27,154 74
Como procedimiento adicional de auditoría, se verificó que los cobros que se realizan en este rubro se efectúen en apego a la normatividad establecida.
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Construcciones y urbanizaciones $3,120
En este concepto se registraron cobros por permisos de construcción.
Inscripción y refrendo $30,145
En este concepto se registraron ingresos por el refrendo anual otorgado a establecimientos con venta de bebidas alcohólicas.
Revisión, inspección y servicios $3,624
En este concepto se registraron los ingresos por trámites para la autorización de licencias de manejar.
PRODUCTOS $27,366
Este rubro se integra por los conceptos siguientes:
Concepto Importe % Alcance %
Enajenación de bienes muebles e inmuebles $ 25,000 91 $ 17,300 69Arrendamiento de bienes muebles e inmuebles 499 2 499 100
Intereses 867 3 483 56Eventos municipales 1,000 4 1,000 100
Total $ 27,366 100 $ 19,282 70
Enajenación de bienes muebles e inmuebles $25,000
En este concepto se registraron ingresos por venta de lotes sepulcrales del Panteón Municipal.
Arrendamiento de bienes muebles e inmuebles $499
En este concepto se registraron ingresos por arrendamiento de terreno municipal.
Intereses $867
En este concepto se registraron los ingresos por intereses generados en cuentas bancarias.
Eventos municipales $1,000
En este concepto se registró aportación por venta de alimentos en el Aniversario del Municipio.
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APROVECHAMIENTOS $20,295
Este rubro se integra por el concepto de donativos en efectivo para gasto corriente.
PARTICIPACIONES $12,114,211
Este rubro representa el 38% de los ingresos totales y se integra por los conceptos siguientes:
Concepto Importe % Alcance %
Fondo General de Participaciones $ 9,206,883 76 $ 9,206,883 100Fondo Nacional de Fomento Municipal 985,506 8 985,506 100Tenencia 584,980 5 584,980 100Control Vehicular 8,151 - 8,151 100Impuesto sobre Automóviles Nuevos 295,823 2 295,823 100Impuesto Especial sobre Producción y Servicios 316,934 3 316,934 100Fondo de fiscalización 330,285 3 330,285 100Recaudación de la Venta Final de Gasolina y Diésel 385,649 3 385,649 100
Total $ 12,114,211 100 $ 12,114,211 100
Adicionalmente, como procedimiento de auditoría se confirmaron las operaciones de las transferencias por participaciones efectuadas por Gobierno del Estado al Municipio, conciliando en su caso, las diferencias que se reflejaban contra los saldos registrados.
FONDO DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL MUNICIPAL $529,956
Este rubro representa el 2% de los ingresos totales y se integra por aportaciones federales recibidas para el Fondo de Infraestructura Social Municipal.
Adicionalmente, como procedimiento de auditoría se verifica que las aportaciones registradas correspondan con las autorizadas en el Periódico Oficial del Estado y se confirman las operaciones de las transferencias por participaciones efectuadas por Gobierno del Estado al Municipio, conciliando en su caso, las diferencias que se reflejaban contra los saldos registrados.
FONDO PARA EL FORTALECIMIENTO MUNICIPAL $539,542
Este rubro representa el 2% de los ingresos totales y se integra por aportaciones federales recibidas para el Fondo de Aportaciones para Fortalecimiento de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal.
Adicionalmente, como procedimiento de auditoría se verifica que las aportaciones registradas correspondan con las autorizadas en el Periódico Oficial del Estado y se confirman las operaciones de las transferencias por participaciones efectuadas por Gobierno del Estado al Municipio, conciliando en su caso, las diferencias que se reflejaban contra los saldos registrados.
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FONDO DESCENTRALIZADO $6,435,095
Este rubro representa el 20% de los ingresos totales y se integra por aportaciones recibidas de Gobierno del Estado, de acuerdo al detalle siguiente:
Concepto Importe % Alcance %
Fondos descentralizados $ 6,179,541 96 $ 6,179,541 1003% sobre nóminas 255,554 4 255,554 100
Total $ 6,435,095 100 $ 6,435,095 100
Adicionalmente, como procedimiento de auditoría se confirmaron las operaciones de las transferencias de fondos descentralizados efectuadas por Gobierno del Estado al Municipio, conciliando en su caso, las diferencias que se reflejaban contra los saldos registrados.
OTRAS APORTACIONES $2,320,789
Este rubro representa el 7% de los ingresos totales y se integra por la aportación estatal del Fondo de Desarrollo Municipal.
OTROS $9,354,614
Este rubro representa el 29% de los ingresos totales y se integra por los conceptos siguientes:
Concepto Importe % Alcance %Aportaciones del Gobierno Federal:Programas Regionales $ 3,249,656 35 $ 3,249,656 100Aportaciones de Gobierno del Estado:Fondo de Seguridad Municipal 4,220,500 45 4,220,500 100Provisiones Económicas 1,000,000 11 1,000,000 100Devolución de ISR 98,069 1 98,069 100Aportación del DIF Estatal Municipal 60,000 - 60,000 100Otros:Aportaciones de productores para el proyecto rehabilitación de praderas 718,069 8 718,069 100Programa del DIF de bordado y deshilado 8,320 - 8,320 100
Total $ 9,354,614 100 $ 9,354,614 100
Adicionalmente, como procedimiento de auditoría se confirmaron las operaciones de las transferencias por las aportaciones efectuadas por Gobierno Federal y Estatal al Municipio, conciliando en su caso, las diferencias que se reflejaban contra los saldos registrados.
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EGRESOS
Análisis y Procedimientos de la Revisión de Egresos
Del total de los egresos manifestados en el Estado de Ingresos y Egresos por el ejercicio comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2017, se eligieron para su revisión partidas de gastos en forma selectiva, verificando que las erogaciones e inversiones estuvieran amparadas con la documentación comprobatoria respectiva verificando la autenticidad de los mismos en la página del Servicio de Administración Tributaria y que cumplieran con la normatividad aplicable a efecto de comprobar su razonabilidad.
Los importes del alcance corresponden básicamente a la revisión de las pólizas contables, comprobantes fiscales, órdenes y requisiciones de compra, contratos, entre otra documentación soporte de las partidas que integran el concepto del gasto.
El presupuesto de egresos aprobado por el R. Ayuntamiento está formulado por programas, los cuales señalan objetivos, metas y unidades responsables de su ejecución, mismos que se cumplieron en forma general.
A continuación se presenta cuadro comparativo de los egresos ejercidos en el año 2017 por programa, determinando las variaciones contra los importes reales del ejercicio 2016:
Egresos Reales Variació n Programas 2017 % 2016 % Importe %
Administración Pública $ 12,850,564 40 $ 11,407,213 49 $ (1,443,351) (13)Servicios Comunitarios 1,314,327 4 1,237,508 5 (76,819) (6)Desarrollo Social 3,927,156 12 2,515,708 11 (1,411,448) (56)Mantenimiento y Conservación de Activos 3,384,582 11 2,560,273 11 (824,309) (32)Adquisiciones 242,956 1 129,462 1 (113,494) (88)Desarrollo Urbano y Ecología - - 256,007 1 256,007 100Fondo de Infraestructura Social Municipal 530,394 2 564,257 2 33,863 6Fondo de Fortalecimiento Municipal 530,451 2 594,221 3 63,770 11Obligaciones Financieras 990,994 3 514,819 2 (476,175) (92)Otros 7,861,539 25 3,368,325 15 (4,493,214) (133)
Total $ 31,632,963 $ 23,147,793 $ (8,485,170) (37)
En el Estado de Ingresos y Egresos, los egresos se presentan por Programas y Subprogramas, los cuales se registran por centros de costos de las diferentes áreas con las que cuenta el Municipio para su operación, que detallan los conceptos del gasto.
Los Programas de Egresos de acuerdo con el origen del gasto se clasifican en los Capítulos siguientes:
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Egresos Reales VariaciónCapítulo 2017 % 2016 % Importe %
Servicios Personales $ 10,846,749 34 $ 9,769,099 42 $ (1,077,650) (11)Prestaciones 903,366 3 342,242 1 (561,124) (164)Servicios Generales 1,801,052 6 2,065,193 9 264,141 13Materiales y Suministros 3,311,339 11 2,537,814 11 (773,525) (30)Mantenimientos 3,228,910 10 496,249 2 (2,732,661) (551)Apoyos 2,954,884 9 2,442,226 11 (512,658) (21)Aportaciones - - 3,000 - 3,000 100Eventos 1,240,406 4 876,715 4 (363,691) (41)Bienes Muebles 138,456 1 128,488 1 (9,968) (8)Bienes Inmuebles 104,500 - - - (104,500) (100)Obras Públicas 6,060,818 19 3,931,475 17 (2,129,343) (54)Obligaciones Financieras 993,320 3 547,032 2 (446,288) (82)Eventos especiales 49,163 - 8,260 - (40,903) (495)
Total $ $ $ (37)
La Entidad realizó sus operaciones económicas registradas en los Capítulos antes mencionados con diferentes proveedores de bienes y servicios, determinando mediante análisis de la base de datos a los principales, los cuales se muestran a continuación:
Proveedor Concepto ImporteSEYCOP, S.A. de C.V. Obra pública $ 2,348,182AERMOTOR, S.A. de C.V. Papalotes y refacciones 1,381,845Silvia Garza Reyes Combustible 1,321,505Promotora de Desarrollo Rural de Nuevo León Arrendamiento de maquinaria 1,276,000Súper Servicio Cerralvo, S.A. de C.V. Combustible 1,242,819Construcciones Avifer, S.A. de C.V. Obra pública 850,203Desarrollo e Ingeniería en Construcción Torres Garza S.A. de C.V. Obra pública 522,012Javier Arturo Chapa González Camisas cabalgata 339,759María Luisa González González Artículos de ferretería 302,723Comercial Llantera de Cerralvo, S.A. de C.V. Llantas y refacciones 300,916Jesús Norberto González Gutiérrez Consumos de alimentos 286,816Urbano Treviño Ruiz Abarrotes 265,601
Juana Emma Mireles Ancara Combustible y artículos de consumo 245,906
Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D. Consumo de agua 219,716Ludivina Herrera Abrego Abarrotes 213,081
A continuación se detallan los conceptos de gastos que integran los egresos por Capítulo y Objeto del Gasto presentando los alcances de revisión de las partidas registradas contablemente que integran dichos conceptos, y en algunos casos se explican procedimientos adicionales aplicados en la revisión a los ya enunciados en el primer párrafo, al inicio de esta sección.
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SERVICIOS PERSONALES $10,846,749
Este capítulo representa el 34% de los egresos totales y se integra por los conceptos siguientes:
Concepto Importe % Alcance %Sueldos $ 8,303,388 77 $ 8,104,857 98Aguinaldo 1,447,385 13 1,421,489 98Sueldos a personal eventual 431,433 4 169,533 39Gobierno del Estado, 3% sobre nóminas 255,554 2 255,554 100
Previsión social 179,383 2 176,936 99Compensaciones 134,083 1 56,202 42Honorarios 92,448 1 92,448 100Tiempo extra 3,075 - - -
Total $ 10,846,749 100 $ 10,277,019 95
Adicionalmente, como procedimiento de auditoría se efectúo prueba global de las remuneraciones pagadas al personal registradas contablemente, conciliando estas contra las nóminas correspondientes, además de manera selectiva se examinaron recibos de pago y se verificó el cálculo del Impuesto sobre la Renta de algunos empleados, entre otros procedimientos aplicados.
PRESTACIONES $903,366
En este capítulo se registran las erogaciones por concepto de prestaciones pagadas al personal del Municipio, las cuales representan el 3% de los egresos totales y se integra por los conceptos siguientes:
Concepto Importe % Alcance %Consumos de alimentos del personal $ 531,762 59 $ 174,371 33
Capacitación 170,399 19 162,400 95Medicamentos 76,586 9 28,032 37Despensas 47,428 5 26,056 55Servicio médico 35,012 4 16,196 46Gastos funerarios 31,088 3 31,088 100Uniformes 8,946 1 - -Análisis clínicos 2,145 - - -
Total $ 903,366 100 $ 438,143 49
Adicionalmente, como procedimiento de auditoría se efectúo prueba global de las prestaciones pagadas al personal más importantes registradas contablemente, conciliando éstas contra los acuerdos celebrados con la Administración Municipal.
El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 2
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SERVICIOS GENERALES $1,801,052
Este capítulo representa el 6% de los egresos totales y se integra por los conceptos siguientes:
Concepto Importe % Alcance %Consumo de energía eléctrica $ 1,037,019 58 $ 445,028 43Servicio telefónico 194,227 11 44,666 23Atención a funcionarios 138,307 8 79,946 58Servicio de agua y drenaje 108,192 6 63,323 59Consumo de alumbrado público 86,916 5 53,987 62Renta de línea UNINET para cajero automático 59,652 3 59,652 100Gastos de viaje 57,015 3 31,725 56Sistema de facturación electrónica 23,432 1 19,082 81Cuotas a Simeprode 15,215 1 15,215 100Gastos de representación 14,694 1 8,341 57Radio, prensa y televisión 13,360 1 9,860 74Gastos de gestoría 13,350 1 8,000 60Asesoría y soporte técnico 12,470 1 12,470 100Atenciones a comunidades 8,432 - 5,438 64Gastos de cafetería 7,932 - 2,541 32Diversos gastos menores 10,839 - - -
Total $ 1,801,052 100 $ 859,274 48
Adicionalmente, se efectúo prueba global de los servicios prestados al Municipio más importantes registrados contablemente, conciliando estos contra las cláusulas y montos establecidos en los contratos celebrados con la Administración Municipal, así como en diversos acuerdos y lineamientos administrativos autorizados.
MATERIALES Y SUMINISTROS $3,311,339
Este capítulo representa el 11% de los egresos totales y se integra por los conceptos siguientes:
Concepto Importe % Alcance %Gasolina $ 1,544,663 47 $ 624,998 40Diésel 481,868 14 192,614 40Refacciones 292,407 9 109,021 37Llantas 174,522 5 87,223 50Papalotes para agua potable 172,955 5 172,955 10Papelería y artículos de oficina 137,221 4 73,456 54Material eléctrico 127,244 4 105,400 83Aceites y lubricantes 115,140 3 28,450 25Gas L.P. 93,563 3 33,855 36Herramientas 60,862 2 37,691 62Artículos para aseo y limpieza 29,497 1 - -Almacén general 22,204 1 22,204 100Acumuladores 20,914 1 - -Materiales diversos 38,279 1 12,602 33
Total $ 3,311,339 100 $ 1,500,469 45
El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 2
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Adicionalmente, como procedimiento de auditoría se revisaron selectivamente en el caso de las erogaciones de combustibles, las bitácoras de control donde registran el suministro de combustible de los vehículos oficiales, además en complemento a la comprobación de estos gastos se obtuvo el inventario de las unidades existentes al cierre del ejercicio para identificar los movimientos de altas y bajas, así como para su inspección física de manera aleatoria.
MANTENIMIENTOS $3,228,910
Este capítulo representa el 10% de los egresos totales y se integra por los conceptos siguientes:
Concepto Importe % Alcance %Rehabilitación de Parque Crescencio Oliveira Cantú $ 2,320,789 72 $ 2,320,789 100Mantenimiento de edificios 186,464 6 158,949 85Mantenimiento de alberca 151,101 5 124,078 82Mantenimiento de vehículos 139,967 4 59,040 42Mantenimiento de vías públicas 135,879 4 60,297 44Limpia municipal 79,799 2 40,876 51Impermeabilizaciones 71,300 2 59,540 84Mantenimiento de parques, jardines y plazas 34,212 1 27,393 80Mantenimiento de equipo de oficina 32,515 1 32,515 100Mantenimiento de papalotes 18,292 1 - -Bomba de agua 15,666 1 12,800 82Equipo de áreas verdes 12,160 - 12,160 100Mantenimientos diversos 30,766 1 - -
Total $ 3,228,910 100 $ 2,908,437 90
Adicionalmente como procedimiento de auditoría, en el caso de las erogaciones relacionadas con el mantenimiento y rehabilitación al Parque Crescencio Oliveira Cantú se revisó el respectivo contrato, conciliando los montos establecidos contra lo registrado contablemente.
APOYOS $2,954,884
Este capítulo representa el 9% de los egresos totales y se integra por los conceptos siguientes:
Concepto Importe % Alcance %Comedor del DIF Municipal $ 511,615 17 $ 146,166 29Instituciones que apoyan a seguridad (ejército) 479,941 16 193,763 40Apoyos para transporte a personas de escasos recursos 295,803 10 99,681 34Apoyos al adulto mayor 262,940 9 60,800 23Apoyos para transportación a estudiantes 204,468 7 76,689 38Apoyo en la educación 152,914 5 64,682 42Apoyos económicos a personas de bajos recursos 146,663 5 54,410 37Apoyos para agricultura y ganadería 144,833 5 143,633 99Funerales a personas de escasos recursos 132,815 5 90,260 68Apoyo a diversas policías del estado 118,276 4 99,488 84
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Concepto Importe % Alcance %Despensas a personas de escasos recursos 104,519 4 40,110 38Apoyo con medicina a personas de escasos recursos 88,207 3 30,273 34Atención médica a personas de escasos recursos 69,610 2 15,600 22Programas asistenciales del DIF 54,265 2 18,420 34Apoyo a asociaciones 35,268 1 12,566 36Apoyos para la iglesia 33,438 1 10,721 32Becas a estudiantes 27,220 1 26,620 98Apoyos diversos 92,089 3 - -
Total $ 2,954,884 100 $ 1,183,882 40
Adicionalmente, como procedimiento de auditoría se revisaron selectivamente en el caso de las erogaciones relacionadas con los apoyos en especie y económicos otorgados a personas de escasos recursos, que existiera el soporte documental de la solicitud de petición e identificación por parte de los beneficiados así como su entrega-recepción y que existieran lineamientos de control autorizadas para el otorgamiento de este tipo de ayudas y garantizar que los beneficiarios correspondían a familias carentes de recursos económicos.
EVENTOS $1,240,406
Este capítulo representa el 4% de los egresos totales y se integra por los conceptos siguientes:
Concepto Importe % Alcance %Aniversario del Municipio $ 744,484 60 $ 494,268 66Día de las madres 105,608 9 69,685 66Eventos culturales 80,140 7 60,500 75Brigadas 60,061 5 25,624 43Posadas navideñas 52,441 4 28,786 55Día del niño 49,460 4 33,477 68Eventos cívicos 48,920 4 35,720 73Día del anciano 28,654 2 16,217 57Día del padre 27,787 2 23,915 86Día del maestro 25,299 2 24,985 99Informe del Presidente Municipal 12,126 1 - -Bailes 5,000 - - -Eventos deportivos 426 - - -
Total $ 1,240,406 100 $ 813,177 66
Adicionalmente como procedimiento de auditoría, por algunos eventos se revisó que existiera la evidencia de la realización de los mismos, como su convocatoria, el material utilizado para la difusión, programa de actividades, trípticos publicitarios, material fotográfico, entre otra información.
BIENES MUEBLES $138,456
Este capítulo representa el 1% de los egresos totales y se integra por los conceptos siguientes:
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Concepto Importe % Alcance %Equipo de bomba de agua potable $ 38,602 28 $ 38,602 100Equipo para mantenimiento de áreas verdes 33,350 24 33,350 100Equipo de cómputo 29,683 21 29,683 100Muebles y equipo de oficina 22,997 17 19,836 86Mobiliario y equipo 13,824 10 13,824 100
Total $ 138,456 100 $ 135,295 98
Adicionalmente como procedimiento de auditoría se seleccionaron las adquisiciones más importantes para su inspección física y se verificó su debido registro en el control del patrimonio municipal.
BIENES INMUEBLES $104,500
En este capítulo se registró anticipo para compra de un terreno para la instalación del Museo Municipal.
OBRAS PÚBLICAS $6,060,818
Este capítulo representa el 19% de los egresos totales y se integra por inversiones en obra pública, las cuales según el origen de la disposición de los recursos se clasifican en los programas siguientes:
Concepto Importe % Alcance %Programa Regionales:Pavimentación calle Aldama y Libramiento poniente en Cabecera Municipal 2,799,124 46 2,799,124 100Electrificación primaria y secundaria en colonia del Norte 424,183 7 424,183 100Infraestructura Social Municipal:Mejoramiento de viviendas en Cabecera Municipal 522,011 9 522,011 100Otros Programas:Rehabilitación de praderas para productores del municipio 1,276,000 21 1,276,000 100Programa papalotes 1,039,500 17 1,039,500 100
Total $ 6,060,818 100 $ 6,060,818 100
De la inversión ejercida al cierre del ejercicio, la Dirección de Obra Pública y Desarrollo Urbano de la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, seleccionó obras públicas más importantes para comprobar el cumplimiento de los aspectos normativos, financieros y técnicos establecidos en los artículos de la Ley de Obras Públicas para el Estado y Municipios de Nuevo León, así como, en su caso en la Ley de Coordinación Fiscal.
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OBLIGACIONES FINANCIERAS $993,320
Este capítulo representa el 3% de los egresos totales y se integra por los conceptos siguientes:
Concepto Importe % Alcance %Intereses del financiamiento por la compra de vehículos modelos 2015 $ 933,206 94 $ 933,206 100Comisiones y situaciones bancarias 60,114 6 31,168 52
Total $ 993,320 100 $ 964,374 97
EVENTOS ESPECIALES $49,163
En este capítulo se registraron erogaciones por concepto de artículos de consumo para diferentes eventos del Municipio.
DISPONIBILIDAD
Análisis y Procedimientos de la Revisión de la Disponibilidad
Para la revisión de la Disponibilidad contenida en el Estado de Ingresos y Egresos presentado en la Cuenta Pública al 31 de diciembre de 2017, al calce del Estado, se eligieron partidas que la integran de manera selectiva, verificando la documentación comprobatoria respectiva y que cumpliera con la normatividad aplicable, a efecto de comprobar su razonabilidad.
La disponibilidad de fondos al 31 de diciembre de 2017, se determina de la manera siguiente:
Concepto Importe
Saldo inicial $ 261,259Más:Ingresos 31,937,372
Sub-total $ 32,198,631Menos:Egresos 31,632,963 Saldo disponible al 31 de diciembre de 2017 $ 565,668
A continuación se describen las cuentas que integran la disponibilidad y en algunos casos se explican los procedimientos adicionales aplicados en la revisión a los ya enunciados en el párrafo anterior:
Cuenta Importe
Fondo fijo $ 1,000Bancos 1,433,580
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Cuenta Importe
Cuentas por cobrar 99,799
Sub-total $ 1,534,379Menos:Cuentas por pagar 968,711
Total de la Disponibilidad $ 565,668
Fondo fijo $1,000
Esta cuenta se integra por fondo fijo para caja recaudadora de ingresos, al cual se le practicó arqueo.
Bancos $1,433,580
Esta cuenta se integra por los saldos contables de los fondos bancarios siguientes:
Fondo Importe
Recursos Propios $ 1,349,797Fondo para el Fortalecimiento Municipal 51,398Programas Federales 30,934Fondo de Infraestructura Social Municipal
1,451
Total $
Se revisaron las conciliaciones bancarias al 31 de diciembre de 2017, verificando que estuvieran adecuadamente depuradas y confrontando sus saldos con los estados de cuenta, así como con los auxiliares contables.
Cuentas por cobrar $99,799
Esta cuenta se integra por los conceptos siguientes:
Concepto Importe
Otras cuentas por cobrar $ 68,399Deudores diversos 17,450Tambos de basura 13,950
Total $ 99,799
Adicionalmente, como procedimiento de auditoría por los préstamos al personal, se realizó un análisis mensual de los movimientos registrados durante el ejercicio.
El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el
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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 29/59
Cuentas por pagar $968,711
Esta cuenta se integra por los conceptos siguientes:
Concepto Importe
Proveedores $ 576,132ISR retenido al personal 375,555Contratistas 13,996Otras cuentas por pagar 3,028
Total $ 968,711
Adicionalmente, como procedimiento de auditoría se hizo un análisis mensual de los movimientos aplicados durante el ejercicio y se revisó que se cumpliera con los pagos provisionales de los impuestos retenidos al personal.
B) Cumplimiento de las Normas de Información Financiera aplicables al sector gubernamental y de las disposiciones contenidas en los ordenamientos y normativa correspondientes.
Con posterioridad a la verificación realizada por la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, con relación a la Cuenta Pública, que se integra por el Estado de Ingresos y Egresos y sus Presupuestos y la Disponibilidad, se concluye que su presentación, está de acuerdo con las normas de información financiera aplicables a este tipo de Entidades y que se apegaron al cumplimiento de la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos, así como a la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Nuevo León y demás Ordenamientos aplicables en la materia, excepto en su caso, por lo mencionado en el apartado VI de este Informe.
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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 30/59
VI. Observaciones derivadas de la revisión practicada, las aclaraciones a las mismas por los funcionarios responsables y su análisis por la Auditoría Superior del Estado, incluyendo las acciones que se ejercerán y recomendaciones que se formularán
GESTIÓN FINANCIERA
LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
1. Se revisó la observancia de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG) y lanormatividad emitida por el Consejo Nacional de Armonización Contable (Conac) publicada en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León (POE), advirtiéndose incumplimientos por parte del ente público, a las obligaciones que diversos preceptos de la referida Ley le imponen, acorde con lo que se enuncia a continuación:
I. Registros Contables
a) Establecer una lista de cuentas alineadas al plan de cuentas emitido por el Conac (artículo 37 fracción II).
b) Contar con manuales de contabilidad (artículo 20).
c) Registrar en cuentas específicas de activo los bienes muebles e inmuebles (artículos 23 y 24, conforme a las Reglas específicas de registro y valoración del patrimonio publicadas en el POE).
d) Realizar la baja de bienes muebles e inmuebles (artículo 28, conforme a las Reglas específicas de registro y valoración del patrimonio y a los Lineamientos dirigidos a asegurar que el sistema de contabilidad gubernamental facilite el registro y control de los inventarios de los bienes muebles e inmuebles de los entes públicos publicados en el POE).
e) Registrar las obras en proceso en una cuenta de activo, la cual refleja su grado de avance (artículo 29)
f) Realizar los registros contables con base acumulativa, el gasto conforme a su fecha de realización y el ingreso cuando exista jurídicamente derecho de cobro (artículo 34, conforme a Normas y metodología para la determinación de los momentos contables de los ingresos y Normas y metodología para la determinación de los momentos contables de los egresos, publicadas en el POE).
g) Mantener un registro histórico de sus operaciones en los libros diario, mayor e inventarios y balances (artículo 35 y cuarto transitorio del decreto por el que se expide
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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 31/59
la LGCG publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 31 de diciembre de 2008, conforme a los Lineamientos mínimos relativos al diseño e integración del registro en los libros diario, mayor e inventarios y balances (registro electrónico), publicado en el POE).
h) Constituir provisiones, revisarlas y ajustarlas periódicamente para mantener su vigencia (artículo 39).
i) Expresar en los estados financieros los esquemas de pasivos, incluyendo la deuda pública (artículo 45).
j) Disponer de listas de cuentas alineadas al plan de cuentas, catálogos de bienes y las respectivas matrices de conversión con las características señaladas en el artículo 41.
k) Registrar contablemente las inversiones en bienes de dominio público (artículo 26 párrafo segundo).
II. Registros Presupuestales
a) Realizar los registros de los egresos e ingresos, considerando los momentos contables que conforme al Sistema de Contabilidad aplicable: Simplificado Básico en Municipios con población menor a 5,000 habitantes, sea exigido (artículo 38 conforme a las Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Ingresos, Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos y los Manuales de Contabilidad Gubernamental del Sistema Simplificado Básico (SSB) publicado en el POE).
b) Exhibir en los registros auxiliares los avances presupuestarios y contables (artículo 36).
III. Registros Administrativos
a) Llevar a cabo el levantamiento físico del inventario de los bienes muebles e inmuebles, publicarlo en internet, y además registrar en un plazo de 30 días hábiles los bienes que se adquieran (artículos 23 y 27).
b) Elaborar un registro auxiliar sujeto a inventario de los bienes muebles o inmuebles bajo custodia que, por su naturaleza, sean inalienables e imprescriptibles, como lo son los monumentos arqueológicos, artístico e históricos (artículo 25, conforme a los Lineamientos para el registro auxiliar sujeto a inventario de bienes arqueológicos, artísticos e históricos bajo custodia de los entes públicos el cual fu publicado en el POE).
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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 32/59
c) Respaldar la contabilización de las operaciones presupuestarias y contables con la documentación original que compruebe y justifique los registros que se efectúen (artículo 42).
d) Realizar los pagos directamente en forma electrónica, mediante abono en cuenta del beneficiario (artículo 67 párrafo segundo).
IV. Transparencia
a) Publicar el inventario de los bienes (artículo 27 conforme al Acuerdo por el que se determina la norma para establecer la estructura del formato de la relación de bienes que componen el patrimonio del ente público).
b) Publicar para consulta de la población en general, en formatos accesibles, el contenido de la información financiera referida en el artículo 61 de la LGCG, conforme se dispone en su artículo 62.
c) Publicar la información relativa a los montos pagados por ayudas y subsidios (artículo 67 tercer párrafo conforme a la Norma para establecer la estructura de información de montos pagados por ayudas y subsidios).
V. Obligaciones sobre recursos federales transferidos
a) Incluir en la cuenta pública la relación de las cuentas bancarias productivas específicas en donde se depositaron los recursos federales transferidos (artículo 69 primer párrafo).
b) Observar para la integración de la información financiera relativa a los recursos federales transferidos lo siguiente (artículo 70):
b.1) Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados, identificados y controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido (fracción I del artículo 70).
b.2) Cancelar la documentación comprobatoria del egreso con la leyenda "Operado" o como se establezca en las disposiciones locales, identificándose con el nombre del fondo de aportaciones, programa o convenio respectivo (fracción II del artículo 70).
b.3) Realizar en términos de la normativa que emita el consejo, el registro contable, presupuestario y patrimonial de las operaciones realizadas con los recursos federales conforme a los momentos contables y clasificadores de programas y fuentes de financiamiento (fracción III del artículo 70).
b.4) Concentrar en un solo apartado todas las obligaciones de garantía o pago causante de deuda pública u otros pasivos (fracción IV del artículo 70).
El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el
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c) Informar de forma pormenorizada el avance físico de las obras y accionesrespectivas y, en su caso, la diferencia entre el monto de los recursos transferidos y aquellos erogados, así como las evaluaciones realizadas (artículo 71, conforme a los Lineamientos sobre los indicadores para medir los avances físicos y financieros relacionados con los recursos públicos federales publicados en el POE).
d) Remitir a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por conducto de las entidades federativas, a través del sistema de información la relativa al grado de avance en el ejercicio y destino de los recursos federales transferidos, de los recursos aplicados conforme a reglas de operación y de los proyectos, metas y resultados obtenidos con los recursos aplicados (artículo 72, en relación con el 85 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria).
NormativaRespuesta"Actualmente y a la fecha; está empatado el sistema de contabilidad (NEMOTEK) y el Sistema Automatizado de Administración y Contabilidad Gubernamental (SAACG.NET, INDETEC) contra el segundo trimestre; enviado al H. Congreso del Estado, estando con esto obligados a presentar el tercer trimestre con los reportes generados por el sistema SAACG.NET. Anexo el reporte, donde se muestra el avance que se tiene para cumplir con lo señalado".
Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración y documentación presentada por el Titular del Ente Público, la cual consiste de copias certificadas del Informe de Ingresos y Egresos del segundo trimestre de 2018 presentado ante el H. Congreso del Estado, reportes emitidos por el sistema Indetec correspondientes al ejercicio 2018, no solventando la observación, debido a que los argumentos manifestados y documentación exhibida no desvirtúan el incumplimiento a lo establecido en los fundamentos y no se proporcionó evidencia documental que muestre el cumplimiento o en su caso el avance de las obligaciones que la referida Ley le impone para el ejercicio 2017.
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.
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LEY DE DISCIPLINA FINANCIERA DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y LOS MUNICIPIOS
General
2. Se revisó el cumplimiento de las obligaciones de publicación e integración de Cuenta Públicaque le imponen a los entes fiscalizados los "CRITERIOS para la elaboración y presentación homogénea de la información financiera y de los formatos, a que hacen referencia la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios", emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable en términos de los artículos 4, 5, 18 y vigésimo transitorio de la citada Ley, y publicados en el Diario Oficial de la Federación del 11 de octubre de 2016; observando lo siguiente:
a) Obligaciones de integración de Cuenta Pública
En la Cuenta Pública 2017 presentada al H. Congreso de Estado y remitida el 18 de abril de 2018 para su revisión y evaluación a la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, no se incluyeron los formatos: a) Formato 1: Estado de Situación Financiera Detallado;b) Formato 2: Informe Analítico de la Deuda Pública y Otros Pasivos; c) Formato 3: Informe Analítico de Obligaciones Diferentes de Financiamientos; d) Formato 4: Balance Presupuestario; e) Formato 5: Estado Analítico de Ingresos Detallado; y f) Formatos 6: Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos Detallado (Clasificación por Objeto del Gasto); Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos Detallado (Clasificación Administrativa); Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos Detallado (Clasificación Funcional); y Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos Detallado (Clasificación de Servicios Personales por Categoría), contraviniendo lo dispuesto en el apartado "Publicación y Entrega de Información" punto 8, de los referidos CRITERIOS.
b) Obligaciones de publicación
El Municipio no cuenta con una página oficial en internet, según consulta efectuada el día 22 de mayo de 2018, advirtiéndose que éste ente público ha sido omiso en publicar los formatos 1 al 6 antes mencionados para dar cumplimiento a la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios (en adelante LDF) y Guía de Cumplimiento de la LDF, especificados en los anexos 1 y 3 de los citados CRITERIOS, incumpliendo con lo dispuesto en los puntos 8 y 9 de los invocados CRITERIOS emitidos por el CONAC, y artículos 56 y 58 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; artículo 70, fracciones XXI y XXII de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y artículo 95 fracciones XXII y XXIII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León.
Normativa
El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el
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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 35/59
Respuesta"a) En base a los criterios establecidos, el municipio estará en posibilidad de cumplirlos al momento que se presente la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio 2018.
b) El Municipo ya cuenta con la página internet, donde se encuentra la publicación de los estados financieros de acuerdo a la CONAC, lo que se puede consultar en la ligas siguientes:
https://sitiotransparenciaparas.mx/,
https://sitiotransparenciaparas.mx/estados-financieros-2018-indetec/"
Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración y documentación presentada por el Titular del Ente Público, la cual consiste de copia certificada de impresiones de las pantallas de la página oficial de internet del municipio y de los reportes emitidos por el sistema INDETEC en el ejercicio 2018, no solventando la observación, debido a que los argumentos manifestados y la documentación exhibida no desvirtúan el incumplimiento a lo establecido en los fundamentos señalados en relación al ejercicio 2017.
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.
EGRESOS
GENERAL
3. Se efectuaron pagos a nombre de diversas personas físicas y morales por los conceptosabajo enunciados, observando que los cheques expedidos según sus copias no tenían impresa la leyenda "Para Abono a Cuenta del Beneficiario", incumpliendo lo establecido en el artículo 27 fracción III, último párrafo, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, como ejemplo de lo anterior se detallan las pólizas de cheque siguientes:
Fecha del . . Número Beneficiario Importe . . Concepto Cheque del
Cheque26/01/2017 1 23601 Office Depot de México, S.A. de C.V. $ 31,451 Compra de artículos de papelería y
oficina01/03/2017 1 23719 Maribel García Rodríguez 19,140 Pago de reparación general de
alambrado del conmutador
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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 36/59
Fecha del . . Número Beneficiario Importe . . ConceptoCheque del
Cheque02/05/2017 99 17 Súper Servicio Cerralvo S.A. de C.V. 172,418 Compra de combustible para vehículos
del Ayuntamiento04/07/2017 99 31 Comercial Llantera de Cerralvo, S.A. 100,261 Compra de llantas y refacciones
de C.V.07/07/2017 99 33 María Luisa González González 89,722 Compra de material eléctrico, pinturas
y ferretería18/08/2017 1 24208 Rogelio Vázquez Peña 15,660 Pago de servicio de perforación de
pozos31/08/2017 99 53 Gustavo Guerra Barrera 15,648 Compra de gas para DIF y vehículos
del Ayuntamiento31/08/2017 1 24250 Urbano Treviño Ruiz 23,901 Compra de artículos de abarrotes07/09/2017 105 1 Seycop S.A. de C.V. 704,454 Pago de anticipo contrato de
rehabilitación de parque recreativo29/09/2017 1 24328 Silvia Garza Reyes 74,384 Compra de combustible para vehículos
del Ayuntamiento06/10/2017 1 24343 Funerales Eternos de Sabinas Hgo., 31,320 Pago de servicios funerarios
S.A. de C.V.31/10/2017 99 93 Silvia Garza Reyes 63,673 Compra de combustible para vehículos
del Ayuntamiento16/11/2017 1 24434 Aermotor, S.A. de C.V. 300,927 Compra de papalotes nuevos y
mantenimiento a papalotes16/11/2017 1 24433 Tambores González, S.A. de C.V. 22,736 Compra de tambos para basura para
las calles del municipio15/12/2017 1 24513 Seycop S.A. de C.V. 27,393 Pago de contrato de rehabilitación de
parque recreativo
Normativa
Respuesta"En cuanto a lo observado a partir de este momento los cheques expedidos se le han estado imprimiendo la leyenda "Para Abono en Cuenta del Beneficiario" manualmente a cada Proveedor; le anexo copia de algunos cheques con dicha leyenda".
Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración y documentación presentada por el Titular del Ente Público, la cual consiste en copias certificadas de pólizas de cheque del ejercicio 2018, no solventando la observación, debido a que los argumentos presentados y la documentación anexada no desvirtúan el incumplimiento al fundamento señalado durante el ejercicio 2017.
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.
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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 37/59
SERVICIOS PERSONALES
Sueldos
4. Se observó que los sueldos aprobados y pagados al personal, así como las prestaciones,no están respaldados con el tabulador de remuneraciones en el que se especifiquen y diferencien la totalidad de sus elementos fijos y variables tanto en efectivo como en especie, documento que se debió adjuntar al presupuesto de egresos autorizado para el año 2017 para su posterior publicación en el Periódico Oficial del Estado, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 115, fracción IV penúltimo párrafo y 127 párrafos primero y segundo y fracción V, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 179, segundo párrafo de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León.
Normativa
Respuesta"En cuanto al punto de sueldos aprobados y pagados al personal, le informo que fue presentado el tabulador ante el H. Cabildo, para su autorización, lo cual fue autorizado en el Acta de Cabildo No.- 59 de fecha 21 de mayo de 2018, y a su vez publicada en el Periódico Oficial No.- 66 de fecha 28 de mayo del presente año le anexo copia".
Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración y documentación presentada por el Titular del Ente Público, la cual consiste en copias certificadas de acta de cabildo 59 de fecha 21 de mayo de 2018 y publicación del tabulador de sueldos para los ejercicios 2017 y 2018 en el Periódico Oficial del Estado número 66 de fecha 28 de mayo de 2018, solventando parcialmente la observación, debido a que el tabulador de sueldos se debió adjuntar en el presupuesto de egresos del ejercicio 2017 y publicarse en el Periódico Oficial del Estado.
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.
BIENES INMUEBLES
Museo Municipal
5. Se registró póliza de cheque 23654 por importe de $104,500 expedida el 7 de febrerode 2017 a nombre de Banco Mercantil del Norte por concepto de: "Anticipo para compra de casa para realización de obra para museo municipal", dicha erogación se utilizó para la compra de US$ 5000 dólares según comprobante de compra venta, observando que
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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 38/59
no se localizó ni proporcionó la documentación justificativa y comprobatoria del destinoque se le dio al recurso, incumpliendo con lo establecido en los artículos 15 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, 42 y 43 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
Normativa
Respuesta"En lo que corresponde a este punto le informo que la Tesorería Municipal tiene el resguardo de dicha cantidad de US$ 5,000.00 dólares; la cual no ha sido pagada debido a que se necesita el monto total que se acordó por la compra-venta por un valor total de US$ 35,000.00 dólares de la propiedad lo cual está descrito en el Acta de Cabildo No.- 31 de fecha 29 de marzo de 2017; cabe mencionar que el resto de la aportación por US$ 30,000.00 dólares no ha sido aportada por la Tesorería del Estado para con esto pueda ser notariada dicha propiedad a nombre del Municipio; Este dinero está fuera de las cuentas del municipio para no disponer de este recurso para gastos de operación del Municipio".
Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración y documentación presentada por el Titular del Ente Público, la cual consiste en copia certificada de acta de cabildo número 31 de fecha 29 de marzo de 2017 donde se informa el estado de la compra de los dólares, no solventando la observación, debido a que los argumentos manifestados y la documentación exhibida no desvirtúan el incumplimiento de los fundamentos señalados, ya que no se anexó la documentación justificativa y comprobatoria del destino que se le dio al recurso.
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.
NORMATIVIDAD
CÓDIGO DE ÉTICA, CÓDIGO DE CONDUCTA Y LOS LINEAMINETOS DE INTEGRIDAD.
6. Se revisó la adopción, emisión y difusión de mecanismos de control de integridad al interiordel ente público, a través de políticas de integridad, códigos de ética y conducta, en los que se detallen los principios de actuación de sus servidores públicos y se reconozca el desempeño esperado de ellos en el cumplimiento de sus funciones, incluyendo aquellas situaciones en las que pudieran surgir conflictos de intereses; observando que el ente público no cuenta con los citados instrumentos de control de integridad.
Control Interno
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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 39/59
Respuesta"No contamos aun con estos códigos estamos en proceso de elaborarlos e impleméntarlos; en cuanto se tengan se le hará llegar las publicaciones de los mismos".
Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración presentada por el Titular del Ente Público, la cual no solventa la observación de control interno, debido a que los argumentos manifestados no desvirtúan lo señalado en la observación.
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.Elaborar, emitir, así como difundir mecanismos de control a través de políticas de integridad, códigos de ética y conducta, en los que se detallen los principios de actuación de los servidores públicos y se reconozca el desempeño esperado de ellos en el cumplimiento de sus funciones, incluyendo aquellas situaciones en las que pudieran surgir conflictos de intereses.
GENERAL
n 36702
7. Durante el proceso de la auditoría se revisaron los Reglamentos Municipales, observandoque estos no se encuentran actualizados, incumpliendo con lo establecido en el artículo 228 de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León, los cuales se enuncian a continuación:
Nombre del Reglamento Fecha dePublicació
Reglamento Municipal de Protección Ambiental Reglamento de Tránsito y VialidadReglamento de Policía y Buen GobiernoReglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Reglamento Interior y de Administración del Ayuntamiento
Normativa
10/12/19916/09/19904/07/19924/01/20026/10/201
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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 40/59
Respuesta"De los reglamentos mencionados le informo que solamente el Reglamento de Protección Civil ha sido actualizado y publicado en el Periódico Oficial No.- 100 de fecha 10 de agosto de 2018 y que fue autorizado en acta de Cabildo No.- 61 de fecha 3 de agosto de este año".
Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración y documentación presentada por el Titular del Ente Público, la cual consiste en copias certificadas de acta de cabildo número 61 del 3 de agosto del 2018 y publicación en el Periódico Oficial del Estado del Reglamento de Protección Civil, no solventando la observación de aspecto normativo, debido a que los argumentos manifestados y la documentación exhibida no desvirtúan lo señalado, en relación a que los Reglamentos Municipales mencionados en la observación no se encuentran actualizados.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.
INFORMES DE AVANCE DE GESTIÓN FINANCIERA
8. Durante el proceso de la auditoría, no se localizaron las publicaciones trimestrales delEstado de Origen y Aplicación de Recursos del Municipio, en el Periódico Oficial del Estado o en la Gaceta Municipal, incumpliendo con lo establecido en los artículos 33, fracción III, inciso j), 64 y 66 fracciones III y V de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León.
Normativa
Respuesta"En lo que corresponde a este punto, le comento que se publica trimestralmente los estados financieros en la tabla de avisos de este municipio ya que no se cuenta con la Gaceta Municipal. Anexo copia de que se publica lo antes mencionado".
Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración y documentación presentada por el Titular del Ente Público, la cual consiste en copias certificadas de fotografías de la tabla de avisos del municipio, no solventando la observación, debido a que no se anexa evidencia de la publicación del Estado de Origen y Aplicación de Recursos del Municipio en el Periódico Oficial del Estado o la Gaceta Municipal, de conformidad con la normatividad señalada.
El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el
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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 41/59
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.
OBRA PÚBLICA
Las observaciones detectadas durante la revisión en materia de Obra Pública, fueroncomunicadas mediante el oficio ASENL-OPR-AEM-MU41-AOP039/2018-TE, al titular del Ente Público, otorgándole de conformidad con el párrafo primero del artículo 46 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, un plazo de treinta días naturales contados a partir del día de su notificación, a fin de que presentara las justificaciones y aclaraciones de su intención, recibiéndose las mismas dentro del plazo otorgado.
De un importe registrado para obras o servicios por contrato y en su caso, obras por administracióndirecta, por valor de $6,066,107, se seleccionó el 100%, revisando la gestión financiera de los recursos públicos asignados a proyectos de obra pública, a fin de verificar si se planearon, programaron, adjudicaron, contrataron, ejecutaron y pagaron conforme con la legislación aplicable a saber: Ley de Obras Públicas para el Estado y Municipios de Nuevo León (en adelante LOPEMNL), de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (en adelante LOPSRM) y del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (en adelante RLOPSRM); que se emplearon correctamente los precios unitarios autorizados; que los conceptos pagados se hayan ejecutado; y que su puesta en operación y posterior funcionamiento se efectuó acorde con lo contratado o especificado.
1 R33-05/17-IR Mejoramiento de vivienda varias ubicaciones del municipio.
$ 522,012
2 RP-03/17-IR Rehabilitación de parque público en la cabecera $ 2,320,789municipal.
3 IO-819040961-EI-20 16 Construcción de electrificación primaria y secundaria $ 424,183aéreas, en calle Raúl Martínez Martínez sin número,entre las calles Azucena y Corando Treviño, en lacolonia Del Norte.
De la citada revisión se detectaron observaciones en las obras, mismas que referenciadas con ladenominación del contrato, la descripción y su importe expresado en pesos que se registró durante el ejercicio, se detallan a continuación:
Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2017
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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 42/59
4 R23/01/2017 Pavimentación de calle Aldama y lateral del Libramiento $ 2,799,124 Poniente, entre las calles Morelos e Irineo Villarreal, enla cabecera municipal.
Las observaciones aludidas se mencionan a continuación:
OBRA PÚBLICA
FONDO DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL MUNICIPAL
Obras
Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2017
1 R33-05/17-IR Mejoramiento de vivienda varias ubicaciones delmunicipio. $ 522,012
9. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la documentación que permita verificarque la obra fue incluida en el presupuesto anual del ejercicio 2017, acorde con lo dispuesto en el artículo 18, fracción IV, en relación con los artículos 19 y 22, de la LOPEMNL. (Obs. 1.1)
NormativaRespuesta"El Municipio toma este recurso para Mejoramiento de Vivienda, dadas las condiciones de algunos de nuestros habitantes que se encuentran en condición de escasos recursos".
Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados y la documentación que adjuntan a su respuesta, consistente en copia fotostática certificada del presupuesto elaborado por el contratista que ejecutó la obra, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que no se adjunta la documentación que permita verificar que la obra fue incluida en el presupuesto anual del ejercicio 2017.
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.
Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, incluir en el presupuesto del ejercicio de que se trate, las obras en proceso, las inconclusas, las complementarias, las prioritarias y las que se van a iniciar y ejecutar
El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el
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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 43/59
durante el respectivo ejercicio, a efecto de que en este se incluya el monto de los recursoseconómicos que se requiera para la ejecución de cada una de las obras que se continuarán o iniciarán en el ejercicio de que se trate; sin limitarse a establecer de manera global un monto para ejercer en obra pública, debiendo especificar para cada una de las obras el monto de inversión correspondiente.
10. No se localizó ni fue exhibido durante la auditoría, el presupuesto elaborado por el EntePúblico para la obra, ni los análisis de precios unitarios que permitan verificar la aplicación de los costos actualizados de acuerdo con las condiciones que prevalecían en el momento de su elaboración, obligación establecida en el artículo 19, fracción XIII, de la LOPEMNL. (Obs. 1.2)
Normativa
Respuesta"Se anexa copia certificada del presupuesto de la obra".
Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta, consistente en copia fotostática certificada del presupuesto elaborado por el contratista que ejecutó la obra, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta no se localizó el presupuesto elaborado por el Ente Público para la obra, ni los análisis de precios unitarios que permitan verificar la aplicación de los costos actualizados de acuerdo con las condiciones que prevalecían en el momento de su elaboración.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.
11. Personal adscrito a esta Auditoría realizó inspección a la obra, detectando en la verificaciónde las cantidades generadas para la techumbre realizada en la casa de la beneficiaria Sra. María Ábrego, diferencias entre lo generado y lo ejecutado, por un importe total de $82,470, de acuerdo con lo siguiente: (Obs. 1.3)
El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el
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Concepto Unidad Generado
1. Retiro y demolición de techado de m² 66.50madera.2. Suministro y colocación de muro de block m² 36.53No. 6 para dar pendiente para caída de agua a techumbre.3. Polín de 6 calibre 14 como cargador. kg 206.584. Polín de 4 calibre 14 para recibir lámina. kg 213.555. Suministro y colocación de insulación de m² 66.502 a base de colchoneta con fibra y cubierta plastificada aislante.6. Suministro y colocación de lámina m² 66.50acanalada calibre 24.7. Suministro y aplicación de fondo kg 489.81anticorrosivo primario 1, color rojo.8. Suministro y aplicación de pintura kg 489.81esmalte, color indicado por la supervisión.9. Suministro y fabricación de canal pluvial ml 22.80a base de lámina lisa Pintro.10. Suministro y colocación de zarpeo m² 73.06y afine en muros con mortero cemento- arena proporción 1:4 de 0.15 m de espesor promedio.11. Pretil a base de block de concreto No. ml 53.666 20 cm de altura, con zarpeo y afine en ambas caras con mortero cemento-arena proporción 1:4 de 0.015 m de espesor promedio.
Nota: Importes expresados en pesos y centavos.
Económica - Monto no solventado $82,470
Ejecutado Diferencia Precio Importeunitario
25.01 41.49 $ 113.93 $ 4,726.96
0.00 36.53 313.34 11,446.31
98.82 107.76 45.49 4,902.0080.93 132.62 45.49 6,032.8825.01 41.49 114.81 4,763.47
25.01 41.49 328.93 13,647.31
179.75 310.06 4.86 1,506.89
179.75 310.06 4.69 1,454.18
11.40 11.40 282.49 3,220.39
0.00 73.06 192.82 14,087.43
23.40 30.26 175.39 5,307.30
Subtotal: $ 71,095.12I.V.A.: 11,375.22Total: $ 82,470.34
Respuesta"Por un error de escritura, a la Sra. María Abrego solo se le apoyo con $41,637.20 y el resto de construcción corrió por cuenta propia de la Sra.; el recurso faltante se invirtió en otro beneficiario de nombre Rosy, de la Congregación 5 de Mayo por un total de $66,640.80".
Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada de carácter económico, debido a que los argumentos presentados y la documentación que adjuntan a su respuesta, consistente en copia fotostática certificada del presupuesto elaborado por el contratista que ejecutó la obra, no aclaran la diferencia o comprueban el reintegro del importe observado ante la Hacienda
El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el
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Pública Municipal, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a surespuesta, no se localizó la que compruebe los argumentos vertidos por el Ente Público.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.
Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, implementar mecanismos de control interno que eliminen el riesgo de realizar pagos en exceso.
APLICACIÓN DE OTRAS APORTACIONES
Fondo de Desarrollo Municipal
Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2017
2 RP-03/17-IR Rehabilitación de parque público en la cabeceramunicipal. $ 2,320,789
12. No se localizó ni fue exhibido durante la auditoría, el presupuesto elaborado por el EntePúblico para la obra, ni los análisis de precios unitarios que permitan verificar la aplicación de los costos actualizados de acuerdo con las condiciones que prevalecían en el momento de su elaboración, obligación establecida en el artículo 19, fracción XIII, de la LOPEMNL. (Obs. 2.2)
Normativa
Respuesta"Se anexa copia certificada del presupuesto y análisis de precios de la obra".
Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta, consistente en copias fotostáticas certificadas del presupuesto para la obra y sus análisis de precios unitarios elaborados por el contratista que ejecutó la obra, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta no se localizó el presupuesto elaborado por el Ente Público para la obra ni los análisis de precios unitarios, que permitan verificar la aplicación de los costos actualizados de acuerdo con las condiciones que prevalecían en el momento de su elaboración.
El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el
Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Parás, Nuevo
y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 46/59
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.
13. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los planos de obra terminada,obligación establecida en el artículo 67, fracción IV, de la LOPEMNL. (Obs. 2.3)
NormativaRespuesta"Se anexa copia certificada de los planos de la obra".
Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizó la mencionada en su aclaración, por lo tanto, no se acredita el cumplimiento de la normatividad señalada.
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.
14. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la documentación que permita verificarque el contratista comunicó al Ente Público la terminación de los trabajos, obligación establecida en el artículo 78, párrafo primero, de la LOPEMNL. (Obs. 2.4)
Normativa
Respuesta"Se anexa Acta de Entrega y Recepción de los Trabajos de esta obra".
Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizó la mencionada en su aclaración, por lo tanto, no se acredita el cumplimiento de la normatividad señalada.
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.
El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el
Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Parás, Nuevo
y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 47/59
Programa Regional 2016
Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2017
3 IO-819040961-EI-20 Construcción de electrificación primaria y $ 424,18316 secundaria aéreas, en calle Raúl Martínez Martínez
sin número, entre las calles Azucena y Corando Treviño, en la colonia Del Norte.
15. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, el acta de recepción de los trabajos,obligación establecida en los artículos 64, párrafo primero, de la LOPSRM y 166, párrafo primero, del RLOPSRM. (Obs. 3.1)
Normativa
Respuesta"Se anexa documento donde el contratista informa al Municipio que da por terminados los trabajos y con esto extingue sus derechos y obligaciones, firman de recibido el Alcalde y Director de Obras Públicas".
Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados y la documentación que adjuntan a su respuesta, consistente en copias fotostáticas certificadas de aviso de terminación de los trabajos emitido por el contratista; de póliza número E-2017040031, de fecha 3 de abril de 2017 por un importe de $107,814.05; de cheque número 9 de fecha 3 de abril de 2017 por un importe de $107,814.05; de estimación 1 extra (factura 325) por un importe de 108,280.78; y de plano de obra terminada, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta no se localizó el acta de recepción de los trabajos.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.
Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, elaborar el acta de recepción de la obra, con el fin de garantizar los intereses del Ente Público a través de la verificación del o los inmuebles recibidos, la conciliación de los pagos realizados y la vigencia de las fianzas.
El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el
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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 48/59
16. No se localizó ni fue exhibido durante la auditoría, el finiquito de los trabajos, obligaciónestablecida en el artículo 64, párrafo segundo, de la LOPSRM, en relación con el artículo 170, del RLOPSRM. (Obs. 3.2)
NormativaRespuesta"Se anexa copia certificada del último pago de esta obra, y con esto se finiquita los trabajos".
Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados y la documentación que adjuntan a su respuesta, consistente en copias fotostáticas certificadas de aviso de terminación de los trabajos emitido por el contratista; de póliza número E-2017040031, de fecha 3 de abril de 2017 por un importe de $107,814.05; de cheque número 9 de fecha 3 de abril de 2017 por un importe de $107,814.05; de estimación 1 extra (factura 325) por un importe de 108,280.78; y de plano de obra terminada, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta no se localizó el finiquito de los trabajos.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.
17. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, el acta administrativa que da porextinguidos los derechos y obligaciones entre el Ente Público y contratista, obligación establecida en el artículo 64, último párrafo, de la LOPSRM, en relación con los artículos 170, último párrafo, y 172, del RLOPSRM. (Obs. 3.3)
Normativa
Respuesta"Se anexa documento donde el contratista informa al Municipio que da por terminados los trabajos y con esto extingue sus derechos y obligaciones, firman de recibido el Alcalde y Director de Obras Públicas".
Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados y la documentación que adjuntan a su respuesta, consistente en copias fotostáticas certificadas de aviso de terminación de los trabajos emitido por el contratista; de
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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 49/59
póliza número E-2017040031, de fecha 3 de abril de 2017 por un importe de $107,814.05;de cheque número 9 de fecha 3 de abril de 2017 por un importe de $107,814.05; de estimación 1 extra (factura 325) por un importe de 108,280.78; y de plano de obra terminada, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta no se localizó el acta administrativa que da por extinguidos los derechos y obligaciones entre el Ente Público y contratista.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.
18. En la revisión del expediente, se detectó que para la elaboración, control y seguimiento dela bitácora de obra, no se realizó por medios remotos de comunicación electrónica, sino de manera convencional, no localizando la justificación por parte del Ente Público, ni la autorización por parte de la Secretaría de la Función Pública, para que el Ente Público procediera de esta manera, incumpliendo con la obligación establecida en el artículo 122, del RLOPSRM. (Obs. 3.5)
Normativa
Respuesta"La bitácora se hace de forma convencional, dada la falla constante de nuestros equipos de cómputo y red de internet".
Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que no se adjunta la documentación que compruebe que la justificación vertida en su respuesta para este punto se hizo llegar a la Secretaría de la Función Pública, y su respectiva autorización para que el Ente Público realizara la bitácora a través de medios de comunicación convencional.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.
Programa Regional 2017
Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2017
4 R23/01/2017 Pavimentación de calle Aldama y lateral del $ 2,799,124 Libramiento Poniente, entre las calles Morelos eIrineo Villarreal, en la cabecera municipal.
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19. No se localizó ni fue exhibido durante la auditoría, el presupuesto elaborado por el EntePúblico para la obra, obligación establecida en el artículo 21, fracción XII, de la LOPSRM. (Obs. 4.1)
NormativaRespuesta"Se anexa copia certificada del presupuesto de la obra".
Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta, consistente en copias fotostáticas certificadas del presupuesto elaborado por el contratista que ejecutó la obra, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta no se localizó el presupuesto elaborado por el Ente Público para la obra.
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.
20. No se localizaron ni fueron exhibidas durante la auditoría, las pruebas de laboratorioque comprueben el cumplimiento del porcentaje de compactación de los conceptos 6.- "Escarificación con cal al 5% de su peso volumétrico incluye conformación y compactación al 90% en capas de 20 cm", 7.- "Suministro y colocación de material para subrasante (material de banco) compactado al 95% en espesores de 30 cm", y 8.- "Suministro y colocación de material para base hidráulica (calidad base hidráulica) compactado al 95% en espesores de 15 cm", obligación establecida en el artículo 54, párrafo primero, de la LOPSRM, en relación con el artículo 132, fracción IV, del RLOPSRM. (Obs. 4.2)
NormativaRespuesta"No fue proporcionado por el contratista".
Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada.
El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el
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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 51/59
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.
21. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la documentación que permita verificarque el contratista comunicó al Ente Público la terminación de los trabajos, ni el acta de recepción de los mismos, obligación establecida en los artículos 64, párrafo primero, de la LOPSRM; 164, párrafo primero y 166, párrafo primero, del RLOPSRM. (Obs. 4.3)
Normativa
Respuesta"Se anexa copia certificada del aviso de recepción de los trabajos de la obra y con esto se da por extinguidos los derechos y obligaciones".
Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe recibió copia fotostática certificada de la documentación que comprueba que el contratista comunicó al Ente Público la terminación de los trabajos, por lo que se solventa lo correspondiente a la misma; sin embargo, en cuanto al acta de recepción de los trabajos, no se solventa subsiste la irregularidad detectada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizó la documentación observada.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.
Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, elaborar el acta de recepción de la obra, con el fin de garantizar los intereses del Ente Público a través de la verificación del o los inmuebles recibidos, la conciliación de los pagos realizados y la vigencia de las fianzas.
22. No se localizó ni fue exhibido durante la auditoría, el finiquito de los trabajos, obligaciónestablecida en el artículo 64, párrafo segundo, de la LOPSRM, en relación con el artículo 170, del RLOPSRM. (Obs. 4.4)
NormativaRespuesta"Se anexa copia certificada del finiquito por parte de municipio hacia el contratista, incluye última estimación".
El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el
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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 52/59
Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta, consistente en copias fotostáticas certificadas del presupuesto elaborado por el contratista que ejecutó la obra; de aviso de terminación de los trabajos emitido por el contratista; y de estimación 3 normal, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta no se localizó el finiquito de los trabajos.
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.
23. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, el acta administrativa que da porextinguidos los derechos y obligaciones entre el Ente Público y contratista, obligación establecida en el artículo 64, último párrafo, de la LOPSRM, en relación con los artículos 170, último párrafo y 172, del RLOPSRM. (Obs. 4.5)
Normativa
Respuesta"Se anexa copia certificada del aviso de recepción de los trabajos de la obra y con esto se da por extinguidos los derechos y obligaciones".
Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta, consistente en copias fotostáticas certificadas del presupuesto elaborado por el contratista que ejecutó la obra; de aviso de terminación de los trabajos emitido por el contratista; y de estimación 3 normal, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta no se localizó el acta administrativa que da por extinguidos los derechos y obligaciones entre el Ente Público y contratista.
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.
24. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los planos correspondientes ala construcción final de la obra, obligación establecida en el artículo 68, de la LOPSRM. (Obs. 4.6)
El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el
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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 53/59
Normativa
Respuesta"No fue proporcionado por el contratista".
Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada.
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.
25. En la revisión del expediente, se detectó que para la elaboración, control y seguimiento dela bitácora de obra, no se realizó por medios remotos de comunicación electrónica, sino de manera convencional, no localizando la justificación por parte del Ente Público, ni la autorización por parte de la Secretaría de la Función Pública, para que el Ente Público procediera de esta manera, incumpliendo con la obligación establecida en el artículo 122, del RLOPSRM. (Obs. 4.7)
Normativa
Respuesta"La bitácora se hace de forma convencional, dada la falla constante de nuestros equipos de cómputo y red de internet".
Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que no se adjunta la documentación que compruebe que la justificación vertida en su respuesta para este punto se hizo llegar a la Secretaría de la Función Pública, y su respectiva autorización para que el Ente Público realizara la bitácora a través de medios de comunicación convencional.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.
El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 5
Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Parás, Nuevo
VII. Trámite y resultados obtenidos, derivados de las solicitudes formuladas por el H. Congreso del Estado
No se recibieron solicitudes del H. Congreso del Estado para ser atendidas en la revisión de esta Cuenta Pública.
VIII. Resultados de la revisión de situación excepcional
En relación a la Cuenta Pública objeto de revisión, no se recibieron denuncias para la revisión de situaciones excepcionales, en los términos preceptuados en los artículos 136 quinto párrafo de la Constitución Política del Estado y 37 y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León.
IX. Situación que guardan las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas, respecto de las Cuentas Públicas de ejercicios anteriores
En este apartado se presenta una síntesis de las acciones y recomendaciones que con motivo de la revisión de las cuentas públicas 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016, se ejercieron o promovieron por esta Auditoría Superior del Estado.
Asimismo, se muestra un detalle del estado que guardan las acciones o recomendaciones que no fueron comunicadas como concluidas en el Informe del Resultado de la Cuenta Pública 2016 (en adelante IDR 2016), así como el de aquellas que en el citado informe, se anunciaron que se ejercerían o formularían.
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SÍNTESIS DE ACCIONES Y RECOMENDACIONES EN FUNCIÓN DEL NÚMERO DE OBSERVACIONES DE LAS CUALES SE ORIGINANCUENTAS PÚBLICAS 2012, 2013, 2014 , 2015 y 2016
CUENTA PÚBLICA
ACCIÓN EJERCIDA/ RECOMENDACIÓN FORMULADA
CANTIDAD DE OBSERVACIONES
2012
Pliego Presuntivo de Responsabilidades (PPR) Gestión Financiera 4*
Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas (PFRA) 39*
Informe a la Auditoría Superior de la Federación (IASF) 3*
Recomendaciones a la Gestión o Control Interno (RG) 18*
Total de acciones y recomendaciones emitidas 64
2013
Pliegos Presuntivos deResponsabilidades
(PPR)
Gestión Financiera 2*
Obra Pública 1
Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa (PFRA) 22*
Promoción de Intervención de la Instancia de Control Competente (PIICC) 2*
Recomendaciones a la Gestión o Control Interno (RG) 11*
Total de acciones y recomendaciones emitidas 38
2014
Pliegos Presuntivos de Responsabilidades (PPR Obra Pública 2
Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas (PFRA) 19
Promoción de Intervención de la Instancia de Control Competente (PIICC) 1*
Recomendaciones a la Gestión o Control Interno (RG) 13*
Total de acciones y recomendaciones emitidas 35
2015
Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas (PFRA) 19
Promoción de Intervención de la Instancia de Control Competente (PIICC) 2*
Recomendaciones a la Gestión o Control Interno (RG) 10*
Total de acciones y recomendaciones emitidas 31
2016
Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas (PFRA) 9
Recomendaciones a la Gestión o Control Interno (RG) 3
Total de acciones y recomendaciones emitidas 12 Acciones o recomendaciones comunicadas como concluidas en el IDR 2016,
presentado al H. Congreso del Estado el día 23 de noviembre de 2017.
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DETALLE DE LAS ACCIONES EJERCIDAS Y RECOMENDACIONES FORMULADAS (NO SE INCLUYEN LAS COMUNICADAS COMO CONCLUIDAS EN EL IDR 2016)
AL 14 DE SEPTIEMBRE DE 2018
a) Pliegos Presuntivos de Responsabilidades (PPR)
PLIEGOS PRESUNTIVOS DE RESPONSABILIDADES
Cuenta Pública
Número de Pliego
Tipo de Auditoría del cual deriva
Tota
l de
Obs
erva
cion
es
Fech
a de
N
otifi
caci
ón Monto de los Posibles daños o perjuicios
Estado en la ASENL
2013
ASENL-PPR- CP2013-OP-MU41- 001/2014
Obra Pública 1 04-nov-14 $65,512 Concluido
Total de Observaciones 1
2014ASENL-PPR- CP2014-OP-MU41- 006/2015
Obra Pública 2 06-nov-15 $38,371 Concluido
Total de Observaciones 2 Montos expresados en pesos
La información relativa a la resolución del pliego indicado como concluido, se muestra a continuación:
PLIEGOS PRESUNTIVOS DE RESPONSABILIDADES
Cue
nta
Púb
lica
Número de Pliego
Tipo de Auditoría del cual deriva
Monto de los posibles daños o
perjuicios
Sentido de la Resolución o Dictamen Técnico de Auditoría
Monto Desvirtuado
Monto Resarcido
MontoNo Justificado Determinación
ASENL-PPR- CP2013-OP- MU41- 001/2014
Obra Pública $65,512 $0 $0 $65,512
Se determina iniciar procedimiento de responsabilidades
resarcitorias
2014
ASENL-PPR- CP2014-OP- MU41- 006/2015
Obra Pública $38,371 $0 $38,371 $0Se determina no iniciar
procedimiento de responsabilidades
resarcitorias
A través de estos instrumentos se le comunican al ente fiscalizado, aquellas observaciones que contienen irregularidades que permiten presumir la existencia de hechos y conductas que producen daños o perjuicios a la hacienda o patrimonio de los entes públicos, a efecto de que proporcionen datos de identificación y localización de los presuntos responsables, para en su caso, dar inicio al procedimiento para el fincamiento de responsabilidad resarcitoria.
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Los datos relativos al Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias iniciado, se detallan en la siguiente tabla:
PROCEDIMIENTO PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES RESARCITORIAS
Cue
nta
Púb
lica Número
de Pliego
Número de Expediente
Monto de daños o
perjuicios
Resolución del Procedimiento
Estado que Guarda el
Procedimiento
Fecha de Resolución
Sentido de la Resolución
Monto de Indemnización
Sanción Económica
ASENL- PPR- CP2013- OP- MU41- 001/2014
ASENL- CP2013-MU41-
FIRES- 016/2018
$65,512 Concluido 01-ago-18Existencia de
Responsabilidad Resarcitoria
$65,512 No aplica
El procedimiento tiene por finalidad determinar la existencia o inexistencia de responsabilidad resarcitoria, fijar en cantidad líquida del monto del daño causado a la hacienda o patrimonio de los entes públicos, y en su caso fincar a los servidores públicos o particulares, la indemnización y sanción correspondiente.
b) Promoción del Fincamiento de Responsabilidad Administrativa (PFRA)
PROMOCIÓN DE FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA
Cuenta Pública
Datos de la PromociónÚltimo informe de acciones implementadas y
resultados obtenidos en atención a la Promoción formulada por la ASENL
Observaciones Objeto de la Promoción
Oficio de Promoción
Autoridad ante la cual se formuló la
PFRA
Número de OficioFecha en que se recibió el Informe de atención a
promoción
2014 19ASENL-PFRA- CP2014-MU41-
041/2015
Presidente Municipal 132/PMPNL/2018 27-jul-18
2015 19ASENL-PFRA- CP2015MU41-
041/2016
Presidente Municipal 132/PMPNL/2018 27-jul-18
2016 9ASENL-PFRA- CP2016MU41-
041/2017
Presidente Municipal MPNL/55/2018 25-ene-18
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PROMOCIÓN DE FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA RESULTADOS OBTENIDOS
Cuenta Pública Informe de la Autoridad
Procedimiento Administrativo de Responsabilidades Ante Autoridad que Atiende la Promoción
Estado
Servidores Públicos sancionados
(cargo durante el período de la irregularidad)
Sanciones impuestas
2014 Se llevó a cabo el procedimiento imponiendo sanción Concluido Ex Presidente Municipal Amonestación
Pública
2015 Se llevó a cabo el procedimiento imponiendo sanción Concluido Ex Presidente Municipal Amonestación
Pública
2016 Se llevó a cabo el procedimiento imponiendo sanción Concluido Director de Obras
PúblicasApercibimiento
Privado
c) Recomendaciones a la gestión o control interno (RG)
RECOMENDACIONES A LA GESTIÓN O CONTROL INTERNO
Cuenta Pública Oficio de Recomendaciones
Fecha Notificación
Fecha Respuesta por el Ente
PúblicoEstado en la ASENL
2016 ASENL-RG-CP2016- MU41-041/2017
07-dic-17 09-ene-18 Concluido
Detalle del trámite dado por el ente fiscalizado a las recomendaciones:RECOMENDACIONES
Cue
nta
Púb
lica
Materia EmitidasAtendidas por el Ente Público No atendidas
(Sin respuesta delEnte Público)
Aceptadas Rechazadas Medidas Alternas Inaplicables
2016
Recomendaciones a la gestión o control interno
Gestión Financiera 1 1 0 0 0 0
Obra Pública 2 2 0 0 0 0Total 3
Esta acción tiene por objeto promover el ejercicio de las facultades de investigación y sancionatorias de los órganos de control, o autoridades competentes en los entes públicos fiscalizados, en relación con las observaciones que a juicio de la Auditoría Superior del Estado, contienen datos que hacen presumir irregularidades derivadas de una acción u omisión de los servidores públicos del ente fiscalizado, a sus obligaciones generales de salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia en el desempeño de sus funciones, empleos, cargos o comisiones.
Las recomendaciones a la gestión o control interno tienen por objeto apoyar al ente público a fortalecer los procesos administrativos y los sistemas de control.
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Lo anteriormente expuesto, se pone en conocimiento de ese H. Congreso del Estado, por conducto de la Comisión de Vigilancia, para los efectos legales a que haya lugar, acorde con lo preceptuado en los artículos 20, fracción XXXI, 82, fracciones XV y XXXII de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León; y 8, fracción XVIII, 15, fracciones XIII y XVIII, 17, fracciones I, III y XVII y 18, fracciones XVIII y XIX del Reglamento Interior de la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León.
C.P.C. JORGE GUADALUPE GALVÁN GONZÁLEZ Auditor General del Estado de Nuevo León
LIC. JESÚS MENDOZA URIBEAuditor Especial de Municipios
C.P. ELIUD ROBERTO GARZA ARIZPEDirector General de Auditoría
A.R.Q JOSÉ MARÍA RUÍZ MARTÍNEZDirector de Auditoría de Obra Pública y
Desarrollo Urbano
C.P. JORGE ALBERTO CASTRO GASPARDirector de Auditoría (Gestión Financiera)