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eGas extiende la siguiente guía operativa para entender el funcionamiento de la

versión 3.3, que se vera reflejada dentro de los sistemas de la Suite eGas.

Respecto a este cambio le estaremos informando al momento de su actualización, estimamos

comenzar en los meses de Septiembre a Octubre.

Es nuestro deber informar los cambios y ayudarle a entender los impactos operativos dentro de su gasolinera.

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CONTENIDO

CFDI ACTUALIZACION 3.3

ENTRADA EN VIGOR

¿CUÁLES SON LOS CAMBIOS DEL CFDI 3.3?

COMPLEMENTO RECEPCIÓN DE PAGOS

CANCELACIÓN DE CFDI

4 FORMAS DE CANCELAR UN CFDI 3.3

¿QUÉ ES EL CFDI?

ESPECIFICACIONES DEL CFDI

REQUISITOS PARA GENERAR UNA FACTURA ELECTRÓNICA

CONSERVACIÓN DE FACTURAS

CÓMO FUNCIONA EL CFDI

PASOS PARA LA EMISIÓN DE UN CFDI

VENTAJAS DEL CFDI

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MÓDULOS DE NUESTRA VERSIÓN

PREGUNTAS FRECUENTES

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CFDI

ACTUALIZACION 3.3

Además de la actualización a la versión 3.3 de CFDI, los

contribuyentes deberán adaptarse durante este año a otras

modificaciones en el modelo de factura electrónica. En lo

que llevamos de 2017, ya han entrado en vigor la versión

1.2 del complemento de nómina y el complemento de

comercio de exterior. El Complemento de Recepción de

Pagos será opcional a partir del 1 de julio del 2017, sólo con

la versión 3.3. de factura electrónica y obligatorio a partir

del 1 de diciembre del 2017.

ENTRADA EN VIGOR

A partir del 1 de Julio del 2017 entra en vigor la versión 3.3

de la factura electrónica. No obstante, los contribuyentes

podrán continuar emitiendo facturas en la versión 3.2

hasta el 30 de Noviembre del 2017, con el objetivo de que,

durante la convivencia de versiones, migren

paulatinamente sus procesos de facturación.

A partir del 1 de diciembre del 2017, la única versión

válida autorizada para emitir las facturas electrónicas será

la versión 3.3.

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¿CUÁLES SON LOS CAMBIOS

DEL CFDI 3.3?

Las especificaciones técnicas del CFDI 3.3 se publicaron en

el Anexo 20, que puede consultarse junto con el catálogo, la

estructura y el estándar en el portal web del SAT. Aun así,

las modificaciones más destacadas son las siguientes:

1.- Se aplicarán nuevas reglas de validación, que

permitan comprobar la coherencia de los datos con el

objetivo de evitar posibles errores.

2.- Comprobación de los RFC de los receptores en la

base de datos del SAT por parte del PAC. Si este no se

verifica, la factura no se timbrará.

3.- La factura electrónica se diferenciará ahora de los

recibos de nóminas y los comprobantes de pago, que

pasarán a ser documentos independientes.

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4.- Se emplearán 23 de catálogos, algunos aceptados

internacionalmente, para completar la información de

algunos de los campos del CFDI. Esto ya se está

haciendo en la versión 3.2 con el apartado de método

de pago y sirve para mejorar la precisión de los datos.

Con los datos unificados mediante los catálogos el SAT

tendrá más facilidades para automatizar el control

fiscal, elaborar estadísticas o realizar auditorías

electrónicas.

COMPLEMENTO

RECEPCIÓN DE PAGOS

El complemento de recepción de pagos da vida a una nueva

manera de operar y registrar las operaciones que tenga la

empresa o negocio, debido a que este complemento se

podrá utilizar únicamente cuando el pago sea efectuado

después de haber emitido la factura y cuando ya se haya

confirmado el pago en la cuenta, de esta manera el

Atributo opcional para registrar el folio fiscal (UUID) de un

CFDI relacionado con el presente comprobante, por

ejemplo: a) Si el CFDI relacionado es un comprobante de

traslado que sirve para registrar el movimiento de la

mercancía. b) Si este comprobante se usa como nota de

crédito o nota de débito del comprobante relacionado.

c) Si este comprobante es una devolución sobre el

comprobante relacionado. d) Si éste sustituye a una

factura cancelada contribuyente al emitir un complemento

COMPLEMENTOSPermiten incluir información adicional deuso regulado por la autoridad para unsector o actividad específica, permitiendoque la información adicional seaprotegida por el sello digital de la FacturaElectrónica (CFDI).

de recepción de pago estará declarando conocer al 100% el

método pago de dicho comprobante y que ya fue cubierto el

importe del comprobante.

Además una de sus funciones principales es la de identificar

las operaciones realizadas por transferencia y agregar el

número de autorización de la operación; esto quiere decir

que ya no se podrá relacionar el pago con los últimos 4

dígitos de la cuenta, sino que ahora se deberá indicar el

número de autorización o el número de operación del

movimiento, con el fin de poder identificar de una manera

exacta el pago para hacerlo más claro y transparente.

De modo que si tu comprobante fue emitido en

parcialidades, deberás realizar un complemento de pago por

cada pago que la empresa reciba y desde luego haciendo

referencia al UUID (Identificador único universal) o

comprobante fiscal.

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5.- Se pre-rellenarán algunos campos en la presentación

de las declaraciones debido a que la información

existente se integrará con el proceso de facturación.

Esto agilizará las tareas de cumplimiento fiscal.

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CANCELACIÓN DE CFDI

El 1 de enero de 2018 es la fecha indicada para la entrada en

vigor del proceso para solicitar la cancelación de CFDI. El SAT

ha definido las reglas para aceptación del receptor para la

cancelación del CFDI o cancelación del CFDI sin su aceptación.

4 FORMAS DE CANCELAR UN

CFDI 3.3

Se refiere a el envío de una solicitud vía buzón tributario alreceptor para comenzar la solicitud de la cancelación delcomprobante y que la contraparte acepte la cancelación.

1- Cancelación por solicitud de autorización

2- Cancelación sin autorización

Puede realizarse la cancelación sin solicitar su autorización.

3- Nota de Crédito

Tratándose de comprobantes que se emitan y ya cuentancon un CFDI relacionado con complementos de pagos, laúnica forma con la que podrá “cancelar” es a través decomprobantes de egresos (Notas de crédito) ya sea por

devolución, descuento, entre otros.

4- Por sustitución

Si nos referimos a comprobantes que incorporen elcomplemento para recepción de pagos, el mecanismo paraaplicar correcciones será mediante sustitución, es decir, laemisión de un nuevo comprobante con los datos correctos,e incluirá los datos del UUID (folio fiscal) que estásustituyendo.

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Se refiere a el envío de una solicitud vía

buzón tributario al receptor para comenzar

la solicitud de la cancelación del

comprobante y que la contraparte acepte lacancelación.

¿QUÉ ES EL CFDI?

Las siglas CFDI significan Comprobante Fiscal Digital por

Internet, un esquema de facturación electrónica cuya

obligatoriedad en México entró en vigor el 1 de enero de

2014. Al día de hoy, es obligatorio para todas las empresas

mexicanas. El modelo CFDI no es nuevo, sino que surgió en

enero de 2011 y sustituye al anterior esquema CFD

(Comprobante Fiscal Digital) que finalizó su vigencia el 31 de

diciembre de 2013.

La principal diferencia entre estos dos esquemas fue la

incorporación de la figura del PAC (Proveedor Autorizado

de Certificación de CFDI) al CFDI, que se encarga de validar

las facturas antes de enviarlas a la autoridad tributaria. La

información contenida en un CFDI no puede manipularse ni

modificarse sin que se detecte. El CFDI (Comprobante

Fiscal Digital por Internet utiliza los estándares definidos

por el SAT, constituyéndose como un documento

electrónico con 4 características esenciales:

La información

contenida en un

CFDI no puede

manipularse ni

modificarse sin que

se detecte.

La persona que

emita un CFDI no

podrá negar

haberlo generado.

Cada CFDI lleva

registrado un

identificador único

otorgado por un

PAC que lo

convierte en único

ante su

destinatario y ante

la Administración

Tributaria.

La identidad del

emisor del

comprobante

puede verificarse a

través de su

Certificado de Sello

Digital.

Ín

teg

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ab

le

Ú

nic

o

A

uté

nti

co

ESPECIFICACIONES DEL CFDI

La emisión de facturas electrónicas requiere de la

generación de un XML específico, cuya construcción y

emisión está sujeta a una serie de pasos y obligaciones

que toda empresa física o moral deberá tener en cuenta.

Las especificaciones técnicas se recogen en el Anexo 20

de la RMF, un documento técnico en el que se establece

el estándar tecnológico para la generación de los

comprobantes. Los contribuyentes (personas físicas y

morales) deben considerar la estructura, forma y sintaxis

que especifica este documento.

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(RMF) ResoluciónMiscelánea Fiscal

Conjunto de disposiciones fiscales de carácter anual que

emite la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a

efecto de reformar o modificar las leyes fiscales y otros

ordenamientos federales relativos a la captación de

ingresos por parte del gobierno federal.

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Si nos referimos a comprobantes que

incorporen el complemento para

recepción de pagos, el mecanismo para

aplicar correcciones será mediante

sustitución, es decir, la emisión de un

nuevo comprobante con los datos

correctos, e incluirá los datos del UUID

(folio fiscal) que está sustituyendo.

La informacióncontenida en un CFDIno puede manipularseni modificarse sin quese detecte.

La persona que emitaun CFDI no podránegar haberlogenerado.

Es necesario que el emisor cuente con un Registro Federal de

Contribuyentes (RFC), obteniéndolo mediante su registro con

Autoridad Tributaria Mexicana (SAT).

Certificado de propósito específico para generar Firma

Electrónica en los CFDI y permite identificar plenamente al

emisor del comprobante, garantizando la integridad,

autenticidad, unicidad y no repudio de la factura.

La firma electrónica avanzada es indispensable para realizar

cualquier trámite relacionado con el SAT. Se trata de

archivos (llave privada y llave pública) que se usan para

firmar los documentos electrónicos. Su función es

identificar al emisor del mensaje de manera legítima, con

idéntica validez a una firma autógrafa.

Es necesario hacer uso del servicio proporcionado por un

PAC autorizado por el SAT para generar un timbre por cada

Comprobante Fiscal Digital por Internet emitido. El timbre

es la firma electrónica que brinda completa validez fiscal al

documento electrónico.

RFC

Certificado de sello digital

FIEL

PAC

REQUISITOS PARA GENERAR UNA

FACTURA ELECTRÓNICA

CONSERVACIÓN DE FACTURAS

El carácter de documentos con validez fiscal y legal otorgado

a las facturas exige ciertos criterios de conservación a

respetar por el emisor y el destinatario de éstas, que se

concretan entre otros, en el establecimiento de un periodo

de tiempo mínimo (5 años en México) para su conservación.

Esto obliga a las empresas a destinar recursos y tiempos para

almacenar, clasificar y administrar un número importante de

facturas. Los contribuyentes que emitan y reciban Facturas

Electrónicas, deberán almacenarlas en medios magnéticos,

ópticos o de cualquier otra tecnología debiendo cumplir con

los requisitos y especificaciones a que se refieren los rubros

I.B y I.C del Anexo 20 de la RMF.

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La informacióncontenida en un CFDIno puede manipularseni modificarse sin quese detecte.

El PAC revisa la factura y la valida si

cumple los requisitos de certificación

correspondientes. La emisión del

correspondiente timbre fiscal valida

la estructura del comprobante y lo

certifica, asignándole un número de

referencia único que dota de validez

a la factura. Además, antes de

enviarlo al cliente, incluye el número

de folio y serie asignado por el SAT,

su sello digital, el sello de CFDI y la

fecha y la hora de certificación.

El modelo CFDI simplifica el proceso

de emisión de comprobantes

fiscales al contribuyente, ya que es

su Proveedor Autorizado de

Certificación (PAC) quien se encarga

de validar los documentos y

declararlos al Servicio de

Administración Tributaria (SAT).

Posteriormente, el PAC declara los

timbres o certificados generados al

SAT, que obtiene el detalle de las

bases imponibles e impuestos que

se declaran en las distintas

operaciones comerciales realizadas

en todo el país.

EMISIÓN VALIDACIÓN CONECTIVIDAD

El CFDI o Comprobante Fiscal Digital por Internet, responde al modelo de factura Electrónica vigente en México desde enero

de 2011.

CÓMO FUNCIONA EL CFDI

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PASOS PARA LA EMISIÓN DE UN CFDI

La contabilidad habrá de llevarse en un sistema que registre electrónicamente la fecha y hora, minuto y

segundo en la que se genera la factura, impidiendo la duplicidad del documento.

Los emisores de facturas deberán contar con un Certificado de Firma Electrónica Avanzada o Fiel expedido por el

SAT. Este certificado requiere de la presencia ante el SAT de las personas físicas o morales a cuyo nombre vaya

expedido. El certificado permite la realización de múltiples trámites administrativos y tributarios y es necesario

para la obtención del Certificado de Sello Digital.

1

2

Los Certificados de Sello Digital son expedidos por el SAT vía web, previa identificación del solicitante a

través de su Certificado de Firma Avanzada. Sirven exclusivamente para la firma de Comprobantes

Fiscales Digitales, y debe solicitarse al menos uno por domicilio fiscal.3

La obtención del Comprobante Fiscal Digital requiere la construcción de un fichero XML a partir de los datos

contenidos en el sistema electrónico del emisor. Con parte de la información del XML se generará la Cadena

Original.Sobre la Cadena Original se aplicará un algoritmo con el que se obtendrá la “HUELLA” o HASH de la

cadena. Este HASH conforma una secuencia de caracteres de longitud fija que variará si se modifica cualquiera de

los datos de la Cadena Original. El emisor encriptará el HASH aplicando sobre él la clave privada de su Certificado

de Sello Digital.

El HASH encriptado forma el Sello Digital que se añade al CFDI. Este sello es el que permite constatar al receptor la

integridad y la autenticidad de la Factura Electrónica o CFDI.

4

Un PAC autorizado por el SAT , verifica que el archivo electrónico generado cumple con los requisitos establecidos, y

procede a su certificación incorporando el número de folio asignado y el Sello Digital del CFDI. Esto dota a la factura

de plena validez fiscal.

El Proveedor Autorizado de Certificación PAC, declara la factura ante el SAT por medios electrónicos y de forma

inmediata. El CFDI certificado es devuelto a su emisor, quien lo remitirá al destinatario de la factura por medios

electrónicos, publicándolo en portales seguros, o mediante impresión o envío por correo postal.

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VENTAJAS DEL CFDI

Con el CFDI, el PAC, además de verificar los documentos, incluye en las facturas los números de folio y serie y las

declara ante el SAT, por lo que el contribuyente se ve liberado de una parte importante del proceso.

SIMPLICIDAD DEL PROCESO

Aumento de la seguridad del contribuyente, ya que su PAC valida la autenticidad del comprobante y la garantía

de que el XML se expide conforme a norma.

VALIDACIÓN

SEGURIDAD

Algunos PAC pueden ofrecer servicios de almacenamiento de los CFDI, de modo que actúan como una notaría

electrónica que resguarda los comprobantes como originales electrónicos legales para su recuperación y

consulta ante cualquier requerimiento.

INTEGRIDAD

Garantía de integridad de los documentos. Tanto el emisor como el receptor tienen la seguridad de que

cuando el PAC timbra las facturas, estas ya no pueden modificarse, gracias a elementos como el sello digital

o la certificación.

AUTOMATIZACIÓN

El CFDI abre las puertas a la utilización de soluciones tecnológicas que automatizan la dispersión

electrónica del documento y su integración directa en los sistemas de gestión de cuentas a pagar y cobrar.

DISMINUCIÓN DE COSTOS

El CFDI supone un ahorro considerable, tanto económico, al hacer el proceso electrónico, como laboral, ya

que automatiza las gestiones.

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TECNOLOGÍA PAPERLESS

Con el CFDI disminuye el uso del papel, con lo que esto conlleva: mayor cuidado

medioambiental y disminución de los costos en impresión, mensajería y

almacenamiento físico.

DISPONIBILIDAD 24x7

Supresión del riesgo de pérdidas de información y alta disponibilidad de los

documentos en un entorno privado y seguro de gestión disponible las 24 horas del

día, 7 días a la semana.

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En nuestro sistema de Facturación podrá encontrar los siguientes módulos :

• Factura de Ingresos .

• Factura de Egresos ( NC ).

• Factura Traslado ( Carta Porte ).

• Complemento Combustible.

• Complemento Nomina 1.2.

• Cancelaciones.

MÓDULOS DE NUESTRA VERSIÓN

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PREGUNTAS FRECUENTES

1. ¿Se deberá cancelar el CFDI cuando el receptor de un

uso diferente al señalado en el campo UsoCFDI?

No, en caso de que se registre una clave distinta al uso del

CFDI que le dará el receptor del comprobante, no será

motivo de cancelación o sustitución, y no afectará para su

deducción o acreditamiento de impuestos. Fundamento

Legal: Anexo 20 Guía de llenado de los comprobantes

fiscales digitales por internet versión 3.3, publicada en el

Portal del SAT.

2, ¿Cómo se deben reflejar los impuestos retenidos y

trasladados en el CFDI versión 3.3?

En la versión 3.3 del CFDI se expresarán los impuestos

trasladados y retenidos aplicables por cada concepto

registrado en el comprobante, debiéndose detallar lo

siguiente: Base para el cálculo del impuesto. Impuesto

(Tipo de impuesto ISR, IVA, IESPS). Tipo factor (Tasa,

cuota o exento). Tasa o cuota (Valor de la tasa o cuota

que corresponda al impuesto). Importe (Monto del

impuesto). Se debe incluir a nivel comprobante el

resumen de los impuestos trasladados por Tipo de

impuesto, Tipo factor, Tasa o cuota e Importe. Se debe

incluir a nivel comprobante el resumen de los impuestos

retenidos por Impuesto e Importe. Asimismo, se debe

registrar en su caso, el Total de los Impuestos Trasladados

y/o Retenidos. Fundamento Legal: Artículo 29-A, fraccion

VII, inciso a), primer y segundo parráfo del Código Fiscal

de la Federacion, Anexo 20 versión 3.3 vigente y Anexo

20 Guía de llenado documento disponible en

www.sat.gob.mx 3 de los comprobantes fiscales digitales

por internet versión 3.3, publicada en el Portal del SAT.

3. ¿En qué caso los campos condicionales del CFDI son

de uso obligatorio?

Los campos condicionales deberán informarse serán

obligatorios- siempre que se registre información en

algún otro campo que como resultado de las reglas de

validación contenidas en el estándar técnico y precisadas

en la Guía de llenado, obligue en consecuencia a que se

registre información en dichos campos condicionales.

Fundamento Legal: Anexo 20 versión 3.3 vigente y Anexo

20 Guía de llenado de los comprobantes fiscales digitales

por internet versión 3.3, publicada en el Portal del SAT.

4. ¿En los CFDI por anticipos se debe desglosar el IVA?

Sí, se debe desglosar el IVA en las facturas que amparen

anticipos cuando el bien o producto a adquirir grave IVA.

Fundamento Legal: Artículo 1 y 1-B de la LIVA y Anexo 20

Guía de llenado de los comprobantes fiscales digitales

por internet versión 3.3, publicada en el Portal del SAT.

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PREGUNTAS FRECUENTES

5. El cliente se equivocó y pagó de más o

indebidamente, ¿Se tiene que emitir una factura?

Si el cliente pagó de más o indebidamente y la cantidad

que está en demasía no se va a considerar como un

anticipo, se deberá devolver al cliente el importe pagado

de más. En el caso, de que la cantidad pagada de más o

indebidamente se tome como un anticipo, se deberá

emitir el CFDI de conformidad con lo establecido en el

Apéndice 6 Procedimiento para la emisión de los CFDI en

el caso de anticipos recibidos. Fundamento Legal: Artículo

29 del Código Fiscal de la Federación y Anexo 20 Guía de

llenado de los comprobantes fiscales digitales por

internet versión 3.3, publicada en el Portal del SAT.

6. ¿Cómo se deben incluir los impuestos locales en el

CFDI versión 3.3?

Los impuestos locales se deben registrar en el

Complemento Impuestos Locales publicado en el Portal

del SAT. Fundamento Legal: Regla 2.7.1.8. de la

Resolución Miscelánea Fiscal vigente y Apéndice 1 Notas

Generales del Anexo 20 Guía de llenado de los

comprobantes fiscales digitales por internet versión 3.3,

publicada en el Portal del SAT.

7. ¿Cuál es el método de pago que se debe registrar en

el CFDI por el valor total de la operación en el caso de

pago en parcialidades o pago diferido?

Se debe registrar la clave PPD (Pago en parcialidades o

diferido) del catálogo c_MetodoPago publicado en el

Portal del SAT. Fundamento Legal: Anexo 20 Guía de

llenado de los comprobantes fiscales digitales por

internet versión 3.3, publicada en el Portal del SAT.

8. ¿En qué casos se deberá emitir un CFDI por un

anticipo?

Estaremos ante el caso de una operación en dónde

existe el pago de un anticipo, cuando: No se conoce o

no se ha determinado el bien o servicio que se va a

adquirir o el precio del mismo. No se conoce o no se

han determinado ni el bien o servicio que se va a adquirir

ni el precio del mismo. Fundamento Legal: Anexo 20

Guía de llenado de los comprobantes fiscales digitales

por internet versión 3.3, publicada en el Portal del SAT.

9. Si a mi cliente le otorgo un descuento sobre el total

de una factura ¿Qué tipo de CFDI debo emitir?

Se debe de emitir un CFDI de egresos. Fundamento

Legal: Artículo 29, penúltimo párrafo del Código Fiscal de

la Federación.

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Empresa 100% Mexicana, enfocada en crear soluciones informáticas integrales para

el Sector Gasolinero Nacional e Internacional, teniendo como principal objetivo de

apoyar con el cumplimiento regulatorio, optimizar la operación de estaciones, agilizar

los servicios, automatizar procedimientos administrativos con la firme intención de

incrementar la rentabilidad de su negocio.

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