presentación de powerpoint · delito aduanero delito cambiario delito de intermediaciÓn...
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• Cumplir con compromisos internacionales ( Convención para combatir el cohecho a funcionarios públicos extranjeros en transacciones internacionales de la OCDE)
• Incentivar la prevención de delitos contra la Administración Pública
• Impulsar la cooperación de las empresas en investigaciones penales
RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS. LEY 27401. Objetivos
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ENFOQUE PENAL - INQUIETUDES
I. POR QUÉ DELITOS PUEDEN SER IMPUTADAS LAS EMPRESAS?
II. QUE SIGNIFICA QUE LAS EMPRESAS RESPONDEN
PENALMENTE?
III. QUE CRITERIOS DE IMPUTACIÓN RIGEN O DEBERÍAN
REGIR?
IV. CUANDO RESPONDE UN COMPLIANCE OFFICER? CUANDO
RESPONDE UN DIRECTOR?
V. ES OBLIGATORIO TENER UN PROGRAMA DE INTEGRIDAD?
VI. COMO INCIDE UN PROGRAMA DE INTEGRIDAD EN EL
PROCESO PENAL. Análisis ex post o ex ante?
VII.QUIEN TIENE LA CARGA DE LA PRUEBA
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DELITOS POR LOS QUE SE PUEDE SANCIONAR
PENALMENTE A LAS EMPRESAS
LAVADO DE DINERO
DEFRAUDACION TRIBUTARIA
DELITO ADUANERO
DELITO CAMBIARIO
DELITO DE INTERMEDIACIÓN
FINANCIERA
Ley 25.246
Ley 27.430
Ley 22.415 (Cód. Aduanero)
Ley 19.359
Art. 310 CP
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LAVADO DE DINERO
DEFRAUDACIÓN TRIBUTARIA
DELITO ADUANERO
DELITO CAMBIARIO
DELITO DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA
SANCIONES PENALES Y ADMINIST.
SANCIONES
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LAVADO DE DINERO
DEFRAUDACIÓN TRIBUTARIA
DELITO ADUANERO
DELITO CAMBIARIO
DELITO DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA
UIF
AFIP / ATP
AFIP- ADUANA
BCRA
CNV
ORGANISMOS DE CONTROL Y SANCIONADORES
LEY 27.401
RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD PENAL APLICABLE A LAS PERSONAS JURÍDICAS PRIVADAS
Principio sepultado “las sociedades no pueden
delinquir” (Fly Machine)
MARCO NORMATIVO
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RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS
ANTES
• - Responsabilidad Accesoria o Vicarial.
• - Prevista en delitos:
• aduaneros
• cambiarios
• tributarios
• contra la libre competencia
• contra el orden económico y financiero
AHORA
• - Responsabilidad autónoma e independiente de la responsabilidad penal de las personas físicas que cometen el hecho (art. 6).
• - Por defecto de organización
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LEY 27.430 RÉGIMEN PENAL TRIBUTARIO
SANCIONES cuando los hechos delictivos hubieren sido realizados en nombre o con la intervención, o en beneficio de una persona de existencia ideal
GRADUACIÓN DE LAS SANCIONES jueces tendrán en cuenta: • El incumplimiento de reglas y procedimientos internos
• La omisión de vigilancia sobre la actividad de los autores y partícipes
• La extensión del daño causado
• El monto de dinero involucrado en la comisión del delito
• El tamaño, la naturaleza y la capacidad económica de la persona jurídica
MARCO NORMATIVO
LEY 25.246 RÉGIMEN DE LAVADO DE DINERO
SANCIONES cuando los hechos delictivos hubieren sido realizados en nombre o con la intervención, o en beneficio de una persona de existencia ideal: Multa de 2 a 10 veces el valor de los bienes…. GRADUACIÓN DE LAS SANCIONES jueces tendrán en cuenta:
• El incumplimiento de reglas y procedimientos internos
• La omisión de vigilancia sobre la actividad de los autores y partícipes
• La extensión del daño causado
• El monto de dinero involucrado en la comisión del delito
• El tamaño, la naturaleza y la capacidad económica de la persona jurídica
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MARCO NORMATIVO
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DELITOS COMPRENDIDOS
Cohecho activo nacional y transnacional: dar u ofrecer un beneficio indebido a un funcionario público. Tráfico de influencias transnacional: solicitar o recibir un beneficio indebido para hacer valer la influencia ante un funcionario público extranjero. Negociaciones incompatibles: funcionario público que se interesare en cualquier contrato u operación
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• Concusión: el funcionario público que convirtiere en provecho propio o de un tercero el beneficio económico indebidamente solicitado o exigido.
• Aprovechamiento indebido de información reservada: el funcionario público que con fines de lucro utilizare para sí o para un 3ro información reservada.
• Enriquecimiento ilícito de funcionarios públicos: funcionario público que registrare un enriquecimiento patrimonial injustificado.
• Balances e informes contables falsos agravados: publicar o certificar un balance falso o incompleto con el fin de ocultar la comisión de los delitos de cohecho y tráfico de influencias
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SUJETOS
Directa o indirectamente: Con su intervención En su nombre En su interés o beneficio
Siempre y cuando fuera cometido por sus: Socios, Accionistas, Apoderados, Gerentes, Directores, Empleados,
etc. Terceros sin representación + ratificación la gestión (expresa o
tácitamente)
Exención: Si la persona humana actuó en su exclusivo beneficio y sin
provecho para la persona jurídica
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MULTA de 2 a 5 veces el beneficio
indebido
SUSPENSIÓN total o parcial de actividades
SUSPENSIÓN para participar en
CONCURSOS o LICITACIONES
estatales
PÉRDIDA o SUSPENSIÓN de
beneficios estatales
PUBLICACIÓN de un extracto de la
sentencia condenatoria
DISOLUCIÓN y LIQUIDACIÓN si
fue creada al sólo efecto de cometer
delitos
SANCIONES
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PROGRAMA DE INTEGRIDAD PREVISTO POR LA LEY
• Cumple un rol preventivo y debería evitar la comisión de
delitos en el seno de la empresa
• Si se comete un delito pero se demuestra que el programa
de integridad era eficaz puede funcionar como un eximente de
responsabilidad penal
• Es un requisito administrativo que exigirá el Estado para
contratar o para licitar
• Como estrategia de defensa penal para las personas físicas.
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EXCENCIÓN DE LA PENA
a) Denuncia espontánea del delito como consecuencia de un actividad propia de DETECCIÓN e
INVESTIGACIÓN INTERNA AUTODENUNCIA
b) Haber implementado con anterioridad un sistema
de control y supervisión adecuado (cuya violación exige esfuerzo) PROGRAMA DE INTEGRIDAD
c) DEVOLUCIÓN del beneficio indebido obtenido
Posible aplicación a otros delitos
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AMBITO INTERNACIONAL
a) Se ha adoptado y ejecutado con eficacia, ANTES de la comisión
del delito, modelos de organización para prevenir delitos
b) Supervisión del cumplimiento del modelo de prevención a un
órgano con poderes autónomos
c) Los autores cometieron el delito eludiendo fraudulentamente
los modelos de organización y prevención
d) No se ha producido una omisión o un ejercicio insuficiente de
sus funciones de supervisión, vigilancia y control
ESPAÑA
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ITALIA
a) el órgano de gobierno ha adoptado y aplicado efectivamente, antes de
la comisión del hecho, modelos de organización y gestión adecuados
para prevenir crímenes del tipo que ocurrieron;
b) la tarea de supervisar el funcionamiento y la observancia de los
modelos para cuidar su actualización se ha confiado a un cuerpo de
la entidad con poderes autónomos de iniciativa y control;
c) las personas han cometido el delito evadiendo fraudulentamente los
modelos de organización y gestión;
d) no hubo omisión o supervisión insuficiente por parte del organismo al
que se hace referencia en la letra b).
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RESPONSABILIDAD PENAL DEL C.O.
I. COMISIÓN ACTIVA
II. COMISIÓN POR OMISIÓN
III. POSICIÓN DE GARANTE ORIGINARIA. DERIVADA
IV. SUPERVISIÓN , CONTROL Y VIGILANCIA DEL DIRECTORIO
V. DELITOS?
VI. PREVIO, DURANTE O DESPUÉS DE LA COMISIÓN?
VII.DOLO DIRECTO, DOLO EVENTUAL, CULPA.
VIII.SANCIONES PENALES/SANCIONES ADMINISTRATIVAS.
MUCHAS GRACIAS
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Dr. Emilio Cornejo Costas - Asociado a cargo del Departamento de Derecho Penal en Estudio Lisicki Litvin & Asociados.
@emiliocornejoll
Emilio Cornejo Costas