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Guía de la pensión pública de jubilación 2018 FMK054-0718

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Page 1: Presentación de PowerPoint...No necesariamente se va a cobrar el 100% de la base reguladora, ya que la Seguridad Social prevé una serie de importes máximos y mínimos para las pensiones

Guía de la pensión pública de jubilación 2018

FMK054-0718

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Reforma de las pensiones

2015 2013

• Retraso de la edad de jubilación de 65 a 67 años • Aumento a 25 años para cómputo de la base

reguladora • Aumento a 37 años cotizados para 100% de la

base reguladora

2014

Cambio del sistema de revalorización de las pensiones: 0,25% o IPC+0,5%

2017 2018 2021 2022 2023 2025 2027

Cómputo de últimos 25 años para cálculo de la pensión

• 37 años de cotización para 100% de la base reguladora

• Edad de jubilación: 67 años • Jubilación a los 65 años si se

han cotizado 38,5 años

Entra en juego el factor de sostenibilidad

Modificación revalorización de las pensiones: • 1,6% en 2018. • Pacto de Toledo

debatiendo revalorizaciones de los próximos años.

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Requisitos para cobrar la pensión de jubilación

65 años, si se han cotizado más de 36 años y 6 meses

La edad de jubilación irá en aumento hasta los 67 años

A partir de 2027, la jubilación a los 65 años SÓLO será posible si se han cotizado 38,5 años

En 2018, será de 65 años y 6 meses

La edad de jubilación es una edad mínima, no una edad obligatoria para el retiro

Estar dado de alta en la Seguridad Social, en alguno de los regímenes

Haber cotizado al menos durante 15 años y, de ellos, como mínimo deben incluirse 2 entre los 15 inmediatamente anteriores a la fecha de jubilación

La edad de acceso a la pensión de jubilación depende de la edad del interesado y de las cotizaciones acumuladas a lo largo de su vida laboral

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Periodos cotizados Edad exigida

2018 36 años y 6 meses o más 65 años

Menos de 36 años y 6 meses 65 años y 6 meses

2019 36 años y 9 meses o más 65 años

Menos de 36 años y 9 meses 65 años y 8 meses

2020 37 años o más 65 años

Menos de 37 años 65 años y 10 meses

2021 37 años y 3 meses o más 65 años

Menos de 37 años y 3 meses 66 años

2022 37 años y 6 meses o más 65 años

Menos de 37 años y 6 meses 66 años y 2 meses

2023 37 años y 9 meses o más 65 años

Menos de 37 años y 9 meses 66 años y 4 meses

2024 38 años o más 65 años

Menos de 38 años 66 años y 6 meses

2025 38 años y 3 meses o más 65 años

Menos de 38 años y 3 meses 66 años y 8 meses

2026 38 años y 3 meses o más 65 años

Menos de 38 años y 3 meses 66 años y 10 meses

A partir de 2027 38 años y 6 meses o más 65 años

Menos de 38 años y 6 meses 67 años

¿Cuándo puedo jubilarme?

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Modalidad de jubilación Años mínimos Otros requisitos

A partir de 52 años

Jubilación anticipada por trabajos tóxicos, penosos, insalubres o peligroso 15 Requisitos especiales por cada colectivo (personal de vuelo,

bomberos, ferroviarios, artistas, mineros, toreros…)

Jubilación anticipada por discapacidad 15 Discapacidad superior al 65%

A partir de 56 años Jubilación anticipada por discapacidad 15 Discapacidad igual o superior al 45%

A partir de 60 años Jubilación anticipada de trabajadores mutualistas (RENFE, FEVE) 15 Coeficiente reductor por cada año de anticipo

A partir de 61 años Jubilación anticipada por crisis empresarial 33 Pérdida de empleo derivada de ERE, despido colectivo, despido

individual por causas económicas o similares. Se aplica un coeficiente reductor por cada trimestre anticipado

A partir de 63 años Jubilación anticipada voluntaria 35 Se aplica un coeficiente reductor por cada año que reste hasta la edad ordinaria de referencia

65 Jubilación ordinaria 36,5 Se computan los últimos 21 años para el cálculo de la pensión

65,5 Jubilación ordinaria 15 Se retrasan hasta los 65 años y 6 meses si no se ha cotizado, al menos, 36 años y 6 meses

Modalidades de jubilación en 2018

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Por voluntad del interesado - La cuantía de la pensión se reduce por cada trimestre de anticipo a la edad de jubilación ordinaria (Coeficiente reductor entre 1,62% y 2%

trimestral dependiendo de años cotizados)

1

Tener como máximo 4 años menos de la edad de jubilación ordinaria exigida según la tabla de la página 4

2

Tener un periodo mínimo de cotización de 33 años

3

Estar inscrito en la oficina de empleo como demandante al menos los 6 meses anteriores a la jubilación anticipada.

4

Que la extinción del contrato sea por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, por muerte, jubilación o incapacidad del empresario, por concurso de la empresa, por fuerza mayor o en casos de víctimas de violencia de género

Jubilación anticipada: Cese no voluntario – Requisitos para cobrar pensión

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La cuantía de la pensión se reduce por cada trimestre de anticipo a la edad de jubilación ordinaria (Coeficiente reductor entre 1,62% y 2% trimestral dependiendo de años cotizados)

1

Tener como máximo 2 años menos de la edad de jubilación ordinaria exigida según la tabla de la página 4

2

Tener un periodo mínimo de cotización de 35 años

3

El importe de la pensión a percibir debe ser superior a la cuantía de la pensión mínima que por su situación familiar correspondería al interesado al cumplimiento de los 65 años

Jubilación anticipada: Cese voluntario – Requisitos para cobrar pensión

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¿Trabajar y cobrar una pensión? – Incompatible salvo excepciones

Jubilación activa

Se puede compatibilizar el trabajo con el cobro de una pensión de jubilación equivalente al 50% del importe que le correspondería. Condiciones: • Cumplir todos los

requisitos para acceder a la jubilación

• Cotizaciones acumuladas que alcancen el 100% de la base reguladora

Jubilación flexible

Una persona ya jubilada se reincorpora al mercado laboral. Las condiciones serían las mismas que las de la jubilación parcial

Jubilación parcial

Se compatibiliza el percibo de la pensión con un trabajo a tiempo parcial. La cuantía de la pensión se minora en proporción inversa a la reducción de la jornada de trabajo.

Trabajador por cuenta propia

Los ingresos no pueden superar el salario medio interprofesional (9906€ anuales)

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Con contrato de relevo Sin contrato de relevo

• A partir de 61 años y en función del número de los periodos cotizados

• Contratados a jornada completa • Reducción de jornada entre un mínimo del

25% y un máximo del 50%, o del 75% si el contrato de relevo es a jornada completa y por tiempo indefinido

• Período mínimo de cotización: 33 años • Antigüedad en la empresa: al menos 6 años

inmediatamente anteriores a la fecha de jubilación parcial

• La cuantía de la pensión se ajusta en el porcentaje de la reducción de jornada correspondiente

• Edad mínima: la edad ordinaria de jubilación que en cada caso resulte de aplicación.

• Pueden estar contratados a jornada completa o parcial.

• Reducción de jornada entre un mínimo de un 25% y un máximo del 50%, o del 75% para determinados supuestos.

• Período mínimo de cotización: 15 años. (2 incluidos dentro de los 15 años anteriores al hecho causante).

• No se exige antigüedad en la empresa ni contrato de relevo.

Jubilación parcial

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Ejemplo:

Está jubilado y trabaja una

jornada de cuatro horas (un

50% de la jornada completa).

Usted cobrará la mitad de la

pensión pública de la jubilación

que corresponda y la mitad del

sueldo que cobraría un

trabajador a tiempo completo

en esa empresa.

• Posibilidad de compatibilizar, una vez causada, la pensión de jubilación con un contrato a tiempo parcial

• El jubilado debe realizar una jornada de entre el 50% y el 75% de la jornada de trabajo a tiempo completo

• El importe de la pensión a percibir se reducirá en proporción inversa a la reducción de la jornada de trabajo realizada por el pensionista

• El tiempo trabajado bajo esta modalidad cuenta como tiempo cotizado, por lo que cuando finalice el trabajo, la base reguladora experimentará un reajuste para determinar la nueva cuantía.

Jubilación flexible

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Disfrute de la pensión de jubilación compatible con la realización de cualquier trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia del pensionista.

• El acceso a la pensión deberá haber tenido lugar una vez cumplida la edad que en cada caso resulte de aplicación

• El porcentaje aplicable a la respectiva base reguladora a efectos de determinar la cuantía de la pensión causada ha de alcanzar el 100%

• El trabajo compatible podrá realizarse a tiempo completo o a tiempo parcial

• La cuantía de la pensión de jubilación compatible con el trabajo será equivalente al 50% del importe resultante

• Finalizada la relación laboral por cuenta ajena o producido el cese en la actividad por cuenta propia, se restablecerá el percibo íntegro de la pensión de jubilación

Jubilación activa

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¿Y si trabajo después de los 65 años?

Cuando se accede a la prestación a una edad superior a la ordinaria vigente en cada momento y se ha reunido el periodo mínimo de cotización, el interesado disfruta de un porcentaje adicional por cada año completo cotizado.

+2% +4% +2,75%

Se han cotizado hasta 25 años

Se han cotizado entre 25 y 37 años

Se han cotizado más de 37 años

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¿Qué pensión voy a recibir?

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El primer paso consiste en calcular la base reguladora. La cuantía de la pensión se determina aplicando a la base reguladora el porcentaje que corresponda en función de los años cotizados.

En función de los años cotizados se recibe un porcentaje de esa base reguladora. En 2018 serán necesarios 35 años y 6 meses para el 100%. A partir de 2027 serán necesarios 37 años cotizados.

No necesariamente se va a cobrar el 100% de la base reguladora, ya que la Seguridad Social prevé una serie de importes máximos y mínimos para las pensiones. Esta cifra cambia de forma anual según los Presupuestos Generales del Estado para adaptarse a la subida del nivel de vida.

¿Cómo calculo la base reguladora?

Para el ejercicio de 2018 la base reguladora será el cociente que resulte de dividir entre 294 las bases de cotización del interesado durante los 252 meses (21 años) inmediatamente anteriores al del mes previo al de la jubilación.

El número de años se va a ir incrementando a razón de 12 meses al año hasta 2022. En ese momento se computarán los últimos 300 meses (25 años) y se dividirá entre 350.

¿Qué pensión me corresponde?

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Periodos cotizados Edad exigida Años cotizados computables Años cotizados para 100%

2018 36 años y 6 meses o más 65 años

21 35 años y 6 meses Menos de 36 años y 6 meses 65 años y 6 meses

2019 36 años y 9 meses o más 65 años

22 35 años y 6 meses Menos de 36 años y 9 meses 65 años y 8 meses

2020 37 años o más 65 años

23 36 años Menos de 37 años 65 años y 10 meses

2021 37 años y 3 meses o más 65 años

24 36 años Menos de 37 años y 3 meses 66 años

2022 37 años y 6 meses o más 65 años

25 36 años Menos de 37 años y 6 meses 66 años y 2 meses

2023 37 años y 9 meses o más 65 años

25 36 años y 6 meses Menos de 37 años y 9 meses 66 años y 4 meses

2024 38 años o más 65 años

25 36 años y 6 meses Menos de 38 años 66 años y 6 meses

2025 38 años y 3 meses o más 65 años

25 36 años y 6 meses Menos de 38 años y 3 meses 66 años y 8 meses

2026 38 años y 3 meses o más 65 años

25 36 años y 6 meses Menos de 38 años y 3 meses 66 años y 10 meses

A partir de 2027 38 años y 6 meses o más 65 años 25 37 años

Menos de 38 años y 6 meses 67 años

Acceso a la jubilación

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Cuantías mínimas mensuales Con cónyuge a cargo Con cónyuge NO a cargo Unipersonal

Jubilación Con 65 años

Menor de 65 años Con 65, procedente de gran invalidez

788,90 739,50

1.183,40

606,70 565,30 910,10

639,30 598,00 959,00

Incapacidad permanente

Gran invalidez Absoluta o 65 años

Total de 60 a 64 años Total derivada de E.C. menor de 60 años

1,183,40 788,90 739,50 397,60

910,10 606,70 565,30 389,21

959,00 639,30 598,00 397,60

Viudedad Con cargas familiares

Con 65 años o discapacidad mayor de 65% Entre 60 y 64 años Menor de 60 años

739,50 639,30 598,00 484,20

Orfandad Por beneficiario

Absoluta, un beneficiario Menor de 18 con discapacidad mayor del 65%

195,30 677,70 384,40

Favor de familiares

Por beneficiario Si no existe viudo ni huérfano pensionista

Un solo beneficiario con 65 años Un solo beneficiario menor de 65 años

195,30 -

472,10 444,90

Pensión máxima mensual

2.580,13

Pensión mínima y máxima 2018

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Comenzará a aplicarse en 2023

Es un mecanismo de ajuste automático de las pensiones vinculado a la esperanza de vida de la población y que ya está implantado en varios países europeos.

El mecanismo actúa de tal modo que si la esperanza de vida aumenta (o disminuye) en una población, esos parámetros se recalculan de acuerdo con una fórmula proporcional.

¿Qué es el factor de sostenibilidad?

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• En mayo de 2018 se acordó modificar el sistema de revalorización de las pensiones que ahora quedará ligado a la evolución del IPC.

• En 2018 las pensiones se revalorizarán el 1,6%.

• El Pacto de Toledo está debatiendo el mecanismo de revalorización para los próximos años.

¿Cómo se revalorizan las pensiones?

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