ponencia cÓdigo de trÁnsito_17 febrero 2010

210
CÓDIGO DE TRÁNSITO

Upload: luis-munayco

Post on 07-Mar-2016

224 views

Category:

Documents


2 download

DESCRIPTION

CÓDIGO DE TRÁNSITO video Están definidas a través de un triple carácter para todos los usuarios de las vías: restrictivo, protector y formativo. Responde a las necesidades y tipo de interacción que viven los miembros de la comunidad. Sentido del C Sentido del C Sentido del C Sentido del Có ó ó ódigo: digo: digo: digo: Restrictivo de las actitudes y comportamientos que no estén acordes a la convivencia; Formativo en tanto promueve la comprensión e incorporación de valores democráticos.

TRANSCRIPT

CÓDIGO DE TRÁNSITO

video

Sentido del CSentido del CSentido del CSentido del Cóóóódigo:digo:digo:digo:

� El Código manda, permite o prohíbe, premia o castiga.

� Responde a las necesidades y tipo de interacción que viven los miembros de la comunidad.

� Están definidas a través de un triple carácter para todos los usuarios de las vías: restrictivo, protector y formativo.

� Restrictivo de las actitudes y comportamientos que no estén acordes a la convivencia;

� Protector en la medida que el Reglamento y su aplicación den garantías de un trato digno, respetando los derechos y

� Formativo en tanto promueve la comprensión e incorporación de valores democráticos.

� Según la Ley General de Transporte y Tránsito Nº

27181, en su Art. 3 menciona que el objeto de la Ley

se orienta a la satisfacción de las necesidades de los

usuarios y al resguardo de sus condiciones de

seguridad y salud, así como a la protección del

ambiente y la comunidad en su conjunto.

Ley General de Transporte y TrLey General de Transporte y TrLey General de Transporte y TrLey General de Transporte y TrLey General de Transporte y TrLey General de Transporte y TrLey General de Transporte y TrLey General de Transporte y Tráááááááánsitonsitonsitonsitonsitonsitonsitonsito

MINISTERIO DE TRANSPORTESY COMUNICACIONES

Reglamentos Nacionales de la Ley:Reglamentos Nacionales de la Ley:Reglamentos Nacionales de la Ley:Reglamentos Nacionales de la Ley:

Los reglamentos nacionales necesarios para la implementación de la Ley serán

aprobados por D.S refrendado por el MTC y rigen en todo el territorio nacional:

� Código de Tránsito (*)� Reglamento Nacional de Vehículos.� Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura.� Reglamento Nacional de Administración de Transporte.� Reglamento Nacional de Cobro por Uso de Infraestructura

Pública.� Reglamento de Jerarquización Vial.� Reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y Seguros

Obligatorios por Accidentes de Tránsito.� Reglamento Nacional de Ferrocarriles.

Supervisa el cumplimiento de las normas sobre protección al

consumidor

Gestión; Concesionar y/o otorgar permisos para la prestación de servicios de transportes.

Instalar, mantener y renovar los Dispositivos de Control.

En materia de tránsito: la gestión y fiscalización, dentro

de su jurisdicción

Gestión: Mantiene y desarrolla la infraestructura vial.

Controla y fiscaliza el cumplimiento de las normas de tránsito . Brinda apoyo a las autoridades competentes.

Competencias en materia de Transporte y TrCompetencias en materia de Transporte y TrCompetencias en materia de Transporte y TrCompetencias en materia de Transporte y Tráááánsito Terrestre:nsito Terrestre:nsito Terrestre:nsito Terrestre:

El Código establece las normas que regulan el uso de las vías públicas terrestres, aplicables a los desplazamientos de personas, vehículos y animales y a las actividades vinculadas con el transporte y el medio ambiente.

Rige en todo el territorio de la República.

CCCCÓÓÓÓDIGODIGODIGODIGO

El CEl CEl CEl Cóóóódigo digo digo digo de Trde Trde Trde Tráááánsitonsitonsitonsito

El CEl CEl CEl Cóóóódigo de Trdigo de Trdigo de Trdigo de Tráááánsito sirve para normar nsito sirve para normar nsito sirve para normar nsito sirve para normar la convivencia armoniosa de los usuarios la convivencia armoniosa de los usuarios la convivencia armoniosa de los usuarios la convivencia armoniosa de los usuarios de las vde las vde las vde las víííías, es decir de todas las as, es decir de todas las as, es decir de todas las as, es decir de todas las personas (nipersonas (nipersonas (nipersonas (niñññños, adultos, ancianos, os, adultos, ancianos, os, adultos, ancianos, os, adultos, ancianos, discapacitados), independientemente que discapacitados), independientemente que discapacitados), independientemente que discapacitados), independientemente que rol esta desemperol esta desemperol esta desemperol esta desempeññññando en la vando en la vando en la vando en la víííía pa pa pa púúúública.blica.blica.blica.

normanormanormanorma

Convivencia Convivencia Convivencia Convivencia Social Social Social Social

armoniosaarmoniosaarmoniosaarmoniosa

Definiciones de Definiciones de Definiciones de Definiciones de Definiciones de Definiciones de Definiciones de Definiciones de ttttttttéééééééérminosrminosrminosrminosrminosrminosrminosrminos

CALZADA

BERMA

ATROPELLOCUNETA

AC

CID

EN

TE AC

ERA

ALCOHOLEMIA

DEPOSITO MUNICIPAL DE VEHICULOS

AR

EA

DE

ES

TA

CIO

NA

MIE

NT

O

DE

RE

CH

O D

E P

AS

O

DE

TE

NC

IÓN

DE

TE

NE

RS

E

ES

TA

CIO

NA

RINTERSECCIÓN ISLA LICENCIA DE CONDUCIR

LINEA DE PARADA

MARCAMOTOCICLETA

PASO A NIVEL

PASO PEATONAL

PE

AT

ON

PE

SO

BR

UT

O

PR

EF

ER

EN

CIA

DE

PA

SO

REMOLCADOR

ACERA VÍA

TR

ÁN

SIT

O

SEMÁFORO

SEÑAL DE TRÁNSITO

ZO

NA

RÍG

IDA

SO

BR

EP

AS

AR

ADELANTAR

CARRIL CONDUCTOR

VEHÍCULOVE

HÍC

ULO

CO

MB

INA

DO

Accidente:Accidente:Accidente:Accidente:

Evento que causa daño a personas o cosas, que se produce como consecuencia directa de la circulación de vehículos.

Acera o Acera o Acera o Acera o veredaveredaveredavereda

Parte de la vía, destinada al uso de peatones.

AdelantarAdelantarAdelantarAdelantar

Maniobra mediante el cual un vehículo se sitúa delante del otro que lo antecede, utilizando el carril de la izquierda a su posición, salvo excepciones.

AlcoholemiaAlcoholemiaAlcoholemiaAlcoholemia

Examen o prueba para detectar presencia de alcohol en la sangre de una persona. (dosaje etílico)

ÁÁÁÁrea de estacionamientorea de estacionamientorea de estacionamientorea de estacionamiento

Lugar destino para el estacionamiento de vehículos.

AutopistaAutopistaAutopistaAutopista

Carretera de tránsito rápido sin intersecciones y con control de accesos.

BermaBermaBermaBerma

Parte de una carretera o camino contigua a la calzada, no habilitada para la circulación de vehículos y destinada eventualmente a la detención de vehículos en emergencia y circulación de peatones (banquina).

Calzada (pista)Calzada (pista)Calzada (pista)Calzada (pista)

Parte de la vía destinada a la circulación de vehículos y eventualmente al cruce de peatones y animales.

CaminoCaminoCaminoCamino

Vía rural destinada a la circulación de vehículos, peatones y animales.

CaravanaCaravanaCaravanaCaravana (convoy)(convoy)(convoy)(convoy)

Conjunto de vehículos que circulan en fila por la calzada.

CarreteraCarreteraCarreteraCarretera

Vía fuera del ámbito urbano, destinada a la circulación de vehículos y eventualmente de peatones y animales.

CarrilCarrilCarrilCarril

Parte de la calzada destinada al tránsito de una fila de vehículos.

ConductorConductorConductorConductor

Persona habilitada para conducir un vehículo por una vía.

Cruce a nivelCruce a nivelCruce a nivelCruce a nivel

Área común de intersecciones entre una vía y una línea de ferrocarril.

CunetaCunetaCunetaCuneta

Zanja al lado del camino o de la carretera destinada a recibir las aguas pluviales.

DemarcaciDemarcaciDemarcaciDemarcacióóóónnnn

Símbolo, palabra o marca de preferencia longitudinal o transversal, sobre la calzada, para guía del tránsito de vehículos y peatones.

DepDepDepDepóóóósito Municipal de vehsito Municipal de vehsito Municipal de vehsito Municipal de vehíííículosculosculosculos

Local autorizado para el internamiento de vehículos, provistos de equipamiento y seguridad de acuerdo con las normas legales vigentes.

Derecho de pasoDerecho de pasoDerecho de pasoDerecho de paso

Prerrogativa de un peatón o conductor de un vehículo para proseguir su marcha en precedencia a otro peatón o vehículo.

DetenciDetenciDetenciDetencióóóónnnn

Inmovilización del vehículo por emergencia, por impedimento de circulación o para cumplir una disposición reglamentaria.

DetenerseDetenerseDetenerseDetenerse

Paralización breve de un vehículo para ascender o descender pasajeros o alzar o bajar cosas, sólo mientras dure la maniobra.

EstacionarEstacionarEstacionarEstacionar

Paralizar un vehículo en la vía pública, con o sin el conductor, por un período mayor que el necesario para dejar o recibir pasajeros o cosas.

InternamientoInternamientoInternamientoInternamiento

Ingreso de un vehículo al DMV, dispuesto por la Autoridad competente.

IntersecciIntersecciIntersecciInterseccióóóónnnn

Área común de calzadas que se cruzan o convergen.

Video intersecciones

IslaIslaIslaIsla

Área de seguridad situada entre carriles destinada a encauzar el movimiento de vehículos o como refugio de peatones.

Licencia de conducirLicencia de conducirLicencia de conducirLicencia de conducir

Documento otorgado por la Autoridad competente a una persona autorizándola para conducir un tipo de vehículo.

LLLLíííínea de paradanea de paradanea de paradanea de parada

Línea transversal marcada en la calzada antes de la intersección que indica al conductor el límite para detener el vehículo acatando la señal correspondiente (Línea de detención).

Maquinaria especialMaquinaria especialMaquinaria especialMaquinaria especial

Vehículo automotor cuya finalidad no es el transporte de personas o carga y que utiliza ocasionalmente la vía pública.

MarcaMarcaMarcaMarca (Se(Se(Se(Seññññal horizontal).al horizontal).al horizontal).al horizontal).

Señal colocada o pintada sobre el pavimento o en elementos adyacentes al mismo, consistente en líneas, dibujos, colores, palabras o símbolos.

MotocicletaMotocicletaMotocicletaMotocicleta

Vehículo de dos ruedas, con o sin sidecar, provisto de un motor de propulsión.

Paso peatonalPaso peatonalPaso peatonalPaso peatonal(crucero peatonal).(crucero peatonal).(crucero peatonal).(crucero peatonal).

Parte de la calzada destinada para el cruce de peatones.

PeatPeatPeatPeatóóóónnnn

Persona que circula caminando por una vía pública.

Peso BrutoPeso BrutoPeso BrutoPeso Bruto

Peso propio del vehículo más la carga y ocupantes.

RemolcadorRemolcadorRemolcadorRemolcador

Vehículo automotor diseñado para remolcar un semirremolque mediante un sistema de acople, no transportando carga por sí, a excepción del peso transmitido por el semirremolque (Tracto camión).

RemolqueRemolqueRemolqueRemolque

Vehículo sin motor diseñado para ser halado por un camión u otro vehículo motorizado, de tal forma que ninguna parte de su peso descanse sobre el vehículo remolcador.

SemSemSemSemááááforoforoforoforo

Dispositivo operado eléctricamente mediante el cual se regula la circulación de vehículos y peatones por medio de luces de color rojo, ámbar o amarilla y verde.

SeSeSeSeññññal de tral de tral de tral de tráááánsitonsitonsitonsito

Dispositivo, signo o demarcación, tocado por la Autoridad competente con el objeto de regular, advertir o encauzar el tránsito.

TrTrTrTráááánsitonsitonsitonsito

Conjunto de desplazamientos de personas, vehículos y animales por las vías terrestres de uso público (Circulación).

VehVehVehVehíííículoculoculoculo

Artefacto de libre operación que sirve para transportar personas o bienes por una vía.

Vehiculo automotorVehiculo automotorVehiculo automotorVehiculo automotor

Vehículo de más de dos ruedas que tiene motor y tracción propia.

VehVehVehVehíííículo automotor menorculo automotor menorculo automotor menorculo automotor menor

Vehículo de dos o tres ruedas, provisto de montura o asiento para el uso de su conductor y pasajeros, según sea el caso (bicimoto, motoneta, motocicleta, mototaxi, triciclo motorizado y similares).

VehVehVehVehíííículo combinadoculo combinadoculo combinadoculo combinado

Combinación de dos o más vehículos, siendo el primero un vehículo automotor y los demás remolcados.

VVVVííííaaaa

Carretera, vía urbana o camino rural abierto a la circulación pública de vehículos y/o peatones, y también de animales.

VVVVíííía urbanaa urbanaa urbanaa urbana

Vía dentro del ámbito urbano, destinada a la circulación de vehículos y peatones y eventualmente de animales (Calle).

Zona rZona rZona rZona ríííígidagidagidagida

Área de la vía en la que se prohíbe el estacionamiento de vehículos las 24 horas del día.

http://www.cnsv.gob.pehttp://www.cnsv.gob.pe/educativo.htm

Av. Arequipa Nº 810 – Ofic. 903, telf. 433-3661

Seguridad vial responsabilidad de todos Seguridad vial responsabilidad de todos Seguridad vial responsabilidad de todos Seguridad vial responsabilidad de todos Seguridad vial responsabilidad de todos Seguridad vial responsabilidad de todos Seguridad vial responsabilidad de todos Seguridad vial responsabilidad de todos

Los peatones y el uso de las vías

Video rutasVideo rutasVideo rutasVideo rutas

Artículo 61.- Obligaciones del peatón:

Artículo 62.- Inclusión en el concepto de peatón por extensión:

ArtArtArtArtíííículo 63.culo 63.culo 63.culo 63.---- Derecho de paso del peatDerecho de paso del peatDerecho de paso del peatDerecho de paso del peatóóóón en vn en vn en vn en víííías no as no as no as no semaforizadas.semaforizadas.semaforizadas.semaforizadas.

ArtArtArtArtíííículo 64.culo 64.culo 64.culo 64.---- Derecho de paso del peatDerecho de paso del peatDerecho de paso del peatDerecho de paso del peatóóóón en vn en vn en vn en víííías as as as semaforizadas.semaforizadas.semaforizadas.semaforizadas.

ArtArtArtArtíííículo 65.culo 65.culo 65.culo 65.---- Derecho de paso del peatDerecho de paso del peatDerecho de paso del peatDerecho de paso del peatóóóón en entradas o n en entradas o n en entradas o n en entradas o salidas de salidas de salidas de salidas de ááááreas de estacionamiento.reas de estacionamiento.reas de estacionamiento.reas de estacionamiento.

ArtArtArtArtíííículo 66.culo 66.culo 66.culo 66.---- Preferencia de vehPreferencia de vehPreferencia de vehPreferencia de vehíííículos de emergencia y culos de emergencia y culos de emergencia y culos de emergencia y oficiales.oficiales.oficiales.oficiales.

ArtArtArtArtíííículo 67.culo 67.culo 67.culo 67.---- CirculaciCirculaciCirculaciCirculacióóóón del peatn del peatn del peatn del peatóóóón.n.n.n.

ArtArtArtArtíííículo 68.culo 68.culo 68.culo 68.---- Cruce de la calzada.Cruce de la calzada.Cruce de la calzada.Cruce de la calzada.

ArtArtArtArtíííículo 69.culo 69.culo 69.culo 69.---- Uso de puentes y cruces subterrUso de puentes y cruces subterrUso de puentes y cruces subterrUso de puentes y cruces subterrááááneos.neos.neos.neos.

ArtArtArtArtíííículo 70.culo 70.culo 70.culo 70.---- Cruce segCruce segCruce segCruce segúúúún semn semn semn semááááforos.foros.foros.foros.

ArtArtArtArtíííículo 70.culo 70.culo 70.culo 70.---- Cruce segCruce segCruce segCruce segúúúún semn semn semn semááááforos.foros.foros.foros.

ArtArtArtArtíííículo 71.culo 71.culo 71.culo 71.---- Uso de semUso de semUso de semUso de semááááforos accionados por foros accionados por foros accionados por foros accionados por botones.botones.botones.botones.

ArtArtArtArtíííículo 72.culo 72.culo 72.culo 72.----Reglas adicionales para el cruce.Reglas adicionales para el cruce.Reglas adicionales para el cruce.Reglas adicionales para el cruce.

ArtArtArtArtíííículo 72.culo 72.culo 72.culo 72.----Reglas adicionales para el cruce.Reglas adicionales para el cruce.Reglas adicionales para el cruce.Reglas adicionales para el cruce.

ArtArtArtArtíííículo 73.culo 73.culo 73.culo 73.----Cruce en vCruce en vCruce en vCruce en víííías no seas no seas no seas no seññññalizadas, sin puentes alizadas, sin puentes alizadas, sin puentes alizadas, sin puentes ni cruces subterrni cruces subterrni cruces subterrni cruces subterrááááneos.neos.neos.neos.

ArtArtArtArtíííículo 74.culo 74.culo 74.culo 74.---- Regla general para el cruce.Regla general para el cruce.Regla general para el cruce.Regla general para el cruce.

Cruce en forma perpendicular y no diagonal.Cruce en forma perpendicular y no diagonal.Cruce en forma perpendicular y no diagonal.Cruce en forma perpendicular y no diagonal.

ArtArtArtArtíííículo 74.culo 74.culo 74.culo 74.---- Regla general para el cruce.Regla general para el cruce.Regla general para el cruce.Regla general para el cruce.

Cruce en forma perpendicular y no diagonal.Cruce en forma perpendicular y no diagonal.Cruce en forma perpendicular y no diagonal.Cruce en forma perpendicular y no diagonal.

ArtArtArtArtíííículo 75.culo 75.culo 75.culo 75.---- Pruebas de intoxicaciPruebas de intoxicaciPruebas de intoxicaciPruebas de intoxicacióóóón.n.n.n.

ArtArtArtArtíííículo 76.culo 76.culo 76.culo 76.---- ProhibiciProhibiciProhibiciProhibicióóóón de cruce.n de cruce.n de cruce.n de cruce.

ArtArtArtArtíííículo 76.culo 76.culo 76.culo 76.---- ProhibiciProhibiciProhibiciProhibicióóóón de cruce.n de cruce.n de cruce.n de cruce.

ArtArtArtArtíííículo 77.culo 77.culo 77.culo 77.---- Conducta del peatConducta del peatConducta del peatConducta del peatóóóón ante sen ante sen ante sen ante seññññales de ales de ales de ales de vehvehvehvehíííículos de emergencia y oficiales.culos de emergencia y oficiales.culos de emergencia y oficiales.culos de emergencia y oficiales.

ArtArtArtArtíííículo 78.culo 78.culo 78.culo 78.---- Reglas de trReglas de trReglas de trReglas de tráááánsito para el peatnsito para el peatnsito para el peatnsito para el peatóóóón.n.n.n.

En vEn vEn vEn víííías de tras de tras de tras de tráááánsito nsito nsito nsito de doble sentido.de doble sentido.de doble sentido.de doble sentido.

En un solo sentido caminar por la derecha y en En un solo sentido caminar por la derecha y en En un solo sentido caminar por la derecha y en En un solo sentido caminar por la derecha y en sentido contrario al trsentido contrario al trsentido contrario al trsentido contrario al tráááánsito.nsito.nsito.nsito.

ArtArtArtArtíííículo 79.culo 79.culo 79.culo 79.---- Reglas para subir o bajar de vehReglas para subir o bajar de vehReglas para subir o bajar de vehReglas para subir o bajar de vehíííículos.culos.culos.culos.

VehVehVehVehíííículos estculos estculos estculos estéééén detenidos n detenidos n detenidos n detenidos y por la derechay por la derechay por la derechay por la derecha

No se debe subir en medio de la No se debe subir en medio de la No se debe subir en medio de la No se debe subir en medio de la pistapistapistapista

ArtArtArtArtíííículo 79.culo 79.culo 79.culo 79.---- Reglas para subir o bajar de vehReglas para subir o bajar de vehReglas para subir o bajar de vehReglas para subir o bajar de vehíííículos.culos.culos.culos.

Tener precauciTener precauciTener precauciTener precaucióóóón con los vehn con los vehn con los vehn con los vehíííículos menores y bicicletasculos menores y bicicletasculos menores y bicicletasculos menores y bicicletas

ArtArtArtArtíííículo 80.culo 80.culo 80.culo 80.---- TrTrTrTráááánsito de peatones que no se nsito de peatones que no se nsito de peatones que no se nsito de peatones que no se encuentran en completo uso de sus facultades.encuentran en completo uso de sus facultades.encuentran en completo uso de sus facultades.encuentran en completo uso de sus facultades.

ArtArtArtArtíííículo 81.culo 81.culo 81.culo 81.---- ProhibiciProhibiciProhibiciProhibicióóóón de circular por la calzada.n de circular por la calzada.n de circular por la calzada.n de circular por la calzada.

Los peatones estLos peatones estLos peatones estLos peatones estáááán prohibidos circular por las calzadas.n prohibidos circular por las calzadas.n prohibidos circular por las calzadas.n prohibidos circular por las calzadas.

ArtArtArtArtíííículo 81.culo 81.culo 81.culo 81.---- ProhibiciProhibiciProhibiciProhibicióóóón de circular por la calzada.n de circular por la calzada.n de circular por la calzada.n de circular por la calzada.

No bajar a la pista e intentar detener a un vehNo bajar a la pista e intentar detener a un vehNo bajar a la pista e intentar detener a un vehNo bajar a la pista e intentar detener a un vehíííículo.culo.culo.culo.

Recomendaciones bRecomendaciones bRecomendaciones bRecomendaciones báááásica para un peatsica para un peatsica para un peatsica para un peatóóóón seguro:n seguro:n seguro:n seguro:

En plazas y En plazas y En plazas y En plazas y óóóóvalos se valos se valos se valos se debe cruzar dando la debe cruzar dando la debe cruzar dando la debe cruzar dando la vuelta por las esquinas vuelta por las esquinas vuelta por las esquinas vuelta por las esquinas de las calles, jamde las calles, jamde las calles, jamde las calles, jamáááás se s se s se s se deben atravesar.deben atravesar.deben atravesar.deben atravesar.

Al circular por la vereda (acera) utilizando patines, debe hacerse a paso de peatón.

De noche es recomendable usar ropa clara o colocarse una cinta reflectiva y transitar en contra del sentido del tránsito.

BienBienBienBien MalMalMalMal

Se debe evitar cruzar la vía en pendientes pronunciadas o curvas.

pag

Si no existen veredas o aceras se debe caminar lo más próximo posible a las casas prestando mucha atención a los vehículos que circulan, y si es posible de frente a ellos para verlos venir.

Detenerse en la vereda (acera) sin causa justificada, impidiendo el paso a los demás.

Conductas inadecuadas de los peatones:Conductas inadecuadas de los peatones:Conductas inadecuadas de los peatones:Conductas inadecuadas de los peatones:

Cruzar por lugares prohibidos saltando las vallas o barreras que lo impiden.

Video cultura peatón

http://www.cnsv.gob.pehttp://www.cnsv.gob.pe/educativo.htm

Av. Arequipa Nº 810 – Ofic. 903, telf. 433-3661

Seguridad vial responsabilidad de todos Seguridad vial responsabilidad de todos Seguridad vial responsabilidad de todos Seguridad vial responsabilidad de todos Seguridad vial responsabilidad de todos Seguridad vial responsabilidad de todos Seguridad vial responsabilidad de todos Seguridad vial responsabilidad de todos

Los conductores y el uso de las vías

ArtArtArtArtíííículo 82.culo 82.culo 82.culo 82.---- Obligaciones del conductor.Obligaciones del conductor.Obligaciones del conductor.Obligaciones del conductor.

ArtArtArtArtíííículo 83.culo 83.culo 83.culo 83.---- Precauciones.Precauciones.Precauciones.Precauciones.

Otros vOtros vOtros vOtros vehehehehíííículosculosculosculosPeatonesPeatonesPeatonesPeatones

Esperar peatones despejen Esperar peatones despejen Esperar peatones despejen Esperar peatones despejen la vla vla vla vííííaaaa

No tocar bocinaNo tocar bocinaNo tocar bocinaNo tocar bocina

ArtArtArtArtíííículo 83.culo 83.culo 83.culo 83.---- Precauciones.Precauciones.Precauciones.Precauciones.

Con niCon niCon niCon niññññosososos Discapacitados, gestantes y Discapacitados, gestantes y Discapacitados, gestantes y Discapacitados, gestantes y adultos mayores.adultos mayores.adultos mayores.adultos mayores.

ArtArtArtArtíííículo 83.culo 83.culo 83.culo 83.---- Precauciones.Precauciones.Precauciones.Precauciones.

ArtArtArtArtíííículo 84.culo 84.culo 84.culo 84.---- Asiento exclusivo del conductor.Asiento exclusivo del conductor.Asiento exclusivo del conductor.Asiento exclusivo del conductor.

ArtArtArtArtíííículo 85.culo 85.culo 85.culo 85.---- Uso del cinturUso del cinturUso del cinturUso del cinturóóóón de seguridad.n de seguridad.n de seguridad.n de seguridad.

ArtArtArtArtíííículo 86.culo 86.culo 86.culo 86.---- Gobierno del volante.Gobierno del volante.Gobierno del volante.Gobierno del volante.

ArtArtArtArtíííículo 87.culo 87.culo 87.culo 87.---- Uso de telUso de telUso de telUso de telééééfono celular.fono celular.fono celular.fono celular.

ArtArtArtArtíííículo 88.culo 88.culo 88.culo 88.---- ProhibiciProhibiciProhibiciProhibicióóóón del consumo de bebidas n del consumo de bebidas n del consumo de bebidas n del consumo de bebidas alcohalcohalcohalcohóóóólicas y otros.licas y otros.licas y otros.licas y otros.

ArtArtArtArtíííículo 89.culo 89.culo 89.culo 89.---- ProhibiciProhibiciProhibiciProhibicióóóón de conducir en estado de n de conducir en estado de n de conducir en estado de n de conducir en estado de cansancio o somnolencia.cansancio o somnolencia.cansancio o somnolencia.cansancio o somnolencia.

ArtArtArtArtíííículo 90.culo 90.culo 90.culo 90.---- Reglas generales para el conductor.Reglas generales para el conductor.Reglas generales para el conductor.Reglas generales para el conductor.

Verificar antes de salir a la vVerificar antes de salir a la vVerificar antes de salir a la vVerificar antes de salir a la vííííaaaa Dispositivos en caso de emergenciaDispositivos en caso de emergenciaDispositivos en caso de emergenciaDispositivos en caso de emergencia

ArtArtArtArtíííículo 90.culo 90.culo 90.culo 90.---- Reglas generales para el conductor.Reglas generales para el conductor.Reglas generales para el conductor.Reglas generales para el conductor.

Circular con cuidado y prevenciCircular con cuidado y prevenciCircular con cuidado y prevenciCircular con cuidado y prevencióóóón.n.n.n.

ArtArtArtArtíííículo 91.culo 91.culo 91.culo 91.---- DocumentaciDocumentaciDocumentaciDocumentacióóóón requerida.n requerida.n requerida.n requerida.� El conductor debe portar y exhibir cuando el Efectivo de la PNP

asignado al control del tránsito lo solicite, lo siguiente:1. Documento de Identidad2. Licencia de Conducir vigente, correspondiente al tipo de vehículo

que conduce.3. Tarjeta de Identificación Vehicular correspondiente al vehículo que

conduce.4. Comprobante que el vehículo que conduce ha sido declarado apto

para circular en la última Impección Técnica.5. Certificado vigente del Seguro Obligatorio de Accidentes de

Tránsito del vehículo que conduce.Si se trata de un vehículo especial o que circula en servicio especial,

llevará además, el permiso de circulación correspondiente.

ArtArtArtArtíííículo 92.culo 92.culo 92.culo 92.---- Distancia obligatoria.Distancia obligatoria.Distancia obligatoria.Distancia obligatoria.

Conserve su distanciaConserve su distanciaConserve su distanciaConserve su distancia

ArtArtArtArtíííículo 93.culo 93.culo 93.culo 93.---- Normas para que el conductor evalNormas para que el conductor evalNormas para que el conductor evalNormas para que el conductor evalúúúúe la e la e la e la velocidad a la que debe circular.velocidad a la que debe circular.velocidad a la que debe circular.velocidad a la que debe circular.

Circular siempre a una velocidad permitidaCircular siempre a una velocidad permitidaCircular siempre a una velocidad permitidaCircular siempre a una velocidad permitida

ArtArtArtArtíííículo 93.culo 93.culo 93.culo 93.---- Normas para que el conductor evalNormas para que el conductor evalNormas para que el conductor evalNormas para que el conductor evalúúúúe la e la e la e la velocidad a la que debe circular.velocidad a la que debe circular.velocidad a la que debe circular.velocidad a la que debe circular.

ArtArtArtArtíííículo 94.culo 94.culo 94.culo 94.---- Pruebas dePruebas dePruebas dePruebas de intoxicaciintoxicaciintoxicaciintoxicacióóóón.n.n.n.

ArtArtArtArtíííículo 95.culo 95.culo 95.culo 95.---- ConducciConducciConducciConduccióóóón prudente.n prudente.n prudente.n prudente.

No obstaculice el trNo obstaculice el trNo obstaculice el trNo obstaculice el tráááánsitonsitonsitonsito No efectuar malas maniobrasNo efectuar malas maniobrasNo efectuar malas maniobrasNo efectuar malas maniobras

ArtArtArtArtíííículo 96.culo 96.culo 96.culo 96.---- NNNNúúúúmero mmero mmero mmero mááááximo de pasajeros.ximo de pasajeros.ximo de pasajeros.ximo de pasajeros.

ArtArtArtArtíííículo 97.culo 97.culo 97.culo 97.---- Abastecimiento de combustible.Abastecimiento de combustible.Abastecimiento de combustible.Abastecimiento de combustible.

Apague su motor y no fume.Apague su motor y no fume.Apague su motor y no fume.Apague su motor y no fume.VehVehVehVehíííículos de servicio pculos de servicio pculos de servicio pculos de servicio púúúúblico no blico no blico no blico no abastecer con pasajeros.abastecer con pasajeros.abastecer con pasajeros.abastecer con pasajeros.

ArtArtArtArtíííículo 98.culo 98.culo 98.culo 98.---- Uso de la bocina.Uso de la bocina.Uso de la bocina.Uso de la bocina.

Utilice la bocina del vehUtilice la bocina del vehUtilice la bocina del vehUtilice la bocina del vehíííículo que conduce solo para evitar situaciones culo que conduce solo para evitar situaciones culo que conduce solo para evitar situaciones culo que conduce solo para evitar situaciones peligrosas.peligrosas.peligrosas.peligrosas.

ArtArtArtArtíííículo 99.culo 99.culo 99.culo 99.---- Uso de seUso de seUso de seUso de seññññales audibles y visibles.ales audibles y visibles.ales audibles y visibles.ales audibles y visibles.

Se debe utilizar en Se debe utilizar en Se debe utilizar en Se debe utilizar en caso de emergencia caso de emergencia caso de emergencia caso de emergencia las selas selas selas seññññales audibles ales audibles ales audibles ales audibles y visibles.y visibles.y visibles.y visibles.

ArtArtArtArtíííículo 100.culo 100.culo 100.culo 100.---- Seguridad de la carga.Seguridad de la carga.Seguridad de la carga.Seguridad de la carga.

Un vehUn vehUn vehUn vehíííículo que transporta carga debe asegurarse que culo que transporta carga debe asegurarse que culo que transporta carga debe asegurarse que culo que transporta carga debe asegurarse que éééésta no sta no sta no sta no sobrepase las dimensiones de la carrocersobrepase las dimensiones de la carrocersobrepase las dimensiones de la carrocersobrepase las dimensiones de la carroceríííía.a.a.a.

ArtArtArtArtíííículo 101.culo 101.culo 101.culo 101.---- Transporte de la carga.Transporte de la carga.Transporte de la carga.Transporte de la carga.

Percatarse que la carga no sea arrastrada, no presente fugas, noPercatarse que la carga no sea arrastrada, no presente fugas, noPercatarse que la carga no sea arrastrada, no presente fugas, noPercatarse que la carga no sea arrastrada, no presente fugas, nocaiga sobre la vcaiga sobre la vcaiga sobre la vcaiga sobre la víííía, no comprometa la estabilidad y conduccia, no comprometa la estabilidad y conduccia, no comprometa la estabilidad y conduccia, no comprometa la estabilidad y conduccióóóón del n del n del n del

vehvehvehvehíííículo, no oculte las luces. culo, no oculte las luces. culo, no oculte las luces. culo, no oculte las luces.

ArtArtArtArtíííículo 102.culo 102.culo 102.culo 102.---- Conductores de vehConductores de vehConductores de vehConductores de vehíííículos menores.culos menores.culos menores.culos menores.

VehVehVehVehíííículos menores automotores o no motorizados, tienen los derechos culos menores automotores o no motorizados, tienen los derechos culos menores automotores o no motorizados, tienen los derechos culos menores automotores o no motorizados, tienen los derechos y y y y obligaciones aplicables a los conductores de vehobligaciones aplicables a los conductores de vehobligaciones aplicables a los conductores de vehobligaciones aplicables a los conductores de vehíííículos mayores. culos mayores. culos mayores. culos mayores.

Accidentes con motos

ArtArtArtArtíííículo 103.culo 103.culo 103.culo 103.---- ProhibiciProhibiciProhibiciProhibicióóóón al conductor de vehn al conductor de vehn al conductor de vehn al conductor de vehíííículo menor.culo menor.culo menor.culo menor.

El conductor de un vehículo menor automotor o no motorizado, no debe asirse o sujetarse a otro vehículo.

ArtArtArtArtíííículo 104.culo 104.culo 104.culo 104.---- Carga en vehCarga en vehCarga en vehCarga en vehíííículos menores.culos menores.culos menores.culos menores.

No debe llevar pasajeros que dificulten su visibilidad, equilibrio, adecuada conducción y llevar solo los que quepan en el.

ArtArtArtArtíííículo culo culo culo 104.104.104.104.----Carga en Carga en Carga en Carga en vehvehvehvehíííículos culos culos culos menores.menores.menores.menores.

No debe llevar pasajeros que dificulten su visibilidad, equilibrio y adecuada conducción.

ArtArtArtArtíííículo 104.culo 104.culo 104.culo 104.---- Carga en vehCarga en vehCarga en vehCarga en vehíííículos menores.culos menores.culos menores.culos menores.

No debe llevar carga que dificulten su visibilidad, equilibrio y adecuada conducción.

ArtArtArtArtíííículo 104.culo 104.culo 104.culo 104.---- Carga en vehCarga en vehCarga en vehCarga en vehíííículos menores.culos menores.culos menores.culos menores.

No debe llevar carga que dificulten su visibilidad, equilibrio y adecuada conducción.

ArtArtArtArtíííículo 105.culo 105.culo 105.culo 105.---- Obligaciones del conductor y acompaObligaciones del conductor y acompaObligaciones del conductor y acompaObligaciones del conductor y acompaññññante de ante de ante de ante de motocicletas y bicicletas.motocicletas y bicicletas.motocicletas y bicicletas.motocicletas y bicicletas.

Sin cascoSin cascoSin cascoSin casco Sin casco acompaSin casco acompaSin casco acompaSin casco acompaññññanteanteanteante

ArtArtArtArtíííículo 106.culo 106.culo 106.culo 106.---- Conductores de animales y vehConductores de animales y vehConductores de animales y vehConductores de animales y vehíííículos de culos de culos de culos de traccitraccitraccitraccióóóón animal.n animal.n animal.n animal.

Las personas que conducen un animal o un vehLas personas que conducen un animal o un vehLas personas que conducen un animal o un vehLas personas que conducen un animal o un vehíííículo de tracciculo de tracciculo de tracciculo de traccióóóón n n n animal por la vanimal por la vanimal por la vanimal por la víííía pa pa pa púúúública, tienen los derechos y obligaciones blica, tienen los derechos y obligaciones blica, tienen los derechos y obligaciones blica, tienen los derechos y obligaciones

ArtArtArtArtíííículo 107.culo 107.culo 107.culo 107.---- Licencia de conducir.Licencia de conducir.Licencia de conducir.Licencia de conducir.

Para conducir un vehPara conducir un vehPara conducir un vehPara conducir un vehíííículo motorizado y no motorizado de tres ruedas o mculo motorizado y no motorizado de tres ruedas o mculo motorizado y no motorizado de tres ruedas o mculo motorizado y no motorizado de tres ruedas o máááás, s, s, s, debe ser titular de una licencia de conducir. debe ser titular de una licencia de conducir. debe ser titular de una licencia de conducir. debe ser titular de una licencia de conducir.

ArtArtArtArtíííículo 108.culo 108.culo 108.culo 108.---- Discapacidad posterior.Discapacidad posterior.Discapacidad posterior.Discapacidad posterior.

La PNP podrLa PNP podrLa PNP podrLa PNP podráááá impedir la continuaciimpedir la continuaciimpedir la continuaciimpedir la continuacióóóón de la marcha, a todo conductor n de la marcha, a todo conductor n de la marcha, a todo conductor n de la marcha, a todo conductor que denote discapacidad fque denote discapacidad fque denote discapacidad fque denote discapacidad fíííísica.sica.sica.sica.

ArtArtArtArtíííículo 109.culo 109.culo 109.culo 109.---- ProhibiciProhibiciProhibiciProhibicióóóón de conduccin de conduccin de conduccin de conduccióóóón por menor de n por menor de n por menor de n por menor de edad.edad.edad.edad.

No se permitirNo se permitirNo se permitirNo se permitiráááá la conduccila conduccila conduccila conduccióóóón de un vehiculo automotor a un menor n de un vehiculo automotor a un menor n de un vehiculo automotor a un menor n de un vehiculo automotor a un menor de edad.de edad.de edad.de edad.

Reglamento Nacional de Licencia de Conducir

CLASIFICACIÓN DE LA LICENCIA DE CONDUCIR

Artículo 10.- Licencias válidas para conducir en el territorio nacional.-Para conducir vehículos dentro del territorio nacional, tienen validez las siguientes licencias de conducir y permisos internacionales:

� Las expedidas de acuerdo a lo dispuesto en el presente reglamento.� Las licencias otorgadas exclusivamente al personal de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú en situación de actividad;� Las licencias originales de otros países que se encuentren vigentes y que hayan sido expedidas de conformidad con los Convenios Internacionales suscritos y ratificados por el Perú, las que podrán ser utilizadas por un plazo máximo de seis (06) meses contados a partir de la fecha de ingreso al país.� Los permisos internacionales expedidos en el extranjero de acuerdo con los Convenios Internacionales suscritos y ratificados por el Perú.

Personas con Discapacidad y las vPersonas con Discapacidad y las vPersonas con Discapacidad y las vPersonas con Discapacidad y las vííííasasasas

CATEGORCATEGORCATEGORCATEGORÍÍÍÍA A A A A A A A ---- I.I.I.I.---- ParticularParticularParticularParticular

Autoriza a conducir vehículos automotores de transporte de personas de las categorías M1M1M1M1 y M2M2M2M2 de uso particular, así como vehículos automotores de transporte de mercancías de la categoría N1N1N1N1. Estos vehículos pueden llevar acoplado o enganchar otro vehículo de la categoría O1O1O1O1.

M1M1M1M1.- Vehículos de ocho asientos o menos, sin contar el asiento del conductor.M2.M2.M2.M2.---- Vehículos de más de ocho asientos, sin contar el asiento del conductor y peso bruto vehicular de 5555 toneladas o menos.N1.N1.N1.N1.---- Vehículos de peso bruto vehicular de 3,53,53,53,5 toneladas o menos.O1.O1.O1.O1.---- Remolques de peso bruto vehicular de 0,750,750,750,75 toneladas o menos

CATEGORÍA A - II-a.- Profesional

Autoriza a conducir vehículos automotores de transporte de personas de la categoría M1destinados al servicio de transporte especial de pasajeros en las modalidades de taxi, escolar, turístico y de emergencia, así como a los servicios de transporte colectivo de pasajeros en los ámbitos provincial, interprovincial e internacional transfronterizo.

La licencia de conducir de esta categoría autoriza a conducir vehículos señalados en la categoría I.

M1.- Vehículos de ocho asientos o menos, sin contar el asiento del conductor.

O2.- Remolques de peso bruto vehicular de mas de 0,75 toneladas hasta 3, 5 toneladas.

CATEGORCATEGORCATEGORCATEGORÍÍÍÍA A A A A A A A ---- IIIIIIIIIIII----bbbb

Autoriza a conducir vehículos automotores de transporte de carga de la categoría N3N3N3N3. Estos vehículos pueden llevar acoplado o enganchar otro u otros vehículos de la categoría OOOO.

� N3.N3.N3.N3.---- Vehículos de peso bruto vehicular mayor a 12121212 toneladas� O1.O1.O1.O1.---- Remolques de peso bruto vehicular de 0,750,750,750,75 toneladas o

menos� O2.O2.O2.O2.---- Remolques de peso bruto vehicular de más de 0,750,750,750,75

toneladas hasta 3,53,53,53,5 toneladas.� O3.O3.O3.O3.---- Remolques de peso bruto vehicular de más de 3,53,53,53,5

toneladas hasta 10 10 10 10 toneladas.� O4.O4.O4.O4.---- Remolques de peso bruto vehicular de más de 10 10 10 10

toneladas.

Las personas mayores de 16 años con plena capacidad de sus derechos civiles de conformidad en los artículos 42 y 46 del Código Civil también pueden obtener licencia de conducir de esta categoría.

Artículo 25.- Revalidación de licencias de conducir

La licencia de conducir de la Clase "A" Categoría I, se revalidará cada ocho (8) años y las Categorías II y III se renovarán cada tres (3) años.

Las revalidaciones de las licencias de conducir de la categoría A-I se realizarán previa aprobación del examen de aptitud psicosomática y el examen de normas de tránsito, además de la cancelación del derecho de tramitación correspondiente. El examen de normas de tránsito podrá ser reemplazado por la certificación otorgada por una Escuela de Conductores, cuando el titular de la licencia realice el curso sobre normatividad de tránsito y seguridad vial de no menos de tres (3) horas.

CategorCategorCategorCategoríííía B:a B:a B:a B: Permite conducir vehículos automotores y no motorizados.

CategorCategorCategorCategoríííía Ia Ia Ia I:::: Licencia para conducir vehículos de tres o más ruedas, no motorizados que utilizan la calzada. Los requisitos son establecidos por las Municipalidades provinciales.

CategorCategorCategorCategoríííía II:a II:a II:a II: Licencia para conducir vehículos motorizados de la categoría L. Se sub-clasifican:

CategorCategorCategorCategoríííía II aa II aa II aa II a: Autoriza conducir vehículos de las categorías L1 y L2, destinados al transporte particular de pasajeros y transporte de mercancías.

CategorCategorCategorCategoríííía II ba II ba II ba II b: Autoriza conducir vehículos de las categorías L3 y L4, destinados al transporte particular de pasajeros y transporte de mercancías. Permite conducir vehículos de la categoría anterior.

CategorCategorCategorCategoríííía II ca II ca II ca II c: Autoriza conducir vehículos de las categorías L5, destinados a la prestación de servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores y transporte de mercancías. Permite conducir vehículos de las categorías anteriores.

REQUISITOSREQUISITOSREQUISITOSREQUISITOS

CategorCategorCategorCategoríííía II a o ba II a o ba II a o ba II a o b� Edad Mínima 18 años.� Primaria completa.� Certificado Médico de Aptitud Psicosomática.� Certificado de aprobación del examen de normas de

tránsito.� Aprobara el examen de manejo para la categoría.� Pago derecho de tramitación.

CategorCategorCategorCategoríííía II c:a II c:a II c:a II c:

� Edad mínima 18 años.� Primaria completa.� Certificado Médico de Aptitud Psicosomática.� Certificado de capacitación del conductor en transporte de

personas para Licencias de conducir de la Clase B.� Aprobara el examen de manejo para la categoría.� Pago derecho de tramitación.

Las personas mayores de 16 años con plena capacidad de sus derechos civiles de conformidad en los artículos 42 y 46 del Código Civil también pueden obtener licencia de conducir de esta categoría.

http://www.cnsv.gob.pehttp://www.cnsv.gob.pe/educativo.htm

Av. Arequipa Nº 810 – Ofic. 903, telf. 433-3661

Seguridad vial responsabilidad de todos Seguridad vial responsabilidad de todos Seguridad vial responsabilidad de todos Seguridad vial responsabilidad de todos Seguridad vial responsabilidad de todos Seguridad vial responsabilidad de todos Seguridad vial responsabilidad de todos Seguridad vial responsabilidad de todos

Personas con discapacidad y normas complementarias

CONSEJO NACIONAL PARA LA INTEGRACICONSEJO NACIONAL PARA LA INTEGRACICONSEJO NACIONAL PARA LA INTEGRACICONSEJO NACIONAL PARA LA INTEGRACIÓÓÓÓNNNNDE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD (CONADIS)DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD (CONADIS)DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD (CONADIS)DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD (CONADIS)

Se creó mediante Ley Nº 27050, que establece el marco jurídico de protección, atención de salud, trabajo, educación, rehabilitación, seguridad social y prevención, orientado a que las personas con discapacidad alcancen su desarrollo e integración social, económica y cultural

ArtArtArtArtíííículo 45.culo 45.culo 45.culo 45.---- ReservaciReservaciReservaciReservacióóóón de asientos preferenciales en n de asientos preferenciales en n de asientos preferenciales en n de asientos preferenciales en los vehlos vehlos vehlos vehíííículos pculos pculos pculos púúúúblicos.blicos.blicos.blicos.

El CONADIS coordinará con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y las Municipalidades a fin de que los vehículos de transporte público reserven asientos preferenciales cercanos y accesibles para el uso de personas con discapacidad.

““““ArtArtArtArtíííículo 44.culo 44.culo 44.culo 44.---- DotaciDotaciDotaciDotacióóóón de n de n de n de ááááreas y acceso a reas y acceso a reas y acceso a reas y acceso a instalaciones pinstalaciones pinstalaciones pinstalaciones púúúúblicas y privadasblicas y privadasblicas y privadasblicas y privadas

Toda infraestructura de uso comunitario, pToda infraestructura de uso comunitario, pToda infraestructura de uso comunitario, pToda infraestructura de uso comunitario, púúúúblico y privado, que se construya, deberblico y privado, que se construya, deberblico y privado, que se construya, deberblico y privado, que se construya, deberáááá estar dotada de acceso, estar dotada de acceso, estar dotada de acceso, estar dotada de acceso, ambientes, corredores de circulaciambientes, corredores de circulaciambientes, corredores de circulaciambientes, corredores de circulacióóóón, e instalaciones adecuadas para personas con discapacidad.n, e instalaciones adecuadas para personas con discapacidad.n, e instalaciones adecuadas para personas con discapacidad.n, e instalaciones adecuadas para personas con discapacidad.

ArtArtArtArtíííículo 46.culo 46.culo 46.culo 46.---- Parqueo pParqueo pParqueo pParqueo púúúúblicoblicoblicoblico

Las Municipalidades dispondrLas Municipalidades dispondrLas Municipalidades dispondrLas Municipalidades dispondráááán la reserva de ubicaciones en cada parqueo pn la reserva de ubicaciones en cada parqueo pn la reserva de ubicaciones en cada parqueo pn la reserva de ubicaciones en cada parqueo púúúúblico para vehblico para vehblico para vehblico para vehíííículos culos culos culos conducidos o que transportar personas con discapacidad.conducidos o que transportar personas con discapacidad.conducidos o que transportar personas con discapacidad.conducidos o que transportar personas con discapacidad.

ArtArtArtArtíííículo 22.culo 22.culo 22.culo 22.---- Restricciones en las licencias de conducir por Restricciones en las licencias de conducir por Restricciones en las licencias de conducir por Restricciones en las licencias de conducir por discapacidad fdiscapacidad fdiscapacidad fdiscapacidad fíííísica sica sica sica (Según el Reglamento Nacional de Licencia de Conducir).Las restricciones que se consignan en las licencias de conducir por discapacidad física del titular son:a) Vehículos automotores con transmisión automática.b) Vehículos automotores especialmente acondicionados.c) Con lentes correctores externos o de contacto.d) Con audífonos.e) Con dos espejos retrovisores laterales y espejo con ángulo de 180 grados.f) Las demás que determine la autoridad competente.Para acceder a una licencia de conducir de la clase A categoría I el postulante podrá tener como máximo dos (2) restricciones, las mismas que serán consignadas en la licencia de conducir. Los postulantes a una licencia de conducir de la clase A categorías II o III sólo podrán tener la restricción c).

Ley 28683 Ley 28683 Ley 28683 Ley 28683

LoLoLoLos lugares de atencis lugares de atencis lugares de atencis lugares de atencióóóón al pn al pn al pn al púúúúblico las mujeres embarazadas, niblico las mujeres embarazadas, niblico las mujeres embarazadas, niblico las mujeres embarazadas, niñññños, adultas mayores y con os, adultas mayores y con os, adultas mayores y con os, adultas mayores y con discapacidad, deberdiscapacidad, deberdiscapacidad, deberdiscapacidad, deberáááán ser atendidos preferentemente disponiendo que los servicios den ser atendidos preferentemente disponiendo que los servicios den ser atendidos preferentemente disponiendo que los servicios den ser atendidos preferentemente disponiendo que los servicios de uso uso uso uso ppppúúúúblico, como es el Servicio de Transporte Pblico, como es el Servicio de Transporte Pblico, como es el Servicio de Transporte Pblico, como es el Servicio de Transporte Púúúúblico de Pasajeros, deberblico de Pasajeros, deberblico de Pasajeros, deberblico de Pasajeros, deberáááán implementar medidas n implementar medidas n implementar medidas n implementar medidas para facilitar el uso y/o acceso adecuado para dichas personas.para facilitar el uso y/o acceso adecuado para dichas personas.para facilitar el uso y/o acceso adecuado para dichas personas.para facilitar el uso y/o acceso adecuado para dichas personas.

La finalidad de la presente Ordenanza es elevar la calidad de vida de los usuarios de servicio público de transporte regular de personas y mejorar las condiciones de su prestación en la provincia de Lima.

Ordenanza Municipal Ordenanza Municipal Ordenanza Municipal Ordenanza Municipal NNNNºººº 1338133813381338----2010201020102010----MMLMMLMMLMML----GTUGTUGTUGTU

Art. 46: Condiciones operacionalesArt. 46: Condiciones operacionalesArt. 46: Condiciones operacionalesArt. 46: Condiciones operacionales

� Colocar en el interior del vehiculo la información sobre la ruta autorizada.

Leve: S/. 360Leve: S/. 360Leve: S/. 360Leve: S/. 360

� Las tarifas del servicio que prestan.

Leve: S/. 360Leve: S/. 360Leve: S/. 360Leve: S/. 360� Colocar los teléfonos de la

empresa autorizada y las que señale la autoridad competente para atender denuncias de los usuarios en la parte interna del vehiculo.

Leve: S/.360Leve: S/.360Leve: S/.360Leve: S/.360

Prestar el servicio con la Prestar el servicio con la Prestar el servicio con la Prestar el servicio con la ““““AutorizaciAutorizaciAutorizaciAutorizacióóóón de Servicion de Servicion de Servicion de Servicio””””, , , , emitido por la autoridad administrativa.emitido por la autoridad administrativa.emitido por la autoridad administrativa.emitido por la autoridad administrativa.

Muy grave: S/. 3600Muy grave: S/. 3600Muy grave: S/. 3600Muy grave: S/. 3600

� Entregar comprobante de pago a los usuarios al momento de subir al vehiculo.

Leve: S/. 360Leve: S/. 360Leve: S/. 360Leve: S/. 360

� Reservar como mínimo el número de asientos reglamentarios de acuerdo a la topología del vehiculo y deberán estar ubicados cerca de la puerta delantera para uso preferente de las personas con discapacidad, adultos mayores, mujeres gestantes y con bebes en brazo y debidamente señalizados.

Leve: S/. 360Leve: S/. 360Leve: S/. 360Leve: S/. 360

� Los vehículos deberán contar con extintores, neumáticos de repuesto, conos o triángulos de seguridad, así como botiquín conteniendo como mínimo vendas, algodón, gasa, esparadrapo y alcohol.

Grave: S/. 720Grave: S/. 720Grave: S/. 720Grave: S/. 720

� Los vehículos deberán tener identificadas la salida de emergencia.

Leve: S/. 360Leve: S/. 360Leve: S/. 360Leve: S/. 360

� No agredir física o verbalmente a la autoridad administrativa.

Muy Grave: S/. 1800Muy Grave: S/. 1800Muy Grave: S/. 1800Muy Grave: S/. 1800

� Mantener el vehiculo en condiciones de limpieza.

Leve: S/. 360Leve: S/. 360Leve: S/. 360Leve: S/. 360

� No permitir que durante el servicio los usuarios transporten en el vehiculo animales, bultos que obstaculicen el paso dentro del vehiculo, materiales peligrosos, inflamables o explosivos.

Grave: S/. 720Grave: S/. 720Grave: S/. 720Grave: S/. 720

Art. 48. De las Obligaciones GeneralesArt. 48. De las Obligaciones GeneralesArt. 48. De las Obligaciones GeneralesArt. 48. De las Obligaciones Generales

Negarse a recoger discapacitados, ancianos, escolares, Negarse a recoger discapacitados, ancianos, escolares, Negarse a recoger discapacitados, ancianos, escolares, Negarse a recoger discapacitados, ancianos, escolares, universitarios teniendo capacidad el vehiculo.universitarios teniendo capacidad el vehiculo.universitarios teniendo capacidad el vehiculo.universitarios teniendo capacidad el vehiculo.

Grave: S/. 720Grave: S/. 720Grave: S/. 720Grave: S/. 720

No permitir durante la prestaciNo permitir durante la prestaciNo permitir durante la prestaciNo permitir durante la prestacióóóón:n:n:n:

Que los operadores llamen a los pasajeros a viva voz o Que los operadores llamen a los pasajeros a viva voz o Que los operadores llamen a los pasajeros a viva voz o Que los operadores llamen a los pasajeros a viva voz o usando el claxon. usando el claxon. usando el claxon. usando el claxon. Leve: S/. 360Leve: S/. 360Leve: S/. 360Leve: S/. 360

Dejar o recoger pasajeros al lado izquierdo o en medio de la calDejar o recoger pasajeros al lado izquierdo o en medio de la calDejar o recoger pasajeros al lado izquierdo o en medio de la calDejar o recoger pasajeros al lado izquierdo o en medio de la calzada, cuando el zada, cuando el zada, cuando el zada, cuando el vehiculo se encuentra en movimiento o en lugares donde se atentavehiculo se encuentra en movimiento o en lugares donde se atentavehiculo se encuentra en movimiento o en lugares donde se atentavehiculo se encuentra en movimiento o en lugares donde se atenta contra su contra su contra su contra su seguridad o fuera de los paraderos de ruta, cuando exista y estseguridad o fuera de los paraderos de ruta, cuando exista y estseguridad o fuera de los paraderos de ruta, cuando exista y estseguridad o fuera de los paraderos de ruta, cuando exista y estéééén autorizadosn autorizadosn autorizadosn autorizados....

Grave: S/. 720Grave: S/. 720Grave: S/. 720Grave: S/. 720

Permitir que los vehPermitir que los vehPermitir que los vehPermitir que los vehíííículos circulen con las puertas de acceso culos circulen con las puertas de acceso culos circulen con las puertas de acceso culos circulen con las puertas de acceso abiertas o permitir que alguna persona sobresalga de la estructuabiertas o permitir que alguna persona sobresalga de la estructuabiertas o permitir que alguna persona sobresalga de la estructuabiertas o permitir que alguna persona sobresalga de la estructura ra ra ra del vehiculo. del vehiculo. del vehiculo. del vehiculo. Grave: S/. 720Grave: S/. 720Grave: S/. 720Grave: S/. 720

Prestar el servicio con asientos en mal estado o con mayor Prestar el servicio con asientos en mal estado o con mayor Prestar el servicio con asientos en mal estado o con mayor Prestar el servicio con asientos en mal estado o con mayor nnnnúúúúmero de pasajeros que el indicado en la Tarjeta de propiedad mero de pasajeros que el indicado en la Tarjeta de propiedad mero de pasajeros que el indicado en la Tarjeta de propiedad mero de pasajeros que el indicado en la Tarjeta de propiedad del vehiculo. del vehiculo. del vehiculo. del vehiculo. Leve: S/. 360Leve: S/. 360Leve: S/. 360Leve: S/. 360

Prestar el servicio utilizando equipos de sonido con volumen Prestar el servicio utilizando equipos de sonido con volumen Prestar el servicio utilizando equipos de sonido con volumen Prestar el servicio utilizando equipos de sonido con volumen excesivo. excesivo. excesivo. excesivo. Leve: S/. 360Leve: S/. 360Leve: S/. 360Leve: S/. 360

Entablar competencia de velocidad con otro vehEntablar competencia de velocidad con otro vehEntablar competencia de velocidad con otro vehEntablar competencia de velocidad con otro vehíííículo durante la culo durante la culo durante la culo durante la prestaciprestaciprestaciprestacióóóón de servicio. n de servicio. n de servicio. n de servicio. Grave: S/. 720Grave: S/. 720Grave: S/. 720Grave: S/. 720

Prestar el servicio empleando como cobradores a menores de Prestar el servicio empleando como cobradores a menores de Prestar el servicio empleando como cobradores a menores de Prestar el servicio empleando como cobradores a menores de edad que carezcan de la autorizaciedad que carezcan de la autorizaciedad que carezcan de la autorizaciedad que carezcan de la autorizacióóóón otorgada por la autoridad n otorgada por la autoridad n otorgada por la autoridad n otorgada por la autoridad correspondiente de conformidad con lo establecido por el ART. 55correspondiente de conformidad con lo establecido por el ART. 55correspondiente de conformidad con lo establecido por el ART. 55correspondiente de conformidad con lo establecido por el ART. 55del Decreto Ley del Decreto Ley del Decreto Ley del Decreto Ley NNNNºººº 26102, C26102, C26102, C26102, Cóóóódigo del Nidigo del Nidigo del Nidigo del Niñññño y Adolescente.o y Adolescente.o y Adolescente.o y Adolescente.

Grave: S/. 720Grave: S/. 720Grave: S/. 720Grave: S/. 720

Prestar el servicio con conductores y/o cobradores que no Prestar el servicio con conductores y/o cobradores que no Prestar el servicio con conductores y/o cobradores que no Prestar el servicio con conductores y/o cobradores que no estestestestéééén correctamente uniformadosn correctamente uniformadosn correctamente uniformadosn correctamente uniformados.

Leve: S/. 360Leve: S/. 360Leve: S/. 360Leve: S/. 360

Prestar el servicio sin contar o sin expedir los boletos o expedPrestar el servicio sin contar o sin expedir los boletos o expedPrestar el servicio sin contar o sin expedir los boletos o expedPrestar el servicio sin contar o sin expedir los boletos o expedir ir ir ir boletos que no correspondan al tipo de pasaje del usuario, o queboletos que no correspondan al tipo de pasaje del usuario, o queboletos que no correspondan al tipo de pasaje del usuario, o queboletos que no correspondan al tipo de pasaje del usuario, o que los los los los datos del boleto no coincidan con los de la empresa autorizada.datos del boleto no coincidan con los de la empresa autorizada.datos del boleto no coincidan con los de la empresa autorizada.datos del boleto no coincidan con los de la empresa autorizada.

Leve: S/. 360Leve: S/. 360Leve: S/. 360Leve: S/. 360

Prestar el servicio con vehPrestar el servicio con vehPrestar el servicio con vehPrestar el servicio con vehíííículos que no cuenten o que no culos que no cuenten o que no culos que no cuenten o que no culos que no cuenten o que no porten la Pporten la Pporten la Pporten la Póóóóliza de Seguros con cobertura de liza de Seguros con cobertura de liza de Seguros con cobertura de liza de Seguros con cobertura de responsabilidad civil frente a terceros.responsabilidad civil frente a terceros.responsabilidad civil frente a terceros.responsabilidad civil frente a terceros.

Muy grave: S/. 3600Muy grave: S/. 3600Muy grave: S/. 3600Muy grave: S/. 3600

No cumplir con el recorrido establecido en la Tarjeta de No cumplir con el recorrido establecido en la Tarjeta de No cumplir con el recorrido establecido en la Tarjeta de No cumplir con el recorrido establecido en la Tarjeta de ÚÚÚÚnica nica nica nica de Circulacide Circulacide Circulacide Circulacióóóón, salvo disposicin, salvo disposicin, salvo disposicin, salvo disposicióóóón expresa de la autoridad n expresa de la autoridad n expresa de la autoridad n expresa de la autoridad administrativa o policial.administrativa o policial.administrativa o policial.administrativa o policial.

Muy grave: S/. 1800Muy grave: S/. 1800Muy grave: S/. 1800Muy grave: S/. 1800

Prestar el servicio en una ruta autorizada por tramos u obligar Prestar el servicio en una ruta autorizada por tramos u obligar Prestar el servicio en una ruta autorizada por tramos u obligar Prestar el servicio en una ruta autorizada por tramos u obligar a los a los a los a los pasajeros a descender del vehpasajeros a descender del vehpasajeros a descender del vehpasajeros a descender del vehíííículo o realizar un pago adicional por culo o realizar un pago adicional por culo o realizar un pago adicional por culo o realizar un pago adicional por cada tramo recorrido.cada tramo recorrido.cada tramo recorrido.cada tramo recorrido.

Muy grave: S/. 1800Muy grave: S/. 1800Muy grave: S/. 1800Muy grave: S/. 1800

Prestar el servicio con vehPrestar el servicio con vehPrestar el servicio con vehPrestar el servicio con vehíííículos en malas condiciones tculos en malas condiciones tculos en malas condiciones tculos en malas condiciones téééécnicas cnicas cnicas cnicas o meco meco meco mecáááánicas o que este se encuentre inmovilizado en la vnicas o que este se encuentre inmovilizado en la vnicas o que este se encuentre inmovilizado en la vnicas o que este se encuentre inmovilizado en la víííía a a a ppppúúúública como consecuencia de la misma.blica como consecuencia de la misma.blica como consecuencia de la misma.blica como consecuencia de la misma.

Grave: S/. 720Grave: S/. 720Grave: S/. 720Grave: S/. 720

Denuncia y quejas a la DirecciDenuncia y quejas a la DirecciDenuncia y quejas a la DirecciDenuncia y quejas a la Direccióóóón de Transporte Urbano n de Transporte Urbano n de Transporte Urbano n de Transporte Urbano de la Municipalidad de Lima Metropolitano:de la Municipalidad de Lima Metropolitano:de la Municipalidad de Lima Metropolitano:de la Municipalidad de Lima Metropolitano:

TelTelTelTelééééfono: fono: fono: fono: 336-7777 anexo:anexo:anexo:anexo: 262 / 268.

FonoacciFonoacciFonoacciFonoaccióóóónnnn:::: 0-800-27-800.

DirecciDirecciDirecciDireccióóóón: n: n: n: Jr. Antonio Vargas 1733, Urb. Elio, Lima 1 (Alt. Cdra. 24 Av. Venezuela) -Cercado de

[email protected]@[email protected]@munlima.gob.pe....

DE LOS PASAJEROSDE LOS PASAJEROSDE LOS PASAJEROSDE LOS PASAJEROS

Están obligados a cumplir las indicaciones de los conductores, cobradores e inspectores.

El comportamiento inadecuado, uso de lenguaje procaz o grosero oEl comportamiento inadecuado, uso de lenguaje procaz o grosero oEl comportamiento inadecuado, uso de lenguaje procaz o grosero oEl comportamiento inadecuado, uso de lenguaje procaz o grosero ocualquier actitud irrespetuosa, darcualquier actitud irrespetuosa, darcualquier actitud irrespetuosa, darcualquier actitud irrespetuosa, daráááá derecho al conductor a exigir al derecho al conductor a exigir al derecho al conductor a exigir al derecho al conductor a exigir al pasajero el abandono del vehpasajero el abandono del vehpasajero el abandono del vehpasajero el abandono del vehíííículo. En caso de resistencia se culo. En caso de resistencia se culo. En caso de resistencia se culo. En caso de resistencia se recurrirrecurrirrecurrirrecurriráááá a la Polica la Polica la Polica la Policíííía Nacional.a Nacional.a Nacional.a Nacional.

En caso de resistencia se recurrirEn caso de resistencia se recurrirEn caso de resistencia se recurrirEn caso de resistencia se recurriráááá a la PNP para hacer bajar al a la PNP para hacer bajar al a la PNP para hacer bajar al a la PNP para hacer bajar al pasajero, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiere pasajero, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiere pasajero, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiere pasajero, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiere incurrido y sin derecho a la devoluciincurrido y sin derecho a la devoluciincurrido y sin derecho a la devoluciincurrido y sin derecho a la devolucióóóón del pasaje.n del pasaje.n del pasaje.n del pasaje.

� El pasajero tiene la obligación de exigir y conservar el boleto hasta el final de su recorrido para acreditar el pago de su pasaje, debiendo exhibirlo cuantas veces sea requerido por los inspectores cobradores.

� Evitar discusiones o reyertas con el conductor, cobrador o demás pasajeros.

El pasajero estEl pasajero estEl pasajero estEl pasajero estáááá prohibido de:prohibido de:prohibido de:prohibido de:

� Ubicarse en el vehículo dificultando la libre visibilidad y maniobrabilidad del conductor.

� Situarse en el vehículo dificultando la bajada o la subida de los usuarios.

� Conversar innecesariamente al conductor distrayendo su atención.

� Fumar, escupir, ensuciar, pintar, arrojar desperdicios en el vehículo u ocasionar cualquier otro daño.

Artículo 126.- El Servicio de Transporte Escolar consiste en el traslado de escolares en vehículos autorizados por la Dirección Municipal de Transporte Urbano, desde sus domicilios hasta su Institución Educativa y viceversa.

Artículo 129.- La vigencia de la autorización para transportar escolares es de un (1) año, calendario.

Transporte Escolar:Transporte Escolar:Transporte Escolar:Transporte Escolar:

Artículo 130 .- Los conductores de las unidades vehiculares con que se presta el Servicio de Transporte de Escolares, deberán estar registrados y autorizados por la Dirección Municipal de Transporte Urbano

Asimismo se le otorgará a los conductores, una credencial identificatoriaque será portado por el conductor.

Requisitos Requisitos Requisitos Requisitos para el para el para el para el servicio de servicio de servicio de servicio de transporte transporte transporte transporte escolarescolarescolarescolar

Artículo 132.- El Servicio de Transporte Escolar podrá efectuarse en los siguientes vehículos Automotores: Ómnibus, Camionetas Rurales, StationWagon y Automóviles.

Artículo 133.- Los vehículos que realizan el servicio de Transporte Escolar deberán contar los elementos identificatorios de color amarillo y con una leyenda de "SERVICIO ESCOLAR" irá colocada en la parte frontal y posterior de la carrocería (Ómnibus, Camionetas Rurales) y parte posterior de la carrocería de Station Wagon y Automóviles.

� Artículo 137 .- Está prohibido el Transporte de Escolares de pie en cualquiera de los vehículos autorizados para este Servicio.

� Todos sus ocupantes deben estar puestos sus cinturones de seguridad.

Dirección para observar los vehículos autorizados para transporte escolar:

http://www.gtu.munlima.gob.pe/Internet_Web/TransporteEscolar/TransporteEscolar.aspx

http://www.cnsv.gob.pehttp://www.cnsv.gob.pe/educativo.htm

Av. Arequipa Nº 810 – Ofic. 903, telf. 433-3661

Seguridad vial responsabilidad de todos Seguridad vial responsabilidad de todos Seguridad vial responsabilidad de todos Seguridad vial responsabilidad de todos Seguridad vial responsabilidad de todos Seguridad vial responsabilidad de todos Seguridad vial responsabilidad de todos Seguridad vial responsabilidad de todos