plan de matricula 2015.docx

65
4/ J* E Í¿£ N i m “Decenio de lasPersonascon Discapacidad en el Perú 2007- 2016” TACNA “Año dela Inversiónparael Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria” Promotor do!l>rsarrvllo DI RE CT IV A 09 f - 20 13 - DG P- DR SE T/ GO B. RE G. TA CN A

Upload: marcelino-prudencio

Post on 17-Dec-2015

13 views

Category:

Documents


2 download

TRANSCRIPT

4/J*ENi mDeceniodelasPersonascon Discapacidad en el Per 2007-2016TACNAAodelaInversinparaelDesarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria

Decenio de las Personas con Discapacidad en el Per 2007-2016Ao de la Inversin para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria

-DeceniodelasPersonascon Discapacidad en el Per 2007-2016TACNAAo de la Inversin para el Desarrollo Rural y la Seguridad AlimentariaPromotor do! l>rsarrvllo

DIRECTIVA N 09f -2013- DGP- DRSET/GOB. REG. TACNA

JfLINEAMIENTOS PARA EL PROCESO DE MATRCULA ESCOLAR 2014 EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PBLICAS Y PRIVADAS DE EDUCACIN BSICA: REGULAR, ESPECIAL Y ALTERNATIVA DE LA REGIN TACNAFINALIDAD:Establecer las normas y procedimientos sobre el proceso de matrcula escolar 2014 en las Instituciones Educativas Pblicas y Privadas de Educacin bsica regular, especial y Alternativa de la Regin Tacna.

2.1.-2.2.- ~y \OBJETIVOS:Generalizar los procedimientos condiciones y requisitos para la atencin de la matrcula de los nios y nias y adolescentes en edad escolar en las Instituciones Educativas Pblicas y Privadas en la Regin Tacna.Ampliar la cobertura de atencin del servicio educativo escolarizado a efectos de disminuir las causas de la desatencin de los nios y nias en edad escolar de la Regin Tacna.Promover y garantizar la simplificacin de procedimientos y la transparencia de la actuacin en los responsables de la matricula escolaren las Instituciones EducativasBASE LEGAL:Constitucin Poltica del Per.Ley N 28044.General de Educacin.Ley N 29944 Ley de Reforma Magisterial.Ley N 28988 Ley que declara la Educacin Bsica Regular como servicio Pblico Esencial.Ley N 27444 Ley de Procedimientos Administrativo General.Ley N 29060 Ley del Silencio Administrativo.Decreto Ley N 25762, Ley Orgnica del Ministerio de Educacin, modificada por Ley N 26510 Decreto Supremo N 011-2012-ED. Reglamento de la Ley General de Educacin.Resolucin Ministerial N 483-89-ED. aprueba el Reglamento de Centros Educativos de Accin conjunta: Iglesia Catlica - Estado Peruano.Resolucin Ministerial N 0069-2008 -ED. que aprueba la Directiva para la Matrcula de nios, nias, jvenes con discapacdad en los diferentes niveles del sistema educativo en el marco de la Educacin Inclusiva.Resolucin Ministerial N 0516-2007-ED. que aprueba los Lineamientos para el proceso de matricula escolaren las Instituciones Educativas Pblicas de Educacin Bsica.Resolucin Ministerial N 0431-2012-ED, que aprueba la Directiva 014-2012-MINEDU/VGP Normas y orientaciones para el desarrollo del ao Escolar 2013 en la Educacin Bsica

IV. ALCANCES:s Direccin Regional Sectorial de Educacin de Tacna. Direccin de Gestin Pedaggica Direccin de Gestin Institucional Oficina de Administracins Unidades de Gestin Educativa Local de Tacna Tarata, Jorge Basadre y Candarave. s Instituciones Educativas de Educacin Bsica Regular, Especial y Alternativa.V. DISPOSICIONES GENERALES5.1 La matrcula de los estudiantes que ingresan a las Instituciones Educativas Pblicas y por convenio con la DRSET se realizar desde el mes de diciembre 2013 hasta febrero del 2014

L

TACNAtHc5.25.35.45.55.65.7La matrcula escolar es el proceso en el cual el padre, madre o apoderado realiza el trmite necesario y suficiente para que su menor hijo/a curse estudios en educacin bsica.La matrcula en ningn caso est condicionada a una evaluacin de ingreso o pago alguno.En las Instituciones educativas Pblicas el servicio educativo es GRATUITO (la matrcula o ratificacin no puede estar condicionada a ningn pago, incluida la cuota de APAFA) El Director de la I.E. es responsable del cumplimiento de esta disposicin.Todas las Instituciones Educativas de la Regin son Instituciones Inclusivas y deben de matricular a los estudiantes con necesidades especiales, los mismos que deben de ser distribuidos equitativamente en las diferentes aulas del grado.La matrcula no est condicionada a una evaluacin de ingreso. Sin embargo, en los casos en que la demanda supere la capacidad de la Institucin Educativa, se puede establecer prioridades de ingreso de conformidad con el Reglamento Interno de la Institucin Educativa.El Director o Directora de la Institucin Educativa reconocer mediante Resolucin Directoral Institucional la comisin encargada de la Matrcula 2014 hasta el 06 de diciembre del 2013 y que estar integrada por los siguientes miembros:Presidente: Director o Directora de la Institucin Educativa Secretario: Sub Director del Nivel Educativo o Docente coordinador del nivel.

5.85.9Integrante: Representante de los docentes elegido democrticamente por el nivel correspondiente Integrante: Representante de Padres de Familia elegido democrticamente.La comisin mnimamente estar constituida por tres miembros.La comisin de matrcula escolar 2014 de la Institucin Educativa es la encargada de llevar a cabo el proceso de matrcula escolar y debe remitir a la UGEL y publicar en lugar visible el nmero de vacantes por turnos y grados de estudios, as como las prioridades para el ingreso. Para el nivel Inicial y Primaria hasta el 11 de diciembre del 2013 y para el nivel Secundario el 14 de febrero 2014.Las nminas de matrcula 2014 deben remitirse a la UGEL correspondiente hasta el 16 de abril del 2014 en formato impreso (tres ejemplares), utilizando el aplicativo del SIAGIE, bajo responsabilidad funcional y administrativa del Director/a de la Institucin Educativa.VI. DISPOSICIONES ESPECFICAS:6.1 Educacin Inicial y/o PROGRAMA No Escolarizado.a. la matrcula se realiza de acuerdo a la edad cronolgica, segn los aos cumplidos al inicio del ao escolar o por cumplirse hasta el 31 de marzo del 2014.b. Los nios y nias que excepcionalmente regularizaron sus matriculas en virtud de lo dispuesto en la R.M. N 044-2012-ED. o amparados en cualquiera de las excepciones previstas en la Directiva para el desarrollo del ao escolar 2013, deben continuar sus estudios de manera progresiva en el aula o grado que le corresponda.c. Para la matrcula es necesario la presentacin del DNI del menor.d. En las Instituciones Educativas de las UGELs de Tarata, CandaraveyJorgeBasadrelamatricula se realizara del 11 al 18 de diciembre del 2013.e. En las Instituciones Educativas de las UGEL Tacna la matricula se realizaran los das 6, 7 y 8 de enero del 2014, en el horario de 08,00 horas hasta las 12,00 horas.6.2 Educacin Primaria:a. Para la matrcula en primer grado de primaria el nio o nia debe haber cumplido 6 aos de edad al 31 de marzo del 2014.b. Para la matrcula es necesario la presentacin del DNI del menorc. En las Instituciones Educativas de las UGELs de Tarata, CandaraveyJorgeBasadrelamatricula se realizara del 11 al 18 de diciembre del 2013.d. En las Instituciones Educativas de las UGEL Tacna la matricula se realizaran los das 8, 9 y 10 de enero del 2014, en el horario de 08,00 horas hasta las 12,00 horas.

6.3 PromtHor esarrvlloEducacin Secundaria:a. En las Instituciones Educativas de las UGELs de Tarata, Candarave y Jorge Basadre la matricula se realizara del 11 al 18 de diciembre del 2013 para los estudiantes que resulten invictos al terminar el sexto grado de primaria y los estudiantes que participen del programa de recuperacin pedaggica se podrn matricular del 17 al 21 de febrero, en el primer grado de secundaria o permanecern en el sexto grado de primaria si no logran desarrollar las competencias previstas.b. En las Instituciones Educativas de las UGEL Tacna la matricula se realizaranlos das 19, 20 y21 de febrero del 2014, en el horario de 08,00 horas hasta las 12,00 horas.c. Para la matrcula es necesario la presentacin del DNI. del menor.6.4 Ratificacin de Matrcula:a. La ratificacin de matrcula en Educacin Inicial, Primaria y Secundaria es automtica. A partir del segundo grado de primaria, para los estudiantes promovidos se efectuar en el mes de enero del 2014. El padre, madre o apoderado tiene la responsabilidad de actualizar los datos en la nomina de matrcula.b. En los casos de necesidad de recuperacin pedaggica, la ratificacinde matrcula serealizar previa verificacin de los resultados (actas de recuperacin) y antesdel inicio del aoescolar 2014 (03 de marzo del 2014).c. En Educacin Inicial y el Primer Grado de Primaria la promocin escolar es automtica, no existiendo repitencia.d. Los estudiantes que ai trmino de ao escolar repiten de grado por no haber logrado resultados aprobatorios, sern considerados al siguiente ao lectivo, automticamente en el mismo grado.

6.5 Matrcula en Instituciones Educativas Privadas:a. La matrcula se realizar de acuerdo a la edad cronolgica, segn los aos cumplidos al inicio del ao escolar o por cumplirlos hasta el 31 de marzo del 2014.b. La Institucin Educativa Privada est obligada a entregar a los padres de familia un documento en el que en forma veraz y suficiente se brinde informacin sobre las condiciones pedaggicas y econmicas a las que se ajustar la prestacin del servicio educativo durante el ao escolar. Asimismo todos los docentes que laboran en la Institucin Educativa deben poseer ttulo pedaggico.

c.La Institucin Educativa Privada debe de colocar en lugar visible la Resolucin Directoral Regional de autorizacin para brindar el servicio educativo.

d.La cantidad de estudiantes matriculados debe ser coherente con lo sealado en la Resolucin Directoral Regional de autorizacin.

e.La Institucin Educativa Privada debe de colocar en lugar visible el nmero de becas que otorgar en el presente ao lectivo y los requisitos para ser acreedor a este beneficio.6.6 Matrcula en Educacin Bsica Alternativa:

a.b.d.La matrcula o su ratificacin se realizar antes de iniciar cada periodo promocional, en tanto que esta no sea menor de 20 estudiantes en mbitos urbanos o 15 en mbitos rurales o de frontera por grado o aula multigrado.Los CEBA pblicos que no cuentan con metas de atencin, ingresaran a un proceso de reestructuracin para optimizar el servicio educativo en la jurisdiccin.Los Centros perifricos solo funcionarn en Instituciones Educativas con la finalidad de garantizar un servicio educativo de calidad y comodidad para los participantes, con el informe favorable de la UGEL y autorizacin de la Direccin Regional Sectorial de Educacin.La matricula para el ciclo inicial e intermedio PEBAJA se inicia a partir de los 14 aos: 1er grado, 15 aos a ms, 2do grado: 16 a ms aos, 3er grado: 17 aos a ms, 4to grado.

6. 7. Matrcula en Educacin Bsica Especial:a. Por ningn motivo habr matrcula para personas que no cuenten con las edades establecidas o que no se encuentren en extra edad, f. Los estudiantes que fueron matriculados en el PEBANA pueden continuar sus estudios hasta concluir la Educacin Bsica Alternativa.Los Centro de Educacin Bsica Especial matriculan a los estudiantes con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad severa y multidiscapacidad, teniendo como referente la edad normativa en los niveles de inicial y primaria.b. Los estudiantes que hayan culminado el nivel primaria del CEBE, sern registrados en el programa de la primaria posterior, hasta los 20 aos de edad y su estructura se organiza en tres niveles (nivel 1: de 15 a 16 aos, Nivel 2: de 17 a 18 aos y Nivel 3 de 19 a 20 aos)DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS:7.1 El personal directivo de las Instituciones Educativas son responsables de cumplir lo establecido en la presente Directiva.7.2 Los especialistas de la Direccin de Gestin Pedaggica de la DRSET y los especialistas de las Unidades de Gestin Educativa Local, en el mbito de su jurisdiccin, son responsables de la supervisin y monitoreo del cumplimiento de la presente Directiva.Calaa, 14 de noviembre del 2013

GOBIERNO REGIONAL DE TACNALIC. MAGDA CANDELARIA PORTUGAL COPAJADIRECTORA REGIONAL SECTORIAL DE EDUCACIN / TACNA

MCPC/D.DRSETFEJP/D.DGPRRCH.