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PLAN DE ACCIÓN 2021 BOGOTÁ D.C Enero 2021

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PLAN DE ACCIÓN

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BOGOTÁ D.C Enero 2021

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CONTENIDO 1. OBJETIVO ........................................................................................................................ 3

2. ALCANCE ......................................................................................................................... 3

3. MARCO LEGAL ................................................................................................................ 3

3.1. Marco legal externo .................................................................................... 3

3.2. Marco legal interno ..................................................................................... 6

4. ANTECEDENTES............................................................................................................. 7

4.1 Componentes de Direccionamiento Estratégico de la Entidad ............................. 7

4.2 Modelo Integrado de Planeación y Gestión .................................................... 9

4.3 Integración de planes en el plan de acción ...................................................... 11

4.3.1 Plan Anual de Adquisiciones ...................................................................................................... 12

4.3.2 Plan Anual de Vacantes ............................................................................................................... 14

4.3.3 Plan de Previsión de Recursos Humanos ............................................................................. 14

4.3.4 Plan Institucional de Capacitación .......................................................................................... 14

4.3.5 Plan de Incentivos Institucionales ........................................................................................... 15

4.3.6 Plan de Trabajo Anual en Seguridad y Salud en el Trabajo .......................................... 15

4.3.7 Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano .............................................................. 15

4.3.8 Plan de Tratamiento de Riesgos de Seguridad y Privacidad de la Información... 16

4.3.9 Plan de Seguridad y Privacidad de la Información ........................................................... 16

4.4 Formulación de planes de acción 2021 ........................................................... 17

4.4.1 Identificación Objetivos Institucionales ................................................................................. 17

4.4.2 Definición de estrategias alineadas a los Objetivos Institucionales .......................... 18

4.4.3 Definición de Indicadores por estrategia .............................................................................. 18

4.4.4 Dependencias con presupuesto asignado ........................................................................... 19

4.4.5 Formulación y aprobación del Plan de Acción .................................................................. 19

4.4.6 Otros aspectos que se tuvieron en cuenta relacionados con el Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG ............................................................................................................... 20

4.4.6.10 Sistemas de Gestión ............................................................................................................... 24

1.5 Aprobación del plan de acción 2021 ............................................................ 24

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Control de cambios al documento

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DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA VERSIÓN 2

Nro.

Código de la mejora

Fecha de aprobación

Cambios introducidos

1. MPA-931 23/12/2020

Versión Inicial del documento.

2. MPA-978

N.A

La Dirección Administrativa y Financiera de acuerdo con las observaciones de la ciudadanía solicitó en la estrategia nro. 1, ajustar la redacción de 2 actividades e incluir 1 actividad nueva. La Oficina de Planeación solicitó incluir en la estrategia nro. 5 el indicador “Sistemas de Gestión Certificados”. La Consejería Vicepresidencial solicitó en la estrategia nro. 5 la desagregación de una actividad en dos. La Consejería Presidencial para la Competitividad y la Gestión Público Privada solicita en la estrategia nro. 3 ajustar el entregable de cuatro actividades.

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DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

1. OBJETIVO Presentar el plan de acción 2021 de la Presidencia de la República como un instrumento mediante el cual las dependencias programan y realizan seguimiento a las estrategias, actividades e indicadores asociados a los objetivos estratégicos institucionales para el cumplimiento de los resultados definidos para la vigencia.

2. ALCANCE Este documento aplica para todas las dependencias de la Presidencia de la República.

3. MARCO LEGAL

3.1. Marco legal externo

- Ley 152 de 1994, por la cual se establece la Ley Orgánica del Plan de Desarrollo. Artículo 26 Planes de acción. Con base en el Plan Nacional de Desarrollo aprobado cada uno de los organismos públicos de todo orden a los que se aplica esta Ley preparará su correspondiente plan de acción. En la elaboración del plan de acción y en la programación del gasto se tendrán en cuenta los principios a que se refiere el artículo 3 de la presente Ley, así como las disposiciones constitucionales y legales pertinentes. Los planes que ejecuten las entidades nacionales con asiento en las entidades territoriales deberán ser consultados previamente con las respectivas autoridades de planeación, de acuerdo con sus competencias.

Artículo 29. Evaluación. Corresponde al Departamento Nacional de Planeación, en su condición de entidad nacional de planeación, diseñar y organizar los sistemas de evaluación de gestión y de resultados de la administración, tanto en lo relacionado con políticas como con proyectos de inversión, y señalar los responsables, términos y condiciones para realizar la evaluación. Dichos sistemas tendrán en cuenta el cumplimiento de las metas, la cobertura y calidad de los servicios y los costos unitarios, y establecerán los procedimientos y obligaciones para el suministro de la información por parte de las entidades.

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Para los efectos previstos en este artículo todos los organismos de la administración pública nacional deberán elaborar, con base en los lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo y de las funciones que le señale la ley, un plan indicativo cuatrienal con planes de acción anuales que se constituirá en la base para la posterior evaluación de resultados.

- Ley 190 de 1995, artículo 48, A partir de la vigencia de esta Ley todas las entidades públicas de la Rama Ejecutiva deberán establecer, a más tardar el treinta y uno (31) de diciembre de cada año, los objetivos a cumplir para el cabal desarrollo de sus funciones durante el año siguiente, así como los planes que incluyan los recursos presupuestados necesarios y las estrategias que habrán de seguir para el logro de esos objetivos, de tal manera que los mismos puedan ser evaluados de acuerdo con los indicadores de eficiencia que se diseñen para cada caso, excepto los gobernadores y alcaldes a quienes en un todo se aplicará lo estipulado en la ley que reglamentó el artículo 259 de Constitución Política referente a la institución del voto programático.

- Ley 1474 de 2011, artículo 74, Plan de acción de las entidades públicas. A partir de la vigencia de la presente ley, todas las entidades del Estado a más tardar el 31 de enero de cada año, deberán publicar en su respectiva página web el Plan de Acción para el año siguiente, en el cual se especificarán los objetivos, las estrategias, los proyectos, las metas, los responsables, los planes generales de compras y la distribución presupuestal de sus proyectos de inversión junto a los indicadores de gestión. A partir del año siguiente, el Plan de Acción deberá estar acompañado de informe de gestión del año inmediatamente anterior. Igualmente publicarán por dicho medio su presupuesto debidamente desagregado, así como las modificaciones a este o a su desagregación.

- Decreto Ley 019 de 2012, artículo 233, los Comités Sectoriales de desarrollo administrativo de conformidad con el artículo 19 de la presente Ley, tendrán la obligatoriedad de formular el plan respectivo, el cual hará parte de los planes de acción sectoriales e institucionales y será publicado a más tardar el 31 de enero de cada año en las respectivas páginas web, tal como lo establece el artículo 74 de la Ley 1474 de 2011.

- Ley 1448 del 10 de junio de 2011, por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones.

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- Ley 1712 del 06 de marzo de 2014, por medio de la cual se crea la ley de transparencia y del derecho de acceso a la información pública Nacional y se dictan otras disposiciones.

- Decreto 2573 de 2014, por el cual se establecen los lineamientos generales de la Estrategia Gobierno en Línea, se reglamenta parcialmente la Ley 1341 de 2009 y se dictan otras disposiciones.

- Decreto 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Planeación

Nacional, artículo 2.2.1.1.1.4.3, las entidades estatales deben publicar su Plan Anual de Adquisiciones y sus actualizaciones en su página web y en el SECOP, en la forma que, para el efecto, disponga Colombia Compra Eficiente, entidad que, en Circular Externa Número 2 de 16 de agosto de 2013, señaló que el plan debe publicarse en el SECOP a más tardar el 31 de enero de cada año, plazo que se modificará a partir de la expedición del presente decreto.

- Decreto ley 1567 de 1998 en el artículo 3 literal e) consagra que las entidades, con el propósito de organizar la capacitación interna, deberán formular con una periodicidad mínima de un año su plan institucional de capacitación; en el artículo 34 señala que el jefe de cada entidad deberá adoptar y desarrollar internamente planes anuales de incentivos institucionales, de acuerdo con la ley y los reglamentos, sin indicar plazo para su adopción.

- Ley 1474 de 2011 en el artículo 73 Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano. Cada entidad del orden nacional, departamental y municipal deberá elaborar anualmente una estrategia de lucha contra la corrupción y de atención al ciudadano. Dicha estrategia contemplará, entre otras cosas, el mapa de riesgos de corrupción en la respectiva entidad, las medidas concretas para mitigar esos riesgos, las estrategias anti trámites y los mecanismos para mejorar la atención al ciudadano.

- Decreto 1072 de 2015 en el artículo 2.2.4.6.8. numeral 7 consagra que los

empleadores deben desarrollar un plan de trabajo anual para alcanzar cada uno de los objetivos propuestos en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG¬ SST), sin indicar plazo para su adopción.

- Decreto 1499 de 2017, por medio del cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015.

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- Decreto 612 de 2018, por el cual se fijan directrices para la integración de los planes institucionales y estratégicos al Plan de Acción por parte de las entidades del Estado.

- Decreto 1299 de 2018, por medio del cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector Función Pública, en lo relacionado con la integración del Consejo para la Gestión y Desempeño Institucional y la incorporación de la política pública para la Mejora Normativa a las políticas de gestión y desempeño institucional.

- Decreto 454 de 2020, por medio del cual se modifica el Decreto 1083 de 2015,

Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública, con la incorporación de la política de gestión de la información estadística a las políticas de gestión y desempeño institucional

3.2. Marco legal interno

- Resolución 0093 del 11 de febrero de 2019, artículo 57, delegar en el Subdirector General del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República la función de aprobar el documento del Plan Estratégico Sectorial, el documento del Plan Estratégico Institucional, el documento del Plan de Acción Anual y el documento del Plan Anticorrupción, Atención y Participación Ciudadana y sus modificaciones y los demás documentos planes que deban expedirse en la entidad según las disposiciones que sean aplicables.

- Resolución 0093 del 11 de febrero de 2019, artículo 59, delegar en el Jefe de

la Oficina de Planeación del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, la función de aprobar en el aplicativo del Sistema Integrado de Gestión de la Presidencia de la República SIGEPRE, las modificaciones a los planes de acción de las dependencias de la Presidencia de la República.

- Resolución 172 del 07 de marzo de 2019, Por la cual se adopta la versión

actualizada del Modelo Integrado de Planeación y Gestión -MIPG en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y se dictan otras disposiciones.

- Decreto 1784 del 04 de octubre de 2019, por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

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- Decreto 876 del 25 de junio de 2020, por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

4. ANTECEDENTES

4.1 Componentes de Direccionamiento Estratégico de la Entidad Para el presente cuatrienio, la Presidencia de la República seguirá transformándose y modernizándose teniendo en cuenta la misión de la Entidad, establecida por la Ley 55 de 1990 y el Decreto 1784 de 2019 y adoptando la visión, construida a partir de un trabajo participativo liderado por la Alta Dirección de la Presidencia de la República para el cuatrienio 2019-2022.

Gráfico No. 1. Misión, visión y valores1 de la Entidad

1 M-DE-03 Manual de Integridad y Buen Gobierno

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Gráfico No. 2. Objetivos Estratégicos Institucionales

La Entidad cuenta con el Sistema Integrado de Gestión de la Presidencia de la República (SIGEPRE), como sistema único de la gestión administrativa. A su vez, el aplicativo Sigepre permite realizar el seguimiento a los planes de acción y a la planeación estratégica de la Entidad, brindando información actualizada, oportuna y de calidad sobre las estrategias, actividades e indicadores de todas las dependencias, constituyéndose en un instrumento de gestión eficiente y efectivo para la toma de decisiones.

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Gráfico No. 3. Política del SIGEPRE

4.2 Modelo Integrado de Planeación y Gestión - De acuerdo al Decreto 1499 de 2017 por medio del cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015, el Decreto 1299 de 2018, por medio del cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector Función Pública, en lo relacionado con la integración del Consejo para la Gestión y Desempeño Institucional y la incorporación de la política pública para la Mejora Normativa a las políticas de gestión y desempeño institucional y el Decreto 454 de 2020, por medio del cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector

En el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, nos comprometemos a armonizar, mantener y mejorar un Sistema Integrado de Gestión, que nos permita asistir y apoyar al Presidente de la República en el cumplimiento de su Plan de Gobierno, coordinando esfuerzos con entidades del sector público y privado.

Para esto, se cuenta con personal calificado, tecnología de última generación, gestión financiera con estándares internacionales, gestión documental para la generación y conservación del conocimiento, a través de la aplicación de buenas prácticas administrativas, que permiten el cumplimiento de requisitos técnicos y legales para el mantenimiento y mejora de la seguridad y salud en el trabajo, medio ambiente y seguridad de la información, con el fin de prestar los servicios a nuestros clientes y cumplir con las necesidades y expectativas pertinentes de las partes interesadas con eficiencia, transparencia y oportunidad.

POLÍTICA DEL SIGEPRE

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Función Pública, con la incorporación de la política de gestión de la información estadística a las políticas de gestión y desempeño institucional, la entidad adopta la versión actualizada del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), como instrumento de articulación y reporte de la planeación, a través de la Resolución 172 del 07 de marzo de 2019. La Presidencia de la Republica acoge el enfoque metodológico del Balanced Scorecard (BSC); herramienta que permite, a través de siete dimensiones2, alinear el Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) con los objetivos y estrategias transformadas en acciones, aportando una mirada integral del desempeño a través de métricas que facilitan la toma de decisiones oportuna y el cumplimiento de la misión de la Entidad.

Cada dimensión de MIPG se desarrolla a través de Políticas de Gestión y Desempeño Institucional3.

Gráfico No. 4. Dimensiones vs Políticas de Gestión y Desempeño Institucional

El Modelo de Alineación del Plan Estratégico Institucional se presenta de la siguiente manera:

2 Manual Operativo MIPG Versión 2. Consejo para la Gestión y Desempeño Institucional, página 20-21. 3 Establecidas en el Decreto 1499 de 2017, el Decreto 1299 de 2018 y el Decreto 454 de 2020.

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Gráfica N° 5 Alineación Plan Estratégico Institucional

4.3 Integración de planes en el plan de acción

De acuerdo con el Decreto 612 de 2018, a través del cual “se fijan directrices para la integración de los planes institucionales y estratégicos al Plan de Acción” la Entidad formuló la planeación institucional de manera integrada.

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Gráfica N° 6 Integración planes institucionales

A continuación, se explica cada uno de estos planes que responden a temas específicos y que hacen parte esencial del Plan de Acción Institucional:

4.3.1 Plan Anual de Adquisiciones

El Plan Anual de Adquisiciones es la herramienta que facilita la identificación, el registro, la programación y divulgación de las necesidades de bienes, obras y servicios de acuerdo con el presupuesto asignado a la Entidad.

Para programar y registrar los requerimientos de adquisición de bienes y servicios en el Plan Anual de Adquisiciones, cada responsable de la dependencia designado debe tener en cuenta los siguientes objetos de gasto:

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CONCEPTO DE GASTO DESCRIPCIÓN

Otros Servicios Profesionales Científicos y Técnicos:

Pagos correspondientes a servicios profesionales, prestados en forma transitoria y esporádica, por personas naturales o jurídicas, para desarrollar actividades requeridas por el DAPRE.

Servicios de Investigación y Desarrollo:

Pago por servicios calificados a personas naturales o jurídicas los cuales no pueden ser atendidos con personal de planta o que se requieran conocimientos especializados y están sujetos al régimen contractual vigente.

Compra de equipo: Adquisición de bienes tangibles de consumo duradero que deben inventariarse.

Materiales y suministros:

Adquisición de bienes tangibles e intangibles de consumo final o fungible que no se deban inventariar por las diferentes dependencias y no sean objeto de devolución.

Mantenimiento: Gastos tendientes a la conservación y reparación de bienes muebles e inmuebles.

Comunicaciones y transporte:

Gastos de mensajería, correos, embalaje, acarreo de elementos y transporte colectivo de los funcionarios de la entidad.

Impresos y publicaciones:

Gastos por edición de formas, escritos, publicaciones, revistas y libros, trabajos tipográficos, sellos, autenticaciones, suscripciones, adquisición de revistas y libros, pago de avisos institucionales y videos de televisión.

Arrendamientos: Alquiler de bienes muebles e inmuebles para el adecuado funcionamiento de la entidad.

Viáticos y gastos de viaje:

Gastos de alojamiento, alimentación y trasporte, previa resolución.

Capacitación, bienestar social y estímulos:

Erogaciones que tengan por objeto atender las necesidades de capacitación, bienestar social y estímulos que autoricen las normas legales vigentes.

Apoyo logístico: Hace referencia, por ejemplo: Salones de capacitación, auditorios, entre otros.

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4.3.2 Plan Anual de Vacantes

Es el instrumento de planificación, administración y actualización de la información relacionada con los empleos de carrera administrativa que se encuentran en vacancia definitiva y su provisión.

La información registrada en el Plan Anual de Vacantes corresponde al reporte de las vacantes de la Planta de Personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República a través de los diferentes tipos de nombramiento o carácter de vinculación.

4.3.3 Plan de Previsión de Recursos Humanos

El Plan de Previsión de Talento Humano, surge de la obligación legal establecida en el artículo 17 de la Ley 909 de 2004, la cual menciona que todas las unidades de personal o quien haga sus veces deberán elaborar y actualizar anualmente planes de previsión de talento humano, que contenga el cálculo de los empleos necesarios, de acuerdo con los requisitos y perfiles profesionales establecidos en los manuales específicos de funciones, con el fin de atender a las necesidades presentes y futuras derivadas del ejercicio de sus competencias.

4.3.4 Plan Institucional de Capacitación

La formación, la capacitación y el entrenamiento del talento humano al servicio de la Entidad, juegan un papel estratégico en la cultura organizacional. En este sentido, el Plan Institucional de Capacitación se convierte en el instrumento que le permite a la Entidad diseñar y aplicar un programa de capacitación y entrenamiento para la profesionalización y desarrollo del servidor público, que derive en una contribución efectiva al cumplimiento de las metas institucionales.

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4.3.5 Plan de Incentivos Institucionales

El sistema de estímulos para los servidores públicos se enmarca en una lógica orientada a maximizar la eficiencia, satisfacción, desarrollo y bienestar de estos. Así lo establece el Decreto Ley 1567 de 1998, que define el marco normativo para la elaboración de políticas, planes y programas que fortalezcan el desempeño de las labores y el cumplimiento efectivo de los resultados institucionales; así como lo desarrollado posteriormente en los Decretos 1083 de 2015 y 648 de 2017.

El Plan de Incentivos Institucionales, contiene las acciones que se debe desarrollar al interior de la Entidad para contar con un sistema de estímulos que efectivamente responda a las necesidades de los funcionarios.

4.3.6 Plan de Trabajo Anual en Seguridad y Salud en el Trabajo

De conformidad con el artículo 2.2.4.6.8 del Decreto 1072 de 2015, la Entidad debe diseñar y desarrollar un plan de trabajo anual para conseguir cada uno de los objetivos propuestos en el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo – SG-SST, el cual debe identificar de forma clara las metas, las responsabilidades, los recursos y el cronograma de actividades, acorde con los estándares mínimos del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales.

4.3.7 Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano

En el Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano, se integran y fortalecen estrategias y acciones que permiten al Departamento Administrativo de la Presidencia (DAPRE) identificar y monitorear riesgos de manera oportuna, con el objetivo de prevenir su materialización o formular acciones que mitiguen sus efectos cuando suceda.

Así mismo, con esta herramienta se priorizan los trámites y otros procedimientos a racionalizar, buscando así su mejoramiento continuo y optimización, facilitando así la relación de la Entidad con los usuarios.

Por otro lado, con este plan se promueve la participación ciudadana y la rendición de cuentas de manera bidireccional, lo que se refleja en el proceso de toma de

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decisiones. También, se han definido acciones para fortalecer el derecho de acceso a la información pública por parte de la ciudadanía, en aplicación del principio de legalidad, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad.

La elaboración del Plan Anticorrupción, Atención y Participación Ciudadana se alinea e integra con las Políticas de Gestión y Desempeño Institucional, enmarcadas en el Decreto 1499 de 2017, las estrategias para la Construcción del Plan Anticorrupción y de atención al ciudadano y los lineamientos internos para la construcción del Plan de Acción 2021.

Desde la Entidad se consolida en el documento el Plan de Participación Ciudadana y el Plan Anticorrupción y Atención al Ciudadano, denominándose Plan Anticorrupción, Atención y Participación Ciudadana. Este lineamiento se definió, teniendo en cuenta que la participación ciudadana es un componente transversal a las acciones de rendición de cuentas, de atención al ciudadano y derecho de acceso a la información pública.

4.3.8 Plan de Tratamiento de Riesgos de Seguridad y Privacidad de la Información

El plan de Tratamiento de riesgos de seguridad y privacidad de la información se aplica a partir de la creación del Sistema de Gestión de Seguridad de la Información, el cual se basa en la implementación de los controles de la Norma NTC-ISO-IEC 27001:2013 en la Entidad y son aplicados a partir de tratamiento de riesgos.

De acuerdo con la integración del Sistema de Gestión de Seguridad de la Información – SGSI con el Sistema Integrado de Gestión de la Presidencia de la República – SIGEPRE, se realiza la inclusión de la metodología de Riesgos de Seguridad de la Información en el documento de Lineamientos para la Administración del Riesgo L-DE-01.

4.3.9 Plan de Seguridad y Privacidad de la Información

El Plan de Seguridad y Privacidad de la Información se define a partir de la Estrategia de Gobierno Digital y de la implementación de la NTC-ISO-IEC 27001:2013 en la Entidad.

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El plan se formuló acorde con la necesidad de implementar en la Entidad la seguridad de la Información y de acuerdo con las pautas definidas por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en la implementación de la política de Gobierno Digital, así como las reuniones con la alta dirección en las cuales se indica la importancia de la implementación del Sistema de Gestión de Seguridad de la Información.

4.4 Formulación de planes de acción 2021

Durante el proceso de formulación de los Planes de Acción las dependencias tuvieron en cuenta los siguientes lineamientos:

4.4.1 Identificación Objetivos Institucionales Se identificó el objetivo institucional al que está alineada la gestión de la dependencia en el marco de las competencias legales.

Para el período de gobierno 2019-2022 la Presidencia de la Republica definió cinco objetivos institucionales alineados a los pactos del Plan Nacional de Desarrollo.

Coordinar el diseño e implementación de políticas públicas de inclusión social.

Coordinar los temas de emprendimiento, productividad e innovación a través de la articulación de las entidades del gobierno y el sector privado para el desarrollo del país.

Fortalecer las políticas públicas encaminadas a la legalidad, la seguridad nacional y la transparencia.

Generar los mecanismos oportunos, adecuados y eficientes para el cumplimiento de las funciones del señor Presidente.

Innovar los procesos estratégicos y de apoyo, a través de los recursos logísticos para fortalecer la gestión de la Entidad.

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4.4.2 Definición de estrategias alineadas a los Objetivos Institucionales

Se definieron las estrategias alineadas al objetivo identificado, considerando

los siguientes aspectos: En lo posible se definieron estrategias teniendo en cuenta el horizonte del

cuatrienio (4 años). Cada estrategia se diligencia en el formato de Plan de Acción F-DE-46. Las estrategias definidas se alinearon a los Objetivos de Desarrollo

Sostenible, las Dimensiones y Políticas de Gestión y Desempeño Institucional, establecidas en el decreto 1499 de 2017, 1299 de 2018 y Decreto 454 de 2020.

Las estrategias responden a la gestión de las dependencias de acuerdo con sus funciones y competencias, establecidas en el decreto de estructura vigente del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y en las demás que les aplique.

Para definir los planes, se utilizó como insumo la información de los grupos de valor y sus características.

Se definieron dos estrategias transversales Mantener el Sistema Integrado de Gestión de la Presidencia de la Republica y Optimizar la ejecución de los recursos financieros asignados, las cuales se agregaron de acuerdo a su aplicabilidad.

En el caso de tener proyectos de inversión, las estrategias corresponden a los objetivos específicos del proyecto y en los casos en que fue necesario formularon estrategias y actividades adicionales. Las actividades deberán identificarse como PI-2021, al final del nombre.

4.4.3 Definición de Indicadores por estrategia

Cada estrategia contiene al menos un indicador que puede ser de gestión, producto o resultado.

Cada indicador cuenta con la ficha de caracterización F-DE-30. Los indicadores miden la gestión, producto(s) o resultado(s) de la

dependencia, sin extralimitarse a medir los indicadores de gobierno que dependan de la gestión de otras entidades, a excepción de indicadores ODS o PND.

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Código

Versión

Direccionamiento

Estratégico

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De acuerdo con el impacto de los indicadores, la Oficina de Planeación con la colaboración de los responsables de las dependencias realiza la priorización de aquellos que midan el cumplimiento de los objetivos estratégicos.

Los indicadores registrados en el Sistema Nacional de Evaluación de Gestión y Resultados –SINERGIA, están asociados a una estrategia y se priorizan para el Plan Estratégico Institucional.

Los indicadores de los proyectos de inversión, priorizados por el Gerente de Proyecto, están alineados a la estrategia definida que corresponde al objetivo específico.

Los indicadores de proceso o de riesgo son indicadores de plan de acción. Los indicadores priorizados en el plan estratégico, son indicadores que

miden el proceso respectivo. Los indicadores priorizados que harán parte del Plan Estratégico

Institucional, en lo posible continúan priorizados durante el cuatrienio. Los indicadores de los planes estratégicos hacen parte del plan de acción

de la dependencia. Los objetivos de los planes estratégicos hacen parte de las estrategias del

plan de acción. Los indicadores de los planes estratégicos son indicadores priorizados, es

decir, hacen parte del Plan Estratégico de la Entidad.

4.4.4 Dependencias con presupuesto asignado

El presupuesto de inversión, funcionamiento o cooperación, asignado a cada dependencia es un referente para la formulación de los planes de acción y se refleja en el formato F-DE-46. Si la dependencia tiene proyecto de inversión a cargo, el valor de las estrategias corresponde a la sumatoria de las actividades de cada objetivo específico del proyecto de inversión, de acuerdo con lo programado en la ficha EBI.

4.4.5 Formulación y aprobación del Plan de Acción

Para la formulación y aprobación del plan de acción se consideraron los siguientes aspectos:

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Código

Versión

Direccionamiento

Estratégico

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Cada actividad o tarea tiene asignado un responsable. Con el propósito de desarrollar la evaluación del desempeño laboral, todos los funcionarios se ven reflejados en el plan de acción.

Se definió fecha de inicio y fecha de finalización. La descripción de la actividad contiene las acciones, productos que se van

a generar y tienen relación directa con los entregables definidos. Cada actividad o tarea tiene un entregable definido con la respectiva

periodicidad. La actividad o tarea tiene un peso asignado y la sumatoria del peso de todas

las actividades que hacen parte de la estrategia suma 100 puntos. En el caso de las dependencias que tienen proyectos de inversión a cargo,

las actividades del plan de acción corresponden a las definidas en la cadena de valor con presupuesto asignado para la vigencia 2021.

Estas dependencias formulan estrategias o actividades adicionales que se requieren para el cumplimiento de la estrategia.

En el momento de realizar la solicitud de aprobación del plan de acción en el sistema Sigepre, se cuenta con las estrategias registradas en el aplicativo, así como, con el formato F-DE-46 Plan de Acción diligenciado y validado, y las fichas de los indicadores asociados a las estrategias diligenciadas en el formato F-DE-30.

4.4.6 Otros aspectos que se tuvieron en cuenta relacionados con el Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG

En el marco del Decreto 1499 de 2017, 1299 de 2018 y 454 de 2020 se realizó una planeación integral incluyendo los siguientes aspectos:

4.4.6.1 Plan Estratégico Sectorial

Los indicadores priorizados por la Entidad, en el Plan Estratégico Sectorial, también están alineados al Plan Estratégico Institucional y al Plan de Acción. En el Plan de Acción se incluyen actividades que contribuyen al cumplimiento de dichos indicadores.

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Código

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Direccionamiento

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1.4.6.2 Estrategias transversales

Con el propósito de armonizar los procesos para lograr una gestión eficiente, eficaz y transparente, se incluyó en cada uno de los planes de acción la estrategia transversal “Mantener el Sistema Integrado de Gestión de la Presidencia de la República”. Adicionalmente, para las dependencias que tienen bajo su responsabilidad proyectos de inversión se incluyó la estrategia “Optimizar la ejecución de los recursos financieros asignados”.

4.4.6.3 Plan Anticorrupción, Atención y Participación Ciudadana

Componente 1: Administración de Riesgos

Cada dependencia cuenta con la estrategia transversal “Mantener el Sistema Integrado de Gestión de la Presidencia de la Republica”, en la cual se incluye la actividad “Administración de los riesgos de la dependencia”.

Las actividades relacionadas con este componente tienen el identificador R-PAAPC-2021, al final del nombre.

Componente 2: Racionalización de Trámites

Las dependencias que tienen a cargo trámites o servicios que sean susceptibles de racionalizar, incluyeron las actividades que desarrollarán.

Las actividades relacionadas con este componente se identifican T-PAAPC-2021, al final de nombre.

Componente 3: Participación Ciudadana y Rendición de Cuentas

Las dependencias identificaron acciones encaminadas a promover la Participación Ciudadana y la Rendición de Cuentas, como ejercicios adicionales de la audiencia pública, de acuerdo con lo establecido en los Lineamientos para la Ejecución de Acciones de Participación Ciudadana y Rendición de Cuentas L-DE-03.

Las actividades relacionadas con este componente se identifican como PCRC-PAAPC-2021, al final del nombre.

Las actividades relacionadas con rendición de cuentas del Acuerdo de Paz deberán identificarse como PCRC-PAAPC-2021.

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Componente 4: Mecanismos para mejorar la Atención al Ciudadano

Se incorporaron actividades relacionadas con el (1) mejoramiento de la calidad de la atención que se brinda al ciudadano, (2) con la medición de la percepción del cliente y otras partes interesadas, (3) con el fortalecimiento de las competencias de los servidores públicos en atención a la ciudadanía.

Cada dependencia cuenta con la estrategia transversal “Mantener el Sistema Integrado de Gestión de la Presidencia de la Republica”, en la cual se incluye la actividad “Atender y realizar seguimiento a las Peticiones, Quejas, reclamos o Sugerencias responsabilidad de la dependencia”.

Las actividades relacionadas con este componente deberán identificarse como AC-PAAPC-2021, al final del nombre.

Componente 5: Mecanismos para la Transparencia y Acceso a la Información

Las dependencias formularon actividades relacionadas con la promoción e implementación de la política de acceso a la información pública, es decir, transparencia activa, transparencia pasiva, instrumentos de gestión de información y la aplicación de criterio diferencial.

Las actividades relacionadas con este componente se identificaron como TAI-PAAPC-2021, al final del nombre.

Componente 6: Iniciativas adicionales

Se definen acciones relacionadas con la implementación, mantenimiento y mejora del Sistema Integrado de Gestión de la Presidencia de la República, con el propósito de aumentar la satisfacción de los grupos de valor y todas aquellas iniciativas que orienten los procesos de la Entidad hacia estándares de calidad.

Las actividades relacionadas con las iniciativas adicionales deberán identificarse como IA-PAAPC–2021, al final del nombre.

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4.4.6.4 Plan de Víctimas

Como una actividad en la estrategia transversal Mantener el Sistema Integrado de Gestión de la Presidencia de la Republica se crea la actividad Realizar seguimiento al Plan de Acción de Víctimas, cuando aplica.

Las dependencias que cuenten con actividades en el Plan de Fortalecimiento de Víctimas las definirán durante la vigencia 2021.

4.4.6.5 Gobierno Digital

El Área de Tecnologías y Sistemas de Información lidera al interior de la Entidad la implementación de la política de Gobierno Digital e incluye actividades relacionadas en su plan de acción.

4.4.6.6 Gestión del Conocimiento y la innovación

Se crean 2 actividades en la estrategia transversal Mantener el Sistema Integrado de Gestión de la Presidencia de la Republica relacionadas con:

Documentar o actualizar los procesos, procedimientos, manuales, lineamientos, guías, instructivos, formatos u otros documentos a cargo de la dependencia.

Identificar e implementar ejercicio(s) de innovación de acuerdo con sus funciones y responsabilidades, cuando aplique.

4.4.6.7 Evaluación de resultados

Las dependencias que tienen responsabilidades en documentos Conpes, incluidos Objetivos de Desarrollo Sostenible -ODS, Sinergia o Plan Marco de Implementación - PMI incluyeron una actividad relacionada con el seguimiento a estos temas y alineada a la estrategia transversal Mantener el Sistema Integrado de Gestión de la Presidencia de la Republica.

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4.4.6.8 Archivos y Gestión Documental

Se creó una actividad en la estrategia transversal Mantener el Sistema Integrado de Gestión de la Presidencia de la Republica relacionada con Ejecutar las actividades orientadas a la correcta y oportuna organización de los archivos de gestión.

4.4.6.9 Gestión de Información estadística

Las actividades relacionadas con la política de Gestión de Información Estadística se identifican con GIE-2021, al final del nombre.

4.4.6.10 Sistemas de Gestión

Se creó una actividad en la estrategia transversal Mantener el Sistema Integrado de Gestión de la Presidencia de la Republica relacionada con la Participación en jornadas de capacitación y de buenas prácticas saludables y sostenibles.

1.5 Aprobación del plan de acción 2021

La versión preliminar del Plan de Acción Institucional se somete a consideración de la ciudadanía, usuarios y otros grupos de valor en el sitio web de la Presidencia.

Para la formulación del plan de acción se tuvieron en cuenta los lineamientos establecidos en el procedimiento P-DE-01 Formulación y Seguimiento a la Planeación Institucional, y las orientaciones de la Guía G-DE-02 Formulación y Seguimiento a la Planeación Institucional.

El Plan de Acción del Departamento Administrativo de Presidencia de la República está conformado por 36 planes de acción. Los planes se aprueban a través de una mejora en el aplicativo Sigepre. En cada una de las mejoras se agregan las estrategias creadas en el sistema y se adjunta el formato F-DE-46 Plan de Acción y el F-DE-30 Caracterización de Indicadores.

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Nota: Del Despacho del Presidente de la República y de la Vicepresidencia de la República no se formula plan de acción, teniendo en cuenta que estos cargos son de elección popular y son los principales clientes de la Entidad.

En el siguiente listado se relaciona el nombre de las dependencias con el respectivo código a través del cual se solicitó la creación del plan de acción de 2021 a través del aplicativo Sigepre.

No. Nombre de la dependencia Código de la

solicitud

1 Área Administrativa MPA-962

2 Área de Contratos MPA-941

3 Área de Talento Humano MPA-947

4 Área de Tecnologías y Sistemas de Información MPA-954

5 Área Financiera MPA-948

6 Casa Militar MPA-938

7 Consejería Presidencial para Asuntos Económicos y Transformación Digital

MPA-957

8 Consejería Presidencial para Asuntos Políticos y Legislativos

MPA-932

9 Consejería Presidencial para la Competitividad y la Gestión Público Privada

MPA-935

10 Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer MPA-928

11 Consejería Presidencial para la Estabilización y la Consolidación

MPA-939

12 Consejería Presidencial para la Gestión y Cumplimiento MPA-936

13 Consejería Presidencial para la Información y Prensa MPA-946

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Código

Versión

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No. Nombre de la dependencia Código de la

solicitud

14 Consejería Presidencial para la Juventud Colombia Joven MPA-924

15 Consejería Presidencial para la Niñez y Adolescencia MPA-945

16 Consejería Presidencial para la Participación de las Personas con Discapacidad

MPA-922

17 Consejería Presidencial para la Seguridad Nacional MPA-951

18 Consejería Presidencial para las Comunicaciones MPA-925

19 Consejería Presidencial para las Regiones MPA-956

20 Consejería Presidencial para los Derechos Humanos y Asuntos Internacionales

MPA-953

21 Consejería Vicepresidencial MPA-937

22 Despacho del Director del Departamento MPA-923

23 Despacho del Jefe de Gabinete MPA-927

24 Dirección Administrativa y Financiera MPA-952

25 Dirección de Proyectos Especiales MPA-940

26 Fondo de Programas Especiales para la Paz MPA-955

27 Jefatura de Discursos y Mensajes MPA-929

28 Jefatura para la Protección Presidencial MPA-933

29 Oficina de Control Interno MPA-926

30 Oficina de Control Interno Disciplinario MPA-934

31 Oficina de Planeación MPA-950

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Código

Versión

Direccionamiento

Estratégico

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27

No. Nombre de la dependencia Código de la

solicitud

32 Oficina del Alto Comisionado para la Paz MPA-949

33 Oficina del Despacho de Vicepresidencia MPA-960

34 Secretaría de Transparencia MPA-959

35 Secretaría Jurídica MPA-958

36 Subdirección General MPA-930

De conformidad con la Resolución 0093 de 2019, el documento Plan de Acción 2021 y sus modificaciones las aprueba la Subdirectora General. La aprobación de la actual modificación al documento se efectúa a través del aplicativo Sigepre mediante la mejora MPA-978.

Se adjunta en documento con el consolidado de los planes de acción (actividades, indicadores, presupuesto, entre otros) de cada dependencia.

Nota: En el aplicativo Sigepre puede consultar el Anexo Versión nro. 2. Plan de Acción 2021 Actividades e indicadores.xlsx con el código OD-47.

Elaboró: Yovana Andrade Tamayo Asesora Oficina de Planeación

Revisó: Camilo Alberto Correa Figueroa Jefe Oficina de Planeación Aprobó: Helena Bermúdez Arciniegas Subdirectora General