plan cuadrante

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO” ________________________________________________________________________ 1 ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES Nº 28-2013- DIRNOP-PNP/EM-UNIPLO “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO” PARA MEJORAR LA SEGURIDAD CIUDADANA CON EL APOYO DE LOS GOBIERNOS LOCALES

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Análisis Cuadrante Seguro

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES Nº 28-2013-

DIRNOP-PNP/EM-UNIPLO “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

PARA MEJORAR LA SEGURIDAD CIUDADANA CON EL APOYO DE

LOS GOBIERNOS LOCALES

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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DEDICATORIA

El presente trabajo de investigación

descriptivo, está dedicado al Comando de la

Escuela de Posgrado de la PNP por su

permanente y decidido apoyo; al catedrático,

por los conocimientos vertidos; a nuestros

familiares por su apoyo moral y emocional; y

al Divino Hacedor por su magnificencia que

permite nuestra existencia.

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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INTRODUCCIÓN

La PNP es una institución pública cuya naturaleza jurídica está determinada en

el Art. 166º de la Constitución Política del Estado. Nuestra existencia

institucional ha estado cohesionada al desarrollo de la sociedad. Actualmente,

nuestra institución es el producto de un conjunto de factores internos y externos

que han determinado nuestro perfil, nuestra forma de interrelacionarnos y el rol

que desempeñamos en cuanto al orden y la seguridad, servicios fundamentales

que prestamos a la comunidad y que el Estado debe cumplir a efectos de dar

cumplimiento al Art. 1º de la Carta Magna, por el cual se señala que la persona

humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado.

Los objetivos de este trabajo son los siguientes:

1. Analizar el Plan General de Operaciones ―Patrullaje Seguro‖ y de

que manera mejorará la seguridad ciudadana con apoyo de los

Gobiernos Locales.

2. Sustentar la forma en que la Policía Nacional del Perú viene

cumpliendo sus funciones, detallando los niveles de calidad con

que los presta a la sociedad.

En la historia de la violencia, la delincuencia y sus diversas expresiones, la

PNP ha tenido que enfrentar momentos muy difíciles, siendo el problema del

terrorismo, uno de los más álgidos; en la actualidad, la preocupación está

marcada por la creciente inseguridad ciudadana ocasionada por la delincuencia

común y violaciones sexuales, así como los delitos agravados: secuestro,

asesinatos, trata de personas, favorecimiento de la prostitución, cometidos por

el crimen organizado y que afectan los bienes jurídicos de las personas.

Nuestra institución se ha venido especializando en la lucha contra estos

flagelos sociales, sin embargo, las limitaciones y carencias materiales, muchas

veces parametran nuestros objetivos, los cuales, se cumplen parcialmente

generando una sensación de desconfianza e inseguridad en la población.

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La Policía Nacional del Perú ha ido desarrollándose conforme el crecimiento de

la sociedad pero al mismo tiempo, debilitándose por el incremento de la

delincuencia general y ausencia de otros mecanismos y herramientas para

asegurar un desarrollo sostenido, situación que el Gobierno y el Comando

Institucional intenta reducir mediante la ejecución del ―Patrullaje Cuadrante

Seguro‖ cuya finalidad es la de prevenir y combatir la delincuencia común en

todas sus modalidades, generando un impacto psicológico en la ciudadanía y

opinión pública, sin embargo, nos hacemos la siguiente pregunta ¿si la actual

organización de la PNP, como tal está diseñada para optimizar los servicios

policiales que permitan una atención de calidad para satisfacer las exigencias

de la ciudadania?

EL EQUIPO

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CAPITULO I

MARCO TEÓRICO

1.1 PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE

SEGURO” DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ

1.1.1 CONCEPTUALIZACIÓN

Paralelamente, a la formulación del Plan ―Patrullaje Cuadrante

Seguro‖, en algunos países de América y de Europa existía una

clara tendencia en cuanto a las estrategias de prevención que se

estaban implementando.

Destacados cuerpos policiales con mayor o menor grado de

avance y generalización, estaban reformando diversos aspectos

institucionales para establecer esquemas de policía comunitaria

o de proximidad como estrategia de prevención.

La aplicabilidad operativa de dicha estrategia es relevante en las

fuerzas policiales urbanas y que poseen una dotación de

personal y de recursos logísticos de cierta envergadura. Aún

cuando la definición del concepto de policía comunitaria no es

única, pues su significado varía en cierta medida de acuerdo a la

concepción específica que tenga la respectiva institución policial,

en esencia se trata de la incorporación de la comunidad en la

fijación de prioridades y en la evaluación posterior del

cumplimiento de metas fijadas en base a éstas.

1.1.2 DEFINICIÓN

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El Plan ―Patrullaje Cuadrante Seguro‖ es un sistema de

vigilancia, patrullaje y protección por sectores (Cuadrantes),

donde se desarrollan acciones preventivas y de procedimientos,

en un área cuya jurisdicción corresponde a una Comisaría

seleccionada. Su sentido general es obtener una mejor eficiencia

en el accionar policial y acentuar una relación de trabajo directa

con los habitantes de cada cuadrante.

Acotando a la definición antes mencionada, el Plan ―Patrullaje

Cuadrante Seguro‖ es una jornada complementaria que ejerce

un Suboficial de Armas, cuyo servicio es voluntario y tiene

carácter de función policial que permite realizar una gestión

operativa informada y focalizada, que facilita y asegura el

conocimiento integral de su sector a cada Policía -lo ideal es que

debe ser asignado permanentemente al mismo cuadrante-,

posibilitando con ello la oportuna detección de factores de riesgo

que puedan facilitar la producción de ilícitos.

Con esto, se reitera el énfasis en la prevención, fortaleciendo la

seguridad ciudadana, por cuanto en ella se generan las más

altas rentabilidades para la gestión operativa que desarrolla la

Policía Nacional.

1.1.3 GENERALIDADES DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES

Nº28–2013–DIRNOP–PNP/EM –UNIPLO “PATRULLAJE CUA-

DRANTE SEGURO"

Este Plan fue aprobado con fecha 24 de Abril del 2013 y puesto

en ejecución desde el 01 de Mayo del 2013, para ejecutar

Operaciones Policiales de vigilancia, patrullaje, protección,

seguridad e intervención en puntos de alta incidencia delictiva o

de riesgo para la Seguridad Ciudadana, en las comisarías

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seleccionadas de las ciudades de Tumbes, Piura, Chiclayo,

Trujillo, Lima y Callao, así como en el área de responsabilidad

de la División de Operaciones Policiales Especiales y Jóvenes

en Riesgo - Escuadrón Verde de la Región Policial Lima;

ejecutado por personal PNP de suboficiales de Armas con

Aptitud ―A‖ de franco y vacaciones; con la finalidad de prevenir y

combatir la delincuencia común en todas sus modalidades,

generando un impacto psicológico en la ciudadanía y opinión

pública, que conlleve a mejorar la imagen institucional y

recuperar la adhesión de la población, dentro del marco legal

vigente e irrestricto respeto de los Derechos Humanos.

En tal sentido, el Comando Institucional dispuso la organización

e implementación del Servicio Policial denominado

“PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”, mediante la

ejecución del Patrullaje a Pié, captando personal policial de la

Policía Nacional del Perú (Suboficiales de Armas, con aptitud

―A‖), que en situación de franco y vacaciones, que

voluntariamente deseen prestar este tipo de servicio especial.

Figura Nº 1

Patrullaje a pie por cuadrante en pareja

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Para ello los Directores de las Regiones Policiales Lima y Callao,

Nor Oriente (a través de las Direcciones Territoriales de Tumbes,

Piura, Lambayeque) y Norte (a través de la Dirección Territorial

La Libertad), deberán de implementar la Unidad de Patrullaje a

Pie (UNIPATPIE), con los recursos logísticos y humanos

necesarios para su óptimo funcionamiento, los mismos que

pondrán en funcionamiento el Servicio Policial de ―Patrullaje

Cuadrante Seguro‖.

De conformidad al PPCS, los indicadores que se tomaran en

cuenta para la evaluación de la producción de cada jurisdicción

policial serán los siguientes:

a. Indicador

Colaboración y atención de la ciudadanía a través de la

presencia policial en las calles.

Unidad de Medida

Porcentaje a través de una encuesta muestra representativa

de la población.

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b. Indicador

Cobertura policial eficaz en áreas de incidencia delictiva.

Unidad de Medida

Porcentaje en los puntos de incidencia delictiva cubiertos por

total de puntos de incidencia delictiva.

c. Indicador

Intervenciones policiales en las áreas críticas de incidencia

delictiva.

Unidad de Medida

Porcentaje de Intervenciones realizadas en el marco del

servicio sobre total de intervenciones.

d. Indicador

Incidencia de faltas contra el patrimonio y contra la persona.

Unidad de Medida

Porcentaje de intervenciones de faltas contra el patrimonio y

contra la persona sobre total de intervenciones realizadas.

e. Indicador

Incidencia de delitos contra el patrimonio y contra la vida, el

cuerpo y la salud.

Unidad de Medida

Porcentaje de Intervenciones de delitos contra el patrimonio

y contra la vida, el cuerpo y la salud, sobre el total de

intervenciones realizadas.

f. Indicador

Intervenciones contra la microcomercialización de drogas

Unidad de Medida

Porcentaje del total de intervenciones de comiso de drogas

sobre el total de intervenciones realizadas.

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La Jornada Complementaria denominada ―Patrullaje Cuadrante

Seguro‖, tiene carácter de función policial y está enmarcado

dentro de las prescripciones legales, reglamentarias y éticas de

la Policía Nacional del Perú, cuya organización está a cargo de

las Divisiones de Patrullaje a Pie de las Regiones Policiales Lima

y Callao, Nor Oriente (a través de las Direcciones Territoriales de

Tumbes, Piura, Lambayeque) y Norte (a través de la Dirección

Territorial La Libertad) y será ejecutado a través de las

Comisarías PNP designadas.

Como ya se ha señalado en los acápites anteriores, ésta

Jornada Complementaria es de carácter voluntario, por tanto,

no genera gastos de equipamiento al personal policial, los

mismos que deben asistir a su servicio correctamente

uniformado y con el armamento de su propiedad, de

conformidad al reglamento de Uniformes de la PNP., asimsimo,

deberá contar con autorización de su comando; el pago por este

servicio será efectuado individual y directamente al personal que

realizó el servicio, a su cuenta de ahorros MULTIRED del Banco

de la Nación, a razón de SETENTIDOS con 00/100 nuevos soles

por ocho horas de trabajo, monto que se abona al mes siguiente

de haber cumplido con el servicio y está considerado como

bonificación por alto riesgo a la vida para personal policial que

presta servicio en forma voluntaria.

Los jefes de las Unidades de Patrullaje a Pie, Jefes de

Divisiones Territoriales, Comisarios, así como los integrantes de

los Órganos de Inspectoría de las circunscripciones policiales

comprometidas, ejercen el control correspondiente del

desempeño del servicio, no implicando el pago de remuneración

por servicio adicional, por ser parte de su función.

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1.1.3.1 EJECUCIÓN DEL SERVICIO DENOMINADO

“PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

El servicio denominado ―Patrullaje Cuadrante Seguro‖,

se ejecutará diariamente:

a. Exclusivamente mediante la modalidad de

patrullaje a pie en los puntos críticos que

previamente han sido identificados en el Mapa

del Delito de la Comisaría seleccionada,

quedando desautorizado realizar trabajos

administrativos con cargo a este Servicio

Policial.

b. Por el grupo conformado por el personal de

franco de la Comisaría PNP seleccionada, que

voluntariamente desee prestar este servicio,

según el Cuadro de Vacantes establecido por la

DIRNAOP PNP.

c. Este grupo se divide en dos sub grupos: El

primer grupo inicia su servicio a las 07:00 horas

hasta las 15:00 horas y el segundo grupo de

15.00 a 23.00 horas.

d. El grupo de servicio de la Comisaria que cubre

su facción de 19.00 a 01.00 horas, será

considerado para prestar servicio de patrullaje

cuadrante seguro en su franco en el turno de

07.00 a 15.00; de igual forma el grupo de

servicio de la Comisaría que cubre facción de

01.00 a 07.00, será considerado para prestar en

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su franco en el segundo turno de 15.00 a 23.00.

Esta modalidad será en forma rotativa.

e. El personal de vacaciones y franco de las

Unidades Especializadas y Administrativas PNP

considerados como apoyo, serán distribuidos

previo sorteo diariamente en dos grupos

(mismos turnos), en cada Comisaría designada,

en igual número de efectivos. Este personal de

apoyo, también prestará servicio en la misma

forma indicada en el literal ―c‖ de este numeral.

1.1.3.2 COMISARÍAS SELECCIONADAS

Para efectos de ejecución del PPCS se han

seleccionado las siguientes Comisarías:

a. DIRTEPOL PIURA (07 Comisarías de la

Provincia de Piura): Comisarías PNP de Castilla,

Catacaos, Los Algarrobos, Piura, San Martín, El

Indio y Tacala.

b. DIRTEPOL LAMBAYEQUE (05 Comisarías de

la Provincia de Chiclayo): Comisarías PNP de La

Victoria, Del Norte, José Leonardo Ortiz, LLatas

Castro y Atusparia.

c. DIRTEPOL LA LIBERTAD (07 Comisarías de la

Provincia de Trujillo): Comisarías PNP de

Ayacucho, Bellavista, Florencia de Mora, Nicolás

Alcázar, Sánchez Carrión, La Noria y Jerusalén.

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d. REGPOL CALLAO (18 Comisarías): Callao, La

Legua, La Perla, Ciudadela Chalaca, Ciudad del

Pescador, Bellavista, Ramón Castilla, Dulanto,

Sarita Colonia, Playa Rímac, Bocanegra, Juan

Ingunza Valdivia, Carmen de La Legua Reynoso,

Ventanilla, Márquez, Mi Perú, Villa los Reyes y

Pachacutec.

e. REGPOL LIMA (36 Comisarías): Agustino,

Alfonso Ugarte, Apolo, Barboncito, Barranco,

Breña, Chorrillos, Cotabambas, Independencia,

Jesús Maria, Laura Caller, Lince, Maranga,

Miraflores, Monserrate, Puente Piedra, Rímac,

Salamanca, San Andrés, San Borja, San Juan

de Miraflores, San Luis, San Martín de Porres,

San Miguel, Santa Anita, Santa Elizabeth, Santa

Felicia, Sol de Oro, Surco, Surquillo, Túpac

Amaru, La Victoria, Villa, Villa el Salvador, Villa

María y Zarate.

f. División de Operaciones Policiales Especiales y

Jóvenes en Riesgo (Escuadrón Verde), de la

Región Policial Lima.

El personal de Suboficiales de Armas con Aptitud ―A‖

de las Direcciones Sistémicas, Especializadas y

Administrativas que voluntariamente deseen prestar

este servicio policial, en sus días de franco o

vacaciones, que no pertenecen a las Unidades

mencionadas, son considerados como Unidades de

apoyo.

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1.1.3.3 FINALIDAD DEL PLAN “PATRULLAJE

CUADRANTE SEGURO”

La ejecución del PPCS tiene los siguientes conceptos:

a. Las operaciones policiales estarán orientadas a

realizar servicio de vigilancia, patrullaje,

protección, seguridad e intervención en los

puntos críticos de índice delincuencial

enclavados en cada una de sus jurisdicciones,

fortaleciendo la presencia policial disuasiva y

brindar protección a la población en general,

garantizando la seguridad ciudadana.

b. Los servicios policiales se establecen en los

puntos críticos y de alta incidencia delictiva o de

riesgo para la seguridad, previamente

determinados por los Órganos de Inteligencia,

para combatir la delincuencia común en todas

sus modalidades, delitos menores, secuestros al

paso, micro comercialización de drogas, entre

otros, sustentándolos en sus correspondientes

―Mapas del Delito‖.

c. Incrementar la presencia y cobertura policial en

las zonas de las dependencias policiales

comprometidas, a fin de fortalecer la presencia

policial disuasiva y brindar protección a la

población en general.

d. Fortalecer la Seguridad Ciudadana con mayor

presencia policial, a fin de prevenir y combatir el

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incremento de la delincuencia y disminuir la

percepción de inseguridad en la ciudadanía.

e. Las operaciones policiales que se realizan son

PREVENTIVAS y DISUASIVAS, con la finalidad

de mostrar a la población presencia policial y

minimizar las oportunidades de cometer ilícitos

penales o infracciones a los reglamentos

vigentes.

f. Se orientarán las labores de inteligencia con la

finalidad de apoyar a la lucha frontal contra la

delincuencia en sus diferentes modalidades.

g. La finalidad es erradicar los focos infecciosos de

la Delincuencia Común, capturando a elementos

al margen de la Ley, con el propósito de reducir

el accionar delictivo, reducir los índices de

percepción de inseguridad, fortaleciendo la

seguridad ciudadana y el prestigio institucional.

h. Todas las Operaciones Policiales deben ser

debidamente planificadas con un criterio técnico

profesional y su ejecución se efectuará bajo el

Comando y conducción de Oficiales Superiores.

i. Se incrementará la presencia y cobertura policial

en las zonas de las dependencias policiales

comprometidas, a fin de fortalecer la presencia

policial disuasiva y brindar protección a la

población en general.

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j. Fortalecerá la Seguridad Ciudadana con mayor

presencia policial, a fin de prevenir y combatir el

incremento de la delincuencia y disminuir la

percepción de inseguridad en la ciudadanía.

1.2 PLAN CUADRANTE SEGURIDAD PREVENTIVA DE CARABINEROS

DE CHILE

El Plan Cuadrante de Seguridad Preventiva (PCSP) es la estrategia

operacional definida por la Institución – Carabineros de Chile, para

enfrentar las demandas siempre crecientes por servicios policiales de

vigilancia y seguridad que requiere la ciudadanía y, que Carabineros de

Chile entrega en forma permanente las 24 horas, todos los días del año

y en todo el territorio de la República, en el contexto urbano.

Esta nueva modalidad de trabajo preventivo, ha involucrado profundos

cambios en la gestión de Carabineros, siendo uno de los más

característicos y quizás el más visible la reconfiguración de los sectores

territoriales en áreas predeterminadas denominadas Cuadrantes, lo cual

conlleva además un cambio en las responsabilidades respecto del

territorio. A esta modificación se suman entre otras, innovaciones en

campos tan diversos como la valorización de los medios disponibles, el

método de asignación de recursos, la definición de modelos y técnicas

de patrullaje preventivos, la formación y capacitación del recurso

humano, los sistemas de información, georeferenciación y focalización

delictual, además del sistema de control de gestión, hasta llegar incluso

a la misma cultura institucional.

La implementación del PCSP, estuvo condicionada en su origen por una

serie de factores que dieron cuenta de la necesidad de introducir

cambios en la dinámica de los servicios policiales. Entre éstos y quizás

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el más importante, era la permanente y creciente percepción de

inseguridad que existía en la comunidad, elemento subjetivo que tenía,

entre otras causas, el aumento sostenido de los delitos clasificados

como de mayor connotación social y, de forma paralela la ocurrencia de

hechos delictivos violentos e intimidatorios que afectaban a familias en

sus respectivos hogares.

No obstante lo anterior, existieron otros elementos que también

gravitaron de modo importante en la necesidad de efectuar una

modificación en los sistemas operativos, como fue la incorporación de

nuevas figuras penales, un perfil cada vez más violento del delincuente,

un aumento del fenómeno social del consumo y tráfico de drogas, la

expansión de la actividad urbana, el aumento demográfico, como

asimismo un rol distinto de los medios de comunicación social para

enfrentar el tema. Todo ello obligó a la Institución, a planificar nuevas

formas de abordar las demandas públicas y sociales de seguridad.

Al efectuar una mirada retrospectiva sobre las causas intervinientes en

este proceso, es necesario tener presente que otro de los factores

vinculantes, ha sido los cambios sustanciales que ha tenido nuestra

sociedad en la forma en que se relaciona con el Estado. La democracia

como forma de gobierno, ha permitido la creación y desarrollo de

diferentes canales donde se expresa la comunidad, y ésta, plantea sus

demandas, orienta las decisiones de las autoridades y también exige

participar de las fórmulas de solución.

Carabineros de Chile, al percatarse de los cambios que experimentaba

la sociedad y su implicancia en la seguridad pública, diseña el Plan

Cuadrante de Seguridad Preventiva, estrategia operativa que le permite,

en primer término, definirse a si misma y determinar su misión en directa

relación con el dinamismo de la sociedad, como también crear

metodologías de trabajo que le entregan la sustentabilidad necesaria e

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incorporar tecnología en su quehacer, convirtiéndose de esta forma, en

el eje central de la gestión operativa institucional. Considera una serie de

herramientas y sistemas de información tendientes a fortalecer a la

función operativa policial, posicionándola como la de mayor importancia,

primando la de orden preventivo, es decir, aumentando la presencia

policial en la población para generar acciones que logren una mayor y

mejor vigilancia, disminuir los tiempos de respuestas y con ello evitar el

delito.

En este contexto comienza a desarrollarse una nueva estrategia

operacional para Carabineros, en la que se hace énfasis en lo

preventivo. Así, inspirada en modelos de policía comunitaria o de

proximidad, surge esta nueva modalidad de trabajo consistente en un

sistema de vigilancia por sectores, donde se zonifica el área de vigilancia

entregada a la responsabilidad de una Unidad de Carabineros

(Comisaría). Su sentido general es obtener mayor eficacia y eficiencia en

el accionar policial acentuando una relación más directa y efectiva entre

el Carabinero y los habitantes de cada ―Cuadrante‖, de manera que

aquel y éstos se conozcan y trabajen coordinadamente.

En este orden de ideas, Carabineros de Chile en el año 2010 aprueba un

―Manual Operativo del Plan Cuadrante de Seguridad Preventiva‖ que

contiene una modificación sustantiva en el tema ―Relación con la

Comunidad‖, por cuanto se han estimado necesario cambiar la

orientación del trabajo que desarrolla el Delegado de Cuadrante,

dejándolo en forma exclusiva para la gestión comunitaria (antes

realizaba labores policiales en los respectivos turnos), dependiendo del

Encargado de la Oficina de Asuntos Comunitarios, el cual será el

responsable de entregar las diversas tareas conforme al plan de trabajo

que le corresponde desarrollar.

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Dicho Manual Operativo del PCSP está organizado primeramente en dos

Tomos y en once capítulos. El Tomo Primero contempla tres capítulos,

donde el inicial contiene los fundamentos del PCSP y la evolución que

ha tenido este Plan desde sus inicios en el año 1998 hasta lo realizado

en el último tiempo; el capítulo II se refiere al PCSP propiamente tal,

donde se efectúa una conceptualización del mismo, se realiza una

definición de esta nueva modalidad de trabajo y se establecen los

objetivos, tanto el general como los específicos, cuya formulación se ha

realizado de forma clara y precisa, lo cual permite alinear a los diferentes

estamentos operativos de la Institución en los resultados buscados,

evitando así la pérdida de recursos y energías. El último capítulo del

Tomo Primero considera las Metodologías de trabajo del PCSP, las

cuales han sido creadas para otorgar la sustentabilidad y la rigurosidad

técnica a los diferentes planteamientos y fundamentos en los que se

basa esta nueva estrategia operativa de Carabineros de Chile.

El Tomo Segundo del Manual contiene los siguientes ocho capítulos, los

que en general se refieren a la aplicación operativa del PCSP en las

Unidades donde se encuentre implementado. En este sentido desde el

capítulo I al V se desarrolla un nuevo modelo de aplicación operativa, el

cual tiene por finalidad asegurar su correcto funcionamiento a través de

la formalización de procesos que permitan la entrega de un buen servicio

a la comunidad. En el capítulo VI se contempla la forma de trabajo con la

comunidad, donde se sistematizan los procesos asociados a esta

actividad con el propósito de incrementar y consolidar las relaciones

comunitarias; el capítulo VII se refiere al Sistema de Control de Gestión,

donde se hace referencia al modelo en aplicación, a los indicadores del

PCSP y los mandos con responsabilidad en su implementación y

funcionamiento; por último el capítulo VIII considera los procedimientos

de actualización de las metodologías.

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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Es necesario hacer presente en esta parte introductoria del Manual

Operativo, que para el desarrollo de sus contenidos se tuvo en

consideración el Manual de Aplicación del PCSP, publicado en el año

2003, como asimismo la evaluación realizada por la Dirección de

Presupuestos, dependiente del Ministerio de Hacienda, al PCSP durante

el año 2007, que significó entre otras acciones, la elaboración de un

Modelo de Funcionamiento Óptimo para Unidades implementadas con la

estrategia operacional, donde la oferta es al menos igual a la demanda,

que define y estandariza las actividades y tareas asociadas a los

procesos de Planificación y Control, de Apoyo y de Operaciones que se

ejecutan en las Unidades Territoriales con PCSP.

De igual modo, es oporturno expresar que en la revisión de sus

contenidos han participado Comisarios de Unidades de la Jefatura de

Zona Metropolitana, quienes aportaron importantes planteamientos y

sugerencias, las cuales fueron consideradas en la estructura y desarrollo

final de este Manual Operativo.

Figura Nº 2 Cuadrante de la localidad de Pudahuel - Chile

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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1.2.1 FACTIBILIDAD DE APLICACIÓN EN LA REALIDAD

PERUANA

En la estructuración de una estrategia de servicio como es el

―Plan Cuadrante de Seguridad Preventiva‖ no es tarea fácil.

- Carabineros ha debido esforzarse, en conjunto con las

autoridades, para lograrlo.

- Es un proceso profesional, metodológico y paulatino.

- Requiere de mucho trabajo en la etapa de diseño y de

implementación.

- Exige rigurosidad en la etapa de ejecución para obtener

resultados esperados.

- Hipotéticamente, en una Ciudad peruana con más de 6

millones de habitantes, como Santiago de Chile, estimamos

que se requeriría una inversión superior a los 88 millones

de dólares, y un item anual de operación y mantención de

43 millones de dólares.

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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23

- Estos recursos serían los necesarios para implementar,

según nuestros calculos preliminares, 223 cuadrantes en

169 cuarteles policiales (Comisarías), considerando la

necesidad de 10.000 policias, de recursos logísticos (1.584

radiopatrullas, 792 furgones, 1.188 motos todo terreno) y

de infraestructura (comunicaciones, datos y Comisarías).

Implementar una modalidad de servicios policiales preventivos

como el ―Plan Cuadrante de Seguridad Preventiva‖, creemos

que en perú es posible, si se contara con los recursos ya

detallados, sin embargo nuestro ―Patrullaje Cuadrante Seguro‖

sólo se aplica en algunas Comisarías seleccionadas cuyo

personal que cubre éste servicio de manera voluntaria NO

GENERA GASTOS DE EQUIPAMIENTO PARA EL PERSONAL

POLICIAL, vale decir, que el Policía que cubra éste servicio

deberá hacerlo con armamento de su propiedad, vara de ley,

grilletes, uniforme y otros que corre por cuenta del Suboficial.

1.3 PLAN NACIONAL DE VIGILANCIA COMUNITARIA POR

CUADRANTES (PNVCC) DE LA POLICÍA NACIONAL DE COLOMBIA

El Gobierno Nacional de Colombia ha tenido a bien formular una nueva

política de seguridad, denominada ―Seguridad ciudadana: una política

nacional para la prosperidad democrática‖ la cual busca garantizar de

manera integral la gestión pública de la seguridad ciudadana en el

territorio colombiano. En este sentido, el Plan Nacional de Vigilancia

Comunitaria por Cuadrantes se constituye para la Policía Nacional en el

eje fundamental de articulación para el cumplimiento de las metas

institucionales alineadas con la política nacional de seguridad.

Teniendo en cuenta que dentro de las funciones fundamentales que

caracterizan a cualquier cuerpo de policía, se encuentran las de prevenir

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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la comisión de delitos, contravenciones y faltas; garantizar un clima de

seguridad y tranquilidad aceptables y propender por la vigencia de las

normas, el disfrute de los derechos y el cumplimiento de los deberes, la

Policía Nacional, a través de la Dirección de Seguridad Ciudadana,

diseñó el Plan Nacional de Vigilancia Comunitaria por Cuadrantes con la

misión de contribuir a la construcción de una cultura de convivencia

ciudadana, mediante el direccionamiento estratégico del servicio policial

que cumplen las metropolitanas, departamentos de Policía y unidades

desconcentradas.

En consecuencia, la vinculación estrecha con la comunidad resulta

fundamental en el cometido de establecer las necesidades que en

materia de convivencia se tienen y definir así el dispositivo policial

conveniente; de esta forma, el modelo de vigilancia comunitaria (VICOM)

fundamenta su actuación en los principios de prevención, proximidad,

continuidad y, coordinación interinstitucional; tratamiento integral al delito

y las contravenciones, lo cual implica contar con policías formados en

competencias de liderazgo, amplia cultura del trabajo (orientación a la

solución de problemas, planeación, rendición de cuentas) y conocimiento

profundo del entorno que interviene.

De acuerdo con lo expuesto, el Plan Nacional de Vigilancia Comunitaria

por Cuadrantes se pasa a ser la columna vertebral del servicio de

Policía, el cual contempla una variación en los parámetros de

seguimiento y evaluación a la gestión del mismo, sobrepasando la

medición de su efectividad en la ―operatividad‖ (medida reactiva); en este

caso, la evaluación se centra en el cumplimiento de las metas que se

formulen en las unidades de acuerdo con su diagnóstico. Bajo esta

premisa, los aspectos a evaluar serán: la gestión policial, la reducción

estadística delictiva y la percepción ciudadana. La implementación de

este modelo de trabajo ha traído consigo beneficios en el mejoramiento

del servicio policial, haciéndolo armónico a su misionalidad y naturaleza

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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civil que le es inherente; y al facilitar el acercamiento a la comunidad,

para responder de manera oportuna y efectiva a las verdaderas

necesidades de convivencia que tiene la sociedad colombiana en todo el

país.

El PNVCC es la principal estrategia operativa de la institución que busca

la optimización del servicio, mediante la asignación de responsabilidades

concretas a los policías que prestan su servicio en un territorio pequeño,

denominado cuadrante. Esta propuesta de trabajo recoge las mejores

experiencias nacionales e internacionales en materia de vigilancia

policial y las integra en un modelo de gestión ajustado a las expectativas

y realidades de las ciudades colombianas.

Es así como el PNVCC incorpora los procesos y mecanismos requeridos

para organizar el trabajo policial de una manera efectiva, con

diagnósticos locales, tablas de acciones ajustadas a las problemáticas

identificadas, monitoreo y seguimiento permanente y evaluación externa.

Esto garantiza que el trabajo policial se desarrolle de manera organizada

y su seguimiento por parte de la ciudadanía sea posible. Adicionalmente,

el PNVCC asegura mayor acercamiento e integración con la comunidad,

el cual, además de facilitar las acciones educativas y de prevención que

desarrolla normalmente la Policía, también permite que se identifiquen

acertadamente los problemas más arraigados y que afectan la

seguridad, la convivencia y la Calidad de vida de los vecindarios;

incentivando de esta forma al policía a participar en la efectiva solución

de los problemas.

No obstante, el PNVCC enfrenta diversos retos dentro y fuera de la

Institución, que exigen la atención y compromiso por parte del Gobierno

Nacional, de las autoridades locales y las comunidades.

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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26

Por otro lado, el PNVCC viene acompañado y soportado con el

desarrollo de un componente tecnológico que le permitirá a la Institución

sistematizar su servicio a través de dispositivos móviles (PDA) que harán

parte de la dotación de los policías.

De igual manera, en las estaciones de policía se están creando espacios

destinados al análisis estratégico y la Planeación de su servicio. Esto sin

duda, brindará un salto cualitativo en la prestación del servicio de policía

que hasta hoy conocemos todos los colombianos. Es importante definir

que el PNVCC tiene el potencial para lograr la transformación de la

relación ciudadano-Policía-Estado y para mejorar progresivamente la

seguridad y convivencia ciudadana.

El delito se constituye en un factor desestabilizador dentro del normal

funcionamiento de la sociedad, por tanto se proyecta que la Policía

Nacional mediante la aplicación del Plan Nacional de Vigilancia

Comunitaria por Cuadrantes (PN VCC ) articulado con el Plan Nacional

de Investigación por Cuadrantes (PNICC ) y el Plan Nacional de

Inteligencia Policial por Cuadrantes (PNIPC ), se constituya en la base

de la tranquilidad de la comunidad colombiana, bajo unas acciones

definidas en la prestación del servicio. El servicio de investigación

criminal se constituirá en una herramienta de apoyo fundamental a las

actividades que desarrolla la policía de cuadrantes en contra de la

comisión del delito, para lo cual se creará un canal de comunicación que

vincule a la comunidad en forma permanente, mediante el suministro de

información y datos de hechos que permitan esclarecer, prevenir y

reprimir el delito.

Bajo este esquema de trabajo se acompañará y actualizará a la policía

de cuadrantes, acerca de la recolección de información, técnicas de

entrevistas, manejo del lugar de los hechos y demás actividades

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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27

tendientes a recolectar y conservar información clara y

operacionalizable.

Lograr que la policía de cuadrantes realice procedimientos básicos de

criminalística y recolección de información, contando con los elementos

necesarios para tal fin, crea aptitudes analíticas en dichos funcionarios,

en un básico análisis de información que permita transmitir dicho

conocimiento en pro de la construcción de ambientes idóneos para el

inicio de los procesos investigativos.

Figura Nº 3

Pirámide de Responsabilidades

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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28

1.4 RELACIÓN DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ CON LOS

GOBIERNOS LOCALES

Históricamente, la seguridad ha sido responsabilidad exclusiva del

gobierno central. La inseguridad ciudadana comenzó a agudizarse

cuando surgió el terrorismo, a principios de la década de 1980, pues

obligó a las fuerzas policiales a concentrar sus esfuerzos en derrotarlo.

Como consecuencia, la Policía se atrincheró en las Comisarías y se fue

alejando paulatinamente de la comunidad, al descuidar expresiones

criminales de menor envergadura.

Además del terrorismo, otros hechos que lo anteceden contribuyen a

explicar el deterioro de las condiciones de seguridad en Lima. La masiva

y acelerada migración rural, a partir de la década de 1950, hizo que la

capital creciera casi cinco veces en los últimos cincuenta años, y que

todos los servicios públicos —incluyendo el policial y el judicial— se

vieran desbordados.

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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Fenómenos asociados a la rápida migración —como las altas tasas de

desempleo y subempleo, y el surgimiento de bolsones de pobreza

extrema y marginalidad— representaron nuevos desafíos, que se

hicieron más difíciles cuando confluyeron, a partir de la década de 1980,

con la disponibilidad de drogas baratas y altamente adictivas, como la

pasta básica de cocaína.

Pero otros elementos concurrieron desde el interior de la propia

institución policial. Primero, la progresiva disminución de los efectivos

policiales, debido a la clausura temporal de las escuelas de suboficiales

—durante seis años— que se produjo durante el gobierno de Fujimori.

Segundo, el proceso de unificación de las antiguas fuerzas policiales,

que se realizó sin respetar la especialización; así, en muchos casos, se

destacó a las Comisarías a personal sin experiencia ni capacitación en

labores preventivas. Tercero, el establecimiento del nuevo régimen

laboral, a fines de la década de 1980, con negativas consecuencias para

la institución.

Como resultado de estos hechos, desde mediados de la década de 1980

se incrementaron los servicios de seguridad privada y muchos

municipios —inicialmente los más prósperos de Lima, como San Isidro y

Miraflores— organizaron los primeros serenazgos, encargados de

cumplir labores preventivas, sobre todo de patrullaje, así como de

responder a los pedidos de intervención de la comunidad.

El repliegue policial no fue revertido a pesar de la derrota del terrorismo,

a principios de la década de 1990. El mayor esfuerzo de la Policía por

recuperar el terreno perdido consistió en crear, en 1997, la Dirección de

Participación Ciudadana, e iniciar la organización de las juntas vecinales

de prevención comunitaria del delito. A pesar de ello, las Comisarías

continuaron abandonadas, en tanto que los recursos más importantes

siguieron concentrándose en las unidades especializadas. Por el

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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30

contrario, los serenazgos, que inicialmente constituyeron un paliativo, se

siguieron fortaleciendo y extendiendo en toda la capital y en otras

ciudades del país.

Esta realidad no pudo ser ignorada por la Constitución de 1993, cuyo

artículo 195º inicial estableció que: «La ley regula la cooperación de la

Policía Nacional con las municipalidades en materia de seguridad

ciudadana». Al respecto, algunos comentarios. Uno, es la primera y

única mención a la seguridad ciudadana en la historia constitucional de

la República. Dos, es un servicio municipal que se brinda con la

cooperación policial. Tres, el artículo 166º de la misma Constitución, que

estableció las funciones policiales, no mencionó, como una de ellas, la

seguridad ciudadana.

La ley nunca reguló esta cooperación. No obstante, como consecuencia

del creciente involucramiento de los municipios en este ámbito, entre los

años 2002 y 2003 se produjeron cambios constitucionales y legales que

fortalecieron el papel municipal.

El primero fue la modificación del capítulo referido a la descentralización

en la Constitución de 1993, a través de la Ley Nº 27680, publicada el 7

de marzo del 2002, que hizo más explícitas las atribuciones

constitucionales de los municipios en materia de seguridad y además las

extendió. El nuevo artículo 197º, que reemplazó al 195º inicial, dice a la

letra: «Las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la

participación vecinal en el desarrollo local. Asimismo, brindan servicios

de seguridad ciudadana, con la cooperación de la Policía Nacional,

conforme a ley». Cabe señalar, que seis años después de la modifi

cación de la carta magna, esta materia sigue sin contar con una ley de

desarrollo constitucional.

El segundo cambio fue de rango legal y se plasmó en la Ley Nº 27933,

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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publicada el 12 de febrero del 2003, que creó el Sistema Nacional de

Seguridad Ciudadana (SINASEC). De acuerdo con esta norma, los

alcaldes provinciales y distritales presiden los respectivos comités

locales de seguridad ciudadana, encargados de elaborar el diagnóstico

situacional e institucional, así como formular, implementar y evaluar los

planes de seguridad ciudadana. Están integrados por las distintas

instituciones que tienen la responsabilidad de prevenir y perseguir las

faltas y los delitos.

El tercer cambio fue la nueva Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº

27972, publicada el 27 de mayo del 2003, en cuyo artículo 73º establece

que la seguridad ciudadana es un servicio público local, de competencia

municipal. Asimismo, el inciso 19) del artículo 20º señala que es

atribución del alcalde «cumplir y hacer cumplir las disposiciones

municipales, con el auxilio del serenazgo y la Policía Nacional».

En el caso de las municipalidades provinciales, el artículo 85º señala que

les corresponde establecer un sistema de seguridad ciudadana, con

participación de la sociedad civil y de la PNP, y normar el

establecimiento de los servicios de serenazgo, vigilancia ciudadana,

rondas urbanas o similares, de alcance distrital. También les

corresponde coordinar, con las distritales y con la Policía, el servicio

interdistrital de serenazgo.

En lo que se refiere a las municipalidades distritales, el citado artículo

85º señala que les corresponde organizar el servicio de serenazgo y

vigilancia municipal cuando lo crean conveniente, de acuerdo con las

normas establecidas por la municipalidad provincial respectiva.

Durante los últimos años, han surgido voces que demandan la

municipalización de ciertas funciones policiales, como las referidas al

tránsito. Esta corriente de opinión fue recogida por la comisión del

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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Congreso de la República constituida entre el 2002 y el 2004 para

formular un proyecto integral de reforma constitucional, presidida por el

entonces congresista Henry Pease García. El proyecto nunca fue

aprobado, pero llegó a contar con el consenso de todas las fuerzas

políticas representadas y, sin embargo consideramos que esta fallida

pretención no debe ser considerada por ser el servicio de Tránsito una

forma de mantener el orden público, finalidad fundamental de la Policía

Nacional.

De acuerdo con este proyecto, la ley pretendía determinar qué funciones

policiales pueden ser asumidas directamente por los municipios en

forma gradual, empezando por aquellos que estén en condiciones de

hacerlo. La intención de los promotores es lograr la subordinación

policial a la autoridad municipal en las materias en que ésta es

responsable.

Estos proyectos normativos avanzaron paralelamente al fortalecimiento

de los serenazgos en Lima Metropolitana. Este proceso se ha

concentrado sobre todo en los distritos más prósperos; no obstante, casi

todos cuentan hoy con un servicio de serenazgo, aunque limitado. Se

estima que, en la actualidad, hay alrededor de 5 mil serenos en la

capital. Los distritos con más serenos son Lima Cercado —que cuenta

con más de 600 efectivos— y San Isidro, Santiago de Surco y Mirafl

ores, con alrededor de 400 cada uno. En el otro extremo, distritos

emergentes y muy poblados —como San Martín de Porres, Villa María

del Triunfo, Comas y Villa El Salvador— no cuentan ni con 100 efectivos

cada uno.

La misma disparidad se presenta cuando se analizan los recursos

invertidos por los distritos en seguridad ciudadana, especialmente en

serenazgo. Durante los años 2011 y 2012, 35 distritos de Lima,

incluyendo el Cercado, invirtieron 28.329.588,75 dólares americanos y

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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35.417.571,34 dólares americanos, respectivamente, lo que asciende a

un total de casi 64 millones de dólares americanos para los dos años. El

distrito que más invirtió esos años fue San Isidro, con casi 12 millones de

dólares americanos, suma que representa la quinta parte del gasto en

seguridad de los 35 municipios distritales. Le siguen Miraflores y el

Cercado de Lima, que invierten cada uno la mitad de esa suma. Un poco

más atrás se encuentran los distritos de Santiago de Surco, La Victoria,

La Molina y San Borja. Sin contar con los distritos balnearios y otros

como Lurigancho y Lurín, que son relativamente poco poblados, los

distritos que menos invierten son Comas, Rímac, Independencia, San

Luis y Breña.

Además de esta disparidad, existe otra en función del peso de los

recursos destinados a la seguridad ciudadana con relación a cada

presupuesto distrital. Así, entre el 2011 y el 2012, San Isidro invirtió

17,6% de su presupuesto total, mientras que Lima Cercado sólo 1,4%.

Otros distritos que hacen un esfuerzo considerable son La Victoria —

12%—, Mirafl ores —11,8%—, La Molina —11,4%— y San Borja —

9,8%—. Este gasto se fi nancia con un arbitrio municipal que se cobra en

el ámbito distrital. Por otra parte, los distritos que invirtieron menos

también lo hicieron en términos proporcionales al total de sus recursos,

que no sólo son más escasos, sino que se destinan mayoritariamente a

otros rubros considerados prioritarios.

La mayor inversión en seguridad ciudadana se ha traducido no

solamente en el reclutamiento de más serenos y en la compra de

unidades vehiculares, sino en la implementación de mejores centros de

comunicación. Éstos reciben las llamadas del público y se comunican

con los serenos de a pie y con sus unidades vehiculares para responder

a los pedidos de intervención inmediata de los vecinos. Los más

desarrollados, hasta el momento, son los de San Isidro, Miraflores y

Santiago de Surco.

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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Las Comisarías -pese a los recurrentes anuncios del Ministro del Interior

de adquirir modernos equipos de comunicación Tetra- están muy lejos

de contar con sistemas de comunicación tan sofisticados, aunque ahí

donde el trabajo policial y el municipal han logrado integrarse, la Policía

se ha beneficiado, lo que ha permitido maximizar el uso de los recursos

humanos y logísticos disponibles para tareas de seguridad ciudadana.

Por otra parte, en los últimos años varios distritos han comenzado a

invertir en la capacitación de sus serenos. San Isidro, por ejemplo, ya

cuenta con su escuela de capacitación. A pesar de que, los esfuerzos

iniciados el año 2004 para integrar el trabajo de los distintos serenazgos

distritales no han prosperado, sí se ha dado el primer paso con la

estandarización de los códigos de comunicación entre los serenazgos de

San Isidro, Magdalena, Miraflores y Lince, esfuerzo al que se han

sumado recientemente los del Cercado de Lima, San Borja y Surquillo.

En la medida en que los serenos no cuentan con atribuciones policiales,

los municipios han hecho un gran esfuerzo por incorporar en sus

unidades de patrullaje a efectivos policiales, para asegurarse contar con

el poder de la Policía que ellos poseen; actualmente los municipios para

contratar personal policial para los servicios seguridad ciudadana

integrado, necesitan contar con un Convenio con el Ministerio del

Interior.

Por lo general, la incorporación de los policías a las unidades de

serenazgo se concreta durante los días de franco de ellos, y a cambio

del pago de sus honorarios por el municipio, que en algunos casos es

mayor que el que paga por la jornada complementaria denominada

―Patrullaje Cuadrante Seguro‖. Ésta ha sido una fuente permanente de

fricción entre los municipios y la Policía, pues no siempre existen

efectivos disponibles o ellos pretenden cobrar por sus servicios montos

que están fuera del alcance de los municipios. Esto último es

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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particularmente dramático en los municipios más pobres, que con razón

se preguntan por qué les deben pagar a los policías que cooperan con

ellos en las labores de seguridad ciudadana. Muchos alcaldes sostienen

que, por el contrario, la institución policial debería agradecerles a los

municipios por las facilidades que éstos les brindan para que realicen su

trabajo con mayor eficacia.

El costo del servicio no es el único impedimento para la integración

policial en las unidades de serenazgo. En la institución policial, hay

quienes consideran que cualquier forma de cooperación es perjudicial,

sea porque potencia excesivamente al serenazgo —y, al hacerlo, debilita

a la Policía— o porque la falta de atribuciones del serenazgo —que lo

hace aparecer como inoperante ante los ojos de la ciudadanía—

perjudica la imagen de la institución policial.

Dada la falta de recursos humanos y logísticos, es imperativa y

necesaria la complementación de esfuerzos que permitiría maximizar el

uso de los medios disponibles. Así se hizo en Surquillo, donde los

recursos de ambas instituciones se pusieron al servicio de un patrullaje

distrital único, al mando técnico de la autoridad policial y bajo el

liderazgo político del alcalde, hoy en día éste PILOTO ya no se viene

ejecutando.

Un antecedente del Plan ―Patrullaje Cuadrante Seguro‖, fue el “Plan

Telaraña” que también implicó una estrecha colaboración entre el

serenazgo y la Policía a través de un programa de patrullaje con motos,

previa zonificación del Distrito por cuadrantes. El plan, puesto en

práctica cuando el General Luis Montoya era Director General de la

Policía, se inició en julio del 2006 en los distritos de Jesús María, La

Victoria, Lince, San Borja, San Isidro y Surco, y luego se amplió a siete

más. Sin embargo, como ha ocurrido con casi todos los planes de

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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seguridad ciudadana en Lima Metropolitana, éste fue abandonado con el

cambio de comando y por que los resultados no fueron optimos.

Asimismo, se puso en práctica la “distritalización” —a principios del

2007—, el patrullaje policial se concentró en las jefaturas distritales, las

que no coordinaban ni complementaban sus esfuerzos con los

municipios. Considerando los tremendos desafíos de la seguridad

ciudadana en Lima, se puede afirmar que esta situación carece de

sentido. La mayor dificultad que existe en la relación entre el serenazgo

y la Policía, sin embargo, se deriva de que ésta, en el fondo, percibe a

aquél como un competidor e, incluso, como el germen de un cuerpo

policial de carácter municipal. En efecto, con cierta regularidad se

escuchan —sobre todo en Lima— demandas de alcaldes que le solicitan

al Congreso de la República atribuciones policiales para sus serenos,

como portar armas y realizar detenciones.

La desconfianza entre ambas instituciones se agudizó durante el

gobierno de Fujimori, período en el que se politizó la ayuda policial a los

municipios: mientras los alcaldes que eran partidarios incondicionales

del régimen recibían un fuerte apoyo, los otros eran víctimas de una

actitud mezquina que les recortaba los recursos. El caso más notorio fue

la negativa a brindarle apoyo policial al ex alcalde metropolitano de Lima,

Alberto Andrade Carmona, en su esfuerzo, finalmente exitoso, por

recuperar y ordenar el Centro Histórico, tarea que no se habría

concretado si él no hubiera apelado a su propio serenazgo.

El progresivo fortalecimiento de los serenazgos no deja de ser

paradójico, porque se trata de un sistema de vigilancia sin atribuciones

policiales, que adolece de grandes debilidades en la formación y

capacitación de sus integrantes.

Ante ello, nos hacemos una pregunta ¿Por qué no invertir esos recursos

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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en un cuerpo profesional con plenas atribuciones, como la PNP? En una

ciudad comparable con Lima, como Bogotá, la inversión de los

municipios en seguridad ciudadana se destina enteramente a la Policía.

Lo mismo ocurre con el aporte del sector empresarial, a través de la

Cámara de Comercio de Bogotá. Esta cooperación ha sido posible

porque las instituciones que proveen los fondos se encargan también de

supervisarlos y fiscalizarlos, y los receptores de los recursos están

obligados a realizar una rigurosa y transparente rendición de cuentas.

Aunque en el Perú la Policía no cuenta con financiamiento municipal

permanente y sostenido, sí tiene una experiencia de cooperación exitosa

con el sector privado. Es la que recibe de la Asociación de Bancos

(ASBANC), que se traduce en el equipamiento y la capacitación de las

Águilas Negras, unidad especializada en la seguridad bancaria. Tal

cooperación ha producido resultados notables. En efecto, gracias a ésta,

los robos a mano armada contra las más de mil ofi cinas bancarias que

existen en el ámbito nacional pasaron de 132 en 1991 a 4 entre los años

2001 y 2006. Al igual que la experiencia de Bogotá, ésta ha sido exitosa

no sólo por los recursos que invierten los bancos, sino por la supervisión

que realizan del trabajo policial y del consecuente uso de los fondos

concedidos. En este aspecto parece residir la clave del éxito.

Los pocos casos en que los municipios distritales de Lima han puesto

medios de transporte al servicio de la Policía sin condicionamiento

alguno no han tenido buenos resultados, porque ésta no les ha dado el

uso debido. Esto ha determinado que los municipios se sientan muy

recelosos de cualquier cooperación que no vaya condicionada a una

adecuada fiscalización y rendición de cuentas.

Se requiere un marco legal mínimo que especifique las condiciones y

requisitos de tal cooperación, y que otorgue las garantías de un uso

adecuado a quien la provea. Sin ese marco, la cooperación eventual

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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quedará sujeta a las relaciones personales entre los alcaldes y las

autoridades policiales. Aunque esa cooperación existe y puede incluso

ser extendida, es muy limitada en el tiempo por el temor comprensible de

los burgomaestres sobre quién y cuándo sucederá a su contraparte

policial. Si no se supera esta desconfianza y se establecen condiciones

para una cooperación más institucional, los recursos de los que

disponen los municipios para la seguridad ciudadana se seguirán

invirtiendo en los serenazgos, mientras que las Comisarías y el servicio

policial de seguridad seguirán debilitándose.

1.5 RESPUESTA DE LA PNP FRENTE A LOS CRECIENTES DESAFÍOS

Frente al repliegue policial de la década de 1980 y el desarrollo de los

serenazgos en Lima Metropolitana, la Policía ha respondido tarde, en

algunos casos de manera improvisada y, con frecuencia, haciendo gala

de una falta de continuidad en las políticas que llama la atención.

La primera respuesta —y probablemente la más visionaria— fue la

organización vecinal para la seguridad ciudadana, que se comenzó a

gestar a partir de 1997, cuando se creó la Dirección de Participación

Ciudadana, a cargo del entonces Coronel PNP Enrique Yépez Dávalos.

El trabajo conjunto entre la Policía y la comunidad, a través de las juntas

vecinales, se traduce en labores de patrullaje mixto y, en algunos casos,

exclusivamente vecinal. También le asegura a la Policía una importante

red de información sobre lo que ocurre en los barrios. Esta labor no sólo

ha servido para mejorar la relación institucional con la comunidad, sino

para enfrentar creativamente, junto con ella, problemas de delincuencia.

Esto ha sucedido sobre todo en las zonas periféricas y más pobres de la

ciudad, en las que la presencia policial es escasa y la población no

cuenta con los recursos para proveerse de mecanismos de seguridad

alternativos.

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Si bien se ha logrado involucrar en las juntas vecinales a un importante

número de personas, no siempre ha sido posible garantizar la

sostenibilidad de este trabajo, tanto por la ausencia de una visión

compartida sobre esta labor en la institución policial como por el

cansancio de la ciudadanía, que se ve obligada a cumplir, de manera

voluntaria y gratuita, labores que, en realidad, le competen a la Policía.

Asimismo, con mucha frecuencia, ésta ha manipulado a las juntas,

movilizándolas a favor del gobierno de turno. También ha sido

problemática la relación entre las juntas vecinales organizadas por la

Policía con aquellas vinculadas a los municipios. A pesar de que se ha

dispuesto que las juntas de seguridad ciudadana sean capacitadas por

la Policía pero se mantengan bajo la responsabilidad de los comités

locales, ésta sigue siendo una fuente de conflicto entre las autoridades

municipales y policiales.

En el marco de esta estrategia de prevención comunitaria del delito, la

Policía también ha desarrollado otras iniciativas importantes, que ahí

donde se han implementado, en algunos casos han producido resultados

exitosos. Entre ellas, destacan los programas Patrulleros Juveniles —

dirigido a los jóvenes pandilleros—, Policías Escolares, Colibrí —con

niños trabajadores—, entre otros.

En los últimos años, este conjunto de iniciativas —que tienen su

instrumento operativo en la Oficina de Participación Ciudadana de cada

Comisaría—, lejos de haberse fortalecido, han languidecido. En el mejor

de los casos, cuentan con dos o tres suboficiales, pocos recursos y

escaso respaldo institucional.

En efecto, el esfuerzo de acercamiento a la comunidad parece reducirse,

en muchas ocasiones, a la existencia de tal oficina, sin que esta

iniciativa haya servido de catalizador para una transformación más

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integral del conjunto del trabajo policial, salvo contadas y notables

excepciones. A pesar de esta situación, es innegable que estas

iniciativas tienen un gran potencial no sólo para garantizar la inserción

institucional en el tejido social, sino también para prevenir la violencia y

el crimen.

El éxito inicial que el trabajo comunitario le reportó a la Policía llevó al

entonces Coronel PNP Yépez –hoy General PNP en situación de retiro–

a concebir un mecanismo de coordinación y de alianzas aún más amplio,

que involucrara, en primer lugar, a la autoridad municipal. Fue así cómo

concibió la creación del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana

(SINASEC) y se convirtió en su principal promotor, con el respaldo

entusiasta del nuevo liderazgo civil que asumió la responsabilidad del

MININTER a principios de la década.

El esfuerzo de modernización policial de principios de la década tuvo

como uno de sus grandes objetivos devolverle a la Comisaría el lugar

central que le corresponde en el trabajo policial. Aunque este objetivo

no se alcanzó, tanto por la carencia de recursos financieros como por el

rápido abandono de la reforma, sí se plasmó en un conjunto de

iniciativas que vale la pena mencionar.

En primer lugar, se rediseñó su estructura organizativa, dándole

características modulares para atender las áreas de prevención,

investigación, atención al público y administración. También se le otorgó

al Comisario la suficiente discrecionalidad para el manejo de la

Comisaría y para adecuar los recursos de ésta a las necesidades de su

distrito.

En segundo lugar, la nueva organización modular se puso en práctica

durante el 2002 en la Comisaría piloto de Surquillo, donde con el apoyo

de la asociación civil Amigos de la Policía Nacional del Perú y con el

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concurso de empresas consultoras especializadas de la categoría de

Mackinsie, se evaluó el sistema de registros existente y se simplifi caron

los procedimientos con el fin de disminuir el trabajo burocrático y

administrativo, favorecer la rápida atención al público y reducir el número

de efectivos que se encargan de las tareas administrativas. Esta

experiencia se extendió a otras 14 Comisarías de Lima Metropolitana.

Seis años después, Surquillo siguió siendo piloto —aunque ahora con

otro nombre— actualmente ya no es más considerada como PILOTO por

no existir evaluación alguna de estas experiencias.

En tercer lugar, la repotenciación de las Comisarías contemplaba su

interconexión informática, tanto entre ellas como con las unidades

administrativas y especializadas, primero en Lima y luego en el ámbito

nacional. Además, se contemplaba el acceso a bases de datos externas.

En las Comisarías del Callao éste proyecto se hizo realidad con el apoyo

del grupo Romero y los Amigos de la Policía Nacional del Perú, con una

inversión de tan sólo 230 mil dólares americanos.

En cuarto lugar, el 2002 se definió el perfil del Comisario y se diseñó e

implementó un sistema para su selección y capacitación, lo que fue

acompañado por el establecimiento de un concurso para premiar a las

mejores Comisarías de la Región Policial Lima. El concurso sirvió para

identificar las mejores prácticas en Comisarías, pero lamentablemente

fue abandonado al año siguiente, sin embargo en los últimos años se ha

restablecido a nivel nacional (BONOPOL).

En quinto lugar, se llevaron a cabo reformas legales destinadas a reducir

la impunidad en los procesos por faltas. Con este fin, se otorgaron

facilidades para la instalación, como pilotos, de juzgados de paz

letrados en las Comisarías. También se adecuó la legislación para

permitir que las Comisarías, al igual que los municipios, fueran entidades

receptoras para la prestación de servicios comunitarios como penas

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alternativas a la privación de la libertad; sin embargo, en la práctica se

ha avanzado muy poco en este terreno.

Otra iniciativa interesante, esta vez en el campo operativo, fue la

creación del Escuadrón Verde, que se produjo en agosto del 2003,

durante las gestiones del entonces Ministro Fernando Rospigliosi y el

General Gustavo Carrión. Esta unidad de intervención especial, que

actúa en el ámbito de Lima Metropolitana, fue diseñada para desarticular

a los grupos vinculados a la microcomercialización de drogas, los robos

o hurtos al paso, el pandillaje juvenil, la prostitución clandestina y la

explotación sexual comercial infantil.

Esta labor complementa la de las Comisarías, las que, luego de la

intervención, asumían la investigación criminal. Vale la pena resaltar que

las intervenciones del Escuadrón eran precedidas por un sofisticado

trabajo de inteligencia, inspirado en el que años antes llevó a la

desarticulación de las organizaciones terroristas. La solvencia de este

trabajo, garantizada por la continuidad en el mando de la unidad, se

tradujo en su creciente legitimidad social, que llevó a que la experiencia

fuera replicada primero en el Callao y Trujillo, y luego en otras

importantes ciudades del país.

El Plan Telaraña fue una importante iniciativa del General Luis Montoya,

iniciada durante la gestión del ministro Pizarro y continuada por la

Ministra Mazzetti. Lo más interesante de la iniciativa fue la suma de

recursos y esfuerzos de la Policía y los serenazgos para el patrullaje en

moto, previa zonificación por cuadrantes del distrito. Un patrullero

constituía la unidad madre en cada cuadrante, con el que estaban

interconectados todos los efectivos que actuaban en moto.

El plan se inició a mediados del 2006 en seis distritos céntricos de Lima

—Jesús María, La Victoria, Lince, San Borja, San Isidro y Surco— y

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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posteriormente se amplió al Cercado de Lima y a Pueblo Libre, San

Miguel, Magdalena y Surquillo, así como a dos distritos emergentes y

populosos: San Juan de Mirafl ores y Villa El Salvador.

En la misma época, Pizarro y Montoya también pusieron en marcha el

“Plan Alerta Temprana”, destinado a interconectar, a través de

celulares, a la Policía con cuatro grandes empresas de seguridad

privada en Los Olivos, Surco, Chorrillos y Surquillo. Se buscaba convertir

al vigilante privado en una importante fuente de información de la

Policía. La virtud de este plan, al igual que de Telaraña, consistió en

aprovechar los recursos disponibles de otros actores de la seguridad —

el serenazgo y la seguridad privada— para complementarlos con los de

la Policía. Lamentablemente, Alerta Temprana y Telaraña duraron el

tiempo que sus promotores estuvieron en el cargo.

La distritalización de Lima era una propuesta que estaba en agenda

desde hace ya unos años antes de su implementación. Consistía en

establecer una autoridad policial única en cada distrito y descentralizar

los recursos desde las antiguas jefaturas metropolitanas y las unidades

especializadas hacia las Comisarías. Le correspondió ponerla en

práctica al General PNP Octavio Salazar, cuando era Director Territorial

de Lima, ecientemente, esta propuesta fué complementada con la

puesta en práctica del programa Patrullero de mi Barrio, una iniciativa

anunciada por primera vez por el ministro Pizarro en febrero del 2006,

Ésta consiste en el despliegue de unidades vehiculares en puntos clave

de cada distrito.

En resumen, se podría decir que durante los últimos dieciseis años se

han presentado cuatro grandes iniciativas para fortalecer el trabajo de

seguridad en Lima Metropolitana. La primera, en 1997, destinada a

facilitar el reencuentro de la Policía con la ciudadanía, a través de la

organización vecinal para la seguridad ciudadana.

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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44

La segunda, durante la reforma policial de principios de la década,

consideró tres aspectos: la repotenciación de las Comisarías como

unidades policiales básicas; la articulación del trabajo policial con otros

actores —especialmente los municipios— en los comités locales; y la

creación del Escuadrón Verde como unidad de élite para golpear a los

focos de delincuencia común.

La tercera, durante las gestiones de Pizarro y Montoya, orientada a

complementar los esfuerzos de la Policía y el serenazgo en labores de

patrullaje en moto.

Y la cuarta, impulsada por Alva Castro y Octavio Salazar, consistente en

distritalizar los servicios policiales.

El primer elemento que caracteriza estas cuatro iniciativas es su falta de

continuidad a través del tiempo. Quizá la única iniciativa que se ha

sostenido a lo largo de la década, aunque con intensidad variable, es el

trabajo de organización vecinal, principalmente en los distritos

emergentes de la ciudad. No obstante, como se ha señalado, esta

iniciativa no ha servido para contagiar la filosofía de la prevención

comunitaria a todo el trabajo policial, a pesar de su indudable potencial

tanto para reducir la percepción de inseguridad como la violencia y el

delito.

Este trabajo sirvió, además, para inspirar la segunda gran iniciativa,

quizá la más ambiciosa en términos estratégicos, que se tradujo en la

creación del SINASEC. En efecto, si bien el apoyo comunitario al trabajo

policial es fundamental, muy rápido quedó en claro la necesidad de

integrar en ese esfuerzo a los municipios —que de hecho ya venían

adquiriendo un papel protagónico en la seguridad ciudadana—, así como

a otras autoridades locales.

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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45

Si bien el SINASEC ha seguido fortaleciéndose, lo ha hecho de manera

muy lenta y ha carecido de liderazgo político y de financiamiento. Peor

aún, el trabajo integrado de la Policía con los serenazgos, que constituye

su componente fundamental, se ha abandonado durante el último

período. El esfuerzo por reubicar a las Comisarías y el desarrollo de

modernos sistemas de información delictiva en el corazón del trabajo

policial no sobrevivió a sus impulsores, como tampoco ocurriría después

con importantes iniciativas tácticas, como Telaraña y Alerta Temprana.

Asimismo, la distritalización —que creó una estructura superpuesta a las

Comisarías y terminó debilitándolas aún más— y su complemento

operativo, Patrullero de mi Barrio, no sobrevivió a sus gestores.

Otro elemento común que caracteriza varias de estas iniciativas es que

se han iniciado como piloto y luego han sido abandonadas, no tanto

porque la evaluación indicara que no funcionaban, sino porque los

cambios al frente del MININTER y la Policía fueron acompañados por

nuevas propuestas e ideas. En efecto, fue la suerte que experimentaron

los programas de Comisarías piloto, Telaraña y Alerta Temprana.

El Plan Patrullero de mi Barrio no fué más que un piloto, cuya

replicabilidad es limitada por los ingentes recursos que requiere. Similar

desafío enfrentó Telaraña, que para su réplica requería una elevada

cantidad de nuevas motos.

Quizá la única de estas iniciativas policiales que sí se sostuvo en el

tiempo fue el Escuadrón Verde, que se ha replicado en otras ciudades.

Probablemente, esto está relacionado con que, además de ser una

buena idea, que produjo resultados, su implementación es barata.

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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CAPITULO II

ANÁLISIS

2.1 El problema de la inseguridad en el PERU, viene provocando, entre

otros muchos efectos, la elaboración y aplicación improvisada y difusa

de estrategias ministeriales, policiales y de gobiernos locales, intentando

cada una de ellas dar una respuesta inmediata a la comunidad que

clama con justicia mayor Seguridad Ciudadana. Los últimos treinta años,

en los cuales el problema de la inseguridad pública se ha instalado con

tenebrosa solidez, han sido testigos de innumerables ―programas‖

antidelictivos con resultados ciertamente desiguales en lo que se refiere

a su eficacia. Todas pretenden prevenir y reducir la frecuencia o limitar la

posibilidad de aparición de actividades criminales haciéndolas

imposibles, más difíciles o menos probables, pero ninguna de ellas

responde a un estudio de investigación serio, basado en experiencias

anteriores, proyectos pilotos, medidores de gestiòn, u otra forma de

garantizar su evaluación, sus resultados, su permanencia y su

consolidación.

2.2 Los expertos internacionales en temas de Seguridad Ciudadana, han

integrado todos estos esfuerzos por mejorar la situación de criminalidad

existente y que es común a todos los países de la región en cuatro

grandes modelos internacionales de Seguridad Ciudadana destinados a

prevenir el Delito: (1) Prevención Social del Delito (orientado a

interrumpir la carrera delictiva neutralizando los factores de riesgo. (2)

Prevención Situacional del Delito (orientado a disminuir las conductas

reduciendo las oportunidades para que ésta se manifieste). (3)

Prevención Multi - agenciada del Delito (a través de la conformación de

Consejos o Comités de Seguridad Ciudadana) y finalmente (4)

Prevención Comunitaria del Delito, (surge como una posible alternativa

viable en medio del debate en torno al eje articulador de las estrategias

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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contra la delincuencia con participación de la comunidad). Dicho esto,

podemos decir que actualmente existen todas las condiciones para

afirmar que la inseguridad ciudadana seguirá siendo un problema

creciente en el Perú, porque se siguen ensayando ―Programas‖ carentes

de sustento técnico, en algunos casos tratando de imitar experiencias

internacionales, pero sin el soporte ni la infraestructura humana que le

corresponde, porque ningún nuevo esquema de trabajo tendrá éxito, si

no tenemos en cuenta al componente humano: al Policía; al profesional

de la seguridad ciudadana, al experto, a la persona que llevará adelante

estas nuevas estrategias.

2.3 Fueron diversos los programas anunciados por el sector Interior en los

últimos Siete años. El primero de ellos fue el “Plan Telaraña”,

reimpulsado por Pilar Mazzetti y que intentó unificar los esfuerzos de la

policía y el serenazgo para patrullar las calles, y que luego fue

denominado Patrulllaje Mixto. Además de que nunca se aplicó en la

totalidad de distritos, su declive lo marcaron la descoordinación y los

celos profesionales entre ambos cuerpos de seguridad, tanto para

asignar personal como vehículos. Diferencias que se mantienen hasta

ahora en Surco, Chorrillos y otros.

Al segundo programa se le denominó “Plan Mazzetti”, vigente hasta el

2012 y por medio del cual el Ministerio del Interior compraba el descanso

de 1.700 policías para que apoyen las labores de vigilancia en vez de

que presten este servicio en chifas, restaurantes y hoteles.

Con el Ministro Alva Castro, en marzo del 2007, se inició el “Plan de

Distritalización”, ideado por el entonces Jefe de la VII Dirección

Territorial de la PNP, Octavio Salazar, para unificar todas las

dependencias policiales en cada distrito. En un primer balance que hizo

el sector Interior encontró que los robos disminuyeron en 12% el año

siguiente, pero con el tiempo terminó atomizando personal en zonas que

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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no tenían la misma demanda de trabajo que otras; incluso, el sistema

impedía que un equipo policial colaborase con otra jurisdicción, lo que

fue cuestionado por algunos alcaldes.

En esta misma gestión se lanzó el “Patrullero de mi Barrio”, que solo

duró 9 meses y tenía por fin dividir a los distritos de Lima en cuadrantes

y destinar 600 vehículos para que ronden por estos. Este programa

fracasó porque la PNP empleaba los vehículos para labores propias de

vigilancia en estadios, conciertos, etc. Más breve que aquel fue el “Plan

Protégeme” —sobrevivió un mes— que pretendía que los ciudadanos

que retiraran fuertes sumas de dinero fueran escoltados por agentes de

la PNP.

Los tres proyectos acabaron en octubre del 2008 con la llegada de

Remigio Hernani al Ministerio, pues él optó por reforzar la investigación

en vez del modelo preventivo basado en patrullaje . Si bien impulsó la

creación de 28 jefaturas de investigación criminal, estas no recibieron los

S/.30 millones que se acordó en el Consejo de Ministros , y hoy, en vez

de contar con 100 peritos, cada una posee 20 o 25, sin equipos,

vehículos ni recursos para pagar a informantes.

Con la llegada de Cabanillas se retomó la tarea de prevención, lo que

hoy se conoce como patrullaje integrado, dejando de lado la

investigación y con Salazar como Ministro, y a iniciativa de la

Municipalidad de Lima se empezó el proyecto Taxi Cívico, a fin de que

estos choferes sean ojos y oídos de los serenos y policías ante la

delincuencia.

Los Ministros han mostrado una actitud errática, pues eran planes

desconectados que terminaron en el fracaso. Aún carecemos de una

política integradora que, obviamente, involucra a las municipalidades. La

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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intervención policial eficaz no es aquella que despliega el mayor número

de agentes en las calles, sino la que se nutre de inteligencia, tal y

conforme lo recoje el Plan Nacional de Vigilancia Comunitaria de la

Policía Nacional de Colombia, ya que para cada cuadrante cuenta con

un Plan de Inteligencia Policial, que tiene como finalidad recolectar

información que altere la seguridad, por medio de la canalización de la

información que proporcione el personal uniformado del PNVCC a los

integrantes del servicio de inteligencia, para la producción de

conocimiento que anticipe y contenga fenómenos perturbadores de la

seguridad.

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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CAPITULO III

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

3.1 CONCLUSIONES

3.1.1 Programas como, la Distritalizaciòn Policial (inspirado en el Plan

Cuadrante de Chile), ―El Patrullero de Mi Barrio‖ (copia

incompleta del modelo internacional de POLICIA COMUNITARIA

que por alguna razón no se le quiere presentar con el nombre

que se le reconoce internacionalmente), la aplicación de las

estrategias de las ―Ventanas Rotas‖ (teoría del norteamericano

James Q. Wilson) o de ―Tolerancia Cero‖ (aplicado en 1993 y

durante su gestiòn por el Alcalde de New York Rudolph Giuliani)

son modelos exitosos, que ya han sido aplicados en otros países

con excelentes resultados, pero que no se pueden llevar a la

practica de la noche a la mañana, solamente porque se utiliza

estos nombres o porque se realiza tal o cual acción. Esto es

engañar a la población y en particular a la propia institución

policial; toda vez que el Plan del ‗Patrullaje Cuadrante Seguro‘,

aún no despierta el interés de los Suboficiales pues, para el

tercer mes de este servicio (AGOSTO), solo se ha cubierto el

60% de vacantes en Lima y el 40% en el Callao, considerando

que son cuatro mil para Lima y mil para el Callao, la razón: el

pago de la jornada complementaria es de SETENTA Y DOS

NUEVOS SOLES, considerado por los efectivos policiales

insuficiente. Así, ellos prefieren trabajar en sus días de franco y

en sus vacaciones para empresas privadas que pueden llegar a

pagarles hasta CIENTO VEINTE NUEVOS SOLES por ocho

horas; aunado a que dicho pago esta sujeto a descuentos por

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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concepto de asignación judicial, ya que es considerado en

Planilla como bonificación por alto riesgo a la vida.

3.1.2 Estos Programas, requieren en primer lugar antes de ser

aplicado una total transformación gerencial de la policía que va a

administrar y llevar adelante estas estrategias. El cambio de

orientación de lo reactivo a lo proactivo, el acercamiento con las

comunidades, el uso eficiente de la tecnología y la rendición de

cuentas, no es un tema que puede estar ajeno a la ejecución de

estos Planes o Programa y la formación actual del policía

peruano es eminentemente reactiva y los planes de instrucción y

capacitación no han variado. No es fácil llegar a ser un Policía

Proactivo, existe todo un proceso de cambio por recorrer, que

pasa desde la selección del personal, el perfil, la capacitación, el

estudio de la zona de trabajo, el equipamiento, los primeros

contactos con la comunidad, las alianzas estratégicas, las redes

de apoyo, la selección de programas definidos, la metodología a

emplear, los sistemas de evaluación de resultados, indicadores

de gestión, etc. , pero sobre todo la decisión policial para lograr

un cambio de cultura organizacional, descentralización del

servicio policial y el apoyo total a esta nueva modalidad del

servicio policial. La Distritalizaciòn policial, el ―Patrullero de mi

Barrio‖ o ―policía comunitaria‖ y el ―Patrullaje Cuadrante Seguro‖

requiere contar necesariamente con agentes policiales de nuevo

tipo. Caso contrario, todo esfuerzo será inútil, como lo es hasta

ahora, dispendio de recursos, desgaste del personal, frustración

de la población, mayor inseguridad ciudadana.

3.1.3 Este modelo de accionar policial proactivo, que representa un

fuerte avance en las relaciones comunidad – autoridad local -

policía y que conjuga adecuadamente la prevención del delito,

con el trabajo reactivo y represivo que realiza la policía frente a

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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la inseguridad ciudadana, tiene que convertirse en una realidad

nacional pero no de manera improvisada, ni haciendo anuncios o

publicidad pagada que de alguna manera pareciera que

solamente pretenden mejorar o ―maquillar‖ la imagen del Sector

Interior frente al incontenible avance de la criminalidad. El PERU

demanda una Policía Nacional que comprenda junto a su rol

histórico de combatir el delito, el respeto irrestricto a los

derechos humanos y a los derechos de la niñez, pero que

además se convierta en garante de los derechos y libertades

ciudadanas de las personas, es decir del derecho a transitar con

tranquilidad, a mejorar su calidad de vida, a tener paz y

tranquilidad en sus barrios, a tener una convivencia pacifica con

sus vecinos, a sentirse seguro en sus casas y en sus centros de

trabajo. Pero para eso, se tiene que comenzar con una reforma

institucional totalmente radical, y avanzar en esa reforma no se

encuentra en los planes del actual comando de la Policía

Nacional.

3.1.4 La Policía Comunitaria o si se le quiere llamar ―Patrullaje

Cuadrante Seguro‖, debe ser entendida como un Servicio de

Patrullaje proactivo que trabaje en todos estos aspectos y que

además propicie generar Cultura de Seguridad Ciudadana, para

que cada ciudadano sea consciente del rol que le corresponde

en la sociedad para mejorar los niveles de seguridad y

convivencia pacifica, pero no engañemos a la sociedad ni

subestimemos a nuestros efectivos policiales, en nuestra Policía

Nacional del Perú existen Policías (hombres y mujeres)

deseosos de participar de estas nuevas experiencias, algunos

de ellos con amplios conocimientos prácticos en la aplicación de

la metodología proactiva que deben ser convocados como

Instructores y capacitadores; si esto no es así, si no se cuenta

con una verdadera voluntad de cambio en la Policía Nacional, si

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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no se hace una selección previa, si no se facilitan a los

integrantes de nuestra Policía de los instrumentos y de más

habilidades para poder desarrollar esa tarea, para entender la

diferencia, para entender que también se necesitan formas

diferentes de ver las cosas y de trabajar con personas que

posiblemente tengan que entender muchas cosas que

desconocen, no se lograrán mejores resultados que de los hasta

hoy existentes.

3.1.5 El Policía peruano por formación y por metodología de trabajo en

el servicio es prioritariamente reactivo, el solo hecho de hacerle

la indicación que a partir de tal día, tendrá que desarrollar su

trabajo con una metodología diferente (proactivo), no da

resultado de ninguna manera porque no se encuentra preparado

ni adoctrinado mucho menos concientizado y ante la falta de

monitoreo de estas anunciadas estrategias, que ―mueren‖ en el

mismo momento en que se inicia su ejecución, el trabajo policial

asume por inercia el modelo tradicional, esto es el modelo

reactivo, es decir patrullar las calles en espera de un llamado de

auxilio o de la visualización de algún hecho delictivo o atender la

llamada de la central de radio para dirigirse al lugar donde se ha

producido un delito. Y este es el modelo que actualmente

prioriza la Policía Nacional para prevenir el delito.

3.1.6 El esfuerzo de la Policía Nacional del Perú tiene que

concentrarse en generar progresivamente una nueva cultura

policial, es decir un cambio filosófico que se traduzca en

mentalidad y metodología diferentes, donde el habitante se

sienta protegido por la policía como regla general y no como

suceso extraordinario. La formación y la capacitación es muy

importante y creemos que aún es escasa cuando queremos

utilizar con mucha facilidad un nuevo discurso: El discurso

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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proactivo; un discurso que no lo tienen aún muchos de los

policías que se encuentran en los diferentes niveles de comando

de la PNP y en el día a día en la calle; el éxito del cumplimiento

de la misión del Plan ―Patrullaje Cuadrante Seguro‖ dependerá

de que tanto el policía se sientra comprometido con el servicio y

el grado de coordinación con las Municipalidades del sector para

unir esfuerzos y no duplicar los mismos en las tareas de

prevención, dado al limitado recurso humano que se cuenta y

nula asignación logística.

3.2 RECOMENDACIONES

3.2.1 Es necesario optar por la integración de esfuerzos y recursos

entre los municipios y la Policía, en el marco del trabajo de los

comités provinciales y distritales de seguridad ciudadana, cuya

autoridad máxima es la municipal. Sin embargo, con frecuencia

ésta se queja de tener la responsabilidad pero no las

atribuciones para ejercer el poder que le confiere el artículo 197º

de la Constitución, la Ley del Sistema Nacional de Seguridad

Ciudadana y la Ley Orgánica de Municipalidades. Esto demanda

una ley de desarrollo constitucional que explicite la manera como

la Policía debe cooperar con los municipios en seguridad

ciudadana.

3.2.2 La institución policial debe contar con un plan de desarrollo

estratégico para la capital, que trascienda a las autoridades de

turno y sirva para planificar y conducir la gestión institucional sin

las marchas y contramarchas que acabamos de reseñar en el

análisis. El plan debe comenzar por definir con claridad la misión

y la visión institucional, la vinculación de la PNP con los otros

actores de la seguridad ciudadana, sus prioridades de desarrollo

y los objetivos que se espera alcanzar, así como los indicadores

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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55

de gestión que permitan evaluar su cumplimiento e introducir

oportunamente los ajustes necesarios. Tan importante como lo

anterior es que este intento de planificación estratégica se

desarrolle en el marco del SINASEC, para que no sea un

esfuerzo aislado y desvinculado del que deben realizar los otros

actores relevantes en este ámbito.

3.2.3 Es urgente trazar en la Policía Nacional del Perú un Plan de

Trabajo que comprenda los siguientes aspectos:

- El desarrollo de una policía preventiva eficaz para que

cumpla el servicio de patrullaje a pie por cuadrante de

manera permanente y no voluntaria para que el efectivo

policial se identifique con los vecinos.

- Una profunda reforma cultural y académica para la

formación de mejores policías.

- El desarrollo e implementación de un sistema moderno de

investigación criminal que trabaje con el personal

uniformado por cuadrante.

- El acercamiento de la Policía Nacional a la sociedad civil a

través del servicio ―Patrullaje Cuadrante Seguro‖.

- El diseño y la organización gerencial para su eficiencia en

la administración y equipamiento para que cada jurisdicción

sectorizada por cuadrante cumpla cabalmente con sus

funciones; y.

- El desarrollo de un programa efectivo de asuntos internos

para el control de los servicios del Plan ―Patrullaje

Cuadrante Seguro‖.

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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ANEXOS

POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ

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DIRNOP-PNP EM-UNIPLO

24 ABR 2013

PLAN GENERAL DE OPERACIONES Nº 28-2013-DIRNOP-

PNP/EM-UNIPLO “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO"

(Para ejecutar Operaciones Policiales de vigilancia, patrullaje, protección,

seguridad e intervención en puntos de alta incidencia delictiva o de riesgo para

la Seguridad Ciudadana, en las comisarias seleccionadas de las ciudades de

DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ

DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES POLICIALES

PLAN GENERAL DE OPERACIONES Nº 28-2013-

DIRNOP-PNP/EM-UNIPLO

“PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

24 ABR 2013

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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Tumbes, Piura, Chiclayo, Trujillo, Lima y Callao; ejecutado por personal PNP

de suboficiales de Armas con Aptitud ―A‖ de franco y vacaciones; con la

finalidad de prevenir y combatir la delincuencia común en todas sus

modalidades, generando un impacto psicológico en la ciudadanía y opinión

pública, que conlleve a mejorar la imagen institucional y recuperar la adhesión

de la población, dentro del marco legal vigente e irrestricto respeto de los

Derechos Humanos).

CARTAS : Planos de sus respectivas jurisdicciones

A. COMANDO

1. Comando General

General PNP

César CORTIJO ARRIETA

Director Nacional de Operaciones Policiales

2. Comandos Operativos

a. Generales PNP Directores Regionales de Lima y Callao b. Coroneles PNP Directores Territoriales de Tumbes, Piura,

Lambayeque y La Libertad.

3. Jefes Operativos

a. Jefes de las Divisiones de Patrullaje a Pie de las Regiones Policiales de Lima, Callao y DIRTEPOL Tumbes, Piura, Lambayeque y La Libertad.

b. Jefes de las Divisiones Territoriales de las Regiones policiales de Lima y Callao.

c. Jefes de las Divisiones Policiales de las DITERPOL Tumbes, Piura, Chiclayo y Trujillo.

d. Jefe de la División de Operaciones Policiales Especiales y Jóvenes en Riesgo (Escuadrón Verde) de la región Policial Lima.

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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e. Los Jefes de las DIVTER y DIVPOL de las Regiones Policiales y DIRTEPOL seleccionadas, tendrán como adjunto a los Comisarios de las Comisarías PNP seleccionadas.

B. FUERZAS

1. Propias

a. Personal de suboficiales PNP de armas con Aptitud ―A‖ de vacaciones y franco de las Comisarías seleccionadas de las Regiones Policiales Lima y Callao, Nor Oriente (a través de las Direcciones Territoriales de Tumbes, Piura, Lambayeque) y Norte (a través de la Dirección Territorial La Libertad).

b. Personal de suboficiales PNP de armas con Aptitud ―A‖ de vacaciones y franco de la División de Operaciones Policiales Especiales y Jóvenes en Riesgo (Escuadrón Verde) de la Región Policial Lima.

2. Apoyo

Personal PNP de Armas en Aptitud ―A‖ de vacaciones y franco

de las Unidades Sistémicas, Especializadas, Administrativas y

Comisarias no seleccionadas.

3. Control y Supervisión

a. Inspectoría General (por disposición del DIRGEN PNP). b. Dirección Nacional de Operaciones Policiales. c. Directores de las Regiones Policiales de Lima y Callao. d. Jefes de las DIRTEPOLES Tumbes, Piura, Lambayeque y La

Libertad. e. Jefes de las DIVTERS y DIVPOL de las comisarias

seleccionadas. f. División de Operaciones Policiales Especiales y Jóvenes en

Riesgo (Escuadrón Verde) de la Región Policial Lima. g. Divisiones de patrullaje a pies de las Regiones Policiales

Lima, Callao, Nor Oriente y Norte. h. Comisarios de las Comisarías seleccionadas.

I. SITUACIÓN

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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A. Hechos

1. La Policía Nacional del Perú, por mandato constitucional (Artículo 166) es una institución del Estado encargada de garantizar, mantener y restablecer el orden interno, prestar protección y ayuda a las personas y a la comunidad, garantizar el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y privado; prevenir, investigar y combatir la delincuencia; vigilar y controlar las fronteras; con el propósito de defender a la sociedad y a las personas, a fin de permitir su pleno desarrollo, en el marco de una cultura de paz y de respeto a los Derechos Humanos.

2. El D.L Nº 1148 del 11DIC2012, Ley de la Policía Nacional del Perú, establece como función institucional, mantener la seguridad y tranquilidad pública para permitir el libre ejercicio de los derechos fundamentales de la persona consagrados en la Constitución Política del Perú. Prevenir, combatir, investigar y denunciar los delitos y faltas, así como garantizar la seguridad ciudadana.

3. Mediante Decreto Legislativo N° 1132 se aprobó la Nueva Estructura de Ingresos aplicables al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, la cual posibilita mejorar los ingresos del personal militar y policial mediante un proceso de implementación progresiva; creándose en dicha norma la ―Bonificación por Desempeño Efectivo de Cargos de Responsabilidad‖, la ―Bonificación por Función Administrativa y de Apoyo Operativo Efectivo‖, la ―Bonificación por Alto Riesgo a la Vida‖, entre otras.

4. Mediante Decreto Supremo N° 013-2013-EF se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú.

5. Mediante Decreto Supremo N° 069-2013-EF, dispone en el artículo 1ro: “Modificación de la Tercera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 013-2013-EF” que a letra dice: Durante el año fiscal 2013, las bonificaciones reguladas en la presente disposición serán financiadas por las entidades del Sector Público que actualmente vienen pagándolas bajo distinto concepto o denominación, sin demandar recursos adicionales a Tesoro Público; para ello, deberán adecuarlas y registrarlas como ―Bonificación por Alto Riesgo a la Vida‖, por intermedio del Ministerio de Defensa y el Ministerio del Interior, según corresponda, en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público - Aplicativo Informático a cargo de la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, bajo responsabilidad administrativa, civil o penal del funcionario que lo otorgue, así como del personal policial en situación de actividad que lo reciba, de corresponder‖.

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6. En el artículo segundo del DS N° 069-2013-EF, en la Décimo tercera disposición señala: “Bonificación por Alto Riesgo a la Vida para personal policial que presta servicio, en forma voluntaria, en una jornada complementaria que determina la Policía Nacional del Perú.”.- En caso del personal policial que preste servicios, en forma voluntaria, en una jornada complementaria que la determina la Policía Nacional del Perú, tendrá derecho a percibir por Concepto de ―Bonificación por Alto Riesgo a la Vida‖, una bonificación diaria equivalente a SETENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 72.00) por cada día efectivo que preste dicho servicio para el año fiscal 2013.

7. El Comando Institucional dispuso la organización e implementación del Servicio Policial denominado “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”, mediante la ejecución del Patrullaje a Pié, captando personal policial de la Policía Nacional del Perú (Suboficiales de Armas, con aptitud ―A‖), que en situación de franco y vacaciones, que voluntariamente deseen prestar este tipo de servicio especial. Para ello los Directores de las Regiones Policiales Lima y Callao, Nor Oriente (a través de las Direcciones Territoriales de Tumbes, Piura, Lambayeque) y Norte (a través de la Dirección Territorial La Libertad), deberán de implementar la Unidad de Patrullaje a Pie (UNIPATPIE), con los recursos logísticos y humanos necesarios para su óptimo funcionamiento, los mismos que pondrán en funcionamiento el Servicio Policial de ―patrullaje cuadrante seguro‖.

8. Mediante Resolución Directoral Nº 344-2013-DIRGEN/EMG de fecha 24ABR13, la DIRGEN PNP aprobó la Directiva N° 03-04-2013-EMG-DIRASOPE-B del 24ABR13, que establece normas y procedimientos para la organización, funcionamiento y control del servicio policial ―PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO‖, en la modalidad de jornada complementaria y voluntaria en Comisarías, en el marco del Decreto Supremo N° 069-2013-EF.

9. La Policía Nacional del Perú, desde el 01MAY2013 pondrá en ejecución la Jornada Complementaria denominada “Patrullaje Cuadrante Seguro”, en las Comisarías seleccionadas de las ciudades de Tumbes, Piura, Chiclayo, Trujillo, Lima y Callao, así como en el área de responsabilidad de la División de Operaciones Policiales Especiales y Jóvenes en Riesgo - Escuadrón Verde de la Región Policial Lima; comprometiendo al personal de Suboficiales de Armas en aptitud ―A‖, que voluntariamente deseen realizar este servicio, cuando se encuentren en situación de franco o vacaciones.

10. La bonificación de alto riesgo a la vida, comprende al personal de suboficiales de armas en todos los grados con actitud ―A‖.

11. Los indicadores que se tomaran en cuenta para la evaluación de la producción de cada jurisdicción policial serán los siguientes:

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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a. Indicador

Colaboración y atención de la ciudadanía a través de la

presencia policial en las calles.

Unidad de Medida

Porcentaje a través de una encuesta muestra representativa de

la población.

b. Indicador

Cobertura policial eficaz en áreas de incidencia delictiva.

Unidad de Medida

Porcentaje en los puntos de incidencia delictiva cubiertos por

total de puntos de incidencia delictiva.

c. Indicador

Intervenciones policiales en las áreas críticas de incidencia

delictiva.

Unidad de Medida

Porcentaje de Intervenciones realizadas en el marco del servicio

sobre total de intervenciones

d. Indicador

Incidencia de faltas contra el patrimonio y contra la persona.

Unidad de Medida

Porcentaje de intervenciones de faltas contra el patrimonio y

contra la persona sobre total de intervenciones realizadas.

e. Indicador

Incidencia de delitos contra el patrimonio y contra la vida, el

cuerpo y la salud.

Unidad de Medida

Porcentaje de Intervenciones de delitos contra el patrimonio y

contra la vida, el cuerpo y la salud, sobre el total de

intervenciones realizadas.

f. Indicador Intervenciones contra la microcomercialización de drogas

Unidad de Medida

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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Porcentaje del total de intervenciones de comiso de drogas

sobre el total de intervenciones realizadas.

12. La Jornada Complementaria denominada ―Patrullaje Cuadrante Seguro‖ , tiene carácter de función policial y está enmarcado dentro de las prescripciones legales, reglamentarias y éticas de la Policía Nacional del Perú, cuya organización estará a cargo de las Divisiones de Patrullaje a Pie de las Regiones Policiales Lima y Callao, Nor Oriente (a través de las Direcciones Territoriales de Tumbes, Piura, Lambayeque) y Norte (a través de la Dirección Territorial La Libertad) y será ejecutado a través de las Comisarías PNP designadas.

13. La Jornada Complementaria denominada ―Patrullaje Cuadrante Seguro‖ , es de carácter voluntario”, no generará gastos de equipamiento al personal policial, los mismos que deberán asistir a su servicio correctamente uniformado y con el armamento de su propiedad, de conformidad al reglamento de Uniformes de la PNP.

14. El personal PNP de armas que presta el servicio en Jornada Complementaria denominada ―Patrullaje Cuadrante Seguro‖ , que cometiera infracción a la Ley que regula el Régimen Disciplinario de la PNP durante el cumplimiento de dicho servicio o no alcanzara los estándares mínimos establecidos en el presente Plan General de Operaciones, independientemente de la sanción disciplinaria a la que hubiere lugar, será suspendido del servicio, por el tiempo que se establezca; asimismo. Los Oficiales de Control y Supervisión designados, mediante charlas deberán de hacer de conocimiento al personal policial diariamente durante las formaciones de las 07.00 y 15.00 horas, antes de salir al servicio.

15. Comisarías Seleccionadas:

a. DIRTEPOL PIURA (07 Comisarías de la Provincia de Piura): Comisarías PNP de Castilla, Catacaos, Los Algarrobos, Piura, San Martín, El Indio y Tacala.

b. DIRTEPOL LAMBAYEQUE (05 Comisarías de la Provincia de Chiclayo): Comisarías PNP de La Victoria, Del Norte, José Leonardo Ortiz, LLatas Castro y Atusparia.

c. DIRTEPOL LA LIBERTAD (07 Comisarías de la Provincia de Trujillo): Comisarías PNP de Ayacucho, Bellavista, Florencia de Mora, Nicolás Alcázar, Sánchez Carrión, La Noria y Jerusalén.

d. REGPOL CALLAO: (18 Comisarías): Callao, La Legua, La Perla, Ciudadela Chalaca, Ciudad del Pescador, Bellavista, Ramón Castilla, Dulanto, Sarita Colonia, Playa

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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Rímac, Bocanegra, Juan Ingunza Valdivia, Carmen de La Legua Reynoso, Ventanilla, Márquez, Mi Perú, Villa los Reyes y Pachacutec.

e. REGPOL LIMA: (36 Comisarías) Agustino, Alfonso Ugarte, Apolo, Barboncito, Barranco, Breña, Chorrillos, Cotabambas, Independencia, Jesús Maria, Laura Caller, Lince, Maranga, Miraflores, Monserrate, Puente Piedra, Rímac, Salamanca, San Andrés, San Borja, San Juan de Miraflores, San Luis, San Martín de Porres, San Miguel, Santa Anita, Santa Elizabeth, Santa Felicia, Sol de Oro, Surco, Surquillo, Túpac Amaru, La Victoria, Villa, Villa el Salvador, Villa María y Zarate.

f. División de Operaciones Policiales Especiales y Jóvenes en Riesgo (Escuadrón Verde), de la Región Policial Lima.

16. Apoyo de Otras Unidades.

Personal de Suboficiales de Armas con Aptitud ―A‖ de las

Direcciones Sistémicas, Especializadas y Administrativas que

voluntariamente deseen prestar este servicio policial, en sus

días de franco o vacaciones.

B. Fuerzas Amigas

1. Personal PNP no comprometido en el presente P/G/O. 2. FF.AA 3. Municipalidades 4. Ministerio Público. 5. Defensoría del Pueblo. 6. Serenazgo. 7. Poder Judicial.

C. Fuerzas Adversas

1. Delincuentes terroristas. 2. Delincuentes comunes con la cubierta de DDTT. dedicados al

asalto y robo en las carreteras. 3. Bandas organizadas de DD.CC. 4. Personas que interfieran la labor policial 5. Otros al margen de la Ley

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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D. Suposiciones

1. Que, los Jefes de las Dependencias Policiales de Tumbes, Piura, Chiclayo, Trujillo, Lima y el Callao, comprometidos en la Jornada Complementaria denominada ―Patrullaje Cuadrante Seguro‖, incumplan las disposiciones del Comando Institucional por diversos motivos.

2. Que, personal que presta servicios esta jornada complementaria, en la Regiones Policiales y Direcciones Territoriales Policiales a nivel nacional, continúen realizando servicio particular en entidades públicas y privadas sin contar con el convenio correspondiente con el Sector Interior.

3. Que, los Jefes de Dependencia Policiales de Tumbes, Piura, Chiclayo, Trujillo, Lima y el Callao, continúen otorgando Autorizaciones al Personal de Suboficiales de armas, a fin de que realicen servicio particular individualizado en diferentes entidades Públicas y Privadas.

4. Que, personal policial de armas, que voluntariamente presta este servicio, sea renuente a cumplir con eficiencia y responsabilidad la misión encomendada por el Comando Policial.

5. Que, personal policial de armas, preste servicios uniformado en entidades ―PÚBLICAS Y PRIVADAS‖ con las cuales la Institución no tiene convenio.

6. Que, el personal policial de armas incluido en el plan cuadrante seguro, realice operativos policiales de toda naturaleza en forma aislada y sin autorización.

7. Que, el personal de armas realice este servicio en el interior de locales, sean públicos o privados.

8. Que, el personal policial de armas por orden expresa de los Comisarios u otro Oficial, realice labores internas y/o administrativas en el interior de locales policiales.

9. Que, el personal policial de armas por la falta de control y supervisión se constituya a restaurantes, kioscos, carretillas, cafetines u otros

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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lugares de expendio de comidas, a desayunar o almorzar, durante la facción de su servicio pretextando la necesidad de los mismos.

10. Que, el personal de armas abandone su zona de patrullaje para realizar trámites personales y/o institucionales.

11. Que, los Jefes de las Unidades de Patrullaje, Comisarios y Oficiales de Control, otorguen permisos al personal policial de armas durante sus horas de servicio.

12. Que, el personal policial de armas se dedique a actividades extra policiales, reñidas contra la moral y las buenas costumbres, juegos de azar, el decoro y el espíritu de cuerpo, durante su facción de servicio.

13. Que, el personal policial de armas en el cumplimiento de sus funciones diarias, reciba o solicite dádivas por el servicio prestado de parte de los usuarios o denunciantes.

14. Que, se incremente las actividades delictivas en todas sus modalidades; particularmente en los delitos contra el patrimonio (delincuencia menor) y Contra la Libertad (Secuestros), fijando como víctimas a personas que aparentan solvencia económica, así como también previo reglaje a funcionarios bancarios, empresarios, políticos, comerciantes, empleados, profesionales y otros.

15. Que, el personal policial durante sus facciones de servicio, no cumplan con la misión específica, dedicándose a otras actividades, desnaturalizando su contenido, que puedan ser aprovechados por la DDCC y/o medios de comunicación para mellar la Imagen Institucional.

16. Otras actividades que contravengan las disposiciones legales vigentes sobre el particular.

II. MISION

El personal de suboficiales PNP de Armas con Aptitud ―A‖ en situación de

franco y vacaciones de las Comisarias seleccionadas de las Regiones

Policiales de Lima, Callao, Región Policial Nor Oriente; (a través de las

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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Direcciones Territoriales de Tumbes, Piura y Lambayeque) y Región

Policial Norte; (a través de la Dirección Territorial de La Libertad) y la

División de Operaciones Policiales Especiales y Jóvenes en Riesgo -

Escuadrón Verde de la Región Policial Lima, con el apoyo de las

Direcciones Ejecutivas y el Control de la IGPNP (por disposición del

DIRGEN PNP), a partir de las 07.00 horas del 01MAY2013, pondrán en

ejecución de la Jornada Complementaria denominada Servicio Policial

―Patrullaje Cuadrante Seguro‖ y ejecutarán operaciones policiales de

vigilancia, patrullaje, protección, seguridad e intervención en puntos

críticos de alta incidencia delictiva de sus jurisdicciones, bajo la modalidad

del patrullaje a pie, con la finalidad de prevenir y combatir la delincuencia

común en todas sus modalidades, generando un impacto psicológico en

la ciudadanía y opinión pública, que conlleve a mejorar la imagen

institucional y recuperar la adhesión de la población, dentro del marco

legal vigente e irrestricto respeto de los Derechos Humanos.

III. EJECUCION

A. Concepto de la Operación

1. La Policía Nacional del Perú, durante el año 2013, pondrá en ejecución la jornada complementaria denominado, servicio policial “Patrullaje Cuadrante Seguro”, en Comisarías seleccionadas de las ciudades de Tumbes, Piura, Chiclayo, Trujillo, Lima y Callao, comprometiendo al personal de suboficiales de armas con actitud ―A‖, que voluntariamente deseen realizar este servicio, cuando se encuentren en situación de vacaciones o franco.

2. La Jornada Complementaria denominada Servicio Policial “Patrullaje Cuadrante Seguro”, tiene carácter de función policial y está enmarcado dentro de las prescripciones legales, reglamentarias y éticas de la Policía Nacional del Perú, cuya organización estará a cargo de las Divisiones de patrullaje a pie Regiones Policiales de Lima, Callao, Región Policial Nor Oriente; (a través de las Direcciones Territoriales de Tumbes, Piura y Lambayeque) y Región Policial Norte; (a través de la Dirección Territorial de La Libertad) y será ejecutado con personal de suboficiales PNP de Armas en situación de vacaciones y franco de las Comisarías PNP designadas que voluntariamente deseen

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prestar dicho servicio, así como con el apoyo de personal PNP de Armas de otras unidades, siempre que existan vacantes por cubrirse.

3. La Jornada Complementaria que se brinde, estará enmarcado dentro de las prescripciones legales, reglamentarias y éticas de la Policía Nacional del Perú.

4. El servicio policial denominado “Patrullaje Cuadrante Seguro, es de carácter voluntario”, no generará gastos de equipamiento al personal policial, los mismos que deberán asistir a su servicio correctamente uniformado y con el armamento de su propiedad, de conformidad al reglamento de Uniformes de la PNP.

5. El personal policial que cometiera infracciones a la Ley que regula el Régimen Disciplinario de la PNP, durante el cumplimiento del servicio de “Patrullaje Cuadrante Seguro” o no alcanzará los estándares mínimos establecidos en el presente Plan General de Operaciones, independientemente de la sanción disciplinaria a la que hubiere lugar, será suspendido del servicio conforme al siguiente detalle:

a. Infracción Grave : Desactivación por 03 meses. b. Infracción Muy Grave : Desactivación definitiva.

6. Los Oficiales de Control y Supervisión, mediante charlas deberán de hacer de conocimiento al personal policial diariamente durante las formaciones de las 07.00 y 15.00 horas, antes de salir al servicio, las disposiciones contenidas en el presente plan, incidiendo que están sujetos al Decreto Legislativo N° 1150 del 11DIC2012, Ley que regula el régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú.

7. El servicio es voluntario y exclusivamente para el personal de suboficiales de armas de la Policía Nacional del Perú, en situación de Actividad y en aptitud ―A‖, que se encuentren de franco y vacaciones, pertenecientes a las Regiones Policiales de Lima (36 Comisarías), Callao (18 Comisarías), Región Policial Nor Oriente; a través de las Direcciones Territoriales de Tumbes (03 Comisarías), Piura (07 Comisarías) y Lambayeque (05 Comisarías) y Región Policial Norte; a través de la Dirección Territorial de La Libertad (07 Comisarías).

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8. A ello se sumarán el personal de franco y vacaciones de las Unidades Especializadas y Administrativas de otras unidades, considerados como apoyo y previo sorteo, serán destinados exclusivamente a prestar servicio en la modalidad de patrullaje a pie, en las jurisdicciones de las Comisarías PNP seleccionadas.

9. El personal que se encuentren haciendo uso de Descansos Médicos automáticamente quedan excluidos del Servicio de Alto Riesgo a la Vida, por la cantidad de días que dure su Descanso Médico.

10. El servicio denominado ―patrullaje cuadrante seguro‖, se ejecutará diariamente:

a. Exclusivamente mediante la modalidad de patrullaje a pie en los puntos críticos que previamente han sido identificados en el Mapa del Delito de la Comisaría seleccionada, quedando desautorizado realizar trabajos administrativos con cargo a este Servicio Policial.

b. Por el grupo conformado por el personal de franco de la Comisaría PNP seleccionada, que voluntariamente desee prestar este servicio, según el Cuadro de Vacantes establecido por la DIRNAOP PNP.

c. Este grupo se divide en dos sub grupos: El primer grupo inicia su servicio a las 07:00 horas hasta las 15:00 horas y el segundo grupo de 15.00 a 23.00 horas.

d. El grupo de servicio de la Comisaria que cubre su facción de 19.00 a 01.00 horas, será considerado para prestar servicio de patrullaje cuadrante seguro en su franco en el turno de 07.00 a 15.00; de igual forma el grupo de servicio de la Comisaría que cubre facción de 01.00 a 07.00, será considerado para prestar en su franco en el segundo turno de 15.00 a 23.00. Esta modalidad será en forma rotativa.

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e. El personal de vacaciones y franco de las Unidades Especializadas y Administrativas PNP considerados como apoyo, serán distribuidos previo sorteo diariamente en dos grupos (mismos turnos), en cada Comisaría designada, en igual número de efectivos. Este personal de apoyo, también prestará servicio en la misma forma indicada en el literal ―c‖ de este numeral.

11. Dependencias Seleccionadas:

a. Dirección Territorial Policial Tumbes: 03 Comisarías de la ciudad de Tumbes (San José, Tablazo y Andrés Araujo).

b. Dirección Territorial Policial Piura: 07 Comisarías de la Ciudad de Piura (Castilla, Catacaos, Los Algarrobos, Piura, San Martín, El Indio y Tacala).

c. Dirección Territorial Lambayeque: 05 Comisarías de la Ciudad de Chiclayo (La Victoria, Del Norte, José Leonardo Ortiz, LLatas Castro y Atusparia).

d. Dirección Territorial La Libertad: 07 Comisarías de la Ciudad de Trujillo (Ayacucho, Bellavista, Florencia de Mora, Nicolás Alcázar, Sánchez Carrión, La Noria y Jerusalén).

e. Región Policial Callao: 18 Comisarías de la Ciudad del Callao (Callao, La Legua, La Perla, Ciudadela Chalaca, Ciudad del Pescador, Bellavista, Ramón Castilla, Dulanto, Sarita Colonia, Playa Rímac, Bocanegra, Juan Ingunza Valdivia, Carmen de La Legua Reynoso, Ventanilla, Márquez, Mi Perú, Villa los reyes y Pachacutec).

f. Región Policial Lima: 36 Comisarías de la Ciudad de Lima (Agustino, Alfonso Ugarte, Apolo, Barboncito, Barranco, Breña, Chorrillos, Cotabambas, Independencia, Jesús Maria, Laura Caller, Lince, Maranga, Miraflores, Monserrate, Puente Piedra, Rímac, Salamanca, San Andrés, San Borja, San Juan de Miraflores, San Luis, San Martín de Porres, San Miguel, Santa Anita, Santa Elizabeth, Santa Felicia, Sol de Oro, Surco, Surquillo, Túpac Amaru, La Victoria, Villa, Villa el Salvador, Villa María y Zarate).

g. División de Operaciones Policiales Especiales y Jóvenes en Riesgo (Escuadrón Verde) de la Región Policial Lima.

12. Apoyo de Otras Unidades Especializadas y Administrativas

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Personal de Suboficiales de Armas con Aptitud ―A‖ de las

Direcciones Sistémicas, Especializadas y Administrativas que

voluntariamente deseen prestar este servicio policial, en sus

días de franco o vacaciones.

13. Las operaciones policiales estarán orientadas a realizar servicio de vigilancia, patrullaje, protección, seguridad e intervención en los puntos críticos de índice delincuencial enclavados en cada una de sus jurisdicciones, fortaleciendo la presencia policial disuasiva y brindar protección a la población en general, garantizando la seguridad ciudadana.

14. Los Órganos de Inteligencia de la Regiones Policiales y Direcciones Territoriales comprometidas proporcionarán Inteligencia Operativa en forma oportuna al Comando General, Comando Operativo y Jefes Operativos para las acciones necesarias, manteniendo permanentemente actualizadas las A/I y A/S, para la oportuna toma de decisiones.

15. Se establecerán los servicios policiales en los puntos críticos y de alta incidencia delictiva o de riesgo para la seguridad, previamente determinados por los Órganos de Inteligencia, para combatir la delincuencia común en todas sus modalidades, delitos menores, secuestros al paso, micro comercialización de drogas, entre otros, sustentándolos en sus correspondientes ―Mapas del Delito‖.

16. Incrementar la presencia y cobertura policial en las zonas de las dependencias policiales comprometidas, a fin de fortalecer la presencia policial disuasiva y brindar protección a la población en general.

17. Fortalecer la Seguridad Ciudadana con mayor presencia policial, a fin de prevenir y combatir el incremento de la delincuencia y disminuir la percepción de inseguridad en la ciudadanía.

18. Las operaciones policiales que se realizarán serán PREVENTIVAS y DISUASIVAS, con la finalidad de mostrar a la población presencia policial y minimizar las oportunidades de cometer ilícitos penales o infracciones a los reglamentos vigentes.

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19. Se orientarán las labores de inteligencia con al finalidad de apoyar a la lucha frontal contra la delincuencia en sus diferentes modalidades.

20. La finalidad es erradicar los focos infecciosos de la Delincuencia Común, capturando a elementos al margen de la Ley, con el propósito de reducir el accionar delictivo, reducir los índices de percepción de inseguridad, fortaleciendo la seguridad ciudadana y el prestigio institucional.

21. Las operaciones policiales estarán orientadas al cumplimiento de la misión establecida, así como para la atención inmediata de casos coyunturales.

22. Se deberán dictar las órdenes de detalle al personal policial, a fin de que utilicen prioritariamente, los medios persuasivos, evitando caer en la provocación y esto pueda generar el descontrol de los efectivos, un uso desmedido e inadecuado de las fuerzas, hechos que puede ser utilizado en contra de la PNP.

23. Todas las Operaciones Policiales serán debidamente planificadas con un criterio técnico profesional y su ejecución se efectuará bajo el Comando y conducción de Oficiales Superiores.

24. Se incrementará la presencia y cobertura policial en las zonas de las dependencias policiales comprometidas, a fin de fortalecer la presencia policial disuasiva y brindar protección a la población en general.

25. Fortalecerá la Seguridad Ciudadana con mayor presencia policial, a fin de prevenir y combatir el incremento de la delincuencia y disminuir la percepción de inseguridad en la ciudadanía.

26. Elevará el bienestar policial, cautelando la imagen Institucional y el Principio de Autoridad.

27. Precisará las funciones, obligaciones y responsabilidades de

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los órganos institucionales y del Personal PNP comprometido.

28. Se instruirá al personal PNP para afrontar situaciones de hechos graves que involucre y afecte a la seguridad ciudadana, incidiendo igualmente en el estado de ―ALERTA‖ que deben mantener en todo momento para evitar sean sorprendidos por DDCC y/o DDTT que puedan atentar contra su integridad física.

29. La DIRNOP Supervisará y controlará el cumplimiento de las responsabilidades asignadas a las Regiones Policiales y Direcciones Territoriales comprometidas el Plan General de Operaciones ―Patrullaje Cuadrante Seguro‖, para lo cual deberá diseñar el Plan de Supervisión Anual en base a los indicadores, que comprenda en forma permanente en la ciudad de Lima mediante un Equipo de Supervisión con personal de franco y vacaciones y en las ciudades de provincia mediante Comisiones Especiales de Servicio.

B. Tareas Generales

1. Se mantendrá permanentemente actualizada las Apreciaciones de Inteligencia y Apreciaciones de Situación de sus respectivas jurisdicciones de las Comisarías seleccionadas para identificar los puntos críticos de mayor incidencia delictiva.

2. Para la adjudicación de las vacantes al personal policial de la Policía Nacional del Perú, que voluntariamente deseen prestar el Servicio “Patrullaje Cuadrante Seguro” se efectuará siguiendo las siguientes modalidades:

a. DIRECTA.- El personal policial de franco y vacaciones reglamentarias que presta servicios en las Comisarías seleccionadas, que voluntariamente lo solicite, será asignado directamente para cubrir una vacante en su respectiva unidad.

b. POR SORTEO.- El personal de otras unidades policiales que solicite prestar servicios de ―Patrullaje Cuadrante Seguro‖, se inscribirá en las unidades de patrullaje a pie y previo sorteo, será asignado a las Comisarías que tengan

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vacantes por cubrir.

3. Las Regiones Policiales y Direcciones Territoriales, en cuyas circunscripciones se encuentren las Comisarías seleccionadas para implementar el servicio de ―Patrullaje Cuadrante Seguro‖, a través de las unidades de patrullaje a pie, deberán cumplir las siguientes etapas:

a. Etapa de Organización

(1) Asignación de personal para la administración de la organización.

(2) Asignación de Infraestructura. (3) Asignación de Recursos logísticos y tecnológicos. (4) Formular Manual de Organización y funciones. (5) Formular Manual de normas y

procedimientos. (6) Formular su Orden de Operaciones

b. Etapa de Convocatoria

(1) Desarrollar una campaña de difusión en las Unidades comprometidas.

(2) Definir y difundir los lugares y períodos de inscripción utilizando: la página web de la PNP (águila 6), comunicaciones telefónicas, publicaciones en los periódicos murales, etc.

(3) Difundir los requisitos y documentación requerida (4) Captar la expectativa e intereses del personal

policial, para su explotación en las campañas de difusión que se ejecutarán en forma permanente.

c. Etapa de inscripción y sorteo

(1) Inscribir al personal en los lugares y días previstos, solicitándole y verificando la documentación del caso.

(2) Otorgar la respectiva constancia de inscripción. (3) Notificar fecha y hora en caso de realización

de sorteos. (4) Proceder al registro informático

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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d. Etapa de instrucción

Brindar instrucción antes de la asignación del personal,

mediante conferencias y talleres en grupos de trabajo, en

relación a los siguientes tópicos: Técnicas de patrullaje a

pié, Trato al público, Protocolos de actuación con otras

Unidades PNP, etc.; debiendo incidirse en las

Responsabilidades del servicio y causales de separación.

e. Etapa de Asignación

(1) Notificar al personal policial inscrito, el turno y zona en las cual ejecutará su servicio de patrullaje.

(2) Entregar al personal una notificación escrita de su zona y turno de servicio.

(3) Designar una Comisión de Ejecución de las Asignaciones de Personal conformada por el Jefe de Oficina, Jefe del Departamento de Captación y el Jefe de la Unidad de Planeamiento.

(4) En caso que sea necesaria la asignación del personal mediante un sorteo.

f. Etapa de Ejecución

(1) Instalar al personal en el área asignada con puntualidad, conforme a los horarios dispuestos por los comandos operativos.

(2) Definir los puntos críticos de acuerdo al mapa del delito de cada Comisaría especial interés en la zona asignada.

(3) Exigir actitud proactiva y de interacción permanente con la ciudadanía.

(4) Ejecutar las intervenciones que sean necesarias con prontitud, poniendo a disposición a los implicados a la dependencia PNP de la jurisdicción con el parte de ocurrencia respectivo.

g. Etapa de Supervisión y Control

(1) Tendrá los siguientes niveles:

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(a) Comisarías – Primer Nivel (b) Divisiones Territoriales – Segundo Nivel (c) Divisiones de Patrullaje a Pie – Tercer Nivel (d) Regiones Policiales y Direcciones

Territoriales – Cuarto Nivel (e) Dirección Nacional de Operaciones Policiales

– Quinto Nivel. (f) Inspectoría General PNP – Sexto Nivel

(2) Constatar la presencia física de los efectivos PNP, en sus áreas de responsabilidad y turnos asignados, identificándolos plenamente con su respectivo Carné de Identidad verificando el uso correcto del uniforme de acuerdo la estación y uso del arma particular, revistado por la Sección de Armamento y Munición (SAM) de la jurisdicción

(3) Uso y llenado correcto del formato de Parte de Reporte diario.

(4) Instruir permanentemente al personal que está impedido de abandonar las áreas asignadas, salvo cuando las necesidades propias de su misión así lo requieran.

(5) Verificar que el personal de servicio, emplee con responsabilidad todas las técnicas diseñadas para la observación, vigilancia, inspección e intervención, con respeto irrestricto a los Derechos Humanos.

h. Etapa de Evaluación

(1) De conformidad con los indicadores de medición, bimestralmente deberá emitir un Informe con los logros alcanzados.

(2) Realizar los procesos de retroalimentación para adoptar las medidas de corrección que eleven la efectividad del servicio.

4. El servicio al ser de carácter voluntario, el personal que desee realizar este servicio de patrullaje a pie, deberá contar con la autorización de su comando, de acuerdo al formato señalado en el Anexo N° 1.

5. La asignación de vacantes diarias deberá seguir el siguiente

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proceso:

(a) La Comisaría seleccionada deberá remitir a la División de Patrullaje a Pie de su localidad, a más tardar los días 25 de cada mes el Listado por día y turno del personal de armas de la indicada Comisaría, que voluntariamente desee prestar el servicio policial ―Patrullaje Cuadrante Seguro‖ del mes siguiente, conforme al Cuadro de Vacantes establecida por la DIRNAOP PNP. Debiendo adjuntar las respectivas Autorizaciones.

(b) Las Divisiones de Patrullaje a Pie deberán evaluar el número de vacantes procedentes de las Comisarías y establecer el número de vacantes reales que deberán sortearse con personal de armas de las otras unidades policiales de apoyo, en concordancia con el Cuadro de Vacantes establecida por la DIRNAOP PNP.

(c) En ningún caso, el número de vacantes deberá excederse del Cuadro de Vacantes establecida por la DIRNAOP PNP.

(d) La DIRNAOP PNP podrá modificar el número de vacantes de las Comisarías seleccionadas, pudiendo inclusive retirar el servicio y trasladarlo a otra Comisaría.

6. El personal policial que se encuentre haciendo uso de vacaciones, podrá efectuar hasta 30 servicios al mes, a razón de un turno diario.

7. El personal policial de franco, podrá efectuar un máximo de 15 servicios al mes, quedando prohibido efectuar más de un turno diario. Excepcionalmente podrá efectuar 16 servicios, siempre que el último día del mes coincida con su franco.

8. El personal policial de otras unidades, que realice un buen desempeño en el cumplimiento del servicio de ―Patrullaje Cuadrante Seguro‖, previa evaluación de la jefatura de la unidad de patrullaje a pie, podrá ser beneficiado con la exclusión del sorteo y de ser el caso, generar un incentivo del comando institucional.

9. El personal que se encuentre haciendo uso de descanso médico, automáticamente queda suspendido del servicio de ―Patrullaje Cuadrante Seguro‖, por los días que dure la prescripción médica, sin derecho a pago.

10. El personal prestará el servicio correctamente uniformado de conformidad al Reglamento de Uniformes de la PNP. En ningún caso el personal podrá prestar el servicio sin la vara de Ley, grilletes de seguridad, silbato y armamento particular.

11. El servicio policial de patrullaje cuadrante seguro, está considerado

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como apoyo a las Comisarías designadas en el Servicio Policial Básico que se encuentren en zonas urbanas, cuya finalidad de contribuir con dicha sub unidad, en la lucha contra la delincuencia común y organizada.

12. El personal policial que preste el servicio de patrullaje cuadrante seguro, dependerá operativamente de los Departamentos de

Patrullaje de las Unidades designadas, no existiendo pretexto alguno para actuar en forma independiente.

13. El Jefe del Departamento de Patrullaje de las Comisarías PNP, pasará lista en forma diaria y en los turnos correspondientes al personal asignado a su jurisdicción, con 15 minutos de anticipación al inicio del turno de servicio, debiendo incluirlos en un Rol Adicional de Servicios de Patrullaje de la Comisaría.

14. La prestación del servicio se efectuará exclusivamente en los puntos de mayor incidencia delictiva que previamente se hayan definido en el Mapa del Delito de cada Comisaría designada. Estos puntos críticos pueden modificarse ya sea quincenal o mensual, previa sustentación cualitativa y cuantitativa.

15. Los DIVTERS, Jefes de las UNIPATPIE y Comisarios de las Comisarias seleccionadas, designarán a los Oficiales de Control para la supervisión de los servicios, debiendo efectuar su Ronda en forma permanente.

16. Los suboficiales de armas, que accedan al servicio patrullaje cuadrante seguro, quedan sujetos a la Supervisión y Control que realice el Oficial de Control designado por el Jefe de la Unidad de Patrullaje a Pie, o por el Comisario según sea el caso.

17. El Servicio es de carácter preventivo y disuasivo, el personal deberá permanecer siempre alerta en su facción de servicio, debiendo prevenir la comisión de delitos y/o faltas en su zona de patrullaje. En casos excepcionales colaborará con el aceleramiento del tránsito vehicular en su zona de patrullaje, a cuyo término deberá retornar a sus labores habituales.

18. El Servicio se desarrollará bajo la modalidad de Patrullaje en Parejas como mínimo, debiendo resaltar en todo momento la presencia policial.

19. La prestación del servicio ―patrullaje cuadrante seguro‖, queda sujeta a las siguientes prohibiciones:

a. Evitar que el personal PNP, preste servicios uniformado en entidades “PÚBLICAS Y PRIVADAS” con las cuales la Institución no tiene convenio.

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b. Que el personal realice operativos policiales de toda naturaleza en forma aislada y sin autorización.

c. Que el personal realice este servicio en el interior de locales, sean públicos o privados.

d. Que el personal realice labores internas y administrativas en el interior de locales policiales.

e. Que el personal se constituya a restaurantes, kioscos, carretillas, cafetines u otros lugares de expendio de comidas, a desayunar o almorzar, durante la facción de su servicio pretextando la necesidad de los mismos.

f. No podrá designarse a este personal para integrar comisiones y/o delegaciones policiales que participen en ceremonias, celebraciones, eventos deportivos, talleres, charlas, conferencias, simposios, fiestas costumbristas, pasacalles, desfiles y otros que no sean acordes con la función policial que realizan.

g. No podrá designarse al personal para cubrir servicio de seguridad y vigilancia en forma exclusiva en custodias personales, custodia de caudales, custodia y traslado de explosivos, custodia y traslado de detenidos, seguridad de entidades bancarias y crediticias, casinos, discotecas, obras de construcción, supermercados, hipermercados, centros de recreación, prostíbulos, universidades, institutos, centros educativos, centros deportivos, hospitales, clínicas, empresas públicas y privadas, municipalidades, ministerios, etc.

h. No podrá designarse al personal para realizar operativos de control de tránsito, control de multitudes, alcoholemía, saturación, de fiscalización, desalojos, y otros que contravengan la finalidad del Servicio. Salvo que exista una situación excepcional que lo amerite y sea autorizado por el Director General de la PNP y/o el Director Ejecutivo de Operaciones Policiales.

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i. Que el personal abandone su zona de patrullaje para realizar trámites personales y/o institucionales. En caso de constatarse dicha falta, la desactivación será en forma inmediata sin perjuicio de la aplicación del Régimen Disciplinario de la PNP.

j. Los Jefes de las DIVTERS, Unidades de Patrullaje, Comisarios y Oficiales de Control, están prohibidos de otorgar permisos al personal durante sus horas de servicio para la realización de las actividades descritas en el punto anterior.

k. Que el personal se dedique a actividades extra policiales, reñidas contra la moral y las buenas costumbres, juegos de azar, el decoro y el espíritu de cuerpo, durante la facción de servicio.

l. Que el personal reciba o solicite dádivas por el servicio prestado.

m. Otras que contravengas las disposiciones legales vigentes.

20. El servicio policial ―Patrullaje Cuadrante Seguro‖, se enmarca dentro de los alcances del Programa Presupuestal ―Reducción de Delitos y Faltas que afectan a la seguridad ciudadana‖ y se encuentra sujeto al siguiente régimen presupuestal:

a. Es voluntario, temporal, no remunerativo ni pensionable, no sirve de base para el cálculo de tiempo de servicios y beneficios sociales.

b. El pago por el servicio se efectuará por la cantidad de días trabajados en jornadas completas y horas continuadas.

c. El monto del pago será de SETENTIDOS con 00/100 nuevos soles (S/. 72.00) por ocho horas de trabajo. En los casos que el personal abandone su zona de patrullaje antes del cumplimiento de la jornada laboral diaria establecida, no será sujeto del pago indicado por constituir incumplimiento de la misma.

d. La DIRNOP PNP formulará el cuadro de distribución de las vacantes presupuestadas en las unidades comprometidas, de conformidad a los requerimientos efectuados, en concordancia con los créditos presupuestales asignados para el año fiscal

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correspondiente. La asignación de las vacantes no genera derecho sobre las mismas por los usuarios, pudiendo el número de vacantes ser modificado de acuerdo a la necesidad del servicio.

e. Las unidades de patrullaje a pie, deberán generar las planillas de pago mensual, conforme al formato establecido por la División de Producción de Planillas de la DIREJEPER PNP, remitiéndolas a la DIRNOP PNP, que las centralizará, consolidará y tramitará a la DIREJEPER PNP, en formato físico y digital, luego de procesarla ésta las derivará a la DIRECFIN PNP.

f. El plazo de recepción de las planillas por la DIREJEPER PNP, será como fecha máxima el cuarto día del mes siguiente a la prestación del servicio; excepcionalmente en el mes de diciembre, la planilla será presentada por adelantado en la misma fecha, atendiendo a razones presupuestales del año fiscal.

g. El pago por este servicio será efectuado individual y directamente al personal que realizó el servicio, a su cuenta de ahorros MULTIRED del Banco de la Nación.

h. La DIRNOP PNP centralizará y consolidará las planillas de pago mensual de las unidades comprometidas, las que serán remitidas a la DIREJEPER PNP en el plazo máximo de los DOS (02) primeros días del mes siguiente en que culminó el servicio, debidamente firmadas por los responsables de su formulación, en ejemplar triplicado, en archivo físico y digital.

i. La DIREJEPER PNP efectuará la verificación de las planillas de pago y realizará el cruce de información respecto a la aptitud médica ―B‖ y ―C‖, duplicidad de nombres y otros; en caso de registrarse novedades, el reporte de observaciones será cursado por conducto regular para la subsanación respectiva por la DIRNOP PNP, para reprogramar su pago en el mes siguiente.

j. La DIRNOP PNP, en coordinación con la Dirección Ejecutiva de Planeamiento y Presupuesto y la DIRECFIN PNP, programará los montos autorizados en el presupuesto institucional al 31 de diciembre, de conformidad a los mecanismos y plazos establecidos por la Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas.

k. Las unidades y el personal comprometidos en el cumplimiento

del presente plan, deberán tener en cuenta que las

bonificaciones por alto riesgo a la vida para personal policial

que presta servicios en forma voluntaria en una jornada

complementaria y demás bonificaciones, tienen el carácter de

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excluyentes entre sí, de conformidad al Decreto Legislativo N°

1132 y su Reglamento (Decreto Supremo N° 013-2013-EF).

21. El personal policial de armas que presta voluntariamente el servicio de “Patrullaje Cuadrante Seguro”, será por parejas en los puntos de alta incidencia delictiva o zona de patrullaje, establecidos en el mapa del delito, de acuerdo a la apreciación de situación y de inteligencia efectuada por las Oficinas de Inteligencia y el Comisario de la jurisdicción.

22. La fecha y forma de pago será establecida por la DIRECFIN PNP, en cumplimiento a las disposiciones emanadas por el Ministerio de Economía y Finanzas sobre el particular.

23. En la ejecución de las operaciones, intervenciones y actividades policiales, se cumplirá con lo prescrito en el Manual de Derechos Humanos aplicados a la función policial, aprobado con RM N° 1452-2006-IN del 31MAY2006.

24. Otras no consideradas en el presente Plan General, pero que se adecuan a las normas legales vigentes.

C. Tareas Específicas

1. Comando General

a. Responsable del planeamiento, dirección, coordinación, seguimiento y evaluación de las Operaciones Policiales previstas.

b. Adoptará las medidas y dispondrá las acciones complementarias para el efectivo logro de la misión. A ello se sumará la supervisión y control de los servicios por intermedio del personal que labora en la DIRNAOP-PNP.

c. Dictará las disposiciones de detalle complementarias, que permitan ejecutar en forma eficaz y eficiente el servicio de “Patrullaje Cuadrante Seguro”.

d. Gerenciará el desarrollo de las actividades del Servicio de Alto Riesgo a la Vida en la Unidades Comprometidas, promoviendo la eficiencia del servicio y el cumplimiento de las metas presupuestales.

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e. Efectuará evaluaciones periódicas a las unidades ejecutoras.

f. Generará las matrices e indicadores de evaluación, los perfiles del servicio, así como organizar seminarios, conferencias y otros eventos académicos orientados a sensibilizar al personal para comprometer su apoyo al programa.

g. Supervisará el cumplimiento de las responsabilidades asignadas a los órganos a su mando, formulando los respectivos planes de supervisión y control en las unidades comprometidas, mediante el correspondiente Plan de Viaje.

h. Formulará recomendaciones al Comando Institucional para optimizar el funcionamiento del servicio.

i. Mantendrá informado al Comando Institucional sobre el desarrollo de las operaciones policiales.

2. Comandos Operativos

a. Asignarán a la UNIPATPIE la cantidad de Oficiales y Sub- Oficiales que garanticen su normal funcionamiento.

b. Difundirán las normas y lineamientos para que la UNIPATPIE preste un servicio de calidad,

c. Dispondrán y verificarán que la UNIPATPIE desarrolle las etapas de convocatoria, inscripción, instrucción, asignación, ejecución y control del servicio.

d. Supervisarán y verificarán que los Jefes de Patrullaje y Comisarios controlen el servicio que ejecuta el personal PNP del Servicio “Patrullaje Cuadrante Seguro”, en sus respectivas jurisdicciones.

e. Dispondrán los servicios de refuerzo en zonas de mayor riesgo.

f. Dispondrán y verificarán que la UNIPATPIE remita a la DIRNOP PNP, hasta el segundo día hábil de cada mes, la

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Planilla de Pago del personal policial que el mes anterior haya prestado el Servicio de Patrullaje Cuadrante Seguro, para su procesamiento respectivo y posterior derivación a la DIRREHUM y Unidad Ejecutora 002 -Dirección de Economía y Finanzas PNP a efecto que ésta proceda a efectuar los depósitos que corresponda a cada efectivo policial en sus cuenta MULTIRED.

g. Presentará recomendaciones para elevar el nivel de efectividad del servicio.

h. Realizará la supervisión y el control de la ejecución de los servicios, informando a la Superioridad y a la Inspectoría las novedades encontradas.

i. Mantendrán informado a su Comando General, sobre el desarrollo de los servicios.

II. Jefes Operativos

a. Planificarán y conducirán los servicios policiales en el área de su responsabilidad.

b. Instalarán al personal en el área asignada con puntualidad, conforme a los horarios dispuestos

c. Controlarán permanentemente que el personal policial que preste servicio de Patrullaje Cuadrante Seguro cumpla con las normas y disposiciones establecidas en la Directiva N° 03-04-2013-DGPNP/EMG-DIRASOPE-B, sobre ―Patrullaje Cuadrante Seguro‖ y con el presente Plan General de Operaciones, estableciendo las responsabilidades administrativas y disciplinarias.

d. Adoptarán las medidas y la ejecución de acciones ágiles, dinámicas e inmediatas para atender situaciones de contingencia que se presenten durante el servicio, para el efectivo logro de la misión.

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e. Dispondrán que el personal policial actué dentro de los procedimiento operativos vigentes y dentro del marco de la ley y en observación al respeto de los DDHH.

f. Presentar recomendaciones para elevar el nivel de efectividad del Servicio.

g. Mantendrán informado a su Comando Operativo, de las novedades en el ámbito de responsabilidad.

h. Por los medios más rápidos darán cuenta al Comando Operativo sobre las novedades habidas, sin perjuicio de confeccionar las Notas Informativas, Informes y Partes Administrativos respectivos.

III. Regiones Policiales Lima, Callao, Nor Oriente (DIRTEPOL Tumbes, Piura y Lambayeque) y Norte (DIRTEPOL La Libertad).

a. En el ámbito de sus jurisdicciones, competencia y campo funcional, asumirán personalmente el Comando General de las Operaciones policiales, formulando su correspondiente Plan de Operaciones, manteniendo actualizada la A/S, A/I e Informe de Evaluación de Riesgos, los mismos que deberán precisar claramente los blancos objetivos a combatir, de conformidad con el mapa del delito de cada comisaria seleccionada.

b. Difundirán las normas y lineamientos para que el Departamento de Patrullaje a pie (DEPATPIE) preste un servicio de calidad.

c. El servicio de Patrullaje Cuadrante Seguro, se ejecutará diariamente, por personal de franco y vacaciones de las respectivas Comisarías PNP y de las unidades consideradas como apoyo.

d. Este grupo se divide en dos sub grupos: El primer grupo inicia su servicio a las 07:00 horas hasta las 15:00 horas y el segundo grupo de 15.00 a 23.00 horas, en forma rotativa.

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e. El personal policial que cubra servicio de prima (19.00 a 01.00) en su respectiva dependencia realizará el servicio de Patrullaje Cuadrante Seguro en el horario de 07.00 a 15.00 horas.

f. El personal policial que cubra servicio de nona (01.00 a 07.009 en su respectiva dependencia realizará el servicio de Patrullaje Cuadrante Seguro en el horario de 15.00 a 23.00 horas.

g. Dispondrán y verificarán que el DEPATPIE desarrolle etapas de organización, convocatoria, inscripción y sorteo, instrucción, asignación, ejecución, supervisión y control del servicio.

h. Supervisarán y verificarán que los Jefes del DEPATPIE y y Jefes de Patrullaje de las Comisarías, controlen el servicio que ejecuta el personal PNP, en sus respectivas jurisdicciones.

i. Actualizarán permanentemente el ―Mapa del Delito‖ de su respectiva jurisdicción y hacerlo de conocimiento del DEPATPIE para el nombramiento de los servicios.

j. Establecerán zonas de patrullaje para el nombramiento del personal en el servicio de ―Patrullaje Cuadrante Seguro” de conformidad a su Mapa del Delito de su jurisdicción.

k. Instruirán permanentemente al personal con consignas del Servicio, como el impedimento de abandonar las áreas asignadas, salvo cuando las necesidades propias de su misión así lo requieran.

l. Brindarán instrucción en relación a Técnicas de Patrullaje, Trato al Público, Protocolos de actuación con otras unidades PNP, Responsabilidades del servicio y causales de separación.

m. Mantendrán permanentemente actualizada su Apreciación de Situación y Apreciación de Inteligencia para la

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ejecución del presente P/G/O identificando los puntos críticos de mayor incidencia delictiva, especificados en su respectivo mapa del delito, con la finalidad de establecer los servicios policiales.

n. Preverán mecanismos de comunicación y de procedimientos de apoyo a las intervenciones policiales del personal, para las distintas situaciones o contingencias que se puedan derivar del servicio.

o. Impartirán las instrucciones necesarias para que el personal tenga pleno conocimiento y convicción de las tareas por ejecutar, debiendo utilizar correctamente el uniforme de la estación y portando sus implementos de policía (armamento, munición, correaje, vara de ley, grilletes, silbato, etc.).

p. Las operaciones policiales a realizarse tendrán la finalidad de ser PREVENTIVAS y DISUASIVAS, con la finalidad de mostrar a la población presencia policial y minimizar las oportunidades de cometer ilícitos penales por los DD.CC. y/o bandas organizadas.

q. Remitirán a la DIRNOP PNP, según el calendario establecido, las Planillas de Pago del personal policial que el mes anterior haya prestado el Servicio, para su procesamiento respectivo, excepcionalmente en el mes de diciembre, la planilla será presentada por adelantado en la misma fecha, atendiendo a razones presupuestales del año fiscal.

r. Formularán el Presupuesto Anual del Servicio de Patrullaje a Pie (Remunerado por el Estado), según las disposiciones emanadas por la DIRNOP PNP.

s. Llevarán la estadística de las intervenciones policiales realizadas por el personal que presta el Servicio de Patrullaje Remunerado, debiendo definir los indicadores de medición; para determinar el nivel de logro de las metas y objetivos. Mensualmente deberá remitir los días 15 un Informe con los logros alcanzados, de conformidad a los formatos establecidos.

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t. Realizarán los procesos de retroalimentación para adoptar las medidas de corrección que eleven la efectividad del servicio.

u. Centralizar diariamente las relaciones nominales del personal de servicio, con indicación de faltas, tardanzas, descansos médicos u otros.

v. Preverán un sistema de reemplazo del personal que falte al SERVICIO, con personal que en estricto orden de mérito en el sorteo resulte favorecido.

w. Impondrá medidas disciplinarias especiales para aquellos efectivos PNP., que en el cumplimiento del servicio cometan actos de conducta disfuncional, especialmente los que estén relacionados con actos de corrupción o de índole similar dando cuenta a la IG -PNP

x. A través de las Unidades que se detallan realizarán las siguientes acciones:

(1) UNIDAD DE PATRULLAJE A PIE.

(a) Ejecutará las etapas de organización, convocatoria, inscripción y sorteo, instrucción, asignación, ejecución, supervisión y control, así como la de evaluación.

(b) Centralizará diariamente las relaciones nominales del personal de servicio, con indicación de faltas, tardanzas, descansos médicos u otros.

(c) Impartirán instrucción sobre técnicas y procedimientos de patrullaje.

(d) Asignarán al personal a los diferentes sectores de patrullaje en coordinación con la Unidad operativa correspondiente, debiendo efectuar las siguientes acciones de control:

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i. Constatar la presencia física de los efectivos PNP, en sus áreas de responsabilidad y turnos asignados, identificándolos plenamente con su respectivo Carné de Identidad, verificando:

ii. Uso correcto del marbete y del Uniforme (de acuerdo a la estación).

iii. Uso correcto del chaleco representativo de la UNIPAT (placas completas y cintas debidamente colocadas).

iv. Uso del arma particular, la misma que deberá encontrarse registrada en el DAM-DIRLOG PNP y su usuario poseer el Certificado de Uso de Arma actualizada.

v. Uso y llenado correcto del formato del Informe de Reporte Diario.

(e) Disponer que los Oficiales y el personal policial del Departamento de Supervisión y Control de la unidad de patrullaje, verifiquen y controlen el cumplimiento de los servicios nombrados. A ellos se sumarán el personal de Oficiales de las Comisarias, DIVTERS, DIVPOL, Regiones y DIRTEPOLES y la Inspectoría General.

(f) Remitir a la DIRNOP PNP, en el plazo de los dos primeros días calendarios del mes, la Planilla de Pago del personal policial que el mes anterior prestó el Servicio de Alto Riesgo a la Vida, para su acopio respectivo y posterior derivación a la DIRREHUM y la Unidad Ejecutora: 002-Dirección de Economía y Finanzas PNP, a efecto que ésta proceda a efectuar los depósitos que corresponda a cada efectivo policial en su cuenta MULTIRED.

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(g) Ejecutarán coordinaciones con los órganos institucionales que corresponda para garantizar el pago oporturno del personal que presta servicios de Alto Riesgo a la Vida.

(h) Preverán un sistema de Reemplazos del personal que falte al servicio por motivos injustificados.

(i) Propondrán acciones para mejorar los niveles de efectividad del servicio de patrullaje.

(2) DIVISIONES TERRITORIALES, DIVISIONES POLICIALES.

(a) Actualizarán permanentemente el ―Mapa del Delito‖ de su respectiva jurisdicción y hacerlo de conocimiento de la UNIPATPIE en los plazos establecidos.

(b) Los DIVTERS y DIVPOL, dispondrán la supervisión y control, con oficiales de su división, en los puestos designados por la UNIPATPIE en los puntos de mayor incidencia delictiva que previamente haya consignado en su Mapa del Delito.

(c) Supervisarán y verificarán que el Comisario y el Jefe de Patrullaje de la Comisaría controle el servicio que ejecuta el personal PNP de Patrullaje Cuadrante Seguro en sus respectivas jurisdicciones.

(d) Instruirán permanentemente al personal sobre normas legales, técnicas de patrullaje y otras que coadyuven al éxito del servicio que prestan.

(e) Verificarán que el personal de servicio, emplee

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con responsabilidad todas las técnicas diseñadas para la observación, vigilancia, inspección e intervención.

(f) Los DIVTERS designarán entre los Oficiales de las Comisarías bajo su comando, mediante un rol de servicio diario y por turno, el control y supervisión del Servicio de Patrullaje Cuadrante Seguro.

(g) Disponer se imparta instrucción diaria y por turno, al personal policial quince (15) minutos antes de salir al servicio, debiendo pasar Revista de Policía al personal, brindar instrucción sobre casuística policial, así como sobre el Manual de Derechos Humanos aplicados a la función policial.

(h) Impartirán instrucción al personal de patrullaje sobre la problemática de la jurisdicción.

(i) Es responsabilidad del Jefe del Departamento u Oficina de Patrullaje de la Comisaría, o quién haga sus veces, pasar Lista al personal del Servicio de Cuadrante Seguro, por lo menos con 15 minutos de anticipación al inicio de cada turno de trabajo, debiendo efectuar una minuciosa Revista de Policía, impartir las ordenes del día, designarlos a sus zonas de patrullaje, verificar se hagan cargo de su zona de patrullaje a la hora establecida, la permanencia de los mismos en su zona de patrullaje y turno de servicio, así como el retorno del los mismos a la culminación de su jornada laboral. Por ningún motivo el personal podrá dirigirse directamente a su zona de patrullaje y retirarse del mismo, si no ha pasado Lista en la Comisaría en los horarios señalados por el Jefe del Departamento u Oficina de Patrullaje de la Comisaría.

(j) Ejecutarán las acciones de control de primer nivel (inmediato) al personal de patrullaje

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instalado en su jurisdicción.

(k) Implementarán los libros de Control y Registro, relacionados con las acciones de patrullaje y formular informes al respecto.

(l) Presentarán recomendaciones para mejorar los niveles de efectividad del servicio de patrullaje.

(3) División de Operaciones Policiales Especiales y Jóvenes en Riesgo (Escuadrón Verde de la Región Policial Lima)

(a) La DIVOPEJOR – Escuadrón Verde se abocará en forma específica a la realización de operaciones policiales especiales contra la delincuencia común y la microcomercialización de drogas en el marco de su función específica y en la modalidad operativa de mayor efectividad contra los delitos menores, como el ―cogoteo‖, ―arrebato‖, ―bujíazo‖, ―lanza‖, entre otros, enfatizando su labor en puntos de alta incidencia delictiva.

(b) El personal del Escuadrón verde, realizará operaciones de patrullaje, vigilancia y de seguridad preventiva en puntos de alto índice delictivo de las jurisdicciones policiales de las Comisarías seleccionadas de la Región Policial Lima, a fin de contrarrestar la comisión de ilícitos penales.

(c) Efectuará una labor permanente y sostenida de ubicación de puntos de alta incidencia de delitos menores en la ciudad de Lima (mapeo delictivo), la identificación y captura de presuntos DDCC en flagrancia delictiva, procediendo a la captura de evidencias del ilícito y complementariamente a la conducción de agraviados a la dependencia policial pertinente para la ratificación de la denuncia

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correspondiente.

(4) Comisarías PNP Seleccionadas.

(a) El 25 de cada mes remitirá a la División de Patrullaje a Pie de la Región Policial Lima, la relación del personal PNP de franco y vacaciones, que voluntariamente desee prestar esta modalidad de servicio.

(b) El Comisario dispondrá que diariamente el Jefe de Patrullaje de la Comisaría, haga formar al personal policial en los dos turnos (07.00 y 15.00 horas), pasando lista y una estricta revista de policía, debiendo agregar en una relación anexa al rol de servicio diario, a dicho personal.

(c) Los Comisarios dispondrán se recibirán los Partes de Ocurrencias del personal de patrullaje y resolver según competencia funcional.

(d) Dispondrá el Comisario la supervisión y control de los servicios diariamente en los dos turnos, dando cuenta de las novedades mediante un informe a la Unidad de Patrullaje de la Región o DIRTEPOL, según corresponda.

(e) Otras de acuerdo a su campo funcional.

(5) OFICINAS DE INTELIGENCIA DE LAS REGIONES POLICIALES, DIRTEPOLES Y FRENTES POLICIALES

(a) Orientarán el esfuerzo de búsqueda, para apoyar la lucha frontal contra la delincuencia en sus diferentes modalidades y Formular el ―Mapa del Delito‖ de su respectiva jurisdicción.

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(b) Efectuar acciones de contra inteligencia, para garantizar el normal desarrollo del servicio y cautelar la buena Imagen institucional.

(c) Otras acciones que a su criterio profesional que contribuyan al éxito de la misión encomendada, de acuerdo a la A/S, A/I y/o coordinaciones realizadas.

IV. DIRIN (por disposición del DIRGEN PNP)

a. Efectuará acciones propias de su campo funcional, a través de sus órganos sistemáticas acantonadas en cada una de las Regiones Policiales y DIRTEPOL comprometidas.

b. Establecerá acciones de observación, vigilancia y seguimiento (OVISE) en los puntos críticos a efecto de proporcionar la información necesaria y oportuna a las Regiones Policiales y DIRTEPOL comprometidas.

c. Intensificará las acciones de Inteligencia y Contrainteligencia, OEBI a fin de identificar, ubicar y capturar a delincuentes comunes.

d. Dispondrá que los órganos responsables de la información, coordinen directamente con las Regiones Policiales y Direcciones Territoriales sobre el lugar y los detalles de los puntos críticos, manteniendo la reserva de la información, para establecer los servicios policiales y garantizar el éxito de la intervención.

e. Otras acciones que a su criterio profesional que contribuyan al éxito de la misión encomendada y de acuerdo a las coordinaciones realizadas

V. DIRECCION EJECUTIVA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO (Por disposición del DIRGEN PNP)

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a. Anualmente requerirá a la DIRNAOP PNP el Consolidado de la Demanda Presupuestal del Servicio, para lo cual deberá determinar el calendario y formato de envió de la información, a fin de incluirlo en la Demanda Global del Proyecto de Presupuesto de la PNP para el año siguiente.

b. Aprobará, previa evaluación, el Calendario de Compromiso de Pago y sus modificatorias, previstas por la DIRNOP PNP. En caso de no ser factible su aprobación inmediata, proporcionará los lineamientos técnicos; a fin de subsanar las observaciones encontradas.

c. Gestionará ante la OGP-MININTER y el Ministerio de Economía y Finanzas, los Créditos Suplementarios que sean necesarios para la ejecución del Servicio.

d. Gestionar los créditos presupuestarios necesarios para la ejecución del Servicio de Patrullaje Remunerado por el Estado, vía Presupuesto Anual de la PNP, Créditos Suplementarios y reasignación de recursos presupuestarios, según los alcances establecidos en las normas presupuestarias vigentes.

e. Coordinar con la DIRNAOP y DIRECFIN PNP, la asignación y ejecución presupuestal del Servicio de Patrullaje Remunerado por el Estado, en los plazos y formas que la ley lo permitan.

f. Otras acciones que a su criterio profesional que contribuyan al éxito de la misión encomendada y de acuerdo a las coordinaciones realizadas

VI. DIRECCIÓN EJECUTIVA DE PERSONAL (por disposición del DIRGEN PNP)

a. Mantener actualizado el MASPOL PNP, a fin de que las unidades policiales puedan confrontar los datos del personal PNP para la elaboración de sus Planillas de Pago.

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b. Formular recomendaciones al Comando Institucional para optimizar las convocatorias, el manejo administrativo-disciplinario, el bienestar del personal y el funcionamiento del Servicio de Patrullaje Remunerado.

c. A través de la División Producción de Planillas recopilará la información en físico y virtual de las planillas de pago de las Unidades Policiales y las procesará para su abono correspondiente.

d. Determinar con la DIRECFIN PNP los procedimientos operativos y administrativos necesarios para el procesamiento de la data de las planillas de pago y su abono correspondiente.

e. Otras acciones que a su criterio profesional que contribuyan al éxito de la misión encomendada y de acuerdo a las coordinaciones realizadas.

VII. DIRECCIÓN DE ECONOMÍA Y FINANZAS (por disposición del DIRGEN PNP)

a. Recepcionar de la División de Producción de Planillas de la Dirección Ejecutiva de Personal el consolidado de las Planillas de Abono, en cumplimiento a las disposiciones emanadas por el Ministerio de Economía y Finanzas sobre el particular.

b. Procesar la data de la información para ejecutar el pago correspondiente y comprometer vía SIAF del Ministerio de Economía y Finanzas, los recursos presupuestarios de conformidad al Calendario de Compromiso de Pago cursado por la DIRNOP PNP.

c. Efectuar el abono correspondiente a la cuenta MULTIRED del Banco de la Nación del personal policial que prestó el Servicio de Patrullaje Remunerado por el Estado, de acuerdo a los datos consignados en las Planillas de Pago formuladas por los DEPATPIE.

d. Efectuar las rendiciones de cuentas conforme a las normas de carácter legal y reglamentario.

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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e. Coordinar con la DIRNOP PNP para la formulación del Presupuesto Anual, en sus plazos y términos previstos en la normatividad presupuestaria vigente.

f. Coordinar con la DIRNOP PNP el Calendario de Compromiso de Pago anual y mensual, a fin de comprometer su ejecución vía el SIAF ante el Ministerio de Economía y Finanzas.

g. Coordinar con la Dirección de Presupuesto, la asignación de los recursos presupuestarios necesarios para optimizar el funcionamiento del Servicio de Patrullaje Cuadrante Seguro.

h. Coordinar con la DIRNOP PNP la redistribución de los Saldos no Ejecutados a fin de establecer un Calendario de Compromiso de Pago actualizado.

i. Coordinar con la DIRNOP PNP para el pago de viáticos y pasajes para el personal que viaja en Comisión del Servicio, según el Plan de Supervisión aprobado.

j. Otras acciones que a su criterio profesional que contribuyan al éxito de la misión encomendada y de acuerdo a las coordinaciones realizadas

VIII. DIRECCIÓN DE LOGÍSTICA (por disposición del DIRGEN PNP)

a. Atenderá preferentemente los requerimientos logísticos que correspondan a la implementación de la DIRNAOP PNP y los DEPATPIE para la optimización de este servicio, conforme a las partidas presupuestales pertinentes.

b. Proveerá de los medios de comunicación personal portátil a las unidades policiales, a fin de que el personal se encuentre en frecuente comunicación y conocer las novedades del servicio en tiempo real.

c. Otras acciones que a su criterio profesional que contribuyan al

éxito de la misión encomendada y de acuerdo a las coordinaciones realizadas

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IX. DIRECCION EJECUTIVA DE TECNOLOGÍA E INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES (Por disposición del DIRGEN PNP) DIRTEL

a. Diseñará un programa de sistematización informática a través de la creación de una Base de Datos que centralice la información de los servicios del servicio de Alto Riesgo a la Vida, en coordinación con la Dirección Nacional de Operaciones Policiales (DIRNAOP PNP).

b. Difundirá las normas, lineamientos, condiciones, requisitos y otros aspectos de significación relacionados con el Servicio de Alto Riesgo a la Vida a través de la red INTRANET- PNP.

c. Otras acciones que a su criterio profesional que contribuyan al éxito de la misión encomendada y de acuerdo a las coordinaciones realizadas

X. DIRSAL (Por disposición del DIRGEN PNP)

a. Atenderá cualquier emergencia que pudiera suscitarse durante los servicios policiales, en cada una de las Regiones Policiales y Direcciones Territoriales.

b. Otras tareas de acuerdo a su responsabilidad funcional y coordinaciones realizadas.

XI. INSPECTORIA GENERAL (Por disposición de DIRGEN PNP)

a. Establecerá la supervisión y control del cumplimiento del presente Plan General de Operaciones por las Regiones Policiales y DIRTEPOL comprometidas, a fin de que se desarrolle normalmente las actividades programadas.

b. Integrará en sus actividades de control, la verificación de los servicios de Patrullaje Cuadrante Seguro, disponiendo que sus dependencias descentralizadas repliquen tales medidas a nivel nacional.

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c. Adoptar las medidas correctivas y formular los documentos que correspondan a su campo funcional de acción.

d. Ejecutar las investigaciones que le sean requeridas o de oficio que correspondan a su campo funcional.

e. Recomendar al Comando Institucional los planteamientos que estime pertinentes para elevar la efectividad de los servicios

f. Otras tareas de acuerdo a su responsabilidad funcional y coordinaciones realizadas.

D. INSTRUCCIONES DE COORDINACIÓN

1. A la recepción del presente Plan General de Operaciones, las Regiones Policiales y DIRTEPOL comprometidas, formularán su Plan de Operaciones, remitiéndolo para conocimiento del Comando Institucional

2. El planeamiento operativo se realizará de acuerdo a la Apreciación de Situación de Operaciones (Apreciación de Inteligencia, Apreciación de Operaciones, Apreciación de Personal y Apreciación de Logística) e Informe de Riesgos, con personal y medios logísticos suficientes, dentro del marco legal y respeto irrestricto de los DDHH.

3. El personal comprometido en el servicio policial, deberá actuar en parejas y organizadamente, las intervenciones se realizarán dentro del marco legal y debido respeto a los Derechos Humanos.

4. Deberán disponer una estrecha comunicación con los Comandos y Jefes Operativos, para optimizar el comando y control de los servicios policiales.

5. Los servicios de Patrullaje Cuadrante Seguro tendrán el carácter Preventivo-Disuasivo, actuando con firmeza y transparencia.

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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6. Impartirán las instrucciones de detalle al personal comprometido en los servicios para el eficiente cumplimiento de la misión.

7. El personal policial designado actuará con tino y ponderación, con el fin de evitar acciones que desprestigien la imagen Institucional. Interviniendo en conjunto y organizadamente, dentro del marco legal y debido respeto a los Derechos Humanos.

8. Instruir al personal para que en caso de hallazgo de artefactos explosivos, no sean manipulados, debiendo aislar la zona y solicitar la intervención de la Unidad Especializada (UDEX)

9. Impartir ordene de detalle al personal policial, incidiendo en el compartimentaje y reserva de las informaciones y servicios policiales, considerándose a estas con el carácter de ―Reservado‖.

10. Está prohibido que el personal PNP proporcione información a la prensa, quedando reservada tal tarea a la DIRCIMA PNP.

11. Coordinar con la DIRCIMA y a los diferentes medios de comunicación, para hacerle conocer los resultados de los servicios policiales, proporcionándole la información necesaria para la difusión correspondiente.

12. Por los medios más rápidos darán cuenta a CEOPOL (DIRGEN-DIRNOP), de las novedades más importantes, a efecto de adoptarse las medidas y/o apoyo conveniente.

13. Los Comandos Operativos ejercerán autoridad sobre el personal a su cargo y de apoyo dentro de su jurisdicción, evaluando en este nivel sus respectivas Ordenes de Operaciones.

14. El accionar policial deberá circunscribirse dentro del marco legal vigente, é irrestricto respeto a los Derechos Humanos (Manual de Derechos Humanos aplicados a la función policial,

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aprobado con R. M. Nº 1452-2006-IN del 31MAY2006), con eficacia y sin costo social.

15. Los Comandos y Jefes Operativos deberán tomar las previsiones para los casos de alteración del orden público, teniendo en consideración la CARTILLA PARA EL PERSONAL POLICIAL QUE PARTICIPA EN OPERACIONES DE MANTENIMIENTO Y RESTABLECIMIENTO DEL ORDEN PÚBLICO, aprobada por Resolución Vice Ministerial Nº 033-2009-IN/0103.1 del 17JUL09.

IV. ADMINISTRACIÓN

POV

V. COMANDO Y COMUNICACIONES

CEOPOL DIREOP PNP Teléfono Fijo Nº 224-5832

CEOPOL DIRNOP PNP MOVISTAR Nº 980122017

CEOPOL DIRNOP PNP MOVISTAR - RPM Nº # 422017

NEC. CEOPOL DIRNOP PNP Nº 822-707

Correo Electrónico CEOPOL-DIRNOP [email protected]

DISTRIBUCIÓN

DGPNP 01

IG. PNP 01

DIRIN 01

Dir. Eje. Pla. Presupuesto 01

Dir. Eje. De Personal 01

Dir. Eje. Eco. Finanzas 01

DIRLOG 01

DIRTEL 01

DIRSAL 01

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REGPOL Lima 01

REGPOL Callao 01

REGPOL Nor Oriente 01

DT – Tumbes 01

DT – Piura 01

DT – Lambayeque 01

REGPOL Norte 01

DT – La Libertad 01

ARCHIVO 01/18

CCA/PNM/CAR/pvr

ANEXO 2

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DIRECTIVA N° 03-04-2013-DGPNP/EMG-DIRASOPE-B

I. OBJETO

Establecer normas y procedimientos para la organización, funcionamiento

y control del servicio policial ―PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO‖, en

la modalidad de jornada complementaria y voluntaria, en el marco del

Decreto Supremo Nº 069-2013-EF.

II. FINALIDAD

A. Incrementar la presencia policial en las calles de las circunscripciones policiales de las Comisarías seleccionadas en las ciudades de Tumbes, Piura, Chiclayo, Trujillo, Lima y Callao, así como en el área de responsabilidad de la División de Operaciones Policiales Especiales y Jóvenes en Riesgo - Escuadrón Verde de la Región Policial Lima (DIVOPEJOR-Lima), para prevenir la comisión de delitos y faltas.

B. Garantizar que el servicio de patrullaje a pie efectuado por personal de la Policía Nacional del Perú sea de óptima calidad.

C. Disminuir la incidencia delictiva.

D. Brindar bienestar al personal policial.

E. Mejorar la imagen Institucional.

III. ALCANCE

Al personal de la Policía Nacional del Perú.

BASE LEGAL

A. Constitución Política del Perú.

B. Decreto Legislativo N° 1132 del 08DIC2012 – Aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las FFAA y policial de la PNP.

C. Decreto Legislativo Nº 1135 09DIC2012 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior.

D. Decreto Legislativo Nº 1148 del 10DIC2012, Ley de la Policía Nacional del Perú.

E. Decreto Legislativo Nº 1149 del 10DIC2012, Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú.

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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F. Decreto Legislativo Nº 1150 del 10DIC2012, Ley que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú.

G. Decreto Supremo N° 013-2013-EF del 23ENE2013 – Aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1132.

H. Decreto Supremo N° 069-2013 del 02ABR2013 - Incorporación de la Décimo Tercera Disposición Complementaria al Decreto Supremo N° 013-2013-EF.

IV. DISPOSICIONES GENERALES.

A. CONCEPTO DEL SERVICIO

1. La Policía Nacional del Perú, a partir del mes de mayo del año 2013, pondrá en ejecución el Plan de ―Patrullaje Cuadrante Seguro‖, en Comisarías seleccionadas de las ciudades de Tumbes, Piura, Chiclayo, Trujillo, Lima y Callao, así como en el área de responsabilidad de la DIVOPEJOR-Lima, comprometiendo al personal que voluntariamente desee realizar este servicio, cuando se encuentre en situación de franco o vacaciones.

2. Podrá realizar el presente servicio, el personal policial con aptitud médica ―A‖, en la categoría de suboficiales de armas cualquiera sea su grado.

3. El servicio que se brinde, se realizará conforme a las prescripciones de la Ley que regula el Régimen Disciplinario de la PNP, así como de las otras normas legales, reglamentarias y éticas que rigen la Institución.

B. DEPENDENCIAS SELECCIONADAS

1. Las dependencias policiales seleccionadas para realizar el

servicio ―Patrullaje Cuadrante Seguro‖ son:

a. Dirección Territorial Policial Tumbes: 3 Comisarías de la ciudad de Tumbes (San José, Tablazo y Andrés Araujo).

b. Dirección Territorial Policial Piura: 7 Comisarías de la ciudad de Piura (Castilla, Catacaos, Los Algarrobos, Piura, San Martín, El Indio y Tacalá).

c. Dirección Territorial Policial Lambayeque: 5 Comisarías de la ciudad de Chiclayo (La Victoria, Del Norte, José Leonardo Ortiz, Llatas Castro y Atusparia).

d. Dirección Territorial Policial La Libertad: 7 Comisarías de la ciudad de Trujillo (Ayacucho, Bellavista, Florencia de Mora, Nicolás Alcázar, Sánchez Carrión, La Noria y Jerusalén).

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e. Región Policial Callao: 18 Comisarías de la Provincia Constitucional del Callao (Callao, La Legua, La Perla, Ciudadela Chalaca, Ciudad del Pescador, Bellavista, Ramón Castilla, Dulanto, Sarita Colonia, Playa Rímac, Bocanegra, Juan Ingunza Valdivia, Carmen de La Legua Reynoso, Ventanilla, Márquez, Mi Perú, Pachacutec y Villa Los Reyes).

f. Región Policial Lima: DIVOPEJOR-Lima y 36 Comisarías (Sol de Oro, Independencia, San Martín de Porres, San Miguel, Maranga, Monserrate, San Andrés, Apolo, Santa Elizabeth, Santa Anita, Salamanca, San Borja, Surco, Miraflores, Barranco, Surquillo, Chorrillos, Alfonso Ugarte,El Agustino, Zárate, El Rímac, Túpac Amaru, Laura Caller, Puente Piedra, Lince, San Juan de Miraflores, San Luis, La Victoria, Breña, Barboncitos, Cotabambas, Santa Felicia, Villa, Villa El Salvador, Villa María del Triunfoy Jesús María).

2. El número de Comisarías podrá ser incrementado o disminuido,

según la disponibilidad del presupuesto y el mapa del delito.

C. LINEAMIENTOS OPERATIVOS

La prestación del servicio de ―Patrullaje Cuadrante Seguro‖, se ceñirá a

los lineamientos operativos que se indican a continuación:

1. Es voluntario y dirigido al personal de suboficiales de armas de la Policía Nacional del Perú que preste servicios en las Comisarías seleccionadas y en la División de Operaciones Policiales Especiales y Jóvenes en Riesgo - Escuadrón Verde de la Región Policial Lima, al cual se sumará el personal de franco y vacaciones de otras unidades PNP consideradas como apoyo.

2. El servicio será ejecutado diariamentepor el personal de franco o vacaciones de las respectivas Comisarías y de la División de Operaciones Policiales Especiales y Jóvenes en Riesgo - Escuadrón Verde de la Región Policial Lima, consideradas en la presente directiva, así como el personal de franco o vacaciones de otras unidades PNP, el cual es considerado como apoyo.

3. El personal que cubra este servicio será distribuido dividiéndose en dos grupos: El primero inicia su servicio a las 07:00 horas hasta las 15:00 horas y el segundo de 15.00 a 23.00 horas.

4. El personal comprometido asistirá correctamente uniformado y con armamento de su propiedad.

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5. El personal policial, cubrirá su servicio por parejas en los puntos de incidencia delictiva establecidos en el mapa del delito, de acuerdo a la apreciación de situación y de inteligencia efectuada por el Comisario.

6. El jefe de patrullaje de las Comisarías, pasará lista en forma diaria y en los turnos correspondientes al personal asignado a su circunscripción, con 15 minutos de anticipación al inicio del turno de servicio, debiendo incluirlos en un rol adicional de servicio de patrullaje de la Comisaría.

7. Los suboficiales, que accedan a este servicio, quedan sujetos a la supervisión que realice el oficial de control designado por el jefe de la unidad de patrullaje a pie o por el Comisario, según sea el caso.

8. Los jefes de las unidades de patrullaje a pie, los jefes de división territorial y Comisarios, están obligados a garantizar que el servicio de ―Patrullaje Cuadrante Seguro‖ sea brindado exclusivamente en los puntos de incidencia delictiva establecidos de conformidad al mapa del delito de sus respectivas circunscripciones, quedando prohibidos de designar al personal para cumplir funciones ajenas a este servicio, las cuales se establecerán en el Plan General que formulará la Dirección Nacional de Operaciones Policiales (DIRNOP PNP).

9. El personal policial que presta servicio de ―Patrullaje Cuadrante Seguro‖, queda sujeto a las normas y prohibiciones que se establecerán en el Plan General que formulará la DIRNOP PNP.

10. El personal que no alcanzara los estándares mínimos establecidos en el Plan General de Operaciones que formulará la DIRNAOP PNP, será notificado para que eleve su productividad y de constatarse que nuevamente no alcance la meta establecida, no será considerado para el servicio en el siguiente período.

D. LINEAMIENTOS ADMINISTRATIVOS

La administración del servicio de ―Patrullaje Cuadrante Seguro‖ se ceñirá

a las siguientes prescripciones:

1. Las Regiones Policiales y Direcciones Territoriales, en cuyas circunscripciones se encuentren las Comisarías seleccionadas para implementar el servicio de ―Patrullaje Cuadrante Seguro‖, a través de las unidades de patrullaje a pie, deberán cumplir las etapas de organización, convocatoria, inscripción y sorteo, instrucción, asignación, ejecución, supervisión y control, así como

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la de evaluación, que se detallan en el Plan General que formulará la DIRNAOP PNP.

2. La asignación de vacantes para este servicio, se realiza mensualmente, de conformidad a las siguientes modalidades:

a. DIRECTA: El personal policial de franco o vacaciones reglamentarias que presta servicios en las Comisarías seleccionadasy en la División de Operaciones Policiales Especiales y Jóvenes en Riesgo - Escuadrón Verde de la Región Policial Lima, que voluntariamente lo solicite, será asignado directamente para cubrir una vacante en su respectiva unidad.

b. POR SORTEO: El personal de franco o vacaciones de otras unidades policiales que solicite prestar servicios de ―Patrullaje Cuadrante Seguro‖, se inscribirá en las unidades de patrullaje a pie y previo sorteo, será asignado a las Comisarías que tengan vacantes por cubrir.

3. El personal que desee realizar el servicio de patrullaje a pie deberá contar con la autorización de su comando, de acuerdo al formato anexo.

4. El personal policial que se encuentre haciendo uso de vacaciones, podrá efectuar hasta 30 servicios al mes, a razón de un turno diario.

5. El personal policial de franco, podrá efectuar un máximo de 15 servicios al mes, quedando prohibido efectuar más de un turno diario. Excepcionalmente podrá efectuar 16 servicios, siempre que el último día del mes coincida con su franco.

6. El personal policial de otras unidades, que realice un buen desempeño en el cumplimiento del servicio de ―Patrullaje Cuadrante Seguro‖, previa evaluación de la jefatura de la unidad de patrullaje a pie, podrá ser beneficiado con la exclusión del sorteo y de ser el caso, generar un incentivo del comando institucional.

7. El personal que se encuentre haciendo uso de descanso médico, automáticamente queda suspendido del servicio de ―Patrullaje Cuadrante Seguro‖, por los días que dure la prescripción médica, sin derecho a pago.

8. Los jefes de las unidades de patrullaje a pie, jefes de divisiones territoriales, Comisarios, así como los integrantes de los órganos de inspectoría de las circunscripciones policiales comprometidas, ejercerán el control correspondiente del desempeño del servicio, no implicando el pago de remuneración por servicio adicional, por ser parte de su función.

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E. RÉGIMEN PRESUPUESTAL

El servicio policial ―Patrullaje Cuadrante Seguro‖, se enmarca dentro de

los alcances del Programa Presupuestal ―Reducción de Delitos y Faltas

que afectan a la seguridad ciudadana‖ y se encuentra sujeto al siguiente

régimen presupuestal:

1. Es voluntario, temporal, no pensionable, no sirve de base para el cálculo de tiempo deservicios y beneficios sociales.

2. El pago por el servicio se efectuará por la cantidad de días trabajados en jornadas completas y horas continuadas.

3. El monto del pago será de SETENTIDOS con 00/100 nuevos soles (S/.72.00) por ocho horas de trabajo. En los casos que el personal abandone su zona de patrullaje antes del cumplimiento de la jornada laboral diaria establecida, no será sujeto del pago indicado por constituir incumplimiento de la misma.

4. La DIRNOP PNP formulará el cuadro de distribución de las vacantes presupuestadas en las unidades comprometidas, de conformidad a los requerimientos efectuados, en concordancia con los créditos presupuestales asignados para el año fiscal correspondiente. La asignación de las vacantes no genera derecho sobre las mismas por los usuarios, pudiendo el número de vacantes ser modificado de acuerdo a la necesidad del servicio.

5. Las unidades de patrullaje a pie, deberán generar las planillas de pago mensual, conforme al formato establecido por la División de Producción de Planillas de la DIREJEPER PNP, remitiéndolas a la DIRNOP-PNP, que las centralizará, consolidará y tramitará a la DIREJEPER PNP, en formato físico y digital, luego de procesarla ésta las derivará a la DIRECFIN PNP.

6. El plazo de recepción de las planillas por la DIREJEPER PNP, será como fecha máxima el cuarto día del mes siguiente a la prestación del servicio; excepcionalmente en el mes de diciembre, la planilla será presentada por adelantado en la misma fecha, atendiendo a razones presupuestales del año fiscal.

7. El pago por este servicio será efectuado individual y directamente al personal que realizó el servicio, a su cuenta de ahorros MULTIRED del Banco de la Nación.

8. La DIRNOPPNP centralizará y consolidará las planillas de pago mensual de las unidades comprometidas, las que serán remitidas a la DIREJEPER PNP en el plazo máximo de los DOS (02) primeros días del mes siguiente en que culminó el servicio, debidamente firmadas por los responsables de su formulación, en ejemplar triplicado, en archivo físico y digital.

9. La DIREJEPER PNP efectuará la verificación de las planillas de

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pago y realizará el cruce de información respecto a la aptitud médica ―B‖ y ―C‖, duplicidad de nombres y otros; en caso de registrarse novedades, el reporte de observaciones será cursado por conducto regular para la Subsanación respectiva por la DIRNOP PNP, para reprogramar su pago en el mes siguiente.

10. La DIRNOP PNP, en coordinación con la Dirección Ejecutiva de Planeamiento y Presupuesto y la DIRECFIN-PNP, programará los montos autorizados en el presupuesto institucional al 31 de diciembre, de conformidad a los mecanismos y plazos establecidos por la Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas.

11. Las unidades y el personal comprometidos en el cumplimiento del presente plan, deberán tener en cuenta que las bonificaciones por alto riesgo a la vida para personal policial que presta servicios en forma voluntaria en una jornada complementaria y demás bonificaciones, tienen el carácter de excluyentes entre sí, de conformidad al Decreto Legislativo N° 1132, su Reglamento Decreto Supremo N° 013-2013-EF y modificatoria, Decreto Supremo N° 069-2013-EF.

V. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS

Se detallarán en el Plan General de Operaciones.

VI. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA

La presente Directiva entrará en vigencia a su aprobación.

ANEXO: FORMATO DE INSCRIPCIÓN

AUTORIZACIÓN PARA EL SERVICIO DE “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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EL JEFE DE LA OFIREHUM DE ………………… ………………… ……………………, QUE SUSCRIBE:

AUTORIZA AL:

Grado

Apellidos

Nombres

Modalidad de asignación de

vacante

Díasautorizados

Vacaciones o Franco

No. CIP.

Cuenta Ahorros Banco de

Nación

No. CODOFIN

Marcaarma particular

Nº de Serie

CAF

Teléfono personal

A PRESTAR EL SERVICIO DE PATRULLAJE A PIE DURANTE EL MES DE ……………………………., AL

MISMO QUE SE LE HA INSTRUIDO SOBRE LAS NORMAS ADMINISTRATIVAS Y DISCIPLINARIAS

QUE CONLLEVAN LA PRESTACION DEL REFERIDO SERVICIO Y LOS ALCANCES DE LA DIRECTIVA

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ANALISIS DEL PLAN GENERAL DE OPERACIONES “PATRULLAJE CUADRANTE SEGURO”

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DGPNP N° 03-04-2013-JEMG-DIRASOPE-B DE 24ABR, APROBADA CON LA RD. Nº 344-2013-

DIRGEN/EMG DEL 24ABR Y PLAN GENERAL N° 28-2013-DIRNAOP-EM/OFIPLA DEL 24ABR13

………………. de ………………… de 2013.

____________________________

(firma y post firma del solicitante)

(firma y post firma del Jefe de la Oficina

de Recursos Humanos de la Unidad)

BIBLIOGRAFÍA