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ty Municipalidad Metropolitana de Lima PGRLMI GOB F I t ERNII REGIONAL DE LIMA METROPOLITANA "Año de la Consolidación del Mar de Grau" Lima, 0 6 JUL. 2016 RESOLUCION DE GERENCIA REGIONAL N° /1 03 -2016—MML/PGRLM-GR VISTO: El Informe N° 045-2016-MML/PGRLM-SRPP-APEI de fecha 27 de junio de 2016, así como el Informe N° 184-2016-MML/PGRLM-SRAJ de fecha 05 de julio de 2016; y, CONSIDERANDO: Que, el Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana - PGRLM, ha sido constituido por Edicto N° 254 de fecha 25 de abril del 2003, como un órgano desconcentrado de la Municipalidad Metropolitana de Lima - MML, con la finalidad de coordinar, crear y gestionar las condiciones necesarias para el eficiente proceso de transferencia y recepción de funciones sectoriales del Gobierno Nacional hacia la MML, constituyendo en una Unidad Ejecutora del Pliego Presupuestario N° 465; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el Plan Operativo Institucional refleja las Metas Presupuestarias que se esperan alcanzar para cada Año Fiscal y constituye el instrumento administrativo que contiene los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las Metas Presupuestarias establecidas para dicho periodo, así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de dependencia orgánica del Pliego; Que, mediante Memorando N° 270-2016-MML/PGRLM-SRPP de fecha 30 de junio de 2016, la Subgerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto hace de conocimiento a la Subgerencia Regional de Asuntos Jurídicos el contenido del Informe N° 045-2016- MML/PGRLM-SRPP-APEI de fecha 27 de junio de 2016, mediante el cual el Jefe del Área de Planeamiento, Estadística e Informática comunica que, de acuerdo a la norma vigente NP N° 001-2013-MML/PGRLM-GR V2, en lo que corresponde al ítem 6.4 Modificaciones y/o Reprogramación del POI, inciso c) las modificaciones al POI, también estarán directamente relacionados a las modificaciones que pueda experimentar el presupuesto asignado a la Unidad Orgánica, Programas y/o Proyectos, en este sentido la modificación se orienta al incremento y/o reducción de metas. En este entender, el área de Planeamiento Estadística e Informática como responsable de la evaluación y seguimiento del POI 2016, solicita la modificación de las actividades de la Subgerencia Regional de Desarrollo Social, de acuerdo al cuadro adjunto; Que, de conformidad con el Artículo 22° de la Ordenanza N° 1029 modificada por la Ordenanza N° 1140, la a Sub Gerencia Regional de Desarrollo Social, es el órgano de línea encargado de promover y ejercer las funciones específicas en los sectores de educación, cultura, ciencia y tecnología, recreación, deportes, salud, vivienda, trabajo, promoción del empleo, pequeña y micro empresa, población, saneamiento, desarrollo social e igualdad de oportunidades. Está a cargo de un Subgerente Regional de Desarrollo Social, quien depende del Gerente Regional. Que, son Objetivos Institucionales de la Subgerencia Regional de Desarrollo Social: mejorar la capacidad de eficiencia en el cumplimiento de las funciones regionales, Implementar un proceso de formación en la especialización y manejo de instrumentos de gestión, así como de atención al ciudadano y procurar dotar a la estructura operativa de la institución de las mínimas condiciones para el cumplimiento de sus funciones, actividades;

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ty Municipalidad Metropolitana de Lima PGRLMI GOBFItERNII REGIONAL

DE LIMA METROPOLITANA

"Año de la Consolidación del Mar de Grau"

Lima, 0 6 JUL. 2016

RESOLUCION DE GERENCIA REGIONAL N° /1 03 -2016—MML/PGRLM-GR

VISTO:

El Informe N° 045-2016-MML/PGRLM-SRPP-APEI de fecha 27 de junio de 2016, así como el Informe N° 184-2016-MML/PGRLM-SRAJ de fecha 05 de julio de 2016; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana - PGRLM, ha sido constituido por Edicto N° 254 de fecha 25 de abril del 2003, como un órgano desconcentrado de la Municipalidad Metropolitana de Lima - MML, con la finalidad de coordinar, crear y gestionar las condiciones necesarias para el eficiente proceso de transferencia y recepción de funciones sectoriales del Gobierno Nacional hacia la MML, constituyendo en una Unidad Ejecutora del Pliego Presupuestario N° 465;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el Plan Operativo Institucional refleja las Metas Presupuestarias que se esperan alcanzar para cada Año Fiscal y constituye el instrumento administrativo que contiene los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las Metas Presupuestarias establecidas para dicho periodo, así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de dependencia orgánica del Pliego;

Que, mediante Memorando N° 270-2016-MML/PGRLM-SRPP de fecha 30 de junio de 2016, la Subgerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto hace de conocimiento a la Subgerencia Regional de Asuntos Jurídicos el contenido del Informe N° 045-2016- MML/PGRLM-SRPP-APEI de fecha 27 de junio de 2016, mediante el cual el Jefe del Área de Planeamiento, Estadística e Informática comunica que, de acuerdo a la norma vigente NP N° 001-2013-MML/PGRLM-GR V2, en lo que corresponde al ítem 6.4 Modificaciones y/o Reprogramación del POI, inciso c) las modificaciones al POI, también estarán directamente relacionados a las modificaciones que pueda experimentar el presupuesto asignado a la Unidad Orgánica, Programas y/o Proyectos, en este sentido la modificación se orienta al incremento y/o reducción de metas. En este entender, el área de Planeamiento Estadística e Informática como responsable de la evaluación y seguimiento del POI 2016, solicita la modificación de las actividades de la Subgerencia Regional de Desarrollo Social, de acuerdo al cuadro adjunto;

Que, de conformidad con el Artículo 22° de la Ordenanza N° 1029 modificada por la Ordenanza N° 1140, la a Sub Gerencia Regional de Desarrollo Social, es el órgano de línea encargado de promover y ejercer las funciones específicas en los sectores de educación, cultura, ciencia y tecnología, recreación, deportes, salud, vivienda, trabajo, promoción del empleo, pequeña y micro empresa, población, saneamiento, desarrollo social e igualdad de oportunidades. Está a cargo de un Subgerente Regional de Desarrollo Social, quien depende del Gerente Regional.

Que, son Objetivos Institucionales de la Subgerencia Regional de Desarrollo Social: mejorar la capacidad de eficiencia en el cumplimiento de las funciones regionales, Implementar un proceso de formación en la especialización y manejo de instrumentos de gestión, así como de atención al ciudadano y procurar dotar a la estructura operativa de la institución de las mínimas condiciones para el cumplimiento de sus funciones, actividades;

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"Año de la Consolidación del Mar de Grau"

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el literal c) del inciso 6.4. de la Parte 6 del Manual de Normas y Procedimientos NP N° 001-2009-MML/PGRLM-GR V2 "Formulación y Evaluación del Plan Operativo Institucional del Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana" las modificaciones al POI, también estarán directamente relacionados a las modificaciones que pueda experimentar el presupuesto asignado a la Unidad Orgánica, Programas y/o Proyectos, en este sentido, la modificación se orienta al incremento y/o reducción de metas;

Que, de acuerdo al literal a) del inciso 6.4 de la Parte 6 del referido Manual se establece que el periodo de plazo para realizar modificaciones y/o reprogramaciones al POI es de los diez (10) primeros días de cada trimestre, resultando necesario establecer la modificación en la fecha debido al incremento o reducción de metas solicitadas y proceder a la modificación en aplicación de los principios de Celeridad, Eficacia y Simplicidad consagrados en los incisos 1.9, 1.10 y 1.13 del Artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27444;

Que, es necesaria la modificación del Plan Operativo Institucional del Pliego 465 para el Ejercicio 2016, a fin de contar con un instrumento de gestión que defina las acciones que deben cumplirse con la finalidad de alcanzar las Metas y Objetivos Institucionales planteados;

Que, de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 28411 —Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley N° 30372 — Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, Ordenanza N° 1029-MML modificada por la Ordenanza N° 1140-MML;

SE RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Modificar el Plan Operativo Institucional del Pliego N° 465 —Municipalidad Metropolitana de Lima aprobado mediante Resolución de Gerencia Regional N° 216-2015-MMUPGRLM-GR de fecha 09 de diciembre de 2015 respecto a las actividades de la Subgerencia Regional de Desarrollo Social según el formato adjunto que forma parte del presente acto resolutivo.

ARTÍCULO 2°.- Enc Planeamiento y Presupu orgánicas del Program

ar a la Subgerencia Regional a la Subgerencia Regional de notificación del presente acto resolutivo a todas las unidades

obierno Regional de Lima Metropolitana.

Regístrese, C uese y Cúmplase

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