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Cód. FO-ADQU-043 Formato FO-ADQU Pliego de Condiciones - Menor Cuantía / Literal H / Salud Versión. 7 Fecha de entrada en Vigencia:24/08/2012 ________________________________________________________________________________________________________________________ Centro Administrativo Municipal – CAM – Calle 44 No. 52 – 165 Línea Única de Atención a la Ciudadanía 44 44 144 www.medellin.gov.co Medellín - Colombia 1. INFORMACIÓN GENERAL FECHA: Medellín, 18 de octubre de 2013 RAZÓN SOCIAL CONTRATANTE: Municipio de Medellín DIRECCIÓN CONTRATANTE: Calle 44 52-165 PLIEGO DEFINITIVO: Si UNIDAD EJECUTORA: Secretaria de Cultura Ciudadana COMPETENCIA PARA ADJUDICAR: Secretaria de Cultura Ciudadana MODALIDAD: Selección Abreviada CAUSAL: Menor Cuantía PROCESO: 9008696 OBJETO: PP - Realización de la agenda cultural en la comuna 8 en el marco del programa de Planeación Local y Presupuesto Participativo, año 2013 ALCANCE DEL OBJETO: Desarrollar los eventos que constituyen la agenda cultural de la Comuna 8: Dos eventos Tipo A, Cuatro eventos Tipo B y Cinco eventos Tipo C, bajo los lineamientos, políticas y directrices impartidas desde el Programa de Planeación Local y Presupuesto Participativo de la Secretaría de Cultura Ciudadana. ACTA COMITÉ: 2952 del 10 de Octubre de 2013 PRESUPUESTO OFICIAL: Ciento setenta y un millón de pesos ($171.000.000), discriminados así: Sesenta y cuatro millones trescientos noventa y cuatro mil quinientos sesenta y nueve pesos ($64.394.569) exentos de IVA, y cientos seis millones seiscientos cinco mil cuatrocientos treinta y un pesos ($106.605.431) IVA del 16% incluido . GRAVADO CON IVA: SI APROPIACIÓN PRESUPUESTAL: 4000070038 CORREO ELECTRONICO: [email protected] CONSULTA PLIEGOS: www.contratos.gov.co y www.medellin.gov.co RESOLUCION DE APERTURA: 633 de octubre 17 de 2013 LUGAR DE EJECUCIÓN: MUNICIPIO DE MEDELLÍN LUGAR DE AUDIENCIAS: Calle 44 52-165 piso 7 Of. 704 CAM LUGAR CORRESPONDENCIA: Calle 44 52-165 piso 7 Of. 704 CAM LUGAR ENTREGA PROPUESTAS: Calle 44 52-165 piso 7 Of. 704 CAM TIPO DE ADJUDICACIÓN: Total por el presupuesto oficial. CLASE DE CONTRATO: Selección Abreviada Menor Cuantía DURACIÓN CONTRATO: DOS (2) SIN EXEDER DEL 31 DE DICIEMBRE PLAZO DE ENTREGA: N/A FORMA DE PAGO: El Municipio de Medellín entregará al contratista el valor del presente contrato mediante tres pagos así: Primer pago: Un primer desembolso correspondiente al treinta por ciento (30%) del valor total del contrato, previa aprobación y recibo a satisfacción de los siguientes productos y características: Plan de Trabajo, que incluya la convocatoria a los artistas de la comuna, con su respectivo cronograma de actividades para la ejecución del proyecto. Planeador de actividades de formación o capacitación en caso de que el proyecto las

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Cód. FO-ADQU-043 Formato FO-ADQU Pliego de Condiciones - Menor

Cuantía / Literal H / Salud

Versión. 7

Fecha de entrada en Vigencia:24/08/2012

________________________________________________________________________________________________________________________ Centro Administrativo Municipal – CAM – Calle 44 No. 52 – 165

Línea Única de Atención a la Ciudadanía 44 44 144 www.medellin.gov.co Medellín - Colombia

1. INFORMACIÓN GENERAL FECHA: Medellín, 18 de octubre de 2013 RAZÓN SOCIAL CONTRATANTE: Municipio de Medellín DIRECCIÓN CONTRATANTE: Calle 44 52-165 PLIEGO DEFINITIVO: Si UNIDAD EJECUTORA: Secretaria de Cultura Ciudadana COMPETENCIA PARA ADJUDICAR: Secretaria de Cultura Ciudadana MODALIDAD: Selección Abreviada CAUSAL: Menor Cuantía PROCESO: 9008696 OBJETO: PP - Realización de la agenda cultural en la comuna 8 en

el marco del programa de Planeación Local y Presupuesto Participativo, año 2013

ALCANCE DEL OBJETO: Desarrollar los eventos que constituyen la agenda cultural de la Comuna 8: Dos eventos Tipo A, Cuatro eventos Tipo B y Cinco eventos Tipo C, bajo los lineamientos, políticas y directrices impartidas desde el Programa de Planeación Local y Presupuesto Participativo de la Secretaría de Cultura Ciudadana.

ACTA COMITÉ: 2952 del 10 de Octubre de 2013 PRESUPUESTO OFICIAL: Ciento setenta y un millón de pesos ($171.000.000),

discriminados así: Sesenta y cuatro millones trescientos noventa y cuatro mil quinientos sesenta y nueve pesos ($64.394.569) exentos de IVA, y cientos seis millones seiscientos cinco mil cuatrocientos treinta y un pesos ($106.605.431) IVA del 16% incluido .

GRAVADO CON IVA: SI APROPIACIÓN PRESUPUESTAL: 4000070038 CORREO ELECTRONICO: [email protected] CONSULTA PLIEGOS: www.contratos.gov.co y www.medellin.gov.co RESOLUCION DE APERTURA: 633 de octubre 17 de 2013 LUGAR DE EJECUCIÓN: MUNICIPIO DE MEDELLÍN LUGAR DE AUDIENCIAS: Calle 44 52-165 – piso 7 – Of. 704 CAM LUGAR CORRESPONDENCIA: Calle 44 52-165 – piso 7 – Of. 704 CAM LUGAR ENTREGA PROPUESTAS: Calle 44 52-165 – piso 7 – Of. 704 CAM TIPO DE ADJUDICACIÓN: Total por el presupuesto oficial. CLASE DE CONTRATO: Selección Abreviada – Menor Cuantía DURACIÓN CONTRATO: DOS (2) SIN EXEDER DEL 31 DE DICIEMBRE PLAZO DE ENTREGA: N/A FORMA DE PAGO: El Municipio de Medellín entregará al contratista el valor del

presente contrato mediante tres pagos así:

Primer pago: Un primer desembolso correspondiente al

treinta por ciento (30%) del valor total del contrato, previa

aprobación y recibo a satisfacción de los siguientes

productos y características:

Plan de Trabajo, que incluya la convocatoria a los

artistas de la comuna, con su respectivo cronograma

de actividades para la ejecución del proyecto.

Planeador de actividades de formación o capacitación

en caso de que el proyecto las

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contemple.

Informe de proyecciones del contrato según modelo

entregado por la Secretaría de

Cultura Ciudadana.

Plan de Inversión de los recursos económicos del

proyecto, discriminado por: componente que permita la

evaluación financiera por parte del interventor.

Plan de divulgación o comunicación, según el caso, en

los términos definidos.

Informe de socialización del proyecto a la comunidad

incluyendo registro fotográfico y

observaciones.

Paquete con todos los volantes impresos destinados a

la convocatoria de audiciones.

Certificado del revisor fiscal o del representante legal

de estar a paz y salvo con los aportes parafiscales y al

Sistema de Seguridad Social Integral.

Copia de los contratos debidamente firmados, del

personal artístico que participará en las respectivas

actividades culturales.

Demás información requerida por la interventoría

Segundo pago: Un segundo desembolso correspondiente

al cincuenta por ciento (50%) del valor total del contrato,

previa aprobación y recibo a satisfacción de los siguientes

productos y características:

Informe de avance físico del 80% del contrato que

contenga el desarrollo actividades técnicas y del plan

de comunicación y/o difusión del proyecto.

Informe financiero comparativo entre el plan de

inversión y la ejecución real a la fecha. El interventor

podrá solicitar soportes físicos de la ejecución

presupuestal para realizar las verificaciones

correspondientes.

Certificado del revisor fiscal o del representante legal

de estar a paz y salvo con los aportes parafiscales y al

Sistema de Seguridad Social Integral.

Copia de los contratos debidamente firmados, del

personal artístico que participará en las respectivas

actividades culturales.

El contratista deberá realizar dos (2) jornadas de

evaluación del proyecto. La primera como requisito

para el segundo pago y la segunda al finalizar el

proyecto. Para ello se debe invitar a la Comisión de

Cultura, la JAL, la comunidad en general y la

Interventoría. Esta reunión se hará con el fin de evaluar

los alcances de la ejecución y el cumplimiento de las

obligaciones contractuales técnicas, administrativas y

financieras.

Demás información requerida por la interventoría

Tercer pago Un último desembolso correspondiente al

veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, previa

aprobación, recibo a satisfacción total y firma de las actas

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administrativas finales, una vez la Interventoría reciba los

siguientes productos y características:

Ejecución del 100% de las obligaciones contractuales.

Contiene el reporte técnico final del contrato con el

desarrollo de los criterios previamente aprobados por el

interventor: cumplimiento de objetivos, metodología,

beneficiarios y demás indicadores, según orientaciones

y herramientas suministradas por la Secretaría de

Cultura Ciudadana y de acuerdo con lo expresado en

el Pliego de Condiciones. Soportes técnicos según

orientaciones y herramientas suministradas por la

Secretaría de Cultura Ciudadana.

Registro y análisis de la evaluación de los participantes

del proyecto.

Copia de los contratos debidamente firmados, del

personal artístico que participará en las respectivas

actividades culturales.

Informe final del plan de comunicación:

Evaluación de impacto de las estrategias formuladas

en el plan según indicadores, orientaciones y

herramientas suministradas por la Secretaría de

Cultura Ciudadana.

Piezas publicitarias que se emitan y que se impriman

durante el proceso.

Memoria de los eventos.

Registro visual fotográfico impreso y en formato JPG y

tres copias en DVD del registro en video.

Informe final financiero:

Informe financiero final que contenga documento

comparativo entre el plan de inversión y la ejecución

real del proyecto con sus debidos soportes físicos

organizados por componente de ejecución.

Entregar soportes financieros: copia de comprobantes

de pago debidamente relacionados.

Certificado del revisor fiscal o del representante legal

de estar a paz y salvo con los aportes parafiscales y al

Sistema de Seguridad Social Integral.

El interventor expedirá el acta de recibo a satisfacción

y el acta de terminación del contrato, las cuales

deberán ir firmadas por ambas partes. Todos los informes y planes deben ser entregados en formato suministrado según lo requiera la interventoría del programa

Informe de ejecución técnica final del proyecto que

responderá al cumplimiento de cada una de las

obligaciones y la evaluación del desarrollo cumplido

por áreas. A este informe debe anexarse un cuadro

con el número de horas cumplidas por cada taller, el

número de horas cumplidas por área o modalidad afín

y el número total de horas cumplidas en el proyecto.

Informe financiero final (consolidado en Excel) que

contenga documento comparativo entre el plan de

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inversión y la ejecución real del proyecto con sus

debidos soportes físicos organizados por componente

de ejecución.

Informe cuantitativo final de la entrega detallada de

materiales por taller (con soportes incluidos).

Informe final de pagos del recurso humano contratado

en la ejecución del proyecto.

Informe de la ejecución de las muestras artísticas de

proceso.

Evaluación del cumplimiento de cada una de las

actividades del Plan de Comunicaciones.

Evaluación de cumplimiento al cronograma de

actividades.

Entrega del 100%de los formatos digitales y de los

insumos para la Matriz de Agenda Cultura 2013.

Registro fotográfico de todas las actividades realizadas

en la finalización del proyecto.

Carta del revisor fiscal o el representante legal en el

que certifique que su entidad se encuentra a paz y

salvo por concepto de pago de aportes a la seguridad

social y parafiscales de sus empleados.

Demás información requerida por la interventoría

Toda la información debe entregarse en una copia digital y

un original legajado y foliado ANTICIPO: N/A OFERTAS ALTERNATIVAS: NO MULTAS: 5 X1000 CLAUSULA PENAL: 10%

CRONOGRAMA:

1. Aviso de Convocatoria Pública: Octubre 10 DE 2013

2. Publicación Proyecto de Pliego de Condiciones y Estudios Previos: Octubre 10 DE 2013

3. Audiencia de Aclaraciones y de tipificación, estimación y asignación de riesgos Octubre 16 DE 2013 a las 10:AM

4. Respuesta a observaciones al Proyecto de Pliego de Condiciones: Octubre 18 DE 2013

5. Manifestación de interés convocatoria limitada a Mypes o Mipyme NO APLICA (Mypes aplica cuando el proceso de contratación se encuentre entre el 10% de la menor cuantía y setenta y cinco mil dólares americanos (US$75.000) y Mipymes entre setenta y cinco mil dólares americanos (US$75.000) y ciento veinticinco mil dólares americanos (US$125.000) la convocatoria se limitara bien sea a Mypes o Mipymes) Octubre 17 de 2013

6. Elaboración de la Resolución de Apertura: Octubre 18 DE 2013

7. Publicación del Pliego de Condiciones: Octubre 18 DE 2013

8. Manifestaciones de Interés (Requisito habilitante): Octubre 23 DE 2013 a las 3:00 PM

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9. Audiencia de sorteo si hay lugar a ello. (Más de 10 manifestaciones de interés) No se realizara sorteo se evalúan las propuesta que lleguen y que hayan presentado manifestación de interés

10. Plazo para la presentación de Observaciones al Pliego de Condiciones: Octubre 23 DE 2013

11. Plazo para expedir Adendas y responder observaciones al Pliego de Condiciones: Octubre 23 DE 2013

12. Cierre y audiencia de apertura de propuestas: OCTUBRE 25 DE 2013 A LAS 10:00 AM

13. Publicación solicitud de requisitos a subsanar: OCTUBRE 28 DE 2013

14. Fecha límite para subsanar: OCTUBRE 29 DE 2013 A LAS 3:00 PM

15. Publicación de Informe de Evaluación: OCTUBRE 30 DE 2013

16. Plazo para presentación de observaciones al Informe de Evaluación: DEL 30 DE OCTUBRE al 1 DE NOVIEMBRE DE 2013

17. Elaboración Acto de Adjudicación: NOVIENBRE 5 DE 2013

18. Firma del contrato: NOVIEMBRE 7 DE 2013

REQUISITOS HABILITANTES Y DOCUMENTOS PARA SU VERIFICACIÓN CAPACIDAD JURIDICA

Descripción del requisito Requerido

Carta de presentación Diligenciar y firmar Formato

Certificado de Existencia y Representación Legal

Expedición no superior a 30 días

Acta de conformación de la Unión Temporal o Consorcio, si hay lugar a ello

Si hay lugar a ello.

Autorización de la junta o asamblea de socios

Si hay lugar a ello

Certificado de no sanciones o incumplimiento

Diligenciar y firmar Formato

Certificado de pago de los aportes a la seguridad social

Diligenciar y firmar Formato

Certificado de Inhabilidades e incompatibilidades

Diligenciar y firmar Formato

Certificado de antecedentes disciplinarios del proponente y el representante legal, Para obtener dicha constancia deberá consultar la página www.procuraduria.gov.co

Será verificado por el Municipio de Medellín

Certificado de Responsabilidad Fiscal, Para obtener dicha constancia deberá consultar la página www.contraloriagen.gov.co

Será verificado por el Municipio de Medellín

Certificado de Responsabilidad penales, Para obtener dicha

Será verificado por el Municipio de Medellín

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constancia deberá consultar la página www.Policia.gov.co

Cedula de Ciudadanía Fotocopia

Registro Único Tributario (RUT) Fotocopia

Registro Único de proponentes Certificado en firme

Póliza de seriedad 10% del valor de la propuesta

2. REQUISITOS HABILITANTES Y DOCUMENTOS PARA SU VERIFICACIÓN

Los criterios de verificación (habilitantes) del presente proceso contratación se adelantará con fundamento en lo establecido en numeral 1 del artículo 5 de la ley 1150 de 2007, el cual reza: “1. La capacidad jurídica y las condiciones de experiencia, capacidad financiera y de organización de los proponentes serán objeto de verificación de cumplimiento como requisitos habilitantes para la participación en el proceso de selección y no otorgarán puntaje, con excepción de lo previsto en el numeral 4 del presente artículo. La exigencia de tales condiciones debe ser adecuada y proporcional a la naturaleza del contrato a suscribir y a su valor. La verificación documental de las condiciones antes señaladas será efectuada por las Cámaras de Comercio de conformidad con lo establecido en el artículo 6o de la presente ley, de acuerdo con lo cual se expedirá la respectiva certificación.”

Criterio Soporte de verificación

Capacidad Financiera

El Proponente deberá acreditar para la verificación de la capacidad financiera los siguientes indicadores:

Capital real: Igual o superior al 20% del Presupuesto Oficial.

Índice de Liquidez: Igual o superior a 1

Índice de Endeudamiento: Igual o inferior a 70%

Capital de trabajo: Igual o superior al 30 % del Presupuesto Oficial.

Indicador EBITDA: Igual o superior al 3% de los Ingresos Operacionales

Indicador crecimiento EBITDA: Mayor al 0.5 %

Para la verificación de la Capacidad Financiera (CF) en principio se tomará la información contenida en el Registro Único de Proponentes RUP. Para los índices no contemplados allí, deberá aportar certificado suscrito por contador público o revisor fiscal (si la persona jurídica tiene revisor fiscal), en el cual conste de manera discriminada y detallada cada uno de los valores de los indicadores de: riesgo, capital real, EBITDA, crecimiento EBITDA y rotación de inventario, señalando las cuentas del PUC de los estados financieros de donde se toma esa información. De conformidad del numeral 2, de los artículos 6.2.2.2; 6.2.2.3 o 6.2.2.4 del Decreto 0734 de 2012, según corresponda, de acuerdo a la actividad a contratar.

Inicialmente se tomará el Registro Único de Proponentes RUP

Para los índices no contemplados

allí, deberá aportar certificado suscrito por contador público o

revisor fiscal (si la persona jurídica tiene revisor fiscal), en el cual

conste de manera discriminada y detallada cada uno de los valores

de los indicadores.

El soporte documental para respaldar la certificación aludida en el inciso anterior, será el Balance

General y el Estado de Resultados presentados conforme a lo

dispuesto en la Ley 222 de 1995, con corte al 31 de diciembre del último año y del inmediatamente

anterior (dos (2) años fiscales) a la presentación de la propuesta

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Es de anotar, que el indicador de crecimiento EBITDA, siendo un criterio para medir la capacidad financiera no es aplicable a las entidades sin ánimo de lucro, puesto que el Decreto 734 de 2012 en su artículo 6.2.1.5 inciso final, establece que estos indicadores de medición no se exigirán a todos los proponentes, sino que se considerará la actividad o naturaleza de los mismos

Capacidad de organización

Deberá ser del cincuenta por ciento (50%) del presupuesto oficial (PO)

Registro Único de Proponentes RUP

Experiencia acreditada El proponente deberá acreditar su experiencia acreditada, presentando CINCO (5) certificados o contratos ejecutados en los últimos CUATRO (4) años hasta la fecha del cierre de la presente convocatoria. Dichos contratos o certificados deberán tener entre su objeto actividades relacionadas o similares al objeto a contratar La suma de los contratos aportados deberá ser igual o su al cincuenta por ciento (50%) presupuesto oficial. En caso tal que un oferente se presente por medio de Unión Temporal u otra forma de asociación, se sumará la cantidad de certificados (un total de 5 entre los participantes de la UT) la cual debe ser igual o superior al 50% del presupuesto oficial, sin considerar el porcentaje de participación.

CINCO (5)contratos o certificados

Capacidad jurídica El proponente deberá tener una actividad comercial u objeto social acorde con el objeto del contrato

Certificado Cámara de Comercio Estatutos de la entidad

Especificaciones técnicas El proponente deberá presentar propuesta técnicas coherente con lo solicitado a través de los estudios

previos y estudios de costos.

Propuesta Técnica

Se considera que el oferente cumple con la capacidad financiera solicitada por el Municipio de Medellín y que está habilitado para continuar en el proceso, si obtiene en cada indicador los márgenes anteriormente establecidos. De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 0734 de 2012 en el artículo 6.2.3.1 y la Resolución No. 000139 proferido por la DIAN el pasado 21 de noviembre, mediante la cual adopta la Clasificación de Actividades Económicas – CIIU revisión 4 adaptada para Colombia deberá estar clasificado conforme a los códigos CIIU adoptados por Colombia De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 0734 de 2012 en el artículo 6.2.3.1, deberá estar clasificado en alguno, conforme a los códigos CIIU adoptados por Colombia:

SECCION DIVISION GRUPO CLASE DESCRIPCIÒN

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R 90 900

9001 9002 9003 9004 9005 9006 9007 9008

Creación literaria Creación musical Creación teatral Creación audiovisual Artes plásticas y visuales Actividades teatrales Actividades de espectáculos musicales en vivo Otras actividades de espectáculos en vivo

O de conformidad con lo establecido en los artículos 6.1.3.4 y 6.4.6 del Decreto 0734 de 2012, para los proponentes que tengan vigente el RUP, según el régimen establecido en el Decreto 1464 de 2010, será válido estar inscrito y clasificado en las siguientes especialidades y grupos:

Actividad Especialidad Grupo

03 – Proveedores 23 – Servicios

25 – Servicios generales

30 – Servicios de gestión social

35 – Servicios de Organización y operación logística de eventos corporativos

2. CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN

2.1 FORMATOS ANEXOS Se deberán diligenciar los formatos anexos al Pliego de Condiciones, según el caso. 2.2 LEGISLACIÓN APLICABLE: Serán aplicables al presente proceso de contratación la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Ley 1450 de 2011, Ley 1474 de 2011, Decreto 019 de 2012 y sus decretos reglamentarios y demás normas vigentes sobre la materia. 2.3 INTERPRETACIÓN Y ACEPTACIÓN DEL PLIEGO DE CONDICIONES Con la presentación de la oferta, el proponente manifiesta que estudió el Pliego de Condiciones y todos los documentos y demás documentos que hacen parte del presente proceso de selección, que obtuvo las aclaraciones sobre las estipulaciones que haya considerado inciertas o dudosas, que conoce la naturaleza de los trabajos, su costo y su tiempo de ejecución, que formuló su oferta de manera libre, seria, precisa y coherente. Todos los documentos del proceso de selección se complementan mutuamente, de tal manera que lo indicado en cada uno de ellos se entenderá como indicado en todos. Las interpretaciones o deducciones que el proponente haga de lo establecido en este Pliego de Condiciones, serán de su exclusiva responsabilidad. En consecuencia, el Municipio de Medellín no será responsable por descuidos, errores, omisiones, conjeturas, suposiciones, mala interpretación u otros hechos desfavorables en que incurra el proponente y que puedan incidir en la elaboración de su oferta. 2.4 CONSORCIOS, UNIONES TEMPORALES Y OTRAS FORMAS DE ASOCIACIÓN La forma asociativa deberá constituirse para el presente proceso de selección y así lo señalará expresamente, indicando las reglas básicas que lo regirán, independiente que las personas naturales o jurídicas que lo conformen, sean las mismas que hayan constituido consorcios o uniones temporales para otros procesos. Dichas formas asociativas no podrán ser disueltas ni liquidadas durante la vigencia o prórrogas del contrato que se suscriba y seis meses más.

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Deberán cumplir con lo estipulado en el artículo 7° de la Ley 80 de 1993 y con los siguientes aspectos: La forma asociativa deberá indicar el porcentaje de participación de cada uno de sus

integrantes, la cual no podrá ser inferior al 15%, ni ser modificada sin la autorización previa del Municipio de Medellín. En el documento de conformación de la forma asociativa se deberá designar la persona que para todos los efectos la representará con sus responsabilidades y facultades.

En caso de ser adjudicatarios los Consorcios, Uniones Temporales u otras formas asociativas deberán presentar ante el Municipio de Medellín el correspondiente RUT dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al acto de adjudicación, cuyo NIT deberá ser único y exclusivo para cada contrato, lo anterior conforme el Decreto 2645 del 27 de julio de 2011, modificado por el Decreto 2820 del 9 de agosto de 2011.

De acuerdo con lo preceptuado en el Artículo 66 de la Ley 488 de 1998 y el Instructivo de aspectos tributarios de la Secretaría de Hacienda Municipal, las facturas o documentos equivalentes para pago deben ser expedidas directamente por la respectiva forma de asociación, cumpliendo los requisitos establecidos en el Estatuto Tributario y no por cada uno de sus integrantes. Para proceder con su respectivo pago debe indicarse además, el nombre y el Nit de los integrantes del Consorcio y en el caso de Uniones Temporales, indicar además el porcentaje de participación en el mismo.

2.5 LIMITACION DE LA CONVOCATORIA A MYPES O MIPYMES NO APLICA 2.6 MANIFESTACIONES DE INTERES De conformidad con el artículo 3.2.2.1 del Decreto 0734 de 2012, los oferentes interesados manifestarán su interés de participar en la contratación; esta inscripción será válida si y solo si se realiza a través de la página web www.medellin.gov.co de la siguiente manera: Paso 1: Si nunca se ha inscrito como usuario de la página web del Municipio de Medellín, deberá ingresar a la página www.medellin.gov.co , dirigirse a "Regístrese" ubicado en la parte superior de la página y diligenciar las preguntas. Una vez contestadas las preguntas recibirá en su cuenta de correo electrónico la notificación del usuario y contraseña. Nota: En caso de inscribirse como Unión Temporal, Consorcio u otra forma de asociación y no posea Número de Identificación Tributaria, cada uno de los integrantes deberá estar registrado como usuario de la página web del Municipio de Medellín (Paso 1), luego de ello, uno de los integrantes de Unión Temporal, Consorcio u otra forma de asociación, deberá realizar el paso 2, indicando que “representa a un Consorcio o Unión Temporal” e ingresar los demás integrantes. Paso 2: Ingresar el usuario y contraseña respectivo, posteriormente al aparecer identificado como usuario del portal, deberá ingresar al presente proceso de Selección y diligenciar la inscripción al proceso en la opción “inscribirse”; luego de realizada la inscripción, la página le informará el número de inscripción asignado, con el cual participara en el sorteo si hay lugar a ello. La manifestación de interés en participar es requisito habilitante para la presentación de la respectiva oferta. Sorteo: El sorteo se realizará mediante el sistema, el cual seleccionará de manera aleatoria a los diez (10) oferentes habilitados para presentar las propuestas, si es el caso. Luego se realizará el acta en la que conste lo acontecido en dicho sorteo, la cual será suscrita por los funcionarios que en ella intervinieron y los representantes de los proponentes interesados.

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El Municipio de Medellín sólo recibirá propuestas de parte de las diez (10) personas naturales, jurídicas o formas de asociación inscritas y seleccionadas mediante sorteo a la fecha de cierre de la Contratación. Las firmas inscritas o seleccionadas no podrán ceder o endosar la oportunidad de presentar propuesta en la respectiva Contratación. Para la inscripción es indispensable que el objeto social del proponente sea acorde con el objeto de la presente selección. En caso de que la inscripción sea en Consorcio, Unión Temporal u otra forma de asociación, deberá definirse desde el momento de la inscripción el nombre de la asociación y la totalidad de sus integrantes, en ningún caso se aceptará la acepción “Y OTRO”. Igualmente si la inscripción se realiza en forma individual no podrá presentarse propuesta en ninguna de las asociaciones permitidas por la Ley 80 de 1993. 2.7 REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES (RUP) El proponente deberá aportar este certificado en firme a la fecha de cierre del proceso. Dicha exigencia aplica para cada uno de los integrantes de Consorcios, Uniones Temporales u otras formas de asociación. Si la propuesta se presenta en Consorcio o Unión Temporal, cada uno los integrantes de la respectiva forma de asociación deberá acreditar la clasificación exigida en el Pliego de Condiciones. El certificado constituye plena prueba respecto de la información verificada documentalmente y cuyo registro se encuentre EN FIRME, firmeza que se produce diez (10) días HABILES después de su publicación en el Registro Único Empresarial (RUE). Si fueren sociedades extranjeras con sucursal en el país y dentro del RUP no se encuentra toda la información requerida por la entidad, se deberá adjuntar certificación del representante legal de la sociedad extranjera o en su defecto del mandatario de la sucursal con los datos que faltan, la cual se entiende formulada bajo la gravedad del juramento. El objeto social del proponente debe tener relación directa con el objeto de la contratación. Tratándose de personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o de personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia no se les exigirá RUP. En consecuencia el Municipio de Medellín verificará directa y únicamente la información sobre la capacidad jurídica, y las condiciones de experiencia, capacidad financiera y de organización de los proponentes. Dicha verificación se efectuará con base en el diligenciamiento de los formularios modelo, utilizados por las cámaras de comercio, los cuales deberán ser descargados del siguiente link. (http://www.camaramedellin.com.co/site/Servicios-Registrales/Registro-Unico-de-Proponentes/Inscripcion/Modelos-de-certificacion.aspx). 2.8 Capacidad residual (cr). NO APLICA 2.9 Registro Especial Nacional del Ministerio De La Salud (NO APLICA) 2.10 EXPERIENCIA Para la verificación de la experiencia probable y acreditada, en principio se tomará la información contenida en el Registro Único de Proponentes RUP. En caso de no encontrarse allí dicha información, se verificará según los términos previstos en el numeral 1, de los artículos 6.2.2.2;

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6.2.2.3 o 6.2.2.4 del Decreto 0734 de 2012, según corresponda. La experiencia probable, se determinará con el documento idóneo presentado para el efecto, conforme a lo dispuesto en el Decreto 0734 de 2012. Se dará aplicación a las equivalencias establecidas para los constructores y consultores, siempre y cuando se alleguen los soportes documentales señalados en la citada norma. Para la experiencia acreditada, los proponentes deberán aportar certificado suscrito por el contador público o revisor fiscal, según corresponda, diligenciando el formato anexo “SOPORTE DOCUMENTAL PARA LA ACREDITACIÒN DE EXPERIENCIA”, que dé cuenta del número de contratos ejecutados, relacionados con su actividad de clasificación (constructor, consultor o proveedor) y con el objeto del presente proceso de selección siempre y cuando sea necesario y se encuentre justificado en los estudios previos. La experiencia de los socios de una persona jurídica se podrá acumular a la de esta, cuando ella no cuente con más de tres (3) años de constituida, según Artículo 2.2.7 Decreto 0734 de 2012. La acumulación se hará en proporción a la participación de los socios en el capital de la persona jurídica. En el caso de los consorcios o uniones temporales, la experiencia habilitante será la sumatoria de las experiencias de los integrantes de manera proporcional a su participación en el mismo. No podrá acumularse a la vez, la experiencia de los socios y la de la persona jurídica cuando éstos se asocien entre sí para presentar propuesta. 2.11 CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN (CO) Para la verificación de la Capacidad de Organización (CO) en sus componentes de Organización Técnica y Operacional, en principio se tomará la información contenida en el Registro Único de Proponentes RUP. En caso de no encontrarse allí dicha información, se verificará según los términos previstos en el numeral 3, de los artículos 6.2.2.2; 6.2.2.3 o 6.2.2.4 del Decreto 0734 de 2012, según corresponda. El soporte documental para acreditar la Organización Técnica es la certificación suscrita por el representante legal de la persona jurídica o por el proponente si es persona natural, la cual se entenderá formulada bajo la gravedad del juramento, diligenciando el formato anexo “SOPORTE DOCUMENTAL PARA ACREDITAR LA CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN (Co)” En esta certificación se deberá detallar el personal de la empresa (calidad y cantidad), que desarrolle actividades referentes estrictamente al objeto del contrato. La Organización Operacional no se verificará para consultores. En el caso de Constructores y Proveedores la Organización Operacional se determinará por el cálculo de los ingresos brutos operacionales, en lo referente a la actividad que concierne, calculado con base en lo establecido en los numerales 3.2 de los artículos anteriormente citados. Igual ocurrirá tratándose de personas naturales profesionales a quienes se les calculara dichos ingresos con base en los honorarios, salarios y prestaciones sociales percibidos en el año inmediatamente anterior a la presentación de la propuesta. El soporte documental para acreditar la Organización Operacional cuando se trate de persona jurídica, es la certificación del contador público o revisor fiscal (si la persona jurídica tiene revisor fiscal), tratándose de persona natural, la certificación será suscrita por ella misma y se entenderá formulada bajo la gravedad del juramento, diligenciando el formato anexo “SOPORTE DOCUMENTAL PARA ACREDITAR LA CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN (Co)”. Cuando se trate de Consorcios, Uniones Temporales u otra forma asociativa, la Capacidad de

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Organización (CO) en sus componentes de Organización Técnica y Operacional será la sumatoria de estas capacidades de los integrantes de manera proporcional a su participación en la misma forma asociativa. 2.12 CAPACIDAD FINANCIERA De conformidad con lo establecido en el numeral 15 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, Artículo 6 de la Ley 1150 de 2007 modificado por el artículo 221 del Decreto Ley 019 de 2012 y el Decreto 0734 de 2012, en el numeral 2 de los artículos 6.2.2.2; 6.2.2.3 o 6.2.2.4, según corresponda, de acuerdo con la actividad a contratar, la capacidad financiera será objeto de verificación a todos los proponentes que demuestren interés en participar en el presente proceso de contratación, sin calificarse en cuanto no es factor de comparación de las ofertas. Los indicadores a verificar serán los siguientes:

Capital real del proponente: capital social efectivamente pagado más las reservas constituidas, más las utilidades retenidas, más las utilidades del ejercicio.

La liquidez: Activo corriente sobre pasivo corriente. El nivel de endeudamiento: Pasivo total sobre activo total. El capital de trabajo: Activo corriente menos pasivo corriente. Indicador de Riesgo: Activos fijos sobre el patrimonio neto. Indicador EBITDA (Utilidad antes de intereses, impuestos, depreciaciones y

amortizaciones): utilidad operacional más el gasto depreciaciones y el gasto amortizaciones del período.

Indicador Crecimiento EBITDA: EBITDA del último año sobre el EBITDA del año inmediatamente anterior. (No aplica para los que tienen menos de un año fiscal).

Para la verificación de los indicadores financieros solicitados en el numeral de Requisitos Habilitantes, los proponentes deberán aportar la siguiente información:

1. Certificado de Registro Único de Proponentes vigente y en firme. 2. Un certificado del revisor fiscal o del contador, según el caso (Véase formato anexo

“SOPORTE DOCUMENTAL PARA ACREDITAR LA CAPACIDAD FINANCIERA”), en el cual conste cada uno de los valores de los indicadores tomados de la contabilidad, con fecha de corte al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior al cierre del presente proceso. Para persona jurídica nueva o persona natural que haya iniciado operaciones en el presente año, aportará el Certificado teniendo en cuenta la información extraída de la contabilidad, con fecha de corte al último día calendario del mes anterior al cierre del presente proceso.

La Administración en principio tomará los indicadores contenidos en el Certificado del Registro Único de Proponentes. Cuando se renueve o actualice el Registro Único de Proponentes, la información que se modifica estará vigente hasta que la nueva información quede en firme. En caso de que falte algún indicador o no correspondan con la información financiera con fecha de corte al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior al cierre del presente proceso, tomará los indicadores del certificado del revisor fiscal o del contador. La información financiera deberá ser presentada en moneda legal colombiana, por ser ésta la unidad contable por expresa disposición legal. En caso que por la naturaleza de algunos indicadores, se tenga denominador cero (0), la división daría una indeterminación y no habría un indicador lógico. Este resultado debe dejarse consignado en el formato anexo “SOPORTE DOCUMENTAL PARA ACREDITAR LA CAPACIDAD FINANCIERA” y el Municipio de Medellín realizará el análisis respectivo, con el fin de verificar el cumplimiento del requisito. Para garantizar la participación de las Personas Extranjeras no inscritas en el Registro Único de Proponentes por no tener domicilio o sucursal en el país (Decreto 0734 de 2012, Art. 6.4.5), a estas

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no se les podrá exigir el requisito de inscripción en el Registro Único de Proponentes. En consecuencia, para los citados oferentes deberán aportar la información antes solicitada (indicadores) para verificar su capacidad financiera. Las personas extranjeras deberán presentar la certificación firmada por el Representante Legal, acompañada de traducción simple al idioma español, con los valores re-expresados a la moneda funcional colombiana, a la tasa de cambio de la fecha de cierre de los mismos, avalados con la firma de un Contador Público con Tarjeta Profesional expedida por la Junta Central de Contadores de Colombia. Cuando se trate de Consorcios, Uniones Temporales u otra forma asociativa, los documentos soporte de la información financiera deberán presentarse en los términos señalados en los incisos anteriores, respecto de cada uno de los integrantes. Para obtener los indicadores cuando el proponente sea un Consorcio, Unión Temporal u otra forma de asociación, se sumará el capital real, capital de trabajo, EBITDA de cada uno de sus integrantes, sin considerar el porcentaje de participación. Así mismo, para obtener los indicadores de liquidez, endeudamiento, riesgo, rotación de inventario y crecimiento EBITDA, se calcularán para cada uno de los integrantes, de acuerdo a su porcentaje de participación y se sumarán para obtener cada indicador. El Municipio de Medellín si lo considera necesario, se reserva la facultad de solicitar información adicional, con el fin de verificar y/o aclarar los datos reportados en los certificados requeridos. 2.13 CERTIFICACIÓN DEL PAGO DE PARAFISCALES Y APORTES A LA SEGURIDAD

SOCIAL DE LOS EMPLEADOS Deberá certificarse que está a paz y salvo en el pago de los aportes a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, de conformidad con la Ley, de la siguiente manera: Para personas jurídicas: Expedida por el Revisor Fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos de ley. Por el Representante Legal, cuando de conformidad con la Ley no requiera Revisor Fiscal.

La certificación requerida deberá tener una expedición no superior a un (1) mes y en todo caso deberá suscribirse por la Revisoría fiscal, cuando se cuente con ella, aun sin estar obligado por la Ley. Para el caso de Consorcios, Uniones Temporales u otra forma asociativa que se presente, cada uno de sus integrantes deberá aportar la respectiva certificación. Para personas naturales: Las personas naturales deberán acreditar el pago de los aportes a la Seguridad Social Integral conforme a la Ley 100 de 1993, Artículo 4°, Ley 797 de 2003 y el Decreto Ley 2150 de 1995; esto es, aportes para la seguridad social en salud y pensiones. Si tienen trabajadores a su servicio deberán acreditar, el pago de los aportes al sistema integral de seguridad social y los parafiscales en los casos que se requiera de conformidad con la normatividad vigente. 2.14 CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS La Administración Municipal verificara el certificado de antecedentes disciplinarios a través de la página www.procuraduria.gov.co respecto del proponente y el representante legal y todos los socios de las personas jurídicas, consorcios o uniones temporales o cualquier otra forma de asociación, con excepción de las sociedades anónimas abiertas, las cuales deberán suplir dicho

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requisito con la manifestación escrita y expresa por parte del representante legal que ninguno de los socios se encuentran incursos en las causales de inhabilidad o incompatibilidad. Debe disponerse del certificado de antecedentes disciplinarios con una fecha de antelación no superior a tres (3) meses, contado a partir de la fecha de entrega de documentos habilitantes, consultando la página www.procuraduria.gov.co. 2.15 CERTIFICADO DEL BOLETIN DE RESPONSABILIDAD FISCAL La Administración Municipal verificara que no se encuentren reportados en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República de conformidad con el Artículo 60 de la Ley 610 de 2000, respecto del proponente y el representante legal y todos los socios de las personas jurídicas, consorcios o uniones temporales o cualquier otra forma de asociación, con excepción de las sociedades anónimas abiertas, las cuales deberán suplir dicho requisito con la manifestación escrita y expresa por parte del representante legal que ninguno de los socios se encuentran reportados en dicho Boletín Para obtener dicha constancia deberá consultar la página www.contraloriagen.gov.co 2.16 VERIFICACION DE ANTECEDENTES JUDICIALES La Administración Municipal verificará que no registren antecedentes judiciales, el proponente, su representante legal ni los socios de las personas jurídicas, consorcios o uniones temporales o cualquier otra forma de asociación, incluidas las sociedades anónimas abiertas. Dicha verificación podrá suplirse con la manifestación escrita y expresa por parte del representante legal que no registran antecedentes judiciales, diligenciando el certificado de inhabilidades e incompatibilidades anexo. Para realizar dicha verificación acceder al siguiente link: http://antecedentes.policia.gov.co:7003/WebJudicial/ 2.17 DOCUMENTOS SUSCRITOS POR CONTADOR O REVISOR FISCAL Los documentos y certificaciones que deban suscribir el contador público o revisor fiscal, según corresponda, deberán acompañarse de copia de la tarjeta profesional y anexar certificado de antecedentes disciplinarios, expedido por la Junta Central de Contadores, este certificado debe estar vigente para la fecha de presentación de la propuesta (no mayor a 3 meses de expedición). 2.18 CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL O REGISTRO

MERCANTIL Aportar Certificado de Existencia y Representación Legal o el Certificado de Registro Mercantil, expedido por la entidad competente, se exceptúa para el ejercicio de profesiones liberales. En caso que el proponente sea consorcio, unión temporal u otra forma asociativa, cada uno de sus integrantes deben anexar la certificación correspondiente. Tratándose de sociedades extranjeras con sucursal en el país, la Existencia y Representación Legal se acreditará con el RUP, y en caso de no tener sucursal en el país, deberá aportar el documento que acredite la adquisición de la personería jurídica en el país de origen, el cual contenga como mínimo los siguientes datos:

Nombre o razón social completa del proponente Tipo, número y fecha del documento de constitución o creación Fecha y clase de documento por el cual se reconoce la personería jurídica Duración de la entidad

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Cuando en el documento aportado que acredita la existencia y representación legal de la persona jurídica extranjera no cuente con toda la información requerida, podrán adjuntar una certificación del representante legal de la sociedad extranjera o en su defecto del mandatario de la sucursal con los datos que faltan, la cual se entiende formulada bajo la gravedad del juramento. Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia. El objeto social del proponente debe tener relación directa con el objeto de la contratación. La expedición de dicho certificado no podrá tener una anterioridad superior a treinta (30) días calendario, contado a partir de la fecha de entrega de los documentos habilitantes. 2.19 FOTOCOPIA DE LA CÉDULA DE CIUDADANÍA DEL REPRESENTANTE LEGAL

Las personas naturales colombianas deberán presentar copia de su Cédula de Ciudadanía. Las personas naturales extranjeras, deberán acreditar su existencia mediante la presentación de copia de su pasaporte, y si se encuentran residenciadas en Colombia, mediante la presentación de copia de la Cédula de Extranjería expedida por la autoridad colombiana competente.

En caso de personas jurídicas, se aportará copia de la cédula de ciudadanía del representante legal y en el evento de consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, copia del representante legal de cada uno de los integrantes que lo conforman. 2.20 APODERADO PARA OFERENTES EXTRANJEROS Los oferentes extranjeros sin sucursal o domicilio en Colombia deberán presentar sus propuestas a través de apoderado facultado para tal fin, con arreglo a las disposiciones legales que rigen la materia. La persona natural o jurídica de origen extranjero, que no sea residente en Colombia, podrá presentar expresión de interés y propuesta, previo cumplimiento de los requisitos generales establecidos para tal fin, aplicables a los oferentes nacionales con las excepciones del caso y especialmente cumpliendo los siguientes requisitos: Cuando se trate de personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o de personas

jurídicas privadas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberá acreditar la constitución de un apoderado (poder especial), domiciliado y residente en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta y celebrar el contrato, así como para representarla administrativa, judicial o extrajudicialmente.

Deberá adjuntar el certificado de existencia y representación legal o el documento equivalente del país en que se haya constituido legalmente. Si el mismo se encuentra en idioma distinto al español o castellano oficial de la República de Colombia, deberá adjuntar el texto en el idioma original acompañado de la traducción oficial respectiva. En el evento en que el oferente extranjero ostente limitación en su capacidad de contratación o de oferta, deberá adjuntar el documento mediante el cual se remueva dicha limitación. En lo no previsto aquí expresamente se aplicará el régimen dispuesto para los nacionales colombianos y que le sea aplicable a los extranjeros.

En cumplimiento de lo ordenado por el Artículo 6.4.5 del Decreto 0734 de 2012, el oferente extranjero, persona natural sin domicilio en Colombia o persona jurídica extranjera que no tenga establecida sucursal en el país, NO se encuentra obligado al registro en el RUP.

El oferente extranjero deberá relacionar y certificar la experiencia exigida en este proceso. En el evento en que dicha experiencia se haya obtenido en país distinto a Colombia, para efectos de acreditarla deberá adjuntar la certificación respectiva la cual deberá cumplir con los requisitos establecidos en este documento. Adicionalmente, si la certificación se encuentra en

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idioma distinto al de la República de Colombia, deberá adjuntarse además del documento en idioma extranjero, la traducción oficial del documento, tal y como lo establece el Artículo 260 del Código de Procedimiento Civil Colombiano.

2.21 AUTORIZACION PARA CONTRATAR Cuando el representante legal de la firma proponente, de conformidad con el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la entidad competente, tenga limitada su capacidad para participar en el proceso de selección y suscribir el contrato, deberá presentar la autorización del órgano directivo correspondiente. En caso que el proponente sea consorcio, unión temporal u otra forma asociativa, cada uno de sus integrantes debe anexar la certificación correspondiente. Cuando se actúe en calidad de apoderado, deberá acreditarse tal condición, mediante documento legalmente otorgado (Artículo 24 de la ley 962 de 2005). La expedición de dicho certificado no podrá tener una anterioridad superior a treinta (30) días calendario, contado a partir de la fecha de entrega de los documentos habilitantes. 2.22 REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO (RUT) Deberá allegarse copia legible, teniendo en cuenta que debe encontrarse actualizado al régimen tributario que le aplique. Para el caso de Consorcios, Uniones Temporales u otras formas asociativas deberá presentarse el RUT de cada uno de sus integrantes. 2.23 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA Se deberá anexar una garantía de seriedad de la propuesta, constituida ante una compañía de seguros o entidad bancaria legalmente establecida en Colombia, y que contenga los siguientes aspectos: Valor asegurado: Diez por ciento (10%) del valor total de la propuesta presentada. No

obstante cuando el valor asegurado supere 1.000.000 de SMLMV deberá ajustarse a lo dispuesto en el numeral 5.1.7.1 del Decreto 0734 de 2012.

Vigencia: tres (3) meses, contados desde el momento de la presentación de la oferta hasta la aprobación de la garantía que ampara los riesgos propios de la etapa contractual.

Tomador y/o afianzado: Nombre del proponente. Asegurado y beneficiario: Municipio de Medellín. Para el caso de los Consorcios, Uniones

Temporales u otra forma asociativa, debe figurar como tomador y/o afianzado, la respectiva forma asociativa.

Objeto: Garantizar la seriedad de la propuesta (Véase información general). 2.24 DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma español deberán presentarse acompañados de una traducción oficial a dicho idioma. Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados o apostillados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia, en especial en los artículos 65 y 259 del Código de Procedimiento Civil, artículo 480 del Código de Comercio y en la Resolución 2201 del 22 de julio de 1997 proferida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.

2.24.1 Consularización De conformidad con lo previsto por el artículo 480 del Código de Comercio, “los documentos otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo

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país, y la firma de tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes.” Tratándose de sociedades, expresa además el citado artículo del Código de Comercio que “al autenticar los documentos a que se refiere este artículo los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país. (C.P.C. artículo 65)”. Surtido el trámite señalado en el presente numeral, estos documentos deben ser presentados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia (Oficina de Legalizaciones) para la correspondiente legalización de la firma del cónsul y demás trámites pertinentes.

2.24.2 Apostilla Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, de conformidad con lo previsto en la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de Consularización señalado en este numeral, siempre que provenga de uno de los países signatarios de la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961, sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros, aprobada por la Ley 455 de 1998. En este caso solo será exigible la apostilla, trámite que consiste en el certificado mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el título a que ha actuado la persona firmante del documento y que se surte ante la autoridad competente en el país de origen. Lo documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma Español proveniente de países signatarios de la Convención de La Haya, deberán ser presentados acompañados de una traducción a este idioma, la cual podrá ser oficial en los términos del artículo 260 del Código de Procedimiento Civil o efectuada por traductor o intérprete no oficial pero cumpliendo el trámite del Apostilla. Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma español y que provengan de países NO signatarios de la Convención de La Haya deberán presentarse acompañados de una traducción oficial a este idioma, en los términos del artículo 260 del Código de Procedimiento Civil. Nota: En el evento en que los documentos otorgados en el exterior no cumplan con lo señalado en el presente numeral, no serán tenidos en cuenta. 2.25 RÉGIMEN DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES No podrán presentar propuesta quienes se encuentren incursos en causales de inhabilidades e incompatibilidades que les impidan celebrar contratos con entidades públicas, de acuerdo con la Ley 80 de 1993, el Art. 18 de la Ley 1150 de 2007 y demás normas aplicables. 2.26 EMPRESAS EN LIQUIDACIÓN O EN CONCORDATO Con el objeto de cumplir con los fines Estatales y principios establecidos en la contratación administrativa, propendiendo al mismo tiempo que los proponentes favorecidos garanticen la efectiva prestación del servicio requerido por la Administración Municipal, las empresas que se encuentren en liquidación y/o Concordato podrán presentar propuesta siempre y cuando se presenten bajo la figura de Consorcio y/o Unión Temporal sin que el porcentaje de participación del integrante que se encuentra bajo esta figura supere el 40% del presupuesto oficial. 2.27 RESUMEN ECONÓMICO Se deberá diligenciar el formato “Resumen Económico”.

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Los precios ofrecidos deberán ser en pesos colombianos, presentando cifras enteras, tanto en los precios unitarios como totales, incluyendo todos los conceptos relacionados con el objeto de la presente contratación. En caso de presentarse en moneda extranjera, la Administración automáticamente hará la conversión con base en la TRM que rige para el día del cierre, discriminando el IVA, AU y las exenciones si hay lugar a ello. Los demás conceptos no previstos en la oferta, no serán asumidos por el Municipio de Medellín. 2.28 CONDICIONES ECONÓMICAS En el evento de no discriminar el IVA y que el valor de los bienes y servicios ofrecidos causen dicho impuesto, el Municipio de Medellín lo considerará incluido en el valor de la oferta o en el evento de discriminar el IVA y no causen dicho impuesto, éste no será tenido en cuenta. En el caso de bienes y servicios excluidos de IVA no se deberán diligenciar los campos relacionados con este impuesto en el formato “Resumen Económico”. Para el análisis del precio se confrontará la relación entre los precios unitarios y los totales por medio de las cuatro operaciones aritméticas básicas. En caso de encontrarse diferencia, el Municipio realizará las respectivas correcciones. En caso de diferencia de precios en diferentes apartes de la propuesta, primará para todos los efectos, los que figuran en el formato “Resumen Económico”. El proponente deberá presentar su propuesta de manera discriminada, toda vez que la base de evaluación del precio será el VALOR SIN IVA y con base en ello se asignará el puntaje correspondiente. En todo caso el valor ofertado más el impuesto al valor agregado a que haya lugar dependiendo del régimen aplicable, no podrá superar el presupuesto oficial establecido para la contratación. Si la propuesta presentada incluye otros conceptos de pago, relacionados con el objeto de la contratación, los proponentes deberán indicarlo en su oferta, precisando claramente el concepto, valor y forma de pago que propone. Dichos conceptos serán objeto de consideración por parte de la Administración. Todos los costos asociados a la preparación y presentación de la propuesta estarán a cargo del Proponente y el Municipio de Medellín, en ningún caso, será responsable de los mismos. Cuando de conformidad con la información a su alcance el Municipio considere o estime que el valor de una oferta resulta artificialmente bajo, se deberá proceder conforme a lo dispuesto en Artículo 2.2.10 del Decreto 0734 de 2012. 2.29 METODOLOGÍA El Municipio de Medellín, previos los estudios correspondientes y el análisis comparativo de las ofertas con base en los aspectos jurídicos, técnicos, económicos y financieros, adjudicará la Contratación al oferente cuya propuesta se ajuste al Pliego de Condiciones y haya obtenido el mayor puntaje. En caso de empate en el puntaje total se aplicará lo dispuesto en el Decreto 0734 de 2012 en su artículo 4.2.5, se determinarán los criterios de desempate de conformidad con las siguientes reglas sucesivas y excluyentes:

2.29.1 Se preferirá la propuesta que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de calidad, si persiste el empate.

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2.29.2 La propuesta que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio precio.

2.29.3 En caso de igualdad de condiciones, se preferirá la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.

2.29.4 Si se presenta empate o éste persiste y entre los empatados se encuentren Mipymes, se

preferirá a la Mipyme nacional, sea proponente singular, o consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, conformada únicamente por Mipymes nacionales.

2.29.5 Si no hay lugar a la hipótesis prevista en el numeral anterior y entre los empatados se

encuentran consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura en los que tenga participación al menos una Mipyme, éste se preferirá.

2.29.6 Si persiste el empate, se preferirá al proponente singular que acredite tener vinculado

laboralmente por lo menos un mínimo del 10% de sus empleados en las condiciones de discapacidad y el cumplimiento de los presupuestos contenidos en la Ley 361 de 1997, debidamente certificadas por la oficina de trabajo de la respectiva zona, que hayan sido contratados con por lo menos un año de anterioridad y que certifique adicionalmente que mantendrá dicho personal por un lapso igual al de la contratación.

2.29.7 En caso que no proceda la hipótesis anterior, y entre los proponentes se encuentren

proponentes singulares o plurales conformados por consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura conformados con al menos un integrante que acredite las circunstancias establecidas en la Ley 361 de 1997 referidas en el numeral anterior, será preferido frente a los demás.

2.29.8 Si el empate se mantiene, se hará el sorteo por el método aleatorio de balotas.

Parágrafo.- En cualquier caso los factores de desempate contenidos en los numerales 3 al 5 se aplicarán de conformidad con el parágrafo 1 del Artículo 1 de la Ley 816 de 2003. Al efecto, los bienes y servicios originarios de países con los cuales Colombia tenga compromisos comerciales internacionales vigentes en materia de trato nacional para compras estatales, o de aquellos países en los cuales a las ofertas de bienes y servicios colombianos se les conceda el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales; deberán ser tratados en el marco de los criterios de desempate como si fueren bienes o servicios nacionales colombianos. Para efectos de la reciprocidad se dará aplicación a lo dispuesto en Artículo 4.2.6 del Decreto 0734 de 2012. 2.30 CERTIFICACIÓN PARA ACREDITAR LA CONDICIÓN DE DISCAPACIDAD, DE MYPES Y

MIPYMES Para efecto de los factores de desempate relacionados con la condición de discapacidad y las Mypes y Mipymes, el oferente debe acreditar con la oferta lo siguiente: Para la condición de discapacidad la certificación expedida por la oficina de trabajo de la

respectiva zona, las constancias de contratación del personal por lo menos con anterioridad a un año y la condición que deberán mantener por un lapso igual al de la contratación, o la constancia del representante legal y contador o revisor fiscal, según corresponda, de esta situación.

Para las Mypes, la certificación expedida por el Contador o el revisor fiscal, según sea el caso, en la que se señale que es una Mype (Micro, pequeña empresa); la planta de personal con que cuenta la empresa y los activos totales de la misma expresados en smmlv. Certificado de la Cámara de Comercio que certifique su antigüedad la cual no puede ser inferior a un año.

Para las Mipymes, la certificación expedida por el Contador o el revisor fiscal, según sea el caso, en la que se señale la clase de Mipyme que se trata (mediana empresa); la planta de personal con que cuenta la empresa, los activos totales de la misma expresados en smmlv,

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Certificado de la Cámara de Comercio que certifique su antigüedad la cual no puede ser inferior a un año.

En el caso de Consorcios o Uniones Temporales cada uno de los integrantes que ostenten las condiciones anteriores, debe acreditarla.

3. CRITERIOS DE EVALUACION El ofrecimiento más favorable se obtendrá de sumar el puntaje obtenido de acuerdo con los siguientes criterios:

CRITERIO CRITERIO REQUERIDO PUNTAJE MÁXIMO

PRECIO Propuesta económica más favorable 30 puntos

CALIDAD Formación y experiencia del recurso humano 70 puntos

3.1 PRECIO: Al menor precio ofrecido se le asignará el puntaje máximo, los demás obtendrán un puntaje de acuerdo con la siguiente fórmula: P: Pm x Pb/Pc Donde: P: Puntaje para el criterio precio Pb: Valor de la propuesta más baja Pc: Valor de la propuesta comparada Pm: Puntaje máximo asignado al criterio 3.2 CALIDAD: Para obtener los puntos deberán anexarse fotocopias de los documentos que acrediten lo afirmado.

PROFESIONAL CRITERIO REQUERIMEINTO FUENTE DE

VERIFICACIÓN PUNTAJE

OTORGADO

PUNTAJE MAXIMO

OTORGADO

COORDINADOR:

Profesional de las ciencias sociales,

humanas, comunicaciones, área de las artes

o la gestión cultural con

trayectoria en el sector cultural mínima de 24 meses y en

intervención social con comunidad mínima de 12

meses.

FORMACIÓN ADICIONAL

Puntajes acumulables

según el caso.

CURSOS SEMINARIOS: Si la

persona ha realizado seminarios, cursos o diplomados relacionados con las ciencias sociales y humanas, comunicaciones, gestión cultural o producción de eventos. (mínimo tres certificados para la adquisición del puntaje establecido) gestión cultural o producción de eventos

Certificados en papel membrete con el nombre del curso, entidad que lo dicta y duración e intensidad horaria

4

30

POST GRADO POST GRADO

(especialización o

Copia del diploma o del acta de grado

8

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maestría) relacionado con ciencias sociales y humanas, comunicaciones, artísticas, gestión

cultural o producción de eventos

EXPERICIENCIA ESPECÍFICA

Estos puntajes no se acumulan

entre sí.

De 24 meses y un día hasta 36 meses de experiencia específica en coordinación de proyectos culturales Puntaje no acumulable

Certificados en papel membrete de la entidad contratante, con el Numero del contrato, objeto, plazo y valor

5

De 36 meses y un día hasta 60 meses en coordinación experiencia específica en coordinación de proyectos culturales Puntaje no acumulable

Certificados en papel membrete de la entidad contratante, con el Numero del contrato, objeto, plazo y valor

10

Más de 60 meses experiencia específica en coordinación de proyectos culturales Puntaje no acumulable

Certificados en papel membrete de la entidad contratante, con el Numero del contrato, objeto, plazo y valor

18

PRODUCTOR:

Una persona con trayectoria en Producción

mínima de 30 eventos artísticos y culturales TIPO

B.

FORMACION ADICIONAL

CURSOS SEMINARIOS: Si la

persona ha realizado seminarios, cursos o diplomados relacionados con producción de eventos, comunicaciones o gestión cultural (mínimo tres certificados para la adquisición del puntaje establecido) en caso en que este sea profesional en esta área obtendrá el puntaje.

Certificados en papel membrete con el nombre del curso, entidad que lo dicta y duración e intensidad horaria

5

25

TRAYECTORIA ADICIONAL.

Estos puntajes no se acumulan

entre sí.

Más de 31 a 40 eventos artísticos y culturales TIPO B Puntaje no acumulable

1, Ficha técnica (de una cuartilla) del evento en donde indique: objetivo, fecha, hora, lugar, aforo. 2, Datos de contacto para realizar la

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respectiva verificación

Más de 40 eventos artísticos y culturales TIPO B Puntaje no acumulable

1, Ficha técnica (de una cuartilla) del evento en donde indique: objetivo, fecha, hora, lugar, aforo. 2, Datos de contacto para realizar la respectiva verificación

20

COMUNICADOR:

Se contará con un comunicador profesional,

graduado con 12 meses de

experiencia en procesos de

comunicación enfocados al

trabajo cultural en el ámbito social y

comunitario.

FORMACIÓN ADICIONAL

CURSOS CURSOS SEMINARIOS: Si la

persona ha realizado seminarios, cursos o diplomados en áreas de comunicaciones o afines.

Certificados en papel membrete con el nombre del curso, entidad que lo dicta y duración e intensidad horaria

5

15

EXPERICIENCIA ESPECÍFICA

Estos puntajes no se acumulan

entre sí.

De 12 meses y un día hasta 24 meses de experiencia en procesos de comunicación enfocados al trabajo cultural en el ámbito social y comunitario. Puntaje no acumulable

1, Ficha técnica (de una cuartilla) del evento en donde indique: objetivo, fecha, hora, lugar, aforo. 2, Datos de contacto para realizar la respectiva verificación

5

De 24 meses y un día hasta 36 meses de experiencia en procesos de comunicación enfocados al trabajo cultural en el ámbito social y comunitario. Puntaje no acumulable

1, Ficha técnica (de una cuartilla) del evento en donde indique: objetivo, fecha, hora, lugar, aforo. 2, Datos de contacto para realizar la respectiva verificación

10

DEDUCCIÓN POR MULTAS O SANCIONES Se realizarán deducciones al puntaje obtenido por el proponente de acuerdo a los criterios anteriores cuando a éste le hayan sido impuestas multas dentro de los dos (2) últimos años anteriores a la fecha de cierre de la selección abreviada, de la siguiente forma:

Por una (1) multa o sanción Se restarán cuatro (4) puntos

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Por dos (2) multas o sanciones Se restarán ocho (8) puntos

Por tres (3) multas o sanciones Se restarán veinte (20) puntos

La información sobre multas o sanciones podrá ser verificada por parte de la administración en la documentación de la propuesta. En todo caso se podrá confrontar la información con lo indicado en el Registro Único de Proponentes En el caso de consorcios o uniones temporales, se asignará el puntaje por multas o sanciones que registre uno cualquiera de sus integrantes.

4. CAUSALES DE ELIMINACION DE PROPUESTAS El Municipio de Medellín podrá rechazar, sin que haya lugar a su evaluación, o eliminar las propuestas presentadas, entre otras, si incurre en cualquiera de los siguientes casos: 4.1 Cuando el valor de la propuesta económica supere el presupuesto oficial cuando la

adjudicación es total o el ítem o grupo cuando la adjudicación es parcial. 4.2 Cuando no se aporte alguno de los documentos necesarios para la asignación de puntaje.

Lo anterior sin perjuicio a que la entidad pueda requerir el documento siempre y cuando se encuentre relacionado en la propuesta.

4.3 Si vencido el plazo para subsanar, no se cumple con los requisitos habilitantes y/o los

requerimientos técnicos mínimos, que deben cumplirse en su totalidad. 4.4 Cuando el proponente se encuentre incurso en alguna de las causales de inhabilidad e

incompatibilidad contempladas en la Ley 80 de 1993 y demás normas aplicables sobre la materia.

4.5 Cuando el objeto social o actividad mercantil del proponente no corresponda a lo requerido

por la Administración, exigencia que aplica a cada uno de los integrantes de Consorcios, Uniones Temporales u otra forma de asociación, si hay lugar a ello.

4.6 Si luego de verificadas y/o evaluadas las propuestas, se encuentra contradicción entre los

documentos aportados en la propuesta o entre ésta y lo confrontado con la realidad. 4.7 Cuando no se aporte la Garantía de Seriedad de la propuesta simultáneamente con la

oferta. 4.8 Cuando en la propuesta económica no se coticen la totalidad de los ítems. 4.9 Cuando la inscripción en el RUP no se encuentre en firme (en los que aplique). 4.10 Cuando se presenten varias ofertas por el mismo oferente y se configure cualquiera de las

siguientes hipótesis: con el mismo nombre; con nombres diferentes; de forma simultánea como persona natural o jurídica y representante legal de una persona jurídica, de forma simultánea como persona natural o jurídica e integrante de un Consorcio o Unión Temporal, de forma simultánea como persona natural o jurídica y representante de un Consorcio o Unión Temporal. Cuando varias personas jurídicas tengan el mismo representante legal, o socios comunes, solo podrá presentarse a la selección una de ellas.

4.11 Quien entregue la propuesta en un lugar diferente a la oficina 704 y que por esta causa no

llegue antes de la hora del cierre a la Secretaria de Cultura Ciudadana, de la dirección Calle 44 N. 52 -165 piso 7.

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5. PREPARACION Y ENTREGA DE DOCUMENTOS 5.1 FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA Tanto los documentos para verificar los requisitos habilitantes, como las propuestas técnicas y económicas deberán ser presentadas, así: Las propuestas deberán ajustarse en cuanto a su forma a los siguientes parámetros: Elaboradas a máquina o en procesador de palabras. En original y una (1) copia. La copia de la propuesta (mediante cualquier medio de reproducción), deberá coincidir en su

contenido con el original. Si se presentare alguna diferencia entre el original y la copia, prevalecerá la información consignada en el original.

Tanto el original como la copia, deberán entregarse debidamente FOLIADOS y LEGAJADOS, serán colocados dentro de un sobre o paquete separados, debidamente cerrados y rotulados en su parte exterior respectivamente como “original” y “copia”.

Con el fin de evitar omisiones cada uno de los folios que conforman la oferta original deberán tener un visado o firma resumida en la parte inferior derecha del Representante Legal o un delegado del proponente.

Las propuestas deberán contener un índice o tabla de contenido, que permita localizar adecuadamente la información solicitada en el Pliego de Condiciones, especificando los números de página donde se encuentran los documentos requeridos.

Los sobres deberán identificarse de la siguiente manera: Estarán dirigidos al Municipio de Medellín Se indicará el número y el objeto de la contratación. Se indicará, el nombre y dirección del proponente, con el fin de que sea posible devolver

la propuesta sin abrir, en caso de ser presentada extemporáneamente. El Municipio no se hará responsable por no abrir, o por abrir prematuramente los sobres mal

identificados o incorrectamente dirigidos. Se entenderán por fecha y hora de presentación las que aparezcan en el sello o escrito puesto

sobre la oferta por el encargado de recibirla, en el momento de su llegada al sitio de entrega de la misma.

No se aceptarán propuestas que sean entregadas en una oficina diferente a la indicada en el presente documento, así sea recepcionada dentro del plazo señalado para la entrega de propuestas.

5.2 ENTREGA DE PROPUESTAS Si la propuesta es enviada por correo, el proponente debe hacerlo con suficiente antelación para que sea recibida y depositada en la urna o lugar destinado para el efecto, en la dependencia anotada y antes de la hora límite de cierre. En todo caso, el Municipio de Medellín no será responsable del retardo o extravío que se derive de esta forma de presentación. 5.3 PROPUESTA ALTERNATIVA Además de su propuesta básica, cualquier proponente podrá ofertar una alternativa a excepciones técnicas y económicas, siempre y cuando no signifiquen condicionamiento para la adjudicación, manifestando claramente los beneficios que obtendrá el Municipio de Medellín al adoptarlas señalando los cambios que se proponen, los precios correspondientes, el plazo de ejecución, e incluir toda la información requerida para la cabal comprensión y evaluación de la misma. Estas propuestas deberán indicar en forma definitiva las diferencias sustanciales presentadas, determinando claramente los puntos del Pliego de Condiciones que se modifican y el beneficio que ello conlleva para el Municipio de Medellín.

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La propuesta alternativa deberá estar claramente soportada en sus aspectos técnicos y queda a discreción del Municipio de Medellín el no aceptarla, cuando a su juicio no satisfaga sus requerimientos o no esté suficientemente explicada, sin que haya lugar a reclamación alguna por parte de los oferentes respectivos. En todo caso, el Municipio de Medellín, se reserva la facultad de estudiar solamente las propuestas alternativas presentadas por el proponente que de acuerdo con su propuesta básica, haya presentado la más favorable y sea adjudicatario. 5.4 RETIRO O MODIFICACIÓN DE LA PROPUESTA Si un proponente desea retirar su propuesta antes del cierre de la contratación, deberá presentar una solicitud en tal sentido, firmada por la misma persona que firmó la carta de presentación de la oferta. La propuesta le será devuelta sin abrir, en el momento de la apertura de la urna, previa expedición de un recibo firmado por el servidor (a) responsable por parte de la Administración Municipal y por el solicitante. Si el proponente quiere adicionar documentos a su oferta, podrá hacerlo en original y una copia, aportándolos antes del cierre de la contratación y el Municipio de Medellín le expedirá una constancia de este hecho. No será permitido que ningún proponente modifique o adicione su oferta después de que la contratación se haya cerrado. 5.5 RESERVA EN DOCUMENTOS El proponente deberá indicar expresamente en su oferta, qué información de la consignada tiene carácter de reservada, señalando expresamente la norma jurídica en la que se fundamenta, con el fin de que el Municipio de Medellín se abstenga de entregarla misma, cuando cualquier persona natural o jurídica ejerciendo el derecho de petición, solicite copia de las propuestas. En el evento de que no se señale la norma específica que le otorgue ese carácter, se tendrá por no escrito el anuncio de reserva. 5.6 IDIOMA DE LA PROPUESTA Todos los documentos e información relacionada con la oferta y el contrato deben presentarse en idioma español. Si alguno de ellos está en cualquier otro idioma, deberá acompañarse de su respectiva traducción al español, la misma que el proponente avalará con su firma. En este caso, para los efectos del proceso de contratación y del contrato, regirá la traducción en español. 5.7 VALIDEZ DE LA OFERTA La validez de la oferta será de tres (3) meses, contados a partir de la fecha límite para recibir los documentos para la verificación de los requisitos habilitantes de la contratación. 5.8 VISITAS Durante el desarrollo de la evaluación el Municipio de Medellín podrá realizar visitas a las sedes de los proponentes con el fin de confrontar la realidad de la información suministrada. 5.9 INFORMACIÓN SOBRE IRREGULARIDADES EN EL PROCESO DE SELECCIÓN Las irregularidades presentadas o las actuaciones indebidas realizadas por servidores públicos del Municipio de Medellín, de conformidad con el Artículo 26 de la Ley 80 de 1993, con ocasión del

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trámite del procedimiento de selección, podrán ser informadas a la Oficina de Evaluación y Control o en la línea Única de Atención a la Ciudadanía 44 44 144, por cualquier medio. Por otra parte, en el evento de conocerse casos especiales de corrupción, se debe reportar el hecho al Programa Presidencial “Lucha contra la Corrupción” a través de: los números telefónicos: (1) 560 10 95, (1) 565 76 49, y (1) 562 41 28; vía fax al número telefónico: (1) 565 8671; correo electrónico, en la dirección: webmaster@anticorrupción.gov.co; al sitio de denuncias del programa, en la página Web: www.anticorrupción.gov.co; correspondencia o personalmente, en la dirección: Carrera 8 No 7-27, Bogotá, D.C.

6. ADJUDICACION Y GENERALIDADES DEL CONTRATO 6.1 PLAZO PARA ADJUDICAR Se hará conforme al numeral 9, Artículo 30 de la Ley 80 de 1993, reglamentado en los Artículos 8.1.13 y 8.1.14 del Decreto 0734 de 2012

6.2 RIESGOS PREVISIBLES

Código

del Riesgo

Clase de Riesgo

Nombre del Riesgo

Estimación del

valor del

riesgo en el proce

so

Contratista Entidad

Partici-

pación

Asignación

Partici-

pación

Asignación

11 Económicos

11-Incremento de precios 0,15%

100,00%

0,15%

0,00%

0,00%

12 Económicos

12-Escasez de materiales, materias primas o insumos

0,15%

100,00%

0,15%

0,00%

0,00%

24 Sociales o Políticos

24-Actos de sabotaje y terrorismo 0,15%

0,00%

0,00%

100,00%

0,15%

31 Operacionales

31-Presupuesto insuficiente 0,15%

100,00%

0,15%

0,00%

0,00%

32 Operacionales

32-Plazo insuficiente 0,15%

100,00%

0,15%

0,00%

0,00%

34 Operacionales

34-Demoras en el suministro de materiales, materias primas o insumos

0,15%

100,00%

0,15%

0,00%

0,00%

41 Financieros

41-Endeudamiento para ejecucion 1,50%

100,00%

1,50%

0,00%

0,00%

53 Regulatorios

53-Prohibiciones normativas especiales que afectan la ejecución del contrato

0,15%

0,00%

0,00%

100,00%

0,15%

61 De la Naturaleza

61-Temporada de lluvias 0,15%

100,00%

0,15%

0,00%

0,00%

Totales

2,70%

2,40%

0,30%

Presupuesto oficial

$ 171.000.000

Valor estimado de los riesgos

$ 4.617.000

Contratista Entidad

89%

11%

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Resumen de Asignaciones $

4.104.000 $

513.000

Conclusiones del Análisis de Riesgos Previsibles analizados:

9 en

total 0

La presentación de las ofertas implica la aceptación, por parte del proponente, de la distribución de riesgos previsibles efectuada por la entidad. 6.3 GARANTÍAS Para la ejecución del contrato, quien resulte adjudicatario del presente proceso de selección, de conformidad con lo establecido en el Título V del Decreto 0734 de 2012, deberá otorgar cualquiera de los mecanismos de cobertura del riesgo a favor del Municipio de Medellín, con una vigencia igual a la duración del contrato y:

# AMPARO CUANTÍA VIGENCIA

1. Cumplimiento de las obligaciones surgidas del CONTRATO.

10% del valor del contrato. En ningún caso sea inferior al valor de la cláusula penal pecuniaria

Vigencia del contrato y 4 meses más (término estimado para la liquidación)

2. Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales.

5% del valor de contrato Vigencia del contrato y 3 años más

3. Calidad del servicio 10% del valor del contrato Vigencia del contrato y 4 meses más.

4. Responsabilidad civil extracontractual

5% del valor de contrato sin que sea inferior a 200 SMMLV

Por el término de duración del contrato

6.4 PERFECCIONAMIENTO Y LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO El perfeccionamiento y legalización del contrato, estará sujeto a lo establecido en la Ley 80 de 1993, sus Decretos Reglamentarios y las normas internas de la Administración Municipal. El Municipio de Medellín dispondrá hasta de diez (10) días a partir de la notificación del Acto de adjudicación, para elaborar y entregar el respectivo contrato al adjudicatario, quien dispondrá de cinco (05) días hábiles para devolverlo firmado, acompañado de los documentos exigidos para su legalización y ejecución. 6.5 CONTRATO El Municipio de Medellín celebrará con el proponente adjudicatario, el contrato para la ejecución del objeto, fundamentándose en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007 y sus decretos reglamentarios, estudios previos, el Pliego de Condiciones y los análisis técnico, jurídico, financiero y económico de la propuesta. El adjudicatario deberá presentar para la suscripción del contrato los siguientes documentos:

6.5.1 Fotocopia de la cédula de ciudadanía del Representante Legal.

6.5.2 Original de la Garantía Única. Se deberán otorgar las garantías exigidas en la minuta del contrato.

6.6 PROHIBICIÓN DE CEDER EL CONTRATO

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El contrato estatal es intuito personae y, en consecuencia, una vez celebrado, no podrá cederse sino con autorización previa y escrita del Municipio de Medellín, quien tiene la potestad legal para celebrarlo. 6.7 INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO El Municipio de Medellín, con el exclusivo objeto de evitar la paralización o la afectación grave de los servicios públicos a su cargo y asegurar su inmediata, continua y adecuada prestación, podrá interpretar los documentos contractuales y las estipulaciones en ellos convenidas, introducir modificaciones a lo contratado y cuando las condiciones particulares de la prestación así lo exijan, terminar unilateralmente el contrato celebrado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14, 15, 16 y 17 de la Ley 80 de 1993. En los actos en que se ejerciten algunas de estas potestades excepcionales, se procederá al reconocimiento y orden de pago de las compensaciones e indemnizaciones a que tengan derecho las personas objeto de tales medidas. Contra los actos administrativos que ordenen la interpretación, modificación y terminación unilateral, procederá el recurso de reposición ante el Municipio de Medellín, sin perjuicio de la acción contractual que puede intentar el Contratista, según lo previsto en el Artículo 77 de la Ley 80 de 1993. 6.8 ADICION CONTRACTUAL El contrato podrá adicionarse hasta en un cincuenta por ciento (50%) de su valor inicial, expresado éste en salarios mínimos legales mensuales vigentes, de conformidad con la Ley. 6.9 SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO Por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito se podrá, de común acuerdo entre las partes, suspender temporalmente la ejecución del Contrato, mediante la suscripción de un acta donde conste tal evento, sin que, para efectos del plazo extintivo, se compute el tiempo de la suspensión. Se considerará como fuerza mayor o caso fortuito, el suceso que no es posible predecir y que está determinado por circunstancias no imputables al Contratista o al Municipio, que impidan totalmente el trabajo u obliguen a disminuir notablemente su ritmo, como por ejemplo, catástrofes, guerras, huelgas causadas por razones no imputables al Contratista o al Municipio, u otros similares. La situación de fuerza mayor o caso fortuito deberá ser demostrada por el Contratista, y en tal evento tendrá derecho a la ampliación del plazo pero no a indemnización alguna. Sin embargo, esto no lo exonera de su obligación de constituir y mantener vigentes las garantías estipuladas en el contrato, y de la responsabilidad por los daños que sufra el Municipio por no haberlas constituido o mantenido vigentes. 6.10 MULTAS En el evento en que el Contratista incumpla parcialmente cualquiera de las obligaciones contraídas por el presente contrato, se acuerdan multas, las cuales serán proporcionales al valor total del contrato y a los perjuicios que sufra el Municipio de Medellín. Para la imposición de las multas de manera unilateral, el Municipio de Medellín, dará aplicación al debido proceso.

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Una vez impuesta la declaratoria de incumplimiento por parte del Municipio de Medellín, el Contratista autoriza al Municipio de Medellín para que descuente el valor de las multas directamente de cualquier suma que le adeude, si la hubiere, o de hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato. Si esto no fuere posible se procederá al cobro coactivo de conformidad con lo previsto en el artículo 17 de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 8.1.10, Decreto 0734 de 2012. La imposición de multas no libera al Contratista del cumplimiento de sus obligaciones contractuales, so pena de que se le inicie un nuevo procedimiento sancionatorio ante nuevos incumplimientos. 6.11 CLAUSULA PENAL Se estipula una cláusula penal que se hará efectiva en caso de declaratoria de caducidad por parte del MUNICIPIO DE MEDELLIN o de declaratoria de incumplimiento grave y definitivo. El valor de la cláusula penal se tomará directamente de cualquier suma que se le adeude al CONTRATISTA, si la hubiere, o de la Garantía de Cumplimiento constituida, y si esto no fuere posible se cobrará ejecutivamente. En todo caso, se dará observancia al debido proceso, artículo 17 Ley 1150 de 2007, artículo 8.1.10, Decreto 0734 de 2012 y se seguirá el procedimiento establecido en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, el cual establece el procedimiento administrativo para imposición de multas, sanciones y declaratorias de incumplimiento. 6.12 CADUCIDAD Si se presenta alguno de los hechos constitutivos de incumplimiento de las obligaciones a cargo del Contratista, que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato, y evidencie que puede conducir a su paralización, el Municipio de Medellín, por medio de acto administrativo debidamente motivado, lo dará por terminado y ordenará su liquidación en el estado en que se encuentre, de conformidad con el Artículo 18 de la Ley 80 de 1993. 6.13 LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO El contrato celebrado, será objeto de liquidación bilateral con un término máximo de cuatro (4) meses contados a partir de la terminación del contrato. Así mismo, en caso de no efectuarse la liquidación bilateral, el Municipio de Medellín procederá con la liquidación unilateral dentro de los dos (2) meses siguientes al vencimiento del plazo para la liquidación bilateral, o en los términos del Artículo 11 de la Ley 1150 de 2007. 6.14 FUERZA MAYOR El Contratista quedará exento de toda responsabilidad por dilación u omisión en el cumplimiento de las obligaciones contractuales cuando dichos eventos ocurran por causa constitutiva de fuerza mayor, debidamente comprobada, por fuera del control del Contratista y que no implique falta o negligencia de éste o de su personal. Para efectos del contrato, solamente se considerarán como causas constitutivas de fuerza mayor las que se califiquen como tales de acuerdo con la legislación colombiana. En el caso de fuerza mayor que afecte el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales, el Contratista tendrá derecho únicamente a la ampliación del plazo contractual pero no a indemnización alguna del Municipio. Los inconvenientes de fuerza mayor deberán informarse al Municipio de Medellín por el medio más rápido posible, dentro de las setenta y dos (72) horas siguientes al momento en que hayan iniciado o se hayan presentado; dentro de los diez (10) días calendario siguientes el Contratista

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suministrará al Municipio de Medellín todos los detalles del hecho constitutivo de fuerza mayor y la documentación certificada que la Administración puedan requerir. Las suspensiones debidas a demoras en la adquisición de los equipos o daños en los mismos, a circunstancias de ocurrencia común de estos trabajos de la misma naturaleza de las contempladas en este contrato, a huelgas de su personal de trabajadores resultantes de convenios laborales, a la falta de cooperación del Contratista para resolver peticiones justas de sus trabajadores o cualquier otra suspensión que ordene el interventor por razones técnicas o de seguridad, no se consideran como fuerza mayor y no darán lugar a indemnización ni a ampliación en el plazo estipulado. 6.15 INSCRIPCIÓN PROVEEDORES Y/O CONTRATISTAS En caso de que el proponente no esté inscrito y resulte adjudicatario, deberá diligenciar el formato de inscripción de proveedores y contratistas, tramitándolo en la taquilla 11, sótano del CAM, Servicios a la Ciudadanía, aportando los siguientes documentos: Persona natural: Documento de identidad-CC, CE, NUIP RUT-Registro único Tributario DIAN- Certificado Bancario expedido por la entidad, que contenga como mínimo: Nombre y apellidos

completos, Número del documento de identidad del titular de la cuenta, Tipo de Cuenta-Corriente o Ahorros, Número de la cuenta.

Persona jurídica: Además de los exigidos para las personas naturales, debe aportar: Certificado de Existencia y Representación Legal de la Cámara de Comercio (Para las

asociaciones, Escuelas o Juntas de Acción Comunal que no poseen Cámara de Comercio, copia de la Resolución de Creación que las acredita)

Si ya se encuentra inscrito como proveedor del Municipio, no será necesario diligenciar el formato. Sin embargo, si han cambiado algunos aspectos de los reportados inicialmente en el formulario, es conveniente su diligenciamiento para actualizar la inscripción. 6.16 SUPERVISIÓN Y/O INTERVENTORÍA El ordenador del gasto, designará el(os) responsable(s) del seguimiento, monitoreo, control efectivo de las actividades y resultados comprometidos y pactados en el contrato, de acuerdo con la cuantía de la contratación y el conocimiento requerido para la ejecución del mismo, el cual actuará en calidad de Supervisor o Interventor. (De conformidad con artículo 83 de la Ley 1474 de 2011). 6.17 IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES Con relación a las retenciones en la fuente a título de los diferentes impuestos nacionales, departamentales o municipales, la Administración procederá de conformidad con la normatividad tributaria vigente dependiendo del objeto del contrato y la calidad del contribuyente. En caso que no haya lugar a alguna de ellas, deberá indicarse la norma que lo excluye o le otorga la exención. Entre los tributos que se tienen establecidos a título enunciativo, se tienen los siguientes: El Municipio de Medellín será agente de retención de la estampilla Pro Cultura, creada por el

acuerdo 32 de julio 15 de 2011 del Concejo de Medellín. Por lo que descontaran al momento de los pagos y pagos anticipados de los contratos y adiciones, el 0.5% del valor pagado antes de IVA. (Lo anterior aplica para aquellos contratos que tengan un valor superior a 1.500 SMLMV, teniendo en cuenta las exclusiones del artículo 7 del mismo acuerdo Municipal).

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Estampilla "Universidad de Antioquia de Cara al Tercer Siglo de Labores", creada y modificada mediante los acuerdos 08 de Marzo de 1996, 68 de diciembre de 1997 y 055 de diciembre 20 de 2002 del Concejo de Medellín, correspondiente al 1.0 % del valor total del contrato, antes de IVA. El Municipio de Medellín hará el descuento en el pago o pagos del contrato.

El Municipio de Medellín a través de la Secretaría de Hacienda, Unidad de Contaduría, aplicará la retención del 2% por concepto de la estampilla “Para el bienestar del adulto mayor”, al momento de la elaboración de la orden de pago de los contratos y adiciones suscritas, de conformidad con el Decreto Municipal 409 del 23 de febrero de 2010 (aplica para los contratos superiores a 1500 SMMLV).

La retención en la fuente por impuesto de Industria y Comercio, correspondiente al seis por mil (6 x 1000) del valor total del contrato, antes de IVA. En caso de estar exento de este tributo en el Municipio de Medellín, se deberá aportar copia del acto administrativo mediante el cual se estableció dicha exención.

La Contribución especial de seguridad creada por la Ley 418 de 1997, prorrogada por las Leyes 548 de 1999, 782 de 2002, 1106 de 2006 y 1421 de 2010, consiste en una contribución equivalente al 5% del valor total de los contratos de obra pública, descontada de cada pago realizado al contratista.

En todo caso, corresponde al contratista sufragar todos los impuestos que le correspondan de conformidad con la normatividad vigente. 6.18 ASEGURAMIENTO METROLOGICO. El contratista deberá presentar evidencia de un programa de aseguramiento metrológico, de conformidad con los Decretos 2269 de 1993, 3144 de 2008, 3257 de 2008 y 3735 de 2009. Los requisitos mínimos que deben contener dichas evidencias son: Evidencia de personal capacitado en las actividades que ejecuta para dar cumplimiento al

objeto del contrato. Hoja de vida de los instrumentos y equipos utilizados en las actividades que se ejecutan para

dar cumplimiento al objeto del contrato. Cronograma de actividades Metrológicas (Mantenimientos preventivos y calibraciones).

6.19 IDENTIDAD GRÁFICA ALCALDÍA DE MEDELLÍN. Atendiendo a los lineamientos de la Dirección de Comunicaciones de la Alcaldía de Medellín, la estrategia de comunicación y todas las actividades que de ella se deriven, al igual que las piezas comunicacionales y publicitarias (vallas, plegables, cartillas, afiches, material audiovisual, souvenir, herramientas digitales, entre otros) y los elementos de identificación del personal; sin excepción, deberán ser aprobados por el comunicador representante de dicha dependencia. El manejo de la imagen institucional se hará de acuerdo con los lineamientos del Manual de Identidad Gráfica de la Alcaldía de Medellín.

Como política de comunicaciones, en las piezas y productos de comunicación publicitaria y en las estrategias de divulgación, no se permite la ubicación de los logos de las empresas operadoras de EVENTOS, cuando los recursos provengan exclusivamente de la Alcaldía de Medellín. No se autoriza ninguna publicación por parte de propios o contratistas, sin el visto bueno de la Dirección de Comunicaciones de la Alcaldía. La elaboración de chalecos, gorras y camisetas está sujeta a la autorización de la Dirección de Comunicaciones, con base en la pertinencia y necesidad de dichas piezas para el evento o proceso.

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Para efectos de trámites administrativos y autorización de pagos, los interventores sólo procederán cuando se verifique que las publicaciones y materiales producidos corresponden totalmente a los diseños aprobados por la Dirección de Comunicaciones. Para verificar en cada pieza publicitaria:

Limpieza.

Textos breves y directos.

Mensajes en positivo.

Imágenes que reflejen vida.

En el diseño debe manejarse la paleta de colores institucional o consistencia con la misma.

Protagonismo claro de la Alcaldía de Medellín.

Las fotos con personas reales o que reflejen nuestra identidad y cultura.

6.20 TRABAJOS EN ALTURA

Cuando para la ejecución del contrato, se requieran labores o desplazamientos a 1.5 metros o más sobre el nivel inferior, el contratista deberá cumplir con lo señalado en el Reglamento Técnico de Trabajo Seguro en Alturas, establecido en las resoluciones 3673 de 2008, 0736 de 2009 y la circular 0070 de 2009 del Ministerio de Protección Social, las resoluciones del SENA 1486 y 1938 de 2009 y resolución 1409 de 2012 Ministerio del Trabajo.

7. PAGOS Y FACTURACION 7.1 FORMA DE PAGO El Municipio de Medellín realizará la transferencia electrónica a la cuenta informada por el proponente en el formulario de inscripción en el Directorio de Proveedores y Contratistas del Municipio. Si el adjudicatario no se encuentra a paz y salvo con el Municipio de Medellín, con la suscripción del contrato, autoriza para que la Subsecretaría de Tesorería, en el momento de un pago, automáticamente y sin previo aviso realice el correspondiente cruce de cuentas, para compensar los valores que tenga en mora por cualquier concepto. 7.2 FECHA DE RECEPCIÓN DE FACTURACION La facturación recibida durante los 10 primeros días de cada mes, serán reportados para pago en Contabilidad el 16 de cada mes en el horario de 08:00 a 12:00 m. La facturación recepcionada después de los 10 días hábiles de cada mes, serán radicadas para pago en Contabilidad el día 20 de cada mes en el horario de 08:00 a 12:00 m. 7.3 RECIBO A SATISFACCIÓN El recibo a satisfacción deberá expedirlo el interventor respectivo y deberá adjuntarse a la factura o documento equivalente. 7.4 REQUISITOS MÍNIMOS DE LAS FACTURAS Las facturas de venta o documentos equivalentes deben cumplir como requisito mínimo las

normas fiscales vigentes establecidas en el del Estatuto Tributario. En la factura o documento equivalente se debe hacer alusión al número de contrato, la

dependencia responsable, así como el nombre del interventor designado o funcionario responsable.

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Detallar en la factura el concepto del bien o servicio que se está vendiendo o prestando. Toda factura o documento equivalente se debe presentar en original y copia y entregarse al

Interventor. Las facturas o documentos equivalentes deberán entregarse a la Administración, para su

respectivo trámite, durante el mismo mes de su expedición. Cuando se haya entregado anticipo, deberá especificarse en la factura o documento

equivalente el porcentaje del valor del contrato que fue entregado por este concepto.

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ANEXOS

REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS Especificaciones esenciales: 3. Aspectos generales para la ejecución 3.1. TRAYECTORIA EN EL SECTOR CULTURAL Teniendo en cuenta las múltiples definiciones y enfoques que existen del término cultura, la Secretaría de Cultura Ciudadana del Municipio de Medellín entiende como certificación de experiencia en el sector cultural, la obtenida en la ejecución de proyectos artísticos o culturales encaminados a la creación, producción, sensibilización, formación, proyección, fomento o gestión en las diferentes áreas, modalidades o expresiones artísticas, dentro de las que se encuentran las artes plásticas y visuales, artes escénicas, música, etc.; así como a la planeación, investigación, gestión, divulgación o promoción en áreas o temáticas directamente relacionadas con el objeto del proceso de selección. 3.2. EVENTOS CULTURALES Los eventos de cultura y convivencia son encuentros ciudadanos para la movilización alrededor de las actividades y expresiones artísticas comunitarias en un espacio y tiempo limitados. Allí confluyen ideas, sueños y propuestas, mediadas por las manifestaciones del talento y la creatividad. Este espacio debe configurarse en el respeto por los derechos humanos, la dignidad de los ciudadanos y ciudadanas y velar por los siguientes postulados éticos: Reconocimiento, respeto y valoración de las diversas identidades culturales de los ciudadanos y

ciudadanas. Articulación con el proyecto de ciudad basado en el respeto por la diversidad cultural, las

personas en situación de vulnerabilidad y la equidad de género. Dignificación del trabajo cultural de los artistas. Democratización de las oportunidades de goce y disfrute de las diversas manifestaciones

culturales. La promoción del arte como un medio de transformación social. Utilización de un lenguaje de convivencia, inclusión y respeto que no permita expresiones

agresivas o discriminatorias. Los corredores de cultura y convivencia se clasifican de la siguiente manera: a. Tipo A: De gran formato. Realizado en espacio abierto con montajes de mayor logística, duración superior a cinco horas y un aforo entre 500 y 3000 personas. b. Tipo B: De mediano formato. Realizado en espacio abierto o cerrado con duración de cuatro a cinco horas y aforo entre 250 y 500 personas. c. Tipo C: De pequeño formato. Realizado en espacio abierto o cerrado, con duración de dos a tres horas y un aforo entre 50 y 250 personas. Cuenta con un máximo de cuatro presentaciones artísticas. Se entienden dentro de esta clasificación, los talleres de formación o sensibilización en las diferentes modalidades artísticas. 3.3. AJUSTES A LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

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En razón al carácter comunitario y los consecuentes procesos de concertación necesarios para la ejecución contractual, podrán requerirse ajustes no sustanciales en las especificaciones técnicas del proyecto, las cuales deberán ser aprobadas previamente y mediante acta por el interventor del proyecto. Ningún cambio que se realice sin el lleno de este requisito será reconocido por la interventoría. Prohibiciones En desarrollo de las actividades del proyecto, no se permite el expendio de alcohol ni la realización de actividades de proselitismo político. 3.4. DISPOSICIÓN DEL CONTRATISTA Y EL EQUIPO DE TRABAJO El contratista deberá asistir a todos los encuentros y reuniones programados desde la interventoría. En todos estos encuentros siempre se contará con representantes de la entidad con poder decisorio sobre el contrato desde la parte técnica, administrativa y financiera. Desde la instalación de interventoría y firma del acta de inicio deberá asistir este personal con el fin de dar a conocer en detalle las especificaciones contractuales y acoger las directrices de la Secretaría de Cultura Ciudadana. 4. TALENTO HUMANO El talento humano requerido deberá planear y operar todos los eventos y especificaciones técnicas del contrato. El contratista deberá suscribir contrato con las personas empleadas para la ejecución del contrato; la interventoría podrá solicitar en cualquier momento de la ejecución los respectivos soportes. Cualquier cambio en el personal inicialmente presentado para el proyecto, deberá ser previamente aprobado por el interventor; para el efecto, el contratista deberá presentar hoja de vida del nuevo recurso con los soportes que den cuenta de su experiencia y formación. Esta persona deberá alcanzar el mismo o mayor puntaje por cada uno de los criterios que dieron lugar al mismo, en la calificación del recurso inicialmente presentado en el proceso de selección. Las certificaciones de experiencia profesional y relacionada solicitadas, deberán contar como mínimo con la siguiente información:

Nombre o razón social de la entidad o empresa (papel membrete) Tiempo de servicio. Relación de funciones desempeñadas. En el caso de certificación de eventos, deberá especificarse el nombre del evento, la fecha

de inicio y de terminación del mismo.

Con el fin de garantizar la correcta ejecución de las actividades del proyecto, el coordinador requerido solo podrá participar con una (1) organización operadora de los proyectos del Programa de Planeación Local y Presupuesto Participativo y en máximo dos (2) de los proyectos operados por ésta. El productor por su parte, solo podrán participar con una (1) organización operadora de los proyectos que hacen parte del componente de programación cultural y en máximo dos (2) de los proyectos operados por ésta. 4.1. REMUNERACIÓN DEL RECURSO HUMANO La remuneración del recurso humano del proyecto, constituye COSTOS FIJOS, razón por la cual no podrán ser objeto de modificación o negociación.

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Acorde con las especificaciones técnicas del presente proyecto, y dado la duración, la cual está estimada en cinco (4) meses, la remuneración del recurso humano será la siguiente manera:

Coordinador: este deberá ser contratado por toda la ejecución del proyecto el cual tendrá con una remuneración mensual de $ 1.500.000 (antes de IVA)

Productor: este será contratado por la ejecución del proyecto el cual tendrá una remuneración por evento de acuerdo a lo siguiente: Evento tipo A: $ 502.053 (antes de IVA) Evento tipo B: $ 376.540 (antes de IVA) Evento tipo C: $125.513 (antes de IVA)

Comunicador: este deberá ser contratado por toda la ejecución del proyecto el cual tendrá

con una remuneración mensual de $1.200.000 (antes de IVA)

Promotor Comunitario: este deberá ser contratado por toda la ejecución del proyecto el cual tendrá una remuneración mensual de $ 589.500 (antes de IVA)

La retención en la fuente por renta y complementarios sobre honorarios de todo el personal requerido para el proyecto, incluyendo presentadores, artistas, personal de logística y aseo, etc., estará sujeta a lo establecido en el artículo 173 de la Ley 1450 de 2011 y el artículo 383 del Estatuto Tributario (E.T.). Los honorarios establecidos para todo el personal requerido para el proyecto, incluyendo presentadores, personal de logística y aseo, etc. Se encuentran antes de IVA, por lo que sobre este concepto no podrá sustentarse deducción alguna. 4.1.1 Coordinador Se deberá contar con un profesional con formación académica en el área de bellas artes, ciencias sociales, área social o área de comunicaciones, con mínimo 24 meses de experiencia profesional en el sector cultural y 12 meses de experiencia profesional en proyectos de carácter comunitario. El coordinador cumplirá las siguientes funciones: Facilitar la concertación con delegados de la Comisión de Cultura del Programa de Planeación

Local y Presupuesto Participativo, con las organizaciones de base y grupos artísticos de la comuna.

Responder por la implementación del plan de trabajo y cronograma, de acuerdo a los componentes del proyecto.

Poner a disposición de la interventoría de manera oportuna, la información requerida sobre la ejecución contractual, incluyendo informes, formatos, cronograma semanal de ejecución.

Asistir a las reuniones programadas por la Secretaría de Cultura Ciudadana para la evaluación y control del proyecto.

Diseñar e implementar el Plan de Comunicaciones en sus diferentes componentes: coordinar la construcción y aprobación de piezas comunicacionales y estrategias de difusión del proyecto ante la Secretaría de Cultura Ciudadana, garantizar el registro fotográfico y audiovisual, la oportuna y eficiente distribución de piezas comunicacionales, el funcionamiento de medios virtuales de comunicación.

Elaboración de informes de acuerdo a las indicaciones y formatos entregados por la interventoría, diligenciándolos de manera adecuada.

Informar previamente a la interventoría, y demás recurso humano, las actividades que se de desarrollen en la ejecución del contrato de manera semanal.

Asistir a todas las actividades programadas en la ejecución el contrato como parte de la organización y gestión de los proyectos que se desarrollen en la comunidad.

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El valor a pagar al coordinador se constituye como COSTOS FIJOS, razón por la cual no podrán ser objeto de modificación o negociación. 4.1.2 Productor Se deberá contar con una persona con experiencia relacionada en la producción de mínimo 30 eventos artísticos y culturales tipo B. El productor cumplirá las siguientes funciones: Organizar y administrar el evento en las etapas de pre, pro y pos producción del evento. Apoyar en la organización y coordinación de piso y tarima de los corredores de cultura y

convivencia. Diligenciar las planillas de producción de cada una de las actividades del contrato, las cuales

deberán enviarse por lo menos con una semana de anticipación a la SCC para su aprobación. Garantizar en conjunto con el coordinador, los permisos requeridos para la realización de los

eventos, mínimo una semana antes de la fecha programada para la actividad respectiva. Diligenciar los formatos establecidos por la Secretaría de Cultura Ciudadana para la

consolidación de base de datos y resultado de audiciones de los grupos que participen en los eventos del contrato.

El valor a pagar al productor se constituye como COSTOS FIJOS, razón por la cual no podrán ser objeto de modificación o negociación.

4.1.3 Comunicador Se contará con un comunicador profesional, graduado con 12 meses de experiencia en procesos de comunicación enfocados al trabajo cultural en el ámbito social y comunitario. El comunicador cumplirá las siguientes funciones: Elaborar, actualizar e implementar un plan de comunicaciones del proyecto, que permitan la promoción requerida para las diferentes actividades, de forma coherente con las dinámicas culturales y sociales de la comuna y contar con estrategias que permitan su articulación a los medios de comunicación local; de igual forma diseñar y producir las piezas gráficas o audiovisuales que requiera el contrato. Realizar el proceso de convocatoria para todas las actividades del proyecto.

Diseñar las piezas publicitarias requeridas y tramitar la aprobación de dichas piezas comunicacionales por parte del área de comunicaciones del programa, así como la de guiones, esquema de presentación de los eventos y demás actividades relacionadas con la difusión.

Acoger y aplicar el manual de identidad gráfica y editorial de la Alcaldía de Medellín, para el diseño de piezas publicitarias y demás publicaciones requeridas.

Organizar y hacer efectiva la circulación de piezas comunicacionales del proyecto. Establecer enlaces con las JAL, JAC y organizaciones sociales, artísticas y culturales con

el fin de hacer difusión del proyecto Realizar el registro fotográfico y videográfico de cada una de las actividades desarrolladas. Hacer un rastreo de los medios comunitarios ubicados en el territorio con el fin de articular

los procesos y promocionar las actividades a través de estos medios. Hacer uso de las diferentes redes sociales, físicas y digitales, para hacer promoción de las

actividades contractuales.

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Coordinar la repartición de las piezas publicitarias por toda la comuna de manera oportuna, especialmente en los sectores donde se desarrollen las actividades.

Crear un espacio digital (blog, sitio web, fanpage) donde se tenga una comunicación constante con la comunidad y se actualice la información del proyecto (programación, resultados de audiciones y fotografías de los eventos)

Organizar y nombrar cada una de las fotografías y videos que se generen en el contrato para la entrega de informes, además registrar todos estos productos de registro bajo licencias de libre distribución para que la ciudadanía disponga de ellas de manera libre y legal.

El valor a pagar al comunicador se constituye como COSTOS FIJOS, razón por la cual no podrán ser objeto de modificación o negociación. 4.1.4 Promotor Comunitario Se deberá contar con un (1) Promotor Comunitario para el desarrollo del proyecto, que cumplirá con las siguientes funciones:

Apoyar el contacto y colaborar con la convocatoria a los líderes comunitarios para las actividades del proyecto.

Establecer enlace con las JAL, JAC y organizaciones del territorio con el fin de hacer difusión del proyecto.

Servir de guía al contratista en los recorridos por la comuna para la identificación y selección de los lugares para la realización de actividades del proyecto.

Comunicar los aspectos positivos y negativos del proceso al contratista con el fin de implementar acciones que contribuyan a minimizar las insatisfacciones por parte de la comunidad en búsqueda de soluciones al proceso.

Participar en las labores de repartición y difusión de los medios comunicacionales necesaria para que la comunidad conozca y participe de las actividades del proyecto.

Asistir a todos los eventos y actividades que se desarrollen en la ejecución contractual. Para la selección del promotor comunitario el contratista realizará convocatoria en la comunidad para la presentación de hojas de vida con sus respectivos soportes, obedeciendo a los siguientes criterios:

Pertenecer y vivir en la comuna.

Tener vinculación certificada y ser miembro activo de alguna de las organizaciones de base de la comuna.

Conocer la dinámica de los proyectos ejecutados en el marco del programa de Planeación Local y Presupuesto Participativo de la Secretaría de Cultura Ciudadana.

Los aspirantes a promotor comunitario contaran con el aval de la comisión de cultura, los cuales serán seleccionados por el contratista, interventor, y un delegado de la comisión de cultura de acuerdo a los criterios establecidos para tal fin y consignados en el acta de selección. Con el fin de promover nuevos liderazgos y ampliar la participación en los diferentes procesos, no podrá ser elegido como Promotor Comunitario quien se haya desempeñado como tal en alguno de los proyectos del programa de Planeación Local y Presupuesto Participativo de la Secretaría de Cultura Ciudadana, en el año inmediatamente anterior. El valor a pagar a los promotores comunitarios se constituye como COSTOS FIJOS, razón por la cual no podrán ser objeto de modificación o negociación. 4.1.4 Operador de audio:

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El servicio de operación de audio se encuentra incluido y costeado en el ítem correspondiente a los equipos de audio requeridos para la ejecución del proyecto, razón por la cual no se define un rubro o costo fijo para este recurso. Sin embargo el contratista deberá garantizar que cuenta con una persona con experiencia relacionada en operación de audio en mínimo 30 eventos tipo B, que se encargará de la planeación y operación de audio en todos los eventos del proyecto. Para lo cual deberá anexar hoja de vida en la propuesta. Pero no será un factor de selección en los procesos de convocatoria. 4.2 COMPONENTE DE COMUNICACIONES 4.2.1 PLAN DE COMUNICACIONES: Se deberá elaborar un plan de comunicaciones que garantice el conocimiento del proyecto por parte de la comunidad beneficiaria y la participación de los representantes del sector cultural en las diferentes actividades del proyecto. El plan de comunicaciones debe contener: Caracterización y segmentación de públicos internos y externos del proyecto, impacto social. Objetivos generales y específicos, indicadores y fuentes de verificación. Metodología y equipo de trabajo. Seguimiento y evaluación del impacto generado por las estrategias definidas en el plan. Plan de distribución de piezas comunicacionales y medios alternativos de comunicación que

serán utilizados según las características de la comuna. El plan de comunicaciones debe ser ejecutado en coordinación permanente con el área de comunicaciones del programa y la Dirección de Comunicaciones del Municipio de Medellín. Así mismo, se deberá acoger todas las campañas de la Alcaldía de Medellín y garantizar su difusión en los eventos que se programen en el marco de la proyecto para la efectiva comunicación y divulgación de las actividades del proyecto, el comunicador será el responsable de planificar y desarrollar la totalidad de las estrategias de comunicación y divulgación, en el tiempo y lugares pertinentes de la comuna o corregimiento. Adicionalmente, se debe realizar un registro fotográfico y videográfico del proceso por parte del comunicador propuesto. Que de igual forma deberá crear un espacio digital (blog, sitio web, fanpage) donde se tenga una comunicación constante con la comunidad y se actualice la información del proyecto (programación, resultados de audiciones y fotografías de los eventos) El valor a pagar al personal para la distribución de piezas se constituye como COSTOS FIJOS, razón por la cual no podrán ser objeto de modificación o negociación. 4.2.2 REQUERIMIENTOS TÉCNICOS: Piezas comunicacionales: serán aprobadas por la Secretaría de Cultura Ciudadana y cumplirán con los criterios establecidos desde la Dirección de Comunicaciones del Municipio Pendón: Cada uno de los eventos contará con la instalación de un pendón con medidas 2.00 x 1.20 mts con los logos de la Alcaldía de Medellín y del programa PLPP. El material será en plastilona en policromía full color. Deberá ser instalado antes del comienzo de cada una de las actividades y exhibido en todos y cada uno de los eventos. Este pendón será entregado a la Secretaría de Cultura Ciudadana una vez se cumpla con el objeto contractual. Pasacalle: Cada uno de los eventos contará con la instalación de un pasacalle con las siguientes características: Tamaño 6x1 mts. Tintas 4x0 con los logos de la Alcaldía de Medellín y del

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programa PLPP. El material será en plastilona en policromía full color para exteriores. Deberá ser instalado antes del comienzo de cada una de las actividades y exhibido en todos y cada uno de los eventos. Afiche Agenda: Se realizará el diseño de un afiche agenda, formato 49,50x 34,50 cms. Tintas 4X0, en propalcote de 150 grs, acabados refilados, del cual se hará un tiraje de mil (1.000) piezas, que se distribuirán por toda la comuna en los lugares representativos de gran concentración, a las personas vinculadas al proyecto, así como en: Casas de Cultura, organizaciones de base JAL y JAC, paraderos y empresas de transporte público. Volantes: Se realizará el diseño de un volante, formato 22x14 cms tintas 4x0, material propalcote 150 grs, acabados refilados, media carta, del que se realizará un tiraje de mil (1.000) piezas por evento (dos (2) eventos tipo B, tres (3) evento tipo A y audiciones), Los volantes darán cuenta de la programación del cada uno de los eventos en cuanto a: grupos artísticos, fecha, lugar y promoción del programa PL y PP. Personal para la distribución de las piezas publicitarias: Se deberá contar con dos (2) personas por evento (10 eventos tipo B, un (1) evento tipo A y audiciones), para la distribución de piezas comunicacionales. Cada persona tendrá una remuneración cuyo COSTO FIJO es de $42.000. Estas personas se encargarán de pegar los afiches en lugares estratégicos y de la distribución puerta a puerta de los volantes. Registro Audiovisual y de fotografía: Se realizará para cada uno de los eventos del proyecto, un registro audiovisual y fotográfico que dé cuenta de su desarrollo y de todas las presentaciones artísticas que tengan lugar. La fotografía deberá ser de alta resolución y el registro audiovisual deberá tener una extensión mínima 30 minutos realizado con cámara HD o similar. Todos estos productos deberán ser registrados bajo licencias de libre distribución para que la comunidad pueda acceder a ellas de manera libre y legal. El contratista deberá anexar las cartas de autorización de la fijación y reproducción de imagen de los grupos artísticos para su eventual uso por parte del Municipio de Medellín. Se entregarán tres (3) copias en DVD de los registros indicados. Nota: el registro fotográfico será responsabilidad del comunicador propuesto por el contratista. 5. ACTIVIDADES 5.1. SOCIALIZACIÓN DEL PROYECTO CON LA COMUNIDAD El contratista deberá realizar una socialización con los delegados de la Comisión de Cultura, representantes de las JAC y de la JAL, líderes y agentes culturales de la respectiva comuna o corregimiento y comunidad en general; en donde se informen los contenidos del proyecto y se concerté todos los aspectos relacionados con la ejecución. Especificaciones técnicas: Lugar cerrado mínimo para 100 personas con igual número de sillas, buenas condiciones de iluminación y conexión para equipos de video y sonido. 1.000 Watts de PA. 2 medios en trípode y consola de 8 a 12 canales y 2 micrófonos. Un (1) video beam de 2000 lúmenes. Una (1) pantalla de 2mts x 2 mts. para proyección de video Un (1) computador portátil con conexión VGA para proyección de video.

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Treinta (30) refrigerios compuestos compuesto de Jugo en caja tetra pack acompañados de una harina con proteína (jamón, queso o carne) y servilleta.

5.2. AUDICIONES Para la selección de solistas y grupos artísticos que participarán del proyecto, se llevará a cabo dos jornadas de audiciones en un espacio idóneo dentro la comuna. Las jornadas de audiciones permitirán igualmente la cualificación de los artistas de la comuna. La fecha y lugar de las audiciones serán establecidas al inicio del proyecto, con el fin de lograr una buena difusión de las mismas acorde con las estrategias definidas y las demás que se determinen con la interventoría del proyecto. Inscripciones: Se hará un proceso de inscripción en formatos preestablecidos desde el programa al cual se dará la difusión necesaria para garantizar la participación de los grupos y artistas de la comuna. El cierre de las inscripciones será 8 días antes de la fecha establecida para la audición, previo a ésta se entregará a la interventoría la base de datos para su verificación. Espacio: Las audiciones se realizarán en un lugar ubicado en la comuna, con capacidad para 100 personas con sus respectivas sillas. El contratista gestionará el préstamo del espacio previa aprobación del mismo por parte del interventor. Jurados: Las audiciones permiten una selección diversa y objetiva mediante el criterio de un jurado experto, conformado por tres personas con experiencia y reconocimiento en el arte. Cada uno tendrá una remuneración de $250.000 (costo fijo). Lo jurados serán seleccionados de la lista de elegibles suministrada por el programa, de acuerdo con las modalidades artísticas que se presenten en las inscripciones para las audiciones. Los criterios de evaluación deberán darse a conocer a los artistas en el momento de la inscripción. Son éstos:

Aspectos técnicos y estéticos.

Recursos técnicos.

Experiencia y trayectoria.

Originalidad. Se deberán usar los formatos de calificación suministrados por la Secretaría de Cultura Ciudadana donde se califican los grupos y se arroja el resultado de calificación para todo el proceso y eventos del contrato. La máxima puntuación será 50 puntos y se distribuirá de la siguiente forma las categorías con sus respectivos pagos: CATEGORÍA A (45 – 50 puntos) Solista $300.000 Mimos, cuenteros y cantautores $400.000 Dúos $500.000 Grupos Internos $1.000.000 Grupos Externos $1.100.000 CATEGORÍA B (37.5 – 44 puntos) Solista $200.000 Mimos, cuenteros y cantautores $300.000 Dúos $400.000 Grupos Internos $800.000 Grupos Externos $880.000

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Los grupos profesionales tendrán un costo de $2.000.000 en adelante, y serán los grupos inscritos en la Secretaría de Cultura Ciudadana bajo esta categoría. Los grupos calificados por debajo de 37,5 no clasificarán para la presentación en los eventos estipulados en el contrato. Los resultados consolidados de las audiciones deberán ser entregados en el formato proporcionado por la SCC, con todos los campos correctamente diligenciados. Listado y clasificación de los artistas: Teniendo en cuenta el orden de puntuación alcanzada en las audiciones, los requerimientos del componente artístico de los diferentes eventos, y la clasificación que se indica a continuación, se seleccionará los grupos o solistas a programar en cada uno de los eventos: Los artistas que han adicionado en la vigencia anterior, que deseen acogerse al puntaje obtenido y que conserven la exactamente su composición e integrantes, podrán solicitar por escrito su inclusión en el listado de artistas, de acuerdo con la clasificación realizada. Especificaciones técnicas:

Tres (3) Jurados quienes recibirán una remuneración cuyo COSTO FIJO es de $250.000 por cada una de las dos (2) audiciones.

Un sonido de 5.000 Watts de PA. 2 medios, 2 bajos dobles. Monitoreo: 2 monitores de piso. Consola de 16 a 24 canales con 14 a 16 micrófonos.

Batería básica: Bombo 22 x 18, Toms de aire y de piso (8, 10, 12 14) stand para redoblante, charles y 3 stands para platos.

Equipo de bajo básico 15” 165 watts RMS Equipo de guitarra eléctrica 2X12” 120 watts RMS Hidratación para jurados y equipo logístico: treinta (30) bolsas de agua. Diez (10) Almuerzos: Carne ( res, pollo, cerdo) 100 grm, Energéticos 2 (papas, pastas,

yuca, plátanos, tortas ) 80grm, Arroz 150 grm, Ensaladas 80 grm, Arepa 20 grm, Postre 1 und, Jugó en cajita 300 c.c Nota: cada almuerzo va empacado higiénicamente en plato 3 divisiones con sus respectivos cubiertos y servilleta"

Diez (10) Refrigerio compuesto de Jugo en caja tetra pack acompañados de una harina con proteína (jamón, queso o carne) y servilleta.

Una persona de apoyo logístico, quien recibirá una remuneración cuyo COSTO FIJO es de $42.000 por cada evento.

5.3. AGENDA CULTURAL 5.3.1. Componente de planeación: Cronograma semanal: Se deberá informar el primer día hábil de la semana, la programación a desarrollase en ese lapso, adjuntando la planilla de producción de eventos con copia de los permisos requeridos, en caso de que haya eventos programados para la semana de la que se suministra información. Comité de programación: Una vez se haya realizado la jornada de audiciones, el contratista propiciará la conformación de un comité de programación compuesto de la siguiente forma: o Contratista: Sus representantes deben garantizar los encuentros de reunión, los espacios y la

operación del comité, así como la asesoría técnica al comité. o Tres miembros de la Comisión de Cultura de la respectiva comuna o corregimiento: Estos

representantes deberán ser nombrados por la comisión de cultura. Harán el primer aporte a la

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Planilla de programación construyendo la distribución de los artistas por evento, cumpliendo los objetivos de diversidad cultural y ampliación de referentes culturales tal y como lo indica la SCC.

o Un representante de la JAC: El lugar debe ser aprobado por la Secretaría de Cultura Ciudadana, previa visita técnica del operador y la interventoría. En todos los casos se deberá respetar los lugares definidos por la ficha de priorización del evento.

o Funcionario de la Secretaria de Transito: Esta persona se encargara de realizar el enlace entre la Secretaria de Cultura Ciudadana y La Secretaria de Transportes y Transito con el fin de articular a los eventos culturales con campañas de seguridad y educación vial.

o Un representante de la JAL o Coordinador de la Comisión de cultura: El miembro de la JAL perteneciente a la comisión de Cultura o coordinador de la misma, estará en calidad de veedor del buen desarrollo del proyecto.

o Interventor(a): Acompañará al Comité de principio a fin como representante y acompañante de la Administración en términos asesoría en la ejecución, vigilancia y control.

Estará a cargo del Comité de programación, la definición de la parrilla de programación del proyecto, en la que se especificará:

Grupos y artistas

Fechas de presentación

Horario y lugar de realización de los eventos. El comité deberá levantar actas de cada reunión, que servirán como soporte del proceso de concertación con la comunidad. El operador deberá llevar a la reunión un listado de los grupos acompañado de una fotografía del grupo y un fragmento del video de la presentación del grupo durante las audiciones. La definición de los grupos y artistas se realizará acorde con los criterios señalados en el aparte Jornada de audiciones - Listado y clasificación de los artistas y deberá incluir las diferentes expresiones artísticas (música, danza, teatro) y estar dirigida a los diversos públicos (niños, jóvenes, adultos y adultos mayores). Cualquier cambio en la parrilla de programación deberá ser previamente aprobado por la interventoría del contrato. El contratista deberá suministrar la información con la parrilla de programación y facilitara la articulación entre las actividades de la Secretaria de Transportes y Transito y la programación cultural priorizada desde el Programa de Planeación Local y Presupuesto Participativo de la Secretaria de Cultura Ciudadana. La articulación con la Secretaria de Transportes y Transito será el requisito para realizar el trámite efectivo de los permisos concernientes al cierre de vías o acompañamiento de agentes de tránsito para las actividades que tengan relación con recorridos como carnaval, movilización de artistas en las calles, etc. Compromiso del componente artístico Se deberá contar con un contrato de presentación de servicios artísticos entre el contratista y cada uno de los grupos o solistas, el cual deberá contar con los detalles de la presentación, el rider técnico, el valor detallado de la presentación y la fecha máxima de pago de sus servicios. La interventoría podrá solicitar copia de los contratos en cualquier momento de la ejecución. En el caso que se presenten en los eventos las escuelas de la Red de Escuelas y Bandas de Música de Medellín de la respectiva comuna o corregimiento; los honorarios estipulados ($890.000); se invertirán en bienes de consumo priorizados por la respectiva escuela para fortalecerla; no se entregará dinero en efectivo en ningún caso.

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El recurso mínimo destinado para el componente artístico se fijará desde la Secretaría de Cultura Ciudadana y su utilización en otros componentes del proyecto deberá ser aprobado previamente por la interventoría. Permisos para los corredores de cultura y convivencia Se deberá adelantar el trámite del permiso para la ejecución de espectáculos públicos ante la Secretaría de Gobierno, Comité Local de Gobierno, con mínimo quince (15) días de antelación. Debe tramitarse un permiso por evento, dando cumplimiento a lo estipulado en el Decreto Municipal 1199 de 2011. Estos permisos deberán ser entregados a la interventoría por lo menos con una semana de anticipación a la fecha de realización del evento, de lo contrario podrá darse la cancelación del mismo. El ruido y la convivencia ciudadana: Deberá darse cumplimiento a lo consagrado por la Resolución 627 de 2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, en la cual se detalla los estándares máximos de ruido por territorio y horario. Descripción general de personal, recursos e insumos para los eventos Se deberá garantizar satisfactoriamente las siguientes condiciones, según sean requeridas, para la realización de los eventos:

Presentador con libreto: Para cada uno de los eventos se contará con un presentador. Esta persona deberá manejar un lenguaje respetuoso acorde con evento y cumplirá las siguientes indicaciones: Tener una actitud hacia el público y una caracterización de vestuario según sea la temática

del evento. Seguir el guion del evento el cual deberá ser reiterativo en los créditos institucionales de la

Alcaldía de Medellín, Presupuesto Participativo y la iniciativa de la comuna, adaptándolo a la temática según sea el caso.

Crear dinamismo dentro del evento utilizando la creatividad y las actividades que se desarrollan dentro de la misma comuna para generar cercanía con la comunidad.

Generar participación ciudadana e interactuar con el público buscando el intercambio de ideas entre el presentador y los asistentes al evento.

Contar con un conocimiento previo tanto de toda la dinámica de corredores de cultura y El presentador tendrá una remuneración de $250.000 (costo fijo). De manera anticipada al evento tendrá como requisito previo a la presentación, asistir a una capacitación de presentación cultural de eventos realizada por la Secretaria de Cultura Ciudadana.

Sistema Amplificación de Sonido: Incluye transporte, equipos según indicaciones técnicas de montaje y operación, personal de manejo, extintor, herramientas y cubiertas impermeables. Su instalación debe realizarse mínimo tres (3) horas antes del comienzo del evento. Los equipos deben tener certificados de autenticidad CE UL CEE, estar en buen estado y libres de riesgos. Todo el sistema debe contar con protección eléctrica ante descargas naturales y sobretensiones. La conexión eléctrica debe ser autorizada por las EPM o en caso contrario contar con planta eléctrica suficiente. Para eventos tipo A y B el mínimo de micrófonos será de 24 unidades.

Tarima: Estructura metálica, con tensores transversales, escalera metálica con baranda, superficie continua y estable en madera o lámina, con faldón negro, altura a piso de 1.50 metros con nivelador propio de la tarima que garantice la seguridad de la misma. Su instalación debe realizarse mínimo tres (3) horas antes del comienzo del evento.

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Carpas: Estructuras de 2 metros de altura libres, a 4 aguas en lona sin mensajes publicitarios.

Luces Par 64: Para los eventos cuya duración incluya el horario de 18:00 en adelante así como en espacios cerrados o con inadecuada iluminación.

Rider técnico: Diligenciado por cada artista o grupo, concertado con el operador y la Secretaría Cultura Ciudadana con tiempo suficiente antes del evento.

Carpa Camerino: Cerrado, dotado con 5 sillas, espejo, iluminación y perchero, sin mensajes publicitarios. Cualquier cambio en las medidas y en la utilización de la carpa deberá ser concertada con la Secretaría Cultura Ciudadana.

Refrigerios para cada evento: compuesto por Jugo acompañados de una harina con proteína (jamón, queso o carne) y servilleta. El refrigerio será primordialmente para los artistas y apoyo logístico del corredor y deberá ser suficiente para el número de artistas a presentarse. Se deben tener listos los refrigerios en el sitio del evento antes de comenzar.

Sillas plásticas para adultos mayores, discapacitados, mujeres embarazadas.

Cabinas de baño con operario: Se contará con mínimo un operario, una cabina para hombres y una para mujeres. El operador de las cabinas deberá ser una entidad certificada por EPM.

Hidratación para el personal y artistas: Esta hidratación será primordialmente para los artistas y apoyo logístico del corredor y deberán ser suficientes para el número de artistas a presentarse.

Personal de apoyo logístico: Para cada evento se deberá garantizar la participación de mínimo una (1) persona de apoyo de la comuna, específicamente del sector donde debe realizarse el evento, para desarrollar labores logísticas durante la realización de las evento. Debe estar presente desde la instalación hasta que comience el desmontaje del evento. Su remuneración será de $42.000 pesos por evento (costo fijo).

Personal de aseo: Se deberá garantizar que durante el evento y después del mismo, el lugar quede en buenas condiciones de aseo, para lo cual se deberá contar con al menos dos (2) personas de la comuna para cada evento. La remuneración deberá ser de mínimo $42.000 por evento (Costo fijo).

Se deben respetar las zonas verdes, los diferentes elementos que conforman el amueblamiento urbano, tales como alumbrado público, bancas, arborización, esculturas, pasos peatonales entre otros.

No podrán desarrollarse actividades de proselitismo político en ninguna de las actividades del proyecto.

5.3.2. Especificaciones técnicas para eventos en la Comuna 8 Resumen de eventos

Circo al Parque - 3 Eventos Tipo C Externos

Presentación de tres (3) grupos en artes escénicas (música, danza, teatro, circo, magia, etc. Según ley 1493 2011) Mimo, cuentero o cantautor TIPO B. Cada grupo recibirá un estímulo cuyo COSTO FIJO es de trescientos mil pesos ($300.000) (exentos de IVA) por cada presentación.

Presentación de un grupo en artes escénicas (música, danza, teatro, circo, magia, etc. Según ley 1493 2011) Grupo Artístico TIPO A, quien recibirá un estímulo cuyo costo fijo es de un millón de pesos ($1.000.000). Por cada presentación.

Un sonido de 5.000 Watts de PA. 2 medios, 2 bajos dobles. MONITOREO: 2 monitores de piso. Consola de 16 a 24 canales con 14 a 16 micrófonos.

Un presentador con libreto por cada evento cuyo COSTO FIJO es de doscientos cincuenta mil pesos ($250.000).

Carpa camerino cerrada de 4 X 4 m. con 2 espejos de mínimo 30 x 50 cms, perchero, iluminación, 5 sillas.

Cincuenta (50) Sillas plásticas blancas. Treinta (30) refrigerios compuestos de Jugo en caja tetra pack acompañados de una harina

con proteína (jamón, queso o carne) y servilleta.

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Hidratación para los grupos: sesenta (60) bolsas de agua de 350 cc. Servicio de dos (2) Cabinas de baños 1 para hombres y 1 para mujeres con una operaria

según requerimientos del SIMPAD. Servicio de Ambulancia según requerimientos del SIMPAD " Permiso Sayco para de 1 a 500 personas Permiso Acinpro de 250 a 500 personas Instalación EPM Una persona de apoyo logístico por jornada, quien recibirá una remuneración cuyo COSTO

FIJO es de $42.000 por evento. Una persona de aseo por jornada, quien recibirá una remuneración cuyo COSTO FIJO es

de $42.000 por evento

Agenda Cultural Barrial - 2 Eventos TIPO C Interno

Presentación de un grupo en artes escénicas (música, danza, teatro, circo, magia, etc. Según ley 1493 2011) Grupo artístico TIPO B INTERNO, quien recibirá un estímulo cuyo COSTO FIJO es de ochocientos mil pesos ($800.000) exentos de IVA, por presentación.

Presentación de dos (2) grupo en artes escénicas (música, danza, teatro, circo, magia, etc. Según ley 1493 2011) Dúo TIPO B cada grupo recibirá un estimulo cuyo COSTO FIJO es de cuatrocientos mil pesos ($400.000) exentos de IVA. Por presentación.

Presentación de un grupo en artes escénicas (música, danza, teatro, circo, magia, etc. Según ley 1493 2011) Solista TIPO A, el cual recibirá un estímulo cuyo COSTO FIJO es de trescientos mil pesos ($300.000) por cada presentación. Exentos de IVA

5.000 Watts de PA. 2 medios, 2 bajos dobles. MONITOREO: 2 monitores de piso. Consola de 16 a 24 canales con 14 a 16 micrófonos.

Ochenta (80) Sillas blancas Plásticas. Un Presentador con libreto, el cual recibirá un estímulo cuyo COSTO FIJO es de

doscientos cincuenta mil pesos ($250.000) exento de IVA. Por cada evento. Treinta (30) refrigerio compuesto de Jugo en caja tetra pack acompañados de una harina

con proteína (jamón, queso o carne) y servilleta. Hidratación para los grupos: sesenta (60) bolsas de agua de 350 cc

Movilización y muestra artística LGTBI - 1 Evento TIPO A

Presentación de tres (3) grupos en artes escénicas (música, danza, teatro, circo, magia, etc. Según ley 1493 2011), TIPO B, los cuales recibirán un estímulo cuyo COSTO FIJO es de ochocientos mil pesos ($800.000) por cada presentación.

Presentación de cuatro (4) grupos en artes escénicas (música, danza, teatro, circo magia, etc. Según ley 1493 2011), mimos, cuenteros y cantautores TIPO B,). Los cuales recibirán un estímulo cuyo COSTO FIJO es de trescientos mil pesos ($300.000) por cada presentación.

Presentación de dos (2) grupos en artes escénicas (música, danza, teatro, circo, magia, etc., según ley1493 2011), TIPO A, los cuales recibirán un estímulo cuyo COSTO FIJO es de un millón de pesos ($1.000.000) por cada presentación.

Presentación de dos (2) grupos en artes escénicas (música, danza, teatro, circo, magia, etc., según ley1493 2011) Dúo TIPO A, los cuales recibirán un estímulo cuyo COSTO FIJO es de quinientos mil pesos ($500.000) por cada presentación.

Presentación de un grupo en artes escénicas (música, danza, teatro, circo, magia etc., según ley1493 2011), grupo artístico PROFESIONAL, el cual recibirá un estímulo cuyo COSTO FIJO dos millones de pesos ($2.000.000).

15.000 Watts Digital. Sistema de audio line array para 500 personas (aproximado equivalente a 10 KW). Consola digital de 32canales. 20 Micrófonos. MONITOREO: 4 monitores de piso y 2 sidefill.

Tarima de altura 1.50m de 9 x 9 con techo tipo truss, y 14 a 16 reflectores PAR 64 de 1000W. Formación tipo pasarela para desfile.

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Maquina de humo con control. Luz robotizada dos (2) unidades. Cuatro reflectores PAR LED individual. Alquiler de una Carroza y decoración de la misma. Un presentador con libreto. Carpa de 6 X 6 m Dos (2) carpas camerino cerrada de 4 X 4 m. Cien (100) Sillas blancas Plásticas. Sesenta (60) Refrigerios compuesto de Jugo en caja tetra pack acompañados de una

harina con proteína (jamón, queso o carne) y servilleta. Hidratación para los grupos: Ochenta y nueve (89) bolsas de agua. Servicio de dos (2) Cabinas de baños 1 para hombres y 1 para mujeres con una operaria

según requerimientos del SIMPAD Servicio de Ambulancia según requerimientos del SIMPAD Instalación EPM Acompañamiento de Bomberos y cuerpo de Socorro Permiso Sayco para 500 personas Permiso Acinpro de 500 a 1.500 personas Dos personas (2) de apoyo logístico los cuales recibirán una remuneración cuyo COSTO

FIJO es de cuarenta y dos mil pesos ($42000) por evento. Dos (2) personas para el aseo las cuales cada una recibirá una remuneración cuyo

COSTO FIJO es de cuarenta y dos mil pesos ($42.000)

Festival de Chirimía y Danza - 1 Evento TIPO B

Presentación de tres (3) grupos en artes escénicas (música, danza, teatro, circo magia, etc. Según ley 1493 20119) Grupo artístico TIPOB, cada grupo recibirá un estímulo cuyo COSTO FIJO es de ochocientos mil pesos ($800.000) por cada presentación.

Presentación de dos (2) grupos en artes escénicas (música, danza, teatro, circo, magia, etc., según ley 1493 2011) Grupo artístico TIPO A, cada grupo recibirá un estímulo cuyo COSTO FIJO es de un millón de pesos ($1.000.000) por presentación.

Presentación de (1) grupos en artes escénicas (música, danza, teatro, circo, magia, etc., según ley 1493 2011) Grupo artístico PROFESIONAL los cuales recibirán un estímulo cuyo COSTO FIJO es de dos millones de pesos ($3.000.000) por cada presentación.

20.000 Watts Análoga. Sistema de audio line array para 1000 personas (aproximado equivalente a 20 KW). Consola análoga de 32 a 48 canales. 24 micrófonos. MONITOREO: 8 monitores de piso y 2 sidefill.

Una Tarima de altura 1.50 m de 6 X 6 con techo tipo truss, y10 a 12 reflectores PAR 64 de 1000W.

Una Maquina de humo con control. Luz robotizada dos (2) unidades. Reflector PAR LED individual cuatro (4) unidades. Un (1) Presentador con libreto el cual recibirá una remuneración cuyo COSTO FIJO es de

doscientos cincuenta mil pesos ($250.000). Tres (3) Carpas de 6X6 m Ochenta (80) sillas blancas plásticas. Cincuenta (50) Refrigerios compuestos de Jugo en caja tetra pack acompañados de una

harina con proteína (jamón, queso o carne) y servilleta. Hidratación para los grupos: ochenta (76) bolsas de agua. Servicio de dos (2) Cabinas de baños 1 para hombres y 1 para mujeres con una operaria

según requerimientos del SIMPAD. Servicio de Ambulancia según requerimientos del SIMPAD. Instalación EPM. Permiso Sayco para 500 personas.

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Permiso Acinpro de 500 a 1.500 personas. Dos personas de Apoyo logístico para el evento, las cuales recibirán una remuneración

cuyo COSTO FIJO es de cuarenta y dos mil pesos ($42.000). Dos personas de Aseo, las cuales recibirán una remuneración cuyo COSTO FIJO es de

cuarenta y dos mil pesos ($42.000).

Porro Vía - 1 Evento TIPO B

Presentación de dos (2) grupos en artes escénicas (música, danza, teatro, circo magia, etc. Según ley 1493 20119) Grupo artístico TIPOB, cada grupo recibirá un estímulo cuyo COSTO FIJO es de ochocientos mil pesos ($800.000) por cada presentación.

Presentación de tres (3) grupos en artes escénicas (música, danza, teatro, circo, magia, etc., según ley 1493 2011) Grupo artístico TIPO A, cada grupo recibirá un estímulo cuyo COSTO FIJO es de un millón de pesos ($1.000.000) por presentación.

Presentación de un (1) grupos en artes escénicas (música, danza, teatro, circo, magia, etc., según ley 1493 2011) Grupo artístico PROFESIONAL los cuales recibirán un estímulo cuyo COSTO FIJO ($6.400.000) por cada presentación.

20.000 Watts Análoga. Sistema de audio line array para 1000 personas (aproximado equivalente a 20 KW). Consola análoga de 32 a 48 canales. 24 micrófonos. MONITOREO: 8 monitores de piso y 2 sidefill.

Una Tarima de altura 1.50 m de 6 X 6 con techo tipo truss, y10 a 12 reflectores PAR 64 de 1000W.

Luz robotizada dos (2) unidades. Reflector PAR LED individual seis (6) unidades. Un (1) Presentador con libreto el cual recibirá una remuneración cuyo COSTO FIJO es de

doscientos cincuenta mil pesos ($250.000). Tres (3) Carpas de 6X6 m Una Carpa camerino cerrada de 4 X 4 m. Ochenta (80) sillas blancas plásticas. Cincuenta y un (51) Refrigerios compuestos de Jugo en caja tetra pack acompañados de

una harina con proteína (jamón, queso o carne) y servilleta. Hidratación para los grupos: ochenta (80) bolsas de agua. Servicio de dos (2) Cabinas de baños 1 para hombres y 1 para mujeres con una operaria

según requerimientos del SIMPAD. Servicio de Ambulancia según requerimientos del SIMPAD. Instalación EPM. Permiso Sayco para 500 personas. Permiso Acinpro de 500 a 1.500 personas. Una persona de Apoyo logístico para el evento, las cuales recibirán una remuneración cuyo

COSTO FIJO es de cuarenta y dos mil pesos ($42.000). Una persona de Aseo, las cuales recibirán una remuneración cuyo COSTO FIJO es de

cuarenta y dos mil pesos ($42.000).

Musical de Navidad - 2 Eventos TIPO B

Presentación de un grupo en artes escénicas (música, danza, teatro, circo, magia, etc. Según ley 1493 2011), al cual se le pagara un COSTO FIJO de diez millones de pesos ($10.000.000)

Decoración de la tarima, Materiales, Utilería y Vestuario. 20.000 Watts Análoga. Sistema de audio line array para 1000 personas (aproximado

equivalente a 20 KW). Consola análoga de 32 a 48 canales. 24 micrófonos. MONITOREO: 8 monitores de piso y 2 sidefill.

Cinco (5) micrófonos de solapa. Cinco (5) Micrófonos de diadema.

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Director de la Obra quien recibirá una remuneración cuyo COSTO FIJO es de dos millones quinientos ($2.500.000).

Guión de la Obra. Maquina de humo con control. Dos unidades. Luz robotizada. Dos unidades. Reflector PAR LED individual, dieciséis unidades. Un (1) Presentador con libreto el cual recibirá una remuneración cuyo COSTO FIJO es de

doscientos cincuenta mil pesos ($250.000). Una Carpa camerino cerrada de 4 X 4 m. Cien (100) Refrigerios compuesto de Jugo en caja tetra pack acompañados de una harina

con proteína (jamón, queso o carne) y servilleta. Hidratación para los grupos: doscientas (200) bolsas de agua Servicio de dos (2) Cabinas de baños 1 para hombres y 1 para mujeres con una operaria

según requerimientos del SIMPAD Servicio de Ambulancia según requerimientos del SIMPAD. Dos personas de Apoyo logístico para el evento, las cuales recibirán una remuneración

cuyo COSTO FIJO es de cuarenta y dos mil pesos ($42.000). Dos personas de Aseo, las cuales recibirán una remuneración cuyo COSTO FIJO es de

cuarenta y dos mil pesos ($42.000). Alquiler de un Auditorio. Treinta (30) Horas de tallerista para ensayos y formación para el grupo artístico para la

presentación. Mil plegables: Formato 33x23 cms. Tintas 4x4 a 3 cuerpos en propalcote 115 grs.

Carnaval Comuna 8 - 1 Evento TIPO A

Presentación de tres (3) grupos en artes escénicas (música, danza, teatro, circo magia, etc. Según ley 1493 20119) Grupo artístico TIPOB, cada grupo recibirá un estímulo cuyo COSTO FIJO es de ochocientos mil pesos ($800.000) por cada presentación.

Presentación de tres (3) grupos en artes escénicas (música, danza, teatro, circo, magia, etc. Según ley 1493 2011) Mimos, cuenteros y cantautores TIPO B, cada grupo recibirá un estímulo cuyo COSTO FIJO es de trescientos mil pesos ($300.000) por presentación.

Presentación de tres (3) grupos en artes escénicas (música, danza, teatro, circo, magia, etc., según ley 1493 2011) Dúo Tipo A, los cuales recibirán un estímulo cuyo COSTO FIJO es de quinientos mil pesos ($500.000) por cada presentación.

Presentación de tres (3) grupos en artes escénicas (música, danza, teatro, circo, magia, etc. Según ley 1493 2011) Grupo artístico TIPO A, cada grupo recibirá un estímulo cuyo COSTO FIJO es de un millón de pesos ($1.000.000) por presentación.

Presentación de dos (2) grupos en artes escénicas (música, danza, teatro, circo, magia, etc., según ley 1493 2011) Grupo artístico PROFESIONAL los cuales recibirán un estímulo cuyo COSTO FIJO es de dos millones de pesos ($2.000.000) por cada presentación.

Un sonido de 20.000 Watts Análoga. Sistema de audio line array para 1000 personas (aproximado equivalente a 20 KW). Consola análoga de 32 a 48 canales. 24 micrófonos. MONITOREO: 8 monitores de piso y 2 sidefill.

Una Tarima de altura 1.50 m de 9 X 6 con techo tipo truss, y10 a 12 reflectores PAR 64 de 1000W.

Una Batería básica: Bombo 22 x 18, Toms de aire y de piso (8, 10, 12 14) stand para redoblante, charles y 3 stands para platos.

Un Equipo de bajo básico 15” 165 watts RMS. Un Equipo de guitarra eléctrica 2X12” 120 watts RMS Una Maquina de humo con control. Luz robotizada dos (2) unidades. Reflector PAR LED individual seis (6) unidades. Un (1) Presentador con libreto el cual recibirá una remuneración cuyo COSTO FIJO es de

doscientos cincuenta mil pesos ($250.000).

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Dos (2) Carpas de 6X6 m Una Carpa camerino cerrada de 4 X 4 m Cien (100) sillas blancas plásticas. Cincuenta y cinco (55) Refrigerios compuestos de Jugo en caja tetra pack acompañados

de una harina con proteína (jamón, queso o carne) y servilleta. Hidratación para los grupos: ochenta (80) bolsas de agua. Servicio de dos (2) Cabinas de baños 1 para hombres y 1 para mujeres con una operaria

según requerimientos del SIMPAD. Servicio de Ambulancia según requerimientos del SIMPAD. Instalación EPM. Permiso Sayco para 500 personas. Permiso Acinpro de 500 a 1.500 personas. Dos personas de Apoyo logístico para el evento, las cuales recibirán una remuneración

cuyo COSTO FIJO es de cuarenta y dos mil pesos ($42.000). Dos personas de Aseo, las cuales recibirán una remuneración cuyo COSTO FIJO es de

cuarenta y dos mil pesos ($42.000). 5.3.3 Rendición de cuentas del proyecto El contratista deberá realizar una (1) jornada de evaluación del proyecto, sujeta a solicitud de la Secretaría de Cultura Ciudadana y durante el proceso o luego de haber finalizado el contrato. Nota: los costos fijos corresponden al precio de las actividades no podrán ser modificados por el proponente en la propuesta técnica y económica a presentar, la modificación de los precios en las actividades establecidas como costos fijos será causal de eliminación, a continuación se relacionan:

ACTIVIDAD ESPECIFICACIÓN TÉCNICA

COMPONENTE RECURSO HUMANO

Coordinación del Proyecto

Productor Eventos TIPO A

Productor Eventos TIPO B

Productor Eventos TIPO C

Promotor Comunitario

Comunicador del Proyecto

Personal para distribución de piezas publicitarias a $42.000 por jornada

AUDICIONES Jurado a $250.000 por jornada

Personal de apoyo logístico por jornada

CIRCO AL PARQUE - 3 EVENTOS TIPO C EXTERNOS

Presentación de grupo en artes escénicas (música, danza, teatro, circo, magia, etc. Según ley 1493 2011) Mimo, cuentero o cantautor TIPO B

Presentación de grupo en artes escénicas (música, danza, teatro, circo, magia, etc. Según ley 1493 2011) Grupo Artístico TIPO A

Presentador con libreto

Personal de apoyo logístico por jornada

Personal de aseo por jornada

AGENDA CULTURAL BARRIAL - 2 EVENTOS TIPO C INTERNO

Presentación de grupo en artes escénicas (música, danza, teatro, circo, magia, etc. Según ley 1493 2011) Grupo artístico TIPO B INTERNO

Presentación de grupo en artes escénicas (música, danza, teatro, circo, magia, etc. Según ley 1493 2011) Dúo TIPO B

Presentación de grupo en artes escénicas (música,

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danza, teatro, circo, magia, etc. Según ley 1493 2011) Solista TIPO A

Presentador con libreto

MOVILIZACIÓN Y MUESTRA ARTÍSTICA LGTBI - 1 EVENTO TIPO A

Presentación de grupo en artes escénicas (música, danza, teatro, circo, magia, etc. Según ley 1493 2011) Grupo artístico TIPO B

Presentación de grupo en artes escénicas (música, danza, teatro, circo, magia, etc. Según ley 1493 2011) Mimos, cuenteros y cantautores TIPO B

Presentación de grupo en artes escénicas (música, danza, teatro, circo, magia, etc. Según ley 1493 2011) Grupo artístico TIPO A

Presentación de grupo en artes escénicas (música, danza, teatro, circo, magia, etc. Según ley 1493 2011) Dúo TIPO A

Presentación de grupo en artes escénicas (música, danza, teatro, circo, magia, etc. Según ley 1493 2011) Grupo artístico PROFESIONAL

Presentador

Personal de Apoyo logístico para el evento

Personal de Aseo

FESTIVAL DE CHIRIMIA Y DANZA - 1 EVENTO TIPO B

Presentación de grupo en artes escénicas (música, danza, teatro, circo, magia, etc. Según ley 1493 2011) Grupo artístico TIPO B

Presentación de grupo en artes escénicas (música, danza, teatro, circo, magia, etc. Según ley 1493 2011) Grupo artístico TIPO A

Presentación de grupo en artes escénicas (música, danza, teatro, circo, magia, etc. Según ley 1493 2011) Grupo artístico PROFESIONAL

Presentador

Personal de Apoyo logístico para el evento

Personal de Aseo

PORRO VÍA - 1 EVENTO TIPO B

Presentación de grupo en artes escénicas (música, danza, teatro, circo, magia, etc. Según ley 1493 2011) Grupo artístico TIPO B

Presentación de grupo en artes escénicas (música, danza, teatro, circo, magia, etc. Según ley 1493 2011) Grupo artístico TIPO A

Presentación de grupo en artes escénicas (música, danza, teatro, circo, magia, etc. Según ley 1493 2011) Grupo artístico PROFESIONAL

Personal de Apoyo logístico para el evento

Personal de Aseo

MUSICAL DE NAVIDAD - 2 EVENTO TIPO B

Presentación de grupo en artes escénicas (música, danza, teatro, circo, magia, etc. Según ley 1493 2011)

Director de la Obra

Presentador

Personal de Apoyo logístico para el evento

Personal de Aseo

Horas de tallerista para ensayos y formación para el grupo artístico para la presentación. (30 horas)

CARNAVAL COMUNA 8 - 1 EVENTO TIPO A

Presentación de grupo en artes escénicas (música, danza, teatro, circo, magia, etc. Según ley 1493 2011)

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Grupo artístico TIPO B

Presentación de grupo en artes escénicas (música, danza, teatro, circo, magia, etc. Según ley 1493 2011) Mimos, cuenteros y cantautores TIPO B

Presentación de grupo en artes escénicas (música, danza, teatro, circo, magia, etc. Según ley 1493 2011) Dúo TIPO A

Presentación de grupo en artes escénicas (música, danza, teatro, circo, magia, etc. Según ley 1493 2011) Grupo artístico TIPO A

Presentación de grupo en artes escénicas (música, danza, teatro, circo, magia, etc. Según ley 1493 2011) Grupo artístico PROFESIONAL

Presentador

Personal de Apoyo logístico para el evento

Personal de Aseo

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CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA (Utilice papel membreteado)

Ciudad y fecha Señores SECRETRIA DE CULTURA CIUDADANA Oficina 704 Centro Administrativo Municipal "La Alpujarra" C.A.M. El suscrito ______________________________________, identificado con la C.C. __________ en

nombre de ______________________________, de acuerdo con las reglas que se estipulan en el Pliego de Condiciones y demás documentos de la contratación 9008696 de 2013, cuyo objeto es PP - Realización de la agenda cultural en la comuna 8 en el marco del programa de Planeación Local y Presupuesto Participativo, año 2013, me permito presentar la siguiente propuesta.

En caso de que me sea adjudicada, me comprometo a firmar el contrato correspondiente y a cumplir todas las obligaciones señaladas en el Pliego de Condiciones y en mi propuesta. Declaro así mismo: 1. Que esta propuesta y el contrato que llegare a celebrarse sólo compromete a los firmantes de

esta carta. 2. Que ninguna entidad o persona distinta de los firmantes tiene interés comercial en esta

propuesta, ni en el contrato que de ella se derive. 3. Que ni el suscrito ni la sociedad que represento se hallan incursos en las causales de

inhabilidad e incompatibilidad establecidas en la Ley 80 de 1993 y demás normas sobre la materia.

4. Que el suscrito y la sociedad que represento se comprometen a entregar a satisfacción del Municipio de Medellín, en las fechas indicadas, el objeto de la contratación.

5. Que conocemos las leyes de la República de Colombia que rigen la presente contratación. 6. Que los precios de la propuesta se mantendrán sin variación durante la vigencia de la

contratación y el contrato. 7. Que la presente oferta no tiene información reservada * 8. Que autorizo expresamente al Municipio de Medellín para verificar toda la información incluida

en la propuesta y realice consultas en las listas de riesgos. 9. Que ofrezco entregar las cantidades que figuran en el cuadro de precios y valor total de la

oferta, así como el cumplimiento de los requerimientos técnicos. 10. Que bajo la gravedad de juramento declaro que no me encuentro reportado en el Boletín de

responsables fiscales que expide la Contraloría General de la República o en caso de estarlo, tener vigente un acuerdo de pago y me encuentro al día en los pagos.

11. Que bajo la gravedad del juramento declaro que no me ha sido notificado por parte de la Cámara de Comercio de ningún recurso de reposición frente a la información contenida en el RUP.

12. Que bajo la gravedad del juramento declaro no tengo conflicto de interés, ni los directivos de la sociedad que represento y el equipo de trabajo con que se ejecutarán los servicios contratados.

Proponente: ___________________________________________ Nit: ______________________ Correo electrónico: _______________________________________________________________ Dirección: _________________________________Teléfono: ____________Fax: _____________ Nombre Representante Legal del proponente: __________________________________________ Dirección: ______________________________________________Teléfono: ________________ Documento de identificación: _______________________________________________________ Firma del Representante legal: ______________________________________________________ Firma Aval (en caso de requerirlo): ___________________________________________________ Nota: * Si el proponente cuenta con información reservada deberá detallarla.

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RESUMEN ECONÓMICO Contratación: 9008696 de 2013 Objeto: PP - Realización de la agenda cultural en la comuna 8 en

el marco del programa de Planeación Local y Presupuesto Participativo, año 2013

Proponente: ___________________________________________

ITEM DESCRIPCION UNIDAD CANTIDAD PRECIO

UNITARIO VALOR IVA

PRECIO UNITARIO CON IVA

PRECIO TOTAL

TOTAL

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CERTIFICADO DE PAGO DE LOS APORTES

Ciudad y fecha Señores SECRETARIA DE CULTURA CIUDADANA Oficina 704 Centro Administrativo Municipal "La Alpujarra" C.A.M. ASUNTO: Carta de certificación de pago de aportes Por medio de la presente me permito certificar, que la firma que represento o audito, se encuentra a paz y salvo por todo concepto de pago de los aportes de los empleados a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales, aportes parafiscales y de contratación de aprendices al Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF y Cajas de compensación Familiar. Atentamente, NOMBRE: FIRMA: CARGO: Nota: Este documento deberá ser firmado por el Revisor Fiscal cuando este exista de acuerdo con los requerimientos de ley o por el Representante Legal.

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DECLARACION JURAMENTADA Ciudad y fecha Señores MUNICIPIO DE MEDELLÍN Ciudad Asunto: Declaración de multas y/o sanciones Yo ________________________ identificado con cédula de ciudadanía ____________________ y representante legal de __________________________, declaro bajo gravedad de juramento, que la firma que represento no ha sido objeto de multas y/o sanciones a consecuencia de incumplimientos cualquiera sea su denominación, durante los últimos dos (2) años. Cordialmente, Nombre, Apellidos o Razón Social Firma Identificación Número ________________________________

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SOPORTE DOCUMENTAL PARA LA ACREDITACIÒN DE EXPERIENCIA

Certif1 Certif 2 …… Certif 10

Número del contrato

Nombre del contratista

Nombre del contratante

Objeto del contrato

Valor del contrato en SMMLV vigentes a la fecha terminación

Fecha de inicio

Fecha de terminación

Clasificación CIIU hasta nivel 4

Porcentaje del valor del contrato que ejecutó como miembro de alguna forma de asociación

Cumplimiento contrato SI ___ NO ___ SI ___ NO ___ SI ___ NO ___ SI ___ NO___

Porcentaje que se le asignó en la respectiva fusión o escisión

Nota 1: Si el objeto del contrato certificado es general, deberá discriminar su alcance, para efectos de la verificación. De ser solicitada experiencia específica, deberá informar con cuales se acreditará esta.

____________________________ Firma del revisor fiscal o contador Nombre: Número de tarjeta profesional: Anexo: Copia de la tarjeta profesional y del certificado de vigencia de inscripción y de antecedentes disciplinarios de la Junta Central de Contadores.

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CERTIFICADO DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES El suscrito declara que: Conozco las causales de inhabilidad e incompatibilidad para contratar con las Entidades Estatales de conformidad con las Leyes: 80 de 1993, 1150 de 2007, 1474 de 2011 y demás normas sobre la materia. Así como las sanciones establecidas por transgresión a las mismas en los artículos 26 numeral 7o. y 52 y los efectos legales consagrados en el Art. 44 numeral. 1o. del Estatuto Contractual. Declaro bajo la gravedad del juramento que se entiende prestado con la firma del presente documento, que no me encuentro incurso en ninguna de ellas, ni mis socios, ni tampoco la sociedad que represento. Dado en el Municipio de ________________ a los ____ del mes_____________ del 20 ___ _________________________________ Nombre y firma del Representante Legal

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CERTIFICADO DE BIENES Y/O SERVICIOS DE ORIGEN NACIONAL

Ciudad y fecha Señores MUNICIPIO DE MEDELLÍN Ciudad ASUNTO: Certificación de bienes y/o servicios de origen nacional Yo ______________________identificado con cédula de ciudadanía _________ y representante legal de __________________________, declaro bajo gravedad de juramento que los bienes y/o servicios que se destinarán para la ejecución del objeto contractual corresponden a los siguientes porcentajes:

Concepto Nacional Extranjero

Bienes y/o servicios

Lo anterior de conformidad con lo establecido en la Ley 816 de 2003 y en los decretos 2680 de 2009 y 0734 de 2012. Atentamente, ___________________________________ Nombre y firma del Representante Legal

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SOPORTE DOCUMENTAL PARA ACREDITAR LA CAPACIDAD FINANCIERA

(Utilice papel membreteado) "Digite la ciudad y la fecha" Señores SECRETARIA DE CULTURA CIUDADANA Oficina 704 Centro Administrativo Municipal "La Alpujarra" C.A.M. El (La) suscrito(a) contador(a) _____________________, identificado(a) con la cédula de ciudadanía número _________________ y Tarjeta Profesional número ________________ certifica los indicadores financieros del proponente _________________________ identificado con Nit número ______________, para el proceso de selección cuyo objeto es Proveer servicios logísticos a los eventos desarrollados en la Secretaría de Cultura Ciudadana, así:

Cuenta(s) Descripción Valor en pesos Resultado en pesos (sin decimales)

CAPITAL REAL DEL PROPONENTE

$ "Digite el resultado del indicador"

"Digite número de la cuenta" Capital social efectivamente pagado $"Digite el valor"

"Digite número de la cuenta" Más las reservas constituidas $"Digite el valor"

"Digite número de la cuenta" Más las utilidades retenidas $"Digite el valor"

"Digite número de la cuenta" Más las utilidades del ejercicio $"Digite el valor"

Cuenta(s) Descripción Valor en pesos Resultado en número (con dos decimales)

LIQUIDEZ (Activo Corriente/Pasivo Corriente)

"Digite el resultado del indicador"

"Digite número de la cuenta" Activo Corriente $"Digite el valor"

"Digite número de la cuenta" Pasivo Corriente $"Digite el valor"

Cuenta(s) Descripción Valor en pesos Resultado en porcentaje (%) (con dos decimales)

NIVEL DE ENDEUDAMIENTO (Pasivo Total/Activo Total)

"Digite el resultado del indicador" %

"Digite número de la cuenta" Pasivo Total $"Digite el valor"

"Digite número de la cuenta" Activo Total $"Digite el valor"

Cuenta(s) Descripción Valor en pesos Resultado en pesos (sin decimales)

CAPITAL DE TRABAJO (Activo Corriente - Pasivo Corriente)

$"Digite el resultado del indicador"

"Digite número de la cuenta" Activo Corriente $"Digite el valor"

"Digite número de la cuenta" Pasivo Corriente $"Digite el valor"

Cuenta(s) Descripción (No aplica para consultores) Valor en pesos Resultado en número (con dos decimales)

INDICADOR DE RIESGO (Activos Fijos/Patrimonio Neto)

"Digite el resultado del indicador"

"Digite número de la cuenta" Activos Fijos $"Digite el valor"

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"Digite número de la cuenta" Patrimonio Neto $"Digite el valor"

Cuenta(s) Descripción (No aplica para consultores) Valor en pesos Resultado en pesos (sin decimales)

INDICADOR EBITDA (año 2011)

$ "Digite el resultado del indicador"

"Digite número de la cuenta" Utilidad Operacional (si es pérdida, digite cero) $"Digite el valor"

"Digite número de la cuenta" Más gasto depreciación $"Digite el valor"

"Digite número de la cuenta" Más gasto amortización $"Digite el valor"

Descripción Valor en pesos Resultado en número (con dos decimales)

INDICADOR CRECIMIENTO EBITDA (Indicador Ebitda 2011/Indicador Ebitda 2010)

"Digite el resultado del indicador"

Indicador Ebitda 2011 $"Digite el valor"

Indicador Ebitda 2010 $"Digite el valor"

Cuenta(s) Descripción (Solo para proveedores) Valor en pesos Resultado en número (con dos decimales)

ROTACIÓN DEL INVENTARIO (Costo de ventas/Inventario)

"Digite el resultado del indicador"

"Digite número de la cuenta" Costo de ventas $"Digite el valor"

"Digite número de la cuenta" Inventarios $"Digite el valor"

____________________________ Firma del revisor fiscal o contador Nombre: Número de tarjeta profesional: Anexo: Copia de la tarjeta profesional y del certificado de vigencia de inscripción y de antecedentes disciplinarios de la Junta Central de Contadores.

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SOPORTE DOCUMENTAL PARA ACREDITAR LA CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN (Co) (Utilice papel membreteado)

"Digite la ciudad y la fecha" Señores SECRETARIA DE CULTURA CIUDADANA Oficina 704 Centro Administrativo Municipal "La Alpujarra" C.A.M. Los (Las) suscritos(as) representante legal _____________ y contador(a) o revisor fiscal _____________________, identificados(as) con las cédulas de ciudadanía números _________________ ________________ y Tarjeta Profesional número ________________ certificamos la capacidad de organización del proponente _________________________ identificado con Nit número ______________, para el proceso de selección cuyo objeto es Proveer servicios logísticos a los eventos desarrollados en la Secretaría de Cultura Ciudadana, así:

Capacidad de organización, organización técnica

Cantidad Perfil Cargo Calidad Nombre y número de cédula

Capacidad de organización, organización operacional

Descripción Valor año 1 Valor año 2 Promedio aritmético

Ingresos brutos operacionales en pesos

Ingresos brutos operacionales en SMMLV

______________________________ Firma del representante legal ______________________________ Firma del revisor fiscal o contador Nombre: Número de tarjeta profesional: Anexo: Copia de la tarjeta profesional y del certificado de vigencia de inscripción y de antecedentes disciplinarios de la Junta Central de Contadores.

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MINUTA DEL CONTRATO

Cód. FO-ADQU-076 Formato

FO-ADQU Contrato de mayor cuantía

Versión. 2

Fecha de entrada en Vigencia: 08/Jul/2011

CONTRATO editable DE editable

CONTRATANTE: MUNICIPIO DE MEDELLÍN - SECRETARÍA DE CULTURA

CIUDADANA CONTRATISTA: editable NIT editable Representante Legal editable OBJETO: editable VALOR: $editable IVA $editable TOTAL: $editable DURACIÓN: editable editable , identificado con la cédula de ciudadanía editable en su calidad de Secretario de "nombre del grupo de compras del contrato" , en uso de sus facultades legales y las otorgadas por el Decreto 0510 de 2008, modificado por el Decreto 1679 de 2008, expedidos por el Señor Alcalde del Municipio de Medellín, de una parte, quien en adelante para este contrato se llamará EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN y editable identificado con la cédula de ciudadanía editable quien obra como Representante Legal, de la otra parte, que en adelante se denominará EL CONTRATISTA, se ha convenido celebrar el presente contrato luego de la Adjudicación de la editable editable de editable , el cual se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO. EL CONTRATISTA se compromete para con EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN a editable de conformidad con el pliego de condiciones y sus documentos anexos, las especificaciones técnicas y la propuesta presentada por EL CONTRATISTA y aceptada por EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN, los cuales hacen parte integrante del contrato. SEGUNDA: VALOR. El valor del presente contrato asciende a la suma de editable PESOS M/L TERCERA: FORMA DE PAGO: EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN, cancelará al CONTRATISTA, el valor del presente contrato a través de transferencia electrónica editable , previa presentación de la factura o documento equivalente debidamente legalizado con todos los soportes que aseguren que los bienes o servicios fueron recibidos a entera satisfacción por parte del interventor. PARÁGRAFO: La transferencia electrónica o consignación para la cancelación de cuentas, la hará EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN sujeto a la disponibilidad de recursos que presente la Subsecretaría de Tesorería y respetando el derecho de turno consignado en el artículo 19 de la Ley 1150 de 2007.

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CUARTA: DURACIÓN DEL CONTRATO. La vigencia del contrato será de editable , y se iniciará una vez se suscriba el Acta de Inicio entre el Interventor y EL CONTRATISTA, previa aprobación de la garantía única por parte de la Secretaría de editable , en caso de que requerirse. El presente contrato se podrá adicionar de conformidad con lo previsto en la Ley 80 de 1993 y demás normas que rigen la materia, siempre y cuando sea conveniente y favorable para el MUNICIPIO DE MEDELLÍN. QUINTA: PERFECCIONAMIENTO: El presente contrato se entenderá perfeccionado una vez haya sido suscrito por las partes. PARÁGRAFO: Una vez entregado el contrato, el CONTRATISTA, cuenta con un plazo máximo de tres (3) días hábiles para legalizarlo. SEXTA: OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El CONTRATISTA se obliga para con EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN a entregar los bienes adquiridos cumpliendo con todas las especificaciones técnicas que se relacionan en la propuesta presentada y aceptada por EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN las cuales hacen parte integrante del contrato, acompañados de los respectivos manuales de operación y/o funcionamiento y garantías comerciales cuando a ello haya lugar, previa verificación por parte del interventor del contrato de los respectivos manifiestos de aduana cuando de bienes extranjeros se trate. SÉPTIMA: PAGO DE APORTES. De conformidad con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, EL CONTRATISTA deberá acreditar el pago de los aportes de sus empleados, a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar, mediante certificación expedida por el revisor fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos de ley, o por el representante legal. OCTAVA: GARANTÍAS. EL CONTRATISTA prestará garantía que avalará el cumplimiento de todas las obligaciones surgidas del contrato, aceptada por EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN, la cual cubrirá: editable NOVENA: RESTABLECIMIENTO, REPOSICION O AMPLIACIÓN DE LA GARANTÍA. EL CONTRATISTA está obligado a restablecer o reponer el valor de la garantía cuando éste se haya visto reducido o agotado por razón de las reclamaciones efectuadas. En cualquier evento en que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su término, EL CONTRATISTA deberá ampliar el valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia según el caso. El incumplimiento de la obligación del CONTRATISTA de mantener la suficiencia de la garantía, facultará al MUNICIPIO DE MEDELLÍN a declarar la caducidad del contrato. DÉCIMA: MULTAS. En el evento en que EL CONTRATISTA incurriere en mora, deficiencia o faltare al cumplimiento de alguna (s) de las obligaciones contraídas en el presente contrato, se acuerdan multas, las cuales serán proporcionales al valor total del contrato y a los perjuicios que sufra EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN. PARÁGRAFO 1: El valor de las multas, no podrá exceder el cinco por mil (5x 1000) del valor total del contrato cada vez que se impongan. PARÁGRAFO 2: Para la imposición de las multas, EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN dará aplicación al debido proceso.

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PARÁGRAFO 3: Una vez declarado el incumplimiento del Contrato por parte del MUNICIPIO DE MEDELLÍN, el valor de las multas se tomará directamente de cualquier suma que se le adeude al CONTRATISTA, si la hubiere, o de hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato, y si esto no fuere posible se procederá al cobro coactivo de conformidad con lo previsto en el artículo 17 de la ley 1150 de 2007. PARÁGRAFO 4: La imposición de multas no libera al CONTRATISTA del cumplimiento de sus obligaciones contractuales, so pena de que se le inicie un nuevo procedimiento sancionatorio ante nuevos incumplimientos. DÉCIMA PRIMERA: CLÁUSULA PENAL. Se estipula una cláusula penal a favor de EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN equivalente al editable del valor total de contrato, que se hará efectiva en caso de declaratoria de caducidad o del incumplimiento del contrato del contrato grave y definitivo. El valor de la cláusula penal se tomará directamente de cualquier suma que se le adeude a EL CONTRATISTA, si la hubiere, o de la Garantía de Cumplimiento constituida, y si esto no fuere posible se procederá al cobro coactivo de conformidad con lo previsto en el artículo 17 de la ley 1150 de 2007. DÉCIMA SEGUNDA: CADUCIDAD. Si se presenta alguno de los hechos constitutivos de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA, que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato y se evidencie, a criterio del MUNICIPIO DE MEDELLÍN, que puede conducir a su paralización, éste mediante acto motivado lo dará por terminado y ordenará su liquidación en el estado en que se encuentre. DÉCIMA TERCERA: INDEMNIDAD: Será obligación del CONTRATISTA mantener libre al MUNICIPIO DE MEDELLÍN de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes. DÉCIMA CUARTA: IMPUTACIÓN DE GASTOS. Los gastos que demande la legalización del presente contrato correrán a cargo de EL CONTRATISTA, y los que implique para EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN el cumplimiento del mismo, se harán con cargo a la siguiente imputación presupuestal: Certificado de Disponibilidad Presupuestal: editable Número de Solicitud de Pedido: editable Registro Presupuestal: editable DÉCIMA QUINTA: REPERCUSIONES LABORALES. EL CONTRATISTA se obliga a título de contratista independiente. EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN, en consecuencia, no adquiere con él, ni con las personas que ocupe, ningún vínculo de carácter laboral ni administrativo. DÉCIMA SEXTA: INTERVENTORÍA. La Interventoría del presente contrato estará a cargo del "campo editable" o quien haga sus veces, el cual deberá ejercer funciones de supervisión y vigilancia técnica, administrativa y financiera del contrato. PARÁGRAFO 1: El interventor del contrato tendrá la facultad de realizar ajustes o modificaciones a los aspectos técnicos del objeto del contrato a solicitud del contratista, previa justificación y estudio ante el comité de contratación, siempre que las modificaciones solicitadas no impliquen alteración al objeto del contrato y no se afecte la ecuación económica del mismo. PARÁGRAFO 2: El Interventor podrá ser sustituido en cualquier momento por el Secretario respectivo; en este evento el Interventor sustituido deberá presentar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la sustitución, el informe de su gestión.

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PARAGRAFO 3: Si en desarrollo del objeto del contrato, se requiere la compra de bienes muebles no consumibles, el interventor deberá garantizar que previo a la entrega de los mismos, se agote el procedimiento de marcación a cargo de la Unidad de Bienes Muebles. Para tal efecto, entiéndase por bienes no consumibles, aquellos que no tienen una duración predeterminada, es decir que no se consumen por el primer uso que se hace de ellos, siendo susceptibles de reintegro o devolución. De no agotarse el referido procedimiento, se entenderá que no hubo recibo a satisfacción. DÉCIMA SÉPTIMA: PAZ Y SALVO. EL CONTRATISTA manifiesta bajo la gravedad del juramento, que se entiende prestado con la firma del presente contrato, estar a paz y salvo con EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN. Adicionalmente, autoriza para que en la Subsecretaría de Tesorería, en el momento de un pago, automáticamente, sin previo aviso y siempre y cuando no exista Acuerdo de Pago vigente entre EL CONTRATISTA y la Administración Municipal, hagan cruce de cuentas, para compensar los valores que tenga en mora por cualquier concepto. DÉCIMA OCTAVA: INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES, CESIÓN Y CLÁUSULAS EXCEPCIONALES. En materia de inhabilidades e incompatibilidades, cesión del contrato y de cláusulas excepcionales al derecho común sobre Terminación, Interpretación y modificaciones unilaterales, de Sometimiento a las Leyes Nacionales y Caducidad aspectos que se entienden inmersos en el presente contrato se regirán por las previsiones de la ley 80 de 1993, la ley 1150 de 2007 y sus Decretos Reglamentarios. DÉCIMA NOVENA: IMPUESTOS: Antes del perfeccionamiento del contrato, EL CONTRATISTA deberá cancelar por su cuenta el valor de los impuestos que le correspondan en consideración al valor del contrato y la normatividad vigente. PARÁGRAFO 1: Al momento de presentar la factura o documento equivalente EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN efectuará las deducciones pertinentes a EL CONTRATISTA. PARÁGRAFO 2: Si durante la ejecución del contrato ocurren cambios o modificaciones en la normatividad tributaria que afecten a EL CONTRATISTA respecto de las deducciones pertinentes, deberán ser informados a EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN oportunamente. VIGESIMA: LIQUIDACION: El presente contrato será objeto de liquidación bilateral en un término máximo de cuatro (4) meses contados a partir de la terminación del mismo. DOCUMENTOS DEL CONTRATO. Para todos los efectos legales se entienden incorporados al presente contrato: a) Certificado de Disponibilidad, b) Estudios previos y anexos, c) Solicitud de Pedido, d) Compromiso Presupuestal, e) Pliego de Condiciones, f) Propuesta presentada por el Contratista, g) Certificado de existencia y representación, y todos los demás documentos que se suscriban durante la ejecución del contrato. Para constancia se firma en la ciudad de Medellín, a los editable "campo editable" Secretario de editable editable Contratista Elaboró: "campo editable" Proyectó: "campo editable" Aprobó: "campo editable"