peru seguridad ciudadana (1)

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  • LA SEGURIDAD CIUDADANA EN EL PERU

  • CONSTITUCION POLITICA DEL PERU

    CAPITULO I DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA

    Artculo 1 La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado.

    Artculo 2

    22. A la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, as como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida.23 A la legtima defensa24 A la libertad y a la seguridad personales. En consecuencia:

    Nadie debe ser vctima de violencia moral, psquica o fsica, ni sometido a tortura o a tratos inhumanos o humillantes. Cualquiera puede pedir de inmediato el examen mdico de la persona agraviada o de aqulla imposibilitada de recurrir por s misma a la autoridad. Carecen de valor las declaraciones obtenidas por la violencia. Quien la emplee incurre en responsabilidad.

  • Artculo 44

    Son deberes primordiales del Estado:Defender la soberana nacional; garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; proteger a la poblacin de las amenazas contra su seguridad; y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nacin. Asimismo, es deber del Estado establecer y ejecutar la poltica de fronteras y promover la integracin, particularmente latinoamericana, as como el desarrollo y la cohesin de las zonas fronterizas, en concordancia con la poltica exterior.

    Artculo 166

    La Polica Nacional tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden interno. Presta proteccin y ayuda a las personas y a la comunidad. Garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio pblico y del privado. Previene, investiga y combate la delincuencia. Vigila y control las fronteras.CONSTITUCION POLITICA DEL PERU

  • CONSTITUCION POLITICA DEL PERU

    Artculo 190 Las regiones se crean sobre la base de reas contiguas integradas histrica, cultural, administrativa y econmicamente, conformando unidades geoeconmicas sostenibles. El proceso de regionalizacin se inicia eligiendo gobiernos en los actuales departamentos y la provincia constitucional del Callao. Estos gobiernos son gobiernos regionales. Mediante referndum podrn integrarse dos o ms circunscripciones departamentales contiguas para constituir una regin, conforme a ley. Igual procedimiento siguen las provincias y distritos contiguos para cambiar de circunscripcin regional. La ley determina las competencias y facultades adicionales, as como incentivos especiales, de las regiones as integradas.

    Artculo 194Las municipalidades provinciales y distritales son los rganos de gobierno local. Tienen autonoma poltica, econmica y administrativa en los asuntos de su competencia. Las municipalidades de los centros poblados son creadas conforme a ley. La estructura orgnica del gobierno local la conforman el Concejo Municipal como rgano normativo y fiscalizador y la Alcalda como rgano ejecutivo, con las funciones y atribuciones que les seala la ley.

    Artculo 197Las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacin vecinal en el desarrollo local. Asimismo, brindan servicios de seguridad ciudadana, con la cooperacin de la Polica Nacional del Per, conforme a ley.

  • ACUERDO NACIONALSTIMA POLTICA DE ESTADO

    Erradicacin de la Violencia y Fortalecimiento del Civismo y de la Seguridad Ciudadana

    Nos comprometemos a normar y fomentar las acciones destinadas a fortalecer el orden pblico y el respeto al libre ejercicio de los derechos y al cumplimiento de los deberes individuales. Con este objetivo el Estado: (a) consolidar polticas orientadas a prevenir, disuadir, sancionar y eliminar aquellas conductas y prcticas sociales que pongan en peligro la tranquilidad, integridad o libertad de las personas as como la propiedad pblica y privada;

    b) propiciar una cultura cvica de respeto a la ley y a las normas de convivencia,sensibilizando a la ciudadana contra la violencia y generando un marco de estabilidad social que afiance los derecos y deberes de los peruanos;

    (c) pondr especial nfasis en extender los mecanismos legales para combatir prcticas violentas arraigadas,como son el maltrato familiar y la violacin contra la integridad fsica y mental de nios, ancianos y mujeres;

    (d) garantizar su presencia efectiva en las zonas vulnerables a la violencia;

    (e) fomentar una cultura de paz a travs de una educacin y una tica pblicas que incidan en el respeto irrestricto de los derechos humanos, en una recta administracin de justicia y en la reconciliacin;

    (f) desarrollar una poltica de especializacin en los organismos pblicos responsables de garantizar la seguridad ciudadana;

    (g) promover los valores ticos y cvicos de los integrantes de la Polica Nacional, as como su adecuada capacitacin y retribucin; y

    (h) promover un sistema nacional de seguridad ciudadana en la totalidad de provincias y distritos del pas, presidido por los alcaldes y conformado por representantes de los sectores pblicos y de la ciudadana.

  • NORMAS LEGALES SOBRE SEGURIDAD CIUDADANALey N 27933 Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana 12-02-2003

    D.S. N 012-2003-IN Reglamento de la Ley N 27933

    Ley N 28478 Ley del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional 27-03-2005

    D.S. N 012-2003-DE Reglamento de la Ley N 28478

    R.M. N 0970-2008-IN Disponen Procedimientos para la Aplicacin de la Directiva N 002-2008-IN/0101.0, para la Seleccin de Secretarios Tcnicos de los Comits Regionales, Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana. 07-10-2008

  • NORMAS LEGALES SOBRE SEGURIDAD CIUDADANALey N 27933Ley Orgnica de Municipalidades

    Art. 85. Funciones de las Municipalidades con respecto a la Seguridad Ciudadana27-05-2003

    Ley N 27238 Ley de la Polica Nacional del Per.

    Art. 7 inc. 3. Funcin de la Polica Nacional del Per, garantizar la seguridad ciudadana. 22-12-1999.

    D.S. N 008-2000-IN Reglamento de la ley N 27238

    D.S. N 003-2003-INIncorporan a la Secretara Tcnica del CONASEC en la estructura orgnica del MININT.

  • NORMAS LEGALES SOBRE CIUDADANA

    LEY N 29372

    Ley que modifica el artculo 259 y su entrada en vigencia, as como la del artculo 260 del cdigo procesal penal, aprobado por el Decreto Legislativo N 957, referidos a la detencin policial y arresto ciudadano en flagrante delito, respectivamente.

    LEY N 27934 Ley que regula la intervencin de la Polica y el Ministerio Pblico en la investigacin preliminar del delito

    LEY N 27935 Ley que modifica artculos de la ley N 27030, Ley de Ejecucin de las Penas de Prestacin de Servicios a la Comunidad y de Limitacin de Das libres

  • NORMAS LEGALES SOBRE SEGURIDAD CIUDADANA

    LEY N 27936

    Ley de Condiciones del Ejercicio de la Legtima Defensa

    LEY N 27937 Ley que Modifica los Artculos 366 y 367 del Cdigo Penal. Violencia contra la autoridad para impedir el ejercicio de sus funciones.

    LEY N 27938

    Ley que autoriza la asignacin en uso de los bienes incautados en caso de delitos de secuestro o contra el patrimonio, cometidos en banda

    LEY N 27939

    Ley que Establece el Procedimiento en Casos de Faltas y Modifica los Artculos 440, 441 y 444 del Cdigo Penal

  • NORMAS LEGALES SOBRE SEGURIDAD CIUDADANA

    Ley N 27908 Ley de Rondas Campesinas

    DIRECTIVA Nro. 001 2007-IN/0101.01 modificada por la DIRECTIVA N 08-2008-IN/0101.01Procedimientos para la Formulacin, Aprobacin y Evaluacin de los Planes Locales de Seguridad Ciudadana y las responsabilidades de los miembros que conforman los Comits de Seguridad Ciudadana

  • CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA - CONASEC

    El Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana ha sido creado como mximo organismo del Estado para formular, conducir y evaluar las polticas de Seguridad Ciudadana; con autonoma funcional y tcnica (Ley 27933 del 11 de febrero de 2003)

    Depende de la Presidencia de la Repblica y es presidido por el Ministro del Interior. Est integrado por representantes de los ministerios de Justicia, Educacin, Salud, Economa y Finanzas, la Corte Suprema de Justicia, la Fiscala de la Nacin, la Defensora del Pueblo, los gobiernos locales, provinciales y regionales.

  • CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA - CONASEC

    VISIN

    Constituirse en el mximo organismo a nivel nacional para lograr la plena integracin entre el Estado y la sociedad civil para alcanzar ptimos niveles de seguridad ciudadana en el marco del fortalecimiento de una cultura de paz.

    MISIN

    Formular, conducir y evaluar las polticas de seguridad ciudadana a nivel nacional con la participacin activa de los organismos del Estado, Gobiernos locales y la comunidad organizada con la finalidad de garantizar el pleno ejercicio de los derechos consagrados en la Constitucin Poltica del Per, as como la convivencia pacfica.

  • RELACIN DE LOS MIEMBROS QUE INTEGRAN EL CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANAEl Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana est integrado por:

    - El Ministro del Interior, quin lo presidir. El Ministro de Justicia o su representante. El Ministro de Educacin o su representante. - El Ministro de Salud o su representante.- El Ministro de Economa y Finanzas o su representante.- Un representante de la Corte Suprema de Justicia.- El Fiscal de la Nacin o su representante.- El Defensor del Pueblo o su representante.- Dos Presidentes Regionales o sus representantes.- El Alcalde Metropolitano de Lima o su representante.- Los Alcaldes de las dos provincias capitales de departamento con mayor nmero de electores o sus representantes.- El Director General de la Polica Nacional del Per o su representante.- El Jefe del Sistema Penitenciario Nacional o su representante.-Dos Representantes de los gremios que agrupan a las empresas de seguridad privada.

    MIEMBROS INVITADOS

    - La Ministra de la Mujer y Desarrollo Social o su representante - El Ministro de Transportes y Comunicaciones o su representante.- El Director de Participacin y Seguridad Ciudadana o su representante.- El Ministro de Comercio Exterior y Turismo o su representante

  • CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA - CONASECEl Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana tiene las siguientes funciones:

    Establecer las polticas y el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana.Aprobar los planes, programas y proyectos de Seguridad Ciudadana.Promover la investigacin en materia de Seguridad Ciudadana.Evaluar la ejecucin de la poltica de Seguridad Ciudadana.Promover el intercambio y/o cooperacin internacional en materia de Seguridad Ciudadana.Elaborar anualmente un Informe Nacional sobre Seguridad Ciudadana.Informar a la Comisin de Defensa Nacional, Orden Interno e Inteligencia del Congreso de la Repblica sobre los planes, programas y proyectos de Seguridad Ciudadana antes de su respectiva aprobacin.Las dems que sean necesarias para el cumplimiento de sus fines.

  • PROBLEMTICA DE SEGURIDAD CIUDADANAPANDILLAJEHay un total de 12 mil 128 jvenes y adultos que integran 410 pandillas en Lima Metropolitana. Son responsables de cinco mil 318 hechos delictivos. Lima Sur y Lima Norte concentran el mayor nmero de hechos delictivos cometidos por pandillas, con dos mil 235 hechos ilcitos y mil 70 faltas. Los tres principales delitos penales cometidos por pandillas son en la modalidad contra el patrimonio (mil 620 casos), agresin (mil 264 casos) e interrupcin del libre trnsito (840 casos).

  • PROBLEMTICA DE SEGURIDAD CIUDADANAVIOLENCIA FAMILIAR Y SEXUAL

    Es un fenmeno de alta complejidad, de naturaleza multicausal y expresin multidimensional, que afecta tanto a los individuos como a las sociedades. Constituye un problema de suma gravedad que involucra a la mayora de la poblacin, que impide la construccin de relaciones democrticas al interior de una sociedad y entraa el riesgo del desborde social. La Encuesta Demogrfica y de Salud Familiar (ENDES 2004-2005) reporta que cada 4 de cada 10 mujeres entre 15 y 49 aos en el Per ha sufrido alguna vez violencia por parte de su pareja.

  • PROBLEMTICA DE SEGURIDAD CIUDADANAPORNOGRAFA Y/O COMERCIO SEXUAL INFANTIL Durante el 2007, se ubic ms de 120 foros de habla hispana de Pornografa Infantil en Internet. (Redes de entre 80 a 150 miembros y otros conformados por ms de 500 a 750 miembros). El 30% de los consumidores de pornografa infantil en Internet termina poniendo en prctica lo que ve en estos contenidos. Una de cada 5 fotografas pornogrficas en Internet es de un menor de edad4. La edad promedio de ingreso de un menor de edad en la industria pornogrfica es de 12 aos, aunque viene bajando.

  • PROBLEMTICA DE SEGURIDAD CIUDADANACONSUMO DE ALCOHOL Y DROGAS El nmero de adictos a las bebidas alcohlicas pueden pasar del milln (1 000,000) de personas, estimndose que los elevados indicadores de consumo obedecen a varios factores, entre los que destacan la tolerancia social, creencias, mitos, disponibilidad, la presin social y los mecanismos de induccin y sensibilizacin al consumo particularmente en poblaciones especiales como son los adolescentes y jvenes de ambos sexos.TRATA DE PERSONAS En el tema de trata de mujeres, del diagnstico realizado por el Centro de la Mujer Peruana Flora Tristn sobre trata6 precisa de 38 casos estudiados de vctimas identificadas en 8 departamentos del Per, casi la totalidad fueron mujeres y el 68% tena entre 13 y 18 aos, pero el 8% tena entre 8 y 12 aos de edad.

  • PROPUESTA DE SOLUCINEstablecer una relacin y complementacin entre polticas sociales y de ordenamiento urbano con estrategias especficas de enfrentamiento al crimen y la violencia.

    Programas de uso productivo del tiempo ocioso y de tutora. Proteccin y promocin de los derechos de la mujer y del nio. Prevencin del consumo de drogas, en particular de los adolescentes, Recuperacin de espacios urbanos deteriorados con un enfoque de la prevencin del delito. Formalizacin del trnsito y el transporte pblico.

    Generacin de informacin estadstica y anlisis criminolgico.Crear el Observatorio del Crimen y Violencia en el PerConstruir sistemas geo-referenciados del delito para la planificacin del trabajo de prevencin policial y social

  • PROPUESTA DE SOLUCINProfundizar la reforma y modernizacin de la Polica Nacional.Modernizar su formacin, fortalecer su especializacin y garantizar su profesionalizacin. Modificar su estructura orgnica.Fortalecer los mecanismos de control, transparencia en la gestin y lucha contra la corrupcin.Desarrollar una visin y estrategias de policiamiento comunitario con participacin ciudadana en las tareas de seguridad en el mbito local.Desburocratizar y modernizar la gestin de los recursos a partir de la tercerizacin de las funciones no policiales.Mejorar las polticas de bienestar de sus integrantes y dignificacin de la profesin ante la comunidad. Aumento de Sueldos.Incorporar en la evaluacin de la gestin policial la medicin por resultados.

    Promover la reforma y modernizacin del poder judicial, el ministerio pblico y el sistema penitenciario. fortalecimiento de la administracin de justicia, coordinacin de las diferentes instancias del sistema penal y la lucha contra la corrupcin y la transparencia y la rendicin de cuentas

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