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para estudiantes de derecho

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  • Derecho PenalParte General

    Tema 2FUENTES DEL DERECHO PENALUNIVERSIDAD PRIVADAANTENOR ORREGOFACULTAD DE DERECHO

  • Tema 2FUENTES DEL DERECHO PENALObjetivo del Tema 2

    Comprender la importante trascendencia del sistema de fuentes, que en esta materia tiene caractersticas particulares condicionadas por el Principio de Legalidad.

  • Tema 2FUENTES DEL DERECHO PENALEsquema a.- Fuentesa.1. Fuentes de Produccin y Fuentes de Conocimiento o Formala.2. La Ley Penala.3. El Principio de Legalidada.4. Derivaciones del Principio de Legalidada.5. Leyes Penales en Blancoa.6. La analogab.- Fuentes Indirectas: La Doctrina, La Costumbre, La Jurisprudenciac.- Lecturas Complementarias y Bibliografa

  • a.- Las Fuentesa.1. Fuentes de Produccin y Fuentes de Conocimiento o FormalQu es una fuente en Derecho Penal?

    Fuente de Produccin: El EstadoFuente Formal o de Conocimiento: La LeyTodo aquello de los cual emerge el derecho. En Derecho Penal es la Ley.Pero se consideran Fuentes Indirectas a la Doctrina, la Jurisprudencia y a la Costumbre, aunque algunos autores les nieguen tal carcter.

  • a.- Las Fuentesa.1. Fuentes de Produccin y Fuentes de Conocimiento o FormalFuentes son los medios que sirven para establecer las normas jurdicas de carcter penal y que conforman el Derecho Penal positivo.Al hablar en plural de fuentes del Derecho Penal, parece entenderse que son varias sin embargo, la nica y exclusiva fuente del Derecho Penal es la ley. La costumbre, la doctrina y la jurisprudencia no constituyen fuentes de poder represivo. Ral Pea CabreraEn rigor, la nica fuente del Derecho penal es la ley, sin embargo, tanto ella como su interpretacin se deben a la doctrina, la costumbre y la jurisprudencia Javier Villa Stein

  • a.- Las Fuentesa.1. Fuentes de Produccin y Fuentes de Conocimiento o FormalLa ley es la fuente principal del Derecho penal. Suele decirse que es la nica fuente formal, directa o inmediata del Derecho penal, pero esto no es exacto. Es cierto que nicamente, que en virtud del principio de legalidad slo pueden crearse figuras delictivas o categoras de estado peligroso y establecerse o agravarse penas o medidas de seguridad mediante una ley. Son tambin fuentes del Derecho penal, la costumbre, los principios generales del Derecho y los tratados internacionales que se hayan incorporado al ordenamiento jurdico interno. La jurisprudencia no es, en rigor fuente del Derecho penal, aunque es un instrumento muy valioso de conocimiento del mismo.Jos Cereso Mir

  • a.- Las Fuentesa.2.Ley Penal:PreviaEscritaObligatoriaGeneralAbstractaEstrictaPermanenteEmana del EstadoProvista de SancinIgualitaria

  • a.- Las Fuentesa.3. El Principio de LegalidadConstitucin Artculo 2, numeral 24 literal d.Toda persona tiene derecho A la libertad y a la seguridad personales. En consecuencia: Nadie ser procesado ni condenado por acto u omisin que al tiempo de cometerse no est previamente calificado en la ley, de manera expresa e inequvoca, como infraccin punible; ni sancionado con pena no prevista en la ley.

  • a.- Las Fuentesa.3. El Principio de LegalidadCdigo Penal, Artculo II del Ttulo PreliminarNadie ser sancionado por un acto u omisin no previsto como delito o falta por la ley vigente al momento de su comisin, ni sometido a pena o medida de seguridad que no se encuentre establecida en ella.Nullum Crimen, Nulla Poena sine lege.

  • a.- Las Fuentesa.3. El Principio de LegalidadP.A. Feuerbach:

    Nulla poena sine lege; nulla poena sine crimen; nullum crimen sine poena lege.

  • a.- Las Fuentesa.3. El Principio de LegalidadPrincipio de Legalidad ode Reserva de la Ley PenalMuoz Conde:Garanta criminal (Art. II TP CP)Garanta penal (Art. V TP CP)Garanta procesal y jurisdiccional (Art. 139.3 Const)Garanta de ejecucin (Art. VI TP CP)

  • a.- Las Fuentesa.4. Derivaciones del Principio de LegalidadPrincipio de LegalidadReserva de la Ley (Ley Decreto Legislativo)Principio de TaxatividadProhibicin de Retroactividad (Art.II y 6 CP)Prohibicin de analoga in malam partem (Art. 139.9 Const, Art. III TP CP)Garanta en relacin al Non Bis in Idem (Art. 139.13 Const)

  • a.- Las Fuentesa.5. Las Leyes Penales en BlancoLeyes penales en blanco.- Se dice que nos encontramos ante una ley penal en blanco cuando parte de su estructura (generalmente, parte de la definicin del supuesto de hecho) no se contiene en la propia ley penal sino que sta se remite a una norma distinta.Ejemplo: Artculo 304 CP.- El que, infringuiendo las normas sobre proteccin del medio ambiente, lo contamina vertiendo residuos slidos, lquidos, gaseosos o de cualquier naturaleza por encima de los lmites establecidos, y causen o puedan causar perjuicio o alteraciones en la flora, fauna y recursos hidrobiolgicos, ser reprimido

  • a.- Las Fuentesa.6. La AnalogaAnaloga:Consiste en aplicar la ley a supuestos no contemplados en ella pero muy similares (anlogos) a los que la ley describe. Ejemplo. Art. 409 CP.- El testigo, perito, traductor o interprete

  • a.- Las Fuentesa.6. La AnalogaAnaloga:

    Consiste en aplicar la ley a supuestos no contemplados en ella pero muy similares (anlogos) a los que la ley describe.

  • a.- Las Fuentesa.6. La AnalogaAnaloga:

    Medio o instrumento tcnico jurdico por el cual se le aplica a un supuesto no previsto en las leyes la regulacin destinada a un caso con el que guarda similitud.

    Enciclopedia jurdica: http://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/analog%C3%ADa/analog%C3%ADa.htm

  • a.- Las Fuentesa.6. La AnalogaEjemplo.

    Art. 409 CP.- Artculo 409.- El testigo, perito, traductor o intrprete que, en un procedimiento judicial, hace falsa declaracin sobre los hechos de la causa o emite dictamen, traduccin o interpretacin falsos, ser reprimido

    Se puede aplicar al rbitro?

  • b.- Fuentes Indirectas: La Doctrina, la Costumbre, la JurisprudenciaFuentes indirectas: sirven para coadyuvar a la interpretacin.Doctrina.- Definicin de conceptos.Costumbre.- Art. 183 CP Acto obsceno.Jurisprudencia.- Jurisprudencia con carcter obligatorio. Ejemplo: Seduccin.

  • c.- Lecturas Complementarias y BibliografaLecturas complementarias:BACIGALUPO, Enrique. Derecho Penal Parte General. Editorial Ara Editores. 2004. pp 99-133JESCHECK, Hans-Heinrich. Tratado de Derecho Penal Parte General. Editorial Comares. 2002. 5ta. Edicin. Pp 134-152.

    Bibliografa principalmente utilizada para este Tema:MUOZ CONDE, Francisco. Derecho Penal y Control Social. Fundacin Universitaria de Jerez. 1985. Pp 99-120.PEA Cabrera, Ral. Tratado de Derecho Penal. Estudio Programtico de la Parte General. Grijley. 1994. Pp. 251-254.

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