paralelo d° real y personal

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PARALELO DERECHO REAL Y PERSONAL D° Real D° Personal a) Elementos constitutivos. 1. Sujeto activo del derecho 2. La cosa 1. Sujeto activo 2. Sujeto pasivo (deudor) 3. La cosa b) Diferencia en cuanto al objeto. Es siempre una cosa Puede ser: 1. Prestación de una cosa; 2. De un hecho; 3. O de una abstención c) Diferencia en cuanto a la determinación del objeto. La cosa objeto es determinada en su individualidad. Es una prestación; es decir la realización de un hecho, o la abstención de llevar a cabo uno, o la entrega de la cosa, que puede no ser individualmente determinada. d) Carácter absoluto del Real y relativo del Personal. Absoluto: se puede hacer valer contra todos los sujetos. (erga omnes). Se puede hacer valer sólo contra una o más personas determinadas, ligadas por un vínculo específico. e) Diferencia en cuanto a las acciones a que dan lugar. De los derechos reales nacen las acciones reales. De los derechos personales nacen las acciones personales. f) Prerrogativas del D° Real que no tiene el D° Personal. Derecho de persecución. Derecho de preferencia. No las tiene sólo se ejercita contra la persona obligada. Importancia de esta clasificación

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Los diferentes efectos de los derechos reales y personales.

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Page 1: Paralelo D° Real y Personal

PARALELO DERECHO REAL Y PERSONAL

D° Real D° Personala) Elementos constitutivos. 1. Sujeto activo del derecho

2. La cosa1. Sujeto activo2. Sujeto pasivo (deudor)3. La cosa

b) Diferencia en cuanto al objeto.

Es siempre una cosa Puede ser:1. Prestación de una cosa;2. De un hecho;3. O de una abstención

c) Diferencia en cuanto a la determinación del objeto.

La cosa objeto es determinada en su individualidad.

Es una prestación; es decir la realización de un hecho, o la abstención de llevar a cabo uno, o la entrega de la cosa, que puede no ser individualmente determinada.

d) Carácter absoluto del D° Real y relativo del Personal.

Absoluto: se puede hacer valer contra todos los sujetos. (erga omnes).

Se puede hacer valer sólo contra una o más personas determinadas, ligadas por un vínculo específico.

e) Diferencia en cuanto a las acciones a que dan lugar.

De los derechos reales nacen las acciones reales.

De los derechos personales nacen las acciones personales.

f) Prerrogativas del D° Real que no tiene el D° Personal.

Derecho de persecución.Derecho de preferencia.

No las tiene sólo se ejercita contra la persona obligada.

Importancia de esta clasificación