pan american energy, s.l., sucursal argentina

24
i Pan American Energy, S.L., Sucursal Argentina CARTA DE TRANSFERENCIA de conformidad con la Oferta de Compra de fecha 12 de abril de 2021 respecto de todas y cada una de sus Obligaciones Negociables al 7,875% con vencimiento en 2021 Descripción del Título Números CUSIP/ISIN Monto total de capital en circulación Obligaciones Negociables al 7,875% con vencimiento en 2021 Norma 144A: 69783TAA2/ US69783TAA25 Reglamentación S: 69783UAA9/ US69783UAA97 US$166.479.000 La Oferta vencerá a las 5:00 p.m., hora de la ciudad de Nueva York (6:00 p-m., hora de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires), del 22 de abril de 2021, a menos que sea prorrogada o rescindida anticipadamente por la Sucursal (tal como se define más adelante) a su exclusiva discreción, sujeto a la ley aplicable (dicha fecha y hora, conforme pueda ser prorrogada o rescindida anticipadamente, la “Fecha de Vencimiento”). Los Tenedores Registrados de las Obligaciones Negociables (cada uno, un “Tenedor”) deben presentar válidamente y no retirar debidamente sus Obligaciones Negociables (tal como se definen más adelante) en o antes de la Fecha de Vencimiento a fin de ser elegibles para recibir la Contraprestación). El Agente de Información y Oferta para la Oferta es: D.F. King & Co. Inc. 48 Wall Street, 22nd Floor New York, NY 10005 Atención: Michael Hothman Fax: 212-709-3328 Bancos y Corredores: +1 (212) 269-5550 Número Gratuito: +1 (888) 887-0082 Correo electrónico: [email protected] Confirmación: +1 (212) 232-3233 Correo: 48 Wall Street, 22 nd Floor New York, NY 10005 Servicio de Courier las 24 horas: 48 Wall Street, 22 nd Floor New York, NY 10005 Entrega personal: 48 Wall Street, 22 nd Floor New York, NY 10005 LA ENTREGA DE ESTA CARTA DE TRANSFERENCIA EN UN DOMICILIO DISTINTO DEL INDICADO MÁS ARRIBA O LA TRANSMISIÓN DE INSTRUCCIONES A TRAVÉS DE UN NÚMERO DE FAX QUE NO SEA EL INDICADO MÁS ARRIBA NO CONSTITUIRÁ UNA ENTREGA VÁLIDA AL AGENTE DE INFORMACIÓN Y OFERTA. EL MÉTODO DE ENTREGA DE ESTA CARTA DE TRANSFERENCIA, LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES, UNA NOTIFICACIÓN DE ENTREGA GARANTIZADA Y TODOS LOS DEMÁS DOCUMENTOS REQUERIDOS AL AGENTE DE INFORMACIÓN Y OFERTA, INCLUYENDO LA ENTREGA A TRAVÉS DE THE DEPOSITORY TRUST COMPANY (“DTC”) Y CUALQUIER ACEPTACIÓN O MENSAJE DEL AGENTE ENTREGADO A TRAVÉS DE ATOP ES A ELECCIÓN DE LOS TENEDORES Y A RIESGO DE ÉSTOS.

Upload: others

Post on 10-Jul-2022

3 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Pan American Energy, S.L., Sucursal Argentina

i

Pan American Energy, S.L., Sucursal Argentina

CARTA DE TRANSFERENCIA

de conformidad con la Oferta de Compra de fecha 12 de abril de 2021

respecto de todas y cada una de sus Obligaciones Negociables al 7,875% con vencimiento en 2021

Descripción del Título

Números CUSIP/ISIN

Monto total de

capital en circulación

Obligaciones Negociables al

7,875% con vencimiento en

2021

Norma 144A: 69783TAA2/

US69783TAA25

Reglamentación S: 69783UAA9/

US69783UAA97

US$166.479.000

La Oferta vencerá a las 5:00 p.m., hora de la ciudad de Nueva York (6:00 p-m., hora de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires), del 22 de abril de 2021, a menos que sea prorrogada o rescindida anticipadamente por la

Sucursal (tal como se define más adelante) a su exclusiva discreción, sujeto a la ley aplicable (dicha fecha y

hora, conforme pueda ser prorrogada o rescindida anticipadamente, la “Fecha de Vencimiento”). Los

Tenedores Registrados de las Obligaciones Negociables (cada uno, un “Tenedor”) deben presentar válidamente

y no retirar debidamente sus Obligaciones Negociables (tal como se definen más adelante) en o antes de la

Fecha de Vencimiento a fin de ser elegibles para recibir la Contraprestación).

El Agente de Información y Oferta para la Oferta es:

D.F. King & Co. Inc.

48 Wall Street, 22nd Floor

New York, NY 10005

Atención: Michael Hothman

Fax: 212-709-3328

Bancos y Corredores: +1 (212) 269-5550

Número Gratuito: +1 (888) 887-0082

Correo electrónico: [email protected]

Confirmación: +1 (212) 232-3233

Correo:

48 Wall Street, 22nd Floor

New York, NY 10005

Servicio de Courier las 24 horas:

48 Wall Street, 22nd Floor

New York, NY 10005

Entrega personal:

48 Wall Street, 22nd Floor

New York, NY 10005

LA ENTREGA DE ESTA CARTA DE TRANSFERENCIA EN UN DOMICILIO DISTINTO DEL

INDICADO MÁS ARRIBA O LA TRANSMISIÓN DE INSTRUCCIONES A TRAVÉS DE UN NÚMERO DE

FAX QUE NO SEA EL INDICADO MÁS ARRIBA NO CONSTITUIRÁ UNA ENTREGA VÁLIDA AL

AGENTE DE INFORMACIÓN Y OFERTA. EL MÉTODO DE ENTREGA DE ESTA CARTA DE

TRANSFERENCIA, LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES, UNA NOTIFICACIÓN DE ENTREGA

GARANTIZADA Y TODOS LOS DEMÁS DOCUMENTOS REQUERIDOS AL AGENTE DE

INFORMACIÓN Y OFERTA, INCLUYENDO LA ENTREGA A TRAVÉS DE THE DEPOSITORY TRUST

COMPANY (“DTC”) Y CUALQUIER ACEPTACIÓN O MENSAJE DEL AGENTE ENTREGADO A

TRAVÉS DE ATOP ES A ELECCIÓN DE LOS TENEDORES Y A RIESGO DE ÉSTOS.

Page 2: Pan American Energy, S.L., Sucursal Argentina

ANTES DE COMPLETAR ESTA CARTA DE TRANSFERENCIA DEBERÁN LEERSE

DETENIDAMENTE Y EN SU TOTALIDAD LAS INSTRUCCIONES QUE LA ACOMPAÑAN.

Todos los términos en mayúsculas utilizados pero no definidos en la presente tendrán los significados que se

les asigna en la Oferta de Compra de fecha 12 de abril de 2021 (la "Oferta de Compra").

Pan American Energy, S.L., Sucursal Argentina (la “Sucursal”) ofrece comprar en efectivo de todas y

cada una de sus Obligaciones Negociables al 7,875% con vencimiento en 2021 (las “Obligaciones Negociables”).

La Oferta se realiza de conformidad con los términos y sujeto a las condiciones previstas en la Oferta de

Compra, esta Carta de Transferencia y la Notificación de Entrega Garantizada (en conjunto, los "Documentos

de la Oferta”).

Esta Carta de Transferencia debe ser utilizada por los Tenedores si: (i) los certificados representativos

de Obligaciones Negociables debieran entregarse en forma física al Agente de Información y Oferta, en cuyo

caso dichos certificados deben ser entregados por los Tenedores junto con esta Carta de Transferencia; o (ii)

los certificados representativos de Obligaciones Negociables debieran entregarse de conformidad con una

Notificación de Entrega Garantizada, en cuyo caso la Notificación de Entrega Garantizada debe ser entregada

por los Tenedores al Agente de Información y Oferta junto con esta Carta de Transferencia. Esta Carta de

Transferencia se brinda exclusivamente a fines informativos a las personas en cuya tenencia se encuentren

Obligaciones Negociables en forma registral a través de los servicios de DTC. Las presentaciones de

Obligaciones Negociables en tenencia a través de DTC deben efectuarse de conformidad con los procedimientos

que se indican en la sección titulada "Términos de la Oferta—Procedimientos de Presentación de Obligaciones

Negociables—Presentación de Obligaciones Negociables en Tenencia a través de DTC” en la Oferta de Compra.

La Oferta es elegible para ATOP y los tenedores que realicen presentaciones a través de transferencia registral

a la cuenta del Agente de Información y Oferta en DTC deben presentar Obligaciones Negociables a través de ATOP.

Los participantes de DTC que acepten la Oferta sin presentar Obligaciones Negociables en forma cartular deben

transmitir su aceptación a DTC, que verificará la aceptación y realizará una entrega registral a la cuenta del Agente de

Información y Oferta en DTC. DTC enviará posteriormente un Mensaje del Agente al Agente de Información y Oferta

respecto de su aceptación. La entrega del Mensaje del Agente por DTC implica que DTC ha recibido un

reconocimiento expreso del participante de DTC pertinente que efectúa presentaciones a través de ATOP en el sentido

que dicho participante de DTC ha recibido los Documentos de la Oferta y acuerda obligarse por los términos de los

Documentos de la Oferta y que la Sucursal podrá hacer valer dicho acuerdo ante dicho participante de DTC.

LOS TENEDORES QUE DESEEN SER ELEGIBLES PARA RECIBIR LA CONTRAPRESTACIÓN

RESPECTO DE SUS OBLIGACIONES NEGOCIABLES, SEGÚN SE INDICA EN LA OFERTA DE

COMPRA, DEBEN PRESENTAR VÁLIDAMENTE Y NO RETIRAR VÁLIDAMENTE SUS

OBLIGACIONES NEGOCIABLES EN O ANTES DE LA FECHA DE VENCIMIENTO.

En el supuesto que la Oferta sea rescindida, retirada o de otro modo no sea consumada con anterioridad a la

Fecha de Vencimiento, la Contraprestación no se tornará exigible y pagadera. En tal caso, las Obligaciones

Negociables previamente presentadas de conformidad con la Oferta serán reintegradas de inmediato a los Tenedores

participantes.

La Oferta se realiza de conformidad con los términos y sujeto a las condiciones previstas en los Documentos

de la Oferta. Los Tenedores deberán leer cuidadosamente, en su totalidad, la información incluida en la presente y en

dichos Documentos de la Oferta.

Esta Carta de Transferencia no constituye una oferta de compra en ninguna jurisdicción en la cual, o a o de

una persona a o de la cual la realización de dicha oferta fuera ilegal de conformidad con las leyes estadounidenses

sobre títulos valores, leyes blue sky u otras leyes de cualquier jurisdicción que resulten aplicables.

Ni esta Carta de Transferencia ni ninguno de los Documentos de la Oferta han sido aprobados o analizados

por ninguna comisión o autoridad regulatoria en títulos valores, federal o estadual, de los Estados Unidos y ninguna

comisión o autoridad se ha pronunciado acerca de la exactitud o adecuación de esta Carta de Transferencia, cualquier

Page 3: Pan American Energy, S.L., Sucursal Argentina

otro Documento de la Oferta o la Oferta. Toda declaración en contrario configura un delito penal. La Comisión

Nacional de Valores (“CNV”) no ha expresado ni expresará ninguna opinión respecto de la información contenida en

esta Carta de Transferencia, ningún otro Documento de la Oferta o la Oferta.

Ni la Sucursal, Pan American, los Agentes de la Oferta de Compra, el Agente de Información y Oferta ni el

Fiduciario realizan recomendación alguna en relación con la Oferta.

Page 4: Pan American Energy, S.L., Sucursal Argentina

1

PRESENTACIÓN DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES

Indique más abajo las Obligaciones Negociables a las que se refiere esta Carta de Transferencia. Si el espacio

provisto es insuficiente, indique los números de certificados y montos de capital en un anexo firmado en forma

separada y pegue el anexo a esta Carta de Transferencia. Véase la Instrucción 11. Las Obligaciones Negociables

podrán ser presentadas y aceptadas para la compra en montos de capital equivalentes a US$10,000 y múltiplos enteros

de US$1.000. No se aceptarán presentaciones alternativas, condicionales o contingentes. No es necesario que este

formulario sea completado por los Tenedores que realicen las presentaciones de Obligaciones Negociables a

través de ATOP.

Obligaciones Negociables al 7,875% con Vencimiento en 2021

(Números CUSIP 69783TAA2 y 69783UAA9)

Nombre(s) y Domicilio(s) del (de los) Tenedor(es)

(Sírvase completar si está en blanco)

Obligaciones Negociables Presentadas

(Adjunte listado(s) adicionales, de ser necesario)

Números de

Certificados

Monto total de

capital

representado *

Monto de capital

presentado

Monto total de

capital

presentado:

* Excepto que se indique lo contrario en la columna titulada “Monto de Capital Presentado” y sujeto a los términos y condiciones de la

Oferta de Compra, se asumirá que se presenta la totalidad del monto de capital. Véase Instrucción 1.

Los nombres y domicilios de los Tenedores deberán escribirse exactamente en la misma forma en que

aparecen en los certificados representativos de las Obligaciones Negociables que se presentan en virtud de esta Carta

de Transferencia. Las Obligaciones Negociables y el monto de capital de las Obligaciones que el Tenedor infrascrito

tiene intención de presentar deberán indicarse en los casilleros correspondientes.

Page 5: Pan American Energy, S.L., Sucursal Argentina

2

MÉTODO DE ENTREGA

☐ MARQUE AQUÍ SI SE ENTREGAN CERTIFICADOS FÍSICOS REPRESENTATIVOS DE LAS

OBLIGACIONES NEGOCIABLES QUE SE PRESENTAN.

☐ MARQUE AQUÍ SI LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES PRESENTADAS SE ENTREGAN

A TRAVÉS DE TRANSFERENCIA REGISTRAL A LA CUENTA MANTENIDA POR EL

AGENTE DE INFORMACIÓN Y OFERTA EN DTC Y COMPLETE LO SIGUIENTE:

Nombre de Entidad Participante:

Número de Participante de DTC:

Número de Cuenta: Número de Código de Operación:

Fecha de Presentación:

☐ MARQUE AQUÍ SI LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES SE ENTREGAN DE

CONFORMIDAD CON UNA NOTIFICACIÓN DE ENTREGA GARANTIZADA QUE FUERA

ENVIADA CON ANTERIORIDAD AL AGENTE DE INFORMACIÓN Y OFERTA. EN TAL

CASO, COMPLETE LA SIGUIENTE INFORMACIÓN:

Nombre(s) de Tenedor(es) Participantes:

Fecha de Suscripción de Notificación de Entrega Garantizada:

Nombre de Institución que Garantizó la Entrega:

Page 6: Pan American Energy, S.L., Sucursal Argentina

3

NOTA: LAS FIRMAS DEBEN INCLUIRSE MÁS ADELANTE

SÍRVASE LEER LOS INSTRUCCIONES ADJUNTAS CUIDADOSAMENTE

De nuestra consideración:

Conforme se indica más arriba, el suscripto por la presente entrega a la Sucursal Obligaciones Negociables

por un monto total de capital conforme se indica en esta Carta de Transferencia, en los términos y sujeto a las

condiciones de la Oferta que se contemplan en los Documentos de la Oferta, sirviendo la presente de constancia de

recepción.

Al suscribir esta Carta de Transferencia (o al presentar Obligaciones Negociables a través de la transferencia

registral o la entrega de una Notificación de Entrega Garantizada), y sujeto a, y con validez al producirse la aceptación

para la compra, y el pago respecto de las Obligaciones Negociables presentadas con la misma, un Tenedor participante:

(i) irrevocablemente vende, cede y transfiere a o a la orden de la Sucursal, todo derecho y título sobre todas las

Obligaciones Negociables presentadas de conformidad con la Oferta y declara y garantiza que cuando dichas

Obligaciones Negociables presentadas sean aceptadas para la compra por la Sucursal, la Sucursal adquirirá título

válido y perfecto sobre éstas, libre de todo gravamen, restricción o carga, y no estarán sujetas a ningún reclamo o

derecho adverso; (ii) renuncia a todo y cualquier derecho con respecto a las Obligaciones Negociables presentadas de

conformidad con la Oferta (incluyendo la renuncia por parte del Tenedor participante respecto de incumplimientos

actuales o anteriores y las consecuencias de éstos respecto de dichas Obligaciones Negociables y el Contrato de

Fideicomiso en virtud del cual se emitieron éstas últimas); (iii) libera y exonera a la Sucursal respecto de todo y

cualquier reclamo que el Tenedor pudiera tener, en la actualidad o en el futuro, originado en, o relacionado con, las

Obligaciones Negociables presentadas de conformidad con la Oferta, incluyendo cualquier reclamo en el sentido que

el Tenedor tiene derecho a recibir pagos de capital adicional o pagos de intereses con respecto a las Obligaciones

Negociables o de participar en cualquier rescate o anulación de las Obligaciones Negociables; (iv) ante una solicitud

de la Sucursal o del Agente de Información y Oferta, según corresponda, acuerda suscribir y otorgar todo documento

adicional que resulte necesario o aconsejable para completar la venta, cesión o transferencia de las Obligaciones

Negociables presentadas en virtud de ello, e (v) irrevocablemente nombra y designa al Agente de Información y Oferta

como agente y apoderado verdadero y legítimo de dicho Tenedor con respecto a cualquier Obligación Negociable

presentada, (en el entendimiento que el Agente de Información y Oferta también actúa como agente de la Sucursal)

con plenas facultades de sustitución y re-sustitución (considerándose dicho poder un poder irrevocable con interés del

apoderado en su objeto) para (a) entregar certificados representativos de dichas Obligaciones Negociables o transferir

la titularidad de esas Obligaciones Negociables en los libros contables conservados por DTC, acompañado, en cada

caso, de todas las constancias de transferencia y autenticidad, a la Sucursal, (b) presentar esas Obligaciones

Negociables para la transferencia en el registro de títulos pertinente y (c) recibir todos los beneficios o de algún otro

modo ejercer todos los derechos de titularidad beneficiaria de dichas Obligaciones Negociables (excepto que el Agente

de Información y Oferta no tendrá derechos ni control sobre los fondos recibidos de la Sucursal, excepto como agente

de los Tenedores oferentes, respecto de la Contraprestación e intereses devengados e impagos sobre cualquier

Obligación Negociable presentada que sea aceptada para la compra por la Sucursal desde la última fecha de intereses

respecto de las Obligaciones Negociables hasta la Fecha de Liquidación exclusive), todo ello de acuerdo con los

términos de la Oferta.

El suscripto entiende y reconoce que la Oferta vencerá a las 5:00 p.m., hora de la ciudad de Nueva York (6:00

p.m., hora de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires), el 22 de abril de 2021, excepto que sea prorrogada o rescindida

con anticipación.

El suscripto entiende que las Obligaciones Negociables presentadas con anterioridad a la Fecha de

Vencimiento podrán ser retiradas a través de notificación escrita de retiro (o "Mensaje de Solicitud" debidamente

transmitido a través de ATOP) recibida por el Agente de Información y Oferta de conformidad con los términos de la

Oferta. En el supuesto de rescisión de la Oferta, las Obligaciones Negociables presentadas de conformidad con la

Oferta serán reintegradas de inmediato al Tenedor participante.

La Fecha de Liquidación para la Oferta tendrá lugar inmediatamente después de la Fecha de Vencimiento y

la Fecha de Entrega Garantizada y se prevé que tendrá lugar el 27 de abril de 2021, que es el tercer día hábil siguiente

a la Fecha de Vencimiento, excepto que la Oferta sea prorrogada o rescindida anticipadamente por la Sucursal a su

exclusiva discreción, sujeto a la ley aplicable.

Page 7: Pan American Energy, S.L., Sucursal Argentina

4

En relación con cualquier presentación de Obligaciones Negociables llevada a cabo en virtud de la presente,

el suscripto declara y garantiza que (i) es titular de las Obligaciones Negociables presentadas y goza de derecho de

efectuar la presentación de éstas y (ii) cuenta con plenas facultades y autorización para presentar, vender, ceder y

transferir las Obligaciones Negociables aquí presentadas y que cuando éstas sean aceptadas al pago por la Sucursal,

ésta adquirirá título válido y perfecto sobre dichas Obligaciones Negociables, libre de todos los gravámenes,

restricciones, cargas y embargos y no sujetas a ningún reclamo o derecho adverso.

El suscripto firmará y otorgará, ante una solicitud, todo documento adicional que el Agente de Información

y Oferta o la sucursal consideren necesarios o aconsejables para completar la venta, cesión y transferencia de

cualesquiera Obligaciones Negociables aquí presentadas.

Las facultades conferidas o que se acuerde conferir por esta Carta de Transferencia no se verán afectadas y

subsistirán luego del fallecimiento o incapacidad del suscripto. Todas las obligaciones del suscripto según esta Carta

de Transferencia serán vinculantes para los herederos, representantes del sucesorio y representantes legales,

administradores, síndicos de la quiebra, sucesores y cesionarios del suscripto.

El suscripto reconoce que se considerará que la Sucursal ha aceptado para la compra Obligaciones

Negociables válidamente presentadas (u Obligaciones Negociables defectuosamente presentadas, si dicho defecto

hubiera sido dispensado por la Sucursal) cuando la Sucursal curse notificación verbal (la cual deberá confirmarse por

escrito) o escrita de dicha circunstancia al Agente de Información y Oferta. La Sucursal realizará el pago de

Obligaciones Negociables aceptadas para la compra en la Oferta a través del depósito de dicho pago en el Agente de

Información y Oferta o, según las instrucciones del Agente de Información y Oferta, en DTC. DTC actuará como

agente de los Tenedores participantes a los fines de recibir la Contraprestación y transmitir el pago de ésta (y todos

los intereses devengados e impagos que deban abonarse de conformidad con los términos de la Oferta) a dichos

Tenedores.

El suscripto entiende que la obligación de la Sucursal de aceptar para la compra y pagar las Obligaciones

Negociables válidamente presentadas y no retiradas válidamente de conformidad con la Oferta se encuentra sujeta, y

condicionada, a la satisfacción de ciertas condiciones. La Sucursal se reserva el derecho, a su exclusiva discreción, de

dispensar cualesquiera y todas las condiciones de la Oferta en cualquier momento, según se contempla en la Oferta de

Compra. Estas condiciones se describen con mayor detalle en la Oferta de Compra en la sección titulada “Términos

de la Oferta—Condiciones de la Oferta”. La Oferta no está sujeta a condiciones de financiación o presentaciones

mínimas.

El suscripto entiende que las presentaciones de las Obligaciones Negociables de conformidad con cualquiera

de los procedimientos que se describen en la sección titulada “Términos de la Oferta—Procedimientos de Presentación

de Obligaciones Negociables” en la Oferta de Compra y en las instrucciones aquí contempladas constituirán un

acuerdo vinculante entre el suscripto y la Sucursal de conformidad con los términos y sujeto a los términos y

condiciones previstos en la Oferta de Compra, incluyendo el derecho de la Sucursal de modificar dichos términos y

condiciones. Dicho acuerdo se regirá por, e interpretará de conformidad con, las leyes del Estado de Nueva York.

El suscripto entiende que la entrega de Obligaciones negociables no será válida, y el riesgo de pérdida de las

Obligaciones Negociables no se transmitirá al Agente de Información y Oferta, hasta tanto el Agente de Información

y Oferta no reciba esta Carta de Transferencia, o un facsímil de ésta, debidamente completada y firmada, a la cual se

adjunten todas las constancias de transferencia y autenticidad y todo otro documento requerido en forma satisfactoria

para la Sucursal.

El suscripto reconoce por la presente que: (i) todas las consultas relativas a la validez, forma, elegibilidad

(incluso el momento de recepción) y aceptación al pago o retiro de Obligaciones Negociables serán resueltas por la

Sucursal, siendo dicha determinación concluyente y vinculante; (ii) la Sucursal se reserva el derecho de rechazar todas

y cualesquiera presentaciones de Obligaciones Negociables que no observen la forma adecuada o cuya aceptación o

retiro pudiera, según la opinión del asesor legal de la Sucursal, resultar ilegal; (iii) la Sucursal se reserva el derecho

absoluto de dispensar cualquier condición de la Oferta así como cualesquiera irregularidades o condiciones de

presentación en cuanto a Obligaciones Negociables específicas; (iv) la interpretación de la Sucursal sobre los términos

y condiciones de la Oferta de Compra (incluyendo las instrucciones previstas en esta Carta de Transferencia) serán

definitivas y vinculantes; (v) excepto que fueran objeto de dispensa, las irregularidades en relación con presentaciones

Page 8: Pan American Energy, S.L., Sucursal Argentina

5

de Obligaciones Negociables deberán subsanarse dentro del plazo que la Sucursal determine, a su exclusiva discreción;

(vi) la Sucursal y el Agente de Información y Oferta no tendrán obligación de notificar los defectos en dichas

presentaciones de Obligaciones Negociables y no incurrirán en responsabilidad alguna por la omisión en cursar dicha

notificación; (vii) no se considerará que se han realizado presentaciones de Obligaciones Negociables hasta tanto

dichas irregularidades no hayan sido subsanadas o dispensadas; (viii) las Obligaciones Negociables recibidas por el

Agente de Información y Oferta que no sean válidamente presentadas y respecto de las cuales no se hubieran

subsanado o dispensado irregularidades serán reintegradas por el Agente de Información y Oferta al Tenedor

participante, excepto que esta Carta de Transferencia disponga lo contrario, tan pronto como resulte posible luego de

la Fecha de Vencimiento; (ix) dará cumplimiento a todas las obligaciones de retención de impuestos federales de los

Estados Unidos y toda otra obligación de retención impositiva que corresponda en relación con el pago que reciba de

conformidad con la Oferta y posteriormente transfiera a los titulares beneficiarios de las Obligaciones Negociables; y

(x) la consumación de la Oferta se encuentra condicionada, entre otras cuestiones, a la satisfacción de las condiciones

de la Oferta, según se indica en la sección titulada “Términos de la Oferta—Condiciones de la Oferta” en la Oferta de

Compra. La Sucursal se reserva el derecho, a su exclusiva discreción, sujeto a la ley aplicable, de modificar, retirar o

rescindir la Oferta.

Salvo por lo indicado en contrario en la presente bajo “Instrucciones Especiales de Emisión”, el suscripto

solicita que las Obligaciones Negociables que representan montos de capital no presentados sean emitidas a nombre

del suscripto y los cheques que constituyen pagos respecto de Obligaciones Negociables adquiridas efectuados en

relación con la Oferta se libren a la orden del suscripto. De manera similar, excepto que se indique lo contrario en la

presente bajo “Instrucciones Especiales de Entrega”, el suscripto solicita que las Obligaciones Negociables que

representan montos de capital no presentados y los cheques que constituyen pagos respecto de Obligaciones

Negociables a ser adquiridas efectuados en relación con la Oferta sean entregados al suscripto en el(los) domicilio(s)

que se indica(n) en la presente. En el supuesto que el casillero “Instrucciones Especiales de Emisión” o el casillero

“Instrucciones Especiales de Entrega”, o ambos, sean completados, el suscripto por la presente solicita que las

Obligaciones Negociables que representan montos de capital no presentados sean emitidas a nombre de, los

certificados respecto de dichas Obligaciones Negociables sean entregados a, y los cheques que constituyen pagos

respecto de Obligaciones Negociables adquiridas en relación con la Oferta, se libren a nombre de y se entreguen a,

la(s) persona(s) en el(los) domicilio(s) así indicados, según corresponda.

Page 9: Pan American Energy, S.L., Sucursal Argentina

6

INSTRUCCIONES ESPECIALES DE EMISIÓN

(Véase Instrucciones 2, 4, 5 y 7)

A completar ÚNICAMENTE si el(los)

certificado(s) respecto de Obligaciones Negociables no

presentadas o no adquiridas y/o el cheque respecto de

la Contraprestación debieran emitirse a nombre de una

persona distinta del suscripto.

☐Emitir Certificado(s) a:

☐Emitir cheque a:

Firma:

(a máquina o letra de imprenta)

Domicilio:

(Incluir código postal)

(Número de Identificación de Empleador o de

Seguridad Social)

(Véase Formulario W-9 de IRS incluido con la

presente)

INSTRUCCIONES ESPECIALES DE

ENTREGA

(Véase Instrucciones 2, 4, 5 y 7)

A completar ÚNICAMENTE si el(los)

certificado(s) respecto de Obligaciones Negociables

no presentadas o no adquiridas y/o el cheque respecto

de la Contraprestación debieran emitirse a nombre de

una persona distinta del suscripto.

☐Enviar por correo el(los) Certificado(s) a:

☐Enviar por correo cheque a:

Firma:

(a máquina o letra de imprenta)

Domicilio:

(Incluir código postal)

(Número de Identificación de Empleador o de

Seguridad Social)

(Véase Formulario W-9 de IRS incluido con la

presente)

Page 10: Pan American Energy, S.L., Sucursal Argentina

7

IMPORTANTE

SÍRVASE FIRMAR AQUÍ

(a ser completado por todos los tenedores que presenten Obligaciones Negociables excepto los tenedores que

efectúen presentaciones a través de ATOP)

(VÉASE INSTRUCCIONES 1 Y 3)

(SÍRVASE ASIMISMO COMPLETAR EL FORMULARIO W-9 DE IRS AQUÍ INCORPORADO O UN

FORMULARIO W-8 DE IRS APROPIADO)

Firma Autorizada:

Firma Autorizada:

Firma(s) de Tenedor(es):

Fecha:

(Debe ser firmado por el(los) Tenedor(es) registrado(s) exactamente en la forma que el(los) nombre(s) aparece(n) en

el(los) certificado(s) o por la(s) persona(s) autorizada(s) a ser Tenedor(s) registrado(s) por certificado(s) y documentos

transmitidos junto con esta Carta de Transferencia. En caso de ser firmado por la(s) persona(s) a quien(es) las

Obligaciones Negociables aquí representadas hayan sido cedidas o transferidas conforme lo acrediten los endosos o

poderes transmitidos junto con la presente, las firmas deben estar garantizadas. Véase Instrucción 3. Si la firma es

estampada por el(los) fiduciario(s), albacea(s), administrador(es), tutor(es), apoderado(s), funcionario(s), agente(s),

sociedad(es) u otra(s) persona(s) que actúen en carácter fiduciario o de representación, sírvase brindar la siguiente

información y remítase a la Instrucción 3.)

Firma (s):

(Aclara en letra de Imprenta)

Carácter (Cargo completo):

Domicilio:

(Incluir código postal)

(número telefónico en horario diurno, incluyendo Código de Área)

(Número de Identificación de Empleador o de Seguridad Social)

(Véase Formulario W-9 de IRS aquí incluido)

GARANTÍA DE FIRMA

(DE SER REQUERIDA -VÉASE INSTRUCCIÓN 3)

Firma Autorizada:

Firma:

(Aclara en letra de imprenta)

Nombre de la Firma:

Domicilio:

(Incluir código postal y sello)

Número telefónico, incluyendo Código de Área:

Page 11: Pan American Energy, S.L., Sucursal Argentina

8

Fecha: de 2021

INSTRUCCIONES

QUE FORMAN PARTE DE LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA OFERTA

1. Procedimientos de Presentación de Obligaciones Negociables; Retiro de Presentaciones;

Entrega Garantizada.

Procedimientos de Presentación de Obligaciones Negociables. Para presentar Obligaciones Negociables en

la Oferta representadas por certificados físicos, dichas Obligaciones Negociables, junto con una copia (o facsímil)

debidamente completada y firmada de esta Carta de Transferencia, así como todo otro documento requerido por la

presente, deberán ser recibidos por el Agente de Información y Oferta en el domicilio que se indica en esta Carta de

Transferencia antes de la Fecha de Vencimiento, excepto que se observen adecuadamente los procedimientos para

entrega garantizada que se describen más abajo. El método de entrega de esta Carta de Transferencia, las Obligaciones

Negociables, la Notificación de Entrega Garantizada y todos los demás documentos exigidos al Agente de Información

y Oferta es optativo para los Tenedores y se encuentra bajo riesgo de éstos. En caso que la entrega deba realizarse por

correo, se sugiere que los Tenedores utilicen correo registrado, debidamente garantizado, con solicitud de aviso de

retorno y que el envío se realice con suficiente antelación a la Fecha de Vencimiento para permitir la entrega al Agente

de Información y Oferta antes de la Fecha de Vencimiento. Excepto por lo dispuesto de otro modo más abajo, la

entrega se considerará realizada cuando hubiera sido efectivamente recibida o confirmada por el Agente de

Información y Oferta. ESTA CARTA DE TRANSFERENCIA Y LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES

DEBERÁN ENVIARSE ÚNICAMENTE AL AGENTE DE INFORMACIÓN Y OFERTA Y NO A LA

SUCURSAL, LOS AGENTES DE LA OFERTA DE COMPRA, EL FIDUCIARIO O DTC.

Esta Carta de Transferencia también se brinda únicamente a fines informativos a las personas que mantengan

Obligaciones Negociables en forma registral a través de los servicios de DTC. Las presentaciones de Obligaciones

Negociables en tenencia a través de DTC deberán realizarse a través de los procedimientos que se describen en la

Oferta de Compra en la sección titulada “Términos de la Oferta—Procedimientos de Presentación de Obligaciones

negociables—Presentación de Obligaciones Negociables en Tenencia a través de DTC.”

Excepto por lo dispuesto en la presente para procedimientos de transferencia registral, salvo que las

Obligaciones Negociables que se presentan se depositen en el Agente de Información y Oferta antes de la Fecha de

Vencimiento (acompañadas por la Carta de Transferencia correspondiente, debidamente completada y firmada y toda

garantía de firmas requerida y los demás documentos exigidos por esta Carta de Transferencia, excepto que sean

válidamente presentadas a través de ATOP), la sucursal podrá, a su exclusiva discreción, rechazar dicha presentación.

El pago de Obligaciones Negociables se realizará únicamente contra el depósito o transferencia registral de

Obligaciones Negociables presentadas y la entrega de todos los demás documentos exigidos.

Al firmar esta Carta de Transferencia (o un facsímil de ésta) o efectuar presentaciones a través de ATOP, un

Tenedor participante renuncia a todo derecho de recibir notificaciones de aceptación al pago de Obligaciones

Negociables presentadas.

Para una descripción completa de los procedimientos de presentación de Obligaciones Negociables, véase

“Términos de la Oferta—Procedimientos de Presentación de Obligaciones Negociables” en la Oferta de Compra.

Retiro de Presentaciones. Las Obligaciones Negociables presentadas podrán retirarse únicamente en o antes

de las 5:00 p.m., hora de la ciudad de Nueva York (6:00 p.m., hora de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) el 22 de

abril de 2021(la “Fecha Límite de Retiro”). Luego de dicha fecha, los Tenedores no podrán retirar dichas Obligaciones

Negociables a menos que la Sucursal modifique la Oferta de manera sustancialmente adversa para los Tenedores

participantes o sea de otro modo exigido por ley para permitir el retiro, en cuyo caso se prorrogarán los derechos de

retiro conforme la Sucursal lo considere adecuado o según sea exigido por ley. Un Tenedor que retire válidamente

Obligaciones Negociables previamente presentadas no recibirá la Contraprestación con respecto a dichas

Obligaciones Negociables a menos que las mismas sean nuevamente presentadas antes de la Fecha de

Vencimiento. LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES VÁLIDAMENTE PRESENTADAS Y NO

RETIRADAS VÁLIDAMENTE EN O ANTES DE LA FECHA DE VENCIMIENTO NO PODRÁN

RETIRARSE LUEGO DE LA FECHA DE VENCIMIENTO.

Page 12: Pan American Energy, S.L., Sucursal Argentina

9

Entrega Garantizada. Si un Tenedor desea presentar Obligaciones Negociables y (1) los certificados de

Obligaciones Negociables de dicho Tenedor no se encuentran disponibles de inmediato o no pudieran ser entregados

al Agente de Información y Oferta a más tardar en la Fecha de Vencimiento (2) dicho Tenedor no pudiera cumplir con

el procedimiento para transferencia registral a más tardar en la Fecha de Vencimiento, o (3) dicho Tenedor no pudiera

entregar los restantes documentos exigidos al Agente de Información y Oferta a más tardar en la Fecha de

Vencimiento, dicho Tenedor podrá llevar a cabo la presentación de Obligaciones Negociables de conformidad con el

procedimiento de entrega garantizada que se describe en la Oferta de Compra. Para cumplir con el procedimiento de

entrega garantizada, el Tenedor deberá: (1) completar y firmar debidamente una Notificación de Entrega Garantizada

sustancialmente según el modelo provisto por la Sucursal, incluyendo una garantía por una Institución Elegible según

el modelo indicado en la Notificación de Entrega Garantizada; (2) tomar recaudos para que el Agente de Información

y Oferta reciba la Notificación de Entrega Garantizada a más tardar en la Fecha de Vencimiento; (3) cumplir el

procedimiento ATOP aplicable a la entrega garantizada a más tardar en la Fecha de Vencimiento; y (4) garantizar que

el Agente de Información y Oferta reciba los certificados respecto de Obligaciones Negociables entregadas en forma

cartular o la Confirmación de Transferencia Electrónica respecto de la entrega electrónica de Obligaciones

Negociables, según corresponda, junto con una Carta de Transferencia debidamente completada y firmada con toda

garantía de firmas requerida o un Mensaje del Agente, y todo otro documento exigido en esta Carta de Transferencia,

a más tardar en el cierre de operaciones del segundo día hábil siguiente a la Fecha de Vencimiento, todo ello según se

dispone en la Oferta de Compra.

La Notificación de Entrega Garantizada podrá ser entregada por transmisión por fax, por correo o entrega

personal, al Agente de Información y Oferta y deberá incluir una garantía por una institución garante elegible en la

forma prevista en dicha notificación. Para que las Obligaciones Negociables sean debidamente presentadas bajo el

procedimiento de entrega garantizado, el Agente de Información y Oferta debe recibir la Notificación de Entrega

Garantizada antes de la Fecha de Vencimiento.

PARA EVITAR DUDAS, LA ENTREGA DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES PRESENTADAS

A TRAVÉS DE PROCEDIMIENTOS DE ENTREGA GARANTIZADA TENDRÁ LUGAR A MÁS TARDAR

AL CIERRE DE NEGOCIOS EL 26 DE ABRIL DE 2021, EL SEGUNDO DÍA HÁBIL SIGUIENTE A LA

FECHA DE VENCIMIENTO.

El método de entrega de esta Carta de Transferencia, las Obligaciones Negociables, la Notificación de

Entrega Garantizada y todos los demás documentos exigidos al Agente de Información y Oferta, incluyendo la

entrega a través de DTC y cualquier aceptación o Mensaje del Agente a través de ATOP, es optativo para los

Tenedores y se encuentra bajo riesgo de éstos. En caso que la entrega se realice por correo, se sugiere que los

Tenedores utilicen correo registrado, debidamente garantizado, con solicitud de aviso de retorno y que el envío se

realice con suficiente antelación a la Fecha de Vencimiento para permitir la entrega al Agente de Información y Oferta

antes de la Fecha de Vencimiento. Excepto por lo dispuesto de otro modo más abajo, la entrega se considerará realizada

cuando hubiera sido efectivamente recibida o confirmada por el Agente de Información y Oferta. Esta Carta de

Transferencia y las Obligaciones Negociables deberán enviarse únicamente al Agente de Información y Oferta, no a

la Sucursal, Pan American, DTC, el Fiduciario o los Agentes de la Oferta de Compra.

2. Entregas Parciales. Las entregas de Obligaciones Negociables de conformidad con la Oferta se

aceptarán únicamente por montos de capital equivalentes a US$10.000 y múltiplos enteros de US$1.000. En caso de

ofrecerse menos que el monto total de capital de las Obligaciones Negociables, el Tenedor participante debe llenar el

monto de capital presentado en la última columna del casillero titulado “Obligaciones Negociables Presentadas”, en

la presente. Excepto que se indique lo contrario, se considerará que se ha presentado el monto total de capital

representado por las Obligaciones Negociables entregadas al Agente de Información y Oferta. En caso de que no se

presente el monto total de capital de las Obligaciones Negociables, se enviarán al Tenedor certificados representativos

del monto de capital de Obligaciones Negociables no presentado excepto que se disponga lo contrario en el casillero

correspondiente en esta Carta de Transferencia (véase Instrucción 4), inmediatamente después que las Obligaciones

Negociables sean aceptadas al pago

3. Firmas en esta Carta de Transferencia, Poderes y Garantía de Firmas. En caso de que la

presente Carta de Transferencia fuera firmada por el(los) Tenedor(es) de las Obligaciones Negociables presentadas,

la(s) firma(s) debe(n) corresponderse con el(los) nombre(s) incluido(s) en el anverso del(los) certificado(s), sin

alteración, ampliación o cambio de ninguna índole.

Page 13: Pan American Energy, S.L., Sucursal Argentina

10

Si esta Carta de Transferencia es firmada por un Tenedor de Obligaciones Negociables que no sea un

Tenedor Registrado, el Tenedor Registrado deberá firmar un poder válido y la firma de éste deberá estar

garantizada por una institución elegible.

En caso que dos o más co-titulares de dichas Obligaciones Negociables sean tenedores de registro de éstas,

todos dichos titulares deberán firmar esta Carta de Transferencia. Si dichas Obligaciones Negociables estuvieran

registradas a nombre de distintas personas en diversos certificados, será necesario completar, firmar y presentar tantas

copias de esta Carta de Transferencia y los documentos adjuntos necesarios como personas hubiera que sean tenedoras

de dichos certificados.

Si esta Carta de Transferencia es firmada por el Tenedor y debieran emitirse los certificados representativos

de cualquier monto de capital de Obligaciones Negociables no presentadas para la compra (o si Obligaciones

Negociables por un monto de capital que no sea presentado para la compra debieran emitirse nuevamente o

reintegrarse) al Tenedor y los cheques que constituyen pagos respecto de Obligaciones Negociables que deban

comprarse en relación con la Oferta debieran emitirse a la orden del Tenedor, no será necesario que el Tenedor endose

ningún certificado respecto de Obligaciones Negociables presentadas ni presentar un poder por separado. En cualquier

otra circunstancia (incluso si esta Carta de Transferencia no fuera firmada por el Tenedor), el Tenedor deberá endosar

debidamente los certificados respecto de Obligaciones Negociables presentadas o transmitir un poder por separado

debidamente completado con esta Carta de Transferencia (en cualquier caso, firmado exactamente como el(los)

nombre(s) del(los) Tenedor(es) registrado(s) figura(n) en dichas Obligaciones Negociables), y la firma sobre el endoso

o poder deberá ser garantizada por una Institución Elegible, a menos que dichos certificados o poderes sean firmados

por una Institución Elegible.

No se requiere garantía de firmas si: (i) esta Carta de Transferencia es firmada por el(los) Tenedor(es)

registrado(s) de las Obligaciones Negociables presentadas con la misma y los pagos respecto de Obligaciones

Negociables que deben comprarse deban realizarse, o debieran emitirse Obligaciones Negociables por montos de

capital no presentados para la compra, directamente a dicho(s) Tenedor(es) registrado(s) y ni el casillero de

“Instrucciones Especiales de Emisión” ni el casillero “Instrucciones Especiales de Entrega de esta Carta de

Transferencia hubieran sido completados; o (ii) dichas Obligaciones Negociables sean presentadas por cuenta de una

Institución Elegible. En todos los demás casos, todas las firmas sobre las Cartas de Transferencia que acompañan a

las Obligaciones Negociables deberán ser garantizadas por una Institución Elegible.

En caso de que esta Carta de Transferencia o cualquier certificado representativo de Obligaciones

Negociables o poderes fueran firmados por fiduciarios, albaceas, administradores, tutores, apoderados, funcionarios

de sociedades anónimas u otras personas que actúen con carácter fiduciario o de representación, tales personas deberán

indicarlo al firmar presentándose junto con esta Carta de Transferencia la debida prueba a satisfacción de la Sucursal

de su capacidad para actuar en tal sentido.

4. Instrucciones Especiales de Emisión e Instrucciones Especiales de Entrega. Los Tenedores

participantes deberán indicar en el casillero o casilleros correspondientes el(los) nombre(s) y domicilio(s) a los que

deban emitirse o enviarse las Obligaciones Negociables por montos de capital no presentados o no aceptados al pago

o cheques que constituyen pagos respecto de Obligaciones Negociables que habrán de comprarse en relación con la

Oferta, de ser éstos diferentes del(los) nombre(s) y domicilio(s) del Tenedor que firma esta Carta de Transferencia.

En el supuesto de emisión a un nombre diferente, también se indicará el número de identificación o empleador o

número de seguridad social de la persona nombrada. En el supuesto de no impartirse instrucción alguna, las

Obligaciones Negociables no presentadas válidamente o no aceptadas al pago serán reintegradas al Tenedor de las

Obligaciones Negociables presentadas. Los Tenedores reconocen que la Sucursal podrá prescindir de las

“Instrucciones Especiales de Emisión” o “Instrucciones Especiales de Entrega” si las Obligaciones Negociables no

son compradas en virtud de la Oferta o si un Tenedor no brinda constancia satisfactoria de pago de cualesquiera

impuestos que deban abonarse en virtud de dichas “Instrucciones Especiales de Emisión” o “Instrucciones Especiales

de Entrega”. Véase Instrucción 6.

5. Número de Identificación Fiscal y Formulario W-9 de IRS. Cada Tenedor Estadounidense

participante, según se define en la Oferta de Compra (término que, a los fines de este apartado, también incluye una

sociedad de persona creada o constituida de conformidad con las leyes de los Estados Unidos, cualquier estado de

dicho país o el Distrito de Columbia), deberá (i) brindar al Agente de Información y Oferta (u otro agente de retención

Page 14: Pan American Energy, S.L., Sucursal Argentina

11

correspondiente) el número de identificación fiscal ("NIF") correcto de dicho Tenedor Estadounidense, generalmente

el número de seguridad social o de identificación de empleador del Tenedor Estadounidense, en el Formulario W-9

de IRS provisto luego de la sección titulada “Información Fiscal Relevante” a continuación o, (ii) alternativamente,

establecer otra base para la exención de la retención sustitutiva. Un Tenedor Estadounidense deberá tachar el ítem (2)

en la Parte II del Formulario W-9 de IRS si dicho Tenedor Estadounidense estuviera sujeto a retención sustitutiva. La

omisión de presentar información en el formulario podrá dar lugar a que el IRS imponga una penalidad de US$50 al

Tenedor Estadounidense participante, y una retención sustitutiva (actualmente a una alícuota del 24%) sobre los pagos

efectuados al Tenedor Estadounidense con respecto a la Oferta. El Tenedor Estadounidense deberá indicar

“Solicitado” en el espacio de NIF en la Parte I del Formulario W-9 de IRS si no se hubiera asignado un NIF al Tenedor

Estadounidense y éste hubiera solicitado un NIF o contemple solicitarlo en el futuro inmediato. Si se indica

“Solicitado” en la Parte I y el Agente de Información y Oferta no contara con un NIF en el momento de pago, éste

retendrá un porcentaje del 24% de todos los pagos con respecto a las Obligaciones Negociables que deban comprarse

hasta que dicho Agente de Información y Oferta reciba el mencionado NIF.

6. Impuestos de Transferencia. La Sucursal pagará todos los impuestos a la transferencia aplicables

a la compra y transferencia de Obligaciones Negociables de conformidad con la Oferta, excepto en el caso de entrega

de certificados respecto de Obligaciones Negociables por montos de capital no presentados o no aceptados al pago o

que sean registrados o emitidos a nombre de cualquier persona salvo el Tenedor registrado de las Obligaciones

Negociables que aquí se presentan. Excepto por lo previsto en esta Instrucción 6, no será necesario que los sellados

de transferencia se coloquen en los certificados detallados en esta Carta de Transferencia. Los Tenedores participantes

serán responsables del pago de cualquier impuesto de transferencia gravado por un motivo distinto de la transferencia

de las Obligaciones Negociables a la Sucursal o al su orden de conformidad con la Oferta y el monto de cualquier

impuesto a la transferencia (ya fuera fijado sobre el Tenedor registrado o sobre cualquier otra persona) será pagadero

por el Tenedor participante. En caso de no presentarse constancia satisfactoria del pago de dichos impuestos o

exención respecto de los mismos, el monto de dichos impuestos de transferencia será facturado directamente a dicho

Tenedor participante. Los Tenedores participantes también serán responsables del pago de cualquier impuesto que

pudiera tornarse pagadero en virtud de cualquier directiva prevista en "Instrucciones Especiales de Emisión" o

"Instrucciones Especiales de Entrega". Dichas instrucciones podrán ser desestimadas y carecerán de efectos a menos

que el Tenedor participante presente constancia satisfactoria del pago de cualesquiera y todos los impuestos que

pudieran tornarse pagaderos al dar validez a dichas instrucciones.

7. Determinación de Validez. Todas las consultas relativas a la validez, forma, elegibilidad (incluso

el momento de recepción) y aceptación al pago de Obligaciones Negociables presentadas de conformidad con los

procedimientos que se describen en los Documentos de la Oferta así como la forma y validez de todos los documentos

serán resueltas por la Sucursal, siendo dicha determinación concluyente y vinculante para las partes. La Sucursal se

reserva el derecho de rechazar todas y cualesquiera presentaciones de Obligaciones Negociables que a su criterio no

observen la forma adecuada o cuya aceptación o retiro pudiera resultar ilegal. La Sucursal se reserva el derecho

absoluto de dispensar, en todo o en parte, cualquier condición de la Oferta así como cualesquiera irregularidades o

defectos en cuanto a Obligaciones Negociables específicas, independientemente de que los defectos o irregularidades

similares sean dispensados o no en el caso de otros Tenedores. Una dispensa de cualquier defecto o irregularidad con

respecto a la presentación de una Obligación Negociable no constituye una dispensa del mismo u otro defecto o

irregularidad con respecto a la presentación de cualquier otra Obligación Negociable. La interpretación de la Sucursal

sobre los términos y condiciones de la Oferta (incluyendo las instrucciones previstas en esta Carta de Transferencia)

serán definitivas y vinculantes. No se aceptarán presentaciones alternativas, condicionales o contingentes. Excepto

que fueran objeto de dispensa, las irregularidades en relación con presentaciones de Obligaciones Negociables deberán

subsanarse dentro del plazo que la Sucursal determine. Ni la Sucursal, Pan American, el Agente de Información y

Oferta, los Agentes de la Oferta de Compra, ni el Fiduciario tendrán obligación de notificar los defectos en dichas

presentaciones de Obligaciones Negociables y no incurrirán en responsabilidad alguna ante los Tenedores por la

omisión en cursar dicha notificación. No se considerará que se han realizado presentaciones de Obligaciones

Negociables hasta tanto dichas irregularidades no hayan sido subsanadas o dispensadas. Las Obligaciones Negociables

recibidas por el Agente de Información y Oferta que no sean válidamente presentadas y respecto de las cuales no se

hubieran subsanado o dispensado irregularidades serán reintegradas por el Agente de Información y Oferta al Tenedor

participante, excepto que los Tenedores hayan dispuesto lo contrario en esta Carta de Transferencia, tan pronto como

resulte posible luego de la Fecha de Vencimiento.

Page 15: Pan American Energy, S.L., Sucursal Argentina

12

8. Certificados de Obligaciones Negociables mutilados, extraviados, perdidos o destruidos. Los

Tenedores cuyos certificados representativos de Obligaciones Negociables hayan sido objeto de mutilación, pérdida,

robo o destrucción deberán ponerse en contacto con el Agente de Información y Oferta para obtener instrucciones

adicionales al domicilio y número telefónico que se indican en la contratapa de esta Carta de Transferencia.

9. Pedidos de asistencia o copias adicionales. Las preguntas sobre los procedimientos para la

presentación de Obligaciones Negociables y los pedidos de asistencia o de copias adicionales de los Documentos de

la Oferta podrán ser dirigidas a D.F. King & Co., Inc., el Agente de Información y Oferta para la Oferta. Podrá

obtenerse información adicional acerca de la Oferta de los Agentes de la Oferta de Compra, cuyo domicilio y número

de teléfono figuran en la contratapa de esta Carta de Transferencia. En la Argentina, las solicitudes de información

adicional sobre la Oferta pueden obtenerse de parte de los Agentes Locales de la Oferta de Compra, y según lo

dispuesto, en “Agentes de la Oferta de Compra—Agentes Locales de la Oferta de Compra” en la Oferta de Compra.

10. Tenedores No Estadounidenses. Cada Tenedor que no sea una "Persona Estadounidense" a los

fines del impuesto a las ganancias federal de los Estados Unidos (un “Tenedor No Estadounidense”) deberá presentar

el Formulario W-8 de IRS debidamente completado (generalmente el Formulario W-8BEN o W-8BEN-E) para evitar

retenciones sustitutivas. El correspondiente formulario podrá ser obtenido visitando el sitio de internet de IRS en

www.irs.gov o a través de una comunicación con el Agente de Información y Oferta al domicilio que figura en la

contratapa de esta Carta de Transferencia.

11. Espacio Insuficiente. Si el espacio aquí provisto es inadecuado, los números de certificados

correspondientes a las Obligaciones Negociables y los montos de capital correspondientes a éstas deberán indicarse

en un anexo firmado por separado que se adjuntará a esta Carta de Transferencia.

IMPORTANTE: ESTA CARTA DE TRANSFERENCIA (O UN FACSÍMIL DE LA MISMA)

DEBIDAMENTE COMPLETADA Y FIRMADA (JUNTO CON TODA GARANTÍA DE FIRMAS REQUERIDA

Y CERTIFICADOS O CONFIRMACIÓN DE TRANSFERENCIA REGISTRAL Y TODO OTRO DOCUMENTO

EXIGIDO) DEBEN SER RECIBIDOS POR EL AGENTE DE INFORMACIÓN Y OFERTA ANTES DE LA

FECHA DE VENCIMIENTOS A LOS FINES DE RECIBIR LA CONTRAPRESTACIÓN.

Page 16: Pan American Energy, S.L., Sucursal Argentina

13

INFORMACIÓN FISCAL RELEVANTE

1. Según la ley de impuesto a las ganancias federal de Estados Unidos, un Tenedor participante podrá

estar sujeto a retenciones sustitutivas a una alícuota del 24% respecto de pagos por el Agente de Información y Oferta

de conformidad con la Oferta, excepto que dicho Tenedor: (i) sea una sociedad anónima u otro destinatario exento y,

de ser requerido, establece su exención respecto de la retención sustitutiva; (ii) brinda su NIF correcto y certifica que

(A) el NIF es correcto (o que dicho Tenedor está a la espera de obtener el NIF), (B) no se encuentra en la actualidad

sujeto a retención sustitutiva y (C) es una persona estadounidense o (iii) certifica su condición de persona no

estadounidense. Si el Tenedor es una persona física el NIF es su número de Seguridad Social. Los Tenedores

Estadounidenses podrán establecer su exención respecto de la retención sustitutiva completando el Formulario W-0

del IRS provisto en esta Carta de Transferencia. La omisión de indicar el NIF de este Tenedor Estadounidense en el

Formulario W-0 del IRS, de corresponder, podrá dar lugar a que el Tenedor Estadounidense (u otro destinatario del

pago) quede sujeto al pago de una penalidad de US$50 por parte del IRS, y los pagos que deban efectuarse a dicho

Tenedor Estadounidense participante de conformidad con la Oferta podrán quedar sujetos a retención sustitutiva

(véase lo indicado más abajo). Podrán imponerse penalidades más severas por suministrar información falsa que, en

caso de mediar dolo, podría dar lugar a la imposición de multas y/o prisión. Un Tenedor Estadounidense participante

deberá indicar “Solicitado” en el espacio para el NIF en la Parte I del Formulario W-9 del IRS si no se hubiera asignado

un NIF al Tenedor Estadounidense (u otro destinatario del pago) y éste hubiera solicitado un NIF o contemple

solicitarlo en el futuro inmediato. Si se indica “Solicitado” en la Parte I y el Agente de Información y Oferta no contara

con un NIF en el momento de pago, éste retendrá un porcentaje del 24% de todos los pagos recibidos de conformidad

con la Oferta hasta que dicho Agente de Información y Oferta reciba el mencionado NIF. Un Tenedor Estadounidense

participante que indica “Solicitado” en la Parte I en lugar de suministrar su NIF deberá entregar al Agente de

Información y Oferta el NIF tan pronto como éste sea recibido por el Tenedor. A fin de que un Tenedor No

Estadounidense califique como destinatario exento, dicho Tenedor No Estadounidense deberá presentar el

correspondiente Formulario W-9 del IRS firmado, bajo pena de perjurio, certificando la condición de extranjero de

dicho Tenedor No Estadounidense. El correspondiente formulario podrá ser obtenido visitando el sitio de internet de

IRS en www.irs.gov o a través de una comunicación con el Agente de Información y Oferta al domicilio que figura

en la contratapa de esta Carta de Transferencia.

Si se aplicara una retención sustitutiva a un Tenedor participante, el Agente de Información y Oferta deberá

retener 24% de cualquier pago efectuado a dicho Tenedor de conformidad con la Oferta. La retención sustitutiva no

constituye un impuesto adicional, sino que, en la medida que la información requerida sea oportunamente suministrada

al IRS, las obligaciones por el impuesto a las ganancias federal de los Estados Unidos de personas sujetas a retención

sustitutiva se verán reducidas en el monto del impuesto retenido o, si la retención implica un pago de impuestos en

exceso, podrá obtenerse la devolución del monto presentando una declaración impositiva ante la IRS. El Agente de

Información y Oferta no podrá devolver montos retenidos por motivo de retención sustitutiva. Se aconseja a los

Tenedores participantes que consulten a sus propios asesores impositivos para determinar si están exentos de las

exigencias de retención sustitutiva y presentación de información.

Page 17: Pan American Energy, S.L., Sucursal Argentina

14

Page 18: Pan American Energy, S.L., Sucursal Argentina

15

Page 19: Pan American Energy, S.L., Sucursal Argentina

16

Page 20: Pan American Energy, S.L., Sucursal Argentina

17

Page 21: Pan American Energy, S.L., Sucursal Argentina

18

Page 22: Pan American Energy, S.L., Sucursal Argentina

19

Page 23: Pan American Energy, S.L., Sucursal Argentina

20

Page 24: Pan American Energy, S.L., Sucursal Argentina

21

El Agente de Información y Oferta para la Oferta es:

D.F. King & Co., Inc.

48 Wall Street, 22nd Floor

New York, NY 10005

Atención: Michael Horthman

Fax: 212-709-3328

Bancos y Corredores: +1 (212) 269-5550

Número gratuito: +1 (888) 867-0082

Correo electrónico: [email protected]

Confirmación: +1 (212) 232-3233

Correo:

48 Wall Street, 22nd Floor

New York, NY 10005

Servicio de Courier las 24 horas:

48 Wall Street, 22nd Floor

New York, NY 10005

Entrega personal:

48 Wall Street, 22nd Floor

New York, NY 10005

Los Agentes de la Oferta de Compra son:

Citigroup Global

Markets Inc.

HSBC Securities

(USA) Inc.

Itau BBA USA

Securities Inc.

J.P. Morgan

Securities LLC

Santander Investment

Securities Inc.

388 Greenwich Street,

New York, NY 10013,

Estados Unidos de

América, Atención:

Liability Management

Group, +1 (212) 723-

6106 / +1 (800) 558-

3745

452 Fifth Avenue, New

York, New York,

10018, Atención:

Global Liability

Management Group +1

(212) 525-5552 /

+1 (888) HSBC-4LM,

[email protected]

om

540 Madison Avenue,

24th Floor, New York,

NY 10022, Atención:

Syndicate Desk, +1

(888) 770-4828 / +1

(212) 710-6749,

IBBA_Syndicate@corr

eio.itau.com.br

383 Madison Avenue

New York, New York

10017, Atención: Latin

America Debt Capital

Markets U.S., +1 (212)

834-7279 /

+1 (866) 846-2874

45 East 53rd Street, 5th

Floor New York, New

York 10022, Atención:

Liability Management

Team: +1 (212) 940-

1442 / +1 (855) 404-

3636

Toda consulta respecto de los términos de la Oferta o solicitudes de asistencia deberán dirigirse a los Agentes

de la Oferta de Compra. Los Tenedores también podrán ponerse en contacto con su corredor, colocador, banco

comercial, compañía fiduciaria u otro representante para obtener asistencia en relación con la Oferta.