obras por contrata

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2014 OBRA POR CONTRATA TOPICOS EN INGENIERIA CIVIL Juan Catacora Sagredo UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

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obras que hay por contrata

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OBRA POR CONTRATA

INDICE

INTRODUCCION.. 1

1. ANTECEDENTES. 2

2. DATOS BASICOS. 4

3. ACCIONES A TOMAR EN CUENTA EN EL PROCESO DE EJECUCIN DE OBRAS PBLICAS. 8

4. SISTEMAS DE CONTRATACION..10

5. CONCLUSIONES..15

6. ANEXOS..16

7. BIBLIOGRAFIA....17

8. EXPEDIENTE TECNICO..18

INTRODUCCION:

Las obras por contrata son un hecho tangible en la construccin en cuanto a los mtodos de ejecucin en las infraestructuras, la eleccin del material, el conocimiento de la tcnica de construccin, la mano de obra y la maquinaria utilizada para la construccin.

Las tcnicas empleadas en la construccin, se encuentran directamente vinculadas a las propiedades de los materiales constructivos.

En la vida cotidiana, los hombres y mujeres de toda edad y condicin econmica, buscan realizar una construccin para poder tanto convivir como hacer negocio, ya sea una vivienda o un local respectivamente, por lo que es muy importante tener un buen conocimiento de los distintos tipos de contrataciones.

Este trabajo busca el entendimiento de conceptos bsicos para una construccin. La importancia de este estudio radica en las distintas formas que podemos realizar una contratacin de obra y sus modalidades de ejecucin.

Entonces se analizarn las caractersticas y la evolucin de las obras por contrata, pues su objetivo principal consiste en el entendimiento de las tcnicas de contratacin segn sea conveniente.

OBRAS POR CONTRATA

1. ANTECEDENTES:Las lneas generales del contrato de obra tienen sus principales caractersticas y poniendo de relieve sus principales notas distintivas con otros tipos contractuales.

Para tener una primera imagen bien cimentada de los contratos, debemos conocer su reglamentacin, qu normativa lo configura y desarrolla, para conocer claramente sus principales caractersticas y formas de funcionar; para ello hacemos referencia a diversas sentencias en las que se refleja la opinin de los tribunales acerca de sus principales aspectos.

Por ltimo, se tienen que conocer las modalidades habituales del contrato de obra que podemos encontrar en la prctica, pues la especfica configuracin del contrato en cada caso hace que existan determinadas obligaciones y derechos diferentes segn sus aspectos particulares y en relacin con el caso concreto que estamos viendo.

LOCATIO CONDUCTIO: (PRIMER CONTRATO DE OBRA)Este contrato era de carcter muy especial entre los romanos ya que en l un locator llamado as porque l era quien se encargaba de conducir la obra. La locatioconductio operis, era la locacin por la que una persona se comprometa a realizar una obra o un trabajo determinado mediante el pago de un precio. Esto recae sobre el resultado de un trabajo, sobre el producto del mismo, ya acabado. Por ejemplo, cuando se conviene el transporte de cosas o personas, la confeccin de un traje o la construccin de una casa. En este contrato la persona que contrata la obra es el locador y quien la ejecuta es el locatario. En esta clase de locacin no est obligado el empresario a realizar personalmente los trabajos encomendados. Justiniano solucion el problema al sostener que haba compraventa cuando el locatario pona el material y arrendamiento cuando era suministrado por el locador. Esto sufre una excepcin cuando se tratara de la construccin de un edificio en terreno del locador pero con materiales del empresario, ya que en este caso se considera que siempre existe una locacin de obra. En la locacin de obras, el locatario estaba obligado a realizar el opus de acuerdo a lo convenido. El locador, por su parte, quedaba obligado a recibir la obra realizada y a pagar su precio en dinero una vez concluida. En este contrato de obra el conductor se compromete a realizar una cierta obra a favor de un luchador a cambio de un determinado precio es decir este contrato tiene como objeto la realizacin de una cierta obra y a diferencia de la lucatio conductio operarum en la cual hay una prestacin de energa humana a cambio de un salario y en el contrato operis tiene que haber la realizacin y culminacin de una determinada obra. En el contrato operis la diferencia del operarum es el locutor quien se encarga de colocar mercanca a un conductor quien recibe la mercanca y no el locutor como en los otros dos contratos, por otra parte el conductor se haca responsable de las personas que trabajaban para el ya sea en el caso de daos y perjuicios como lo seala el digesto 19.2.25.7

2. DATOS BASICOS:

QU SON LAS OBRAS PBLICAS?Son obras pblicas, la construccin, reconstruccin, remodelacin, demolicin, renovacin, y habilitacin de bienes inmuebles como edificaciones, estructuras, excavaciones, perforaciones, carreteras, puentes entre otros, que requieren de direccin tcnica, expediente tcnico, mano de obra, materiales y/o equipos.Las obras corresponden a una tipologa de proyectos de inversin pblica vinculadas mayormente a componentes de infraestructura. Deben cumplir con la metodologa y normas establecidas en el Sistema Nacional de Inversin Pblica y el ciclo de proyectos, asimismo, con los criterios de solucin de problemas, generacin de beneficios en las personas y de sostenibilidad. En general se puede afirmar que las obras constituyen resultados intermedios importantes en una localidad pero cuya finalidad mayor es producir beneficios sociales y resultados en el desarrollo.

QU MODALIDADES DE EJECUCIN DE OBRAS EXISTEN?La norma ha establecido dos modalidades de ejecucin de obras: por ejecucin presupuestal directa, y por ejecucin presupuestal indirecta. Ejecucin Presupuestaria Directa: Se produce cuando la entidad desarrolla con su personal, sus recursos y equipos, todo el proceso constructivo de la obra, incluyendo los aspectos tcnicos y financieros necesarios. Est definida por la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley N28411 y reglamentada de manera general por la Resolucin de Contralora N195-88-CG. Esta resolucin es una norma que rige del ao 1988 y entre sus pautas dispone que: * Las entidades que programen la ejecucin de obras por esta modalidad deben contar con: la asignacin presupuestal; el personal tcnico administrativo necesario y los equipos necesarios.* Es requisito indispensable para la ejecucin de stas obras que se cuente con el expediente tcnico aprobado por el nivel competente.* La entidad debe demostrar que el costo total de la obra a ejecutarse por administracin directa resulta igual o menor al presupuesto base deducida la utilidad, situacin que deber reflejarse en liquidacin de la obra.

Aparte de estas disposiciones, las obras por administracin directa deben cumplir con todas las reglamentaciones complementarias y/o anlogas a toda obra, como: contar con el profesional residente de la obra, con la supervisin, con el cuaderno de obra, pruebas de calidad, informes mensuales de valorizacin, con el control de ingreso y salida de materiales y finalmente, con la liquidacin tcnica y financiera debidamente aprobada.

Ejecucin Presupuestaria Indirecta: Se produce cuando el proceso constructivo de la obra y sus componentes, a nivel fsico y financiero, es realizada por alguna entidad pblica o privada - distinta al pliego, sea a ttulo oneroso o gratuito. En este caso se presentan dos modalidades:a) Por Contrata: Cuando el proyecto se ejecuta por efecto de un contrato suscrito con entidad privada o de rgimen privado (empresas pblicas). Esta modalidad est regulada principalmente por la Ley de Contrataciones del Estado aprobada mediante Decreto Legislativo N1017 y el Reglamento de la Ley de Contrataciones aprobado con Decreto Supremo N184-2008-EF y modificado parcialmente mediante Decreto Supremo N021-2009-EF. Adicionalmente el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) ha emitido diversas directivas complementarias a estas normas y a las cuales es posible acceder desde su portal institucional: www.osce.com.pe

b) Por Convenio: Cuando la obra se ejecuta producto de compromisos formalizados a travs de convenios y que normalmente suceden entre entidades pblicas. Se produce normalmente cuando una entidad no cuenta con las capacidades tcnicas para ejecutar una determinada obra y encarga a otra distinta para que lo realice. En las municipalidades los convenios son formalizados mediante Acuerdo de Concejo y su contenido por lo comn considera:

Antecedentes De las entidades participantes Objeto del convenio Marco legal Responsabilidades de cada una de las partes Plazo de duracin del convenio Penalidades (de acuerdo al marco normativo de referencia)

Normalmente esta modalidad de ejecucin implica operaciones de transferencia de fondos entre las partes del convenio. Por sta razn, se debe observar lo dispuesto en la Directiva de Tesorera N001-2007-EF/77.15 aprobada mediante Resolucin Directoral N002-2007-EF/77.15, artculo 63 que dispone entre otros aspectos que, la entidad encargada deber realizar rendiciones de cuenta documentada cada 30 das a la entidad encargante. La aplicacin de esta norma no inhibe a las partes del cumplimiento de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento en todo lo que sea aplicable.

QU ES EL EXPEDIENTE TCNICO DE OBRA?Es un estudio definitivo que describe a nivel de detalle todas las caractersticas tcnicas de una obra. Se elabora de manera previa a la ejecucin y debe ser aprobado por el titular del pliego o por el funcionario delegado para ello. En general los expedientes tcnicos contienen: Memoria Descriptiva Especificaciones Tcnicas Estudios bsicos y especficos Metrados y Presupuesto de obra Anlisis de Costos unitarios Presupuesto Analtico (en caso de obras por Administracin Directa) Programacin de obra. Listado de insumos necesarios para la ejecucin de obra (mano de obra, materiales equipos). Clculo de frmula polinmica. Clculos de fletes, y medios de transporte de insumos de obra (materiales, etc.) Gastos Generales Planos de ejecucin de obra Estudios de suelo Estudios geolgicos (si la tipologa de la zona lo amerita) Estudios de Impacto ambiental (si la tipologa de la obra lo amerita) Panel fotogrfico de estudios para la elaboracin del expediente tcnico. Anexos que involucren al expediente tcnico, como son clculo de costos de mano de obra, maquinaria, cotizaciones, etc.En general esta estructura es aplicable para las obras que se ejecutan por ejecucin presupuestaria directa o indirecta, salvo la omisin del rubro de utilidad en el presupuesto de obra ya que sta se considera solo en aquellas obras por contrata.

3. ACCIONES A TOMAR EN CUENTA EN EL PROCESO DE EJECUCIN DE OBRAS PBLICAS

a) Antes del inicio de la obra: Contar con el Expediente Tcnico con opinin favorable de la OPI de la entidad y aprobado por el rgano resolutivo o funcionario delegado. Si la ejecucin es por contrata, contar con el contrato debidamente suscrito y aprobado. Coordinar con los beneficiarios para promover su apoyo y la vigilancia ciudadanab) Para el Inicio de la ejecucin de la obra: Designacin del residente de la obra (en el caso de la ejecucin por contrata la empresa designa al residente) Designacin del supervisor o inspector Entrega del expediente tcnico aprobado y completo Entrega del terreno donde se ejecutar la obra Verificar la entrega de los adelantos (para el caso de la modalidad de contrata y convenio) Apertura del cuaderno de obrac) Durante la ejecucin de la obra: Verificacin de calidad de los materiales e insumos Pruebas de calidad de la construccin Informes mensuales de valorizacin de la obra y recomendaciones Monitoreo del cronograma de ejecucin Control de ingreso y salida de materiales (para la ejecucin directa) Registro de ocurrencias en el cuaderno de obrasd) A la culminacin de la ejecucin de la obra Informe de culminacin de las obras Constitucin del Comit de Recepcin de Obras (para todas las modalidades de ejecucin) Recepcin de la obra Liquidacin Tcnica y Financiera de la obra y su aprobacin Informe de Cierre del proyecto de acuerdo a las pautas del Anexo SNIP 16 y remitido a la OPI y Gerencia MunicipalEstas acciones puntuales pueden ser aplicadas a obras ejecutadas bajo las diversas modalidades de ejecucin presentadas. Si la obra es ejecutada bajo la modalidad directa (obras por administracin directa) entonces todas estas acciones sern de responsabilidad de la entidad. Por el contrario, si se ejecuta por contrata, estas acciones se aplican bajo responsabilidad del contratista y la entidad respectivamente en lo que sea aplicable para cada uno.

Normatividad ComplementariaResolucin de Contralora N177-2007-CG que aprueba la Gua de Auditora de Obras Pblicas por contrata.Directiva N001-2007-CG/OEA Autorizacin previa a la autorizacin y pago de presupuesto adicionales de obra aprobado con Resolucin de Contralora N369-2007-CG.Reglamento Nacional de Edificaciones (RNE) aprobado mediante Decreto Supremo N011-2006-VIVIENDA.

4. SISTEMAS DE CONTRATACION

a) Contrato de Obras a Precio Unitario:El contrato de obras a precio unitario, es aquel en que el importe de la remuneracin o pago total que daba cubrirse al contratista se hara por unidad de concepto de trabajo terminado. Es muy similar al contrato de obras a precio alzado, que se explica enseguida.Con el contrato dividido en partidas, para el contratante es mucho ms fcil determinar las obras no previstas que se puedan presentar durante la ejecucin de la obra, as como los aumentos, disminuciones y variaciones de precios que se puedan presentar. El contratista recibe su pago sobre la base de la cantidad de obra ejecutada, llamada valuacin, est es de fcil determinacin y verificacin por ambas partes. Este sistema de contratacin permite al contratante poder velar en forma ms eficiente por la buena utilizacin de los insumos, y que la ejecucin de la obra se haga en el tiempo previsto segn lo acordado por las partes. El contratista podr mediante una supervisin adecuada de su sala tcnica llevar un control estricto del proceso constructivo con el fin de asegurar una utilizacin ptima de tiempo y recursos que redundar en mayores ganancias. El contratista podr llevar en forma precisa sus gastos de inversin por unidad, permitiendo de esta manera hacer los ajustes correspondientes en sus costos de inversin durante la ejecucin de la partida, esto permitir corregir cualquier desviacin del proceso evitando posibles prdidas en el mismo.b) Contrato de Obras a Suma Alzada:En este tipo de Contrato denominado con frecuencia llave en mano el Constructor se compromete a entregar una construccin completamente terminada y en estado de funcionamiento contra la entrega de una cantidad fija, repartida en plazos pactados previamente, de acuerdo con el avance de la obra. La oferta del Constructor se basa en un estudio del proyecto suministrado por el Contratista, pero los riesgos de errores en dicho Proyecto se entienden asumidos por el Constructor que debe por tanto realizar un estudio completo y exhaustivo del proyecto que le entrega el Contratista y aadir en l todo aquello que considera que falte ya que la cifra de su oferta se considera "cerrada" una vez firmado el Contrato. El constructor se compromete a recibir exclusivamente la cantidad ofertada, incluyendo en ella todas aquellas cosas que en su opinin son necesarias para la correcta terminacin y funcionamiento de la instalacin aunque no estuvieran incluidas en el Proyecto recibido para el estudio de la oferta. Las ventajas de este tipo de contrato son: Todas las ofertas tienen la misma base, es decir, se oferta lo mismo por cada uno de los licitadores, por tanto son comparables. El Mandante se asegura un costo ms o menos cierto o al menos con muy pequeo porcentaje de variacin, ya que los riesgos de posibles variaciones son asumidos por el constructor e incluidos en el precio ofertado. El constructor asume la responsabilidad de la medicin; por lo tanto puede valorar algo que el mismo ha medido, lo que le exime de posibles errores ajenos a la hora de evaluar sus propios costos. Evita una gran parte del trabajo de medicin y valoracin del trabajo realizado, pues la cifra final de cada unidad es conocida y por lo tanto se puede CERTIFICAR, o sea pagar cada relacin mensual de obra realizada, a base de calcular el porcentaje realizado de cada unidad. El Mandante obtiene una serie de ofertas, que le comprueban la fiabilidad econmica del Proyecto que encarg y al compararlas le dan una idea muy clara de cual puede ser el precio real de la construccin de su proyecto. Como inconvenientes se podran sealar: El establecimiento de un precio cerrado obliga al Mandante a no poder variar prcticamente nada una vez realizada la adjudicacin, ya que si lo hace el constructor puede aprovechar la coyuntura para mejorar su posicin contractual y ya no tiene competencia posible, que permita comprobar lo procedente de su postura. Requiere un proyecto bien definido y exacto con pocas posibilidades de error, pues cualquier variacin supone dificultades seguras entre Mandante y Constructor. Este tipo de contratos slo son recomendables en alguno de los casos siguientes: Obras de poca cuanta econmica. Obras que pueden ser definidas con precisin. Debe evitarse su uso, por ejemplo, en obras subterrneas, o con alto grado de incertidumbre. Obras de poca duracin o poco riesgo de variacin de precios.

PROCEDEN ADICIONALES Y DEDUCTIVOS EN OBRAS A SUMA ALZADA?Para el caso de adicionales, slo proceder la ejecucin de obras adicionales cuando previamente se cuente con disponibilidad presupuestal y resolucin del Titular o la mxima autoridad administrativa de la Entidad, segn corresponda, siempre y cuando estos adicionales no provengan por deficiencias o errores en los metrados del expediente tcnico.Explicacin:Para la comprensin de un adicional, se debern tomar en cuenta las siguientes definiciones bsicas:Presupuestos Adicionales por Mayores Metrados: las obras adicionales por mayores metrados se generan cuando el metrado considerado en el Presupuesto Contratado o el indicado en el Expediente Tcnico de Obra es menor al metrado realmente necesario a ejecutar para cumplir con el objetivo del contrato. El Presupuesto Adicional de Obra por Mayores Metrados se presenta en los sistemas de contratacin a suma alzada como a precios unitarios y est conformada por partidas que existen en el presupuesto contratado.Presupuestos Adicionales por Obras Complementarias: las obras complementarias son aquellas que no figuran en el Presupuesto Referencial o no est indicada en el Expediente Tcnico de Obra o no forma parte del contrato pero es necesaria su ejecucin para cumplir con la finalidad del contrato. El Presupuesto Adicional por Obras Complementarias tambin se presenta en ambos Sistemas de Contratacin (suma alzada y precios unitarios) y puede estar conformada por partidas que tienen las mismas descripciones y especificaciones tcnicas de las partidas del presupuesto original y/o por partidas nuevas es decir que no tienen partidas equivalentes en el presupuesto original.Metrado Adicional: se determina por diferencia entre el metrado total necesario a ejecutar para cumplir con las metas del contrato menos el metrado total pactado a ejecutar de la misma partida. La comparacin se realiza segn sea el Sistema de Contratacin.En el caso del Sistema de Contratacin a Suma Alzada el metrado Adicional proviene de la diferencia entre el metrado obtenido del replanteo y el metrado total considerado en el Expediente Tcnico, de acuerdo a la siguiente prelacin: planos, especificaciones tcnicas, memoria descriptiva y presupuesto de obra, a la que se indique en las bases.En los contratos de obra a suma alzada, los presupuestos adicionales de obra sern formulados con los precios del presupuesto referencial, ajustados por el factor de relacin, y/o los precios pactados, con los gastos generales fijos y variables y la utilidad del valor referencial multiplicado por el factor de relacin. Deber incluirse adems el IGV.Caso: partidas existentes (por mayores metrados)Ppto. Adic. = Mtdos. Adic. X ( P.U.V.R.* F.R.) + [GGV.R. + UTV.R.] * F.R. + IGVCaso: partidas nuevas.Ppto. Adic. = (Mtdos. Adic. X P.U.PACTADO) + [GGV.R. + UTV.R.] * F.R. + IGVNo hay adicionales por deficiencias o errores en los metrados del expediente tcnico.Procede el adicional, cuando estos se generen por hechos imprevisibles y su ejecucin sea indispensable para el cumplimiento de la finalidad del Contrato, y por trabajos que no estn comprendidos en los documentos del Expediente Tcnico (modificaciones a los planos).Para el caso de Deductivos: En una Obra por SUMA ALZADA no proceden los deductivos por menores metrados o reduccin de metas.La norma contempla el SISTEMA DE SUMA ALZADA cuando las magnitudes y calidades de la prestacin estn totalmente definidas en las especificaciones tcnicas y en los trminos de referencias y, en el caso de obras, en los planos y especificaciones tcnicas respectivos. De acuerdo a esta definicin, el postor oferta en su propuesta tcnica y econmica, por la totalidad de los componentes de la obra y un costo total y nico para el contrato y un plazo determinado de ejecucin. El contratista, bajo este sistema, queda comprometido a ejecutar la obra de acuerdo a las especificaciones tcnicas, los planos elaborados y el contrato suscrito. En contratos bajo el sistema de suma alzada se valorizar hasta el total de los metrados del presupuesto de obra del contrato.Por lo tanto en el caso de deductivos o reducciones, constituyen menores metrados de componentes o partidas que si se encontraban en los planos y especificaciones tcnicas consideradas en el contrato y por tanto, el contratista ha cumplido con ejecutarlas, para el cumplimiento de la prestacin requerida segn los planos, especificaciones tcnicas, memoria descriptiva y presupuesto de obra que forman parte del Expediente Tcnico, en ese orden de prelacin; por lo tanto no procede deductivos o reduccin de metas.Base legalArtculo 41, de D.L. N 1017 Ley de Contrataciones del EstadoArtculo 40 numeral 1 y artculo 207 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, D.S N184-2008-EF.Artculos 174, 207 y 208 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

5. CONCLUSIONES En las obras ejecutadas bajo el sistema de contratacin a suma alzada, la Entidad podr aprobar la ejecucin de prestaciones adicionales cuando los planos y/o especificaciones tcnicas hayan sido variados durante la ejecucin contractual, con el objeto de ejecutar prestaciones adicionales de obra para alcanzar la finalidad del contrato original. En las obras ejecutadas bajo el sistema de contratacin a suma alzada, no es posible valorizar ni pagar los mayores metrados ejecutados por el contratista, sino que nicamente se valorizar y pagar los metrados previstos en el presupuesto de obra. En las obras ejecutadas bajo el sistema de contratacin a precios unitarios, tiene sus ventajas como desventajas asi que se debera tener en cuenta todos los aspectos necesarios para realizar la obra En ambos sistemas de realizar la obra se debe leer bien el expediente tcnico antes de realizar la obra para poder desarrollar con eficacia y ver algn erros que podra ocurrir

6. ANEXOS

7. BIBLIOGRAFIA LA CONTRATACIN PBLICA: PROBLEMAS ACTUALES. Varios autores. Abril 2013. ESQUEMAS DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PBLICO. APLICACIN DE LA GUA DE CONTRATACIN Y COMPETENCIA A LOS PROCESOS DE LICITACIN PARA LA PROVISIN DE LA SANIDAD PBLICA EN ESPAA. Comisin Nacional de la Competencia. Octubre 2013. PATOLOGAS DE LA CONTRATACIN PBLICA. Gmez-Acebo & Pombo Abogados. Enero 2014 (Recopilacin 44 artculos 2009-2013). RESUMEN DE LA DOCTRINA JURISPRUDENCIAL SOBRE CONTRATACIN PBLICA (2009-2012).(obcp.es 2013). GUA SOBRE CONTRATACIN PBLICA Y COMPETENCIA. Comisin Nacional de la Competencia. MEMORIA DEL I ENCUENTRO DE COORDINACIN ENTRE LOS RGANOS DE RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIN PBLICA.

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