normas de seguridad y comportamientos seguros

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Normas de Normas de Normas de Normas de seguridad y seguridad y seguridad y seguridad y comportamientos comportamientos comportamientos comportamientos seguros seguros seguros seguros PROYECTO PUENTES Y CARRETERAS TRANSLOGISTICA ORINOQUENSE S.A. S. POLÍTICA DE SEGURIDAD VIAL TRANSPORTE Y LOGISTICA ORINOQUENSE S.A.S y todo el personal directivo tiene un compromiso firme de cero to- lerancias ante los accidentes de tránsito terrestre y se dictan las siguientes disposiciones: Recalcando el principio de respeto, TRANSPORTE Y LOGISTICA ORINOQUENSE S.A.S se compromete a cumplir y apli- car los parámetros establecidos en el Código Nacional de Tránsito Terres- tre, según ley 769 de 2002. Todos los trabajadores somos respon- sables de participar en las activi- dades programadas con el fin de re- ducir la probabilidad de accidentes de tránsito vial. La gerencia se compromete a destinar los recursos financieros, humanos y técnicos para la correcta ejecución del plan de seguridad vial. Es obligación de los trabajadores in- volucrados en las actividades de con- ducción participar activamente en las actividades programadas por la empre- sa en manejo defensivo y normas de seguridad vial Es compromiso de todos los trabajado- res realizar y vigilar que se ejecute las actividades de mantenimiento productivo total y un mantenimiento basado en confiabilidad para asegurar que los vehículos estén en perfectas condiciones para transitar por las carreteas Colombianas sin causar ningún inconveniente a los conducto- res, colaboradores, población en ge- neral y medio ambiente. TRANSPORTE Y LOGISTICA ORINOQUENSE S.A.S. vigilara la responsabilidad de los contratistas en los respecti- vos mantenimientos vehiculares esta- bleciendo medidas de control para evitar la presencia de accidentes de transito. Gladys Margarita Neira Garnica. Enero 24 de 2013 POLÍTICA DE ALCOHOL, DROGAS Y TABACO Todo trabajador, contratista o subcontra- tista de TRANSPORTE Y LOGISTICA ORINO- QUENSE S.A.S., es responsable de prote- ger la salud y la integridad física de todos los colaboradores de la empresa, así como la protección medio ambiental y responsabilidad social del entorno. Aten- diendo a lo anterior, se establecen las siguientes normas de cero alcohol, dro- gas y tabaco, para su estricto cumpli- miento. Queda estrictamente prohibido el consumo de alcohol, drogas y tabaco, por parte de los empleados, contratistas y subcontra- tistas durante las horas de trabajo, sean estas dentro o fuera de las instalacio- nes de la empresa. El uso ilícito de drogas legales o el uso, posesión, distribución y venta de drogas ilegales o el uso, posesión, dis- tribución y venta de alcohol por parte de empleados, contratistas y subcontratista en las instalaciones de la empresa o en el desarrollo de sus actividades, está estrictamente prohibido. Es responsabilidad de cada empleado, ase- gurarse que mientras este en servicio no se encuentre bajo los efectos del alcohol (cero alcohol), droga o cualquier medici- na que pueda influenciar negativamente su conducta. En el caso de contratistas y subcontra- tistas de TRANSPORTE Y LOGISTICA ORINO- QUENSE S.A.S. que se presenten bajo la influencia del alcohol o drogas que afec- te su desempeño, se exigirá el cambio in- mediato del personal involucrado. El no cumplimiento de las políticas de alcohol, drogas y tabaco de TRANSPORTE Y LOGÍSTICA ORINOQUESE S.A.S., por parte de los trabajadores, contratista y subcon- tratista llevará consigo sanciones disci- plinarias. Enero 24 de 2013

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  • Normas de Normas de Normas de Normas de

    seguridad y seguridad y seguridad y seguridad y

    comportamientos comportamientos comportamientos comportamientos

    segurossegurossegurosseguros

    PROYECTO

    PUENTES Y

    CARRETERAS

    TRANSLOGISTICA

    ORINOQUENSE S.A. S.

    POLTICA DE SEGURIDAD VIAL

    TRANSPORTE Y LOGISTICA ORINOQUENSE S.A.S y todo el personal directivo tiene un compromiso firme de cero to-lerancias ante los accidentes de trnsito terrestre y se dictan las siguientes disposiciones: Recalcando el principio de respeto, TRANSPORTE Y LOGISTICA ORINOQUENSE S.A.S se compromete a cumplir y apli-car los parmetros establecidos en el Cdigo Nacional de Trnsito Terres-tre, segn ley 769 de 2002. Todos los trabajadores somos respon-sables de participar en las activi-dades programadas con el fin de re-ducir la probabilidad de accidentes de trnsito vial. La gerencia se compromete a destinar los recursos financieros, humanos y tcnicos para la correcta ejecucin del plan de seguridad vial. Es obligacin de los trabajadores in-volucrados en las actividades de con-duccin participar activamente en las actividades programadas por la empre-sa en manejo defensivo y normas de seguridad vial Es compromiso de todos los trabajado-res realizar y vigilar que se ejecute las actividades de mantenimiento productivo total y un mantenimiento basado en confiabilidad para asegurar que los vehculos estn en perfectas condiciones para transitar por las carreteas Colombianas sin causar ningn inconveniente a los conducto-res, colaboradores, poblacin en ge-neral y medio ambiente. TRANSPORTE Y LOGISTICA ORINOQUENSE S.A.S. vigilara la responsabilidad de los contratistas en los respecti-vos mantenimientos vehiculares esta-bleciendo medidas de control para evitar la presencia de accidentes de transito. Gladys Margarita Neira Garnica.

    Enero 24 de 2013

    POLTICA DE ALCOHOL, DROGAS Y TABACO

    Todo trabajador, contratista o subcontra-tista de TRANSPORTE Y LOGISTICA ORINO-QUENSE S.A.S., es responsable de prote-ger la salud y la integridad fsica de todos los colaboradores de la empresa, as como la proteccin medio ambiental y responsabilidad social del entorno. Aten-diendo a lo anterior, se establecen las siguientes normas de cero alcohol, dro-gas y tabaco, para su estricto cumpli-miento. Queda estrictamente prohibido el consumo de alcohol, drogas y tabaco, por parte de los empleados, contratistas y subcontra-tistas durante las horas de trabajo, sean estas dentro o fuera de las instalacio-nes de la empresa. El uso ilcito de drogas legales o el uso, posesin, distribucin y venta de drogas ilegales o el uso, posesin, dis-tribucin y venta de alcohol por parte de empleados, contratistas y subcontratista en las instalaciones de la empresa o en el desarrollo de sus actividades, est estrictamente prohibido. Es responsabilidad de cada empleado, ase-gurarse que mientras este en servicio no se encuentre bajo los efectos del alcohol (cero alcohol), droga o cualquier medici-na que pueda influenciar negativamente su conducta. En el caso de contratistas y subcontra-tistas de TRANSPORTE Y LOGISTICA ORINO-QUENSE S.A.S. que se presenten bajo la influencia del alcohol o drogas que afec-te su desempeo, se exigir el cambio in-mediato del personal involucrado. El no cumplimiento de las polticas de alcohol, drogas y tabaco de TRANSPORTE Y LOGSTICA ORINOQUESE S.A.S., por parte de los trabajadores, contratista y subcon-tratista llevar consigo sanciones disci-plinarias.

    Enero 24 de 2013

  • Con el propsito de dar cumplimien-

    to a la poltica de seguridad, sa-

    lud en el trabajo y medio ambiente

    y la poltica de seguridad vial de

    TRANSLOGISTICA, se presente el si-

    guiente folleto, que permite esta-

    blecer y recordar las normas mni-

    mas de seguridad para el desarrollo

    de las actividades, protegiendo la

    salud de los conductores, minimi-

    zando impactos ambiente y buscando

    la satisfaccin de las comunidades.

    Los siguientes son los elementos de

    proteccin personal obligatorios

    que debern utilizar todos los

    conductores en la realizacin de

    sus actividades

    ELEMENTOS DE PROTECCIN PERSONAL

    CAMISA MANGA LARGA Y PANTALN JEAN

    CARPADO DE VEHCULOS

    Todos los vehculos debern salir

    carpados de lugar de cargue y dicha

    carpa deber estar en perfecto estado

    CONTROLES PRE OPERACIONALES

    Son aquellos donde el HSE de la em-

    presa revisa el estado del vehculo y

    se tiene en cuenta : mantenimiento

    bsico, botiqun, extintor, orden y

    aseo de la cabina, cinturn de segu-

    ridad, luces, espejos, pito de rever-

    sa, bocina, estacionarias, direccio-

    nales, niveles de liquido y estado de

    los neumticos.

    LIMITES MXIMOS DE VELOCIDAD

    Segn la ley 769 de 2012 se establece

    los lmites mximos de velocidad, es-

    tablecidos para la proteccin del

    conductor y del peatn,

    Vehculo cargado por carretera

    velocidad mxima 60 km /h

    Vehculo cargado zona urbana

    velocidad mxima 10 km /h

    Los conductores no debern sobre pa-

    sar estos lmites de velocidad por

    ningn motivo

    EN CASO DE ACCIDENTE O INCIDENTE APLIQUE EL MEDEVAC

    COMUNICAR A TRANSLOGIS-TICA, AUXILIAR

    HSE (Leydi Herran)

    321 275 3917 y/o

    COORDINADOR HSEQ (Alvaro

    Torres)321 2755141

    Caso Leve y/o

    Moderado Caso Grave