normas de control 15-16

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 Normas específicas de control escolar relativas a la inscripción, reinscripción, acreditación,  promoción, regularización y certificación en la educación básica.  RECUERDE: UN DOCENTE IN- FORMADO Y QUE ACTUA EN CONSECUENCIA ES UN DO- CENTE COMPETENTE. La escuela constituye el espacio for- mativo de la niñez y ju- ventud mexi- cana donde vamos brin- dado una instrucción académica para desarrollar competencias en ellas y ellos; esto dentro del marco del Plan 2011 y los programas vigente siempre dentro de un marco legal que garan- tiza la inclusión pluralidad y equidad en la práctica docente el desconocer lo no nos exime de su alcance . U.S.A.E.R No. 81  Cada alumno es singular, único, irrepetible El plan nacional de desarrollo 2013 2018 Da sustento también a esta normatividad, con base a la meta nacional “México con educación de Calidad” en el Objetivo 3.1 Desarrollar el potencial humano de los mexica- nos con educación de calidad , en armonía con lo señalado en la Estrategia 3.1.5 Disminuir el abandono escolar, mejorar la eficiencia terminal en cada nivel educativo y aumentar las tasas de transición entre un nivel y otro. Asimismo, se deter- mina en el Objetivo 3.2 “garantizar la inclusión y la equidad en el Sistema Educativo” indica en la estrategia 3.2.1 “ampliar las oportunidades de acceso a la educación en todas las re- giones y sectores de la población”, bajo las siguientes líneas de acción: Establecer un marco regulatorio con las obligacio- nes y responsabilidades propias de la educación inclusiva; definir, alentar y promover las prácticas inclusivas en la es- cuela y en el aula e im pulsar el desarroll o de los servicio s educativos destinados a la población en riesgo de exclusión. REFERENCIAS PARA SABER MAS: www.controlescolar.sep.gob.mx www.pnd.gob.mx Normas 15-16

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TRIPTICO SOBRE NORMAS ESPECIFICAS DE CONTROL ESCOLAR VIGENTE DE LA SEP

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Page 1: Normas de Control 15-16

7/17/2019 Normas de Control 15-16

http://slidepdf.com/reader/full/normas-de-control-15-16 1/2

 

Normas específicas decontrol escolar

relativas a lainscripción,

reinscripción,acreditación,

 promoción,regularización ycertificación en laeducación básica. 

RECUERDE: UN DOCENTE IN-

FORMADO Y QUE ACTUA EN

CONSECUENCIA ES UN DO-

CENTE COMPETENTE.

La escuela

constituye el

espacio for-

mativo de la

niñez y ju-

ventud mexi-

cana donde

vamos brin-

dado una

instrucción

a c a d é m i c a

para desarrollar competencias en ellas

y ellos; esto dentro del marco del Plan

2011 y los programas vigente siempre

dentro de un marco legal que garan-

tiza la inclusión pluralidad y equidad

en la práctica docente el desconocerlo

no nos exime de su alcance

.

U.S.A.E.R No. 81 

Cada alumno es singular, único, irrepetible 

El plan nacional de desarrollo

2013 2018

Da sustento también a esta normatividad, con base a la

meta nacional “México con educación de Calidad” en el

Objetivo 3.1 Desarrollar el potencial humano de los mexica-

nos con educación de calidad , en armonía con lo señalado

en la Estrategia 3.1.5 Disminuir el abandono escolar, mejorar

la eficiencia terminal en cada nivel educativo y aumentar las

tasas de transición entre un nivel y otro. Asimismo, se deter-

mina en el Objetivo 3.2 “garantizar la inclusión y la equidad en

el Sistema Educativo” indica en la estrategia 3.2.1 “ampliar

las oportunidades de acceso a la educación en todas las re-

giones y sectores de la población”, bajo las siguientes líneas

de acción: Establecer un marco regulatorio con las obligacio-nes y responsabilidades propias de la educación inclusiva;

definir, alentar y promover las prácticas inclusivas en la es-

cuela y en el aula e impulsar el desarrollo de los servicios

educativos destinados a la población en riesgo de exclusión.

REFERENCIAS PARA SABER MAS:

www.controlescolar.sep.gob.mx

www.pnd.gob.mx

Normas 15-16

Page 2: Normas de Control 15-16

7/17/2019 Normas de Control 15-16

http://slidepdf.com/reader/full/normas-de-control-15-16 2/2

 

Normas específicas de control escolar 2015 -2016 

¿Cuál es su estruc- 

tura?  

Disposiciones ge-

nerales. Incluye el obje-

to, niveles (público y priva-

do en la nación, a nivel

básico, multigrado, indíge-

na, educación especial –

CAM/USAER-, población

migrante, CONAFE y lo

correspondiente a la educación para adultos),

obligatoriedad y disposiciones legales aplicables,

difusión y procesos de aclaración, contacto y defi-

nición que remite anexos. Así como específica

las obligaciones del directivo, el cumplimiento del

calendario escolar, evaluación de los aprendiza-

 jes. Otro rubro importante son los sistemas de

captura y resguardo de la información del alum-

nado.

Formatos de certificación, establece que es

competencia de la DGAIR en forma exclusiva la

emisión de un documento con validez oficial, en

el caso de básica el reporte de evaluación para

preescolar, primaria y secundaria, y los certifica-

dos en primaria y secundaria. 

Inscripción, presenta la descripción del pro-

ceso general para regular el ingreso y registro del

alumnado, incluyendo fechas y requisitos. Las

aplicables para la educación especial CAM/

USAER, trabajo multidisciplinario para atención

de Alumnos con Aptitudes Sobresalientes, Alum-

nos con necesidades educativas especiales con o

sin discapacidad. 

Reinscripción, en cada sección de básica, si

es en la misma escuela, en el caso de promoción con

condiciones, provenientes de otras naciones, sin ante-

cedentes, de traslado, en el CAM, programas y pro-

yectos especiales, incluye fechas y condiciones de

operación. 

Acreditación y promoción, objetivo de la acredita-

ción, obligación de evaluar, énfasis en la comprensión

lectora, encontramos aquí los momentos de evalua-

ción en preescolar, primaria y secundaria, entrega de

resultados, así como el reporte de alertas y estrate-

gias de intervención, exámenes de recuperación en

secundaria. Emisión de documentos de acreditación y

su reglamentación, incluyendo los avances del apro-

vechamiento escolar de los alumnos con necesidades

educativas especiales con o sin discapacidad y/o con

aptitudes sobresalientes o talentos específicos 

Regularización, incluye las condiciones para este

proceso y sus variaciones en cuanto a actores, así

como fecha de dar cuenta de las mismas. 

Certificación, se señalan los documentos que se

otorgan legalmente en el país y validan los estudios

realizados en concordancia con el plan y programas

vigentes, asentando que no requieren trámites adicio-

nales de legalización, quien expide, condiciones y

documentación para su emisión. 

Disposiciones transitorias son seis, brindan directrices acla-

ratoria a los procesos y responsables de aclararlo; los

anexos, incluyen un glosario y formatos varios para comple-

mentar lo establecido en las normas.

Este documento es revisado y ac-

tualizada anualmente, tiene peso

dentro de la legalidad de la Secreta-

ría de Educación Pública y los dere-

chos de los alumnos y las alumnas,

se basa en el Artículo 3o de la Consti-

tución Política de los Estados Unidos

Mexicanos, 1o, 2o, 3o, 4o, 6o, 7o, 9o,

10, 11, 12, fracciones X y XIV; 13, frac-

ciones I y VII; 14, fracción XI; 22, 30, 31,

32, 33, 35, 37, 38, 39, 41, 42, 43, 44, 47,

fracción IV; 50, 51, 52, 53, 54, 57, 60,

61, 62, 63, 64, 65 y 66 de la Ley Gene-

ral de Educación; 1o, 2o, 5o, 6o, 36, 37,

42, 46, 48 y 57 de la Ley General de los

Derechos de las Niñas, Niños y Adoles-

centes; 41, fracciones I, II y III del Re-

glamento Interior de la Secretaría de

Educación Pública; 21 del Acuerdo Se-

cretarial número 696 por el que se es-tablecen Normas Generales para la

Evaluación, Acreditación, Promoción

y Certificación en la Educación Bási-

ca, siendo nuestra obligación como

servidores públicos docentes cono-

cer su contenido y alcance en rela-

ción de nuestras funciones.

ELABORADO POR LIC. FLOR DEL ALBA OCHOA ESPNOSA, DOCENTE DE APOYO USAER NO. 81, SEPT 15