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I^OLIO
.n^i i f<:« T 4t-
Expte. 1-225-152903/16
En Salta a los 23 dias del mes de Mayo de 2016, se reiinen los miembros de la Comision
Negociadora del Convenio Colectivo de Citrus N° 442/06 para las provincias de Salta y Jujuy: En
representacion del sector trabajador LA UNION ARGENTINA DE TRABAJADORES RURALES
(f^ESTlBADORES, los Sres. JUAN SANCHEZ ORTIZ, VICTOR SEVERO GUTIERREZ y
"CLAUDIA QUIROGA, con el patrocinio letrado de la Dra. KARINA ETCHEZAR y en
representacion del sector empleador: por LA ASOCIACION DE PRODUCTORES DE FRUTAS Y
HORTALIZAS DE SALTA, el Dr. ROBERTO McLOUGHLIN, por LA MORALEJA S.A.. el Sr.
JORGE GALIANO y por LEDESMA SAAl, la Dra. VIVIANA FERNANDEZ. Ambas partes
reconocen a los nombrados con la suficiente representacion invocada y representativos de la
actividad que se regula en la Convencion Colectiva N° 442/06 y declaran bajo juramento que las
mismas se encuentran vigentes, quienes luego de un intercambio de opiniones ACUERDAN lo
siguiente:
PRIMERO: Para todo el personal comprendido en el CCT N°442/06, establecen las
remuneraciones que se pactan a continuacion y que tendran vigencia durante el periodo 01 de
MAYO 2016 a 30 de ABRIL 2017, segtin el siguiente detalle:
SALARIO MES DE MAYO/2016
Mensual
Jornal
REMUNERATIVO
$6,814,00
$ 272,56
ADICIONAL NO
REMUNERATIVO
$2,044,25
$ 81,77
TOTAL
$ 8.858,25
$ 354,33
El personal que haya trabajado durante el mes de mayo 2016, que a la fecha por razon de fin de
temporada, se encuentre de baja, tambien deberan percibir la proporcion por los dias qije efectuaron
su labor.-
SALARIOS MESES DE JUNIO A AGOSTO 2016:
Juan Sanchez Ortii Secretano General
c,^r.r^ N° 920 A. Saravi. ' ••''- - !=,3lta
UHPIERREZ Secretario Qaaui\
877-Lib. Gral. San hUrtin Jujuy
CUtRM RAQUEL aicnt AccMn
iMc.rin-iJt.Qfli.swiiuftt Ju|ur
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SALARIOS A PARTIR DE SEPTIEMBRE A OCTUBRE 2016:
SALARIOS A PARTIR DE NOVIEMBRE 2016 A FEBRERO 2017:
Mensual
Jornal
BASICO
REMUNERATIVO
$ 7.700,00
$ 308,00
ADICIONAL NO
REMUNERATIVO
$ 1.158,25
$ 46,33
TOTAL
$8,858,25
$ 354,33
Mensual
Jornal
BASICO
REMUNERATIVO
$8,175,00
$ 327,00
ADICIONAL NO
REMUNERATIVO
$ 683,25
$ 27,33
TOTAL
$ 8.858,25
$ 354,33
Mensual
Jornal
BASICO
REMUNERATIVO
$8,175,00
$ 327,00
ADICIONAL NO
REMUNERATIVO
$751,25
$ 30,05
TOTAL
$ 8.926,25
$ 357,05
A partir de Marzo de 2017 y hasta la finalizacion de la vigencia de este acuerdo el 30 de abril de
2017, el jornal de $357,05 y los valores establecidos para las restantes categorias, seran
integramente REMUNERATIVOS.
!jaran en SEGUNDO: Las sumas NO REMUNERATIVAS previstas en el punto PRIMERO, se refit
forma proporcional en los salarios del personal cuya modalidad de pago sea por tajito, dep|tajo y/u
hora.
Juan Sanchez Ortiz. « <:y'^'^.^.^^"° General \ / ' S''r;c.\ '»920A.Saravia V
• - F - S a l t a I
J SKretarioGtemtaU
• Juiuy »QUEL(3UIR0<J.A ^A«l4n Social
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Asimismo, dichas sumas incidiran en el calculo del aguinaldo.
En cuanto a las licencias pagas en general, se consideraran como dias efectivamente trabajados todas
las ausencias motivadas por Licencias Legales y/o Convencionales pagas (Ej.: Enfermedad,
Licencias por Nacimiento, Matrimonio, Fallecimiento, Donacion de Sangre).-
TERCERO: El pago del adicional no remunerativo, figurara en los recibos de haberes bajo la
denominacion de "ADICIONAL NO REMUNERATIVO. ACTA MAYO 2016". La
implementacion de estas sumas no remunerativas, obedece a la necesidad de mejorar las condiciones
de vida de los trabajadores, que desarrollan las distintas tareas que componen la actividad, siendo
este un mecanismo que permite garantizar una mejora efectiva e inmediata de las retribuciones
minimas, atendiendo las circunstancias socio economicas por las que atraviesa la region y las
especificas de esta actividad.-
CUARTO: Se establece por UNICA VEZ, en concepto de "INCENTIVO 2016", una suma FIJA
no remunerativa diaria, a razon de $ 8,17 por cada di'a de trabajo efectivo, durante los meses de
Mayo a Octubre de 2016. Hasta un maximo de $1,225,50. Sera abonada en cada quincena bajo el
concepto "INCENTIVO 2016".-
QUINTO: SEGURO DE SEPELIO: Se acuerda y queda establecido un beneficio a favor de todos
los trabajadores comprendidos en el CCT N° 442/06 consistente en un Servicio de Sepelio. A tal fin,
y en los terminos del art. 9° de la Ley 14.250 (T.O. 2004), los empleadores deberan retener de los
haberes que abonan en concepto de Fondo de Sepelio, el equivalente al 1,5% del total de
remuneraciones devengadas, para la cobertura de este servicio al trabajador y su grupo familiar
primario, que se depositara en la Cuenta Corriente N° 33-500/47 del Banco de la Nacion Argentina.
Sucursal Plaza de Mayo que posee la UATRE. La obligacion de retener por parte del empleador,
sera exigible a partir del mes siguiente de la fecha de recepcion de la conformidad por escrito del
trabajador de incorporarse a este beneficio. Ambas partes de comiin acuerdo, establecen que vencido
el termino de este Acuerdo, se mantendran subsistentes los beneficios aqui pactados.-
SEXTO: Los empleadores actuaran comc/^agentes de retencion a partir de su m^mologccion y
durante la vigencia del presente Acuerdo de la.cuota solidaria que deberan descont
Juan Sanchez Ortiz becrefano General
• - '••N' '920A. Saravia • •- '̂ - Salta
OS los
"Sacretariofifemtal Secc N'B77-Ub. Gral. S""-f'^
.I'Kl'W
J'«3UELatJR0-:l ^ A*.j%. Acckir S<xi«|
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£ y
i-0-r* 1. »3 • *
trabajadores y beneficiarios comprendidos en el CCT N° 442/06, que se establece en el 2% sobre el
total de las remuneraciones devengadas. Los montos retenidos en tal concepto deberan ser
depositados hasta el dia 15 (quince) de cada mes, en la Cuenta especial de UATRE N° 26-026/48.
Los afiliados a la Asociacion Sindical quedan exentos del pago de esta cuota solidaria.-
i
Las partes se compromenten a presentar el presente acuerdo para su ratificacion y posterior
homologacion ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Delegacion Salta,
solicitando para ello la correspondiente audiencia.
En dicha oportunidad las partes presentaran las escalas salariales para las restantes categorias.
No siendo para mas se da por terminada el acta firmando los comparecientes previa lectura y
ratificacion se firman seis ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, ^ el luga^\y fecha mas
arriba indicados.
Juan Salrchez Ortiz Secretano General
Secc. N" 920 A. Saravia • " " Salta
Secretano G«ww*K Sect N'877.Ub. Gral. San f M n \ ''''juy
CLAUDtt RAQUEL QUIROGA Sacnt Accibn Social
lw.rin-Lfe.6(iLSin Jmur
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FOLIO
IL - |)j
ANEXOI
Mayo 2016
Categoria
1.- Peon General. Maestranza. Armadores. Clavadores. Alambradores. Rotuladores, Pegadores. Limpieza. Gosechador.
II.- Porteros y Serenos. Descartadores. Peon de Carga y Descarga. Recibidores en cinta transportadora. Romaneo.
III.- Clasificadores. Seleccionador. Ayudantes de Electricistas o Mecanicos. Bascula. Engrasadores. Atencion camara Maduracidn. IV.- Conductor de tractor, de autoelevador, de Tracto-elevador. Atencion camara frigori'fica. Auxiliar de Oficina. Embaladora de 2=-.
v.- Embaladora de 1-. Mayordomo.
Vl.- Capataz de seccion. Mecanico Electricista. Calderista.
Vll.- Capataz General o de planta. Capataz de Cosectia o Monte.
Remunerativo
Jornal
$ 272,56
$ 275,02
$ 283,23
$ 293,82
$297,18
$ 322,00
$325,71
Mensual
$6,814,00
$ 6.875,50
$ 7.080,75
$ 7.345,50
$ 7.429,50
$ 8.050,00
$8,142,75
Gratificacion NO remun.
Jornal
$81,77
$82,51
$ 84,97
$88,15
$89,15
$ 96,60
$ 97,71
Mensual
$ 2.044,25
$ 2.062,75
$2,124,25
$ 2.203,75
$ 2.228,75
$2,415,00
$ 2.442,75
TOTAL
Jornal
$ 354,33
$ 357,53
$ 368,20
$381,97
$ 386,33
$418,60
$ 423,42
Mensual
$ 8.858,25
$ 8.938,25
$ 9.205,00
$ 9.549,25
$ 9.658,25
$10,465,00
$10,585,50
Junio a Agosto 2015
Categoria Remunerativo Gratificacion NO remun.
Jornal Mensual Jornal Mensual
TOTAL
Jornal Mensual
I.- Peon General. Maestranza. Armadores. Clavadores. Alambradores. Rotuladores, Pegadores. Limpieza. Cosechador.
$ 308,00 $7,700,00 $ 46,33 $1,158,25 $ 354,33 $ 8.858,25
II.- Porteros y Serenos. Descartadores. Peon de Carga y Descarga. Recibidores en cinta transportadora. Romaneo.
$310,77 $ 7.769,25 $ 46,76 $1,169,00 $ 357,53 $ 8.938,25
III.- Clasificadores. Seleccionador. Ayudantes de Electricistas o Mecanicos. Bascula. Engrasadores. Atencion camara Maduracidn.
$ 320,05 $8,001,25 $48,15 $1,203,75 $ 368,20 $9,205,00
IV.- Conductor de tractor, de autoelevador, de Tracto-elevador. Atencion camara frigorifica. Auxiliar de Oficina. Embaladora de 2-.
$ 332,02 $ 8.300,50 $ 49,95 $ 1.248,75 $381,97 $ 9.549,25
v.- Embaladora de 1-. Mayordomo. $ 335,81 $ 8.395,25 $ 50,52 $1,263,00 $ 386,33 $ 9.658,25
VI.- Capataz de seccion. Mecanico Electricista. Calderista.
$363,86 $ 9.096,50 $ 54,74 $ 1.368,50 $418,60 $ 10.465,00
VII.- Capataz General o de planta. Capataz de Cosecha o Monte.
$ 368,05 $9,201,25 $ 55,37 $1,384,25 $ 423,42 $10,585,50
Juan SSnchez Ortiz Secretano General
Seca N" 920 A. Saravia U.A.T.R.E - Salta
, . « . . _iTlERREZ Secretario Greml*
Secc. N'877-Ub. Gral S^''!
CLAUDIA ^LQUIRi Sodal
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ANEXO II
Periodo Septiembre a Octubre 2016
Categoria
1.- Peon General. Maestranza. Armadores. Clavadores. Alambradores. Rotuladores, Pegadores. Limpieza. Cosechador.
II.- Porteros y Serenos. Descartadores. Peon de Carga y Descarga. Recibidores en cinta transportadora. Romaneo.
III.- Clasificadores. Seleccionador. Ayudantes de Electricistas o Mecanicos. Bascula. Engrasadores. Atencion camara Maduracidn.
IV.- Conductor de tractor, de autoelevador, de Tracto-elevador. Atencion camara frigorifica. Auxiliar de Oficina. Embaladora de 2-.
v.- Embaladora de 1-. Mayordomo.
VI.- Capataz de seccion. Mecanico Electricista. Calderista.
VII.- Capataz General o de planta. Capataz de Cosecha o Monte.
Remunerativo
Jornal
$ 327,00
$ 330,00
$ 339,88
$ 352,58
$ 356,62
$ 386,40
$ 390,85
Mensual
$8,175,00
$ 8.250,00
$ 8.497,00
$8,814,50
$8,915,50
$ 9.660,00
$9,771,25
Gratificacion NO remun.
Jornal
$ 27,33
$ 27,53
$ 28,32
$ 29,39
$ 29,71
$ 32,20
$ 32,57
Mensual
$ 683,25
$ 688,25
$ 708,00
$ 734,75
$ 742,75
$ 805,00
$814,25
TOTAL
Jornal
$ 354,33
$ 357,53
$368,20
$381,97
$ 386,33
$418,60
$ 423,42
Mensual
$ 8.858,25
$ 8.938,25
$ 9.205,00
$ 9.549,25
$ 9.658,25
$ 10.465,00
$ 10.585,50
Periodo Noviembre 2016 a Febrero 2017
Categorfa Remunerativo Gratificacion NO remun.
Jornal Mensual Jornal Mensual
TOTAL
Jornal Mensual
I.- Peon General. Maestranza. Armadores. Clavadores. Alambradores. Rotuladores, Pegadores. Limpieza. Cosechador.
$ 327,00 $8,175,00 $ 30,05 $751,25 $ 357,05 $ 8.926,25
II.- Porteros y Serenos. Descartadores. Peon de Carga y Descarga. Recibidores en cinta transportadora. Romaneo.
$ 330,00 $ 8.250,00 $ 30,28 $ 757,00 $ 360,28 $ 9.007,00
III.- Clasificadores. Seleccionador. Ayudantes de Electricistas o Mecanicos. Bascula. Engrasadores. Atencion camara Maduracidn.
$ 339,88 $ 8.497,00 $31,15 $ 778,75 $371,03 $ 9.275,75
IV.- Conductor de tractor, de autoelevador, de Tracto-elevador. Atencion camara frigorifica. Auxiliar de Oficina. Embaladora de 2-.
$ 352,58 $8,814,50 $ 32,32 $ 808,00 $ 384,90 $9,622,50
v.- Embaladora de 1-. Mayordomo. $ 356,62 $8,915,50 $ 32,69 $817,25 $389,31 $ 9.732,75
VI.- Capataz de seccion. Mecanico Electricista. Calderista.
$ 386,40 $ 9.660,00 $ 35,42 $ 885,50 $421,82 $ 10.545,50
VII.- Capataz General o de planta. Capataz de Cosecha o Monte.
$ 390,85 $9,771,25 $ 35,83 $ 426,68 $10,667,00
Juan S^hez Ortiz Secretano General
Secc. N" 920 A. Saravia U.A.T.R.E - Salo
VlXTDH-^flERREZ ^sTcreUrio Gremial
Secc N'877-Lib.Gral.SjnW!!'
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ANEXO III
•
Periodo Marzo a Abril 2017
Categoria
1.- Peon General. Maestranza. Armadores. Clavadores. Alambradores. Rotuladores, Pegadores. Limpieza. Cosechador.
II.- Porteros y Serenos. Descartadores. Peon de Carga y Descarga. Recibidores en cinta transportadora. Romaneo.
III.- Clasificadores. Seleccionador. Ayudantes de Electricistas o Mecanicos. Bascula. Engrasadores. Atencion camara Maduracion.
IV.- Conductor de tractor, de autoelevador, de Tracto-elevador. Atencion camara frigorifica. Auxiliar de Oficina. Embaladora de 2-.
v.- Embaladora de 1^. Mayordomo.
VI.- Capataz de seccion. Mecanico Electricista. Calderista.
VII.- Capataz General o de planta. Capataz de Cosecha o Monte.
Remunerativo
Jornal
$ 357,05
$ 360,28
$371,03
$ 384,90
$ 389,31
$421,82
$ 426,68
Mensual
$8,926,25
$ 9.007,00
$ 9.275,75
$9,622,50
$ 9.732,75
$10,545,50
$ 10.667,00
Jtl^rSnc^Ortiz cipcretano General .
s . J c N » 920 A. Saravia
c^/ riERREZ
jecretario Gremial Secc. N* 877-Ub. Gral, S»n Martin
Jujuy
E l QUIROG.*. Social
QmLiutMiilSn
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Kyi{yniAle t̂i<> cle y'ya/i^do.j
(hTnAiea u Kdeaurma^i cfoccal
EXPEDIENTE N°l-225-152.903/16
En la ciudad de Salta, a los un di'a del mes de Junio de 2016, siendo las 10:30 horas, comparecen ante mi, CPN MARIA DEL CARMEN CASTILLO- Relaciones Laborales de la Delegacion Regional Salta del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, por la UNION ARGENTINA DE TRABAJADORES RURALES Y ESTIBADORES, los seiiores: Juan SANCHEZ ORTIZ -DNI N°92.768.095, Victor_ Severo GUTIERREZ DNI N°14.538.821; Claudia Raquel QUIROGA DNI N° 26.475.927, asistidos por la Dra. Karina ETCHEZAR. En representacion del sector empleador, por la ASOCIACION DE PRODUCTORES DE FRUTAS y HORTALIZAS DE LA PROVINCIA DE SALTA, el Doctor Roberto Juan MCLOUGHLIN-DNIN°10.161.515. L /po^ / J % Por la empresa LA MORALEJA SQCIEDAD ANONIMA, el seiior Jorge Daniel GALIANO DNI N° 12.536.691. J ^ ^ ^ ^ Por LEDESMA SOCIEDAD ANONIMA, AGRICOLA INDUSTRIAL, la Dra. Viviana Marcela FERNANDEZ-DNI N°24.612.154. ^ ' ' * | ^ Kt-Reconociendo ambas partes que los nombrados son lo suficientemente representativos de la actividad que se regula mediante la Convencion Colectiva de Trabajo N°442/06 y declaran bajo juramento que las representaciones invocadas se encuentran vigentes y agregadas en el expediente. Abierto el acto por la funcionaria actuante, y concedida la palabra a los comparecientes, manifiestan que vienen por este acto a ratificar en todo los terminos y contenido Acta Acuerdo de Incremento Salarial y Escalas Salariales de fecha 23 de Mayo de 2016, en siete (07) fojas titiles, con vigencia desde Mayo de 2016 hasta Abril de 2017, agregada a las presentes actuaciones, para el personal comprendido en el CCT N°442/2006,.i::::
•Ambas partes, en este acto, solicitan su pronta homologacion. Sin mas, y siendo las 11:10 previa lectura, firman las partes al pie en senal de conformidad, por ante mi que CERTIFICO.
PARTE SINDICAL PARTE EMPRESARIA
^^i'retario Gremial _.̂ .̂, 5^N'877.Ub.r-r.l
Juan banchez Ortiz Secretano General .
Secc. N" 920 A. Sarav.a i,.i..';,T.P.E-S3l'3
.rH-MAt^iA <^yyztm\\-\. "^Aaenclj/TSiTltot'al Salta' "-'Jlnlsler'fl de Trabaio V S.-'