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PODER LEGISlATI VO CONGRESO DE IA REPUBUCA LEY N929783 EL PRESIOENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: EI Congreso de ta Republica Ha dado fa l ey siguiente' EL CQNGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado fa Ley siguienle : LEV DE SEGURIDAD VSALUD EN ELTRABAJO TiTULO P RELIMINAR PRIN CIPI OS 1. PRIN CIPI O DE PREVEN CI6N EI eropeeocr garanliza . en el centro de Irabajo. el establecimienlo de los medics y condidones que protejan la vida. ta satud y el bienestar de los trabejadores. y de aquellos que, no temendc vinculo Iaboral. prestan services 0 se encoentran centro del ambito del centro de labores . Debe considerar tactores sociales. laborares y biol6gicos. onerenctaoc s en funci6n del sexo. incorporando la dimension de genera en la evaluaci6n y prevenci6n de los riesgos en la salud laboral. II. PRINCIPIO DE RESPONSABILIDAD EIempleadcr asume las implicancias econ6micas. legales y de cualquier otra indole a consecuencta de un accidente 0 enreereeeo que sutra er trabejador en et desem peno de sus tunc rooes o a consecuencia de er. coororrre a las normas vigente s 1 Ill. PRINCIPIO DE COO PERAC I6N EI Estado, los empleadores y los trabajadores, y sus organ izaciones sindicales establecen mecanismos que ga ranticen una permanent e colaboraci6n v cocnnnacron en materia de segurid ad y salud en el trab ajo. IV. PRINCIPIO DE INFORMA CION Y CAPACITACION las crqan z acicn es sindicale s y los trabajadores reciben del empleador una coortuna y adecuada Informacion y capacrtacion preventfva en ta tarea a desarrollar, con entasis en 10 potenci alment e riesgoso para la vida y salud de los trabajadores y su familia . V. PRINCIPIO DE GESTI 6N INTEGRAL Todo empleador promueve e integra la gesti6n de ta seguridad y safud en el trabaio a la gest i6n general de la empresa VI. PRINCIPIO DE ATENCION INTEGRAL DE LA SAl UD los trabajadores que sufran alqun accidente de lrabajo 0 enfermedad ocu pacion al tienen derecho a las prestaciones de salu d necesarias y sufici entes hasta su recuperaci6n v rehabilitaci6n. procurando su reinserci6n raoorat. VII. PRINCIPIO DE CONSULTA Y PARTICIPACION EI Estado promueve mecamsmos de consults y partkip acion de las organizaciones de empleado res y trabajadores mas representatives y de los actores soc aies para la adopci6n de mejoras en materia de seguridad y salud en el trabajo. VIII. PRINCIPIO DE PRIMACiA DE LA REALIDAD l os empleadores. los trabejadores y los representantes de ambos, y cemas entoaoes pubficas y privadas responsables del cumphrmento de ra Iegislad6n en seguridad y salud en ettrabejc bnndan mrormaccn cornpleta y veraz score la materia. De existir discrepancia entre er soporte documental y la realidad. las autoridades optan por 10 constatado en la realidad.

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PODER LEGISlATI VO

CONGRESO DE IA REPUBUCA

LEY N929783

EL PRE SIOENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO :

EI Congreso de ta RepublicaHa dado fa l ey siguien te'

EL CQNGRESO DE LA REPUBLI CA ;

Ha dado fa Ley siguienle :

LEV DE SEGURIDAD VSALUDEN ELTRABAJO

TiTULO PRELIMINAR

PRINCIPI OS

1. PRINCIPI O DE PREVEN CI6NEI eropeeocr garanliza . en el centro de Irabajo.el establecimienlo de los medic s y condidonesque protejan la vida. ta satud y el bienestarde los trabejadores. y de aquellos que, notemendc vinculo Iaboral. prestan services 0se encoentran centro del ambito del centro delabores. Debe considerar tactores sociales.laborares y biol6gicos. onerenctaoc s en funci6ndel sexo. incorporando la dimension de generaen la evaluaci6n y prevenci6n de los riesgos en lasalud laboral.

II. PRINCIPIO DE RESPONSABILIDADEIempleadcr asume las implicancias econ6micas.legales y de cualquier otra indole a consecuenctade un accidente 0 enreereeeo que sutra ertrabejador en et desem peno de sus tunc rooeso a consecuencia de er. coororrre a las normasvigentes

1Ill. PRINCIPIO DE COOPERACI6N

EI Estado, los empleadores y los trabajadores,y sus organ izaciones sindicales establecenmecanismos que garanticen una permanentecolaboraci6n v cocnnnacron en materia deseguridad y salud en el trabajo.

IV. PRINCIPIO DE INFORMA CION YCAPACITACIONlas crqan z acicn es sindicales y los trabajadoresreciben del empleador una coortuna y adecuadaInformacion y capacrtacion preventfva en ta tareaa desarrollar, con entasis en 10 potencialmenteriesgoso para la vida y salud de los trabajadoresy su familia .

V. PRINCIPIO DE GESTI6N INTEGRALTodo empleador promueve e integra la gest i6nde ta seguridad y safud en el trabaio a la gest i6ngeneral de la empresa

VI. PRINCIPIO DE ATENCION INTEGRAL DE LASAl UDlos traba jadores que sufran alqun accidentede l rabajo 0 enfermedad ocupacion altienen derecho a las prestaciones de salu dnecesarias y sufici entes hasta su recuperaci6nv rehabilitaci6n. procurando su reinserci6nraoorat.

VII. PRINCIPIO DE CONSULTA Y PARTICIPACIONEI Estado promueve mecamsmos de consultsy partkipacion de las organizaciones deempleadores y trabajadores mas representativesy de los actores socaies para la adopci6n demejoras en materia de seguridad y salud en eltrabajo.

VIII. PRINCIPIO DE PRIMACiA DE LA REALIDADl os empleadores. los trabejadores y losrepresentantes de ambos, y cemas entoaoespubficas yprivadasresponsables del cumphrmentode ra Iegislad6n en seguridad y salud en ettrabejcbnndan mrormaccn cornpleta y veraz score lamateria. De existir discrepancia entre er soportedocumental y la realidad. las autoridades optanpor 10 constatado en la realidad.

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IX. PRINCIPIO DE PROTECCI6NLos trabajadores uenen derecho a que el Estadoy los empleadores aseguren condiciones detrabaJo dignas que les garanticen un estacc devida saludable, fisica , mental y socialmente.en forma continua Dichas condiciones debenpropender a:

a) Que er !rabaJo se desarrolle en un ambienleseguro y saludable.

b) Que las condiciones de trabaJo seancompatibles con er bienestar y ta dignidadde los trabajadOfes y ceezcan posib~idades

reales para erklgrode los objelivos persooaiesde los trabaJadores

TiTULO I

DISPDSICIONES GENERALES

Articulo 1. Objeto de la LeyLa Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo bene como

objetivo promover una cullu ra de prevenci6n de riesgosIaborales en el pais . Para enc. cuenta con el deber deprevencen de los empleadores. el rol de fisca lizaci6n ycontrol del Estado y Ia participaciOn de los trabajadoresy sus organizaciones sinchcales , qusenes, a travesdel dialogo social, vetan por Ia promoci6n, difusiOn ycumpl,miento de Ia normativa sobre Ia matena

Articulo 2. Ambi to de apl iCacl 6nLa presente Ley es aplieable a todos los sectores

econ6micos y de seveee: comprende a todos losempleadores Y los Irabajadores bajo el regimen laboralde Ia aetividad privada en todo er tefTitorio nacional ,trabajadores y funcionarios del sector publico. trabaJadoresde las FuerzasArmadas y de la Policia Nacional del Peru,y trabajadores por cuenta propia.

Articul o 3. Normas minimasLa presente Ley establece las noona s minim as para

la prevenci6n de los riesgos Isborales. pudiendo losempleadores y los trabaJadores establecer librementeniveles de protecci6n que mejoren 10 previsto en lapresente norma,

TITULO II

POL ITICA NACIONAL DE SEGURIOAOY SALUO EN EL TRABAJO

Articul o 4. ObJeto de la Politica Nacional deSegu ridad y Salud en el Trabajo

EI Estado, en consutta con las organizaciones masrepresentat ivas de emplead ores y de trabajadores, tienela obligaciOn de formular. poner en practica y reexaminarperiOdicamenle una Po1itica Nacional de Segurktad y Saluden el TrabaJo que tenga por objeto preven ir los accidentesy los daM s para la salud que sean consecuencia dellraba jo , guarden relaciOn con la activid ad laboral 0sobreve ngan durante el trabalo, reduciendo al minimo, enla medida en que sea razonable y faetible, las causas delos riesgos inherenles al medio ambienle de trabajo.

Articu lo 5. Esferas de accl6n de la Politico NacJonalde Seguridad y Salud en el Trabajo

La Polit ica Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajodebe tener en cuenl a las grandes esferas de acciOnsiguientes. en la medid a en que afeden 101 segurid ad y Iasalud de los trabajadOfes'

a) Mectidas para combatir los riesgos pl"ofeSiOnalesen el ongen, diser.o, ensayo , elec:ciOO, reempl azo.instalaCi6n,dlSposici6n ,utilizaci6ny mantenimientode los COfT1Xlnentes materiales del !raba jo (comolos lugares de trabaJO, mediOambiente de trabaJo.hefTamientas, maquinafia y equipo, sustancias yagentes qu imicos,biOl6gicosy fisicos, operacionesy pl"ocesos).

2b) Medidas para connciar y evaluar los riesgos v

peligros de trabajo en las relaciones exetentesentre los componentes matenares del Irabajo ylas personas que 10 ejecutan 0 supervisan. y en101 adaptacc n de ta maqumaria, del equipo. deltiempo de trabajo, de ra organizatiOn dellrabajo yde las operadones y procesos a las capacidadesfisicas y mentales de los trabejadcres.

c) Medklas para Is rormacon. induida Ia formaci6ncomplementaria necesana. calificaciones ymotivadOn de las personas que intervienen paraque se alcancen niveles adecuados de seguriclade higiene.

d) Medidas de comunicsci6n y cooperaCi6na nivelesde grupe de trabaJO y de empresa y en todoslos niveles apropiados , hasta er nivel nacionalinclusive.

e) Medklas para garantizar Ia ~nsaci6n 0reparaci6n de los eaees sufriclos per el trabajadoren casosde acceeoreece trabajo 0 enfermedadesecoceceoees. y establecer los proced imientospara Ia rehabilrlaciOn integral, readaptaCi6n,remserccn y reubica ci6n laboral per discapacidadtempora l 0 cermaoente.

Arti culo 6. Responsa bi li dades eon la Po lit icaNacional de Seguridad 'I Salud en el Trabajo

La formula ci6n de Ia Polil iea Naoonal de 5eguriclady Salud en el Trabajo a que Be rerere el articulo 5 debepredsar las funciones y responsabllidades resceceves .en materia de seguridad y salud en el !rabajo , delas autoridades cceueee. de los empleadores, de lostrabajadores y de otros organismos intervinientes ,tenierido en cuenta el caraeer comptementariO de lalesresponsabilidades

Articylo 7. EJ18men de la Poli t ico Nac ional deSeguri dad y Salud en el Trabajo

Para los etectos del exemen de la Politics NaCiOnal de5eg uridad y Salud en el TrabaJO, Is srluaci6n en materiade seguridad y salud de los trabajadores debe ser objeto ,a intervales adecuados, de examenes globales 0 relativosa determinados sedores, a fin de idenlificar los problemasprincipa les, elaborar medics eficaces para resolverlos ,definir el orden de prelaci6n de las medldas que haya quetomar y evaluar los resultados

TiTULO III

SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDADY SALUO EN EL.TRABAJO

Articulo 8. Objeto del Sistema Nacional deSegur idad y Salud en el Trabajo

Crease el Sistema Nacional de Seguridad y Saluden el Trabajo, con participaciOn de las organizacionesde empleadores y trabajadores, a flO de garantizar taprotecciOn de todos los trabajadores en el ambito de laseguridad y salud en ellrabaJO.

Art icylo 9. lnstanc las del Sist ema Nacional deSeguridad 'I Salud en el TrabaJo

El Sistema National de Seguridad y Salud en elTrabajo esUi conformado por las siguien tes inslandas '

a) EI Conse/o Nacional de Segurid ad y Salud en elTrabaJo.

b) Los consejos regiOnales de segundad y salud en eltrabajo ,

CAPITULO I

CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDADY SAlUD EN EL TRABAJ O

Articulo 10, Naturaleza y composici 6n del COflsej oNac ional de Seguridad y Salud en el TrabaJo

Crease el Consejo Nacional de Seguridad y Salud enel Trabajo, como instancia rrnh ima de c:oncertaei6n demateria de seguridad y salud en el trabaJO. de naturaleza

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tripartita y adscrita at sector trabejo y promoci6n delempleo.

EIConsejo Nacionald e Seguridad y Salud en erTrabajoesta conrorrnaoo por los siguientes representantes:

a) Un representante del Minislerio de Trabajo yPrcmocicn del Empleo, quien 10 preside.

b) Un representante del Ministerio de Salud.c) Un representante del Centro Nacional de Salud

Ocupaciona l y Protecci6n del Medio Ambientepara fa Salud (Censcpas).

d) Un representante de ESSALUD.e) Cuatro representantes de los gremios de

emcieaoc ree a propuesta de la Confederaci6nNacicnat de lnstituc ones Empresar iales Privadas(Conhep).

f) cuatro reoresentantes de las cemrales sindicalesa propuesta de la conteoeracron General deTrabajadores del Peru (CGTP), la Central Unitariade Trabajadores (CUT), Ia Confederaci6n deTrabajadores del Peru (CTP) y la CentralAut6nomade Trabajadores del Peru (CATP).

La acreditaci6n de la designaci6nde los representantesde los gremios de ra cconec y de las cenneies sindicaieses erectuaoa per tesolucicn ministerial del Ministerio deTrabajo y Promoci6n del Empleo. a propuesta de lasreretc as orqanizacicnes. EI plazo de ra designaci6n espor dos alios , pudiendo ser renovable.

Articulo 11. Func iones del Consejo Naciona l deSegu ridad y Salud en el Trabajo

Son funciones del Consejo Nacional de Seguridad ySalud en el Trabajo las siguientes:

a} Formular y aprobar la Politica Nacionat deSequndad y Salud en el Trabajo. y erectuar elseguimiento de su ecucecoo.

b} Articular fa responsabilidad y las funconesrespectrvas. en materia de seguridad y salud en etlrabajo, de los representantes de los lrabajadores,de las autoridades puhlicas. de los empleadores,de los trabajadores y de ctros organismosinlervinientes para la ejecuci6n de la Polil icaNacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.teniendo en cuenta el caracter complementario detales responsabilidades.

c) Plantear moontcaccnes 0 propuestas denormat iva en seguridad y salud en er trabaio, asrcomo de ecucecco 0 ratmcacon de Instrumentcslntemaconales sobre (a materia.

d) Implementar una culture de orevencon de riesgoslaborales, aumentando et grado de sensbuaacon,conocimiento y compromiso de la poblacicn engeneral en materia de seguridad y salud en eltrabajo, especialmente de parte de las autoridadesgubernamentales, empleadores, organizadonesde empleadores y lrabajadores,

e} Articular y coordinar acciones de cooperaci6ntecnica con los sectores en materia de seguridad ysalud en et trabajo.

f) Coordinar acciones de capacitad6n . formaci6nde recursos humanos e investigacion cientifica enseguridad y salud en eltrabajo.

g) Fortalecer el Sistema Nacional de Registro yNotificaci6n de InformaciOn de Accidentes yEnlermedades Profesionales, garantizar sumantenimiento y reporte. y facil~ar el intercambiode estadisticas y datos sobre seguridad y salud enet trabajo entre las autoridades competentes, losempleadores, los trabajadores y sus representantes.

h} Garantizar el desarrollo de servicios de salud enel trabajo, de conformidad con la legislaci6n y lasposibilidades de los actores del sistema.

i) Fomentar fa ampliaci6n y universalizaci6n delsegura de trabajo de riesgos para todos loslrabajadores,

j) Coordinar el desarrollo de acciones de difusion einformaci6n en seguridad y salud en el trabajo,

3k) Velar por er cumplinuento de la normativa score

prevencon de nesqos raboraies. arncuranoc lasactuaciones de tscauzaccn y control de parte delos actores del sistema.

I) Ftscanzer er cumplimiento de fa Pounce Nacionalde Seguridad y Salud en el Trabajo.

Articul o 12. Secretaria 'recnica del ConsejoNacional de Segu ridad y Salud en el Trabajo

EI Ministerio de Trabajo y Promoci6n del Empleo. atraves de laDirecci6n General de Derechos Fundamentalesy Seguridad y Salud en er Trabajo, actua como secretertetecoce del ccosejc Nac onat de Seguridad y Salud enerTrabajo.

CAPiTULO 11

CONSEJOS REGIONALES DE SEGURIDADY SAlUD EN El TRABAJO

Articu lo 13. Objeto y composlc jc n de los Cons ejosRegionales de Segu ridad y Salud en el Trab ajo

creeose los ccoserce Regionales de Seguridad ySalud en el rrecejc como ostancras de ccncenaconregional en materia de seguridad y eeiuo en el trecejc .de natureleza vcernte y de apcyo a las direccionesregionales de trabaio y promocion del empleo de losgobiernos regionales

El ccreejc Regional de Seguridad y Salud en elTrabajoesta conformado por los siguientes represenlantes:

a) Un representante de la urrecctoe Regionalde Trabajo y Promoci6n del Empleo, quian 10preside.

b) Un representante de fa Direcci6n Regional seiuc .c) Un representante de la Red Asistencial de

ESSALUD de ta regi6n.d) r reerepresentantesde losgremiosde empleadores

de fa regi6n, a propuesta de fa ccnrecerecooNaclonat de lnstitucicnes Empresariales Privadas(Conliep).

e) Cualro reoresentantes de las organizacionesde trabajadores de la regi6n, a propuesta dela Confederaci6n General de Trabajadores delPeru (CGTP), la Central Unitaria de Trabajadores(CUT), la Confederaci6n de Trabajadores del Peru(CTP) y la Central Aut6noma de Trabajadores delPeru (CATP),

La acreditaci6n de ra deaqnacion de losrepresentantes de los gremios de empleadcres y detrabajadores es erectuaoa por resolucion .cirectcral de taDireccicn Regional de Trabajo y Prcrnocicn del Empleo, apropuesta de las organizaciones selialadas. EI plazo de ladesiqnaclon es per dos alios , pudiendo ser renovable

Articu lo 14. Funciones de los Consej os Regionalesde Seguridad y Salud en el Trabajo

Son funciones de los Consejos Regionales deSeguridad y Salud en el Trabajo las siguientes:

a) Formular y aprobar los programas regionalesde seguridad y salud en el trabajo, y efectuar elseguimiento de su aplicaci6n.

b) Articular las funciones y responsabilidadesrespectivas, en materia de seguridad y satud en eltrabajo, de los representantes de los IrabaJadores,de las autoridades publicas, de los empleadores ,de los trabajadores y de otros organismos para laejecuci6n del programa regional de seguridad ysalud en el trabajo ,

c) Garantizar. en la regi6n, una cu~u ra de preventi6nde riesgos laborales, aumentando el grado desensibilizaci6n, conocimiento y compromisode la poblaci6n local en materia de seguridady salud en el trabajo, especialmenle de partede las autoridades regionales, empleadores,organizaciones de empleadores y organizacionesde los trabajadores.

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d) Garantiza r, en la reg i6n y en los Iuqares de trabajo ,ra adopci6n de potiticas de seguridad y safud y raccnstitucionde comites mixtos de seguridad ysated.as! como er nombramento de representantes delos trabejadores en materia de seguridad y saluden el trabajo. de conformidad con la Ieqislacicnvigente,

e) Coord inar acciones de csoacrtacicn regional.fcrrnacicn de recursos humanos e investigaci6ncientifica en seguridad y salud en ellrabajo .

f) Implementar el Sistema Regional de Registro deNotificaciones de Acciden tes y EntermedaoesProfesicnalesen la reg i6n, tacrnanocel intercambicde eeteoretces regionales y datos score seguridady salud en er trabajo entre las autoridadescornpetentes. los empleadcres. los trabaiadores ysus representantes

g) Promover e! desarrollo de servicios de salud en ettrabajo en ta regi6n, de conformidad con la legislationy las posibilidades de los actores de la region.

h) Fomentar la ampl iaci6n y universalizaci6n delsegura de trabajo de riesgos para todos lostrabejadores de la regi6n .

i) Cccroinar el desarrollo de ecccnes de difusi6nregional e informaci6n en seguridad y salud en eltrabajo

j) Velar por er cumpl imiento de ta normawa sobreorevencon de riesgos taboreles. articulando lasactuaciones de nscanaacton y control de parte delas instituciones regionales ,

Articulo 15. Sec reta r ia Tecnica de los ConsejosReg ionales de Seg uridad y Salud en el Trabajo

La utreccicn Regional de Trabajo y Promocicn delEn-pee. a traves de su area competen te, actua comosecretarre tecnrce del Consejo Regional de Seguridad ySalud en el rrecejc respective.

Artlcylo 16. Rol suprarrector de los sectorestrabajo'J saruc

EI Ministerio de Trabajo y Prcmocon del Empleo ,asf como el Ministerio de Salud, son organismossuprasectoriales en la prevencicn de riesgos en materiade seguridad y salud en el Irabajo , que coordinan con elministerio respective las acciones a adoplar con este fin,

TiTULO IV

SISTEMA DE GESTI6N DE LA SEGURIDADY SALUD EN EL TRA BAJO

CAPi TULO I

PRINCIPIOS

Articu lo 17, Sistema de cesucn de la Segu ridad ySalud en el Trabajo

EI empleador debe adopta r un enfoque de sistemade gesti6n en el area de seguridad y saiuc en el frabejo .de conformidad con los mstrumentos y directricesmternaclonaies y la legislaci6n vigente .

Articu lo 18. Principios de l Sistema de Gestion dela Seguridad y Salud en el Trabaj o

EI Sistema de Gestion de la Seguridad y Salud en elTrabajo se rige por los siguienles principlos:

a) Asegurar un compromiso visible del empleadorcon la salud y seguridad de los trabajadores

b) Lograr coherencia entre 10 que se planifica y 10 quese rea liza.

c) Propender al mejoramiento cont inuo, a traves deuna metodologia que 10 garan tice.

d) Mejorar la autoestima y fomentar el trabajo enequipo a fin de incenl ivar la cooperaciOn de lostrabajadores.

e) Fomentar la cultura de la prevenci6n de los riesgoslabora les para que toda la organizaci6n interioricelos conceplos de prevenci6n y proactividad ,promoviendo comportamientos seguros.

4f) Crear oportumdaces para alentar una empatia del

empleadcr hacia los traoejaoores y vceversag) Asegurar la edstenca de medics de

retrcatsnentacion cesoe los trabejadores atempleadoren seguridad y salud en el trabajo.

h) Disponer de mecanismos de reconocim iento alpersonal proactivo interesado en el mejoramientocontinuo de la seguridad y salud laboral .

i) Evaluar los principales riesgos que puedanccasrcnar los mayores perjuicios a la salud yseguridad de los trabajadores, al emp leador yotros .

j) Fomentar y rescetar ra pamcipacion de lasorganizaciones sindicaies-0, en oerectcde estes.la de los representantes de los trabajadores- enlas decisicnes score la seguridad y salud en erfrabsjo.

Articulo 19. Parti ci paci 6n de los trabajadores enel Sistema de Gesti6n de la Seg uridad y Salud en elTrabaj o

La participaci6n de los trabajadores y susorganizaciones eroncetee es indispensab le en erSistemade Gesti6n de \a Seguridad y Salud en el Trabajo , respectode 10 ecueote.

a) La consults. informacion y capacitacicn en todoslos aspectos de ta seguridad y salud en er frabejo.

b) La convocatoria a las eiecccnes. la eteccicn y elfuncionamiento del comne de seguridad y salud enel trabajo

c) EI reconocimiento de los represenlantes de lostrabajadores a lin de que ellos esten sensibilizadosy comprometidos con el sistema.

d) La oeonncecon de tee peligros y la evaluacicn delos riesgos er interior de caoa unidad empresarial yen la eieocrecrco del mapa de riesqcs.

Articulo 20. Mejoramiento del Sistema de Gesti6nde la Seguridad y Salud en el Trabajo

La metodolog ia de mejoramiento continuo del Sistemade cestcn de la Seguridad y Salud en el Trabajo cons idera10 siguiente:

a) La identificacion de las desviaciones de laspractices y condiciones aceptadas como seguras.

b) EI estabfeomientc de estancares de securceo.c) La medicion cenoctce del ceeemceec con reecectc

a teeestandares.d) La evaluacion periodica del desempenc con

rescecto a los estandarese) La correcci6n y reconccmientc del desempeno.

Articulo 21. Las med idas de prevenci6n yprotecci6n del Sistema de uesnon de la Segu ridad ySalud en el Trabaj o

Las medidas de prevenci6n y protecc i6n dentro delSistema de cesucn de la Seguridad y Salud en el Trabajose aphcan en el siguienle oroen de pnondad;

a) Ehmmacion de los peligros y nespos. Se debecombalir y controlar los riesgos en su origen,en el medio de transmisi6n y en el Irabajador,privilegiando el control colect ivo al individual

b) Tratamiento, control 0 aislamiento de los peligrosy riesgos, adoptando medidas tecnicas 0administra tivas.

c) Minlmizar los peligros y riesgos, adoptandosistemas de trabajo segura que incluyandisposiciones administrativas de control,

d) Programar la sustituci6n progresiva y en labrevedad posible, de los procedim ientos, tecnicas,medios , sustancias y productos peligrosos poraquellos que produzcan un menor 0 ningun riesgopara el trabajador

e) En Ultimo caso, facilitar equipos de proteccionpersonal adecuados , asegurandose que lostrabajadores los utilicen y conserven en formacorrecla,

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CAPiTULO II

POLITICA DEL SISTEMA DE GESTI6N DE LASEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Arti culo 22. Politica de l Sistema de Ges ti6n de laSeg uridad y Salud en el Trabajo

EI empleador, en ccnscna con los trabajadcres y susrepresenlantes, expone por escrito ta politica en materiade seguriclad y salud en ertrabajo . que debe:

a) Ser eeceeece para la organizaciOn y apropiada asu tamal'io y a Ia naturaleza de sus adividades.

b) Ser concee . estar redactada con c1ariclad. estarlechada y hacerse efediva mediante Ia firmao encloso del empleador 0 del representantede mayor rango con respons abilidad en IaorganizatiOn.

c) Ser difundida y facilmenle eceesee a todas laspersonas en ellugar de ttabajo

d) Ser actualizada pefi6clicamente y ponerse adisposici6n de las partes oteresacas extemas.segun corresponcla

ArticulO 23. Princ ipios de la Politica de l Sis tema deGesti6n de Ia 5eguri dad y Sal ud en el Trabajo

La Politica del Sistema de Gesti6n de Ia Seguridad ySalud en el Trabalo incluye , como minimO. los siguientesprincipios y objetivos funclamentales respecto de loscuales la organiz ati6n expresa su compromlSO:

a) La prOlecc:i6n de la seguridad y salud de tcooslos miembros de Ia organizaci6n mediantela preventiO n de las eeeoes, coencas.enfermedades e mcoentes relacionados con eltrabajo

b) EI cumpllmiento de los requisrtos legalespertinentes en materia de seguridad y salud enet trabajo . de los programas voluntario s. de Iarlegooaci6n coled:iva en segundad y salud en eltrabajo. y de Olras presctipciones que susct iba IaorganizatiOn.

c) La garanti a de que los Irabaja dores y susrepresenl antes son consultados y participanactivamente en todos lOS elementos del Sistemade Gesh6n de ta 5eguridad y Satud en el Trabajo.

d) La mejora contmua det desempello de l Sistema deGestiOn de la Seguridad y Salud en et Trabajo.

e) El Sistema de Gesli6n de la Segurid ad y Salud enel Trabajo es compatible con los olros sistemas degesti6n de ta organizaciOn, 0 debe eslar integradoen los mismos

Articulo 24. La participacl6n en el Sistema deGestiOn de la Seguridad y Salu d en el Trabaj o

La participaci6n de los trabajad ores es un elementoesencial del Sistema de GestiOn de la Seguridad ySalud en el Trabajo en la organizaci6n. EI empleadorasegura que lOS trabajadores y sus representantes sonconsultados , informados y capacitados en lodos losaspectos de seguridad y salud en el trabaJO relacionadoscon su trabajo. incluidas las disposiciones retativas asituaciones de emergencia.

Articylo 25. Facilidades para ta participac i6nElempleador adoptameclldasparaque los trabajadores

y sus representantes en materia de segundad y saluden el trabalo , dlspongan de tlenlpO y de recurses paraparticipar activamente en los procesos de organiz aciOn.de planificatiOn y de aplicati6n, evaluatiOn y acci6ndel Sistema de GestiOn de Ia Seguridad y Salud en elTrabaJO.

CAPiTULO III

ORGANlZACI6 N DEL SISTEMA DE GEs n 6 N DE LASEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Art iculo 26. l iderazgo de l Sis tema de Gesti6n de laSeguridad y Salud en et Trabajo

5El Sistema de GestiOn de la Seguridad y Salud en et

Trabejo es respons abihdad det empleador, quien asumeer liderazgo y compromiso de estes adividades en laorganizaci6n. EI emple ador delega las funciones y laautoridad necesaria at personal encarg ado del desarrollo,apticaciOn y resultados del Sistema de GestiOn de la5eg uridad y Salud en er Trabajo. quien rinde cuentas desus acciones al empleador 0 autoridad corcetente. enono 10exime de su eeeer de prevenci6n y, de ser et case .de resarcmento.

Articulo 27. Disposlc i6n de l l rabajador en taorganizac i6n del trabajo

EI empleador define los requisltos de competenciaeecesaros para ceca poesto de Irabajo y adoptadisposiciones para que tcecIrabalad~ de la organizatiOneste capactsdo para asumir ceceres y obligacionesrelativos a Ia seguridad y salud , debiendo establecerprogramas de capacitatiOn y entrena mento como partede \a jomada \aboral , para que sa !ogren y manlengan lascoereetenoas esteeeeees.

Arti culo 28. Reg istros de l Sistema de Gesti6n de IaSegurldad y Salud en el Trabajo

Elemp leador implementa los reglStrosydocumentaci6ncer Sistema de Gesti6n de Ia Seguridad y Salud en erTrabajo . pudiendo estes ser ne veocs a naves de mediasfisicos 0 eledr6nicos. Estos registros y documenlos eeeeeestar actualizados y a d ispoSiCi6n de los trabaladores yde Ia autoridad cceeetente. respetando el deredlo a Iaconficlencialidad.

En el reglamento sa estaeecen los registrosobligatorios a cargo del empleador. l os reglstros relativosa enfermedades ocupacionales sa conservan por unceococ de vemteaacs.

Articulo 29. Com ites de segurldad y salud en attrabajo en el Sistema de Gesti6n de la 5eguridad ySalud en el Traba jo

Los empleadores con veinte 0 mas trabajadores a sucargo constltuyen un comlte de segurid ad y salud en ettrabajo, cuyas funciol'W!s son definidas en el reglamento. elcual eSIa conformado en forma paritaria por igual numerode represenlantes de la parte emple adora y de la partetrabajadora l os empleadores que cuen ten con sindicatosmayorilarios incorporan un ml8mbro del respedivosindicato en ca lidad de observador.

Artj cu10 30. Supe rvisor de seguridad y salud en eltrabajo

En los centros de trabajo con menos de veintetrabajadores son los mismos trabajadores quienesnombran a! supervisor de seguridad y salud en el trabajo.

Articul o 31, Electi6n de los representaotes ysupervisores

Sonlostrabajadoresquieneseligenasusrepre senlan tesante el comite de seguridad y salud en el trabalo 0 sussupervisores de seguridad y salud en el trabaJo. Eo loscentros de trabajo en donde existen organizacionessindicales, la organizaciOn mas representativa convoca alas elecciones del comite paritario, eo su defedo, es laempresa ta responsable de la convoca toria.

Articulo 32. Facilidades de los represeo tao tes ysupervisores

Los miembros del comlte parrtario y supervisores deseguridad y salud en el IrabaJo gozan de licencia congoce de haber para la realizaci6n de sus funciol'W!s. deprotecciOn contra el despido incausado y de facilidadespara et desempel'io de sus funciones en sus respedivasareas de trabalo, seis meses anles y hasta seis mesasc1espues deltermino de su funci6n .

Art icul o 33. Autoridad del comite y del supe rvisorEI comile de seguridad y salod , et supervisor y

lodos los que participen en el SiStema de Gesb6n de IaSeguridad y Salud en el Trabajo cuenlan con Ia autoridadque requieran para llevar a cabo adecUadamente sus

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lunciones.Asimismo, se les otorga dislin tivos que perrmtana los trabaiadores identificarlos ,

Articulo 34. Reg lamento Intemo de se guridad ysa lud en ellrabajo

Las emp resas con veote 0 mas trabajadores elaboransu reglamento interno de seguridad y salud en et trabajo ,de conformidad con las disposiciones que estaeezca elreglamento.

A rticu lo 35, Responsabilidad es de l empleadordent ro del Sistema de GestiOn de la Seguridad y Saluden el Trabajo

Para tnejorar el coocceneote sobfe la seguridad ysalucl en elltabaJO. el empleadOl'debe :

a) Entregar a cada Itabalador ecce del reglamentointerno de seguridad y salud en el trabajo .

b) Realiza r no menos de cuatro capactaccnes al ar\oen maleria de segu tidad y salud en er IrabaJO.

c) AdJuntar at cconatc de trabaJo Ia descripci6n delas recomendaciones de segu ndad y salucl en eltJabajo

d) Brindarfao liclades econ6micas y licenciascon gocede necer para la part icipaCi6n de los Irabajadoresen ClJrs05 de fotmaCi6n en ta mate ria

e) Elaborar un mapa de nesgos con la par1lcipaCi6nde ta organizaCi6n Sindical, recreeenteotee de losltabaJadores , delegados y el comrte de seguridady salucl en er trabajo , el ccardebe exh ibirse en unlugarVlSlble ,

A rt ic ulo 36 , Serv icios de seguridad y salud en eltra baj o

'rccc empleador Ol'ganiza un serviOO de segutidad ysallJd en el trabajo propio 0 ccmcn a vanes eroeeccree.cuya finaliclad es esencia lmente preventwa.

Sin perju icio de la responsabiliclad de eeee empleadorrescectc de la salucl y la seg uridad de los trabejaooresa quienes emplea y habicla ecenta de la necesidad deque los trabajadores partiCipen en materia de salucl yseguridad en elltabajo, los servicios de salud en el trab aJOaseguran que las funcion es siguientes sean adecu adas yapropiadas para los nesgos de la empresa para la saluclen el trabajo:

a) IdentlficaciOn y evalu aciOn de los riesgos quepueda n afectar a la salud en el lugar de trabajo.

b) Vigilancia de los factores del medio ambiente detrabaJo y de las p r~ eti cas de trabajo que pued anafectar a la salud de los trabajadores, incluidas lasinstalaciones sanitarias , comedores y alojamientos ,ClJando estas facilidades sean proporcionadas porel empleador.

cj Asesoramienlo sobre la pla nificaciOn 'I laorganizac iOn de l trabajo, incluido el disel'io delos luga res de trabajo, sabre la selecciOn, elmanten imiento y el estado de la maquinaria y delos equipos y sabre las substancias utilizadas en eltrabaJo.

d) ParticipaciOn en el desarrollo de programas para elmejoramiento de las pr~cticas de trabajo , as! comoen las pruebas y la evaluaciOnde nuevas equipos,en relaciOn con la salud

e) Asesoramiento en materia de salud , de seguridade higiene en el trabajo y de ergonom ia, asi comoen materia de equipos de protecci6n individual ycolectiva

f) VlQilancia de la salud de los trabajadores enrelaci6n con elltabajo.

g) Fomento de la adaptaciOn del traba jo a lostrabajadores

h) Asistencia en pro de Ia ad0pci6n de mediclas derehabihtaci6n PfofeSional.

i) Co laboraci6n en la dlfuSi6n de inform aciones , enIa formaci6n y educaei6n en materia de salud ehigiene en el trabajo y de ergonomia .

j) Orga nizaci6n de los prime ros auxilios y de Iaatenci6n de urgencia

6k) Partrcpacic n en el anausrs de los accidentes del

trabajo y de las enfermedades profesionales .

CAPiTULO IV

PLANIFICA CI6N Y APLICACI6N DEL SISTEMADE GEsn6N DE LA SEGURIDAD

Y SALUD EN EL TRA BA JO

A rt iculo 37. ElaboraciOn de li nea de base delSis tema de Gestion de la Seg uri dad y Salud en erTrabajo

Para establecer el Sistema de Ges li6n de 5eguridady Salud en el Trabajo se rea liZa una eva luaci6n inidal 0esnsnc de linea de base como d,ag nOstlCQ del esteccde Ia salucl y seg uridad en er \ta baja . Los resull.adosoblenidos son comp arados con 10 esta blecid o en esla Leyy otros dispo$itivos legales pertinentes, y Sirven de basepara planificar, apliea r el sistema y como refe rencia paramadir su mejora con\lnua La evaluaCi6n es aceesible atcocs los trabaJadores y a las organizaciones sindicales

Articulo 38. Plan ifi caci 6n del Sistema de Gestionde Ia Seguridad y Salud en el Trabaj o

La planificaci6n, desarrollo y aplicaci6n del Sistema deGestiOn de ta Seguridad Y Salud en erTrabaJo perm rte aIa empresa'

a) Cumplir, como minima, las d isposic:iones de lasleyes y reglamentos nacionales, los acoerocsconvencionales y ott as derivadas de Ia Pf3dicacrevenwa .

b) Mejorar el desempeno Iabora l en forma segurac) Mantener los ptccesos proclud lvOS 0 de servcce

de manera que sean secures y saludables

Articu lo 39 . ObjetivQS de la Plan ifi caci On delSistema de GestiOn de la 5e guridad y Salud en elTrabajo

Los objeIivos de la planlflcaei6n del Sistema de Gesti6nde Ia 5eguridad Ysa luclenel Trabap se centran en ellegrode resuftados especilicos, reahstas y poslbles de apliCar parla empresa. Lagesti6nde los tiesgos comprende :

a) Medidas de identificaci6n, prevenciOn y control.b) La mejo ra continua de los procesos, la gest iOn del

camb io, la preparaci6n y respuesta a srtuacionesde emergencia

c) Las adquisiciones y contra tacionesdj EI nivel de participaciOn de los trabajadores y su

capaci taciOn,

CA PiTULO V

EVALUACI6N DEL SISTEMA DE GESTI6 N DE LASEGURIDAD Y SALUO EN EL TRABAJO

Articulo 40. Procedimientos de la evaluac iOnLa evaluatiOn, vigi lancia y control de la segurid ad y

salud en el trabajo comprende procedimlentos internos yexte rnosa la empresa,que permiten evaluar con regularidadlos resuftados logrados en materia de segurid ad y salud enel trabajo.

A rticul o 41 , Objeto de la supervisi6nLa supervisiOnpermite

a) Idenllfica r las faUas0 deficiencias en el SiStema deGestiOn de la Seguridad y Salud en el Trabajo.

b) Adoptar las medidas prevent ivas y correctivasneces arias para elimina r 0 controlar los peligrosaSOCiadas al Irabajo_

c) Preyer el intercambio de informaciOn sobfe losresultados de la seguridad y salud en eltrabajo ,

d) Aportar informac iOnpara determinar si las madidasordinarias de prevenci6n y control de pelig ros yriesg os se aplican y demueslra n ser eficaces

e) 5eMr de base para Is ad0pci6n de decisiones quetengan por obJeto mejorar la identificaci6n de lospeligros y el control de los nesgos , y el SIStema deGesti6n de la Seguridad y Salud en el Trabajo .

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Articulo 42 Investi gaci6 n de los accldentes ,ente rm edadee e inc iden tes

La investig aci6n de los accidentes, enfermedades eincidentes relacionados con el trabajo y sus erectos enla seguridad y satud perrrate oennacar los tactores deriesgo en la organ izaci6n, las causas Inmedia tas (actos ycondiciones subes tandares). las causas caeces (factorespersonales y factores del trabajo) y ccalquier diferencia delSistema de Gest i6n de la 5eguridad y Salud en el Trabajo,para Ia planlficaci6n de ta acci6 n correceva pertoente.

Articulo 43. Audit orias del Sis tema de Ges ti6n dela 5eguri dad y Salud en el Trabajo

EI empleador realiza audllorias periOdicas a fin decomprobar si el Sistema de Gest i6n de Ia 5eguridadY salud en e! Traba jO ha sec apliCado y es eeecoeecy escaz para Ia prevenci6n de riesgos Iaborales y Iaseguridad y salud de los trabajadores. La auditona serealiza por auditores independientes. En Ia consultasabre Ia seeeeen del aud itor y en todas las fases deIa audltolia, incluido el ana llsis de los resultados de Iamerna . se reouere Ia partlClPaci6n de los trabajadores yde sus representantes

A rt iculo 44 Efectos de las aud itorias einvestigaciones

Las Investigacio nes y las audll:or las eeeee permll:lr a Iadnecccn de la empresa QueIaest rateg ia global del SIStemade Gesti6n de la Seguridad y Salud en el TrabaJo Iogre losfines previstos y determinar, de ser el case. cambios en Iapalitica Y objet ivos del sistema Sus resultados deben sercomunieados at comlte de segundad y sa lud en et Ifabajo ,a los Ifabajadores y a sus orgamzaciones sindicales,

CAptTULOVl

ACCI6N PARA LA MEJORA CONTINUA

Articulo 45. Vigilancia del Sistema de Gesti6n de la5egurldad y $a lud en 81Trabajo

La vigilancia de Ia eJecuci6n del Sistema de Gesti6nde la Segulidad y Salud en el Trabajo , las audltorlas y losexamenes realizados par la empresa deben permll:lr Quese identifiQuen las causas de su disconlormidad con lasnormas pertinentes 0 las disposiciones de dicho sistema.con miras a Quese adopten mechdas apropiadas. incluicloslos cambios en el propio sistema.

Articu lo 46, Dispos lciones del mejo ram ientocontinuo

Las disposiciones adoptadas para la mejora continu adel Sistema de Gesti6n de la Seguridad y Salud en elTrabajo t ienen en cuenta:

a) Los obJetivos de la seg uridad y sa lud en el trabaj ode la empre sa ,

b) Los resu ltados de las act ividades de Iden tificaei6nde los peligros y evaluaci6n de los riesgos.

c) Los resuttados de la supervisiOn y med;ciOn de Iaeficiencia ,

d) La investlgaei6n de acciclentes, enfermedades einclden tes relacionados con el trabajo,

e) Los resultados y recomendacionesde las audi torl asy evaluaciones realizadas per la direcci6n de laempresa

f) Las recomendaciones del comite de seguridad ysalud en ellrabaJo, 0 del supervisor de seguriclady satud en el trabajo y por cualQuier miembro de Iaempresa en pro de majoras.

g) Los camtliOS en las normas legalesh) Los resultados de las inspec:ciones de trabaJo

y sus respectlvas mechdas de recomendaci6n ,advertencia y requerimiento.

I) Los acuerdos convencionales y aetas de trabajo .

A rt iculo 47. R8vis l6n de los pt'ocedimlentos delempleador

Los procedm,.ntos det empleador en Ia gestl6n de Iasegulidad y salud en el trabajo se revisan periOdicamente

7a fin de obtener mayor eficecia y encencra en el con trol delos rlesgos asociados at trabaic.

TITULO V

DERECHO S Y OBLl GA CIONES

CA PiTULO I

DERECHOS Y OBLlGA CIONESDE LOS EMPLEADORES

A rt iculo 48. Rol del empleadorEI empleador ejerce un fillTle liderazgo y maniliesta

su respaldo a las aetividades de su empresa en materiade segulidad y satud en el traba jo : asimismo, debe estercomprometlClo a fin de proveer y mantener un ambientede Irabajo segura y saludable en concordancia con lasmeJOres pradicas y con el cumplm,.nlo de las normas deseguooad y salud en ellrabajo .

Artlc y lo 49. Ob li gaciones del empleado rEI empleador, entre otras. tiene las Siguientes

obligaciones:

a) Garantizar la seguri:lad y Ia salud de lostraba jadores en er desempel'lo de lodos losaspectos relacionados con su labor , en er centrode trabajo 0 con ocaSi6n del miSmO.

b) Desarrollar acccres permanentes con er fin deperfeccionar los niveles de protecci6n eeetentes

cl ldentlficar las modmcaciones Que pueclan earse enlas condiciones de Ifabajo y disponer 10necesaliopara Ia adopc:i6n de medlClasde prevenci6n de losreecce Iaborales

d ) Pracecar exarreres medicos antes, durante y attermino de la relaci6n laboral a los Ifabajadores,acon:tes con los nesgos a los que estan expoestosen sus tabcres, a cargo del empleador.

e) Garantizar Quelas eleCCiOnes de los representantesde los trabajadores se realicen a Ifaves de lasorganizaciones sindicales;yen su defeeto, a Ifavesde elecciones democraticas de los Ifabajadores.

f) Garantizar el real y efeetivo lfabaJo del comitepantano de seguridad y salud en el lfabaJo,asignando los recursos necesarios

g) Garantizar, oportuna y apropiadament e,capacitaci6n y entrenamiento en seguridad ysalud en el centro y puesto de trabajo 0 funciOnespec ifica, tal como se senala a continuaei6n

1, AI momen to de la contra taei6n , cual Quiera seala modalidad 0 duraciOn.

2 , Durante el desempeno de la labor.3, Cuand o se produzcan cambios en la tooeiOn 0

puesto de trabajo 0 en la tecnologia .

Articylo 50, Medidas de prevenci 6n facultadas alempleador

El emple ador aplica las siguien tes medidas deprevenci6n de los nesgos labor ales '

a) Gestion ar los riesgos, sin excepci6n, eliminandolosen su origen y aplicando sistemas de conlfol aaQuelios Que no se puedan eliminar.

b) EI diser'lo de los puestos de trabaJo, ambientesde trabajo, la selecci6n de eQuipes y metodosde trabajo , Ia atenuaci6n del lfabaJo mon6tono yrepetitivo, todos estos deben estar onentados agarantizar la salud y segundad deltrabajador.

c) Eliminar las situaciones y agentes peligfosos en elcentro de trabajo 0 con ocasiOn del mismo y, si nofuera pos,ble , sustrtu irlas per olras Que entranenmenor peligro .

d) Integrar los planes y programas de prevenci6nde nesgos laborales a los nuevO$ conocimientosde las ciencias, tecnologias, mediC amb,.nte.organizaci6n del trabajo y evaluaci6n dedesempel\o en base a con<hClones de trab aJO.

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e) Mantener potlticas de protecci6n corecnva eind ividual.

f) cececeer y entrenar entcceca y debidamente alos trabejadores.

Articu lo 51. As ignaci6n de labores ycom petenc ias

EI emp leador considera las competencias personales ,profes ionales y de cenerc de los trabajadores, en materiade seguridad y salud en el trabajo , at momenta deasignarles las labores .

A rt iculo 52. Infonnaci 6n sob re el puesto detrabejo

EI empleador transrmte a los trabaiadores. de maneraadecuada y etecuva. la intormacicn y los conocirmentosre cesaoos en relaclon con los riesgos en er centro detrabajo y en et puesto 0 funci6n especi fica, asi como lasmedidas de protecci6n y prevencicn aplicabl es a talesnesqos .

Articylo 53, Indemn izaci6n po r danos a la sa lud enel trabajo

Elincumplim ientodel emple adordeldeberdeprevenciongenera ta ob!igacion de paga r las indemnizaciones a lasvtctmas. 0 a sus derechobabientes. de los accidemes detrabajo y de las enfermedades crcteecoeiee En er caseen que producto de la via mspectiva se hayacomproba dofehacientemente el dano al trabaiador, el Ministerio deTrabajo y Promoci6n del Empleo determina el pago de lamcemnuaccn respectiva

Artjculo 54, Sobre el deber de prevenci6nEI deber de prevenci6n aba rca tambe n toda actividad

que se oesarroae durante la ejecucco de crcenes delempieador, 0 durante ta ejecucon de una labor bajo suautoridad, 0 en el desptazamiento a ta rrusma, aun tueradellugar y boras de trabajo.

Articulo 55. Control de zo nas de riesgoEI emp leador control a y registr a que solo los

trabajadores, adecuada y suficientemente capaci tados yproteg idos, accedan a los ambientes 0 zonas de riesgograve y especlfico.

Artjcy lo 56, Exposici6n en zonas de ries goEI ercieeocr preve que ta exposicion a los agentes

neccs. quirmccs. bolcqiccs. erccnomcce y psicosocialesconcurrentes en ercentro de trabajo no generen dar'ios enla salud de los trabaiadcres.

Articylo 57, Eva luaci6n de riesgosEI empleador actual iza la evaluaci6n de fiesgos

una vez a! ar'io como minima 0 cuando cambien lascondicion es de trabaJo 0 se hayan producido dar'i os a lasalud y seguridad en el trabajo .

Si los resultados de la evaluaci6n de riesgos 10 hacennecesarios, se realizan:

a) Cont roles peri6dicos de! a salud de los trabajadoresy de las condiciones de trabajo para detectarsituaciones potencialmente petigrosas.

b) Medidas de prevencion, incluidas las re!acionadascon los metod os de trabalo y de producci6n, quegaranlicen un mayor nivel de protecci6n de lasegu ridad y salud de los trabaJadores.

Articylo 58. Investigac i6n de darios en la salud delos trabajadores

EI empleador realiza una investigacion cuando sehayan producido dar'ios en la salud de los trabajadoreso cuando aparezcan ind icios de que las medidas deprevenci6n resultan insuficientes, a flO de detectar lascausas y tomar las medidas correctivas al fespecto; sinpe~uicio de que el trabajador pue<!a recu rrir a la autoridadadministrativa de trabajo para dicha investigaci6n .

Articulo 59. Ad opci6n de medidas de p reven ci6nEI empleador modifica las medidas de prevenci6n

8de rescce Iatcrales cuando resv lten inadecuadas emsuficientes para garantizar la seguridad y satud de lostrabajadores

Arti culo 60 Equipos para raprotecctcnEI emp leador proporciona a sus lrabajadares equipos

de protecci6n personal adecuados , segun el tipo de lrabajoy riesgos especificos presentes en el desemper'io de susfunciones, cuando no se puedan el iminar en au origen losriesgos laborales 0 sus efectos perjud iciales para la saludeste verifica el usa efectivo de los mismas .

Artjcyl0 61. Revisi6n de indumenta ria y equlpos detrabajo

EI empleador adopta las medida s necesarias. demanera coortune. coanoose detecte que la utilizacicn deindumentaria y equipos de trabaic 0 de proteccon person alrepresentan riesgos especi ficos para la seguridad y saludde los trabajadares.

Articulo 62. Costo de las acci ones de seguri dad ysalud en el t raba jo

EI costo de las acciones. oececoee y mecroas desequnoao y seiooejecu tadas en ercentro de trabajo 0 conccascn del msrnc no es asurmdode modo eiquoc por lostrabaiadores

Articul o 63. fnt err upcton de actividades en caseinmineote de pe lig ro

EI empleadar eslablece las medidas y da instruccionesnecesarias para que , en caso de un peligro inminenteque consti tuya un riesgo importanle 0 intolerable parala seguridad y salud de los trabaj adores, estes puedaninterrumpir sus act ividades , e incluso, si fuera necesanc.acanconarde mmeo.atc el ccrmcnc 0 luga r usrcc condese oesarroran las taeores. No se pueden reanudarlas taocres rnrennas er riesgo no se haya recucoo 0connotaco

Art iculo 64. protecclcn de trabajadores ens ituac i6n de d iscapac idad

EI empleador garantiza fa protecci6n de lostrabejadcres que, por su siluaci6n de discap acidad ,sean especialmente sensibl es a los riesgos derivadosdel trabajo. Estos aspectos son considerados en laseva luaciones de los riesgos y en la adopci6n de medidaspreventivas y de protecci6n necesanas

Artjcylo 65, Evaluaci6n de facto res de ri esg o parala procrea c tcn

En las evafuaciones del plan integral de prevenoonde riesqos. se tiene en cuenta los facto res de riesgo quepuedan incidir en las funciones de procre aci6n de loslrabajadores; en particular, par la exposici6n a los agentesfisicos . quimicos, biol6g icos, ergon6m icos y psicosociales,con el fin de adoptar las medidas preventivas necesa rias .

Articylo 66, Enfoque de gene ro y protecci 6n de lastrabajadoras

EI emple ador adopta el enfoque de genero para ladeterminacion de la evaluacion inieial y el proceso deidentificacion de peligro s y evaluacion de riesgos anual.Asimismo, implemen ta las medidas necesarias para evrtarla exposicion de las trabajadoras en perfodo de embarazoo !actancia a labor es peligros as , de conformidad a la leyde la materia.

Las trabaJadoras en estado de gestacion tienenderecho a ser lransferidas a otro puesto que no impliqueriesgo para su salud integra!, sin menoscabo de susderec hos remunerativos y de categoria.

Articylo 67. Protecci 6n de los ado lescentesEI empleador no emplea adolescentes para !a

realizaci6n de actividades insalubres 0 peligrosas quepuedan afectar su normal desa rrollo fisico y mental,ten iendo en cuenta las disposiciones legales sobre lamateria. EI empleador debe realizar una evaluacionde los puestos de trabajo que van a desempen ar losadolescentes previamente a su incorpo racion laboral, a

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fin de oetermrnar ta naturaeza. el grado y ta ouracon de laexposicon al riesqo, con et cbjeto de adoptar las medidaspreventivas recesaras.

EI empleador practica exarnenes medicos antes,durante y at termmc de la relacicn taborer a losadolescentes trabajadores .

Articulo 68 . Seguridad en las cont ratistas,subcontrat is tas, em presas espec iales de servic ios ycoope rativas de t rabajadores

EI empleador en cuyas instalaciones sus trabajadorescesarronen actividades conjuntamente con trabejadoresde ccnneuetes. subccntratistas. empresas especiales deservices v cooperativas de trabaiacores, 0 quien asumaer contratc principal de la misma. es quien garantiza:

a) EI ceenc. la implementacion y evaiuaccn de unsistema de qeston en seguridad y salud en eltrabajo para todos los trabajadores , personasque prestan servicios , personal bajo modalidadesformalivas laborales , visitantes y usuarios que seencuentren en un mismo centro de Iabcres.

b) EI oeber de prevenci6n en seguridad vsalud de lostrabajadores de tooo el personal que se encuentraen sus instalacicnee.

c) La venncacicn de ra contrataccn de los segurosde acuerdo a la normativa vigente erectuaca porcada emp leador durante la ejecccoo del trabajo .En case de incumplimien to, la empresa princ ipales la responsable solidaria frente a los canes eindemnizaciones que pud ieran qenerarse .

d) La vigilanc ia del cumplimien to de la normativalegal vigenle en materia de seguridad y saluden er trabajo por parte de sus contratistas.suocontranstas. empresas especiales de serviceso cooperanvas de trabaiacores que desarrollenooras 0 servcios en er centro de Irabajo 0 concession del trabe]c corresponoiente del principal.En caso de incumplimien to, la empresa principales la responsable souoarra frente a los dartos eindemnizaciones que pud ieran qenerarse.

Art iculo 69 . preven clon de riesgos en su or igenlos empleadores que deeren, febrquen, importen,

sumtnistrenocedan maqomas.equipos,sustancias,productoso utilesde trabajo disponen 10 recesanc para que:

a) Las maqumas. equipos, sustancias. productoso unes de trabejo no const ituyan una !uente depeligro ni pongan en riesgo la seguridad 0 salud delos trabejadcres.

b) Se proporcione informacion y capacitacion sobre lainstalacion adecuada , utilizacion y mantenimientopreven tive de las maquinarias y equipos .

c) Se proporcione informacion y capacitacion para eluso apropiado de los maleriales peligrosos a finde prevenir los peligros inherentes a los mismos ymonitorear los riesgos .

d) Las instrucciones. manuales, avisos de peligrou otras medidas de precaucion colocadas en losequipos y maquinarias, asi como cuaquier otrainformacion vinculada a sus productos, esten 0 seantraducidos al idioma castellano y esten redactadosen un Ienguaje sencillo y preciso con la finalidad quepermilan reducir los riesgos la'oorales.

e) las informaciones relativas a las maquinas ,equipos , produdos, sustancias 0 utiles de tra'oajosean faci litadas a los trabajadores en terminos queresulten comprens i'oles para los mismos.

EI empleador adopta disposiciones para que secumplan dichos requisi tos antes de que los trabajadoresutilicen las maquinarias. equ ipos, sustancias, productos 0utiles de tra'oajo

Art ic ulo 70. Cambios en las operaciones yprocesos

EI empleador garantiza que los trabajado res hayanside consultados antes de que se ejeculen los cambios

9en las operacones. los procesos y en ra organizaci6n deltrabejo que puedan tener repercustones en la seguridad ysaud de los trabaiacores.

Articu lo 71. Informaci 6n a los trabajadoresEI empleador informa a los trabajadores :

a) A titulo grupal , de las razones para los examenesde salud ocupacional e investigaciones en retaconcon los riesgos para la seguridad v salud en lospuestos de trabajo .

b) A titulo personal . score los resultados de losintormes medicos previos a la eecoecon de unpuesto de trabejc y los relatives a la evemeconde su salcd. los resultados de los examenesmedicos, at ser conncencrates. no pueden serutitizados para ejercer drscnrneaccn algunacontra los trabajadores en ninguna circunstancia 0

momento.

El incumpl imiento del deber de confidencia lidadpor parte de los empleadores es pas ible de aceionesacmrnrstrenvas y judiciales a que de lugar.

CAPiTULO II

OERECHOS Y OBLlGACIONESDE LOS TRAB AJADORE S

Art icu lo 72 . c c murncactc n con los inspect ores detrabaj o

Todo trabajador uene derecho a comunicarselibremente con los inspectores de trabajo , aun sin lapresencia del empleacor.

Art icu lo 73 . Prot ecci 6n contra los actos dehostil idad

los trabajadores, sus representantes 0 merroros delos comites 0 comsones de seguridad y salcd occpacionalestan protegidos contra coecoer acto de hostitidad y otrasmedidas coercnv as por parte del empleador que se originencomo consecuencla del cumplimlento de sus fundones en elambito de la seguridad y salud en el traba]o .

Art icu lo 74. Partlc fpaclcn en los prog ramas decapacttaclcn

Los lrabaiadcres 0 sus represenl antes uenen laobligacion de reviser lOS programas de cececeecony entrenamento. y formular las recomenoacrones atempleador con er fin de mejorar ra efectrvdad de losmisrnos

Art icu lo 75. Partici pa cion en la identificaci on deriesgos y peligros

los representantes de los trabajadores en seguridady salud en ellrabajo partic ipan en la idenlificacion de lospeligros y en la eva luacion de los riesgos en ellrabajo ,soticitan al empleador los resultados de las evaluaciones.sugieren las medidas de control y hacen seguimienlo deestas. En caso de no lener respuesla sal isfadoria , puedenrecurrir a la autoridad administra tiva de Irabajo,

Articu lo 76. Ad ecua ci6n del t rabajador al puest ode trabajo

los trabajadores tienen derecho a ser transferidos encaso de aceidente de tra'oajo 0 enfermedad ocupacional aolro pueslo que implique menos riesgo para su seguridady salud. sin menoscabo de sus derechos remunera tivos yde categoria,

Art icu lo 77 Protecci on de los t rabajadores decontratistas. subco ntrat istas y Olros

Los tra'oajadores , cuatquiera sea su moda lidad decontratacion, que mantenga n vinculo laboral con elempleador 0 con contratistas, subcontratistas, empresasespeciales de servicios 0 coopera tivas de lrabajadores 0bajo modalidades formativas 0 de preslacion de servicios,tienen derecho al mismo nivel de protection en mater ia deseguridad y salud en el trabajo .

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Articu lO18. Derecho de examen de los tacto res derlesqo

Los neeejeecree . sus representantes y susorganizaciones sindicale s tienen derecho a examina rlos tactores que atectan su seguridad y salud y propcnermedidas en estas mateoas

Articul o 79. Ob ligaciones del trabajadorEn materia de prevenci6n de riesgos rabcrae s. los

Irabajadores benen las Siguientes obhgaciones

a) Cumplir con las normas . reglamentos einstrucciones de los programas de seguridad ysalud en eltrabajo .

b) UsaradeoJadamente los inslrumentosYmateriales detrabajo. asI como los equipos de ptotee06npefSOflaly <Xllecbva. SIM'lpIe Ycuando hayan sdo previamenteinfl:wmados ycapac:itados sabre su uso.

c) No cce rer 0 manlpular equ ipos. maquinarias.herramienta s u otros elementos para los cuales nohayan sec autonzaoos

d) Cooperar y partJClpar en er proceso de investigaCi6nde los acx:identes de trabap y de las eroeoreoecesocupacionales euanclo la autoridad competente 10requera 0 cuando . a su cerecer. los datos queconocen ayuden al esdarecimiento de las causasque los originaron.

e) Someterse a los exerreres medicos a que estenobligados PDf norma expresa. siempre y cuando50 garantice ta confidenCialidad del ad o medico.

f) Participar en los organiSmos parita rios, en losprogramas de capacrtaei6n y ctras actividadesdestmadas a prevene los riesgos tatoraes queorganice SU erJ1)leador 0 la autoridad adminiSlrativade trabajo, denlro de la jomada de Irabajo

g) Comunicar at emplead or lodo eventc 0 sit\laci6nque ponga 0 pueda poeer en riesgo su seguridad ysalud 0 las instalaciones fis icas. debiendo adoctarinrnediaiamente , de ser posible, las medidascorrecnvas del case sin que genere sanccn deningun lipo.

h) Reportar a los represenl antes 0 delegados deseguridad. de forma inmediala, la ocurrenciade cua~UJElr incidenle. aCCidente de Irabajo 0enfermedad profesionaL

i) Responder e informa r con veracidad a lasinstancias pubticas que se 10 requieran , ca$ooontrario es considerado falta grave sin perjuiCiode la denuncia penal correspondiente

TITULO VI

INFORMACION DE ACC IDENTES DE TRABAJO YENFERMEDADES OCUPACIONALES

CAPiTU LO 1

POLITICAS EN EL PLA NO NACIO NAL

Articulo 80 . Efect os de la info rmaci6n en la po liticanac ional

EI Ministerio de TrabaJo y Promoci6n de l Empleo es elencargado de aplicar, exam inar y evaluar peri6dicamentela politica nacional en seguridad y salud en ellrabajo enbase a la informaci6n en maleria de:

a) Registro, nolificaci6n e investigaci6n de losaCCidentes e incidentes de trabaJo y enfermedadesocupacionales en coordinaci6n con el Ministeriode S3lud

b) Regisl ro. notJficaci6n e investigaci6n de losincidenles peligrosos

c) Recopilaci6n, analisis y publica ci6n de estad isticas$Obre accidentes de trabaJo. enlermedadesocupacionales e incidentes peligrosos

Art jculo 81. Efec l iv idad de Ia info rma c i6nLa informaci6n en maleria de aCCldentes de trabajo.

enfermedades pro!esionales e incidentes peligrosos debepermitJf:

10a) Prevenir los accuentes y los canes a la safud

originados por el desarrollo de la actividad raboraro con ocasi6n de eete

b) Reforzar las distintas aetividades nacionalesde recceceen de datos e integrarlas dentro deun sistema ccberenre y fidedigno en materiade accdentes de trabajo , enfermedadesocupacionales e incidentes peligrosos.

c) Establecer losprincipiosgeneratesyprocedimientosuniformes para et registro y la nonnceconde aCCidentes de trabajo . las eoreoreeeeesoccpaconae a e incidenles peltgrosos en todas lasramas de Ia adividad economca

d) FaCilitar la preparaci6n de estad isticas anuales enmateria de acccentes de trabajo , enfermedadesecocecceeee e incidentes pebgro$OS.

eJ Facilitar analiSiS comparatives para finespreventivos promociona les

CAPjTULO ll

POLm CAS EN EL PLAN O DE LA S EMPRESAS YCENTROS MEDICOS ASISTENCIAL ES

Art iculo 82. Deber de info rm aci6n ante el sectorl rabajo

Tocc emplead or inlorma al ManiSterio de TrabaJO yPromoci6n del Empleo 10 siguiente'

a) Todo acccente de trabajo mortal.b) Los mcdentes peligrosos que ponga n en riesgo ta

salud y la integnclad fisica de los trabajadores 0 aIa poblaci6n .

c) Cua~uier oIro bpo de sit\laci6n que altere 0 pongaen riesgo Ia vida. integridad fisica y psicolOgicadeltrabajador suscitado en el ambito taboral.

A$lmiSmO. los centros rreeecs asistenciale s queateocan at frabejador por primera vez sobre eccoentesde trabajo y eoreo-eeecee prcfesienases (egistradaso las que se aJusten a Ia definici6n legal de eslas esta nobrigados a informar al Mlnisterio de Trabajo y Promoci6ndel Empleo.

Articu lo 83. Reporte de informaci6n con labaresbaj o tercerizaci6n

La entidad empleado ra que contrate obras. servicios 0mano de obra provenien tede coopera tivas de trabajadores,de empresa sde servicios ,de contratistas y subcontratistas,as i como de toda instituci6n de intermediaci6n conprovisi6n de mano de obra. es responsable de notificaral Ministerio de Trabajo y Promoci6n del Empleo losaccide ntes de trabajo, incidenles peligrosos y lasenfermedades profesionales. bajo responsabilidad.

Articulo 84 Reporte de enfe rm edades9Cupacionales

Las enfermedades ocupaciona les incluidas en latabla nacional 0 que se aJustan a la defmici6n legal deestas enfermedades que afecten a cualquier Irabajador.independientemente de su situaci6n de emp!eo . sonnotmcadas por el centro medico as istencial publicoo privado, denlro de un plazo de cinco d las Mbilesde conocido el diagn6stiCO al Ministerio de TrabaJO yPromoci6n del Emp leo y al Mmlsterio de Salud.

La omis iOn al eumplimiento de esle deber denotdicaci6n es sancionable de conformidad con losproced imientos administrativos de la materia

Articu lg 85 . Caracte risticas del reponeConsiderando tas caraderistlcas propias de las

enlermedades ocupacionaies, la nobficaci6n es obligatoriaaun euanclo el case sea dlagnostieado como:

a) Sospectloso - Probable.b) Definitivo - Confirmado

La oomunica06n notificaci6n debe respeia r el secretedel ado mediCO conforme a la Ley 26842, Ley Genera ldeS3roo.

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Articulo 86. Reporte en ease s de tra bejad oresInd epend ientes

En er case de accidentes de trabajo. enfermedadesocupacicnales e incidentes peligrosos que atectena trabejadores independientes. ta nottncaccn esta acargo del mismo trabajador 0 de sus familiares en elcentro asistencial que Ie brinda ta primera atenci6n. elcual procede a la debida ccmuntcaccn al Ministe rio deTrabajo y Promoci6n del Empleo, asi como al Ministeriode Salud .

Art icu lo 87 , Registro de acc identes de t rabajo,enfe rmedades ceucecrcoeres e in cid entes peuqrceoe

Las entoaoes empleadoras deben center conun reqrstro de accidentes de trabaic . enfermedadesocupacionales e incidentes peligrosos ocumoos enet centro de tabcres. debiendc ser exhibido en losprocedimientos de fnspeccicn ordenados por la autoridadadministrativa de lrabaj o, asimismo se debe mantenerarchivado el mismo por espacio de diez alios posterioresal suceso.

Arti cu lo 88. Exhibicl 6n y arcr uvc de regist rosEn los procedimientos de inspecci6n croenaoos per

la autoridad admmistrativa de trabajo, ta empresa debeexhibir er reg istro que se menciona en et articulo 87,debiendo consignarse los eventos ocumdos en los ecceummos meses y mantenerlc arcrnvaoo ocr escecc decinco alios posteriores al suceso. Adjunto a los regislrosde la emp ress. deben mantenerse las ccptas de lasnotificaciones de accidenles de trabajo.

Articulo 89. Regi stro en caso de pluralidad deafectados

coanoc un mismo suceso cause fesiones a mas de untrabajador , debe consiqnarse un registro de eccoente detrabajo per cada trabajador.

CAPiTULO II!

RECOPILACION Y PUBLICACION DE ESTADiSTlCAS

Art ic ulo 90. Publicaci 6n de esta otsucasEI Ministerio de Trabajc y Promocicn del Empleo

publica mensualmente las estadist icas en materia deaccidentes de trabejo, enfermedades ocupacionales eincidentes peligrosos sobre la base de los datos que se Ienot ifiquen .Anuaimente se pub lican estadist icas completasen su paqina web . Esla informaci6n es de dom inio publico .conforme a la Ley 27806, Ley de Transpa rencia y Accesoala Informaci6n Publica ,

Articu lo 91. Informaci 6n conten ida en lasestad isticas

Las estadist icas en materia de accidentes de trabajo ,enfermedades ocupacionales e incidentes pelig rososfacilitan informaciOn sobre :

a) La naturaleza de las fuentes empleadas :decla raciones directas con los empleadores 0 pordistinlos organ ismos tales como las instilucionesaseguradoras 0 las inspecciones de trabajo .

b) EI alcance de las estadisticas: categorias ,ocupaciones, sexo y edad de los trabajadores,ramas de la actividad economlca y tamalio de lasempresas.

c) Las definiciones utilizadasd) Los melodos ulil izados para registrar y notificar

los accidentes de trabaJo. enfermedadesocupacionales e incidenles .

CAPiTULO IV

INVESTIGACION DE ACCIDENTES DE TRABAJO,ENFER MEDADES OCUPAC IONALES

E INCIDENTES PELIGROSOS

Artic ulo 92. Investigacl 6n de los accidentes detrabajo , enfermedades ocupac ionales e incidentespeligrosos

11EI empleador. conjuntamente con los representantes

de las organizaciones eocceies 0 trabejadores. reatizanlas investigaciones de los accidentes de trabaio.enfermedades ccupacicnales e incidentes peliqrosos.los cuales deben ser comunicados a ta autoridadadministrativa de trabajo , indicando las medidas deprevencicn adoptadas.

El empleador, conjuntamente con la autoridadadministrativa de trabajo, realizan las investigaciones delos accidentes de trabajo mortales , con la participaci6nde los representantes de las organizaciones sindica tes 0trabejadores

Articul o 93 , Finalidad de las investigac ionesSe investigan los accicentes de trabajo.enrermeoaoes

ocupaconales e incidentes peliqrosos. de acuerdo con lagravedad de l dalio ocasionado 0 riesgo potencial , con etfin de:

a) Comprobar laeficacia de lasmedidasdeseguridady salud vigentes al momento del hecho.

b) Determ inar la necesidad de mcomcar dichasmeccas .

c) Comprobar ra encecie. tanto en el plano oeccnercomo empresariat de las disposiciones en materiade registro y rotmcacon de acccentes de trabaio.enfe rmedades ocepacionales e incidentespeligrosos.

Art icu lo 94. subncacton de la informaci 6nLa autoridad administral iva de trabajc realiza y publ ica

informes de las investigaciones de accidenles de trabajo,enfermedades ocupacionales e incidentes peligrosos queentralien situacio nes de grave riesgo electivo 0 potencialpara los necejeocres 0 la poblaci6n .

TiTULO VII

INSPECCION DE TRAB AJ O EN SEGURIDAD YSALUD EN EL TRABAJO

Articul o 95. Fun ci one s de la fnspecclon de t rabajoEI Sistema de tnspeccon del Trabajo, a cargo del

Ministe rio de Trabajo y Prcrnccic n del Empteo, tienea au cargo el adecuado cump limiento de las leyes yreglamentos relativos a la seguridad y salud en el trabajo ,y de prevenci6 n de riesgos laeoraes.

La inspeccicn del trabejo esta encarga da de vigilar ercumptimiento de las normas de seguridad y salud en ertrabejo. de exigir las responsabilidades administrativasque procedan , de c-enter y asescra r tecn icamente endichas materias, y de aplicar las sanciones establecidasen la Ley 28806 , Ley General de Inspection del TrabaJo.

Arti cu lo 96. Facu ltad es de los inspectores detrabajo

Los inspectores de trabajo estan facultados para:

a) Incluiren las visitasde inspection a los trabajadore s,sus representantes, los perilos y los tecnicos , y losrepresenlantes de los comites paritarios 0 aquel losdesignados oflcialmente que estime necesariopara et mejo r desarrollo de la funci6n inspectora enmater ia de seguridad y salud en el trabajo .

b) Preceder a practicar cua lquier diligencia deinvestigaci6n , examen 0 prueba que considerenecesa rio para comprobar que las disposicioneslegales sobre seguridad y salud en el trabajo seobselVan correctamente.

c) Tomar 0 sacar muestras de sustancias y materia lesutilizados 0 manipulados en el establec imiento ,realizar mediciones , obtener folografias, videosy grabaci6n de imagenes y tevantar croquis ypianos ,

d) Recabar y obtener informaci6n, datos 0anteceden tes con relevancia para la funci6ninspectora en materia de seguridad y salud en eltrabajo .

e) Aconseja r y recomenda r la adopci6n de medidaspara promover el mejor y mas adecua do

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cumplimiento de las normas de seguridad y saluden e( trecejc .

f} Requerir at sujeto tnspeccicnacc que, en un plazooeterminaoo. neve a efecto las mootncaoooes queseanprecisas en las instataciones. en losequipos detrabajo 0 en los rretocos de trabajo que garanticenel cumplimiento de las disposiciones relativas ala salud 0 a la seguridad de los trabejadcres, deconformidad con las normas de la inspecci6n detrabajo.

g) lniciar el procedimienlo sancionador mediante laextension de aetas de infracccn 0 de infracci6n porincumplimiento de las normas de seguridad y saiucen el tracajc.

h) Ordenar ta paralizaci6n 0 prohibici6n inmeoata detrabajos 0 tereee cor lnobservanca de ta normativasobre prevencion de riesgos tabcrales, de concurrnriesgo grave e inminente para la seguridad 0 saludde los trabajadores, con el apoyo de ta fuerzapublica,

i) Proponer a los entes que geslionan el segurocomplementario de trabajo de riesgo la exigenciade las resccneecnoeces que procedan en materiade seguridad social en los cases de accidentes detrabajo y entermeoaoes profesionaies causadoscor tana de medidas de seguridad y salud en ertrabejo.

j) Entrevistar a los mrerreros del com'te pantano yrepresentantes de organizaciones sindicales, conindependencia de la actuacicn inspectora.

Art iculo 97, Parti cipaci6n de peritos y tecmc os enactuac iones inspecti vas

EI Ministerio de Trabajo y Promoci6n del Empleo, losgobiernos regionales y gobiernos locales, el Ministeriode Salud y los 6rganos de la admnistracicn publicaproporcionan peritos y tecnrcce. debidamente cennceoce,a ta inspeccicn de trabajo, para et adecuado ejercicic delas tuncrooes de mscecclon en materia de seguridad ysalud en er trabajo

En el caso del sector de energia y minas, lasdireccJones nacionales. regionales y locales organizan,contralan y proporcionan oersonattecncc especializadopara el desarrollo de las actuaciones inspectivas querealice el Ministerio de Trabajo y Promoci6n del Empleoen materia de seguridad y salud en eltrabajo.

ArtiCulo 98. Remisi6n de mtorm aclon er ConsejoNacional de Seguridad y Salud en el Trabajo

la inspecci6n del trabajo facilila at Consejo Nacionatde Seguridad y Salud en el Trabajo y a los consejosregionales de seguridad y salud en el trabajo, de oficioo a peticJ6n de los mismos, la informaci6n que dispongay resulte necesaria para el eJercicJo de sus respectivasfunciones y competencias en materia de seguridad ysalud en el trabajo,

Art iCulo 99. Intervenci6n del Ministerio PublicoSi, con ocasi6n del ejercicio de la funci6n de

inspecci6n en las empresas , se apreciase indicios de lapresunta comisi6n de delito vinculado a la inobservanciade las normas de seguridad y salud en el trabajo, lainspecci6n del trabajo remite al Minislerio Publico loshechos que haya conocido y los sujetos que pudieranresultar afectados.

Art iculo 100. Origen de las actuacionesin specti vas

las actuaciones inspectivas en maleria de seguridady salud en el trabajo tienen su origen en alguna de lassiguientes causas:

a) Por orden de las autoridades competentes delMinisterio de Trabajo y Promoci6n del Empleo.

b) A solicilud fundamenlada de olro 6rgano del sectorpublico 0 de cualquier 6rgano jurisdiccional , encuyo caso deben delerminarse las actuacionesque Ie interesan y su finalidad.

c) Por denuncia del trabajador.

12d) Por decision interna del Sistema de Inspecci6n del

Trabajo.e) Por inidativa de los inspectores de trabajo cuando.

en las actuaciones que se sigan en cumplimientode una crden de inspeccicn . conozcan hechos quepuedan ser contraries al ordenamiento jurid ico enmateria de seguridad y salud en el trabajo.

f) A petici6n de los empleadores y los trabajadores.as! como de las organizaciones sindicales yempre sanelee .

Art icul o 101. Requ erimi ento en case de infracci6nEn las actuaciones de inspecci6n que deriven

en ra ecncecion de medidas de recomendacicn yasesoramen to tecnico . de comproba rse ta extstencrade una torraccon en materia de segur idad y saIud ener traba]o . se reouiere at sujeto responsable de sucomisi6n la adopci6n, en un plazo determmadc, de lasmedid as necesarias para garantizar el cumplimiento delas dispos iciones vulneradas, y de las modificacionesnecesarias en las instalaciones, en los equipos 0 enlos metoocs de trabajo para garantizar e! derecho a laseguridad y salud de res trabajadores.

Art jcul o 102. Paralizaci6n 0 prchiblclon de trabajospor riesgo gra ve a inm inenta

En las actuaciones de mspeccion. cuanoc losmspectores comprueben que ra mobservancta de fanormativa sobre prevenci6n de riesgos laborales impfica,a su juicio, un riesgo grave e inminenle para la seguridady salud de los trabajadores pueden ordenar la inmediataparalizaci6n 0 la prohibici6n de los trabajos 0 tareas,conforme a los requisitos y procedimientos establecidosen la ley 28806, ley General de Inspecci6n del Trabajo.

las6rdenesdeparalizaci6noprohibici6ndetrabajosporriesgo grave e inminente son inmediatamente ejecutadasLa carenzecon 0 prcmbicicn de frabaios por riesgo gravee inminente se enuenden en cuafquier case sin pequicndel pago de las remuneraciones 0 de las «oemntaacronesque procedan a los trabajadores atectacos. asr como delas medidas que puedan garantizarlo.

Articulo 103. Resp onsabilidad por incumplimientoa la ob ligaci6n de garant izar la seguridad y salud delos l rabajadores

En materia de seguridad y salud en el trabajo, laentidad empieaccra principal responde directamenteper las infraccicnes que, en su caso. se cometan por elincumplimiento de ra obligaci6n de garantizar ra seguridady salud de los trabajadores, personas que prestanservicios. personal bajo modalidades tormanvas laborales.visitantes y usuarios, los trabajadores de las empresas yentidades contralistas y subcontratistas que desarrollenactividades en sus instalaciones.

Asimismo, las empresas usuarias de empresas deservicios temporales y complementarios respondendirectamente por las infraceiones por el incumplimientode su deber de garantizar la seguridad y salud de losIrabajadores destacados en sus insla laciones.

DISPOSICIQNES CQMPl EMENTARIAS FINALE S

PRIMERA. los ministerios, insmuciones publicasy organismos publicos descenlralizados adecuan susreglamentos sectoriales de seguridad y salud en eltrabajoa la presente ley en un plazo no mayor de ciento ochentadias a partir de su entrada en vigencia,

SEGUNDA, TransMrense las competencias defiscalizaci6n minera, establecidas en la ley 28964, Leyque transfiere competencias de supervisi6n y fiscalizaci6nde las actividades mineras al Osinerg, al Minislerio deTrabajo y Promoci6n del Empleo.

TERCERA. El Ministerio de TrabaJo y Promoci6n delEmpleo financia las funciones de supervisi6n y fiscalizaci6nde las actividades mineras mediante sus recursospropios, los montos pagados por conceplo de arancel defiscalizaci6n minera y el setenta por dento de las muttasque se impongan por las infraceiones detectadas en losprocesos de fiscalizad6n minera

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DISPOSICIONES COMPLEMENTARIASMODlFI CATORIA S

PRIMERA. Modif icase et articulo 34 de la l ey 28806 ,ley General de tnepeccicn de! Trabajo, con el textosiguiente :

"A rt iculo 34. lnfracc iones en materia de se guridady salud en el trabaj o

34.1 Son infracciones acrninisfrativas en materiade seguridad y salud en et trabajo losincumplimientos de las disposiccnes legales decarac ter general aplicables a todos los centresde trabajo , asi como las aplicables al sectorindu stria . cc nstruccicn, y energia y minasmediante acc cn U omisH)n de los dislintossujetos responsables .

34,2 EI Ministerio de Trabajo y Promoci6n del Empleoes el encargado de velar par el cumplimientode las obligaciones contenidas en las e ves deIa materia y convenes colecnvos, determinarIa comson de lnfracciores de caracter generalen materia de seguridad y salud en e! trabejcaplicables a tcoos los centros de trabajo, asrcomo las infracciones de seguridad y salud en eltrabajo para Ia industria, laconslrucci6n, y energiay minas a que se refiere el presenle titulo."

SEGUNDA. Modificanse los parrafos tercero vsetimodel articulo 1J de la l ey 28806, l ey General de Inspecci6ndel r recejc. con los textos siguien tes:

"A rt iculo 13, 'rramnes de las actuac io nesinspectivas(...)l as actuaciones de investigaci6n 0 comprobatoriasse uevan a cabo hasta su conclusi6n por los mismosinspectares ° equipo s designa dos que las hubiereniniciado , sin que puedan encomendarse a ctrosactuantes .(...)las actuaciones de investigaci6n 0 comprobatoriasoecen reanzarse en er plazo que se senee en cada caseconcreto, sin que, con caracter qeneraf pueoencnatarsemas de treinta eras tecres. salvo que ta ditaci6n seapar causa imputable at sujeto inspeccionado. Cuandosea necesaro 0 las circcnstancas eer 10 accnsejen.puede autcrizarse ta prolonqacon de las actuaciorescomprobalorias par el tiempa necesario hasta, sufinalizaci6n, exceotc en los casas cuya materia seaseguridad y salud en el treba]o."

TERCERA , Adici6nase el literal f} al articulo 45 de faLey 28806 , ley General de Inspecci6n del Trabajc , con eltex tc siquiente:

"A rt iculo 45. rramne del procedunlentosancic nacc rEI procedimiento se ajusta a! siquiente trarrate:

( ..)f) La resoluci6n correspondiente debe se r ncnncaoa

al denunciante , al repres entante de fa organizaci6nsindical, est como a toda persona con legitimomteres en et procedeniento."

CUARTA. Incorp6rase et articulo 168-A at C6digoPenal, con er textc siguiente:

"A rt iculo 168-A. At entado cont ra las cond ic ionesde se gur idad e hi gien e indust ri alesEI que, infringiendo las normas de seguridad y saluden et trabajo y estando Iegalmente oblig ado, no adoplelas medidas prevenuvas neces arias para que lostrabajadores desempell en su actividad, poniendo enriesgo su vee. salud 0 inlegridad fi sica, sera reprimidocon pena privativa de libertad no menor de dos alio sni mayor de cinco enos.

13Si, como consecuenca de una incbservancia de tasnormas de sequrid ad y saiuc en er trabaio, ocurre unaccdente de trabajo con consecoencas de muerte 0e siones graves . para los trabajadores 0 terceros. laoenaprivafiva de fibertad sera no menor de cinco enceni mayor de diez aiios."

QUINTA. Adici6nase un ultimo parrafc al articulo 5del Decreto legislativo 892 , ley que regula el de rechode los trabajadores a pa rticipar en las util idades de lasempresas que desa rrol lan act ividades generadoras derentas de terce ra categoria, con et textc siquiente:

"A rt iculo 5. (...Jparticlp aran en el reparto de las ut ilidades en igualdadde condiciones del articulo 2 y 3 de la presente norma ,los trabajadores que hayansufrido accidente de trabajoo enfermedad ocupacional y que haya dado lugar adescanso medico , debidamente acreditado, al amparoy bajo los parametres de fa norma de seguridad ysalud en ettrabejo."

SEXTA. Der6ga se el numeral 3 del articulo 168 delC6d igo Penal.

SEPTIMA. Deroqase la Ley 28964, Ley que transnerecompelendas de supervision y fiscalizaci6n de lasactivid ades mineras al Osinerg . del 24 de enero de 2007.

Comuniquese al senor Presidente de fa Republ icapar a su promulgaci6n.

En Lima. a los vemusets ores del mes de jul io de cosmil once .

CESAR ZUMAETAFLORESPresidente del Congreso de ta Republica

ALEJANORO AGUI NAGA RECUENCOPrimer Vicepresidente del Congreso de la Repu blica

AL SENOR PRESIDENTE CONS TITUCION ALDE LA REPUBLICA

paR TANTO:

Mando se publique y cumpra .

Dadoen laCasa de Gobierno, en Uma . a los diecinueveeras del mes de agosto del anc dos mil once.

OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Conslilucional de la Republica

SALOM6N LERNER GHITISPresidente del Consejo de Ministros

680588 -1

RJDER EJEaJTI va

PRESIDENCIA DEL

CONSEJO DE MINISTROS

Autorlzan viaje del Ministro deRelaciones Exteriores a Argentina yencargan su Despacho at Presidentedel Consejo de Ministros

RESOLUCI6N SUPREMAN° 244·2011·PCM

Lima . 19 de agosto de 2011

REAL TIME EIRL